MILLONES DE PESOS M.L VALOR: DOS MIL SESENTA Y CINCO
ESTUDIOS PREVIOS CONTRATACIÓN DIRECTA | ||
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CDP No 4000031826
($2.065.000.000)
MILLONES DE PESOS M.L
VALOR: DOS MIL SESENTA Y CINCO
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE EL MUNICIPIO DE MEDELLIN PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN
Como ente responsable de garantizar los recursos financieros y económicos del Municipio de Medellín, está en la obligación de coadyuvar al fortalecimiento de la integridad, confiabilidad, razonabilidad y oportunidad de la información, además de gestionar la consecución de los recursos por medio del recaudo de impuestos municipales, que permitan asegurar la existencia de un apalancamiento financiero que soporte los programas y proyectos que contribuyen al progreso, desarrollo económico y mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad.
Es por eso que el sistema tributario en el Municipio de Medellín se fundamenta en los principios constitucionales de equidad, eficiencia en el recaudo y progresividad, en concordancia con lo establecido en la Ley 1066 de 2006 y sus principios de agilidad y oportunidad, con el fin de obtener liquidez para el tesoro público. Con base en ello, el Municipio, establece los sistemas de recaudo y administración de los mismos a través de la Secretaría de Hacienda, para el cumplimiento de su misión
Con fundamento en todo lo anterior, se retoman algunos objetivos corporativos de la Secretaría de Hacienda, los cuales establecen:
Garantizar los recursos financieros y económicos necesarios para financiar los planes y programas establecidos en el Plan de Desarrollo, orientados al mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad, a través de las obras actuales y futuras a realizar en nuestra ciudad, dentro de éste cuatrienio.
Formular políticas para adoptar planes y programas relacionados con la elaboración y ejecución de los proyectos de Hacienda Pública en el Municipio de Medellín
Establecer políticas y objetivos tendientes a fortalecer las finanzas municipales en el campo presupuestal, financiero, contable, de impuestos y de tesorería
En relación a las funciones corporativas de la Subsecretaría de Tesorería, se tiene establecido:
Gestionar el recaudo de los ingresos, rentas y recursos del Municipio de Medellín
Establecer políticas e implementar estrategias para la recuperación del debido cobrar del Municipio de Medellín.
Igualmente continuar implementando una cultura tributaria en los contribuyentes que forman parte de nuestra base de datos, los cuales se encuentran vinculados a nuestra Alcaldía como sujetos pasivos de una obligación tributaria exigible, contemplada en el Estatuto Tributario Municipal. Es por esto; que permanentemente se está trabajando en la consecución xx xxxxxxx de ingresos, logrando mejorar cada día el proceso de recaudo, buscando oportunidad en el pago y así poder recuperar y mantener la confianza y la credibilidad en los ciudadanos.
Las rentas municipales que representan la mayor parte de los ingresos corrientes del Municipio están representadas en el impuesto predial unificado, impuesto de industria y comercio, comparendos y multas y algunas rentas menores, los cuales se han visto afectados en:
Incremento del número de cuentas vencidas
Incremento en las deudas por intereses xx xxxx
Incumplimiento de los contribuyentes en convenios de pago
Sumas progresivas de contribuyentes en procesos concúrsales.
Con base en la clasificación de la cartera por cifras y edades de la deuda, se puede apreciar el siguiente índice de la cartera de los impuestos industria y comercio, predial unificado, rentas menores, multas y comparendos por violar las normas del código de transporte y transito, lo que conlleva a un aumento notable del debido cobrar.
Estos impuestos, al 30 de noviembre de 2008 registran el siguiente debido cobrar:
RENTAS | DEBIDO COBRAR | N° CONTRIBUYENTES |
PREDIAL UNIFICADO | $ 384.950.868.754 | 1.026.649 |
INDUSTRIA Y COMERCIO | $ 427.911.459.985 | 159.771 |
COMPARENDOS Y MULTAS | $ 136.396.966.777 | 100.000 |
RENTAS MENORES | $ 00.000.000.000 | 63.590 |
TOTAL | $ 977.128.559.614 | 1.350.010 |
Fuente: SAP (zfica 78)
Información detallada del debido cobrar, clasificada por grupos de cartera, de acuerdo con la información registrada en SAP/R3
IMPUESTO PREDIAL
GRUPO CARTERA | VALOR DEUDA | N° CONTRIBUYENTES |
F. P. Cargu | $ 867.159.103 | 1.337 |
F. P. SAP | $ 00.000.000.000 | 52.944 |
Compromiso | $ 239.337.288 | 187 |
Concur. Man | $ -49.909 | 20 |
Coactivo | $ 00.000.000.000 | 4.819 |
Recursos | $ 1.322.396.507 | 42 |
Demandas | $ 245.661.885 | 11 |
Normales | $ 220.023.231.733 | 966.898 |
Títulos | $ 123.354.069 | 156 |
Especiales | $ 00.000.000.000 | 235 |
TOTAL | $ 384.950.868.754 | 1.026.649 |
INDUSTRIA Y COMERCIO
GRUPO CARTERA | VALOR DEUDA | N° CONTRIBUYENTES |
F. P. Cargu | $ 00.000.000.000 | 1.728 |
F. P. SAP | $ 00.000.000.000 | 6.637 |
Compromiso | $ 184.976.967 | 18 |
Concur. Man | $ 6.115.640.016 | 214 |
Coactivo | $ 00.000.000.000 | 1.380 |
Recursos | $ 6.899.663.850 | 264 |
Demandas | $ 00.000.000.000 | 67 |
Normales | $ 231.914.302.957 | 148.992 |
Títulos | $ 00.000.000.000 | 470 |
Especiales | $ 23.041.301 | 1 |
TOTAL | $ 427.911.459.985 | 159.771 |
RENTAS MENORES
CUENTAS CONTRATO | VALOR DEUDA | N° CONTRIBUYENTES |
Espectáculos públicos | $ 412.995.771 | 635 |
Delin. urbana | $ 00.000.000.000 | 16.671 |
Publicidad exterior visual | $ 284.106.018 | 548 |
Sistema de ventas por club | $ 51.531.626 | 129 |
Ocupación de vías | $ 4.767.602 | 19 |
Servicios | $ 229.016.930 | 45.289 |
Arrendamientos | $ 2.554.669.539 | 299 |
TOTAL | $ 00.000.000.000 | $ 63.590 |
Total cartera activa $136.396.966.777
Centro Administrativo Municipal – CAM – Xxxxx 00 Xx. 00 – 165 Línea Única de Atención a la Ciudadanía 44 44 144
COMPARENDOS Y MULTAS
PROYECCIÓN INCREMENTO RECAUDO DE CARTERA
PERIODO | TOTAL COMPARENDOS/ MES | % DE RECAUDO | No COMPARENDOS RECAUDADOS | VALOR MES (Mill) | VALOR AÑO (Mill) |
Actual | 25.000 | 20% | 5.000 | $ 1.000 | $ 12.000 |
1er Año | 28.000 | 25% | 7.000 | $ 1.750 | $ 21.000 |
2do Año | 30.000 | 28% | 8.400 | $ 2.352 | $ 28.224 |
3er Año | 30.000 | 32% | 9.600 | $ 3.072 | $ 36.864 |
MANERA DE SATISFACER LA NECESIDAD
La Secretaría de Hacienda de Medellín a través de la Subsecretaría de Tesorería como entidad responsable del recaudo, debe evitar el incremento de la cartera morosa y el envejecimiento de la misma en sus principales rentas previa actualización de su debido cobrar. Con base en ello se pretende iniciar la ejecución del proyecto Gestión Recuperación Cartera para desarrollar las diferentes actividades y estrategias de cobro, tal como lo establece el reglamento interno del recaudo de cartera, por medio de actividades de apoyo, las cuales permitirán una mejor ejecución de los procesos, disminución de la cartera morosa de sus principales rentas municipales, estableciendo la cultura tributaria en la ciudad a través del cobro persuasivo y preventivo, la depuración y actualización de las bases de datos que nos permitan avanzar en los objetivos propuestos. Además de contribuir al desarrollo de las obras establecidas en el Plan de Desarrollo de la actual administración.
En la elaboración del Marco del gasto xx xxxxxxx plazo, al fijar la meta de recuperación cartera para la vigencia 2009, se tuvo en cuenta las principales rentas como son predial e industria y determinando una cuantía de $58.094 mil millones de pesos.
Fuente: Xxxxx xx xxxxxxx plazo
Centro Administrativo Municipal – CAM – Xxxxx 00 Xx. 00 – 165 Línea Única de Atención a la Ciudadanía 44 44 144
Se espera lograr una meta de recuperación con la ejecución del proyecto Gestión Recuperación de Xxxxxxx distribuida de la siguiente manera:
RENTAS | META RECUPERACIÓN (Millones de pesos) |
PREDIAL UNIFICADO | 00.000.000.000 |
INDUSTRIA Y COMERCIO | $ 11.714.891.760 |
TOTAL | $ 00.000.000.000 |
El valor proyectado de recuperación se estableció de acuerdo a la duración del convenio.
Como valor agregado, se estable una metas adicionales de recuperación que no fueron contempladas dentro de Xxxxx xx xxxxxxx plazo.
RENTAS | META RECUPERACIÓN (Millones de pesos) |
COMPARENDOS Y MULTAS | $ 23.000.000.000 |
RENTAS MENORES | $ 6.000.000.000 |
TOTAL | $ 29.000.000.000 |
Por las experiencias de años anteriores, en los cuales se ha obtenido una efectiva recuperación de cartera a través del apoyo logístico y tecnológico que ha brindado el Instituto Tecnológico Metropolitano, vía ejecución de convenios interadministrativos; se requiere la suscripción de un convenio que permita la realización de las actividades que garanticen el cumplimiento de la meta de recuperación.
HISTÓRICO COSTO BENEFICIO
AÑO | RECUPERACIÓN TOTAL | COSTO CONVENIO | BENEFICIO |
2.005 | $ 00.000.000.000 | $ 000.000.000 | $ 30,15 |
2.006 | $ 00.000.000.000 | $ 0.000.000.000 | $ 38,57 |
2.007 | $ 00.000.000.000 | $ 0.000.000.000 | $ 21,87 |
2008-NOV | $ 64.506.961.335 | $ 1.777.160.619 | $ 36,30 |
2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES ESENCIALES Y LA IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A
CELEBRAR.
Apoyar a la Secretaría de Hacienda del Municipio de Medellín, con la logística requerida para la contratación de recursos profesionales, técnicos, logísticos y de gestión administrativa, los cuales cumplan con perfiles y especificaciones
OBJETO
necesarias para la realización del Proyecto Gestión de Recuperación Cartera.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
a) Cumplir con la meta de recuperación establecida.
b) Implementar en la Subsecretaría de Tesorería estrategias orientadas al cobro de la cartera vencida, incluyendo las deudas a gestionar en los diferentes grupos de Cartera existentes en el municipio de Medellín incluyendo el Cobros de los Procesos Especiales (Concursales, estupefacientes, y afines), Cobro Coactivo de la Tesorería y del Tránsito.
c) Realizar las actividades tendientes a la actualización y depuración de las bases de datos de la cartera vencida, y así garantizar una gestión transparente en la recuperación de la misma.
ACTIVIDADES E INFORMES A DESARROLLAR
Para la realización del proyecto se requiere la ejecución de las siguientes actividades e informes:
Actualización permanente de la cartera asignada.
Aplicar las políticas de cobro establecidas por el Municipio de Medellín.
Manejo de formas adecuadas y efectivas de pago.
Análisis y seguimiento a los compromisos adquiridos.
Envío de notificaciones de cobro a los contribuyentes.
Garantizar la presencia oportuna del Municipio en los procesos concúrsales.
Envío a Ejecuciones fiscales por incumplimiento a los compromisos adquiridos.
Apoyo Administrativo, técnico, jurídico y logístico para optimizar la recuperación de
cartera.
Reliquidación facilidades.
PRODUCTOS A ENTREGAR, CANTIDADES Y UNIDAD DE MEDIDA
En el siguiente cuadro se establecen las actividades y productos que se requieren realizar para el logro de los objetivos del proyecto
PRODUCTOS | UNIDAD | CANTIDAD |
GRUPO PERSUASIVO - COACTIVO | ||
Informes sobre las diferentes actividades del proyecto de actualización y sus respectivas estadísticas | Informe | 11 |
Visitas a campo para la verificación de direcciones de cobro y entrega de notificaciones | Cuenta contribuyentes | 6.600 |
Digitación de direcciones de cobro y números telefónicos para la actualización de las bases de datos | Cuenta contribuyentes (El 100% de la base de datos entregada a cada Gestor) | 242.000 |
Elaboración, seguimiento, liquidación y elaboración de cuentas de cobro de los convenios de pagos | Cuenta contribuyentes | 8.800 |
Gestión de cobro persuasivo por medio de llamadas telefónicas, envío de correspondencia | Cuenta contribuyentes (El 100% de la base de datos entregada a cada Gestor) | 242.000 |
Análisis, calificación y registro de información y actualización de la gestión día a día de la cartera asignada | Cuenta contribuyentes (El 100% de la base de datos entregada a cada Gestor) | 242.000 |
Acompañamiento de diligencia de secuestro | Procesos | 443 |
Elaboración de resoluciones de acumulación de embargo | Procesos | 482 |
Elaboración Mandamientos de pago | Resoluciones | 1.350 |
Elaboración de las citaciones para notificar los Mandamientos | Oficios | 1.350 |
Elaboración de oficios e investigación de los bienes en los relativos a los impuestos de Industria y Comercio y Predial y otras Rentas | Oficios | 5.400 |
Revisión de procesos con citas e investigación de bienes de los Impuestos Predial, Industria y Comercio y otras Rentas | Procesos | 3.060 |
GRUPO COACTIVO TRÁNSITO | ||
Notificaciones de cada una de las actuaciones | Notificaciones | 2.700 |
Elaboración de resoluciones de abstenerse de iniciar proceso y de terminación | Dependen del número de resoluciones mensuales que sean delegadas por el líder, según las necesidades de cada caso a analizar | |
Elaboración de oficios de investigación de Bienes | Dependen del número de resoluciones mensuales que sean delegadas por el líder, según las necesidades de cada caso a analizar | 2.700 |
Elaboración de resolución de Mandamiento de Pago | 5.400** | 2.700 |
Elaboración de resoluciones decretando medidas cautelares | Dependen del número de resoluciones mensuales que sean delegadas por el líder, según las necesidades de cada caso a analizar | |
· *Unidades mensuales aproximadamente | ||
· **Producto total al finalizar el contrato, aproximado | ||
GRUPO DEPURACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LAS BASE DE DATOS | ||
Actividades cobro preventivo | Informes | 3 |
Investigaciones de orden jurídico y técnico para la conservación de la base de datos catastrales | predios | 1.250 |
Realizar los avalúos comerciales que sirvan de apoyo para los diferentes proyectos contenidos en el Plan de Desarrollo | Avalúos | 600 |
Realizar liquidaciones masivas de predial | 540 liquidaciones mes/persona | 1.620 |
Realizar liquidaciones de fichos predial | 108 Liquidaciones fichos predial mes/persona | 324 |
Realizar liquidaciones fichos industria y comercio | 144 Liquidaciones fichos ind y ccio mes/persona | 432 |
IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR
Contrato Interadministrativo
VALOR DEL CONTRATO
Para el presente Contrato Interadministrativo, se cuenta con un presupuesto oficial de DOS MIL SESENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M.L ($2.065.000.000)
DURACIÓN DEL CONTRATO:
La duración del presente contrato es de 11 meses, contados a partir del acta de iniciación, en todo caso hasta el 30 de Diciembre de 2009.
FORMA DE PAGO:
El Municipio de Medellín pagará el valor del Contrato Interadministrativo en la siguiente forma: Un pago del veinte por ciento (20%), a la presentación del cronograma de actividades y la metodología que utilizará en el desarrollo de las actividades previa suscripción del contrato interadministrativo y del acta de inicio, el resto ósea el 80% en actas parciales de acuerdo a los productos recibidos a entera satisfacción por parte del interventor quien presentará un informe de seguimiento (técnico, administrativo y financiero).
INTERVENTORÍA DEL CONTRATO:
La interventoría del contrato estará a cargo de Líder de Programa Cobranzas de la Subsecretaria de Tesorería de la Secretaría de Hacienda.
3. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN.
La ley 1150/07 en el literal c) del numeral 4 del articulo 2, autoriza la Contratación Directa bajo la modalidad de Convenio Interadministrativo, en aquellos casos en que las obligaciones derivadas del contrato tengan relación directa con el objeto de la entidad ejecutora señalado en la ley o en sus reglamentos.
Prohíbe la contratación directa con Instituciones de Educación Superior, cuando el objeto a desarrollar sea de obra, suministro o encargo fiduciario, en este caso deberán participar en el respectivo proceso de selección.
Hoy, la nueva reglamentación de la citada ley, (Decreto 2474/2008) ha dispuesto en el artículo 78: “Las entidades señaladas en el artículo 2 de la Ley 80 de 1993 de 1993 celebrarán directamente contratos entre ellas, siempre que las obligaciones del mismo tengan relación directa con el objeto de la entidad ejecutora. Cuando fuere del caso y de conformidad con lo dispuesto por las normas orgánicas del presupuesto serán objeto del correspondiente registro presupuestal.”
El objeto de la Ley 30/92 es regular el servicio de educación superior en Colombia y entre los elementos esenciales está la transmisión del conocimiento producido en su interior a la sociedad. En la ley se establece entre los objetivos básicos de las instituciones de educación superior “Trabajar por la creación, el desarrollo y la transmisión del conocimiento en todas sus formas y expresiones y, promover su utilización en todos los campos para solucionar las necesidades del país.” de tal manera que puedan estas instituciones constituirse en factor determinante del desarrollo científico, cultural, económico, político y ético del país.
En desarrollo de la concepción legal que se menciona, el Acuerdo Superior 19/93, entre cuyas actividades se encuentran las de investigación, docencia y extensión. La extensión se encuentra regulada en el Acuerdo 03 xx xxxxx 4 de 2008 del Consejo Directivo y se concibe como: “..Dirigida al estudio y solución de las necesidades y propuestas de la comunidad. Comprende los programas de educación permanente, curso, seminarios y demás programas destinados a
la difusión de los conocimientos, al intercambio de experiencias, así como las actividades de servicio tendientes a procurar el bienestar general de la comunidad y la satisfacción de las necesidades de la sociedad. Para el desarrollo de sus programas o para la ejecución de sus proyectos y programas de extensión, servicio, asesoría e investigación el ITM podrá celebrar convenios o contratos con otras instituciones debidamente reconocidas, las cuales se perfeccionan con la firma del representante legal.”
La extensión universitaria como una actividad que interactúa con la investigación y la docencia esta regulada en el artículo 120 de la ley 30 que la concibe no solo como los programas de educación no formal, sino también como la ejecución de servicios tendientes a procurar el bienestar general de la comunidad y la satisfacción de las necesidades de la sociedad en general, ambos entendidos como instrumentos válidos para transmitir el conocimiento.
Entre las diferentes formas con que cuenta la Institución Universitaria para transmitir el conocimiento, participar en la toma de decisiones y en la solución de problemas sociales, están: los servicios de extensión entre los que encuentran servicios administrativos, servicios de apoyo a la gestión de entidades públicas y privadas y servicios artísticos y culturales, la participación en proyectos de impacto social en los niveles local, regional y nacional. (lit. e) artículo 10. Continuando con su interacción social, el mismo Acuerdo (03/08) en el artículo 15 prevé la transferencia del conocimiento a través de las modalidades de: Asesoría (lit.a), Consultoría (lit. b), Asistencia Técnica (lit. c), Interventoría (lit. d), Veeduría (lit. e), Administración Delegada (lit f), Convenios de Cooperación (lit g).
De acuerdo con el objeto, el ITM se obliga a:
a) Designar un Coordinador que será responsable de la dirección general del proyecto, de su control, vigilancia y ejecución idónea y oportuna del mismo.
b) Verificar y certificar de manera documentada que el proyecto se esté realizando de acuerdo con los lineamientos trazados por el Municipio de Medellín.
c) Presentar informes solicitados por el Municipio sobre aspectos específicos, bien sean técnicos, financieros o administrativos, durante el tiempo del proyecto y cada que el interventor lo solicite.
d) Xxxxxxxxx y distribuir las actividades a desarrollar entre el personal a su cargo.
e) Presentar los documentos técnicos para ajuste contable de acuerdo a las directrices trazadas por el Municipio
f) Diseñar, implementar y mantener el curso del proyecto, definiendo las líneas de autoridad y las interrelaciones entre el personal.
g) Informar oportunamente y por escrito al interventor del proyecto, sobre las anomalías que se detecten en el desarrollo del mismo.
h) Xxxxxxxx un conocimiento adecuado de todos los problemas que puedan afectar el proyecto y ordenar los cambios necesarios, con aprobación previa del interventor del proyecto.
i) Rendir cuenta de la ejecución del proyecto en todos los aspectos (administrativos, económicas, etc.).
j) Realizar recomendaciones basados en la experiencia para el mejoramiento de los procesos.
h) Administrar efectivamente los recursos que sean asignados por el proyecto.
Así las cosas y de acuerdo con la justificación de la necesidad, el objeto de la entidad contratista, las obligaciones derivadas del contrato a suscribirse y el análisis que acaba de hacerse, es jurídicamente viable la celebración de un CONTRATO INTERADMINISTRATIVO, en la modalidad de CONTRATACIÓN
DIRECTA (literal c, numeral 4 del Artículo 2 de la Ley 1150), ubicada en el artículo 78 del Decreto 2474 de 2008.
4. ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
Para fijar el valor estimado del contrato y obtener los productos establecidos en el cuadro del numeral 2.D (Cantidades y Unidad de Medida), se tuvieron en cuenta los precios xxx xxxxxxx para administración del proyecto, recursos humanos, equipos, arrendamiento, material logístico, licencias, en las cantidades y valores que a continuación se indican:
RECURSO HUMANO | CANTIDAD | UNIDAD DE TIEMPO (MESES) | COSTO UNITARIO | COSTO TOTAL |
AUXILIAR DIGITADORES | 7 | 11 | 1.382.400 | 106.444.800 |
7 | 4 | 1.382.400 | 38.707.200 | |
NOTIFICADOR CON MOTO | 2 | 4 | 1.512.000 | 12.096.000 |
INVESTIGADOR INMOBILIARIO | 2 | 3 | 2.192.400 | 13.154.400 |
TECNICOS CONTABLES | 5 | 3 | 1.620.000 | 24.300.000 |
TECNÓLOGO EN SISTEMAS | 1 | 11 | 2.192.400 | 24.116.400 |
SISTEMAS DE INFORMACION | 1 | 11 | 2.646.000 | 29.106.000 |
GESTORES DE CARTERA | 21 | 11 | 2.646.000 | 611.226.000 |
PROFESIONALES DE APOYO | 27 | 9 | 2.646.000 | 642.978.000 |
PROFESIONALES DE APOYO TRÁNSITO | 9 | 6 | 2.646.000 | 142.884.000 |
PROFESIONAL EN AVALUOS | 3 | 3 | 2.646.000 | 23.814.000 |
NOTIFICADOR CON VEHICULO | 4 | 7 | 2.808.000 | 78.624.000 |
COORDINADOR ADMINISTRATIVO | 1 | 11 | 3.348.000 | 36.828.000 |
SUBTOTAL RECURSO HUMANO | 1.784.278.800 | |||
GASTOS OPERATIVOS | ||||
SUMINISTROS Y LOGÍSTICA REQUERIDA | ||||
ESPACIO FÍSICO | 1 | 11 | 1.500.000 | 16.500.001 |
ALQUILER EQUIPOS DE COMPUTO E IMPRESORA | 1 | 11 | 4.130.616 | 45.436.778 |
SERVICIOS PÚBLICOS | 1 | 11 | 2.000.000 | 22.000.000 |
PAPELERIA, SUMINISTROS Y OTROS | 1 | 11 | 823.377 | 9.057.148 |
SUBTOTAL GASTOS OPERATIVOS | 92.993.927 | |||
TOTAL RECURSOS | 1.877.272.727 | |||
ADMINISTRACION, UTILIDAD | 187.727.273 | |||
TOTAL ESTIMADO PROYECTO | 2.064.999.999 |
Por tratarse de un contrato interadministrativo no se exigen garantías, sin embargo la
Institución de Educación Superior, asume los riesgos que a continuación se enuncian:
Riesgo Previsible | Grado de Ocurrencia | Grado de Impacto | Contratista | MPIO | Mecanismo de Mitigación |
REGULATORIO | MEDIO | MEDIO | X | Se proyectó costos con inflación | |
OPERATIVOS | |||||
Incumplimiento del contratista suministrador de servicios necesarios para poder ejecutar el objeto contractual | MEDIO | ALTO | X | Reuniones mensuales para realizar seguimiento a la metodología y cronograma de actividades. | |
Incumplimiento de obligaciones laborales o de seguridad social por parte de sus trabajadores | MEDIO | MEDIO | X | En cada período de pago el contratista presentará una relación de pagos realizado al personal que ejecuta las actividades y a su vez un certificado firmado por el representante legal, donde conste el pago de aportes a la seguridad social. | |
Errores o inexactitudes en las mediciones de campo, verificación de linderos, valoraciones y escrituras de englobe o desenglobe. | BAJA | ALTO | X | El personal encargado de ejecutar las actividades a cargo del Contratista, presentará pólizas de cumplimiento, donde el beneficiario será el Municipio de Medellín. |
5. ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE LOS MECANISMOS DE COBERTURA QUE GARANTIZAN LAS OBLIGACIONES SURGIDAS DEL CONTRATO A CELEBRAR
Por tratarse de un Contrato Interadministrativo, no obstante los riesgos previsibles, teniendo en cuenta la calidad de la persona jurídica del contratista, la forma de pago, el cumplimiento en contratos anteriores, no se exigen mecanismos de cobertura para garantizar las obligaciones. (Numeral 19 inciso 4 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 y art. 7 de la Ley 1150 de 2007… Las garantías no serán obligatorias en los contratos de empréstito, en los interadministrativos…).
Medellín, Enero de 2009
XXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXX XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX
Subsecretario Tesorero Líder Programa
Secretaría de Hacienda Unidad Jurídica