ANEXO - RESOLUCIÓN N° 54/UPEJOL/18
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 54/UPEJOL/18
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
“Servicio Integral de Hidratación con Instalación, Mantenimiento y Desinstalación con destino a Los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018”
ARTICULO 1. OBJETO: 5
ARTÍCULO 2. MARCO NORMATIVO: 5
ARTÍCULO 3. TERMINOLOGÍA Y ABREVIATURAS 6
ARTÍCULO 4. PRESUPUESTO OFICIAL 8
ARTÍCULO 5. FACULTADES DEL ORGANISMO CONTRATANTE 8
ARTÍCULO 6. DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES 8
ARTÍCULO 8. AUTORIDAD DE APLICACIÓN: 9
ARTÍCULO 9. CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL 10
ARTÍCULO 10. CÓMPUTO DE PLAZOS 10
ARTÍCULO 11. CONFIDENCIALIDAD 10
ARTÍCULO 12. INTERÉS PÚBLICO INHERENTE A LA CONTRATACIÓN 11
ARTÍCULO 13. CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES 12
14.1.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES 12
14.2.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 13
14.3.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 13
14.5.- ENTREGA DE LAS GARANTÍAS 14
ARTÍCULO 15. DEL PROCEDIMIENTO 14
15.1.- DIFUSIÓN Y NOTIFICACIÓN 14
15.2.- PERSONA HABILITADA PARA CONTRATAR 14
15.7.- PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS 17
15.8.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 17
15.9.- OBLIGACIONES DEL OFERENTE 18
15.10.- EVALUACIÓN DE LA OFERTA 21
15.12.- FALSEAMIENTO DE DATOS 22
15.13.- DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA 22
15.14.- NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN 22
ARTÍCULO 19. GARANTÍA DE CALIDAD Y VIGENCIA 28
ARTÍCULO 20. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO 29
ARTÍCULO 21. TRANSFERENCIA Y CESIÓN DEL CONTRATO 29
ARTÍCULO 22. CAUSALES DE RESCISIÓN 29
ARTÍCULO 23. EXTINCIÓN DEL CONTRATO 30
ARTÍCULO 25. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO 31
ARTÍCULO 26. OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA: 31
ARTÍCULO 27. DAÑOS A TERCEROS 32
ARTÍCULO 28. PENALIDADES CONTRACTUALES Y SANCIONES 32
ARTÍCULO 29. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL – ORDEN DE PRELACIÓN 34
ARTÍCULO 30. PROPIEDAD INTELECTUAL 34
ARTÍCULO 31. FRAUDE Y CORRUPCIÓN 35
ARTÍCULO 32. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS 00
ARTÍCULO 3. TERMINOLOGÍA Y ABREVIATURAS:
A los efectos de la interpretación de este Pliego y de todo otro documento contractual a él vinculado, las siguientes palabras, siglas y expresiones tendrán el significado que a continuación se consigna:
· GCABA: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
· RIUPP: Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
· BAC: Sistema Buenos Aires Compras
· Pliego de Bases y Condiciones: Documento redactado por la Administración que establece los requisitos, condiciones y obligaciones de las partes, que deben cumplirse para la provisión de los bienes y ejecución de todas las tareas comprendidas en el alcance del objeto de la contratación. Comprende el presente documento, complemento xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, todos los Pliegos de Especificaciones Técnicas, y Anexos, y rige el procedimiento de la Licitación Pública Nacional el trámite de perfeccionamiento de la Adjudicación y el contrato.
· PCG.: Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
· PCP: Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
· PET: Pliego de Especificaciones Técnicas.
· Documentación licitatoria: Totalidad de los elementos e instrumentos del contrato, detallados en los Pliegos Único de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, y Anexos.
· Organismo licitante: Unidad de Compras y Contrataciones perteneciente a la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx 0000.
· Evento: Juegos Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx 0000.
· Los Juegos: Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018
· Circular con Consulta: Documento emitido en respuesta del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a todo pedido de aclaración sobre la documentación licitatoria formulado mediante el Sistema Buenos Aires Compras por los interesados en formular oferta.
· Circular sin Consulta: Documento emitido a fin de formular aclaraciones o modificaciones de oficio que el organismo licitante formule previo a la fecha límite fijada para la presentación de ofertas.
· Interesado: Persona Jurídica inscripta y registrada ante el RIUPP, que adquiere los Pliegos de Bases y Condiciones que comparece ante el Organismo Licitante en respuesta al llamado a Licitación Pública, con voluntad de formular una oferta técnica, económica y financiera, de acuerdo con los requisitos formales exigidos en los Pliegos que rigen el procedimiento de selección de cocontratante.
· Adquirente: Persona que ha adquirido los Pliegos conforme las disposiciones del presente PCP.
· Oferente: Es la persona que formula una oferta.
· Oferta: Documentación presentada por el oferente que conforma su cotización.
· Adjudicación: Es el Acto Administrativo por el cual la Autoridad competente selecciona al oferente que resulta adjudicatario cocontratante para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
· Adjudicatario: Oferente cuya oferta haya sido adjudicada por acto administrativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
· UPEJOL: Unidad de Proyectos Especiales “Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018”, dependiente de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
· COA: Comité Olímpico Argentino.
· COI: Comité Olímpico Internacional.
· Área Técnica Funcional: Área Funcional de Equipamiento Deportivo dependiente del Comité Organizador de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, a cargo de la elaboración xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas y sus Anexos, la supervisión y el asesoramiento técnico de la presente contratación y el control y verificación del cumplimiento del contrato hasta su finalización.
Todo otro término empleado en la documentación de los Pliegos y de la Orden de Compra no mencionado en el presente artículo debe interpretarse conforme a los usos y costumbres.
ARTÍCULO 4. PRESUPUESTO OFICIAL:
El pago será efectuado de acuerdo con las previsiones contenidas en los Arts. 26, 27, 28, 29, 30 y 31 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
El presupuesto oficial estimado para la presente contratación, de acuerdo con la cotización de referencia enviada por la firma Coca Cola Femsa De Buenos Aires S.A asciende a la suma de PESOS ARGENTINOS TREINTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL 65/100 (AR$ 35.700.579,65.-)
ARTÍCULO 5. FACULTADES DEL ORGANISMO CONTRATANTE:
El Organismo contratante hace reserva de ejercer la facultad contemplada en el Artículo 119- Facultades del organismo contratante- inciso I, III y IV de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666).
ARTÍCULO 6. DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES:
Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA.
Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio.
Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo, a los efectos de la presente contratación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxx Xx 0000, xxxx 0x xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx (Mesa de Entradas de la UPEJOL).
Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales y el Decreto Reglamentario N° 326-GCABA/17, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el trascurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del Sistema Buenos Aires Compras. Sin perjuicio de ello, la administración contratante podrá establecer otro régimen de notificaciones entre las partes, una vez perfeccionado el contrato en cualquier etapa de ejecución del mismo, cuando lo considere conveniente a fin de propender el alcance del cumplimiento adecuado y efectivo del contrato.
Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay Nº 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06.
ARTÍCULO 7. JURISDICCION:
Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la C.A.B.A. renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (Art. 7° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales).
ARTÍCULO 8. AUTORIDAD DE APLICACIÓN:
Será la UPEJOL, el órgano responsable de verificar la ejecución y cumplimiento de la contratación del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
A efectos de realizar el control técnico de la prestación del servicio, la Autoridad de Aplicación designa por medio de la presente al área funcional “Tecnología” y al director de dicha área funcional, y/o a quien el/ella designe.
ARTÍCULO 9. CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL:
El contrato reviste el carácter de esencial, necesario y continuo para la actividad y el normal desenvolvimiento de la función pública inherente al GCABA.
En tal sentido, la presente contratación, atento sus características, no puede suspenderse, retardarse y/o discontinuarse de forma permanente, excepto lo establecido el Artículo 136 de la ley N° 2.095 (texto consolidado por ley N° 5.666) y su decreto reglamentario 326-GCABA/17, debiendo el oferente presentar planes de contingencias a situaciones adversas que, de acuerdo con su experiencia y pericia puedan ser previstas, pero no evitadas.
En el caso que el adjudicatario incumpla con lo estipulado en el presente contrato será pasible de multas conforme lo estipula el Art. 28 del presente Pliego.
ARTÍCULO 10. CÓMPUTO DE PLAZOS:
El cómputo de plazos se efectuará en días hábiles administrativos conforme lo estipulado en el Art. 82 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por la Ley N° 5.666) y supletoriamente por la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires D.N.U. 1.510/GCBA/97 (Texto Consolidado Ley N° 5.666).
ARTÍCULO 11. CONFIDENCIALIDAD:
Toda la información proporcionada para la ejecución de las tareas encomendadas es propiedad exclusiva del GCBA, el COA y/o el COI según corresponda.
La información, ideas, conceptos y/o técnicas a cuyo conocimiento el proveedor acceda y/o se genere con motivo del presente trabajo, forman parte xxx xxxxxxx comercial propiedad exclusiva del GCBA, el COA y/o el COI según corresponda.
La información confidencial incluye todo lo que el GCBA, el COA y/o el COI entregue en cualquier formato y soporte o medio de transporte, y que trate sobre o esté relacionado con las actividades del GCBA, el COA y/o el COI. Asimismo, se entiende como información confidencial toda aquella, que directa o indirectamente le sea suministrada por el GCBA, el COA y/o el COI y/o cualquier persona vinculada a ella, o por cualquier director, funcionario, agente o empleado, así como también aquella información que el propio proveedor desarrolle como consecuencia de o con motivo o en ocasión de
la prestación del servicio, y cualquier otra información escrita o verbal entregada, bajo medios magnéticos, escritos, físicos o transmitidos de cualquier otro modo.
Además, se prohíbe la divulgación y uso de la información confidencial mencionada, que procede no solo para la información en sí misma, sino también para cualquier documento, dibujo, diseño, video, reproducción, tabla, gráfico o cualquier otro escrito u otra forma de comunicación, ya sea auditiva, visual o de algunau otra índole que reproduzca el contenido de dicha información, sin perjuicio de los derechos que posea el adjudicatario en este sentido.
En caso de que las tareas sean efectuadas por personal perteneciente al adjudicatario o por tercero subcontratados (con previo consentimiento del UPEJOL), este se compromete (con anterioridad al inicio de su trabajo) a poner en su conocimiento las presentes condiciones, asumiendo el mismo la responsabilidad por su cumplimiento de las mismas por su personal.
El presente compromiso es irrevocable y seguirá siendo válido aún después de finalizada la relación con GCBA, el COA y/o el COI.
EI adjudicatario, sus consultores y personal que se encuentren vinculados a la prestación de servicios objetos de la presente contratación están obligados a mantener la más estricta confidencialidad sobre la información que obtenga o de cualesquiera otras fuentes públicas o privadas indicadas por el GCBA, el COA y/o el COI en relación con el objeto de la presente.
El presente compromiso es irrevocable y seguirá siendo válido aún después de finalizada la relación con el GCBA.
ARTÍCULO 12. INTERÉS PÚBLICO INHERENTE A LA CONTRATACIÓN:
Con el objeto de la celebración de los Juegos Olímpicos de la Juventud 2018 a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la planificación, organización, financiación y celebración del evento ha sido asignada por el Comité Olímpico Internacional en forma conjunta al GCBA y al COA.
Se deja específicamente aclarado que el presente procedimiento de selección, y el consiguiente contrato que se celebre, tienen relación directa, esencial y necesaria con la organización de los Juegos Olímpicos para la Juventud Buenos Aires 2018. La correcta organización de dicho evento internacional, multideportivo, educativo y cultural reviste un indudable interés público, no sólo por
los compromisos asumidos por el GCBA para el cumplimiento de tal cometido, sino por el impacto inmediato que tendrá en la imagen del GCBA y del país, hacia el mundo y cualquier divergencia técnica que pudiera surgir respecto al modo en que deben cumplirse las prestaciones establecidas en el presente, será resuelta en forma sumaria.
Esta finalidad de realización adecuada y temporánea de los juegos, así como el ejercicio de las competencias propias del COI y el COA será primer principio de interpretación de los Pliegos y las ofertas.
ARTÍCULO 13. CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES:
La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de las condiciones y cláusulas integrantes de la contratación, y de las características contractuales objeto de la presente, por lo que no podrá invocar en su favor, para justificar los errores en que hubiere incurrido, dudas o desconocimiento de las disposiciones legales aplicables, del contenido de los Pliegos, como así también de las especificaciones técnicas y fácticas de la contratación
ARTÍCULO 14. GARANTÍAS:
14.1.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
De conformidad con lo prescripto por el Artículo 101. –Constitución de Garantías- de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666) y el Artículo 17 apartado 17.1 inc. d) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, el monto a depositar en concepto de garantía de impugnación será equivalente al dos coma cinco por ciento (2,5%) del monto estimado de la contratación.
La constitución de esta garantía deberá realizarse en efectivo a través de depósito bancario conforme lo prevé el Artículo 17, apartado 17.2 a) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, y el artículo 102.- Formas- inciso a) y concordantes de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666) y su Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17.
El depósito deberá efectuarse en Cuenta Corriente Nº 26.326 “Impugnaciones – Fondos en Garantía”, abierta en el Xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx ( Xxxx Xxxxxx sita en Florida N° 302 CABA), el que será reintegrado a los impugnantes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.
14.2.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
La oferta será acompañada mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo prescripto en el Artículo 17 apartado 17.1 inciso a) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el Artículo 17 apartado 17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, artículo 102 Formas- y concordantes de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666) y su Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17, debiendo ser equivalente al cinco por ciento (5%) del valor cotizado.
Esta garantía deberá ser identificada e individualizada con la oferta ingresada por BAC.
Asimismo, el documento mediante el cual se formaliza la garantía deberá ser entregado físicamente (póliza u otro documento según la forma de constitución en formato impreso) dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de formalizado el acto de apertura de ofertas, bajo apercibimiento de descarte de la misma, en el domicilio y horario fijados en el punto 6.5 del presente pliego. Dicho plazo se computa en horas, es decir, desde la hora fijada para la recepción de la oferta venciendo, en consecuencia, a la misma hora del día hábil siguiente a la fecha fijada para la apertura de oferta.
14.3.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Dicha garantía deberá constituirse conforme lo establecido en el artículo 17 inciso b) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, artículo 102 –Formas- y concordantes de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666) y su Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17, debiendo ser equivalente al veinte por ciento (20%) del valor adjudicado.
La garantía de cumplimiento de contrato será devuelta una vez vencido el contrato, en caso de fiel cumplimiento en tiempo y forma de cada una de las obligaciones resultantes de esta contratación y del contrato correspondiente, a entera satisfacción del organismo contratante, en conformidad con lo establecida en el artículo 115 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17.
14.4.- CONTRAGARANTÍA
El adjudicatario deberá presentar una contragarantía por el 100% del monto a percibir en concepto de anticipo financiero.
La contragarantía deberá constituirse conforme lo establecido en el Artículo 17 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, Artículo 102.-Formas- y concordantes de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666) y su Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17.
La contragarantía será devuelta una vez efectuada la recepción definitiva del total del contrato, a entera satisfacción del organismo contratante.
14.5.- ENTREGA DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se constituyan en la presente contratación deberán ser entregadas en la Mesa de Entradas de la Unidad de Compras y Contrataciones de la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, sita en Xxxxxx Xxxxxx Xx 0000, xxxx 0x xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, de 10 a 16 horas.
Las pólizas emitidas por compañías aseguradoras deberán contar con firma certificada por escribano público.
Las pólizas deben ser constituidas a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con domicilio Xxxxxx Xxxxxx Xx 0000, xxxx 0x, XXXX.
ARTÍCULO 15. DEL PROCEDIMIENTO:
15.1.- DIFUSIÓN Y NOTIFICACIÓN
El llamado a contratación se anunciará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de dos (2) días, con una antelación no menor a dos (4) días de la fecha límite fijada para la recepción de la oferta.
Se cursará invitación a la firma Coca Cola Femsa De Buenos Aires S.A de conformidad con lo establecido en el artículo 28 inciso 5° -Exclusividad- de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado Ley N° 5.666) y su reglamentación.
15.2.- PERSONA HABILITADA PARA CONTRATAR
Para participar en la presente contratación la firma Coca Cola Femsa De Buenos Aires S.A deberá reunir las condiciones que se exigen en el presente Pliego, en la normativa vigente en función del
objeto de la contratación y no encontrarse comprendida en las prohibiciones e inhabilidades que se mencionan en la normativa aplicable, de conformidad con lo establecido en los artículos 97 – Personas habilitadas para contratar- y 98 - Personas no habilitadas- de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666) y su reglamentación.
15.3.- EXCLUSIVIDAD
La firma Coca Cola Femsa De Buenos Aires S.A. deberá contar con la exclusividad para la prestación del servicio y provisión temporal objeto de la contratación durante toda la vigencia del contrato. En el caso de que la firma THE COCA-COLA COMPANY dejara sin efecto y comunicara a la Coca Cola Femsa De Buenos Aires S.A la revocación de la exclusividad otorgada, dicha circunstancia será causal de rescisión del contrato.
15.4.- CONSULTAS
Las consultas a los Pliegos deberán realizarse mediante BAC hasta TRES (3) días previos a la apertura de oferta.
Las respuestas o aclaraciones formuladas por el GCABA respecto de las consultas efectuadas por los particulares o el oferente con relación a la contratación electrónica serán comunicadas al oferente y/o interesado mediante Circulares.
15.5.- PERSONAL
Se encuentra exclusivamente a cargo del adjudicatario el personal que emplee para la prestación del servicio objeto de la licitación, siendo el único responsable ante el GCABA por el pago de los salarios del mismo, sin excepción alguna.
Asimismo, el adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a toda la legislación del trabajo aplicable, estando a su exclusivo cargo los seguros, cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.
El adjudicatario responderá por los daños y perjuicios que posibles reclamos judiciales o extrajudiciales por incumplimiento de lo anterior le ocasionen al GCABA.
Asimismo, el adjudicatario será responsable por cualquier accidente laboral que le ocurra al personal afectado a los servicios contratados.
15.6.- COTIZACIÓN
Deberá completar la oferta económica a través de los formularios disponibles en el sistema BAC.
Deberá contemplarse lo establecido en el Artículo 10 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, por lo cual debe incluirse el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) en el precio cotizado. La moneda de cotización será el PESO ARGENTINO.
Por tratarse de una contratación llave en mano, el Oferente deberá cotizar en BAC un precio único y global para la ejecución de todos los trabajos que conforman el objeto de la presente contratación, comprometiéndose, de este modo, a ejecutar los servicios completos exigidos en el Pliego de Especificaciones Técnicas por esa suma única y global que haya establecido en su propuesta. Se considera que acepta que el monto cotizado para dichos trabajos no variará cualquiera sea la cantidad de provisiones, servicios o trabajos realmente ejecutados para desarrollar en forma completa el Servicio Integral de Hidratación con Instalación, Mantenimiento y Desinstalación que se contrata y para que este funcione de acuerdo con el fin para el que fue proyectado.
Se considera que el OFERENTE antes de presentar su oferta, ha tenido en cuenta todo lo necesario para la plena y cabal ejecución del contrato, estando incluido en el precio todos los costos relativos a los bienes y servicios conexos a suministrar y ejecutar. A tal efecto deberá considerar, al solo efecto enunciativo:
1. El adjudicatario será responsable del pago de todos los impuestos, derechos de licencia y otros gravámenes que sean exigibles dentro y fuera de la República Argentina;
2. No se considerará costo adicional alguno al cotizado, ello sin perjuicio de la prerrogativa establecida en la cláusula 5 del presente pliego.
El oferente deberá presentar junto con la Cotización, la estructura real de costos que respalda el precio de cada renglón ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También se deberá indicar el índice/precio asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos.
Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCABA o el Organismo que la reemplace, o por otros organismos especializados, aprobados por el comitente.
Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de Redeterminación de Precios del contrato.
Además, el oferente deberá presentar las estructuras de costos de cada uno de los ítems, en formato EXCEL.
15.7.- PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
La propuesta deberá ser presentada en BAC a través de los formularios electrónicos disponibles al efecto, cumplimentado con todas las previsiones que expresamente requiera el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
La apertura de la oferta se efectuará a través del BAC, liberándose la misma el día establecido para la fecha y hora límite de recepción en el acto administrativo de convocatoria y en el cronograma registrado en el Portal de Compras xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, formulándose electrónicamente el Acta pertinente para conocimiento de los participantes y funcionarios designados. El sistema asegura certeza en la hora y fecha de la apertura.
15.8.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
La firma Coca Cola Femsa De Buenos Aires S.A deberá mantener y garantizar los términos de su oferta por un plazo de CUARENTA (40) DIAS a contar de la fecha límite para la presentación de la propuesta. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima xx XXXX (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual a la inicial.
El desistimiento de la oferta antes del plazo señalado o de su prórroga aceptada por el oferente, causará la pérdida del importe de la garantía de mantenimiento de oferta.
15.9.- OBLIGACIONES DEL OFERENTE
El Oferente deberá presentar junto con la oferta:
a) Declaración Jurada de no encontrarse incurso en las causales de impedimento para contratar con el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Dicha cláusula se extiende a los Directores, Representantes legales y Síndicos de la Sociedad y aceptación de las condiciones de la Declaración Jurada para contratar, de conformidad con lo establecido en el Artículo 11 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales y los términos del Anexo I -Declaración Jurada de Aptitud para contratar;
b) Autorización de Acreditación de Pagos xxx Xxxxxx del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en cuenta bancaria. (Anexo II xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales);
c) Garantía de Mantenimiento de Oferta;
d) Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente acepta la competencia de los Juzgados y Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (artículo 7 Pliego Único de Bases y Condiciones Generales);
e) Declaración Jurada de aceptación de los términos de la Contratación por la cual declaran tener pleno conocimiento de las cláusulas de los Pliegos que integran la documentación contractual y las obligaciones y sus condiciones generales y particulares emanadas de aquella;
f) Declaración Jurada de que comprende el significado jurídico del marco legal del Servicio Llave en Mano, comprometiéndose a hacerse cargo de la prestación del servicio que implique garantía de calidad y vigencia apropiadas; en todas las etapas, tareas y servicios que abarca el objeto de la Contratación y que conduzca al buen resultado de la contratación;
g) Declaración Jurada de no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente que involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo total de la empresa.
h) Declaración Jurada expresando:
1. La inexistencia de rescisión por causas imputables al Oferente o sus miembros, en los últimos tres (3) años, de algún contrato referido a contrataciones similares al del objeto de la Contratación;
2. La inexistencia de sanciones por incumplimientos o cumplimientos deficientes de algún contrato referido a contrataciones similares al del objeto de la Contratación.
i) Descripción detallada de cada uno de los bienes y servicios que se ofrecen, adjuntando fotos, folletos e información completa y precisa que acredite el cumplimiento de lo solicitado (no se aceptará la oferta que indique, por ejemplo “de acuerdo con pliego” o que transcriban el texto de las especificaciones técnicas textualmente);
j) Xxxxxx designarse representante técnico para cumplir las tareas de Dirección de los trabajos exigidos en los pliegos y ser ordenador e intermediario entre la empresa adjudicataria y el GCABA. Asimismo, deberá presentar listado con cantidad y características de todo el personal a asignar al servicio de integrador.
k) Curriculum Vitae que acredite fehacientemente la aptitud del personal para la correcta instalación, mantenimiento y desinstalación;
l) Listado de equipos, mobiliario, materiales e insumos a utilizar en la prestación del
servicio en el cual deberán detallarse especificaciones técnicas, modelos y cualquier otra descripción o material gráfico que permita individualizar fehacientemente los elementos que habrán de comprometerse para la prestación de los servicios;
m) Plan de Trabajo estableciendo la metodología a desarrollar para la prestación eficiente del objeto de la contratación, estableciendo la descripción de la operación durante las etapas establecidas en el artículo 5 xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas;
n) Garantías de que la empresa cuenta con un asesor de seguridad e higiene haciendo
cumplir las buenas condiciones de seguridad a todos sus trabajadores;
o) Plan de implementación de políticas sustentables;
p) Acreditar experiencia en servicios de idéntica magnitud;
q) Detalle de la garantía técnica, brindada sobre los bienes y servicios objeto de la presente contratación;
r) Acreditación de la calidad de Fabricante y/o Distribuidor Oficial, o Autorización del Fabricante y/o Distribuidor Oficial;
s) Constancia de inscripción y el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, y constancia de inscripción en la AFIP y detalle de pago de impuestos a las ganancias y al valor agregado del último mes anterior a la fecha de oferta;
t) Antecedentes de ventas similares, tanto con el Sector Público como Privado;
u) Detalle de las ventas de los últimos 12 meses, certificados por Contador Público, certificada su firma por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción en donde se encuentre matriculado;
v) Balances de los TRES (3) últimos ejercicios económicos anuales, con su correspondiente
cuadro de resultados y anexos, con firmas autógrafas en todas sus hojas por parte del Oferente o Representante Legal y Dictamen del Contador interviniente, certificada su firma por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción en donde se encuentre matriculado;
w) Por lo menos dos (2) referencias de entidades financieras, debiendo acompañar notas en las que dichas entidades suministren información del concepto y antecedentes que les merece el oferente;
x) Declaración Jurada que asegure con el patrimonio neto el financiamiento del Proyecto;
y) Plan de Contingencias a resolver ante hechos imprevistos que obstaculicen de cualquier modo la ejecución del contrato sean económicos, climáticos, sociales u otros que pudieran acontecer, durante toda su vigencia. Plan de Contingencias especial durante el período de los Juegos;
z) Toda otra documentación requerida en los Pliegos Único de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones ¨Particulares, de Especificaciones Técnicas, y sus Anexos.
Documentación Empresa Extranjera (“The The Coca-Cola Company”):
a) Documento que acredite la vinculación entre The Coca-Cola Company y Coca-Cola Femsa de Buenos Aires S.A. . Además, dicho documento, debe dejar constancia de la representación y exclusividad de Coca-Cola FEMSA de Buenos Aires, S.A. para promover, distribuir, comercializar, y mantener los productos de Coca-Cola Company dentro del territorio de la República Argentina con destino a los Juegos Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx 0000.
Los documentos precedentemente mencionados (“Documentación Empresa Extranjera”) deberán estar suscriptos por Representante Legal de la Empresa Extranjera con firma certificada y redactados en idioma castellano. No podrán estar escritos en otro idioma, excepto que dicho material vaya acompañado de traducción al castellano, efectuada por traductor público nacional matriculado, debidamente legalizada (apostille –Convención de La Haya. 1961, habilitación o Acuerdo sobre simplificación de legalizaciones en documentos públicos, según corresponda).
A los efectos de la interpretación de toda documentación prevalecerá la traducción sobre el texto en idioma extranjero.
La documentación de carácter administrativo o legal que no sean declaraciones juradas, emitidas por autoridad extranjera deberá estar debidamente legalizada (apostille – Convención de La Haya. 1961, habilitación, o Acuerdo sobre Simplificación de Legalizaciones en Documentos Públicos, según corresponda).
15.10.- EVALUACIÓN DE LA OFERTA
La oferta se evaluará teniendo en cuenta los antecedentes del oferente, el cumplimiento de la normativa exigida en el presente Pliego y en el Pliego de Especificaciones Técnicas, la oferta económica presentada y los demás aspectos formales contenidos en la propuesta, conforme lo establecido en el artículo 108 de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666) y su Decreto Reglamentario.
El Gobierno se reserva el derecho de efectuar las verificaciones que fuesen necesarias o considere conveniente a efectos de comprobar la veracidad de la información suministrada en la propuesta.
15.11.- ADJUDICACIÓN
El GCABA resolverá mediante acto administrativo en forma fundada la adjudicación.
Se deja constancia que en el Pliego del Sistema Buenos Aires Compras se consigna que el tipo de adjudicación de la presente contratación será “parcial” por renglones y por cantidad de renglón, por razones operativas de dicho sistema, a fin de permitir registrar la adjudicación por una cantidad menor en caso de ejercerse la prerrogativa otorgada por el artículo 108 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17.
15.12.- FALSEAMIENTO DE DATOS
La falsedad de la información suministrada en la oferta implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666). Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento de contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de la sanción prevista en el artículo 133 2° párrafo–Rescisión por Culpa del co -contratante-Fraude o Negligencia- la normativa citada.
15.13.- DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA
Se podrá requerir al oferente en forma previa a la recomendación de la oferta, aclaraciones sobre los documentos acompañados con su propuesta e información contenida en la misma, en el plazo que se fijara al efecto de acuerdo con la complejidad de la información solicitada.
Asimismo, podrá requerir que se subsanen las deficiencias insustanciales de conformidad con lo establecido en el artículo 108 del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 326-GCABA/17. En tal sentido podrá solicitarse a a la firma documentación faltante.
15.14.- NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN:
La adjudicación se notificará al adjudicatario a través del Sistema BAC y se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, y en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el plazo de un (1) día conforme lo establecido en la normativa vigente.
ARTÍCULO 16. PLAZO Y LUGAR:
El presente contrato comenzará a regir a los 5 días de notificada la orden de compra a través del BAC comenzando en ese momento la prestación del servicio integral objeto, conforme al Pliego de Especificaciones Técnicas.
El plazo de la contratación será hasta el 31 de octubre de 2018, conforme los términos y las condiciones de servicios estipuladas en el cronograma de trabajo indicado en el Pliego de Especificaciones Técnicas, de acuerdo con el cronograma de trabajo y a las propuestas de trabajo del adjudicatario.
El lugar de ejecución del contrato será en las distintas sedes de Los Juegos, las mismas podrán sufrir modificaciones en su localización entre la fecha de la presente contratación y la efectiva realización de Los Juegos.
ARTÍCULO 17. PAGOS:
Se establece la siguiente modalidad de pago:
a) Un adelanto, equivalente al treinta por ciento (30%) del monto total de la contratación adjudicada, a cancelar a los 30 días computados a partir del perfeccionamiento de la orden de compra y de la aceptación de la factura enviada por el adjudicatario.
El pago del adelanto se gestionará previa entrega de una contragarantía, conforme lo establecido en el punto 14.4 del presente pliego.
No corresponderá aplicar el régimen de Redeterminación de Precios al monto correspondiente al anticipo financiero a partir de la fecha de su efectivo pago (conf. ANEXO I
- artículo 3° Decreto N°127/GCBA/14).
b) El setenta por ciento (70%) del monto total de la contratación (saldo) será pagado de acuerdo con la siguiente modalidad:
1. Se habilitará el pago del 6% del saldo en el mes xx xxxxx 30 días después de la presentación de la factura por parte del adjudicatario.
2. Se habilitará el pago del 19% del saldo en el mes de julio 30 días después de la presentación de la factura por parte del adjudicatario.
3. Se habilitará el pago del 6% del saldo en el mes xx xxxxxx 30 días después de la presentación de la factura por parte del adjudicatario.
4. Se habilitará el pago del 9% del saldo en el mes de septiembre 30 días después de la presentación de la factura por parte del adjudicatario.
5. Se cancelará el 30% del saldo una vez finalizada la “Etapa de Cierre” conforme al Pliego de Especificaciones Técnicas.
Los porcentajes indicados en los puntos b.1), b.2), b.3), b.4) y b.5) hacen referencia a una porción del saldo, es decir al 70 % del monto total de la contratación.
El Área Funcional “Alimentos y Bebidas” dependiente de la UPEJOL será la encargada de certificar los servicios y prestar conformidad de la recepción de los mismos.
Dicha recepción será condición necesaria para habilitar el pago al adjudicatario.
Los pagos se cancelarán en PESO ARGENTINO –moneda de curso legal en la República Argentina.
ARTÍCULO 18. SEGUROS:
A) Generalidades:
El adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente artículo y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante el periodo de entrega y colocación de la mercadería contratada, mediante la presentación de copias de sus respectivos certificados de cobertura.
Asimismo, es de señalar que, deberán acreditarse las coberturas, como mínimo una vez por año o cada vez que modifique y/o cambie de compañía aseguradora, siempre con previa autorización del GCABA, o cada vez que el GCABA lo solicite, se presentarán los certificados de cobertura correspondientes.
La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su actividad.
El Adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados.
Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, el Adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación Contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas.
El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Xxxxxx, en las formas y con la vigencia estipulada,
quedando el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera en este caso.
Queda entendido que, sin perjuicio de su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el Contratista asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por las Compañías Aseguradoras.
B) De las compañías aseguradoras:
Las coberturas de seguros deberán ser contratados en una empresa aseguradora habilitada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires y que al menos cuente con un Patrimonio Neto superior a los $500.000.000 (pesos quinientos millones), de acuerdo al último balance anual presentado ante la citada Superintendencia y publicado por la misma. Deberá acreditar también una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la República Argentina.
Lo dicho anteriormente y enumerado en materia de patrimonio no será requerido en los supuestos de coberturas xxx xxxx Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento).
C) De los seguros en particular.
1) Laborales:
Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial.
Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el Adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del presente Pliego, xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, y del Contrato.
a) Seguro de Riesgos del Trabajo:
En el supuesto de la cobertura de riesgos de trabajo, para trabajadores en relación de dependencia: Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
“Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, sus funcionarios y/ó empleados, sea con fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley 24.557 y modificatorias, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del Adjudicatario, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.”
2) Seguro de Accidentes Personales (En caso de Corresponder)
En el supuesto de la cobertura de Seguro de Accidentes Personales, para quienes prestan servicios bajo las distintas modalidades de contratación y no revistan relación de dependencia con el adjudicatario. Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
“Por la presente, la “Aseguradora”, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires., sus funcionarios y/ó empleados, con motivo de las prestaciones en especie o
dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar a los prestadores de servicios que haya contratado el Adjudicatario, amparados por la póliza N° XXXX y por accidentes y/o lesiones ocurridas por el hecho o en ocasión de trabajo.”
Las condiciones de cobertura mínimas serán las siguientes:
La aseguradora se obligará a indemnizar a los asegurados, ante el fallecimiento accidental e invalidez total y/o parcial permanente derivados de accidentes acaecidos, como así también en concepto de las erogaciones en que se incurran por asistencia médica y/o farmacéutica según topes indemnizatorios determinados en póliza.
Alcance de las coberturas:
Jornada de servicio incluyendo cobertura in-itinere.
Sumas a Asegurar (Monto Mínimo):
Muerte: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000)
Invalidez Total y/o parcial permanente por accidente: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000) Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): Pesos Quince mil ($ 15.000)
3) Seguro de Responsabilidad Civil.
El adjudicatario debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como consecuencia de tareas inherentes a su actividad que puedan ocasionar a personas, bienes o cosas de propiedad del GCABA o de terceros.
Suma Asegurada Mínima:
La misma será por un monto mínimo de $ 2.000.000 (Pesos dos millones)
Se detallan de manera enunciativa y no taxativa las coberturas adicionales a incluirse de corresponder en cada caso:
A) Responsabilidad Civil emergente de escapes de gas, incendio, rayo y/o explosión, descargas eléctricas.
B) Caída de Objetos, carteles y/o letreros.
C) Carga y descarga de materiales.
D) Daños por hechos maliciosos, tumulto popular.
E) Suministro de alimentos y bebidas.
F) Montaje y desmontaje de estructuras (de corresponder).
G) Bienes bajo custodia, cuidado y control (de corresponder).
H) Responsabilidad civil cruzada (de corresponder).
I) Grúas, Guinches, autoelevadores (de corresponder).
El contrato deberá contener un endoso en carácter de co-asegurado sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCABA. Los empleados del GCABA deberán ser considerados terceros en póliza.
4) Seguro Automotor
El adjudicatario debe asegurar, bajo póliza automotor de los vehículos y/o trailers utilizados en la prestación del servicio, la responsabilidad civil obligatoria de conformidad con lo establecido en la normativa vigente:
Por lesiones y/ó muerte y daños a cosas de terceros no transportados y por lesiones y/ó muerte únicamente de terceros transportados.
Sumas Aseguradas:
Por acontecimiento hasta los límites máximos y uniformes de cobertura por acontecimiento autorizados por la SSN, de acuerdo con la categoría de vehículo.
ARTÍCULO 19. GARANTÍA DE CALIDAD Y VIGENCIA:
Para cada una de las partes del servicio objeto del presente llamado, el ADJUDICATARIO deberá brindar una Garantía de Calidad y Vigencia hasta la fecha de finalización de los servicios.
El plazo de vigencia de la mencionada garantía correrá durante la prestación de los servicios que conforman el objeto de la prestación.
Durante dicho período se deberá sustituir o reparar cualquier elemento, parte o componente, del servicio prestado por el ADJUDICATARIO que resulte defectuoso, entregando las modificaciones y reparaciones en iguales términos que los exigidos para provisión del servicio.
Deberá detallarse en la propuesta del adjudicatario el plan de mantenimiento del servicio y de acción frente a toda contingencia o riesgo que se pueda presentar durante la prestación del servicio.
ARTÍCULO 20. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO:
Todo el personal afectado al Servicio estará bajo exclusivo cargo del Adjudicatario, corriendo por su cuenta salarios, seguros, leyes sociales y previsionales y cualquier otro gasto sin excepción, vinculado con la prestación del Servicio, no teniendo en ningún caso, el mismo, relación de dependencia con el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Por otra parte queda debidamente entendido que este Gobierno no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el Adjudicatario y el personal que este ocupare para ejercer la actividad que se le ha contratado y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos Organismos Estatales vinculados con transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de Convenios de Trabajo en vigencia.
ARTÍCULO 21. TRANSFERENCIA Y CESIÓN DEL CONTRATO:
El contrato sólo puede ser transferido y/o cedido por el adjudicatario con la previa autorización fundada de la autoridad competente y de acuerdo con la especialidad acreditada, salvo en caso de reestructuración societaria del oferente, supuesto en que podrá ser transferido previa comunicación por escrito al GCBA. En caso contrario, el contrato se dará por rescindido en los términos dispuestos en el artículo 134 –Rescisión por culpa del co-contratante. Transferencia o cesión del contrato-de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666).
ARTÍCULO 22. CAUSALES DE RESCISIÓN:
El GCBA podrá rescindir unilateralmente el contrato por culpa del adjudicatario en los supuestos previstos en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666) y demás supuestos contemplados en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Sin perjuicio de ello, podrá también rescindirse el contrato:
a) Si el contratista no diera inicio a la ejecución del contrato o no efectuara la prestación del servicio dentro del plazo que se fija en el PCP y el PET.
b) Si el contratista paralizara, interrumpiera o suspendiera sus trabajos de manera permanente, salvo que sea debido a impago por parte del GCBA, que no fuera subsanado dentro de los 30 días de realizado el reclamo por parte del ADJUDICATARIO.
c) Por no mantener al día el pago de las primas de los seguros indicados en los Pliegos de Bases y Condiciones.
d) Por no hacerse cargo de los reclamos judiciales o extra judiciales que con motivo y en ocasión de la ejecución de los trabajos haya recibido el GCBA y/o no cumpliese su obligación de mantenerla indemne conforme lo estipulado en los Pliegos de Bases y Condiciones.
e) Si el contratista cediera el contrato objeto del presente, en todo o en parte, sin autorización previa, por escrito y debidamente fundada del GCBA.
f) Por incumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales o impositivas.
ARTÍCULO 23. EXTINCIÓN DEL CONTRATO:
En el caso de que se produjera la extinción del contrato de equipamiento por cualquier causa, ello producirá la extinción de todos los contratos accesorios celebrados en el marco de la presente contratación.
El contrato se extingue por el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones a cargo de cada una de las partes, de conformidad con las previsiones de la documentación contractual.
Asimismo, el contrato quedará extinguido por:
a) Expiración del plazo del contrato, según lo estipulado en el presente pliego;
b) Mutuo acuerdo;
c) Quiebra del adjudicatario;
d) Rescisión por incumplimiento del adjudicatario;
e) Modificaciones en las prestaciones o términos de las mismas, sin previa conformidad del GCBA; y/o,
f) Presentación en concurso del contratista, impidiendo dicha circunstancia el efectivo y total cumplimiento de las obligaciones emergentes del presente Pliego y xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas.
ARTÍCULO 24. RECHAZO:
El GCBA se reserva el derecho de revocar el llamado o de rechazar la oferta presentada con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin que dicha decisión otorgue derecho alguno al oferente para formular y/o efectuar reclamo alguno.
ARTÍCULO 25. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO:
El contrato se perfecciona con la notificación mediante BAC de la orden de compra al adjudicatario, dentro del plazo de mantenimiento de la oferta.
El adjudicatario podrá rechazar la orden de compra dentro de los tres (3) días a su notificación, en el caso que se encuentre vencido el plazo de mantenimiento de su oferta.
ARTÍCULO 26. OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA:
La empresa adjudicataria deberá:
a) Presentar la Garantía de cumplimiento de contrato.
b) Efectuar la prestación de los servicios objeto de la presente Contratación, de conformidad con las previsiones del presente Xxxxxx, con sujeción al Pliego de Especificaciones Técnicas, sus Anexos y la oferta adjudicada.
c) Cumplir con todas las demás obligaciones establecidas en el presente pliego, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Anexos.
d) Cumplir con la garantía técnica en conformidad con lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
e) Cumplir con la garantía de Calidad y Vigencia en conformidad con lo establecido en el Artículo 30 del presente Xxxxxx.
ARTÍCULO 27. DAÑOS A TERCEROS:
El contratista implementará en la realización de actividades que comprendan el objeto de la contratación, todas las medidas de seguridad que sean necesarias para dar cumplimiento a la legislación vigente en la materia, para evitar daños a personas o cosas y si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios.
Asimismo, el adjudicatario se obliga a reponer y/o reparar todo elemento necesario para el cumplimiento del contrato, en forma inmediata a satisfacción del comitente, que resultare dañado, destruido, deteriorado o faltante por acción u omisión del personal actuante, debidamente comprobado, durante la vigencia de la relación contractual existente entre éste y el GCBA. Caso contrario, previa intimación y sin más trámite, el GCBA dispondrá su reparación o reposición en forma directa, con cargo al adjudicatario y por el monto que resulte, el cual se hará efectivo mediante el descuento de la facturación o afectación de la garantía en caso de resultar aquella insuficiente, sin necesidad de autorización judicial.
El adjudicatario será el único responsable por la ejecución del contrato en forma eficaz y eficiente.
La responsabilidad total del adjudicatario frente al GCBA y frente a todo tercero que surja de o en conexión con el contrato no superará el CIEN POR CIENTO (100%) del importe total del contrato con expresa exclusión de daños indirectos, incidentales y consecuenciales (en concreto: pérdidas de ganancias, ingresos, fondo de comercio, producción, ahorros reales o anticipados, uso, negocios o contratos, pérdidas resultantes de la pérdida o corrupción de datos y costo de reconstitución de datos, excepto la reconstitución de la última copia de seguridad), eximiendo al GCBA de toda responsabilidad atinente a daños y/o perjuicios de cualquier índole y/o naturaleza.
ARTÍCULO 28. PENALIDADES CONTRACTUALES Y SANCIONES:
El contratante podrá ser pasible de las siguientes penalidades: a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta o de cumplimiento del contrato; b) Multa por incumplimiento de las obligaciones contractuales; y, c) Rescisión del contrato por su culpa; de conformidad con lo establecido en el Capítulo XII de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666) y su Decreto Reglamentario.
Asimismo, será de aplicación el siguiente régimen de penalidades:
• Incumplimiento de la fecha de iniciación del servicio en más de UNA (1) semana. Multa: UNO POR CIENTO (1%) por cada 7 días de retraso según la fecha final de entrega pactada para cada módulo y/o etapa del Servicio conforme el Cronograma de Trabajo y Plan de Implementación pactado entre las partes (considerando las prórrogas que de común acuerdo pudieren pactarse), que se aplicará sobre el monto total del contrato.
• Falta de Suministro de bebidas por Sede/Actividad según comunicación fehaciente realizada por UPEJOL, Área Funcional Alimentos y Bebidas:
o 1 por mil del monto total del contrato.
• Atraso de instalación de equipamiento de bebidas por Sede/Actividad según comunicación fehaciente realizada por UPEJOL, Área Funcional Alimentos y Bebidas.
o 1 por mil del monto total del contrato.
• Falta de Equipamiento por atraso de instalación, de mantenimiento o de reposición de equipo dañado de bebidas por Sede/Actividad según comunicación fehaciente realizada por UPEJOL, Área Funcional Alimentos y Bebidas.
o 1 por mil del monto total del contrato.
• Falta de Cumplimiento de Porfolio bebidas por Sede/Actividad según comunicación fehaciente realizada por UPEJOL, Área Funcional Alimentos y Bebidas.
o 0.5 por mil del monto total del contrato.
• Bebidas entregadas a temperatura incorrecta por Sede/Actividad según comunicación fehaciente realizada por UPEJOL, Área Funcional Alimentos y Bebidas.
o 0.5 por mil del monto total del contrato.
• Falta de Cumplimiento de Directivas realizadas por UPEJOL, Área Funcional Alimentos y Bebidas.
o 0.5 por mil del monto total del contrato.
• Uso indebido de instalaciones y equipos propiedad de UPEJOL.
o 0.5 por mil del monto total del contrato.
En ninguna circunstancialas penalidades totales aplicadas al ADJUDICATARIO podrán exceder el 10% sobre el monto total del contrato durante la ejecución del contrato y una vez extinguido y/o rescindido.
Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades, podrán ser pasibles de las sanciones establecidas en el Capítulo XIII de la citada normativa.
El GCBA podrá dictar el acto administrativo que decida la aplicación de penalidades y/o sanciones por incumplimiento de las obligaciones por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato; aun cuando al tiempo de su materialización el contrato se encontrará extinguido y/o rescindido.
ARTÍCULO 29. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL – ORDEN DE PRELACIÓN:
Los siguientes instrumentos constituyen la documentación contractual, y en caso de divergencia se establece el orden de prelación detallado a continuación:
a) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y sus circulares si las hubiere;
b) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus Circulares si las hubiere;
c) El Pliego de Especificaciones Técnicas, Anexos y sus circulares si las hubiere;
d) La Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación;
e) Acto Administrativo aprobatorio de la Adjudicación;
f) Orden de Compra.
Todo cuanto no esté previsto en la documentación contractual será resuelto de acuerdo con la normativa aplicable y las disposiciones del Derecho Público, dentro xxx xxxxxxxx y finalidad del objeto de la Contratación Directa.
ARTÍCULO 30. PROPIEDAD INTELECTUAL:
Los derechos de propiedad intelectual, así como todo otro derecho de cualquier naturaleza, sobre los trabajos realizados, documentación, resultados de estudios y/o análisis, y cualquier otro producto derivado del cumplimiento del presente contrato, pertenecen exclusivamente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con excepción del software (código fuente y código objeto) y manuales de usuario, ya sea el desarrollado previamente a que el contrato comience a regir, como el desarrollado durante la vigencia del mismo hasta su terminación, que será propiedad del ADJUDICATARIO.
El ADJUDICATARIO deberá realizar o acordar la realización de cada acto, documento, etc. que el UPEJOL pueda considerar necesario o deseable para perfeccionar el derecho, título y/o interés sobre dichos derechos.
Los datos, los documentos electrónicos que los contengan y, en general, las bases de datos, son de propiedad exclusiva del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y no podrán ser utilizados
en actividades distintas de la de ejecución del contrato a que de origen este llamado. Al término del contrato la información de las bases de datos antes referida no podrá ser utilizada ni explotada en ninguna forma por el ADJUDICATARIO.
También se debe considerar como datos a la información propiamente dicha, más la documentación que indique como están estructurados los mismos, estructuras de integridad y relación. En caso de ser necesario su desarrollo, también se considerarán como datos, la documentación de los algoritmos y cálculos usados en la generación de los datos existentes en las bases de datos, documentación completa referida al análisis, diseño e implementación, manual de usuario y de operación.
El soporte de los datos entregados no deberá tener restricciones de acceso (tales como claves, encriptación, formato digital no estándar o sin el software apropiado para su lectura), salvo acuerdo, a efectos de preservar la integridad y confidencialidad de la información.
En el caso que el ADJUDICATARIO prevea la utilización de herramientas de desarrollo y/o componentes que no sean de propiedad intelectual del ADJUDICATARIO, deberá informar detalle de las mismas al inicio de la ejecución del contrato.
El ADJUDICATARIO será personalmente responsable de cualquier acción que pudiera afectar al GCABA y/o a UPEJOL, derivada de violaciones a la Ley de Propiedad Industrial e Intelectual, debiendo asumir la defensa legal en esos casos, con los consiguientes costos asociados.
ARTÍCULO 31. FRAUDE Y CORRUPCIÓN:
La autoridad de aplicación exige a todos los oferentes, observar los más altos niveles éticos y denuncien todo acto sospechoso de fraude o corrupción del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos. Fraude y corrupción comprenden actos de: (a) práctica corruptiva; (b) práctica fraudulenta; (c) práctica coercitiva; (d) práctica colusoria y (e) prácticas obstructivas. Las definiciones que se transcriben a continuación corresponden a los tipos más comunes de fraude y corrupción, pero no son exhaustivas.
A. La autoridad de aplicación define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación:
a) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, algo de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
b) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluyendo la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberadamente o por negligencia grave, engañe, o intente engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra índole o para evadir una obligación;
c) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar en forma indebida las acciones de una parte; y
d) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito indebido, incluyendo influenciar en forma indebida las acciones de otra parte.
e) Una práctica obstructiva consiste en destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación.
B. El Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha establecido un procedimiento para los casos de denuncias de fraude y corrupción dentro del proceso de adquisiciones o la ejecución de un contrato, el cual está disponible en el sitio virtual xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxx-xxxxx-xx-xxxxxxxxx o llamando al 147. Asimismo, el Ministerio garantiza absoluta confidencialidad en el tratamiento de los datos del denunciante tanto como de la información relativa a la denuncia propiamente dicha;
Los oferentes declaran y garantizan:
(a) que han leído y entendido la prohibición sobre actos de fraude y corrupción dispuesta por la Autoridad de Aplicación y se obligan a observar las normas pertinentes;
(b) que no han incurrido en ninguna infracción de las políticas sobre fraude y corrupción descritas en este documento;
(c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de adquisición o negociación del contrato o cumplimiento del contrato;
(d) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales haya sido declarados culpables de delitos vinculados con fraude o corrupción;
(e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que ha sido declarado culpable de un delito vinculado con fraude o corrupción.
ARTÍCULO 32. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS:
El régimen de Redeterminación de Precios de la presente contratación se rige por la Ley N° 2.809 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666) y su reglamentación.
Será de aplicación la siguiente Estructura de Ponderación:
ESTRUCTURA DE COSTOS ESTIMADA | ||
RUBRO | INCIDENCIA | REFERENCIA |
MANO DE OBRA | 20,00% | INDICE XX XXXXXXX PRIVADO REGISTRADO DEL INDEC |
INSUMOS | 45,00% | INDICES DE PRECIOS INTERNOS AL POR MAYOR (IPIM) - 7.2.1 - ALIMENTOS Y BEBIDAS (15) - INDEC |
MANTENIMIENTO | 15,00% | INDICES DE PRECIOS INTERNOS AL POR MAYOR (IPIM) - 7.2.1 – MAQUINAS Y EQUIPOS (29) - INDEC |
TRANSPORTE | 5,00% | INDICES DE PRECIOS INTERNOS AL POR MAYOR (IPIM) – 7.2.2 – PRODUCTOS REFINADOS DEL PETRÓLEO (23) - INDEC |
5,00% | INDICES DE PRECIOS INTERNOS AL POR MAYOR (IPIM) – 7.2.1 – PRODUCTOS DE CAUCHO Y PLÁSTICO (25) - INDEC | |
GASTOS GENERALES | 10% | INDICES DE PRECIOS INTERNOS AL POR MAYOR INDEC (IPIM) – 7.2.1 – NIVEL GENERAL |
TOTAL | 100,00% |
MODELO ESTRUCTURA DE COSTOS
ESTRUCTURA DE COSTOS - MODELO
Costos Directos
% Índice asociado Fuente
Mano de Obra (Incluye cargas sociales) $ ………. …… ……
Materiales e Insumos (desglosado) $ ………. …… ……
Equipos (desglosado) $ ………. …… ……
Costos Indirectos | Sub Total COSTOS DIRECTOS Gastos Generales | $ (A) $ ………. | …… …… …… …… |
Gastos Financieros Gastos Administrativos | $ ………. $ ………. | …… …… …… …… |
Sub Total COSTOS INDIRECTOS $ ………. (B) …… ……
Beneficio Sub Total COSTOS $ ………. (C)= (A) + (B) …… ……
% de (C) | $ (D) | …… …… |
% de (C + D) | $ (E) | …… …… |
Impuestos (desglosado)
Precio Mensual total Unitario $ ………. (C)+(D) + (E) …… ……
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
“Servicio Integral de Hidratación con Instalación, Mantenimiento y Desinstalación con destino a los Juegos Olímpicos de la Juventud Bs As 2018”
ÍNDICE
ARTÍCULO 1: OBJETO DE LA CONTRATACIÓN 5
ARTÍCULO 2: DESCRIPCIÓN Y DETALLE DEL OBJETO 5
ARTÍCULO 3: CONDICIONES GENERALES 6
ARTÍCULO 4: PROVISIÓN Y CALIDAD 7
ARTÍCULO 5: ETAPAS DE SERVICIO, CARACTERISTICAS Y DURACION 8
ARTÍCULO 6: DESCRIPCIÓN DE ÁREAS DE ENTREGA 9
ARTÍCULO 7: RECURSOS A SER PROVISTOS 15
Estructura de Recursos Humanos y Recursos Tecnológicos 15
ARTÍCULO 8: PROVISIÓN POR PARTE DE UPEJOL 15
ARTÍCULO 9: SUSTENTABILIDAD 16
ARTÍCULO 10: PROCEDIMIENTO OPERATIVO SERVICIO DE BEBIDAS 16
ARTÍCULO 11: DOTACIÓN DE PERSONAL 21
Designación de responsables 23
Ingreso de Proveedores en las sedes de entrenamiento y competición 25
Vestimenta e identificación personal 26
ARTÍCULO 12: SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL 27
ARTÍCULO 13: PLAN PREVENTIVO DE SEGURIDAD E HIGIENE 28
ARTÍCULO 14: USO DE INSTALACIONES 29
ARTÍCULO 15: PLAN DE SEGURIDAD 29
ARTÍCULO 16: REQUISITOS PARA LA CONTRATACIÓN DEL PRESTADOR 30
ARTÍCULO 17: OFERTA - PLAN DE TRABAJO 30
ARTÍCULO 18: CONSIDERACIONES GENERALES DEL DOCUMENTO 30
ARTÍCULO 19: PENALIDADES A APLICAR 31
ANEXOS
• Anexo 1-Calendario de competencias diario
• Anexo 2-Venue Master Plan
• Anexo 3- Consumo de bebidas
• Anexo 4- Entregas diarias por sede
• Anexo 5-Cantidades equipos de frio
• Anexo 6-Porfolio bebidas
• Anexo 7-Equipamiento y logística provistos por Coca Cola
• Anexo 8-FNB.PO.009- Política para Ingreso de alimentos y bebidas al parque
EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N° 08.706.088/MGEYA-UPEJOL/2018
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE “SERVICIO INTEGRAL DE HIDRATACIÓN CON INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y DESINTALACIÓN CON DESTINO A LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018”
0AB RTÍCULO 1: OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El presente Xxxxxx tiene como objeto establecer las Especificaciones Técnicas que rigen para la contratación llave en mano “Servicio Integral de Hidratación con Instalación, Mantenimiento y Desinstalación con destino a los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018”, con destino a la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, dependiente de la Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
A1B RTÍCULO 2: DESCRIPCIÓN Y DETALLE DEL OBJETO
La contratación será necesaria para el período de operación de los Juegos, cuyo fin principal y esencial es proveer bebidas en todas las sedes en que se desarrollen actividades y brindar el servicio de instalación, mantenimiento y desinstalación de equipos refrigerantes.
Los servicios objeto de la presente contratación deben cubrir todos los requerimientos detallados en el presente Pliego de Especificaciones Técnicas.
La contratación contempla:
a) Provisión de las bebidas según el porfolio
b) Provisión del equipamiento en comodato e instalación de las heladeras o equipos refrigerantes necesarios, cuyo fin es mantener la calidad del servicio durante los días establecidos de operación según las cantidades predeterminadas en el artículo 6 punto 2.3 de este documento.
c) Mantenimiento de los equipos instalados en comodato.
d) Entrega en los diferentes Parques y Sedes y distribución hasta los puntos de consumo con diferentes modalidades de entrega, según el artículo 10 de este documento.
e) Desinstalación de los equipos instalados en comodato.
La finalidad de la presente contratación es brindar servicio de hidratación para atletas, delegaciones, residentes de la Villa Olímpica, prensa, invitados, periodistas, voluntarios y trabajadores de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 en diferentes cantidades y necesidades para cada cliente.
Los clientes de los Juegos Olímpicos de la Juventud tienen previsto satisfacer sus necesidades de hidratación mediante botellas individuales tipo “PET” según porfolio indicado en el presente requerimiento, sin limitaciones de botellas por
persona, excepto para trabajadores y voluntarios, cuyo servicio se limitará a una botella por almuerzo o cena.
Será responsabilidad de UPEJOL el control del consumo correcto de los productos según sea posible en cada uno de los puntos de consumo.
Es importante señalar que no está permitido el ingreso a las Sedes con bebidas compradas en el exterior según “Política de Restricción de Ingreso de Alimentos y Bebidas en Sedes”, tanto para acreditados como para público general (Anexo Nro 8).
El objetivo final de la presente solicitud de bebidas en envases PET es lograr que todos los clientes acreditados relacionados con la organización y funcionamiento de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 estén debidamente hidratados, sea para su vida diaria, como también para sus necesidades de alto rendimiento deportivo, competencia, entrenamiento y bienestar.
2AB RTÍCULO 3: CONDICIONES GENERALES
El servicio de hidratación se deberá llevar a cabo en todas las sedes en que se desarrollarán los Juegos Olímpicos de la Juventud. Los mismos están compuestos por una variedad de sectores diferentes, tales como: comedores, campos de juego, sectores de trabajo, áreas de servicio para prensa e invitados, y cualquier otro espacio en el que se requiera el servicio de bebidas o de hidratación. El servicio se realizará de acuerdo con lo indicado en el artículo cinco: etapas del servicio, características y duración.
Los puntos de entrega, ubicaciones de heladeras y depósitos y cantidades de entrega por día podrán ser modificados de acuerdo con el cronograma de actividades, toda modificación será comunicada formalmente ni bien se genere el cambio, con al menos 24 horas de anticipación de afectar la operación.
Ciertas actividades especiales deberán tener un tratamiento diferenciado y se deberá realizar una planificación específica para aquellos días a modo de ejemplo y a título enunciativo y referencial se mencionan las siguientes:
• Ceremonia de Apertura
• Ceremonia de Bienvenida
• Días pico de arribos y partidas
• Ceremonia de Clausura
Como así también toda aquella actividad especial indicada por UPEJOL que requiera Servicio de Hidratación, asimismo se podrán agregar puntos de entrega diferentes a los indicados en el artículo 6.1 y procedimientos especiales según requerimientos y necesidades establecidas por UPEJOL. La misma, designará responsables por parque para la firma de los remitos y realización de pedidos de acuerdo al cronograma estimado de entregas.
El adjudicatario proveerá todo el equipamiento necesario en comodato para la adecuada conservación de las bebidas (heladeras, equipos y sistemas de frío, conservadoras, contenedores tipo Reefer, contenedores de hielo adecuados para las necesidades de los eventos etc.) a fines de asegurar que las bebidas sean entregadas
a temperatura óptima (anexo Nro 7).
El servicio de hielo y los congeladores necesarios para su mantenimiento serán contratados y provistos de manera separada por UPEJOL.
El equipamiento y demás elementos introducidos en las sedes de competición y entrenamiento deberán estar en perfectas condiciones, no presentando peligro actual ni potencial alguno. El adjudicatario será responsable de ofrecer mantenimiento a los equipos que lo necesitasen, en caso de desperfecto de alguno de los equipos, se procederá a su reparación en un plazo máximo de 24 horas y si no fuera posible su arreglo será cambiado por otro equipo de iguales características, siempre dentro de un plazo máximo de 24 horas.
El adjudicatario deberá presentar un plan de mantenimiento correctivo y preventivo, toda falla no prevista deberá ser resuelta de inmediato y en caso de no ser posible se reemplazará el equipo en forma inmediata.
El adjudicatario no podrá subcontratar ningún tipo de servicio que opere en las sedes de entrenamiento y competición, salvo expresa autorización de UPEJOL.
El Adjudicatario será responsable de la provisión, instalación, puesta a punto, mantenimiento, y conservación de las heladeras y coolers solicitados para el servicio permanente de bebidas, asimismo se encargará del desarmado y retiro de los equipos luego de finalizada la competencia cumpliendo los plazos establecidos por UPEJOL.
El Adjudicatario podrá adecuar las cantidades, siempre y cuando se respeten las cantidades mínimas solicitadas, y el tipo de equipamiento a fines de poder garantizar la provisión de bebidas en forma permanente y en óptimas condiciones. Con la oferta podrá presentar un plan de mejora en caso de ser necesario, y precisará aprobación de UPEJOL.
El adjudicatario deberá presentar un listado descriptivo del equipamiento que utilizará detallando marca, modelo, y cantidad para cada una de las distintas etapas, previo al inicio de su operación.
Todas las heladeras y equipos de frío deberán ser de tipo “amigables con el medio ambiente” y de máxima eficiencia energética siguiendo la política de sustentabilidad de UPEJOL y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Todo el equipamiento entregado será bajo los lineamientos de comodato o alquiler, según las normas del adjudicatario. Deberá presentar listado final de equipamiento a entregar al menos 30 días antes del comienzo de operaciones. UPEJOL designará un responsable por sede para recibir y verificar cada equipamiento, así como fiscalizar la devolución de los mismos
El Adjudicatario deberá prever sus necesidades referentes a espacios, áreas de recepción, de depósito, de preparación de pedidos, entro otros.
A3B RTÍCULO 4: PROVISIÓN Y CALIDAD
El Adjudicatario se obliga a suministrar el producto cumplimentando las siguientes condiciones:
a) Uso permanente de las mercaderías cuyo tipo y marca hayan sido aprobadas por UPEJOL.
b) La reposición de las bebidas será administrada por el responsable de Alimentos y Bebidas de UPEJOL y el adjudicatario hará las reposiciones según el cronograma de entregas.
c) Todos los productos, sin excepción alguna, deben contar con la legislación impuesta en el Código Alimentario Argentino que responde a la de la ley nacional 18.284
d) Tendrá en cuenta la información que UPEJOL enviará 60 días previos a la operación de los juegos sobre elementos que no serán parte del servicio o del porfolio, que puedan afectar las evaluaciones de dopaje de los atletas.
e) Todas las bebidas deben ser aptas para celiacos (sin TACC) y deben ofrecer al menos 2 opciones de bebidas aptas para diabéticos, dentro del porfolio definido por UPEJOL.
f) Todos los envases de las bebidas serán de PET exclusivamente.
4AB RTÍCULO 5: ETAPAS DE SERVICIO, CARACTERISTICAS Y DURACION
Las necesidades de instalación y entrega de equipamiento se definirán 60 días antes del inicio de las operaciones en detalle, las cantidades previstas iniciales están incluidas en los anexos del presente Pliego de Especificaciones Técnicas.
En líneas generales, la operación de bebidas en villa olímpica comenzará el 00 xx xxxxxxxxxx xx 00 xx xxxxxxx inclusive. Previo al inicio de operaciones, se deberán instalar los equipamientos de frío necesarios.
En el resto de las sedes de competencia y entrenamiento, las operaciones comenzarán en las fechas indicadas en cada sede. Previo al inicio de operaciones, se deberán instalar los equipamientos de frío necesarios.
Las etapas desde la confección de la orden de compra inicial a la finalización de las operaciones serán las siguientes:
Etapa de Planificación:
Contempla el proceso de planificación, organización, análisis, revisión y replanteo del equipamiento de la presente contratación, como también la validación por parte de UPEJOL y del Comité Olímpico Internacional. Duración: Desde el perfeccionamiento del contrato, hasta el 1/07/18.
Etapa de Entrega de Obra:
Refiere a la etapa de instalación de equipamiento de frío, y de prueba de los mismos. Incluye verificación de funcionamiento de instalaciones por parte del adjudicatario.
Durante este período, el adjudicatario deberá entregar, según programación conjunta y acordada con UPEJOL, la primera entrega de producto suficiente para abastecer los depósitos de bebidas de todas las Sedes.
Duración: 2/8/2018 al 24/9/2018.
Etapa de Operación y Juegos:
Refiere al periodo oficial de desarrollo de los Juegos Olímpicos de la Juventud considerando período de preapertura y cierre como parte de esta etapa.
Durante este período el adjudicatario deberá ofrecer mantenimiento del equipamiento instalado, y además hacer un reparto exclusivo de las bebidas a las sedes reportadas según el cronograma estimado de entregas sujeto a modificaciones. El requerimiento será informado por canales oficiales, y acordado con el adjudicatario.
Duración: desde el 24/09/2018 hasta la fecha de finalización señalada de acuerdo con cada Sede.
Habrá entregas diarias durante todos los días de este período, salvo que UPEJOL solicite modificaciones por necesidades adicionales.
El alcance del servicio será con particularidades diferentes para la Villa Olímpica, el Parque Olímpico y el resto de las diferentes sedes donde se desarrollen los juegos, por lo cual tendremos tres alternativas diferentes de servicio indicados en el capítulo de procedimiento operativo servicio de bebidas, según establece el artículo 10 de este pliego.
Etapa de Cierre:
Refiere al periodo post-Juegos Olímpicos. Una vez finalizado el evento las áreas permanentes y temporarias deberán volver a su estado inicial. Las tareas de desarme y limpieza a realizarse sobre el equipamiento de frío consistirán en dejar las instalaciones en las mismas condiciones que fueron entregadas.
Se detallan en cada Sede la fecha de finalización.
Todas las fechas, incluyendo las de inicio y finalización del servicio, son estimativas, y podrán ser modificadas por UPEJOL mediante comunicación oficial.
En todas las etapas señaladas, el Área Funcional de Alimentos y Bebidas de UPEJOL será responsable del control de desempeño por parte del adjudicatario según términos establecidos en el presente documento.
5AB RTÍCULO 6: DESCRIPCIÓN DE ÁREAS DE ENTREGA
A continuación, se realizará listado de los espacios en los cuales se deberá entregar el producto. Es importante tener en cuenta que por la magnitud del servicio dichos espacios pueden cambiar tanto de locación como de necesidades. La ubicación final de los puntos de entrega se comunicará oficialmente 60 días antes del inicio de las operaciones.
Los Parques y sus respectivas sedes operarán como ámbitos para entrenamiento y/o competición.
Dicha podrá ser modificada según necesidades del evento, lo cual será notificado con la debida antelación al adjudicatario.
1. S.. EDES
1.1 .P.. XXXXX XXXXXXXX:
XXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXX x XXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXX
Conformado por la Villa Olímpica y el Centro Olímpico de la Juventud, este parque albergará la mayor cantidad de deportes y atletas residiendo en la villa y en competencias y entrenamiento.
XXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXX
Xx Xxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxx ubicada en la Xxxxxxx Xxxxxxxx 0000, entre Avenida Roca y Avenida de la Xxxx, en el xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxx, CABA, tiene el objetivo de dar alojamiento, servicio de alimentación y brindar actividades educacionales y recreativas a los 206 Comités Olímpicos Nacionales durante el periodo de los Juegos Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx 0000.
Fecha de inicio de operaciones 24/9/18
Fecha de finalización de operaciones 20/10/18 CENTRO OLÍMPICO DE LA JUVENTUD
El Centro Olímpico de la Juventud operará como sede de entrenamiento y competición. Ubicado en Xxxxxxx Xxxx 0000, Xxxxxx Xxxxx, se encontrará dividido en 5 pabellones, un natatorio, un campo de hockey, un campo de atletismo, una sede xx Xxxxx Country y Shooting y 1 sede de Buenos Aires Celebra.
El Centro Olímpico de la Juventud incluye como anexo el Autódromo Xxxx y Xxxxx Xxxxxx.
Fecha de inicio de operaciones 30/9/18
Fecha de finalización de operaciones 19/10/18
1.2 .P.. ARQUE TECNOPOLIS:
Está ubicada entre el partido de Xxxxxxx Xxxxx y la Ciudad de Buenos Aires. Parque Tecnópolis está ubicada en Xxx Xxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxx 0000, Xxxxx Xxxxxxxx.
Fecha de inicio de operaciones 30/9/18
Fecha de finalización de operaciones 17/10/18 Sede Parque Xxxxxxxxx
La sede parque Xxxxxxxxx operará como sede de entrenamiento y competición. Ubicado en Xx. Xx. Xxxxxxx Xxxxxx 0000, Xxxx. Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Fecha de inicio de operaciones 30/9/18
Fecha de finalización de operaciones 18/10/18
P...
XXXXX XXXXXX:
Ubicado en Xxxxxx Xxxxxx (xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxxxxx Xxxxxx) el mismo estará dividido en 3 áreas: Docks, Parque Mujeres Argentinas y un área de Buenos Aires Celebra.
Fecha de inicio de operaciones 30/9/18
Fecha de finalización de operaciones 19/10/18
1.4 .P.. ARQUE VERDE:
Conformado por distintas sedes dentro del área del parque “Tres de Febrero” donde se desarrollarán las siguientes actividades:
- Voley de Xxxxx xx Xxxx XXX
- Xxxxx xx Xxxx Xxxxxx Xxxxx Lawn Tenis
- Futsal en Sede Cenard
- Patinaje en Sede Cenard
- Equitación en Sede Club Hípico Argentino
- Triatlón en Sede Parque 3 de febrero
Sede Cenard:
Fecha de inicio de operaciones 30/9/18
Fecha de finalización de operaciones 19/10/18
Inicio especial de operaciones parciales UAC: 21/08/18
Sede Club Hípico CHA:
Fecha de inicio de operaciones 30/9/18
Fecha de finalización de operaciones 12/10/18
Sede Lawn Tenis:
Fecha de inicio de operaciones 30/9/18
Fecha de finalización de operaciones 18/10/18
Sede 3 de febrero / Xxxxxxx xx Xxxxxxx / BVA: Fecha de inicio de operaciones 30/9/18
Fecha de finalización de operaciones 11/10/18
O...
TRAS SEDES:
Existen otras sedes para las siguientes disciplinas
- Golf en Sede Hurlinghan
- Deportes Náuticos (Remo y Vela) en Sede Náutica San Xxxxxx
- Sede Xxxxxxx Xxxxx para Ciclismo
- Sede Rugby – CASI La Boya
- Ceremonia de Apertura
- Sede IBC Sede Golf:
Fecha de inicio de operaciones 30/9/18 Fecha de finalización de operaciones 9/10/18
Sede Rugby:
Fecha de inicio de operaciones 30/9/18
Fecha de finalización de operaciones 17/10/18
Sede Deportes Náuticos:
Fecha de inicio de operaciones 30/9/18 Fecha de finalización de operaciones 8/10/18
Sede Xxxxxxx Xxxxx:
Fecha de inicio de operaciones 30/9/18
Fecha de finalización de operaciones 18/10/18
Sede Ceremonia de Apertura:
Fecha de inicio de operaciones 5/10/18 Fecha de finalización de operaciones 6/10/18
Sede IBC:
Fecha de inicio de operaciones 20/9/18
Fecha de finalización de operaciones 20/10/18
Los Parques y sus sedes podrán sufrir modificaciones según necesidades de la competencia.
Anexo Nro 1 y 2 Detalle de deporte por Sede y Esquema General de Deportes por Sede.
.. . CONSUMO
Se definen los siguientes ítems a entregar a fines de cumplir con el servicio de bebidas
1. Bebida gaseosa cola regular Botella PET Individual
2. Bebida gaseosa cola bajas calorías Botella PET Individual
3. Bebida gaseosa lima limón bajas calorías Botella PET individual
4. Bebida gaseosa naranja Botella PET individual
5. Bebida agua saborizada bajas calorías Botella PET individual
6. Bebida jugo de naranja Botella PET individual
7. Bebida agua mineral Botella PET individual
8. Bebida isotónica Botella PET individual
9. Bebida isotónica bajas calorías Botella PET individual
En el siguiente cuadro se muestra el resumen del consumo por tipo de bebida
TOTALES GENERALES | |
Bebida Gaseosa | 481.235 |
Bebida Isotonica | 282.240 |
Agua | 1.336.193 |
Jugo | 103.418 |
TOTAL BOTELLAS | 2.203.085 |
Presentación envase por tipo de bebida:
Gaseosas: Botellas de 600 cc Isotónicas: Botellas 500 cc
Agua (común y saborizada): Botellas 500 cc Jugo: Botellas PET 300 cc
En total según las cantidades, son 1.128.983 Litros de consumo.
... .1 MEMORIA DE CÁLCULO:
Para definir las cantidades estimadas se han tenido en cuenta los siguientes datos:
- Consumo por atleta, residentes xx xxxxx olímpica, prensa, periodistas e invitados, voluntarios y trabajadores.
- Para atletas y residentes, se parte de un supuesto de consumo de bebidas por día para desayuno, media mañana, almuerzo, media tarde, cena y noche.
- Para prensa, invitados y periodistas se parte de un supuesto de consumo por día.
- Para los dos grupos anteriormente señalados no existen restricciones en el consumo, por lo tanto, se han tomado un supuesto de consumo por individuo basado en las opiniones de las diferentes Áreas Funcionales de UPEJOL y
las estadísticas históricas de las ediciones anteriores de los Juegos Olímpicos de la Juventud Nanjing 2014 y Xxxxxxxx 0000.
- El control de que cada usuario consuma de acuerdo con lo establecido será responsabilidad de UPEJOL.
- Para voluntarios y trabajadores se parte de la premisa que recibirán una sola botella de bebida durante el servicio de almuerzo y cena, y se toma el estimado que el 80 % optará por gaseosa y el 20 % por agua.
- En el “Anexos Nro 3 y 4 Memoria de Cálculo de Consumo y Plan de Entregas” se calculan los volúmenes previstos necesarios según los presupuestos anteriores y el plan de entregas previsto.
... .2 Equipamiento de Frío
Las cantidades de Equipos de frío están detalladas en el artículo 6 punto 2.3 del presente documento y en el “Anexo Nro 5 Equipos de Frio”.
.. . PORTFOLIO
El Área Funcional de Alimentos y Bebidas UPEJOL detalla en el presente Pliego el Porfolio de las bebidas que se brindarán en cada sede y según la actividad que se realice. El oferente deberá detallar un listado de productos e insumos a utilizar y proveer fichas técnicas de cada uno de ellos. El mismo será supervisado y aprobado por el Área Funcional de Alimentos y Bebidas de UPEJOL.
Los insumos deberán cumplir con la normativa nacional y local vigente en la materia de Alimentos y Bebidas como así también estar alineadas a las políticas de sustentabilidad que UPEJOL requiera.
A continuación, se desarrollará el porfolio:
• Comedores de atletas en la Villa Olímpica: Agua, gaseosas: Cola regular, Cola de bajas calorías, Lima-Limón de bajas calorías, Naranja de bajas calorías y Agua saborizada de manzana en bajas calorías, jugo de naranja sólo durante el desayuno e isotónicos en un frente de los equipos de frio xxx xxxxxxx xxxx.
• Comedores empleados en la Villa Olímpica: Agua, gaseosas: Cola regular, Cola de bajas calorías, Lima-Limón de bajas calorías, Naranja de bajas calorías y Agua saborizada de manzana en bajas calorías.
• Comedor de empleados en los parques de entrenamiento y competición: Agua y gaseosas: Cola regular, Cola de bajas calorías y Lima-Limón de bajas calorías.
• Puntos de hidratación en los parques de entrenamiento y competición: Agua y bebidas isotónicas en su presentación regular y de bajas calorías.
• Hidratación en zona residencial Villa Olímpica: Agua embotellada individual
• Gimnasio de atletas en la Villa Olímpica: Agua y bebidas isotónicas en su presentación regular y bajas calorías.
• Área de descanso de atletas en Villa Olímpica: Agua, bebidas isotónicas en su presentación regular y de bajas calorías, gaseosas cola en su presentación regular y bajas calorías y gaseosa sabor lima – limón en de bajas calorías.
• Área de descanso de atletas en Sedes: Agua, bebidas isotónicas en su presentación regular y de bajas calorías, gaseosas cola en su presentación regular y bajas calorías y gaseosa sabor lima – limón en de bajas calorías.
• Área de descanso de prensa: Agua, gaseosas cola en su presentación cola regular y bajas calorías, gaseosas lima-limón en su presentación bajas calorías y agua saborizada manzana de bajas calorías.
• Área de invitados: Agua, gaseosa Cola en su presentación regular y en bajas calorías, gaseosa lima- limón en su presentación bajas calorías, gaseosa de naranja en su presentación bajas calorías y agua saborizada de manzana en su presentación de bajas calorías.
La reposición de las heladeras se hará en base de los lineamientos de tipo de producto establecidos en el presente portfolio, pudiendo existir variaciones en el mismo en función de la disponibilidad de producto, del consumo real producido y de la disponibilidad de personal para realizar el reaprovisionamiento.
Anexo Nro 6 Porfolio: Se indican aplicación del porfolio en forma de esquema.
.A.
.E..
RTÍCULO 7: RECURSOS A SER PROVISTOS
structura de Recursos Humanos y Recursos Tecnológicos
El adjudicatario deberá contar con las herramientas tecnológicas y la estructura administrativa y operativa que asegure el cumplimiento de los niveles de servicio acorde a las políticas y procedimientos establecidos durante el evento.
A... RTÍCULO 8: PROVISIÓN POR PARTE DE UPEJOL
UPEJOL tendrá a su cargo la provisión del siguiente equipamiento:
• El tendido de instalaciones de las redes de agua, electricidad y desagües. Se informará al Adjudicatario la ubicación de la llegada de agua, electricidad y desagüe.
• Servicio de internet para depósito de adjudicatario en Villa olímpica y Parque olímpico.
• Línea de teléfono fijo y servicio de internet no dedicado para deposito villa olímpica y parque olímpico.
• 1 espacio de trabajo en parque olímpico.
• Provisión de hielo exclusivo para coolers y tortugas en parque olímpico, para completar operación de Coca Cola.
• 15 equipos de radio y 5 equipos de celulares a modo xx xxxxxxxx para los días de operación.
.A.. RTÍCULO 9: SUSTENTABILIDAD
Este será un evento sustentable, haciendo hincapié en el área cultural, económica y medioambiental. Esto implicará usar criterios que sean amigables con el medioambiente, focalizando en el legado social y económico garantizando minimizar la huella de carbono.
El oferente deberá alinearse con las políticas y procedimientos de sustentabilidad que UPEJOL en conjunto con el Gobierno de la Ciudad determinen. Se espera que el oferente presente un plan de trabajo con lineamientos que acompañen a UPEJOL en el desarrollo de los Juegos Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx 0000.
El adjudicatario deberá focalizar su propuesta en los siguientes temas y en todos aquellos que puedan agregarle valor a la propuesta:
• Elementos: Garantizar el uso de útiles y elementos que tengan un impacto menor o reducido en la salud humana y el medio ambiente.
• Capacitación: Garantizar que el equipo seleccionado para desempeñar tareas en Villa Olímpica cuente con el conocimiento y entrenamiento adecuado y necesario que asegure el cumplimiento de las políticas y procedimientos sustentables que UPEJOL determine.
• El adjudicatario y UPEJOL trabajarán en conjunto sobre el reciclado de los plásticos, cartones y cualquier otro material que involucre al servicio de bebidas cumpliendo con la normativa vigente sobre el tratamiento de los residuos.
.A.. RTÍCULO 10: PROCEDIMIENTO OPERATIVO SERVICIO DE BEBIDAS
Considerando:
- Adjudicatario: Proveedor adjudicado
- UPEJOL: Unidad Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018
- LOG: Área Funcional Logística UPEJOL
- SEC: Área Funcional Seguridad UPEJOL
- FNB: Área Funcional Alimentos y Bebidas UPEJOL
- YOV: Villa Olímpica de la Juventud
- YOC: Xxxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxx
- Xxxxxxxxxxx
X) Xxxxx Xxxxxxxx
0. El Adjudicatario realizará las entregas desde su Centro de Distribución en camiones exclusivos con envíos para UPEJOL.
2. El Adjudicatario certificará el contenido de su carga desde origen hasta el arribo utilizando todos los sistemas de trazabilidad y precintado físico o electrónico y todos los protocolos de seguridad especificados por SEC.
3. El Adjudicatario realizará las entregas en los puntos y horarios definidos por FNB y el cronograma de entregas estimado sujeto a modificaciones.
4. El Adjudicatario cumplirá con todos los procedimientos de seguridad
para el ingreso, descarga y control del material definidos por SEC.
5. El Adjudicatario informará a SEC, LOG y FNB previamente todos los envíos a realizar incluyendo los datos de vehículos y conductor.
6. El material será descargado por el Adjudicatario en el lugar indicado por LOG, no se prevén docks de descarga con desnivel, por lo tanto, el Adjudicatario deberá utilizar camiones con rampas de descarga incorporada.
7. Los tipos de camiones a utilizar deberán ser informados previamente a LOG a fines de verificar posibilidades de acceso, movilidad y radio de giro.
8. Toda la carga entregada deberá estar paletizada en pallets estándar ARLOG tipo Mercosur xx xxxxx entrada, según requerimientos verificados por LOG.
9. En caso de ser necesario LOG informará si se debe proceder al despaletizado y al ingreso del material en bultos, previendo el Adjudicatario la mano de obra necesaria para estos casos.
10. El material será descargado en el playón de entrega por el Adjudicatario e ingresado por el mismo a los contenedores refrigerados provistos por el Adjudicatario como Centro de Almacenamiento en YOV.
11. Las cantidades de contenedores refrigerados necesarios serán consensuadas con el Adjudicatario con FNB.
12. Se dispondrá de un espacio exclusivo para el adjudicatario según requerimiento del mismo sujeto a disponibilidad de espacio.
13. El material será acondicionado en contenedores refrigerados por el Adjudicatario.
14. El adjudicatario definirá los procedimientos necesarios para custodia y conservación del material, los cuales serán consensuados con FNB y SEC.
15. Se llevará un inventario permanente del material almacenado en los contenedores refrigerados, al cual tendrán acceso en forma electrónica y remota por FNB.
16. El inventario almacenado en los contenedores refrigerados en YOV podrá ser enviado por el Adjudicatario a las Sedes en caso de ser requerido por FNB como stock de seguridad.
17. El Adjudicatario deberá pedir a conformidad de remitos, en forma manual o electrónica al momento de ser retirado de los contenedores refrigerados por personal responsable de FNB.
18. El Adjudicatario será responsable de la distribución del material dentro de YOV a los diferentes puntos de consumo según indicaciones de FNB.
19. El Adjudicatario deberá proveer todos los medios de transportes internos (vehículos, carretillas, carros etc.) y mano de obra a fines de poder asegurar la disponibilidad del material en tiempo y forma en los puntos de consumo según requerimientos de FNB.
20. Las cantidades y especificaciones de los medios de transportes internos (vehículos, carretillas, carros etc.) serán consensuados por el Adjudicatario con FNB según lineamientos generales establecidos por UPEJOL y cumpliendo toda la normativa vigente al respecto.
21. El Adjudicatario deberá entregar el material solicitado en los puntos de consumo según indicaciones de FNB.
22. El Adjudicatario descargará los packs de bebidas en las ubicaciones indicadas por FNB siendo las mismas las más cercanas a los puntos de consumo, en caso de existir restricciones respecto a recorridos, accesos y horarios de entregas, las mismas serán informadas por LOG y se consensuará con el Adjudicatario los recorridos y horarios óptimos de entrega.
23. Las bebidas serán entregadas por el Adjudicatario pre enfriadas.
24. FNB coordinará con sus voluntarios el reaprovisionamiento de heladeras, racks, cooler y tortugas según necesidades trabajando en forma conjunta con el Adjudicatario a fines de asegurar:
i. La permanente provisión de bebidas según necesidades.
ii. Las óptimas condiciones de presentación respecto a producto y temperatura.
iii. El cumplimiento de porfolio.
iv. El correcto armado de heladeras y otros medios de almacenamiento según diagramas de armado definidos previamente por el Adjudicatario y FNB y sobre los cuales los voluntarios recibirán capacitación por parte del Adjudicatario, la cual será previamente consensuada con FNB.
B) Parque Olímpico
1. El Adjudicatario realizará las entregas desde su Centro de Distribución en camiones exclusivos con envíos para UPEJOL.
2. El Adjudicatario certificará el contenido de su carga desde origen hasta el arribo utilizando todos los sistemas de trazabilidad y precintado físico o electrónico y todos los protocolos de seguridad especificados por SEC.
3. El Adjudicatario realizará las entregas en los puntos y horarios definidos por FNB.
4. El Adjudicatario cumplirá con todos los procedimientos de seguridad
para el ingreso, descarga y control del material definidos por SEC.
5. El Adjudicatario informará a SEC, LOG y FNB previamente todos los envíos a realizar incluyendo los datos de vehículos y conductor.
6. El material será descargado por el Adjudicatario en el lugar indicado por
LOG, no se prevén docks de descarga con desnivel, por lo tanto, el Adjudicatario deberá utilizar camiones con rampas de descarga incorporada.
7. Los tipos de camiones a utilizar deberán ser informados previamente a LOG a fines de verificar posibilidades de acceso, movilidad y radio de giro.
8. Toda la carga entregada deberá estar paletizada en pallets estándar ARLOG tipo Mercosur xx xxxxx entrada, según requerimientos verificados por LOG.
9. En caso de ser necesario LOG informará si se debe proceder al despaletizado y al ingreso del material en bultos, previendo el Adjudicatario la mano de obra necesaria para estos casos.
10. El material será descargado en el playón de entrega por el Adjudicatario e ingresado por el mismo a los contenedores refrigerados provistos por el Adjudicatario como Centro de Almacenamiento en YOC.
11. Las cantidades de contenedores refrigerados necesarios serán consensuadas con el Adjudicatario con FNB.
12. El material será acondicionado en contenedores refrigerados por el Adjudicatario.
13. El adjudicatario definirá los procedimientos necesarios para custodia y
conservación del material, los cuales serán consensuados con FNB y SEC.
14. Se llevará un inventario permanente del material almacenado en los contenedores refrigerados, al cual tendrán acceso en forma electrónica y remota por FNB.
15. El inventario almacenado en los contenedores refrigerados en YOV será propiedad de UPEJOL.
16. El Adjudicatario deberá pedir a conformidad de remitos, en forma manual o electrónica al momento de ser retirado de los contenedores refrigerados por personal responsable de FNB.
17. El Adjudicatario será responsable de la distribución del material dentro xx XXX a los diferentes puntos de consumo según indicaciones de FNB.
18. El Adjudicatario deberá proveer todos los medios de transportes internos (vehículos, carretillas, carros etc.) y mano de obra a fines de poder asegurar la disponibilidad del material en tiempo y forma en los puntos de consumo según requerimientos de FNB.
19. Las cantidades y especificaciones de los medios de transportes internos (vehículos, carretillas, carros etc.) serán consensuados por el Adjudicatario con FNB según lineamientos generales establecidos por UPEJOL y cumpliendo toda la normativa vigente al respecto.
20. El Adjudicatario deberá entregar el material solicitado en los puntos de consumo según indicaciones de FNB y el cronograma estimado de entregas.
21. El Adjudicatario descargará los packs de bebidas en las ubicaciones indicadas por FNB siendo las mismas las más cercanas a los puntos de consumo, en caso de existir restricciones respecto a recorridos, accesos y horarios de entregas, las mismas serán informadas por LOG y se consensuará con el Adjudicatario los recorridos y horarios óptimos de entrega.
22. Las bebidas serán entregadas por el Adjudicatario pre enfriadas.
23. FNB coordinará con sus voluntarios el reaprovisionamiento de heladeras, racks, cooler y tortugas según necesidades trabajando en forma conjunta con el Adjudicatario a fines de asegurar:
i. La permanente provisión de bebidas según necesidades.
ii. Las óptimas condiciones de presentación respecto a producto y temperatura.
iii. El cumplimiento de porfolio.
iv. El correcto armado de heladeras y otros medios de almacenamiento según diagramas de armado definidos previamente por el Adjudicatario y FNB y sobre los cuales los voluntarios recibirán capacitación por parte del Adjudicatario, la cual será previamente consensuada con FNB.
C) Sedes
1. El Adjudicatario realizará las entregas desde su Centro de Distribución en camiones exclusivos con envíos para UPEJOL.
2. El Adjudicatario certificará el contenido de su carga desde origen hasta el arribo utilizando todos los sistemas de trazabilidad y precintado físico o electrónico y todos los protocolos de seguridad especificados por SEC.
3. El Adjudicatario realizará las entregas en los puntos y horarios definidos por LOG de acuerdo con el cronograma estimado de entregas.
4. El Adjudicatario cumplirá con todos los procedimientos de seguridad
para el ingreso, descarga y control del material definidos por SEC.
5. El Adjudicatario informará a SEC, LOG y FNB previamente todos los envíos a realizar incluyendo los datos de vehículos y conductor.
6. El material será descargado por el Adjudicatario en el lugar indicado por LOG, no se prevén docks de descarga con desnivel, por lo tanto, el Adjudicatario deberá utilizar camiones con rampas de descarga incorporada.
7. Los tipos de camiones a utilizar deberán ser informados previamente a LOG a fines de verificar posibilidades de acceso, movilidad y radio de giro.
8. Toda la carga entregada deberá estar paletizada en pallets estándar ARLOG tipo Mercosur xx xxxxx entrada, según requerimientos verificados por LOG.
9. En caso de ser necesario LOG informará si se debe proceder al despaletizado y al ingreso del material en bultos, previendo el Adjudicatario la mano de obra necesaria para estos casos.
10. El material entregado pasará a ser propiedad de UPEJOL, por lo tanto, se realizará la conformidad de entrega de remito por medio físico o electrónico por personal responsable de FNB.
11. FNB definirá con SEC los procedimientos necesarios para custodia y conservación del material.
12. LOG será responsable de la distribución del material dentro de las Sedes a los diferentes puntos de consumo, coordinando dichos procedimientos operativos con FNB.
13. LOG deberá proveer todos los medios de transportes internos (vehículos, carretillas, carros etc.) y mano de obra a fines de poder asegurar la disponibilidad del material en tiempo y forma en los puntos de consumo según requerimientos de FNB.
14. LOG deberá entregar el material solicitado en los puntos de consumo según indicaciones de FNB.
15. LOG descargará los packs de bebidas en las ubicaciones indicadas por
FNB siendo las mismas las más cercanas a los puntos de consumo.
16. Las bebidas serán entregadas por LOG pre enfriadas.
17. FNB coordinará con sus voluntarios el reaprovisionamiento de heladeras, racks, cooler y tortugas según necesidades trabajando en forma conjunta con el Adjudicatario a fines de asegurar:
i. La permanente provisión de bebidas según necesidades.
ii. Las óptimas condiciones de presentación respecto a producto y temperatura.
iii. El cumplimiento de porfolio.
iv. El correcto armado de heladeras y otros medios de almacenamiento según diagramas de armado definidos previamente por el Adjudicatario y FNB y sobre los cuales los voluntarios recibirán capacitación por parte del Adjudicatario, la cual será previamente consensuada con FNB.
A... RTÍCULO 11: DOTACIÓN DE PERSONAL
El oferente deberá cumplir con las modalidades de contratación de acuerdo con el convenio colectivo vigente para la actividad, y su correspondiente escala salarial, que rige la actividad en la actualidad.
El oferente deberá asegurar en todo momento el 100% de la dotación pudiendo contemplar un adicional por ausentismo por razones de fuerza mayor - enfermedades y accidentes - que asegure el nivel de servicio de todos los parques de forma integral.
En caso contrario deberá proveer de manera oportuna el reemplazo de los recursos hasta alcanzar el nivel de servicio esperado asegurando y cumpliendo los derechos de los empleados. Este mínimo es indispensable a efectos de evitar la aplicación de sanciones y/o multas por incumplimientos.
No se computará a tales efectos la llegada tarde y/o ausencia por causales de fuerza mayor, como paros de transporte, inundaciones graves en las inmediaciones del lugar
de trabajo o de las bases de operaciones del adjudicatario, mientras permanezcan tales causales.
De todas maneras, el oferente deberá presentar un plan de contingencia ante situaciones de paro de gremio, paro de transporte o cualquier otra situación que limite la prestación del servicio, el cual será aprobado por la autoridad de aplicación a fines de asegurar el correcto y permanente abastecimiento de producto por parte del adjudicatario.
El Adjudicatario tendrá a su cargo los costos de alimentación del personal que destine a la prestación del servicio.
En el caso del personal destinado a los parques y sedes, el Adjudicatario tendrá la posibilidad de contratar alimentos a través de vouchers con el proveedor del servicio de alimentación de cada lugar, los cuales serán notificados por la Autoridad de Aplicación oportunamente.
No podrá ingresarse a los parques y sedes con comida ni bebida de la calle. Asimismo, la Autoridad de Aplicación determinará el espacio específico donde el personal podrá comer y descansar. Sólo podrán utilizarse los espacios delimitados para tal uso.
D... otación de Personal
El oferente deberá afectar para la prestación del servicio las siguientes categorías de personal, de acuerdo con el tipo de tareas y responsabilidades a desarrollar: coordinadores y supervisores. El prestador afectará a la prestación del servicio el personal necesario, suficiente y adecuadamente calificado para su atención, previamente aprobado por UPEJOL.
Desde el punto operativo, el adjudicatario tendrá que desarrollar un área de gestión especializada en servicio de bebidas a fines de asegurar la eficiente gestión de las distintas operaciones según la etapa evolutiva del proyecto.
Entre sus tareas a realizar están: La operación de la recepción de la mercadería, control de stock, pedidos y limpieza de los sectores de almacenamiento.
Esta área deberá responder por el eficiente nivel de servicio contratado como también por el trabajo administrativo que conlleva este tipo de gestión.
D... esignación de responsables
El adjudicatario designará y mantendrá en forma permanente desde el momento de la adjudicación y hasta el momento posterior al cierre de los juegos un responsable que será el contacto oficial de la operación, y con quién se comenzarán las tareas de planificación previo al avance en la villa olímpica.
Los responsables por turno y por parque deberán revestir carácter de autoridad máxima de cada una de sus áreas, a los efectos de administrar, coordinar y asegurar el cumplimiento del nivel de servicio que un evento de esta envergadura requiere, asegurando en todo momento contar con los recursos necesarios para garantizar óptimos resultados: técnicos, insumos, empleados, etc. Los niveles de supervisión que respondan a la máxima autoridad deberán ser personas idóneas con experiencia previa en el manejo de personal y que cuenten con la experiencia y conocimiento del rubro. El adjudicatario deberá acreditar la experiencia de la posición de gerente y supervisor, presentando su currículum vitae el cual será evaluado y validado por UPEJOL.
Las principales responsabilidades de la posición de los responsables de los parques son:
• Trabajar en coordinación constante con la gerencia (UPEJOL) de Alimentos y Bebidas e Integración de las sedes de entrenamiento y competición a fines de alcanzar los objetivos planteados en el desarrollo del proyecto.
• Responder tanto por el área administrativa como operativa de su equipo.
• Seguir las políticas, procedimientos y planes operativos que UPEJOL desarrolle juntamente con los desarrollados propiamente por el adjudicatario.
• Alta eficiencia en el proceso de comunicación, seguimiento y replanteo de los temas relacionados con el desarrollo del proyecto.
• Garantizar la eficiente comunicación con todo su equipo de trabajo.
• Garantizar el cumplimiento del plan de trabajo y los objetivos del área.
• Garantizar a su equipo de trabajo las herramientas necesarias para cumplir con los objetivos esperados.
• Garantizar una respuesta ágil, oportuna y proactiva que asegure el servicio brindado a nuestros residentes y empleados.
• Garantizar una respuesta proactiva ante situaciones inesperadas e imprevistas.
E... stabilidad de la nomina
El oferente deberá contar con un plan de retención de personal que asegure la continuidad de la nómina seleccionada. Se espera que la nómina sea estable, por razones de seguridad y calidad de servicio. La rotación de personal podría causar alteraciones en el nivel de servicio que podrían poner en riesgo el evento y la calidad del servicio.
El oferente presentará un plan de trabajo sobre las tareas a realizar por su personal indicando específicamente las tareas a realizar.
En caso de que la UPEJOL verifique que el personal designado no cumple adecuadamente con los requisitos técnicos y personales, solicitará al Adjudicatario su reemplazo, el que deberá realizarse desafectar al personal indicado en forma inmediata y reemplazarlo en un plazo de 24 hs luego de ser notificado.
Será responsabilidad del adjudicatario contar con una base de datos de personal entrenado para posibles reemplazos inmediatos de al menos 10% de la nómina total de empleados.
El procedimiento de acreditación y acceso podrá variar de acuerdo con el periodo de trabajo. Cuanto más próximo este al periodo de Juegos el proceso de acreditación y control de acceso será más exigente y riguroso. Por tal razón será importante que todas las personas afectadas al servicio tengan conocimiento acerca del tema. A continuación, se detalla el proceso en los 2 periodos:
a. Etapa de entrega de obra y cierre:
30 días antes de comenzar la prestación del servicio el prestador deberá informar la nómina de personal que estará afectado al servicio con la indicación de los datos personales. Toda modificación que se produzca sobre el particular deberá ser notificada a UPEJOL, quien evaluara si cumple con los requisitos necesarios para poder acreditarse:
▪ Nombre y Apellido
▪ Domicilio actualizado
▪ Número de C.U.I.L (Código Único de Identificación Laboral)
▪ Tipo y número de documento de identidad siendo mayor de edad
▪ Función: operario, representante, encargado, etc.
▪ Antigüedad
▪ Antecedentes policiales y penales
▪ Libreta Sanitaria
▪ Aseguradora de Riesgos de Trabajo
▪ Para el caso de personal técnico deberá presentar copia certificada de título habilitante.
▪ Todo personal deberá informar su modelo de teléfono celular y será el único que pueda ingresar durante su tiempo de contratación registrando un nuevo modelo en caso que sea necesario.
UPEJOL se reserva los derechos de revisar al personal como a sus bolsos, xxxxxxxx, carteras tanto durante el proceso de ingreso como de egreso de las instalaciones. No puede ingresar personal no informado previamente.
El personal aludido precedentemente deberá ingresar diariamente por el lugar que UPEJOL informe oportunamente quién controlará el cumplimiento de los requisitos enunciados a través de los mecanismos que oportunamente disponga. (scanner, revisión de bolsas, acreditación, etc.). Dicha nómina deberá ser actualizada cada vez que se produzca alguna variante en su dotación y notificada a UPEJOL.
b. Etapa pre juegos y juegos:
Durante el periodo del desarrollo de los Juegos Olímpicos de la Juventud, el proceso de acreditación y control de acceso será más estricto debiendo cumplir con requerimientos y controles más exhaustivos que UPEJOL requiera. Agregando a la información antes detallada también se solicitará:
Presentar 60 días antes del comienzo de los Juegos Olímpicos de la Juventud el listado definitivo de las personas que desempeñarán tareas en los parques como de aquellas personas que por razones operativas deberán asistir a la Villa Olímpica durante el tiempo de juegos.
• Toda persona informada por la empresa será acreditada tras validar sus antecedentes policiales/penales.
• Se solicitarán antecedentes penales/policiales al oferente de todas las personas afectadas al servicio. UPEJOL podrá solicitar actualización de los antecedentes penales en caso de que lo crea necesario.
• Las acreditaciones deberán ser retiradas en el lugar que UPEJOL establezca. Las mismas deberán ser retiradas de forma personal.
• La acreditación es intransferible.
• El extravío de la credencial anula la posibilidad de ingreso a las áreas destinadas en los parques y a la Villa Olímpica.
• En caso de extravío la credencial podrá ser emitida siguiendo el procedimiento acordado para tales casos el cual podrá significar dirigirse a un lugar establecido en CABA.
• Cualquier otra información complementaria podría ser solicitada en caso de que fuese necesario.
• La credencial deberá exhibirse durante todo el tiempo que la persona permanezca en los parques.
I... ngreso de Proveedores en las sedes de entrenamiento y competición
Además de cumplimentar con todos los procesos anteriormente mencionados, el adjudicatario deberá registrar vehículos, conductores y asistentes de carga y descarga, tanto propios como de terceras partes que deban ingresar con vehículos a las sedes de entrenamiento y competición.
El proceso de control y verificación de los vehículos se informará 45 días antes del período de operación. El adjudicatario deberá calcular el tiempo de revisión, al momento de planificar las entregas diarias de materia prima y sus frecuencias.
Previo al inicio de la operación, 45 días antes, se dará a conocer al adjudicatario la banda horaria permitida de entrega de productos en las sedes de entrenamiento y competición durante los diferentes períodos, ya que está todavía no ha sido determinada.
No ingresarán vehículos sin registro previo, ni con personas que no posean la acreditación correspondiente según el período de operación. Tampoco ingresarán vehículos sospechosos, o fuera del cronograma pactado entre UPEJOL y el adjudicatario. No ingresarán vehículos que no estén debidamente habilitados, como por ejemplo para transporte de productos fríos. UPEJOL es el encargado de la Seguridad de las sedes de entrenamiento y competición, y se reserva la admisión de toda persona, vehículo y material que no cumpla con las normas subscriptas o que presente comportamiento inadecuado.
C...
omportamiento
El comportamiento del personal deberá ser en todo momento correcto, eficiente y
cordial, pudiendo UPEJOL solicitar a la empresa la separación de aquél que así no lo hiciere. UPEJOL en ejercicio de su derecho de admisión y permanencia podrá impedir el ingreso al predio de cualquier persona no grata pudiendo excluir del mismo al personal cuyas condiciones o comportamiento no se correspondiere con los normas, usos y costumbres.
La actividad del adjudicatario y su personal no deberá interferir en el normal desenvolvimiento del evento en que se preste el servicio y en general, con otras actividades que se desarrollen en los parques, ni obstaculizar la circulación durante el mismo.
30 días antes del periodo de Juegos el adjudicatario recibirá el reglamento interno el cual detalla las políticas, procedimientos y lineamientos que se espera que el prestador cumpla con el fin de asegurar la buena convivencia con el resto del personal que se desempeñe en los parques.
Los proveedores externos deberán respetar las mismas normas de limpieza, presencia y comportamiento que todos los demás trabajadores de los parques.
V... estimenta e identificación personal
El personal que esté designado al servicio deberá disponer de la cantidad de prendas necesarias para cumplir con la presentación personal requerida y vestir con el uniforme designado según el caso: chaqueta, pantalón, campera, calzado adecuado y todo otro elemento de seguridad necesario para desempeñar su labor: guantes para la recolección de residuos de riesgo (vidrios, botellas, latas, etc.); guantes descartables, guantes de látex, faja lumbar, barbijos, botas de agua, máscaras, etc., así como toda aquella vestimenta protectora que sea exigida por la compañía aseguradora y ART. El uniforme podrá disponer de estampe que promocione o identifique el nombre de la empresa ya que cuenta con el permiso de uso de marca y deberá estar acorde al tamaño y talle de la persona. El modelo, color y diseño del uniforme deberá ser aprobado previamente y exclusivamente por UPEJOL, caso contrario no podrá disponer de estampe.
P... resentación Personal
Hombres y Mujeres: Deberán usar pelo recogido y asearse diariamente como así también mantener la higiene en los lugares de trabajo. Por cuestiones de seguridad personal, no se podrán utilizar aros colgantes, cadenas y anillos que pudiesen poner en riesgo la salud de los empleados. Tatuajes con dibujos que comunican algún mensaje discriminatorio, despectivo u obsceno no serán permitidos. En el caso de uso de perfumes estos deben ser suaves.
C.8. apacitación
El oferente deberá garantizar que su personal, incluyendo los voluntarios, reciba la capacitación necesaria que garantice el nivel de servicio óptimo.
UPEJOL se reserva el derecho de poder auditar las capacitaciones que deberán ser informadas detallando fecha, horario y lugar como también podrá solicitar capacitaciones especiales en pos de garantizar el nivel de servicio
El adjudicatario podrá participar de las capacitaciones que UPEJOL brinde a sus empleados pagos y voluntarios, siempre y cuando tenga pleno consentimiento de UPEJOL.
A... RTÍCULO 12: SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL
El Adjudicatario deberá cumplir con todos los requisitos estipulados por la legislación de Seguridad Industrial y por lo requerido en normas internas de la Empresa, a saber:
1. Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19587, Decreto 351/79 y sus reglamentaciones complementarias.
2. Ley Nacional de Riesgos del Trabajo N° 24557, Decreto 170/96 y sus reglamentaciones complementarias.
3. Legislación específica para el ámbito de la construcción: Decreto 911/96, Resolución 231/96-SRT, Resolución 51/97-SRT, Resolución 35/98-SRT y reglamentaciones complementarias.
4. Toda reglamentación complementaria a las leyes mencionadas que emita la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y se encuentre vigente.
5. Política de Salud y Seguridad Ocupacional, procedimientos y normas de Seguridad e Higiene de la Empresa.
El Adjudicatario deberá contar con un Responsable de Higiene y Seguridad y un bromatólogo con acreditación del profesional con idoneidad en la actividad específica, con constancia de los certificados que así lo avalen. En el caso de ser profesional externo del Oferente, deberá presentarse el respectivo contrato que los vincula y copia de su seguro de accidentes personales.
Dichos profesionales deberán concurrir a las sedes, dejando constancia de su visita y actividades realizadas.
Las máquinas y equipos eléctricos que el Adjudicatario disponga para su uso en áreas de la Empresa deberán cumplir con normas de seguridad dictadas por el Ente Nacional Regulador de la Energía (“ENRE”), siendo el Adjudicatario el único responsable del estado de los mismos y de los daños o lesiones que pudieran ocasionarse.
Cuando se realicen tareas en altura y el Adjudicatario contase con plataformas o andamios fijos o móviles de más de 6 metros, será necesario contar con el correspondiente cálculo estructural de la misma, además de contar con las características constructivas de seguridad y la utilización de arneses de seguridad cuando la altura en la que se encuentre el operario supere los 2,50 metros del nivel del piso.
El Adjudicatario deberá proveer a su personal de todos los elementos y equipos de protección personal para el desarrollo de sus trabajos en condiciones de seguridad, debiendo llevar un registro de su entrega (ficha por cada empleado), controlar su uso durante todo el tiempo que dure la exposición al riesgo y ofrecer capacitación al respecto.
El Adjudicatario deberá señalizar aquellas tareas que puedan implicar un riesgo no sólo al personal que las realiza sino además a las personas que circulen por el lugar (ejemplo: lavado de áreas donde circulan personas en forma permanente, lo cual generaría el riesgo de caídas).
El personal del Adjudicatario que conduzca dentro de las instalaciones de la Empresa ya sea vehículos comunes o de tipo industrial (auto elevadores, por ej), propios del Adjudicatario o de la Empresa deberá contar con registro de conducir al día.
El Adjudicatario deberá contar con un Plan de Acción en lo que hace a Higiene y Seguridad Industrial, el cual deberá contemplar como mínimo el detalle de las actividades de capacitación a ofrecer al personal acorde con los riesgos (generales y particulares) a los que se encuentra expuesto en el desarrollo de sus tareas específicas.
El Adjudicatario deberá mantener al día, a disposición del personal de Higiene y Seguridad Industrial de la Empresa, un registro detallado con los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ocurridas a su personal trabajando para la Empresa.
Toda vez que el Adjudicatario realice una tarea que implique un riesgo de incendio deberá gestionar ante Higiene y Seguridad Industrial o los Bomberos de la Base el “permiso de trabajo en caliente” correspondiente.
A... RTÍCULO 13: PLAN PREVENTIVO DE SEGURIDAD E HIGIENE
Dentro del plan de trabajo, el oferente deberá presentar un plan preventivo de seguridad e higiene en el trabajo considerando los siguientes puntos:
• Promover la prevención de accidentes y enfermedades profesionales.
• Promover métodos más seguros e higiénicos de trabajo.
• Supervisar el cumplimiento de normas de higiene y seguridad en el trabajo.
• Asegurar el cumplimiento de las políticas y procedimientos de UPEJOL en el área de seguridad e higiene en el trabajo.
• Supervisar el cumplimiento de las medidas de control.
• Asegurar la capacitación y entrenamiento necesario para garantizar la seguridad en el trabajo.
• Asegurar la capacitación con la colaboración de los departamentos de limpieza y desperdicios y sustentabilidad de UPEJOL.
• Elaborar e interpretar documentación técnica correspondiente a sus funciones en caso de que UPEJOL así lo solicitara.
• Preparar informes y mantener estadísticas en caso de que UPEJOL así lo solicitara.
A... RTÍCULO 14: USO DE INSTALACIONES
El oferente del servicio integral no podrá, salvo expreso permiso escrito y previo de UPEJOL:
a) Realizar construcciones dentro de ninguno de los parques. En el caso de existir previa autorización escrita de UPEJOL en ese sentido, las mismas deberán ser enteramente desmontables, no podrán desmerecer la calidad y jerarquía del lugar en que se preste el servicio y deberán adecuarse a las normas que establezca la UPEJOL.
b) Alterar las instalaciones o redes permanentes de servicios (electricidad, agua, gas, etc.), ni las estructuras fijas (columnas, paredes, techos, aberturas, accesos, cercas, pisos, etc.), ni los solados (con excavaciones, perforaciones) ni instalar coberturas, ni realizar conexiones técnicas o estéticas o funcionalmente inconvenientes, ni emplazar mástiles o antenas, sin aprobación de UPEJOL.
c) Introducir en los parques materiales inflamables, contaminantes, infectados, cáusticos u otros susceptibles de presentar molestias o peligro actual o potencial para personas o bienes, ni depositar descartes o materiales no utilizables que de cualquier modo desmerezcan su presentación.
d) Introducir en los parques cualquier producto que estuviese en la política de artículos prohibidos.
e) Darle autorización a su personal para que haga uso de las instalaciones y espacios que no estén destinados para su uso. UPEJOL proveerá de espacios de descanso, comida, esparcimiento para las personas que desempeñen labores en cada uno de los parques.
.A.. RTÍCULO 15: PLAN DE SEGURIDAD
El oferente del servicio deberá presentar a UPEJOL un “Plan de Seguridad” antes de los 90 días de comenzado el evento para su aprobación y conformidad indicando todas las medidas tomadas para minimizar los riesgos y evitar todo tipo de “acto de interferencia ilícita” a fines de asegurar que ningún elemento o recurso ha sido adulterado, modificado o reemplazado, asegurando en todo momento la trazabilidad de los materiales y recursos provistos evitando así el ingreso de elementos potencialmente peligrosos para la normal realización del evento.
A... RTÍCULO 16: REQUISITOS PARA LA CONTRATACIÓN DEL PRESTADOR
Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 es el evento deportivo de mayor magnitud en la historia de nuestro país lo cual representa exigencia, conocimiento en la materia y experiencia superior para cualquier oferente.
Dentro de este contexto, y remarcando la importancia del evento para nuestro país, la hidratación concentra mucha atención, por lo que la calidad de los productos y servicios ofrecidos deberán ser de óptima calidad.
Por la naturaleza de las operaciones, el oferente deberá acreditar con las siguientes calificaciones ineludibles:
1. Demostrar experiencia en el sector de producción de bebidas.
2. Demostrar experiencia en sector de distribución de bebidas.
3. Deberá contar con habilitaciones correspondientes, tanto de producción y distribución de las bebidas y vehículos de trasporte.
.A.. RTÍCULO 17: OFERTA - PLAN DE TRABAJO
El plan de trabajo tendrá carácter formal y será una herramienta fundamental en la evaluación y luego en la medición del servicio dándole a UPEJOL las bases para poder fiscalizar y accionar objetivamente sobre lineamientos previamente acordados. El oferente deberá presentar la primera versión de cada uno de estos documentos. Posterior a la adjudicación, las fechas de entrega de cada elemento en su segunda versión, de esta lista se acordarán y firmarán en conjunto hasta 60 días corridos posteriores a la adjudicación.
El Oferente deberá presentar un plan de trabajo en el cual deberá detallar:
- Ficha de producto ofertado, características de producción y almacenamiento
- Plan de distribución, contemplando entregas seguras y exclusivas para UPEJOL.
- Ficha técnica de cada equipamiento (incluyendo requerimiento eléctrico) de frío a entregar en comodato, incluyendo necesidades de consumo eléctrico.
- Plan de instalación de equipamientos
- Plan de mantenimiento de equipamiento.
- Plan de Seguridad y Temperaturas de espacios de almacenamiento propio, y sugerido para UPEJOL.
- Plan de Seguridad e Higiene y capacitación de empleados.
- Plan de contingencias
- Plan de sustentabilidad
.A.. RTÍCULO 18: CONSIDERACIONES GENERALES DEL DOCUMENTO
1. Todos los planos, cálculos de consumo, lista de material y productos, marcas y detalles enunciados en este pliego de condiciones técnicas pueden ser modificados en caso de alteraciones en las actividades del evento. Será notificado fehacientemente con la debida antelación en caso de cambio para adaptar el servicio solicitado.
2. El oferente puede, con su debida justificación y conocimiento de la operación, solicitar modificaciones para mejorar la operación propuesta, será a evaluar por UPEJOL la aceptación de estos puntos.
3. Las fechas que se proponen pueden sufrir modificaciones dado a que el evento puede sufrir modificaciones, será debidamente notificado al proveedor con la antelación necesaria.
.A.. RTÍCULO 19: PENALIDADES A APLICAR
Se establecen las siguientes penalidades a aplicar basadas en el seguimiento de Gestión:
• Falta de Suministro de bebidas por Sede/Actividad según comunicación fehaciente realizada por UPEJOL, Área Funcional Alimentos y Bebidas:
o 1 por mil del monto total del contrato.
• Atraso de instalación de equipamiento de bebidas por Sede/Actividad según comunicación fehaciente realizada por UPEJOL, Área Funcional Alimentos y Bebidas.
o 1 por mil del monto total del contrato.
• Falta de Equipamiento por atraso de instalación, de mantenimiento o de reposición de equipo dañado de bebidas por Sede/Actividad según comunicación fehaciente realizada por UPEJOL, Área Funcional Alimentos y Bebidas.
o 1 por mil del monto total del contrato.
• Falta de Cumplimiento de Porfolio bebidas por Sede/Actividad según comunicación fehaciente realizada por UPEJOL, Área Funcional Alimentos y Bebidas.
o 0.5 por mil del monto total del contrato.
• Bebidas entregadas a temperatura incorrecta por Sede/Actividad según comunicación fehaciente realizada por UPEJOL, Área Funcional Alimentos y Bebidas.
o 0.5 por mil del monto total del contrato.
• Falta de Cumplimiento de Directivas realizadas por UPEJOL, Área Funcional Alimentos y Bebidas.
o 0.5 por mil del monto total del contrato.
• Uso indebido de instalaciones y equipos propiedad de UPEJOL.
o 0.5 por mil del monto total del contrato.
Nº 5354 - 16/4/2018 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº 00
XXXXX 0
Daily C ompetition S c hedule 1,8
06 Oct | 07 Oct | 08 Oct | 09 Oct | 10 Oct | 11 Oct | 12 Oct | 13 Oct | 14 Oct | 15 Oct | 16 Oct | 17 Oct | 18 Oct | |||
Saturday | Sunday | Monday | Tuesday | Wednesday | Thursday | Friday | Saturday | Sunday | Monday | Tuesday | Wednesday | Thursday | |||
Day 0 | Day 1 | Day 2 | Day 3 | Day 4 | Day 5 | Day 6 | Day 7 | Day 8 | Day 9 | Day 10 | Day 11 | Day 12 | |||
Xxxxx Park | Beach Volleyball Arena | Beach Volleyball | |||||||||||||
Buenos Aires Lawn Tennis | Tennis | ||||||||||||||
CENARD Futsal | Futsal | ||||||||||||||
CENARD Roller | Roller Speed Skating | ||||||||||||||
Club GEBA Rugby | Rugby Sevens | ||||||||||||||
Club Hípico Argentino | Equestrian | ||||||||||||||
Xxxxxxx Xxxxx | Triathlon | ||||||||||||||
Combined Team Event | |||||||||||||||
Urban Park | Parque Mujeres Argentinas Basketball | 3x3 Basketball | |||||||||||||
Breaking | |||||||||||||||
Parque Mujeres Argentinas Cycling | Mixed BMX Freestyle Park Team Event | ||||||||||||||
Parque Mujeres Argentinas Sport Climbing | Sport Climbing | ||||||||||||||
Dock 3 Puerto Xxxxxx | Rowing | ||||||||||||||
Canoe | |||||||||||||||
Tecnópolis Park | Tecnópolis Futsal | Futsal | |||||||||||||
Tecnópolis Xxxx A Badminton | Badminton | ||||||||||||||
Tecnópolis Xxxx B Table Tennis | Table Tennis | ||||||||||||||
Parque Xxxxxxxxx Archery | Archery | ||||||||||||||
Parque Xxxxxxxxx Cycling BMX | Mixed BMX Racing Team Event | ||||||||||||||
Parque Xxxxxxxxx Handball | Beach Handball | ||||||||||||||
Parque Xxxxxxxxx Shooting | Shooting | ||||||||||||||
Stand alone venues | Buenos Aires Golf Club | Golf | |||||||||||||
Club Nautico de San Xxxxxx | Sailing | ||||||||||||||
Youth Olympic Park | YOC America Pavilion | Gymnastics | |||||||||||||
YOC Asia Pavilion | Judo | ||||||||||||||
Wrestling | |||||||||||||||
YOC Athletics Field | Athletics | ||||||||||||||
YOC Africa Pavilion | Fencing | ||||||||||||||
Modern Pentathlon | |||||||||||||||
YOC Cross Country and Shooting & Running | Athletics | ||||||||||||||
Modern Pentathlon | |||||||||||||||
YOC Natatorium | Swimming | ||||||||||||||
Diving | |||||||||||||||
Modern Pentathlon | |||||||||||||||
YOC Europa Pavilion | Weightlifting | ||||||||||||||
Karate | |||||||||||||||
YOC Oceania Pavilion | Taekwondo | ||||||||||||||
Boxing | |||||||||||||||
YOC Hockey Field | Hockey5s | ||||||||||||||
Youth Olympic Park | Closing Ceremony | ||||||||||||||
To be confirmed | Venue to be confirmed | Opening Ceremony |
Nº 5354 - 16/4/2018 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº 72
TECNNÓOPOPLAISRKPARK
80 min
XXXXX PARK
00 xxx
XXXXX 0
Tecnópolis
CLUB NÁUTICO SAN XXXXXX
RÍO DE
GEBA
Xxxxxxx Xxxxx
CENARD
Badminton
Table Tennis
Sailing
Badminton Table Tennis
Futsal
Sailing
110 min
LA PLATA
A
Rugby Sevens Beach Handball
Xx.Xx. Lawn Tennis Club
Cycling - Road
Cycling - MTB Triathlon
(Swimming, Cycling, Running)
Futsal
Futsal
Roller Sports
Roller Sports Aquatics
70 min
Cycling - BMX Racing
XXXXXX XXXXXXXXX
00 min
Cycling - BMX Racing Archery
Shooting
Xx. Xxxxxxx
Xx. Xxxxxxx Xxx
X
Xxxxxxx
Xxxxxxxx
00 xx
XXXXX XXXXXX
Xx. Xxxxxxx Xxx
00 xx
Xxxxxx Xxxxx Xxxx
Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
Domestic & Regional Airport
Xx. Xxxxxxxxx X. Xxxxxxxx
Xx. Xxxxxxx
Xx. X. Xxxxxxx
00 min.
A
Xx. Xxxxxxx
Xx. X. Xxxxxxx
X
Xx. xxx Xxxxxxxxxx
AU Illia
Av. Pte. Xxxxx Xxxxxxxx
I
Tennis
Tennis
Beach Volleyball Arena
Beach Volleyball
CLUB HÍPICO ARGENTINO
61 min
EquestrianEquestrian
Equestrian
CLUB CIUDAD DE XX.XX.
70 min
Gymnastics
(Rhythmic + Trampoline)
Modern Pentathlon
(Swimming)
Triathlon
(Swimming)
Gymnastics
(Artistic + Acrobatic)
Boxing
Rugby Sevens
L Uniform Accreditation Centre
XXXXXX XXXXX
B
Xxxxxxx Xxxxxxx Planetarium - CEP
Xx. xxx Xxxxxxxxxx
00 xx
00 min
9 km
Futsal
70 min
CD
IOC Hotel 60 min
Av. 9 de Julio
E Hotel
Rugby Sevens
Karate
DD
Xxxxxx Hotel 60 min
DOWNTOWN
Zone
C
Wrestling
ED
Av. General Xxx
Opening Ceremony
30 min
X
X
0 xx
Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Hospital
5 min
F
AU 00 XX XXXX (XX0)
6 km D
URBAN PARK
60 min
Rowing
X
Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx
00 min
Docks Puerto Xxxxxx Parque Mujeres Argentinas
I
International Broadcasting Centre
70 min
Canoe - Xxxxx
0 xx
0 xx
X
0 xx
X XX XX XX XXXXX
Rowing Canoe - Kayak
Cycling
Cycling - BMX Freestyle
Sport Climbing
BMX Freestyle Sport Climbing
Dance Sport
Dance Sport
Basketball - 3 x 3
References
Parks
Stand Alone Xxxxxx
Xxxxx Xxxxxx
Xxxxxx Xxxxx 0000 Celebrates
Competition
Training
Travel time from YOV
AU PTE. XXXXXXX
3 km
6 km
R
I
A
H
C
U
O
L
E
YOUTH OLYMPIC PARK
TBC by IF
Youth Olympic Centre
Golf
Golf
G
7 min
8 min
Xx. Xxxxxxx Xxx
XXXXXXXXX
X X Xxxx Xxxxxxxx
Xxxx
0 km
Av. Cnel. Roca
Judo
Oceania Pavilion Athletics Field
Athletics
Boxing
Boxing Athletics
AUTÓDROMO XXXX Y XXXXX XXXXXX
Cycling - Road
Wrestling
Wrestling
Taekwondo Cross Country and Shooting
Taekwondo
& Running Venue
Cycling - MTB
thletics - Cross Country
AU Ricchieri
AUTÓDROMO MUNICIPAL
Africa Pavilion America Pavilion
Athletics
Triathlon
Fencing
Fencing
Modern Pentathlon
Modern Pentathlon
(Fencing)
Gymnastics
Hockey Field
A Cross Country
Modern Pentathlon (Shooting & Running)
Modern Pentathlon
(Shooting & Running)
(Cycling + Running)
J Main Press Centre
Europa Pavilion
M
Hockey5s
Hockey5s
Karate
Natatorium
Training Fields
Basketball - 3 x 3
K Youth Olympic
Weightlifting
M Ministro Xxxxxxxxx
Karate
Village
1 km
N
SCALE
VMP.V10 03/07/17
International Airport
35 min.
Weightlifting
Aquatics
Aquatics
Modern Penthatlon (Aqueatics)
Modern Pentathlon
(Swimming)
Beach Handball Beach Volleyball
Estadística Naijing Singapore
NANJING 2014 | SINGAPORE 2010 | |
13 DIAS DE COMPETENCIA | 18 DIAS DE COMPETENCIA | |
ATHLETES | 3.579 | 3.538 |
TEAM OFFICIAL | 2.179 | 1.872 |
Subtotal | 5.758 | 5.410 |
IOC PRESIDENT, STAFF & GUEST | 203 | 200 |
IF PRESIDENT & SECRETARY | 809 | 52 |
NOC PRESIDENT AND SECRETARY | 0 | 410 |
NTO/ITOS | 1.209 | 1.811 |
YOUNG AMBASSADOR / JOURNALISTS | 684 | 600 |
MEDIA | 1.832 | 800 |
Subtotal | 4.737 | 3.873 |
VOLUNTEERS | 18.551 | 21.400 |
CONTRACTORS | S/D | 16.572 |
ORGANIZING COMMITTEE | 530 | 1.000 |
Beverages Bottles YOV | 708.663 | 877.665 |
% | 12,80 | 41,50 |
Beverages Bottles Venues | 4.826.610 | 1.237.166 |
% | 87,20 | 58,50 |
TOTAL BEVERAGES BOTTLES | 5.535.273 | 2.114.831 |
% Gaseosas | S/ D | 19,05 |
% Isotonicas | S/ D | 11,59 |
% Agua | S/ D | 38,9 |
NANJING 2014 | |||||||||||
Atletas | 3579 | ||||||||||
3056388 | |||||||||||
SKU | TOTAL UC | Mix % | CC / Bot | Packs | Unids / Pack | Botellas | Share | Factor Conv UC | Total UC | ||
Coca-Cola 600ml | 7,960 | 3.2% | Agua | 500 | 254.699 | 12 | 3.056.388 | 80% | 1,06 | 269.981 | |
Coke Zero 500ml | 1,910 | 0.8% | Isotonica | 500 | 32.257 | 6 | 193.542 | 5% | 0,53 | 17.096 | |
Sprite 600ml | 5,167 | 2.1% | Isotonica BC | 500 | 8.064 | 6 | 48.384 | 1% | 0,53 | 4.274 | |
Minute Main 450ml | 12,030 | 4.8% | Cola Regular | 600 | 8.162 | 12 | 97.944 | 3% | 1,27 | 10.366 | |
Aquarius 600ml | 7,906 | 3.2% | Cola BC | 600 | 1.958 | 12 | 23.496 | 1% | 1,27 | 2.487 | |
Aquarius(F OP)600ml | 8,479 | 3.4% | Lima Limon BC | 600 | 2.649 | 12 | 31.788 | 1% | 1,27 | 3.364 | |
Ice Dew Water 550ml | 175,248 | 70.0% | Naranja BC | 600 | 2.649 | 12 | 31.788 | 1% | 1,27 | 3.364 | |
Ice Dew Water 550ml (FOP) | 16,146 | 6.4% | Agua Saborizada BC | 500 | 24.671 | 6 | 148.026 | 4% | 0,63 | 15.543 | |
Ice Dew Carboy | 15,200 | 6.1% | Jugo Naranja | 300 | 25.671 | 6 | 154.026 | 4% | 0,32 | 8.215 | |
Ice Dew Water 350ml(Presi dent Box) | 403 | 0.2% | 360.780 | 3.785.382 | 334.689 | ||||||
TTL | 250.449 | 100% | |||||||||
5659 Litros / UC | |||||||||||
1.417.290.891 | litros | 2.834.581.782 | |||||||||
15% | 288.016 | ||||||||||
30% | 374.421 |
ESTIMACION DE CONSUMO DE BEBIDAS Rev 01: 13NOV | |||||
A) CALCULO CONSUMO BEBIDAS ESTIMADO PARA ATLETAS | Periodo Arribos 30SEP al 1 OCT | Xxxxxxxx Xxxxxxx 0 xx 0 OCT | Periodos Juegos 5 al 18 Oct | Xxxxxxx Xxxxxxxx 00 xx 00 OCT | |
Paxs Estimados | 3.920 | ||||
% Ocupación | % | 15 | 85 | 100 | 50 |
Total Paxs x Periodo | 000 | 0000 | 0000 | 0000 | |
Total Dias | 3 | 3 | 14 | 2 | |
Total Paxs | 70.560 | 1.764 | 9.996 | 54.880 | 3.920 |
A) Desayuno | Consumo Estimado / Pax x Dia | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo |
Bebida Gaseosa | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 1 | 1.764 | 9.996 | 54.880 | 3.920 |
Jugo | 1 | 1.764 | 9.996 | 54.880 | 3.920 |
B) Actividad Mañana | |||||
Bebida Gaseosa | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 2 | 3.528 | 19.992 | 109.760 | 7.840 |
Agua | 3 | 5.292 | 29.988 | 164.640 | 11.760 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
C) Almuerzo | |||||
Bebida Gaseosa | 1 | 1.764 | 9.996 | 54.880 | 3.920 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 1 | 1.764 | 9.996 | 54.880 | 3.920 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
D) Actividad Tarde | |||||
Bebida Gaseosa | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 2 | 3.528 | 19.992 | 109.760 | 7.840 |
Agua | 3 | 5.292 | 29.988 | 164.640 | 11.760 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
E) Cena | |||||
Bebida Gaseosa | 1 | 1.764 | 9.996 | 54.880 | 3.920 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 1 | 1.764 | 9.996 | 54.880 | 3.920 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
F) Noche | |||||
Bebida Gaseosa | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 2 | 3.528 | 19.992 | 109.760 | 7.840 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
TOTALES | |||||
Bebida Gaseosa | 141.120 | 3.528 | 19.992 | 109.760 | 7.840 |
Bebida Isotonica | 282.240 | 7.056 | 39.984 | 219.520 | 15.680 |
Agua | 776.160 | 19.404 | 109.956 | 603.680 | 43.120 |
Jugo | 70.560 | 1.764 | 9.996 | 54.880 | 3.920 |
TOTAL | 1.270.080 | 31.752 | 179.928 | 987.840 | 70.560 |
B) CALCULO CONSUMO BEBIDAS ESTIMADO PARA DELEGACIONES ( NO ATLETAS ) | Periodo Arribos 30SEP al 1 OCT | Xxxxxxxx Xxxxxxx 0 xx 0 OCT | Periodos Juegos 5 al 18 Oct | Xxxxxxx Xxxxxxxx 00 xx 00 OCT | |
Paxs Estimados | 1.950 | ||||
% Ocupación | 15 | 85 | 100 | 50 | |
Total Paxs x Periodo | 293 | 1.658 | 1.950 | 975 | |
Total Dias | 2 | 3 | 13 | 2 | |
Total Paxs | 32.858 | 585 | 4.973 | 25.350 | 1.950 |
A) Desayuno | Consumo Estimado / Pax x Dia | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo |
Bebida Gaseosa | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 1 | 585 | 4.973 | 25.350 | 1.950 |
Jugo | 1 | 585 | 4.973 | 25.350 | 1.950 |
B) Actividad Mañana | |||||
Bebida Gaseosa | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 3 | 1.755 | 14.918 | 76.050 | 5.850 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
C) Almuerzo | |||||
Bebida Gaseosa | 1 | 585 | 4.973 | 25.350 | 1.950 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 1 | 585 | 4.973 | 25.350 | 1.950 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
D) Actividad Tarde | |||||
Bebida Gaseosa | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 3 | 1.755 | 14.918 | 76.050 | 5.850 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
E) Cena | |||||
Bebida Gaseosa | 1 | 585 | 4.973 | 25.350 | 1.950 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 1 | 585 | 4.973 | 25.350 | 1.950 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
F) Noche | |||||
Bebida Gaseosa | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 2 | 1.170 | 9.945 | 50.700 | 3.900 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
TOTALES | |||||
Bebida Gaseosa | 65.715 | 1.170 | 9.945 | 50.700 | 3.900 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 361.433 | 6.435 | 54.698 | 278.850 | 21.450 |
Jugo | 32.858 | 585 | 4.973 | 25.350 | 1.950 |
TOTAL | 460.005 | 8.190 | 69.615 | 354.900 | 27.300 |
E) PRENSA INVITADOS, PERIODISTAS y OTROS | Periodos Juegos 6 al 18 Oct | ||||
Paxs Estimados | 4.000 | ||||
% Ocupación | 100 | ||||
Total Paxs x Periodo | 4000 | ||||
Total Dias | 13 | ||||
Total Paxs | 52.000 | 52.000 | |||
Consumo Estimado / Pax x Dia | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo | |
Bebida Gaseosa | 2,0 | 104.000 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0,0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 3,0 | 156.000 | 0 | 0 | 0 |
Jugo | 0,0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
TOTALES | |||||
Bebida Gaseosa | 104.000 | 104.000 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 156.000 | 156.000 | 0 | 0 | 0 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
TOTAL | 260.000 | 260.000 | 0 | 0 | 0 |
F) VOLUNTARIOS + TRABAJADORES / STAFF | Periodo 24 Sept al 20 OCT | Xxxxxxx 0 xx 00 Oct | |||
Paxs Estimados | 13.000 | ||||
1.500 | 11.500 | ||||
Total Paxs x Periodo | 1.500 | 11.500 | |||
Total Dias | 27 | 15 | |||
Total Paxs | 213.000 | 40.500 | 172.500 | ||
Consumo Estimado / Pax x Dia | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo | |
Bebida Gaseosa | 0,8 | 32.400 | 138.000 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0,0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 0,2 | 8.100 | 34.500 | 0 | 0 |
Jugo | 0,0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
TOTALES | |||||
Bebida Gaseosa | 170.400 | 32.400 | 138.000 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 42.600 | 8.100 | 34.500 | 0 | 0 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
TOTAL | 213.000 | 40.500 | 172.500 | 0 | 0 |
1) TOTALES GENERALES BEBIDAS : Juegos Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx 0000 | |||||
Bebida Gaseosa | 481.235 | 141.098 | 167.937 | 160.460 | 11.740 |
Bebida Isotonica | 282.240 | 7.056 | 39.984 | 219.520 | 15.680 |
Agua | 1.336.193 | 189.939 | 199.154 | 882.530 | 64.570 |
Jugo | 103.418 | 2.349 | 14.969 | 80.230 | 5.870 |
TOTAL BOTELLAS | 2.203.085 | 340.442 | 422.043 | 1.342.740 | 97.860 |
TOTALES VOLUMEN (LITROS) | |||||
Bebida Gaseosa | 288.741 | 84.659 | 100.762 | 96.276 | 7.044 |
Bebida Isotonica | 141.120 | 3.528 | 19.992 | 109.760 | 7.840 |
Agua | 668.096 | 94.970 | 99.577 | 441.265 | 32.285 |
Jugo | 31.025 | 705 | 4.491 | 24.069 | 1.761 |
TOTAL LITROS | 1.128.983 | 183.861 | 224.822 | 671.370 | 48.930 |
TOTAL PAXS | 335.560 | 0 | |||
TOTAL Litros / Pax | 3,36 | ||||
XXXXXXX 0000 | XXXXXXXXX 0000 | |
13 DIAS DE COMPETENCIA | 18 DIAS DE COMPETENCIA | |
ATHLETES | 3.579 | 3.538 |
TEAM OFFICIAL | 2.179 | 1.872 |
Subtotal | 5.758 | 5.410 |
IOC PRESIDENT, STAFF & GUEST | 203 | 200 |
IF PRESIDENT & SECRETARY | 809 | 52 |
NOC PRESIDENT AND SECRETARY | 0 | 410 |
NTO/ITOS | 1.209 | 1.811 |
YOUNG AMBASSADOR / JOURNALISTS | 684 | 600 |
MEDIA | 1.832 | 800 |
Subtotal | 4.737 | 3.873 |
VOLUNTEERS | 18.551 | 21.400 |
CONTRACTORS | S/D | 16.572 |
ORGANIZING COMMITTEE | 530 | 1.000 |
Beverages Bottles YOV | 708.663 | 877.665 |
% | 12,80 | 41,50 |
Beverages Bottles Venues | 4.826.610 | 1.237.166 |
% | 87,20 | 58,50 |
TOTAL BEVERAGES BOTTLES | 5.535.273 | 2.114.831 |
% Gaseosas | S/ D | 19,05 |
% Isotonicas | S/ D | 11,59 |
% Agua | S/ D | 38,9 |
NANJING 2014 | |||||||||||
Atletas | 3579 | ||||||||||
3056388 | |||||||||||
SKU | TOTAL UC | Mix % | CC / Bot | Packs | Unids / Pack | Botellas | Share | Factor Conv UC | Total UC | ||
Coca-Cola 600ml | 7,960 | 3.2% | Agua | 500 | 254.699 | 12 | 3.056.388 | 80% | 1,06 | 269.981 | |
Coke Zero 500ml | 1,910 | 0.8% | Isotonica | 500 | 32.257 | 6 | 193.542 | 5% | 0,53 | 17.096 | |
Sprite 600ml | 5,167 | 2.1% | Isotonica BC | 500 | 8.064 | 6 | 48.384 | 1% | 0,53 | 4.274 | |
Minute Main 450ml | 12,030 | 4.8% | Cola Regular | 600 | 8.162 | 12 | 97.944 | 3% | 1,27 | 10.366 | |
Aquarius 600ml | 7,906 | 3.2% | Cola BC | 600 | 1.958 | 12 | 23.496 | 1% | 1,27 | 2.487 | |
Aquarius(F OP)600ml | 8,479 | 3.4% | Lima Limon BC | 600 | 2.649 | 12 | 31.788 | 1% | 1,27 | 3.364 | |
Ice Dew Water 550ml | 175,248 | 70.0% | Naranja BC | 600 | 2.649 | 12 | 31.788 | 1% | 1,27 | 3.364 | |
Ice Dew Water 550ml (FOP) | 16,146 | 6.4% | Agua Saborizada BC | 500 | 24.671 | 6 | 148.026 | 4% | 0,63 | 15.543 | |
Ice Dew Carboy | 15,200 | 6.1% | Jugo Naranja | 300 | 25.671 | 6 | 154.026 | 4% | 0,32 | 8.215 | |
Ice Dew Water 350ml(Presi dent Box) | 403 | 0.2% | 360.780 | 3.785.382 | 334.689 | ||||||
TTL | 250.449 | 100% | |||||||||
5659 Litros / UC | |||||||||||
1.417.290.891 | litros | 2.834.581.782 | |||||||||
15% | 288.016 | ||||||||||
30% | 374.421 |
ESTIMACION DE CONSUMO DE BEBIDAS Rev 01: 13NOV | |||||
A) CALCULO CONSUMO BEBIDAS ESTIM PARA ATLETAS | Periodo Arribos 30SEP al 1 OCT | Xxxxxxxx Xxxxxxx 0 xx 0 OCT | Periodos Juegos 5 al 18 Oct | Xxxxxxx Xxxxxxxx 00 xx 00 OCT | |
Paxs Estimados | 3.920 | ||||
% Ocupación | % | 15 | 85 | 100 | 50 |
Total Paxs x Periodo | 000 | 0000 | 0000 | 0000 | |
Total Dias | 3 | 3 | 14 | 2 | |
Total Paxs | 70.560 | 1.764 | 9.996 | 54.880 | 3.920 |
A) Desayuno | onsumo Estimado / Pax x Di | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo |
Bebida Gaseosa | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 1 | 1.764 | 9.996 | 54.880 | 3.920 |
Jugo | 1 | 1.764 | 9.996 | 54.880 | 3.920 |
B) Actividad Mañana | |||||
Bebida Gaseosa | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 2 | 3.528 | 19.992 | 109.760 | 7.840 |
Agua | 3 | 5.292 | 29.988 | 164.640 | 11.760 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
C) Almuerzo | |||||
Bebida Gaseosa | 1 | 1.764 | 9.996 | 54.880 | 3.920 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 1 | 1.764 | 9.996 | 54.880 | 3.920 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
D) Actividad Tarde | |||||
Bebida Gaseosa | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 2 | 3.528 | 19.992 | 109.760 | 7.840 |
Agua | 3 | 5.292 | 29.988 | 164.640 | 11.760 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
E) Cena | |||||
Bebida Gaseosa | 1 | 1.764 | 9.996 | 54.880 | 3.920 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 1 | 1.764 | 9.996 | 54.880 | 3.920 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
F) Noche | |||||
Bebida Gaseosa | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 2 | 3.528 | 19.992 | 109.760 | 7.840 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
TOTALES | |||||
Bebida Gaseosa | 141.120 | 3.528 | 19.992 | 109.760 | 7.840 |
Bebida Isotonica | 282.240 | 7.056 | 39.984 | 219.520 | 15.680 |
Agua | 776.160 | 19.404 | 109.956 | 603.680 | 43.120 |
Jugo | 70.560 | 1.764 | 9.996 | 54.880 | 3.920 |
TOTAL | 1.270.080 | 31.752 | 179.928 | 987.840 | 70.560 |
B) CALCULO CONSUMO BEBIDAS ESTIM PARA DELEGACIONES ( NO ATLETAS ) | Periodo Arribos 30SEP al 1 OCT | Xxxxxxxx Xxxxxxx 0 xx 0 OCT | Periodos Juegos 5 al 18 Oct | Xxxxxxx Xxxxxxxx 00 xx 00 OCT | |
Paxs Estimados | 1.950 | ||||
% Ocupación | 15 | 85 | 100 | 50 | |
Total Paxs x Periodo | 293 | 1.658 | 1.950 | 975 | |
Total Dias | 2 | 3 | 13 | 2 | |
Total Paxs | 32.858 | 585 | 4.973 | 25.350 | 1.950 |
A) Desayuno | onsumo Estimado / Pax x Di | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo |
Bebida Gaseosa | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 1 | 585 | 4.973 | 25.350 | 1.950 |
Jugo | 1 | 585 | 4.973 | 25.350 | 1.950 |
B) Actividad Mañana | |||||
Bebida Gaseosa | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 3 | 1.755 | 14.918 | 76.050 | 5.850 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
C) Almuerzo | |||||
Bebida Gaseosa | 1 | 585 | 4.973 | 25.350 | 1.950 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 1 | 585 | 4.973 | 25.350 | 1.950 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
D) Actividad Tarde | |||||
Bebida Gaseosa | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 3 | 1.755 | 14.918 | 76.050 | 5.850 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
E) Cena | |||||
Bebida Gaseosa | 1 | 585 | 4.973 | 25.350 | 1.950 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 1 | 585 | 4.973 | 25.350 | 1.950 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
F) Noche | |||||
Bebida Gaseosa | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 2 | 1.170 | 9.945 | 50.700 | 3.900 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
TOTALES | |||||
Bebida Gaseosa | 65.715 | 1.170 | 9.945 | 50.700 | 3.900 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 361.433 | 6.435 | 54.698 | 278.850 | 21.450 |
Jugo | 32.858 | 585 | 4.973 | 25.350 | 1.950 |
TOTAL | 460.005 | 8.190 | 69.615 | 354.900 | 27.300 |
E) PRENSA INVITADOS, PERIODISTAS y | Periodos Juegos 6 al 18 Oct | ||||
Paxs Estimados | 4.000 | ||||
% Ocupación | 100 | ||||
Total Paxs x Periodo | 4000 | ||||
Total Dias | 13 | ||||
Total Paxs | 52.000 | 52.000 | |||
C | onsumo Estimado / Pax x Di | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo |
Bebida Gaseosa | 2,0 | 104.000 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0,0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 3,0 | 156.000 | 0 | 0 | 0 |
Jugo | 0,0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
TOTALES | |||||
Bebida Gaseosa | 104.000 | 104.000 | 0 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 156.000 | 156.000 | 0 | 0 | 0 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
TOTAL | 260.000 | 260.000 | 0 | 0 | 0 |
F) VOLUNTARIOS + TRABAJADORES / S | Periodo 24 Sept al 20 OCT | Xxxxxxx 0 xx 00 Oct | |||
Paxs Estimados | 13.000 | ||||
1.500 | 11.500 | ||||
Total Paxs x Periodo | 1.500 | 11.500 | |||
Total Dias | 27 | 15 | |||
Total Paxs | 213.000 | 40.500 | 172.500 | ||
C | onsumo Estimado / Pax x Di | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo | Consumo x Periodo |
Bebida Gaseosa | 0,8 | 32.400 | 138.000 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0,0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 0,2 | 8.100 | 34.500 | 0 | 0 |
Jugo | 0,0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
TOTALES | |||||
Bebida Gaseosa | 170.400 | 32.400 | 138.000 | 0 | 0 |
Bebida Isotonica | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Agua | 42.600 | 8.100 | 34.500 | 0 | 0 |
Jugo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
TOTAL | 213.000 | 40.500 | 172.500 | 0 | 0 |
1) TOTALES GENERALES BEBIDAS : Juegos Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx 0000 | |||||
Bebida Gaseosa | 481.235 | 141.098 | 167.937 | 160.460 | 11.740 |
Bebida Isotonica | 282.240 | 7.056 | 39.984 | 219.520 | 15.680 |
Agua | 1.336.193 | 189.939 | 199.154 | 882.530 | 64.570 |
Jugo | 103.418 | 2.349 | 14.969 | 80.230 | 5.870 |
TOTAL BOTELLAS | 2.203.085 | 340.442 | 422.043 | 1.342.740 | 97.860 |
TOTALES VOLUMEN (LITROS) | |||||
Bebida Gaseosa | 288.741 | 84.659 | 100.762 | 96.276 | 7.044 |
Bebida Isotonica | 141.120 | 3.528 | 19.992 | 109.760 | 7.840 |
Agua | 668.096 | 94.970 | 99.577 | 441.265 | 32.285 |
Jugo | 31.025 | 705 | 4.491 | 24.069 | 1.761 |
TOTAL LITROS | 1.128.983 | 183.861 | 224.822 | 671.370 | 48.930 |
TOTAL PAXS | 335.560 | 0 | |||
TOTAL Litros / Pax | 3,36 | ||||
Detalle entrega producto
02-oct | 03-oct | 04-oct | 05-oct | 06-oct | |||||||||||
Gaseosa | Agua | Isoto. | Gaseosa | Agua | Isoto. | Gase osa | Agua | Isoto. | Gase osa | Agua | Isoto. | Gase osa | Agua | Isoto. | |
Xxxxxxx Xxxxx | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 |
LAWN TENIS | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 |
Volley de Playa | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 |
Sede Rugby | 505 | 1213 | 303 | 505 | 1213 | 303 | 505 | 1213 | 303 | 505 | 1213 | 303 | 505 | 1213 | 303 |
Club Hipico | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 |
CENARD | 1348 | 3235 | 809 | 1348 | 3235 | 809 | 1348 | 3235 | 809 | 1348 | 3235 | 809 | 1348 | 3235 | 809 |
Tecnópolis | 1179 | 2830 | 708 | 1179 | 2830 | 708 | 1179 | 2830 | 708 | 1179 | 2830 | 708 | 1179 | 2830 | 708 |
Xxxxxxxxx | 0000 | 2426 | 606 | 1011 | 2426 | 606 | 1011 | 2426 | 606 | 1011 | 2426 | 606 | 1011 | 2426 | 606 |
NSI | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 |
GOLF | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 |
VLOPEZ | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 |
Autodromo | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 |
YOC | 9940 | 23856 | 5964 | 9940 | 23856 | 5964 | 9940 | 23856 | 5964 | 9940 | 23856 | 5964 | 9940 | 23856 | 5964 |
07-oct | 08-oct | 09-oct | 10-oct | 11-oct | |||||||||||
Gase osa | Agua | Isoto. | Gase osa | Agua | Isoto. | Gase osa | Agua | Isoto. | Gase osa | Agua | Isoto. | Gase osa | Agua | Isoto. | |
Xxxxxxx Xxxxx | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 |
LAWN TENIS | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 |
Volley de Playa | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 |
Sede Rugby | 505 | 1213 | 303 | 505 | 1213 | 303 | 505 | 1213 | 303 | 505 | 1213 | 303 | 505 | 1213 | 303 |
Club Hipico | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 |
CENARD | 1348 | 3235 | 809 | 1348 | 3235 | 809 | 1348 | 3235 | 809 | 1348 | 3235 | 809 | 1348 | 3235 | 809 |
Tecnópolis | 1179 | 2830 | 708 | 1179 | 2830 | 708 | 1179 | 2830 | 708 | 1179 | 2830 | 708 | 1179 | 2830 | 708 |
Xxxxxxxxx | 0000 | 2426 | 606 | 1011 | 2426 | 606 | 1011 | 2426 | 606 | 1011 | 2426 | 606 | 1011 | 2426 | 606 |
NSI | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 |
GOLF | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 |
VLOPEZ | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 |
Autodromo | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 |
YOC | 9940 | 23856 | 5964 | 9940 | 23856 | 5964 | 9940 | 23856 | 5964 | 9940 | 23856 | 5964 | 9940 | 23856 | 5964 |
12-oct | 13-oct | 14-oct | 15-oct | 16-oct | |||||||||||
Gase osa | Agua | Isoto. | Gase osa | Agua | Isoto. | Gase osa | Agua | Isoto. | Gase osa | Agua | Isoto. | Gase osa | Agua | Isoto. | |
Xxxxxxx Xxxxx | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 |
LAWN TENIS | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 |
Volley de Playa | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 |
Sede Rugby | 505 | 1213 | 303 | 505 | 1213 | 303 | 505 | 1213 | 303 | 505 | 1213 | 303 | 505 | 1213 | 303 |
Club Hipico | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 |
CENARD | 1348 | 3235 | 809 | 1348 | 3235 | 809 | 1348 | 3235 | 809 | 1348 | 3235 | 809 | 1348 | 3235 | 809 |
Tecnópolis | 1179 | 2830 | 708 | 1179 | 2830 | 708 | 1179 | 2830 | 708 | 1179 | 2830 | 708 | 1179 | 2830 | 708 |
Xxxxxxxxx | 0000 | 2426 | 606 | 1011 | 2426 | 606 | 1011 | 2426 | 606 | 1011 | 2426 | 606 | 1011 | 2426 | 606 |
NSI | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 |
GOLF | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 |
VLOPEZ | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 |
Autodromo | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 |
YOC | 9940 | 23856 | 5964 | 9940 | 23856 | 5964 | 9940 | 23856 | 5964 | 9940 | 23856 | 5964 | 9940 | 23856 | 5964 |
17-oct | 18-oct | |||||
Gase osa | Agua | Isoto. | Gase osa | Agua | Isoto. | |
Xxxxxxx Xxxxx | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 |
LAWN TENIS | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 |
Volley de Playa | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 |
Sede Rugby | 505 | 1213 | 303 | 505 | 1213 | 303 |
Club Hipico | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 |
CENARD | 1348 | 3235 | 809 | 1348 | 3235 | 809 |
Tecnópolis | 1179 | 2830 | 708 | 1179 | 2830 | 708 |
Xxxxxxxxx | 0000 | 2426 | 606 | 1011 | 2426 | 606 |
NSI | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 |
GOLF | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 |
VLOPEZ | 168 | 404 | 101 | 168 | 404 | 101 |
Autodromo | 337 | 809 | 202 | 337 | 809 | 202 |
YOC | 9940 | 23856 | 5964 | 9940 | 23856 | 5964 |
TOTAL Bebidas | 2.203.085 | ||||||
Bebidas YOV | 1.057.481 | ||||||
Bebidas Venues | 1.145.604 | ||||||
Xxxxxxx Xxxxx | Can Bebidas | Total Bebidas | PET Entrega/ día | Gaseosa x día | Agua x día | Cant. Isotónica x día | Cant. Jugo x día |
1% | 11.456 | 674 | 168 | 404 | 101 | ||
LAWN TENIS | 2% | 22.912 | 1348 | 337 | 809 | 202 | |
Volley de Playa | 1% | 11.456 | 674 | 168 | 404 | 101 | |
Sede Rugby | 3% | 34.368 | 2022 | 505 | 1213 | 303 | |
Club Hipico | 1% | 11.456 | 674 | 168 | 404 | 101 | |
CENARD | 8% | 91.648 | 5391 | 1348 | 3235 | 809 | |
Tecnópolis | 7% | 80.192 | 4717 | 1179 | 2830 | 708 | |
Xxxxxxxxx | 6% | 68.736 | 4043 | 1011 | 2426 | 606 | |
NSI | 2% | 22.912 | 1348 | 337 | 809 | 202 | |
GOLF | 2% | 22.912 | 1348 | 337 | 809 | 202 | |
VLOPEZ | 1% | 11.456 | 674 | 168 | 404 | 101 | |
Autodromo | 2% | 22.912 | 1348 | 337 | 809 | 202 | |
YOC | 59% | 675.906 | 39759 | 9940 | 23856 | 5964 | |
YOV | 1.057.481 | 39166 | 7.833 | 5.875 | 23.500 | 19.583 | |
1057481 | 211496 | 158622 | 634488 | 528740 | |||
ANEXO 5 : CANTIDADES EQUIPOS DE FRIO
YOV | ||
Area | Tipo de refrigeracion | Cantidad |
Dining Xxxx Residents | Heladera doble | 32 |
Dining xxxx WFC | Heladera doble | 8 |
Dopping | Heladera Una | 1 |
Event information center | Heladera doble | 1 |
MEDIA workroom | Heladera doble | 1 |
MOC | Heladera doble | 2 |
NOC Continental Helpdesk | Heladera doble | 1 |
NOC Services Centre - FA Helpdesk | Heladera doble | 1 |
Planta baja de cada edificio | Estanterias | 33 |
UG1 Resident center | Heladera doble | 2 |
UG2 Resident center | Heladera doble | 2 |
UG3 Resident center | Heladera doble | 2 |
UG4 Resident center | Heladera doble | 2 |
UG5 Resident center | Heladera doble | 4 |
UG7 Fitness Resident center | Heladera doble | 3 |
UG7 Resident center | Heladera doble | 2 |
97 | ||
Totales YOV | ||
Total Heladeras doble puerta | 63 | |
Total Heladeras una | 1 | |
Total Coolers | 0 | |
Total Tortugas | 0 | |
Estanterias | 33 | |
Cointainer refrigerado 40 pies | 3 | |
100 |
ANEXO 5- CANTIDADES EQUIPOS DE FRIO
YOC | ||
Área | Tipo de refrigeración | Cantidad |
Africa-changing room | coolers | 2 |
Africa-Training area-cerca referis meeting room | Heladera Doble | 2 |
America Competition Area Gimnastic | Heladera Doble | 2 |
America Warm up Gimnastic | Heladera Doble | 4 |
Asia Judo/wrestling Taining-al lado del massage bed | Heladera Doble | 1 |
Xxxx Xxxx/wrestling Warm up-delante de victory ceremony | Xxxxxxxx Xxxxx | 1 |
Asia- storage room #1 | Heladera Doble | 3 |
Athetics gimnasio musculacion | Heladera Doble | 2 |
Athletes Lounge #1 | Heladera Doble | 3 |
Athletes Lounge #2 | Heladera Doble | 3 |
Athletes Lounge #3 | Heladera Doble | 3 |
Athletes Lounge #4 | Heladera Doble | 3 |
Athletes Lounge #5 | Heladera Doble | 3 |
Athletics Field Call Room | Heladera Doble | 2 |
Athletics Trining lanzamieto Call Room #1 | Heladera Doble | 2 |
Athletics Triningtrack and field Call Room #2 | Heladera Doble | 2 |
Cross Country Field Fineshing Line | Coolers | 4 |
Europa Pre- Competition Security Chek Point | Heladera Doble | 2 |
Europa Training Area athletes rest area | Heladera Doble | 2 |
Guest Area | Heladera Doble | 2 |
Hockey (Choaches Area) | Heladera Doble | 4 |
Hockey-FOP | Coolers | 4 |
MEDIA Workroom | Heladera Doble | 3 |
Natatorium (competition workroom) | Heladera doble | 3 |
Natatorium (frente a la sala de maquinas previo entrada al pasillo) | Heladera Doble | 3 |
Oceanía Main Ring Competition | Tortuga | 3 |
Oceanía Taekwondo/Boxeo Training | Heladera Doble | 4 |
Storage de bebidas en Autodromo | Heladera Doble | 0 |
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx | Heladera Doble | 3 |
Training-BVA-Basket (Storage de bebidas) | Heladera Doble | 2 |
Training-BVA-Basket | coolers | 4 |
WFC Dining Xxxx | Heladera Doble | 10 |
Dopping | Heladera Doble | 2 |
Totales YOC | 96 | |
Total Heladeras doble puerta | 79 | |
Total Heladeras una puerta | 0 | |
Total Coolers | 14 | |
Total Tortugas | 3 | |
Container Refrigerado | 4 | |
100 |
ANEXO 5- CANTIDADES EQUIPOS DE FRIO
CENARD | ||
Área | Tipo de refrigeración | Cantidad |
Athletes Lounge | Heladera Doble | 3 |
Dining Xxxx | Heladera Doble | 3 |
FOP Futsal Competition | Tortuga | 3 |
FOP Futsal Training | Tortuga | 3 |
Gimastic Training | Heladera Doble | 2 |
Guest area | Heladera Doble | 1 |
Media | Heladera Doble | 1 |
Natatorium | Heladera Doble | 3 |
Rugby training | Coolers | 3 |
Storage de bebidas futsal | Heladera Doble | 1 |
Storage de bebidas natatorium | Heladera Doble | 3 |
Totales CENARD | ||
Total Heladeras doble puerta | 17 | |
Total Heladeras una puerta | 0 | |
Total Coolers | 3 | |
Total Tortugas | 6 | |
Container Refrigerado 40 pies (Comparte con X. Xxxxx) | 0 | |
XXXXX 0- XXXXXXXXXX XXXXXXX XX XXXX
XXXXXX XXXXX | ||
Área | Tipo de refrigeración | Cantidad |
FOP Futsal Training | Coolers | 2 |
Gimastic Training | Heladera Doble | 2 |
Rugby (2 canchas) | Coolers | 6 |
Storage de bebidas | Heladera Doble | 2 |
Totales Xxxxxx Xxxxx | ||
Total Heladeras doble puerta | 4 | |
Total Heladeras una puerta | 0 | |
Total Coolers | 8 | |
Total Tortugas | 0 | |
Container Refrigerado 40 pies (Comparte con CENARD) | ||
ANEXO 5- CANTIDADES EQUIPOS DE FRIO
Lawn Tennis | ||
Área | Tipo de refrigeración | Cantidad |
Guest Area | Heladera Doble | 2 |
Athletes Lounge | Heladera Doble | 1 |
FOP Tennis Warm up | Coolers | 6 |
FOP Tennis Secondary Court | Coolers | 6 |
FOP Tennis Main Stadium | Coolers | 2 |
Dopping #1 | Heladera una | 1 |
Dopping #2 | Heladera una | 1 |
Dining Xxxx | Heladera Doble | 8 |
Media workroom | Heladera Doble | 1 |
Totales LAWN TENNIS | ||
Total Heladeras doble puerta | 12 | |
Total Heladeras una puerta | 2 | |
Total Coolers | 14 | |
Total Tortugas | 0 | |
Container Refrigerado 20 pies | 3 |
ANEXO 5- CANTIDADES EQUIPOS DE FRIO
CHA | ||
Área | Tipo de refrigerac | Cantida |
Dining Xxxx | Heladera Doble | 2 |
Guest Area | Heladera Doble | 1 |
Athletes Lounge | Heladera Doble | 3 |
Storage de bebidas | Heladera Doble | 3 |
Totales CHA | ||
Total Heladeras doble p | 9 | |
Total Heladeras una pu | 0 | |
Total Coolers | 0 | |
Total Tortugas | 0 | |
Container Refrigerado 20 pies | 0 |
ANEXO 5- CANTIDADES EQUIPOS DE FRIO
Sede Rugby | ||
Área | Tipo de refrigerac | Cantidad |
Guest Area | Heladera Doble | 1 |
Athletes Lounge | Heladera Doble | 2 |
Media Workroom | Heladera una | 1 |
FOP Rugby Warm up | Coolers | 3 |
FOP Rugby Competition | Coolers | 3 |
storage de bebidas | heladera doble | 2 |
Dining Xxxx (TBC) | heladera doble | 2 |
Totales sede rugby | ||
Total Heladeras doble p | 7 | |
Total Heladeras una pu | 1 | |
Total Coolers | 6 | |
Total Tortugas | 0 | |
Container Refrigerado 20 (cerca dinning xxxx/FOP) | 1 |
ANEXO 5- CANTIDADES EQUIPOS DE FRIO
XXXXXXX XXXXX | ||
Área | Tipo de refrigerac | Cantidad |
Athletes Lounge | Heladera Doble | 3 |
Cycling Triathlon/Cycling | Coolers | 4 |
Feed Zone | Tortuga | 10 |
Totales XXXXXXX XXXXX | ||
Total Heladeras doble p | 3 | |
Total Heladeras una pu | 0 | |
Total Coolers | 4 | |
Total Tortugas | 10 | |
Container Refrigerado 20 pies (Comparte con BVA) | 1 |
ANEXO 5- CANTIDADES EQUIPOS DE FRIO
BVA | ||
Área | Tipo de refrigerac | Cantidad |
Athletes Lounge | Heladera Doble | 2 |
FOP Beach volleyball Secondary | Coolers | 2 |
FOP Beach volleyball Main Cour | Coolers | 2 |
Storage de bebidas-FNB gazebo | Heladera Doble | 2 |
8 | ||
Totales BVA | ||
Total Heladeras doble puerta | 4 | |
Total Heladeras una puerta | 0 | |
Total Coolers | 4 | |
Total Tortugas | 0 | |
Container Refrigerado 20 pies (Comparte con PW) | 1 | |
8 |
ANEXO 5- CANTIDADES EQUIPOS DE FRIO
URBAN PARK | ||
Área | Tipo de refrigeración | Cantidad |
Dining Xxxx | Heladera Doble | 8 |
Guest Area | Heladera Doble | 2 |
Athletes Lounge #1 | Heladera Doble | 1 |
Athletes Lounge #2 | Heladera Doble | 1 |
FOP Canoing/Rowing | Coolers | 2 |
FNB storage Canoing/Rowing Zone | Heladera Doble | 1 |
Estanteria | 1 | |
FOP Cicling BMX | Coolers | 4 |
FNB storage Bascket y Climbing Zone | Estanteria | 2 |
FNB storage Cicling Zone | Heladera Doble | 2 |
Estanteria | 2 | |
FOP Bascket Ball Warm up | Coolers | 2 |
FOP Bascket Ball Competition | Coolers | 2 |
FOP Climbing Isolation Area | Heladera Doble | 2 |
Dopping | Heladera Doble | 1 |
Media Workroom | Heladera Doble | 2 |
Totales URBAN | ||
Total Heladeras doble puerta | 20 | |
Total Heladeras una puerta | 0 | |
Total Coolers | 10 | |
Total Tortugas | 0 | |
Estanterías | 5 | |
Container refrigerado 40 pies | 1 |
ANEXO 5- CANTIDADES EQUIPOS DE FRIO
Área | Tipo de refrigeración | Cantidad |
Dining Xxxx | Heladera doble | 6 |
Guest Area | Heladera doble | 1 |
Athletes Lounge #1 | Heladera doble | 2 |
Media Workroom | Heladera doble | 1 |
Dopping | Heladera una | 1 |
FOP Badminton training | Heladera doble | 1 |
FOP Badminton warm up | Heladera doble | 1 |
FOP Badminton Assamble Point | Heladera doble | 1 |
FOP futsal | Cooler | 2 |
FOP Table Tennis Warm up | Heladera doble | 1 |
FOP Table tennis Training Court | Heladera doble | 2 |
FOP Storage 1 Futsal (ubicado al lado del Dry Storage) | Heladera doble | 3 |
Dopping | Heladera una | 1 |
Totales TECNÓPOLIS | ||
Total Heladeras doble puerta | 19 | |
Total Heladeras una puerta | 2 | |
Total Coolers | 2 | |
Total Tortugas | 0 | |
Container refrigerado 40 pies | 1 |
ANEXO 5- CANTIDADES EQUIPOS DE FRIO
Xxxxxxxxx | ||
Área | Tipo de refrigeración | Cantidad |
Dining Xxxx | Heladera Doble | 6 |
Guest Area | Heladera Doble | 1 |
Athletes Lounge #1 | Heladera Doble | 1 |
Media Workroom | Heladera Doble | 1 |
FOP Shooting | Tortuga | 2 |
FOP Archery Qualifications Athletes Shelter | Coolers | 4 |
FOP Archery Competition Call Room | Heladera Doble | 1 |
FOP Beach Handball Central Court | Coolers | 2 |
FOP Beach Handball Secondary Court | Coolers | 4 |
FOP Beach Handball Warm Up | Tortuga | 2 |
FOP STORAGE En Tribunas Archery Competition (TBC) | Heladera doble | 5 |
Athletes Lounge #2 | Heladera doble | 1 |
Totales Xxxxxxxxx | ||
Total Heladeras doble puerta | 16 | |
Total Heladeras una puerta | 0 | |
Total Coolers | 10 | |
Total Tortugas | 4 | |
Container refrigerado 40 pies | 0 |
XXX | ||
Xxxx | Tipo de refrigeración | Cantidad |
Athletes Lounge #1 | Heladera Doble | 2 |
Dining Xxxx | Heladera Doble | 2 |
Guest Area | Heladera una | 1 |
IF Room | Heladera Doble | 1 |
MEDIA Workroom | Heladera una | 1 |
Hidratación Regata | Tortugas | 16 |
Totales NSI | ||
Total Heladeras doble puerta | 5 | |
Total Heladeras una puerta | 2 | |
Total Coolers | 0 | |
Total Tortugas | 16 | |
Container Refrigerado 10 pies | 1 |
ANEXO 5- CANTIDADES EQUIPOS DE FRIO
Golf | ||
Area | Tipo de refrigeración | Cantidad |
Athletes Lounge #1 | Heladera Doble | 2 |
Campo de juego #1 #10 | Coolers | 4 |
Guest Area | Heladera Doble | 1 |
MEDIA Workroom | Heladera una | 0 |
T #8 | Heladera Doble | 3 |
Dining | Heladera Doble | 3 |
If Room | Heladera Doble | 1 |
Totales Golf | ||
Total Heladeras doble puerta | 10 | |
Total Heladeras una puerta | 0 | |
Total Coolers | 4 | |
Total Tortugas | 0 | |
Container Refrigerado 10 pies | 0 |
Xxxxxxx Xxxxx | ||||
Xxxx | Tipo de refrigeración | Cantidad | ||
Athletes Lounge#1 | Heladera Doble | 1 | ||
Coolers Rollers Call Room | Heladera Doble | 1 | ||
FOP BMX (*) | Tortugas | 3 | hielo(*) no bebidas | |
Dining Xxxx | Heladera Doble | 2 | ||
If Room | Heladera Una | 0 | ||
Guest Area | Heladera Doble | 1 | ||
MEDIA Workroom | Heladera doble | 1 | ||
Totales Xxxxxxx Xxxxx | ||||
Total Heladeras doble puerta | 6 | |||
Total Heladeras una puerta | 0 | |||
Total Coolers | 0 | |||
Total Tortugas | 3 | |||
Container Refrigerado 10 pies | 1 |