PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARA LA CELEBRACIÓN DE ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE CARBURANTE A LA “ EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES DE VALÈNCIA S. A. U”.
EXP - 2018 / 0055
PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARA LA CELEBRACIÓN DE ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE CARBURANTE A LA “ EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES DE VALÈNCIA S. A. U”.
E.M.T. – VALÈNCIA 24 xx xxxx de 2018
INDICE:
I.- ENTIDAD ADJUDICADORA.
II.- ÁREA QUE TRAMITA EL EXPEDIENTE.
III.- INSTALACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICADORA. IV.- DESIGNACIÓN DE CORREO ELECTRONICO.
V.- RÉGIMEN JURÍDICO.
VI.- CARACTERÍSTICAS DEL ACUERDO XXXXX.
1) TIPO
2) PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
3) OBJETO
3.1- OBJETO
3.2- REQUISITOS TÉCNICOS
3.2.1- Calidad del producto
3.2.2- Suministrador y medios materiales
4) ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
5) ADJUDICATARIOS
6) PLAZO DE VIGENCIA
7) VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
8) GARANTÍA DE CORRECTA EJECUCIÓN
VII.- LICITACIÓN DEL ACUERDO XXXXX.
1) PRESENTACIÓN DE OFERTAS 1.1- PLAZO
1.2- LUGAR
1.3- FORMATO
1.4- LENGUA
1.5- ACLARACIONES
1.6- CONTENIDO
SOBRE 1: Documentación Administrativa SOBRE 2: Oferta Económica:
A) Oferta Técnica
B) Oferta Económica
2) EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS
3) CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO XXXXX
4) APERTURA Y EXAMEN DE OFERTAS
5) SELECCIÓN DE EMPRESAS
6) FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO XXXXX
7) RESPONSABLE DEL ACUERDO XXXXX
8) RENUNCIA AL ACUERDO XXXXX
VIII.- CONTRATOS BASADOS EN EL ACUERDO XXXXX
1) CELEBRACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS
2) PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS 2.1- Solicitud de ofertas a los adjudicatarios
2.2- Remisión de ofertas a EMT
2.3- Criterios de adjudicación de los contratos basados 2.4- Adjudicación de los contratos basados
2.5- Entrega del suministro
3) PRECIO
4) PENALIZACIONES
4.1- Demora en la entrega de carburante 4.2- Calidad del producto
4.3- Precio ofertado superior al margen comercial máximo 4.4- No remisión de oferta semanal a EMT
4.5- Pago de las penalizaciones
4.6- Resarcimiento de daños y perjuicios
IX.- CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN. PRIMERA.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR SEGUNDA.- RIESGO Y XXXXXXX
TERCERA.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
CUARTA.- CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES QUINTA.- CONFIDENCIALIDAD
SEXTA.- FORMA DE PAGO SÉPTIMA.- GASTOS
OCTAVA.- MODIFICACIÓN DEL ACUERDO Y DE LOS CONTRATOS BASADOS NOVENA.- RESOLUCIÓN
DÉCIMA.- COMUNICACIONES
UNDÉCIMA.- VIGENCIA E INTERPRETACIÓN DEL ACUERDOMARCO Y DE LOS CONTRATOS BASADOS
DUODÉCIMA.- NORMAS JURÍDICAS APLICABLES DÉCIMOTERCERA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
ANEXO I.- MODELO AVAL BANCARIO
ANEXO II.- OFERTA ECONÓMICA
ANEXO III.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
I.- ENTIDAD ADJUDICADORA.
EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES DE VALÈNCIA, S.A.U. (en adelante EMT)
Domicilio social: Pl. Xxxxxx Xxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxx
Inscripción: Registro Mercantil de València, Tomo 3450, General 1095, Libro 763, Sección 6ª, Folio 203, Hoja V-10607
CIF nº X-00000000
Teléfono: 00 000 00 00
Fax: 00 000 00 00
Correo-e: xxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx Plataforma web: xxx.xxxxxxxxxxx.xx
II.- ÁREA QUE TRAMITA EL EXPEDIENTE.
ÀREA DE CONTRACTACIÓ
Dirección: Pl. Xxxxxx Xxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxx Correo-e: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx
III.- INSTALACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICADORA.
OFICINAS CENTRALES:
Dirección: Pl. Correo Viejo, 5 y Xxxxx Xxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxxxx Correo-e: xxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx
Teléfono: 00 000 00 00 DEPÓSITO SAN XXXXXX:
Dirección: Xxxxx Xxx Xxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxxxx Correo-e: xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx
Teléfono: 00 000 00 00
DEPÓSITO NORTE:
Dirección: Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx xx 0 - 00000 XXXXXXXX Correo-e: xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx
Teléfono: 00 00 00 00
IV.- DESIGNACIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO.
La EMT designa como correo electrónico para todas las notificaciones y comunicaciones que puedan realizar los operadores económicos o licitadores que participen en sus procedimientos de contratación, el siguiente:
V.- RÉGIMEN JURÍDICO.
El presente Acuerdo Marco se enmarca en la ACTIVIDAD DE TRANSPORTE.
Atendiendo a los umbrales de contratación el contrato se califica como ARMONIZADO.
La regulación del procedimiento de adjudicación del Acuerdo Xxxxx se encuentra en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales (en adelante Ley 31/2007), y en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, de conformidad con sus artículos 216 y concordantes.
VI.- CARACTERÍSTICAS DEL ACUERDO XXXXX
1) TIPO: Contrato privado, de Suministros.
2) PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: ABIERTO mediante tramitación ordinaria.
3) OBJETO
3.1.- OBJETO: El objeto del presente Acuerdo Marco consiste en:
a) El establecimiento de las condiciones administrativas, económicas y técnicas que regularán, durante el plazo de vigencia del presente Acuerdo Marco, el suministro de carburante BIODIESEL AL 10%, GASÓLEO A o equivalente.
b) La determinación de los operadores económicos adjudicatarios del Acuerdo Xxxxx con los cuales podrán celebrarse los contratos basados en el mismo durante la vigencia del presente Acuerdo Marco.
c) El establecimiento de todas las condiciones y términos que regirán el suministro, y que se entienden reproducidas en cada uno de los contratos basados en el Acuerdo Marco, sin necesidad de realizar nuevas licitaciones.
3.2.- REQUISITOS TÉCNICOS
El carburante a suministrar es BIODIESEL AL 10%, GASÓLEO A o EQUIVALENTE. Los adjudicatarios deberán cumplir la totalidad de las siguientes especificaciones:
3.2.1 Calidad del producto
a) La calidad del producto se ajustará a lo previsto en las siguientes normas, o en las que en su caso las sustituyan:
- Real Decreto 1088/2010, de 3 de septiembre, por el que se modifica el RD 61/2006, de 31 de enero, relativo a especificaciones técnicas de gasolinas y gasóleos.
- Directiva 2009/30/CE, de 23 xx xxxxx, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a especificaciones de la gasolina, el diésel y el gasóleo.
- Norma vigente UNE EN 590, relativa a combustible para automoción y combustible para motor diésel (gasóleo).
- Cualquier otra normativa técnica que sea de aplicación.
b) La composición del producto se acreditará mediante la aportación de Informe de resultados de analíticas y/o ensayos en cuanto a las especificaciones técnicas determinadas en el Anexo III del Real Decreto 1088/2010, de 3 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 61/2006, de 31 de enero, en lo relativo a las especificaciones técnicas de gasolinas, gasóleos, utilización de biocarburantes.
c) Los adjudicatarios deberán, cuando se prevean temperaturas que puedan originar problemas en los surtidores, suministrar el combustible con aditivos que eviten la congelación.
3.2.2 Suministrador y medios materiales
a) Los adjudicatarios deberán acreditar la disponibilidad de los recursos adecuados y suficientes para garantizar la correcta ejecución de todas las obligaciones que comprende el contrato, tanto la obligación principal como los servicios accesorios o complementarios.
Cuando se tenga intención de disponer de recursos de terceras empresas, deberá aportarse escrito en el que se indique el perfil empresarial, experiencia en el sector y el vínculo jurídico, preacuerdos o acuerdos vigentes que existan a los efectos entre aquellas y el licitador. Además, deberá aportarse por escrito manifestación de la empresa implicada en la que declare conocer en todo su alcance las condiciones de la licitación y su voluntad de poner a disposición del licitador los medios necesarios para ejecutar los trabajos en caso de que aquél resulte adjudicatario.
b) Los adjudicatarios deberán garantizar el cumplimiento de los suministros a efectuar en EMT, y la capacidad de almacenamiento adecuada para cumplir con dichos suministros, asumiendo la responsabilidad de realizar el transporte y la descarga de los suministros, con las debidas garantías de manipulación, seguridad y calidad.
c) Los adjudicatarios deberán cumplir las previsiones de las siguientes normas, o de las que en su caso las sustituyan:
- Real Decreto 2487/1994, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto regulador de las actividades de distribución al por mayor y de distribución al por menor, mediante suministros directos a instalaciones fijas de carburante y combustible petrolíferos.
- Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
- Real Decreto 551/2006, de 5 xx xxxx, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español y en el SADR.
4) ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Consejo de Administración de EMT.
5) ADJUDICATARIOS: El Acuerdo Xxxxx se concluirá con varios empresarios, en un número mínimo de tres, siempre que exista un número suficiente de interesados que se ajusten a los criterios de adjudicación, y un máximo de seis.
6) PLAZO DE VIGENCIA: DOS AÑOS desde la firma del contrato. El contrato admite prórrogas de un año, hasta un máximo de dos prórrogas, por decisión de EMT, previo acuerdo por parte del Órgano de Contratación, comunicada con una antelación mínima de dos meses antes del vencimiento. Las prórrogas serán obligatorias para el adjudicatario.
7) VALOR ESTIMADO DE CONTRATO: TREINTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (35.750.000 €), IVA NO INCLUIDO.
El valor estimado ha sido calculado teniendo en cuenta el gasto total del suministro de BIODIESEL AL 10% o GASÓLEO A para 2017, el presupuesto para 2018 y una proyección del mismo en función de la duración del Acuerdo Marco.
El valor estimado no implica compromiso de gasto alguno para EMT Valencia, determinándose finalmente el precio del Acuerdo Xxxxx para cada adjudicatario en función del suministro efectivamente realizado por cada uno de ellos durante la vigencia del Acuerdo Marco.
8) GARANTÍA DE CORRECTA EJECUCIÓN: El adjudicatario deberá constituir una garantía financiera ejecutable a mero requerimiento de la EMT, por plazo hasta la fecha de conclusión del contrato, por importe de CIEN MIL EUROS (100.000,00€), según modelo de aval incluido en este pliego de condiciones como ANEXO I. La garantía será aplicable parcialmente o en su totalidad por cualquier incumplimiento del adjudicatario, como pena convencional o para la indemnización de daños y perjuicios.
VII.- PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN DEL ACUERDO MARCO
El anuncio de licitación se publicará en el DOUE, en el BOE, en el BOPV y en el Perfil del Contratante de EMT.
1.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
1.1) PLAZO: Las empresas que deseen participar en el procedimiento presentarán sus ofertas antes de las 13 horas del día 16 de julio 2018.
1.2) LUGAR: Las ofertas se presentarán en Secretaría General de EMT sita en Xxxxxxxx, 00000, Xxxxx Xxxxxx Xxxxx x.x 0.
1.3) FORMATO: las ofertas se presentarán en papel y en fichero pdf con soporte pendrive.
1.4) LENGUA: las ofertas se presentarán en cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana.
1.5) ACLARACIONES: Los interesados podrán solicitar aclaraciones sobre el contenido del Acuerdo Marco, que se remitirán a EMT mediante el correo electrónico indicado en el apartado IV. Las contestaciones serán enviadas al interesado y, si se consideran de interés, se publicarán en el Perfil del Contratante.
1.6) CONTENIDO:
Las ofertas, que deberán tener un plazo de validez de un mínimo de 4 meses, se presentarán con una carta firmada acompañada de dos sobres cerrados, sellados y firmados en el cierre de los sobres.
Cada sobre incluirá un listado firmado y sellado en el que se relacionen todos los documentos que contiene, y debe incluir la siguiente documentación:
SOBRE 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Contendrá los documentos que se relacionan a continuación:
Acreditación de solvencia económica y financiera:
A) Cuentas Anuales del último ejercicio cerrado y balance de situación y cuenta de pérdidas y ganancias correspondientes al último trimestre natural cerrado antes de la convocatoria de la licitación.
B) Certificado de alta de actividad económica emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria con fecha posterior a la convocatoria de la licitación. El licitador deberá llevar ejerciendo su actividad con una antigüedad mínima de un año.
C) Certificado emitido por compañía o correduría de seguros acreditativo de la vigencia de un seguro de Responsabilidad Civil, que incluya la responsabilidad patronal, con un capital mínimo asegurado de seis millones de euros (6.000.000,00
€).
D) Informe de trabajadores de alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, con fecha posterior a la convocatoria de la licitación, de todos los códigos de cuenta de cotización del licitante.
E) Declaración Responsable ajustada al modelo europeo único de contratación, que se cumplimentará según el XXXXX XXX. Además, cada adjudicatario deberá tener en cuenta, según sus circunstancias, las siguientes especialidades:
- Para los supuestos en que el empresario recurra a la solvencia y medios de otras empresas, estas últimas deberán presentar también las respectivas Declaraciones Responsables.
- Para los supuestos en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, cada uno de los mismos deberá aportar la correspondiente Declaración Responsable.
EMT puede pedir a los candidatos y licitadores que presenten todos o parte de los documentos justificativos de lo manifestado mediante Declaración Responsable, cuando surjan dudas sobre su vigencia o fiabilidad, salvo si el empresario está inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado Miembro de la Unión Europea.
F) Nota simple de toda la información inscrita del licitante emitida por el Registro Mercantil.
G) Certificado o copia de la Tarjeta del Número de Identificación Fiscal.
H) Fotocopia completa del Documento Nacional de Identidad de la persona física que actúe como o por cuenta del licitante.
I) Escrito firmado y sellado con la designación de cuenta de correo electrónico que se acepta como válida parta la realización de todas las notificaciones y comunicaciones a que dé lugar la licitación, con manifestación expresa del compromiso que asume el licitante de acusar recibo de cada notificación.
j) Escrito firmado y sellado con la descripción de código alfanumérico xx xxxx caracteres que posteriormente se vinculará a la publicidad de la oferta económica.
Acreditación de solvencia técnica o profesional:
Los requisitos mínimos que deben reunir los licitadores, así como la documentación requerida para acreditar los mismos, serán los siguientes:
A) Autorización como operador/distribuidor que le habilite para el ejercicio de la actividad que constituye el objeto de este contrato (Real Decreto 2487/1994, de 23 de diciembre)
B) Haber realizado contrataciones del servicio objeto de esta licitación durante el ejercicio 2017, indicando: empresa contratante, actividad, volumen de combustible suministrado e importes facturados. Deberán estar debidamente acreditados mediante los certificados correspondientes.
C) Organigrama y presentación del licitante.
La acreditación de la solvencia económica-financiera y de la solvencia técnica o profesional a través de estos documentos que irán incorporados al sobre 1 de la Documentación Administrativa, será condición necesaria e imprescindible para la participación en la licitación y para la apertura del sobre 2 de la Proposición Económica.
SOBRE 2: OFERTA ECONÓMICA
A) Oferta técnica
Los documentos incluidos en este sobre deberán estar firmados y sellados en todas sus hojas. Incluirá los documentos conteniendo todas las características técnicas de la oferta, y como mínimo contendrá:
* Especificación técnica del tipo de carburante a suministrar, con indicación y descripción de los aditivos particulares del producto.
* Informe de resultados de analíticas y/o ensayos en cuanto a las especificaciones técnicas determinadas en el Anexo III del Real Decreto 1088/2010, de 3 de
septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 61/2006, de 31 de enero, en lo relativo a las especificaciones técnicas de gasolinas, gasóleos, utilización de biocarburantes.
* Memoria técnica de los trabajos a realizar, distinguiendo las tareas de suministro de carburante y las correspondientes a los servicios accesorios, incluyendo Plan de organización de los servicios de suministro, haciendo constar protocolos de actuación, protocolo y plan de gestión de incidencias, cumplimientos de tiempos de respuesta, inspecciones mensuales, etc.
* Curriculum Vitae del Gestor de Cuenta Local asignado al servicio.
B) Oferta Económica
La oferta económica vendrá determinada por el precio que aporte Xxxxxx a través de la página web Xxxxxxxxxxxxx.xxx o, en su caso, al organismo análogo que lo sustituya.
Xxxxxx es un proveedor independiente de precios de referencia de los mercados de materias primas y energía a nivel mundial. El “precio Xxxxxx” está establecido como la cotización más alta a cierre xxx xxxxxxx del día anterior.
La oferta económica presentada por los adjudicatarios vendrá determinada por el precio Xxxxxx del producto ofertado más un margen comercial máximo expresado en euros/litro con 4 decimales.
El margen comercial ofertado incluirá siempre el precio de todas las prestaciones que conlleve la adjudicación.
La determinación de la oferta económica vendrá dada por la aplicación de la siguiente fórmula:
Pr = (Pp x D/EU) /1000 + M + Impuestos
Donde:
Pr = Precio de referencia a pagar por litro de combustible
Pp = Precio de referencia Xxxxxx: precio medio de la cotización del producto USLD 10 ppm Cif med publicado en la página web Xxxxxxxxxxxxx.xxx del último miércoles antes de la finalización del plazo para presentación de ofertas.
D = Densidad equivalente a 0,845 T/m3. Esta densidad permanecerá invariable a lo largo de la duración del contrato salvo que exista justificación para variarla.
EU = Conversión de dólares a euros. Se utilizará el dato publicado en la página web Xxxxxxxxxxxxx.xxx correspondiente a la media del tipo de cambio del último miércoles antes de la finalización del plazo para presentación de ofertas.
M = Margen. Importe a determinar por el licitador. Incluye todos los costes de logística y distribución hasta situar el combustible en los depósitos de EMT, costes generales, beneficio empresarial y cualquier otro gasto que pueda originarse como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el pliego. Este margen se expresará como un máximo, de forma que durante la vigencia del contrato no podrá ser superior al ofertado en esta propuesta.
De forma complementaria y como concepto económico, los licitadores ofertarán un riesgo máximo que conceden a EMT en las operaciones comerciales de adquisición de combustible derivadas del Acuerdo Marco. El riesgo máximo se refiere al crédito comercial total que en un momento determinado el adjudicatario pueda tener pendiente de cobro incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
La oferta económica se aportará en el formato incluido en el ANEXO II y será firmada por persona debidamente apoderada.
2.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS: La presentación de ofertas por parte de los licitadores supone la aceptación incondicional de las cláusulas de este pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar. Los adjudicatarios seleccionados deberán firmar, a la vez que el Acuerdo Xxxxx, los pliegos y cualesquiera otros documentos que hayan servido para la preparación de las ofertas.
3.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO XXXXX
1º) PRECIO: de 0 a 80 puntos.
La valoración se realizará asignando 80 puntos a la oferta que ofrezca un menor margen comercial máximo expresado en euros/litro, con cuatro decimales.
Las restantes ofertas se evaluarán de forma inversamente proporcionales a su precio, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntos = 80 x (MO) / (OA) De donde:
MO = La oferta con menor precio OA = Oferta analizada
2º) RIESGO CONCEDIDO: de 0 a 20 puntos
La valoración se realizará asignando 20 puntos a la oferta que conceda mayor riesgo, entendiendo por riesgo concedido el límite de crédito disponible para EMT.
Al riesgo concedido inferior a 500.000 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido, se le concederán 0 puntos.
Las restantes ofertas se evaluarán de forma proporcional a su riesgo concedido, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntos = 20 x (OA/MO) De donde:
MO = La oferta que mayor riesgo concede entre las presentadas
OA = Oferta analizada
La puntuación de todos los apartados de las ofertas se redondearán al segundo decimal.
Si se produce empate entre dos o más ofertas, se considerará que presenta mejor relación calidad-precio aquella proposición que acredite la mayor cantidad de entre las siguientes circunstancias:
1. Disponer de mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
2. Disponer de la mayor cantidad de mujeres trabajadoras fijas hasta alcanzar la paridad.
4.- APERTURA Y EXAMEN DE OFERTAS:
Los sobre nº 1 serán abiertos en acto interno y sin la presencia de los licitadores, y los sobre nº 2 serán abiertos en acto público al que podrá asistir un representante de cada licitador.
Los actos de apertura se celebrarán en los lugares, días y horas indicados en este Pliego, en el anuncio de licitación publicado en el Diario Oficial correspondiente y en el Perfil del Contratante.
a) Apertura del Sobre nº 1 y calificación de la Documentación Administrativa
El acto de apertura se celebrará el día 16 de julio 2018.
EMT, en acto interno y sin la presencia de los licitadores, abrirá los Sobres n.º 1 y procederá a la calificación de la documentación presentada por los licitadores en estos sobres.
Si se observan defectos u omisiones subsanables, se comunicará a los interesados electrónicamente concediéndoles un plazo no superior a 3 días para la corrección o subsanación.
EMT podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
b) Apertura de los Sobres nº 2 y examen y valoración de las ofertas técnicas y económicas.
El acto de apertura se celebrará en acto público el día 20 de julio, a las 9:00 horas, en la Sala del Consejo de EMT, sito en Xxxxxxxx, 00000, Xxxxx Xxxxxx Xxxxx x.x 0.
EMT dará a conocer los licitadores admitidos y a los excluidos, así como las razones de la exclusión.
A continuación se abrirá la oferta del Sobre nº 2.
EMT podrá recabar de cualquier licitador documentación complementaria o aclaratoria de la ya aportada, concediendo un plazo no superior a 5 días.
En el acto de apertura de sobres se harán públicos los precios ofertados, vinculándolos a los códigos alfanuméricos designados en el Sobre 1.
5.- SELECCIÓN DE LAS EMPRESAS
El órgano de contratación adjudicará el Acuerdo Xxxxx a los licitadores cuyas ofertas cumplan los requisitos técnicos expuestos en el Apartado VI.3.2 y los requerimientos relacionados en el Apartado VII.1.6, y que, además, realicen las ofertas con mejor relación calidad-precio atendiendo a los criterios de adjudicación expuestos en el Apartado VII.3.
El número mínimo de adjudicatarios será de tres, siempre y cuando reúnan los requisitos establecidos en este Pliego.
El número máximo de adjudicatarios será de seis.
El órgano de contratación resolverá sobre la adjudicación en el plazo máximo de los 60 días naturales siguientes a la apertura de sobres.
La resolución de adjudicación será notificada mediante correo electrónico a todos los licitadores.
En los 15 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación, el adjudicatario deberá presentar en la EMT los siguientes documentos:
1. Dos ejemplares firmados y sellados en todas sus hojas del presente Pliego de Condiciones Administrativas.
2. Los correspondientes certificados de encontrase al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado, de la Comunidad Autónoma Valenciana y del Ayuntamiento de Valencia con fecha posterior a la resolución de adjudicación.
3. Un certificado de encontrarse al corriente en el ingreso de las cotizaciones a la Seguridad Social.
4. Un ejemplar del Documento de Seguridad exigido por la normativa de Protección de Datos Personales.
5. Un ejemplar del Manual de Prevención de Blanqueo de Capitales o de una declaración jurada en la que se expresara la inaplicación al adjudicatario de la legislación vigente sobre blanqueo de capitales.
6. El original de la garantía bancaria de la correcta ejecución del Acuerdo.
7. Documentación debidamente cumplimentada y sellada sobre Prevención de Riesgos Laborales y Medio Ambiente, que será facilitada por EMT en la comunicación de resolución de adjudicación, si procede.
La falta de aportación de la referida documentación necesaria en el indicado plazo supondrá la exclusión del licitador del procedimiento.
6.- FORMALIZACIÓN Y PUBLICACIÓN DEL ACUERDO XXXXX
El contrato de Acuerdo Xxxxx se otorgará en documento privado en las oficinas centrales de EMT el día en que el adjudicatario sea convocado al efecto.
El Acuerdo Xxxxx será publicado en tiempo y forma en cumplimiento de la legalidad vigente.
7.- RESPONSABLE DEL ACUERDO XXXXX
Cada adjudicatario designará un responsable del Acuerdo Marco y de los contratos derivados del mismo.
8.- RENUNCIA AL ACUERDO XXXXX
Cualquiera de los adjudicatarios podrá renunciar a su condición de adjudicatario del Acuerdo Xxxxx, siempre y cuando concurran los siguientes requisitos:
1º) Que medie acuerdo expreso entre EMT VALENCIA y el adjudicatario de que se trate.
2º) Que el número de adjudicatarios del Acuerdo Xxxxx que continúen como tales sea al menos de tres.
VIII.- CONTRATOS BASADOS EN EL ACUERDO XXXXX
1.- CELEBRACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS
La adjudicación de los contratos basados en el Acuerdo Xxxxx se llevará a cabo aplicando los términos establecidos en el mismo, sin necesidad de convocar a las partes a una nueva licitación, dado que las condiciones técnicas, económicas y procedimentales que se aplicarán a estos contratos basados han sido concertadas en el procedimiento de adjudicación del Acuerdo Marco.
Con carácter semanal, EMT concertará contrato basado en el presente Acuerdo Xxxxx con uno o varios de los adjudicatarios de este último, atendiendo a los criterios y en los términos y condiciones que se exponen a continuación.
La adjudicación del presente Acuerdo Xxxxx supone la aceptación por los adjudicatarios de las condiciones del mismo, que se da íntegramente por reproducido en cada Contrato basado que se suscriba a su amparo.
2.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS
2.1- Solicitud de ofertas a los adjudicatarios
Todos los miércoles, antes de las 13,00 horas, y martes en el caso en que el miércoles sea festivo, EMT solicitará a todos los adjudicatarios, mediante correo electrónico, su mejor oferta en precio final sin IVA, para el suministro de BIODIESEL AL 10% o GASÓLEO A, según las previsiones de cantidades y reparto para la semana siguiente y que se detallarán en la referida solicitud semanal.
En la solicitud semanal de ofertas a los operadores adjudicatarios, EMT indicará los lugares, fechas y horarios de entrega, y las cantidades de carburante a suministrar.
Con carácter excepcional, EMT podrá modificar el pedido semanal realizado, en cuanto a las cantidades de litros pedidas, notificándolo al adjudicatario seleccionado con suficiente antelación.
2.2- Remisión de ofertas a EMT
Antes de las 12,00 horas del siguiente jueves, los adjudicatarios remitirán su mejor oferta, en precio final sin IVA, a EMT, mediante correo electrónico.
Todos los adjudicatarios del Acuerdo Xxxxx estarán obligados a remitir oferta todas las semanas.
La no presentación de ofertas será penalizada en los términos y condiciones establecidos en el apartado VIII.4) “PENALIZACIONES”.
No se admitirán ofertas en las que los precios netos ofrecidos, excluido el IVA, supongan la aplicación de un margen comercial superior al ofertado en el procedimiento de adjudicación del Acuerdo Marco.
Se realizará la comprobación del límite comprometido en el Acuerdo Marco mediante la aplicación de la fórmula descrita en el Pliego, tomando como precio de referencia Xxxxxx el correspondiente a la cotización media del día en el que se remita la solicitud de oferta, es decir, miércoles, x xxxxxx en el caso en que el miércoles sea festivo, esto es:
Pr = (Pp x D/EU) /1000 + M + Impuestos
Donde:
Pr = Precio de referencia a pagar por litro de combustible
Pp = Precio de referencia Xxxxxx: precio de la cotización media del producto USLD 10 ppm Cif med publicado en la página web Xxxxxxxxxxxxx.xxx del día de la solicitud de oferta (miércoles, x xxxxxx en el caso en el que miércoles sea festivo).
D = Densidad equivalente a 0,845 T/m3. Esta densidad permanecerá invariable a lo largo de la duración del contrato salvo que exista justificación para variarla.
EU = Conversión de dólares a euros. Se utilizará el tipo de cambio publicado en la página web Xxxxxxxxxxxxx.xxx correspondiente a la media del día de la solicitud de oferta (miércoles, x xxxxxx en el caso en el que miércoles sea festivo).
M = Margen. Importe a determinar por el licitador. Incluye todos los costes de logística y distribución hasta situar el combustible en los depósitos de EMT, costes generales, beneficio empresarial y cualquier otro gasto que pueda originarse como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el pliego. Este margen no podrá ser superior al ofertado en la proposición económica del Acuerdo Xxxxx.
La presentación de oferta que supere el límite máximo del margen comercial, además de conllevar la exclusión de la oferta, será penalizada en los términos y condiciones establecidos en el apartado VIII.4) “PENALIZACIONES”.
2.3- Criterios de adjudicación del contrato basado
Antes de las 14,00 horas de cada jueves, EMT adjudicará mediante el envío de un pedido en firme el suministro al operador cuyo precio ofertado resulte más económico. Si el operador rechazara la operación por falta de crédito disponible, se ofrecerá sucesivamente a los siguientes que hayan ofrecido mejor precio. Si únicamente quedase un operador, éste no podrá rechazar la operación.
El adjudicatario dispondrá de plazo hasta el viernes a las 9,00 horas para confirmar la aceptación del pedido recibido.
2.4- Adjudicación del contrato basado
El contrato se celebrará entre EMT y cada adjudicatario del Acuerdo Xxxxx que para cada semana haya realizado la mejor oferta y cuente con riesgo concedido, con cumplimiento de todos los requisitos recogidos en el Acuerdo Marco, y siempre y cuando la oferta no supere el límite máximo del margen comercial anteriormente descrito.
En el supuesto en que la mejor oferta semanal, esto es el mejor precio, haya sido ofrecida por varios adjudicatarios que cuenten con riesgo concedido, se considerará que presenta mejor relación calidad-precio la oferta del adjudicatario que acredite, a fecha de la citada semana, la mayor cantidad de entre las siguientes circunstancias:
1. Disponer de mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
2. Disponer de la mayor cantidad de mujeres trabajadoras fijas hasta alcanzar la paridad.
Servirá de documentación y formalización del contrato la oferta presentada por el adjudicatario junto con la comunicación de aceptación de la misma por EMT, sin necesidad de firma de cualquier otro documento.
2.5- Entrega del suministro
El suministro de los carburantes pedidos cada jueves se efectuará en la semana siguiente mediante la entrega de las cantidades de carburante pedidas, en las fechas y centros indicados en los pedidos, dentro de los siguientes horarios:
* Depósito Norte, sito en Xxxxxxxx, 00000, xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx xx 0: De lunes x xxxxxxx, entre las 00,00 horas y las 03,00 horas.
* Depósito San Xxxxxx, sito en Xxxxxxxx, 000000, xxxxx Xxx Xxxxxx xx 0: De lunes a viernes, entre las 07,00 horas y las 09,00 horas.
En los casos en los que, por cualquier motivo, un camión cisterna no pudiera descargar la totalidad del producto solicitado, el remanente se devolverá a la Refinería o a donde el adjudicatario mejor disponga, no comprometiéndose EMT a recoger este remanente en ninguno de sus restantes centros de repostaje, salvo que EMT dispusiera lo contrario para esa situación en concreto en su mejor interés.
3.- PRECIO
El precio final de cada contrato basado en el Acuerdo Xxxxx será el correspondiente a las entregas de suministros efectivamente realizadas cada semana, y deberá indicarse el IVA como partida independiente.
En el precio de los contratos se considerarán incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, y todos los gastos que se originen para el
adjudicatario consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en los Pliegos de Condiciones.
4.- PENALIZACIONES
4.1- Demora en la entrega de carburante
En los supuestos de retraso en la entrega del producto, superior a veinticuatro horas desde la finalización del horario de entrega del suministro contratado, EMT podrá aplicar las siguientes penalizaciones, de forma acumulada:
* Hasta el 10% del importe del carburante no entregado, IVA no incluido.
* Anular el pedido, ofreciendo el contrato derivado sucesivamente a los siguientes adjudicatarios que hayan ofrecido mejor precio.
4.2- Calidad del producto
En los supuestos de incumplimiento en cuanto a la calidad del carburante, EMT podrá aplicar las siguientes penalizaciones, de forma acumulada:
* Hasta el 10% del importe del último suministro efectuado por el adjudicatario, IVA no incluido.
* Anular el pedido, ofreciendo el contrato derivado sucesivamente a los siguientes adjudicatarios que hayan ofrecido mejor precio.
4.3.- Precio ofertado superior al margen comercial máximo
En los supuestos en que el adjudicatario seleccionado la semana de que se trate ofrezca un precio que supere el resultante de aplicar el margen comercial máximo remitido como Oferta Económica en el procedimiento de licitación del Acuerdo Marco, mediante la fórmula descrita en el apartado VII.1.6.Sobre 2. B) “Oferta Económica”, EMT podrá aplicar las siguientes penalizaciones, de forma acumulada:
* Hasta el 10% del importe del suministro, calculado al precio máximo descrito en el párrafo anterior, IVA no incluido.
* Anular el pedido, ofreciendo el contrato derivado sucesivamente a los siguientes adjudicatarios que hayan ofrecido mejor precio.
4.4.- No remisión de oferta semanal a EMT
En el supuesto en que no se remita oferta semanal, se aplicará una penalización de mil euros (1.000,00 €), por cada vez que se produzca la falta de remisión de oferta semanal.
4.5.- Pago de las penalizaciones
Para el pago de las penalizaciones descritas en este apartado, XXX XXXXXXXX, a su elección, procederá a descontar su importe del de la siguiente factura que emita el adjudicatario penalizado, o girará al mismo recibo por dicho importe.
4.6.- Resarcimiento de daños y perjuicios
La imposición de penalidades contempladas en los apartados anteriores será, en su caso, independiente al resarcimiento de daños y perjuicios que se hubiera podido ocasionar a EMT por las circunstancias causantes de la penalización o penalizaciones de que se trate.
IX.- CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN
Las Condiciones Generales de Contratación que se aplicarán al Acuerdo Xxxxx adjudicado y a los Contratos basados en el mismo que se celebren a su amparo serán los siguientes:
PRIMERA.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Podrán contratar con la EMT las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que acrediten tener plena capacidad de obrar, no estar incursos en las prohibiciones de contratar especificadas en la legislación vigente, y ostentar la suficiente solvencia económica, financiera, técnica o profesional, debiendo contar asimismo con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
SEGUNDA.- RIESGO Y XXXXXXX
La ejecución del Acuerdo Marco y de los contratos basados en el mismo se realizará a riesgo y xxxxxxx de los adjudicatarios. Los adjudicatarios manifiestan que han compuesto sus respectivas ofertas con la información a la que han tenido acceso, que han considerado suficiente y completa para realizar una previsión satisfactoria de su análisis de coste- beneficio.
En ningún caso el precio podrá ser objeto de revisión periódica y predeterminada en función de precios, índices de precios o fórmulas que los contenga.
Los adjudicatarios serán responsables de la calidad técnica de los trabajos que desarrollen, de las prestaciones de servicios que realicen y de las entregas de suministros que efectúen, así como de las consecuencias que se deduzcan para la EMT o para terceros, por omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del Acuerdo Xxxxx y de los contrato basados en el mismo.
TERCERA.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
Los adjudicatarios no podrán subcontratar ni ceder, parcial o totalmente, las prestaciones convenidas en el presente Acuerdo Marco y en los contratos basados en el mismo, sin previa autorización expresa y por escrito de la EMT.
CUARTA.- CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES LABORALES
Las partes en este Acuerdo Marco constituyen empresas separadas e independientes, sin que entre ellas se dé otra relación que la del propio objeto pactado, siendo cada una de estas empresas responsable exclusivo de la relación laboral y de las obligaciones económicas y formales que se establezcan con su personal y con la Seguridad Social.
Los adjudicatarios se comprometen a respetar íntegramente las condiciones de trabajo marcadas en el Estatuto de los Trabajadores y resto de la legalidad vigente y en el Convenio Colectivo aplicable en cada momento, en especial en lo referente a la jornada de trabajo y volumen máximo de horas extras.
Los adjudicatarios se comprometen expresamente a cumplir todas las obligaciones existentes en relación con la Prevención de Riesgos Laborales, y en especial las relativas a la coordinación de actividades empresariales en distintos centros de trabajo.
EMT facilitará con anterioridad al inicio de las entregas de suministro la información e instrucciones precisas respecto a los riesgos existentes en los centros de trabajo donde se realicen esas entregas, y tendrá a disposición de los adjudicatarios la documentación relativa a la evaluación de los riesgos, planificación de la acción preventiva y medidas de protección y prevención a adoptar para las actividades contratadas.
Antes de su intervención en cualquiera de los centros de trabajo de la EMT, los adjudicatarios deberán entregar en EMT los datos de alta en la Seguridad Social de sus dependientes, así como los datos de la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y del Servicio de Prevención en su caso.
El personal de cada adjudicatario que desarrolle cualquier clase de función o trabajo en cualquiera de los centros de trabajo de la EMT está obligado a cumplir las normas sobre seguridad, salud y prevención de riesgos laborales establecidas para cada uno de ellos.
Si por cualquier circunstancia la EMT tuviere que hacer frente a responsabilidades laborales propias de los adjudicatarios, incluso aquellas sanciones que les fueren impuestas a su propio nombre por causa de responsabilidad recogida en el Estatuto de los Trabajadores, o por causa de accidentes laborales y sus indemnizaciones, podrá repetir dichas cantidades al adjudicatario correspondiente, dado que específicamente asumen la obligación de resarcir a la EMT por los mencionados perjuicios. La EMT está facultada para deducir los importes mencionados de cualquier pago que deba realizar a los adjudicatarios o mediante la ejecución de la garantía de correcta ejecución.
QUINTA.- CONFIDENCIALIDAD.
A salvo las obligaciones legales de información y publicidad que competen a la EMT por su condición de entidad integrante del Sector Público, las partes acuerdan proteger la confidencialidad de la presente relación contractual, incluyendo los datos de carácter personal, de conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos..
Cualquier información, fuese cual fuere su naturaleza, en cualquier forma o soporte, que fuese facilitada por una parte a la otra, será considerada como “información confidencial”.
A estos efectos, la expresión emisor significa la parte que facilita información confidencial y receptor significa la parte a quien se facilita o quien recibe la información confidencial.
El receptor se compromete a aceptar la información confidencial en un marco de confianza y a no facilitarla a ningún tercero ni utilizarla para su propio beneficio sin obtener el previo consentimiento escrito del emisor.
La presente obligación de confidencialidad se sujetará a las siguientes condiciones:
1. La información se manejará de una forma confidencial por todo el personal de las compañías y entidades, sus consejeros, ejecutivos, empleados, agentes, representantes, asesores y cualquier otra persona o entidad que tenga acceso a la misma.
2. La información se utilizará únicamente para la consecución del objeto de este contrato.
3. Cualquier persona o entidad a la que se deba facilitar o dar acceso a la información será claramente advertida de su carácter confidencial y del contenido de este acuerdo de confidencialidad.
4. El receptor no realizará copia de la información sin previo consentimiento escrito del emisor, excepto aquellas copias que sean necesarias para su estudio interno.
5. Cada parte asume la total responsabilidad por cualquier filtración o ruptura de la confidencialidad por cualquiera de sus consejeros, ejecutivos, empleados, agentes, representantes y asesores y de cualquier otra persona o entidad a la que haya facilitado la información, total o parcialmente.
6. En caso de resolución las partes quedan obligadas a devolver a la contraparte inmediatamente todos los documentos originales que se le hayan facilitado, a destruir todas las copias de los documentos, notas, resúmenes y archivos de cualquier clase que se haya generado y a no usar la información, o parte de ella, para su propio beneficio o el de un tercero.
Cualquier publicidad o información a los medios de comunicación referida a la simple existencia del presente contrato o a su contenido, deberá ser previamente aprobada por escrito suscrito por ambas partes.
La obligación de confidencialidad continuará aun después de extinguido el contrato.
Cada una de las partes responderá frente a la otra de cualquier daño directo derivado del incumplimiento de cualesquiera obligaciones dimanantes de la presente cláusula. Las partes responderán de los incumplimientos de todos sus dependientes, de sus colaboradores y de los terceros que conozcan la información confidencial con la autorización establecida en esta cláusula.
SEXTA.- FORMA DE PAGO.
Cada adjudicatario emitirá una sola factura mensual con fecha día 30 del mes que corresponda, que incluirá el precio de las entregas de suministro efectuadas en el mismo mes y de conformidad con las condiciones recogidas en este Acuerdo. En cada factura se repercutirá el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo de gravamen que corresponda
Las facturas se remitirán al Departamento de Administración de la EMT.
Cuando la factura haya sido conformada por el responsable del Acuerdo Xxxxx contrato, el pago se realizará por transferencia bancaria a los 30 días de la fecha de la factura.
SÉPTIMA.- GASTOS.
Son de cuenta de cada adjudicatario todos los costes y gastos que se produzcan al realizar la entrega de suministro objeto del Acuerdo Marco, aunque no hayan sido mencionados expresamente en el mismo ni en los contratos basados.
Los adjudicatarios deberán abonar a EMT el coste de los anuncios y publicaciones obligatorias realizadas en el procedimiento de contratación.
OCTAVA.- MODIFICACIÓN DEL ACUERDO MARCO Y DE LOS CONTRATOS BASADOS.
El Acuerdo Marco y los contratos basados en el mismo podrán modificarse conforme a lo establecido en la normativa de Contratos del Sector Público, en virtud de acuerdo expreso y por escrito de las partes, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Inadecuación de los suministros y/o la entrega de los mismos contratados para satisfacer las necesidades que pretenden cubrirse mediante el Acuerdo Xxxxx y los contratos basados en el mismo debido a errores u omisiones padecidos en la redacción del Acuerdo Marco, de los contratos basados o de las especificaciones técnicas.
b) Inadecuación del proyecto o de las especificaciones de los suministros y/o la entrega de los mismos por causas objetivas que determinen su falta de idoneidad, consistentes en circunstancias de tipo geológico, hídrico, arqueológico, medioambiental o similares, puestas de manifiesto con posterioridad a la adjudicación del Acuerdo Marco y/o de los contratos y que no fuesen previsibles con anterioridad aplicando toda la diligencia requerida de acuerdo con una buena práctica profesional en la elaboración del proyecto o en la redacción de las especificaciones técnicas.
c) Fuerza mayor o caso fortuito que hiciesen imposible la realización de la prestación en los términos inicialmente definidos.
d) Conveniencia de incorporar a la prestación avances técnicos que la mejoren notoriamente, siempre que su disponibilidad en el mercado, de acuerdo con el estado de la técnica, se haya producido con posterioridad a la adjudicación del contrato.
e) Necesidad de ajustar la prestación a especificaciones técnicas, medioambientales, urbanísticas, de seguridad o de accesibilidad aprobadas con posterioridad a la adjudicación del contrato.
Las modificaciones no previstas en este apartado, o que estando previstas no se ajusten a lo establecido, se regirán por lo dispuesto en el artículo 205 de la ley de Contratos del Sector Público.
NOVENA.- RESOLUCIÓN.
Son causas de resolución del contrato:
1. El incumplimiento esencial de las obligaciones asumidas por las partes.
2. El mutuo acuerdo de las partes, con los efectos que en el mismo se establezcan.
3. Incurrir el adjudicatario en incompatibilidad legal para contratar con el Ayuntamiento de València.
La resolución por causa imputable al adjudicatario tendrá efectos desde la comunicación de EMT.
DÉCIMA.- COMUNICACIONES.
Para todos los efectos de notificaciones, comunicaciones y requerimientos entre las partes, a que pueda dar lugar el presente Acuerdo Marco y sus contratos basados, las partes designan respectivamente como propio domicilio, el consignado en la comparecencia del contrato.
Las comunicaciones deberán realizarse por escrito, por cualquier medio que permita tener constancia del contenido de la comunicación, de su recepción o del intento de notificación y de su fecha.
Será válida la comunicación realizada mediante correo electrónico cuando se realice a las direcciones indicadas en el contrato.
Para su eficacia, cualquier modificación de la dirección postal, domicilio o dirección de correo electrónico indicada en el contrato deberá ser previamente notificada a la otra parte.
UNDÉCIMA.- VIGENCIA E INTERPRETACIÓN DEL ACUERDO MARCO Y DE LOS CONTRATOS BASADOS
Las disposiciones del Acuerdo Xxxxx entrarán en vigor a partir del día de su otorgamiento.
En caso de que alguna cláusula del Acuerdo Marco o de los Contratos basados en el mismo sea declarada ilegible, inaplicable o inválida, bien en parte o bien en su totalidad, esto no afectará a la validez y aplicabilidad de las demás cláusulas del Acuerdo Marco ni de los Contratos basados en el mismo.
La declaración de nulidad de una cláusula no tendrá como consecuencia la nulidad de todo el Acuerdo Marco ni de los Contratos basados en el mismo más que en el supuesto de que la cláusula invalidada tenga un contenido esencial para el cumplimiento de lo pactado. En lugar de la cláusula nula y para completar la omisión se considerará acordada la cláusula legal que más se asemeje por su contenido económico a la voluntad de las partes o al sentido y finalidad perseguida por ellas.
DUODÉCIMA.- NORMAS JURÍDICAS APLICABLES.
La relación establecida al amparo del contrato es de carácter privado y, en cuanto a sus efectos y extinción, se regirá por sus propias cláusulas y, en lo que en ellas no estuviere previsto, se atendrán las partes a las disposiciones del Código de Comercio, las leyes especiales y usos mercantiles, y en su defecto a lo dispuesto en el Código Civil.
En materia de modificación del contrato se aplicará lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público.
DÉCIMOTERCERA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
Siempre que se produzca una situación de conflicto las partes intercambiaran comunicaciones escritas en las que definirán la situación, expondrán los argumentos en que fundamentan su posición y realizarán una propuesta para resolver la controversia. Tras el intercambio de comunicaciones, si no se alcanza una resolución por escrito en el plazo máximo de un mes a contar desde el día en que se produjo la primera comunicación, cualquiera de las partes podrá instar el procedimiento judicial.
La solución de cualquier controversia, desavenencia, divergencia o cuestión litigiosa que pudiere surgir en cuanto a la ejecución, interpretación, aplicación, nulidad, anulabilidad, eficacia, ineficacia, cumplimiento o incumplimiento del contrato, se someterá a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de València.
ANEXO I
MODELO DE GARANTÍA DEFINITIVA
El BANCO * S.A. (en adelante el BANCO), y en su nombre y representación D. * apoderado con facultades suficientes para obligar en este acto a la entidad que representa, en virtud de poder otorgado ante el Notario D. * el día * de * de *
A F I A N Z A
con carácter solidario e indistintamente, de forma irrevocable, incondicional y con carácter a primera demanda a *, con domicilio en *, calle *, con C.I.F. nº * (en adelante el ORDENANTE), ante la EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES DE VALÈNCIA,
S.A.U. (Medio Propio) con domicilio en Pl. Xxxxxx Xxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxx y C.I.F. nº A- 46318416 (en adelante el BENEFICIARIO), con relación a las obligaciones asumidas por el ordenante en el contrato de *, adjudicado por resolución del órgano de contratación de fecha
*, expediente nº *.
PRIMERO.- El BANCO se obliga a pagar al BENEFICIARIO la cantidad que sea requerida HASTA UN MÁXIMO DE * EUROS (*€) para todo el plazo de vigencia de la fianza.
SEGUNDO.- El requerimiento de pago se formalizará por escrito, por cualquier medio que permita tener constancia del contenido de la comunicación, de su recepción o del intento de notificación y de su fecha, dirigido a la Oficina del BANCO situada en la xxxxx *, xx * de *
C.P. * o al correo-e *.
TERCERO.- La cantidad requerida se hará efectiva en los cinco días siguientes al de la notificación, mediante ingreso en la cuenta bancaria que a estos efectos se indique en el propio requerimiento de pago.
CUARTO.- El BANCO renuncia expresa e irrevocablemente a los beneficios de orden, excusión y división.
QUINTO.- La presente fianza tendrá validez hasta el día * (SERA TRES MESES DESPUES DE LA FECHA PREVISTA DE FINALIZACION, INCLUIDAS LAS PRORROGAS). Pasada la
fecha sin haberse exigido el pago, la fianza quedará automáticamente sin efecto. Este aval ha sido inscrito en el Registro Especial de Avales con el núm:
En * a * de * de *.
ANEXO II
OFERTA ECONÓMICA
OFERTA ECONÓMICA
D. ……………., con DNI. ……………………., en su condición de ……………... de , con
CIF … , domicilio social en ……………… y correo electrónico a efectos de notificaciones
………………….
Manifiesta que, enterado de todas las condiciones y términos para el suministro de GASÓLEO A o BIODIESEL AL 10% a la EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES DE VALENCIA
S.A.U (Medio Propio), recogidos en el Pliego del Acuerdo Marco para la Adquisición y Suministro de combustible para automoción, Expediente 2018/0055, presenta la siguiente OFERTA ECONÓMICA:
I - MARGEN COMERCIAL MÁXIMO
Se oferta el margen comercial máximo de , a aplicar sobre la siguiente fórmula:
Pr = (Pp x D/EU) /1000 + M + Impuestos
Donde:
Pr = Precio de referencia a pagar por litro de combustible
Pp = Precio de referencia Xxxxxx: precio medio de la cotización del producto USLD 10 ppm Cif med publicado en la página web Xxxxxxxxxxxxx.xxx del último miércoles antes de la finalización del plazo para presentación de ofertas.
D = Densidad equivalente a 0,845 T/m3. Esta densidad permanecerá invariable a lo largo de la duración del contrato salvo que exista justificación para variarla.
EU = Conversión de dólares a euros. Se utilizará el dato publicado en la página web Xxxxxxxxxxxxx.xxx correspondiente a la media del tipo de cambio del último miércoles antes de la finalización del plazo para presentación de ofertas.
M = Margen. Importe a determinar por el licitador. Incluye todos los costes de logística y distribución hasta situar el combustible en los depósitos de EMT, costes generales, beneficio empresarial y cualquier otro gasto que pueda originarse como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el pliego. Este margen se expresará como un máximo, de forma que durante la vigencia del contrato no podrá ser superior al ofertado en esta propuesta.
II – RIESGO MÁXIMO CONCEDIDO
El crédito comercial total que se podrá mantener pendiente de cobro a EMT, incluido el IVA, es de EUROS
Valencia, a …………….
Fdo. …………...
ANEXO III
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. ……………...…, mayor de edad, provisto de DNI ….., actuando en nombre y representación de la empresa ……………..……, con CIF ….. y domicilio social en ………., y en su condición de ……… en relación al procedimiento de contratación Expediente n.º 2018/0055 “ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE CARBURANTE A EMT VALENCIA S.A.U. (Medio Propio)”, convocado mediante anuncio de licitación publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público y en la página web de EMT VALENCIA xxx.xxxxxxxxxxx.xx en su Perfil del Contratante, con fecha ,
PONE DE MANIFIESTO:
1º) Que la sociedad está válidamente constituida.
2º) Que el firmante de esta declaración ostenta la debida representación para la presentación de la proposición y de la declaración.
3º) Que conoce el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas y todos los Anexos y Documentos que forman parte de la documentación publicada por EMT en relación con el citado Expediente de Contratación.
4º) Que conforme al objeto social de la sociedad puede presentarse a la licitación.
5º) Que la sociedad cumple con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigidos en las condiciones que establecen los Pliegos.
6º) Que ni el firmante, ni la sociedad a la que representa, ni sus administradores, ni las personas integrantes de su órgano de administración, dirección o supervisión, o que tenga poderes de representación, decisión o control en el mismo están incursos en prohibición de contratar, ni afectados de ninguna incompatibilidad legal para contratar con el Sector Público.
7º) Que ni el firmante, ni la sociedad a la que representa, ni sus administradores, ni las personas integrantes de su órgano de administración, dirección o supervisión, o que tenga poderes de representación, decisión o control en el mismo han sido condenados en los últimos cinco años, mediante sentencia firme, por delitos de participación en una organización delictiva, corrupción, fraude, delitos de terrorismo o ligados a las actividades terroristas, blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos.
8º) Que la sociedad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado, de la Comunidad Autónoma Valenciana y del Ayuntamiento de Valencia.
9º) Que la sociedad se encuentra al corriente en el ingreso de cotizaciones a la Seguridad Social.
10º) Que la sociedad cumple con las medidas técnicas y organizativas de seguridad establecidas en la normativa vigente de Protección de Datos de Carácter Personal.
11º) Que el firmante, los administradores, los representantes y los empleados de la sociedad, en caso de resultar ésta adjudicataria, mantendrán la confidencialidad a todos los efectos establecidos en los Pliegos y en el contrato sobre las obligaciones de protección de datos de carácter personal a los que puedan tener acceso, así como de los datos de EMT de los que tenga conocimiento como consecuencia o con motivo del contrato.,
Que la sociedad cumple con las medidas técnicas y organizativas de seguridad establecidas en la normativa vigente sobre Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo.
12ª) Que se designa la siguiente dirección de correo electrónico a los efectos de notificaciones, tal y como se prevé en el Pliego de Condiciones Administrativas.
13ª) Que la sociedad se obliga a acreditar documentalmente ante EMT, a requerimiento de esta última, la veracidad de lo declarado responsablemente en este escrito.
FECHA:
EL REPRESENTANTE DE:
SELLO Y FIRMA:
REPRESENTANTE LEGAL: