Contrato de Licencia de Usuario Final de Cisco
Contrato de Licencia de Usuario Final de Cisco
El presente documento es un acuerdo entre Usted y Cisco Systems, Inc. o sus filiales («Cisco») y regula su Uso del Software de Cisco. Los términos «Usted», «Su(s)» y «Le» hacen referencia a la persona física o jurídica que obtiene la licencia para el Software en virtud de este CLUF. Los términos «Uso» o «Usar» significan descargar, instalar, activar, acceder o usar de otro modo este Software. El término «Software» hace referencia a los programas informáticos de Cisco y cualquier Actualización puesta a Su disposición por parte de una Fuente Aprobada cuya licencia Le haya otorgado Cisco. El término
«Documentación» hace referencia a los manuales técnicos o de usuario de Cisco, el material formativo, las especificaciones u otra documentación relacionada con el Software y puesta a Su disposición por una Fuente Aprobada. El término «Fuente Aprobada» hace referencia (i) a Cisco o (ii) al revendedor, distribuidor o integrador de sistemas autorizado de Cisco de quien Usted hubiera adquirido el Software. El término «Autorización» hace referencia al detalle de la licencia: métrica de la licencia, duración y cantidad suministrada en una ID de producto (PID) publicada en la lista de precios de Cisco, certificado de reclamación o derecho de uso de la notificación. El término «Actualizaciones» hace referencia a todas las actualizaciones, mejoras, solución de fallos, corrección de errores, ampliaciones y otras modificaciones en el Software, así como en sus copias de seguridad.
El presente Contrato, cualesquiera términos y condiciones de licencia adicionales y cualesquiera términos y condiciones específicos del producto recogidos en xxx.xxxxx.xxx/xx/xxxxxxxxxxxxx (conjuntamente, el «CLUF») rigen el Uso por Su parte del Software.
1. Aceptación de los Términos y Condiciones. Al Usar el Software, Usted acepta quedar vinculado según los términos y condiciones del CLUF. Si se va a vincular por este CLUF en representación de alguna entidad, significa que tiene autoridad para vincular a dicha entidad. Si no tuviera dicha autoridad o no estuviese de acuerdo con los términos y condiciones del CLUF, ni Usted ni la entidad podrán hacer Uso del Software, que se podrá devolver a la Fuente Aprobada para su reembolso en un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha en que adquirió el Software o el producto Cisco. Únicamente podrá ejercer Su derecho a la devolución y al reembolso si es el titular original de la licencia de usuario final del Software.
2. Licencia. Previo pago de las tasas aplicables y a condición de que se cumpla este CLUF, Cisco Le otorga una licencia limitada, no exclusiva e intransferible para Usar versiones de código objeto del Software y la Documentación, únicamente para Sus operaciones internas y de acuerdo con la Autorización y la Documentación. Cisco solamente Le otorga la licencia de Uso del Software que haya adquirido de una Fuente Aprobada. A menos que la ley aplicable dicte lo contrario, Su licencia no Le permite el Uso del Software en equipos de Cisco de segunda mano o rehabilitados que no hayan sido autorizados por Xxxxx, ni en equipos de Cisco que no hayan sido adquiridos a través de una Fuente Aprobada. En caso de que Cisco Le pida que se registre como usuario final, Su licencia solo será válida si se completa dicho registro de forma total y exacta. El Software puede contener software de código abierto, que estará sujeto a términos y condiciones de licencia separados y puestos a disposición junto con el Software o la Documentación de Cisco.
Si la licencia del Software se otorga para un determinado periodo, Su licencia será válida únicamente durante el periodo aplicable de acuerdo con la Autorización. Su derecho al Uso del Software comenzará en la fecha en que el Software esté disponible para Su descarga o instalación y continuará hasta el final del plazo especificado, a menos que se terminase previamente de acuerdo con las estipulaciones del presente Contrato.
3. Licencia de Evaluación. Si Usted adquiere la licencia del Software o recibe algún producto o productos de Cisco para Su evaluación u otro uso temporal limitado tal y como resulta autorizado por Cisco («Producto de Evaluación»), el Uso que Usted haga del Producto de Evaluación estará permitido solamente durante el periodo limitado por la clave de licencia o estipulado por escrito por Cisco. En caso de que el periodo de evaluación no fuese identificable en la clave de licencia o no figurase por escrito, la licencia de evaluación será válida por un periodo de treinta (30) días a partir de la fecha en que se Le hubiera facilitado el Software o el producto Cisco. En caso de que no devolviera o no dejara de Usar el producto al finalizar el periodo de evaluación, se Le enviará una factura con el precio de lista para el Producto de
Evaluación. La licencia para el Producto de Evaluación se otorga «tal como es» (“AS-IS”), sin servicios de soporte ni garantía de ninguna clase, explícita o implícita. Cisco no asume ninguna responsabilidad derivada del Uso del Producto de Evaluación. La publicación de los resultados de cualesquiera pruebas de referencia realizadas en el Producto de Evaluación sólo estará permitida previa autorización por escrito de Cisco. Usted autoriza a Xxxxx a usar cualquier comentario o idea que proporcione a Cisco en relación con Su Uso del Producto de Evaluación.
4. Titularidad. Cisco o sus licenciantes retendrán la titularidad de todos los derechos de propiedad industrial e intelectual en torno al Software, incluidas las copias, mejoras, ampliaciones, obras derivadas y modificaciones de éste. Sus derechos de Uso del Software están limitados a los especificados expresamente en el presente CLUF. No se considerarán otorgados ni implícita ni explícitamente otros derechos sobre el Software o cualesquiera otros derechos de propiedad industrial e intelectual bajo el presente XXXX.
5. Limitaciones y restricciones. Usted no estará autorizado ni autorizará a terceras partes a hacer lo siguiente:
A. Transferir, sublicenciar o asignar los derechos conferidos bajo esta licencia a otra persona o entidad (excepto en los términos expresados en el apartado 12 del presente CLUF), a menos que Cisco lo haya autorizado expresamente por escrito.
B. Modificar, adaptar o crear obras derivadas del Software o de la Documentación.
C. Realizar ingeniería inversa, descompilar, descifrar, desmontar o intentar de otro modo deducir el código fuente del Software, excepto en los términos expresados en el apartado 16 del presente CLUF.
X. Xxxx el Software que estuviera licenciado para un dispositivo específico, ya sea físico o virtual, en otro dispositivo, salvo autorización expresa de Cisco por escrito.
6. Uso del Software por parte de Terceros. Puede permitir a terceros Usar el Software que se le haya licenciado bajo este CLUF siempre que tal Uso sea únicamente: (i) en Su nombre, (ii) para Sus operaciones internas y (iii) de conformidad con este CLUF. Usted será responsable de cualquier incumplimiento de este CLUF por parte de dicho tercero.
7. Garantía Limitada y Exención de Responsabilidad.
A. Garantía Limitada. Cisco garantiza que el Software se ajusta sustancialmente a la Documentación aplicable durante el periodo que sea más largo de estos dos: (i) los noventa (90) días siguientes a la fecha en que se Le proporcione el Software para su Uso, o (ii) según lo establecido en xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xx/xxxxxxxx. Esta garantía no es aplicable si el Software, el producto Cisco o cualquier otro equipo en el que esté autorizado el Uso del Software: (i) ha sido alterado, excepto por Cisco o su representante autorizado, (ii) no ha sido instalado, utilizado, reparado o mantenido de acuerdo con las instrucciones proporcionadas por Cisco, (iii) ha sido sometido a un estrés físico o eléctrico anormal, condiciones medioambientales anómalas, uso indebido, negligencia o accidente, (iv) Su licencia es para la versión beta, evaluación, pruebas o demostraciones, u otras circunstancias para las que la Fuente Aprobada no recibe el pago de un precio de compra o tarifa de licencia, o (v) no ha sido suministrado por una Fuente Aprobada. Cisco hará todos los esfuerzos comercialmente razonables para ofrecerle un Software libre de virus, programas o dispositivos de programación diseñados para modificar, borrar, dañar o deshabilitar el Software o Sus datos.
B. Remedio Exclusivo. Cisco reparará, sustituirá u ordenará el reembolso de las cuotas de licencia pagadas por un Software no conforme bajo su discreción y a su xxxxx. Este remedio está condicionado a que Usted informe por escrito de la no conformidad a Su Fuente Aprobada dentro del periodo de garantía. La Fuente Aprobada podrá pedirle que
devuelva el Software, el producto de Cisco y/o la Documentación como condición previa a este remedio. Este apartado establece Su remedio exclusivo durante el periodo de garantía.
C. Renuncia de responsabilidad.
Excepto en los términos expuestos anteriormente, Cisco y sus licenciantes proporcionan el Software «tal como es» (“as is”) y renuncian expresamente cualesquiera garantías, condiciones u otros términos, ya sea expresos, implícitos o estatutarios, incluyendo, pero sin limitarse a, garantías, condiciones u otros términos y condiciones relativos a la comerciabilidad, idoneidad para un propósito particular, diseño, condición, capacidad, rendimiento, título y no violación. Cisco no garantiza que el Software funcionará de forma ininterrumpida o sin errores, ni que todos los errores se corregirán. Asimismo, Cisco no garantiza que el Software o cualquier equipo, sistema o red en la que se use el Software será invulnerable a intrusiones o ataques.
8. Limitaciones y Exclusiones de Responsabilidad. En ningún caso, ni Cisco ni sus licenciantes serán responsables de lo siguiente, independientemente de los principios de responsabilidad o de si la responsabilidad trae causa del Uso o la imposibilidad del Uso del Software o por cualquier otra causa, ni siquiera aunque se hubiera comunicado a la otra parte la posibilidad de tales daños: (a) daños indirectos, incidentales, ejemplares, especiales o consecuenciales; (b) pérdida o corrupción de datos, o interrupción o pérdida del negocio; (c) lucro cesante, pérdida de beneficios, de fondo de comercio o de ventas o anticipados. Toda la responsabilidad de Cisco, sus filiales, oficiales, directores, empleados, agentes, proveedores y licenciantes colectivamente, frente a Usted, ya sea con base en en la garantía, contrato, perjuicio (incluyendo negligencia), u otros, no excederá de las cuotas de licencia pagadas por Usted a cualquier Fuente Aprobada por el Software que dio lugar a la reclamación. Esta limitación de la responsabilidad para el Software es cumulativa y no por incidente. Nada en este Contrato limita o excluye cualquier responsabilidad que no pueda ser limitada o excluida en virtud de la ley aplicable.
9. Actualizaciones y Copias Adicionales del Software. Sin perjuicio de cualquier otra disposición del presente CLUF, no Le está permitido el Uso de Actualizaciones, salvo que Usted en el momento de adquirirlas:
A. posea una licencia válida para la versión original del Software, cumpliera con dicha licencia y hubiera pagado la cuota aplicable para la Actualización,
B. limite Su Uso de las Actualizaciones o las copias para Usar en dispositivos de Su propiedad o alquilados; y
C. salvo que se dispudiese lo contrario en la Documentación, Usted haga y Use las copias adicionales únicamente
como copias de seguridad, destinadas a ser archivadas para fines de restauración.
10. Auditoría. Durante el periodo de licencia para el Software y durante el periodo de tres (3) años tras su vencimiento o terminación, Usted tomará medidas razonables para mantener registros completos y exactos de Su Uso del Software de forma suficiente para verificar el cumplimiento del presente CLUF. No más de una vez cada doce (12) meses, Usted permitirá a Cisco y sus auditores examinar dichos registros y cualesquiera libros, sistemas (incluyendo, productos de Cisco u otros equipos) y cuentas relevantes, previa notificación con antelación suficiente y durante Su horario comercial normal. Si la auditoría revela el impago de cuotas de licencia, Usted deberá pagar dichas cuotas de licencia más el coste razonable de la auditoría en un plazo de treinta (30) días a partir de la recepción del aviso por escrito.
11. Periodo y Terminación. Este CLUF permanecerá vigente hasta su terminación o hasta el vencimiento del plazo de suscripción o de licencia aplicables. Usted podrá rescindir este CLUF en cualquier momento dejando de usar o destruyendo todas las copias del Software. El CLUF finalizará inmediatamente si Usted incumpliera Sus términos y condiciones o si no pagara cualquier parte de las cuotas de licencia aplicables y no subsanara el impago en un plazo de treinta (30) días a partir de la notificación. Tras la rescisión de este CLUF, Xxxxx deberá destruir todas las copias del Software que estuviesen en Su posesión o bajo Su control.
12. Transferibilidad. Sólo podrá transferir o asignar estos derechos de licencia a otra persona o entidad de conformidad con la actual Política de Transferencia/Reasignación de Licencias de Cisco. Cualquier intento de transferencia o asignación que no cumpla lo anterior será nulo y sin efecto.
13. Usuarios Finales del Gobierno de EE. UU. El Software y la Documentación son «artículos comerciales», tal como se definen en el Reglamento Federal de Adquisiciones («FAR», 48 C.F.R.) 2.101, consistentes en un «software informático comercial» y «documentación del software informático comercial» tal y como estos términos se emplean en el FAR
12.212. De acuerdo con el FAR 12.211 (datos técnicos) y FAR 12.212 (software Informático) y con el Suplemento del Reglamento Federal de Adquisiciones de Defensa («DFAR») 227.7202-1 a través de 227.7202-4 y sin perjuicio de cualquier otro FAR o cláusula contractual contraria en cualquier acuerdo al que este CLUF pudiera ser incorporado, los usuarios finales del gobierno adquirirán el Software y la Documentación únicamente con aquellos derechos estipulados en el presente CLUF. Cualesquiera otras disposiciones sobre la licencia que sean incompatibles con las regulaciones sobre adquisiciones federales no serán ejecutables frente al gobierno estadounidense.
14. Exportación. El Software, los productos, la tecnología y los servicios de Cisco están sujetos a las regulaciones y leyes de control de exportaciones locales y extraterritoriales. Tanto Usted como Cisco cumplirán tales leyes y regulaciones por las que se rigen el Uso, la exportación, reexportación y transferencia del Software, productos y tecnología, y obtendrán todas las autorizaciones, permisos o licencias locales y extraterritoriales necesarias. Puede encontrar información específica sobre exportaciones en: xxxx://xxxxx.xxxxx.xxx/xxxxx/xxxxxx/xxxx/Xxxxxx.xx
15. Supervivencia. Los apartados 4, 5, y la limitación de la garantía de los apartados 7(a), 7(b) 7(c), 8, 10, 11, 13, 14, 15, 17 y 18 sobrevivirán a la terminación o al vencimiento de este CLUF.
16. Interoperabilidad. En la medida de lo exigido por la legislación aplicable, Cisco Le proporcionará la información de la interfaz necesaria para conseguir la interoperabilidad entre el Software y otro programa de creación independiente. Sujeto a Su solicitud por escrito, y una vez haya pagado las cuotas de licencia de Cisco (si existieran), Cisco Le proporcionará esta información de interfaz. Esta información se mantendrá en estricta confidencialidad y se cumplirán siempre todos los términos y condiciones aplicables sobre cuya base Cisco proporciona dicha información.
17. Legislación Aplicable, Jurisdicción y Competencia.
Si adquirió el Software en uno de los países o territorios enumerados a continuación, lo cual se determina según la dirección que figure en el orden de compra aceptado por la Fuente Aprobada o, en caso de un Producto de Evaluación, la dirección a la que se envíe el Producto, podrá identificar en esta tabla la legislación que rige para el CLUF (sin perjuicio de posibles disposiciones sobre conflictos xx xxxxx) y los tribunales específicos que tienen jurisdicción exclusiva para resolver cualquier reclamación que surja bajo este CLUF.
País o Territorio | Ley Aplicable | Jurisdicción y Competencia |
Estados Unidos, América Latina y el Caribe | Estado de California, Estados Unidos de América | Tribunal del Distrito Federal, Distrito Norte de California o Tribunal Superior del Condado de Santa Clara, California |
Canadá | Provincia de Ontario, Canadá | Tribunales de la Provincia de Ontario, Canadá |
Europa (excepto Italia), Oriente Medio, África, Asia u Oceanía (excepto Australia) | Leyes de Inglaterra | Tribunales ingleses |
Japón | Leyes de Japón | Tribunal del Distrito de Tokio, Japón |
Australia | Tribunales Estatales y Federales de Nueva Gales del Sur | |
Italia | Leyes de Italia | Tribunal de Milán |
China | Leyes de la Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx | Centro Internacional de Arbitraje de Hong Kong |
Todos los demás países o territorios | Estado de California | Tribunales Estatales y Federales de California |
Las partes renuncian expresamente a la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercancías. Además, ninguna persona que no sea parte contratante del CLUF tendrá derecho a reclamar u obtener beneficio de ninguno de sus términos en virtud de la Ley de Contratos (Derechos de Terceros) de 1999. Independientemente de la mencionada ley aplicable, cualquiera de las partes podrá solicitar medidas cautelares en un tribunal de jurisdicción competente con respecto a presuntas violaciones de la propiedad industrial e intelectual o cualesquiera otros derechos de propiedad de dicha parte.
18. Integración. Si alguna parte de este CLUF fuese declarada nula o no aplicable, sus restantes disposiciones permanecerán en pleno vigor y efecto. A menos que se diga expresamente aquí o resulte expresamente modificado mediante un acuerdo firmado, el CLUF constituye el acuerdo completo entre las partes con respecto a la licencia del Software y reemplaza a cualquier término contradictorio o adicional que se incluya en órdenes de compra o cualquier otro documento, cuyos términos quedarán excluidos. El CLUF ha sido redactado en inglés y las partes acuerdan que la versión en inglés del CLUF regirá en caso de conflicto entre ésta y cualquier otra versión traducida a otro idioma.
Cisco y el logotipo de Cisco son marcas registradas de Cisco y/o sus filiales en EE. UU. y otros países. Para ver una lista de marcas registradas de Cisco, acceda a esta URL: xxx.xxxxx.xxx/xx/xxxxxxxxxx. Las marcas registradas de terceros mencionadas son propiedad de sus respectivos titulares. El uso de la palabra «socio» no implica ninguna relación empresarial entre Cisco y cualquier otra empresa. (1110R).