ADMINISTRACIÓN LOCAL
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 702/20
AYUNTAMIENTO DE NAVALUENGA
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El Pleno del Ayuntamiento de Navaluenga, en sesión ordinaria de celebrada el día 30 de enero de 2020, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por utilización de las instalaciones del campo de golf municipal:
Artículo 7 Tarifas.
Expuesto al público en el Boletín Oficial de la provincia xx Xxxxx número 32 de fecha 17 de febrero de 2020, y no habiéndose presentado reclamaciones, queda definitivamente aprobada conforme a lo dispuesto en el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Asimismo y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 de la norma citada se procede a la publicación del acuerdo de aprobación y texto íntegro de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización de las instalaciones del campo de golf municipal.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEL CAMPO DE GOLF MUNICIPAL: MODIFICACIÓN ARTÍCULO 7 TARIFAS.
El PLENO Corporativo del Ayuntamiento de Navaluenga, por mayoría absoluta del número legal de sus miembros, ACUERDA:
PRIMERO. Aprobar inicialmente la Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por “utilización de las instalaciones del campo de golf de Navaluenga” en los términos en que figura en el expediente, y que se transciben al final de este acuerdo.
SEGUNDO. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx, por plazo de treinta (30) días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.
TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base a lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
TEXTO DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL DEL CAMPO DE GOLF MUNICIPAL DE NAVALUENCIA (ÁVILA).
“Artículo 7. Tarifas.
La tasa a que se refiere esta Ordenanza regula las siguientes actividades y las correspondientes tarifas:
I. Cuota de entrada o inscripción.
II. Abonos.
III. Xxxxx Fee.
IV. Correspondencia entre campos de golf.
V. Alquiler de materiales.
VI. Escuela de Golf.
Las actividades relacionadas se regirán por las siguientes tarifas:
TARIFAS
I. CUOTA DE ENTRADA O INSCRIPCIÓN COMO SOCIO O ABONADO DEL CAMPO DE GOLF
La cuota de entrada para abonarse al Campo de Golf de Navaluenga es de 300,00 €. El pago se satisfará de una sola vez y previo al pago de las sucesivas cuotas mensuales que se generen.
La entrada en vigor de la cuota: con el fin de fomentar la inscripción de nuevos abonados se aplaza la aplicación de la cuota de entrada al año 2021.
Exenciones-bonificaciones a la cuota de entrada: se aplicarán las siguientes a partir del año 2021:
1. Empadronados: los empadronados en el municipio de Navaluenga quedan exentos del pago de la cuota de entrada. El mantenimiento de este beneficio se condiciona al “mantenimiento de dicha situación durante al menos un año desde el alta como abonado del club de Golf.”
2. Menores: Quedan exentos del pago de la cuota de entrada los menores de 26 años.
II. ABONADOS
Podrán ser abonados del campo de golf municipal, cualquier persona, sin límite de edad, que acredite estar en disposición de obtener la Licencia Federativa en vigor
A. TIPOS DE ABONO
1. Abono familiar. Estarán incluidos en este abono las unidades familiares (matrimonio e hijos) sin límite de miembros, siempre que los hijos sean menores de 18 años.
Por unidad familiar se entiende lo establecido en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, sobre IRPF y legislación vigente sobre esta materia.
2. Abono joven. Destinado a personas con edades comprendidas entre los 17 y 25 años.
3. Abono senior. Destinado a personas que tengan 60 años o más.
4. Abono individual. Esta modalidad de abono incluye a los que no se encuadren en otras categorías o tipos de abono.
B. CUOTA ANUAL DE ABONADO: PERIODO IMPOSITIVO Y DEVENGO.
1. Periodo impositivo. Coincide con el año natural.
2. Devengo. La Tasa se devenga el primer día del periodo impositivo. El pago de la cuota de abonado se podrá satisfacer anualmente en un solo pago, dentro del mes de enero de cada año.
3. Fraccionamiento. La cuota de abonado podrá pagarse fraccionada y se hará efectiva mensualmente en los cinco primeros días de cada mes.
4. Pronto pago-bonificación. En el caso de abonarse la cuota de una sola vez al principio de cada año, se aplicará una bonificación del 10 %.
5. Devolución y recargos. Las cuotas domiciliadas que al pasarse al cobro resulten devueltas, darán lugar a un recargo de 10 euros sobre la cuota originaria.
6. Tipos de abono e importe de la cuota mensual:
Tipo de abono Importe cuota mensual
– Cuota individual 62,00 €
– Cuota familiar 72,00 €
– Cuota joven 40,00 €
– Cuota senior 53,00 €
– Cuota empresa 80,00 €
Abono de/para empresas. Podrán adquirir este abono cualquier empresario o autónomo que acredite la condición de serlo. Las empresas o autónomos que justifiquen su actividad económica dentro de la provincia xx Xxxxx, tendrán un descuento del 25 %.
Este tipo de abono consiste en establecer o señalar (fijar) un abonado fijo, como el representante de la empresa y dos abonados o beneficiarios variables, a determinar en cada momento.
Con este tipo de abono sus beneficiarios podrán acceder al campo pagando siempre (en todo caso) el xxxxx fee de abonado.
III. XXXXX FEE.
El “xxxxx fee”, o derecho a jugar en el campo, se abonará siempre por anticipado al acceso al recinto de juego. El jugador deberá conservar en todo momento el recibo del pago realizado y que le da derecho a jugar el número xx xxxxx en él consignado.
El importe del “xxxxx fee” se determina en función de los siguiente criterios:
1. Usuario abonado o no abonado al campo de Navaluenga.
2. Acceso al campo en días laborables o festivos. Los meses de julio y agosto se equiparan a días festivos (temporada alta).
3. Temporadas:
– Temporada alta: xxxxxxx, xxxxxxxx y meses de julio y agosto.
– Temporada baja: septiembre a junio, salvo fines de semana.
4. Reducción de tarifas en temporada baja: durante la temporada baja, la gerencia del campo de golf podrá establecer una reducción de tarifas para el “xxxxx fee”.
5. Tarifas xx xxxxx fee:
– Abonados:
Laborables: gratuito en temporada baja (sep./junio). Festivos: 4,00 €.
– No abonados: Laborables: 20,00 €.
Festivos: 30,00 €.
IV. ENTRADAS CONCERTADAS-CORRESPONDENCIA CON OTROS CAMPOS DE GOLF
El campo de golf de Navaluenga, fijará anualmente aquellos campos de golf con los que mantendrá entradas concertadas (correspondencia).
También podrán extenderse los conciertos con clubes, empresas privadas, administraciones públicas y otros. El precio será fijado por acuerdo municipal.
Tarifas de correspondencia y entradas concertadas: anualmente en el mes de enero se fijará, por acuerdo de la junta de Gobierno del Ayuntamiento de Navaluenga, a propuesta del concejal-gestor del campo de golf, la TARIFA oficial de correspondencia del campo de golf.
Para el año 2020, la tarifa de correspondencia queda fijada de la siguiente manera:
– Temporada baja, días laborables de septiembre a junio de 2021: 15,00 €.
– Temporada alta, xxxxxxx, xxxxxxxx, festivos y meses de julio y agosto: 20,00 €.
V. ALQUILER DE MATERIALES: TARIFAS
1. Carro manual: 3,00 € para un máximo de 18 hoyos.
2. Buggies: 10,00 € para 9 hoyos.
18,00 € para 18 hoyos.
Recepción de buggies: será obligatorio para el usuario la firma de documento de recepción del vehículo y declaración de conocimiento de la normativa reguladora y responsabilidades de uso de buggies. Se prohíbe la conducción de buggies a los menores de 16 años.
3. Taquillas. Tarifa de alquiler de las taquillas del cuarto xx xxxxx: 6,50 €/mes.
Este importe se cobrará mensualmente, por adelantado, en los cinco primeros días del mes. Cancelación del servicio. Para cancelar el servicio de alquiler de taquillas, será necesario notificarlo a la gerencia-administración del campo de golf, antes del día 25 del mes anterior al de causar baja.
4. Palos de golf: servicio de alquiler.
– Tarifa de alquiler de ½ juego xx xxxxx de golf para un máximo de 18 hoyos: 9,00 €.
– Fianza o depósito-garantía: se podrá establecer o solicitar por parte de la gerencia, una fianza-depósito de hasta 50,00 € para el alquiler de los palos de golf.
– Quedan exentos de la prestación de esta fianza los abonados al campo de golf de Navaluenga que estén al corriente de pago.
VI. ESCUELA DE GOLF: CLASES DE GOLF
1. Días y horas. Las clases de golf en el campo de practicas, se impartirán siempre con cita previa y en el horario y días que determine el club.
2. Clases para grupos. Las clases para grupos serán siempre para un mínimo de 4 y un máximo de 5 personas.
3. Tarifas. | ||
– Individual | ½ hora 17,00 € | 1 hora 29,00€ |
– Grupos | 12,50 €, (por usuario) |
4. Descuentos/bonificaciones. Los abonados al campo de golf de Navaluenga, tendrán un descuento del 10 % en las clases de golf.
5. Materiales y cesto de bolas para prácticas por persona. Incluidos en el importe de las tarifas de las clases de golf.
6. Bonos de clases de golf. Tarifas.
½ hora | 1 hora | |
– Bono de 5 clases | 70,00 € | 120,00 € |
– Bono de 10 clases | 130,00 € | 210,00 € |
Navaluenga, 00 xx xxxxx xx 0000. Xx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.