ANEXO TÉCNICO
ANEXO TÉCNICO
CONTRATO MARCO DE INTERVENTORIA A LOS PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA REQUERIDOS POR FONDO DE FINANCIAMENTO DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA - FFIE, EN DESARROLLO DEL PLAN NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA
PATRIMONIO AUTÓNOMO
DEL FONDO DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA FFIE
ABRIL DE 2016 BOGOTÁ D.C.
1. DESCRIPCIÓN Y ALCANCE DEL OBJETO A CONTRATAR
1.1. DESCRIPCIÓN
El Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa -FFIE, en adelante (PA- FFIE) está interesado en seleccionar a un (os) contratista (s) de un grupo de proponentes que bajo el modelo de “CONTRATO MARCO DE INTERVENTORÍAS DE OBRA, REQUERIDAS POR EL PA-FFIE, EN EL DESARROLLO DEL PLAN NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA”.
1.2. ALCANCE
De acuerdo con el objeto de los contratos marco de Interventoría que resulten del proceso de convocatoria abierta y según lo establecido en el Manual de Supervisión e Interventoría, el Interventor es una persona natural o jurídica contratada por el PA-FFIE, para vigilar, controlar, exigir, colaborar, responder, aprobar y verificar la ejecución y el cumplimiento de las actividades que se enmarcan dentro de los Acuerdos de Obra suscritos por el PA-FFIE, con los contratistas bajo los contratos marco de obra, derivados de la Invitación Abierta FFIE 004- 2016.
1.3. OBJETIVOS:
Son objetivos de la Interventoría entre otros los siguientes:
• Hacer cumplir las metas contractuales
• Asegurar las condiciones jurídicas del contrato
• Hacer cumplir los diseños, estudios técnicos y especificaciones técnicas.
• Verificar la correcta ejecución de las obras, garantizando que las cantidades y precios correspondan a lo ejecutado y realmente pagado.
• Revisar y certificar el pago de los aportes parafiscales del contratista de obra garantizando que cumpla con lo exigido en la ley.
• Mitigar los impactos negativos que puedan ocasionar los proyectos sobre el Medioambiente.
• Manejar proactivamente las relaciones Contratante – Contratista.
• Integrar y formar parte activa del equipo de trabajo.
El siguiente es el esquema de los actores que intervienen en los proyectos y por lo tanto su interacción es fundamental para que la ejecución de la obra se realice en condiciones de óptima calidad, duración y costo.
1.4. FASES DE EJECUCIÓN DE LA INTERVENTORÍA Y DOCUMENTACIÓN DERIVADA.
El objeto del contrato que resulte del proceso de convocatoria abierta se desarrollará mediante una bolsa presupuestal agotable que se ejecutara a través de la suscripción de Actas de Servicio, a valor global fijo y plazo fijo, para cada uno de los proyectos que se asignen, las cuales podrán ejecutarse de forma simultánea e independiente de acuerdo con las solicitudes y requerimientos por parte del PA-FFIE:
La ejecución de las Actas de Servicio deberá realizarse en tres fases así:
• Fase 1: Pre construcción
• Fase 2: Construcción
• Fase 3: Pos construcción
Para la ejecución de las diferentes fases que componen el Acta de Servicio, el contratante y el contratista- Interventor, suscribirán los siguientes documentos dentro de la ejecución del Contrato Xxxxx de Interventoría, según aplique:
a) Actas de Inicio de los Contratos Marco:
Para el inicio del Contrato Xxxxx de Interventoría, el PA FFIE y el Contratista suscribirán el Acta de Inicio, posterior a la legalización del Contrato, mediante la cual darán cuenta del inicio del plazo de ejecución del Contrato Marco.
b) Acta de Servicio de Interventoria:
El Acta de Servicio será suscrita por el PA FFIE, el Contratista – Interventor. El PA FFIE enviará al Contratista el documento Acta de Servicio de Interventoría y el Contratista deberá suscribir la (s) Acta (s) de Servicio asignadas por el PA FFIE dentro de los (3) tres días hábiles siguientes a su recepción y radicarlas en las oficinas del PA FFIE para su suscripción.
En el Acta de Servicio se define el alcance, plazo, lugar de ejecución, valor, personal mínimo técnico y administrativo, características y demás condiciones de cada una de las fases que componen el Proyecto.
Las hojas de vida del personal requerido para la ejecución de la (s) Acta de Servicio deberán ser radicadas a la Supervisión del PA- FFIE por el Contratista dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de servicio y a su vez, el supervisor deberá aprobar las hojas de vida del personal requerido para la Fase 1 o 2 según aplique, dentro de los siguientes dos (2) días hábiles a su recibo.
El Cronograma del Acta de Servicio de interventoría deberá ser consecuente con el aprobado por la Interventoría para la Fase 1 del Acuerdo de obra y deberá contemplar los plazos de revisión de la interventoría de acuerdo con los establecidos en el anexo técnico y en el Manual de supervisión e interventoría del PA- FFIE. Dicho cronograma deberá ser presentado al supervisor del PA FFIE dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del Acta de Servicio de acuerdo con lo establecido en el formato señalado en el Anexo No.1 del Acta de Servicio.
Las actividades que se listan en el formato son las mínimas requeridas por el PA FFIE para realizar el seguimiento, vigilancia y control, sin embargo, el Contratista y el Interventor podrán incluir actividades intermedias que consideren necesarias, sin que las mismas afecten el costo y plazo pactado en los TCC, el Contrato Xxxxx con sus anexos técnicos y lo establecido en el Acta de servicio.
Una vez terminada la Fase 1 y dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de recepción de las licencias y permisos para inicio de las obras, el Contratista interventor deberá presentar las hojas de vida del personal correspondiente a la Fase 2 y a su vez, el Supervisor deberá aprobar las hojas de vida del personal requerido dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a su recibo.
El Cronograma para la Fase 2 de interventoría deberá ser consecuente con el aprobado por la Interventoría para la Fase 2 del Acuerdo de Obra y deberá contemplar los plazos de revisión de la interventoría de acuerdo con lo establecido en el anexo técnico y en el Manual de Supervisión e interventoría del PA- FFIE, dicho cronograma deberá ser presentado al Supervisor del PA-FFIE dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de recepción de las licencias y permisos para inicio de las obras de acuerdo con lo establecido en el formato señalado en del Anexo No.2 del Acta de Servicio.
Las actividades que se listan en el formato son las mínimas requeridas por el PA FFIE para realizar el seguimiento, vigilancia y control, sin embargo, el Contratista e Interventor podrán incluir actividades intermedias que consideren necesarias, sin que las mismas afecten el costo y plazo pactado en los TCC, el Contrato Xxxxx con sus anexos técnicos y lo establecido en el Acta de servicio.
Las actividades a desarrollar durante la ejecución de las Actas de Servicio por el Interventor se ejecutarán teniendo en cuenta los siguientes contenidos para cada una de las fases descritas a continuación:
1.4.1. FASE 1: PRE CONSTRUCCIÓN
Los estudios y diseños para las infraestructuras de educación se desarrollarán bajo tres componentes así:
• Componente 1: Estudios técnicos y diseños existentes en Ingeniería de detalle
• Componente 2: Estudios técnicos y diseños con recursos de regalías
• Componente 3: Estudios técnicos y diseños nuevos
Durante la Fase 1 el contratista deberá suscribir los siguientes documentos como mínimo, para cada componente:
a) Componente 1: Estudios técnicos y diseños existentes en Ingeniería de detalle
Consistirá en la revisión, verificación y aceptación por parte del Contratista de obra y de la Interventoría de los estudios técnicos y diseños existentes, para ello contará con un plazo máximo de quince (15) días hábiles y como resultado de esta revisión el interventor deberá presentar un informe a la Supervisión del PA FFIE, en el cual se incluyan las observaciones por parte de sus especialistas de Fase 2, de tal manera que dichas observaciones sean atendidas por el consultor responsable del diseño según corresponda hasta que se logre la aceptación y aprobación por parte del Contratista de obra y la correspondiente Interventoría, con el fin de que garantice que los estudios y diseños son los idóneos técnica y económicamente para lograr la ejecución del Proyecto.
Una vez sean aceptados los estudios técnicos y diseños existentes por parte del Contratista de Obra y de la Interventoría, se procederá a la suscripción del Acta de aceptación y apropiación de diseños existentes, la cual será suscrita por el Contratista, la Interventoría y el Supervisor del PA FFIE. En ella se dejará constancia de la aceptación y apropiación por parte del Contratista de obra y de la Interventoría de los diseños y estudios técnicos existentes.
La suscripción de esta Acta es prerrequisito para el inicio de Fase 2. Una vez suscrita, el Contratista de Obra no podrá cuestionar los estudios técnicos y diseños y asumirá bajo su cuenta y riesgo las correcciones a que tengan lugar en la ejecución de la obra y el interventor deberá revisar y aprobar dichas correcciones .
Nota: En caso que los estudios y diseños no cumplan con las normas técnicas que les aplican y sean declarados no ejecutables técnicamente por el Contratista y la Interventoría, el PA FFIE podrá solicitarle al Contratista realizar el ajuste a los mismos y al interventor realizar el seguimiento, vigilancia y control. El alcance será el que le aplica al Componente 2 - Estudios Técnicos y Diseños Nuevos.
b) Componente 2 y 3: Ejecución de estudios técnicos y diseños con recursos de regalías y Ejecución de estudios técnicos y diseños nuevos por el Contratista de obra.
Consiste en la realización de la interventoría a los estudios técnicos y diseños necesarios para la ejecución del Proyecto asignado. Para ello se suscribirán o expedirán los siguientes documentos:
• Orden de visita: El PA- FFIE podrá, de acuerdo con el requerimiento del proyecto, previo al inicio, expedir orden de visita al lugar del proyecto para que el contratista y la interventoría verifiquen las condiciones de ejecución del mismo (análisis del lugar). Como resultado de dicha visita técnica, el contratista de obra, deberá presentar un informe técnico a la interventoría para su revisión y aprobación, el informe debe incluir un capítulo de conclusiones y recomendaciones.
De igual forma la interventoría deberá presentar un informe técnico con la misma estructura del presentado por el contratista de obra, el cual deberá ser remitido al correspondiente supervisor para su revisión, y aprobación.
• Orden de inicio Fase 1: Mediante la cual se dará inicio a la ejecución de la fase 1 de interventoría a la ejecución de Estudios Técnicos y Diseños. Se expedirá para cada Acta de servicio que el PA- FFIE le asigne al interventor y será suscrita por el supervisor del Acta de Servicio y por el Coordinador regional que el PA- FFIE designe para ello. La orden se emitirá dentro de los seis (6) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de servicio.
• Acta de Suspensión del Acta de servicio Fase 1: Esta podrá suscribirse con la interventoría como consecuencia de que se suscriba Acta de Suspensión del Acuerdo de obra y podrá suscribirse independientemente por cada Acta de Servicio sin que esto afecte otras Actas de Servicio asignadas al Contratista, y no generará costos adicionales al Contratante. El documento será suscrito por, el Interventor, el supervisor y el PA FFIE.
• Acta de Reinicio del Acta de servicio Fase 1: Se suscribe una vez superadas las causales que motivaron la suspensión y será suscrita por el interventor, el supervisor y el PA-FFIE.
• Actas de Modificación de plazo (prórroga) Fase 1: Estas se suscribirán con la interventoría como consecuencia de que se suscriba el Acta de Modificación de plazo (prórroga) del Acuerdo de obra. El documento será suscrito por, el Interventor, el Supervisor y el PA FFIE.
• Actas de Modificación en valor (adición) Fase 1: Estas se suscribirán con la interventoría como consecuencia de que se suscriba Acta de Modificación en valor (adición) del Acuerdo de obra, el porcentaje para calcular la adición de la interventoría será el establecido para la Fase 1, el documento será suscrito por el interventor, el supervisor y el PA-FFIE.
• Actas de Terminación Fase 1—Estudios y Diseños: Se suscribe en la fecha en que termina el plazo correspondiente a la interventoría. En caso de que para la fecha establecida para terminación y entrega, la interventoría no haya finalizado la totalidad de las actividades, se establecerá en dicha acta los porcentajes de ejecución a la fecha, las observaciones a que haya lugar, las nuevas fechas para la entrega y el cumplimiento de la totalidad de actividades a cargo del Interventor.
Sin perjuicio de lo anterior, los plazos adicionales para la entrega no eximen al Interventor de haber configurado un incumplimiento del plazo de la Fase 1. Los días adicionales posteriores a la fecha del vencimiento del plazo que se pacten para cumplir con la entrega a satisfacción por parte del Interventor, serán computados para el descuento inmediato pactado con el Interventor. El documento será suscrito por, el Interventor, el supervisor y el PA FFIE.
• Acta de Recibo a Satisfacción del objeto de la Fase 1: Se suscribirá en la fecha pactada de compromiso de entrega de los productos observados en el Acta de Terminación. El documento será suscrito por el Interventor y el supervisor.
• Acta de Cierre de Fase 1: Se suscribirá cuando se reciba del Interventor de obra el informe de viabilidad para dar inicio a la Fase 2. El documento será suscrito por el Interventor, el supervisor y el PA FFIE.
Solo una vez recibida a satisfacción la Fase 1 y que se cuente con todos los permisos y licencias del proyecto, se podrá proceder con la Fase 2.
1.4.2. FASE 2: CONSTRUCCIÓN
Para el desarrollo de la fase 2 del Acta de servicio de interventoría se expedirán las siguientes Órdenes o Actas cuando se requiera así:
• Orden de inicio Fase 2: Con la cual se dará inicio al plazo de la interventoría a la construcción, esta se expedirá por cada Acta de servicio y será suscrita por el Supervisor y el Coordinador Regional del PA FFIE, dentro de los seis (6) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de servicio, cuando el acta solo contemple la Fase 2. Cuando el Acta de servicio incluya Fase 1 y Fase 2, se suscribirá una vez se hayan recibido la totalidad de las licencias y permisos necesarios para la ejecución del proyecto.
• Acta de Suspensión del Acta de Servicio Fase 2: Estas podrán suscribirse con la interventoría como consecuencia de que se suscriba el Acta de Suspensión del Acuerdo de obra Fase 2 y podrán suscribirse independientemente por cada Acta de servicio sin que esto afecte otras Actas de servicio asignados al Contratista, y no generará costos adicionales al Contratante. El documento será suscrito por, el Interventor, el supervisor y el PA FFIE.
• Acta de Reinicio del Acta de servicio Fase 2: Se suscribe una vez superadas las causales que motivaron la suspensión. El documento será suscrito por el Interventor, el Supervisor y el PA-FFIE.
• Actas de Modificación de plazo (prórroga) Fase 2: Estas se suscribirán con la interventoría como consecuencia de que se suscriba Acta de Modificación de plazo (prorroga) del Acuerdo de obra Fase 2. El documento será suscrito por, el Interventor, el Supervisor y el PA FFIE.
• Actas de Modificación en valor (adición) Fase 2: Estas se suscribirán con la interventoría como consecuencia de que se suscriba Acta de Modificación en valor (adición) del Acuerdo de obra Fase 2, el porcentaje para calcular la adición de la interventoría será el establecido en los rangos de valor para la Fase 2 y que corresponda al valor de la adición que se le realiza al Acuerdo de Obra, el documento será suscrito por el interventor, el supervisor y el PA-FFIE.
• Actas de Terminación Fase 2—Construcción: Se suscribe en la fecha en que termina el plazo correspondiente a la interventoría, En caso de que para la fecha establecida para terminación y entrega la interventoría no haya finalizado la totalidad de las actividades, se establecerá en dicha acta los porcentajes de ejecución a la fecha, las observaciones a que haya lugar, las nuevas fechas para la entrega y cumplimiento de la totalidad de actividades a cargo del Interventor. Sin perjuicio de lo anterior, los plazos adicionales para entrega no eximen al Interventor de haber configurado un incumplimiento del plazo de la Fase, razón por la cual los días adicionales posteriores a la fecha del vencimiento del plazo que se pacten para cumplir con la entrega a satisfacción por parte del Interventor, serán computados
para el descuento inmediato pactado con el Interventor. El documento será suscrito por, el Interventor, el supervisor y el PA FFIE.
• Acta de entrega y recibo final de la Fase 2: Se suscribirá en la fecha de finalización del plazo contractual de la fase establecido en el Acta de servicio, dentro de la cual deberán subsanarse en su totalidad las observaciones realizadas por la Supervisión en el acta de terminación. De no entregarse el 100% de los trabajos contratados, se adelantarán las acciones correspondientes que para estos casos se establecen en el presente documento y en el contrato. El documento será suscrito por el Interventor, el Supervisor y el PA FFIE.
NOTA. Las actas mencionadas en el presente numeral serán suscritas por el Interventor, el Supervisor y el PA FFIE, salvo disposición expresa en contrario.
1.4.3. FASE 3: POST CONSTRUCCIÓN
Para el cierre de las Actas de servicio y la liquidación del Contrato Xxxxx se suscribirán las siguientes actas:
• Acta de cierre de Acta de Servicio: Se suscribirá, una vez el Interventor cumpla con todos los entregables requeridos por la Supervisión y ésta los apruebe, en dicha acta se dejará constancia del recibo al cien por ciento (100%) de todos los productos objeto del acta e igualmente del cierre de todas las obligaciones financieras del Acta de servicio. El documento será suscrito por el Interventor el Supervisor y el PA FFIE.
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• Acta de Liquidación del Contrato Xxxxx de Interventoría: Se suscribirá cuando se cuente con todas las actas de cierre de las Actas de servicio asignadas. El documento será suscrito por, el Interventor el supervisor y el PA FFIE.
NOTA. Las actas mencionadas en el presente numeral serán suscritas por el Interventor, el Supervisor y el PA FFIE, salvo disposición expresa en contrario.
2. ALCANCE TÉCNICO:
La función técnica de la Interventoría, es de vital importancia para el desarrollo exitoso del proyecto; en virtud del estricto seguimiento, vigilancia y control que debe ejercer sobre el Acuerdo de Obra objeto de interventoría, en cada una de sus fases de ejecución; las cuales son:
2.1 FASE 1: PRECONSTRUCCION, ESTUDIOS TÉCNICOS Y DISEÑOS:
La interventoría a Los estudios y diseños para las infraestructuras de educación se desarrollarán bajo tres componentes así:
a) Componente 1: Estudios técnicos y diseños existentes en fase III
b) Componente 2: Estudios técnicos y diseños con recursos de regalías
c) Componente 3: Estudios técnicos y diseños nuevos
Nota: Todos los diseños de infraestructura educativa que se desarrollen, además del cumplimiento de la normatividad aplicable a construcciones, deberán cumplir con la NTC 4595, NTC 4596 y el documento de estándares educativos del Ministerio de Educación Nacional.
a) Componente 1: Estudios técnicos y diseños existentes en fase III
Se refiere a aquellos proyectos en los cuales la Entidad Territorial Certificada ETC o el Ente Territorial ET, entrega los estudios técnicos y diseños en Fase 3 de maduración (proyecto de ingeniería de detalle y ejecución) , por lo tanto el Contratista De obra deberá proceder a la revisión verificación y aceptación de los diseños entregados. Para realizar la revisión de lo anterior el PA-FFIE suscribirá con el Interventor un Acta de Servicio en Fase 1 sin valor y asignará un plazo de acuerdo a la magnitud del proyecto, en todo caso, dicho plazo nunca será superior a 15 días hábiles.
El Interventor deberá revisar, verificar y aprobar el informe presentado por el Contratista de Obra, revisando, verificando y aprobando como mínimo lo siguiente:
• Revisar los diseños Arquitectónicos y Urbanísticos de acuerdo con la NTC 4595, NTC4596 (Incluye topografía).
• Revisar el Proyecto estructural NSR 10 (incluye estudio de suelos, memorias de cálculo).
• Revisar los Proyectos eléctricos, (RETIE; RETILAP) de red de voz y datos o automatización, Sistemas de seguridad, Hidrosanitarios, Red Contraincendios, Gas, Instalaciones electromecánicas.
• Revisar las especificaciones técnicas del Proyecto.
• Revisar el presupuesto de obra (incluye APUs) . El Contratista con aprobación de la Interventoría deberá contrastar el valor total del presupuesto respecto a precios xx xxxxxxx con el valor estructurado por el PA- FFIE para la intervención. En caso de presentarse una mayor diferencia entre lo presupuestado por la Entidad Territorial (ET) y lo estructurado como consecuencia de especificaciones técnicas con mayores valores a las de los lineamientos del MEN, el Acuerdo de Obra se suspende hasta tanto la ETC cofinancie el mayor valor.
• Revisar la programación de obra (Flujos de compras, suministros, alquiler de equipos etc.)
• Verificar que existan las licencias y/o permisos necesarios para la ejecución del contrato, así mismo revisar los requisitos exigidos por las entidades competentes a través de dichos permisos con el fin de garantizar su implementación antes del inicio del contrato.
Adicionalmente a lo anterior Interventor y Contratista deberán realizar una visita al sitio en el que se pretende realizar el proyecto dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la entrega de la documentación técnica del Proyecto por la Interventoría y verificar como mínimo lo siguiente:
• Verificar que la implantación del Proyecto tal y como está diseñado. Es factible (topografía, aislamientos, afectaciones etc.) y verificar si está de acuerdo con la Normas urbanísticas locales y si cumple con lo contenido en los Planes de Ordenamiento Territorial - POT o Esquema de Ordenamiento Territorial - EOT vigentes.
• Verificar que las conexiones de servicios públicos están de acuerdo con las factibilidades de servicios expedidos por las empresas prestadoras del servicio.
• Verificar accesibilidad.
• Verificar fuentes de materiales.
Nota: El Contratista Interventor en su informe debe enfocarse en el análisis y soluciones a los posibles inconvenientes que pueda detectar durante la visita.
El Contratista Interventor deberá revisar y aprobar el informe de visita presentado por el Contratista de Obra, el cual deberá contener un informe de los hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
El contratista Interventor, deberá presentar un informe técnico con la misma estructura del presentado por el contratista de obra, el cual deberá ser remitido al correspondiente supervisor para su revisión, y aprobación.
Una vez se revisen, verifiquen y se acepten los diseños existentes se procederá a la suscripción por el contratista de obra y por el interventor del Acta de Aceptación y Apropiación de los diseños existentes.
Nota: En caso en que los estudios técnicos y diseños existentes no contemplen el el análisis del impacto socio-económico y ambiental, el contratista de obra deberá realizarlo y presentarlo a la interventoría para su aprobación.
b) Componente 2: Ejecución de estudios técnicos y diseños (con recursos de regalías)
El interventor deberá revisar, verificar y aprobar que los estudios técnicos y diseños que el contratista ejecute financiados con recursos del Sistema General de Regalías (SGR) cumplen con lo solicitado en el anexo técnico de obra.
El interventor deberá verificar que los proyectos ejecutados por el contratista se desarrollen de acuerdo con la metodología prevista en la Resolución 252 de 22 de febrero de 2012 y los requisitos definidos en el Acuerdo 0017 del 12 de diciembre 2013 “Por el cual se establecen los requisitos para la viabilización, aprobación y ejecución de los proyectos de Inversión Financiados con cargo al Sistema General de Regalías” y/o aquellos que los modifiquen, adicionen o sustituyan.
En caso tal que el Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) solicite modificaciones o complementaciones, la interventoría deberá garantizar que sean atendidas por el contratista de obra, dentro de los plazos establecidos para ello, hasta que el proyecto sea viabilizado por el OCAD.
La interventoría no podrá permitir que por ningún motivo el contratista de inicio a la Fase 2 de construcción hasta que los estudios y diseños sean aprobados por el OCAD y se aprueben por este los recursos que cofinancian la Fase 2 del proyecto.
c) Componente 3: Estudios técnicos y diseños nuevos
Este componente consiste en la elaboración de diseños y estudios técnicos de proyectos nuevos y que no cuentan con ningún tipo de estudios técnicos o diseños, los cuales deberán realizarse en el predio o en el lugar que indique la ficha de postulación presentada por la ETC.
El predio deberá cumplir con la disponibilidad predial que otorgue el municipio y los requerimientos técnicos establecidos por las normas actuales vigentes, bajo la evaluación de las alternativas viables para el desarrollo del proyecto. El diseño deberá enmarcarse en el cumplimiento de la Normas Técnicas de Ingeniería civil, hidráulica, eléctrica, electromecánica, redes de voz y datos y arquitectura, que apliquen según el caso y a los requerimientos particulares del contratista.
El Contratista interventor deberá revisar, verificar y aprobar que los estudios técnicos y diseños que el contratista ejecute cumplen con lo solicitado en el anexo técnico de obra.
Adicionalmente para los tres componentes deberán tenerse en cuenta los siguientes aspectos:
a) Normas técnicas
El interventor deberá revisar y aprobar que los estudios técnicos y diseños, cumplan como mínimo con las siguientes Normas Técnicas.
NORMA TÉCNICA | DESCRIPCIÓN |
NSR – 10 | Norma de Sismo resistencia 2010 |
RETIE | Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas |
RETILAP | Reglamento técnico de instalaciones de iluminación y alumbrado publico |
RAS 2000 | Reglamento Técnico del sector de Agua Potable y Saneamiento Básico |
NTC 2050 | Código Eléctrico Colombiano |
Resolución 379-2012 | Requisitos presentación, viabilizacion y aprobación de Proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico |
Resolución 494 de 2012 | Lineamientos del programa de conexiones intradomiciliarias de servicios de acueducto y alcantarillado |
NTC 1500 | Código Colombiano de Fontanería |
NTC 2505 | Instalación y Suministro de Gas |
NTC 5356 | Instalación de Calentadores a Gas |
NTC 3838 | Gasoductos presiones de operación permisibles para el transporte y distribución de gas |
Ley 361 de 1997 | Integración social de las personas con limitación |
Manual de referencia accesibilidad al medio físico y al transporte del Ministerio de transporte y el Invias | |
NTC 4595 | Planeamiento y diseño de Instalaciones y ambientes escolares |
NTC 4596 | Señalizaciones para instalaciones y ambientes escolares |
NOTA: Para los proyectos que contemplen diseños nuevos y/o complementación y actualización de diseños existentes, el interventor no solo revisará y verificará sino que también aprobará los diseños realizados y certificará que los mismos cumplen con todas las normas técnicas generales y particulares que les apliquen.
b) Sistema constructivo:
El interventor deberá revisar verificar y aprobar el sistema constructivo propuesto por el contratista de obra.
Estas propuestas constructivas podrán ser innovadoras, y no necesariamente deben implicar los sistemas tradicionales de construcción. Dichas propuestas, deben permitir implementar procesos constructivos estandarizados, generando economías de escala y que por lo tanto le permitan enmarcar el proyecto en los costos y plazos previstos por el PA-FFIE en cada Acta de Servicio.
En estas propuestas se deberá considerar el lugar, las dificultades de acceso de los materiales, consecución de mano de obra especializada etc.
Para estos casos, la interventoría deberá verificar todas las condiciones propuestas y evaluar su factibilidad en cuanto a materiales, presupuestos, optimización de recursos entre otros, garantizado que lo propuesto por el contratista de obra, cumpla con los plazos y condiciones esperadas por el PA-FFE.
c) Trámite de permisos y Licencias:
Una vez aprobados los diseños por el Interventor, este deberá verificar que el Contratista de Obra en un máximo de cinco (5) días hábiles con posterioridad a la aprobación de los diseños por la interventoría radique la solicitud de licencia nueva y/o de modificación según el caso de urbanización y/o construcción, para cada uno de los proyectos. Al igual que la solicitud de aprobación de proyectos técnicos eléctricos e hidrosanitarios ante las respectivas Empresas prestadoras del servicio.
De igual forma deberá revisar y verificar que existan las licencias y/o permisos necesarios para la ejecución del contrato, así mismo revisar los requisitos exigidos por las entidades competentes a través de dichos permisos con el fin de garantizar su implementación antes del inicio de la fase 2 construcción.
NOTA: En el momento en que se radican los diseños y estudios técnicos para el trámite de licencias y permisos, las actividades de la interventoría para ese proyecto quedan suspendidas hasta la expedición por el PA-FFIE de la Orden de Inicio de Interventoría para la Fase 2.
d) Revisión y aprobación del Plan de Aseguramiento de la Calidad, Seguridad Industrial y Gestión Ambiental – PACAS.
El Interventor deberá revisar, verificar y aprobar el Plan de Aseguramiento de la Calidad, Seguridad Industrial y Gestión Ambiental – PACAS presentado por el contratista de obra, dicha aprobación deberá darse en los 5 días hábiles siguientes a la entrega xxx XXXXX por el Contratista de obra y será prerrequisito para la suscripción del acta de inicio de la
Fase 2 Construcción.
El PACAS está compuesto de mínimo 3 capítulos así:
• Control operativo de calidad de materiales y actividades (Plan de aseguramiento de calidad)
• Control operativo ambiental
• Control operativo de seguridad y salud en el trabajo (SST) Plan de seguridad industrial)
e) Plan de Contingencia
El contratista conjuntamente con la ET o la ETC según corresponda, deberá elaborar un plan de contingencia para la ejecución de las obras correspondientes. Dicho plan deberá contemplar los cerramientos que se requieran para aislar el lugar de la obra de las áreas en las cuales se seguirá prestando el servicio educativo, igualmente en caso de que se requiera trasladar los servicios educativos a otro lugar o se requiera de la construcción de ambientes educativos temporales deberá adelantar dicho plan y presentarlo para la aprobación de la comunidad educativa y de la interventoría. El costo de dicho plan de contingencia deberá ser a cargo de la ETC o de la ET correspondiente.
Se podrán proponer diferentes alternativas tales como:
• Arrendamiento
• En el mismo predio con la infraestructura existente
• Aulas temporales en el mismo predio
• Aulas temporales en otro predio.
Para este aspecto, la interventoría deberá verificar que el Plan propuesto por el contratista de obra garantice el funcionamiento de la institución educativa a intervenir y que con este no se pondrá en riesgo la seguridad de los usuarios de la misma.
f) Propiedad de los predios:
Durante el análisis del lugar el contratista de obra y la interventoría deberán verificar la propiedad del predio a intervenir y tramitar la expedición del Certificado de Tradición y Libertad de Matrícula Inmobiliaria vigente expedido por la Superintendencia de Notariado y Registro, y consignar los datos en una tabla como la siguiente:
MUNICIPIO | NO MATRICULA INMOBILIARIA | PROPIETARIO | CERTIFICADO DE TRADICIÓN |
Cuando el Contratista de Obra y la interventoría cuenten con el recibo a satisfacción de todos los estudios técnicos y diseños por parte de la Interventoría y con todos los permisos y licencias necesarios se procederá con la ejecución de la Fase 2 ejecución de la obra así:
2.1. FASE 2 DE CONSTRUCCIÓN:
De acuerdo con las estrategias y programas establecidos para el sector educativo, el MEN definió las prioridades de inversión y los criterios para las intervenciones de la infraestructura educativa destinada a Jornada Única Escolar (JUE), así:
a) Establecimientos Educativos Nuevos JUE
Consiste en la construcción de infraestructura educativa totalmente nueva que se considere como una sola unidad escolar, y que contemplen la construcción de aulas de clase, bibliotecas, áreas y espacios de circulación, laboratorios, aula múltiple, dirección administrativa y académica, restaurante escolar, cafetería, cocina, enfermería y servicios sanitarios. En estos proyectos se debe contemplar la construcción como mínimo de una unidad sanitaria por cada 6 aulas.
b) Ampliación y adecuación de establecimientos educativos JUE
Son aquellas intervenciones cuyo objeto sea la ampliación del número de aulas o la construcción de los espacios faltantes complementarios para la JUE las obras de esta categoría deberán aplicar los nuevos estándares que para infraestructura educativa defina el MEN.
c) Reconstrucción de establecimientos educativos JUE
Son aquellos proyectos cuyo objeto sea la reconstrucción para la jornada única escolar que contemplen la construcción de aulas de clase y demás espacios complementarios necesarios para su implementación.
d) Mejoramiento y recuperación de establecimientos educativos JUE
Son aquellos proyectos cuyo objeto sea el mejoramiento de los ambientes escolares para garantizar la permanencia de los estudiantes en el sistema escolar y la implementación de la JUE.
Para la ejecución de las actividades de recuperación y mejoramiento se debe tener en cuenta los siguientes niveles de complejidad de intervención:
• Nivel Bajo: Se refiere a las intervenciones de tipo estético y funcional, tales como reparación xx xxxxxxx, bajantes, desagües, redes de suministro, pintura xx xxxxx y carpinterías.
• Nivel Medio: Se refiere a las intervenciones en las cuales se reemplazan elementos en mal estado como: cubiertas, pisos carpinterías, redes eléctricas y hidrosanitarias, aparatos sanitarios.
• Nivel Alto: se refiere a las intervenciones en las cuales se intervienen los elementos estructurales de la edificación y puede recoger todas las actividades de las anteriores.
De acuerdo con lo anterior, el tipo de intervención será definido en las correspondientes Actas de servicio. El PA-FFIE expedirá la Orden de inicio de Fase 2, tan pronto se cuente con las licencias y permisos necesarios para iniciar las obras.
2.2 Actividades preliminares de obra:
a) Personal
Antes de que la Interventoría y el PA FFIE den la Orden de Inicio de obra y de acuerdo con lo solicitado en el Acuerdo de Obra, la interventoría deberá recibir del contratista de obra para su aprobación las hojas de vida del personal de obra solicitado en el Acuerdo. La presentación de las hojas de vida será con ocho (8) días de anticipación a la fecha señalada en el Acuerdo de Obras para dar inicio a la Fase 2 de Obra.
b) Orden de Inicio
Aprobado el personal de la Interventoría, el supervisor y el PA FFIE suscribirán la Orden de Inicio de Interventoría, con la expedición de la orden de inicio el Interventor deberá dar inicio a las actividades de la interventoría en la fecha señalada en la Orden de Inicio
Las fechas de inicio y terminación de la obra se tomarán de las contempladas en el cronograma de obra e interventoría presentado por el Contratista en la fase 1 y aprobado por la Supervisión.
c) Plan de aseguramiento de la calidad, seguridad industrial y gestión ambiental (PACAS)
Verificar y aprobar el PACAS presentado por el contratista de obra y remitir al PA-FFIE la versión definitiva antes de la suscripción de la Orden de inicio de la Fase 2.
El Plan de Aseguramiento de la Calidad, Seguridad industrial y Gestión Ambiental – PACAS presentado por el contratista de obra debe ser un documento controlado, es decir que cualquier modificación bien sea por alguna necesidad detectada por el contratista, por solicitud de la interventoría o del PA-FFIE deberá registrarse con el número de versión, con la relación de las modificaciones y se debe enviar copia a cada uno de los interesados.
Coordinar y realizar la entrega del sitio de la obra al contratista levantando el acta correspondiente acompañada de un registro fotográfico que evidencie el estado del sitio de la obra al momento de la entrega.
La interventoría deberá presentar al supervisor del PA FFIE para su aprobación el Plan de Aseguramiento de Calidad para el desarrollo de la interventoría, en el cual se establezcan mecanismos ágiles y eficientes para el desarrollo de la Interventoría a su cargo, en los primeros cinco (5) días hábiles después de suscrita la Orden de Inicio de Interventoría.
El aseguramiento de la calidad es el conjunto de acciones sistémicas y planeadas con anticipación, cuya puesta en práctica, permite confiar en que los procesos y los productos, se ajusten a unos determinados requisitos de calidad establecidos de antemano por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas ICONTEC.
Estas acciones se pueden enmarcar en los siguientes grupos:
• Acciones para medir la calidad, mediante especificaciones.
• Acciones para producir calidad, con la aplicación de procedimientos.
• Acciones para comprobar la calidad, con el establecimiento de controles.
• Acciones para demostrar la calidad, a través de verificaciones.
• Acciones para documentar la calidad, por medio de soportes.
d) Actas de Vecindad
Recibir y aprobar las Actas de Vecindad suscritas por el contratista de obra con los propietarios de predios vecinos, así mismo verificar y aprobar el informe del contratista respecto al estado de las áreas de espacio público, vías de acceso y áreas de la institución educativa que no serán intervenidas pero que puedan verse afectadas por la ejecución de los trabajos de obra.
e) Reuniones de socialización
La ETC, el PA-FFIE, el interventor y el contratista de obra, una semana antes de la fecha prevista para el inicio de la obra deberán realizar la primera reunión de socialización con la comunidad en la cual se establecerán los representantes de la veeduría ciudadana la cual estará compuesta de entre 3 y 5 personas de la comunidad educativa u organizaciones y se levantará un acta de constitución en la cual se dejará claramente establecido el plazo y funciones de la veeduría, dicha acta será elaborada por la Interventoría. Una vez suscrita por los miembros, deberá ser inscrita en la personería municipal.
La comunidad deberá ser convocada como mínimo al inicio, una segunda convocatoria se hará cuando la obra se encuentre en un avance del cincuenta por ciento (50%) y una tercera a la terminación.
f) Acometidas provisionales
El interventor deberá verificar que el contratista de obra para cada Acuerdo de Obra, tramite y obtenga los permisos y realice las acometidas provisionales de obra tales como servicio de energía eléctrica y hidrosanitarias, realizar las instalaciones necesarias y responder por el pago de los mismos durante el plazo de ejecución de las obras. Y los demás alcances de actividades preliminares contempladas en este subtitulo en el anexo técnico de obra.
g) Equipos, herramientas, y materiales de construcción
El interventor deberá verificar que el contratista dispone de todo lo requerido de acuerdo con lo solicitado en este subtitulo del Anexo Técnico de obra.
h) Demoliciones o limpiezas
En caso que el PA-FFIE solicite al Contratista de Obra, realizar demoliciones o limpiezas, el Interventor deberá revisar verificar y aprobar que el Contratista de Obra antes del inicio de la actividad cumpla con lo solicitado en el anexo técnico de obra para esta actividad.
i) Replanteo
El interventor deberá revisar verificar y aprobar el replanteo de obra realizado por el contratista de obra y que este se ejecute observando todas las especificaciones contenidas en los diseños y estudios técnicos. Una vez ejecutado, la aprobación de la interventoría será prerrequisito para el inicio de las excavaciones o movimientos de tierra.
j) Ejecución de los trabajos de obra
• El Interventor deberá revisar, verificar y controlar que el Contratista de Obra organice y ejecute los trabajos de acuerdo con la programación aprobada y el Plan de Aseguramiento de Calidad, Ambiental y de Salud y Seguridad en el trabajo.
• El Interventor deberá exigir y controlar que el Contratista implemente, para la ejecución de cada Acuerdo de Obra los frentes de trabajo que se requieran para dar cumplimiento a la programación de obra aprobada por la Interventoría. El atraso en la ejecución de la misma implicara la aplicación de los Acuerdos de Niveles de Servicio ANS establecidos en este anexo.
• El Interventor deberá revisar exigir y controlar que el Contratista utilice equipo adecuado por su calidad, cantidad, tipo y capacidad y que esté en condiciones de servicio, seguridad y disponibilidad permanente.
• El interventor deberá revisar, controlar y exigir que el Contratista de obra utilice materiales y productos originales nuevos NO remanufacturados ni repotenciados, de conformidad con las especificaciones técnicas que le apliquen a cada una de las actividades de obra.
• El Interventor deberá revisar, verificar, controlar y aprobar que el Contratista ejecute los trabajos de obra dando cumplimiento a lo estipulado en las Normas Técnicas que apliquen, acorde con los estudios y diseños aprobados por la Interventoría, en ningún caso podrá modificarlos unilateralmente.
En caso de que se requiera realizar cambios a los estudios y diseños durante la ejecución de la obra, el Contratista de Obra, deberá presentar a la Interventoría su propuesta y esta deberá revisarlos y aprobarlos para que puedan ser implementados por el mismo. De esta actividad deberá dejarse constancia en el acta suscrita por las partes del control de cambios realizado.
• La interventoría deberá informar por escrito al contratista y al PA-FFIE que los cambios que se puedan presentar no generaran mayores reconocimientos por el contratante para el Contratista, por lo cual este deberá ejecutarlos por el valor pactado en el Acuerdo de Obra.
• La interventoría deberá revisar, controlar, verificar y aprobar que el contratista de obra realice todos los ensayos de laboratorio, pruebas de presión hidrostática, desinfección de tuberías, pruebas de estanqueidad y las demás que apliquen de acuerdo a las normas a las actividades que se ejecuten, a los materiales y a los demás elementos que se instalen y que permitan comprobar y demostrar la calidad con que se ejecutan los trabajos, adicionalmente deberá verificar y aprobar que el contratista realice todas
aquellas que le solicite la Interventoría para verificar el cumplimiento del Plan de Aseguramiento de la calidad.
• En caso que se presente NO conformidad por la Interventoría a actividades ejecutadas, el Contratista de Obra, deberá demolerlas y reemplazarlas por su cuenta y riesgo en el término indicado por la Interventoría. La interventoría deberá revisar verificar y aprobar que estas se ejecuten de acuerdo con la calidad especificada en las Normas Técnicas que les apliquen.
• La interventoría deberá revisar, controlar y verificar que el Contratista de Obra reponga o repare oportunamente por su cuenta y riesgo cualquier daño o deterioro que ocasione a las obras de urbanismo o al espacio público, vías de acceso o a las instalaciones de la IE, como consecuencia de la ejecución de la obra.
• El Interventor deberá revisar, controlar y verificar que el Contratista de Obra adopte e implemente las medidas técnicas, ambientales, sanitarias, forestales e industriales que se requieran para no poner en peligro las personas o el medio ambiente y garantizar que así lo hagan sus subContratistas y proveedores.
• La interventoría deberá realizar el seguimiento y evaluación al PACAS y exigir su cumplimiento durante todo el plazo contractual.
• El Interventor deberá revisar y verificar que el Contratista de Obra instale y mantenga en su área de trabajo las señales de acuerdo con la normativa vigente, tales como: la legislación de tránsito vehicular, de equipo, maquinaria y peatonal municipal (Planes de manejo de transito PMT), departamental y nacional y todas aquellas que se requieran para garantizar la seguridad y el adecuado desarrollo de la obra.
• La interventoría deberá consignar en la bitácora o libro de obra, el seguimiento, control y aprobación de todas las acciones implementadas por el contratista en la ejecución de la obra y responder por escrito las consultas o solicitudes que realice el contratista de obra.
• La interventoría deberá solicitar mensualmente al contratista de obra Xxxxxxxx y actualizar los planos record de la obra y aprobarlos, de los planos aprobados el interventor deberá anexar en el informe mensual de interventoría que corresponda copia impresa y en medio magnético del avance de los planos record y en informe final entregar la versión final de los mismos.
• La interventoría deberá, revisar, aprobar o rechazar las actas periódicas de obra que presenta el contratista para la formulación de cuentas, teniendo especial cuidado que correspondan a la obra realmente ejecutada, de acuerdo con los planos y especificaciones.
• El Interventor deberá suscribir con el Contratista de Obra, la certificación mediante la cual se deja constancia que la construcción de la estructura y de
los elementos no estructurales, de las instalaciones eléctricas y de iluminación, de las instalaciones hidro-sanitarias y que los espacios de la IE construidos, se realizaron de acuerdo con las especificaciones técnicas y que cumplen con contemplado en las diferentes Normas Técnicas que le aplican al Proyecto.
NORMA TÉCNICA | DESCRIPCIÓN |
NSR - 10 | Norma de Sismo resistencia 2010 |
RETIE | Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas |
RETILAP | Reglamento técnico de instalaciones de iluminación y alumbrado público |
RAS 2000 | Reglamento Técnico del sector de Agua Potable y Saneamiento Básico |
NTC 1500 | Código Colombiano de Fontanería |
NTC 2505 | Instalación y Suministro de Gas |
NTC 5356 | Instalación de Calentadores a Gas |
NTC 3838 | Gasoductos presiones de operación permisibles para el transporte y distribución de gas |
NTC 4595 | Planeamiento y diseño de Instalaciones y ambientes escolares |
NTC 4596 | Señalizaciones para instalaciones y ambientes escolares |
Ley 361 de 1997 | Integración social de las personas con limitación |
Manual de referencia accesibilidad al medio físico y al transporte del Ministerio de transporte y el Invias |
• El Interventor y el contratista de obra deberán entregar la Infraestructura educativa, al PA-FFIE, al Municipio o a la Entidad Territorial Certificada totalmente terminada y funcionando con la totalidad de conexiones a los servicios públicos, conforme con la viabilidades o factibilidades dadas por las empresas prestadoras de servicios en el lugar de ejecución, y las certificaciones de Norma que apliquen según el caso.
Con esta entrega se debe suscribir el Acta de Entrega y recibo por parte del delegado del Ente Territorial y/o de la ETC, previa suscripción del acta de recibo a satisfacción.
k) Aspecto Ambiental:
Es función primordial de la interventoría propender por la prevención, mitigación, corrección y/o compensación de los posibles impactos ambientales que el proyecto pueda ocasionar sobre la comunidad en particular y en el entorno, es decir, sobre el medioambiente y los recursos naturales:
o Flora
o Fauna
o Aire
o Suelo
o Nacimientos y cursos de agua
o Deterioro del paisaje
o Estabilidad de taludes
o Contaminación de corrientes de agua
Así mismo, la Interventoría deberá verificar el cumplimiento por parte del contratista de obra de todas las obligaciones legales exigidas por la autoridad competente y por el PA- FFIE. Así mismo, la Interventoría debe exigir la ejecución de las obras de mitigación y medidas de manejo que aparecen en el Plan de Manejo del Estudio de Impacto Ambiental y en la Resolución de Licencia Ambiental otorgada por la entidad competente (en caso de que aplique) y todas las medidas incluidas en el PACAS.
La Interventoría debe asegurarse de que las fuentes de materiales que se van a utilizar estén debidamente legalizadas ante la autoridad competente.
En este aspecto ambiental, la Interventoría debe colaborar con las entidades encargadas del manejo y control de los recursos naturales y del medioambiente para prevenir, atenuar o minimizar los posibles impactos ambientales que se causen con motivo de la ejecución de las obras, de acuerdo con los estudios ambientales del proyecto.
La interventoría deberá verificar que se dé cumplimiento a las normas vigentes sobre contaminación atmosférica, por los equipos o las plantas de que se disponga o actividades a realizar, así como vigilar que el contratista de obra aplique y observe la legislación ambiental vigente, de orden municipal, departamental y nacional.
En el informe semanal y mensual de Interventoría, se deberá consignar la evaluación respecto al manejo del contratista de obra del componente ambiental.
l) Aspecto social:
o Programar y coordinar con el contratista de obra las reuniones con la comunidad para la socialización del proyecto durante su ejecución. Las actividades realizadas en el marco de esta socialización deberán estar debidamente soportadas mediante actas, memorias, registros fotográficos, entre otros, que permitan determinar fechas y miembros de comunidad convocados y asistentes.
o Verificar que el contratista atienda oportunamente las solicitudes de la comunidad o de las autoridades municipales o departamentales, para lo cual deberá solicitarle una relación de las comunicaciones recibidas y contestadas, con sus respectivos soportes.
o Verificar el manejo social del personal de obra y administrativo del contratista de obra.
o En el informe semanal y mensual de interventoría, deberá consignar la evaluación respecto al componente social.
m) Recibo de la obra
o Recibir del contratista de obra, la totalidad de las obras a las que este se haya comprometido en desarrollo del objeto del Acuerdo de Obra, cumpliendo con todos
los requisitos de las licencias de urbanismo y de construcción, permisos, con la totalidad de conexiones a servicios públicos, listas y funcionando.
o Recibir y coordinar la entrega al FFIE de los Manuales de Mantenimiento, Planos record y Manuales de garantía de la obra y de los equipos que se hayan instalado.
o Elaborar el Acta de Recibo Final y entregarla al PA-FFIE para su respectiva suscripción, una vez la Interventoría haya verificado y aprobado la totalidad de las obras ejecutadas por el contratista.
o Coordinar y participar de la entrega de los bienes y servicios por parte del FFIE al cliente.
2.2. FASE POST CONSTRUCCIÓN
o Revisar y aprobar el Informe Final del Acuerdo de Obra, verificando su alcance respecto al objeto del Acuerdo y el acta de recibo final y cierre del Acuerdo de obra.
o Presentar el Informe Final de la Interventoría del Acta de Servicio de acuerdo con el Manual de Supervisión e Interventoría del FFIE.
o Presentar el proyecto de liquidación del contrato marco y de las actas de cierre de cada proyecto asignado, dentro del término establecido para la liquidación de cada una y remitirla al CONTRATANTE, junto con los soportes correspondientes. Para tales efectos deberá aportar la documentación necesaria una vez se encuentren terminadas y recibidas a satisfacción las obras.
3. ALCANCE ADMINISTRATIVO Y LEGAL
3.1. FASE 1: PRE CONSTRUCCIÓN
o Solicitar y recibir del PA-FFIE o a quien éste indique la documentación e información necesaria para desarrollar adecuadamente la Interventoría.
o Presentar al supervisor del PA- FFIE para su aprobación (cuando aplique), las hojas de vida del personal solicitado a la interventoría para el seguimiento de cada una de las obras que se le asignen.
o Revisar y verificar los documentos e información que dieron origen al contrato objeto de interventoría, con el propósito de establecer criterios claros y precisos que le permitan adelantar con efectividad las labores encomendadas, solicitando al PA- FFIE las aclaraciones del caso.
o Verificar que existan las licencias y/o permisos necesarios para la ejecución del contrato, así mismo revisar los requisitos exigidos por las entidades competentes a través de dichos permisos con el fin de garantizar su implementación antes del inicio del contrato e informar oportunamente al PA- FFIE sobre cualquier novedad identificada en dicha verificación.
o Cumplir y hacer cumplir al contratista de obra, todas las obligaciones relacionadas
a la afiliación al Sistema General de Seguridad Social (Salud, pensiones y riesgos laborales), así como el cumplimiento de pago de obligaciones parafiscales de todo el personal a su cargo de acuerdo con lo dispuesto en la ley. El interventor deberá verificar este aspecto en los proyectos asignados por el FFIE mediante la revisión periódica del soporte documental correspondiente y dejará constancia de ello en el informe mensual.
o Adelantar el seguimiento y control sobre los inicios, suspensiones, reinicios, prórrogas y adiciones sobre los Acuerdos de obra sobre los cuales ejerce la función de interventoría mediante el soporte de una matriz que deberá incluirse dentro del informe mensual de interventoría.
3.2. FASE 2: CONSTRUCCIÓN
o Cumplir y hacer cumplir durante el desarrollo del contrato de obra lo establecido en los TCC (Términos y Condiciones Contractuales), referente a los requisitos exigidos de los perfiles profesionales del recurso humano y el tiempo de dedicación de los mismos en Acuerdo de Obra, así como el equipo exigido para la ejecución de los trabajos. Además, de ser necesario, puede exigir el cambio de personal o equipo siempre y cuando esté de acuerdo con lo establecido en el contrato.
o Durante la ejecución de los Acuerdo de Obra, sí el contratista solicita cambios de personal de los equipos de trabajo del Contratista, la Interventoría deberá revisar y aprobar que cualquier relevo o cambio en el equipo de trabajo del contratista de obra, cumpla con lo establecido en los TCC (Términos y Condiciones Contractuales), y deberá dejar el registro respectivo e informar al PA-FFIE.
o Tiene la responsabilidad de revisar periódicamente la implementación efectiva del plan de acompañamiento social entregado por el contratista, de acuerdo con las cláusulas contractuales establecidas. Deberá verificar las actividades realizadas, la vinculación adecuada de personas vulnerables y sus condiciones de trabajo, el cumplimiento de indicadores, además de revisar y validar las fuentes de verificación remitidas por el contratista. Así mismo, canalizará oportunamente hacia el PA-FFIE, las quejas y reclamos que presente la comunidad sobre el proyecto.
o Cumplir y hacer cumplir al contratista de obra en lo referente a la afiliación al Sistema General de Seguridad Social (Salud, pensiones y riesgos laborales), así como el cumplimiento de pago de obligaciones parafiscales de todo el personal a su cargo de acuerdo con lo dispuesto en la ley. El interventor deberá verificar este aspecto en los proyectos asignados por el PA-FFIE mediante la revisión periódica del soporte documental correspondiente y dejará constancia de ello en el informe mensual.
o Cumplir y hacer cumplir al Contratista las obligaciones laborales que se generen con relación al Acuerdo de obra suscrito.
o Verificar y exigir que el contratista de obra otorgue las garantías establecidas, velar porque estas permanezcan vigentes de acuerdo con las condiciones estipuladas en el contrato y realizar al Contratista los requerimientos del caso, cuando sea necesario modificar las mismas en valor o en plazo. En caso que el Contratista no realice las ampliaciones a que haya lugar, el Interventor deberá informar al
Supervisor y a la entidad contratante de este evento, con el fin de que se tomen las medidas respectivas.
o Programar y coordinar con el Contratista y el FFIE, las reuniones de seguimiento a la ejecución del contrato. En estas reuniones se presenta el estado de avance del contrato, así como se tratan y analizan temas y problemas relacionados con el desarrollo del proyecto, acordando entre las partes soluciones prácticas y oportunas.
o Elaborar, revisar, aprobar, suscribir y radicar las Actas de servicio, Ordenes de inicio Actas de cierre, terminación, entrega y recibo final y demás documentos necesarios para la ejecución del contrato
o Cumplir con la entrega de los informes ejecutivos, reportes diarios, Informes semanales, mensuales y final requeridos por el PA- FFIE en los cuales se presente el estado de ejecución, avance y terminación del contrato, así:
a) Reporte diario: Deberá presentarse por cada Acta de servicio suscrita, antes de las 12 pm del día correspondiente y deberá elaborarse de acuerdo con el formato que se contempla en el Manual de supervisión e interventoría del FFIE. Este deberá ser remitido simultáneamente vía correo electrónico y en físico debidamente suscrito por el Residente de Interventoría.
b) El informe semanal: deberá presentarse por cada Acta de Servicio suscrita, con corte al día sábado y se entregará a más tardar el día miércoles de la siguiente semana. El primer informe semanal deberá presentarse el día miércoles de la tercera semana de ejecución del contrato y su contenido incluirá la ejecución de la fracción de la primera semana más la segunda semana, éste deberá ser remitido simultáneamente vía correo electrónico y en físico debidamente suscrito por el Director de Interventoría.
c) El Informe mensual deberá presentarse por cada Acta suscrita, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al vencimiento del mismo, salvo aquellos casos en los que se establezca una condición diferente ya sea en los Términos de Condiciones Contractuales y/o en el contrato. Para aquellos contratos que inicien en la segunda quincena, el primer informe mensual deberá presentarse al Supervisor del Contrato con corte al último día del segundo mes e incluirá la ejecución de la fracción del mes anterior. En caso de requerirse, el Interventor realizará y enviará al PA- FFIE el documento denominado reporte Inmediato, en el cual consignará aquellas circunstancias importantes o extraordinarias que se presenten en el desarrollo del proyecto y que ameriten ser reportadas a la Entidad, y que se encuentren anteriores al cumplimiento del periodo de los informes arriba mencionados. El informe mensual deberá contener como mínimo:
1. La matriz de seguimiento de los proyectos asignados con las novedades contractuales referidas a inicios, suspensiones, reinicios, prórrogas y adiciones, valores iniciales, reducciones, desembolsos, saldos por ejecutar.
2. Las fichas técnicas de cada proyecto asignado con su información general y la descripción de las actividades técnicas, administrativas, legales y de control presupuestal realizadas, el valor programado y ejecutado, el registro
fotográfico correspondiente y las recomendaciones de ejecución incluyendo el porcentaje de avance de la obra.
o Atender y/o responder las observaciones o aclaraciones que solicite el Supervisor del PA- FFIE dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al requerimiento.
o Si se presenta la necesidad de suspender la ejecución de uno de los Acuerdos de obra y por consiguiente el Acta de Servicio de interventoría, el Interventor deberá remitir al PA-FFIE, la solicitud de suspensión debidamente soportada en un concepto técnico, a fin de que el Supervisor, y las demás personas que el PA-FFIE designe, manifiesten su aval o rechazo. En caso afirmativo, una vez resuelta la situación que motivó la suspensión del Acuerdo y acta o el contrato marco, el Interventor dará aviso al PA-FFIE y remitirá diligenciadas y suscritas las correspondientes actas de reinicio para visto bueno del Supervisor y las personas que el PA-FFIE designe, junto con la correspondiente modificación de las pólizas en caso que la suspensión corresponda al contrato marco.
o Estudiar las sugerencias, consultas y reclamaciones presentadas por el Contratista de obra y emitir un concepto al PA-FFIE para la resolución final de las mismas.
o Revisar las solicitudes de adición en valor y/o prórrogas, modificaciones, suspensiones, etc., del Acuerdo de obra presentadas por el Contratista y emitir un concepto técnico al respecto al PA-FFIE. Adicionalmente, deberá elaborar, revisar y remitir dichas solicitudes para su aprobación con la suficiente antelación a la fecha requerida para su implementación. Dichas solicitudes deben estar claramente justificadas.
o Emitir los conceptos que el PA-FFIE solicite en marco de la ejecución del Acta de Servicio o de su contrato dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la radicación de la solicitud.
o Velar por el oportuno trámite de las solicitudes y peticiones que hagan los particulares o las autoridades en relación con el desarrollo de los Acuerdos de Obra o del contrato o contratos objeto de interventoría.
o En caso de cualquier tipo de incumplimiento del Acuerdo de obra o del contrato xxxxx, el Interventor deberá enviar al Supervisor, copia de los requerimientos realizados al Contratista, de los cuales siempre se deberá allegar copia a la compañía aseguradora. No obstante el requerimiento, el cual deberá establecer un término para el cumplimiento de la obligación, si el Contratista incumple el mismo, el Interventor deberá informar de inmediato al Supervisor con el fin de dar aviso del siniestro a la compañía aseguradora dentro de los tres (3) días siguientes a la ocurrencia del mismo, de conformidad con lo establecido en el Código de Comercio.
o Una vez se de aviso del siniestro a la compañía aseguradora, el Interventor deberá enviar al Supervisor un informe desde el punto de vista técnico con los antecedentes y hechos que evidencien un posible incumplimiento del Contratista y una tasación de los perjuicios ocasionados. Si el incumplimiento conlleva, además, a un indebido manejo de recursos, el Interventor deberá informar al Supervisor para que se inicien las acciones a las que haya lugar.
o Suministrar de manera oportuna al PA- FFIE toda la base documental que de fe del cumplimiento de su contrato y del seguimiento y control del contrato objeto de interventoría.
o Exigir la información que considere necesaria, recomendar lo que estime y contribuya a la mejor ejecución del contrato, y en general adoptar las medidas que propendan por la óptima ejecución del objeto contratado.
o Dejar constancia escrita de todas sus actuaciones. Las órdenes e instrucciones que imparta son de obligatorio cumplimiento siempre y cuando estén en concordancia con la Ley y lo pactado.
o Las demás actuaciones que de conformidad con la normatividad vigente y con su naturaleza correspondan a la función de Interventoría.
Actividades no previstas aplica para Mejoramiento y Reparación de la Infraestructura existente.
Solo aplicaran para el caso de Mejoramiento y Reparación de la Infraestructura existente, o para proyectos especiales, o aquellos que por sus características y complejidad impliquen un tratamiento especial no previsto dentro de los valores a precio global fijo y/o porcentajes estimados.
o Identificar las actividades no previstas, verificando con anterioridad que no se encuentran contenidas en los listados de precios de las ET (Departamentos o Municipios) en las que se ejecuta el proyecto y las especificaciones técnicas del ítem, así mismo los precios establecidos por el FFIE y las resoluciones de precios de la ETC o ET, a fin de establecer si procede la inclusión de la actividad propuesta o si esta se encuentra contemplada en alguna de las fuentes referenciadas. En caso de que se encuentre contemplada en la lista de precios se aplicará el precio allí consignado, en caso de que NO se contemple y sea necesaria su inclusión, deberá informar por escrito al PA-FFIE y elaborar las especificaciones técnicas para dichas actividades, observando las normas vigentes tanto técnicas como legales.
Para el efecto dispone de cinco (5) días hábiles siguientes a la identificación. Alternativamente, el aviso de la necesidad de actividades no previstas podrá ser efectuado por el Contratista mediante oficio al PA-FFIE con copia al Interventor y al Supervisor. En todo caso, avisada la necesidad, el Interventor deberá iniciar el proceso antes descrito. En caso de demora u omisión en esta actividad, la Supervisión solicitará la aplicación del descuento automático a que haya lugar de conformidad con lo establecido en el contrato de interventoría y el presente documento.
o Vencido el plazo para la elaboración de las especificaciones técnicas de las actividades no previstas, deberá comunicar por escrito al contratista que dispone de un plazo de cinco (5) días hábiles para la presentación de los Análisis de Precios Unitarios (APUs) de las actividades no previstas, adjuntando en dicha comunicación las especificaciones técnicas para su ejecución. Si, pasados los cinco (5) días hábiles de que dispone el Contratista para la presentación de los APUs, este no ha presentado dichos análisis, el Interventor procederá a informar al PA-FFIE la demora en el cumplimiento de esta actividad a fin de que la entidad aplique las acciones
correspondientes.
o Recibidos los APUs, deberá verificar que los valores de los insumos y demás componentes del análisis de precios unitarios no estén incluidos en los costos estimados por el FFIE, ni en los listados de predios de las ETC si corresponde. En caso de encontrarse discrepancia en estos valores, procederá a realizar las correcciones pertinentes, informando por oficio de este aspecto al Contratista de Obra.
o Remitir al PA-FFIE dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores al recibo, su concepto (que debe contener una manifestación de que se revisaron los valores contractuales y los listados de precios de las ETC, evidenciando que efectivamente la actividad no está incluida en el contrato, y una breve justificación técnica de la necesidad de cada una de ellas), anexando debidamente diligenciado los formatos que el PA-FFIE requiera para ello.
o A solicitud de la Supervisión del PA-FFIE y dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, ajustar con el Contratista los APUs que fueren objetados, informando por vía idónea (correo electrónico o fax) el resultado del ajuste. Si vencido el plazo indicado, no se han remitido los ajustes, se tomará como valor de la actividad, el determinado por el PA- FFIE.
o Una vez aceptada la totalidad de los APUs, o vencido el término para el ajuste de los mismos, deberá diligenciar y remitir suscrito por los Representantes Legales del Contratista y la Interventoría o por sus respectivos directores, los formatos: Comparación y fijación de precios no previstos, Acta de mayores y menores cantidades e ítems no previstos y Solicitud de adición y/o prórroga (si hubiere lugar a ello), con el fin de efectuar la modificación al Acuerdo de obra. Para el efecto dispone de los tres (3) días hábiles siguientes a la comunicación de aceptación o al vencimiento de los términos para el ajuste.
o En caso que el Contratista de Obra no llegare a suscribir los formatos requeridos en el plazo indicado, la Interventoría deberá solicitar la aplicación de las sanciones a que haya lugar de conformidad con lo establecido en el contrato. En todo caso, el PA-FFIE determinará lo procedente de acuerdo con la normatividad vigente.
o Cuando se requiera, el Interventor debe soportar la revisión efectuada a los Análisis de Precios Unitarios de los ítems no previstos con mínimo dos (2) cotizaciones.
o Previo a la ejecución de los ítems no previstos, el Interventor deberá verificar la existencia de la legalización de la modificación a la respectiva del Acuerdo de obra y acta de servicios de interventoría.
3.3. FASE 3: POST CONSTRUCCIÓN
o Elaborar y suscribir oportunamente tanto, las actas de cierre y terminación derivadas de cada Acuerdo de Obra y del Acta deServicio correspondiente, como las del contrato marco y dejar consignadas las observaciones pertinentes en el formato que el PA-FFIE disponga para tal fin.
o Elaborar y suscribir las Actas de Xxxxxx y entrega final de cada Acuerdo de obra y
del contrato xxxxx.
o Exigir al contratista de obra y verificar que este realiza la entrega de las Redes de servicios públicos domiciliarios a las entidades competentes.
o Elaborar el proyecto de liquidación del contrato objeto de la Interventoría en un tiempo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir de la fecha de terminación y remitirla a al PA-FFIE para su revisión y aprobación final junto con la totalidad de los soportes.
o Exigir y obtener del Contratista los paz y salvos a los que haya lugar según la naturaleza del contrato, conforme lo solicitado por el FFIE para la liquidación del contrato.
o Elaborar y firmar conjuntamente con el contratista el acta de cierre, entrega y recibo final de obra, en esta acta se debe hacer constar:
• El estado en que se recibe la obra objeto del contrato.
• El área total de construcción.
• El valor final del contrato incluyendo reajustes y revisiones de precios.
• El cuadro final de liquidación de obra, en donde aparezcan todas las cantidades recibidas.
• La discriminación de todos los valores del contrato.
NOTA: El Interventor deberá adelantar todas las gestiones pertinentes relacionadas con la identificación y manejo de hallazgos o no conformidades que evidencien posibles incumplimientos de las obligaciones de los contratistas, lo que afecta la correcta ejecución de los proyectos a su cargo. Entre otras, deberá realizar los requerimientos correspondientes con copia a la compañía aseguradora, revisar y dar concepto sobre las respuestas dadas por los contratistas a dichos requerimientos, efectuar un continuo seguimiento a los planes de contingencia y de mejoramiento destinados a superar las dificultades o situaciones identificadas, notificar al Supervisor y mantenerlo informado sobre estos procesos.
Las actividades realizadas en este sentido deberán estar debidamente soportadas dado que serán parte integral de los reportes o informes de posible incumplimiento a remitir al PA- FIIE.
NOTA: Los reportes o informes de posible incumplimiento deberán como mínimo identificar el Acuerdo de Obra (número y fecha de suscripción y legalización, fecha de terminación final, nombre del contratista, objeto contractual y valor), describir los antecedentes y hechos sobre el posible incumplimiento del contratista, emitiendo un concepto técnico al respecto y presentar una tasación de los perjuicios ocasionados; de igual manera deberá anexar copia de los requerimientos realizados por el Interventor.
4. ALCANCE FINANCIERO Y DE CONTROL PRESUPUESTAL
El Interventor deberá vigilar y garantizar la debida y oportuna inversión de los recursos del Acuerdo de Obra por parte del contratista durante la ejecución de la obra, para ello deberá
como mínimo realizar lo siguiente:
4.1. FASE 1: PRE CONSTRUCCIÓN
o Revisar y conocer el origen de los recursos del Acuerdo de obra, la disponibilidad presupuestal, las vigencias de las mismas y los valores correspondientes a cada vigencia.
4.2. FASE 2: CONSTRUCCIÓN
o Revisar y aprobar o desaprobar las actas de Recibo parcial del Acuerdo de obra y de pre entrega, verificando que el alcance de obra es consecuente con las consignadas en el acuerdo de obra y corresponden a lo realmente ejecutado.
o Revisar las facturas, órdenes de pago y soportes presentados por el contratista para el pago de las cuentas con el fin de garantizar el cumplimiento de los requisitos establecidos por el PA-FFIE y la normatividad vigente.
o Llevar un registro cronológico de los pagos, y ajustes económicos de los Acuerdos de Obra y balance presupuestal del mismo.
o Verificar y controlar el balance de ejecución del contrato marco para garantizar el cumplimiento del objeto dentro del presupuesto asignado.
o Cuando esté establecida la fórmula de reajuste, el Interventor debe calcular los ajustes de precios del contrato de acuerdo con lo indicado en las cláusulas contractuales.
o Gestionar ante el contratista la presentación efectiva de pagos de acuerdo con las estipulaciones contractuales, conforme el avance de la obra y la aprobación, por parte de la interventoría, de los productos a cargo del contratista de obra.
4.3. FASE 3 POS CONSTRUCCIÓN
o Efectuar el balance presupuestal de ejecución del Acuerdo de Obra o del Contrato Xxxxx para efectos de la liquidación del mismo.
5. TIEMPOS MÁXIMOS PARA ELABORACIÓN, REVISIÓN, SUSCRIPCIÓN Y ENTREGA DE DOCUMENTOS POR PARTE DE LA INTERVENTORÍA.
La interventoría deberá ejercer sus actividades de acuerdo con los tiempos estimados en el siguiente cuadro:
RESUMEN TIEMPOS PARA ELABORACIÓN, REVISIÓN, SUSCRIPCIÓN Y ENTREGA DE DOCUMENTOS POR PARTE DE LA INTERVENTORÍA | |||
№ | ACTIVIDAD | PLAZO | RESPONSABLE |
1 | Realización de visita técnica al área | 5 días hábiles posteriores a la | INTERVENTOR |
RESUMEN TIEMPOS PARA ELABORACIÓN, REVISIÓN, SUSCRIPCIÓN Y ENTREGA DE DOCUMENTOS POR PARTE DE LA INTERVENTORÍA | |||
№ | ACTIVIDAD | PLAZO | RESPONSABLE |
de intervención en la Fase 1, para los componentes 1,2 y 3. | entrega de la documentación técnica del proyecto por el supervisor | ||
2 | Elaboración y entrega del informe técnico de visita en la Fase 1, para los componentes 1,2 y 3. | 3 días hábiles posteriores a la realización de la visita | INTERVENTOR |
3 | Revisión y aprobación de los documentos entregados por el contratista para cada una de las actividades contenidas en la Fase 1. | 5 días hábiles posteriores a la entrega de la documentación técnica del proyecto | INTERVENTOR |
4 | Radicación de la solicitud de licencia nueva y/o de modificación según el caso de urbanización y/o construcción del proyecto y radicación de la solicitud de aprobación de proyectos técnicos eléctricos e hidrosanitarios ante las respectivas empresas prestadoras del servicio. | 5 días hábiles posteriores a la aprobación de los diseños | CONTRATISTA |
5 | Revisión, verificación y aprobación el Plan de Aseguramiento de la Calidad, Seguridad industrial y gestión ambiental – PACAS presentado por el contratista de obra | 5 días hábiles posteriores a la entrega xxx XXXXX presentado por el contratista de obra | INTERVENTOR |
6 | Entrega de la programación detallada de obra por parte del contratista | 3 días calendario siguientes de ejecución del contrato, contados a partir de la suscripción del acuerdo de obra | CONTRATISTA |
7 | Revisión y aprobación de la programación detallada de obra entregada por el contratista | 2 días hábiles siguientes a la entrega de la programación detallada de obra presentada por el contratista | INTERVENTOR |
8 | Realización de visita técnica requerida en el Informe TIPO ESPECIALISTA CON VISITA | 5 días hábiles siguientes a la autorización del informe TIPO ESPECIALISTA CON VISITA | INTERVENTOR |
9 | Radicación en el FFIE del Informe TIPO ESPECIALISTA CON VISITA | 3 días calendario siguientes a la realización de la visita para el INFORME TIPO ESPECIALISTA CON VISITA | INTERVENTOR |
10 | Radicación en el FFIE del Informe TIPO CONCEPTO ESPECIALISTA | 3 días calendario siguientes a la autorización del INFORME TIPO CONCEPTO ESPECIALISTA | INTERVENTOR |
11 | Radicación en el FFIE del Plan de Mejoramiento por cada proyecto asignado, cuando aplique | 3 días hábiles siguientes a la notificación del desempeño para el proyecto asignado | INTERVENTOR |
12 | Radicación en el FFIE del Plan de | 1 día hábil siguiente a la | INTERVENTOR |
RESUMEN TIEMPOS PARA ELABORACIÓN, REVISIÓN, SUSCRIPCIÓN Y ENTREGA DE DOCUMENTOS POR PARTE DE LA INTERVENTORÍA | |||
№ | ACTIVIDAD | PLAZO | RESPONSABLE |
Contingencia por cada proyecto asignado, cuando aplique | notificación del desempeño para el proyecto asignado | ||
13 | Atender y/o responder las observaciones o aclaraciones o requerimientos que solicite el Supervisor del FFIE | 3 días hábiles siguientes al requerimiento de tipo administrativo y 5 días hábiles siguientes al requerimiento de tipo financiero, técnico, legales | INTERVENTOR |
14 | Entrega del Reporte diario de interventoría por acta de servicio en medio magnético | 12 pm del dia correspondiente | INTERVENTOR |
15 | Entrega y radicación del informe semanal de interventoría por acta de servicio | Cada día miércoles y con corte al día sábado inmediatamente anterior | INTERVENTOR |
16 | Entrega y radicación del informe mensual de interventoría por acta de servicio | 3 días hábiles siguientes al vencimiento del mes | INTERVENTOR |
17 | Emitir los conceptos que el FFIE solicite en marco de la ejecución de su contrato | 3 días hábiles siguientes a radicada la solicitud | INTERVENTOR |
18 | Notificación sobre la identificación de actividades no previstas | 5 días hábiles siguientes a la identificación | INTERVENTOR |
19 | Presentación de los Análisis de Precios Unitarios (APUs) de las actividades no previstas a la Interventoría | 5 días hábiles siguientes al recibo de comunicación de la Interventoría sobre las actividades no previstas | CONTRATISTA |
20 | Entrega y radicación en el FFIE del concepto sobre APUs de las actividades no previstas, anexando debidamente diligenciado y suscrito el formato que se establezca para ello | 5 días hábiles posteriores al recibo de los APUs de las actividades no previstas | INTERVENTOR |
21 | Entrega y radicación en el FFIE los siguientes formatos debidamente suscritos: Comparación y fijación de precios no previstos, Acta de mayores y menores cantidades e ítems no previstos y Solicitud de adición y/o prórroga (si hubiere lugar a ello), con el fin de efectuar la modificación al contrato. | 3 días hábiles siguientes a la comunicación de aceptación o al vencimiento de los términos para el ajuste. | INTERVENTOR |
22 | Entrega y radicación en el FFIE para su revisión el proyecto de liquidación del contrato objeto de la Interventoría junto con la totalidad de los soportes. | Máximo en 45 días calendario contados a partir de la fecha de terminación de la obra | INTERVENTOR |
23 | Entrega y radicación en el FFIE para su revisión del informe final de interventoría de obra fase 2 o de | Máximo en 30 días calendario contados a partir de la suscripción del acta de recibo | INTERVENTOR |
RESUMEN TIEMPOS PARA ELABORACIÓN, REVISIÓN, SUSCRIPCIÓN Y ENTREGA DE DOCUMENTOS POR PARTE DE LA INTERVENTORÍA | |||
№ | ACTIVIDAD | PLAZO | RESPONSABLE |
interventoría a la fase 1. | final del Acuerdo de obra | ||
24 | Verificación y validación de información técnica del proyecto, suministrada por el FFIE y elaboración de documento de conclusiones y recomendaciones | 3 días hábiles Posteriores a la entrega de la documentación técnica del proyecto | INTERVENTOR |
25 | Revisión del documento de conclusiones y recomendaciones elaborado por el consultor | 2 días hábiles Posteriores a la entrega doc. de conclusiones y recomendaciones | INTERVENTOR |
26 | Visita técnica al área de intervención | 6 días hábiles Posteriores a la entrega de la documentación técnica del proyecto por el supervisor | CONTRATISTA E INTERVENTOR |
27 | Revisión del informe técnico de visita elaborado por el consultor y entrega a el FFIE | 1 día hábil Posterior a la entrega del informe por parte del consultor | INTERVENTOR |
28 | Revisión del cronograma del Acuerdo de obra presentado por el contratista | 2 día hábil A partir de la entrega del cronograma por parte del consultor | INTERVENTOR |
29 | Suscripción del acuerdo de obra o del acta de servicio de interventoría y remisión del documento firmado por la partes al PA-FFIE | 3 días hábiles A partir de la remisión del acuerdo de obra o del acta de servicio de interventoría por el PA-FFIE | CONTRATISTA y/o INTERVENTOR |
30 | Revisión de productos, elaboración, suscripción y entrega de actas de verificación de estudios y diseños | 6 días hábiles A partir de la entrega de estudios y diseños por parte del contratista | INTERVENTOR |
31 | Elaboración, suscripción y remisión al PA-FFIE del acta de terminación | 1 día hábil Siguiente al vencimiento del plazo de entrega final del proyecto | CONTRATISTA E INTERVENTOR |
32 | Revisión y verificación final de estudios y diseños | 6 días hábiles A partir de la entrega final de estudios y diseños por parte del consultor | INTERVENTOR |
33 | Mesa de trabajo para ajustes y aprobación final de estudios y diseños | 3 días hábiles Siguientes a la entrega de estudios y diseños ajustados de acuerdo con observaciones de interventoría | CONTRATISTA E INTERVENTOR |
NOTA: Los tiempos para la elaboración, revisión, suscripción y entrega de documentos por parte de la interventoría aplican de acuerdo a cada Acta de Servicio suscrita y a lo
consignado en el Manual de Supervisión e Interventoría del PA- FFIE.
6. SISTEMA DE INFORMACIÓN
El interventor deberá ingresar la información requerida por el PA-FFIE en el sistema de información que este implemente dentro de los plazos y tiempos estimados para ello.
En caso tal que el PA-FFIE no implemente tal sistema, el Interventor deberá contar con la infraestructura de hardware, software y conectividad, que permitan garantizar la gestión, la administración y el manejo del Sistema de Información de Gestión y Seguimiento de proyectos asignados, a la cual deberá tener acceso el supervisor designado por el FFIE.
Es de responsabilidad del Interventor, el flujo de información de los Proyectos a su cargo para verificar el cumplimiento del objeto contratado. Para lo anterior, deberá tener en cuenta los datos, la periodicidad, la calidad, los protocolos, los estándares y mecanismos de intercambio de información, el cronograma del diseño, desarrollo, pruebas e implementación del sistema de información.
Todos y cada uno de los siguientes requisitos deberán cumplirse para el seguimiento de las obligaciones de cada uno de los proyectos asignados al interventor, por parte del Supervisor del Contrato. En este sentido, el Interventor debe:
• Implementar y dejar operativo el sistema de información y disponerlo en una locación que garantice seguridad y acceso vía web veinticuatro (24) horas al día.
• Integrar, implementar, actualizar, ajustar, administrar, validar, alimentar y complementar la información entregada por el personal de interventoría en obra y en oficina, permitiendo el acceso del supervisor del Contrato y el Supervisor del Proyecto, a la información en las condiciones que éste último considere convenientes.
• Recopilar, revisar, clasificar y digitalizar la información técnica, administrativa, financiera, ambiental y social en el sistema de información.
• En el sistema de información se incluirá el registro en detalle de las actividades realizadas; el seguimiento del cronograma de ejecución y las actividades a desarrollar en la siguiente semana. Por lo anterior, en el sistema de información se debe reportar información referente a cada una de las fases de ejecución del contrato.
• Actualizar el sistema de información, con la inclusión digitalizada en el formato que se acuerde entre el Supervisor del Contrato y el Interventor, de los documentos suscritos con los Contratistas de obra y con la Interventoría, de los informes, conceptos, solicitudes de desembolso, cuentas de cobro, órdenes de pago de los Contratistas de obra y del Interventor, y en general de todos los documentos pertinentes relacionados con la ejecución de los Contratos por parte de los Contratistas de obra. Esta información debe quedar disponible para consulta o impresión por parte del Supervisor del Contrato en el formato que indique el FFIE.
Adicionalmente, el Sistema de Información deberá contener toda la información relacionada con las llamadas telefónicas, visitas y observaciones realizadas por las autoridades municipales y la comunidad.
• Validar que los datos contenidos en el Sistema de Información coincidan con la información disponible en las bases de datos de los Contratistas de obra.
• Incluir en el Sistema de Información las estadísticas descriptivas e inferencias estadísticas, calculadas a partir de la información recopilada a través de los diversos formatos que se deben diligenciar en el desarrollo del contrato de obra, así como la relacionada con la verificación del cumplimiento de indicadores de calidad y niveles de servicio. A partir de éstas, el Interventor deberá hacer el análisis, recomendaciones y concluir con base en los resultados obtenidos.
• En el sistema de información se deberá incluir el resultado del cálculo de los indicadores de calidad, seguridad industrial y niveles de servicio, adelantado por el Contratista de Obra correspondiente y por la Interventoría a partir de la información disponible para cada uno de ellos y de acuerdo con la metodología y tiempos definida para el efecto. Esta información, deberá permitir al Interventor presentar adecuadamente informes comparativos.
• La Interventoría deberá contar con personal idóneo, para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente numeral.
• Permitir ser auditado por el Contratante cuando lo considere conveniente, en mínimo los siguientes aspectos:
o Los procedimientos de seguridad establecidos por el contratista para salvaguardar la información en caso de contingencia, que garanticen la disponibilidad, confidencialidad e integridad de la información.
o Los contenidos de las bases de datos.
o La seguridad implementada al acceso de la información.
• Una vez finalizado el Contrato de Interventoría, deberá entregar a el Contratante, el Sistema de Información incluyendo las versiones de la base de datos, que soportan la información que el Interventor diligenció en el Sistema de Información.
7. INFORME FINAL DE INTERVENTORÍA POR ACTA DE SERVICIOS
Por cada acta de servicio suscrita el interventor deberá entregar 1 original y 2 copias del informe FINAL, a los treinta (30) días calendario contados a partir de la suscripción del Acta de cierre, entrega y recibo final de todos los productos y servicios contratados en el Acuerdo de obra, que deberá contener, según aplique, como mínimo lo siguiente:
1. Relación y copia de documentos contractuales suscritos para la ejecución del Acuerdo de obra.
2. Descripción del objeto, alcance y actividades ejecutadas en cada una de las
fases.
3. Planos record de:
• Proyecto arquitectónico.
• Proyecto estructural.
• Proyecto eléctrico.
• Proyecto hidrosanitario.
• Proyecto urbano
• Proyectos de señalización y demás que apliquen a cada proyecto ejecutado
4. Obras ejecutadas.
5. Recomendaciones para el manejo paisajístico.
6. Registros fotográficos del antes, durante y después.
7. Informe Final de la implementación del Plan de Aseguramiento de la Calidad, Seguridad industrial y gestión ambiental – PACAS que incluya la totalidad de los soportes generados durante la etapa contractual del proyecto.
8. Resultados de los ensayos de materiales y demás pruebas realizadas.
9. Certificaciones de calidad de materiales utilizados.
10. Informe de seguridad y salud en el trabajo, manejo ambiental y gestión social.
11. Paz y Salvos de pagos a proveedores y personal fijo requerido para la ejecución del contrato
12. Correspondencia recibida y enviada.
13. Recomendaciones generales.
14. Manual de operación y mantenimiento.
15. Balances financieros con la descripción de las actividades y trabajos ejecutados en cada fase.
El informe final debe incluir las actividades ejecutadas, trámites ante las diferentes entidades que tengan que intervenir en la toma de decisiones en la implantación del proyecto, especificaciones técnicas y constructivas, cantidades de obra y presupuesto, planos y detalles, conclusiones, recomendaciones y memorias.
8. INFORME FINAL DEL CONTRATO XXXXX DE INTERVENTORÍA.
El informe final del contrato de interventoría deberá contener una matriz de las Actas de Servicio asignadas por el PA-FFIE y sobre los cuales ejerció sus funciones de interventoría, detallando, por fases, objeto contractual y una breve descripción del alcance, fechas de inicio y fin (precisando suspensiones y prórrogas), valores iniciales, adiciones, reducciones y valores finales, montos presupuestados y ejecutados, lugar de ejecución de la obra (departamento y municipio), fecha de entrega y número de radicado de cada uno de los informes finales por acta de servicio con su respectiva aprobación por parte de la Supervisión.
De igual forma deberá anexar copia de las novedades contractuales derivadas del contrato marco y demás documento que requiera el PA-FFIE para a liquidación el contrato.
9. COMITÉS DE SEGUIMIENTO.
Los Comités de Seguimiento están conformados por los representantes visibles de las partes, procesos y áreas que intervienen en las diferentes etapas o fases de los Acuerdos de Obra y Actas de Servicio, que son responsables de demostrar avance en ejecución y de
hacer seguimiento a los compromisos adquiridos con el FFIE en un periodo de tiempo pre- determinado.
Para realizar estos comités se llevan a cabo tareas preliminares que permiten llegar a la reunión a definir situaciones con complejidad diversa y/o que necesitan solución oportuna. Igualmente, se plantean mesas de trabajo externas que promueven la elaboración de un producto necesario para el comité siguiente o posterior.
Estos comités de seguimiento ser citados por el supervisor o por la persona que el FFIE designe para ello.
10. LUGAR DE EJECUCIÓN
Los Contratos Xxxxx de Obra suscritos en virtud del proceso de Invitación Abierta No. FFIE
– 004 de 2016 se ejecutarán en los siguientes ocho (8) grupos en los cuales se dividió el territorio nacional para efectos de dicho proceso:
Los Grupos son establecidos de acuerdo con la magnitud de Proyectos y a la inversión económica en cada uno ellos y las ETC que los componen.
GRUPO No 1
GRUPO No 2
GRUPO No 3
GRUPO | DEPARTAMENTO | ENTIDAD TERRITORIAL |
3 | SAN XXXXXX | SAN XXXXXX |
XXXXXXX | XXXXXXX | |
XXXXXXXX | ||
XXXXXX | ||
XXXXXXX | ||
XXXXXXXXX | XXXXXXXXX | |
CIENAGA | ||
SANTA XXXXX | ||
XXXXXXX | XXXXXXX | |
CARTAGENA | ||
MAGANGUE |
GRUPO No 4
GRUPO No 5
GRUPO No 6
GRUPO | DEPARTAMENTO | ENTIDAD TERRITORIAL |
6 | CUNDINAMARCA | CUNDINAMARCA |
FACATATIVA | ||
FUSAGASUGA | ||
GIRARDOT | ||
XXXX | ||
XXXXXX | ||
XXXXXXXX | ||
ZIPAQUIRA | ||
ARAUCA | ARAUCA | |
CASANARE | CASANARE | |
YOPAL | ||
GUAINIA | GUAINIA | |
VAUPES | VAUPES | |
BOGOTA DC 2 | BOGOTA |
GRUPO No 7
GRUPO No 8
Nota 1: los Contratos Marco de Interventoría se asignarán por Grupos, los cuales se han conformado obedeciendo a criterios tales como la magnitud del Proyecto, la inversión económica en dispuesta para cada uno de los territorios. Los Contratistas que sean escogidos para cada uno de los Grupos deberán estar disponibles para atender los Proyectos en cada una de las ET que las integran, en el momento que sea necesario, de conformidad con lo previsto en los TCC.
Nota 2: El Contratista - Interventor para un Grupo podrá ejecutar todos los Proyectos que asigne el PA FFIE mediante Actas de Servicio y que correspondan a ese Grupo, siempre y cuando: i) cumpla a satisfacción para el momento de la emisión de la nueva Acta de Servicio con los Acuerdos de Niveles de Servicio y ii) que la calificación del nivel de desempeño sea satisfactorio de acuerdo a lo establecido en el presente Anexo Técnico.
En aquellos casos en que al momento de la emisión de una nueva Acta de Servicio el Contratista – Interventor a cargo del Grupo donde se deberá ejecutar no cumpla con estas dos condiciones, el PA FFIE tendrá la potestad de asignar proyectos que correspondan a un Grupo determinado a un Contratista existente o futuro.
El PA FFIE podrá acordar con un Contratista seleccionado la ejecución de Proyectos en Grupos diferentes al que se le haya aceptado la Propuesta, evento en el cual los valores establecidos para cálculo y liquidación de la contraprestación económica de los servicios de Interventoría será el que corresponda al Grupo en donde se encuentre ubicado el respectivo Proyecto, y sobre el cual se hace la designación.
Nota 3: Para mayor información respecto a la localización de Proyectos potenciales a desarrollar ver el Anexo 2.
11. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO MARCO
El plazo previsto para la ejecución del Contrato Xxxxx de Interventoría es de treinta y seis
(36) MESES, contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio del Contrato Marco, los plazos mínimos y máximos para la ejecución de las Actas de Servicios se establecerán de acuerdo con los siguientes rangos así:
a) FASE 1: PRE CONSTRUCCIÓN: Corresponde a la fase de elaboración de Estudios Técnicos y diseños.
ÁREA EN M2 DE PROYECTO | PLAZOS | |
AULAS | AULAS + ESPACIOS COMPLEMENTARIOS | |
Hasta 1.000 | 2 MESES | 2,5 MESES |
De 1.001 a 5.000 | 3 MESES | 3,5 MESES |
De 5.001 a 10.000 | 3.5 MESES | 4 MESES |
De 10.001 a 12.000 | 4 MESES | 5 MESES |
De 12.001 a 15.000 | 5 MESES | 6 MESES |
De 15.001 a 20.000 | 6 MESES | 7 MESES |
NOTA: Cuando el alcance del proyecto comprenda principalmente los análisis de vulnerabilidad, reforzamiento, obras de contención, ensayos de laboratorio deberán ser calculados los plazos de acuerdo con los plazos definidos para aulas. Los plazos consignados en los Acuerdo de Obra y en las Actas de Servicio de interventoría deberán contemplar los plazos para la revisión de la Interventoría.
b) FASE 2 CONSTRUCCIÓN: Corresponde a la fase de ejecución de las obras.
CATEGORÍA | RANGO DE VALOR DE OBRA MÍNIMO | RANGO DE VALOR DE OBRA MÁXIMO | % | TIEMPO DE EJECUCIÓN MIN. (EN M ESES) | TIEMPO DE EJECUCIÓN MAX. (EN M ESES) |
1 | $1.000.000 | $75.000.000 | 30,00% | 1,5 | 2 |
2 | $75.000.001 | $150.000.000 | 20,00% | 1,5 | 2 |
3 | $150.000.001 | $350.000.000 | 12,00% | 2 | 2,5 |
4 | $350.000.001 | $450.000.000 | 12,00% | 2,5 | 3 |
5 | $450.000.001 | $600.000.000 | 12,00% | 3 | 4,5 |
6 | $600.000.001 | $800.000.000 | 11,50% | 4,5 | 5 |
7 | $800.000.001 | $1.000.000.000 | 10,50% | 5 | 6 |
8 | $1.000.000.001 | $2.000.000.000 | 7,00% | 6 | 7 |
9 | $2.000.000.001 | $3.000.000.000 | 6,00% | 7 | 8 |
10 | $3.000.000.001 | $3.500.000.000 | 5,50% | 8 | 9 |
11 | $3.500.000.001 | $5.000.000.000 | 5,00% | 9 | 10 |
12 | $5.000.000.001 | $6.000.000.000 | 5,00% | 10 | 11 |
13 | $6.000.000.001 | $10.000.000.000 | 4,50% | 11 | 12 |
14 | $10.000.000.000 | En adelante | 4,00% | 12 | Será definido según el caso |
Para las diferentes Actas de servicio, el PA-FFIE expedirá Órdenes de Inicio, las cuales determinan el plazo considerado por la entidad para la ejecución de cada uno de los Proyectos. Estas órdenes serán suscritas por el Supervisor y contarán con el visto bueno y aprobación del Coordinador regional del FFIE sin requerir la aprobación o acuerdo con el Contratista para su fecha de inicio.
12. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO MARCO
12.1 METODOLOGÍA DE CÁLCULO – PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN
Para la ejecución del contrato marco de interventoría, el PA FFIE, estableció un monto agotable para la ejecución de los Grupos, el cual determina el Presupuesto de Ejecución Agotable (PEA). Cuando el PA FFIE le notifique al Contratista los Proyectos a ejecutar, se le asignará a cada uno de ellos un Presupuesto de acuerdo con la propuesta económica del Contratista.
Nota 1: A partir de los resultados obtenidos de la viabilidad jurídica y técnica de los predios postulados por las ETC, el PA FFIE realizó las estructuraciones iniciales de los mismos por región y por ETC, las cuales arrojan un universo de proyectos que posiblemente serán ejecutados una vez cumplan con todas las condiciones establecidas por el MEN y la Junta Administradora del FFIE para ello. En el evento que en alguno de los Proyectos se requiera ejecutar un menor valor al previsto en el presupuesto inicial asignado por el PA FFIE o que posteriormente a la vista y análisis del lugar realizado por el Contratista de obra, Interventoría y el PA FFIE se determine la NO viabilidad del Proyecto, el valor excedente podrá ser utilizado en otro u otros de los Proyectos en que se requiera ejecutar por un mayor valor al previsto inicialmente. Así mismo el PA FFIE podrá, según la conveniencia técnica y la viabilidad de ejecución de los Proyectos, adicionar Proyectos o retirar aquellos que su ejecución no se considere viable, En ningún caso el valor a ejecutar en la totalidad de los Proyectos podrá superar el Valor Total Agotable previsto para cada uno de ellos.
Nota 2: Las modificaciones al Presupuesto de cada Proyecto deberán ser aprobadas con anterioridad a su ejecución por la Interventoría y el PA FFIE.
Nota 3: En caso de que se requiera y de acuerdo con las necesidades del PA FFIE, los Contratos Xxxxx podrán ser adicionados hasta por el monto que el PA FFIE lo considere necesario, siempre y cuando se justifique técnica, financiera, y jurídicamente.
12.2 PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN AGOTABLE (PEA):
Teniendo en cuenta lo señalado en el numeral anterior (12.1), el MEN Y el PA FFIE para la ejecución de los Contratos Marco de Interventoría ha considerado de acuerdo con los Grupos regionales, un presupuesto estimado de HASTA DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS MILLONES (279.500.000.000) los cuales se distribuirán entre los ocho (8) Grupos de la siguiente manera:
XXXXX | XXXXXX | XXXXX |
0 | Xxxxxxxxx - Xxx Xxxxxxxx - Xxxxxxxx | 00.000.000.000 |
2 | Eje Cafetero – Pacífico | $00.000.000.000 |
3 | Caribe 1 | $44.000.000.000 |
4 | Caribe 2 | $42.000.000.000 |
5 | Bogotá – Xxxxxx | $00.000.000.000 |
6 | Bogotá – Cundinamarca - Xxxxxx | $00.000.000.000 |
7 | Centro Oriente | $23.000.000.000 |
8 | Centro Sur | $7.500.000.000 |
Los anteriores valores, los cuales suman el presupuesto estimado para los Contratos Xxxxx, encuentran fundamento en: (i) lo establecido en el Documento CONPES 3831 de 2015, materializado en el artículo 59 de la Ley 1753 de 2015; el Decreto 1525 de 2015;
Decreto 1075 de 2015 , la Resolución 200 de 2015 y la Resolución 021186 de 2015 del MEN; (ii) los Convenios Interadministrativos Marco suscritos entre las ETC y el MEN, cuyo objeto es aunar esfuerzos para ejecutar las gestiones necesarias que posibiliten o viabilicen el cumplimiento del PNIE en el marco de la Política Pública de Jornada Única, y los documentos que se derivan de aquellos convenios, los cuales contienen las condiciones de formalización para la transferencia de recursos al PA FFIE, así como también los aportes de los departamentos, distritos y municipios que no hayan suscrito convenios de conformidad con lo establecido en el literal f) de la Ley 1573 de 2015; y (iii) las decisiones de la Junta Administradora del FFIE.
Estos recursos, serán cofinanciados de la siguiente forma:
a) QUINCE POR CIENTO (15%) o TREINTA POR CIENTO (30%) del valor total del presupuesto estimado para cada Contrato, en virtud de lo establecido en el documento CONPES 3831 de 2015, estará compuesto por los aportes de cada ETC que participó en la (s) invitación (s) para la postulación de predios que se declararon viables jurídica y técnicamente, y/o las demás ETC que se vinculen posteriormente al PNIE. Lo anterior corresponde al cumplimiento del componente de cofinanciación por parte de las ETC respectivas exigido por la Ley 1753 de 2015 en su artículo 59.
Dicho porcentaje de cofinanciación se incorporará al presupuesto total y, por ende, al de cada Grupo de dónde haga parte la ETC, siempre y cuando se cumpla con la obligación a cargo de las ETC de realizar las operaciones presupuestales correspondientes conforme a lo acordado entre aquellas y el PA FFIE en el acuerdo de cofinanciación.
b) El SALDO RESTANTE del valor estimado para cada Contrato se incorporará al PA FFIE conforme a la autorización de vigencias futuras correspondiente a los recursos de la Ley 21 de 1982 de conformidad con el Artículo 59 de la Ley 1753 de 2015, así como también de los demás mecanismos de financiación definidos en los literales: d); f); g); h) de la precitada norma, y los recursos de aquellas vigencias futuras que se le lograren descontar mediante operaciones de crédito autorizadas por la Junta Administradora del FFIE.
En razón del alcance del Contrato y en concordancia con los Proyectos que se ejecutarán mediante Actas de Servicio, y/o los que se llegaren a vincular posteriormente, se aplicarán las provisiones anteriores. En este sentido, para efectos de su ejecución, el objeto de cada Contrato Xxxxx que se suscriba por Grupo deberá ejecutarse y ordenarse mediante Actas de Servicios para los Proyectos en donde efectivamente se cumpla la condición del cofinanciamiento exigido por la Ley 1753 de 2015, la Resolución 200 de 2015 y la Resolución 021186 de 2015 del MEN.
Es entendido para los Contratista que, una vez suscritos los Contratos Xxxxx, en razón a la naturaleza de las obligaciones condicionales previstas para su ejecución, éstas deben verificarse para efectos de su exigibilidad. Por ende, los recursos destinados para cada uno de los Grupos se irán invirtiendo según su disponibilidad, de conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en los Anexos de la presente invitación y las instrucciones que para tales efectos emita el PA FFIE, mediante Actas de Servicios.
En el evento que no se verifique la condición de cofinanciamiento requerida por parte de las ETC que hagan parte y afecten la estructura financiera para lograr la cofinanciación mínima exigida en la Ley 1753 de 2015, el presupuesto total estimado para cada Contrato Xxxxx se reducirá al valor de los recursos que efectivamente cumplan con la cofinanciación requerida, sin afectar el valor de los Grupos que si cumplen aquel requerimiento.
El PA FFIE, con el fin de garantizar los principios de transparencia, selección objetiva, economía, publicidad, eficacia, celeridad, y eficiencia, deberá verificar el cumplimiento de las condiciones mínimas de cofinanciación de las ETC, así como las obligaciones a perfeccionar mediante las operaciones presupuestales de transferencia de recursos al Patrimonio Autónomo.
Inicialmente, el PA FFIE asignará los Proyectos que cuenten con la cofinanciación de las ETC y/o demás actores establecidos en el artículo 59 de la Ley 1753 de 2015, los cuales serán el mínimo de Proyectos a ejecutar en cada Contrato. Posteriormente los Proyectos serán asignados de acuerdo con los rangos de Calificación del Nivel de Desempeño realizados por el Supervisor respectivo mensualmente respecto a los indicadores de calidad, eficiencia y oportunidad de cada uno de los Contratistas. En el evento que uno o varios Contratistas no se encuentren en el Nivel de Desempeño esperado, el PA FFIE podrá asignar los Proyectos a los Contratistas que se encuentren en el rango esperado de conformidad con lo previsto en los presentes TCC.
12.3 PROPUESTA ECONOMICA – COSTOS FIJOS, COSTOS VARIABLES Y ESPECIALISTAS
El Contratista deberá funcionar bajo el siguiente esquema organizacional:
De acuerdo con lo anterior, el PA FFIE para la estimación del presupuesto de la Interventoría, considera un costo fijo mensual y un costo variable de acuerdo con el valor de los trabajos objeto de la interventoría.
12.3.1 COSTO FIJO
El Costo fijo contempla el personal vinculado al servicio del Contrato Xxxxx de Interventoría hasta el nivel de Director y personal profesional de apoyo descrito a continuación, de acuerdo con el organigrama de funciones.
Cargo | Cantida d | Experiencia (General- Específica) | Dedicación (%) | Plazo en meses |
Personal Profesional | ||||
Director General | 1 | P3 08-05 | 100% | 36 |
Coordinador Administrativo | 1 | P4 06-04 | 100% | 36 |
Coordinador Financiero | 1 | P4 06-04 | 100% | 36 |
Profesionales de apoyo | 3 | P7-02 | 100% | 36 |
Asesor jurídico | 1 | P5 04-03 | 10% | 36 |
Secretaria | 1 | T7 | 100% | 36 |
El valor del presupuesto estimado como costo fijo incluye sueldos del personal utilizado para la realización del trabajo, gastos administrativos, costos directos (arriendo oficina principal, computadores, muebles, papelería, ploteo de planos, servicios públicos, copias, fotografías, desplazamiento aéreo, desplazamiento terrestre, hospedaje, ensayos de laboratorio, entre otros costos directos), costos indirectos, así como el valor del IVA y demás
tributos que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación generados durante la ejecución del mismo.
En consideración a lo anterior, el PA FFIE determinó para cada Contrato Xxxxx de Interventoría el FFIE un costo fijo de interventoría de DOS MIL CIENTO SESENTA MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS M/L ($ 2.160.460.656,00)
COSTO FIJO INTERVENTORÍA POR CONTRATO | ||
DESCRIPCIÓN | PLAZO EN MESES | VALOR TOTAL |
Costo fijo por contrato | 36 | $2.160.460.656,00 |
VALOR TOTAL COSTO FIJO | $2.160.460.656,00 |
La solicitud del personal fijo durante toda la ejecución en relación al Director General (Técnico) y Apoyos Profesionales, está sujeta en su dedicación a la entrega progresiva de los proyectos por el Contratante, lo cual indica que la dedicación del personal que se requiere disponible tiene un crecimiento proporcional al número de proyectos asignados.
12.3.2 COSTOS VARIABLES
El PA FFIE para el desarrollo y ejecución de los Contratos Xxxxx de interventoría ha considerado un presupuesto de costos variables para cada Acta de Servicio que sean asignadas por cada una de las fases de ejecución distribuidos, así:
a) FASE 1: PRE CONSTRUCCIÓN
Para el caso de la Fase 1 de PRE CONSTRUCCIÓN, el costo variable de interventoría corresponderá al quince por ciento (15%) sobre el valor del Acta de Servicio del Contratista de obra contemplado para la Fase 1.
Para aquellos Proyectos en los cuales el PA FFIE requiera que se ejecuten algunos estudios que sean necesarios para determinar la viabilidad del proyecto tales como topografía, estudios geotécnicos, etcétera, o que se requiera ejecutar solo ciertos estudios, o que por resultados de los estudios iniciales realizados se determine la no viabilidad del proyecto, el PA FFIE pagará al Contratista Interventor el quince por ciento (15%) de dichos estudios de acuerdo con los siguientes porcentajes del valor por M2 determinado para diseños y estudios técnicos:
Estudios Técnicos | Sub producto | % Vr/ M2 | % Vr M2 |
Levantamiento Topográfico | 3% | ||
Estudios Geotécnicos | 7% | ||
Diseño Arquitectónico | 30% | ||
Esquema Básico | 7% del % establecido para el diseño Arquitectónico | ||
Anteproyecto | 15% del % establecido para el diseño Arquitectónico |
Diseño Estructural | 25% | ||
Diseño Eléctrico Incluye redes de voz y datos, diseños electromecánicos | 20% | ||
Diseños hidrosanitarios incluye red contraincendios | 15% |
b) FASE 2: CONSTRUCCIÓN
Para la liquidación de los honorarios variables de interventoría, estos se calcularán como un porcentaje del costo real del valor de la obra que se fije para esta Fase de acuerdo con los siguientes rangos:
CATEGORÍA | RANGO DE VALOR DE OBRA | PORCENTAJE DE INTERVENTORÍA | % |
1 | $1.000.000 | $75.000.000 | 30,00% |
2 | $75.000.001 | $150.000.000 | 20,00% |
3 | $150.000.001 | $350.000.000 | 12,00% |
4 | $350.000.001 | $450.000.000 | 12,00% |
5 | $450.000.001 | $600.000.000 | 12,00% |
6 | $600.000.001 | $800.000.000 | 11,50% |
7 | $800.000.001 | $1.000.000.000 | 10,50% |
8 | $1.000.000.001 | $2.000.000.000 | 7,00% |
9 | $2.000.000.001 | $3.000.000.000 | 6,00% |
10 | $3.000.000.001 | $3.500.000.000 | 5,50% |
11 | $3.500.000.001 | $5.000.000.000 | 5,00% |
12 | $5.000.000.001 | $6.000.000.000 | 5,00% |
13 | $6.000.000.001 | $10.000.000.000 | 4,50% |
14 | $10.000.000.001 | En adelante | 4,00% |
Los porcentajes incluyen el IVA, costos, gastos y demás tributos que se causen con ocasión de su celebración, ejecución y liquidación
Nota: Dentro de este costo se encuentran incluidas las dedicaciones del personal del Acta de servicio de acuerdo con la tabla que se fija en el numeral de personal variable del anexo técnico y CUATRO (4) visitas para especialistas. De presentarse visitas adicionales, estas deberán ser calculadas y pagadas conforme el proceso establecido para tal fin en este documento.
Sin perjuicio de las anteriores categorías de referencia, el PA FFIE podrá definir una propuesta de valor de interventoría para proyectos especiales o para aquellos que por su nivel de complejidad o por plazo de ejecución o por otra condición particular, se puedan ejecutar mediante visitas periódicas o de acuerdo con los Hitos del Proyecto por parte de la Interventoría.
12.3.3 CONCEPTOS DE ESPECIALISTAS
Durante la ejecución de las Interventorías asignadas por el PA FFIE, el Interventor deberá contar con un equipo de Especialistas, que deben estar disponibles para atender los
requerimientos de cada uno de los Proyectos a su cargo.
Las visitas mínimas están contempladas en el valor del Acta de Servicios para especialistas con sus correspondientes conceptos.
Las visitas adicionales a las contempladas en el Acta de Servicio que se requieran deberán incluirse mediante modificación y se calcularán de la siguiente forma:
a) FASE 1: PRE CONSTRUCCIÓN
i. Visita de análisis del lugar:
Para esta visita el PA-FFIE reconocerá a la interventoría por cada día de visita así:
VISITA PROFESIONALES DE INTERVENTORIA | INFORMES POR CADA PREDIO QUE SE VISITE | EXPERIENCIA (GENERAL- ESPECIFICA) DEL PROFESIONAL (ES) QUE REALIZA(N) LA VISITA | VALOR TOTAL A RECONOCER POR LA VISITA Y EL INFORME |
1 | 1 por cada predio que se visite | P4 06-04 | $ 1.402.000 |
ii. Interventoria a Estudios técnicos y diseños:
Para esta fase la interventoría deberá contar con los especialistas que el FFIE solicite a través del Acta de Servicio y el valor de estos especialistas, se encuentra incluido en el porcentaje correspondiente a esta Fase.
En el momento que EL PA-FFIE considere necesario durante la ejecución de esta fase puede solicitar un informe tipo especialista con visita o concepto de especialista sin visita los cuales serán pagados de acuerdo con la tabla “INFORME TIPO ESPECIALISTA CON VISITA” como se indica más adelante.
Nota: El o los profesionales deberá ser Arquitecto o Ingeniero civil con 6 años de experiencia general y 4 años de experiencia específica en el diseño, construcción o interventoría a proyectos de edificaciones.
b) FASE 2: CONSTRUCCIÓN
Para esta Fase la interventoría deberá contar con los especialistas que el PA-FFIE solicite a través del Acta de Servicio y el valor de estos especialistas, se cancelará de la siguiente manera:
i. INFORMES TIPO ESPECIALISTA CON VISITA Y/O INFORME DE ESPECIALISTA1, o una combinación de ambos esquemas (es decir que
1 Tienen en cuenta los gastos de transporte para los profesionales en la realización de las visitas, además de los costos y gastos especificados para los informes concepto especialista.
involucren el Tipo de Informe).
ii. INFORMES TIPO ESPECIALISTA CON VISITA2
NÚMERO MÍNIMO DE ESPECIALISTAS REQUERIDOS POR VISITA | NÚMERO DE INFORMES PARA CADA TIPO | EXPERIENCIA (GENERAL- ESPECIFICA) MINIMA DE CADA ESPECIALISTA | VALOR TOTAL A RECONOCER POR TIPO DE INFORME ESPECIALISTA |
1 | 1 | P4 06-04 | $ 1.402.000.00 |
Nota 1: Si el tipo de informe solo contempla el concepto del especialista, es decir, no requiere la realización de una visita, el valor a reconocer a la interventoría será de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS M/L ($455.000,00) y se
denominará INFORME CONCEPTO ESPECIALISTA. Es de anotar que los valores señalados anteriormente incluyen IVA, costos, gastos, impuestos, tasas y demás contribuciones a que hubiere lugar.
Los valores anteriormente establecidos corresponden a una visita con 1 día de duración, en caso de extenderse por un número mayor de días se contemplará un valor de TRESCIENTOS DOS MIL PESOS M/L ($302.000,00), por cada día adicional, el cual se sumará al valor establecido por tipo de informe.
De requerirse INFORMES TIPO ESPECIALISTA CON VISITA o INFORME CONCEPTO
ESPECIALISTA, los valores se reconocerán siempre y cuando estén especificados en el Acta de Servicio de la interventoría o en su correspondiente modificación, la cual deberá estar debidamente suscrita por las partes.
Los INFORMES TIPO ESPECIALISTA CON VISITA o INFORME CONCEPTO
ESPECIALISTA, serán solicitados y aprobados por el PA-FFIE a través de una Orden de visita o de Concepto, según aplique.
NOTA 2:
o INFORMES TIPO ESPECIALISTA CON VISITA: Dada la Orden de Visita por parte del PA FFIE para la visita de especialista, la interventoría tendrá tres (3) días hábiles para realizar la correspondiente visita de inspección y verificación en obra y dos (2) días calendario para la radicación del respectivo informe a la supervisión del Acta de Servicio. En dicho informe deberá adjuntarse la copia de la Tarjeta Profesional del especialista responsable que lo suscribe y el Acta de la visita al sitio de obra con su registro fotográfico correspondiente.
o INFORME CONCEPTO ESPECIALISTA: Mediante correo electrónico la Interventoría deberá solicitar autorización al Supervisor del Acta de Servicio del PA FFIE para la realización del CONCEPTO DE ESPECIALISTA. El Supervisor dará
2 Tienen en cuenta los gastos de transporte para los profesionales en la realización de las visitas, además de los costos y gastos especificados para los informes concepto especialista.
su visto bueno a dicha solicitud. De este concepto la Interventoría deberá presentar al PA FFIE el informe correspondiente dentro de los siguientes tres (3) días calendario siguientes a la autorización del mismo. En dicho informe deberá adjuntarse la copia de la tarjeta profesional del especialista responsable que lo suscribe.
12.4 PROYECTOS CATALOGADOS EN ZONA DE CONSOLIDACIÓN NACIONAL
Para los proyectos ubicados en zona definida en la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial se aplicará el siguiente Factor multiplicador al Acuerdo de obra, por lo tanto en Acta de Servicio de interventoría ya se encuentra incluido dicho factor.
LOCALIZACIÓN URBANA | LOCALIZACIÓN RURAL |
1,1 | 1,15 |
Al ser aplicados los porcentajes queda incluido el IVA, costos, gastos y demás tributos que se causen con ocasión de su celebración, ejecución y liquidación
De acuerdo con la Unidad Administrativa para la Consolidación Nacional las siguientes regiones y municipios se determinaron como áreas de consolidación nacional:
13. PERSONAL
El personal de la interventoría deberá obrar bajo los siguientes principios:
• Etica, como moral pensada, aquella que nos permite forjar un buen carácter para enfrentar y actuar en la vida con responsabilidad.
• Conducta moral, como forma de actuar enmarcada dentro de principios que las personas reconocen como justos.
• Responsabilidad, que señala el actuar en forma diligente, dando cuenta de los actos propios y asumiendo las consecuencias que de ellos se deriven.
• Solidaridad superando el individualismo para actuar de manera colectiva, compartiendo y ayudando a que se cumplan mis objetivos y los de los demás.
• Compromiso, que como valor establece ir más allá del simple deber, trascender la norma, lograr el deber ser y llegar al querer hacer.
• Interés general y la voluntad de servicio, los cuales están íntimamente relacionados con las decisiones administrativas, dando a éstas dirección y significado, superando los viejos esquemas del solo interés privado y/o particular
• Buena fe, que incorpora el valor ético de la confianza, del respeto por el otro y de credibilidad, para que las libertades de ambos se den en sentido de lo humano buscando restaurar lo público como el espacio de interacción social y no de conflicto.
Los profesionales que integren el Equipo Humano de la Interventoría NO deben permitir que sobre su integridad, calificación e idoneidad se presenten objeciones fundadas por parte del Contratista, y garantizar que NO exista incompatibilidad por trabajos realizados en la misma obra o por cualquier otro motivo.
Es obligación del Contratista Interventor suministrar y mantener el personal solicitado relacionado en el presente documento, el cual deberá cumplir con las calidades técnicas o profesionales y la experiencia general y específica exigida.
13.1 PERSONAL GENERAL MÍNIMO
Se deberán presentar los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del personal mínimo requerido, para la ejecución del contrato, el cual se describe a continuación:
EXPERIENCIA ESPECIFICA | ||||||
Cantidad | Cargo | Formación Académica | Experiencia General | EXPERIENCIA ESPECIFICA | ||
Como/En: | Años | % de dedicación durante la ejecución del contrato | ||||
1 | Director | Profesional en | 8 años | Haberse | 5 años | 100% |
General | las áreas de | desempeñado | Deberá estar presente en | |||
de | ingeniería, | en cargos de | las reuniones y/o comités, | |||
interventor | arquitectura, | Dirección de | en la toma de decisiones y | |||
ía | administración | empresas del | cuando el FFIE lo requiera | |||
y/o ciencias | sector de la | |||||
económicas con | construcción | |||||
estudios de | y/o Gerente de | |||||
posgrado en | proyectos de | |||||
gerencia de | infraestructura | |||||
proyectos, | ||||||
gerencia de | ||||||
obra | ||||||
1 | Coordinad | Administrador | 6 años | Coordinador | 4 años | 100% |
or | de empresas y/o | administrativo | Deberá estar presente en | |||
Administra | profesiones | de: | las reuniones y/o comités, | |||
tivo | afines a la | Interventoría a | en la toma de decisiones y | |||
administración | obra y/o de | cuando el FFIE lo requiera | ||||
obra en | ||||||
proyectos de | ||||||
construcción | ||||||
de | ||||||
edificaciones | ||||||
1 | Coordinad or Financiero | Contador y/o Economista | 6 años | NA | NA | 100& |
3 | Profesion al de apoyo | 1 Ingeniero civil, 1 Arquitecto, 1 Administrador de empresas o áreas afines | 2 años | NA | NA | 100% |
1 | Asesor Jurídico | Abogado | 4 años | XX | XX | 00% |
0 | Xxxxxxxxxx | XX | 0 xxxx | XX | XX | 100% |
El Contratista Interventor deberá garantizar como mínimo el cumplimiento de las siguientes funciones del personal general mínimo, las cuales son necesarias para la ejecución de la interventoría de cada proyecto asignado por el PA FFIE, así:
a) Realizar la dirección técnica, financiera, administrativa y legal de las Actas de Servicio a su cargo.
b) Dirigir y determinar las actividades de los coordinadores técnicos de cada Acta de servicio asignada.
c) Establecer y hacer cumplir las funciones técnicas, financieras, administrativas y legales de la interventoría de acuerdo con el Manual de supervisión e Interventoría del FFIE y a lo contemplado en los TCC y sus anexos.
d) Aprobar y validar la información técnica, financiera, administrativa, legal y la documentación necesaria para la debida ejecución de los Acuerdos de Obra.
e) Asistir a los Comités de Seguimiento cuando el FFIE lo requiera y a aquellas Mesas de Trabajo o reuniones que el FFIE se lo solicite.
f) Realizar cuando se requieran o cuando el FFIE se lo solicite las visitas técnicas, financieras, administrativas y legales a los proyectos.
g) Recomendar y aprobar las novedades contractuales que se presenten durante la ejecución de los contratos objeto de la interventoría.
h) Todas aquellas inherentes a sus cargos o las que el PA FFIE le solicite.
Nota: Los títulos correspondientes a Especializaciones, Maestrías o Doctorados podrán ser homologados conforme lo establecido en el Decreto 1785 de 2014.
13.2 PERSONAL VARIABLE
Para la ejecución de la interventoría en cada Proyecto que le asigne el PA FFIE, el Interventor deberá suministrar el personal que cumpla con los perfiles, condiciones y dedicación, exigidas por el Supervisor del PA FFIE.
El personal variable deberá estar disponible en la Fase 1, 2 y 3 de cada uno de los Proyectos y deberá cumplir mínimo con lo siguiente:
Cargo | Cantidad | Experiencia (General- Especifica) | Dedicación (%) |
Personal Profesional | |||
Coordinador de Interventoría para estudios técnicos, diseños y obra | Un (1) por máximo 10 proyectos, con Orden de Inicio | P5 04-03 | 100% |
Residente de Interventoría | Se define en la tabla de rangos | P6-03-01 para proyectos hasta 5.000 mll | Se define en la tabla de rangos |
P5-04-03 para proyectos de más de 5.000 mll | Se define en la tabla de rangos | ||
Inspector | Xx define en la tabla de rangos | Técnico y/o Maestro | Se define en la tabla de rangos |
Comisión de topografía (1 | Se define en la tabla | T3 o P6-03-01 | Se define en la tabla |
Cargo | Cantidad | Experiencia (General- Especifica) | Dedicación (%) |
topógrafo y 1 cadenero) | de rangos | de rangos | |
Trabajador social | Se define en la tabla de rangos | P6-03-01 | Se define en la tabla de rangos |
Profesional de calidad y seguridad y salud en el trabajo y ambiental PACAS | Se define en la tabla de rangos | P6-03-01 | Se define en la tabla de rangos |
Las dedicaciones de personal mínimas de acuerdo a los rangos de obra por Acta de Servicio serán las siguientes:
Rango de valor obra | Coordinador | Residente | Inspector | Topógrafo | Trabajador social | Profesional calidad y xxxx |
0 a 500 mll | 10 % | 33% | 50% | Cuando se requiera | 10% | 10% |
501 a 1.000 mll | 10% | 33% | 100% | Cuando se requiera | 10% | 10% |
1001 a 1500 mll | 10% | 50% | 100% | Cuando se requiera | 10% | 10% |
1500 a 2000 mll | 10% | 66% | 100% | Cuando se requiera | 10% | 10% |
2001 a 3000 mll | 10% | 100% | 100% | 10% | 10% | 10% |
3001 a 5000 mll | 20% | 100% | 100% | 10% | 20% | 20% |
5001 a 10000 mll | 30% | 100% | 2 al 100% | 20% | 20% | 20% |
10001 en adelante | 50% | 100% | 2 al 100% | 20% | 20% | 30% |
El costo de este personal está contemplado en el valor variable de Acta de servicio. La cantidad y perfiles profesionales serán determinados por el PA FFIE al momento de suscribir el Acta de servicio para cada uno de los Proyectos de acuerdo con la tabla anterior.
Nota 1: El Supervisor deberá verificar el requerimiento real y técnico del personal variable de cada Acta de servicio de Interventoría.
NOTA: El personal correspondiente a residente de interventoría, inspector, comisión de topografía, trabajador social y profesional encargado de la implementación y control xxx XXXXX, deberá ser, preferiblemente, de las regiones en que se ejecutan los proyectos.
El coordinador técnico deberá ejercer su trabajo en la zona en la cual el PA FFIE asigne las Actas de Servicio, lo cual implica que debe disponer de los medios y de un lugar de trabajo equipado con lo necesario para ejercer las actividades que le correspondan.
13.2.1 Funciones personal variable
El Contratista Inteventor deberá garantizar como mínimo el cumplimiento de las siguientes funciones designadas al personal variable para la ejecución de la interventoría de cada Acta
de Servicio asignada por EL FFIE, dependiendo de su valor y del requerimiento realizado por el PA-FFIE para su ejecución, así,
1. Coordinador de interventoría a diseños, estudios técnicos y obra
a) Recopilar y consolidar la información técnica, administrativa y financiera del proyecto en la Fase 1 de Pre construcción.
b) Elaborar los informes correspondientes requeridos por el PA FFIE en el marco de ejecución de la fase 1 de Pre construcción.
c) Mantener actualizada la información referida a la fase 1 y generar las alertas sobre situaciones que pongan en riesgo su ejecución.
d) Brindar alternativas de solución que permitan al Director técnico de la interventoría tomar decisiones frente a la ejecución de la Fase 1.
e) Elaborar conjuntamente con el Director técnico de la interventoría el informe de hallazgos, conclusiones y recomendaciones de la Fase 1 de Pre construcción.
f) Garantizar que el informe final de la Fase 1 contenga como mínimo el alcance del proyecto de acuerdo con su viabilidad técnica y financiera (a partir del presupuesto asignado), conforme las Obligaciones de carácter técnico descritas en este documento.
g) Revisar las hojas de vida del contratista a cargo del Acuerdo de Obra asignado por el PA-FFIE, con el fin de verificar el cumplimiento de los requerimientos de perfil en cantidad y experiencia. A partir de dicha revisión, la interventoría deberá aprobar si el contratista cumple a cabalidad con este aspecto e informarlo al supervisor designado por el PA-FFIE.
h) Comprender el contenido y alcance de la obra con el fin de programar, planificar y organizar la ejecución de su interventoría.
i) Verificar permanentemente el avance real de obra para velar por su ejecución a partir de la información provista por el residente y/o directamente por el contratista.
j) Adelantar las visitas a las obras a cargo, de acuerdo con los requerimientos propios de su ejecución o conforme lo disponga la interventoría o el PA-FFIE.
k) Coordinar la intervención de los especialistas requeridos en la ejecución de la obra (incluido los involucrados en el PACAS), según su avance.
l) Revisar los reportes diarios de avance de obra elaborados por el residente de interventoría y evaluar su progreso con respecto a la programación del proyecto.
m) Realizar los requerimientos al Contratista de Obra a partir de los hallazgos evidenciados y solicitudes hechas por el residente de interventoría.
n) Garantizar la elaboración de los informes semanales de interventoría con base en los reportes diarios y las demás fuentes de verificación disponibles y análisis adelantados por los especialistas (incluido el PACAS) que permitan evidenciar el avance de la obra, y sus posibles desviaciones sobre la programación definida.
o) Responder en oportunidad (periodo no superior a tres días hábiles contados a partir del recibo de la comunicación en físico y/o por correo electrónico) a todos los requerimientos y solicitudes realizadas por el PA-FFIE para cada una de las Actas de Servicio a su cargo.
p) Asistir a la capacitación en el Plan de Aseguramiento de la Calidad, Seguridad industrial y gestión ambiental – PACAS, realizada por la interventoría para su personal.
q) Garantizar la entrega oportuna de los informes del Plan de Aseguramiento de la Calidad, Seguridad industrial y gestión ambiental – PACAS.
r) Las demás propias de su cargo, las cuales podrán ser definidas por el PA-FFIE o por la interventoría.
s) Asistir a los comités de seguimiento semanales, quincenales o mensuales programados por el PA FFIE, ya sean virtuales o presenciales.
2. Residente de interventoría de obra
a) Conocer en su totalidad los alcances del Acuerdo de obra, manteniendo los documentos que sean requeridos durante la ejecución de la interventoría de obra (planos, memorias, especificaciones, registros, entre otros).
b) Verificar las cantidades y especificaciones técnicas de los materiales requeridos en la obra, informando sobre su cumplimiento conforme las estipulaciones técnicas.
c) Mantener comunicación efectiva con el Contratista y con el personal de la interventoría.
d) Elaborar las actas, informes, reportes, registros y soportes de su gestión para corroborar el cumplimiento de condiciones contractuales.
e) Velar por el cumplimiento del avance físico y financiero del Acuerdo de obra frente a los cronogramas, programaciones y presupuesto de la misma, informando oportunamente sobre posibles circunstancias que afecten su ejecución.
f) Xxxxxxxxxxx y revisar la bitácora de obra corroborando el registro de las novedades de la obra conforme a su avance diario.
g) Verificar la implementación del Plan de Aseguramiento de la Calidad, Seguridad industrial y gestión ambiental – PACAS, con el fin de apoyar a los especialistas y al coordinador de interventoría en obra.
h) Realizar seguimiento al cumplimiento de compromisos y/o planes de acción generados a partir de observaciones realizadas al contratista en la implementación en el Plan de Aseguramiento de la Calidad, Seguridad industrial y gestión ambiental
– PACAS.
i) Asistir a la capacitación en el Plan de Aseguramiento de la Calidad, Seguridad industrial y gestión ambiental – PACAS realizada por la interventoría para su personal.
j) Supervisar controlar y aprobar la calidad de los materiales y equipos a utilizar en la obra asegurándose de su adecuado almacenamiento y control de uso. En caso de que el material o equipo no sea idóneo para los trabajos a realizar, deberá comunicarle al contratista para que éste tome las medidas correspondientes.
k) Verificar que el personal de obra contratado sea el mismo que el presentado por el contratista, y que éste cumpla con las condiciones requeridas.
l) Mantener estricto control en la calidad de ejecución y dosificación en las labores como compactación, excavación, trabajos con concreto u hormigón y en general, en aquellas tareas que involucren cierto nivel de complejidad técnica en la elaboración y colocación del componente de la obra.
m) Corroborar la realización y resultados de los ensayos de materiales y pruebas de resistencia de los elementos que sean pertinentes a la obra, en función del tipo y la normatividad que le aplique. Para ello, podrá contar con el apoyo del especialista correspondiente de la interventoría.
n) Las demás propias de su cargo, las cuales podrán ser definidas por el PA-FFIE o por la interventoría.
o) Asistir a los comités de seguimiento semanales, quincenales o mensuales programados por el FFIE, ya sean virtuales o presenciales.
13.3 PERSONAL ESPECIALISTA
Durante la ejecución de las Actas de Servicio asignadas por el PA FFIE, el Contratista Interventor deberá contar con un equipo de Especialistas, que debe estar disponible para atender los requerimientos de cada una de las Actas de Servicio a su cargo.
Cuando se realicen las visitas de los especialistas a las obras, el Contratista interventor deberá presentar al supervisor del PA-FFIE un informe técnico en el cual se consigne los conceptos y recomendaciones técnicas del especialista. Xxxxx informe deberá ser suscrito po el Especialista, el Residente de Interventoría y el Director técnico de la interventoría o por el profesional de interventoría que corresponda de acuerdo con el tema de la visita.
El equipo mínimo de especialistas requerido deberá estar compuesto de la siguiente manera:
CARGO | EXPERIENCIA (GENERAL- ESPECIFICA) | DEDICACIÓN (%) | ||
Personal Profesional | ||||
Arquitecto Diseñador | P4-06-04 | Cuando se requiera | ||
Arquitecto Diseñador con Bioclimática | especialización | en | P4-06-04 | Cuando se requiera |
Arquitecto Diseñador con Urbanismo y afines. | especialización | en | P4-06-04 | Cuando se requiera |
Especialista Estructural | P4-06-04 | Cuando se requiera | ||
Especialista en Hidráulica | P4-06-04 | Cuando se requiera | ||
Especialista Hidrosanitario | P4-06-04 | Cuando se requiera | ||
Especialista Eléctrico y en redes de voz y datos | P4-06-04 | Cuando se requiera | ||
Especialista en Geotecnia | P4-06-04 | Cuando se requiera | ||
Especialista en Ambiental(1) | P4-06-04 | Cuando se requiera | ||
Especialista en Seguridad y Salud en el Trabajo (2) | P4-06-04 | Cuando se requiera | ||
Especialista en Tránsito | P4-06-04 | Cuando se requiera | ||
Profesional de costos, programación | presupuestos | y | P4-06-04 | Cuando se requiera |
(1) Ingeniero o Arquitecto con especialización en gestión ambiental, ó Ingeniero Ambiental o Forestal, con 6 años de experiencia general y 4 años de experiencia específica en manejo ambiental en obras civiles.
(2) Ingeniero o Arquitecto con especialización en el área de seguridad y salud en el trabajo o Profesional en Salud Ocupacional (SST), con 6 años de experiencia general y 4 años de experiencia específica en manejo de seguridad y salud en el trabajo en obras civiles.
El costo de este personal para la FASE 1 PRE CONSTRUCCIÓN está contemplado en el valor variable de cada Acta de Servicio y la cantidad y perfiles profesionales será determinado por el PA-FFIE al momento de suscribir el Acta de servicio para cada uno de los proyectos. Para la FASE 2 CONSTRUCCIÓN se estará a lo dispuesto en el presente documento.
NOTA: Este personal debe estar disponible cuando se requiera en cualquiera de las Fases de la ejecución de los Proyectos. Sin perjuicio de lo anterior, el PA FFIE podrá solicitar al Contratista Interventor, en el caso que se requiera, personal especialista que no se
encuentre incluido en la Tabla anterior y el costo de este será de acuerdo con lo dispuesto en el presente documento para el pago de informes de especialistas con y sin visita.
14. NIVEL DE DESEMPEÑO
El PA FFIE para determinar el nivel de desempeño mensual y calificar el mismo ha determinado lo siguiente:
a) Fase 1 de PRE CONSTRUCCIÓN:
Durante esta etapa se califican los siguientes aspectos:
SERVICIO | INDICADOR | DESCRIPCIÓN | NIVELES DE META | MEDIOS DE VERIFICACIÓN | PUNTAJES |
Aseguramiento de la Calidad | Oportunidad de Entrega | El informe semanal, el informe Mensual de Interventoría, Informes de Visita y /o de Concepto de Especialista son entregados en la fecha indicada en el cronograma. | Cero días de atraso frente a los plazos pactados en las reglas de participación. | Fecha de radicación del documento en el PA FFIE. | Se asignan 100 puntos por este indicador al empezar cada Acta de inicio. Por cada día de atraso se descuentan 5 puntos. (días calendario) |
Nivel de suficiencia de la información consignada en el informe de interventoría | Toda la información requerida para tener un reporte del avance de F1 en todos sus aspectos se encuentra incluida en el reporte. | Todos los aspectos que abarcan el informe de interventoría se encuentran diligenciados en su totalidad. | Informe semanal y mensual de Interventoría, según el Manual de Interventoría de el PA FFIE. Informes de Visita y /o de Concepto de Especialista | Se asignan 100 puntos por este indicador al empezar cada Acta de Inicio. Por cada informe insuficiente entregado se descuentan 5 puntos. |
SERVICIO | INDICADOR | DESCRIPCIÓN | NIVELES DE META | MEDIOS DE VERIFICACIÓN | PUNTAJES |
Hallazgos de no conformidades no reportadas por la Interventoría | Todas las no conformidades deben ser reportadas por la Interventoría. | Cero hallazgos de no conformidades no reportadas por la interventoría. | Informe semanal y mensual de Interventoría Informes de los supervisores de el PA FFIE. Informes de Visita y /o de Concepto de Especialista. | Se asignan 100 puntos por este indicador al empezar cada Acta de inicio. por ocurrencia de hallazgos incluidos en el informe del supervisor de el PA FFIE, se descuentan 100 puntos. | |
Administrativa | Oportunidad de verificación referente a la Interventoría Administrativa | Toda la información relacionada con la interventoría administrativa debe ser reportada (Licencias, hojas de vida, pago de parafiscales, condiciones contractuales del contrato base) | Cero días de atraso en la entrega del informe semanal y mensual de Interventoría en cuanto al aspecto Administrativo. | Fecha de radicación del documento en el PA FFIE. | Se asignan 100 puntos por este indicador al empezar cada Acta de inicio. Por cada día de atraso se descuentan 5 puntos. (días calendario) |
Control Financiero | Oportunidad de verificación referente al Control Financiero | Toda la información relacionada con el Control Financiero (facturas, órdenes de pago y soportes presentados por el contratista para el pago de las cuentas, balance de ejecución del contrato) | Cero días de atraso en el trámite de las cuentas y en la entrega del informe semanal y mensual de interventoría en cuanto al aspecto de Control Financiero. | Fecha de radicación del documento en el PA FFIE. | Se asignan 100 puntos por este indicador al empezar cada Acta de inicio. Por cada día de atraso se descuentan 5 puntos. (días calendario) |
Ambiental | Oportunidad de verificación referente al | Toda la información relacionada con el | Cero días de atraso en la entrega del | Fecha de radicación del documento en el PA FFIE. | Se asignan 100 puntos por este |
SERVICIO | INDICADOR | DESCRIPCIÓN | NIVELES DE META | MEDIOS DE VERIFICACIÓN | PUNTAJES |
manejo ambiental | Plan de manejo ambiental se encuentra incluida en el reporte de la interventoría (Verificación y aprobación del Plan de Manejo Ambiental incluido en el PACAS según aplique. | informe semanal y mensual de interventoría en cuanto al aspecto aprobación del plan de manejo ambiental. | indicador al empezar cada Acta de Inicio. Por cada día de atraso se descuentan 5 puntos. (días calendario) | ||
Respuesta a Solicitudes de la Supervisión | Oportunidad de entrega de respuesta a las solicitudes de la Supervisión | Todas las respuestas a las solicitudes realizadas por la supervisión del PA- FFIE a la Interventorías deben ser entregadas en un plazo menor a tres (3) días hábiles para respuestas a requerimientos de tipo administrativo y cinco (5) días hábiles para respuestas a requerimientos en los aspectos técnicos, financieros, legales entre otros. | Cero días de atraso en la entrega de la respuesta a la solicitud radicada por la Supervisión de el PA FFIE a la Interventoría | Fecha de radicado de la respuesta de la Interventoría a el PA FFIE vs Fecha del radicado de la solicitud de la Supervisión de el PA FFIE a la Interventoría | Se asignan 100 puntos por este indicador al empezar cada Acta de Inicio. Por cada día de atraso de cada una de las solicitudes se descuentan 2 puntos. (días calendario) |
b) Fase 2 de CONSTRUCCIÓN:
Durante esta etapa se califican los siguientes aspectos:
SERVICIO | INDICADOR | DESCRIPCIÓN | NIVELES DE META | MEDIOS DE VERIFICACIÓN | PUNTAJES |
Aseguramiento de la Calidad | Oportunidad de Entrega | El reporte diario, informe semanal, el informe Mensual de Interventoría, Informes de Visita y /o de Concepto xx | Xxxx días de atraso frente a los plazos pactados en las reglas de participación. | Fecha de radicación del documento en el PA FFIE. | Se asignan 100 puntos por este indicador al empezar cada Acta de inicio. Por cada día de atraso se descuentan 5 |
SERVICIO | INDICADOR | DESCRIPCIÓN | NIVELES DE META | MEDIOS DE VERIFICACIÓN | PUNTAJES |
Especialista son entregados en la fecha indicada en el cronograma. | puntos (días calendario) | ||||
Nivel de suficiencia de la información consignada en el informe de interventoría | Toda la información requerida para tener un reporte del avance y ejecución de la obra en todos sus aspectos se encuentra incluida en el reporte. | Todos los aspectos que abarcan el informe de interventoría se encuentran diligenciados en su totalidad. | Reporte diario, Informe semanal y mensual de Interventoría, según el Manual de Interventoría del PA FFIE. Informes de Visita y /o de Concepto de Especialista | Se asignan 100 puntos por este indicador al empezar cada Acta de Inicio. Por cada informe insuficiente entregado se descuentan 5 puntos. | |
Hallazgos de no conformidades no reportadas por la Interventoría | Todas las no conformidades deben ser reportadas por la Interventoría. | Cero hallazgos de no conformidades no reportadas por la interventoría. | Informe semanal y mensual de Interventoría Informes de los supervisores del PA FFIE. Informes de Visita y /o de Concepto de Especialista. | Se asignan 100 puntos por este indicador al empezar cada Acta de inicio. por ocurrencia de hallazgos incluidos en el informe del supervisor de el PA FFIE, se descuentan 100 puntos | |
Seguridad Industrial | Hallazgos de no conformidades no identificadas y propuestas en el plan de seguridad y salud en el trabajo (identificación de riesgos y controles a los mismos) | Se verifican los controles a todos los riesgos identificados en la obra. Todos los riesgos de accidentes deben estar verificados en el plan de seguridad industrial. Si hay un riesgo de accidente previsible no contemplado en el plan de seguridad industrial y la interventoría no la identifica, | Xxxx hallazgos de no conformidades no identificadas en el plan de seguridad industrial y salud en el trabajo. | Informe semanal y mensual de Interventoría Informes de los supervisores del PA FFIE. Informe de verificación del Plan de Seguridad Industrial y de seguridad en el trabajo. Informes de los supervisores del PA FFIE. Informes de índice de accidentalidad. | Se asignan 100 puntos por este indicador al empezar cada Acta de inicio. por ocurrencia de no conformidades no identificadas, incluidas en el informe del supervisor de el PA FFIE, se descuentan 100 puntos |
SERVICIO | INDICADOR | DESCRIPCIÓN | NIVELES DE META | MEDIOS DE VERIFICACIÓN | PUNTAJES |
constituirá una no conformidad. | |||||
Administrativa | Oportunidad de verificación referente a la Interventoría Administrativa | Toda la información relacionada con la interventoría administrativa debe ser reportada (Licencias, hojas de vida, pago de parafiscales, condiciones contractuales del contrato base) | Cero días de atraso en la entrega del informe semanal y mensual de Interventoría en cuanto al aspecto Administrativo. | Fecha de radicación del documento en el PA FFIE. | Se asignan 100 puntos por este indicador al empezar cada Acta de inicio. Por cada día de atraso se descuentan 5 puntos. (días calendario) |
Control Financiero | Oportunidad de verificación referente al Control Financiero | Toda la información relacionada con el Control Financiero (facturas, ordenes de pago y soportes presentados por el contratista para el pago de las cuentas, balance de ejecución del contrato) | Cero días de atraso en la entrega del trámite de la cuenta y del informe semanal y mensual de interventoría en cuanto al aspecto de Control Financiero. | Fecha de radicación del documento en el PA FFIE. | Se asignan 100 puntos por este indicador al empezar cada Acta de inicio. Por cada día de atraso se descuentan 5 puntos. (días calendario) |
Ambiental | Oportunidad de verificación referente al manejo ambiental | Toda la información relacionada con el manejo ambiental se encuentra incluida en el reporte de la interventoría (Verificación y validación de la correcta ejecución del Plan de Manejo Ambiental y Plan | Cero días de atraso en la entrega del informe semanal y mensual de interventoría en cuanto al aspecto de manejo ambiental. | Fecha de radicación del documento en el PA FFIE. | Se asignan 100 puntos por este indicador al empezar cada Acta de Inicio. Por cada día de atraso se descuentan 5 puntos. (días calendario) |
SERVICIO | INDICADOR | DESCRIPCIÓN | NIVELES DE META | MEDIOS DE VERIFICACIÓN | PUNTAJES |
de Aseguramiento de la Calidad, Seguridad industrial y gestión ambiental – PACAS en cuanto al aspecto ambiental según aplique. | |||||
Respuesta a Solicitudes de la Supervisión | Oportunidad de entrega de respuesta a las solicitudes de la Supervisión | Todas las respuestas a las solicitudes realizadas por la supervisión del PA FFIE a la Interventorías deben ser entregadas en un plazo menor a tres (3) días hábiles para respuestas a requerimientos de tipo administrativo y cinco (5) días hábiles para respuestas a requerimientos en los aspectos técnicos, financieros, legales entre otros. | Cero días de atraso en la entrega de la respuesta a la solicitud radicada por la Supervisión de el PA FFIE a la Interventoría | Fecha de radicado de la respuesta de la Interventoría a el PA FFIE vs Fecha del radicado de la solicitud de la Supervisión del PA FFIE a la Interventoría | Se asignan 100 puntos por este indicador al empezar cada Acta de Inicio. Por cada día de atraso de cada una de las solicitudes se descuentan 2 puntos. (días calendario) |
General | Oportunidad de vinculación de personal profesional y técnico de las regiones | Vinculación de personal de Especialistas, profesional y técnico de las regiones en que se desarrollan los proyectos para cada Acta de Servicio de Proyecto | Deberá mantenerse durante el desarrollo de la Fase 2 el personal de las regiones vinculado con la Interventoría de obra de acuerdo con la cantidad de personal y los | Certificación de trabajo de cada una de las personas de la región en la que conste que como mínimo lleva 3 años vinculado a empresas y/o proyectos de la región. | Se asigna 1 punto por una sola vez para cada Acta de servicio, por cada Especialista, Profesional o técnico vinculado a cada Acta de servicio asignada por el PA FFIE. El |
Registros en la planilla de pago de parafiscales |
SERVICIO | INDICADOR | DESCRIPCIÓN | NIVELES DE META | MEDIOS DE VERIFICACIÓN | PUNTAJES |
respectivos perfiles y dedicaciones solicitados por el PA FFIE en la respectiva Acta de Servicio de Proyecto | adjuntados con cada Informe Mensual de Interventoría demostrando que el personal de la región se encuentra vinculado con la Interventoría. | puntaje correspondiente será asignado a la Interventoría al cierre del Acta de Servicio del Proyecto correspondiente |
De acuerdo con el cuadro anterior, el nivel de desempeño de cada Acta de Servicio se calcula sumando el puntaje de cada uno de los indicadores y dividiéndolo por el número de indicadores.
Suma de los puntajes por indicador Número total de indicadores
Para obtener el puntaje de nivel de desempeño se suma el puntaje obtenido en cada Acta de Servicio en ejecución, dividido por el número de actas evaluadas así:
Suma de los puntajes por acta de servicio Número total de actas de servicio
Al puntaje promedio obtenido en el periodo, EL FFIE calificará el desempeño de la siguiente manera:
Nivel de desempeño | Puntaje Total | Nivel de alarma |
Sobresaliente | 80 - 100 | VERDE |
Satisfactorio | 61 - 79 | AMARILLO |
Aceptable | 41 - 60 | NARANJA |
Deficiente | 0 - 40 | ROJO |
a) La(s) Interventoría(s) que se encuentre en el nivel sobresaliente de desempeño
(más de 80 puntos) será(n) priorizada(s) para la asignación de proyectos.
b) Respecto a la(s) Interventoría(s) que se encuentre(n) en el rango de nivel satisfactorio de desempeño, el PA FFIE podrá asignarle proyectos, siempre y cuando presente(n) y sea aprobado(s) por el Supervisor del PA-FFIE el Plan de Mejoramiento que la lleve a estar en el Nivel Sobresaliente (más de 80 puntos).
c) A la(s) interventoría(s) que se encuentre(n) con un puntaje inferior a los 61 puntos, que corresponde al nivel aceptable de desempeño, no se le(s) asignará más proyectos a los que ya tenga asignados, hasta tanto su nivel de desempeño este por encima de los 61 puntos; para lo cual deberá desarrollar un plan de contingencia que lo lleve a superar su nivel de desempeño a un nivel satisfactorio como mínimo.
d) La(s) interventoría(s) que se encuentre(n) en el nivel deficiente de desempeño, no se le asignaran proyectos, y los que tiene podrán ser reasignados a otra
interventoría; así mismo este nivel de desempeño podrá dar lugar a las acciones contractuales previstas, entre estas, el descuento automático y demás que apliquen.
e) Cuando la(s) interventoría(s) se encuentre(n) en el nivel aceptable o deficiente de desempeño, está calificación será causal para adelantar el respectivo procedimiento a fin de dar aplicación a las acciones contractuales previstas, entre las cuales se encuentran los Acuerdos de Niveles de Servicios.
14.1 ACUERDOS DE NIVEL DE SERVICIO (ANS)
Los Acuerdos de Nivel de Servicio (ANS) consisten en la aplicación de descuentos inmediatos de acuerdo con la siguiente tabla:
TIPO DE INCUMPLIMIENTO | DESCRIPCIÓN | % A DESCONTAR | |
Aseguramiento de la calidad | Cuando obtenga menos de 40 puntos en la calificación mensual del indicador | 1% del valor de la fase que se encuentre en ejecución del acta de servicio | Puntaje obtenido mensual |
Seguridad industrial y salud ocupacional | Cuando obtenga menos de 40 puntos en la calificación mensual del indicador | 0.5% del valor de la fase que se encuentre en ejecución del acta de servicio | Puntaje obtenido mensual |
Administrativa | Cuando obtenga menos de 40 puntos en la calificación mensual del indicador | 0.5% del valor de la fase que se encuentre en ejecución del acta de servicio | Puntaje obtenido mensual |
Control Financiero | Cuando obtenga menos de 40 puntos en la calificación mensual del indicador | 0.5% del valor de la fase que se encuentre en ejecución del acta de servicio | Puntaje obtenido mensual |
Ambiental | Cuando obtenga menos de 40 puntos en la calificación mensual del indicador | 0.5% del valor de la fase que se encuentre en ejecución del acta de servicio | Puntaje obtenido mensual |
Respuesta a las solicitudes de la supervisión | Cuando obtenga menos de 40 puntos en la calificación mensual del indicador | 0.5% del valor de la fase que se encuentre en ejecución del acta de servicio | Puntaje obtenido mensual |
La Interventoría no podrá rechazar la asignación de Proyectos realizada por el PA FFIE dentro del Grupo asignado.
Nota 1: El responsable de la evaluación de desempeño de cada Interventoría será el Supervisor asignado por el PA FFIE para ello.
Nota 2: Se entiende por Plan de Mejoramiento el conjunto de elementos de control, que consolidan las acciones conducentes y necesarias para corregir las desviaciones encontradas en la calificación del nivel de desempeño de la interventoría. Por Plan de Contingencia se entiende las acciones inmediatas y la disposición de recursos adicionales para superar las desviaciones evidenciadas en la calificación del nivel de desempeño de la interventoría. Para la formulación e implementación de este Plan de contingencia, la calificación por Proyecto será acompañada por los requerimientos de la supervisión del mismo.
El Plan de Mejoramiento o de Contingencia deberá presentarse para cada Proyecto de forma independiente de acuerdo con el Nivel de Desempeño que este haya obtenido y cuando aplique. La interventoría deberá presentar al PA FFIE el Plan de Contingencia al (1) día hábil siguiente de la notificación del desempeño del mes anterior y el Plan de Mejoramiento dentro de los tres (3) siguientes a dicha notificación.
Nota 3 – Auditorias: La Interventoría tendrá como obligación atender las visitas que por Auditorías se soliciten y se realicen a los Proyectos asignados, bien sea en el sitio en el que este se ejecuta o en la sede de la interventoria.
Estas auditorías podrán ser solicitadas por el PA FFIE y deberán ser atendidas por el personal que el FFIE requiera.
Nota 4: Durante la ejecución de los diferentes proyectos, el Contratista de Interventoría no podrá vincular en ningún caso personal Profesional que haya participado en la elaboración de los estudios y diseños de los proyectos asignados mediante Acuerdo de obra al Contratista.
15. SUPERVISIÓN
La supervisión general del contrato será ejecutada por quien el PA-FFIE designe para ello. La supervisión de cada Acta de Servicio será realizada por el profesional del PA FFIE al que le sea asignada la región dentro de la cual se localice el Acta de servicio a ejecutar, quien de manera permanente realizará el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico del acta de servicios verificando además la correcta ejecución del objeto contratado. En particular, el Supervisor ejercerá las siguientes funciones:
a) Aprobar la solicitud de pago que el Contratista le presente, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Manual de Supervisión e Interventoría del PA FFIE.
b) Verificar que el contratista se encuentre al día con los pagos a seguridad social y parafiscal.
c) Certificar la correcta ejecución del Acta de Servicio y los resultados esperados.
d) Informar oportunamente al PA FFIE sobre el desarrollo del contrato o bien sobre su cumplimiento.
e) Las demás que fueren necesarias para vigilar el cabal cumplimiento del objeto contractual.
Nota: El Supervisor del Contrato Xxxxx está facultado a solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual y será responsable por mantener informado al PA- FFIE de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente.
En ningún caso el Supervisor tendrá la facultad de modificar el contenido y alcance del Acta de Servicio o del Contrato suscrito entre el Contratista y el PA- FFIE, ni de eximir, a ninguno de ellos, de sus obligaciones y responsabilidades.