CONVOCATORIA A LAS Y LOS ESTUDIANTES DEL SISTEMA DE BACHILLERATO DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL (SBGDF) MODALIDAD ESCOLAR Y SEMIESCOLAR, PARA LA INCORPORACIÓN AL PADRÓN DE DERECHOHABIENTES DE LA BECA DEL CICLO ESCOLAR 2015-2016 SEMESTRE “B”
CONVOCATORIA X XXX X XXX XXXXXXXXXXX XXX XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX XXX XXXXXXXX XXXXXXX (SBGDF) MODALIDAD ESCOLAR Y SEMIESCOLAR, PARA LA INCORPORACIÓN AL PADRÓN DE DERECHOHABIENTES DE LA BECA DEL CICLO ESCOLAR 2015-2016 SEMESTRE “B”
El objetivo del programa es incentivar el desempeño académico de las y los estudiantes del Sistema de Bachillerato del Gobierno del Distrito Federal, para que estén en posibilidad de concluir satisfactoriamente el ciclo de bachillerato en tres años, contribuyendo a incrementar la permanencia escolar y el número de estudiantes regulares de acuerdo a la normatividad vigente, mediante el otorgamiento de un apoyo económico mensual; equivalente a media unidad de cuenta vigente mensual en el Distrito Federal.
Para el ejercicio fiscal 2016 se tiene como meta física otorgar 57,935 becas, Para el pago de la beca, el Instituto contará con un presupuesto anual autorizado por $ 62,407,292.00 (Sesenta y dos millones cuatrocientos siete mil doscientos noventa y dos pesos 00/100 M.N.), el monto mensual de la beca será de $ 1,075.20 (Un mil setenta y cinco pesos 20/100 m.n.) equivalente a media unidad de cuenta vigente mensual en el Distrito Federal.
El Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal (IEMSDF), Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, sectorizado a la Secretaría de Educación, convoca a las y los estudiantes de los planteles del SBGDF interesados en incorporarse al Padrón de Beneficiarios de la Beca para el semestre 2015-2016 “B”, conforme a las siguientes:
BASES
I. Requisitos
Son elegibles para recibir el apoyo económico de acuerdo a la Ley que establece el derecho a contar con una beca para los jóvenes residentes en el Distrito Federal y su reglamento, todos las y los estudiantes inscritos en los planteles del Sistema de bachillerato, del segundo y hasta el sexto semestre conforme al Artículo 13 de las Reglas Generales de Control Escolar del SBGDF, que tramiten solicitud de beca, para lo cual será necesario que cumplan con lo siguiente:
* Estar reinscrito en cualquiera de los planteles del SBGDF en el semestre 2015-2016 “B”.
* Ser estudiante regular al término del semestre 2015-2016 AI de acuerdo con los planes y programas de estudio, es decir, estar en el listado de estudiantes considerados como alumnos regulares que se publicará el día martes 16 de febrero en las ventanillas de Servicios Escolares. Este listado es elaborado con la información de la base de datos de estudiantes reinscritos remitida por cada plantel a la Dirección de Informática y Telecomunicaciones, y con fundamento en el Artículo 13 de las Reglas Generales de Control Escolar del SBGDF, que a la letra dice:
“Artículo 13.- Se considera como alumno regular al estudiante que puede terminar su bachillerato en 3 años, cumpliendo cualquiera de las siguientes condiciones:
a. Estar reinscrito en el segundo semestre o posteriores de los 6 del Plan de Estudios y haber cubierto todas las asignaturas, en cada uno de los semestres cursados.
b. Estar reinscrito, de acuerdo con su generación, en el Segundo semestre del Plan de Estudios y haber cubierto mínimo cinco asignaturas.
c. Estar reinscrito, de acuerdo con su generación, en el Tercer semestre del Plan de Estudios y haber cubierto mínimo diez asignaturas.
d. Estar reinscrito, de acuerdo con su generación, en el Cuarto semestre del Plan de Estudios y haber
e. Estar reinscrito, de acuerdo con su generación, en el Quinto semestre del Plan de Estudios y haber cubierto mínimo veintiún asignaturas.
f. Estar reinscrito, de acuerdo con su generación, en el Sexto semestre del Plan de Estudios y haber cubierto mínimo treinta asignaturas.
En ningún caso la o el estudiante puede contar con más de dos asignaturas no cubiertas del semestre inmediato anterior.
La o el estudiante que haya tramitado receso escolar podrá ser considerado como alumno regular después de un semestre de haber concluido el receso. Así también debe cumplir con los criterios académicos y administrativos.”
1. Tener su domicilio en el Distrito Federal.
2. No contar con apoyo económico de otras Instituciones públicas o privadas.
3. Firmar manifiesto de veracidad y de no contar con otro apoyo.
4. Cumplir en todos sus términos con lo dispuesto en las Reglas de Operación y con lo que el Instituto establezca en la presente Convocatoria a los Estudiantes del SBGDF, para la incorporación al Padrón de Beneficiarios de la Beca.
II. Recepción de solicitudes
Las y los interesados que cumplan con estos requisitos deberán realizar la entrega de la solicitud de incorporación al Padrón de Beneficiarios de la Beca y documentación anexa en la ventanilla de Servicios Escolares del plantel al que pertenecen en las siguientes fechas:
Estudiantes considerados como Alumnos Regulares que pertenecen a las siguientes generaciones | Se recibirán solicitudes el día |
*Generación 2013, 2014 y 2015 | 22, 23, 24, 25, y 00 xx xxxxxxx 0000 |
*Generaciones anteriores, en caso de haber tramitado receso escolar, así como cumplir con el Artículo 13 de las Reglas Generales de Control Escolar.
El trámite será personal, en caso de que la o el estudiante sea menor de edad, deberá ir acompañado por alguno de sus padres o tutor, quienes presentarán original de su identificación oficial vigente (pasaporte, cédula profesional, cartilla o credencial de elector) ante la imposibilidad de estos, deberá acudir acompañado de una persona mayor de edad quien, además, deberá presentar carta poder e identificación oficial de quien acredite la patria potestad o custodia del menor; en la entrega de la solicitud, recepción de notificación e Instrumento Financiero.
En caso de que la o el estudiante se encuentre impedido para efectuar el trámite, los padres o el tutor del estudiante, podrán realizarlo previa justificación por escrito y rubricada de Visto Bueno (Xx.Xx.) por el Subdirector de Coordinación de Plantel que corresponda.
Sólo se recibirán las solicitudes que se presenten con la documentación completa y en los días señalados, de acuerdo a la generación de los estudiantes.
III. Documentos necesarios para el trámite
• Presentar la credencial de estudiante (o tramite de reposición) e identificación oficial vigente (si es
Derechohabientes de la Beca”. (se proporciona en la ventanilla de Servicios Escolares del plantel).
• Entregar copia de la CURP.
• Fotocopia del comprobante de reinscripción al semestre 2015-2016 “B”.
• Original y fotocopia de su comprobante de domicilio (predial, recibo de agua, teléfono -que no sea celular- o constancia emitida por las Delegaciones Políticas del Distrito Federal), con fecha de emisión no mayor a 90 días naturales a la fecha del trámite. El original de cualquiera de estos documentos se devolverá una vez cotejado.
• Manifiesto de no contar con apoyo económico de otras Instituciones públicas o privadas. (Se proporciona en la ventanilla de Servicios Escolares del plantel).
• Manifiesto de veracidad. (Se proporciona en la ventanilla de Servicios Escolares del plantel).
• En el caso de que las o los estudiantes sean menores de edad, el padre o la madre presentarán original y copia de una identificación oficial vigente (pasaporte, cédula profesional, cartilla o credencial de elector) o acta de nacimiento. En caso de tener tutor, adicionalmente se entregará, en original y fotocopia, el documento legal que acredite al mismo como tal. El original de cualquiera de estos documentos, se devolverán una vez que sean cotejados.
• Una vez entregada la documentación completa, el estudiante firmará la solicitud de integración al Padrón de Derechohabientes de la Beca debidamente requisitada, en caso de que sea menor de edad también deberá firmarla cualquiera de los padres, tutor o mayor de edad debidamente autorizado.
El personal del área de Servicios Escolares del plantel integrará a la solicitud, la historia académica en original debidamente formalizada con sello y la firma del Subdirector de Coordinación del plantel, misma que demuestre el avance académico alcanzado hasta el periodo 2015-2016 AI, requerido por el Artículo 13 de las Reglas Generales de Control Escolar del SBGDF, de acuerdo con la generación de ingreso del estudiante.
IV. Resultados
• Los resultados se harán del conocimiento el día 2 xx xxxxx del presente año, mediante la publicación xxx Xxxxxx en el área de Servicios Escolares de cada plantel, debiendo presentarse posteriormente los interesados en dicha área, los días 3 y 4 xx xxxxx del año en curso para ser notificados por escrito.
• En caso de ser menores de edad también deberá presentarse con alguno de sus padres, tutor o persona mayor de edad debidamente autorizado, para ser notificados.
V. Consideraciones
Para los becarios que integraron el padrón del semestre 2015-2016 “A” o anteriores, y que nuevamente se incorporan al Padrón en el Semestre 2015-2016 “B” y que ya cuentan con tarjeta bancaria y/o recibieron cheque:
a) Deberán cumplir con todos los documentos y requisitos de la presente Convocatoria.
b) La beca correspondiente se depositará en la cuenta gestionada en el semestre anterior, siempre y cuando no haya sido cancelada o bloqueada.
El Instituto tramitará y entregará el Instrumento Financiero a las y los mayores de edad y entregara cheque a las y los menores de edad, medios por los cuales los becarios recibirán la beca.
que fueron becarios en alguno de los padrones de semestres anteriores y cancelaron la cuenta bancaria:
a) Xxxxx presentarse en la fecha y el lugar que la Subdirección de Coordinación de plantel les notifique, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Administrativa en acuerdo con la Dirección Estudiantil con los siguientes documentos:
• Original y fotocopia de credencial de estudiante e identificación oficial vigente.
• En caso de ser menor de edad, deberá presentarse con alguno de sus padres, tutor o persona mayor de edad autorizada, con copia de identificación oficial (pasaporte, cédula profesional, cartilla o credencial de elector).
Las fotocopias serán entregadas previo cotejo con el original, para que se otorgue al estudiante becario, El Instrumento Financiero, así como los cheques.
Son causas de rechazo para la incorporación al Padrón:
• No cumplir con los requisitos establecidos.
• Cuando se detecte que la información o documentación entregada sea falsa.
Son causas de baja xxx Xxxxxx y de la no dispersión de la beca:
• Cuando la o el becario por voluntad propia renuncie a la beca.
• Cuando al inicio del semestre el estudiante no tenga la condición de alumno regular.
• Cuando el estudiante cause baja, por alguno de los motivos establecidos en las Reglas Generales de Control Escolar del SBGDF.
• Cuando la o el estudiante tramite receso escolar.
• Cuando se constate que el becario cuenta con el apoyo económico de otra institución pública o privada, se emitirá el exhorto del pago de la multa a que se hace acreedor, tendrá como plazo máximo para el pago de dicha multa, cuarenta y cinco días hábiles contados a partir de recibir la notificación, no podrá solicitar la incorporación al Padrón mientras no haya pagado la multa a que es acreedora y compruebe que ya no recibe ningún otro apoyo económico, si no pagase la multa el Instituto podrá condicionar la expedición de cualquier documento oficial del Instituto.
• Cuando se detecte que la información o documentación entregada sea falsa.
La persona que proporcione información falsa o no cumpla con los requisitos para solicitar el apoyo económico, o para conservarlo, pagará una multa equivalente a las 50 unidades de cuenta vigente en el Distrito Federal.
Si la o el estudiante becario es menor de edad a la fecha de la presente convocatoria, así será considerado durante todo el semestre para cualquier trámite ante el área de Servicios Escolares del plantel.
La vigencia de la beca, será a partir del mes de febrero de dos mil dieciséis al mes de julio de dos mil dieciséis, y el depósito se realizará de acuerdo con el calendario de depósitos.
Cualquier situación no prevista por la presente Convocatoria será planteada ante la Subdirección de Coordinación del plantel (SCP) y resuelta por la Dirección Estudiantil del IEMSDF.
VI. Procedimiento de queja o inconformidad:
Las personas interesadas podrán presentar por escrito sus inconformidades, quejas o denuncias, con respecto a la ejecución del Programa y la aplicación de estas Reglas. Por lo que se refiere a las inconformidades de incorporación al padrón, éstas se deberán presentar ante la DE del Instituto, con dirección en Av. División del Xxxxx Xx. 000, xxxx 0, Xxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx X.X. 00000, teléfono 00000000 Ext 110 y 211. Por lo que hace a las aclaraciones de depósitos de la beca, éstas se deberán presentar ante la DAD del Instituto ubicada en la dirección y teléfono en mención, en la ext. 420.
Las quejas o denuncias, podrán ser presentadas ante la Contraloría Interna en el Instituto con dirección en Xx. Xxxxxxxx xxx Xxxxx Xx. 000, xxxx 0, Xxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Delegación Xxxxxx Xxxxxx C.P. 03020.
El escrito de inconformidad deberá contener el nombre completo del estudiante, matrícula, plantel, dirección y teléfono del mismo, así como una descripción de la inconformidad. En caso de ser menor de edad se deberán incluir los datos de alguno de sus padres o tutor.
Las unidades administrativas mencionadas iniciarán la atención de la inconformidad y darán respuesta en un plazo máximo de 5 días hábiles, contados a partir de la fecha en que se recibe. La resolución a la inconformidad será enviada a la SCP, de tal forma que el estudiante podrá presentarse en el área de Servicios Escolares del plantel para recibir la resolución.
En caso de que la dependencia o entidad responsable del programa social no resuelva la queja, las personas beneficiarias o derechohabientes podrán presentar quejas por considerarse indebidamente excluidos de los programas sociales o por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas ante la Procuraduría Social del Distrito Federal o bien registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnarla a la Procuraduría Social para su debida investigación y en su caso a la instancia correspondiente. De la misma forma, a la Contraloría General del Distrito Federal.
VII. La articulación con otros programas:
A través del Convenio de Colaboración celebrado entre este Instituto y el Fideicomiso de Educación Garantizada, se establecen los mecanismos de colaboración y coordinación, para fortalecer la instrumentación del Programa de Estímulos del Bachillerato Universal (PREBU) Prepa-Sí, y el Programa de Becas del Instituto, mediante el intercambio de información de los estudiantes de nivel medio superior inscritos y/o reinscritos en los 20 planteles del Instituto, como en el de PREBU. Dicho intercambio tiene la finalidad de agilizar y asegurar la entrega de los estímulos que ofrece el Fideicomiso de Educación Garantizada a cada uno de los estudiantes que cumplan con los requisitos y que no estén incorporados en el Padrón del Instituto, lo que evitará la duplicidad del apoyo económico.
Calendario de depósitos de la beca para los estudiantes que integran el Padrón de Beneficiarios en el Semestre 2015-2016 “B”.
Mes | Fecha de depósito |
Febrero y Marzo | 30 o 31 xx Xxxxx |
Abril | 28 o 29 de Xxxxx |
Xxxx | 30 o 31 xx Xxxx |
Junio | 29 o 30 xx Xxxxx |
Xxxxx | 14 o 15 de Julio |
fueron becarios en alguno de los padrones de semestres anteriores y cancelaron la cuenta bancaria, recibirán los depósitos o cheques de los meses de febrero y marzo en la fecha de depósito xx xxxxx, previo trámite de apertura de instrumento financiero.
“ESTE PROGRAMA ES DE CARÁCTER PÚBLICO, NO ES PATROCINADO NI PROMOVIDO POR PARTIDO POLÍTICO ALGUNO Y SUS RECURSOS PROVIENEN DE LOS IMPUESTOS QUE PAGAN TODOS LOS CONTRIBUYENTES. ESTÁ PROHIBIDO EL USO DE ESTE PROGRAMA CON FINES POLÍTICOS, ELECTORALES, DE LUCRO Y OTROS DISTINTOS A LOS ESTABLECIDOS. QUIEN HAGA USO INDEBIDO DE LOS RECURSOS DE ESTE PROGRAMA EN EL DISTRITO FEDERAL, SERÁ SANCIONADO DE ACUERDO CON LA LEY APLICABLE Y ANTE LA AUTORIDAD COMPETENTE”.