DEL CONTRATO DE SERVICIO DE “BAR DE LAS PISCINAS DE VERANO DE FLORES DEL SIL”.
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA ADJUDICACION
DEL CONTRATO DE SERVICIO DE “BAR DE LAS PISCINAS DE XXXXXX XX XXXXXX DEL SIL”.
DEFINICIÓN DEL PROCEDIMIENTO.-
La adjudicación del contrato mediante el procedimiento negociado se ampara en lo dispuesto en los artículos 138 y 169, 174 del RDL 3/2011 de 14 de Noviembre TRLCSP, concurriendo el supuesto contemplado en la cláusula 7 del presente pliego.
1. OBJETO DEL CONTRATO.
El contrato que en base al presente pliego se realice, tendrá por objeto la contratación del servicio de gestión del Bar de las Piscinas de Xxxxxx xx Xxxxxx del Sil en las condiciones establecidas en la en la memoria técnica.
2.- PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO.
La duración será de UNA TEMPORADA, entendiéndose que una temporada se concreta en los meses xx xxxxxx, comenzando el 15 xx xxxxx de 2018 y finalizando el 31 xx xxxxxx del mismo año, pudiéndose prorrogar por una temporada más.
3.-PRESUPUESTO.
El precio mínimo de licitación se establece en 1.936,00 Euros/temporada, correspondiendo a la
B.I. 1.600,00 Euros y al I.V.A. (21%) el importe de 336,00 Euros.
Los gastos de mantenimiento de dicha instalación, será de cuenta del adjudicatario, así como la luz, agua y gas.
4.-FINANCIACIÓN. EXISTENCIA DE CREDITO.
No existe financiación al no suponer un coste para la administración
5. GARANTIA PROVISIONAL.
No se solicita garantía provisional.
6. GARANTIA DEFINITIVA.
El adjudicatario del contrato a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5% del importe de adjudicación, excluido el impuesto sobre el valor añadido que será constituida en la forma establecida en el Art. 96 de RDL 3/2011 de 14 de noviembre TRLCSP.
El plazo para la constitución de la mencionada garantía será el establecido en el Art. 151.4 del TRLCSP, y será depositada en la Tesorería Municipal.
7.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION.
La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento negociado sin publicidad, por razones de su cuantía de conformidad con lo establecido en el Art. 174.e) y 178 RDL 3/2011 de 4 de noviembre TRLCSP.
8.- ASPECTOS TECNICOS Y ECONOMICOS QUE SERAN OBJETO DE NEGOCIACION.
Serán circunstancias a valorar para la resolución de este procedimiento, señaladas pro orden decreciente de importancia, y con la puntuación que se indica, las siguientes:
CUADRO RESUMEN DE CRITERIOS Puntuación Total Máxima: 100 puntos
| CRITERIO | PUNTOS |
1 | Oferta económica | 70 |
2 | Plan de explotación | 20 |
3 | Otras mejoras | 10 |
| TOTAL | 100 |
1º.-. Oferta económica, hasta 70 puntos. Se otorgará máximo puntuación al mayor precio ofertado, se otorgara 0 puntos a las ofertas cuya cuantía sea el tipo de licitación, para el resto de ofertas se efectuaran un reparto proporcional.
2º.- Plan de explotación, hasta 20 puntos. Se tendrá en cuenta aquí como criterios para determinar la calidad de la propuesta, entre otros, la dotación de personal, la calidad en el mobiliario, variedad en la oferta de productos (bocadillos, sándwiches, bebidas calientes, bebidas frías, bollería, pulgas, pinchos/canapés, raciones; lista de precios, etc.
3º.- Otras mejoras, hasta 10 puntos. Se tendrá en cuenta las mejoras que redunden en el beneficio del usuario.
Las determinaciones que se establezcan en las ofertas de los licitadores, formarán en el caso de las propuestas por el adjudicatario, como parte del contrato, siendo en consecuencia de obligado cumplimiento.
9.-PRESENTACION DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION, FORMALIDADES Y DOCUMENTACION.
9.1.- Lugar y plazo de presentación.- Las proposiciones se presentarán en la Sección de Contratación del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx en mano, de las 9:00 a las 14:00 horas, durante el plazo que se fije en la invitación que se remita o anuncio de licitación según proceda. Si el último día de plazo de presentación fuese sábado o día inhábil se trasladará al primer día hábil siguiente.
También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día y antes de las 14 horas del último día de presentación de ofertas, al Organo de Contratación, por FAX, TELEX o Telegrama, la remisión de la proposición. Sin cumplir tal requisito, no será admitida la proposición en el caso de que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
La sección de contratación acreditará la recepción del referido telegrama, con indicación del día de su expedición y recepción en el libro del registro correspondiente.
Las empresas interesadas podrán examinar la documentación en las dependencias de la sección de contratación, pudiendo obtener cuantas aclaraciones fueren precisas mediante llamada telefónica, consulta telegráfica, telex, fax o correo electrónico, en el número y dirección que igualmente se exprese en el anuncio. A estos efectos de obtención de información y de conformidad con lo establecido en el 158 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre TRLCSP, se establece un plazo de seis días naturales desde la primera publicación del anuncio del contrato para la presentación de la solicitud de la misma. El órgano de contratación no estará obligado a atender las solicitudes de envío de pliegos y documentación complementaria cuando ésta sea accesible a través del perfil del contratante.
Igualmente se establece un plazo de cuatro días naturales para la información prevista en el Art. 158.2, contados según xxxxxxx, desde la primera publicación del anuncio, o desde la finalización del plazo previsto en el apartado anterior.
En el supuesto de que la licitación se efectuara mediante procedimiento negociado sin publicidad, los plazos señalados en los párrafos anteriores se contarán a partir de la recepción del escrito de invitación.
Si la tramitación de la adjudicación fuera por procedimiento de urgencia los plazos establecidos en los párrafos anteriores se reducirían a la mitad.
El acceso al perfil del contratante se realizará a través de la pagina web de este ayuntamiento (xxx.xxxxxxxxxx.xxx.).
9.2.- Formalidades.- Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados denominados 1 y 2 y en cada uno de los cuales se hará constar el contenido en la forma que se indicará y el nombre, dirección, correo electrónico, teléfono y fax de contacto y firma del licitador.
SOBRE NUMERO 1 (cerrado)
Se denomina DOCUMENTACIÓN GENERAL. Debe figurar necesariamente inscrito el titulo del suministro, y los datos de la empresa anteriormente referenciados.
CONTENIDO:
(Se presentará documentos originales, o copias compulsadas).
1.- Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes en:
1.1.- Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales por fotocopia compulsada o, Escritura de Constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera una persona jurídica.
1.2.- Poder bastanteado por el Secretario Letrado de la Corporación, por lo Servicios Jurídicos o por Letrado con ejercicio en el ámbito del Colegio Profesional Provincial, cuando se actúe por representación. Así como D.N.I. del apoderado, o administrador, debidamente compulsado en su caso.
1.3.- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados Miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con
la legislación del estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente, o en la oficina consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañará además el informe a que se hace referencia en el Art. 55 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre TRLCSP.
1.4.- En caso de concurrir a la licitación varías empresas, constituyendo una unión temporal cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombre y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o entidad que durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración.
2.- Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, conforme a los arts. 60 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre TRLCSP.
La declaración responsable a que se refiere el párrafo anterior comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba exigirse al adjudicatario del contrato una vez realizada la adjudicación provisional del mismo, debiendo aportarse antes de su adjudicación definitiva.
3.- Certificado de alguno de los siguientes documentos acreditativos de la solvencia económica y financiera.
3.1.- Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
3.2.- Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de la actividad del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
Si por razones justificadas un empresario no puede facilitar las referencias solicitadas podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquier otra documentación considerada como suficiente para la Administración.
4.- Certificado de alguno de los siguientes documentos acreditativos de la solvencia técnica.
4.1. Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluyan importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados deben acreditarse mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. En su caso, estos certificados se comunican directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
4.2.- Declaración indicando los medios a su disposición para la prestación del servicio, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
5.- Para las empresas extranjeras, declaración responsable de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
6.- Resguardo de pago tasa presentación oferta (20,10 Euros).
La presentación por los empresarios de certificado de inscripción en Registros de Licitadores o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 84 del TRCLSP, deberá acompañarse a la misma de una declaración responsable del licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación dispensará de la presentación de la documentación que en el mismo se recoja.
SOBRE NUMERO 2.- (Cerrado, pudiendo estar lacrado y precintado)
Denominado: “PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONOMICA” deberá figurar necesariamente inscrito el título del servicio, y los datos de la empresa anteriormente referenciados .
CONTENIDO:
Proposición económica conforme al modelo que se adjunta en la cláusula final este pliego. Así como los documentos que sean objeto de valoración.
La proposición económica se presentará escrita a máquina y no se aceptarán aquellas que presenten omisiones, errores o enmiendas que impidan conocer claramente la oferta, debiendo estar firmada por quien tenga poder suficiente, pudiendo ser rechazada conforme a lo establecido en el Art. 84 del R.G.C.A.P.. En la oferta deberá indicarse de forma independiente el importe del impuesto sobre el valor añadido que deba ser repercutido.
La oferta económica se presentará en castellano. Cada licitador no podrá presentar más que una sola oferta. No se podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros empresarios, si lo hubiesen hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de lo establecido en este párrafo dará lugar a la desestimación de todas las proposiciones por el presentadas.
10.- MESA DE CONTRATACIÓN.
Por el Órgano de Contratación se designará la Mesa de Contratación a tenor de lo dispuesto en el Art. 320 del TRLCSP., y el apartado 10 de la disposición adicional segunda del TRLCSP.
11. CALIFICACION DE DOCUMENTACIÓN, APERTURA DE PROPOSICIONES ECONOMICAS.
Vencido el plazo de presentación de proposiciones el órgano de contratación procederá a la calificación de la documentación recibida en tiempo y forma (SOBRE “1”), pudiendo conceder, si observase defectos materiales en la misma, un plazo máximo de tres (3) días hábiles para que el licitador subsane el error.
La apertura del sobre 2 se abrirán en acto público el día y hora establecido en la invitación remitida a cada licitador.
A la vista de las proposiciones admitidas, se abrirá el PROCESO DE NEGOCIACIÓN, el cual se llevara a cabo en los siguientes términos:
1.- Abiertas las ofertas presentadas, se procederá a realizar una valoración previa de las mismas mediante informe del técnico del servicio, indicándose en el mismo los criterios de negociación sobre los que se puede mejorar la propuesta por los licitantes. No se continuara la negociación con las ofertas que no alcancen en el informe previo una puntuación mínima del 30% de la puntuación establecida.
2.-Se remitirá por correo electrónico una nueva invitación para mejora de las ofertas, adjuntándose a la misma el informe previo, y concediéndose un plazo adecuado para la presentación de la propuesta mejorada.
3.-Recibida la propuesta mejorada, por los técnicos del servicio se procederá a la valoración con un resumen del resultado de la negociación y con una propuesta de adjudicación fijándose las mejoras ofertadas por el licitador propuesto para la adjudicación. Los técnicos podrán solicitar a los licitadores las aclaraciones que estimen oportunas. En todo caso se garantizará la igualdad de trato y confidencialidad.
12.- DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN.-
El órgano de contratación de conformidad con lo establecido en el 151.2 del TRLCSP, requerirá al licitador que haya presentado la oferta económica más ventajosa para que dentro del plazo xx XXXX DIAS HABILES, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiere recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus Obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al Art. 64.2, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
13.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
El órgano de contratación de conformidad con lo establecido en el Art. 151.3 RDL 3/2011 de 14 de noviembre TRLCSP deberá adjudicar el contrato dentro de los CINCO DÏAS HABILES siguientes a la recepción de la documentación.
En los procedimientos negociados y de dialogo competitivo, la adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
La adjudicación se notificará a los candidatos o licitadores y simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante, en la notificación y en el perfil del contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme a lo establecido en el Art. 156 TRLCSP.
14.- FORMALIZACION DEL CONTRATO.-
Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá acreditar ante el Ayuntamiento el pago de los anuncios de licitación y adjudicación en su caso o cualquier otro documento que se requiera por el órgano de contratación (pólizas de seguros, etc).
La formalización del contrato deberá efectuarse no mas tarde de los QUINCE DIAS HABILES siguientes a aquel en que se reciba la notificación de la adjudicación de los licitadores y candidatos.
Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al Art. 40 TRLCSP, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiere recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto anteriormente sin que se hubiere interpuesto recurso, que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que en su caso hubiese exigido.
15.- FORMA DE PAGO.
El canon se abonara en dos plazos:
- El 50% del canon el día 15 xx xxxxx.
- El 50% restante del canon, el día 15 xx xxxxxx, en la cuenta que oportunamente se indique en la formalización del contrato
16. REVISION DE PRECIOS.
Transcurrido el primer año el precio será revisado en base al Índice de Precios del sector Servicios (IPS) que resulte asimilable (actividades de cafetería), siempre y cuando no se encuentren disponibles para su utilización pública precios específicos o subíndices más detallados; todo ello en virtud de lo establecido en al apartado Dos de la D.Ad.88 de la LPGE para 2014.
17. EJECUCIÓN DEL SERVICIO.-
La administración, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 52 del TRLCSP y 94 R.G.C.A.P., podrá ejercer de una manera continuada y directa la inspección y vigilancia del trabajo contratado a través del director expresamente designado, sin perjuicio de que pueda confiar tales funciones a cualquiera de sus órganos.
El adjudicatario deberá de prestar el servicio ajustándose al Pliego de Condiciones Técnicas que rigen el servicio así como a la oferta por el presentada.
18. GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO.
Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:
a) Los tributos estatales, municipales y regionales que deriven del contrato, pagos de anuncios.
b) Los de formalización pública del contrato de adjudicación.
c) Los tributos de cualquier índole que graven los distintos conceptos objeto del servicio, incluido el iva..
19. PLAZO DE GARANTIA
Dado el tipo de contrato no se establece plazo de garantía alguno.
20.- MODIFICACION DEL CONTRATO.
La Administración podrá modificar el contrato de conformidad con lo establecido en el TRLCSP art. 219 y 220
21. CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO.
Constituyen causas de resolución del contrato de suministro las establecidas en los arts. 223 y 308 del TRLCSP
22. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION.
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y
determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Los acuerdos dictados al efecto pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
23. REGIMEN JURIDICO.
En lo no previsto expresamente en el presente Pliego de Cláusulas, se estará a lo dispuesto en la RDL 3/2011 de 14 de noviembre TRLCSP, y RD 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
24. JURISDICCION COMPETENTE.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos serán resueltas por los Órganos de Contratación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa y abrirán la vía Contencioso-Administrativa a tenor de la Ley de dicha jurisdicción.
25. MODELO DE PROPOSICION.
Don .........................., mayor de edad, con domicilio en ............................, CP nº. , DNI
nº. .........................., en nombre propio (o en representación de la entidad. , con
domicilio en ................................................., NIF Núm. ), invitado a la adjudicación del contrato de
“GESTION DEL BAR DE LAS PISCINAS DE XXXXXX XX XXXXXX DEL SIL” mediante Procedimiento Negociado sin publicidad,, se compromete a realizarlo por el precio de:
Base Imponible. €/temporada
IVA 21%. €/Temporada
Total (en letra y número) €/temporada
con sujeción a la memoria técnica y Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que expresamente asumo y acato en su totalidad.
En ..........................., a ......... de de 2018
Firma Ponferrada, febrero de 2018