CONTRATO DE SERVICIOS
CONTRATO DE SERVICIOS
SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: ☐SI ☒NO
BASES DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE INSPECCIÓN O.C.A.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y TÉCNICAS CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
EXPEDIENTE CONTRATACIÓN Nº: 201906171
Fecha de publicación: 17 xx xxxxx de 2019
A. OBJETO DEL CONTRATO
El Xxxxxxx de Congresos de Valencia necesita disponer de una empresa proveedora para efectuar las inspecciones reglamentarias técnico-legales como Organismo de Control Autorizado. Por lo que los ofertantes deberán justificar documentalmente las inscripciones en los registros oficiales que la normativa actual exige.
Las INSTALACIONES A REVISAR se detallan en el anexo 1 de este pliego. Los licitadores deberán acreditar su condición de Organismo de Control, acreditado por XXXX, señalando su nº de acreditación en los espacios reservados a este efecto en el mismo anexo 1 de este pliego. Dicho anexo, debidamente cumplimentado y firmado, deberá ser introducido por los licitadores en el sobre nº 2.
CONDICIONES PARTICULARES
Los ofertantes deberán acreditar documentalmente los números de acreditación citados en los apartados anteriores, por cada tipo de especialidad/instalación. No se admitirán las ofertas en las que no se documente estos números de acreditación.
En la oferta se tendrá en cuenta toda la legislación aplicable a las instalaciones objeto de la misma (Edificio y Aparcamiento)
El personal inspector reunirá los requisitos establecidos en la reglamentación vigente sobre Organismos de Control, y habrá sido sometido al proceso de entrenamiento y cualificación del personal para realizar los trabajos objeto de esta oferta.
El inspector dispondrá, para la ejecución de los trabajos, de los equipos y materiales descritos en los procedimientos e instrucciones técnicas citadas en el apartado anterior
B. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS (ART. 28 LCSP)
La necesidad de contratación de este servicio deriva de la actividad propia del Palacio de Congresos de Valencia.
C. PLAZO DE EJECUCIÓN
PLAZO DE EJECUCIÓN (art. 29.4 y 29.7 LCSP): La duración del contrato será por 1 año, prorrogable por 1 anualidad + otra anualidad + otra anualidad, hasta alcanzar como máximo un periodo de 4 años. En caso de no querer prorrogarse el servicio, la comunicación de la renuncia, por cualquiera de las partes, se comunicará con una antelación mínima de dos meses.
D. PRESUPUESTO BASE, PRESUPUESTO MÁXIMO Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
PRESUPUESTO ANUAL
XXX excluido | Importe IVA | IVA incluido |
4.400 € | 924 € | 5.324 € |
PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (ABARCANDO TODAS LAS PRÓRROGAS)
XXX excluido | Importe IVA | IVA incluido |
17.600 € | 3.696 € | 21.296 € |
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
XXX excluido | Importe IVA | IVA incluido |
17.600 € | 3.696 € | 21.296 € |
Los cálculos se han realizado en base a la experiencia propia xxx Xxxxxxx de Congresos a lo largo de sus últimos tres ejercicios, así como de la previsión de los siguientes ejercicios.
En base a esta información, los licitadores deben de tener en cuenta que, en sus precios y ofertas han de quedar incluidos todos los costes directos, indirectos, los otros eventuales gastos y los costes salariales a partir del convenio laboral aplicable, a los que hace referencia el art. 100 LCSP.
E. PRECIO DEL CONTRATO
Los precios consignados en la tabla son los máximos sobre los que cada licitador realizará la correspondiente baja.
Tabla 1. Tabla a cumplimentar, clasificada por tipo de instalación. Sin IVA.
Concepto | Importe máximo total | Oferta del licitador |
Instalaciones de Alta Tensión. Inspección periódica reglamentaria de 3 Centros de Transformación Instalaciones eléctricas en baja tensión (Edificio y Aparcamiento subterráneo) como LPC. Inspecciones periódicas reglamentarias y emisión del acta correspondiente. Incluida 2ª visita de comprobación de corrección de defectos identificados en el acta anterior Instalaciones Ascensores. Inspección reglamentaria y emisión del certificado correspondiente, de 9 aparatos Instalaciones de protección activa contra incendios. En edificio y aparcamiento subterráneo | ||
Total oferta a 1 año | 4.400 € |
El precio del contrato será el presentado en la oferta del adjudicatario, en base a los conceptos y criterios expuestos en la tabla anterior.
El adjudicatario trasladará al Xxxxxxx información sobre otras tarifas y servicios, independientes de las reflejadas en esta tabla, así como de posibles nuevas tarifas y servicios posteriores a la adjudicación, que puedan ser utilizadas en el Xxxxxxx, bajo demanda.
Tarifas Base, Franquicias y Descuentos
Todas las cantidades reflejadas serán sin la imposición fiscal aplicable. Todos los servicios contratados no especificados en estas Bases de Contratación se regirán por las tarifas estándar publicadas por la empresa adjudicataria, y accesibles mediante consulta al personal comercial, plataformas de atención al cliente o en la página web de dicha empresa.
F. REVISIÓN DE PRECIOS
No procede, conforme al art. 103 LCSP.
G. GARANTÍAS DE LA CONTRATACIÓN
El adjudicatario, según el art. 107.1 LCSP, hará efectiva una garantía definitiva por un 5% del del presupuesto base
Si, a la firma del contrato, el adjudicatario no depositara la fianza, el Xxxxxxx retendrá un 25% de las facturas en cada uno de los pagos, hasta cubrir el aval. El Xxxxxxx abonará en su integridad todas las cantidades retenidas en el momento en que cuente con la fianza.
H. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE
CRITERIO 1: MENOR PRECIO OFERTADO | |
PONDERACIÓN: 90 puntos | |
VALORACIÓN: Se otorgarán 90 puntos al licitador que ofrezca el mejor precio total en cuatro años. Los demás licitadores obtendrán su puntuación en base a la siguiente fórmula: Oferta más ventajosa x máxima puntuación posible Puntuación = Oferta a valorar | |
OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS | |
Se considerarán, en principio, ofertas anormalmente bajas, aquellas que se encuentren en los siguientes supuestos: 1) Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales. 2) Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta. 3) Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales. 4) Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía. Cuando la mesa de contratación hubiere identificado una o varias ofertas incursas en presunción de anormalidad, deberá requerir al licitador o licitadores que las hubieren presentado dándoles plazo suficiente para que justifiquen y desglosen razonada y detalladamente el bajo nivel de los precios, o de costes, mediante la presentación de aquella información y documentos que resulten pertinentes a estos efectos. La petición de información que la mesa de contratación dirija al licitador se formulará con claridad de manera que estén en condiciones de justificar plena y oportunamente la viabilidad de la oferta. Concretamente, la mesa de contratación podrá pedir justificación a estos licitadores sobre aquellas condiciones de la oferta que sean susceptibles de determinar el bajo nivel del precio o costes de la misma y, en particular, en lo que se refiere a los siguientes valores: a. El ahorro en los servicios prestados. b. Las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables |
de que disponga para prestar los servicios.
c. La innovación y originalidad de las soluciones propuestas para prestar los servicios.
d. El respeto de obligaciones que resulten aplicables en materia medioambiental, social o laboral, y de subcontratación.
e. O la posible obtención de una ayuda de Estado.
La mesa de contratación evaluará toda la información y documentación proporcionada por el licitador en plazo y, en el caso de que se trate de la mesa de contratación, elevará de forma motivada la correspondiente propuesta de aceptación o rechazo al órgano de contratación. En ningún caso se acordará la aceptación de una oferta sin que la propuesta de la mesa de contratación en este sentido esté debidamente motivada.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes mencionados en el apartado cuatro, estimase que la información recabada no explica satisfactoriamente el bajo nivel de los precios o costes propuestos por el licitador y que, por lo tanto, la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la mejor oferta, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas.
I. CRITERIOS DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR
CRITERIO: MEMORIA TECNICA PONDERACIÓN: 10 puntos
Las empresas licitadoras deberán presentar un escrito, de no más de cinco páginas, en el que quede plasmado y explicado lo siguiente:
Para el adjudicador será importante y se valorará positivamente la disposición de una plantilla con personal cualificado para realizar las inspecciones objeto del presente contrato.
También se valorará las inspecciones realizadas en edificios de pública concurrencia de uso y volumen similar al Xxxxxxx de Congresos de Valencia.
X. XXXXX Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo para la presentación de proposiciones terminará el 2 de julio de 2019, a las 14:30 h.
Las ofertas deben entregarse o remitirse por correo postal a la dirección: Xxxxxxx de Congresos de Valencia, Xxxx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, 00; 46015 de Valencia a la atención de Xxxxxx Xxxxxxx, Director Administrativo-Financiero. Cuando la proposición se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y comunicar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante email a xxxxxxxx@xxxxxxxxxx-xxx.xxx, con copia a xxxxxxxx@xxxxxxxxxx-xxx.xxx en el mismo día.
FORMA DE PRESENTACIÓN
TRES SOBRES. Las proposiciones constarán de tres sobres cerrados En la parte exterior de cada uno de los sobres deberá constar:
- DENOMINACIÓN DEL CONCURSO Y NÚMERO DE EXPEDIENTE (se encuentran al inicio de este documento)
- NOMBRE DE LA EMPRESA licitadora
- EMAIL de la empresa licitadora
- TELÉFONO de la empresa licitadora
- NÚMERO DE SOBRE (1 documentación administrativa, 2 criterios dependientes de un juicio de valor, o 3 criterios cuantificables automáticamente)
Dentro de cada uno de los sobres, deberá constar:
“SOBRE Nº 1”: Documentación administrativa. Dentro del sobre 1, los licitadores solo incluirán el Documento Europeo Único de Contratación- DEUC. (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx). En su defecto, pueden presentar declaración jurada según el modelo que se encuentra al final de este pliego (anexo 2).
“SOBRE Nº 2”: Documentación relativa a los criterios dependientes de un juicio de valor (Cláusula I) así como la documentación donde expliquen que cumplen los requisitos relativos a su solvencia económica y financiera y técnica o profesional (Cláusula K), desarrollándolos y aportando la información que consideren adecuada en escrito de no más de cuatro folios. También deberán incluir el anexo 1 de este pliego, debidamente cumplimentado, acreditando su condición de Organismo de Control, acreditado por ENAC, señalando su nº de acreditación
“SOBRE Nº 3”: documentación relativa a los criterios cuantificables automáticamente (Cláusula H).
Solo el adjudicatario, junto con el aval definitivo, tendrá que presentar en su integridad la siguiente documentación:
a. Copia legalizada por notario del DNI del firmante de la proposición.
b. Escritura de poder otorgado a su favor, bastanteada por el Servicio Jurídico Municipal, acompañado de declaración de vigencia del mismo.
c. Si el licitador fuere persona jurídica presentará fotocopia bastanteada por notario de la escritura de constitución o modificación.
d. Declaración responsable del licitador de no hallarse comprendido en ninguna de las prohibiciones de contratar señaladas en estas bases.
e. Certificación de estar al corriente en el pago de las obligaciones en materia de tributos locales (los referentes a Impuesto de Bienes Inmuebles, Impuesto de Actividades Económicas y demás gravámenes municipales)
f. Certificación de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias autonómicas
g. Certificación de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias estatales
h. Certificación de estar al corriente en el pago de obligaciones de Seguridad Social.
i. Ultimo recibo del pago del I.A.E.
j. Escrito detallando nombre, domicilio, número de teléfono, email y número de fax a efectos de comunicaciones oficiales de cuanto se relacione con este concurso y su adjudicación.
k. Póliza de responsabilidad civil que cubra las posibles eventualidades.
l. Certificación de estar dado de alta el licitador en la Agencia Tributaria e inscrito en el Registro Mercantil.
m. Acreditación del volumen anual de negocio descrito en la cláusula relativa a la solvencia económica, mediante las cuentas anuales de los tres últimos años presentadas en el Registro Mercantil.
n. Acreditación de los suministros mencionados en la cláusula correspondiente a la solvencia técnica, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
o. Plan de Prevención de Riesgos Laborales, seguro y fianza y cuantas otras obligaciones correspondan al adjudicatario.
p. Los documentos oficiales o fehacientes que demuestren la veracidad de lo expuesto en relación con su solvencia técnica y profesional (sobre 2)
Los documentos referenciados se presentarán en copia legalizada por Notario, para el caso de que no se presente el original, admitiéndose también copias compulsadas por organismo público competente.
PLAZO DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN ADICIONAL SOBRE LOS PLIEGOS:
Las personas o empresas interesadas, deberán solicitar información adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria con una antelación de al menos 12 días del transcurso del plazo de presentación de proposiciones (plazo legal).
COMISIÓN DE CONTRATACIÓN:
La comisión de contratación la constituirán el miembro del equipo directivo que se responsabilizará del seguimiento y control de la prestación del servicio, y será quien firme el “informe técnico”; el resto de los directores de área y el responsable de calidad y procesos, que formarán la “mesa de contratación” y emitirán el informe de la mesa de contratación, avalando el informe técnico y expresando, en su caso, las objeciones o puntualizaciones pertinentes, y la dirección-gerencia quien, en atención a los mencionados informes, adjudicará el servicio.
Una vez abiertos, estudiados y valorados los sobres 1 y 2, se procederá a la apertura pública del sobre 3, comunicando lugar, fecha y hora a todos los licitadores.
K. SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP)
a) | Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios |
Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos tres años, equivalga o supere una vez y media el valor estimado del contrato, apartado D) Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. | |
b) | El adjudicatario estará obligado a suscribir, y acreditar la suscripción ante el Xxxxxxx de Congresos de Valencia antes de la formalización del contrato, una póliza de seguro que cubra las posibles responsabilidades de todo tipo por daños y perjuicios tanto a las instalaciones propiedad xx Xxxxxxx de Congresos, como responsabilidades frente a terceros en las que pudiera incurrir como consecuencia de |
la prestación del servicio objeto de contrato. En dicha póliza, se deberá recoger expresamente al Xxxxxxx de Congresos de Valencia como Asegurado adicional (a efectos de una posible reclamación que pueda sufrir el Xxxxxxx de Congresos de Valencia con motivo de la actividad objeto del contrato), reflejándose expresamente la condición de Xxxxxxx xxx Xxxxxxx de Congresos de Valencia respecto al Tomador (a efectos de una posible reclamación del Palacio de Congresos de Valencia al contratista con motivo de la actividad objeto de contrato). La póliza de responsabilidad civil indicada en el párrafo anterior deberá incluir como mínimo las siguientes coberturas y capitales: responsabilidad patrimonial de la Administración Pública; RC Productos/Postrabajos/Servicios; RC por fallos y/o interrupción del servicio; responsabilidad por perjuicios patrimoniales primarios; responsabilidad civil de explotación, responsabilidad civil patronal; responsabilidad civil profesional; responsabilidad civil locativa; defensa y fianzas. Límite de indemnización por siniestro y año: 300.000 €. Sublímite de indemnización por siniestro y año para RC publicitaria y RC por perjuicios patrimoniales primarios: 150.000 €. |
SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL (artículo 90 LCSP)
a) | Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos tres años últimos años |
Es decir: Relación de los principales servicios de las mismas características que los servicios ofertados, realizados durante los últimos tres años, que incluya importe, fechas, nombre y ubicación, destinatario público o privado de los mismos, descripción del negocio, servicios y productos, número de empleados y cualquier otra información que considere de utilidad. Al menos, deberá acreditar un contrato anual de características similares. Se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El adjudicatario deberá justificar las inscripciones en el registro oficial de la Consellería, tanto de la empresa para todos los residuos que aparecen en la tabla, como de los vehículos que van a destinar para el traslado de los residuos. | |
b) | Contar con las correspondientes acreditaciones como Organismo de Control |
Los licitadores deberán cumplimentar el anexo 1 de este pliego e introducirlo en el sobre 2. |
COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS
Al margen de acreditar su solvencia técnica, por los medios antes indicados, las personas o empresas licitadoras, se comprometen a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, los medios personales y materiales descritos en la cláusula donde se describe el objeto de este pliego
La disposición efectiva de tales medios deberá acreditarse documentalmente por la persona o empresa licitadora que resulte propuesta como adjudicataria, y su incumplimiento podrá ser causa de resolución del contrato (art. 211 LCSP)
L. SUBCONTRATACIÓN
En el caso de subcontratar parcialmente la gestión de residuos, deberá identificar para qué residuos y certificar que la empresa subcontratada trabajará en su nombre. La empresa principal será el único interlocutor válido. Aportará los documentos necesarios para realizar las retiradas de los residuos tanto "Peligrosos" como "No Peligrosos", haciendo entrega a la propiedad de los justificantes de las retiradas cada vez que se produzcan.
Las personas o empresas licitadoras deben indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
En el caso de que el adjudicatario prevea la necesidad o conveniencia de subcontratar parte de su prestación, deberán tenerse en cuenta las siguientes indicaciones:
- El importe máximo de la subcontratación no superará el 60% del importe del contrato firmado entre el Xxxxxxx y el adjudicatario
- Las condiciones de solvencia profesional y técnica de los subcontratistas a los que se les encomiende la realización de los trabajos serán las mismas que las exigidas al adjudicatario, y deberán dejar constancia de ello mediante los mismos medios que el adjudicatario
- En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito al Xxxxxxx su intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.
M. OTRAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
Asimismo, la adjudicataria está obligada a todas cuantas obligaciones legales no explicitadas en este pliego sean aplicables al adjudicatario, en materia laboral, tributaria, mercantil y en todos los campos propios del servicio y de su actividad profesional.
El deber de confidencialidad se ajustará a los dispuesto en el art. 133 de la Ley 9/2017 de contratos del sector público, durante el plazo de 5 años.
El adjudicatario tendrá responsabilidad directa frente a terceros en relación con los daños o perjuicios que se les ocasionen como consecuencia de los trabajos realizados para la gestión de residuos del Palacio de Congresos de Valencia.
En concreto responderá, aparte de otros supuestos, de los siguientes:
a) El adjudicatario asumirá todas las responsabilidades que se puedan derivar, tanto penalmente como civilmente, de la ejecución del servicio contratado.
b) El adjudicatario será responsable de todos los medios necesarios para el objeto de este contrato.
c) El adjudicatario será responsable de las deficiencias en las prestaciones del servicio, así como de los defectos, negligencias, etc.
Son de cuenta del adjudicatario todas las reparaciones que deban realizarse durante el periodo de duración del contrato (y sus posibles prórrogas en caso de ejecutarse) por daños causados por el adjudicatario o las personas bajo su dependencia laboral o funcional al Xxxxxxx de Congresos de Valencia o a sus instalaciones, por mal uso, omisión o negligencia
El Xxxxxxx de Congresos de Valencia se reserva expresamente el derecho a repetir contra el adjudicatario, mediante las acciones legales procedentes, en todos aquellos casos en que se le declare responsable como consecuencia de los actos derivados del funcionamiento normal o anormal del servicio.”
N. OTRAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
Es condición especial de ejecución, la obligación de la empresa adjudicataria, durante todo el periodo de ejecución del contrato, de no minorar unilateralmente las condiciones de trabajo en materia de jornada y salario, así como cualquier mejora sobre la legislación laboral básica aplicable que corresponda a cada momento a las personas trabajadoras adscritas al cumplimiento del contrato, en función del convenio del sector que resulte de aplicación al presentarse la oferta, salvo acuerdo explícito entre empresa y representación del personal.
Ñ. OTRAS PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTOS
Las infracciones y los incumplimientos cometidos por el adjudicatario serán clasificadas como faltas muy graves, graves y leves.
1. Se considerarán faltas muy graves los siguientes incumplimientos y conductas:
a. El incumplimiento de las obligaciones esenciales derivadas del contrato y las establecidas en el presente documento, entre las que figura la demora injustificada en la ejecución del contrato.
b. La reiteración o reincidencia en dos faltas graves consecutivas.
c. Falta notoria de calidad de los equipos objeto del contrato
2. Se considerarán faltas graves los siguientes incumplimientos y conductas:
a. Falta de calidad, higiene o limpieza en los productos manipulados o servidos.
b. No respuesta al servicio solicitado por más de 24 horas durante el tiempo de ejecución del contrato sin la previa autorización del órgano competente xxx Xxxxxxx.
c. La reiteración de dos faltas leves.
3. Se considerarán faltas leves los siguientes incumplimientos y conductas:
Todas aquellas infracciones del presente pliego de condiciones y el incumplimiento de las obligaciones contenidas en la proposición del adjudicatario no tipificadas como faltas graves o muy graves, y en particular:
a. Incumplimiento del horario establecido.
b. Trato irrespetuoso al público, cuando haya lugar.
c. Reducción del personal injustificada durante la prestación del servicio.
4. Por razón de las faltas tipificadas en los anteriores apartados el Xxxxxxx de Congresos podrá imponer las siguientes sanciones: las faltas muy graves se sancionarán con multas contractuales entre 2000 y 4000 € o con la resolución del contrato y pérdida de fianza. Las falta o infracciones graves podrán sancionarse igualmente con la resolución del contrato o con multas contractuales de entre 1000 y 2000 €. Y las faltas o infracciones leves con apercibimiento o multas de hasta 1000 €. Las sanciones y, en su caso, la resolución del contrato, se adoptarán por el órgano competente xxx xxxxxxx previa audiencia al contratista por un plazo xx xxxx días.
Son causas de resolución de los contratos de servicios, además de las generales, las siguientes:
a. El desistimiento antes de iniciar la prestación del servicio o la suspensión por causa imputable al órgano de contratación de la iniciación del contrato por plazo superior a cuatro meses a partir de la fecha señalada en el mismo para su comienzo, salvo que en el pliego se señale otro menor
b. El desistimiento una vez iniciada la prestación del servicio o la suspensión del contrato por plazo superior a ocho meses acordada por el órgano de contratación, salvo que en el pliego se señale otro menor
c. Los contratos complementarios quedarán resueltos, en todo caso, cuando se resuelva el contrato principal.
O. OTRAS CAUSAS DE RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
El incumplimiento de la obligación esencial de la persona o empresa adjudicataria de no minorar las condiciones de trabajo (jornada, salario y mejoras sobre legislación laboral básica), de las personas trabajadoras adscritas al cumplimiento del contrato, señalado en el apartado T del Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, será causa de resolución del contrato.
Asimismo, se considerará causa de resolución del contrato:
a. La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b. La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
c. El mutuo acuerdo entre la Entidad Xxxxxxx de Congresos y el contratista.
d. La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista
e. La demora injustificada en el pago por parte xxx Xxxxxxx por plazo superior a 6 meses.
f. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados o la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público xxx Xxxxxxx de continuarse ejecutando la prestación en esos términos, cuando no sea posible modificar el contrato.
g. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en los convenios, acuerdos, reglamentaciones y demás normas aplicables en el caso, así como la comisión de falta muy grave o grave.
P. FORMA DE PAGO
El Xxxxxxx de Congresos de València realiza el pago de las facturas transcurridos 30 días desde la fecha de emisión de la misma, una vez validadas, el primer día laborable del mes siguiente
Anexo 1
INSTALACIONES A REVISAR
INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN (CENTROS DE TRANSFORMACIÓN):
De acuerdo con el Reglamento de Alta Tensión que, EL ADJUDICATARIO, como Organismo de Control Autorizado debidamente acreditado, con acreditación nº . REALIZARÁ la Inspección de las instalaciones que se relacionan en la tabla 1 de la página 3, desarrollando los controles, inspecciones y pruebas reglamentarias que establece la normativa vigente en instalaciones de Alta Tensión.
Documentación aplicable:
Real Decreto 337/2014, de 9 xx xxxx, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23, así como el resto de la legislación vigente estatal y autonómica aplicable.
INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE BAJA TENSIÓN
Prestación del servicio de inspección reglamentaria que EL ADJUDICATARIO, como Organismo de Control Autorizado, llevará a cabo en las instalaciones eléctricas ubicadas en la dirección indicada, de acuerdo con la normativa vigente (RD 842/2002, que aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y las Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) y modificaciones que lo desarrollan).
o Edificio (600 kW). Como L.P.C.
o Aparcamiento subterráneo (180 kW). Como L.P.C. INSTALACIONES ASCENSORES
Prestación del servicio de inspección reglamentaria que EL ADJUDICATARIO, como
Organismo de Control Autorizado, acreditado por ENAC con nº , llevará a cabo en los 9 ascensores ubicados en la instalación indicada, de acuerdo con la normativa vigente y los procedimientos e instrucciones técnicas aplicables.
INSTALACIONES DE PROTECCIÓN ACTIVA CONTRA INCENDIOS
Prestación del servicio de inspección periódica reglamentaria de instalaciones de protección activa contra incendios que realizará EL ADJUDICATARIO, como Organismo de Control, acreditado por ENAC, con acreditación nº .
La inspección periódica reglamentaria aplicará a los sistemas e instalaciones de protección activa contra incendios en el edificio (como local de pública concurrencia de superficie construida 6.700 m2) y en el aparcamiento subterráneo (con superficie construida > 500 m2).
La inspección periódica consistirá en: revisión documental. Inspección de los equipos y sistemas y Registro y emisión del acta de inspección.
Anexo 2
MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE
(Se presentará si no se presenta el DEUC)
Dña/D……………………….. con DNI número ……….. actuando en nombre de
………………………………….., con domicilio en… , según poder otorgado
ante el notario …………… de ……………… con fecha……………………, bajo el número de protocolo………………………..
(puede sustituirse la referencia al poder notarial por el título que acredite la capacidad representativa de la persona firmante)
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
Que la empresa …………………………………………. no se halla incursa en ninguna de las causas de prohibición para contratar con el Sector Público, previstas en el artículo 71 de la Ley 9/2017 de Contratos Sector Público. hallándose la persona física/jurídica representada, al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en los términos descritos en el artículo 74 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de aplicación de los tributos y artículo 13 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, respectivamente.
Que conoce y acepta lo dispuesto en las disposiciones de los presentes Pliegos. Que toda la documentación presentada al procedimiento es fiel a la realidad.
Que se compromete a la estricta observancia de las disposiciones vigentes con respecto al personal que emplee en la ejecución del contrato, especialmente en materia de legislación laboral, de Seguridad Social, de Prevención de Riesgos Laborales y de Protección de Datos.
Y para que así conste a efectos de lo dispuesto en el artículo 140 de la citada Ley 9/2017 de contratos del sector público, firmo y expido la presente declaración en ………… a …………..
Firma