ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PUEDEN ENCONTRARSE TAMBIÉN EN EL SITIO WEB:
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xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx/
1. GENERALES
1.1 Estos Términos y Condiciones Generales de Compra (en lo sucesivo TÉRMINOS DE COMPRA) aplican a todas las adquisiciones y compra de materiales, equipos y refacciones, materias primas; y todas las contrataciones de servicios y obras (en lo sucesivo BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS) por parte de Alpek Polyester S.A. de C.V., (en adelante ALPEK POLYESTER) y sus Afiliadas (según se define más adelante), a los proveedores de dichos BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS (en lo sucesivo EL PROVEEDOR), a menos que ALPEK POLYESTER acuerde por escrito lo contrario. EL PROVEEDOR reconoce y acepta que los TÉRMINOS DE COMPRA contenidos en el presente documento forman parte integral de la orden de compra que emita ALPEK POLYESTER (en lo sucesivo la ORDEN DE COMPRA), son vinculantes y lo obligan a su cumplimiento. Para efectos de este instrumento, se entenderá por Afiliadas, en relación con alguna de las partes, cualquier parte que controle, sea controlada o se encuentre bajo el control común con dicha parte. La ORDEN DE COMPRA, podrá, en su caso, incluir las modificaciones y actualizaciones necesarias, los cuales formarán parte integral de la ORDEN DE COMPRA. Asimismo, EL PROVEEDOR reconoce y acepta que los documentos comerciales para efectos de la presente ORDEN DE COMPRA incluirán (de forma enunciativa más no limitativa): (i) Licitación o solicitud de oferta de ALPEK POLYESTER,
(ii) Ofertas y/o citas de EL PROVEEDOR y (iii) Términos y condiciones de EL PROVEEDOR. En lo sucesivo los puntos (i),
(ii) y (iii) anteriores, referidos como los DOCUMENTOS COMERCIALES.
1.2 En caso de contradicción entre lo previsto en la ORDEN DE COMPRA, los TÉRMINOS DE COMPRA y los DOCUMENTOS COMERCIALES, ALPEK POLYESTER y EL PROVEEDOR reconocen y aceptan que aplicarán el siguiente orden de precedencia: 1. Contrato Mercantil (en su caso), 2. La ORDEN DE COMPRA. 3. Los TÉRMINOS DE COMPRA, y 4. Los DOCUMENTOS COMERCIALES.
1.3 La ORDEN DE COMPRA podrá ser modificada por mutuo acuerdo de ALPEK POLYESTER y EL PROVEEDOR, de conformidad con lo previsto en el punto 3.2 de los presentes TÉRMINOS DE COMPRA.
1.4 Las partes acuerdan que tanto el contenido, así como los datos proporcionados por EL PROVEEDOR de acuerdo con la Oferta de EL PROVEEDOR, así como los presentes TÉRMINOS DE COMPRA y las previsiones establecidas en la ORDEN DE COMPRA, son obligatorios para EL PROVEEDOR.
2. OFERTAS EN RESPUESTA A LAS LICITACIONES
2.1 Ninguna Oferta que genere EL PROVEEDOR causará costo o será obligatoria para ALPEK POLYESTER, aun cuando hayan sido presentadas a petición de ALPEK POLYESTER.
2.2 Salvo pacto por escrito en contrario, EL PROVEEDOR se obliga a que las Ofertas de EL PROVEEDOR tendrán una vigencia de al menos 30 (treinta) días contados a partir de su recepción por ALPEK POLYESTER, para que ALPEK POLYESTER, en su caso y a su entera discreción, los acepte o rechace.
3. ÓRDENES DE COMPRA, INFORMACIÓN ENTREGADA POR XXXXX XXXXXXXXX
3.1 Las ÓRDENES DE COMPRA serán válidas solamente si se presentan electrónicamente en el formato oficial de ALPEK POLYESTER, a través del sistema computacional vigente empleado por ALPEK POLYESTER. Las partes están de acuerdo que cualquier ORDEN DE COMPRA podrá incluir, en su caso y de ser aplicable, de manera enunciativa más no limitativa cualquier bosquejo, dibujo, diagrama, plano, comentario, especificación, etc.
3.2 La ORDEN DE COMPRA se considerará aceptada por EL PROVEEDOR, a menos que éste manifieste alguna inconformidad por escrito a la ORDEN DE COMPRA dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la misma. En este supuesto ALPEK POLYESTER revisará la inconformidad de EL PROVEEDOR y, en su caso, de considerarlo apropiado para ALPEK POLYESTER, éste último emitirá nuevamente una ORDEN DE COMPRA revisada, la cual incluirá los nuevos elementos acordados por ambas partes. No obstante, lo anterior, EL PROVEEDOR reconoce y acepta en este acto que ALPEK POLYESTER podrá discrecionalmente optar por anular la ORDEN DE COMPRA previamente expedida (la cual fue sujeta a la inconformidad de EL PROVEEDOR), sin incurrir en responsabilidad alguna de ALPEK POLYESTER frente a EL PROVEEDOR. Para efectos de cualquier modificación a la ORDEN DE COMPRA (referida en el punto 1.3 de estos TÉRMINOS DE COMPRA), ALPEK POLYESTER y EL PROVEEDOR acuerdan que, las modificaciones se considerarán aceptadas siempre y cuando no exista inconformidad de cualquiera de las partes, en un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la debida recepción de la ORDEN DE COMPRA modificada.
3.3 EL PROVEEDOR estará obligado a consultar a ALPEK POLYESTER si percibe algún error, ambigüedad u omisión en el contenido de la ORDEN DE COMPRA, incluyendo sin limitar los elementos relacionados con cantidad, especificaciones, precio y plazos. EL PROVEEDOR será responsable de familiarizarse con todo el contenido y las circunstancias relacionadas con la ORDEN DE COMPRA.
4. SUBCONTRATACIÓN
4.1 EL PROVEEDOR no subcontratará, salvo en los casos legalmente permitidos, ninguna parte del trabajo en los BIENES, Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS que deban ser proveídos en virtud de la ORDEN DE COMPRA sin el consentimiento previo y por escrito de ALPEK POLYESTER; en caso de que EL PROVEEDOR requiera subcontratar parte del trabajo a un tercero, deberá presentar a ALPEK POLYESTER una lista con todos los posibles subcontratistas y ALPEK POLYESTER en caso de estar de acuerdo con dicha subcontratación, podrá: (i) autorizar por escrito la participación de cualquier subcontratista contenido dentro de la lista presentada o (ii) solicitar a EL PROVEEDOR opciones adicionales (a las previamente presentadas en la lista para autorización) de subcontratistas, hasta en tanto ALPEK POLYESTER otorgue la mencionada autorización. EL PROVEEDOR deberá proporcionar a los subcontratistas previamente autorizados por ALPEK POLYESTER toda la información necesaria para que todos los requerimientos manifestados en la ORDEN DE COMPRA sean cubiertos por el subcontratista. No obstante que ALPEK POLYESTER autorice la participación de uno o más subcontratistas, EL PROVEEDOR será plenamente responsable ante ALPEK POLYESTER del cumplimiento de los requerimientos establecidos en la ORDEN DE COMPRA.
5. PRECIO Y FORMA DE PAGO
5.1 Salvo especificación en contrario en la ORDEN DE COMPRA, los precios acordados serán siempre precios fijos, sin ningún aumento o indexación, y permanecerán inamovibles hasta el cumplimiento de todos los términos y condiciones de la ORDEN DE COMPRA, e incluirán embalaje y costos xxx xxxxx, impuestos (sin considerar el Impuesto al Valor Agregado) y obligaciones, y cualquier otro costo o gasto que sea responsabilidad de EL PROVEEDOR conforme a la condición comercial DDP (Delivery Duty Paid) al domicilio que ALPEK POLYESTER haga saber a EL PROVEEDOR anticipadamente, de acuerdo a INCOTERMS 2020 o aquellos que los substituyan.
5.2 El Impuesto al Valor Agregado (IVA), impuestos de venta u otros impuestos aplicables se calcularán de forma separada en la factura que EL PROVEEDOR entregue a ALPEK POLYESTER derivados de los BIENES, Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, misma que deberá cumplir con todos los requisitos de acuerdo con la legislación aplicable vigente, así como cualquier otro requisito solicitado por ALPEK POLYESTER. Asimismo, y a solicitud de ALPEK POLYESTER, EL PROVEEDOR deberá presentar a consideración de ALPEK POLYESTER una factura proforma previa a la emisión de la factura definitiva.
5.3 El precio que deberá pagar ALPEK POLYESTER a EL PROVEEDOR por concepto de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, será cubierto por ALPEK POLYESTER conforme a lo que ambas partes acuerden en la ORDEN DE COMPRA.
5.4 Si ALPEK POLYESTER efectúa cualquier pago anticipado, EL PROVEEDOR deberá otorgar a satisfacción de ALPEK POLYESTER, una garantía bancaria irrevocable e incondicional o seguro de caución emitido por compañía de seguro reconocida en la plaza, pagadera a favor de ALPEK POLYESTER al primer requerimiento, por el monto correspondiente a los pagos anticipados efectuados por ALPEK POLYESTER a EL PROVEEDOR; dicha garantía deberá ser emitida por una institución financiera aceptable para ALPEK POLYESTER y será válida hasta la aceptación final por ALPEK POLYESTER de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS por EL PROVEEDOR, de conformidad con la ORDEN DE COMPRA
5.5 En caso de retraso en la entrega por parte de EL PROVEEDOR de los certificados de los materiales solicitados, los documentos de calidad, documentos de importación, listas de empaque o cualquier otro documento relativo a los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS requeridos en la ORDEN DE COMPRA, ALPEK POLYESTER estará facultado para extender cualquier término de pago acordado, en los términos que a su solo juicio sean necesarios.
5.6 ALPEK POLYESTER se reserva el derecho de deducir de los derechos de cobro de EL PROVEEDOR, mediante compensación, cualquier derecho de cobro que tenga ALPEK POLYESTER o sus Afiliadas frente a EL PROVEEDOR o sus Afiliadas. EL PROVEEDOR solo estará facultado para ceder a terceros derechos de cobro en contra de ALPEK POLYESTER mediante consentimiento previo por escrito de un representante autorizado de XXXXX XXXXXXXXX.
5.7 Durante un periodo de 2 (dos) años posteriores a la entrega de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS por EL PROVEEDOR, ALPEK POLYESTER podrá, de acuerdo a su solicitud, auditar todos los registros de EL PROVEEDOR relacionados a los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS a fin de garantizar el cumplimiento de los requerimientos acordados en la ORDEN DE COMPRA. Para propósitos de la auditoría, EL PROVEEDOR deberá de poner todos sus libros y registros a disposición de ALPEK POLYESTER durante horas y días hábiles previa notificación y permitirá a ALPEK POLYESTER tener acceso a las instalaciones de EL PROVEEDOR, en tanto sea necesario para conducir la auditoría. En caso de ALPEK POLYESTER determine que EL PROVEEDOR incumplió con los requerimientos de la ORDEN DE COMPRA, EL PROVEEDOR está de acuerdo y se obliga a cumplir con las garantías estipuladas en la Sección 15 de los presentes TÉRMINOS DE COMPRA.
6. MATERIALES DE LIBRE EXPEDICIÓN / HERRAMIENTAS Y EQUIPOS
6.1 La propiedad de los materiales, las herramientas y/o los equipos suministrados por ALPEK POLYESTER (MATERIALES DE LIBRE EXPEDICIÓN) para la ejecución de una ORDEN DE COMPRA, aún después de su
procesamiento, será exclusivamente de ALPEK POLYESTER. Dichos MATERIALES DE LIBRE EXPEDICIÓN deberán ser identificados por EL PROVEEDOR como propiedad de XXXXX XXXXXXXXX y deberán ser almacenados separadamente de los de EL PROVEEDOR. EL PROVEEDOR deberá notificar inmediatamente y por escrito a ALPEK POLYESTER de cualquier defecto o cantidad insuficiente en los MATERIALES DE LIBRE EXPEDICIÓN. Los MATERIALES DE LIBRE EXPEDICIÓN puestos a disposición de EL PROVEEDOR por ALPEK POLYESTER, deberán ser usados exclusivamente para la ejecución de la ORDEN DE COMPRA emitida por ALPEK POLYESTER. Los materiales sobrantes del procesamiento de los MATERIALES DE LIBRE EXPEDICIÓN deberán ser devueltos en forma inmediata a ALPEK POLYESTER, de acuerdo con el procedimiento establecido por ALPEK POLYESTER para tal efecto.
7. FECHA DE ENTREGA Y CONSECUENCIAS DE LOS RETRASOS
7.1 EL PROVEEDOR se compromete a hacer las entregas en el término acordado y establecido en la ORDEN DE COMPRA. Salvo acuerdo por escrito en contrario, la entrega de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS deberá hacerse DDP (Delivery Duty Paid) al domicilio que ALPEK POLYESTER haga saber a EL PROVEEDOR anticipadamente. Los términos comerciales como DDP, FOB, CIF, EX WORKS, etc., deberán ser interpretados de conformidad con INCOTERMS 2020 o aquellos que los substituyan. EL PROVEEDOR podrá efectuar a ALPEK POLYESTER entregas anticipadas de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS. En este supuesto, ALPEK POLYESTER se reserva el derecho de objetar la recepción anticipada de dichos BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, en cuyo caso EL PROVEEDOR deberá efectuar la entrega en la fecha establecida en la ORDEN DE COMPRA. La fecha de la entrega prevista en la ORDEN DE COMPRA se considerará cumplida si: a) Para el caso de entregas en fábrica (EXW conforme a los INCOTERMS 2020 o aquellos que los substituyan), la preparación para el envío de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, incluyendo todos los documentos, ha sido notificada a ALPEK POLYESTER antes del vencimiento de la fecha de entrega; b) Para el resto de los casos, cuando los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, incluyendo todos los documentos correspondientes previstos en la ORDEN DE COMPRA, hayan sido debidamente entregados en el lugar del destino conforme al INCOTERM 2020 (o aquellos que los substituyan) acordado por las partes, y los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS han sido aceptados por ALPEK POLYESTER antes del vencimiento de la fecha de entrega.
7.2 EL PROVEEDOR deberá notificar de forma inmediata y por escrito a ALPEK POLYESTER de los retrasos previsibles en la entrega de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, manifestando las razones del retraso y la duración aproximada de esta demora, sin importar si se trata de todo o de una parte de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS. EL PROVEEDOR está obligado a llevar a cabo a su costo, todas las medidas necesarias para prevenir o remediar las demoras en la entrega de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS.
7.3 Si la fecha estipulada en la ORDEN DE COMPRA que ha sido acordada para la entrega de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS no se cumple debido a razones no atribuibles a ALPEK POLYESTER, entonces, EL PROVEEDOR acepta que: (i) ALPEK POLYESTER tendrá el derecho (enunciativo mas no limitativo) de: (a) cancelar la ORDEN DE COMPRA, sin responsabilidad alguna y sin necesidad de notificación previa al EL PROVEEDOR, (b) exigir el reembolso total de todos los pagos efectuados anticipadamente a EL PROVEEDOR, (c) a opción de ALPEK POLYESTER, demandar el cumplimiento forzoso de la ORDEN DE COMPRA, (d) demandar el pago de daños y perjuicios y cualquier otro derecho que le corresponda por ley, y (e) ejecutar la garantía bancaria referida en la Sección 5.4 de los presentes TÉRMINOS DE COMPRA. En relación con el punto (b) referido anteriormente, si EL PROVEEDOR no devuelve a ALPEK POLYESTER el total de los fondos de los pagos anticipados efectuados por ALPEK POLYESTER dentro de los 5 (cinco) días naturales siguientes a la solicitud que para tal efecto reciba de ALPEK POLYESTER, a la cantidad debida por EL PROVEEDOR a ALPEK POLYESTER le será cargada un interés del 1.5% (uno punto cinco por ciento) por mes y hasta un máximo de 18% (dieciocho por ciento) por año, respecto de cualquier saldo de pagos anticipados. Adicionalmente, EL PROVEEDOR deberá reembolsar a ALPEK POLYESTER de forme enunciativa mas no limitativa, el monto total generado por los gastos de cualquier cobranza judicial o extrajudicial relacionada con la falta de pago, así como los honorarios de abogados; y a opción de ALPEK POLYESTER, EL PROVEEDOR deberá proporcionar todo el trabajo o servicios que haya sido avanzado hasta la fecha de entrega estipulada en la ORDEN DE COMPRA, y ALPEK POLYESTER pagará el monto que a su juicio corresponda como valor de dicho trabajo avanzado.
7.4 Excepto en los casos de demora en la entrega de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS causados por un evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor (según se estipula en la Sección 18 de estos TÉRMINOS DE COMPRA), ALPEK POLYESTER, en caso de demora de EL PROVEEDOR podrá perseguir cualquier derecho previsto por ley, independientemente de si EL PROVEEDOR ha notificado la demora o si las partes hubieren acordado alguna pena convencional. Sin contravenir lo estipulado anteriormente, ALPEK POLYESTER aplicará penas convencionales a EL PROVEEDOR en los casos de demora en la entrega de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, así como ante el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo de EL PROVEEDOR, estipuladas en estos TÉRMINOS DE COMPRA; dicha pena convencional consistirá en un importe equivalente al porcentaje del 2% semanal hasta topar en un 10% (Diez por Ciento) del monto total facturado, en el mes calendario en que se dé el atraso, deficiencia o incumplimiento en la entrega de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, así como ante el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo de EL PROVEEDOR en estos TÉRMINOS DE COMPRA.
7.5 Si la fecha de la entrega establecida en la ORDEN DE COMPRA no ha sido cumplida por EL PROVEEDOR, y ALPEK POLYESTER no ejerce sus derechos descritos en la Sección 7.3 anterior, EL PROVEEDOR deberá pagar una pena convencional por el mencionado retraso, así como los daños y perjuicios causados por la demora. Esta pena convencional será determinada en la ORDEN DE COMPRA respectiva.
7.6 EL PROVEEDOR no estará facultado para argumentar como defensa de su incumplimiento, cualquier falta de entrega de los DOCUMENTOS COMERCIALES, los MATERIALES DE LIBRE EXPEDICIÓN u otros objetos que deban ser suministrados por ALPEK POLYESTER.
8. EMBALAJE Y ENVÍO
8.1 Salvo acuerdo en contrario por escrito entre las partes, los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS deberán ser enviados DDP conforme a los INCOTERMS 2020 (o aquellos que los substituyan), a las instalaciones designadas por ALPEK POLYESTER. EL PROVEEDOR será responsable por el embalaje conveniente y adecuado conforme a la Experiencia y Prácticas Prudentes y de la Industria y de cumplimiento de los estándares comercialmente aceptados en el ámbito nacional e internacional, protegiendo los bienes de daños y afectaciones hasta en tanto se transfiera la propiedad de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS a ALPEK POLYESTER. Cuando se pacta usar un embalaje especial, las instrucciones de embalaje de ALPEK POLYESTER se deberán cumplir estrictamente. EL PROVEEDOR será responsable por los daños y perjuicios causados por el embalaje inapropiado y/o la inobservancia de las instrucciones de ALPEK POLYESTER. Los costos y gastos incurridos por EL PROVEEDOR en el cumplimiento de la Sección 8.1 serán de responsabilidad exclusiva de EL PROVEEDOR y ya se encuentran incluidos en el valor de la ORDEN DE COMPRA.
8.2 ALPEK POLYESTER tendrá el derecho de devolver, y EL PROVEEDOR deberá reembolsar a ALPEK POLYESTER, cualquier parte de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS que esté dañada como resultado del embalaje inapropiado, o la inobservancia de EL PROVEEDOR respecto de las instrucciones específicas de embalaje. Cualquier costo o gasto relacionado a la devolución de los bienes dañados deberá ser a cargo de EL PROVEEDOR. De darse la situación antes mencionada, EL PROVEEDOR deberá, a elección de ALPEK POLYESTER: (i) sustituir, a su costo, la parte de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS que estuvieren dañados por otros que sean nuevos, o bien, estén en buen estado, a juicio exclusivo de ALPEK POLYESTER, o (ii) reembolsar a ALPEK POLYESTER el equivalente a la cantidad pagada por éste al EL PROVEEDOR correspondiente a los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS que estuvieran dañados, así como cualquier otro costo o gasto adicional incurrido por ALPEK POLYESTER derivado de esta circunstancia.
8.3 En aquellos casos en que se requiera de especial cuidado al momento de desempacar algunos bienes, EL PROVEEDOR deberá notificar por escrito a ALPEK POLYESTER las instrucciones adecuadas para dicho desembalaje, previamente a la entrega de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS correspondientes. No obstante, lo anterior, EL PROVEEDOR deberá colocar una advertencia adecuada y evidente en el embalaje.
8.4 Todos los materiales comprados bajo el concepto “Ex Works” (conforme a INCOTERMS 2020 o aquellos que lo substituyan) serán enviados por EL PROVEEDOR mediante transportistas designados por ALPEK POLYESTER. Sin embargo, si el transportista designado no se encuentra disponible, o es considerado no apto por EL PROVEEDOR, éste solicitará por escrito la designación por parte de ALPEK POLYESTER de un nuevo transportista.
9. CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES APLICABLES
9.1 EL PROVEEDOR garantiza que cumplirá con todas las leyes aplicables, tratados, normas, reglamentos, disposiciones, circulares, regulaciones, reglas generales, órdenes, normas, normas oficiales y resoluciones aplicables, nacionales y extranjeras, incluyendo aquéllos provenientes de instancias gubernamentales, departamentos, organismos, comisiones y órganos jurisdiccionales competentes en relación a la venta y entrega de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS especificados en la ORDEN DE COMPRA (incluyendo, pero no limitado a las Leyes en materia laboral; de seguridad social; tributarias; ambientales; sanitarias; aduaneras; mercantiles y comerciales; propiedad industrial e intelectual; protección de datos personales; anticorrupción; antisoborno; de prevención y eliminación de la discriminación; de igualdad; de competencia económica; etcétera. EL PROVEEDOR proporcionará todos los documentos requeridos para la exportación del lugar de producción y la importación al lugar de uso final, incluyendo sin limitación, los certificados de origen, las licencias de exportación e importación, los formularios de seguridad de los materiales, etc. De igual forma EL PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones y normatividad aplicable en materia laboral, de seguridad, salud en el trabajo y, sujeto a las disposiciones de la Sección 15.12, de protección del medio ambiente, y todas las demás disposiciones aplicables. En la medida en que el personal de EL PROVEEDOR deba ingresar a la propiedad o lugar de ALPEK POLYESTER, EL PROVEEDOR deberá garantizar que su personal cumple con las políticas y procedimientos de salud, seguridad y medioambiente de ALPEK POLYESTER en relación y de conformidad con la Sección 16 de los presentes TÉRMINOS DE COMPRA.
10. ENTREGA
10.1 Las entregas parciales que no hubieren sido así acordadas en la ORDEN DE COMPRA, no serán aceptadas sin el consentimiento previo y por escrito de ALPEK POLYESTER.
10.2 EL PROVEEDOR asume la responsabilidad de inspeccionar los bienes antes del envío y entrega de estos para asegurarse de que cumplan los requerimientos de la ORDEN DE COMPRA, incluyendo sin limitación las especificaciones relativas a la
cantidad y calidad. Solamente los materiales que han aprobado la inspección serán entregados a ALPEK POLYESTER en los términos acordados.
10.3 Cada envío deberá incluir de forma enunciativa mas no limitativa cartas, notas de entrega, remisión, facturas, bill of lading (en lo sucesivo referidos DOCUMENTOS DE ENTREGA) detallados que incluyan las instrucciones especiales de ALPEK POLYESTER, las referencias, la confirmación de que la inspección ha sido realizada, y principalmente, el número de la ORDEN DE COMPRA de ALPEK POLYESTER, entre otros. Para entregas en diferentes ubicaciones o locaciones, ALPEK POLYESTER requiere que EL PROVEEDOR remita los DOCUMENTOS DE ENTREGA aplicables, por separado.
10.4 EL PROVEEDOR proporcionará una copia de su factura, a ALPEK POLYESTER. La cual deberá adjuntarse a los DOCUMENTOS DE ENTREGA que envía EL PROVEEDOR. Cualquier costo generado por la falta de cumplimiento a esta provisión será absorbido por EL PROVEEDOR.
10.5 Todos los DOCUMENTOS DE ENTREGA deberán incluir el número de la ORDEN DE COMPRA, la fecha de la ORDEN DE COMPRA y las cantidades especificadas. Adicionalmente las notas de remisión deberán indicar el peso bruto y neto de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, así como el domicilio del lugar de la entrega de conformidad con la ORDEN DE COMPRA.
11. CONTROL DE COMERCIO EXTERIOR
11.1 EL PROVEEDOR por este medio representa y garantiza que cumple y seguirá cumpliendo con los requerimientos de todas las leyes y regulaciones de exportación aplicables, incluyendo sin limitación, la Ley de Comercio Exterior Mexicana, la Ley General de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, las Regulaciones Administrativas de Exportación de los Estados Unidos de América y las Regulaciones Internacionales sobre el Tráfico xx Xxxxx, Regulaciones de Control de Exportación de los Estados Unidos de América y de los Estados Unidos Mexicanos Tales requerimientos incluyen, pero no están limitados a la obtención de todas las autorizaciones o licencias requeridas para la importación, exportación o la reexportación de cualquier artículo, producto, materia prima, software o tecnología controlados. EL PROVEEDOR además representa y garantiza que no ha estado, y no está actualmente, excluido, suspendido y no le ha sido impuesta prohibición o restricción para la exportación, reexportación, recepción, compra, procesamiento o cualquier otro modo de obtención de ningún artículo, producto, materia prima, software o tecnología regulada por cualquier agencia de México, Estados Unidos de América o de cualquier otro Estado o País. EL PROVEEDOR acuerda indemnizar y dejar libre a ALPEK POLYESTER de cualquier daño, costo, gasto, penalización u otras pérdidas causadas o relacionadas con alguna violación o incumplimiento de las garantías contenidas en esta disposición.
12. TRANSMISIÓN DE PROPIEDAD Y RIESGOS
12.1 La transmisión de propiedad y riesgos tendrá lugar en el momento y en el sitio en que los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, o parte de ellos, hayan sido entregados por EL PROVEEDOR a ALPEK POLYESTER de acuerdo con el término comercial de INCOTERMS 2020 (o aquellos que lo substituyan) establecido en la ORDEN DE COMPRA. Una vez que se haya efectuado la transmisión de propiedad y entrega, EL PROVEEDOR podrá almacenar los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS sin costo para ALPEK POLYESTER, y los marcará como propiedad de ALPEK POLYESTER. En este caso, EL PROVEEDOR se encargará del almacenaje y aseguramiento de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS como si la propiedad no se hubiera transmitido.
12.2 Si los DOCUMENTOS DE ENTREGA requeridos no son proporcionados de conformidad con la ORDEN DE COMPRA y/o las instrucciones de ALPEK POLYESTER, los bienes serán almacenados a costo y riesgo de EL PROVEEDOR hasta la llegada de los mismos.
12.3 EL PROVEEDOR deberá (i) presentar la información de seguridad que cumpla con las leyes aplicables, (ii) cumplir con las regulaciones internas del sitio de ALPEK POLYESTER y (iii) obtener la aprobación de ALPEK POLYESTER, antes de introducir cualquier material peligroso en las instalaciones de ALPEK POLYESTER. Para tales efectos se considera como “material peligroso” aquellas substancias peligrosas, sus remanentes, sus envases, embalajes y demás componentes que conformen la carga que será transportada por las unidades, tal como lo señala la Norma Oficial Mexicana NOM-002-SCT/2011, el “Listado de las Substancias y Materiales Peligrosos Más Usualmente Transportados” publicados en el Diario Oficial de la Federación, el día 27 de enero de 2012. Todos estos BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS deberán ser debidamente identificados y estrictamente controlados por EL PROVEEDOR en cuanto a su uso. El almacenamiento y traslado de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, así como la protección del personal que trata dichos materiales deberán cumplir con las disposiciones aplicables vigentes.
13. TERMINACIÓN ANTICIPADA Y RESCISIÓN.
13.1 TERMINACIÓN ANTICIPADA.
ALPEK POLYESTER, a su sola discreción y sin incurrir en responsabilidad alguna frente a EL PROVEEDOR, podrá dar por terminado anticipadamente la ORDEN DE COMPRA, en todo o en parte, en cualquier momento mediante notificación por escrito que para tal efecto envíe a EL PROVEEDOR. En este caso, (i) ALPEK POLYESTER deberá reembolsar a EL PROVEEDOR únicamente aquellos gastos razonables efectivamente incurridos por EL PROVEEDOR durante la ejecución de la ORDEN DE COMPRA (con antelación a la fecha de notificación de la terminación anticipada por parte de ALPEK POLYESTER) que cuenten con el soporte documental correspondiente, aceptable a satisfacción de ALPEK POLYESTER y (ii) ALPEK POLYESTER deberá cubrir aquellos gastos razonables que EL PROVEEDOR tuviera que incurrir como resultado de dicha terminación anticipada, siempre y cuando los gastos estén documentados por EL PROVEEDOR a satisfacción de ALPEK POLYESTER. Los gastos mencionados en esta Sección 13.1, incisos (i) y (ii), no incluirán utilidades, costos y gastos fijos, gastos indirectos, regalías, costos de desarrollo y otros gastos similares de EL PROVEEDOR. En adición a lo anterior las partes acuerdan que ALPEK POLYESTER no estará obligado al pago de daños o perjuicios por razón de terminación anticipada. En consideración al pago realizado, EL PROVEEDOR deberá entregar o ceder a ALPEK POLYESTER el trabajo realizado hasta ese momento, y ALPEK POLYESTER estará facultado para usar el mencionado trabajo a su sola discreción. En caso de terminación anticipada, EL PROVEEDOR deberá entregar o ceder a ALPEK POLYESTER el trabajo realizado en relación con la ORDEN DE COMPRA hasta la fecha de la notificación de ALPEK POLYESTER y deberá otorgarle el derecho a usar (o haber usado) todos los documentos de EL PROVEEDOR requeridos para la terminación de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS. Cualquier monto adeudado a EL PROVEEDOR por bienes o servicios que hayan sido completados por el mismo PROVEEDOR, conforme a los términos de la ORDEN DE COMPRA, anteriores a la terminación anticipada, estarán sujetos a la deducción de los costos y gastos adicionales para el cumplimiento de la ORDEN DE COMPRA y otros daños incurridos por ALPEK POLYESTER como resultado del incumplimiento de EL PROVEEDOR. En caso de pagos efectuados anticipadamente, éstos deberán ser devueltos a ALPEK POLYESTER con sus correspondientes intereses.
13.2 RESCISIÓN.
En caso de que EL PROVEEDOR sea declarado en quiebra o concurso mercantil, o haga una cesión general en beneficio de sus acreedores, o si un síndico fuere nombrado a causa del concurso mercantil de EL PROVEEDOR, o en el caso de que EL PROVEEDOR incumpla cualquier disposición o requerimiento de conformidad con la ORDEN DE COMPRA, ALPEK POLYESTER podrá, mediante notificación por escrito a EL PROVEEDOR, sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso que ALPEK POLYESTER pudiera tener conforme a la ley aplicable, dar por rescindida la ORDEN DE COMPRA. En caso de dicha rescisión, ALPEK POLYESTER podrá completar el cumplimiento de la ORDEN DE COMPRA por los medios que ALPEK POLYESTER considere apropiados, y EL PROVEEDOR será responsable de cualquier otro costo o gasto adicional en que incurra ALPEK POLYESTER en dicho cumplimiento. En caso de rescisión, EL PROVEEDOR deberá entregar o ceder a ALPEK POLYESTER el trabajo realizado en relación con la ORDEN DE COMPRA hasta la fecha de la notificación de ALPEK POLYESTER y deberá otorgarle el derecho a usar (o haber usado) todos los documentos de EL PROVEEDOR requeridos para la terminación de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS. Cualquier monto adeudado a EL PROVEEDOR por bienes o servicios que hayan sido completados por EL PROVEEDOR conforme a los términos de la ORDEN DE COMPRA, anteriores a la rescisión, estarán sujetos a la deducción de los costos y gastos adicionales para el cumplimiento de la ORDEN DE COMPRA y otros daños incurridos por ALPEK POLYESTER como resultado del incumplimiento de EL PROVEEDOR. En caso de pagos efectuados anticipadamente, éstos deberán ser devueltos a ALPEK POLYESTER con sus correspondientes intereses.
14. AUDITORIAS, INSPECCIONES, Y REFACCIONAMIENTO.
14.1 ALPEK POLYESTER o sus representantes estarán facultados, bajo su propio costo y mediante notificación razonable, para llevar a cabo inspecciones y verificaciones durante la fabricación en los sitios de EL PROVEEDOR, para inspeccionar, entre otros conceptos, el cumplimiento de especificaciones y materiales de construcción y para rechazar partes defectuosas durante la fabricación de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS. Las inspecciones o verificaciones no relevarán a EL PROVEEDOR de su plena responsabilidad por todos los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS.
14.2 De igual forma, ALPEK POLYESTER o sus representantes estarán facultados para llevar a cabo auditorías a los registros de EL PROVEEDOR, incluyendo libros, documentos, contratos y cualquier otra información que a criterio de ALPEK POLYESTER pudiera afectar a la ORDEN DE COMPRA excepto (a) el costo de los materiales, equipos o productos adquiridos por EL PROVEEDOR y (b) el margen de utilidad de EL PROVEEDOR.
14.3 La aprobación que ALPEK POLYESTER llegare a efectuar de cualesquier dibujos, planos, documentos o similares no relevará a EL PROVEEDOR de su plena responsabilidad sobre los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS.
14.4 A más tardar al momento de la entrega, EL PROVEEDOR deberá proporcionar a ALPEK POLYESTER en las cantidades e idiomas solicitados los diseños fínales, los exámenes de certificación, las instrucciones de operación y mantenimiento, y las listas de las piezas de repuesto requeridas para el propio mantenimiento de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS de acuerdo a la ORDEN DE COMPRA. ALPEK POLYESTER podrá requerir a EL PROVEEDOR la entrega de parte o toda dicha información por medios electrónicos.
14.5 En caso de que la autoridad solicite a ALPEK POLYESTER presentar costos de los transportes (por ejemplo, el desglose del costo xxx xxxxx o del embalaje), las partes acuerdan en que ALPEK POLYESTER estará facultado para divulgar esta información a autoridad competente cuando sea necesario.
14.6 Todo envío de EL PROVEEDOR deberá ser acompañado de (i) la factura correspondiente y (ii) una lista de detalle de empaque o lista de entrega o Remito la cual deberá ser acompañada por la factura. EL PROVEEDOR reconoce y acepta que esta lista deberá coincidir con la factura provista por EL PROVEEDOR.
15. ACEPTACIÓN Y GARANTÍAS
15.1 ACEPTACIÓN POR ALPEK POLYESTER.
La aceptación de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS por parte de ALPEK POLYESTER se entenderá como efectuada en el momento en que todos los términos de la ORDEN DE COMPRA se hayan cumplido a satisfacción de ALPEK POLYESTER, incluyendo inspecciones y pruebas. Dicha aceptación para los equipos, servicios de ingeniería, construcciones y demás casos en que así se acuerde, deberá formalizarse mediante la firma por ambas partes de un protocolo de aceptación acordado entre las partes. Ninguna demora en la inspección o prueba de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, aun cuando sea responsabilidad de ALPEK POLYESTER, se considerará una aceptación de los mismos o una renuncia a cualquiera de los derechos de ALPEK POLYESTER. La aceptación por parte de ALPEK POLYESTER no constituirá una renuncia a reclamos que ALPEK POLYESTER pueda tener respecto a los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, incluyendo sin limitación un reclamo conforme a cualquier garantía o un crédito por incumplimiento con las fechas de entrega establecidas. El pago del precio por parte de ALPEK POLYESTER, en todo o en parte, no constituirá la aceptación de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS. Después de la recepción, ALPEK POLYESTER tendrá 30 (treinta) días hábiles para inspeccionar los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS o partes de ellos. ALPEK POLYESTER notificará a EL PROVEEDOR dentro de los 15 (quince) días hábiles posteriores a la conclusión de la inspección, cualquier defecto que haya sido descubierto durante la misma.
15.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE LA FECHA DE ENTREGA
EL PROVEEDOR garantiza que entregará los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS en la fecha de entrega y conforme a los términos y condiciones acordados en la ORDEN DE COMPRA. Asimismo, garantiza que en el caso de que se hayan acordado entregas parciales, estas ocurrirán en la fecha de entrega y conforme a los términos y condiciones que se hayan acordado en la ORDEN DE COMPRA. Para efectos de esta garantía aplicarán las provisiones establecidas en la Sección 7 de estos TÉRMINOS DE COMPRA.
15.3 GARANTÍA POR LA INGENIERÍA, SERVICIOS Y DISEÑOS
EL PROVEEDOR garantiza que los servicios y la ingeniería entregados son completos, exactos y adecuados para el propósito previsto, y que cualquier ingeniería o servicios o diseño que ha sido especificado por ALPEK POLYESTER no han sido modificados, eliminados o ignorados. Si la ingeniería o los servicios no cumplen con esta garantía, ALPEK POLYESTER notificará por escrito a EL PROVEEDOR y EL PROVEEDOR deberá sin retraso y libre de cargo para ALPEK POLYESTER proporcionar la ingeniería o servicios corregidos y completos, para satisfacer esta garantía. Además, EL PROVEEDOR deberá proporcionar aquellos equipos que resulten defectuosos y/o faltantes como resultado de su ingeniería incompleta o defectuosa. Adicionalmente, si ALPEK POLYESTER notifica de una deficiencia en los servicios o la ingeniería y EL PROVEEDOR no responde dentro de los siguientes 30 (treinta) días hábiles con ingeniería o servicios corregidos o con el equipo que sea deficiente o faltante como resultado de esa ingeniería incompleta, entonces, EL PROVEEDOR será responsable por todos los costos y gastos incurridos por ALPEK POLYESTER y/o sus Afiliadas en corregir la ingeniería, los servicios, suministros, el equipo deficiente y/o faltante como resultado de la ingeniería o servicios defectuosos o incompletos.
15.4 GARANTÍA MECÁNICA
EL PROVEEDOR expresamente garantiza que la totalidad de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS contemplados en la ORDEN DE COMPRA, y en cada una de sus partes, serán nuevos, no reconstruidos, reacondicionados ni reparados, y que se encuentran en cumplimiento de las especificaciones, dibujos, muestras, garantías de cumplimiento o cualquier otro tipo de descripción proporcionada o especificada por ALPEK POLYESTER, y que deberán ser comerciables, de buen material y bien elaboradas, libres de defectos, de gravámenes y de vicios ocultos. EL PROVEEDOR además garantiza que el equipo estará en buenas condiciones mecánicas de operación. EL PROVEEDOR expresamente garantiza que el material determinado en la ORDEN DE COMPRA será óptimo y suficiente para el propósito especificado. Si certificados, reportes de pruebas, o documentos similares forman parte de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS acordados, la información contenida en ellos deberá ser considerada como características garantizadas. Salvo pacto en contrario por escrito, EL PROVEEDOR garantiza expresamente que, al cumplir la ORDEN DE COMPRA, aplicará los principios de garantía de calidad establecidos por el ISO correspondiente o por los estándares similares a estos que de forma particular le apliquen a cada PROVEEDOR. Los reportes de calidad tienen que ser archivados de forma segura durante el periodo requerido en la legislación aplicable vigente para este tipo de bienes; no obstante, dicho periodo no deberá ser inferior a 10 (diez) años después de la aceptación de conformidad con lo establecido en la Sección 15.1 referido. Si EL PROVEEDOR no cumple con las garantías aquí establecidas durante el periodo especificado para ello, deberá subsanar los defectos de inmediato en las instalaciones de ALPEK POLYESTER o sus Afiliadas, (o, a discreción de ALPEK POLYESTER, buscará que un tercero subsane los defectos a costo de EL PROVEEDOR), incluyendo sin limitación el reemplazo o reparación del equipo o de partes del equipo y los costos asociados a su instalación, reposición o reparación (incluyendo mano de obra y materiales). En caso de reemplazo, las piezas de reemplazo deberán ser nuevas y entregadas con base en el INCOTERM 2020 (o aquellos que los substituyan) establecido en la ORDEN DE COMPRA; previsto que el envío será de la forma más expedita posible. Si EL PROVEEDOR no subsana de inmediato los defectos, o en caso de emergencia, ALPEK POLYESTER estará facultado para subsanar los defectos él mismo, o para encargar a un tercero que los repare; en cualquier caso, será a costo de EL PROVEEDOR. A discreción de ALPEK POLYESTER, si el reemplazo o reparación de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS no es deseado por ALPEK POLYESTER, EL PROVEEDOR deberá proporcionar a ALPEK POLYESTER una reducción adecuada en el precio de la ORDEN DE COMPRA, que refleje el valor de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS en su estado defectuoso. O en su caso la totalidad del precio de la ORDEN DE COMPRA.
15.5 GARANTÍA DE CONSTRUCCIÓN
EL PROVEEDOR garantiza que en cualquier obra de construcción o montaje: (i) el diseño, la construcción, la ingeniería, el montaje, y demás actividades asociadas, ha sido realizado, completado y entregado , y toda la obra ha sido realizada, de una manera correcta y con la suficiente experiencia técnica, y en estricta conformidad con los términos y condiciones de los diferentes documentos que constituyen la ORDEN DE COMPRA, con toda la documentación técnica, con todos los permisos y leyes aplicables, y con las prácticas de ingeniería e industriales aceptadas; (ii) que todos los materiales han sido nuevos, y (iii) que toda la mano de obra y materiales han sido de primera calidad, completos, libres de defectos y en estricta conformidad con la ORDEN DE COMPRA y en cumplimiento con los requerimientos, procedimientos e instrucciones de sus proveedores. Si esta garantía no es cumplida, EL PROVEEDOR deberá corregir, de inmediato, en base expedita, y sin costo para ALPEK POLYESTER y a costo y gasto exclusivo de EL PROVEEDOR, la mano de obra o materiales defectuosos (incluyendo remover, reemplazar o reinstalar los materiales afectados) o corregirá el diseño defectuoso para cumplir con el diseño conforme a la ORDEN DE COMPRA. Dicho trabajo correctivo será hecho prontamente mediante el rediseño, reparación, o reemplazo de las partes afectadas, para cumplir con las especificaciones estipuladas en la ORDEN DE COMPRA. ALPEK POLYESTER proporcionará a EL PROVEEDOR acceso al sitio de ALPEK POLYESTER o de sus Afiliadas según sea el caso para ejecutar sus obligaciones conforme a esta garantía, en la medida que dicho acceso no interfiera con las operaciones normales de la planta. Si dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a que ALPEK POLYESTER notificó a EL PROVEEDOR de un defecto en los materiales, la mano de obra o el diseño, EL PROVEEDOR no ha iniciado o no está efectuando diligentemente la corrección del defecto, ALPEK POLYESTER podrá corregir dicho defecto, o hacer que dicha actividad sea realizada por un tercero, y EL PROVEEDOR reconoce y acepta que será responsable por todos los costos, gastos y cargos incurridos por ALPEK POLYESTER en dicha reparación, reemplazo o rediseño, y pagará dichas cantidades dentro de los 15 (quince) días naturales después de recibir la factura correspondiente de ALPEK POLYESTER que refleje los gastos realizados para corregir dicho defecto. No obstante, lo anterior, si hay una emergencia que ALPEK POLYESTER determine que pone en riesgo a las personas o a la propiedad o a la planta, el requerimiento de 10 (diez) días de aviso previo no será tomado en consideración.
15.6 A menos que se acuerde algo distinto en la ORDEN DE COMPRA, el periodo para las garantías previstas en esta Sección 15, se extenderá por 24 (veinticuatro) meses a partir de la fecha de aceptación de ALPEK POLYESTER conforme a la Sección
15.1 o bien, a partir de 18 (dieciocho) meses contados a partir de su operación. De igual manera, los bienes reparados o reemplazados serán garantizados por el periodo restante de la garantía original o de 12 (doce) meses a partir de la puesta en operación de las partes o materiales reparados o reemplazados, cualquiera que sea el periodo más largo. EL PROVEEDOR deberá reponer o reparar los vicios ocultos sin cargos adicionales a ALPEK POLYESTER. Los vicios ocultos deberán estar definidos como defectos en los materiales, en la mano de obra, o en los diseños, que ocurran dentro de los 5 (cinco) años posteriores a la entrega de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, y que no pudieran ser descubiertos durante el periodo de garantía.
15.7 Cuando se haga una entrega en sustitución, los bienes originalmente entregados a ALPEK POLYESTER se le dejarán para que los utilice sin cargos hasta que la entrega en sustitución esté completamente lista para que ALPEK POLYESTER la ponga en operación. Lo mismo ocurrirá en caso de la terminación total o parcial de la ORDEN DE COMPRA causada por entregas defectuosas.
15.8 GARANTÍA DE SUBCONTRATISTAS
En caso de que ALPEK POLYESTER acepte la subcontratación de personal por parte de EL PROVEEDOR en base a los lineamientos marcados en este instrumento y en las leyes aplicables, para protección y beneficio de ALPEK POLYESTER y sus Afiliadas, obtendrá de todos los subcontratistas garantías de toda la maquinaria, equipo, mano de obra y servicios, materiales, suministros, entre otros, y dichas garantías no serán modificadas sin el previo consentimiento por escrito de ALPEK POLYESTER. EL PROVEEDOR deberá asegurarse que dichas garantías cubran un período de al menos 24 (veinticuatro) meses a partir de la fecha de aceptación de ALPEK POLYESTER conforme a la Sección 15.1. A la expiración de las garantías proporcionadas por EL PROVEEDOR o a la terminación de la ORDEN DE COMPRA, lo primero que ocurra, dichas garantías de los subcontratistas deberán ser transferidas sin costo, cedidas y puestas a disposición de ALPEK POLYESTER, y para ese efecto EL PROVEEDOR deberá entregar a ALPEK POLYESTER toda la documentación necesaria. Después de la cesión referida anteriormente, ALPEK POLYESTER tendrá el derecho de recibir todos los pagos, incluyendo pagos de daños y perjuicios, pagados por cualquier subcontratista conforme a su garantía. EL PROVEEDOR hará sus mejores esfuerzos para obtener en beneficio de ALPEK POLYESTER garantías de los subcontratistas en exceso a los 24 (veinticuatro) meses arriba referidos, sin que ello implique una compensación adicional a los subcontratistas. Además, EL PROVEEDOR deberá notificar a ALPEK POLYESTER de la disponibilidad de garantías adicionales de los subcontratistas a un costo adicional. Estas garantías de los subcontratistas, incluyendo garantías adicionales, de ninguna manera afectan las obligaciones de EL PROVEEDOR con respecto a las garantías que está otorgando conforme a la ORDEN DE COMPRA.
15.9 GARANTÍAS DE DESEMPEÑO
EL PROVEEDOR garantizará el desempeño de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, medido en pruebas de desempeño en las cuales se certificarán parámetros tales como capacidad de producción, calidad de lo producido, consumos de materias primas, consumos energéticos, entre otros. Las partes acordarán en la ORDEN DE COMPRA todo lo conducente, así como los remedios a favor de ALPEK POLYESTER, incluyendo sin limitar, el pago xx xxxxx convencionales, si los parámetros referidos no cumplen con lo garantizado. En caso de controversias por parámetros de calidad, se obtendrá la opinión de un experto independiente designado por mutuo acuerdo de las partes. Las partes se comprometen a aceptar el dictamen con los resultados del experto designado. Los costos de la opinión del experto serán cubiertos por la parte que no resulte favorecida por el dictamen.
15.10 GARANTÍA DE PROPIEDAD INTELECTUAL
EL PROVEEDOR garantiza que los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, y cualquier componente que forme parte de ellos, no viola ni violará ningún derecho de Información Confidencial (definida más adelante) de terceros, derechos de propiedad intelectual, patentes, derechos de autor, marcas registradas, secretos industriales o cualquier otro derecho de confidencialidad, nacional o extranjero (en lo sucesivo PROPIEDAD INTELECTUAL). En caso de violaciones a la PROPIEDAD INTELECTUAL relacionadas con los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, EL PROVEEDOR deberá
procurar el derecho para usar el equipo sin afectar su funcionalidad, o bien, modificarlo o reponerlo, para que el uso dado por ALPEK POLYESTER o sus Afiliadas o sus clientes, no se considere violatorio. EL PROVEEDOR deberá sacar en paz y a salvo a ALPEK POLYESTER de cualquier reclamación derivada de violaciones a la PROPIEDAD INTELECTUAL. Las obligaciones de esta garantía sobrevivirán la terminación de la ORDEN DE COMPRA. Para efectos de estos TÉRMINOS DE COMPRA, se entenderá por Información Confidencial toda aquella información recibida, proporcionada, o dada a conocer en forma escrita, auditiva, visual, oral, impresa, por medios electrónicos, películas o en cualquier otra forma escrita o gráfica, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa, toda aquella información relativa a sus operaciones, ruta crítica, negocios, productos, servicios, métodos, procesos, procedimientos, información de sistemas, contratos, convenios, descubrimientos, ideas, diseños, dibujos, programas, “know-how”, información financiera, información técnica, bases de datos, planes, proyectos y políticas de negocio y métodos de mercadeo que ALPEK POLYESTER y/o sus Afiliadas proporcionen a EL PROVEEDOR o cualquier otra información que ALPEK POLYESTER manifieste por escrito o marque y sea confidencial o secreta.
15.11 GARANTÍA AMBIENTAL
EL PROVEEDOR garantiza que los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS cumplirán con toda la regulación ambiental aplicable, en la fecha de su aceptación por parte de ALPEK POLYESTER conforme a la Sección 15.1.
15.12 GARANTÍA DE SEGURIDAD
En caso de que aplique, EL PROVEEDOR garantiza que implementará un programa de seguridad, el cual será propuesto por EL PROVEEDOR y aprobado por ALPEK POLYESTER, diseñado para minimizar el riesgo de accidentes laborales durante la ejecución de los trabajos. La implementación de este programa de seguridad no excluye a EL PROVEEDOR del cumplimiento de las disposiciones internas de ALPEK POLYESTER ni de la legislación vigente y aplicable. En caso de que ocurran violaciones a ese programa o prácticas inseguras que involucren riesgos inminentes a las instalaciones, operaciones y al personal de ALPEK POLYESTER, se tomarán acciones inmediatas para suspender los trabajos y corregir las situaciones de riesgo. Si no toma EL PROVEEDOR acciones correctivas dentro de un tiempo razonable, ALPEK POLYESTER se reserva el derecho de corregir dichas situaciones de riesgo y cargar a EL PROVEEDOR por los costos y gastos incurridos. Además de los remedios aquí previstos, ALPEK POLYESTER tendrá todos los remedios previstos en la legislación aplicable, y el derecho de rescindir la ORDEN DE COMPRA.
15.13 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO AL PROGRAMA
EL PROVEEDOR garantiza que todos sus trabajos relacionados a los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, incluyendo ingeniería, procuración, equipo, materiales, construcción, montaje, inspección, pruebas y demás actividades cumplirán plenamente con los programas acordados con ALPEK POLYESTER.
15.14 GARANTÍA DE LIBERTAD DE GRAVÁMENES
EL PROVEEDOR garantiza que la propiedad de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, así como cualquier porción o componente de los mismos, pasará a ALPEK POLYESTER libre de cualquier gravamen o reclamación, y que ninguno de dichos bienes, servicios, materiales, suministros o equipo será adquirido por EL PROVEEDOR sujeto a cualquier acuerdo bajo el cual cualquier persona retenga una participación en la propiedad o cualquier tipo de gravamen. Esta garantía es efectiva en el momento de que la propiedad de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, o cualquier porción de ellos se transfiere a ALPEK POLYESTER conforme a cualquiera de las provisiones de la ORDEN DE COMPRA.
16. TRABAJO REALIZADO EN LAS INSTALACIONES DE ALPEK POLYESTER O EN EL LUGAR DE TRABAJO
16.1 Si el trabajo es realizado en las instalaciones de ALPEK POLYESTER o de sus clientes, o en sitios de construcción, estos TÉRMINOS DE COMPRA deberán ser suplementados por las instrucciones y reglas de seguridad, de salud en el trabajo y de protección al medio ambiente de ALPEK POLYESTER o de sus clientes, en el entendido que los demás aspectos de los TÉRMINOS DE COMPRA que no se refieran a salud, seguridad y protección al medio ambiente, guardarán su valor y fuerza. En este caso ALPEK POLYESTER deberá proveer dichas instrucciones y/o reglas por escrito a EL PROVEEDOR. Además, EL PROVEEDOR deberá instruir a sus empleados para que cumplan con dichas instrucciones y reglas.
17. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL Y SECRETO INDUSTRIAL
17.1 ALPEK POLYESTER conserva todos sus derechos de propiedad intelectual e industrial en toda la Información Confidencial proporcionada a EL PROVEEDOR en relación con la ORDEN DE COMPRA, incluyendo sin limitación, cualquier documento, especificaciones, dibujos, bosquejos, cálculos o modelos y desarrollos en propiedad intelectual e industrial incluso los realizados por EL PROVEEDOR basados en información provista por ALPEK POLYESTER. EL PROVEEDOR usará esta Información Confidencial para el propósito exclusivo del cumplimiento de la ORDEN DE COMPRA. Sin la aprobación previa y por escrito de ALPEK POLYESTER, EL PROVEEDOR no estará facultado para fabricar productos, para terceros, que estén basados en estos documentos, tampoco lo estará para fotocopiar dichos documentos, o hacerlos del conocimiento de terceros que no estén directamente relacionados con el cumplimiento de la ORDEN DE COMPRA o con parte de la misma, en ninguna forma. A solicitud de ALPEK POLYESTER, EL PROVEEDOR deberá devolver o destruir toda la información, incluyendo todas las copias o reproducciones de las mismas, previamente proporcionadas por ALPEK POLYESTER, en relación con el la ORDEN DE COMPRA. No obstante, lo anterior, EL PROVEEDOR, de cualquier forma, estará facultado para retener 1 (una) copia para los fines de archivo requeridos legal o contractualmente. EL PROVEEDOR deberá mantener en secreto la Información Confidencial que reciba de ALPEK POLYESTER en virtud de lo aquí establecido por un periodo de 10 (diez) años contados a partir de la terminación de la ORDEN DE COMPRA.
17.2 EL PROVEEDOR se compromete a entregar a ALPEK POLYESTER todos los documentos y la información producida relacionada con los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS. ALPEK POLYESTER tendrá derecho ilimitado de usar los documentos mencionados para propósitos de operación, mantenimiento, reparación, capacitación y ampliación de los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS.
17.3 ALPEK POLYESTER, los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS y/o sus clientes no deberán ser mencionados en ninguna publicación con fines de publicidad sin el consentimiento previo y por escrito de XXXXX XXXXXXXXX.
17.4 Las partes reconocen que ante cualquier incumplimiento del presente escrito o convenio entre las partes, la parte perjudicada se encuentra habilitada para solicitar el cumplimiento forzoso de lo estipulado en este instrumento o de solicitar alguna medida preventiva, compensación para prevenir dicho incumplimiento, además de cualquier otro remedio en derecho, aun cuando no existan pruebas, sin perjuicio de la facultad de iniciar cualquier procedimiento administrativo o judicial que resulte procedente y de solicitar las sanciones que resulten aplicables, incluyendo sin limitar, las previstas por la Ley de la Propiedad Industrial y la indemnización por daños y perjuicios propios, y los de sus Afiliadas, como resultado del incumplimiento del presente escrito. Sin contravenir con lo anterior, ALPEK POLYESTER no se hará responsable por ningún daño indirecto, especial o consecuencial sufrido por EL PROVEEDOR que pueda resultar del incumplimiento de estos TÉRMINOS DE COMPRA.
18. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR
18.1 Ninguna de las partes estará obligada a cumplir con sus obligaciones cuando éstas se vean impedidas por un Caso Fortuito o de Fuerza Mayor. Ni EL PROVEEDOR ni ALPEK POLYESTER serán responsables por ningún incumplimiento, pérdida, daño o retraso debido a guerras, disturbios, incendios, inundaciones, huelgas, o dificultades laborales, acciones gubernamentales, desastres naturales, retrasos en la transportación, u otras causas que no estén bajo el control razonable de las partes. En el caso xx xxxx en el cumplimiento debido a cualquiera de estas causas, la fecha de entrega o el término para la conclusión serán extendidos para reflejar el tiempo perdido por causa de este retraso. Si las condiciones de la Fuerza Mayor o Caso Fortuito continúan por más de 60 (sesenta) días naturales, tanto EL PROVEEDOR como ALPEK POLYESTER podrán dar por terminado la Orden de Compra, sin responsabilidad para ninguna de las partes después de 7 (siete) días hábiles de haber notificado por escrito a la otra parte.
18.2 Lo anterior en el entendido que la indemnización que le corresponde a EL PROVEEDOR comprende solo el pago de los gastos o bienes efectivamente efectuados y entregados hasta el momento de terminación, y los gastos razonablemente incurridos y aceptados por EL PROVEEDOR a satisfacción de ALPEK POLYESTER. EL PROVEEDOR estará legitimado para ser indemnizado, en caso de terminación de la ORDEN DE COMPRA por motivo de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, por el trabajo efectivamente hecho con anterioridad a la terminación. Asimismo, ALPEK POLYESTER está legitimado para recibir los resultados del trabajo por el cual pagó.
19. INDEMNIZACIÓN Y RESPONSABILIDADES
19.1 EL PROVEEDOR está de acuerdo en defender, indemnizar y cubrir daños y perjuicios a ALPEK POLYESTER y a sus clientes, Afiliadas, empleados, agentes y visitantes contra cualquier pérdida, costo, daño o responsabilidad, incluyendo honorarios de abogados, derivados de negligencia o cualquier otro incumplimiento de obligaciones por parte de EL PROVEEDOR, y aquellos por quienes EL PROVEEDOR es responsable de conformidad con la ORDEN DE COMPRA, o por BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS.
19.2 En adición a lo anterior, EL PROVEEDOR deberá indemnizar a ALPEK POLYESTER o a sus clientes por cualquier pérdida, daño, gasto (incluyendo más no limitado a honorarios de abogados), reclamaciones o responsabilidad derivados de cualquier tipo de incumplimiento o reclamaciones por infracciones de cualquier patente, marca, derecho de autor, secreto industrial o cualquier otro derecho similar basado en la producción, instalación, uso, arrendamiento o venta de cualquier tipo de bienes, materiales o servicios suministrados a ALPEK POLYESTER de conformidad con la ORDEN DE COMPRA. ALPEK POLYESTER deberá notificar a EL PROVEEDOR a la brevedad posible de cualquier reclamación o infracción, y EL PROVEEDOR deberá, a su xxxxx, defender, comprometer, o disipar cualquier acción o acciones necesarias para satisfacer y liberar de lo anteriormente mencionado a ALPEK POLYESTER sin ningún costo ni gasto.
20. SEGUROS Y FIANZAS
20.1 EL PROVEEDOR deberá efectuar y mantener una cobertura de seguro sobre la responsabilidad general y responsabilidad de los productos, suficiente para cubrir sus obligaciones y responsabilidades derivadas de la ORDEN DE COMPRA. El seguro de la responsabilidad general y de la responsabilidad por los productos de EL PROVEEDOR deberá mantenerse con un límite mínimo por incidente y una cobertura adicional combinada acorde con el monto de sus operaciones relacionadas con ALPEK POLYESTER. A solicitud de la otra parte, EL PROVEEDOR entregará a ALPEK POLYESTER los certificados de seguro que muestren que mantiene la cobertura del seguro especificada con anterioridad.
20.2 En relación con los demás seguros y fianzas en conexión con los presentes TÉRMINOS DE COMPRA, las partes reconocen y aceptan que se regirán a lo acordado en la ORDEN DE COMPRA correspondiente, en atención a las premisas que ahí se especifiquen, de acuerdo al caso concreto.
21. MISCELÁNEA
21.1 LEYES APLICABLES Y JURISDICCIÓN.
La ORDEN DE COMPRA se elaborará y será interpretado de acuerdo con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos excluyendo la aplicación de las normas del derecho internacional privado. El contenido de estos TÉRMINOS DE COMPRA no limitará de forma alguna los derechos de ALPEK POLYESTER disponibles bajo el derecho aplicable. En caso de controversia, las partes harán sus mejores esfuerzos para resolver dicha controversia de forma amigable durante un periodo de 21 (veintiún) días naturales contados a partir de que la parte afectada notifique de tal situación a la otra parte. De no ser posible una amigable resolución, toda controversia será resuelta (a menos que se llegue a un acuerdo diferente) de acuerdo a lo estipulado en el documento respectivo en base a la orden de precedencia (según se define en la Clausula 1.2) o en su defecto, a las reglas comerciales de arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional frente a un solo arbitro asignado conforme a dichas reglas. ALPEK POLYESTER se reserva el derecho de interponer una demanda en contra de EL PROVEEDOR en el domicilio de este. EL PROVEEDOR renuncia expresamente a la jurisdicción de cualquier otra autoridad judicial. Todas las controversias serán resueltas conforme a lo establecido en la ORDEN DE COMPRA y a los documentos que forman parte de la misma.
21.2 CESIÓN
Cualquier tentativa de ceder, transferir o delegar cualquiera de los derechos, deberes u obligaciones aquí contenidos a un tercero sin el consentimiento por escrito de la otra parte, será nula. No obstante, lo anterior las partes están de acuerdo en que ALPEK POLYESTER podrá ceder la ORDEN DE COMPRA a cualquier de sus Afiliadas, mediando únicamente notificación previo y por escrito a EL PROVEEDOR con 30 (treinta) días naturales de anticipación.
21.3 RENUNCIA DE DERECHOS
La omisión de ALPEK POLYESTER o de EL PROVEEDOR para ejercer cualquiera de sus derechos no constituirá ninguna renuncia ni pérdida de los mismos.
21.4 DIVISIBILIDAD
Si alguna disposición de la ORDEN DE COMPRA se determina nula o inejecutable, esta determinación no causará que otras disposiciones sean nulas e inejecutables, y ALPEK POLYESTER y EL PROVEEDOR harán sus mejores esfuerzos para sustituir tal disposición por una disposición válida que cubra la intención comercial original en tanto sea posible legalmente.