Administración Nacional de Correos - Licitación Abreviada: Objeto: Suministro de servicio de prepreprocesamiento de correspondencia para la Administración Nacional de Correos
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Administración Nacional de Correos - Licitación Abreviada:
Objeto: Suministro de servicio de prepreprocesamiento de correspondencia para la Administración Nacional de Correos
LICITACION ABREVIADA N° 10/06
Objeto: Contratación de Servicio de prestación de personal para desarrollar tareas en dependencias de la ANC.
Presentación de ofertas : hasta la hora 15:00 del día 14 de Julio de 2005, en dos sobres ( original y copia ) en División de Recursos Materiales y Suministros–Piso 3° Correo Central, Teléfono: 916.02.00 xxx. 000-000, fax: 916.02.00 int. 376.
E- mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx
Fecha de Apertura: 14 de Julio de 2006 . Hora 15:00 en División de Recursos Materiales y Suministros
Valor xxx Xxxxxx : $ 1000
PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES
CAPITULO I – Del Objeto, tareas y personal requerido
1- OBJETO DEL LLAMADO
El objeto del presente llamado es la contratación de servicio de prestación de personal, para desarrollar tareas en dependencias de la ANC.
2- ESPECIFICACIONES
La empresa adjudicataria se obliga a brindar el personal necesario, para el cumplimiento de las distintas tareas que se requieran por parte de la ANC.
El personal desarrollará las tareas en las distintas oficinas xx Xxxxxxx a Lunes, en horario diurno o nocturno según las necesidades de la Administración, estimando que el horario no será nunca inferior a 6 horas diarias ni mayor a 10 horas por persona.
Se requerirá personal con dos tipos de perfiles :
PERFIL 1 : HORA COMUN
Ciclo básico completo
Responsable
Ordenado y prolijo
Buena presencia
Capacidad para realizar tareas de carga y descarga.
No mayor a 35 años.
Disponibilidad horaria
PERFIL 2 : HORA ESPECIALIZADA
Ciclo básico completo.
Buena presencia
Responsable
Ordenado y prolijo
Operador PC.
Disponibilidad horaria
A los solos efectos ilustrativos se establece que las necesidades horarias que se estiman , podrán ser cubiertas con 60 personas.
3. TAREAS
Las tareas a realizar dependerán de la oficina a la que se asignen y de los perfiles establecidos.
Tanto la empresa como el personal deberá durante el desarrollo de las mismas cumplir con todas las disposiciones, que establezcan el o los representantes designados por la Administración .
CAPITULO II - De la normativa General
1- NORMAS QUE RIGEN EL LLAMADO
El presente Llamado se rige de acuerdo al presente Pliego Particular, las circulares aclaratorias que se puedan realizar luego de emitido el llamado y al Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales, en cuanto no se contrapongan al presente Pliego de Condiciones.
La presentación a esta licitación, implica la aceptación de la totalidad de las cláusulas que componen el presente Pliego de Condiciones, así como lo dispuesto en el Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministro y Servicios no Personales.
2- SOLICITUD DE ACLARACIONES Y/O PRORROGA
Sólo podrán formular consultas o solicitar prórroga de fecha de apertura quienes hayan adquirido el Pliego de Condiciones Particulares.
Las mismas podrán solicitarse por escrito hasta cinco (5) días hábiles antes de la fecha de apertura del llamado, personalmente en la División Recursos Materiales y Suministros, por fax al 9160200 int. 376 o por e-mail xxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx
3- CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y TRIBUTARIAS
La adjudicataria quedará obligada a pagar por lo menos Tres Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) a los empleados de hora común y Cuatro a los de hora especializada , por mes trabajado en jornadas de 8 horas, entre el primero y el diez de cada mes. (este ha sido creado por Ley 17.856 de 08/12/04).
El salario se reajustará aplicando la misma fórmula paramétrica establecida para los ajustes de precios, salvo que se dictaran decretos u leyes que establezcan condiciones más beneficiosas para el empleado.
Asimismo deberá cumplir las condiciones de trabajo establecidas en la legislación laboral común (Convenio Internacional del Trabajo N° 94) ratificado por Ley N° 12.030 del 27 de Noviembre de 1953 reglamentado por el Dec. N° 114/82 del 24 xx Xxxxx de 1982, relativo a las cláusulas de trabajo en los contratos celebrados por las Autoridades Públicas.
Sin perjuicio de lo establecido anteriormente, la empresa adjudicataria deberá tener presente que, si en el futuro se dictaren leyes, decretos u otras normas, que establecieren mejoras salariales mayores a los exigidos en este pliego, o se dictaren laudos o negociaran convenios colectivos en materia salarial que dispusieran otras condiciones más beneficiosas, los mismos deberán ser cumplidos en todos sus términos.
La ANC podrá exigir mensualmente la presentación de la documentación o declaración jurada que acredite que el oferente da cumplimiento a las normas vigentes en materia laboral y de seguridad social, con respecto al personal en relación de dependencia, tales como pago de remuneraciones, entrega de recibos de sueldos, comprobante de inscripción de la planilla de trabajo en el MTSS, comprobante de pago al BPS, comprobante de pago del seguro contra accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y demás que correspondieren.
Asimismo la Empresa adjudicataria deberá encontrarse al día en el pago de sus obligaciones tributarias con el BPS y la DGI, debiendo en el momento que se solicite presentar la documentación que lo acredite.
Sin perjuicio de lo mencionado anteriormente se podrá requerir en cualquier momento durante el período de ejecución del contrato, Certificado Contable que acredite la situación de regularidad en la totalidad de las obligaciones laborales y de seguridad social de la empresa para con sus dependientes, así como de sus obligaciones tributarias.
En caso de incumplimiento de las obligaciones mencionadas anteriormente, la ANC se reserva el derecho rescindir el contrato con pérdida del depósito en garantía por cumplimiento de contrato, sin perjuicio de las acciones civiles y penales que pudieren corresponder.
La ANC se reserva el derecho de realizar los controles que estime convenientes durante la vigencia del contrato pudiendo realizar auditorías a la empresa adjudicataria.
4- FORMA DE PAGO
El pago se realizará a 45 días mes vencido en el lugar que indique la ANC.
En el caso de incumplimiento del servicio, las multas serán descontadas del pago del mes siguiente.
CAPITULO III - DE LA OFERTA
1- ELEMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA OFERTA
Antecedentes del Oferente, especificando los datos necesarios para corroborar los mismos.
2- Información sobre la experiencia , currículum etc. sobre el personal que ofrece para la realización de los servicios.
3 – DOCUMENTACION : El oferente deberá adjuntar a la oferta:
El Formulario de Identificación del Oferente (Anexo I) y declarar bajo juramento que está en condiciones de contratar con el Estado en el Formulario adjunto ( Anexo II) .
Comprobante de estar inscripto en BPS y DGI .
Contratación de seguro de seguro contra accidentes de trabajo y enfermedades profesionales .
Comprobante de adquisición xxx xxxxxx.
Comprobante de depósito de la garantía de mantenimiento de la oferta
4 – OFERTA ECONOMICA
Se deberá establecer :
El precio de la hora de acuerdo a los perfiles definidos en el numeral 2 del Capítulo I. (Hora común – Hora especializada).
Hora Nocturna : el valor de la hora nocturna se calculará aplicando el siguiente coeficiente : 1.5 x 0.80 x el valor de la hora
Feriados : La forma de trabajo para los feriados nacionales laborables y no laborables, quedará a criterio de El CORREO según los requerimientos del servicio. Los feriados laborables serán de paga normal; mientras que para los feriados no laborables (1º de Enero, 1º xx Xxxx, 18 de Julio, 25 xx Xxxxxx, 25 de Diciembre y cualquier otro que el Poder Ejecutivo determine) se liquidará el doble de la cotización normal.
Se deberá especificar si el precio es con IVA incluido, de no establecerlo se entenderá que el mismo está incluido.
El precio se actualizará en forma cuatrimestral atendiendo a la siguiente fórmula paramétrica :
Hora actualizada = Hora o x (0.20 x IPCa) + (0.80 IMSa)
IPC o IMS o
Donde IPC= Indice de Precios al Consumo
a= índices al mes anterior al ajuste
o= índices al mes anterior a la fecha de la oferta
CAPITULO IV – De los requisitos de la Adjudicataria
1- DE LA EMPRESA
1- La empresa adjudicataria prestará servicios en el giro, EXCLUSIVAMENTE para la Administración Nacional de Correos, siendo incompatible la prestación de servicios para otras empresas xxx xxxxxxx postal y/o financiero (mensajería, courier, giros, transporte de encomiendas, empresas de pagos y/o cobros, etc.). La Administración exigirá a la Empresa adjudicataria declaración jurada ante Escribano Público de: a) que no está vinculada, a la fecha de la firma del contrato, con el tipo de empresas mencionadas anteriormente; y b) que no se vinculará, durante la vigencia del contrato y por un período de un año más (contado a partir de la finalización o rescisión del mismo), con las mismas. c) que ninguno de sus titulares, ni familiares directos es titular de otra empresa que preste servicios para este tipo de empresas.
2- La empresa respetará la legislación vigente en materia xx XXXXXXX y será pasible de las sanciones establecidas por la ley al respecto, debiendo firmar convenio de confidencialidad.
2- DEL PERSONAL
La empresa adjudicataria deberá presentar en forma previa al inicio de los servicios , la nómina completa del que será afectado para la realización de las distintas tareas.
El adjudicatario se obliga a notificar en forma escrita cualquier sustitución del personal ya sea definitiva o transitoria, con suficiente antelación, debiendo los mismos cumplir con los requisitos exigidos. Además deberá procurar mantener una baja rotación del personal.
Asimismo la ANC se reserva el derecho de solicitar la sustitución inmediata, de cualquier persona cuando considere que la misma no cumple con los requisitos exigidos por la Administración.
El personal deberá concurrir debidamente uniformado e identificado de acuerdo a los lineamientos que brinde la ANC al adjudicatario, siendo de responsabilidad de la empresa la provisión de los mismos.
Sin perjuicio de esto la adjudicataria tendrá el derecho de solicitar a la ANC, la devolución de un importe anual máximo de $ 600 (reajustado anualmente por IPC), por concepto de adquisición o renovación de uniformes equivalentes a la cantidad de personal contratado.
3- OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA
Será de cargo del adjudicatario el suministro del personal necesario y competente de acuerdo a los perfiles requeridos, debiendo hacerlos cumplir con las tareas que le han sido asignadas de acuerdo a los procedimientos, manuales, directivas , etc. impartidas por los representantes de la ANC.
La empresa adjudicataria será la única y absoluta responsable de la actuación de su personal, siendo responsable por los daños que puedan sufrir los mismos, así como los daños ocasionados por éstos a los funcionarios o bienes de la Administración y a las personas o bienes de terceros ajenos la misma .
CAPITULO V- DEL CONTRATO
1- PLAZO DEL CONTRATO
El período del contrato será de un año, con opción a prórroga por hasta tres períodos de un año cada uno si la Administración lo estimara conveniente y existiere acuerdo de la adjudicataria.
En el caso de que se entienda conveniente la no renovación del contrato se deberá cursar aviso con una antelación no menor a 30 días a la fecha del vencimiento del mismo.
2- INCUMPLIMIENTOS
En caso de incumplimientos la ANC podrá aplicar las siguientes sanciones :
Advertencia o apercibimiento
b) Suspensiones transitorias del servicio
c) Multas:
Las mismas se graduarán de acuerdo a la entidad del incumplimiento, pudiendo las mismas llegar hasta un 100% del precio del servicio no cumplido.
Las mismas serán descontadas de cualquier factura pendiente de pago o de la garantía de cumplimiento de contrato.
d) Sanciones Registro de Proveedores
Se podrá dispondrá la suspensión o eliminación del adjudicatario del Registro de Proveedores de la ANC , y su comunicación correspondiente al Registro de Proveedores del S.I.I.F.
e) Rescisión del Contrato
La ANC podrá rescindir el contrato en forma unilateral por incumplimiento total o parcial del adjudicatario en cualquier caso, entre los cuales se encuentran :
El incumplimiento de las condiciones descritas en el presente pliego .
La vinculación por parte del contratista o de su personal con empresas competidoras de “EL CORREO” en cualquiera de los negocios que este desarrolle.
La violación de la cláusula de confidencialidad.
El no cumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones laborales derivadas de los contratos de trabajos del personal asignado a las tareas.
La no presentación de la documentación que respalde las obligaciones laborales derivadas de los contratos de trabajo del personal asignado a las tareas, o de sus obligaciones tributarias.
La inasistencia reiterada de personal.
La reiteración en la sustitución de empleados, el no aviso en tiempo y forma de la sustitución del Personal, no contar con suplentes calificados en tiempo y forma, para sustituir al personal que sea sustituido.
Que las personas que designen la Administración a efectos de supervisar las tareas consideren que el trabajo se realiza en forma incorrecta.
Toda causa que a juicio de la Administración pueda considerarse lesiva de los intereses y de la imagen de la empresa.
En los casos de rescisión total o parcial la adjudicataria no tendrá derecho a reclamación alguna, pudiendo además la Administración entablar todas las acciones que legalmente correspondan.
CAPITULO VI-FACTORES DE EVALUACION DE OFERTAS Y ADJUDICACION
Las ofertas se evaluarán atendiendo a :
1) Los antecedentes comerciales y la experiencia de la Empresa y/ o de su personal en la prestación de servicios similares.
2)
Los precios comparativos .
El precio comparativo se obtendrá de la aplicación de la siguiente fórmula:
8400 hs. Comunes + 3600 Horas Especiales.
Una vez realizado el estudio de calificación de las ofertas, la Administración se reserva el derecho de adjudicar hasta el 70 % de los servicios a la empresa que se encuentre en el primer orden de precalificación desde el punto de vista económico, y un mínimo del 30 % restante a la que le sigue en el orden de prelación siempre que acepte los precios fijados por la primera.
CAPITULO VII : GARANTIAS
Garantía de mantenimiento de la Oferta
El plazo de mantenimiento de la oferta no será inferior a 90 días.
El oferente constituirá una garantía de mantenimiento de oferta mediante depósito en efectivo, valores públicos, fianza, aval bancario, o póliza de seguro de fianza.
Para el cálculo del monto de la oferta se tomarán como base la cantidad de 100.000 hs. Comunes y 44.000 horas Especializadas.
El depósito se realizará en el Dpto. de Tesorería de 13:00 a 16:00 hs..
Este requisito será imprescindible para la aceptación de la propuesta.
El pre- procesamiento consiste en la realización de las siguientes tareas:
Etiquetado T&T normal
Etiquetado T&T con número
Etiquetado T&T , número y etiqueta simple
Etiquetado T&T simple
Scan F
Etiquetado de direcciones
Ensobrado y sellado
Plegado
Insertos
Sellos de franqueo
Fórmula CN07 normal
2. Garantía de fiel cumplimiento del Contrato
A los efectos de garantizar el fiel cumplimiento del contrato, las empresas ,adjudicataria constituirá una garantía por un monto equivalente al 5% del monto adjudicado mediante depósito en efectivo, valores públicos, fianza, aval bancario, o póliza de seguro de fianza.
Para el cálculo del monto estimado de la adjudicación se tomarán como base la cantidad de 100.000 hs. Comunes y 44.000 horas Especializadas, teniendo en cuenta además el porcentaje de adjudicación en el caso de que se adjudicara a más de una empresa.
Se podrá exigir la variación de este monto siempre que el mismo no guarde una relación razonable con el monto anual facturado.
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