Contrato de Obra Pública de diseño, construcción, rehabilitación, mantenimiento y financiamiento de la infraestructura vial de Ruta 9 entre las progresivas 105K650 y 210K000
CORPORACION VIAL DEL URUGUAY
SA
Contrato de Obra Pública de diseño, construcción, rehabilitación, mantenimiento y financiamiento de la infraestructura vial xx Xxxx 9 entre las progresivas 105K650 y 210K000
Pliego de Condiciones
Licitación Internacional No /
i
SECCIÓN I - PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS (PCA) 7
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES 7
2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN 7
3.2. Beneficios tributarios 10
3.3. Régimen de facturación 10
3.4. Beneficios del Proponente de la Iniciativa Privada 10
5. VALORES MÁXIMOS Y MÍNIMOS DE LA OFERTA 11
CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 12
6. DOCUMENTACIÓN DISPONIBLE PARA LOS OFERENTES 12
6.1. Aclaración de los documentos de la Licitación 12
6.2. Enmienda de los documentos de la Licitación 12
7. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL 12
8.1. Requisitos de participación de los oferentes 13
8.2. Requisitos de formalidad: 13
8.3. Requisitos de desempeño previo del oferente: 14
8.4. Requisitos de capacidad de ejecución del Oferente 14
8.5. Requisitos económico-financieros del Oferente: 15
9. PLAZO DE VALIDEZ DE LAS OFERTAS 15
10. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 16
10.1. Constitución de la garantía de mantenimiento de oferta. 16
10.2. Plazo para constitución de la garantía de mantenimiento de oferta. 16
10.3. Monto de la garantía de mantenimiento de oferta. 16
10.4. Devolución de la garantía de mantenimiento de oferta a los no adjudicatarios. 16
10.5. Ejecución de la garantía de mantenimiento de oferta. 16
11. CONTENIDO DE LAS OFERTAS 17
11.1. Antecedentes del Oferente 17
13.1. Criterios para la adjudicación 22
13.2. Documentación a presentar por el adjudicatario 23
13.3. No cumplimiento de requisitos por el Adjudicatario 24
CAPÍTULO III: ACTUACIONES PREVIAS Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 26
15. REQUISITOS ADICIONALES PREVIOS A LA FIRMA DEL CONTRATO 26
15.1. Fondos afectados de forma exclusiva 26
15.2. Constitución o adquisición del paquete accionario y Estatutos de la Sociedad de Objeto Exclusivo (SOE), si corresponde. 26
15.3. Alteración de la composición accionaria de la Sociedad de Objeto Exclusivo o Consorcio. 27
16. PROYECTO EJECUTIVO Y PLAN ECONÓMICO FINANCIERO DEFINITIVO (PEFD)
..................................................................................................................................... 27
16.2. Plan Económico Financiero Definitivo (PEFD) 28
16.3. Comunicación a MEF y OPP 28
17. CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS 28
17.1. Garantías de Cumplimiento de Contrato para la Etapa de Construcción 28
17.2. Garantía de Cumplimiento de Contrato para la Etapa de Mantenimiento 29
17.3. Afectación de las garantías contractuales 29
17.4. Devolución de Garantías 30
19. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 31
19.1. La Formalización del Contrato 31
19.2. Efectos de la falta de formalización 31
20. RIESGOS A ASUMIR POR EL CONTRATANTE Y CONTRATISTA. 31
21. PUESTA A DISPOSICIÓN DE LA ZONA DE OBRA 32
23. PERMISOS Y AUTORIZACIONES 33
24. OCUPANTES ILÍCITOS DE LA FAJA DE DOMINIO PÚBLICO Y ZONA “NON EDIFICANDI” 33
CAPÍTULO IV: RÉGIMEN ECONÓMICO DEL CONTRATO 34
27. CONCEPTO DE DISPONIBILIDAD 34
28. COMPONENTES DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATISTA 34
29. CERTIFICADOS DE CUMPLIMIENTO 34
30. CERTIFICADOS DE CUMPLIMIENTO PARA EL COMPONENTE A 35
30.1. Certificado de Avance de Obra (CAO) 35
30.2. Certificado de Cumplimiento de Hito de Obra (CCH-O) 35
31. CERTIFICADOS DE CUMPLIMIENTO PARA EL COMPONENTE B 37
32. CERTIFICADOS DE CUMPLIMIENTO PARA EL COMPONENTE C 37
33. RETRIBUCIÓN AL CONTRATISTA 37
34. PAGOS AL CONTRATISTA POR CUMPLIMIENTO DEL COMPONENTE A 38
34.1. Subcomponente A1 - pagos irrevocables por la obra mediante CIP 38
34.2. Subcomponente A2 - pagos por disponibilidad de la obra (PPD-O) 39
34.2.1. Subcomponente A2 – Atrasos en la puesta en servicio de la obra atribuibles al Contratista 40
34.2.2. Subcomponente A2 – Atrasos en la puesta en servicio de la obra atribuibles al Contratante 40
35. PAGOS AL CONTRATISTA POR CUMPLIMIENTO DEL COMPONENTE B 41
36. PAGOS AL CONTRATISTA POR CUMPLIMIENTO DEL COMPONENTE C 41
37. GARANTIA EN BENEFICIO DE LOS ACREEDORES 42
37.1. Cesión de Contrato en Garantía 43
38. COMPENSACIÓN AL CONTRATISTA POR ATRASOS EN LOS PAGOS 44
38.1. Cesión de Créditos en Garantía 45
41. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 46
41.1. Alteración de la ecuación económico-financiera por razón de interés público . 47
41.2. Alteración de la ecuación económico-financiera por eventos de fuerza mayor 48
CAPÍTULO VI: CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL CONTRATO 49
42. INSTRUMENTOS Y FUNCIONAMIENTO PARA LA VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO Y SEGUIMIENTO DEL CONTRATO 49
CAPITULO VII: SANCIONES Y PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTOS DE OBLIGACIONES 52
43. PROCEDIMIENTO DE IMPOSICIÓN DE PENALIDADES 52
43.1. Infracciones y penalidades por incumplimiento de obligaciones administrativas
..................................................................................................................................... 52
43.2. Infracciones y penalidades por incumplimiento de obligaciones técnicas 53
43.3. Multas por otros incumplimientos 54
43.4. Cobro de las multas y penalizaciones 54
CAPÍTULO VIII: TÉRMINACIÓN Y RESCISIÓN DEL CONTRATO 55
44. TÉRMINACIÓN DEL CONTRATO 55
45. RESCISIÓN DEL CONTRATO POR ACUERDO MUTUO 56
46. RESCISIÓN DEL CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA 56
47. RESCISIÓN DEL CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATANTE 57
48. TITULARIDAD DE LAS OBRAS 58
CAPÍTULO IX: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 59
SECCIÓN II - PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS (PCT) 60
CAPÍTULO X: CONDICIONES GENERALES 60
53. MANTENIMIENTO DEL TRÁNSITO Y SEÑALIZACIÓN DURANTE EL PERÍODO DE CONTRATO 61
53.1. Mantenimiento del Tránsito y la Señalización de obra. 61
56. EQUIPO TÉCNICO DEL CONTRATISTA 65
58. SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD DE LAS OBRAS. 67
59. INICIO, AVANCE Y TERMINACIÓN DE LAS OBRAS 69
60. EXÁMEN DE OBRA ANTES DE CUBRIRLA 70
61. OPERACIÓN DE DESCUBRIR Y HACER ABERTURAS 70
63. SUMINISTRO DE MATERIALES ASFÁLTICOS 71
68. EVALUACIÓN DE CALIDAD DE OBRA EN SERVICIO DE FRECUENCIA ANUAL72
CAPÍTULO XII: MANTENIMIENTO 73
69. MANTENIMIENTO POR NIVELES DE SERVICIO 73
70. DESARROLLO DEL MANTENIMIENTO 73
70.1. Documentos de gestión 73
71. Evaluaciones de los niveles de servicio. 75
71.1. Evaluaciones no programadas. 75
71.2. Evaluaciones programadas de frecuencia semestral 75
71.2.1. Calzada, Banquina, Obras de Arte, Seguridad Vial y faja de Dominio Público 75
72. VALORES ADMISIBLES PARA LOS NIVELES DE SERVICIO 79
ANEXO I: ZONA OBJETO DEL CONTRATO 81
ANEXO II: MODELO DE PROPUESTA ECONÓMICA 82
ANEXO III: FORMULARIOS DE LA LICITACIÓN 85
ANEXO IV: PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS ELECTRÓNICAS 97
ANEXO V: PRESENTACIÓN DEL PLAN ECONÓMICO FINANCIERO (PEF) Y EXPOSICIÓN ESTÁNDAR DEL PEF. 99
ANEXO VI: DECLARACIONES JURADAS Y FORMULARIOS 102
ANEXO VII: CERTIFICADO IRREVOCABLE DE PAGO (CIP) 105
ANEXO VIII: CONDICIONES MÍNIMAS DE DISEÑO Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 109
ANEXO IX: CRITERIOS DE RECEPCION 180
ANEXO X: ÍNDICES DE CALIDAD 189
ANEXO XI: ESTÁNDARES DE SERVICIO. 198
ANEXO XII: METODOLOGÍA PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS NIVELES DE SERVICIO 246
ANEXO XIII: AJUSTE PARAMÉTRICO 253
ANEXO XIV: MODELO DE DOCUMENTOS 255
ANEXO XV: MODELO DE CONTRATO 275
ANEXO XVI: SUMINISTRO DE EQUIPOS 279
ANEXO XVII: ALOJAMIENTO, VEHÍCULO Y ALIMENTACIÓN PARA LA DIRECCIÓN DE OBRA 285
INFORMACION COMPLEMENTARIA 288
SECCIÓN I - PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS (PCA)
El presente pliego recoge las condiciones administrativas que regirán la contratación.
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
El Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) y la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND) celebraron un Convenio y contratación directa para la ejecución de obras y proyectos por el sistema de concesión de obra pública y para la cooperación y asistencia técnica, semitécnica y especializada con el objeto de realizar estudios y proyectos, construcción, mantenimiento, operación y explotación de las obras públicas de infraestructura que se indican en su anexo, aprobado por la resolución No.1908 del Poder Ejecutivo de 20 de diciembre de 2001, publicada en el Diario Oficial de fecha 2 de enero de 2002.
La Corporación Nacional para el Desarrollo constituyó la Corporación Vial del Uruguay S.A. (CVU) a la cual cedió el referido Convenio y contratación el 18 de febrero de 2003, cesión que fuera aprobada por resolución N° 438/2003 del Poder Ejecutivo de 9 xx xxxxx de 2003, publicada en el Diario Oficial el 22 xx xxxxx de 2003.
El contrato de Concesión establece que la supervisión de la ejecución del mismo estará a cargo de un Órgano de Control designado por el Concedente (MTOP) en la órbita de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV).
Corporación Vial del Uruguay SA. es la empresa Contratante (en adelante Contratante), con domicilio constituido en Xxxxxx 000, xxxx 0x X.X 00.000 Xxxxxxxxxx-Xxxxxxx.
El objeto del contrato incluye:
a) La realización de todos los estudios, prospecciones de campo, ensayos de laboratorio, trabajos topográficos, geológicos, geotécnicos, hidrológicos, ambientales, auditorías y controles necesarios para cumplir con dicho objeto.
b) La elaboración de todos los proyectos, diseños y planes de todas las obras y tareas de Construcción y/o Rehabilitación necesarias para llevar la infraestructura definida en este contrato a la condición exigida.
c) La ejecución de todas las obras referidas a todos los planes, diseños y proyectos, mencionados en el punto b) y aprobados por el Contratante.
d) La elaboración de los proyectos, diseños y planes de todas las obras y tareas necesarias para el Mantenimiento de la totalidad de los tramos que integran el objeto del contrato.
e) La ejecución de todas las tareas referidas a todos los planes, diseños y proyectos mencionados en el punto d) y aprobados por el Contratante.
f) La dirección de la logística y la organización de los recursos humanos y materiales necesarios para el diseño, la construcción, la rehabilitación y el mantenimiento de los tramos comprendidos en el contrato.
g) El Financiamiento de todas las actividades necesarias para el cumplimiento del contrato.
A los efectos del presente pliego, el objeto se desagrega en tres componentes:
• Componente A: Construcción de vía nueva y adecuación de la actual
• Componente B: Rehabilitación de vía existente
• Componente C: Mantenimiento de los tramos nuevos y existentes
El Derecho aplicable y la Jurisdicción competente en todas las cuestiones relativas a la contratación objeto de este Pliego, serán los de la República Oriental del Uruguay, siendo competentes los tribunales de Montevideo.
Será responsabilidad del Oferente tener conocimiento cabal de las condiciones legales de dicha legislación, especialmente en los aspectos laborales, tributarios, administrativos y los vinculados con la presente contratación y la concesión de obra pública, en cuyo marco se realiza el presente.
En caso de discrepancias entre el Contratante y el Contratista, éstas se resolverán en primera instancia en forma amigable, y en subsidio, por los medios de resolución de conflictos acordados o previstos en este pliego/contrato.
Por el sólo hecho de presentarse al llamado a licitación, el Oferente hace expreso reconocimiento y manifiesta su voluntad de someterse a las leyes de la República Oriental del Uruguay y, en su caso, a los tribunales del Departamento de Montevideo, con exclusión de todo otro recurso y renuncia al fuero que pudiere corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.
La presente contratación se regirá por el Pliego de Condiciones, compuesto por el Pliego de Condiciones Administrativas (PCA) y Pliego de Condiciones Técnicas (PCT), la Ley 15.637 de 28/09/1984, el Convenio celebrado entre el MTOP y la CND de fecha 5/10/2001 y sus modificativos y, en caso de corresponder, los artículos 19 y 20 de la Ley No. 17.555 y Decreto No. 442/002.
Asimismo, forman parte de los documentos de la presente licitación, las siguientes disposiciones:
a) Leyes, Decretos y Resoluciones del Poder Ejecutivo, así como reglamentos y ordenanzas municipales vigentes a la fecha de apertura de la licitación.
b) Pliego General para la Construcción de Obras Públicas, aprobado por Decreto Nº 257/015 del 23 de setiembre de 2015, concordantes y modificativos, únicamente en lo aplicable al Contratante de acuerdo con su naturaleza jurídica.
c) El Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Obras Públicas (decreto 8/90 del 24 de enero de 1990) y de la DNV para la Construcción xx Xxxxxxx y Carreteras (decreto 9/90 del 24 de enero de 1990 y las secciones del año 1971, 1976 y 1980 en adelante PV) en lo que fueran aplicables al presente trabajo.
d) Especificaciones Técnicas Complementarias y/o Modificativas xxx Xxxxxx de Condiciones para la Construcción xx Xxxxxxx y Carreteras de la Dirección Nacional de Vialidad, del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, en la versión vigente a la fecha del llamado designado en adelante ETCM.
e) Convenio del 29 xx xxxxx de 1996 entre la DNV y el BPS, sobre aportes por leyes sociales y seguridad e higiene laboral (excepto Literal E), únicamente en lo aplicable al Contratante de acuerdo a su naturaleza jurídica.
f) Enmiendas, aclaraciones o comunicados efectuados por el Contratante relativos al Pliego, durante el plazo del llamado a licitación.
g) La propuesta formulada por el Contratista.
h) Los siguientes manuales e instructivos:
1. Láminas tipo de la DNV.
2. Condiciones Particulares para la Iluminación, Semáforos y Destellantes en Rutas Nacionales.
3. Instructivo de Relevamiento xx xxxxxx de la DNV.
4. Directivas de diseño Hidrológico – Hidráulico de Alcantarillas.
5. Instructivo de Evaluación de Alcantarillas.
6. Instructivo de Medición de Rugosidad.
7. Manual Ambiental para la Ejecución de Obras Viales aprobado por el Decreto Nº10/020 de 13 de enero de 2020.
8. Manual de los Sistemas de Gestión Integrados y documentos asociados de la CVU.
9. Manual para la Dirección de Obras en la versión vigente a la fecha del llamado
10. Norma de Señalización de Obra.
11. Especificaciones Técnicas para Elementos de Señalización en Zona de Obras.
12. Norma de Señalización Horizontal y Vertical de la DNV.
13. Normas UY.
14. Especificaciones del equipamiento para la seguridad vial.
15. Normativa para la seguridad vial DNV- MTOP vigente a la fecha del llamado.
16. Plan de Gestión Ambiental.
17. Xxxxx de accesibilidad de las personas al medio físico. UNIT 200:2010
18. A Policy on Geometric Design of Highways and Streets. AASHTO (7th Edition - 2018).
19. Roadside Design Guide AASHTO (4th Edition - 2011).
20. Pliego de Condiciones Generales para las obras de iluminación en las rutas nacionales, del 2019.
21. Niveles de Servicio de Mantenimiento de Instalaciones Lumínicas en la Red Vial Nacional.
22. Instalación y Mantenimiento de Semáforos en la Red Vial Nacional (Dic 2021).
El Pliego compuesto por el Pliego de Condiciones Administrativas (PCA) y el Pliego de Condiciones Técnicas (PCT), con sus respectivas modificaciones, mantendrán prelación sobre los documentos enunciados en los literales g) y h).
En caso de contradicción el contrato tendrá prelación por sobre los pliegos de condiciones de acuerdo a lo estipulado en la cláusula 7: Documentación contractual.
La presentación de las propuestas implica la aceptación incondicionada por parte del Oferente de las cláusulas xxx xxxxxx y de los restantes documentos que forman parte de la contratación, sin salvedad alguna.
El Adjudicatario gozará de los beneficios fiscales otorgados por el Decreto a emitirse que se comunicará oportunamente en forma previa al plazo máximo para la presentación de las ofertas; sin perjuicio del régimen general.
Será de aplicación lo dispuesto por el Decreto a emitirse que se comunicará oportunamente en forma previa al plazo máximo para la presentación de las ofertas.
En caso de que no se constituya una SOE los impuestos correspondientes a cada CCH-O serán abonados con certificados de crédito de la DGI o BPS.
3.4. Beneficios del Proponente de la Iniciativa Privada
En caso que el Contrato de referencia se enmarque en una Iniciativa Privada, se aplicará lo previsto en la Ley 17.555 y su Decreto Reglamentario 442/002.
Se deja constancia de la identidad de la promotora de la iniciativa: empresa TRAXPALCO S.A. cuya iniciativa fue aceptada por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 02 de febrero de 2021.
Para el caso en que la empresa promotora de la Iniciativa se presente a la licitación, ya fuere sola o integrando un consorcio o sociedad:
• Tendrá el derecho a beneficiarse con un porcentaje del 10% (diez por ciento) sobre el valor ofertado.
• Si la oferta del promotor, considerando el beneficio respectivo, no resultara ganadora, el Promotor podrá solicitar que se promueva un proceso de mejora de oferta en un plazo que no excederá el término original que se hubiere otorgado para el procedimiento competitivo previsto (Art. 16.3 Dec.442/002)
• El promotor de la iniciativa no deberá abonar los pliegos de la presente licitación.
Para el caso en que la empresa promotora de la Iniciativa no se presente a la licitación tendrá el derecho al cobro de los gastos incurridos en los estudios previos por la suma de
USD 435.000 (dólares cuatrocientos treinta y cinco mil) los cuales serán abonados por el adjudicatario como condición previa a la firma del contrato.
El plazo para la ejecución y entrega de la obra correspondiente al Componente A será de hasta 24 meses calendario sin prórrogas a partir de la firma del Acta de Replanteo.
El Acta de Replanteo deberá realizarse a los 15 (quince) días corridos, a partir de la fecha de notificación al Contratista de la No Objeción del contrato por el Concedente.
El replanteo se hará en la fecha acordada aún en ausencia del Contratista, levantándose acta con la firma de los comparecientes.
El plazo para la entrega de la obra correspondiente al Componente B será hasta el mes 30 calendario sin prórroga, a partir de la firma del Acta de Replanteo. Se podrán iniciar la ejecución de obras en aquellos tramos de al menos 5 km en los que esté habilitado el tránsito para las mismas progresivas del Componente A.
El plazo del servicio de Mantenimiento de la obra correspondiente a los Componentes A y B será desde la fecha del Acta de Terminación Total de Obra (ATTO) de dichos componentes hasta la finalización del Contrato.
En caso de ampliación del plazo de obra, se reducirá el plazo de mantenimiento de forma de no exceder el plazo total de 12 años de Contrato.
Adicionalmente todos los plazos y posibles ampliaciones en el marco de este pliego no podrán superar la fecha prevista de finalización de la Concesión vigente entre CND y el MTOP.
5. VALORES MÁXIMOS Y MÍNIMOS DE LA OFERTA
Si el valor de la oferta (incluyendo Leyes Sociales –LLSS- y sin incluir Impuesto al Valor Agregado
–IVA-) correspondiente a la suma de los componentes A, B, y C, descontado a valor presente según lo indicado en la cláusula 13.1: Criterios para la adjudicación, se encontrare por debajo o por encima de un 30% en relación al valor promedio de comparación de las ofertas válidas, la oferta será rechazada.
El valor corriente del Componente C no podrá ser inferior al 16% del Componente A, de lo contrario la oferta será rechazada (con LLSS y sin IVA).
El valor presente del Componente B deberá ser menor a un 13% del Componente A, de lo contrario la oferta será rechazada (con LLSS y sin IVA).
CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
6. DOCUMENTACIÓN DISPONIBLE PARA LOS OFERENTES
El Contratante pondrá a disposición de los Oferentes el conjunto de la documentación relativa a la presente licitación compuesta de:
- Sección I: Pliego de Condiciones Administrativas con sus respectivos anexos.
- Sección II: Pliego de Condiciones Técnicas con sus respectivos anexos.
6.1. Aclaración de los documentos de la Licitación
El Contratante dará respuesta a toda solicitud de aclaración recibida dentro del plazo citado anteriormente, a más tardar 5 días corridos antes de que venza el plazo para presentación de las ofertas. Podrá ser en un plazo menor, siempre que prorrogue la fecha de apertura de forma de poner a disposición de los oferentes la información solicitada con un plazo mínimo de 5 (cinco) días corridos previo a la presentación de las ofertas.
Se enviará vía correo electrónico (e-mail) la respuesta del Contratante, incluyendo la consulta, sin identificar su procedencia, a todos los que hayan adquirido los Documentos de licitación.
6.2. Enmienda de los documentos de la Licitación
El Contratante podrá modificar los documentos de licitación mediante la emisión de comunicados a más tardar 5 (cinco) días corridos antes de que venza el plazo para la presentación de ofertas.
Todo comunicado así emitido constituirá parte de los documentos de licitación y se trasmitirá vía correo electrónico (e-mail) a todos los adquirentes de los documentos de licitación.
El Contratante podrá enviar la/s enmienda/s en un plazo menor a 5 (cinco) días corridos, siempre que prorrogue la fecha de apertura de forma de otorgar a los adquirentes xxx xxxxxx un plazo mínimo de 5 (cinco) días corridos previos a la presentación de las ofertas.
Tendrán carácter contractual:
1. El contrato firmado entre el Contratista y el Contratante.
2. El Pliego de Condiciones Administrativas (PCA) y el Pliego de Condiciones Técnicas (PCT), con los respectivos documentos aclaratorios y/o modificaciones realizadas hasta la fecha de apertura del llamado.
3. La oferta presentada por el oferente.
Para el caso de existir contradicción en sus términos, los documentos relacionados se interpretarán teniendo en consideración el orden de prelación por el que se enumeran en la presente cláusula, de modo que cada uno de ellos tendrá preferencia respecto a los que le siguen en orden.
REQUISITOS Y CONDICIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Podrán ser oferentes las empresas nacionales y extranjeras, plenamente capaces, que no estén comprendidas en una prohibición de contratar, que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica y cumplan con los términos definidos en el presente pliego.
En caso de consorcio o SOE integrada por más de una empresa, por lo menos una de las empresas integrantes deberá ser constructora y cumplir con un mínimo del 40% de cada uno de los requisitos de capacidad, experiencia y volumen de obra descritos en el presente pliego, y entre todas completar el 100%.
8.1. Requisitos de participación de los oferentes:
i. Todos los Oferentes deben proporcionar a través de los formularios definidos en el Anexo III: Formularios de la Licitación, información para la calificación, carta de aceptación y contrato, declaración de que el Oferente (incluidos todos los miembros de una asociación en participación o grupo, ni ninguna de sus filiales y/o los subcontratistas) no está, ni ha estado asociado, directa o indirectamente, con el consultor o cualquier otra entidad que haya preparado el diseño, las especificaciones y otros documentos del Proyecto.
ii. Cada Oferente ya sea en forma individual o como integrante de una asociación, grupo o sociedad, podrá presentar solamente una oferta.
iii. Si un Oferente presenta más de una oferta quedarán descalificadas todas las ofertas que presente.
iv. Si una persona física o jurídica integra más de un Oferente, quedarán descalificadas todas las ofertas que la incluyan.
v. No podrán participar en la licitación aquellas empresas que mantuvieren pendiente de resolución o sentencia, a la fecha de apertura de las ofertas, juicios contra CVU o la CND.
vi. No es requisito estar inscripto en el Registro Único de Proveedores del Estado (XXXX).
8.2. Requisitos de formalidad:
Los Oferentes presentarán sus ofertas digitalmente, las que deberán contar con firma electrónica avanzada (Ley Nº 18.600), siguiendo el proceso descripto en el Anexo IV Procedimiento para la Presentación de Ofertas Electrónicas.
Todas las ofertas y documentos deberán estar en idioma español o debidamente traducidos a este idioma por Traductor Público habilitado en Uruguay y apostillados o legalizados según corresponda.
Se debe asimismo adjuntar: a) Certificado notarial de existencia, vigencia y representación de la persona jurídica. En el mismo se detallará lugar de inscripción y sede principal de sus actividades, acreditando si la empresa es filial o subsidiaria de cualquier otra; b) Certificado expedido por el Registro Nacional de Actos Personales – Sección Interdicciones o similar para empresas extranjeras, vigente al día hábil anterior a la fecha de la apertura, o recibo que acredite su solicitud; c) Comprobante vigente del Banco de Seguros del Estado que acredite el cumplimiento de la Ley Nº 16.074 de 10 de octubre de 1989 (Seguro sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales).
Aquellos Oferentes que se encuentren activos en el Registro Único de Proveedores del Estado y que acrediten el mismo, están eximidos de presentar dicha documentación.
8.3. Requisitos de desempeño previo del oferente:
El oferente en los 5 años previos a la fecha de apertura de oferta y en contratos ejecutados y/o en ejecución, deberá:
i. No haber acumulado multas en contratos con el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y/o Corporación Vial del Uruguay S.A y/o Corporación Nacional para el Desarrollo por porcentajes superiores a 10% del monto de cada contrato o del porcentaje certificado en su caso.
ii. Haber obtenido en los contratos de mantenimiento con el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y/o Corporación Vial del Uruguay S.A y/o Corporación Nacional para el Desarrollo, un valor del Nivel de Servicio Global del contrato superior al mínimo exigido por el respectivo pliego, en al menos 60% de las evaluaciones semestrales realizadas por el Órgano de Control de los respectivos contratos.
El oferente presentará Declaración Jurada de Cumplimiento referido en los puntos precedentes de esta cláusula.
Lo anterior aplica para las empresas nacionales o extranjeras que tienen o tuvieron contrato de mantenimiento con la Corporación Vial del Uruguay S.A. y/o el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
8.4. Requisitos de capacidad de ejecución del Oferente:
a) La suma de los Valores Estimados de Contratación Anual libre (VECA libre) de cada uno de los integrantes de la oferta debe ser mayor o igual al monto de los componentes A más B.
b) La suma del monto de obras viales de carretera, caminos, estructuras xx xxxxxxx o pasajes a desnivel en los últimos 10 (diez) años ejecutadas por todas las empresas constructoras integrantes de la oferta sea igual o mayor al monto de A más B excluyendo impuestos y leyes sociales.
c) La suma de las cantidades físicas de obras viales de carretera, caminos, estructuras xx xxxxxxx o pasajes a desnivel en los últimos 10 (diez) años ejecutadas por todas las
empresas constructoras integrantes de la oferta sea igual o mayor a las que surgen de la oferta.
A fin de cumplir con los volúmenes y montos exigidos, los contratos a considerar deberán estar ejecutados en un 50% como mínimo y la información proporcionada debe permitir acreditar estos aspectos mediante certificado de avance de obra.
8.5. Requisitos económico-financieros del Oferente:
a. Disponer de capital de trabajo que guarde relación con los requerimientos presentados en su Plan Económico Financiero.
b. Los litigios pendientes del Oferente no podrán representar en total más del 40% del patrimonio neto de éste que surja del último balance presentado y deberán ser tratados como resueltos en contra del oferente. Lo anterior se aplicará para cada uno de los integrantes de un consorcio o de una SOE cuando corresponda.
c. El Oferente o al menos uno de los integrantes de un consorcio o de una SOE cuando corresponda deberán cumplir con los siguientes índices para el promedio aritmético de los tres últimos ejercicios:
i. liquidez (activos corrientes/pasivos corrientes) con resultado mayor o igual a 1,10
ii. endeudamiento (pasivo total/patrimonio neto) con resultado menor o igual a 2,5
iii. rentabilidad (resultado operativo bruto/ventas) con resultado mayor o igual a 0,10
En caso de que el Oferente duplique el monto de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, podrá igualmente calificar cumpliendo con dos de los tres índices exigidos cuando aquel índice que no cumple con lo requerido se encuentre dentro de los siguientes parámetros:
i. liquidez (activos corrientes/pasivos corrientes) mayores o igual a 1
ii. endeudamiento (pasivo total/patrimonio neto) menor o igual a 3,5
iii. rentabilidad (resultado operativo bruto/ventas) mayor o igual a 0,05
En cuanto al capital de trabajo, éste podrá ser acreditado por uno solo de los integrantes del consorcio o de una SOE, sin perjuicio de que los demás deban al menos disponer de un capital mínimo de trabajo USD 100.000 (dólares estadounidenses cien mil).
9. PLAZO DE VALIDEZ DE LAS OFERTAS
Las ofertas serán válidas por un período de 180 (ciento ochenta) días corridos posteriores a la fecha de vencimiento para la presentación de las ofertas. Este plazo se prorrogará automáticamente hasta la firma del contrato con el adjudicatario salvo que alguno de los Oferentes manifieste expresamente su voluntad en contrario por medio fehaciente que acredite su recepción.
10. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
10.1. Constitución de la garantía de mantenimiento de oferta.
El oferente deberá constituir una garantía de mantenimiento de oferta, a favor del Contratante en forma previa a la apertura de ofertas, mediante uno o más instrumentos entre las siguientes opciones:
a) fianza o aval de un banco o institución de intermediación financiera establecido en la República Oriental del Uruguay y controlado por el BCU;
b) póliza de seguro de fianza emitida por compañía de seguros;
c) afectación de títulos de deuda pública en el BROU.
La garantía de mantenimiento de oferta tendrá una validez mínima de 360 (trescientos sesenta) días corridos desde la presentación de la oferta y deberá estar vigente hasta que se obtenga la No Objeción del MTOP al contrato suscrito con el Adjudicatario.
Se podrá integrar la garantía en más de una de las modalidades indicadas siempre que todas ellas sean constituidas a nombre del oferente y aceptadas por el Contratante.
10.2. Plazo para constitución de la garantía de mantenimiento de oferta.
La garantía de mantenimiento de la oferta podrá presentarse hasta las 17 horas del día hábil anterior a la fecha de presentación de ofertas en la dirección del Contratante para su visto bueno, quedando depositada en poder del mismo. Se entregará un recibo del depósito que solo acreditará la recepción del documento, pero no su aceptación, asumiendo el Oferente la responsabilidad del cumplimiento de las exigencias y las consecuencias que pudieren derivarse en caso de no hacerlo.
10.3. Monto de la garantía de mantenimiento de oferta.
La garantía de mantenimiento de oferta ascenderá a la suma de USD 400.000 (dólares estadounidenses cuatrocientos mil).
10.4. Devolución de la garantía de mantenimiento de oferta a los no adjudicatarios.
La Garantía de Mantenimiento de Xxxxxx se devolverá a solicitud del oferente no adjudicatario una vez vencido el período de vigencia de la misma o cuando se notifique la No Objeción del MTOP al contrato suscrito, lo que ocurra primero.
10.5. Ejecución de la garantía de mantenimiento de oferta.
La garantía de mantenimiento de la oferta podrá ser ejecutada:
i. Si el Oferente retira su proposición antes de la firma del Contrato.
ii. Si el Adjudicatario no cumple en tiempo y forma con la presentación de:
a. los estatutos, contrato de consorcio o constitución de la sociedad de objeto exclusivo cuando corresponda o acredita haber adquirido el paquete accionario
de una sociedad anónima sin actividad previa en los términos previstos en el presente Pliego
b. la garantía de cumplimiento de contrato
c. la póliza de seguro de responsabilidad civil
iii. Si el Adjudicatario no firmara el contrato;
iv. Ante cualquier otro incumplimiento del Oferente derivado de su calidad de Adjudicatario.
Junto a las ofertas se deberá presentar:
i. Copia de recibo que acredite la compra del presente Xxxxxx.
ii. Copia de comprobante de depósito de la garantía de mantenimiento de oferta.
iii. En caso de Consorcio o Sociedad de Objeto Exclusivo (SOE) se deberá presentar en los plazos y condiciones establecidos en el presente pliego de licitación:
a. Compromiso de Consorcio con los porcentajes de participación de cada integrante o
b. Compromiso que manifieste que, en caso de adjudicación, se constituirá la sociedad de objeto exclusivo o se adquirirá el paquete accionario de una sociedad anónima sin actividad previa que tendrá objeto exclusivo.
Las ofertas deberán contener:
• Antecedentes del Oferente
• Propuesta Técnica
• Propuesta Económica
11.1. Antecedentes del Oferente
Los antecedentes del oferente deben incluir:
A. Certificación Notarial
B. Declaraciones Juradas
C. Certificación Contable
D. Certificación del Registro Nacional de Empresas de Obra Pública (RNEOP)
E. Experiencia en obras similares
A. Certificación Notarial.
Se deberán acreditar mediante Certificación Notarial, cuya fecha de expedición no sea anterior a 30 (treinta) días corridos a la fecha de presentación de las ofertas, los siguientes extremos:
• La existencia, vigencia y representación del Oferente
• Naturaleza jurídica de la sociedad, fecha de constitución del estatuto o contrato social y sus modificaciones, objeto, capital y administración, acreditando que se encuentra legalmente constituida. Control de las Leyes N° 17.904 y N° 18.484. La regularidad formal del oferente y sus empresas se examinará en la certificación notarial y demás documentos exigidos.
• En caso de personas jurídicas extranjeras
− Con representación en el país: acreditar la misma de conformidad con lo establecido en la Ley N° 16.060 de sociedades comerciales, sus concordantes, complementarias y modificativas;
− Sin representación en el país: acreditar su constitución conforme a la legislación del país de origen. Todos los documentos deberán estar debidamente legalizados o apostillados y traducidos al idioma español por traductor público y cumplir con las previsiones de la ley Nº 16.497 de 15 xx xxxxx de 1994 y el decreto 369/994 de 22 xx xxxxxx de 1994. Todo ello sin perjuicio del eventual cumplimiento de lo preceptuado en el art. 193 de la Ley 16.060, en caso de que su actuación no se limite a actos aislados.
− Acreditar la calidad de filial o subsidiaria de otra empresa cuando corresponda.
• Representante/s legal/es del oferente: nombre completo, documento de identidad, domicilio, teléfono, correo electrónico y control de la Ley N° 18.244.
• Representantes contractuales en caso de existir: control del poder vigente, facultades y limitaciones del mandatario. Los poderes otorgados en el extranjero deberán estar traducidos por traductor público, apostillados y/o legalizados según corresponda.
En caso de que el Oferente este compuesto por más de una persona jurídica, deberá controlarse en el certificado notarial lo correspondiente a cada una de ellas.
El certificado se presentará digitalizado en formato PDF, pudiendo solicitarse con posterioridad la presentación física del mismo.
B. Declaraciones Juradas
El Oferente deberá acreditar mediante las Declaraciones Juradas números 1 y 2 acompañadas de las correspondientes certificaciones notariales de firmas, los siguientes extremos (ver modelos en Anexo VI Declaraciones Juradas y Formularios):
• Declaración Jurada No 1:
1) Constancia de que cada una de las personas físicas o jurídicas que lo integran se responsabilizan en forma indivisible y solidaria entre sí respecto del Contratante por todas las obligaciones emergentes del llamado.
2) La integración del oferente informando porcentaje de participación de cada integrante.
3) La designación como representante de uno de sus integrantes, el que estará autorizado para contraer obligaciones, notificarse y recibir instrucciones para todos los trámites, gestiones y peticiones referidas al llamado hasta la adjudicación del mismo.
4) Correo electrónico en el que se realizarán las notificaciones pertinentes, el que se obliga a mantener vigente durante el proceso de licitación (salvo modificación autorizada por el Contratante).
5) En caso que el Oferente o uno de sus miembros integre en su oferta a persona jurídica extranjera con o sin representación local, se deberá acreditar la autorización de los órganos pertinentes de la misma para participar en la licitación, y su declaración jurada xx xxxxxxxx en forma solidaria e indivisible de las obligaciones que surjan del contrato.
• Declaración Jurada N°2:
1) Que las personas físicas y/o jurídicas que formen parte del Oferente no forman parte de algún otro Oferente que se presenta a la misma licitación.
2) Haber examinado y estar conforme con estas Bases de Licitación y demás antecedentes, documentos y disposiciones legales inherentes al proceso de licitación y adjudicación, aceptando expresamente las obligaciones que le imponen el cumplimiento de la ley, estas bases de licitación y demás normativa aplicable, no teniendo reparo u objeción que formular. En consecuencia, se libera al Estado persona pública mayor y al Contratante, de toda responsabilidad por eventuales errores u omisiones que pudieran tener los referidos antecedentes y documentos.
3) Aceptación incondicionada por parte del Oferente de las cláusulas de este Pliego y de los restantes documentos que tienen carácter contractual sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con el Contratante. Cualquier salvedad se entenderá en todo caso como no puesta.
4) La aceptación por el hecho de presentarse al llamado, de la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la República Oriental del Uruguay y la competencia de los Juzgados y Tribunales del Departamento de Montevideo para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder. Para el caso que las partes no acuerden la designación de árbitros, asumirán competencia los Tribunales de la Ciudad de Montevideo.
5) Detalle de todos los litigios pendientes del Oferente y de sus integrantes como demandantes o demandados, declarando objeto, partes litigantes, y montos reclamados.
6) Detalle de las multas que le han sido aplicadas al Oferente por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y/o Corporación Vial del Uruguay S.A, y/o Corporación Nacional para el Desarrollo, en los últimos 5 años y su porcentaje en relación al monto de cada contrato o al porcentaje certificado en su caso.
7) Declaración de que las empresas constructoras que forman parte de la oferta, en contratos de mantenimiento con el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, y/o Corporación Vial del Uruguay S.A, y/o Corporación Nacional para el Desarrollo
obtuvo en más del 60% de las evaluaciones semestrales realizadas por el Órgano de control, un valor del Nivel de Servicio Global del contrato superior al mínimo exigido por el pliego.
8) Que tienen políticas y procedimientos aprobados en materia de prevención xx Xxxxxx de Activos y Financiamiento del Terrorismo y se encuentra debidamente inscripta en el organismo supervisor correspondiente.
C. Certificación Contable
Los Oferentes o quienes lo conformen cuando se trata de un consorcio, deberán presentar sus Estados Contables de los últimos tres ejercicios finalizados previo a la fecha de presentación de las ofertas, aprobados por sus órganos sociales correspondientes.
• Estarán acompañados por el informe de auditor externo que corresponda de acuerdo a la normativa bancaria nacional, expedido por profesional habilitado.
• En caso que una persona jurídica que integre el grupo oferente no contará con estados contables consolidados para todo el período de tres (3) años requerido en virtud de haber adquirido la compañía a un tercero dentro del referido plazo, podrá agregar estados contables individuales con dictamen de auditoría externa de dicha persona jurídica para los ejercicios económicos previos a dicha adquisición. Deberá acreditarse mediante certificación notarial la situación jurídica durante el período en cuestión.
• Podrán formularse en moneda de origen o en dólares estadounidenses.
• Estarán integrados por estado de situación patrimonial, estado de resultados, notas aclaratorias y anexos de bienes de uso y de evolución del patrimonio y estado de origen y aplicación de fondos.
• Las empresas constituidas en la República Oriental del Uruguay deberán formularlos de acuerdo a la normativa vigente en el país, mientras que las empresas constituidas en el extranjero los formularán de acuerdo a las normas vigentes en el país de su domicilio. No obstante, para la determinación de los índices económicos - financieros y de los ingresos operativos de estas últimas, se seguirán los criterios de exposición previstos en la normativa uruguaya.
• Si el último cierre de ejercicio se produjo en un plazo inferior a los 120 (ciento veinte) días corridos anteriores a la fecha de presentación de las ofertas, el oferente podrá a su elección:
i. presentar los estados contables de los tres ejercicios anteriores al cerrado en última instancia, o
ii. presentar los estados contables del último ejercicio finalizado más los de los dos ejercicios previos.
D. Certificado para Ofertar emitido por el Registro Nacional de Empresas de Obra Pública
El oferente deberá presentar el certificado de dicho Registro que acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas en la cláusula 8.4: Requisitos de capacidad de ejecución del Oferente
(VECA Libre) expedido dentro de los 30 (treinta) días corridos anteriores a la fecha de presentación de ofertas.
E. Experiencia del oferente en contratos similares.
El Oferente deberá presentar detalle de contratos de gestión de infraestructura vial (aclarando si incluyen alguna o todas las actividades de diseño, construcción y mantenimiento) con plazos iguales o superiores a 5 (cinco) años, requeridos en el Cláusula 8.3: Requisitos de desempeño previo del Oferente, informando.
x. Xxxx y zona geográfica.
ii. Contratante
iii. Tipo de obra
iv. Plazo del contrato
v. Fecha de inicio de los trabajos
vi. Fecha de recepción o prevista de terminación
vii. Monto del contrato
viii. Monto ejecutado
ix. Certificación del nivel de satisfacción
En caso de haber formado parte de un consorcio, especificar porcentaje de participación y los trabajos en los cuales intervino.
La Propuesta del Oferente deberá contener lo establecido en la Sección II Pliego de Condiciones Técnicas (PCT) y en el Anexo VIII Condiciones mínimas de diseño y ejecución de obras, los que incluyen las obras de construcción, rehabilitación y mantenimiento.
El Oferente presentará:
a) Resumen de Oferta según Anexo III Formularios de la Licitación.
b) Propuesta económica con las características establecidas en el Anexo II: Modelo de Propuesta Económica.
c) Plan económico financiero (PEF) siguiendo los lineamientos establecidos en el Anexo V: Presentación del Plan Económico Financiero (PEF) y Exposición Estándar del PEF.
Funcionará una Comisión Asesora de Adjudicaciones designada por el MTOP, quien evaluará las ofertas y confeccionará un orden de prelación de acuerdo a los montos ofertados.
Además, podrá solicitar al oferente las aclaraciones que considere pertinentes. En ningún caso podrá pedir ni permitir que se modifique el contenido de la oferta.
La Comisión Asesora estará facultada para solicitar los asesoramientos que considere oportuno.
Previo a la adjudicación, la Comisión Asesora solicitará los Certificados Habilitantes para Contratar de los oferentes emitidos por el Registro Nacional de Empresas de Obra Pública actualizados a efectos de constatar que el oferente tenga a la fecha, Valor Estimado de Contratación Anual (VECA) libre por un monto igual o superior al de la oferta presentada, de acuerdo con lo indicado en cláusula 8.4: Requisitos de Capacidad de ejecución del Oferente. Asimismo, se solicitará certificado notarial actualizado con fecha no anterior a 30 (treinta) días corridos desde la solicitud de presentación.
No podrán ser consideradas aquellas ofertas que a juicio del Contratante contengan apartamiento, reserva u omisión significativa a las exigencias contenidas en las bases de contratación, considerándose tales aquellas que:
a) afecten de manera sustancial, la calidad o cantidad de los trabajos especificados en las bases de contratación; o,
b) limiten de manera sustancial, en discrepancia con lo establecido en las bases de contratación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente emanadas xxx xxxxxx; o
c) de aprobarse, afectarían el principio de ecuanimidad en la posición competitiva de otros oferentes que presenten ofertas que se ajusten a las bases de la contratación.
13.1. Criterios para la adjudicación
Se adjudicará el Contrato al Oferente cuya oferta cumpla con las condiciones requeridas en el presente pliego y tenga el menor valor presente.
El Contratante corregirá de la siguiente manera los errores que se encuentren en el precio:
a) Cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en números y en letras prevalecerán los indicados en letras.
b) Cuando haya una diferencia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que a juicio del Contratante hubiera un error evidente en la colocación de la coma que separa los decimales de dicho precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario.
c) El Contratante ajustará el monto indicado en la oferta de acuerdo con el procedimiento antes señalado para la corrección de errores y con la anuencia del Oferente, el nuevo monto se considerará obligatorio para el Oferente. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido de la oferta, ésta será rechazada y podrá hacerse efectiva la garantía de mantenimiento de su oferta.
d) Si se omitiera algún rubro o su cotización, se considerará prorrateado entre los restantes rubros.
A los efectos de la comparación de las ofertas, se descontarán a valor presente los flujos de los tres componentes A, B y C, de acuerdo a la siguiente fórmula:
𝑖=12
(𝐴 ∗ 𝑥 + 𝐶)/10
𝑖=12 (𝐴 ∗ (1 − 𝑥))/10 𝐵
donde:
∑
𝑖=3
(1 + 𝑑)𝑖
+ ∑
𝑖=3
(1 + 𝑢)𝑖
+ (1 + 𝑑)2
A = Precio ofertado para el componente A (expresado en dólares) B = Precio ofertado para el componente B (expresado en dólares) C = Precio ofertado para el componente C (expresado en dólares) x = proporción ofertada de componente A con repago en dólares
1-x = proporción ofertada de componente A con repago en Unidades Indexadas
d = tasa de descuento a aplicar para dólar
u = tasa de descuento a aplicar para U.I.
Para obtener los valores de los componentes A, B y C expresados en dólares, se tomará los valores cotizados en la oferta y se dividirán entre el tipo de cambio del Boletín base proporcionado para esta licitación.
A los efectos de la comparación de las ofertas, se descontarán los flujos de los tres componentes de acuerdo a la fórmula anterior para expresarlos a valor presente al día anterior al acta de comprobación de las ofertas, utilizando como tasas, tanto para dólares y UI las correspondientes a la Curva Uruguay en Dólares (CUD) y Curva de rendimientos en Unidades indexadas (CUI) a 10 años al cierre del mes anterior a la presentación de las ofertas y que se publicarán junto con el boletín base de la licitación. El Valor presente de los montos en UI y de los montos en pesos uruguayos será convertido a dólares a los efectos de la comparación de ofertas, utilizando para ello los tipos de cambios del boletín base de la licitación.
El contratante notificará a todos los oferentes de la Resolución de adjudicación.
El Contratante declarará desierto el llamado en caso de que no se presenten oferentes.
El Contratante se reserva el derecho de anular el proceso de licitación y rechazar todas las ofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación del contrato, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna ante él o los oferentes afectados por esta decisión, quienes no tendrán derecho a indemnización por ningún concepto.
13.2. Documentación a presentar por el adjudicatario
El Adjudicatario deberá presentar, previo a la firma del Contrato, so pena de dejar sin efecto la adjudicación:
a) Si corresponde, constancia de constitución de la Sociedad de Objeto Exclusivo en la que sus integrantes, la participación de los mismos y la estructura accionaria al momento de la firma del contrato, deberán coincidir con la de la Oferta presentada.
b) Si corresponde, copia certificada de Contrato de Consorcio inscripto en el Registro Nacional de Comercio de acuerdo a las condiciones de integración y demás especificaciones establecidas en el Compromiso de Consorcio presentado en la Oferta.
c) Garantía de fiel cumplimiento de contrato.
d) Póliza de seguro contra Todo Riesgo de Construcción y Mantenimiento.
e) Póliza contra reclamos ante Ley de Tercerizaciones. El Adjudicatario deberá presentarla para cubrir al Contratante de posibles reclamos en caso de que el Contratista y/o sus subcontratistas no cumplan con sus obligaciones laborales y de seguridad social por una suma equivalente al 5% del monto adjudicado, que tendrá que mantener vigente durante todo el plazo del contrato y hasta el cumplimiento de los plazos legales de que disponen los trabajadores para efectuar reclamos.
f) Póliza de Responsabilidad Civil por un monto asegurado de USD 5.000.000 (dólares estadounidenses cinco millones) que incluya como co-asegurados o asegurados adicionales a Corporación Vial del Uruguay S.A., a Corporación Nacional para el Desarrollo y al Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Dicha póliza deberá extenderse por un plazo mínimo de dos años contados a partir de la terminación del contrato para la recepción de reclamos por eventos ocurridos durante su vigencia, así como indicar que la defensa en el juicio civil y todos los gastos y honorarios irrogados serán de cargo del asegurador (Art. 78 literal b y 79 de la Ley Nº 19.678).
g) Certificado expedido por el Banco de Seguros del Estado que acredite estar al día con el pago de seguros por accidentes laborales.
h) Certificado del Registro Nacional de Actos Personales (Sección Interdicciones), de los directores societarios o socios (persona física) en el caso de sociedades personales a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 18.244 de 27 de diciembre de 2007, con una antigüedad no mayor a 15 (quince) días corridos.
En el caso de personas físicas o jurídicas extranjeras deberá presentarse documentación homóloga. Para el caso de no existir documentación homóloga a la solicitada, el oferente deberá presentar documentación suficiente extendida por profesional del Derecho que acredite tal extremo.
i) Certificado para contratar del Registro Nacional de Empresas de Obra Pública que demuestre que el Oferente mantiene a la fecha Valor Estimado de Contratación Anual (VECA) libre por un monto igual o superior al de la oferta, expedido dentro de los 30 (treinta) días corridos previos a su presentación.
00.0.Xx cumplimiento de requisitos por el Adjudicatario.
Para el caso que el adjudicatario no cumpla lo requerido en la cláusula 13.2: Documentación a presentar por el adjudicatario, se revocará la adjudicación, pudiendo el Contratante efectuar una nueva adjudicación al oferente siguiente en forma consecutiva, siempre que ello fuera posible y conveniente, y que el nuevo potencial adjudicatario de su conformidad. Dicha resolución será notificada a todos los oferentes.
El titular del contrato será el Adjudicatario (empresa, consorcio constituido o sociedad de objeto exclusivo) y a todos los efectos será el Contratista de Corporación Vial del Uruguay S.A. en el marco de la Concesión celebrada con el MTOP.
CAPÍTULO III: ACTUACIONES PREVIAS Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
15. REQUISITOS ADICIONALES PREVIOS A LA FIRMA DEL CONTRATO
15.1. Fondos afectados de forma exclusiva
El adjudicatario afectará de forma exclusiva fondos equivalentes al menos, del 15% (quince por ciento) del monto del Componente A, sin considerar el factor de ajuste de costos financieros.
Dichos fondos deben estar integrados en al menos un veinticinco por ciento (25%) al momento de la firma del contrato. El resto de los fondos se deberá integrar en un plazo no mayor a cuatro meses desde la firma del contrato.
En caso que el oferente esté compuesto por más de una empresa, los fondos serán aportados por sus integrantes de acuerdo a la proporción de sus respectivas participaciones en la oferta.
Salvo autorización expresa del Contratante, en caso de que los fondos de afectación exclusiva se integren en Capital Social, deberán mantenerse hasta haber obtenido el último CCH-O del Componente A.
Cumplida la condición precedente, el Capital Social podrá reducirse hasta alcanzar el 10% del total de la inversión. Reducciones superiores requerirán autorización expresa del Contratante.
El Oferente que haya resultado adjudicatario, y haya propuesto una SOE, deberá presentar al Contratante los estatutos sociales de la misma, en un plazo de 30 (treinta) días corridos de notificada la adjudicación.
El Oferente que haya resultado adjudicatario podrá optar por adquirir el paquete accionario de una sociedad anónima sin actividad previa, debiendo presentar al Contratante los estatutos vigentes de la sociedad y el proyecto de modificación de estatuto social a efectos de convertirla en una sociedad de objeto exclusivo, en un plazo de 30 (treinta) días corridos desde la notificación de la adjudicación.
El Contratante tendrá 10 (diez) días hábiles para realizar observaciones a los estatutos o al proyecto de modificación de estatutos de acuerdo con los requisitos en la presente cláusula. Cumplido el plazo sin que el Contratante efectúe observaciones, dicho proyecto será considerado válido a estos efectos.
La sociedad de objeto exclusivo deberá ajustarse a los siguientes requisitos:
• El objeto social consistirá exclusivamente en la ejecución del contrato adjudicado.
• Al momento de firma del contrato su integración deberá coincidir con la del Oferente al momento de presentación de la oferta.
• No podrá disolverse hasta que se produzca la reversión de los bienes vinculados al objeto de este contrato, en los términos dispuestos por el presente pliego.
• Sus acciones serán nominativas no endosables.
• El Contratante luego de revisar que se han cumplido los requisitos mencionados en la presente, dará el visto bueno al estatuto.
• El domicilio y sede social deberá fijarse en la ciudad de Montevideo.
Dicha sociedad deberá encontrarse legalmente constituida o su estatuto debidamente modificado en un plazo de 60 (sesenta) días corridos contados desde la fecha de notificada la adjudicación, prorrogables en caso de atrasos no imputables al oferente.
En caso de que el Oferente opte por adquirir el paquete accionario de una sociedad anónima sin actividad previa deberá presentar además una carta certificada de los fundadores de la sociedad declarando que la misma no ha tenido ninguna actividad anterior. Asimismo, presentará la inscripción de la sociedad en DGI junto con las Declaraciones Juradas desde esa fecha hasta el presente.
15.3. Alteración de la composición accionaria de la Sociedad de Objeto Exclusivo o Consorcio.
La alteración de la composición del paquete accionario de la Sociedad de Objeto Exclusivo o Consorcio, así como su transformación, fusión, escisión y la transmisión de sus acciones por cualquier título deberá contar con la conformidad previa del Contratante, el cual dispondrá de 10 (diez) días hábiles para emitir observaciones, de lo contrario se considerará aprobada la alteración.
La Sociedad de Objeto Exclusivo o el Consorcio deberá mantener la solvencia que fue requerida para la adjudicación del contrato.
16. PROYECTO EJECUTIVO Y PLAN ECONÓMICO FINANCIERO DEFINITIVO (PEFD)
El proyecto Ejecutivo deberá ser presentado por la Empresa Contratista en un plazo máximo de 60 (sesenta) días corridos contados a partir de la notificación de la No Objeción del MTOP al contrato suscripto. Dentro de los 60 (sesenta) días corridos, se podrán realizar entregas y aprobaciones parciales al Proyecto Ejecutivo que permitan un avance parcial de las obras.
El Proyecto Ejecutivo estará constituido por los siguientes elementos:
• Proyecto geométrico de la traza,
• Proyecto de pavimentos,
• Proyecto de drenaje,
• Proyecto estructural xx xxxxxxx y pasajes,
• Proyecto de señalización y defensas,
• Proyecto de iluminación.
Para cada elemento se deberá presentar una Memoria descriptiva, láminas, cálculos, especificaciones técnicas y metrajes asociados al mismo.
El Contratante podrá formular observaciones en un plazo de 10 (diez) días hábiles y el Contratista tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para levantar las observaciones realizadas.
Si el Contratante rechazara alguno de los documentos, podrá rescindir el contrato de pleno derecho sin que el Contratista tenga derecho a indemnización por ningún concepto y sin responsabilidad de tipo alguno para el Contratante.
En caso de ser aprobados, el Contratante emitirá una nota de visto bueno o conformidad del proyecto. Dicha conformidad no desplaza la responsabilidad del Contratista por cualquier error en los diseños que sean detectados posteriormente.
16.2. Plan Económico Financiero Definitivo (PEFD)
El Plan Económico Financiero Definitivo deberá ser presentado en un plazo máximo de 60 (sesenta) días corridos contados a partir de la notificación de la No Objeción del MTOP al contrato suscripto.
El plan económico financiero (PEF) presentado por el adjudicatario en su oferta se ajustará para contemplar las condiciones definitivas acordadas para el financiamiento del contrato, dando lugar al plan económico financiero definitivo (PEFD).
El PEFD resultante y los instrumentos de financiación en él considerados deberán:
• Contar con la conformidad del Contratante.
• Guardar coherencia con el PEF.
• Desarrollar aquellos aspectos que por su naturaleza no hubieran quedado plenamente determinados en la documentación presentada en el procedimiento de adjudicación.
En caso de optar por financiación de terceros se requiere Proyecto de Contrato de financiamiento con los financistas involucrados y manifestación de los mismos de su disposición a financiar el proyecto.
16.3. Comunicación a MEF y OPP
El Contratante pondrá en conocimiento de MEF y OPP el PEFD con los instrumentos de financiación y proyecto de contrato de financiación que cuenten con la conformidad del Contratante.
17.1. Garantías de Cumplimiento de Contrato para la Etapa de Construcción
El Contratista constituirá, previo a la firma del contrato, garantía de fiel cumplimiento de Contrato para la etapa de Construcción por un porcentaje del 5 % del componente A, sin considerar el factor multiplicador de los costos de financiamiento más el Componente B.
Dichas garantías podrán constituirse mediante:
a) fianza o aval de un banco o institución de intermediación financiera establecido en la República Oriental del Uruguay y controlado por el BCU;
b) póliza de seguro de fianza emitida por compañía de seguros
c) afectación de título de deuda pública en el BROU
Las garantías constituidas deberán depositarse en poder del Contratante, en el plazo de 10 (diez) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de la adjudicación y previo a la firma del contrato previsto en la cláusula 19: Formalización del Contrato.
Si el Contrato experimentare modificaciones que alteren el monto de obra de los Componentes A y/o B, el Contratista deberá ajustar la garantía correspondiente para que la misma guarde la debida proporción con el nuevo monto.
La o las nuevas garantías deberán constituirse en un plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde la fecha en que se notifique al Contratista la resolución aprobando el acuerdo de modificación.
En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía, penalidades o indemnizaciones exigibles al Contratista, éste deberá reponer dicha garantía en la cuantía que ha sido disminuidas en el plazo de 10 (diez) días hábiles desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causal de rescisión de este Contrato.
17.2. Garantía de Cumplimiento de Contrato para la Etapa de Mantenimiento
La garantía de cumplimiento de Contrato para la etapa de Mantenimiento será por un monto equivalente al 1% del monto ofertado para la suma del Componente A (sin considerar el factor multiplicador de los costos de financiamiento) y del Componente B.
Deberá constituirse al momento del Acta de Terminación Total de Obra (ATTO) de los Componentes A y B.
Una vez constituida la Garantía de Cumplimiento de Contrato para la etapa de Mantenimiento, se procederá a la devolución de la garantía constituida para la etapa de Construcción.
El Contratista será responsable de mantener vigente la garantía de cumplimiento de contrato para la etapa de Mantenimiento, hasta que se emita la recepción definitiva del Contrato. Las renovaciones de estas garantías deberán realizarse con 60 (sesenta) días corridos de anticipación a la fecha de vencimiento de cada plazo.
La garantía de cumplimiento de contrato para la etapa de Mantenimiento podrá ser ejecutada si el Contratista no cumple en tiempo y forma con sus obligaciones inherentes al Contrato de conformidad con lo establecido en el pliego.
En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía penalidades o indemnizaciones exigibles al Contratista, éste deberá reponer o ampliar dicha garantía, en la cuantía que corresponda, en el plazo de 15 (quince) días hábiles desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causal de rescisión de este Contrato.
17.3. Afectación de las garantías contractuales
Las garantías de cumplimiento indicadas responderán por los siguientes conceptos:
A) las penalidades impuestas al Contratista en virtud del presente Contrato;
B) los incumplimientos de las obligaciones dispuestas en el Contrato, así como los gastos originados al Contratante por la demora del Contratista en el cumplimiento de sus obligaciones, y los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del Contrato o por dicho incumplimiento;
C) la incautación que puede decretarse en los casos de rescisión del Contrato; y
D) otros incumplimientos referidos a condiciones establecidas expresamente en la reglamentación y en el presente Contrato.
La garantía de cumplimiento de contrato para la etapa de Mantenimiento deberá permanecer válida hasta que se emita la recepción definitiva del Contrato.
No se devolverá la garantía de cumplimiento de contrato para la etapa de Construcción, si no está constituida la garantía de cumplimiento de contrato para la etapa de Mantenimiento.
En los casos de cesión del Contrato, el Contratante no devolverá o cancelará la garantía prestada por el cedente hasta tanto se haya constituido formalmente la garantía del cesionario.
El Contratista deberá contar como mínimo, con las coberturas de seguros detalladas en la cláusula 13.2: Documentación a presentar por el adjudicatario, literales d, e, f y g.
La póliza de seguro de Responsabilidad Civil debe incluir cláusulas de:
i. responsabilidad civil cruzada,
ii. responsabilidad civil por vibración y debilitamiento de apoyos,
iii. responsabilidad civil por daños a instalaciones subterráneas.
La prima de los seguros y sus renovaciones serán pagadas por el Contratista.
Las eventuales franquicias deducibles o no deducibles que el Contratista pudiera negociar en la contratación de los seguros, sin perjuicio de que sean aprobadas por el Contratante, serán de su entera responsabilidad y en ningún caso comprometen al Contratante o lo obligan a hacerse cargo de las mismas.
Las condiciones de los seguros no podrán modificarse sin la aprobación del Contratante, debiendo el asegurador notificarle cualquier circunstancia que pueda afectar la vigencia del contrato. Si se tratare de falta de pago, el Contratante podrá proceder a abonarlos, aunque mediara oposición del tomador o asegurado, y lo descontará del pago siguiente a realizar al Contratista.
Cualquier modificación en las condiciones, riesgos asegurados o vigencia del contrato debe ser comunicada por el Contratista a la empresa aseguradora dentro de los plazos estipulados en la misma, y en ningún caso en un plazo mayor a 15 (quince) días corridos.
La diferencia entre el monto del siniestro liquidado y la pérdida real, sin perjuicio de la franquicia (sea deducible o no), deberá asumirla el Contratista.
El Adjudicatario deberá contratar un Seguro de Responsabilidad Civil contra todo riesgo por un capital no inferior a USD 5.000.000 (dólares estadounidenses cinco millones), incluyendo como beneficiario adicional al Contratante, a Corporación Nacional para el Desarrollo y al MTOP.
19. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
19.1. La Formalización del Contrato
El contrato deberá formalizarse por escrito dentro de los 60 (sesenta) días corridos, contados a partir del día siguiente de la notificación del acto de adjudicación, los cuales podrán prorrogarse a juicio del Contratante en caso de que existan demoras debidamente acreditadas no imputables al Adjudicatario.
19.2. Efectos de la falta de formalización
Cuando por causas imputables al Adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el Contratante podrá revocar el acto de adjudicación con la correspondiente ejecución de garantía de mantenimiento de oferta.
20. RIESGOS A ASUMIR POR EL CONTRATANTE Y CONTRATISTA.
El Contratista asumirá los riesgos y responsabilidades que se deriven del diseño, construcción, rehabilitación, mantenimiento y financiación vinculados al objeto de la presente contratación.
El Contratista asumirá la responsabilidad derivada de la siguiente enumeración no taxativa de hechos y circunstancias:
a) Defectos, insuficiencias, errores, omisiones o incumplimientos en los proyectos.
b) Errores constructivos.
c) Retrasos en los plazos de construcción y/o rehabilitación, cuando no medien razones de fuerza mayor o modificaciones solicitadas por el Contratante.
d) Incumplimientos de los estándares especificados.
e) Costos adicionales por incrementos de precios distintos a los contemplados en la fórmula paramétrica de ajuste, retrasos u otros.
f) Deficiencias técnicas.
g) Los resultados del mantenimiento, incluyendo sobrecostos.
h) Variación del costo del financiamiento derivado de cambios de las condiciones xxx xxxxxxx financiero a lo largo del plazo del contrato.
i) Los efectos medioambientales derivados de incumplimientos a la normativa medioambiental, así como del incumplimiento a las disposiciones establecidas en las bases de la contratación.
j) Costos derivados de la adecuación de servicios públicos.
k) Obtención de autorizaciones y permisos.
l) Ocupación del área de servicio de la carretera.
m) La seguridad de todas las actividades que se desarrollen en la zona de las obras, durante la construcción, rehabilitación y el mantenimiento.
n) Los daños ocasionados en virtud de la ejecución del contrato a las personas que trabajen en ellas y a terceros, así como también a bienes públicos y privados, provengan dichos
daños de las maniobras en sus instalaciones o del uso de la ruta u otras razones que le sean imputables.
Si existieran razones de fuerza mayor a juicio del Contratante, podrán suspenderse los plazos tanto de ejecución de obra como del contrato y, además, se podrá renegociar o modificar el contrato según lo establecido en el Capítulo V Garantía en beneficio de los Acreedores Financieros, Subcontratación, Cesión, Modificación y Renegociación del contrato.
El Contratante asumirá los riesgos derivados de:
a. Retrasos por inicio de obras cuando sean por causas imputable al Contratante, según lo establecido en la cláusula 21: Puesta a disposición de la zona de obra.
b. Retrasos y sobrecostos en las obras derivados de retrasos y fallas en el proceso expropiatorio, según lo establecido en la cláusula 22: Expropiaciones.
c. Cambios en el alcance del proyecto objeto del contrato que hubieren sido efectuados a instancia del Contratante, según lo establecido en la cláusula 41: Modificación del contrato.
d. Retrasos por medidas adoptadas por el Sindicato Único de la Construcción y Afines, o por el PIT-CNT cuándo dichas medidas tengan una duración mayor a 10 (diez) días consecutivos o 20 (veinte) días no consecutivos en un año calendario.
21. PUESTA A DISPOSICIÓN DE LA ZONA DE OBRA
El Contratante pondrá a disposición del Contratista la zona de obra necesaria para la ejecución de las obras y cumplimiento de las prestaciones incluidas en el objeto del contrato.
A los efectos de considerar los trabajos necesarios los oferentes tomarán en consideración que todos los tramos serán incorporados al contrato en el estado en que se encuentren, sin preparación o tratamiento especial.
El Contratista recibirá y tomará posesión de la zona de obra una vez que ambas partes hayan firmado el Acta de Replanteo.
Si el Contratante no pone a disposición del Contratista determinado plazo de la zona de obra en el plazo previsto en la cláusula 4: Plazo del Contrato, hasta que se ponga la misma a disposición se suspenderán en la misma proporción los plazos para la ejecución de las obras de los Componentes A y B.
No se reconocerán sobrecostos adicionales para el Contratista, sin perjuicio del ajuste paramétrico de las obras por el lapso de no puesta a disposición.
Sin perjuicio de lo anterior, en cualquier momento el Contratante y el Contratista podrán acordar la puesta a disposición parcial de un tramo a efectos de comenzar la ejecución de la obra, lo que se documentará a través de Actas de Replanteo Parciales.
La ejecución y pago de las indemnizaciones de todas las expropiaciones necesarias para las obras que surjan del Anexo VIII: Condiciones mínimas de diseño y ejecución de las obras, será responsabilidad del Contratante. El Contratante pondrá a disposición del Contratista los predios expropiados antes de trascurrido 2/3 del plazo de la etapa de ejecución de obra del Componente A.
Las expropiaciones que pudieran surgir del Proyecto Ejecutivo propuesto por el Contratista serán tanto en lo que respecta a los costos como los riesgos derivados en caso de incumplimiento de plazos, de cargo del mismo, y deberán ser informadas a MEF y OPP.
El Contratista estará obligado a solicitar, y asumir los costos de las licencias y autorizaciones administrativas ante cualquier organismo público o privado que le correspondan, y que sean necesarias para la iniciación y ejecución de las obras, así como de la realización de cada una de las prestaciones incluidas en el objeto del contrato.
24. OCUPANTES ILÍCITOS DE LA FAJA DE DOMINIO PÚBLICO Y ZONA “NON EDIFICANDI”
Vigilancia de la faja de dominio público.
El Contratista deberá vigilar la faja de dominio público y comunicar al Contratante y al Concedente dentro de las 24 horas de producida cualquier tipo de ocupación de la misma y/o la ocurrencia de daños a la infraestructura vial o de servicios.
Deberá, además, formular dentro de las 24 horas desde su conocimiento de cualquiera de estos hechos, las denuncias pertinentes ante las autoridades competentes (Seccional Policial, ANTEL, UTE, OSE, etc.).
La no formulación de la denuncia correspondiente lo hará pasible de una multa equivalente a USD 500 (dólares estadounidenses quinientos) por día hasta su realización.
El Contratista colocará a lo largo del circuito, en lugares visibles que determinará el Contratante, 4 carteles xx xxxxx, con letras y logotipos de colores de acuerdo con el instructivo del MTOP, de por lo menos 4 m de altura por 5,5 m de ancho, de acuerdo con el diseño que proporcionará el Contratante.
Los carteles se ubicarán dentro de los 7 (siete) primeros días hábiles a partir del Acta de Replanteo y se mantendrán en buenas condiciones de conservación hasta la finalización del contrato.
No se permitirá colocar otros carteles sin la previa autorización del Contratante.
Los mismos se instalarán a una distancia mínima de 12 m desde el borde xx xxxxxxx, y a una distancia mínima de 3 m de pie de talud.
CAPÍTULO IV: RÉGIMEN ECONÓMICO DEL CONTRATO
Los trabajos a cargo del Contratista se fraccionarán en hitos.
• En la etapa de Obra se denominarán Hito de Obra (H-O)
• En la etapa de mantenimiento Hito de Mantenimiento (H-M)
Los H-O certifican la ejecución parcial de la obra, que estará segmentada por los avances definidos en el Plan de Trabajo (PDT) y en los criterios de recepción parcial para los tramos que entran en servicio, de acuerdo a las condiciones previstas en el presente pliego.
Los H-M comprenderán la prestación del servicio de mantenimiento de la totalidad del tramo xx xxxx objeto del contrato, de acuerdo con los niveles de servicio exigidos en el pliego.
El cumplimiento de un H-M implica que el tramo vial objeto del contrato ha estado disponible para su uso efectivo con el desempeño exigido durante un período de tiempo establecido en el pliego.
El pliego establecerá los requisitos para cada hito y la cantidad de hitos del contrato en la Sección II – Pliego de Condiciones Técnicas.
El cumplimiento de los hitos será validado por la Dirección de Obra, la que emitirá Certificados de Cumplimiento de Hitos de Obra (CCH-O) y Certificados de Cumplimiento de Hito de Mantenimiento (CCH-M), según corresponda.
27. CONCEPTO DE DISPONIBILIDAD
Se define disponibilidad como el hecho de que la infraestructura objeto del contrato esté en condiciones de ser utilizada cumpliendo los Indicadores de Calidad y Servicio definidos en los Anexos X Índices de Calidad y XI Estándares de Servicio.
28. COMPONENTES DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATISTA
Los trabajos a realizar por el Contratista se encuentran definidos en la cláusula 2: Objeto del Contrato y contemplan tres componentes:
i. Componente A: obras de construcción de nueva calzada y adecuación de la calzada actual,
ii. Componente B: obras de rehabilitación de la calzada existente,
iii. Componente C: tareas de mantenimiento de los Componentes A y B que se prestarán hasta la finalización del contrato.
29. CERTIFICADOS DE CUMPLIMIENTO
La Dirección de Obra emitirá tres tipos de certificados que acrediten cumplimiento de los trabajos comprendidos en los tres componentes (A, B y C) en sus respectivas etapas:
i. Certificados de Avance de Obra (CAO), expedidos en pesos uruguayos ajustados por la fórmula paramétrica definida en el Anexo XIII: Ajuste Paramétrico.
ii. Certificados de Cumplimiento de Hito de Obra (CCH-O), expedidos en dólares estadounidenses o unidades indexadas o en una proporción de ambos, a elección del Contratista.
iii. Certificados de Cumplimiento de Hito de Mantenimiento (CCH-M), expedidos en pesos uruguayos ajustados por la fórmula paramétrica definida en el Anexo XIII: Ajuste Paramétrico.
30. CERTIFICADOS DE CUMPLIMIENTO PARA EL COMPONENTE A
Para el Componente A, la Dirección de Obra emitirá dos tipos de certificados:
i. Certificado de Avance de Obra (CAO)
ii. Certificado de Cumplimiento de Hito de Obra (CCH-O)
30.1. Certificado de Avance de Obra (CAO)
La Dirección de Obra certificará mensualmente los metrajes ejecutados en el mes y emitirá un Certificado de Avance de Obra (CAO) por el monto que surja de sumar los productos entre metraje y precio unitario de cada rubro en pesos uruguayos ajustados por el coeficiente paramétrico correspondiente, según lo determinado en el Anexo XIII: Ajuste Paramétrico.
El Contratista presentará mensualmente a la Dirección de Obra la planilla de aportes al BPS, con documentación de respaldo para su verificación. La planilla tiene carácter de declaración jurada por parte de la empresa, el valor de la misma será incorporado al CAO del mes siguiente en tanto no se haya superado la partida de monto imponible del componente en la oferta.
El Certificado de Avance de Obra (CAO) del Componente A justificará obras ejecutadas en unidades físicas y monetarias, pero no dará derecho a cobro alguno al Contratista por este Componente, lo cual estará condicionado a la obtención de Certificados de Cumplimiento de Hito de Obra (CCH-O) que incluirá las penalizaciones que correspondan.
En cada CAO se discriminará el monto de IVA.
30.2. Certificado de Cumplimiento de Hito de Obra (CCH-O)
Los hitos de obra (H-O) se clasificarán en tipo 1 y tipo 2, de acuerdo a lo que se dirá a continuación.
El H-O tipo 1 refiere al logro del cumplimiento del Plan de Desarrollo de los Trabajos (PDT) y Preventivo de Flujo de Fondos (PFF) en cada bimestre desde el inicio de la obra hasta el bimestre
5. De lograrse el cumplimiento la Dirección de Obra emitirá el correspondiente certificado de cumplimiento de Hito de Obra (CCH-O). Existirán como máximo 5 H-O tipo 1.
El H-O tipo 2 refiere a la finalización de tramos de obra de 5 Km o más de longitud terminados (en no más de dos sub-tramos) en condición de Recepción, de acuerdo a lo establecido en el Pliego. La Dirección de la obra emitirá un CCH-O tipo 2 a la fecha de confirmación de las condiciones de Recepción, con excepción de la señalización que pueda verse afectada cuando se habilita la circulación en doble vía.
El contratista presentará en su oferta un Plan de Desarrollo de Trabajos (PDT) y Plan de Flujo de fondos (PFF) que deben ser de aprobación por parte del Contratante. Estos documentos podrán actualizarse, previa aprobación, antes de la firma del Contrato.
Los mismos deben cumplir con una ejecución mínima del 12,5% al cumplirse el primer tercio de la Obra y 50% al segundo tercio.
Estos documentos formaran parte del contrato.
En caso de no cumplirse el H-O tipo 1 en la fecha establecida, la Dirección de la Obra emitirá el CCH-O al cierre del mes en que se alcance el avance comprometido.
Cada CCH-O (de los H-O tipo 1 o 2) se calculará como la certificación acumulada del PFF a la fecha de logrado el H-O, menos la suma de todos los certificados CCH-O anteriormente emitidos.
Una vez que se logre la emisión de un CCH-O tipo 2, se dejarán de emitir los H-O tipo 1.
Al finalizar cada hito de obra (tipo 1 o 2), el Contratista solicitará la emisión del CCH-O a la Dirección de la Obra.
La Dirección de Obra emitirá el CCH-O una vez verificado el cumplimiento de las especificaciones técnicas del contrato en relación al hito evaluado.
Los CCH-O se emitirán contra la ejecución y recepción conforme del cien por ciento de cada hito, aplicando las deducciones que correspondan (cláusula 43: Procedimiento de Imposición de Penalidades).
El monto total del CCH-O se determinará en la moneda o combinación de monedas que el oferente haya definido en su oferta. En caso de optar por más de una moneda, se emitirá un CCH-O por cada una de ellas.
El procedimiento de cálculo de los ajustes de valores de los CCH-O según las monedas elegidas por el Contratista será el siguiente:
CCH-O en dólares estadounidenses:
• Paso 1: Se ajustarán los valores cotizados en pesos uruguayos por el factor de ajuste paramétrico de DNV del Anexo XIII: Ajuste paramétrico, entre la fecha del Boletín de Valores Base que se comunica a los oferentes previo a la presentación de las ofertas y la fecha de emisión de cada CAO en que estén comprendidas las tareas que forman parte del CCH-O que se certifica, y se dividirá por el Tipo de Cambio del Boletín correspondiente al mes de ejecución de los trabajos.
• Paso 2: El monto resultante del Paso 1 se multiplicará por el factor de ajuste de costos financieros (fa) definido en la oferta.
CCH-O en unidades indexadas:
• Paso 1: Se ajustarán los valores cotizados en pesos uruguayos por el factor de ajuste paramétrico de DNV del Anexo XIII: Ajuste paramétrico, entre la fecha del Boletín de Valores Base que se comunica a los oferentes previo a la presentación de las ofertas y la fecha de emisión de cada CAO en que estén comprendidas las tareas que forman parte del CCH-O que se certifica, y se dividirá por la cotización promedio mensual de la UI del Boletín correspondiente al mes de ejecución de los trabajos.
• Paso 2: Se calculará de igual forma que paso 1 de la opción dólares estadounidenses.
Para los ajustes en ambas opciones, se considerará el Boletín base publicado por el Contratante para la aplicación de la fórmula paramétrica confeccionado por la DNV, 10 (diez) días hábiles antes de la fecha de apertura de la licitación.
31. CERTIFICADOS DE CUMPLIMIENTO PARA EL COMPONENTE B
Para el Componente B, la Dirección de Obra emitirá mensualmente un Certificado de Avance de Obra (CAO), cuyo procedimiento de emisión será igual al del Componente A, como se describe en la cláusula 30.1: Certificado de Avance de Obra (CAO).
El CAO para el Componente B justificará obras ejecutadas en unidades físicas y monetarias, dando derecho al cobro del monto certificado, luego de aplicar las deducciones que correspondan (cláusula 43: Procedimiento de Imposición de Penalidades).
32. CERTIFICADOS DE CUMPLIMIENTO PARA EL COMPONENTE C
Las obras de los Componentes A y B deberán ser mantenidas por el Contratista hasta el plazo de terminación del contrato, según los Niveles de Servicio establecidos en los Anexos XI: Estándares de Servicio y XII: Metodología para la determinación de los Niveles de Servicio.
La certificación del Componente C iniciará una vez recibida la totalidad de las obras de los componentes A y B mediante el Acta de Terminación Total de Obra (ATTO).
A partir de la fecha del ATTO, la Dirección de Obra certificará semestralmente mediante la emisión de un CCH-M el cumplimiento de los índices de disponibilidad y niveles de servicio del tramo, de acuerdo a los Anexos X: Índices de Calidad y Anexo XI: Estándares de Servicio.
Vencido el semestre se acumularán los km.mes correspondientes y se actualizará la paramétrica de pago (Anexo XIII: Ajuste paramétrico) al mes de certificación con las deducciones correspondientes, de acuerdo a la fórmula establecida en la cláusula 36: Pagos al contratista por cumplimientos del componente C.
33. RETRIBUCIÓN AL CONTRATISTA
El Contratante no garantiza al Contratista un nivel mínimo de ingresos ni asegura una rentabilidad mínima por la ejecución del contrato.
El Contratista recibirá pagos por cada uno de los tres componentes (A, B y C):
A. El Componente A (construcción de nueva vía y adecuación de la actual) originará dos tipos de pagos por cumplimientos de hitos certificados mediante CCH-O:
a. Pagos irrevocables con Certificados Irrevocables de Pago (CIP) por el 70% de cada CCH-O.
b. Pagos por disponibilidad de la obra (PPD-O) por el 30% de cada CCH-O.
B. El Componente B (rehabilitación de la vía existente) originará pagos por avance de obra certificados mediante CAO.
C. El Componente C (mantenimiento de la nueva vía construida y de la vía existente rehabilitada) originará pagos por disponibilidad de mantenimiento (PPD-M) por cumplimientos de hitos certificados mediante CCH-M.
En el caso de los Componentes A y C los pagos del Contratante al Contratista se realizarán a través de un Fideicomiso de Administración por el cual el Contratante le cederá los ingresos necesarios para el repago de los contratos CREMAF (subsidios CREMAF) en el marco del Contrato de Concesión, con el objetivo de garantizar la independencia del pago de los mismos.
34. PAGOS AL CONTRATISTA POR CUMPLIMIENTO DEL COMPONENTE A
El Componente A comprenderá los montos a pagar por la obra de construcción más los costos financieros necesarios para que el Contratista pueda llevar adelante la obra.
El cálculo del monto del Componente A se efectuará por el procedimiento detallado en este Capítulo y en el Anexo II - Modelo de Propuesta Económica.
Las obras mínimas comprendidas en el Componente A se detallan en el Anexo VIII: Condiciones mínimas de diseño y ejecución de las obras.
Los pagos del Componente A, tal como se mencionó en la cláusula precedente, se realizarán a través de un fideicomiso de administración.
Para el componente A, entre el primer CCH-O tipo 2 y el ATTO, el Contratista tendrá a su cargo el mantenimiento de dichos tramos, pero sin recibir pago por ello. La Dirección de Obra controlará el cumplimiento de los estándares de servicio definidos en el Anexo XI Estándares de servicio.
El pago del Componente A al Contratista se divide en dos subcomponentes A1 y A2.
La Dirección de Obra presentará al Contratante los CCH-O que emita y el Contratante, en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles a partir de la presentación:
a) Emitirá a favor del Contratista 20 (veinte) Certificados Irrevocables de Pago (CIP) asociados al CCH-O presentado, por el 70% del valor del mismo (Subcomponente A1) sin impuestos.
b) Reconocerá al Contratista el derecho a recibir pagos futuros por el 30% del monto del CCH-O referido (Subcomponente A2), sujeto al cumplimiento simultáneo por su parte de dos condiciones:
i. la culminación de la construcción, entrega y recepción de la totalidad de los hitos de la obra del Componente A, respaldada por la emisión de los correspondientes CCH-O y el ATTO.
ii. El cumplimiento del Índice de Calidad de Obra en Servicio (ICOS) del Componente A, de acuerdo a Informe de Niveles de Servicio emitido por la DNV al mes anterior al correspondiente a la fecha del pago.
34.1. Subcomponente A1 - pagos irrevocables por la obra mediante CIP.
El Subcomponente A1 será por un monto igual al 70% del monto del Componente A (incluyendo el factor de ajuste de financiamiento).
Cada CCH-O dará derecho al cobro de 20 (veinte) CIP de igual monto, correspondientes en su totalidad al 70% del monto certificado en él, los que se pagarán de manera semestral y consecutiva.
El modelo de CIP se muestra en el Anexo VII: Certificado Irrevocable de Pago (CIP).
La fecha de vencimiento del primer CIP será el 15 xx xxxxx o el 15 de diciembre, siguientes a que se cumplan los 180 (ciento ochenta) días corridos de la fecha máxima de finalización de la obra del Componente A prevista en la cláusula 4: Plazo del contrato.
En caso de que para uno o más hitos sus CCH-O se hayan emitido en fecha posterior a la de finalización máxima prevista del Componente A, el primer CIP de cada uno de esos CCH-O vencerá el 15 xx xxxxx o el 15 de diciembre posterior a los 180 (ciento ochenta) días corridos de emitido dicho CCH-O. En caso de corresponder, se aplicarán al CCH-O las penalidades establecidas en el literal h) de la cláusula 43.2: Infracciones y penalidades por incumplimiento de obligaciones técnicas.
El vencimiento del segundo CIP de cada CCH-O será a los seis meses del vencimiento del primero y así sucesivamente.
Los CIP serán emitidos en dólares estadounidenses y/o unidades indexadas en cada una de las monedas, según la proporción establecida por el Contratista en su oferta.
Para determinar el monto a emitir en cada una de las diferentes monedas se aplicará el procedimiento establecido en la cláusula 30.2: Certificado de Cumplimiento de Hito de Obra (CCH-O).
El monto de las Unidades Indexadas se pagará en pesos uruguayos considerando el valor de la UI de 20 (veinte) días anteriores a la fecha de vencimiento del correspondiente CIP.
Será condición necesaria para la emisión de cada CIP, que el Contratista presente al Contratante la factura correspondiente.
Los CIP solo se podrán transferir mediante Contrato de Cesión de Créditos.
En caso de que el Contratista ceda uno o más CIP a un tercero, deberá notificar la cesión al Contratante y al Fiduciario.
34.2. Subcomponente A2 - pagos por disponibilidad de la obra (PPD-O)
El Subcomponente A2 será por un monto igual al 30% del Componente A (incluye el factor de ajuste de financiamiento), luego de aplicar las deducciones que correspondan (Cláusula 43: Procedimiento de Imposición de Penalidades) y se pagará en 20 cuotas semestrales, vencidas y consecutivas.
Los pagos del Subcomponente A2 serán pagos por disponibilidad (PPD).
Los pagos tendrán descuentos en base a las fallas en los niveles de servicio que se reflejen en el Índice de Calidad de Obras en Servicio (ICOS) en su respectivo semestre, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Siendo:
𝑨
𝑨𝟐𝒕 = 𝟎, 𝟑 ∗ 𝟐𝟎 ∗ 𝐼𝐶𝑂𝑆𝑡
A2t: Subcomponente A2 del semestre t
A: Componente A total
𝐼𝐶𝑂𝑆𝑡: Índice de Calidad de Obra en Servicio en el semestre t
Cada CCH-O dará derecho al cobro de los pagos por disponibilidad de obra (PPD-O) por el 30% del monto certificado en él, siempre que cumpla con las dos condiciones mencionadas en la presente cláusula.
En tanto no se produzcan retrasos en la finalización de la totalidad de los trabajos del Componente A, los PPD-O serán semestrales a partir de 180 (ciento ochenta) días corridos de la emisión del último CCH-O que certifique la ejecución completa de dicho Componente y hasta la finalización del contrato.
Si se produjese retraso en la finalización de la totalidad de los trabajos del Componente A, se aplicará lo previsto en la cláusula 34.2.1: Subcomponente A2 – Atrasos en la puesta en servicio de la obra atribuibles al Contratista.
Para el cobro de cada PPD-O, el Contratista deberá emitir factura al Contratante por el monto del mismo más IVA en caso de corresponder, al menos 20 (veinte) días corridos antes de la fecha de pago (15 xx xxxxx o 15 de diciembre según corresponda).
El pago del primer PPD-O se efectuará una vez transcurridos 180 (ciento ochenta) días corridos de la fecha de emisión del ATTO, siempre que se hayan cumplido las condiciones de disponibilidad y niveles de servicios. Esta primera cuota será abonada el 15 xx xxxxx o el 15 de diciembre, la posterior que más se aproxime al vencimiento de los 180 (ciento ochenta) días.
Las facturas de los PPD-O se pagarán dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la presentación de las facturas y se efectuarán en dólares estadounidenses y/o unidades indexadas según la proporción establecida por el Contratista en su oferta.
El monto de las Unidades Indexadas se pagará en pesos uruguayos considerando el valor de la UI a la fecha de emisión de la factura.
Para determinar el monto a pagar en cada una de las diferentes monedas se aplicará el procedimiento establecido en la cláusula 30.2: Certificado de Cumplimiento de Hito de Obra (CCH-O).
34.2.1.Subcomponente A2 – Atrasos en la puesta en servicio de la obra atribuibles al Contratista
En caso de generarse atrasos en la fecha máxima prevista de finalización de la obra del Componente A (cláusula 4: Plazo del contrato) que sean atribuibles al Contratista, éste perderá el derecho al cobro de las cuotas del Subcomponente A2 (PPD-O) que fueran anteriores a la fecha de finalización efectiva del Componente A.
La finalización del Componente A se certificará con la emisión del último CCH-O y la emisión del ATO de este componente.
34.2.2.Subcomponente A2 – Atrasos en la puesta en servicio de la obra atribuibles al Contratante
En caso de generarse atrasos en la puesta en servicio de la obra del Componente A, que sean atribuibles al Contratante y determinen que la misma no estará disponible en el semestre
correspondiente, las cuotas respectivas se abonarán en conjunto con la siguiente y no estarán sujetas a descuentos por ICOS.
35. PAGOS AL CONTRATISTA POR CUMPLIMIENTO DEL COMPONENTE B
El Componente B comprenderá los montos a pagar por la obra de rehabilitación de la vía existente.
Para el componente B, entre el Acta de Inicio del Contrato y el ATTO, el Contratista tendrá a su cargo el mantenimiento de dichos tramos, pero sin recibir pago por ello. La Dirección de Obra controlará el cumplimiento de los estándares de servicio definidos en el Anexo XI Estándares de servicio.
El pago del Componente B se efectuará contra certificados mensuales de avance de obra (CAO).
Cada CAO dará derecho al Contratista al cobro de un pago por avance de obra del 100% del monto certificado, luego de aplicar las deducciones que correspondan (Cláusula 43: Procedimiento de Imposición de Penalidades).
Los CAO se emitirán en pesos uruguayos ajustados por la evolución de la fórmula de ajuste definida en el Anexo XIII: Ajuste Paramétrico.
Los pagos por avance de obra del Componente B se realizarán dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la presentación de las facturas.
El cálculo del monto del Componente B se efectuará por el procedimiento detallado en este Capítulo y en el Anexo II - Modelo de Propuesta Económica.
Las obras comprendidas en el Componente B se detallan en el Anexo VIII – Condiciones mínimas de diseño y ejecución de las obras.
36. PAGOS AL CONTRATISTA POR CUMPLIMIENTO DEL COMPONENTE C
El Componente C comprenderá los montos a pagar por el mantenimiento tanto de la nueva vía construida como de la vía existente rehabilitada.
El pago del Componente C se realizará a través de un fideicomiso de administración mencionado en la cláusula 33: Retribución al Contratista.
El Componente C se inicia a partir de la firma del Acta de Terminación Total de Obra (ATTO).
El ATTO se expedirá una vez obtenidas las ATO de las obras de ambos componentes A y B.
Culminadas las obras de los componentes A y B (con la obtención del ATTO), comenzarán a emitirse semestralmente los CCH-M de la etapa de mantenimiento prevista en el contrato.
La Dirección de Obra controlará el cumplimiento de los niveles de servicio y condiciones de disponibilidad.
El pago del mantenimiento se efectuará semestralmente en función de la cantidad de kilómetros del contrato, ajustado por el índice de Calidad de Mantenimiento y por el índice de Calidad de Mantenimiento de Iluminación (ICMI) calculado de la siguiente forma:
𝑗=6
𝑀𝑖 = ∑(𝑐𝑗 ∗ 𝑘𝑗) ∗ (𝛽 ∗ 𝐼𝐶𝑀𝑖 + (1 − 𝛽) ∗ 𝐼𝐶𝑀𝐼𝑖) ∗ 𝐿
𝑗=1
i= Número de semestre.
j= Número de mes correspondiente al semestre i
𝐼𝐶𝑀𝐼𝑖 = Índice de calidad de mantenimiento de Iluminación del semestre i (Anexo X: Índice de calidad de obra en servicio, mantenimiento e iluminación).
𝐼𝐶𝑀𝑖 = Índice de calidad de mantenimiento del semestre i (Anexo X: Índice de calidad de obra en servicio, mantenimiento e iluminación).
L= longitud del contrato expresado en km.
𝑐𝑗 = precio unitario cotizado para el mantenimiento por km.mes
𝑘𝑗= ajustado paramétricamente al mes j de acuerdo al Anexo XIII.
𝛽= 0.95
La Leyes Sociales vinculadas a las tareas de mantenimiento, una vez realizados los controles correspondientes se adicionarán al pago del mantenimiento semestral 𝑀𝑖 en tanto no superen la partida de Monto Imponible del Componente C.
En el pago del Componente C se aplicarán la suma de los descuentos y multas aplicadas de acuerdo al Capítulo VII Sanciones y penalidades por incumplimiento de obligaciones, durante el mes correspondiente de la etapa de Mantenimiento.
El cumplimiento de los indicadores de disponibilidad de la obra y los niveles de servicios están definidos en el Anexo XI Estándares de Servicio.
El monto total a pagar por el Componente C surgirá de la suma de los montos a pagar por los mantenimientos del Componente A y del Componente B. Será facturado al menos 20 (veinte) días corridos antes de la fecha de pago (15 xx xxxxx o 15 de diciembre).
El pago por el primer período de mantenimiento se efectuará una vez transcurridos 180 (ciento ochenta) días corridos de la fecha de emisión del ATTO, siempre que se hayan cumplido las condiciones de disponibilidad y niveles de servicios. Esta primera cuota será abonada el 15 xx xxxxx o el 15 de diciembre, la posterior que más se aproxime al vencimiento de los 180 (ciento ochenta) días.
37. GARANTIA EN BENEFICIO DE LOS ACREEDORES
El Contratista podrá constituir en beneficio de sus acreedores todo tipo de garantías personales o reales.
37.1. Cesión de Contrato en Garantía
El Contratista podrá ceder en garantía, exclusivamente a favor de los acreedores financieros (o de un tercero designado por éstos) que financian la ejecución del contrato (en adelante acreedores financieros) todos los derechos y obligaciones emergentes del Contrato, a efectos de que éstos cedan el mismo a un tercero.
Al momento de presentar el PEFD, el Contratista deberá informar de la existencia de los contratos de cesión en garantía a favor de los acreedores. Luego de aprobado el PEFD cualquier alteración en relación con estos contratos deberá requerir autorización de la Contratante.
La cesión del contrato por parte de los acreedores financieros a un tercero quedará condicionada a la previa autorización del Contratante, quien resolverá si el mismo cumple los requisitos establecidos en el pliego, sus modificaciones, así como el contrato vigente para constituirse en cesionario.
La cesión del contrato deberá estar condicionada a la configuración de “hechos de incumplimiento”.
A efectos de la presente cláusula, se consideran “hechos de incumplimiento”:
a. Demora no autorizada en la ejecución de los trabajos mayor a 90 (noventa) días corridos transcurridos desde el vencimiento de los plazos parciales y/o totales establecidos en el Contrato.
b. Cuando el monto correspondiente al PPD respecto del monto que hubiere correspondido cobrar por ese mismo concepto si la disponibilidad hubiera sido del 100%. Resulte:
i. Inferior al 85% en 2 pagos consecutivos o 3 alternados.
ii. Inferior al 90% en 4 pagos consecutivos o alternados.
c. Cualquier otro evento que configure un “hecho de incumplimiento” bajo cualquiera de los instrumentos de financiación celebrados entre el Contratista y los acreedores financieros y que haya sido incorporado al Contrato.
Cuando se verifiquen los hechos de incumplimiento los acreedores financieros podrán hacer efectiva la mencionada cesión, debiendo para ello:
i) notificar al Contratante de su voluntad de hacer efectiva la cesión
ii) proponer al Contratante un Cesionario, en un plazo máximo de 30 (treinta) días corridos a partir de efectuada la notificación antes mencionada.
Los acreedores financieros deberán proporcionar al Contratante toda la información que éste requiera para acreditar la capacidad del Cesionario propuesto para cumplir con las obligaciones emergentes xxx Xxxxxx, sus modificaciones, así como el contrato vigente.
Si el contrato estuviere parcialmente cumplido, el cesionario propuesto deberá cumplir con los requisitos correspondientes a los aspectos del objeto del Contrato pendientes de cumplimiento y subsanar las deficiencias del Contratista original, las cuales serán determinadas por el Contratante con carácter previo a la cesión.
El Contratante verificará si el cesionario propuesto reúne todos los requisitos y condiciones exigidas en el pliego y en el contrato.
En el plazo de 15 (quince) días hábiles contados desde la presentación de la solicitud de cesión, el Contratante se expedirá sobre la solicitud de sustitución de Contratista realizada por los acreedores financieros, pudiendo solicitar las ampliaciones o aclaraciones que considere
pertinentes en tal sentido. En dicho caso, el término referido quedará suspendido retomándose luego de que las aclaraciones y/o ampliaciones sean proporcionadas.
Habiendo transcurrido el plazo antes mencionado sin que el Contratante resuelva sobre la solicitud de cesión, se entenderá que la misma es rechazada.
La cesión del Contrato a un tercero se hará efectiva una vez que el Contratante le notifique la aceptación del cesionario a los acreedores financieros.
Operada la cesión del Contrato, el cesionario:
(i) adquirirá el Contrato sin que se le imputen los incumplimientos atribuibles al Contratista original, sin perjuicio de su obligación de subsanar las deficiencias causadas por aquel y referidas anteriormente;
(ii) el cesionario será el titular de todos los derechos y obligaciones emergentes del Contrato.
La cesión operará de acuerdo a lo acordado entre el Contratista original y los acreedores financieros, sin generar obligaciones al Contratante.
Si en el marco de lo dispuesto en la cláusula 46: Rescisión del Contrato por incumplimiento del Contratista, los acreedores financieros no subsanaran directamente o a través de un tercero el incumplimiento o la causal de terminación, el Contratante procederá a la terminación del Contrato y al pago por terminación indicado en la cláusula 44: Terminación del Contrato.
38. COMPENSACIÓN AL CONTRATISTA POR ATRASOS EN LOS PAGOS
A efectos del cálculo por compensación en el atraso del pago al Contratista, se tomará como referencia el interés autorizado por el Banco Central del Uruguay (BCU) de acuerdo a la tasa media vigente en la moneda que corresponda, para empresas de intermediación financiera aplicable a grandes empresas publicada por el BCU.
38.1. Cesión de Créditos en Garantía
El Contratista podrá ceder parcial o totalmente a favor de los acreedores financieros, los créditos emergentes del presente Contrato sin autorización previa del Contratante.
El Contratante manifiesta su aceptación a toda cesión o prenda de créditos a favor de los acreedores financieros que le notifique el Contratista en el futuro, obligándose expresamente a no oponerse a la misma.
La notificación al Contratante deberá realizarse con la entrega de la siguiente documentación:
(a) testimonio notarial de protocolización del contrato de cesión de créditos o prenda de créditos, y (b) carta emitida por el cesionario con firmas certificadas con indicación del número de la cuenta bancaria donde deberán realizarse los pagos.
El Contratista podrá subcontratar las obras puestas a su cargo, hasta en un 35 % (treinta y cinco por ciento) a empresas constructoras. En caso de realizar una contratación del tipo “Ingeniería, Compras y Construcción” (EPC por sus siglas en inglés), dicho porcentaje debe respetarse en la composición de la EPC.
El Contratista será el responsable frente al Contratante, por el cumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones subcontratadas.
El Contratante será mantenido indemne ante cualquier reclamo que los trabajadores del Contratista y/o de los subcontratistas pudieren realizarle, así como también de las eventuales condenas, costas y costos que se generen.
El Contratista podrá ceder total o parcialmente el contrato si cuenta con autorización previa y expresa del Contratante.
La solicitud de autorización dirigida al Contratante para ceder el contrato deberá incluir los plazos y condiciones en que se procederá a la cesión del contrato; la delimitación precisa del alcance de la cesión y objeto sobre el cual recae y un informe que avale el cumplimiento por parte del cesionario de los requerimientos técnicos, económicos y financieros para la debida ejecución del contrato, los cuales deben ser acordes a los que se le exigieron al Contratista y a su propuesta.
El Contratante verificará si el cesionario propuesto reúne todos los requisitos y condiciones exigidas en el pliego y en el contrato, pudiendo solicitar las ampliaciones o aclaraciones que considere pertinentes en tal sentido.
La decisión expresa del Contratante será notificada al Contratista.
En la resolución por la cual se autorice la cesión del contrato, se indicará expresamente el alcance y contenido de la cesión; los plazos dentro de los cuales la cesión deberá instrumentarse, así como la constitución de la garantía correspondiente.
Hasta tanto no se cumplan todas las formalidades relativas a la cesión y constitución de garantías, el Contratista cedente mantendrá todas sus obligaciones frente al Contratante, sin perjuicio de la excepción que se indica a continuación.
Si el cedente actuara de mala fe o existieren vicios ocultos mantendrá su responsabilidad en forma solidaria e indivisible con el cesionario, respecto del Contratante.
En caso contrario, producida la cesión, el cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que correspondan al cedente.
No se autorizarán cesiones hasta la finalización de todas las obras ni durante los últimos dieciocho (18) meses del contrato, salvo casos excepcionales a criterio del Contratante.
Las características o la cuantía de las obras o de los servicios contratados podrán modificarse para:
i. Mejorar o incrementar los niveles de servicio o estándares técnicos establecidos en el presente pliego y en el contrato.
ii. Por otras razones de interés público debidamente fundadas.
Las modificaciones podrán originarse en
a) Iniciativas exclusivas del Contratante.
b) Acuerdo entre el Contratante y el Contratista.
El monto máximo acumulado de las nuevas inversiones o gastos del servicio requeridos por las modificaciones dispuestas no podrá exceder 5% respecto del monto de la suma de los Componentes A y B de la oferta presentada en ocasión de la licitación.
Para el caso de modificaciones originadas en la iniciativa exclusiva del Contratante, si en un plazo de 15 (quince) días hábiles desde la fecha que el Contratante propone su realización al Contratista éste no manifestase su aceptación a realizar las mismas, se considerará rechazada la propuesta y el Contratante podrá contratar y ejecutar las obras con un tercero.
En el caso anterior, el Contratante se reserva el derecho de contratar y ejecutar las obras con un tercero, al que se le exigirán todas las garantías correspondientes a la correcta ejecución de la obra y las mismas condiciones de recepción. El Contratista no tendrá derecho a indemnización alguna por esta intervención ni sus consecuencias.
Las modificaciones no podrán afectar las condiciones sustanciales del contrato, Sólo podrán guardar relación con las siguientes obras y servicios:
1. Construcción o modificación de bypass o desvío de tránsito pesado en localidades eventualmente afectadas por las rutas que forman parte del contrato.
2. Construcción o modificación de empalmes o intersecciones que conecten la traza de las rutas que forman parte del contrato con otras vías de igual o menor importancia y que justifiquen un cambio respecto del diseño aprobado.
3. Modificaciones planialtimétricas en cualquiera de las rutas que formen parte del contrato.
4. Incremento en el número de paradas de transporte público respecto de lo establecido en el proyecto aprobado.
5. Modificación del de la longitud de las calzadas de servicio, sendas peatonales o sendas de cambio de velocidad respecto de lo establecido en el proyecto aprobado.
6. Instalaciones de servicio necesarias para el tráfico y cargas a transportar por las vías objeto del contrato.
Para las obras descritas en los numerales 1 a 6 inclusive, el proyecto ejecutivo podrá ser suministrado por el Contratista, debiendo contar siempre con la aprobación del Contratante. El riesgo de diseño del proyecto ejecutivo será de cargo de quien lo haya realizado.
Cualquier otra obra de mejora o servicio no comprendida en las anteriores y que en el futuro se considere necesario para el buen funcionamiento de la ruta objeto del contrato será a iniciativa exclusiva del Contratante.
En cualquier caso, el Contratista deberá cumplir con los estándares de mantenimiento establecidos respecto de las obras incluidas en la modificación de contrato.
El Contratante y el Contratista acordarán los costos de mantenimiento rutinario, los que serán sumados al componente C.
El monto máximo a pagar por las obras adicionales se determinará multiplicando los metrajes de los rubros correspondientes por los “precios unitarios” de la oferta del Contratista actualizados por la fórmula paramétrica basada en los boletines de la DNV. El valor resultante se ajustará
luego por el coeficiente 𝑓𝑎 indicado en el Anexo II. Modelo de Propuesta Económica y será pagado como parte del componente sujeto a Pago por Disponibilidad.
Para el caso en que el proyecto de la ampliación contenga rubros que no hubieren sido suministrados en ocasión de la licitación, serán utilizados los precios unitarios de obras similares contratadas por la DNV, ajustados por paramétrica.
El Contratante y el Contratista podrán acordar precios menores.
Toda modificación del contrato o renegociación de sus cláusulas siempre que implique directa o indirectamente alteraciones de las erogaciones por parte del Contratante, serán informadas al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) debiendo contar con su previa conformidad.
41.1. Alteración de la ecuación económico-financiera por razón de interés público
El Contratista y/o el Contratante podrán plantear una renegociación para el restablecimiento de la ecuación económico-financiera del contrato cuando por razones de interés público debidamente fundadas se modifiquen los parámetros de costos y beneficios previstos al contratar.
Para que se dé lugar a la renegociación, además de la modificación mencionada, se deberá cumplir simultáneamente que:
I) Ocurra con posterioridad a la firma del contrato
II) No haya podido ser razonablemente prevista por el Contratista y/o el Contratante al tiempo de su celebración.
III) Altere significativamente la ecuación económico-financiera resultante del contrato al tiempo de su celebración.
IV) Sea relevante específicamente en el ámbito del contrato
V) No sea producto de medidas que procuren un efecto económico-financiero de alcance general.
La no solicitud de la implementación de la renegociación del contrato implicará la renuncia de ese derecho una vez transcurridos 90 (noventa) días corridos a partir del inicio de ocurrencia del hecho motivante.
Si el hecho ocurriese en el transcurso de la etapa de obra, el plazo máximo que tendrá el Contratista y/o Contratante para solicitar la renegociación del contrato será de 60 días (sesenta) corridos desde su ocurrencia.
En su solicitud de renegociación de contrato, el Contratista o el Contratante indicarán las cláusulas objeto de renegociación, las causales que la justifican y las soluciones sugeridas.
En caso de que lo solicite el Contratista, el Contratante podrá escoger la mejor forma de implementar la renegociación, reservándose el derecho de hacer efectivo un pago por disponibilidad marginal.
Si el Contratante no accediera a la renegociación o las partes no llegaran a un acuerdo en las negociaciones, cualquiera de ellas podrá reclamar jurisdiccionalmente una indemnización mediante el mecanismo de solución de controversias.
41.2. Alteración de la ecuación económico-financiera por eventos de fuerza mayor
En caso de eventos de fuerza mayor, las partes acordarán si habrá lugar a recomposición del equilibrio económico financiero del contrato o a la terminación del mismo.
Para que proceda la aplicación de esta cláusula:
a) No se debe haber previsto un mecanismo de superación de los efectos de eventos de fuerza mayor al momento de celebración del contrato
b) Los eventos de fuerza mayor deben causar en forma directa la ruptura sustancial de la ecuación económico-financiera resultante del contrato al tiempo de su celebración.
Las partes se comprometen a emplear todas las medidas y acciones necesarias a fin de minimizar los efectos generados por los eventos de fuerza mayor.
Cuando la fuerza mayor origine pérdidas o averías en el objeto del contrato, el Contratante podrá disponer la reconstrucción de la parte dañada.
El Contratista no tendrá derecho a indemnización de tipo alguno por el Contratante por cualquier perjuicio que sufra en sus instalaciones, materiales, útiles de trabajo y cualquier otro activo, cuando ellos se produzcan por fuerza mayor.
CAPÍTULO VI: CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL CONTRATO
42. INSTRUMENTOS Y FUNCIONAMIENTO PARA LA VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO Y SEGUIMIENTO DEL CONTRATO.
El Contratista, subcontratistas y suministradores del Contratista principal quedarán obligados a proporcionar, a requerimiento del Contratante, toda la información y documentación relativa al cumplimiento del contrato que éste les requiera, sin poder oponer a su respecto el secreto comercial.
El Contratante supervisará el presente contrato en función de sus cometidos:
a) Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones del Contratista;
b) Verificar la vigencia y pago al día de las garantías y seguros;
c) Recibir, verificar y archivar la documentación del contrato;
d) Controlar y conformar las facturas de pago.
e) Controlar el cumplimiento de los plazos parciales y totales de la ejecución de las obras que surjan de los cronogramas presentados.
f) Controlar que el Contratista cumpla con las normas de seguridad, higiene y calidad y mantenga durante toda la vigencia del Contrato su certificación de cumplimiento a las normas ISO. 9001, ISO 14.001 e ISO 18.001.
Independientemente del Órgano de Control de la Concesión, las obras objeto del presente Xxxxxx estarán a cargo de un equipo de Dirección de Obra designado por la DNV (en adelante la Dirección de Obra) para cada una de las etapas del contrato, una para la etapa de obra y otra para la etapa de mantenimiento.
La Dirección de Obra, efectuará el control de las obras de construcción y rehabilitación en la etapa de obra del contrato, y el control de las tareas y de Niveles de Servicio en la etapa de Mantenimiento inmediata posterior del mismo.
La Dirección de Obra de cada etapa tendrá -entre otros- los siguientes cometidos, en lo que corresponda según la etapa:
a) Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones del Contratista;
b) Controlar la calidad de materiales a incorporar;
c) Control de calidad de puesta en obra de los materiales;
d) Verificación del cumplimiento del proyecto;
e) Cómputo de metrajes y emisión de certificados mensuales de metrajes (CAO);
f) Control de plazos de avance físico y económico;
g) Verificación del cumplimiento de normas y obligaciones ambientales;
h) Control de la seguridad en la obra para la circulación;
i) Emitir las diferentes comunicaciones relacionadas con la obra;
j) Calcular las multas y penalidades por incumplimientos a aplicar;
k) Realizar una primera valoración de las modificaciones y renegociaciones que se estimen necesarias o que proponga el Contratista;
l) Controlar que el Contratista cumpla con las normas de seguridad, higiene y calidad y mantenga durante toda la vigencia del contrato su certificación de cumplimiento a las normas ISO. 9001, ISO 14.001 e ISO 18.001;
m) Controlar que el Contratista cumpla con:
i. la contratación para la ejecución de las obras de un mínimo equivalente al 5% del personal afectado a tareas de peones o similares, entre personas liberadas que se encuentren registradas en la Bolsa de Trabajo del Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados, según lo establecido en la ley 17.897 de 14 de setiembre de 2005 y su reglamentación el decreto 226/006 de 14 de julio de 2006;
ii. lo establecido en la ley 18.516 de 26 xx xxxxx de 2009 y decreto 255/2010 de 17 xx xxxxxx de 2010 a fin de satisfacer con mano de obra local la demanda de personal no permanente;
iii. lo dispuesto en la ley 16.074 de 10 de octubre de 1989 teniendo al día el seguro sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de sus trabajadores;
iv. la realización de controles de las empresas tercerizadas, respecto de los trabajadores subcontratados según lo establecido en la ley 18.099 de 24 de enero de 2007 y 18.251 de 6 de enero de 2008, entre otros: pago de las contribuciones a la seguridad social a la entidad provisional que corresponda, de la prima de accidente de trabajo y enfermedad profesional y de las sanciones y recuperos que se adeuden al Banco de Seguros del Estado en relación a esos trabajadores;
n) Exigir al Contratista información sobre el monto y el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales, así como las correspondientes a la protección de la contingencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que correspondan respecto de sus trabajadores, solicitándole:
i. declaración nominada de historia laboral, según el artículo 87 de la ley 16.713 de 3 de setiembre de 1995, y recibo de pago de cotizaciones al organismo previsional;
ii. certificado que acredite situación regular de pago de las contribuciones de seguridad social a la entidad provisional que corresponda, según el artículo 663 de la ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990;
iii. constancia del Banco de Seguros del Estado que acredite la existencia del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales;
iv. planilla de control de trabajo, recibos de haberes salariales, y en su caso, convenio colectivo aplicable;
v. datos personales de los trabajadores comprendidos en la prestación del servicio para realizar los controles pertinentes;
o) Indicar los montos de las retenciones a los pagos que correspondería realizar al Contratista, de los montos correspondientes por el incumplimiento de las obligaciones del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, según las normas citadas.;
El Contratista suministrará el equipamiento, alojamiento, locomoción y personal de apoyo necesario para que el equipo de Dirección de Obra de cada etapa desarrolle su tarea. Las
características y cantidades requeridas en el contrato serán establecidas en el Anexo XVI Suministro de equipos y Anexo XVII Alojamiento, vehículo y alimentación para la Dirección de Obras.
CAPITULO VII: SANCIONES Y PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTOS DE OBLIGACIONES.
43. PROCEDIMIENTO DE IMPOSICIÓN DE PENALIDADES.
La determinación de las sanciones aplicables tendrá lugar bajo los principios de legalidad, debido proceso, igualdad, proporcionalidad, generalidad y adecuación al fin.
El Contratante podrá retener de los pagos que en virtud del contrato le correspondiera realizar, las sumas necesarias para hacer efectivo el cobro de las sanciones pecuniarias impuestas.
El pago de las multas que se apliquen en la fase de construcción, serán descontadas en el CCH- O siguiente a su constatación. La información sobre las penalidades impuestas al Contratista podrá ser informada a los acreedores financieros, a su requerimiento.
Las sanciones se harán efectivas de inmediato, sin perjuicio de las acciones a que tenga derecho el Contratista en el marco de los procedimientos de solución de controversias y recursos previstos en la ley, en la reglamentación o en el contrato.
La aplicación de tales sanciones procederá sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren corresponder al Contratista frente al Contratante o frente a terceros, que hayan sido perjudicados como consecuencia del incumplimiento.
43.1. Infracciones y penalidades por incumplimiento de obligaciones administrativas
Se consideran infracciones administrativas a efectos del presente pliego:
a) Encontrarse en situación de falta de pago de las primas por concepto de seguros y pólizas de garantía requeridas.
b) No solicitar y obtener los permisos en tiempo y forma, licencias o autorizaciones legalmente que correspondiere o información necesaria, a efectos de realizar cualquier actividad que lleve a cabo el Contratista.
c) No remitir la información documental requerida en tiempo y forma, en el plazo que disponga este pliego o el Contratante.
d) Incumplimiento de cualquier otro plazo u obligaciones establecido en el pliego y en el contrato que no tenga especificada una penalización.
Las infracciones administrativas enumeradas en el Capítulo VII: Sanciones y Penalidades por incumplimiento de obligaciones, con excepción de la definida en la cláusula 43.1 literal a) serán pasibles de la aplicación de una penalidad con los siguientes montos y conceptos:
• Atrasos de hasta 10 días corridos: multa de USD 20/día
• Atrasos entre 11 y 20 días corridos: multa de USD 40/día
• Atrasos superiores a 20 días corridos: multa de USD 60/día
Las mismas serán contadas a partir de la fecha en que se produce la infracción.
En el caso previsto en el literal a) precedente, la multa diaria será de USD 1.000 (dólares estadounidenses mil), sin perjuicio de constituir un “hecho de incumplimiento grave” según lo dispuesto en la cláusula 46: Rescisión del contrato por incumplimiento del Contratista.
43.2. Infracciones y penalidades por incumplimiento de obligaciones técnicas
a. Seguridad y Señalización en obra.
La falta o mal estado de elementos de seguridad y señalización en obra será sancionada sin otorgar tiempo de respuesta, con las multas diarias que a continuación se detallan:
ITEM | MULTA | UNIDAD |
Señales de peligro | USD 100 | c/u |
Señales de reglamentación e indicación | USD 50 | c/u |
Elementos de balizamiento | USD 20 | c/u |
Ropa de señalización de alta visibilidad | USD 100 | c/u |
Banderilleros | USD 200 | día |
Otras deficiencias en seguridad vial hasta 300 USD (dólares estadounidenses trescientos) por día, como ser: incumplimiento de lo previsto en el plan de manejo de tránsito y sus actualizaciones; en la cláusula 53: Mantenimiento del tránsito y señalización durante el período de contrato; incoherencia de la señalización con la situación de obra existente u otras no dictadas que impliquen un riesgo para los usuarios.
b. Multas resultantes por alteraciones del medio ambiente.
Los incumplimientos relacionados con el medio ambiente serán penalizados directamente, sin otorgar tiempo de respuesta, con una multa de USD 200 (dólares estadounidenses doscientos) por día.
c. Multas resultantes por incumplimiento de Orden de Servicio.
Toda vez que el Contratista dé cumplimiento a la Orden de Servicio emitida, deberá informárselo a la Dirección de Obra, para que proceda a su inspección, mediante un comunicado de acuerdo con el formato indicado en el Anexo XIV Modelo de documentos.
El incumplimiento de Órdenes de Servicio será penalizado con una multa por día corrido de incumplimiento de USD 500 (dólares estadounidenses quinientos).
Si la Orden de Servicio incumplida se origina en una evaluación no programada, la multa será de USD 1.000 (dólares estadounidenses mil) por día de incumplimiento y se le adicionará un monto por estándar incumplido de USD 500 (dólares estadounidenses quinientos) por día corrido de atraso.
La Dirección de Obra deberá informar a la División Construcción o División Mantenimiento, según el caso, en su informe mensual, el seguimiento y cumplimiento de la Orden de Servicio, de acuerdo con el formato indicado en el Anexo XIV: Modelo de documentos.
d. Multas resultantes por no entrega de informes técnicos.
En caso de incumplimiento en tiempo y forma con la presentación de los informes técnicos que el Contratista deba entregar para los que no se haya previsto un monto específico de multa se aplicará una penalización de USD 40 (dólares estadounidenses cuarenta) por día corrido y por informe atrasado, hasta que se entregue un informe satisfactorio a juicio de la Dirección de Obra.
e. Multas por la no concurrencia al sorteo de las evaluaciones programadas.
Si el Contratista no concurre al sorteo se le aplicará una multa de USD 100 (dólares estadounidenses cien).
f. Multas por realizar tareas durante las evaluaciones programadas.
En caso de constatarse durante el período de evaluación la ejecución de tareas en los kilómetros sorteados se aplicará una penalización de USD 1.000 (dólares estadounidenses mil) por kilómetro que se detecte esta situación.
g. Multas por incumplimiento de las tareas de vigilancia.
Constatada en la faja de dominio público su ocupación, presencia de elementos extraños o cualquier otra situación irregular que suponga incumplimiento del servicio a exclusivo juicio de la Dirección de Obra, será sancionada sin otorgar tiempo de respuesta en forma automática con una multa equivalente a USD 500 (dólares estadounidenses quinientos) por día hasta su regularización.
h. Multas por incumplimiento de plazos de obra
Cuando se produzca atraso en cualquiera de los puntos de control, respecto del Preventivo de flujo de fondos (PFF) correspondiente al Plan de desarrollo de los trabajos (PDT) vigente, el Contratante aplicará al Contratista una multa de 10% (diez por ciento) de la diferencia entre el monto de obra acumulado que debió haberse ejecutado y el efectivamente ejecutado.
43.3. Multas por otros incumplimientos
El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones xxx xxxxxx que no tenga especificada una penalización, será pasible de la aplicación de una multa de USD 40 (dólares estadounidenses cuarenta) diarios.
43.4. Cobro de las multas y penalizaciones
El valor de las multas y penalizaciones se descontará del monto certificado en el hito correspondiente.
CAPÍTULO VIII: TÉRMINACIÓN Y RESCISIÓN DEL CONTRATO
El contrato se terminará por:
a) Devenir imposible su ejecución como consecuencia de:
• Hechos fortuitos o fuerza mayor o hechos que impidan en forma total y permanente la realización del objeto del contrato.
• Nueva normativa dictada por el Estado posterior a la fecha de formalización del contrato que impida cumplir el mismo tal cual fue acordado.
b) Cumplimiento de su objeto en forma completa conforme a los términos del mismo y a total satisfacción de las partes.
c) Vencimiento del plazo señalado para su vigencia.
En el caso de terminación del contrato por la causal prevista en el literal a), el Contratista tendrá derecho a cobrar el saldo impago por las obras ejecutadas en el marco del contrato incluidas en el proyecto ejecutivo aprobado por el Contratante.
Este saldo impago se determinará por el monto resultante de los Certificados de Cumplimiento de Hitos de Obra (CCH-O) emitidos, a los que se deducirán Certificados Irrevocables de Pago (CIP) emitidos y los pagos por disponibilidad de obra sin los descuentos que se hubieren efectuado.
Si a la fecha de terminación hubiese hitos de obra cumplidos cuyos Certificados de Cumplimiento (CCH-O) se encuentren pendientes de emisión, la Dirección de Obra emitirá los mismos una vez realizados los controles correspondientes.
Si a la fecha de terminación hubiese avances de obra cumplidos que no alcanzaren el cumplimiento de un hito, la Dirección de Obra emitirá un CAO de terminación (CAO-T) luego de realizados los controles correspondientes.
Contra dichos CCH-O y CAO-T, el Contratante emitirá y entregará los correspondientes Certificados Irrevocables de Pago (CIP) por el 70% del monto multiplicado por el coeficiente de ajuste de financiamiento.
Del saldo que surgiese a favor del Contratista se descontarán las multas pendientes de pago, la estimación de los costos de los trabajos que deban ser realizados para que las condiciones de entrega de las obras e instalaciones cumplan con el presente pliego y todo otro concepto adeudado por él al Contratante.
Los CIP emitidos se pagarán en el mismo número de pagos semestrales que hubiere correspondido si no se hubiese terminado el contrato.
Si al momento de la terminación el Contratista ha cumplido con la disponibilidad del servicio con los niveles igual o superior al mínimo exigido, tendrá derecho al cobro del 30% restante mediante un Certificado Irrevocable de Pago por Terminación (CIP-T) con iguales vencimientos que el CIP asociado.
Si existiesen adeudos del Contratista, el Contratante, deberá:
i. en primer lugar, descontar y abonar los adeudos laborales, previsionales y de seguros de accidentes de trabajo, correspondientes al personal subordinado del Contratista;
ii. en segundo lugar, a abonar a los acreedores financieros sus créditos pendientes de pago en tanto el deudor lo haya acordado en el contrato celebrado con los mismos (lo que deberá acreditar en forma previa al desembolso solicitado) y;
iii. en tercer lugar, a descontar los adeudos con el Contratante.
El pago a los acreedores financieros se realizará en el orden de preferencia de sus créditos hasta el límite de los mismos y en su caso a prorrata de sus créditos.
En caso de existir un remanente luego del procedimiento del párrafo anterior, se abonarán las eventuales deudas con el Contratante. El remanente final se pagará al Contratista.
El Contratista autoriza en forma expresa al Contratante en los términos de esta disposición, y acepta que las liquidaciones que éste abone a los acreedores indicados no generan obligación de verificación o control de las cuentas presentadas a su cargo, y que su pago se realiza legítimamente en aplicación de los derechos consagrados en este Pliego. En caso de discrepancias con los montos, el Contratista deberá dirigir sus acciones directamente a los acreedores a los efectos que entienda pertinentes, exonerando de responsabilidades al Contratante pagador.
Durante el proceso de terminación del contrato y hasta su verificación, el Contratista no podrá ser privado del Pago por Disponibilidad (PPD) de los componentes A2, y C, en tanto se mantengan en ejecución las contraprestaciones establecidas en el contrato o las que eventualmente se acuerden con el Contratante, correspondiendo en ese caso la proporción asociada del PPD.
45. RESCISIÓN DEL CONTRATO POR ACUERDO MUTUO
El contrato podrá terminarse en cualquier momento por acuerdo mutuo, con las consecuencias que ambas partes convengan en el documento respectivo, siempre que en forma previa obtengan el consentimiento escrito de los acreedores financieros que tengan constituida prenda sobre los derechos emergentes del contrato y/o la cesión en garantía del mismo.
El acuerdo incluirá la determinación de los valores que las partes eventualmente deban abonarse recíprocamente por obligaciones devengadas impagas.
El saldo impago por las obras ejecutadas en el marco del contrato se determinará con los mismos criterios establecidos en la Cláusula 44: Terminación del Contrato.
46. RESCISIÓN DEL CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA
El Contratante podrá rescindir el contrato en forma unilateral y anticipada cuando el Contratista incurra en hechos de incumplimiento graves, entendiéndose por tales a título enunciativo:
i. Demoras no justificadas en la ejecución de los trabajos superiores a 90 (noventa) días corridos de cualquiera de los plazos establecidos en el presente pliego.
ii. Demoras no justificadas acumuladas en la ejecución de los trabajos superiores a 180 (ciento ochenta) días corridos de los plazos establecidos en el presente pliego.
iii. Cualquier acto de negligencia grave que causare daños importantes a la vida humana y/o el ambiente.
iv. Incurrir en 12 (doce) infracciones de las definidas en la Cláusula 43.1: Infracciones y penalidades por incumplimiento de obligaciones administrativas, en el período de un año.
v. Presentar información falsa en forma dolosa.
vi. Cualquier acto o circunstancia que implique la pérdida de vigencia de la cobertura de riesgos a través de seguros y garantías a que se encuentra obligado a contratar y mantener vigentes y actualizados.
vii. Si se constatara en tres evaluaciones consecutivas que el nivel de servicio global del contrato fuera menor a 85, fuera del período de obra de los Componentes A y B.
viii. Si se constatara en las últimas dos evaluaciones semestrales previas a las de recepción del contrato un nivel de servicio global del contrato inferior a 90.
ix. Si se constatara en la dos últimas evaluaciones anuales de la calidad de obra en servicio previas a la de recepción del contrato un valor de ICOS inferior a 0.50
x. Si no se obtuviera el Acta de Inspección Previa a la Recepción Definitiva del Contrato en los plazos previstos.
Cuando se rescinda el contrato por hecho de incumplimiento grave del Contratista, sin perjuicio de las sanciones aplicables, el Contratante ejecutará las garantías de cumplimiento de contrato correspondientes, siendo los montos obtenidos irreducibles (no admitiéndose la proporcionalidad) y, sin perjuicio de las penalizaciones o multas (cláusulas moratorias), las deducciones y las acciones por los daños y perjuicios ocasionados que pudiesen corresponder.
Si el Contratista que ha incurrido en hecho de incumplimiento grave ha cedido en garantía su contrato a un acreedor financiero, éste podrá ejercer su derecho a postular un nuevo Contratista debiendo comunicarlo en forma fehaciente al Contratante dentro de los 30 (treinta) días corridos de verificarse la causal, siguiendo el procedimiento previsto en la cláusula 38.1: Cesión de contrato en garantía.
Si el nuevo Contratista propuesto por el acreedor financiero fuera aceptado por el Contratante, la compensación al Contratista inicial por las obras realizadas en el marco del contrato será resuelta entre el Contratista y los acreedores financieros, sin que el Contratante tenga ninguna obligación al respecto.
Si no se produjese una sustitución de Contratista a través de un proceso de ejecución de garantía en beneficio de acreedores financieros, el Contratante podrá optar por realizar un nuevo llamado o acordar con el MTOP la ejecución de las actividades objeto del Contrato.
Para determinar el saldo impago por las obras ejecutadas por el Contratista en el marco del contrato, se seguirá el procedimiento de la Cláusula 44: Terminación del contrato.
Los pagos de los Certificados Irrevocables de Pago (CIP) emitidos por el Contratante no se verán afectados por deducción de tipo alguno ni se modificarán sus fechas de pago, cualquiera sea la causa de la rescisión del contrato.
Del pago que corresponda realizar al Contratista, el Contratante descontará además de los conceptos previstos en las cláusulas 43: Procedimiento de Imposición de Penalidades, y Cláusula 44: Terminación del Contrato, el monto de indemnización por daños y perjuicios, y todo otro concepto adeudado al Contratante que no hayan sido cubiertos por el valor de la garantía ejecutada.
47. RESCISIÓN DEL CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATANTE
El Contratista podrá rescindir el contrato en forma unilateral y anticipada cuando el Contratante incurra en hecho de incumplimiento grave, entendiéndose por tal la demora injustificada mayor a 90 (noventa) días corridos de los plazos establecidos en el presente pliego para el pago de sus obligaciones con el Contratista.
Si el Contratista hace uso de su derecho de rescisión, el Contratante deberá abonarle la totalidad de las obras realizadas comprendidas en el proyecto ejecutivo aprobado, siguiendo el procedimiento de la cláusula 44: Terminación del Contrato.
Terminado el contrato, el Contratante será titular de la totalidad de los derechos respecto de los proyectos, obras ejecutadas, instalaciones y mejoras existentes en la faja de dominio público, sin abonar por ello valor alguno, salvo lo establecido en el presente contrato. El Contratista se obliga a entregar los documentos que acrediten la regularidad de las obras respecto de organismos públicos, incluyendo planos, habilitaciones, y todo lo que le sea aplicable.
CAPÍTULO IX: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Para la solución de los conflictos que surjan con motivo de la aplicación, interpretación, ejecución, cumplimiento y terminación del contrato, las partes deberán recurrir al arbitraje.
Las Partes intentarán, en primer término, la solución amigable de todas las controversias que se planteen en la relación contractual.
Cualquier controversia de carácter técnico, de alcance o relacionados con estipulaciones de este Contrato entre las partes en relación al mismo, que no haya podido ser resuelta en forma amigable, dentro de los 28 (veintiocho) días corridos posteriores a la recepción por una Parte del planteamiento formulado por la otra, podrá ser sometida por cualquiera de dichas partes a arbitraje, de acuerdo con el Reglamento del Centro de Mediación y Arbitraje – CMyA – Liga de Defensa Comercial (LIDECO).
En todos los casos será de aplicación la legislación uruguaya y la Sede del arbitraje será en la ciudad de Montevideo.
El Tribunal Arbitral estará integrado por tres (3) árbitros de los cuales cada Parte designará uno
(1) y el tercero será designado de común acuerdo por los árbitros ya designados.
El Tribunal Arbitral deberá fallar de acuerdo a derecho, al pliego y al contrato y el laudo será inapelable.
La Parte que desee iniciar el Arbitraje deberá enviar una comunicación escrita a la otra Parte y al Centro de Mediación y Arbitraje – CMyA – LIDECO informando el inicio de un Arbitraje formal y vinculante para finalmente resolver la controversia.
Transcurrido el plazo de 28 (veintiocho) días corridos de recibida por la contraparte la solicitud de arbitraje enviada por el solicitante, sin que una o ninguna de las Partes designe árbitro, la designación se realizará por el Juez competente conforme al procedimiento establecido en los artículos 480 y 494 del Código General del Proceso.
Cada una de las partes deberá abonar los gastos del árbitro que haya seleccionado, quedando de cargo de la parte perdidosa el pago de los honorarios de todos los árbitros una vez culminado el procedimiento.
En todo lo no previsto, el proceso arbitral se regulará de acuerdo con lo establecido en los artículos 488 a 507 del Código General del Proceso.
SECCIÓN II - PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS (PCT)
CAPÍTULO X: CONDICIONES GENERALES
El contrato consta de dos etapas: fase de construcción (Componentes A y B) la cual culminará una vez obtenida el Acta de Terminación Total de Obras ATTO, dando comienzo así a la fase de mantenimiento (Componente C).
Las Obras tienen como objetivo la mejora funcional y estructural de un tramo de carretera, así como también la generación de nueva infraestructura.
Los tramos que integran el contrato están definidos en el Anexo I Zona Objeto del Contrato.
El Contratista deberá ejecutar durante la etapa de Construcción las obras definidas en este Pliego (Capítulo XI Obras y Anexo VIII Condiciones mínimas de diseño y ejecución de las obras).
Para el componente A, entre el primer CCH-O tipo 2 y el ATTO, el Contratista tendrá a su cargo el mantenimiento de dichos tramos, pero sin recibir pago por ello.
Para el componente B, entre el Acta de Inicio del Contrato y el ATTO, el Contratista tendrá a su cargo el mantenimiento de dichos tramos, pero sin recibir pago por ello.
La Dirección de Obra controlará el cumplimiento de los estándares descritos a continuación:
• Estándar existencia xx xxxxx.
• Estándar de señales de tránsito reglamentarias y preventivas preexistentes en el tramo.
• Estándar exceso en la altura del césped en la faja pública.
• Cualquier estándar que, a juicio de la Dirección de Obra, por su grado de incumplimiento comprometan la seguridad del usuario.
En todos los casos el plazo máximo de adecuación a la exigencia es de 30 (treinta) días corridos desde el acta de replanteo.
Cualquier incumplimiento por parte del Contratista a las excepciones planteadas lo hará pasible de una Orden de Servicio.
El Contratista deberá ejecutar durante la etapa de Mantenimiento el mantenimiento a base de cumplimiento de estándares de acuerdo con lo establecido en este Pliego (Capítulo XII Mantenimiento y Anexos XI Estándares de Servicio y XII Metodología para la determinación de los Niveles de Servicio).
Esta modalidad de mantenimiento comprende además de las tareas rutinarias, periódicas y preventivas de reparación y mantenimiento, todas las actividades tendientes a implementar acciones a corto, mediano y largo plazo con la finalidad de alcanzar, conservar y/o elevar los
estándares estipulados en el Anexo XI Estándares de Servicio, previendo su comportamiento futuro durante toda la duración del contrato.
Se aceptarán innovaciones tecnológicas y de procedimiento, que deberán ser aprobadas por el Contratante en cuanto mejoren la ejecución y duración de los trabajos, y siempre que no se afecten negativamente los estándares de servicio de la infraestructura conservada ni su valor patrimonial.
El Contratista deberá disponer todos los días del año y durante las 24 horas del día, del personal y equipos necesarios para atender Tareas de Emergencia o seguridad vinculadas al contrato.
Comprenden aquellas tareas tendientes a solucionar imprevistos o situaciones de riesgo que afecten la seguridad en el tránsito, el uso normal de las rutas o la seguridad de los usuarios, como ser caída de árboles sobre la calzada, rotura de losas de aproximación x xxxxxxx, hundimiento de alcantarillas, erosión de terraplenes o accidentes con obstrucción xx xxxxxxx, etc.
En estos casos el Contratista deberá adoptar las medidas necesarias para lograr en el menor tiempo posible la reanudación del tránsito, con arreglo a las circunstancias, sin derecho a indemnización alguna por parte del Contratante. Si por alguna razón la Dirección de Obra considerara que las medidas adoptadas son insuficientes, ésta podrá enviar una Orden de Servicio al Contratista a los efectos de subsanar dicha situación.
Si como consecuencia de los trabajos realizados por el Contratista resultaran anulados o dañados los sensores o equipos de conteo de tránsito ya instalados en la calzada, banquina o faja, el mismo deberá asumir todos los costos de su reposición o reparación que cotice la empresa operadora o en su defecto el Contratante, pudiendo generar una Orden de Servicio para su reparación o eventual reposición.
53. MANTENIMIENTO DEL TRÁNSITO Y SEÑALIZACIÓN DURANTE EL PERÍODO DE CONTRATO
53.1. Mantenimiento del Tránsito y la Señalización de obra.
El Contratista deberá organizar los trabajos y realizar a su costo todas las obras auxiliares y de señalización que resulten necesarias a efectos de asegurar una circulación permanente y en condiciones de seguridad para los usuarios y los obreros.
Previo al inicio de las Obras, el Contratista propondrá para su aprobación un Plan de Seguridad Vial donde se incluirá en detalle las acciones que tomará el mismo para garantizar la seguridad vial en la zona de obra. Este Plan se revisará periódicamente por la Contratista y se enviará a la Dirección de Obra un informe de actuaciones y modificaciones previo a la finalización de cada año del Contrato.
Una vez iniciados los trabajos, el Contratista debe disponer de la señalización de la obra necesaria para utilizar de acuerdo al plan de señalización de obra previamente aprobado por el Director de Obra.
La señalización de obra atenderá a un avance por tramos de modo de permitir procedimientos constructivos correctos y disminuir en lo posible las molestias al tránsito, rigiéndose por lo establecido en las "Especificaciones Técnicas Complementarias y/o Modificativas xxx Xxxxxx de Condiciones para la Construcción xx Xxxxxxx y Carreteras de la Dirección Nacional de Vialidad" vigentes a la fecha de apertura de la licitación, en adelante ETCM y Norma de Señalización de la DNV.
Para el cumplimiento de lo antedicho, el Contratista planificará, realizará los trabajos accesorios, suministrará, colocará y mantendrá la señalización de obra, tomando las providencias que sean necesarias, de acuerdo con lo establecido en la Norma Uruguaya de Señalización de Obra, la Normativa para la Seguridad Vial DNV-MTOP, Especificaciones del Equipamiento para la Seguridad Vial, Láminas Tipo DNV, indicaciones de la Dirección de Obra y el Plan de Seguridad Vial aprobado. Los elementos adicionales de delineación (balizas, tanques, etc.) estarán en acuerdo a establecido en las Normas UNIT 1114:2007 y 1115:2007.
Las Señales serán totalmente reflectivas tipo XI fluorescentes (en el caso del naranja) de acuerdo con ASTM 4956-16 y se confeccionarán de acuerdo con lo establecido en la Norma Uruguaya de Señalización, Especificaciones del Equipamiento para la Seguridad Vial, Láminas Tipo DNV e indicaciones de la Dirección de Obra.
Todas las señales, tendrán en su reverso un sello inviolable y visible desde un vehículo en marcha indicando: MTOP - Nº Licitación - Nombre del Contratista - Fecha de Confección - Nº de señal, en el formato que indicará la Dirección de Obra. Además, deberán tener un código QR constando adicionalmente de lo anterior, la marca del material reflectivo y número de lote del mismo. Esta información se vinculará a una planilla Excel donde constarán todas las señales de obra empleadas en ese contrato. Tendrán acceso a esta planilla únicamente el Contratista, Fabricante de la Señal y la DNV, mediante contraseña.
Todas las señales de obra estarán numeradas y no se aceptarán elementos reciclados.
La señalización, elementos de delineación y encarrilamiento de obra deberá cumplir en todo momento con los estándares de servicio estipulados en este contrato para la señalización vertical. Los valores de reflectividad mínimos serán un 30% menor a los definidos en ASTM 4956- 16 para material nuevo.
No se admitirá la presencia de tramos sin señalización horizontal de eje como mínimo en horas nocturnas (el Contratista propondrá los elementos a instalar, quedando a criterio del Concedente su aceptación o no).
El Contratista podrá presentar variantes en los materiales empleados, cuyo recibo o no quedará a exclusivo criterio del Concedente.
Para los componentes A y B todos los trabajos anteriores se cotizarán en el rubro “382 Señalización de Obra (global)” debiendo los oferentes cotizar un valor mínimo equivalente al 0,5% del monto de obra del componente A o B según corresponda sin impuestos ni leyes sociales.
Si el rubro Señalización de Obra no se cotizara o se cotizara por debajo del porcentaje establecido, el porcentaje establecido o el saldo hasta él se considerará prorrateado entre los rubros cotizados que la Administración a su juicio estime pertinentes, de los que se descontará hasta la concurrencia con el porcentaje indicado para este rubro.
A los efectos de la comparación de ofertas el porcentaje omitido en este rubro (el total o su diferencia) se sumará a la oferta a esos solos efectos.
La certificación del rubro 382 se realizará en función del cumplimiento de lo establecido en la norma Uruguaya de Señalización de Obra.
Para el Componente C la señalización de obra se considerará incluido en el rubro “c” previsto en la cláusula 36: Pagos a Contratista por cumplimiento del Componente C.
El Contratista será responsable por la colocación y mantenimiento de señales y balizas indicadoras en los lugares peligrosos y tomará todas las medidas de precaución que fueran necesarias para evitar accidentes y señalar las zonas de trabajo, atendiendo a las condiciones específicas que se registren en el tramo, así como cuando por accidentes u otras circunstancias. El no cumplimiento de alguna de las condiciones arriba mencionadas será pasible de una Orden de Servicio para su cumplimiento, pudiendo además la Dirección de Obra aplicar alguna de las penalizaciones establecida en el presente pliego.
La calzada existente estará bajo el mantenimiento del Contratista en forma eficiente y segura de acuerdo a la Dirección de la Obra durante el período de construcción del Componente A. Este mantenimiento no será objeto de pago.
El Contratista está obligado a facilitar la circulación por la ruta en condiciones de total normalidad, manteniendo las condiciones actuales de circulación con un mínimo de un carril de 3,60m por sentido suprimiendo las causas que puedan originar molestias, inconvenientes o peligrosidad para los usuarios, en particular no se admitirá la existencia xx xxxxx.
Durante la ejecución de los nuevos puentes deberá mantenerse el tránsito en las condiciones actuales por los puentes existentes y durante el refuerzo y ensanche de los puentes existentes el tránsito circulará por los nuevos puentes o ensanches construidos.
Cuando la ejecución de las obras interfiera con el tránsito existente, el Contratista deberá adoptar las precauciones necesarias para evitar interrupciones y/o perjuicios de clase alguna al mismo o a las obras. A tales efectos podrá habilitarse al tránsito la zona de la faja del camino y/u otros caminos existentes, realizando mejoras cuyo programa deberá ser aprobado previamente por la Dirección de Obra. En todos los casos, serán de cuenta del Contratista todas las obras y providencias que sea necesario efectuar y adoptar para que el tránsito desviado se realice a una velocidad razonable y sin riesgos ni molestias para los usuarios.
No podrá en ningún caso interrumpir el libre tránsito público de vehículos.
Es obligación del Contratista señalar todo el recorrido de los desvíos y caminos auxiliares, asegurando su eficacia con todas las advertencias necesarias para orientar y guiar el tránsito, tanto de día como de noche, para lo cual y en este último caso, serán obligatorias señales luminosas cuyas características permitan visualizarlas con facilidad.
El Contratista colocará las barreras, los parapetos, las señales, las luces y otros elementos en forma tal que el tránsito se realice en forma segura y se elimine la posibilidad de que sean afectadas las obras de ejecución, en un todo de acuerdo con las normas de señalización de obra, concordantes y complementarias.
El Contratante queda eximido de toda responsabilidad en caso de siniestros originados en deficiencias de los desvíos o su señalamiento. El Contratista no tendrá derecho a reclamaciones ni indemnización alguna de parte del Contratante por concepto de daños y perjuicios, por los daños ocasionados por el tránsito público en la obra.
El Contratista no ejecutará trabajo alguno sobre el pavimento y/o banquina, cuando la visibilidad se haya restringido a menos de 400 metros, ya sea por niebla o cualquier otro fenómeno atmosférico, o por la presencia de humo procedente de algún fuego cercano.
Si los requerimientos del tránsito así lo determinan, el Contratista estará obligado a dar tránsito en la ruta en ejecución, en los tramos que resulte imprescindible, sin que ello signifique recepción de la obra ni exención de responsabilidad por los vicios aparentes u ocultos que pudiera tener la obra.
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente cláusula se podrá sancionar con una multa diaria de hasta USD 300 (dólares estadounidenses trescientos).
Para los Componentes A y B se certificará como movilización o implantación de obra el rubro 1 denominado "Movilización" cuyo importe, sin impuestos ni leyes sociales, no podrá ser superior al 5% ni inferior al 3% del monto de obra del componente A o B según corresponda
Si el rubro Movilización no se cotizara o se cotizara por debajo del porcentaje establecido, el porcentaje establecido o el saldo hasta él se considerará prorrateado entre los rubros cotizados que el Contratante a su juicio estime pertinentes, de los que se descontará hasta la concurrencia con el porcentaje indicado para este rubro.
A los efectos de la comparación de ofertas el porcentaje omitido en este rubro (el total o su diferencia) se sumará a la oferta a esos solos efectos.
Si el rubro Movilización se cotizara por encima del porcentaje establecido, el valor cotizado se considerará para la comparación de la oferta, pero no se pagará la diferencia de porcentaje cotizada en más.
El rubro se certificará de la siguiente forma:
a) El 50% cuando el Contratista haya completado sus campamentos, llevado al lugar de la obra el 60% de la totalidad del equipo y personal para ejecutar la obra, haya cumplido con los suministros requeridos. Se aclara que se considerarán instaladas en el lugar de la obra las plantas empleadas para la elaboración de mezclas asfálticas y hormigones, según corresponda, ubicadas a una distancia menor a los 20 (veinte) kilómetros de cualquiera de los extremos de la obra. Se dispone que los campamentos, talleres, oficinas o depósitos de la propia obra y de cualquier otro tipo de instalación donde exista actividad humana permanente, deberán estar a una distancia no menor de 500 (quinientos) metros de las plantas de producción de materiales. En caso contrario deberá adoptar medidas de control de emisión perjudiciales para el desarrollo de las actividades en los lugares indicados, las que deberán ser aprobadas previamente por la Dirección de la Obra.
b) El 50% restante cuando se haya realizado obra por un valor del 20% del total de la obra correspondiente.
Al momento de la firma del contrato, el Contratista deberá presentar al Contratante el Plan de Gestión Ambiental (PGA) y el Plan de Acción ante Contingencias (PACo), aprobados por la Dirección de Obra, y conteniendo como mínimo las medidas y responsabilidades establecidas en el Manual Ambiental para Obras Viales.
La empresa Contratista debe estar dispuesta a la realización de simulacros de respuesta ante lo estipulado en su Plan de Contingencias, en caso de ser requerido por el Contratante.
El Contratista deberá cumplir con las especificaciones contenidas en el Plan de Gestión Ambiental para Obras Viales y los documentos aplicables asociados, considerándose los costos de todos estos trabajos incluidos en el rubro 71 denominado “Gestión Ambiental”, cuyo importe sin impuestos ni leyes sociales no podrá ser inferior al 3% del monto de obra del componente A o B según corresponda.
Si el rubro Recuperación Ambiental no se cotizara o se cotizara por debajo del porcentaje establecido, el porcentaje establecido o el saldo hasta él se considerará prorrateado entre los rubros cotizados que la Administración a su juicio estime pertinentes, de los que se descontará hasta la concurrencia con el porcentaje indicado para este rubro.
El importe del rubro “Gestión Ambiental” (RGA) del monto de obra del componente A o B según corresponda se certificará conforme al siguiente cronograma:
a) El 50 % del rubro en montos mensuales iguales de forma de completar esta fracción en el plazo de obra.
b) El 50 % restante con el ATO de cada componente.
c) Ante cualquier incumplimiento de lo establecido en la legislación vigente, en estas o en el PGA, se suspenderá la certificación del RGA hasta que el Constructor corrija la falta. La certificación suspendida no se reintegrará. El monto a no certificar se determinará tomando como base que el monto diario del RGA es el cociente entre el monto mensual dividido 30.
d) Para el caso de que por alguna circunstancia que no haya podido ser prevista en el PGA el Contratista solicite autorización para no realizar la recuperación de la totalidad o parte de los padrones que estuvieron afectados a la obra a través de una nota fundamentada suscrita por su Técnico Ambiental, la Dirección de Obra podrá acceder recabando previamente el aval escrito del Departamento Gestión Ambiental y Calidad (DEGAC). En tal caso, no se certificará el monto correspondiente del RGA.
Para el Componente C la gestión ambiental se considerará incluida en el rubro “c” previsto en la cláusula 36: Pagos al Contratista por cumplimiento del Componente C.
La Dirección de Obra podrá aplicar adicionalmente multas al Contratista por incumplimientos en materia de gestión ambiental, de acuerdo con lo especificado en la cláusula 43: Procedimiento de Imposición de Penalidades.
56. EQUIPO TÉCNICO DEL CONTRATISTA
El personal técnico propuesto para el contrato contendrá al menos:
a) Representante Técnico: Ingeniero Civil con no menos de 10 años de experiencia con título profesional expedido en la República Oriental del Uruguay o revalidado por la UDELAR en obras viales, el que se encargará en todas las cuestiones de carácter técnico y administrativo que se planteen durante la ejecución de la obra, así como en todas las gestiones de la misma índole que realice el Contratista, con respecto a la obra contratada. Cada vez que el Director de Obra lo considere necesario se dirigirá a dicho representante, a los efectos de realizar cualquier comunicación de carácter técnico y/o administrativo que deba hacerse al Contratista.
b) Técnico residente: un Ingeniero Civil con no menos de 5 años de experiencia en obras de carreteras. Se requerirá una dedicación mínima en obra de 5 (cinco) días a la semana.
c) Equipo técnico redactor de Proyecto Ejecutivo: Según lo requerido en el Anexo VIII Condiciones mínimas de diseño y ejecución de las obras, incluyendo los especialistas a cargo de los estudios necesarios.
d) Asesores técnicos: Los especialistas a cargo de los estudios específicos deberán acreditar experiencia de al menos 5 años en el tema específico y avalar el diseño correspondiente. Durante la ejecución de la obra se deberá contar con especialistas en los aspectos específicos de la misma, debiendo acreditar experiencia de al menos 5 años en el tema y se requerirá su presencia en obra durante las etapas que correspondan.
Los técnicos mencionados deberán contar con título universitario expedido o revalidado por la autoridad universitaria competente.
Los mismos tendrán capacidad para actuar frente a la Dirección de Obra de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales para la Construcción de Obras Públicas.
Las obras a ejecutar en los Componentes A y B, deberán estar en concordancia con las condiciones definidas en el Anexo VIII: Condiciones Mínimas de Diseño y Ejecución de las Obras, con las exigencias planteadas a través de los estándares de mantenimiento, el Nivel de Servicio de tramo (NSt), de tal manera de satisfacer los Indicadores de Calidad de la Obra en Servicio (ICOS) cuyos valores mínimos se deberán alcanzar y mantener o superar a lo largo de todo el contrato.
A los efectos de considerar los trabajos necesarios los oferentes tomarán en consideración que todos los tramos serán incorporados al contrato sin preparación o tratamiento especial.
Adicionalmente, aquellas modificaciones o ajustes de proyecto que surjan durante la construcción, estarán sujetas a la aprobación de la Dirección Nacional de Vialidad del MTOP.
58. SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD DE LAS OBRAS.
El Contratista es responsable de la calidad de los materiales que utilice y de los trabajos que ejecute, por lo que sin perjuicio de los controles que realice la Dirección de Obra, debe contar con un programa que asegure y avale esas calidades, en coordinación con la Dirección de Obra, incorporando formalmente procedimientos adecuados para ello.
El Contratista deberá presentar a la Dirección de Obra las normas, procedimientos y frecuencia que se aplicarán en esos procesos, dentro de los 7 (siete) días corridos siguientes a la suscripción del Acta de Replanteo.
Dichas normas, procedimientos y frecuencia deberán ser como mínimo las establecidas en este pliego pudiendo el Contratista agregar todas aquellas que el considere conveniente para cumplir con los fines descriptos.
No se iniciarán los trabajos hasta la presentación y aprobación de dichos procedimientos. Este programa debe considerar los siguientes aspectos:
• Materiales y productos a ser ensayados (Control de Calidad de Materiales a incorporar).
• Procedimientos de trabajo a ser controlados (Control de la Calidad de la puesta en obra de los materiales).
• Frecuencia de los ensayos y controles.
Los ensayos que deberá realizar el Contratista estarán dirigidos a:
• Materiales a ser utilizados por el Contratista (producidos por el o suministrados por terceros).
• Trabajos en proceso.
• Trabajos terminados.
Los ensayos de materiales se centrarán en sus características al ingreso a planta, acopiados o en los lugares habilitados para su distribución.
Los ensayos de trabajos en proceso refieren al control de calidad de los materiales y procedimientos de labor utilizados por el Contratista.
Los ensayos de trabajos terminados están dirigidos a verificar el cumplimiento de los requerimientos especificados, ya sea a través de testigos o mediante ensayos específicos sobre el producto terminado.
Dentro de los primeros 7 (siete) días corridos de cada mes, el Contratista deberá entregar a la Dirección de Obra un informe con los resultados de los procesos de calidad, con información suficiente para demostrar el grado de cumplimiento, y permitir realizar la “trazabilidad” del producto terminado (procedencia y calidad de los materiales y del proceso de fabricación).
Los materiales no producidos por el Contratista deberán contar con la certificación de los procedimientos de control de calidad del fabricante, la declaración de que el producto o material cumple con los requerimientos específicos del contrato y los resultados de ensayos que respalden dicha declaración. En el caso de materiales no utilizados anteriormente en el país, se deberá presentar una declaración del fabricante (incluyendo comprobante que lo acredite) de donde se utiliza dicho material y bajo qué norma.
La Dirección de Obra podrá aprobar o rechazar, del listado de normas y procedimientos propuestos por el Contratista, la certificación que se sugiere para algunos productos o materiales y ejecutar los ensayos pertinentes a cualquier muestra de los productos o materiales listados.
La Dirección de Obra verificará el cumplimiento de las normas, los procedimientos, la frecuencia y la ejecución de los ensayos y mediciones, que comprende verificar:
• Materiales o productos a utilizar en las obras
• Resultados de los ensayos efectuados por el Contratista son representativos y confiables
• Materiales durante su producción
• Procedimientos de trabajo durante la ejecución de las obras
• Materiales y procedimientos de trabajo en lugares específicos.
Para estas verificaciones las muestras a ensayar deben asegurar su representatividad y el cumplimiento de las especificaciones de cada trabajo, realizándose la elección de éstas al azar, según los procedimientos y técnicas de muestreo habituales.
Todo lo anteriormente mencionado rige también para materiales a utilizar durante el periodo de mantenimiento (por ejemplo, para los materiales a utilizar en el equipamiento de seguridad vial), el cual deberá incluirse en el informe mensual de calidad.
Se coordinará con la Dirección de Obra el formato para la presentación de los ensayos.
Así mismo el Contratista entregará al finalizar la etapa de construcción un archivo en formato shapefile, conteniendo el inventario de todas las señales verticales, horizontales, iluminación y los elementos de encarrilamiento y contención de los tramos del contrato; utilizando el sistema de coordenadas SIRGAS-ROU98.
Esta información se entregará en formato ODS y XML (Catálogo de objetos), donde se detallan los campos y valores que se le asignaran a cada elemento, con el fin de facilitar la interoperabilidad con los datos existentes, reservándose la DNV el derecho de informar cualquier modificación que surja y deba ser contemplada. Para su confección se seguirá el modelo indicado por la DNV.
La precisión absoluta de la ubicación geográfica de los elementos deberá ser submétrica y además las coordenadas deberán ser referenciadas a la Red Geodésica Nacional Activa del Servicio Geográfico Militar (REGNA-ROU), siendo así compatible con la generada por la DNV y se deberá declarar la marca y el modelo del equipo empleado para el relevamiento.
Los archivos deberán entregarse a la Dirección de Obra, con copia a la División Mantenimiento de la DNV.
Este sistema de control de calidad no será objeto de pago directo, quedando prorrateado en los demás rubros de contrato.
59. INICIO, AVANCE Y TERMINACIÓN DE LAS OBRAS.
Se considera como inicio de obra la fecha del Acta de Replanteo que deberá realizarse a los 15 (quince) días corridos, a partir de la fecha de notificación al Contratista de la No Objeción del contrato por el Concedente.
Para los componentes de obra que requieran explotación de canteras, el Contratista deberá tramitar las autorizaciones correspondientes frente al Ministerio de Ambiente y DINAMIGE, y realizar el trámite de Xxxx xx Xxxxxxx de Obra Pública en el Registro de la DNV, previo al comienzo de los trabajos.
Previo al inicio de los trabajos se deberá contar con la aprobación del proyecto ejecutivo (total o parcial), la aprobación del Plan de Gestión Ambiental de la obra, y la aprobación del Plan de Manejo de Tránsito, por parte de las áreas y Divisiones correspondientes de Dirección Nacional de Vialidad del MTOP. Se debe hacer inventario de equipamiento de Seguridad Vial, Iluminación, refugios peatonales y entradas particulares.
Por otro lado, se debe presentar previo al inicio de los trabajos, un relevamiento topográfico de la infraestructura existente cuya precisión en horizontal debe ser +/- 1cm y en vertical +/- 1.5 cm. La información mínima a presentar será: 1-alineamiento 2- perfil longitudinal y transversales cada 25 m y 3- modelo digital de terreno (superficie). Como alternativa a lo anterior podrá entregarse un relevamiento con escaneo laser tridimensional.
Para constatar el cumplimiento del PDT y PFF mensualmente se realizará el seguimiento de lo ejecutado mediante el cómputo de los metrajes y precios unitarios de acuerdo con lo establecido en el Capítulo IV: Régimen Económico del Contrato.
Finalizada cada una de las Obras (Componentes A y B), el Contratista solicitará a la Dirección de Obra de la DNV la realización de un Acta de Terminación de las Obras (ATO).
A los efectos de solicitar el ATO, el Contratista deberá entregar a la Dirección de Obras, un informe que presente como mínimo el compilado de todos los ensayos relacionados con la obra en cuestión.
Para solicitar el ATO, el Contratista deberá haber realizado previamente el trámite de Baja de Inventario xx xxxxxxx de obra pública para las canteras involucradas en la obra, deberá contar con resultado favorable de la Auditoría Ambiental de Cierre de obra, deberá haber entregado versión final de Planos Conforme a Obra, a la Dirección Nacional de Vialidad del MTOP.
El ATO será expedido luego de realizada la inspección por parte de las áreas competentes de la Dirección Nacional de Vialidad, debiéndose en ésta constatar el cumplimiento de los estándares establecidos en el Anexo IX Criterios de Recepción.
Luego de realizadas las ATO de los Componentes A y B se otorgará el Acta de Terminación de la Totalidad de las Obras (ATTO) y comenzará la etapa de mantenimiento.
Se aplicará la cláusula 42: Instrumentos y funcionamiento para la verificación del cumplimiento y seguimiento del contrato, en cuanto a sanciones y penalizaciones por incumplimiento de plazos.
60. EXÁMEN DE OBRA ANTES DE CUBRIRLA
Ninguna parte de la obra deberá cubrirse o hacerse invisible sin la aprobación del Director de Obra, y el Contratista deberá dar todas las facilidades a la misma para examinar y medir toda obra que vaya a cubrirse o quedar invisible, así como inspeccionar fundaciones antes de iniciar trabajos permanentes. El Contratista deberá pasar aviso al Director de Obra, con la debida anticipación, siempre que tales obras estén a punto o vayan a estar a punto para su examen, y el Director de Obra deberá presentarse con el fin de examinar y medir la obra a menos que no lo considere necesario y se lo comunique al Contratista por escrito.
61. OPERACIÓN DE DESCUBRIR Y HACER ABERTURAS
El Contratista deberá descubrir cualquier parte o partes de las obras, o hacer aberturas en ellas o a través de ellas, toda vez que el Director de Obra se lo indique, debiendo reponer y reparar aquella parte o partes a la satisfacción de la misma. Si alguna de dichas partes se hubiese cubierto o hecho invisible después de cumplir los requisitos establecidos en la cláusula precedente y se encontrase que ha sido ejecutada de acuerdo con el contrato, los gastos de descubrirla, de hacer las aberturas y de reponer y reparar la misma los costos serán de cargo del Contratista.
Todas las muestras deberán ser suministrarlas al Contratista a su propio costo. El Contratista deberá instalar y mantener en operación todos los elementos de laboratorio, instrumentación y personal que se establezcan en el Anexo XVI Suministros de equipos necesarios para practicar los ensayos previstos en las especificaciones y aquellos que sean requeridos por la Dirección de Obra. Los costos incurridos se considerarán incluidos en el precio del contrato y no serán objeto de pago por separado.
Dentro de los 30 (treinta) días corridos de firmada el acta de replanteo, el Contratista deberá presentar a la Dirección de obra las fuentes de abastecimiento de los materiales, y los resultados de los estudios y ensayos de caracterización que permitan comprobar que los mismos satisfacen las especificaciones establecidas en el Anexo VIII Condiciones mínimas de diseño y ejecución de las obras. Cuando estas Especificaciones lo indiquen, deberá además presentar un estudio geológico, petrográfico y de laboratorio de las canteras, sobre muestras representativas de la zona a explotar, extraídas conjuntamente con la Dirección de Obra. El estudio deberá indicar procedencia, espesores y profundidades a explotar y será realizado por un profesional de notoria trayectoria en esta área y en un laboratorio aprobado por la Dirección de obra. Previo a su utilización el Contratista deberá presentar a la Dirección de Obra la solicitud de aprobación de la cantera adjuntando la información indicada precedentemente y los estudios y ensayos complementarios que la Dirección de obra considere pertinentes. El Contratista no podrá iniciar la explotación de la cantera antes de tener la aprobación escrita de la Dirección de obra.
Con una anticipación mínima de 45 (cuarenta y cinco) días corridos a la iniciación prevista en el cronograma de obras aprobado de los trabajos de ejecución de mezclas para base, hormigones o mezclas asfálticas, se presentará muestra de todos los materiales, incluso asfálticos de los que se indicará proveedor, propiedades y especificaciones del fabricante; y las fórmulas de las mezclas respectivas con los estudios y ensayos realizados por un profesional de notoria trayectoria en esa área en un laboratorio aprobado por la Dirección de obra, que comprueben que la misma satisface las especificaciones establecidas para las respectivas mezclas. El Contratista no podrá iniciar los trabajos antes de tener la aprobación escrita de la Inspección.
63. SUMINISTRO DE MATERIALES ASFÁLTICOS
Al ingresar a obra los materiales asfálticos, independientemente que sean nacionales o importados, se realizará el control de procedencia, que deberá coincidir con el indicado en la oferta, verificando el precintado de las bocas de descarga de los tanques de transporte y el certificado de calidad con los resultados de los ensayos especificados, expedido por el Laboratorio del proveedor. El Director de Obra dispondrá la extracción de muestras de todos los tanques de transporte de los productos asfálticos para efectuar los ensayos pertinentes, y autorizará su utilización en obra si del examen de los mismos, surge una opinión técnica favorable. -
Además de los ensayos que se realicen en el laboratorio de obra de todos los viajes de material asfáltico que ingresen, se enviarán muestras para ensayos de verificación en el Laboratorio LATU cuyo costo será a cargo del Contratista. La frecuencia de los mismos será:
• cada 500 m3 o fracción, o una vez por mes para cemento asfáltico
• cada 100 m3 o fracción, o una vez por mes para diluidos asfálticos y emulsiones
• cada 250 m3 o fracción, o una vez por mes para cemento asfáltico modificado
• cada 80 m3 o fracción, o una vez por mes para emulsiones modificadas
Dicha frecuencia podrá ser incrementada, en caso de constatarse irregularidades en los resultados.
Se exigirá para los asfaltos modificados el ensayo en obra de Recuperación elástica según norma IRAM 6830.
Se realizarán los siguientes controles adicionales a los indicados en el PV y las ECTM en las capas del pavimento indicados a continuación:
En suelos, capas de subbases y base:
Se agrega como alternativa a la verificación de compactación y determinación de humedad establecida en el Capítulo F de la Sección IV del PV el empleo de métodos de alto rendimiento para la determinación de la densidad seca in-situ como lo son los que utilizan dispositivos de tipo nuclear. El empleo de este tipo de dispositivos se realizará de acuerdo a la norma ASTM 6938. Antes de comenzar a utilizarse los mismos, se corroborarán sus resultados con las determinaciones realizadas de acuerdo a la norma AASHTO T-147. Esta corroboración se llevará a cabo al menos una vez por kilómetro o las veces que el Director de Obra lo indique.
En bases y capas asfálticas:
Se realizarán ensayos de Deflectometria durante la etapa constructiva para la capa de base y capas de mezclas asfálticas para verificar si las mismas cumplen sus respectivos valores de proyecto, siempre antes de cubrirla con la capa siguiente.
Se realizarán mediciones directas con Deflectómetro de Impacto tipo FWD (Falling Weight Deflectometer) dicha medición se realizará cada 10m y en todos los carriles de circulación y sentido. Se realizará según las normas ASTM D 4694 y ASTM D 4695.
El tránsito o transporte de maquinarias, equipos, materiales o cualquier otro, en rutas y puentes, estará sujeto a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Circulación Vial, Decreto 118/984, concordantes y modificativos.
Los aportes por leyes sociales a generarse por el presente contrato serán de cargo del Contratista.
La Dirección Nacional de Vialidad no liberará comprobante el certificado de avance de obra (CAO) ni los CCH-O hasta que el Contratista presente de pago correspondiente al mes anterior. Además, el Contratante dará aviso al financista del atraso correspondiente al pago de LLSS por parte del Contratista.
Por tratarse de una obra pública de ingeniería con técnicos del Concedente se exonera el aporte a la Caja de Jubilaciones de Profesionales, por la tanto no rige en este caso para la Administración el Art. 71, Inciso E de la Ley 17.738 de 2004.
El Contratante o el Concedente podrán en cualquier momento, inspeccionar y/o auditar por sí o a través de terceros todas las instalaciones del Contratista, total o parcialmente afectadas a la obra (frente de obra, obrador, planta de hormigón, planta de mezcla asfáltica, canteras, talleres de maquinaria, talleres de elaboración de señales, depósito de residuos, etc.).
68. EVALUACIÓN DE CALIDAD DE OBRA EN SERVICIO DE FRECUENCIA ANUAL
La Dirección de Obra, una vez efectuada el ATTO sistemáticamente cada año realizará una evaluación de indicadores de acuerdo a lo establecido en el Anexo X Índices de Calidad, utilizando los métodos de medición establecidos en las normas y metodologías descritas en ese Anexo obteniéndose un Índice de Calidad de Obra en Servicio (ICOS).
La DNV entregará al Contratista un informe con el resultado de las mediciones realizadas, detallando el grado de cumplimiento respecto de los valores establecidos del ICOS en el Anexo X Índices de Calidad, para cada uno de sus parámetros.
El Contratista en función del resultado obtenido elaborará un informe con las acciones a realizar de forma de levantar los incumplimientos detectados. Dispondrá para ello de 10 (diez) días hábiles a partir de la fecha de notificación del resultado de las mediciones.
Sin perjuicio de lo anterior la Dirección de Obra podrá emitir una Orden de Servicio detallando las secciones que presentan incumplimientos estableciendo el plazo para su corrección, atento al tipo, longitud y volumen de obra que el Contratista estime necesaria para llevar los indicadores a valores admitidos.
69. MANTENIMIENTO POR NIVELES DE SERVICIO.
Durante la etapa de mantenimiento (una vez obtenida el ATTO), el Contratista, además de las tareas rutinarias y periódicas para el mantenimiento de la infraestructura en igual o mejor estado y condición que los determinados como estados límite inferiores, deberá desarrollar todas las actividades tendientes a implementar acciones a corto, mediano y largo plazo con la finalidad de alcanzar, conservar o elevar esos estados, previendo su comportamiento futuro.
A los distintos ítems de mantenimiento que integran el contrato (calzada, banquina, obras de arte, seguridad vial, faja de dominio público, iluminación) se le establecen indicadores de estado denominados Estándares.
El conjunto de estándares representa en forma global el estado de la carretera que se expresa por medio de un indicador de la calidad del servicio prestado denominado Nivel de Servicio (a excepción de la Iluminación cuyo Nivel de Servicio será evaluado de manera independiente del resto de los ítems).
En los Anexos XI Estándares de Servicio y XII Metodología para la determinación de los niveles de servicio, se establecen respectivamente:
• Las exigencias para los Estándares con sus correspondientes metodologías de evaluación, para todos los ítems de mantenimiento que integran el Contrato (calzada, banquina, obras de arte, seguridad vial, faja de dominio público, iluminación).
• La exigencia para el Nivel de Servicio Global prestado en la carretera y su metodología de evaluación, para expresar en un único indicador el grado de cumplimiento de los estándares de los diversos ítems de mantenimiento Contrato (calzada, banquina, obras de arte, seguridad vial, faja de dominio público), dentro de un tramo del Contrato o de todo el Contrato.
70. DESARROLLO DEL MANTENIMIENTO
Como parte del mantenimiento el Contratista elaborará una serie de planes e informes que se detallan a continuación, los que deberán entregarse dentro de los plazos establecidos en la presente cláusula. La Dirección de Obra los evaluará, pudiendo modificarlos cuando lo estime conveniente, y remitirá a la División Mantenimiento para su aprobación.
1. Plan de Mantenimiento.
Dentro de los 20 (veinte) días corridos siguientes a cada evaluación semestral, se presentará la planificación de las tareas necesarias para mantener y/o alcanzar los estándares estipulados en el semestre siguiente.
2. Plan de Mantenimiento Final.
Dentro de los 20 (veinte) días corridos siguientes a la primera evaluación para la Recepción del Contrato, se entregará el Plan de Mantenimiento Final con la planificación de las tareas para ejecutar durante el último semestre.
3. Bitácora de Obra.
Dentro de los 10 (diez) días corridos una vez transcurrido el mes anterior, se presentará la Bitácora de Obra donde el Contratista registrará diariamente los hechos o actos más relevantes que ocurran durante la ejecución del contrato relativo al mantenimiento, ejecución de obras, medio ambiente, accidentes, etc.
También se informará en la misma todos los hechos relacionados con la vigilancia de dominio público (como ser ocupaciones en la faja de dominio público, daños a la infraestructura vial o de servicios, trabajos que estén realizando terceros en la faja, accidentes de tránsito, etc.).
4. Sondeos de Cauce.
El Contratista efectuará Sondeos de Cauce en los cursos de los puentes con frecuencia semestral y siempre luego de lluvias o crecidas importantes, los que se incluirán en un informe semestral que se entregará dentro de los 10 (diez) días corridos anteriores a las evaluaciones semestrales a la División Mantenimiento.
En particular se tomarán los niveles de terreno iniciales al comienzo del Contrato dentro de los primeros 10 (diez) días corridos posteriores a la firma del ATTO.
Las medidas se tomarán con una soga graduada con precisión del centímetro y una pesa, aguas arriba y abajo, en cada pila intermedia y en los estribos, indicando el nivel de referencia (de preferencia la cara superior de la vereda o de las defensas en su caso).
Las mediciones serán registradas y procesadas en archivo magnético de forma de poder hacer un seguimiento y su visualización gráfica. El Contratante podrá proporcionar un archivo digital en el que también deberán volcarse los datos y en ese caso el nivel de referencia a adoptar.
Los documentos de gestión, así como cualquier otra información que la Dirección de Obra entienda pertinente, deberá ser ingresada a una aplicación web que se dará acceso a la misma una vez firmada el acta de replanteo y a solicitud del Contratista. Cada vez que se ingrese un documento nuevo o se modifique alguno ya existente se dará aviso a la Dirección de Obra vía mail. Independientemente de la existencia de esta aplicación la Dirección de Obra podrá exigir la presentación de la documentación en otro formato.
Estas tareas no serán objeto de pago directo, quedando prorrateado en el rubro “c” previsto en la cláusula 36: Pagos al Contratista por cumplimiento del Componente C.
El incumplimiento en tiempo y forma de la presentación de los informes y demás detallados en la presente, se sancionará aplicando una multa equivalente a USD 200 (dólares estadounidenses doscientos) por día corrido y por informe, hasta su presentación en forma a exclusivo juicio del Contratante.
Para los distintos ítems de mantenimiento que integran el Contrato (calzada, banquina, obras de arte, seguridad vial, faja de dominio público, Iluminación) se le establecen indicadores de estado denominados estándares.
Los estándares se clasifican en dos tipos:
Básicos:
Refieren a estándares básicos, cuyo incumplimiento compromete la seguridad del usuario, requiriendo una inmediata respuesta para su solución.
Complementarios:
Estos estándares están directamente relacionados con el mantenimiento preventivo del contrato, su finalidad es desacelerar el deterioro de la infraestructura y la corrección de un incumplimiento no amerita un plazo de respuesta inmediato, al no comprometer la seguridad del usuario.
Deberá respetarse los Plazos de Respuesta o Reparación indicados en las Tablas del Anexo XI Estándares de servicio, salvo que la Dirección de Obra por razones fundadas fije un plazo diferente menor a éstos.
71. Evaluaciones de los niveles de servicio.
Para verificar el cumplimiento de los estándares e indicadores globales, se realizarán las siguientes evaluaciones:
71.1. Evaluaciones no programadas.
La Dirección de Obra y/o a la División Mantenimiento, en cualquier momento y tramo xx xxxx, y sin previo aviso al Contratista, realizará evaluaciones para verificar el cumplimiento de todos los estándares básicos y de aquellos estándares complementarios que por su grado de incumplimiento comprometan la seguridad de la infraestructura, las condiciones y prácticas laborales, técnicas constructivas y demás obligaciones contractuales.
Los incumplimientos detectados serán comunicados al Contratista mediante una Orden de Servicio de acuerdo al formato establecido en el Anexo XIV: Modelo de documentos.
Será obligación del Contratista responder con un comunicado de obra especificando la reparación.
71.2. Evaluaciones programadas de frecuencia semestral
El Contratante, notificará al Contratista la fecha de la evaluación con un mínimo de 10 (diez) días corridos de anticipación.
71.2.1.Calzada, Banquina, Obras de Arte, Seguridad Vial y faja de Dominio Público.
Una vez efectuada la ATTO, sistemáticamente cada seis meses se realizará una evaluación semestral del Contrato para evaluar y cuantificar el Nivel de Servicio de cada uno de los tramos y Global de Contrato (ver Anexo XII Metodología para la determinación de los niveles de servicio).
Esta evaluación se efectuará en todos los tramos sobre una muestra del 10% como mínimo de todas las secciones contratadas seleccionada al azar (ver Anexo XII Metodología para la determinación de los niveles de servicio).
El primer día de la evaluación, la División Mantenimiento realizará el sorteo de los kilómetros a evaluar labrándose un acta con el resultado del mismo (Acta de Inicio de la Evaluación), según el formato en el Anexo XIV: Modelo de documentos, la cual suscribirán la División Mantenimiento y un Representante del Contratista (Ingeniero Residente, Representante Técnico).
En dicha Acta de Inicio y mediante nota, el Contratista podrá solicitar la flexibilización puntual y temporal de algún estándar que por eventos extraordinarios ajenos al Contratista no se pudiera
cumplir (propaganda en periodos xx xxxxxxx electoral, exceso de altura xx xxxxx en periodos de lluvia de mucha duración previa a la evaluación que haga que el ingreso de los tractores sea perjudicial, etc.). No se considera evento extraordinario el aumento de tránsito y exceso de cargas en los tramos que componen la ruta.
En la nota debe de estar claramente justificado la razón de la flexibilización solicitada, el estándar afectado, el tramo donde aplica, la fecha de comienzo y finalización y las medidas compensatorias que propone realizar el Contratista en atención a la flexibilización solicitada.
La División Mantenimiento considerará si tiene en cuenta dicha solicitud de flexibilización a su exclusivo juicio.
Finalizada la evaluación en campo (la cual se realizará sin tener en cuenta la flexibilización solicitada) se labrará un acta, según el formato en el Anexo XIV: Modelo de documentos, describiéndose los incumplimientos detectados (Acta de Campo), que será suscrita por la División Mantenimiento y un Representante del Contratista (Ingeniero Residente, Representante Técnico). Eventualmente se podrá realizar un Acta de Campo por cada ítem de mantenimiento (Calzada y Banquina, Seguridad Vial, Obras de Arte Menor y Faja de Dominio Público y Obras de Arte Mayor) en este caso el acta será firmada por la División Mantenimiento y el representante que designe el Contratista para concurrir a la evaluación de cada ítem de mantenimiento (en el caso que concurra a la totalidad de la evaluación).
Si el Contratista no concurriese a la evaluación de algún ítem de mantenimiento (en forma total o parcial), el mismo no podrá formular descargos posteriormente en aquellos ítems a los cuales no haya concurrido.
Durante el periodo comprendido entre el Acta de Inicio de Evaluación y el Acta de Campo de la evaluación, el Contratista no podrá realizar ninguna tarea en los kilómetros a evaluar. Si se constata que en algún kilómetro el Contratista incumple lo establecido anteriormente, se procederá a anular los mismos, y será pasible de multas. Se dejará registro en el Acta de Campo (ver Anexo XIV: Modelo de documentos).
Si durante la evaluación, la Dirección de Obra considera que una de las muestras sorteadas, por cualquier motivo, con excepción de lo expresado anteriormente, no fuera representativa del tramo a evaluarse en alguno de los ítems de mantenimiento, podrá sustituirla por otra perteneciente al mismo tramo, dejando registrado este cambio y los motivos que lo originaron en el Acta de Campo, pudiendo el Contratista realizar las observaciones que estimara pertinentes en caso de disconformidad en los descargos posteriores.
La División Mantenimiento atendiendo tanto a la flexibilización solicitada por el Contratista (planteada en el Acta de Inicio de la Evaluación) y con el resultado de la evaluación de campo calculará los Niveles de Servicio por tramo y Global del Contrato y el Índice de Calidad de Mantenimiento.
Una vez determinado el resultado preliminar de la evaluación se avisará al Contratista para que este se notifique del mismo, disponiendo de un plazo de 2 (dos) días hábiles contados a partir de la fecha de aviso.
El Contratista podrá presentar descargos referidos al resultado preliminar de la evaluación para lo cual dispondrá de 3 (tres) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación para presentar los mismos.
Solo serán de recibo aquellos descargos que refieran a discrepancias con los incumplimientos detectados en la evaluación.
La DNV estudiará dichos descargos modificando si así lo entendiera el resultado preliminar de la evaluación, confeccionándose de esta forma el resultado final de la evaluación.
Si alguno de los plazos anteriormente mencionados no se cumpliese por parte del Contratista se dará por valido el resultado preliminar de la evaluación quedando esta como final.
Una vez determinado el resultado final de la evaluación se avisará al Contratista para que este se notifique del mismo, disponiendo de un plazo de 2 (dos) días hábiles contados a partir de la fecha de aviso.
Para dar por terminada la evaluación al momento de notificar al Contratista del resultado final de la evaluación se labrará un acta (Acta de Finalización de la Evaluación), según el formato en el Anexo XIV: Modelo de documentos, describiéndose los incumplimientos detectados, el cálculo del Nivel de Servicio de Tramo (NSt) para cada uno de los tramos, el cálculo del Nivel de Servicio Global del Contrato (NSGC) y el cálculo del Índice de Calidad de Mantenimiento (ICM) que será suscrita por la División Mantenimiento y el Ingeniero Residente o el Representante Técnico.
El Acta de Finalización de la Evaluación oficiará automáticamente de Orden de Servicio para el levantamiento de los incumplimientos detectados con los plazos de respuesta establecida para cada uno de los estándares, a partir de la fecha de la misma.
Una vez resueltos los incumplimientos por parte del Contratista, éste notificará por escrito a la Dirección de Obra, la que deberá verificar y comunicar al Contratista lo constatado dentro de los 4 (cuatro) días hábiles siguientes.
Una vez efectuada la ATTO, sistemáticamente cada seis meses se realizará una evaluación semestral del Contrato para evaluar estado general de la infraestructura de las obras incluyendo columnas, luminarias y brazos, canalizaciones, tableros y mediciones eléctricas y cuantificar el Nivel de Servicio de la Iluminación del Contrato (NSI) (ver Anexo XI Estándares de servicio).
Esta evaluación se efectuará en todo el contrato sobre una muestra del 10% como mínimo del total de tableros de Iluminación mantenidos, seleccionada al azar (ver Anexo XII Metodología para determinación de los niveles de servicio).
El primer día de la evaluación, la División Seguridad en el Tránsito realizará el sorteo de los tableros a evaluar labrándose un acta con el resultado del mismo (Acta de Inicio de la Evaluación), según el formato en el Anexo XIV Modelo de documentos, la cual suscribirán la División Seguridad en el Tránsito y un Representante del Contratista (debidamente acreditado). En ese momento se coordinará el día y hora de la evaluación de campo.
En dicha Acta de Inicio y mediante nota, el Contratista podrá solicitar la flexibilización puntual y temporal de algún estándar que por eventos extraordinarios ajenos al Contratista no se pudiera cumplir (la cual posteriormente será evaluada por el Contratante a los efectos de decidir si la flexibilización planteada en la misma es de recibo). En la nota debe de estar claramente justificado la razón de la flexibilización solicitada, el estándar afectado, el tablero donde aplica, la fecha de comienzo y finalización y las medidas compensatorias que propone realizar el Contratista en atención a la flexibilización solicitada.
Finalizada la evaluación en campo (la cual se realizará sin tener en cuenta la flexibilización solicitada) se labrará un acta, según el formato en el Anexo XIV Modelo de documentos describiéndose los incumplimientos detectados (Acta de Campo), que será suscrita por la División Seguridad en el Tránsito y un Representante del Contratista.
Si el Contratista no concurriese a la evaluación de campo, el mismo no podrá formular descargos posteriormente.
Durante el periodo comprendido entre el Inicio de la Evaluación de Campo y el Acta de Campo de la evaluación, el Contratista no podrá realizar ninguna tarea en los tableros a evaluar. Si se constata que en alguno de ellos el Contratista incumple lo establecido anteriormente, se procederá a anular los mismos (se considerará que incumple todos los estándares a evaluar en dicho tablero), y será pasible de multas. Se dejará registro en el Acta de Campo (ver Anexo XIV Modelo de documentos).
Si durante la evaluación, la Dirección de Obra considera que una de las muestras sorteadas, por cualquier motivo, con excepción de lo expresado anteriormente, no fuera representativa del mantenimiento del periodo a evaluarse, podrá sustituirla por otra, dejando registrado este cambio y los motivos que lo originaron en el Acta de Campo, pudiendo el Contratista realizar las observaciones que estimara pertinentes en caso de disconformidad en los descargos posteriores.
La División Seguridad en el Tránsito atendiendo tanto a la flexibilización solicitada por el Contratista (planteada en el Acta de Inicio de la Evaluación, y si esta fuese de recibo) y con el resultado de la evaluación de campo calculará el Nivel de Servicio de la Iluminación del Contrato (NSI).
Una vez determinado el resultado preliminar de la evaluación se avisará al Contratista para que este se notifique del mismo, disponiendo de un plazo de 2 (dos) días hábiles contados a partir de la fecha de aviso.
El Contratista podrá presentar descargos referidos al resultado preliminar de la evaluación para lo cual dispondrá de 3 (tres) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación para presentar los mismos.
Solo serán de recibo aquellos descargos que refieran a discrepancias con los incumplimientos detectados en la evaluación.
La DNV estudiará dichos descargos modificando si así lo entendiera el resultado preliminar de la evaluación, confeccionándose de esta forma el resultado final de la evaluación.
Si alguno de los plazos anteriormente mencionados no se cumpliese por parte del Contratista se dará por valido el resultado preliminar de la evaluación quedando esta como final.
Una vez determinado el resultado final de la evaluación se avisará al Contratista para que este se notifique del mismo, disponiendo de un plazo de 2 (dos) días hábiles contados a partir de la fecha de aviso.
Para dar por terminada la evaluación al momento de notificar al Contratista del resultado final de la evaluación se labrará un acta (Acta de Finalización de la Evaluación), según el formato en el Anexo XIV Modelo de documentos, describiéndose los incumplimientos detectados y el cálculo del Nivel de Servicio de la Iluminación del Contrato (NSI) y el cálculo del Índice de Calidad de Mantenimiento de Iluminación (ICMI) que será suscrita por la División Seguridad en el Tránsito y el Ingeniero Residente o el Representante Técnico.
El Acta de Finalización de la Evaluación oficiará automáticamente de Orden de Servicio para el levantamiento de todos los incumplimientos detectados en los tableros evaluados con los plazos de respuesta establecida para cada uno de los estándares, a partir de la fecha de la misma.
Una vez resueltos los incumplimientos por parte del Contratista, éste notificará por escrito a la Dirección de Obra, la que deberá verificar y comunicar al Contratista lo constatado dentro de los 4 (cuatro) días hábiles siguientes.
72. VALORES ADMISIBLES PARA LOS NIVELES DE SERVICIO
Los valores admisibles en cada una de las Evaluaciones Semestrales del Nivel de Servicio Global del Contrato, del Nivel de Servicio para cada tramo y del Nivel de Servicio de la Iluminación son los siguientes:
• El nivel de servicio global del contrato deberá ser mayor o igual a 95,0 durante la duración del contrato.
• El nivel de servicio de la Iluminación del contrato deberá ser mayor o igual a 95,0 durante la duración del contrato.
• El nivel de servicio por tramo deberá ser mayor o igual a 95,0 durante la duración del contrato.
ANEXOS
ANEXO I: ZONA OBJETO DEL CONTRATO
Detalle de tramos que integran el contrato.
Nº tramo DNV | Descripción | Progresiva Inicial | Progresiva Final | Longitud (km) |
713 | Entrada Pan de Azucar - Ao P. de Azucar | 105k650 | 106k450 | 0,80 |
220 | Xxxxxx Pan de Azúcar - Xxxxxx del Sauce | 106k450 | 121k600 | 15,15 |
221 | Xxxxxx del Sauce - Acc. San Xxxxxx | 121k600 | 141k900 | 20,3 |
222 | Acc. San Xxxxxx - Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx | 141k900 | 159k600 | 17,7 |
223 | Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx - Xxxxxx Xxxxxx | 159k600 | 177k800 | 18,2 |
224 | Xxxxxx Xxxxxx - Xxxxxx Xxxxx | 177k800 | 202k400 | 24,6 |
225 | Xxxxxx Xxxxx - 224K000 | 202k400 | 210k000 | 7,6 |
713 dupli. | Ao P. de Azucar - Entrada Pan de Azucar | 106k450 | 105k650 | 0,80 |
220 dupli. | Xxxxxx del Sauce - Xxxxxx Pan de Azúcar | 121k600 | 106k450 | 15,15 |
221 dupli | Acc. San Xxxxxx - Xxxxxx del Sauce | 141k900 | 121k600 | 20,3 |
222 dupli | Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx - Xxx. San Xxxxxx | 159k600 | 141k900 | 17,7 |
223 dupli | Xxxxxx Xxxxxx - Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx | 177k800 | 159k600 | 18,2 |
224 dupli | Xxxxxx Xxxxxx - Xxxxxx Xxxxx | 202k400 | 177k800 | 24,6 |
225 dupli | 224K000 - Xxxxxx Xxxxx | 210k000 | 202k400 | 7,6 |
Longitud total (L) | 208,7 |
Nota: independientemente de la longitud total de estos tramos a los efectos de la cotización y pago se considerarán con las longitudes indicadas en la tabla.
XXXXX XX: MODELO DE PROPUESTA ECONÓMICA
1. COMPONENTES DE LA COTIZACIÓN
La cotización se realizará en base a tres componentes denominados A, B y C.
COMPONENTE A:
El Componente A corresponde a las obras previstas en la vía nueva.
El Oferente cotizará el componente A por precio global en pesos uruguayos cuyo resultado será el presentado en el cuadro de metrajes y precios unitarios. Se debe expresar el total con desglose en monto de obra, IVA y MI asociado, en pesos uruguayos1.
Este componente tendrá los costos adicionales de financiamiento para llevar adelante la obra, para ello el Oferente multiplicará la cotización de la obra en pesos uruguayos por un coeficiente de costos adicionales de financiamiento, tal como se muestra en la siguiente fórmula:
𝐴 = (𝑃𝑎 ∗ 𝑀𝑎 + 𝐿𝐿𝑆𝑆𝑎) ∗ 𝑓𝑎
Siendo:
A: Componente A de la oferta
Pa: Vector de precios unitarios de la obra A Ma: Vector de metrajes de la obra A LL.SSa: Leyes Sociales de la obra A
𝑓𝑎: Factor multiplicador de los costos de financiamiento
El Componente A será el valor en pesos uruguayos de dicha multiplicación.
El Oferente es responsable por los metrajes presentados en ocasión de la licitación. En el caso que durante la ejecución del contrato se excedan estas cantidades, lo ejecutado en exceso será de cargo del Contratista, salvo que los aumentos provengan de trabajos adicionales ordenados por el Contratante.
Los costos de cualquier trabajo, para el cual no se hubiera establecido precios unitarios, serán considerados incluidos en los costos de otros rubros.
Los precios unitarios serán empleados además para la certificación mensual de los trabajos realizados en los CAO.
En caso de que aún después de celebrado el contrato, se observara en el proyecto alguna discrepancia con lo especificado, el Contratista estará obligado, si la DNV lo estima conveniente, a ajustar el proyecto en ese sentido a entera satisfacción de ésta, y sin que ello signifique ningún aumento del precio total establecido. En el caso eventual que, como consecuencia de la modificación del proyecto presentado, resultara una reducción del contrato, se disminuirá el monto del precio total contratado, multiplicando los precios unitarios correspondientes por dicha reducción.
1 A modo de referencia sin que sea vinculante ni implique compromiso alguno para el Contratante, se agrega el cuadro de metrajes del anteproyecto de referencia en el apartado INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA.
El Contratante provee en el Anexo III – Formularios de la Licitación, un cuadro de coeficientes para la fórmula paramétrica, a modo de referencia, para el ajuste de precios de los rubros ofertados, y un listado de rubros que deberán utilizar para la presentación de su oferta. De ser necesario crear rubros adicionales no incluidos en dicho listado de rubros, el Oferente deberá realizar una consulta de acuerdo lo previsto en la cláusula 6.1: Aclaración de los documentos de la licitación, donde proponga los coeficientes para la aplicación de la fórmula paramétrica de esos rubros, los que deberán estar debidamente justificados a plena satisfacción del Contratante, quien podrá en definitiva aceptarlos o rechazarlos a través de la emisión del comunicado correspondiente.
El proyecto ejecutivo y todas sus modificaciones posteriores pertenecerán en calidad de propiedad y en su totalidad a la Dirección Nacional de Vialidad del MTOP.
Los aportes por leyes sociales emanadas del contrato serán de cargo del Contratista.
COMPONENTE B:
El Componente B corresponde a las obras de rehabilitación previstas en la vía original.
La DNV proporcionará un cuadro de metrajes correspondiente a estas obras. El Oferente cotizará el componente B por precios unitarios en pesos uruguayos. Se debe expresar el total con desglose en monto de obra, IVA y Monto Imponible asociado, en pesos uruguayos.
𝐵 = 𝑃𝑏 ∗ 𝑀𝑏 + 𝐿𝐿𝑆𝑆𝑏
Siendo:
B: Componente B de la oferta
Pb: Vector de precios unitarios de la obra B Mb: Vector de metrajes de la obra B LL.SSb: Leyes Sociales de la obra B
Los aportes por leyes sociales emanadas del contrato serán de cargo del Contratista.
COMPONENTE C
El Componente C se refiere al mantenimiento de la infraestructura especificada en el Pliego de Condiciones Técnicas Particulares luego de ejecutada la obra de cada componente A y B.
El Componente C se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
𝐶 = 𝑐 ∗ 120 ∗ 𝐿 + 𝐿𝐿𝑆𝑆𝑐
Siendo:
𝑐 : Precio unitario cotizado para el mantenimiento por km.mes en pesos uruguayos
𝐿: Longitud total del contrato (según el Anexo I: Zona objeto del contrato) LLSSc: Leyes Sociales del Componente C
2. MONEDA DE LOS PRECIOS UNITARIOS PRESENTADOS EN LA OFERTA
El Oferente deberá cotizar los precios unitarios en pesos uruguayos, los que serán utilizados para realizar el ajuste paramétrico.
3. MODELO RESUMEN DE PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica deberá realizarse de acuerdo al siguiente modelo:
Los abajo firmantes en nombre y representación del Oferente, declaran que se comprometen a la ejecución del presente Contrato.
En caso de discrepancia entre los valores ofertados en la presente proposición y el resto de documentos de la oferta, predominarán los valores expresados en este Resumen de la Oferta Económica.
Sólo a los efectos de la presentación de la oferta, la información deberá organizarse en el formato de la Exposición_Estandar.xls del Anexo V Presentación del Plan Económico Financiero (PEF) y Exposición Estándar del PEF.
En el caso del Componente C, no será necesaria más que una memoria descriptiva de las tareas que proyecta ejecutar, así como su frecuencia.
ANEXO III: FORMULARIOS DE LA LICITACIÓN
A. Formularios para la oferta
B. Oferente
C. Modelo para las garantías
D. Formulario de Identificación del Oferente
X. Xxxxxx de rubros, grupos y coeficientes paramétricos de DNV
Formularios para la oferta
Formulario para el resumen de la oferta
(los Oferentes deberán adjuntar el presente resumen en la primera hoja de su propuesta económica)
Resumen de la Oferta
Licitación: Empresa:
Nº identificación BPS: Nº identificación DGI: Oferta
COMPONENTE A)
i) monto de obra: oferta sin IVA incluyendo LLSS (en pesos uruguayos).
........................................................................................................................................
ii) Factor Multiplicador de financiamiento fa
.............................................................................................................................................
iii) Monto total del Componente A (i*ii )
.............................................................................................................................................
iv)Proporción solicitada en dólares estadounidenses (x)
.............................................................................................................................................
v) Proporción solicitada en unidades indexadas (1-x)
............................................................................................................................................. COMPONENTE B)
i) monto de obra: oferta sin IVA incluyendo LLSS (en pesos uruguayos)
............................................................................................................................................. COMPONENTE C)
i) c = monto de mantenimiento por kilómetro.mes (rubro 5160) sin IVA ni LLSS (en pesos uruguayos)
.............................................................................................................................................
ii) Monto total del Componente C = 𝑐 ∗ 120 ∗ 52,7 + 𝐿𝐿𝑆𝑆𝑐
.............................................................................................................................................
Monto de la oferta (MO)
Monto de Componente A + Monto de Componente B + Monto de Componente C = MO
.............................................................................................................................................
Formulario para la oferta
[Lugar, fecha]
Corporación Vial del Uruguay S.A Sr. Gerente
Presente
[nombre] que suscribe, estableciendo a todos los efectos legales domicilio en (dirección y correo electrónico), se compromete, sometiéndose a las leyes y tribunales del país, con exclusión de todo otro recurso, a ejecutar el Contrato de Obra Pública de diseño, construcción, rehabilitación, mantenimiento, gestión y financiamiento de la infraestructura vial de la Ruta 9 entre las progresivas 105K650 – 210K000 de acuerdo al proyecto, las especificaciones y otros documentos de licitación que declara conocer y aceptar, por el Monto de (MO).
Se adjuntan:
Para el Componente A:
1) Cuadro de metrajes con indicación de precios unitarios y precio total, factor de financiamiento y proporción en USD y UI
2) Monto imponible de jornales.
3) Plan de Desarrollo de los Trabajos y Preventivo de flujo de fondos.
Para el Componente B:
1) Cuadro de metrajes con indicación de precios unitarios y precio total.
2) Monto imponible de jornales.
3) Plan de Desarrollo de los Trabajos y Preventivo de flujo de fondos.
Para el Componente C:
1) c = monto de mantenimiento por kilómetro.mes
2) Monto Imponible de jornales
Plan Económico y Financiero del Contrato.
Saluda a Ud. atentamente:
Firma
Oferente
Quien subscribe, en representación de declara que la información suministrada es
completa, actual y vigente:
1 Para Oferentes individuales o para cada integrante de una asociación o grupo
a) Naturaleza jurídica del Oferente: [adjuntar]
Lugar de la inscripción:
Sede principal de actividades:
Poder otorgado a favor del firmante de la oferta (en caso de ser apoderado):
[adjuntar]
b) Volumen total de obras de carreteras y/x xxxxxxx del Contratista
País | Contratante y contacto | Nombre de la obra | Tipo de obras realizadas | Fecha de recepción provisoria o fecha prevista de terminación | Monto del contrato o monto ejecutado en el período especificado | Folio oferta |
Nota: 1) Los montos se indicarán en pesos uruguayos, impuestos y leyes sociales incluidos. 2) En las obras en ejecución comprometidas se incluirá la fecha prevista de terminación y monto ejecutado en el período especificado. 3) Folio: indicar número de hoja oferta en la cual se acreditan estos datos.
Certificados de los Contratantes de las obras: [adjuntar]
c) Experiencia del Contratista en obras de naturaleza y magnitud iguales o similares a la de las obras en cuestión, como Contratista principal o responsable
País | Contratante y contacto | Nombre de la obra | Tipo de obras realizadas | Magnitud representativa del tipo de obra | Monto del contrato o monto ejecutado en el período especificado | Folio oferta |
Nota: 1) Los montos se indicarán en pesos uruguayos impuestos y leyes sociales incluidos. 2) En las obras en ejecución comprometidas se incluirá la fecha prevista de terminación y monto ejecutado en el período especificado. 3) Folio: indicar número de hoja oferta en la cual se acreditan estos datos.
Certificados de los Contratantes de las obras: [adjuntar]
d) Plan de desarrollo de los trabajos (PDT) y Preventivo de Flujo de Fondos (PFF):
Rubro | Porcentaje de avance mensual | ||||||
Grupo | Descripción | Unidad | 1 | 2 | 3 | … | … |
Avance Mensual (%) | |||||||
Avance Acumulado (%) |
El PDT y PFF deben cumplir con una ejecución mínima del 12,5% al cumplirse el primer tercio de la Obra y 50% al segundo tercio.
Equipos propuestos para la ejecución de las obras del contrato:
Equipo | Descripción, marca y antigüedad | Estado | Propio, arrendado, por comprar, del subcontratista | Producción diaria | Equipo empleado en cada mes | |||||
Contratos afectados | 1 | 2 | 3 | … | … | |||||
Nota: 1) La antigüedad se expresa en años. 2) El estado se cataloga en nuevo, bueno o malo.
e) Subcontratos propuestos y empresas participantes:
Trabajo asignado | Subcontratista | Experiencia en obras similares |
f) Calificación y experiencia del personal técnico propuesto para desempeñarse en lo directamente vinculado al contrato:
Función | Nombre | Años de experiencia en el cargo propuesto | Años de experiencia general | Otras obras o trabajos asignados | Folio oferta |
Nota: 1) Folio: indicar número de hoja oferta en la cual se acreditan estos datos.
Currículos: [adjuntar]
g) Litigios: Los litigios pendientes no podrán representar en total más del 40% del patrimonio neto del oferente:
Otra(s) parte(s) | Causa de la controversia | Monto en cuestión |
h) Multas por incumplimientos del Oferente durante los últimos 5 años:
Contrato | Monto total certificado | Mes/Año | Motivo de la multa | Monto de multa | Porcentaje multas/monto total certificado |
…….. | $ ……. | Abril/2017 | ……….. | $ ……. | ..,..% |
……. | ……….. | $ ……. | |||
Diciembre/2018 | ……….. | $ ……. | |||
…….. | |||||
…….. |
Nota: 1) Se deberá presentar cuadro con detalle de multas recibidas en todos los contratos ejecutados en el período establecido en el pliego licitatorio, independientemente de que las mismas no superen el 10,00% establecido. 2) Los montos se indicarán en pesos uruguayos y deben corresponder únicamente al período establecido en el pliego licitatorio.
3) El monto total certificado en el período establecido incluye valor básico y paramétrico. 4) El monto de multa deberá ser a precios básicos más su respectiva paramétrica, si correspondió ajustarse de acuerdo a lo establecido en el pliego de condiciones particulares de la respectiva licitación. 5) El porcentaje de multas sobre el monto total certificado se debe calcular con 2 (dos) cifras significativas. 6) Monto total certificado y Mes/Año corresponden a la fecha de aplicación en el programa de certificación.
i) Nivel de Servicio obtenido en Evaluaciones Semestrales por el Oferente:
Contrato | Año: 2017 | ……….. | Año: 2021 | % evaluaciones por encima del exigido 2017-2021 | ||||||
Primer Semestre | Segundo Semestre | Primer Semestre | Segundo Semestre | |||||||
Mes/ Año | NS | Mes/ Año | NS | ……….. | Mes/ Año | NS | Mes/ Año | NS | ||
……….. | ……….. | xx,x % |
……….. | ……….. | xx,x % | ||||||||
…….. | ……….. | xx,x % |
Nota: 1) NS: Nivel de Servicio Global del contrato obtenido en la evaluación semestral luego de descargos, expresado con una cifra significativa. 2) Mes/Año: corresponde a la fecha de realizada la evaluación semestral.
Modelo para las garantías
Las garantías deberán ser depositadas en la sede del Contratante y el documento deberá contener necesariamente:
• Designación de la obra.
• Concepto por el que se deposita (mantenimiento de la oferta, fiel cumplimiento del contrato para la etapa de obra y mantenimiento).
Sin estos requisitos el Contratante no recibirá ninguna garantía.
Garantía de mantenimiento de la oferta
Si se opta por el aval bancario deberá ajustarse necesariamente al siguiente formulario:
[Lugar, fecha]
Corporación Vial del Uruguay S.A Sr. Gerente General
Presente
Por la presente nos constituimos fiadores solidarios renunciando al beneficio de excusión de la empresa [nombre del Oferente] por la suma de USD [monto] como respaldo para el mantenimiento de la oferta de la licitación denominada [nombre de la licitación].
Esta fianza se mantendrá por el plazo de [plazo] días corridos hasta la presentación de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
El Banco se compromete a entregar al Contratante el importe garantizado, en xxxxx Xxxxxx Xx 000, xxxx 0x, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx.
Se fija como domicilio especial a los efectos a que dé lugar este documento en Montevideo, [domicilio].
Se solicita la intervención xxx xxxxxxxxx [nombre].
Firmas de Representantes del Banco
Nota:
El Aval bancario deberá tener firmas certificadas por escribano público. Dicha certificación deberá ser hecha en sellado notarial, con los timbres correspondientes al monto de la garantía de que se trata e incluirá el control de las sociedades y poderes.
Garantía de fiel cumplimiento del contrato
En este caso, el formulario que antecede se ajustará así:
• Sustituir la referencia: "como respaldo para el mantenimiento de la oferta" por "como respaldo del fiel cumplimiento del contrato en etapa de” obra o mantenimiento según corresponda.
• Sustituir: "esta fianza se mantendrá por el plazo de [plazo] días corridos hasta la presentación de la garantía de fiel cumplimiento del contrato" por "esta fianza se mantendrá hasta la recepción definitiva del contrato".
Formulario de Identificación del Oferente
LICITACIÓN PUBLICA Nº /2021...
PERSONA FÍSICA (nombres y apellidos completos)
PERSONA JURÍDICA (denominación de la sociedad)
En caso de diferir, nombre comercial del oferente
Cédula de identidad o R.U.T.
Domicilio constituido a los efectos de la presente Licitación:
Calle: Nº:
Ciudad o Localidad:
Código Postal: País:
Teléfono Nº: Fax Nº.
E-mail:
En caso de tratarse de una persona jurídica, deberán indicarse los nombres y apellidos completos y números de cédulas de identidad de todos los administradores, directores y/o apoderados que tengan facultades para representar a la misma.
Nombres | Apellidos | Cédula de Identidad |
Aclaración de la forma de actuación de los mismos (conjunta/indistinta, etc):
Declaro: a) estar en condiciones legales de contratar con el Estado
b) estar en estado de INGRESO o ACTIVO en el XXXX (si corresponde)
FIRMA/S:
ACLARACIÓN DE FIRMA/S:
JORNAL | COSTO DE VIDA | DOLAR EQUIPO | MATERIAL | GAS OIL | FUEL OIL | CEM. PORTLAND | HIERRO | AG. PETREOS | ASFALTO | EXPLOSIVOS | CUBIERTAS | AL. COBRE | POSTES | AC. PRETENSADO | AVENA | NEOPRENO | ESMALTE SEÑALES | MAT. AUTOADHESIVO | MAD. ENCOFRADO | ARENA | CHAPA DECAPADA | AL. GALVANIZADO | LUMINARIAS | CABLE 3x25 mm. | Pint. Acril. P/exteriores | Pint. Reflect. Xxxxxx | XXX | ||||
RUBRO | GRUPO | DENOMINACION | UNIDAD | ||||||||||||||||||||||||||||
1 | 1 | MOVILIZACION 1 | GLOBAL | 26 | 22 | 26 | 26 | 56 | 18 | 5 | 13 | 8 | |||||||||||||||||||
71 | 2 | RECUPERACION AMBIENTAL | GLOBAL | 19 | 20 | 32 | 29 | 84 | 8 | 8 | |||||||||||||||||||||
9 | 2 | EXTRACCION DE ARBOLES | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
6 | 2 | EXCAVACION NO CLASIFICADA (DIST. LIBRE 400M) | M3 | ||||||||||||||||||||||||||||
7 | 2 | EXCAVACION NO CLASIFICADA A DEPOSITO | M3 | ||||||||||||||||||||||||||||
8 | 2 | EXCAVACION NO CLASIFICADA A PRESTAMO | M3 | ||||||||||||||||||||||||||||
31 | 2 | ENTRADAS PARTICUL.INCL.CAÑOS | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
60 | 2 | EXCAVACION EN ROCA | M3 | ||||||||||||||||||||||||||||
76 | 3 | S/TRANSPORTE DE SUELOS(DIST-LIBRE 400M) | X0.XX | 16 | 21 | 19 | 44 | 77 | 23 | ||||||||||||||||||||||
94 | 4 | CEMENTO PORTLAND P/BASE ESTAB. | TON | 13 | 27 | 9 | 51 | 12 | 81 | 7 | |||||||||||||||||||||
102 | 5 | MEZCLA ASFALTICA P/CARPETA DE RODADURA | TON | 16 | 22 | 39 | 23 | 67 | 17 | 8 | 8 | ||||||||||||||||||||
101 | 5 | MEZCLA ASFALTICA PARA BASE NEGRA | TON | ||||||||||||||||||||||||||||
102 | 5 | MEZCLA ASFALTICA P/CARPETA DE RODADURA CON ASF. MODIF. | TON | ||||||||||||||||||||||||||||
111 | 6 | XXXX.XX XXXXX BITUMINOSO DE IMPRIMACION | M2 | 22 | 19 | 22 | 37 | 88 | 12 | ||||||||||||||||||||||
118 | 6 | EJEC.TRAT. BITUMINOSO DE ADHERENCIA | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
113 | 6 | XXXX.XX TRATAMIENTO BITUMINOSO DOBLE | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
2.075 | 7 | SENDA PEATONAL | M3 | 16 | 21 | 27 | 36 | 91 | 9 | ||||||||||||||||||||||
129 | 7 | SUB-BASE GRANULAR C/CRB>40% | M3 | ||||||||||||||||||||||||||||
131 | 7 | BASE GRANULAR C/CRB>60% | M3 | ||||||||||||||||||||||||||||
133 | 7 | BASE GRANULAR C/CRB>80% | M3 | ||||||||||||||||||||||||||||
181 | 7 | RECICLADO PAVIMENTOS | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
214 | 9 | AGREGADOS PETREOS P/TRATAMIENT | M3 | 16 | 20 | 31 | 33 | 64 | 23 | 13 | |||||||||||||||||||||
238 | 10 | CORDON HORM.SIMPLE CLASE VII | M3 | 30 | 22 | 16 | 32 | 21 | 56 | 23 | |||||||||||||||||||||
261 | 13 | HOR.ARMADO CLASE VII P/ALCANT. | M3 | 25 | 23 | 15 | 37 | 13 | 25 | 38 | 24 | ||||||||||||||||||||
264 | 13 | HOR.ARMADO CL.VII P/CABEZALES | M3 | ||||||||||||||||||||||||||||
274 | 13 | ALCANT.CAÑOS HORMIGON ARMADO 60CM | ML | ||||||||||||||||||||||||||||
275 | 13 | ALCANT.CAÑOS HORMIGON ARMADO 80CM | ML | ||||||||||||||||||||||||||||
281 | 13 | CAB HOR.ARMADO C.VII P/XXX.XX XXXXX | M3 | ||||||||||||||||||||||||||||
5.134 | 13 | CUNETA REVESTIDA HA | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
382 | 17 | SEÑALIZACION DE OBRA | GLOBAL | 38 | 34 | 4 | 24 | 15 | 9 | 25 | 12 | 20 | 19 | ||||||||||||||||||
427 | 20 | REVEST.SUELO VEGETAL C/PASTO 7CM | HA | 26 | 50 | 18 | 6 | 24 | 76 | ||||||||||||||||||||||
542 | 32 | PAVIMENTO DE HORMIGON 22CM | M2 | 13 | 23 | 14 | 50 | 20 | 58 | 10 | 7 | 5 | |||||||||||||||||||
606 | 39 | REFUGIOS PEATONALES | C/U | 32 | 26 | 10 | 32 | 9 | 45 | 8 | 22 | 16 | |||||||||||||||||||
621-6 | 41 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE DEFENSAS METÁLICAS CERTIFICADAS H1W5A | M | 17 | 30 | 14 | 39 | 25 | 31 | 44 | |||||||||||||||||||||
621-7 | 41 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE DEFENSAS CERTIFICADAS H2W5A | M | ||||||||||||||||||||||||||||
621-8 | 41 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE DEFENSAS CERTIFICADAS H4BW3A | M | ||||||||||||||||||||||||||||
621-1 | 41 | UMINISTRO Y COLOCACIÓN DE SISTEMAS DE DEFENSAS METÁLICAS - LÁMINA TIPO N°269 DE LA DN | M | ||||||||||||||||||||||||||||
620 | 41 | TERMINAL DE IMPACTO | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
624 | 41 | POSTE XX XXXX PARA SEÑALES | M | ||||||||||||||||||||||||||||
632 | 43 | DEMOLICION DE PAVIMENTO EXISTENTE | M2 | 19 | 50 | 23 | 8 | 89 | 11 | ||||||||||||||||||||||
912 | 80 | ALIMENTACIÓN | PER.MES | 100 | |||||||||||||||||||||||||||
914 | 81 | SUMINISTRO DE LOCOMOCIÓN CON CHOFER | VHE.MES | 19 | 29 | 38 | 14 | 86 | 14 | ||||||||||||||||||||||
915 | 82 | SUMINISTRO DE LOCOMOCIÓN SIN CHOFER | VHE.MES | 33 | 46 | 21 | 86 | 14 | |||||||||||||||||||||||
929 | 89 | ALOJAMIENTO PERSONAL DE INSPECCIÓN | CASA.MES | 100 | |||||||||||||||||||||||||||
930 | 89 | ALOJAMIENTO GERENTE DE OBRA | PER.MES | ||||||||||||||||||||||||||||
1.302 | 89 | AYUDA PARA ADECUACION DE SERV. | GLOBAL | ||||||||||||||||||||||||||||
943 | 91 | PAV HORM SIMPLE WHITETOPPING | M3 | 12 | 16 | 26 | 46 | 37 | 60 | 3 | |||||||||||||||||||||
1.329 | 116 | H.A.CLASE VII PARA CAMARAS Y B | M3 | 25 | 23 | 15 | 37 | 13 | 25 | 38 | 24 | ||||||||||||||||||||
2.375 | 151 | FRESADO | M2 | 8 | 24 | 44 | 24 | 100 | |||||||||||||||||||||||
2.376 | 151 | FRESADO | M3 | ||||||||||||||||||||||||||||
2.134 | 152 | SUMINISTRO TRANSP Y ELAB C.A. | TON | 1 | 9 | 1 | 89 | 2 | 98 | ||||||||||||||||||||||
2.135 | 152 | SUM TRANSP Y ELAB EMULSION | M3 | ||||||||||||||||||||||||||||
2.137 | 154 | SUM TRANSP ELAB CEM ASF MODIF | TON | 3 | 9 | 3 | 85 | 1 | 3 | 75 | 21 | ||||||||||||||||||||
2.138 | 154 | SUM TRANSP ELAB EMULSION MODIF | M3 | ||||||||||||||||||||||||||||
2.096 | 200 | ENSANCHE PARA PARADA DE OMNIBUS | C/U | 7 | 11 | 20 | 62 | 52 | 38 | 5 | 5 | ||||||||||||||||||||
3.010 | 301 | SEÑALES CLASE 1 INSTALADAS | M2 | 26 | 12 | 10 | 52 | 9 | 45 | 46 | |||||||||||||||||||||
3.011 | 301 | SEÑALES CLASE 2 INSTALADAS | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
3.012 | 301 | SEÑALES CLASE 3 INSTALADAS | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
3.027 | 303 | POSTE HORMIGÓN | M3 | 16 | 9 | 21 | 54 | 19 | 25 | 45 | 11 | ||||||||||||||||||||
3.029 | 303 | POSTE KILOMETRICO INSTALADO | M3 | ||||||||||||||||||||||||||||
3.037 | 304 | LÍNEA DE EJE APLICADA EN FRÍO | M2 | 7 | 21 | 72 | |||||||||||||||||||||||||
3.038 | 304 | BORDE APLICADO EN FRÍO | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
3.039 | 304 | AMARILLO APLICADO EN FRÍO | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
3.040 | 304 | SUPERFICIES APLICADAS EN FRÍO | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
3.043 | 304 | LÍNEA DE EJE APLICADA EN CALIENTE | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
3.044 | 304 | BORDE APLICADO EN CALIENTE | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
3.047 | 304 | PINTURA DE PAVIMENTO CON RESALTO | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
3.045 | 304 | AMARILLO APLICADO EN CALIENTE | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
3.046 | 304 | SUPERFICIES APLICADAS EN CALIENTE | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
5.154 | 304 | SUPERFICIES PREFORMADAS | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
3046A | 304 | SONORIZADOS | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
3.048 | 304 | ELIMINACIÓN DE DEMARCACIÓN | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
3042-1 | 304 | TACHAS INSTALADAS | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
3.051 | 305 | SUPERFICIES PINTADAS | M2 | 24 | 13 | 5 | 58 | 14 | 32 | 54 | |||||||||||||||||||||
3.056 | 306 | PÓRTICOS(7.20<=L<=10.80M)(INCLUYE SEÑAL) | C/U | 25 | 12 | 10 | 53 | 19 | 8 | 50 | 10 | 13 | |||||||||||||||||||
3.057 | 306 | PESCANTE (INCLUYE SEÑAL) | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.063 | 407 | ELEMENTOS DE CONTRALOR | GLOBAL | 100 | |||||||||||||||||||||||||||
ILUMINACIÓN | |||||||||||||||||||||||||||||||
4.002 | 400 | CRUCES CALZADA SIN CORTE PAVIM | M | 26 | 22 | 36 | 16 | 38 | 7 | 8 | 15 | 14 | 4 | 14 | |||||||||||||||||
4.003 | 400 | CRUCES CALZADA C/CORTE PAVIM | M | ||||||||||||||||||||||||||||
4.004 | 400 | ZANJA, TAPADO Y REPOSICION | M3 | ||||||||||||||||||||||||||||
4.008 | 401 | DUCTO INSTALADO | M | 15 | 22 | 63 | |||||||||||||||||||||||||
4.013 | 402 | DUCTO EN PUENTES INSTALADO | M | 29 | 23 | 29 | 19 | 18 | 20 | 40 | 2 | 20 | |||||||||||||||||||
4.015 | 403 | CAMARA CRUCE COMPLETA | C/U | 25 | 23 | 15 | 37 | 13 | 25 | 38 | 24 | ||||||||||||||||||||
4016-1 | 403 | CAMARA COMPLETA 40 X 40 | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4016-2 | 403 | CAMARA COMPLETA 60 X 60 | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4017-1 | 403 | REPOSICIÓN DE XXXXX TAPA Y CONTRATAPA XX XXXXXX DE 40X40 | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4017-2 | 403 | REPOSICIÓN DE XXXXX XXXX Y CONTRATAPA XX XXXXXX DE 60X60 | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4021-1 | 403 | PILASTRA PARA TABLERO COMPLETO C/LUGAR PARA MEDICION | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.026 | 404 | TABLERO COM.INST.7 O MAS DERIV | C/U | 19 | 17 | 51 | 13 | 7 | 15 | 27 | 22 | 17 | 12 | ||||||||||||||||||
4.027 | 404 | CAJA PROTECCIÓN 1 TQ INSTAL. | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4030-1 | 404 | TABLERO COMPLETO, INSTALADO DE 4 A 6 DERIVACIONES | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4030-2 | 404 | TABLERO COMPLETO, INSTALADO HASTA 2 DERIVACIONES | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.031 | 404 | CAJA PROTECC MAS DE 1 INTERRUP | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.035 | 405 | CONDUC. 2 X 2 ENHE. Y CONEX. | M | 11 | 16 | 43 | 30 | 15 | 4 | 81 | |||||||||||||||||||||
4.036 | 405 | CONDUCT. 2 X 4 ENHE. Y CONEX. | M | ||||||||||||||||||||||||||||
4.037 | 405 | CONDUC. 2 X 6 ENHE. Y CONEX. | M | ||||||||||||||||||||||||||||
4.038 | 405 | CONDUCT. 4 X 4 ENHE. Y CONEX. | M | ||||||||||||||||||||||||||||
4.039 | 405 | CONDUCT. 4 X 6 ENHE. Y CONEX. | M | ||||||||||||||||||||||||||||
4.040 | 405 | CONDUC. 4 X 10 ENHE. Y CONEX. | M | ||||||||||||||||||||||||||||
4.041 | 405 | CONDUC. 4 X 16 ENHE. Y CONEX. | M | ||||||||||||||||||||||||||||
4.046 | 405 | CONDUCT. TIERRA 4MM INSTALADO | M | ||||||||||||||||||||||||||||
4.047 | 405 | CONDUCT. TIERRA 6 MM2 INSTAL. | M | ||||||||||||||||||||||||||||
4.048 | 405 | CONDUCT. TIERRA 10 MM2 INSTAL. | M | ||||||||||||||||||||||||||||
4.050 | 405 | JABAL.TIERRA COPPERWELD INST. | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.051 | 405 | MALLA TIERRA INSTALADA | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.060 | 406 | TRASLADO COLUMNAS | KM | 35 | 27 | 18 | 20 | 97 | 3 | ||||||||||||||||||||||
4.062 | 406 | DESINTALACION DE COLUMNA | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.068 | 408 | COLUM. 18 MTS. C/FUNDACIÓN | C/U | 13 | 20 | 18 | 49 | 15 | 32 | 4 | 4 | 45 | |||||||||||||||||||
4.069 | 408 | COLU. 15 MTS. C/FUNDACIÓN | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.070 | 408 | COLU. 12 MTS. C/FUNDACIÓN | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.071 | 408 | COLUM. 9 MTS. C/FUNDACIÓN | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4072-1 | 408 | COLUMNA DE ILUMINACIÓN DE HASTA 12 MS INSTALADA | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4072-2 | 408 | COLUMNA DE ILUMINACIÓN DE 13 A 15 MS INSTALADA | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4072-3 | 408 | COLUMNA DE ILUMINACIÓN DE 16 A 18 MS INSTALADA | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4076-0 | 409 | COLUMNA P/ILUMINACION, METALICA, 9 MS INSTALADA | C/U | 12 | 19 | 20 | 49 | 14 | 36 | 3 | 47 | ||||||||||||||||||||
4076-1 | 409 | COLUMNA P/ILUMINACION, METALICA, 11 MS INSTALADA | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4076-2 | 409 | COLUMNA P/ILUMINACION, METALICA, 15 MS INSTALADA | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4076-3 | 409 | COLUMNA P/ILUMINACION, METALICA, MAYOR A 15 MS INSTALADA | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4076-6 | 409 | COLUMNA P/ILUMINACION, METALICA, (SEGURIDAD PASIVA) | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4076-7 | 409 | COLUMNA P/ILUMINACION, METALICA, (SEGURIDAD PASIVA). DE 9M A 12 M, INSTALADA | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.085 | 410 | LUMIA. 400 W COMPLETA INST. | C/U | 3 | 15 | 50 | 32 | 3 | 4 | 93 | |||||||||||||||||||||
4.086 | 410 | LUMINA. 250W COMPLETA INSTA. | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.087 | 410 | LUMINA MENOS 250 COMPLETA INS. | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4401-1 | 410 | LUMINARIA LED COMPLETA, P/TRAMO RECTO, INSTALADA | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4401-1 | 410 | LUMINARIA LED COMPLETA, P/TRANSICION, INSTALADA | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.089 | 410 | CAMBIO DE EQUIPOS | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4089-1 | 410 | CAMBIO DE CONDENSADOR | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4089-2 | 410 | CAMBIO DE LÁMPARAS | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.092 | 411 | BRAZOS PARA LUMINARIA | C/U | 29 | 22 | 8 | 41 | 18 | 20 | 40 | 2 | 20 | |||||||||||||||||||
4.093 | 411 | BRAZOS DOBLES PARA LUMINARIAS | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.101 | 412 | EQUIPO DETELLADOR INSTALADO | C/U | 7 | 21 | 72 | |||||||||||||||||||||||||
4.110 | 414 | INSTALACION DE LUMINARIA | C/U | 7 | 16 | 77 | |||||||||||||||||||||||||
4.117 | 415 | PUESTA A PUNTO | MES | 43 | 57 | ||||||||||||||||||||||||||
4.164 | 419 | CAB.ARM.INS.CONEX.4X10 A 4X35 | M | 11 | 16 | 43 | 30 | 15 | 4 | 81 | |||||||||||||||||||||
4165-0 | 419 | CONDUCTOR ARMADO INST. Y CONEX. 4x70 A 4x35 | M | ||||||||||||||||||||||||||||
4165-1 | 419 | CONDUCTOR ARMADO INST. Y CONEX. 4x175 A 4x300 | M | ||||||||||||||||||||||||||||
4.168 | 419 | EMPAL.TERMOCONTRA.2 A 6 MM2 | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.169 | 419 | EMPAL.TERMOCONTR.10 A 35 MM2 | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4170-0 | 419 | MPALMES TERMOCONTRAIBLES EN CONDUCT. DE 70 A 150 MM2 SECC. (FASE O HILO CONDUCTOR | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4170-1 | 419 | MPALMES TERMOCONTRAIBLES EN CONDUCT. DE 175 A 300 MM2 SECC. (FASE O HILO CONDUCTO | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.171 | 419 | COND.UNIPOLAR DOBLE AISL 4MM | M | ||||||||||||||||||||||||||||
4.172 | 419 | COND. UNIPOLAR DOBLE AISL 6MM | M | ||||||||||||||||||||||||||||
4.173 | 419 | COND. UNIPOLAR DOBLE AISL 10MM | M | ||||||||||||||||||||||||||||
4.181 | 420 | INTERRUPTOR TERMOMAG.1 POLO IN | C/U | 19 | 17 | 51 | 13 | 7 | 15 | 27 | 22 | 17 | 12 | ||||||||||||||||||
4.182 | 420 | INTERRUPTOR TERMOMAG.2POLO IN | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.183 | 420 | XXX.XXXX.XXXX.XX 10 A 32 A INS | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.184 | 420 | XXX.XXXX.XXXX.XX 40 A 63 A INS | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4185-0 | 420 | INTERRUPTORES TERMOMAGNÉTICOS DE 80 A 125 A INSTALADO | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4185-1 | 420 | INTERRUPTORES TERMOMAGNÉTICOS DE 200 A 600 A INSTALADO | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.186 | 420 | INT.TERM.TETR. 10 A 32 A INSTA | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.187 | 420 | XXX.XXXX.XXXX.XX 40 A 63 A INS | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.188 | 420 | XXX.XXXX.XXXX.XX 80 A 125 A IN | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.189 | 420 | CONTACTORES TRIF.10 A 32A INS | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.190 | 420 | XXX.XXXX.XXXX.XX 40 A 63 A INS | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.191 | 420 | CONTACTOR TRIF 80 A 125 A INS | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.195 | 420 | INTERR.DIF.10 A 32 A,30MA MON. | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.196 | 420 | INT.D.TETRAP.10 A 32 A,300MAI | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.197 | 420 | INTERR.DIF.TETR.40-63A,300MA I | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.198 | 420 | FOTOCELULAS | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.199 | 420 | RELOJ Y TEMPORIZADOR | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.200 | 420 | UNIDAD DE CONTROL DE PROCESO | C/U | ||||||||||||||||||||||||||||
4.391 | 427 | TENDIDO Y CONEXION CONDUCTORES | M | 20 | 25 | 55 | |||||||||||||||||||||||||
MANTENIMIENTO | |||||||||||||||||||||||||||||||
5.160 | 510 | MANTENIMIENTO INTEGRAL XX XXXX | KM/MES | 19 | 18 | 32 | 31 | 54 | 2 | 3 | 20 | 4 | 6 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 1 | ||||||||||||
PUENTES | |||||||||||||||||||||||||||||||
Puente Xxxxxx (Prog. 94k200) | |||||||||||||||||||||||||||||||
Puente Cañada del Cerro (Prog. 92k100) | |||||||||||||||||||||||||||||||
93 | 4 | CEMENTO PORTLAND P/TERRAPLEN C | TON | 13 | 27 | 9 | 51 | 12 | 81 | 7 | |||||||||||||||||||||
134 | 7 | MAT.BASE ESTAB.C/CEMENTO PORTL | M3 | 16 | 21 | 27 | 36 | 91 | 9 | ||||||||||||||||||||||
228 | 10 | HORMIGON CICLOPEO P/FUND. REVE | M3 | 30 | 22 | 16 | 32 | 21 | 56 | 23 | |||||||||||||||||||||
231 | 10 | REVES.C/BLOQUES PIEDRA | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
256 | 12 | SOBREPISO DE HORMIGON CLASE VI | M2 | 17 | 24 | 15 | 44 | 29 | 63 | 3 | 1 | 4 | |||||||||||||||||||
257 | 12 | SOBREPISO DE HORMIGON CLASE IV | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
262 | 13 | HOR.ARMADO CLASE VII P/LOSAS D | M3 | 25 | 23 | 15 | 37 | 13 | 25 | 38 | 24 | ||||||||||||||||||||
288 | 13 | REVESTIMIENTO C/LOSETAS DE HOR | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
436 | 21 | JUNTAS TRANSVERSALES | M | 29 | 38 | 33 | 100 | ||||||||||||||||||||||||
441 | 22 | APOYOS DE NEOPRENO | C/U | 7 | 13 | 5 | 75 | 100 | |||||||||||||||||||||||
447 | 23 | HOR.ARMADO C.VII P/FUNDACIONES | M3 | 19 | 24 | 12 | 45 | 15 | 39 | 35 | 2 | 2 | 7 | ||||||||||||||||||
456 | 24 | HOR.ARM.C.VII P/PIL.POR.EST.(I | M3 | 22 | 24 | 13 | 41 | 17 | 22 | 42 | 2 | 2 | 15 | ||||||||||||||||||
457 | 24 | HOR.ARM.C.VII P/XXX.XXX.(X.XXX | M3 | ||||||||||||||||||||||||||||
458 | 24 | HOR.ARM.C.VII P/PILAS Y ESTRIB | M3 | ||||||||||||||||||||||||||||
471 | 26 | BARANDA HORMIGON ARMADO(I.TRAT | M | 29 | 22 | 8 | 41 | 18 | 20 | 40 | 2 | 20 | |||||||||||||||||||
476 | 27 | HOR.ARM.C.III P/VIGAS,TAB.ASIE | M3 | 22 | 24 | 13 | 41 | 14 | 25 | 41 | 2 | 2 | 16 | ||||||||||||||||||
478 | 27 | HOR.ARM.C.VII P/LOSAS TABLEROS | M3 | ||||||||||||||||||||||||||||
480 | 27 | BARRERA DE PROTECCION AL TRANS | M | ||||||||||||||||||||||||||||
486 | 28 | HOR.PRECOMPR.P/VIGAS PRINC.DIA | M3 | 16 | 21 | 11 | 52 | 7 | 11 | 15 | 1 | 59 | 7 | ||||||||||||||||||
487 | 28 | HOR.PRECOMPRIMIDO P/TABLERO(I. | M3 | ||||||||||||||||||||||||||||
504 | 29 | PILOTES HECHOS EN SITIO | C/U | 30 | 24 | 12 | 34 | 20 | 29 | 27 | 19 | 5 | |||||||||||||||||||
586 | 37 | DEMOLICION XX XXXXXX EXISTENTE | GLOBAL | 17 | 49 | 18 | 16 | 93 | 7 | 96 | |||||||||||||||||||||
587 | 37 | DEMOLICION DE CONSTRUCCIONES E | M2 | ||||||||||||||||||||||||||||
588 | 37 | DEMOLICION ESTRUCTURAS HOR.ARM | GLOBAL | ||||||||||||||||||||||||||||
927 | 89 | PRUEBA DE CARGA XXX XXXXXX | GLOBAL | 100 |
ANEXO IV: PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS ELECTRÓNICAS
Las ofertas serán presentadas en formato digital, a través del Sistema de Administración de Licitaciones de CVU. A los oferentes se les creará un usuario y se les enviará una contraseña para acceder al Sistema de Administración de Licitaciones de CVU (SAL) (xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxx.xxx.xx). Una vez que ingresen al SAL deberán modificar su contraseña.
Una vez dentro del SAL, deberán cambiar la clave “CAMBIAR CLAVE”, corroborar donde dice “Bienvenido” que figure el Nombre de la Empresa y dirigirse al campo “Agregar Archivos” para “subir” la oferta.
Los Archivos: Debe subirse una Carpeta Zipeada, que cumpla con los siguientes requisitos: Nombre de la Carpeta Zipeada: “CódigodeLicitación_NombreEmpresa”, no puede haber espacios, puntos, comas, ni otro tipo de caracter, solo respetar el formato indicado anteriormente. Dentro de esa carpeta zipeada, deben presentar dos carpetas, “PropuestaTécnica y Antecedentes” y “OfertaEconómica”, los archivos que contenga cada carpeta deben estar en formato PDF y con la firma electrónica del o los representantes de la Empresa en la última hoja de cada archivo.
Cuando ingresen a la opción de “Agregar Archivos”, allí deberán ubicar en el Directorio de su PC, la Carpeta Zipeada que contiene la oferta y seleccionar la misma. Se les mostrará el siguiente cuadro:
Luego “click” en Comenzar y se iniciará el proceso de carga de la Oferta. Que luego se mostrará de la siguiente manera:
Una vez cargada la oferta Cerrar Sesión y finalizó el proceso.
ACLARACIÓN:
La Firma Electrónica debe gestionarla cada Oferente para su/s representante/s a través de los prestadores habilitados en el país (Ley 18600).
Publicidad de las ofertas
Vencido el plazo para la presentación de ofertas, las mismas serán subidas a la página web de CVU por un lapso de 72hs, a fin de que los oferentes puedan tomar vista de las mismas.
ANEXO V: PRESENTACIÓN DEL PLAN ECONÓMICO FINANCIERO (PEF) Y EXPOSICIÓN ESTÁNDAR DEL PEF.
1. NORMAS BÁSICAS
Los oferentes deberán incluir en sus ofertas su PEF, elaborado con un soporte informático compatible con Microsoft Excel. Se deberá incluir además el archivo Exposición_Estandar.xls suministrado por el Contratante completado con los datos que surgen de su modelo financiero en pesos uruguayos.
La información a presentar por los oferentes debe ser de la máxima homogeneidad, claridad y transparencia, para facilitar el análisis del cumplimiento de los requerimientos seguidos en este Anexo y el fiel reflejo de las exigencias xxx xxxxxx y la coherencia del PEF, con la oferta técnica. Por tanto, los oferentes procederán a presentar un balance de obras o rubrado de las inversiones y una rigurosa contabilización de las partidas a incluir en el PEF, en base a los principios contables establecidos.
El PEF y el Exposición Estándar deberán estar elaborados, tanto para el período de proyecto ejecutivo y construcción, como para el período de mantenimiento, sobre una base semestral.
El PEF deberá facilitar la identificación de las variables input, las variables output y aquellas celdas de trabajo que permitan realizar variaciones en las variables más relevantes.
El PEF deberá acompañarse de un manual de utilización (el libro del modelo) en el que se indique cómo leer y utilizar los datos línea por línea, precisando los eventuales vínculos que existan entre los datos.
Los oferentes se comprometen a responder con claridad, sinceridad y diligencia, en su caso por escrito, a todo requerimiento de explicación o de aclaración por parte del Contratante o de sus asesores sobre la configuración y el funcionamiento de su PEF.
Los oferentes deberán igualmente remitir una memoria explicativa que detalle todas las hipótesis utilizadas para la construcción del modelo, las fuentes, si se trata de hipótesis adoptadas en estudios públicos, y las justificaciones de las opciones escogidas para el caso base. El contenido de esta Memoria explicativa del PEF se expone más adelante.
2. ESTRUCTURA Y CONTENIDOS DEL PEF
Las principales hipótesis a definir serán las siguientes:
1. Hipótesis financieras, como mínimo, y para cada línea de financiación de manera diferenciada: (i) plazos de deuda, (ii) tipos de interés; (iii) otros costos financieros necesarios para que el Contratista pueda llevar adelante el financiamiento.
2. Datos y procesos contables y fiscales considerados.
3. Ingresos, diferenciando claramente los Pagos de los Componentes A, B y C y las deducciones, si es el caso, que considera el oferente que podrán aplicar.
4. La inversión en obras debidamente desglosadas para cada tramo definido para cada semestre.
5. Cuenta de Reserva para el servicio de la deuda. Se exigirá que esta cuenta en el semestre t tenga fondos suficientes para cubrir al menos el servicio (amortización e intereses) de la misma del semestre t+1.