Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁN EL CONTRATO XX XXXXX DE MÚSICA PARA LA REALIZACIÓN DE CONCIERTOS O ACTUACIONES PÚBLICAS DE OBRAS MUSICALES DENTRO DE LAS NECESIDADES OFICIALES, SOCIALES Y DE ESPARCIMIENTO CULTURAL DE LA CIUDAD XX XXXXXX.
1.- OBJETO Y CALIFICACIÓN DEL CONTRATO
El objeto de esta oferta es regular las condiciones de la prestación del servicio xx Xxxxx de Música del Ayuntamiento xx Xxxxxx para la realización de conciertos o actuaciones musicales dentro de las necesidades oficiales, sociales y de esparcimiento cultural de la ciudad xx Xxxxxx.
El contrato de servicios resultante de la licitación tendrá carácter privado.
2.- COMPROMISOS DE LAS PARTES
2.1.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
2.1.1.- Actuar como “Banda de Música del Ayuntamiento xx Xxxxxx” en las siguientes actividades:
- En los actos institucionales que se le soliciten a lo largo del año:
Pasacalles con la Reina de las Fiestas y Ayuntamiento y Pregón de Fiestas “San Xxxxx y San Xxxxxx”.
Xxxxx día 27 de septiembre.
Procesión de los Xxxxxx, día 27 de septiembre y Procesión de la Xxxxxx xx Xxxx el 8 de septiembre.
Y cualquier otro que pueda surgir.
- Asistir a las procesiones xx Xxxxxxx Xxxxx, Comunión de Enfermos, Procesión del Hábeas Corpus y Procesión del día xxx Xxxxx.
- Amenizar la Cabalgata xx Xxxxx.
- Amenizar los Festejos Taurinos de la Plaza de Toros.
- Preparar y ofrecer los siguientes pasacalles: Pasacalles Día de La Rioja y Festividad de Santa Xxxxxxx.
- Preparar y ofrecer al menos 4 conciertos para la ciudad durante los meses de enero a diciembre.
- 2 actuaciones a concretar a lo largo del año que surjan con motivo excepcional, acordadas por ambas partes.
- Acudir en representación xx Xxxxxx a otras ciudades cuando lo solicite el Ayuntamiento, en virtud de hermanamientos, intercambios, etc..., consensuado por ambas partes.
De mutuo acuerdo, el contratista y el Ayuntamiento podrán modificar las actuaciones en función de las necesidades de la población y de acuerdo a la evolución de la demanda del servicio.
2.1.2. A los actos referidos en el apartado anterior acudirán con puntualidad y debidamente uniformados.
2.1.3.- Recursos personales.
- Para la prestación de este servicio el contratista deberá disponer en todo momento de personal suficiente y capacitado. El número mínimo de componentes de la Banda para las actuaciones municipales será de 40 músicos.
- El contratista designará una persona responsable de controlar el efectivo cumplimiento de sus obligaciones por parte de todos los componentes de la banda, informando al Ayuntamiento de cuantos extremos se le soliciten en este sentido.
- El contratista facilitará al Ayuntamiento un listado de todos los miembros de la Banda en el que deberá figurar el tipo de instrumento que toca y comunicará cualquier cambio o incidencia en lo relativo a los miembros de la Banda de Música (altas o bajas de sus miembros, etc.)
- En ningún caso este personal dependerá del Ayuntamiento.
- El contratista asumirá la responsabilidad civil de los servicios prestados, así como del personal adscrito al contrato a través de pólizas de seguro que precise para la actividad, debiendo cubrir la cobertura cualquier contingencia o eventualidad que se produzca durante el periodo de vigencia del contrato y en todo caso antes y durante cada actuación musical.
2.1.4.- Instrumentos y materiales.
- El contratista dispondrá de los instrumentos mínimos necesarios para el desarrollo del servicio a realizar y los aportará tanto para ensayos como para conciertos. Mantendrá en perfectas condiciones los instrumentos y materiales proporcionados por el Ayuntamiento, responsabilizándose del uso y buen cuidado de los mismos, respondiendo de los desperfectos que puedan ocasionarse por su mala utilización y reponiéndolos por otros de iguales características en caso de pérdida, extravío o robo ocasionado por propia negligencia.
- El contratista aportará las partituras necesarias para las actuaciones.
2.1.5.- Instalaciones.
- El contratista utilizará las instalaciones que el Ayuntamiento disponga y asumirá las directrices de la Concejalía de Cultura en lo concerniente al uso de las mismas. Una vez programados los horarios y días de uso por parte de la Banda, el Ayuntamiento podrá disponer en cualquier momento de los espacios libres, no pudiendo estos ser utilizados por el contratista sin previa solicitud de los mismos y con la correspondiente autorización.
- El Ayuntamiento se reserva el derecho de modificar la cesión del uso de los espacios inicialmente asignados por necesidades de programación y, en tal caso, lo comunicará con la antelación suficiente al contratista, estudiando la posibilidad de ofertar otros espacios alternativos, siempre y cuando las posibilidades de ocupación lo permitan.
- El contratista tendrá la obligación de cuidar las instalaciones cedidas por el Ayuntamiento para los ensayos y actuaciones, así como de recoger los materiales
al finalizar los mismos, a fin de facilitar la limpieza y conservación de los locales. Las instalaciones serán devueltas por el contratista en las mismas condiciones que se recibieron. Los gastos por daño serán por cuenta del contratista.
2.1.6.- Otras obligaciones.
- El contratista deberá admitir la participación en los ensayos y actuaciones de los/as alumnos/as que proponga la Escuela Mpal de Música Xxxxxxx Xxxx, previa comprobación de su capacidad.
- El contratista deberá presentar un informe mensual referente a las actuaciones, ensayos y asistencias, preceptivo para el pago de las facturas.
2.2.- OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX
- El Ayuntamiento facilitará al contratista el local de ensayos en los horarios y fechas solicitadas por el propio contratista.
- Una vez programados los horarios y días de uso por parte de la Banda, el Ayuntamiento podrá disponer en cualquier momento de los espacios libres, no pudiendo estos ser utilizados por el contratista sin previa solicitud de los mismos y con la correspondiente autorización.
- El Ayuntamiento se reserva el derecho de modificar la cesión del uso de los espacios inicialmente asignados por necesidades de programación y, en tal caso, lo comunicará con la antelación suficiente al contratista, estudiando la posibilidad de ofertar otros espacios alternativos, siempre y cuando las posibilidades de ocupación lo permitan.
- El Ayuntamiento correrá con los gastos corrientes derivados del uso y mantenimiento del local, tales como limpieza, agua, luz, calefacción, aire acondicionado y aquellos derivados del uso normal de las instalaciones, etc...
- Cuando el contratista quisiera llevar a cabo alguna actuación o concierto para los que se precise la utilización de medios adicionales, deberá hacer una solicitud al Ayuntamiento indicando el coste que ello supondría. El Ayuntamiento, previa comprobación de la existencia o no de consignación presupuestaria adecuada para esta finalidad, autorizará o no la actividad.
- El Ayuntamiento asumirá los gastos derivados del desplazamiento de la Banda de Música a otras ciudades para realizar conciertos o intercambios, siempre que dichos desplazamientos se produzcan a instancia municipal.
3.- CUANTÍA DEL CONTRATO.-
El importe del contrato en cómputo anual a partir de la fecha de formalización se establece en la cantidad de 58.453,03 Euros anuales.
4.- PAGO DEL CONTRATO.-
El pago del contrato se realizará mensualmente, previa presentación la
correspondiente factura, a la que se añadirá la relación de servicios prestados durante el mes, tanto de ensayos como actuaciones.
6.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL CONTRATO.-
El Ayuntamiento xx Xxxxxx, adjudicará el contrato al licitador cuya oferta se ajuste a los aspectos sustanciales xxx xxxxxx de condiciones, sus requerimientos técnicos y obtenga el más alto puntaje
Para la valoración de las proposiciones se atenderán los criterios de adjudicación relacionados a continuación, sobre un total de 40 puntos
1. Precio anual ofertado: Se puntuará con un máximo 10 puntos. Se aplicará la fórmula habitual utilizada por el Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Aquel licitador que oferte más de 58.453,03 Euros anuales quedará excluida del procedimiento de licitación.
2. Por incremento del número de componentes de la Banda musical superior al mínimo exigido:
- Banda musical compuestas entre 41 a 50 componentes: 5 puntos
- Banda musical compuestas entre 51 a 60 componentes: 10 puntos
3. Por la realización de un pasacalles en la Festividad local de La Xxxxxx xx Xxxx el 8 de septiembre: 10 puntos.
4. Por la realización de un pasacalles el 26 de septiembre tras el Chupinazo anunciador de la Fiestas de San Xxxxx y San Xxxxxx: 10 puntos.
TECNICO DE ARTE Y EDUCACIÓN