CONTRATO PARA LA AUTORIZACIÓN DE USO DE LOS MEDIOS DE VERIFICACIÓN
CONTRATO PARA LA AUTORIZACIÓN DE USO DE LOS MEDIOS DE VERIFICACIÓN
COMPARECIENTES:
Comparecen a la celebración del presente Contrato de Cesión No Exclusiva de Derechos de Autor, por una parte, _____________________________ mayor de edad, de nacionalidad ECUATORIANA con número de cédula/pasaporte ___________ , a quien en lo sucesivo se le denominará el “CEDENTE”.
Y, de otra parte, el _____________________________ , a través de la señora _____________________________ , en calidad de Director Ejecutivo, en lo sucesivo se le denominará el “CESIONARIO”.
Las partes libre y voluntariamente convienen en celebrar el presente instrumento contenido en las siguientes cláusulas:
PRIMERA. - ANTECEDENTES
De acuerdo con el artículo 104 del Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación, las obras susceptibles de protección comprenden, entre otras, las obras teatrales.
El artículo 167 del Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación, establece que las diversas formas de explotación de una obra son independientes entre sí y, en tal virtud, los contratos se entenderán circunscritos a las formas de explotación expresamente estipuladas y, salvo pacto en contrario, a las que se entiendan comprendidas según la naturaleza del contrato o sean indispensables para cumplir su finalidad.
El artículo 168 del Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación establece que, en la cesión no exclusiva, el autor conserva la facultad de explotar la obra o autorizar su explotación a terceros. Salvo estipulación en contrario, la cesión no exclusiva será intransferible y el cesionario no podrá otorgar licencias a terceros.
El convenio de Fomento Nro. _____-____-______-______-____ suscrito por la beneficiaria _____________________________ y el _____________________________ en fecha _____-____-______-______-____ , se establece en la cláusula sexta de convenio, Propiedad intelectual e imagen institucional, lo siguiente:
“El beneficiario cede los derechos no exclusivos de los medios de verificación entregados a favor del Ministerio de Cultura y Patrimonio y del Institutito de Fomento de las Artes, Innovación Creatividades, para la difusión parcial o total, con fines de circulación, promoción y usos pedagógicos, previa comunicación entre las partes.”
El “CEDENTE” es titular de los derechos de explotación de los medios de verificación del proyecto “_________ ”.
El “CEDENTE” está interesado en ceder los derechos de explotación de manera no exclusiva de la obra y, el “CESIONARIO”, a su vez, interesado en aceptar dicha cesión, por lo que habiendo llegado las partes a una coincidencia mutua, formalizan el presente CONTRATO DE CESIÓN NO EXCLUSIVA DE DERECHOS DE AUTOR, en adelante el “Contrato”, a objeto de constituir y regular su acuerdo.
SEGUNDA. – OBJETO: CESIÓN NO EXCLUSIVA
A través del presente contrato el “CEDENTE”, cede de manera no exclusiva los medios de verificación del proyecto “_________ ”, a favor del “CESIONARIO”, que comprenderá las siguientes formas de explotación:
La reproducción y exhibición de los medios de verificación antes referida, a través de cualquier forma o procedimiento establecidos en este contrato.
La difusión parcial o total, con fines de circulación, promoción y usos pedagógicos, previa comunicación entre las partes.
TERCERA. - DURACIÓN
3.1. El plazo del presente contrato es de 1 año y entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, pudiendo prorrogarse si las partes lo consideran conveniente. No obstante, este plazo no podrá superar, en ningún caso, el plazo máximo de duración de los derechos de explotación previsto en la Ley.
CUARTA. - ÁMBITO TERRITORIAL
4.1. Los efectos jurídicos derivados del presente contrato serán válidos en el país de Ecuador.
QUINTA. .- CONTRAPRESTACIÓN ECONÓMICA
5.1. Para la línea de Fomento de Fortalecimiento Artístico, Cultural o Creativo Iniciales o en Marcha, conforme lo determinan las bases técnicas del concurso y el convenio, no estipula una contraprestación económica por la cesión de derechos de los medios de verificación.
SEXTA. .- CONDICIONES DE LEGITIMIDAD DE LOS DERECHOS
6.1. El “CEDENTE” declara que es el titular de los medios de verificación del proyecto “AL INICIO SE LA VIDA” y, en consecuencia, garantiza que puede autorizar la explotación no exclusiva de los derechos aquí mencionados sin ningún tipo de gravamen, limitación o disposición.
6.2. En cualquier caso, el “CEDENTE” responderá frente a reclamos de terceros que, por esta naturaleza, se proponga en contra del “CESIONARIO”.
SEPTIMA. - TERMINACIÓN DEL CONTRATO
7.1. El presente contrato termina por las siguientes causas:
Por cumplimiento del plazo.
Por incumplimiento del objeto y obligaciones establecidas en el presente instrumento por cualquiera de las partes.
Por mutuo acuerdo de las partes.
OCTAVA. - ACEPTACIÓN DE LAS PARTES
Los comparecientes aceptan y se ratifican en el contenido íntegro de este instrumento legal, procediendo a firmarlo, en 3 ejemplares de igual valor y contenido, en la ciudad de _________ , a ___ dias del mes de ______ de ____ .
__________________________ ________________________
CESIONARIO CEDENTE