ESTUDIOS PREVIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD PARA LA CELEBRACION DE UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
ESTUDIOS PREVIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD PARA LA CELEBRACION DE UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
Selección Abreviada de Menor Cuantía
(Art. 30 Ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007 Decreto 734 de 2012)
CONSIDERACIONES GENERALES Y DEFINICION DE LA NECESIDAD ESTATAL QUE SE PRETENDE SATISFACER MEDIANTE LA CONTRATACIÓN.
La Dirección Nacional de Derecho de Autor es una Unidad Administrativa Especial, adscrita al Ministerio del Interior, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.
Tenemos como Misión, fortalecer la debida y adecuada protección de los titulares de derecho de autor y de los derechos conexos contribuyendo al desarrollo de una cultura de respeto hacia éstos.
Inculcamos la noción del derecho de autor como un nuevo concepto de riqueza que genera empleo, impulsa el desarrollo de la nación, protege la creación de las obras literarias y artísticas que contribuyen a engrandecer la cultura, el conocimiento, el arte, el entretenimiento y la calidad de vida, y responde a los retos impuestos por los avances tecnológicos y el crecimiento del ecosistema digital elaborado por el gobierno actual.
Convertimos el conocimiento en oportunidad formando a los funcionarios de la entidad para que sean promotores y difusores del respeto por el derecho de autor y los derechos conexos y para ello constituimos alianzas estratégicas, a nivel nacional e internacional, con los sectores público y privado para hacer realidad una cultura de respeto por el derecho de autor y los derechos conexos.
Teniendo en cuenta el alto impacto que han cobrado las nuevas tecnologías de la información en el ámbito nacional y en el desarrollo de las entidades públicas, porque se han convertido en herramientas computacionales e informáticas que procesan, sintetizan, recuperan y presentan información incorporada de la forma más variada, para registrar, almacenar y difundir contenidos digitalizados; la Dirección Nacional de Derecho de Autor no puede estar ajena a esta realidad, por lo que debe dotarse de instrumentos que le permitan el logro de dicho cometido, máxime cuando se han expedido normas que generan dicha obligación para las entidades del estado.
La Ley 1341 de 2009, a través de la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – TIC-, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otras disposiciones, establece en su artículo 2:
“Principios orientadores. La investigación, el fomento, la promoción y el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones son una política de Estado que involucra a todos los sectores y niveles de la administración pública y de la Sociedad, para contribuir al desarrollo educativo, cultural, económico, social y político e incrementar la productividad, la competitividad, el respeto a los Derechos Humanos inherentes a la inclusión social. Las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones deben servir al interés general y es deber del Estado promover su acceso eficiente y en igualdad de oportunidades, a todos los habitantes del territorio nacional”
El Artículo 5 señala:
“Las Entidades del Orden Nacional y Territorial y las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, TIC “Las Entidades del orden nacional y territorial promoverán, coordinarán y ejecutarán planes, programas y proyectos tendientes a garantizar el acceso y uso de la población, las empresas y las entidades públicas a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Para tal efecto, dichas autoridades incentivarán el desarrollo de infraestructura, contenidos y aplicaciones, así como la ubicación estratégica de terminales y equipos que permitan realmente a los ciudadanos acceder a las aplicaciones tecnológicas, que beneficien a los ciudadanos, en especial a los vulnerables y de zonas marginadas del país”.
De otra parte, el Artículo 3 de la misma Ley, hace especial énfasis en la formación xxx xxxxxxx humano en lo que respecta a las nuevas tecnologías de la información, al señalar lo siguiente:
(…) “El Estado reconoce que el acceso y uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el despliegue y uso eficiente de la infraestructura, el desarrollo de contenidos y aplicaciones, la protección a los usuarios, la formación xx xxxxxxx humano en estas tecnologías y su carácter transversal, son pilares para la consolidación de las sociedades de la información y del conocimiento”.
En el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 “Prosperidad para todos” en el capítulo III Crecimiento sostenible y competitividad subíndice A. 2 “Propiedad intelectual, instrumento de innovación” nos habla de los obstáculos para la utilización efectiva del sistema de propiedad intelectual, dentro de los cuales se destacan, la limitada promoción y aprovechamiento comercial de las creaciones protegidas por el derecho de autor y las industrias culturales, y la necesidad de modernizar los sistemas de información y la adecuación de la legislación a los retos del entorno digital y las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.
En cumplimiento de la misión y con el fin de fortalecer el Sistema de propiedad intelectual de derecho de autor e industrias creativas a nivel nacional, la DNDA formuló un Proyecto de Inversión ante el Departamento Nacional de Planeación para ejecutar en la vigencia 2013, el cual fue aprobado por este departamento, con la ficha BPIN No. 2011011000222
procediendo el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a asignar una partida presupuestal de conformidad con el Decreto No. 2715 del 27 de Diciembre de 2012 por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2013 por valor de
$930.585.000,oo.
Somos conscientes que las tecnologías de la información y las comunicaciones cambian rápidamente y forman una gran parte, a veces imperceptible, de todos los aspectos de nuestra vida y de las organizaciones y es por eso que la DNDA pretende adaptar la tecnología para que cada uno de sus servidores se convierta en una extensión de la entidad, brinde soluciones a tiempo en cualquier parte del mundo y a cualquier hora y los usuarios puedan acceder a nuestros servicios y encontrar una respuesta oportuna a sus inquietudes.
Para lograr lo anterior, la entidad busca implementar medidas que potenciarán el reconocimiento ante nuestros usuarios, mejorarán la eficiencia de nuestros funcionarios y aumentarán la calidad y la cobertura del servicio que ofrece la entidad. Implementar el modelo de Cloud Computing, permitirá a la DNDA utilizar una solución integral de tecnología, información, comunicaciones y operación de TIC con menores recursos económicos, mayor rapidez, cobertura, facilidad de integración y prestación de los servicios a comparación con la tecnología tradicional, realizar actualizaciones automáticas que no afectan la infraestructura tecnológica de la entidad y reducir el consumo de energía entre otros.
Adicionalmente, dentro de sus funciones la Entidad está difundir los temas en materia autoral a nivel nacional, a través de capacitaciones, por lo cual los funcionarios a menudo se desplazan en comisión oficial para atender actividades de tipo misional en territorio nacional como al exterior, los funcionarios comúnmente deben adelantar actividades misionales fuera de la entidad, pero por los compromisos institucionales y limitada planta de personal se hace necesario elaborar documentos, proyectar resoluciones, responder derechos de petición, realizar estudios, adelantar y proyectar documentos en los que están próximos a vencerse los términos legales, y demás labores que exigen el uso de equipos portátiles cuando los funcionarios se encuentran fuera de las instalaciones de la DNDA, pero que los mismos compromisos institucionales les exigen dar cumplimiento a sus labores dentro de términos para evitar sanciones y demandas en contra de la Entidad.
Actualmente el servicio de capacitación además de ser uno de los servicios más solicitados en la entidad, afronta importantes retos como el aumento constante en la demanda de formación por parte del público en general producto de la escasa oferta de las instituciones de enseñanza; por lo cual se hace necesario el fortalecimiento de esta actividad a través del uso de internet y las nuevas tecnologías. Atendiendo la ejecución de las actividades del proyecto de inversión aprobado por el Departamento Nacional de Planeación para la vigencia 2013.
Con el fin de cumplir con la misión de la entidad en relación con la debida y adecuada protección del derecho de autor y los derechos conexos y propender por una cultura de respeto hacia éstos, e incrementar los esfuerzos en torno de la sensibilización sobre el
tema, se hace necesaria la implementación de un Campus Virtual, donde puedan alojarse siete (7) diferentes cursos sobre derechos de autor y derechos conexos denominados de la siguiente manera:
1. Curso Básico.
2. Curso Audiovisual
3. Curso Industria Editorial
4. Curso Musical
5. Curso de Software
6. Curso Conciliación
7. Curso de Observancia
Todo lo anterior en atención al cumplimiento de las metas para el Cuatrienio 2010 – 2014 establecido en el Plan Nacional de Desarrollo respectivo.
Es del caso mencionar que en el año 2012 se contrató el desarrollo de siete contenidos dentro del alcance del objeto del Convenio Interadministrativo No DNDA- 016 de 2012, los cuales no se encuentran publicados; por lo anterior, se hace necesario, para cumplir con el objetivo detallado en el numeral 1 de la ficha BPIN con código No. 2011-01100-0222 , “IMPLEMENTACIÓN DE UN CAMPUS VIRTUAL INTEGRADO”, publicar el contenido de los cursos desarrollados, y de esta manera dar cumplimiento a lo que se pretende con dicha actividad, como es el permitir a la ciudadanía acceder a los cursos desarrollados en el año 2012.
2 ESPECIFICACIONES DEL CONTRATO A CELEBRAR
2.1 OBJETO
Contratar la implementación del Campus Virtual de la DNDA para la capacitación de mínimo dos mil usuarios a través de la plataforma Moodle; dicha implementación incluye la publicación, personalización, administración, entrega de reportes, y alojamiento y publicación de siete (7) cursos entregados por la Dirección Nacional de Derecho de Autor para la capacitación de dos mil alumnos durante un periodo de cuatro (4) meses, sin exceder el 31 de Diciembre de 2013
2.2 FICHA TÉCNICA
Los siguientes son los requisitos mínimos que deben cumplir los oferentes en relación con la implementación del Campus Virtual y las actividades que comprende el presente contrato: (Ver anexo No. 1).
Descripción requerimiento | Propuesto y garantizado |
Personalización y Montaje de la Plataforma LMS Moodle para los cursos virtuales entregados por la DNDA: Diseño y customización gráfica de la plataforma Moodle, basada en la imagen corporativa de la Dirección Nacional de Derecho de Autor |
de acuerdo con el Manual de Comunicaciones y el Manual de Imagen Corporativa de la entidad. Para lo cual deberán presentarse para aprobación por parte de la entidad, mínimo cuatro (4) diseños diferentes que sigan los derroteros y especificaciones técnicas contenidas en los manuales mencionados. | |
Personalización y organización de módulos especiales para la plataforma: Correo interno. Feeds de noticias. Galerías de imágenes. Repositorios de imágenes y videos. Configuración de Políticas de Usuario y del sitio. Activación de Plugins Multimedia en formatos: SWF, FLV, AVI entre otros. | |
Incorporación en la plataforma LMS de los siete (7) cursos virtuales entregados por la Dirección Nacional de Derecho de Autor y su publicación, cumpliendo con la norma SCORM 1.2 | |
Gestión de los cursos, que incluye: Matrícula de usuarios Generación de usuarios y contraseñas para acceder a cada uno de los cursos. Baja de usuarios. Montaje de información, Creación de cursos con programación de Fechas de apertura y cierre. Conformación de grupos. Asignación de cursos a usuarios. Configuración de roles. Envío de mensajes de recordación de actividades. Montaje de evaluaciones. Generación de encuestas y consultas. | |
Entrega de reportes semanales por curso: Asistencia. Estado de avance (iniciado – completado) Tiempo total de permanencia. Resultado de evaluaciones. Última página de avance. Certificaciones del curso. | |
Entrega de la base de datos de los alumnos, cursos y actividades realizadas bajo el marco del presente contrato. | |
Alojamiento y publicación de la plataforma en Hosting dedicado así: CPU 1600 Mhz mínimo Memoria RAM Mínimo 2 Gb Ancho xx xxxxx mínimo de 2GB Tráfico mensual mínimo de 1Gb Sostenibilidad del 99.9% |
Contar con un Call Center para la atención al usuario. Respaldo de datos (backup) Contar con un tiempo de detección de fallos de características “siete por veinticuatro” (7x24). |
2.2.1 PRODUCTOS A ENTREGAR
1. Entrega de la personalización de la plataforma de acuerdo con los requerimientos establecidos por la Dirección Nacional de Derecho de Autor especificados en el Manual de Comunicaciones así como en el Manual de Imagen Corporativa.
2. Reportes con la información requerida por la Dirección Nacional de Derecho de Autor, de acuerdo con la periodicidad acordada con antelación.
3. La entrega de la base de datos de los usuarios de la plataforma a la finalización del contrato.
4. Entrega de los cursos personalizados que se realicen durante la ejecución del contrato mismo al finalizar el mismo.
5. Entrega de reportes de disponibilidad del sitio web.
2.3 ALCANCE DEL OBJETO
Para efectos de la implementación y publicación del Campus Virtual de la Dirección Nacional de Derecho de Autor el proponente seleccionado se compromete a cumplir, además de las obligaciones inherentes al contrato y las derivadas de las disposiciones legales vigentes, con el desarrollo de las actividades que se mencionan a continuación:
Recibir, personalizar y publicar en la plataforma Moodle siete (7) cursos virtuales entregados por la DNDA conforme los requerimientos institucionales en un alojamiento con disponibilidad del 99.9%, cumpliendo con SCORM 1.2
Realizar la gestión administrativa de la plataforma para atender la capacitación de 2000 alumnos durante un tiempo máximo de cuatro (4) meses, sin exceder el 31 de Diciembre de 2013.
(Nota: La tutoría de los cursos será realizada por personal dispuesto por la DNDA)
Generar y entregar a la DNDA en medio digital los reportes académicos y estadísticos requeridos en la periodicidad que solicite la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
Entregar al finalizar el contrato en medio digital todo el contenido del campus virtual publicado, incluyendo personalización, bases de datos, etc.
3. MODALIDAD DE SELECCIÓN – FUNDAMENTO JURÍDICO
La selección del contratista para los servicios de implementación de Campus Virtual de la DNDA para la capacitación de dos mil alumnos a través de la plataforma Moodle se realizará mediante la modalidad de SELECCIÓN ABREVIADA – MENOR CUANTÍA de
acuerdo con Artículo 2 numeral 2 literal b) de la ley 1150 de 2007, teniendo en cuenta que por su cuantía y objeto se ajusta a lo dispuesto en la citada Ley.
El numeral 2º del Artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, establece que: “La selección abreviada corresponde a la modalidad de selección objetiva prevista para aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual.”
Teniendo en cuenta la naturaleza jurídica del contrato a celebrar, sus prestaciones y la cuantía del mismo que asciende a la suma de 110,85 SMLMV, el cual no supera el tope de la menor cuantía en consideración a que el presupuesto anual de la entidad determinado en SMLMV es inferior a 120.000, y la menor cuantía será hasta 280 SMLMV.
Por lo anterior el presente proceso de selección se adelantará bajo la modalidad de SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA, en virtud de lo establecido en el literal b) del numeral 2º del Artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el articulo
3.2.2.1 del Decreto 734 de 2012; y que además las características y condiciones de dicho servicio, no se enmarcan dentro de la definición de características técnicas uniformes.
En materia de publicidad del proceso de selección se debe observar y cumplir lo dispuesto por el Artículo 2.2.5 del Decreto Reglamentario 734 de 2012, referente a la convocatoria pública en los procesos de licitación, selección abreviada y concurso de méritos y lo señalado en el artículo 224 del Decreto 0019 de 2012.
4. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
Además de las condiciones técnicas establecidas en el numeral dos (2) de los presentes estudios sobre el alcance del objeto, de lo establecido en las fichas técnicas que obran como anexo del presente pliego, el CONTRATISTA deberá cumplir a cabalidad y en forma oportuna las siguientes obligaciones:
4.1 Generales:
a. Obrar con lealtad, responsabilidad y buena fe durante la ejecución del contrato.
b. Cumplir con el objeto y obligaciones del contrato, presentando los informes sobre el cumplimiento de éste al supervisor del contrato.
c. Tener en cuenta las observaciones y recomendaciones que formule el supervisor del contrato y el Director General con el fin de que el servicio se realice a entera satisfacción de la Entidad.
d. Pagar los impuestos si a ello hubiere lugar.
e. Hacer todas las recomendaciones que considere necesarias en relación con el desarrollo y ejecución del contrato.
f. Obrar con lealtad y buena fe en el desarrollo del contrato, evitando dilaciones innecesarias.
g. No ofrecer ni dar sobornos ni ninguna otra forma de halago a ningún funcionario público, en relación con su propuesta, con el proceso de contratación, ni con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de su propuesta.
h. No efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente proceso de contratación.
i. Dar cumplimiento al artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
j. Mantener indemne a la entidad frente a reclamaciones judiciales y extrajudiciales por los daños y perjuicios que se deriven de los actos, omisiones o hechos ocasionados por las personas que sean sub-contratistas o dependan del contratista.
k. Satisfacer las demás obligaciones a su cargo que se deriven de la naturaleza del contrato y de las exigencias legales.
l. Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión del contrato.
m. Las demás contenidas en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, y normas concordantes vigentes que sean aplicables, y aquellas obligaciones que se desprendan de la naturaleza contractual.
4.2 Especificas:
Para el correcto desarrollo del objeto contractual, el contratista seleccionado se encuentra obligado a:
a. Personalizar la plataforma virtual (LMS Moodle) para alojar los cursos de acuerdo con las directrices dadas por la Dirección Nacional de Derecho de Autor, especificadas en el Manual de Comunicaciones y en el Manual de imagen corporativa de la entidad.
b. Montar la plataforma LMS Moodle en la web destinada para el caso.
c. Diseñar y personalizar los cursos virtuales.
d. Poner a disposición del público en general los cursos virtuales.
e. Organizar los módulos especiales de los cursos.
f. Poner a disposición de los usuarios de los cursos un servicio de correo interno.
g. Establecer un Feed de noticias.
h. Poner a disposición del público, galerías de imágenes.
i. Elaborar y administrar un repositorio de conferencias.
j. Configurar las políticas de usuario y del sitio de acuerdo a las directrices de la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
k. Activar los recursos multimedia en formatos: SWF, FLV, AVI, entre otros.
l. Incorporar en la Plataforma LMS los siete (7) cursos virtuales entregados por la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
m. Administrar los cursos virtuales de acuerdo con las herramientas técnicas y tecnológicas y las necesidades propias de dicha actividad.
x. Xxxxxxxx informes periódicos y entregarlos a la Dirección Nacional de Derecho de Autor, de acuerdo con las peticiones que para el efecto sean hechas por ésta.
o. Entregar reportes de asistencia.
p. Entregar reportes del estado de avance del curso. (Iniciado y completado)
q. Entregar el reporte sobre el tiempo total de permanencia.
r. Entregar el reporte sobre el resultado de las evaluaciones.
s. Entregar reporte sobre la última página de avance.
t. Entregar las certificaciones del curso.
u. Entregar la base de datos de los usuarios de los cursos virtuales que compongan el Campus Virtual implementado en virtud del presente contrato.
v. Prestar el servicio de hosting dedicado de los cursos virtuales con una disponibilidad mínima del 99.9 %.
w. Garantizar reportes de fallos.
x. Poner a disposición del público un Call Center para atención de los usuarios.
y. Disponer de un tiempo de detección de fallos de siete por veinticuatro (7x 24).
5. COMPROMISO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR.
La DNDA brindará al contratista el apoyo necesario para el desarrollo del contrato, así, entregará toda la información que sea necesaria y facilitará el ambiente para la realización de gestión y las reuniones de trabajo y ejecución de labores entre el contratista, el supervisor del contrato y demás funcionarios que sea necesario para cumplir con el objeto contractual.
6. ANÁLISIS TECNICO Y ECONÓMICO QUE SOPORTA EL VALOR DEL CONTRATO
6.1 Variables para calcular el presupuesto
El presente proceso de selección se realizará con la persona jurídica que acredite lo establecido en la invitación a cotizar.
Para realizar el análisis que soporta el valor estimado del (los) contrato(s) que se pretende(n) realizar, se utilizaron las variables para el cálculo del presupuesto respectivo, se tomó como referencia el sondeo de precios xx xxxxxxx. Lo anterior permite reducir costos en la contratación de la administración garantizando los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, eficiencia, equidad, transparencia, responsabilidad y control social.
La consulta en el SICE no se realiza atendiendo lo dispuesto en el Artículo 222 del Decreto- Ley 19 de 2012, que lo eliminó. En consecuencia, las entidades estatales y los proponentes no deberán seguir cumpliendo las obligaciones derivadas de la Ley 598 de 2000.
Para efectos de estimar el presupuesto oficial indispensable para la contratación de los cursos virtuales, se tuvo como referencia el estudio xx xxxxxxx correspondiente.
El resultado del análisis de antecedentes, estudio xx xxxxxxx y consulta de precios, es el siguiente:
6.2 Estudio xx xxxxxxx:.
EMPRESA | Valor incluido IVA |
Tecknowledge | $53.476.000 |
Didacsis | $35.815.000 |
E-training | $44.080.000 |
Promedio | $44.457.000 |
Con base en el sondeo anterior, se puede establecer razonablemente que el costo promedio del presente proceso es de CUARENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL PESOS ($44.457.000.oo) incluido el IVA,
y todos los demás impuestos tasas y contribuciones a que hubiere lugar.
7. PRESUPUESTO ESTIMADO
Luego de valorar las necesidades de la Entidad para atender la seguridad funcional y de compatibilidad del aplicativo de Registro en Línea, producto de la ejecución del proyecto de inversión aprobado para la vigencia 2013 y realización de estudios xx xxxxxxx, se estableció como presupuesto oficial estimado la suma de CUARENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($45’000.000.oo) incluido el IVA, y todos los demás impuestos
tasas y contribuciones a que hubiere lugar, el cual se encuentra respaldado con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 11313 del 18 de Julio de 2013.
7.1 Forma de Pago:
Con sujeción a las apropiaciones presupuestales, al Programa Anual Mensualizado de Caja, a la situación de fondos por parte de la Dirección General de Crédito Público y xxx Xxxxxx Nacional y al correspondiente trámite administrativo, la DIRECCION pagará al CONTRATISTA el valor que se suscriba en el contrato de acuerdo con el desarrollo de las etapas previstas para la ejecución del objeto, previa presentación del respectivo informe de avance suscrito por parte del contratista, así:
1. El contratista recibirá un pago único del veinticinco por ciento (25%) DEL VALOR DEL CONTRATO, UNA VEZ CONCLUIDAS la personalización, implementación y configuración de la plataforma LMS requerida por la entidad, dentro de los treinta
(30) días siguientes a la expedición del recibo a satisfacción por parte del supervisor del contrato.
2. Tres pagos mensuales correspondientes cada uno al veinticinco por ciento (25%) por los servicios prestados de publicación, administración, entrega de reportes y soporte de la plataforma durante los tres (3) meses restantes que dure la ejecución del contrato, sin exceder el 31 de Diciembre de 2013, los cuales se pagarán de la siguiente manera:El contratista deberá facturar el servicio prestado dentro de los diez (10) primeros días del mes siguiente al período facturado. La no presentación oportuna de estos documentos implica el incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista y exonera a la DNDA del pago de intereses moratorios.
Nota: En todo caso el pago quedará sujeto a la aprobación final a satisfacción de cada uno de los servicios prestados y al correspondiente reporte de fallos y disponibilidad de los cursos y el servicio de hosting.
El contratista deberá llevar un estricto control de los servicios prestados. La entidad no responderá por el valor de los servicios que el contratista haya prestado en exceso del valor del contrato.
Cuando LA DNDA no pague al CONTRATISTA la suma pactada, dentro de los términos estipulados en el presente contrato y teniendo en cuenta la fecha en que la Entidad cuente con la disponibilidad del PAC, ésta reconocerá al CONTRATISTA como intereses xx xxxx el incremento mensual promedio del Índice de Precios al Consumidor certificado por el DANE entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año anterior.
8. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN.
El plazo de ejecución del contrato será por término de cuatro (4) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio entre el supervisor y el contratista, previo cumplimiento de
los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato, sin exceder del 31 de diciembre de 2013.
El lugar de ejecución será en la ciudad de Bogotá, en la calle 28 No. 13A-15 Piso 17, sede de la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
9. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITEN IDENTIFICAR LA OFERTA MAS FAVORABLE
La Dirección Nacional de Derecho de Autor, previo análisis comparativo de las ofertas que se ciñan a los requisitos establecidos en el pliego de condiciones, seleccionará el ofrecimiento más favorable a la Entidad y a los fines que ella busca, aplicando los mismos criterios para todas, lo que permite asegurar una selección objetiva y la escogencia del ofrecimiento más favorable para la entidad, teniendo en cuenta para el efecto lo dispuesto por el artículo 5 de la ley 1150 de 2007.
En primera instancia, serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgara puntaje alguno a los proponentes: CAPACIDAD JURIDICA, CAPACIDAD FINANCIERA, CAPACIDAD
TÉCNICA (Experiencia y Requisitos técnicos mínimos). La verificación de tales factores será CUMPLE/ NO CUMPLE y habilitarán a los proponentes para participar en la segunda fase del proceso.
9.1 REQUISITOS TÉCNICOS HABILITANTES
9.1.1 EXPERIENCIA PROBABLE DEL PROPONENTE
Teniendo en cuenta que esta experiencia es la derivada del tiempo en que el proponente ha podido ejercer su actividad y que la misma se verifica con la información que consta en el RUP, será necesario que los proponentes personas naturales o jurídicas, acrediten como requisito habilitante, 60 puntos por antigüedad de experiencia probable.
Lo anterior para los oferentes que a la fecha de cierre del presente proceso no hayan actualizado el RUP de acuerdo con el Decreto 734 de 2012.
Para los oferentes que a la fecha de cierre del presente proceso hayan actualizado el RUP de acuerdo con el Decreto 734 de 2012, deberán cumplir los siguientes requisitos:
Teniendo en cuenta que esta experiencia es la derivada del tiempo en que el proponente ha podido ejercer su actividad y que la misma se verifica con la información que consta en el RUP, será necesario que los proponentes personas naturales o jurídicas, acrediten como requisito habilitante, mínimo cinco (5) años de experiencia probable.
Si la PROPUESTA es presentada por unión temporal, la experiencia probable podrá ser cumplida teniendo en cuenta cada uno de sus miembros debe acreditar a través del RUP,
de manera independiente la experiencia probable solicitada, la cual en todo caso deberá corresponder a la actividad de PROVEEDOR.
9.1.2 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
El proponente deberá presentar TRES (3) certificaciones de contratos que hayan sido ejecutados y terminados en Colombia en los cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso, cuyo objeto sea igual o similar al del presente proceso y cuya sumatoria sea igual o superior al presupuesto oficial del presente proceso expresado en SMLMV.
9.1.3 ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES TÉCNICAS ANEXO 10.
La Dirección Nacional de Derecho de Autor requiere en el componente técnico del presente proceso contratar prestación de servicios implementación del Campus Virtual de la DNDA para la capacitación de dos mil usuarios en los términos y condiciones que se establecen en el anexo 10 Ficha técnica.
Para efectos de la verificación técnica el proponente deberá manifestar en la columna "Propuesto y garantizado" del anexo 10, la frase "ENTERADOS, OFERTAMOS Y NOS COMPROMETEMOS"
9.1.4 EQUIPO HUMANO MÍNIMO REQUERIDO
DESCRIPCION | Ca nt. | Formación | EXPERIENCIA GENERAL | Funciones | EXPERIENCIA ESPECIFICA | DEDICACIÓN DE TIEMPO AL PROYECTO |
9.1.4.1 Director / Gerente del Proyecto | 1 | Ingeniero de sistemas graduado con estudios de postgrado en áreas afines con gerencia de Proyectos, tecnología informática, telecomunicacio nes, Sistemas de Información e ingeniería de Software | Mínimo de 3 años de experiencia profesional. | Este profesional se encargará de: Diseñar y entregar el cronograma de trabajo Coordinar la ejecución del equipo de trabajo a fin de garantizar la ejecución del objeto contractual Servir de canal de comunicació n con el | Mínimo de 3 años desempeñán dose como coordinador o gerente de Proyectos de implementaci ón, montaje y publicación de Campus Virtuales. | 50% |
Supervisor del contrato nombrado por la DNDA | ||||||
9.1.4.2 Diseñador | 1 | Profesional en diseño gráfico | Deberá presentar documento que lo acredite como especialista en áreas afines con la Gerencia y/o Dirección de Proyectos de desarrollo informático y/o tecnológico, así como los proyectos que ha liderado. | Este profesional se encargará de: Diseñar, de acuerdo a los requerimient os de imagen institucional de la DNDA, la presentació n del contenido del Campus Virtual de la DNDA, así como de los demás elementos que se publiquen en la plataforma Moodle como parte de dicha publicación. | Dos (2) años de experiencia en diseño gráfico y xxxxxxxxxxxx xx xxxxxxxx y/o aplicaciones Web, con conocimiento s en Java y/o .NET, CSS 2.0, y estándares de presentación en la Web y de la W3C | 100% hasta que sea aprobado el diseño a publicar 50% según se requiera atender solicitudes de mejoras o cambios en el diseño del Campus Virtual |
9.1.4.3 Ingeniero de soporte | 1 | Ingeniero de sistemas | 3 años mínimo de experiencia profesional | Este profesional se encargará de: Garantizar la publicación, disponibilida d y correcta presentació n del contenido del campus virtual | Dos años de experiencia como webmaster o administrado r de sitios web | 100% a partir de la publicación del Campus Virtual |
Dar soporte y corregir cualquier inconvenient es que impidan a los usuarios acceder de manera funcional y eficiente al Campus Virtual |
NOTAS
a) La experiencia específica de los integrantes del equipo de trabajo se acreditará a través de certificaciones que cumplan las exigencias señaladas en el cuadro anterior, para lo cual deberá presentar hasta TRES (3) certificaciones de contratos que hayan sido ejecutados y terminados en Colombia en los cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso.
b) Se deberá adjuntar en la propuesta la hoja de vida de cada uno de los miembros del equipo de trabajo mínimo requerido. En caso de inconsistencia entre la información consignada en el formato de relación de experiencia del recurso humano mínimo requerido y la información contenida en los documentos que la soportan, prevalecerá esta última.
c) Las certificaciones de experiencia del recurso humano mínimo requerido serán expedidas por quienes directamente los contrataron o por la entidad para la que se realizaron los trabajos y en los que estos participaron.
d) Las certificaciones de experiencia requieren que los trabajos o proyectos se encuentren terminados y que hayan sido realizados por la persona a la que se acredita la experiencia y que dicha experiencia corresponda con la requerida para este proceso. Así mismo, las certificaciones deben establecer el tiempo de experiencia exigido en el rol certificado. Por otro lado, cuando las certificaciones de experiencia no permitan deducir toda la información necesaria para confirmar la experiencia específica solicitada, el oferente deberá adjuntar la documentación adicional necesaria.
f) Si el proponente es el mismo que certifica la experiencia del profesional propuesto, además de esta certificación, se deberá presentar fotocopia del contrato suscrito entre el proponente y el integrante del equipo de trabajo, a través
del cual se realizaron los trabajos certificados. En caso de no existir contrato suscrito, deberá allegar certificación de la junta directiva o junta de socios (la que corresponda), con el visto bueno del revisor fiscal o contador (en caso de no existir revisor fiscal), para acreditar la experiencia el profesional propuesto. Las certificaciones que acrediten la experiencia del personal propuesto, se considerarán expedidas bajo gravedad de juramento.
g) Las certificaciones firmadas por el mismo personal profesional propuesto, es decir, las auto certificaciones, no serán tenidas en cuenta.
h) Cuando una de las personas relacionadas en la propuesta como integrante del equipo de trabajo mínimo requerido, sea el mismo representante legal del proponente, para persona jurídica, no se requerirá la presentación de la carta de compromiso correspondiente, pues dicho compromiso queda entendido con la presentación de la oferta, a través de la carta de presentación de la misma.
i) La experiencia profesional será tenida en cuenta conforme lo establecido en el artículo 229 del Decreto 019 de 2012. En caso que el personal propuesto tenga experiencia en el exterior la documentación que suministre, deberá cumplir con lo preceptuado en la Ley 455 de 1998 y en el Decreto 106 de 2001.
j) En todo caso, para ejercer en Colombia, los nacionales colombianos graduados en ingeniería en el exterior, deben ostentar la respectiva Matrícula Profesional como
autorización estatal de dicho ejercicio. Así mismo, los ingenieros titulados y domiciliados en el extranjero, deberán estarse a lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley 842 de 2003, para la ejecución del contrato, en todo caso debe acreditar haber tramitado y obtenido la homologación del título ante el Ministerio de Educación Nacional.
k) La DNDA podrá solicitar aclaraciones a los documentos que acreditan la experiencia de los profesionales propuestos siempre y cuando con las mismas no
se mejore la oferta en sus aspectos ponderables.
l) Se deberán aportar también los siguientes documentos de cada integrante del equipo de trabajo mínimo requerido:
Fotocopia del título profesional o del acta de grado. Fotocopia de la tarjeta profesional de los ingenieros. Fotocopia de la Cédula de ciudadanía.
Soportes de experiencia.
m) Si se tratan de estudios obtenidos en el exterior, se deberá presentar la convalidación del título expedida por el Ministerio de Educación – SNIES, de acuerdo con lo señalado en la Ley 30 de 1992 y la Resolución 5547 de 2005
n.) Se deberá aportar carta de compromiso debidamente suscrita por el profesional y dirigida al proponente donde manifieste su absoluta disponibilidad para participar durante toda la ejecución del contrato en caso de ser adjudicatario.
9.1.6 RECURSO TÉCNICO
El proponente deberá garantizar el alojamiento y publicación de la plataforma en Hosting dedicado así:
CPU 1600 Mhz mínimo Memoria RAM Mínimo 2 Gb
Ancho xx xxxxx mínimo de 2GB Tráfico mensual mínimo de 1Gb Sostenibilidad del 99.9%
Contar con un Call Center para la atención al usuario. Respaldo de datos (backup)
Contar con un tiempo de detección de fallos de características “siete por
veinticuatro” (7x24).
De acuerdo con las características específicas de este proceso y para efectos de la evaluación técnica, los proponentes deberán cumplir con las exigencias, que como requisitos mínimos habilitantes, son solicitados en la presente convocatoria pública, teniendo en cuenta el anexo técnico que hace parte de ésta.
La no presentación de la propuesta, o la presentación sin el cumplimiento de las especificaciones técnicas, será causal del RECHAZO TÉCNICO de la misma.
9.2 PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La evaluación de las propuestas se efectuará a través de un estudio jurídico, financiero, económico y técnico, el cual se realizará dentro de la fecha establecida para el efecto en el cronograma que rige el presente proceso.
Tal procedimiento, comprenderá una verificación inicial respecto del cumplimiento en los requisitos habilitantes (capacidad jurídica, capacidad financiera, condiciones de experiencia, capacidad técnica) cuyo resultado será HABILITA O INHABILITA.
9.2.1 EVALUACIÓN TÉCNICA DE LAS PROPUESTAS ELEGIBLES.
Una vez la DNDA haya determinado que la (s) propuesta (s) cumplan los requisitos habilitantes, se catalogará como HABILITADA y se procederá a su evaluación y comparación.
La oferta más favorable para la entidad será aquella que obtenga el mayor puntaje de acuerdo con la evaluación de los criterios establecidos en el presente pliego de condiciones, por tanto, la ponderación de los factores de evaluación de las propuestas se hará con base en un máximo de mil (1000) puntos distribuidos de la siguiente forma:
FACTOR PUNTAJE | |
Apoyo a la industria nacional | 100 puntos |
Evaluación técnica | 500 puntos |
Evaluación económica | 400 puntos |
Total puntaje | 1000 puntos |
9.2.1.1 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
De conformidad con lo establecido en el artículo 4.2.1 y siguientes del decreto 734 de 2012, en concordancia con lo señalado en la ley 816 de 2003, para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje máximo de cien (100) puntos y se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 4.2.2 del Decreto 734 de 2012, que delimita lo relacionado con “servicios de origen nacional", disponiendo que “son aquellos prestados por empresas constituidas de
acuerdo con la legislación nacional, por personas naturales colombianas o por residentes en Colombia”,
De igual manera, conforme con lo establecido en el parágrafo del artículo 1 de la Ley 816 de 2003, modificado por el artículo 51 del Decreto 19 de 2012, se otorgará tratamiento de servicio de origen nacional a aquellos servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales.
Para el caso de la acreditación de la situación del parágrafo del artículo 1º de la Ley 816 de 2003, el oferente debe presentar la certificación expedida por el Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores que se acompañará a la documentación que se presente.
No se asignará puntaje, si se allega información incompleta o se obvia la información requerida en el presente numeral y en el Formato No. 14, debidamente suscrito por el representante legal.
Con base en lo anterior, los puntajes que se asignarán en cada uno de los casos serán:
Proponente que ofrezca su equipo de trabajo 100% nacional, o que acredite la situación del parágrafo del artículo 1º de la Ley 816 de 2003 | 100 puntos |
Proponente que ofrezca su equipo de trabajo nacional y extranjero | 50 puntos |
Proponente cuyo equipo de trabajo sea 100% extranjero | 0 puntos |
9.2.2 EVALUACIÓN TÉCNICA
El puntaje máximo establecido para la evaluación técnica es de quinientos (500) puntos, que se asignarán de la siguiente manera:
9.2.2.1 Recurso humano adicional al mínimo requerido 300 puntos.
El proponente que ofrezca recurso humano adicional al mínimo requerido como requisito habilitante, en los siguientes perfiles y cantidades, tendrá una asignación de puntaje así:
Perfil recurso humano adicional | Descripción | Puntos por cada integrante adicional | Máximo de puntos adicionales |
Ingeniero de Sistemas | Ingeniero de sistemas o similares | 100 puntos, hasta un máximo de 3 recursos adicionales. | 300 puntos |
La formalización del recurso humano adicional será realizada a través de carta firmada por el representante legal en donde garantizará la presentación e idoneidad del personal adicional ofertado.
El perfil de dicho recurso es el señalado en el ítem 9.1.4.3, y como tal, debe cumplir con los requerimientos señalados en dicho cuadro; así mismo, las certificaciones que demuestren dicho perfil deben cumplir lo señalado en las Notas que al final del mismo se relacionan.
9.2.2.2. Especificaciones técnicas del hosting adicionales al mínimo requerido 200 puntos.
El proponente que ofrezca las siguientes especificaciones adicionales al mínimo requerido tendrá una asignación de puntaje así:
Descripción | Detalle | Máximo de puntos adicionales |
Memoria RAM adicional al mínimo requerido (2Gb) | 4 Gb o superior | 100 |
Ancho xx xxxxx adicional al mínimo requerido (2Gb) | 4 Gb o superior | 100 |
Este ofrecimiento deberá ser formalizado mediante comunicación firmada por el representante legal del proponente en donde garantice que el Campus Virtual de la DNDA dispondrá de tales especificaciones durante el tiempo de duración del contrato.
9.2.3 EVALUACIÓN ECONÓMICA 400 PUNTOS
Este factor corresponde al precio ofertado por el proponente para la ejecución total del objeto contractual, e incluye todos los impuestos, tasas, contribuciones, costos directos e indirectos y gastos de toda índole en que los proponentes puedan incurrir para la presentación de su oferta, suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato resultante de este proceso de selección, que estarán a cargo del proponente o contratista. El factor económico será evaluado teniendo en cuenta que recibirá 400 PUNTOS quien ofrezca el menor precio del total de la oferta para el objeto a contratar. Las demás ofertas obtendrán un puntaje proporcional descendente, de acuerdo con el resultado que se obtenga al practicar una regla de tres inversa, es decir, a mayor precio menor puntaje.
10. TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES INVOLUCRADOS EN LA CONTRATACIÓN
En desarrollo de lo señalado en la Ley 1150 de 2007, artículo 4, artículo 3 y la ley 80 de 1993, artículo 25, numerales 7 y 12, art. 2.1.1 numeral 6 del decreto 734 de 2012 y con el fin de valorar el alcance del objeto contractual requerido por la entidad, como sustento y justificación de los factores de selección adoptados para el presente proceso licitatorio se
procede a realizar el análisis de riesgos de la contratación, su tipificación, estimación y asignación.
Se precisa que salvo las situaciones específicamente mencionados en el presente numeral y como principio general, EL CONTRATISTA como experto de negocio y como especialista, asumirá los efectos económicos de todas aquellos sucesos previsibles y de normal ocurrencia para las actividades que son objeto de la presente contratación. Por lo tanto, deberá asumir los riesgos asociados a su tipo de actividad ordinaria que sean previsibles, así mismo, asumirá aquellos riesgos propios de su actividad empresarial y de persona natural o jurídica que tiene que cumplir con determinadas cargas y deberes frente al Estado y la sociedad. En consecuencia, solo procederán reclamaciones por hechos o circunstancias imprevisibles no asignadas al contratista en la presente distribución de riesgos de la contratación. La Dirección Nacional de Derecho de Autor no estará obligada a efectuar reconocimiento económico alguno ni a ofrecer garantía que permita eliminar, prevenir o mitigar los efectos de los riesgos asumidos por el contratista.
Sólo en el evento que se demuestre por parte del contratista pérdida por la ocurrencia de situaciones imprevistas que no sean imputables a él, y se acepte tal situación por la entidad, se procederá al restablecimiento del equilibrio de la ecuación económica del contrato.
10.1 Mapa de riesgos
TIPIFICACION | ESTIMACION DEL RIESGO | ASIGNACION DEL RIESGO | ||||||
Tipología | Riesgo | Mitigación | Probabilidad de Ocurrencia | Impacto | Evaluación | Criticidad | Responsable | % |
Financiero | Variación o cambios en la disponibilidad o en el costo de los insumos necesarios para cumplir con el objeto | Gasto administrativo del contrato | 3 | 10 | 30 | Medio Alto | Contratista | 100% |
Legal | Imposición de nuevos tributos | Gasto administrativo del contrato | 1 | 20 | 20 | Medio | Contratista | 100% |
General de Operación | Falla en la cadena de suministros | Gasto administrativo del contrato | 1 | 20 | 20 | Medio | Contratista | 100% |
General de Operación | Falta de calidad de servicio o producto | Gasto administrativo del contrato | 1 | 20 | 20 | Medio | Contratista | 100% |
General de Estrategia | Nuevos Avances Tecnológicos | Elaboración de propuestas a corto plazo | 1 | 10 | 10 | Medio Baja | Contratista | 100% |
General de Estrategia | La cantidad de alumnos inscritos no permita cumplir la meta contratada | Plan de divulgación del Xxxxxx Xxxxxxx | 0 | 00 | 00 | Xxxxx Xxxx | XXXX | 100% |
Probabilidad de Ocurrencia | ||
Probabilidad | VALOR | |
ALTA | 3 | |
MEDIA | 2 | |
BAJA | 1 | |
Impacto | ||
Catastrófico | 20 | |
Moderado | 10 | |
Leve | 5 | |
Valoración del Impacto | ||
Valor del Impacto | Nivel del Impacto | Descripción |
20 | Catastrófico | Pérdidas Financieras enormes, alto grado de incumplimiento en el objeto del contrato |
10 | Moderado | Pérdidas Financieras considerables, alto grado de incumplimiento en el objeto del contrato |
5 | Leve | Pérdidas Financieras insignificantes, menor grado de incumplimiento en el objeto del contrato |
No obstante lo anterior, hasta la fecha límite prevista en el cronograma del proceso para la solicitud de aclaraciones, los posibles oferentes o interesados en participar en el proceso deberán manifestar a la entidad, teniendo en cuenta el conocimiento que tienen como expertos en su actividad ordinaria, la existencia de posibles riesgos asociados a la ejecución del contrato que puedan afectar el equilibrio económico del mismo, de conformidad con lo expresado por el artículo 863 del Código de Comercio, según el cual, las partes deberán proceder de buena fe exenta de culpa en el período precontractual, so pena de indemnizar los perjuicios que se causen.
En consecuencia, la Entidad no aceptará reclamaciones relacionadas con circunstancias previsibles por el contratista que afecten dicho equilibrio económico y que no hayan sido manifestadas por el mismo, en dicha audiencia o en tal plazo.
NOTA: Debe entenderse que los mecanismos contenidos en el contrato, permiten mantener las condiciones económicas y financieras existentes al momento de la presentación de la propuesta por parte del contratista y consecuentemente, están diseñados para restablecer y mantener la ecuación del equilibrio contractual, en los términos señalados en la Ley 80 de 1993.
11. MECANISMO DE COBERTURA DEL RIESGO:
De conformidad con lo establecido en el artículo 5.1.1 y siguientes del decreto 734 de 2012, el proponente adjudicatario se obliga a constituir a su xxxxx y a favor de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, una garantía única que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato y los demás riesgos asociados, la cual consistirá en una póliza expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia, constituida a partir de la fecha de suscripción del contrato y que contenga los siguientes amparos:
a) Cumplimiento: por un valor correspondiente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo contados a partir de la fecha de suscripción del contrato, y cuatro meses más.
b) Xxxxxxxx y prestaciones sociales: por un valor correspondiente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de firma del contrato.
c) Calidad del servicio: por un valor correspondiente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y cuatro meses más contados a partir de la terminación del contrato.
El proponente deberá aportar junto con la garantía única el recibo original del pago de la prima.
13. SUPERVISIÓN
La supervisión del contrato resultante del presente proceso designado por el Director General será el Coordinador de la Unidad de Sistemas de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, o quien haga sus veces.
14. INVITACION MYPES Y MIPYMES
De conformidad con lo dispuesto al Capítulo I del Título IV del Decreto 734 de 2012, es de anotar que realizada la conversión xxx xxxxx a moneda Nacional según la tasa cambiaria válida a la fecha de convocatoria del presente proceso de selección, se tiene que el presupuesto oficial correspondiente a CUARENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M/L ($45.000.000) IVA incluido, tasas e impuestos, es inferior a la suma de SETENTA Y CINCO MIL DOLARES (US 75.000), en consecuencia es procedente dar a aplicación a lo dispuesto al Capítulo I del Título IV del Decreto 734 de 2012, respecto a la convocatoria de MYPES y MIPYMES.
11. INDICACIÓN SI LA CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADA POR UN ACUERDO INTERNACIONAL O UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO VIGENTE PARA EL ESTADO COLOMBIANO.
De conformidad con el MANUAL EXPLICATIVO DE LOS CAPÍTULOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LOS ACUERDOS COMERCIALES NEGOCIADOS POR
COLOMBIA PARA ENTIDADES CONTRATANTES, expedido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y por el Departamento Nacional de Planeación, numeral 1.2.3 Exclusiones de aplicabilidad y excepciones. Establece: “… Los contratos hasta por US$125.000 que se encuentran para beneficio de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, equivalente a $235’558.000 hasta el 31 de diciembre de 2013. De acuerdo con esto, las contrataciones hasta por el monto señalado se encuentran excluidas del capítulo de compras y sobre las mismas no son predicables las obligaciones del acuerdo…”, por lo que para el presente proceso de contratación no se hace necesario la aplicación de algún Acuerdo Internacional o un Tratado de Libre Comercio vigente para el Estado Colombiano.
El presente estudio previo se expide a los dieciocho (18) días del mes de Julio de 2013.
DOCUMENTO ORIGINAL FIRMADO POR EL SUSCRITO XXXXXXX XXXXX XXXXXX
COORDINADOR DE LA UNIDAD DE SISTEMAS
ANEXO No.1
FICHA TÉCNICA
Los siguientes son los requisitos mínimos que deben cumplir los oferentes en relación con la implementación del Campus Virtual y las actividades que comprende el presente contrato: (Ver anexo No. 1).
Descripción requerimiento | Enterados, aceptamos y cumplimos | Número de folio de la propuesta |
Personalización y Montaje de la Plataforma LMS Moodle para los cursos virtuales entregados por la DNDA: Diseño y customización gráfica de la plataforma Moodle, basada en la imagen corporativa de la Dirección Nacional de Derecho de Autor de acuerdo con el Manual de Comunicaciones y el Manual de Imagen Corporativa de la entidad. Para lo cual deberán presentarse para aprobación por parte de la entidad, mínimo cuatro (4) diseños diferentes que sigan los derroteros y especificaciones técnicas contenidas en los manuales mencionados. | ||
Personalización y organización de módulos especiales para la plataforma: Correo interno. Feeds de noticias. Galerías de imágenes. Repositorios de imágenes y videos. Configuración de Políticas de Usuario y del sitio. Activación de Plugins Multimedia en formatos: SWF, FLV, AVI entre otros. | ||
Incorporación en la plataforma LMS de los siete (7) cursos virtuales entregados por la Dirección Nacional de Derecho de Autor y su publicación, cumpliendo con la norma SCORM 1.2 | ||
Gestión de los cursos, que incluye: Matrícula de usuarios Generación de usuarios y contraseñas para acceder a cada uno de los cursos. Baja de usuarios. Montaje de información, Creación de cursos con programación de |
Fechas de apertura y cierre. Conformación de grupos. Asignación de cursos a usuarios. Configuración de roles. Envío de mensajes de recordación de actividades. Montaje de evaluaciones. Generación de encuestas y consultas. | ||
Entrega de reportes semanales por curso: Asistencia. Estado de avance (iniciado – completado) Tiempo total de permanencia. Resultado de evaluaciones. Última página de avance. Certificaciones del curso. | ||
Entrega de la base de datos de los alumnos, cursos y actividades realizadas bajo el marco del presente contrato. | ||
Alojamiento y publicación de la plataforma en Hosting dedicado así: CPU 1600 Mhz mínimo Memoria RAM Mínimo 2 Gb Ancho xx xxxxx mínimo de 1GB Tráfico mensual mínimo de 1Gb Sostenibilidad del 99.9% Contar con un Call Center para la atención al usuario. Contar con un tiempo de detección de fallos de características “siete por veinticuatro” (7x24). |