Acuerdo de la Comisión Galega de Informes, Avaliación, Certificación e Acreditación (CGIACA) de 9 de noviembre de 2010, por el que se aprueba el protocolo de evaluación e informe para la contratación de profesorado por las universidades integrantes...
Acuerdo de la Comisión Galega de Informes, Avaliación, Certificación e Acreditación (CGIACA) de 9 de noviembre de 2010, por el que se aprueba el protocolo de evaluación e informe para la contratación de profesorado por las universidades integrantes del Sistema Universitario de Galicia (SUG).
De conformidad con la disposición adicional vigésimo séptima de la Ley del Parlamento de Galicia 3/2002, de 29 xx xxxxx, de medidas de régimen fiscal y administrativo y el artículo 6 del Decreto 270/2003, de 22 xx xxxx, regulador de la Axencia para a Calidade do Sistema Universitario de Galicia (ACSUG), en su redacción dada por el Decreto 326/2009, de 11 xx xxxxx, el artículo 7.1 de los Estatutos de la ACSUG dispone que esta realizará, en el ámbito de la comunidad autónoma, las funciones de emisión de informes, evaluación, certificación y acreditación, previstas en la Ley orgánica 6/2001, de universidades, así como cualquier otra función análoga que sea propia del ámbito de la garantía de la calidad universitaria que le pueda ser atribuida por la normativa que resulte de aplicación.
De este modo, le corresponde a la ACSUG la competencia para realizar las evaluaciones e informes pertinentes, exigidos por la normativa específica de aplicación, para poder ser contratados como profesorado ayudante doctor, profesorado colaborador, profesorado contratado doctor y profesorado de universidad privada, por las universidades del Sistema Universitario de Galicia (SUG). Estas funciones, de acuerdo con el artículo 22 de los Estatutos de la ACSUG, están atribuidas a la Comisión Galega de Informes, Avaliación, Certificación e Acreditación (CGIACA).
Por otro lado, tanto el citado Decreto 270/2003, de 22 xx xxxx, en su Disposición Final Primera, como el artículo 23.2 de los Estatutos de la ACSUG establecen que la CGIACA, como órgano superior de evaluación de la ACSUG, y en consonancia con la independencia con la que ésta deberá actuar en el ejercicio de las funciones que tenga atribuidas, será quien apruebe los distintos procedimientos y protocolos de evaluación, informe, certificación y acreditación que correspondan.
Coherentemente la Orden de la Consellería de Educación e Ordenación Universitaria, de 17 de septiembre de 2009, por la que se regula la evaluación y el informe de la ACSUG previos a la contratación de profesorado, dispone en la letra b) de su artículo 10 que será aquélla la que apruebe los procedimientos y protocolos que correspondan para la emisión de estos informes y evaluaciones.
De conformidad con lo expuesto, y de acuerdo con las competencias otorgadas por la normativa de aplicación, la CGIACA, en su reunión de 9 de noviembre de 2010, acuerda aprobar el protocolo de evaluación e informe para la contratación de profesorado por las universidades integrantes del Sistema Universitario de Galicia, que se adjunta como anexo a continuación, y que substituye al anterior protocolo aprobado mediante acuerdo de 10 de noviembre 2009.
ANEXO
PROTOCOLO DE EVALUACIÓN E INFORME PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORADO POR LAS UNIVERSIDADES INTEGRANTES DEL SISTEMA UNIVERSITARIO DE GALICIA
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.-Objeto.
Se establece el protocolo de valoración aplicable a la emisión por la Axencia para a Calidade do Sistema Universitario de Galicia (ACSUG), de la evaluación necesaria para poder ser contratado por alguna de las universidades integrantes del Sistema Universitario de Galicia (SUG), como profesorado contratado doctor, profesorado ayudante doctor y profesorado de universidad privada, de conformidad con lo exigido en los artículos, 52 y 72 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, así como para la emisión del informe necesario para la contratación excepcional de profesorado colaborador al que se hace referencia en el artículo 3 del Real decreto 989/2008, de 13 xx xxxxx, por el que se regula la contratación excepcional de los profesores colaboradores.
Artículo 2º.-Destinatarios.
1. Podrán solicitar ante la ACSUG la emisión de la evaluación previa a la contratación de profesorado contratado doctor, profesorado ayudante doctor y profesorado de universidad privada, las personas que estén en posesión del título de doctor.
2. Podrán solicitar ante la ACSUG la emisión del informe previo a la contratación excepcional de profesores colaboradores, las personas que estén en posesión del título de diplomado, ingeniero técnico o arquitecto técnico.
CAPÍTULO II PROCEDIMIENTO
Artículo 3º.-Solicitud.
1. Las solicitudes de evaluaciones e informes se presentarán en la ACSUG, o en cualquiera de los registros relacionados en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
2. Las solicitudes se dirigirán al presidente o presidenta de la ACSUG, en los modelos normalizados que se indiquen en las correspondientes convocatorias y se acompañarán de la documentación que se establezca por éstas.
Artículo 4º.-Adopción de los acuerdos.
De conformidad con lo establecido en la letra a) del artículo 10, de la Orden de 17 de septiembre de 2009 por la que se regula la emisión de las evaluaciones e informes de la ACSUG para la contratación del profesorado y con lo establecido en el artículo 22 de los estatutos de la ACSUG, le corresponde a la CGIACA la competencia para la emisión de los informes y las evaluaciones a que se hace referencia en este protocolo.
Para la adopción de los correspondientes acuerdos se aplicará lo establecido en los artículos 8 y 9 del reglamento de funcionamiento de esta comisión, aprobado por acuerdo de 30 de septiembre de 2009.
Artículo 5º.-Régimen de los acuerdos y recurso.
A tenor de lo establecido en la letra c) del artículo 10, de la Orden de 17 de septiembre de 2009 por la que se regula la emisión de las evaluaciones e informes de la ACSUG para la contratación de profesorado, y en el artículo 30 de los estatutos de la ACSUG, los acuerdos de la CGIACA se notificarán a los solicitantes en los seis meses siguientes al cierre del plazo de presentación de solicitudes que se establezca en las correspondientes convocatorias.
De conformidad con lo dispuesto en la letra d) del Artículo 10 de la citada Orden de 17 de septiembre, así como en el artículo 29 de los estatutos de la ACSUG, estos acuerdos agotan la vía administrativa y contra ellos se podrá interponer recurso potestativo de reposición, o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso- administrativo.
CAPÍTULO II
PROTOCOLO DE EVALUACIÓN E INFORME
Artículo 6º.- Comités de asesores expertos.
1. Para realizar la emisión de las evaluaciones y los informes la CGIACA contará con comités de asesores expertos (CAE).
2. Los CAE se constituirán en función de los grandes campos científicos en los cuales se recogen todas las áreas de conocimiento (comités de Ciencias Sociales y Jurídicas, Ciencias Experimentales, Ciencias de la Salud, Enseñanzas Técnicas y Humanidades). La distribución de las áreas de conocimiento en los campos científicos será la que aparece reflejada en el anexo I.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, y atendiendo al número de solicitudes que se puedan presentar en relación a las distintas áreas de conocimiento, podrán dividirse los campos científicos, constituyéndose subcomités.
3. Los comités y los subcomités estarán constituidos por un mínimo de 3 miembros de los cuales uno será el presidente y otro el secretario. El presidente será designado por la CGIACA y el secretario será el miembro de menor edad.
4. Para formar parte de los CAE será requisito ser profesor de universidad, tener consolidados un mínimo de tres componentes por méritos docentes (quinquenios de docencia) y tres tramos del complemento de productividad (sexenios de investigación) y no pertenecer al Sistema Universitario de Galicia. Este último requisito no será de aplicación para los presidentes de los comités.
5. La selección de los miembros de los CAE se hará por parte de la CGIACA, de conformidad con lo establecido en las normas reguladoras del procedimiento de gestión de asesores expertos aprobadas por esta, y a partir de las listas de los profesores de cada ámbito científico que cumplan con los requisitos especificados en este Artículo.
Artículo 7º.-Asignación de las solicitudes a los CAE.
Las solicitudes de evaluación o informe recibidas en la ACSUG serán asignadas en función del campo científico y área o áreas de conocimiento que señalase el interesado al CAE correspondiente.
Artículo 8º.-Valoración de los curricula.
1. La ACSUG, a través de la CGIACA, dará traslado a los CAE de los expedientes que fuesen admitidos a trámite, para que emitan la correspondiente valoración en función de los curricula presentados por los interesados.
La valoración de las solicitudes se hará en función de la documentación aportada por los interesados. En todo caso, los CAE podrán solicitar la documentación justificativa adicional que consideren necesaria.
2. Una vez valoradas las solicitudes por los CAE se dará traslado de las mismas a la CGIACA para que emita los correspondientes acuerdos, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de este protocolo.
Artículo 9º.-Criterios de valoración.
Los CAE valorarán los méritos individuales alegados por los solicitantes en función de la calidad científica, académica y profesional de aquellos, y teniendo en cuenta los rangos del baremo establecido en el anexo II.
Para que los informes sean favorables o las evaluaciones sean positivas deberán superarse las puntuaciones establecidas en el referido baremo. En caso contrario el informe será desfavorable o la evaluación negativa.
ANEXO X
XXXXXX CIENTÍFICOS Y ÁREAS DE CONOCIMENTO
CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS | |
030 | Antropología Social |
040 | Biblioteconomía y Documentación |
070 | Ciencia Política y de la Administración |
095 | Comercialización e Investigación de Mercados |
105 | Comunicación Audiovisual y Publicidad |
125 | Derecho Administrativo |
130 | Derecho Civil |
135 | Derecho Constitucional |
140 | Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social |
145 | Derecho Eclesiástico del Estado |
150 | Derecho Financiero y Tributario |
155 | Derecho Internacional Privado |
160 | Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales |
165 | Derecho Mercantil |
170 | Derecho Penal |
175 | Derecho Procesal |
180 | Derecho Romano |
187 | Didáctica de la Expresión Corporal |
189 | Didáctica de la Expresión Musical |
193 | Didáctica de la Expresión Plástica |
195 | Didáctica de la Lengua y de la Literatura |
200 | Didáctica de la Matemática |
205 | Didáctica de las Ciencias Experimentales |
210 | Didáctica das Ciencias Sociales |
215 | Didáctica y Organización Escolar |
225 | Economía Aplicada |
230 | Economía Financiera y Contabilidad |
235 | Economía, Sociología y Política Agraria |
245 | Educación Física y Deportiva |
381 | Filosofía del Derecho |
383 | Filosofía Moral |
415 | Fundamentos de Análisis Económico |
470 | Historia del Derecho y las Instituciones |
475 | Historia del Pensamiento y de los Movimientos Sociales y Políticos |
480 | Historia e Instituciones Económicas |
620 | Metodología de las Ciencias y del Comportamiento |
623 | Métodos Cuantitativos para la Economía y la Empresa |
625 | Métodos de Investigación y Diagnóstico en Educación |
650 | Organización de empresas |
675 | Periodismo |
680 | Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológico |
725 | Psicobiología |
730 | Psicología Básica |
735 | Psicología Evolutiva e da educación |
740 | Psicología Social |
775 | Sociología |
805 | Teoría e Historia de la Educación |
813 | Trabajo Social y Servicios Sociales |
CIENCIAS EXPERIMENTALES | |
005 | Álgebra |
015 | Análisis Matemático |
038 | Astronomía y Astrofísica |
050 | Biología Celular |
060 | Bioquímica y Biología Molecular |
063 | Botánica |
065 | Ciencia de los Materiales e Ingeniería Metalúrgica |
075 | Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial |
120 | Cristalografía y Mineralogía |
220 | Ecología |
240 | Edafología y Química Agrícola |
247 | Electromagnetismo |
250 | Electrónica |
265 | Estadística e Investigación Operativa |
280 | Estratigrafía |
315 | Farmacología |
385 | Física Aplicada |
390 | Física Atómica, Molecular y Nuclear |
395 | Física de la Materia Condensada |
398 | Física de la Tierra |
405 | Física Teórica |
410 | Fisiología |
412 | Fisiología vegetal |
420 | Genética |
427 | Geodinámica Externa |
428 | Geodinámica Interna |
430 | Geografía Física |
440 | Geometría y Topología |
443 | Histología |
505 | Ingeniería Cartográfica, Geodésica y Fotogrametría |
555 | Ingeniería Química |
566 | Inmunología |
570 | Lenguajes y Sistemas Informáticos |
595 | Matemática Aplicada |
600 | Mecánica de Fluidos |
605 | Mecánica de Medios Continuos y Teoría de Estruturas |
630 | Microbiología |
640 | Nutrición y Bromatología |
647 | Óptica |
655 | Paleontología |
660 | Parasitología |
685 | Petrología y Geoquímica |
700 | Producción Animal |
705 | Producción Vegetal |
710 | Prospección e Investigación Minera |
750 | Química Analítica |
755 | Química Física |
760 | Química Inorgánica |
765 | Química Orgánica |
770 | Radiología y Medicina Física |
773 | Sanidad Animal |
780 | Tecnología dos Alimentos |
785 | Tecnología Electrónica |
790 | Tecnología do Medio Natural |
819 | Zoología |
CIENCIAS DE LA SALUD | |
020 | Anatomía Patológica |
025 | Anatomía y Anatomía Patológica Comparadas |
027 | Anatomía y Embriología Humana |
028 | Antropología Física |
050 | Biología Celular |
060 | Bioquímica y Biología Molecular |
063 | Botánica |
090 | Cirugía |
183 | Dermatología |
245 | Educación Física y Deportiva |
255 | Enfermería |
275 | Estomatología |
310 | Farmacia y Tecnología Farmacéutica |
315 | Farmacología |
410 | Fisiología |
413 | Fisioterapia |
420 | Genética |
443 | Histología |
460 | Historia da Ciencia |
566 | Inmunología |
610 | Medicina |
613 | Medicina Legal y Forense |
615 | Medicina Preventiva y Salud Pública |
617 | Medicina y Cirugía Animal |
630 | Microbiología |
640 | Nutrición y Bromatología |
645 | Obstetricia y Ginecología |
646 | Oftalmología |
653 | Otorrinolaringología |
660 | Parasitología |
670 | Pediatría |
725 | Psicobiología |
745 | Psiquiatría |
770 | Radiología y Medicina Física |
773 | Sanidad Animal |
807 | Toxicología |
817 | Urología |
830 | Traumatología y Ortopedia |
ENSEÑANZAS TÉCNICAS | |
035 | Arquitectura y Tecnología de Computadores |
075 | Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial |
083 | Ciencias y Técnicas de la Navegación |
100 | Composición Arquitectónica |
110 | Construcciones Arquitectónicas |
115 | Construcciones Navales |
250 | Electrónica |
295 | Explotación de las Minas |
300 | Expresión Gráfica Arquitectónica |
305 | Expresión Gráfica en la Ingeniería |
495 | Ingeniería Aeroespacial |
500 | Ingeniería Agroforestal |
505 | Ingeniería Cartográfica, Geodésica y Fotogrametría |
510 | Ingeniería de la Construcción |
515 | Ingeniería de los Procesos de Fabricación |
520 | Ingeniería de Sistemas y Automática |
525 | Ingeniería de Terreno |
530 | Ingeniería e Infraestructuras de los Transportes |
535 | Ingeniería Eléctrica |
540 | Ingeniería Hidráulica |
545 | Ingeniería Mecánica |
550 | Ingeniería Nuclear |
555 | Ingeniería Química |
560 | Ingeniería Telemática |
565 | Ingeniería Textil y Papelera |
570 | Lenguajes de Sistemas Informáticos |
590 | Máquinas y Motores Térmicos |
600 | Mecánica de Fluidos |
605 | Mecánica de Medios Continuos y Teoría de Estructuras |
700 | Producción Animal |
705 | Producción Vegetal |
710 | Prospección e Investigación Minera |
715 | Proyectos Arquitectónicos |
720 | Proyectos de Ingeniería |
780 | Tecnología de Alimentos |
785 | Tecnología Electrónica |
800 | Teoría de la Señal y Comunicación |
815 | Urbanística y Ordenación del Territorio |
HUMANIDADES | |
010 | Análisis Geográfica Regional |
033 | Arqueología |
085 | Ciencias y Técnicas Historiográficas |
185 | Dibujo |
260 | Escultura |
270 | Estética y Teoría de las Artes |
285 | Estudios Árabes e Islámicos |
290 | Estudios Hebreos y Arameos |
320 | Filología Alemana |
325 | Filología Catalana |
327 | Filología Xxxxxx |
335 | Filología Francesa |
340 | Filología Griega |
345 | Filología Inglesa |
350 | Filología Italiana |
355 | Filología Latina |
360 | Filología Románica |
365 | Filología Vasca |
370 | Filología Gallega y Portuguesa |
375 | Filosofía |
381 | Filosofía del Derecho |
383 | Filosofía moral |
435 | Geografía Humana |
445 | Historia Antigua |
450 | Historia Contemporánea |
455 | Historia de América |
460 | Historia de la Ciencia |
465 | Historia del Arte |
485 | Historia Medieval |
490 | Historia Moderna |
567 | Lengua Española |
568 | Lengua y Cultura del Extremo Oriente |
575 | Lingüística General |
580 | Lingüística Indoeuropea |
583 | Literatura Española |
585 | Lógica de la Filosofía de la Ciencia |
635 | Música |
690 | Pintura |
695 | Prehistoria |
796 | Teoría de la Literatura Comparada |
814 | Traducción e Interpretación |
ÁREAS PERTENCIENTES A DOS CAMPOS CIENTÍFICOS
CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS Y HUMANIDADES | |
381 | Filosofía del Derecho |
383 | Filosofía Moral |
CIENCIAS SOCIAIS Y XURÍDICAS Y SALUD | |
245 | Educación Física y Deportiva |
725 | Psicobiología |
CIENCIAS DE LA SALUD Y HUMANIDADES | |
460 | Historia de la Ciencia |
CIENCIAS EXPERIMENTALES Y SAÚDE | |
050 | Biología Celular |
060 | Bioquímica y Biología Molecular |
063 | Botánica |
315 | Farmacología |
410 | Fisiología |
420 | Genética |
443 | Histología |
566 | Inmunología |
630 | Microbiología |
640 | Nutrición y Bromatología |
660 | Parasitología |
770 | Radiología y Medicina Física |
773 | Sanidad Animal |
CIENCIAS EXPERIMENTAIS Y ENSEÑANZAS TÉCNICAS | |
075 | Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial |
250 | Electrónica |
505 | Ingeniería Cartográfica, Geodésica y Fotogrametría |
555 | Ingeniería Química |
570 | Lenguajes de Sistemas Informáticos |
600 | Mecánica de Fluidos |
605 | Mecánica de Medios Continuos y Teoría de Estructuras |
700 | Producción Animal |
705 | Producción Vegetal |
710 | Prospección e Investigación Minera |
780 | Tecnología de Alimentos |
785 | Tecnología Electrónica |
ANEXO II
BAREMO DE APLICACIÓN PARA LA EVALUACIÓN E INFORME PREVIOS A LA CONTRATACIÓN DE PROFESORADO CONTRATADO DOCTOR, AYUDANTE DOCTOR, COLABORADOR Y DE UNIVERSIDAD PRIVADA
Tabla de puntuaciones máximas y mínimas exigidas
Profesorado contratado doctor/profesorado de universidad privada1 | Profesorado ayudante doctor2 | Profesorado colaborador3 | ||||
Xxxxxx | Mínima | Máxima | Mínima | Xxxxxx | Xxxxxx | |
Actividad investigadora | 45 | 5 | 25 | 4 | 20 | - |
Actividad docente | 30 | 5 | 20 | 4 | 25 | - |
Formación académica | 10 | - | 20 | - | 20 | - |
Estancias en centros | No | 15 | - | No | ||
Actividad profesional | 10 | - | 15 | - | 30 | - |
Experiencia en gestión | 5 | - | 5 | - | 5 | - |
PUNTUACIÓN | 100 | 55 | 100 | 40 | 100 | 50 |
(1) Para que la evaluación resulte positiva en las figuras de profesorado contratado doctor y profesorado de universidad privada, la puntuación total obtenida deberá ser de 55 puntos como mínimo. Además, en los apartados de actividad investigadora y actividad docente deberá obtenerse un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. En caso de que no se supere alguna de estas puntuaciones la evaluación será negativa.
(2) Para que la evaluación resulte positiva en la figura de profesorado ayudante doctor, la puntuación total obtenida deberá ser de 40 puntos como mínimo. Además, en los apartados de actividad investigadora y actividad docente deberá obtenerse un mínimo de 4 puntos en cada uno de ellos. En caso de que no se supere alguna de estas puntuaciones la evaluación será negativa.
(3) Para que el informe resulte favorable en la figura de profesorado colaborador, la puntuación total obtenida deberá ser de 50 puntos como mínimo. En caso de que no se supere esta puntuación el informe será desfavorable.
Criterios de puntuación
ACTIVIDAD INVESTIGADORA | MÁXIMA | RANGO/UNIDAD | ||
RESULTADOS DE LA ACTIVIDAD INVESTIGADORA | Publicaciones científicas indexadas1 | Grupo A (33% Superior JCR) | 4-5 | |
Grupo B (33% Central JCR) | 3-4 | |||
Grupo C (33% Inferior JCR) | 0,5-3 | |||
Publicaciones científicas no indexadas1 | Grupo D (no incluidas no JCR) | 0-5 | ||
Libros e capítulos de libros | Libro completo con ISBN 2 | 0-10 | ||
Editor o coordinador | 0-2/libro | |||
Capítulo de libro3 | 0-2 | |||
Congresos3 | Ponencias por invitación | 0-1,5 | ||
Comunicaciones o pósters | 0-0,5 | |||
Conferencias y seminarios científicos impartidos | 3 | 0-1,5 | ||
PROYECTOS Y CONTRATOS DE INVESTIGACIÓN | Participación en proyectos competitivos (convocatoria pública internacional, nacional y autonómica) | Investigador principal | 1-5 | |
Colaborador | 3 | 0,25-0,54 | ||
Contratos y convenios de investigación | 2 | |||
TRANSFERENCIA DE LOS RESULTADOS | Patentes5 | 0-4 | ||
Transferencia de conocimiento | 0-4 | |||
TESIS DE DOCTORADO DIRIGIDAS | Dirección de tesis de doctorado defendidas6 | 1-4 | ||
MOVILIDAD | Estancias en centros de investigación7 | 5 | 0-3/año | |
OTROS MÉRITOS DE INVESTIGACIÓN | Otros méritos de investigación | 3 |
1. En la valoración de las publicaciones científicas indexadas y no indexadas de un equipo de trabajo de más de cuatro miembros, se multiplicará por cuatro la puntuación asignada y el resultado se dividirá por el número de autores de la publicación.
2. En la valoración de los libros en los que participasen más de cuatro autores, se multiplicará por cuatro la puntuación asignada y el resultado se dividirá por el número de autores del libro.
3. En la valoración de los capítulos de libro en los que participasen más de dos autores, se multiplicará por dos la puntuación asignada y el resultado se dividirá por el número de autores del capítulo. La puntuación resultante de la suma de diferentes capítulos de un mismo libro no podrá superar el rango máximo otorgado por un libro completo. Esta misma fórmula se aplicará para las ponencias, comunicaciones y elaboración de póster en congresos.
4. La puntuación de la participación en proyectos competitivos como colaborador, estará limitada a un máximo de 0,5 puntos por año.
5. Para obtener la puntuación máxima se tendrá en cuenta que la patente esté en explotación.
6. En caso de codirección de tesis la puntuación se dividirá entre el número de directores. Para obtener la puntuación máxima se tendrá en cuenta indicios como la mención de calidad del programa de doctorado o la mención europea de la tesis doctoral.
7. Las estancias en centros de investigación, en la figura de profesorado ayudante doctor, puntúan en el apartado específico de “Estancias en Centros”.
ACTIVIDAD DOCENTE | MÁXIMA | RANGO/UNIDAD | |
DEDICACIÓN DOCENTE | Docencia universitaria oficial impartida | 25 | 0,2/crédito impartido |
Docencia no universitaria impartida | 3 | 0,25/curso académico | |
Dirección de proyectos de fin xx xxxxxxx, tesinas, DEA, … | 5 | 0-0,5/trabajo | |
CALIDAD DE LA ACTIVIDAD DOCENTE | Evaluación de la actividad docente | 5=muy favorable 3=favorable (DOCENTIA) | |
0,2 por materia si el resultado es = o > 70% rango de la encuesta8 | |||
Elaboración de material docente (manuales, unidades didácticas, libros de ejercicios, etc) | 0-3 | ||
Proyectos de innovación docente y empleo de nuevas tecnologías | 0-3 | ||
Puntuación máxima permitida calidad actividad docente | 5 | ||
FORMACIÓN DIDÁCTICA PARA LA ACTIVIDAD DOCENTE | Impartición de cursos y seminarios de formación docente | 2 | |
Asistencia a cursos y seminarios de formación docente9 | 2 | ||
Estancias en centros docentes10 | 0,6/trimestre | ||
Puntuación máxima permitida formación didáctica para la actividad docente | 3 | ||
OTROS MÉRITOS DOCENTES | Otros méritos docentes | 2 |
8. No se tendrán en cuenta las encuestas incluidas en el período valorado por el programa DOCENTIA
9. Para valorar la asistencia a cursos y seminarios de formación docente, éstos tendrán que tener un mínimo de 10 horas.
10. Las estancias en centros docentes, en la figura de profesorado ayudante doctor, puntúan en el apartado específico de “Estancias en Centros”.
FORMACIÓN ACADÉMICA | MÁXIMA | RANGO/UNIDAD | ||
FORMACIÓN REALIZADA | Titulación universitaria | Diplomado, arquitecto técnico, ingeniero técnico11 | 1 | |
Licenciado, arquitecto, ingeniero, grao, master universitario oficial11 | 2 | |||
DEA/Suficiencia Investigadora 11 | 3 | |||
Doctorado11 | 4 | |||
Otras diplomaturas | 1 | |||
Otras licenciaturas, grados, masteres universitarios oficiales, MIR o equivalentes | 2 | |||
Otros doctorados | 2-4 | |||
Expediente académico | 1-4 | |||
Masteres y postgrados no oficiales | 4 | 0,5-2 | ||
Cursos, seminarios y talleres de formación académica | Entre 100 y 250 horas | 5 | 1-1,5 | |
Entre 30 y 99 horas | 0,5-1 | |||
Entre 8 y 29 horas | 0-0,5 | |||
BECAS Y PREMIOS | Becas predoctorales obtenidas en convocatoria pública (FPI, FPU o equivalentes) | 1/año | ||
Becas posdoctorales obtenidas en convocatoria pública | 0,1/mes | |||
Premios extraordinarios | 3 | 0,5-2 | ||
OTROS MÉRITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA | Otros méritos de formación académica | 1 |
11. Se puntuará sólo por la máxima titulación.
ACTIVIDAD PROFESIONAL | MÁXIMA | RANGO/UNIDAD | |
EXPERIENCIA PROFESIONAL EN EMPRESAS, INSTITUCIONES, ORGANISMOS PÚBLICOS Y HOSPITALES | Puesto desempeñados relacionados con el ámbito científico por el que se evalúa | 0-2/año | |
Puestos ocupados no relacionados con el ámbito científico por el que se evalúa | 2 | 0-0,5/año | |
ACTIVIDADES PROFESIONAIS | Creaciones artísticas, proyectos, traducciones de libros, asesorías, direcciones técnicas, informes, etc. | 0-4/actividad | |
OTROS MÉRITOS PROFESIONALES | Otros méritos de actividades profesionales | 1 |
EXPERIENCIA EN GESTIÓN | MÁXIMA | RANGO/UNIDAD | |
Vicerrectorado o secretaría general de | 1,5/año | ||
universidad | |||
Decanato o dirección de facultad o escuela o | 1/año | ||
equivalente | |||
Vicedecanato o subdirección de facultad o | 0,7/año | ||
CARGOS UNIPERSONALES EN GESTIÓN | escuela | ||
Dirección de instituto universitario o equivalente | 0,7/año | ||
Secretaría de facultad o escuela | 0,6/año | ||
UNIVERSITARIA | |||
Dirección de departamento | 0,6/año | ||
Secretaría de departamento | 0,4/año | ||
Dirección, secretaría o coordinación en | 1,5 | 0-0,5 | |
congresos, seminarios, jornadas, cursos, etc. | |||
OTROS MÉRITOS DE GESTIÓN12 | 1 |
12. Se valorará la participación en órganos colegiados, comisiones de calidad y de coordinación académica.
ESTANCIAS EN CENTROS13 | MÁXIMA | RANGO/UNIDAD |
ESTANCIAS EN CENTROS DE INVESTIGACIÓN | 0-3/año | |
ESTANCIAS EN CENTROS DOCENTES | 1 | 0,6/trimestre |
13. Este apartado es exclusivo de la figura de profesorado ayudante doctor.