S.A. de C.V.
Contrato por Prestación de Servicios Profesionales y tiempo determinado que celebran por una
parte el Ing. en su
carácter de Ingeniero Civil y por la otra la empresa
, S.A. de C.V.
representada por la C.
en su
carácter de Representante Legal a quien en lo sucesivo y para los efectos de este contrato se le denominara El Prestador y La Contratante respectivamente, de acuerdo con las siguientes declaraciones y cláusulas.
DECLARACIONES
1. La Contratante declara que:
1.1. Tiene capacidad jurídica para contratar y obligarse en los términos del presente contrato.
1.2. Acredita su legal existencia con la escritura pública Número de fecha , otorgada ante la fe del Lic.
, Notario Público No. en la ciudad de
, del Estado de y que se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de Comercio en la ciudad de
bajo el No. de fecha de del
.
1.3. Su representante el C. con el carácter antes inscrito, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente contrato.
Manifiesta que de acuerdo al Poder Notarial Acta Constitutiva y en su caso acta de nacimiento a través de dicho representante que tales facultades no le han sido modificadas, ni revocadas a la fecha.
1.4.- Su Registro Federal de Contribuyentes es:
1.5.- Su representante se identifica con credencial para votar No.
1.6.- Tiene su domicilio establecido en: , de la ciudad de: del Estado de mismo que señala para todos los fines y efectos legales de este contrato.
2.- El Prestador declara que:
2.1.- Tiene capacidad jurídica para contratar y obligarse en los términos del presente contrato.
2.2.- Acredita su legal existencia al padrón de RTEC con la carta que el Colegio de Ingenieros Civiles de Chiapas, A. C. (CICCH) le expide como Representante Técnico de Empresas Constructoras (RTEC).
2.3.- Tiene establecido su domicilio en: , de la ciudad de: , en el Estado de
mismo que señala para todos los fines y efectos legales de este contrato.
2.4.- Conoce el contenido y los requisitos que establece la ley de Obras Públicas del Estado de Chiapas y su Reglamento.
2.5.- Cuenta con la capacidad, experiencia técnica suficiente y que conoce las Normas de Construcción y reglamentos para ser RTEC.
3.- Declaran La Contratante y El Prestador que:
3.1.- Que será la Bitácora, el propio contrato y sus anexos quien vincule a las partes que declaran motivo de este contrato en sus derechos y obligaciones.
Expuesto lo anterior, las partes otorgan las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA. - OBJETO DEL CONTRATO.
El Prestador le otorgara sus servicios profesionales a La Contratante en la calidad de Representante Técnico de Empresas Constructoras, figura que esta Señalada en la Ley de Obra Publica del Estado de Chiapas, la cual es otorgada por los Colegios de Profesionistas avalados por la Autoridad Respectiva, al cumplir los requisitos previsto en su reglamento de RTEC, la cual avala su conocimiento mas no su conducta. Bajo las siguientes especificaciones:
El Prestador se obliga ante la contratante los siguientes servicios:
a). - Realizar con el apoyo total de La Contratante las visitas de carácter técnico de cuando menos al inicio, y dos visitas durante el proceso y en la terminación de la obra manifestando en bitácora o de manera escrita sus observaciones técnicas.
b). -Tener acceso a la Bitácora de la obra en ejecución con la autoridad que corresponda para anotar las observaciones pertinentes y que redunden en el proceso constructivo como en el avance de la misma.
C. - Podrá revisar para su conocimiento el proyecto de la obra, así como de los permisos que correspondan según sea el proyecto, siempre y cuando la contratante se los proporcione.
D). - Poder deslindarse de cualquier responsabilidad técnica de dicha obra contratada por inobservancia de la contratante.
SEGUNDO. - LUGAR DE LOS SERVICIOS.
Estos servicios se efectuarán en los lugares donde La Contratante ejecute las obras objeto del contrato de obra pública.
TERCERA. - HONORARIOS.
Para garantizar los viáticos del RTEC hacia las obras o trabajos que realice el contratista. Este deberá entregar al RTEC un cheque certificado o de caja a nombre del mismo RTEC. Esto es un requisito indispensable para el inicio del trámite de la contraprestación de servicio.
CUARTA. - FORMA DE PAGOS.
Las partes convienen en que se paguen de la siguiente manera:
a). - Como primer pago se acordarán parcialidades entre ambas partes según se vayan contratando las obras.
b). - El Prestador tendrá la capacidad de rescindir del presente contrato, solicitar la cancelación de la Carta de RTEC espedida a favor del la Contratante ante el Colegio de Ingenieros Civiles de Chiapas, A. C. (CICCH) y ante la Secretaría de la Función Pública del Estado de Chiapas si La Contratante incumpliera en algunos de los puntos pactados en los incisos de este contrato. Logrando con esto la cancelación durante el año en curso.
QUINTA. - VIGENCIA DEL CONTRATO.
La vigencia del presente por el objeto que tiene el contrato se inicia en la fecha de su firma y termina el 31 de diciembre del año en curso.
SEXTA. - RESPONSABILIDADES DEL CONTRATANTE
El Contratante se obliga a darle seguimiento de ejecución en tiempo y cuidando que los materiales cumplan con las normas de calidad que la Dependencia o Entidad tiene en Vigor, así también que las partes de la Obra se efectúen de conformidad con el proyecto y las especificaciones generales y parciales para los trabajos a realizar que sean contratados durante la vigencia de este contrato.
Igualmente se obliga al Contratante a no ceder a terceras personas físicas x xxxxxxx sus derechos y obligaciones derivadas de los contratos que suscriba para la ejecución de obras.
El Contratante se obliga a dar aviso al Prestador de todas las obras que contrate desde el inicio y brindar las facilidades necesarias para que el Prestador realice su trabajo Técnico en cada una de las obras que contrate.
SEPTIMA. - PENAS CONVENCIONALES
El Contratante tendrá la facultad de verificar si las obligaciones del Prestador en su calidad de RTEC especificadas en este contrato están siendo cumplidas.
Si como consecuencias de dichas verificaciones el RTEC no esta cumpliendo con lo acordado el contratante procederá:
1.- Penalizar al RTEC con la cantidad del Honorario pactado por la Obra en particular motivo del incumplimiento, previa notificación realizada al RTEC y con copia al CICCH
2.- Dar aviso a la comisión de RTEC del Colegio de Ingenieros Civiles de Chiapas, A.C. (CICCH). Para su conocimiento y procedencia.
OCTAVA. - Si el Contratante no cumple con sus obligaciones tales como:
a). - No proporcionar la información Técnica solicitada por el Prestador para su buen desempeño. b). - No cumple con el pago de Honorarios por obra con el acordado con el Prestador.
c). - No proporcionar todas las Facilidades Físicas al R.T.E.C. para que pueda realizar sus visitas a las obras y cuente con los viáticos necesarios.
El Prestador procederá:
a). - El R.T.E.C. podrá dar por finiquitado cualquier responsabilidad legal en caso de que el contratante incumpla en alguno de los puntos mencionados.
b). - Dar aviso a la comisión de RTEC, para su conocimiento y de aviso a los colegios que por convenio Inter. gremial compartirán información sobre el comportamiento de las empresas constructoras en la Entidad.
c). - Aviso a la secretaria de la Función Publica del Estado donde el Prestador a Cancelado y deja de prestar sus servicios a la contratante, finiquitando su relación contractual con la contratante, sin prejuicio para El Prestador.
NOVENA. - Las partes se obligan a sujetarse estrictamente a todas y cada una de las cláusulas que integran este contrato.
DECIMA. - PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS FUTURAS Y PREVISIBLES.
En el supuesto de que durante la vigencia del presente contrato surjan discrepancias estrictamente sobre problemas específicos de carácter civil, técnico o administrativo derivado de los acuerdos establecidos, ambas partes lo resolverán de forma conjunta y darán aviso de la situación contractual a las autoridades, así como al Colegio de Ingenieros Civiles del Estado xx Xxxxxx por medio de su comisión de RTEC:
OCTAVA. - JURISDICCION.
Ambos contratantes están de acuerdo en que, para el caso de que se haga necesaria una intervención y/o cumplimiento del presente contrato las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la ciudad de Tuxtla Xxxxxxxxx, Chiapas, por lo que hacen renuncia expresa de cualquier otro fuero que pudiera corresponderle, en razón de domicilio presente o futuro u otro nuevo.
Leído que fue el presente contrato y ratificado por las partes, sabedora de los derechos y obligaciones que se adquieren del mismo, lo firman en la ciudad de Tuxtla Xxxxxxxxx, Chiapas, el día del mes de del año de .
LAS PARTES
EL RTEC | LA EMPRESA |
Ing. | C. |
TESTIGO | TESTIGO |
C. | C. |
*Se anexa Copia de las Credenciales de electores de los testigos, así como todos los documentos que avalan la personalidad de los firmantes objetos de este contrato.