PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE GESTIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE LA RECOGIDA SEPARADA DE PAPEL- CARTÓN, EELL Y RECOGIDA DE MUEBLES Y ENSERES EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA PROVINCIA DE BURGOS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE GESTIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE LA RECOGIDA SEPARADA DE PAPEL- CARTÓN, EELL Y RECOGIDA DE MUEBLES Y ENSERES EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA PROVINCIA XX XXXXXX POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
INDICE
1.-OBJETO XXX XXXXXX
2.-AMBITO TERRITORIAL
3.-SERVICIOS OBLIGATORIOS
4.- DESTINO DE LOS RESIDUOS OBJETO DE CLASIFICACION y ELIMINACIÓN
5.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE PAPEL-CARTÓN
6.-DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO RECOGIDA Y TRANSPORTE DE ENVASES LIGEROS
7.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO RECOGIDA DE MUEBLES Y ENSERES
8.-DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y REPOSICIÓN DE CONTENEDORES.
9.-ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA
10.-PERSONAL
11.-PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
12.-VEHÍCULOS, MAQUINARIA E INSTALACIONES FIJAS
13.-SISTEMAS DE CONTROL
14.-DE LA TITULARIDAD DE LAS INVERSIONES EN MEDIOS MATERIALES
15.-DAÑOS A TERCEROS
16.-FORMA DE PAGO DEL SERVICIO
17.-MEJORAS OFERTADAS. ESTRUCTURA DE LA OFERTA. SOBRE B: PROPUESTA ECONOMICA Y DOCUMENTACION TECNICA
18.-DEDUCCIONES Y SANCIONES ANEXOS
ANEXO-1: MAQUINARIA ADSCRITA ANEXO-2: ESTUDIO DE COSTES
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ANEXO-3: XXXXXX XXXXXXXXXXX XXXX XXXXX XXXXX-0: XXXXXX XXXXXXXXXXXX XXXX XXXXXX ANEXO-5: PERSONAL A SUBRROGAR
1. OBJETO XXX XXXXXX
Es objeto del presente Xxxxxx enumerar una serie de condiciones técnicas que servirán de base para contratar la gestión del servicio público de recogida y transporte de residuos de envases y papel-cartón en el ámbito de los municipios y mancomunidades del punto
2. El citado servicio comprende también la recogida de muebles y enseres. Este concurso contempla 2 lotes en su licitación: XXXXXX XXXXX x XXXXXX XXXXXX.
La licitación de estos dos lotes, aún no contemplando la prestación del servicio de recogida de residuos urbanos (contenedor gris), prevee que, de manera ocasional, si durante la ejecución del contrato alguna de las mancomunidades solicitasen al Consorcio la prestación de la recogida domiciliaria, ésta quedase incorporada al presente contrato quedándo asdscrita al correspondiente SECTOR en función de la mancomunidad de que se trate.
Así, si el contratista o contratistas adjudicatarios de cada SECTOR, tuviera que prestar el servicio de recogida domiciliaria, depositará los RSU directamente en las plantas de transferencia más próximas, o en su defecto directamente en los CTR de Xxxxxx xx Xxxxx o Abajas. En las plantas de transferencia también se depositarán los muebles y enseres recogidos. Las plantas de transferencia están ubicadas en Xxxxx, Xxxxx de los Xxxxxxxx, Xxxxxx de Fernamental, Belorado, Briviesca, Xxxxxx xx Xxxxx y Miranda de Ebro. La frecuencia de recogida domiciliaria será la descrita más adelante.
2. AMBITO TERRITORIAL
Los servicios definidos en la cláusula 1 del presente Pliego se extenderán a la totalidad de las mancomunidades y municipios a continuación relacionados. Tomando como referencia la situación actual, tal y como se indica en las tablas siguientes, que comprenden los pueblos y mancomunidades que abarcan, así comos lo datos de población tomados directamente del plan Director de Residuos Urbanos de la Provincia xx Xxxxxx (año-03). Estos datos serán los que servirán de cálculo, con independencia de que se hayan producidos cambios en la población:
SECTOR CENTRO
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Municipios Habitantes
MANCOMUNIDADES (18): | ||
Mancomunidad Comarca de Xxxxx xx Xxxx | 00 | 0.000 |
Xxxxxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx xx Xxxxxxx | 6 | 4.912 |
Mancomunidad Comarca del Arlanzón | 15 | 2.756 |
Mancomunidad Oca-Tirón | 21 | 4.558 |
Mancomunidad Sierra de la Demanda | 8 | 2.247 |
Mancomunidad Desfiladero-Bureba | 14 | 1.725 |
Mancomunidad Xxxxxx xxx Xxxxxxx y del Monte | 27 | 5.277 |
Mancomunidad La Yecla | 17 | 2.768 |
Mancomunidad Xxxxxx xx Xxxxx-Comarca xx Xxx | 31 | 10.523 |
Mancomunidad Xxx Xxxxxxxxx | 00 | 0.000 |
Xxxxxxxxxxxx Xxxxx xxx Xxx Xxxxx | 14 | 2.879 |
Mancomunidad Xxxxxx xx Xxxxxxxx | 0 | 0.000 |
Xxxxxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx | 22 | 4.065 |
Mancomunidad Odra-Pisuerga | 11 | 4.908 |
Mancomunidad Peña Xxxxx | 19 | 5.654 |
PUEBLOS NO MANCOMUNADOS (22) | |||
Xxxxxxx de Bureba | 1 | 86 | |
Bozoó | 1 | 117 | |
Briviesca | 1 | 6.271 | |
Busto de Bureba | 1 | 216 | |
Cascajares de Bureba | 1 | 54 | |
Xxxxxxx de Peones | 1 | 30 | |
Encio | 1 | 64 | |
Galbarros | 1 | 33 | |
Grisaleja | 1 | 50 | |
Piérngas | 1 | 43 | |
Xxxxxxxx xx Xxxxxx | 0 | 00 | |
Xxxxxxxx Xxxxxx | 1 | 46 | |
Xxxxxxxxxxxx | 0 | 00 | |
Xxxxxxxxxxxxx | 0 | 00 | |
Xxxxxxxxxxx Xxx Xxxxxx | 1 | 100 | |
Reinoso | 1 | 24 | |
Salinillas de Bureba | 1 | 52 | |
Santa Xxxxx xxx Xxx | 1 | 182 | |
Santa Xxxxx del Invierno | 1 | 67 | |
Xxxxxxxxxxx de Bureba | 1 | 41 | |
Xxxxxxx xxx Xxxxxx | 1 | 108 | |
Vileña | 1 | 36 | |
TOTAL | 278 | 74.154 |
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Posible Adscripción al SECTOR Centro, durante la ejecución del contrato.
Mancomunidad Tierras xxx Xxx | 15 | 5.806 |
Mancomunidad Xxxxxx Río Xxxxx-Zona San Xxxxx Xxxxxxx | 18 | 5.404 |
Mancomunidad Pueblos de la Vecindad xx Xxxxxx | 17 | 4.550 |
TOTAL | 50 | 15.760 |
SECTOR NORTE: | ||
MANCOMUNIDADES (5): | Municipios | Habitantes |
Mancomunidad Ebro-Xxxx | 6 | 2.980 |
Mancomunidad Noroeste xx Xxxxxx | 7 | 2.304 |
Mancomunidad Norte-Xxxxxx-Jerea | 7 | 6.854 |
Mancomunidad Oña-Bureba-Caderechas | 13 | 2.992 |
Mancomunidad Páramos y Xxxxxx | 6 | 1.557 |
PUEBLOS NO MANCOMUNADOS (22) Xxxxxx | 0 | 00 |
Xxxxxxx xx Xxxxxxx | 1 | 1.139 |
Encío | 1 | 64 |
Xxxxxxxx de los Xxxxxxxx | 1 | 2.062 |
Moncalvillo | 1 | 111 |
Piérnigas | 1 | 43 |
Poza de la Sal | 1 | 392 |
Xxxxxxxx xx Xxxxxx | 0 | 00 |
Xxxxxx xxx Xxxxxxxx | 1 | 402 |
Quintanabureba | 1 | 46 |
Xxxxxxxxxxxx | 0 | 00 |
Xxxxxxxxxxxxx | 0 | 00 |
Xxxxxxxxxxx Xxx Xxxxxx | 1 | 100 |
Reinoso | 1 | 24 |
Salinillas de Bureba | 1 | 52 |
Santa Xxxxx xxx Xxx | 1 | 182 |
Santa Xxxxx del Invierno | 1 | 67 |
Xxxxxxxxxxx de Bureba | 1 | 41 |
Xxxxxxx xxx Xxxxxx | 1 | 108 |
Xxxxx xx Xxxx | 1 | 3.229 |
Vileña | 1 | 36 |
Xxxxxxxxxx xx Xxxxxx | 0 | 00 |
Xxxxxxxxxx | 1 | 3.777 |
TOTAL 62 29.476
Cuando el Consorcio considere positivo para sus intereses la incorporación de nuevos ayuntamientos, pueblos, juntas vecinales o mancomunidades lo comunicará al concesionario que, en el plazo de dos meses, estará obligado a prestar el servicio objeto del contrato, en igualdad de condiciones, a las mancomunidades, pueblos, ayuntamientos y juntas vecinales que se indiquen en los precios pactados. Para ello se partirá de los precios/habitante ofertados en el momento de la prestación del servicio. Se tomarán como número de habitantes los indicados en este PPT (directamente sacados del Plan Director de Residuos). Esto Significa que si el tipo actual de licitación para el contrato SECTOR CENTRO es de 360.000 €/año, con la incorporación del Alfoz sería de 436.511,04 €/año. Por lo tanto no servirá aludir a un mayor o menor crecimiento del Alfoz al esperado para alegar desequilibrio económico-financiero alguno. Todos los habitantes recogidos de cada SECTOR son los recogidos en el Plan Director, luego la no coincidiencia con la realidad sería en términos en absolutos no relativos. Y, en cualquier caso, el licitador a la hora de elaborar la oferta, si así lo estima conveniente, puede reajustar sus datos con datos del INE. Para mayor abundamiento de lo anterior, en el Pliego se adjuntan los datos separados por mancomunidades del número de Toneladas de RSU recogidas que podrian servir para el cálculo estimado de habitantes y, en consecuencia, la producción de P/C, EELL y enseres prevista para cada mancomunidad por separada.
Lo aquí indicado es de especial relevancia para la posible incorporación de las mancomunidades “Tierras xxx Xxx”, “Xxxxxx Río Xxxxx-Zona San Xxxxx Xxxxxxx” y “Pueblos de la Vecindad xx Xxxxxx”.
De igual manera, pudiera suceder la situación contraria: Durante la ejecución del contrato, y caso de que el Alfoz decidiese incorporarse, pudiera ocurrir que transcurrido un año decidiese volverse a salir, o incluso alguna otra mancomunidad, en cuyo caso se partirá de los precios/habitante ofertados en el momento de la prestación del servicio y se procederá a su descuento. Esta situación se podría dar principalmente para las mancomunidades del Alfoz, lo que podría afectar a 15.760 de los 89.914 habitantes.
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3. SERVICIOS OBLIGATORIOS
Los servicios que tienen el carácter de SERVICIOS OBLIGATORIOS son los que se enumeran a continuación:
• Recogida selectiva y transporte de papel-cartón
• Recogida selectiva y transporte de envases ligeros
• Servicio de recogida de muebles y enseres
4. DESTINO DE LOS RESIDUOS de ENVASES OBJETO DE CLASIFICACION y ELIMINACIÓN.
Los envases usados y asimilables recogidos por el concesionario destinados a clasificación serán transportados a la Planta de Tratamiento de Abajas. El rechazo de los mismos será gestionado por el explotador de la planta de tratamiento.
El personal a cargo del concesionario deberá atender en todo momento las instrucciones del personal de la planta, en cuanto a punto de descarga, maniobras a efectuar y cualesquiera otras órdenes que les puedan ser dadas, así como las normas e instrucciones relativas a la prevención de riesgos en esta instalación.
5. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE PAPEL- CARTÓN
Este servicio, comprende:
a) La Recogida Selectiva de papel-cartón a través de contenedores monomateriales de color azul ubicados en el ámbito territorial de los municipios contemplados.
b) El Transporte a una Planta de almacenaje o de clasificación de papel-cartón, designada por el Consorcio.
c) La retirada y/o instalación de contenedores de 2.500 litros, en aquellos pueblos o mancomunidades que decidan abandonar el servicio, o incorporarse.
d) El mantenimiento, limpieza y reposición de los contenedores. En la reposición esta será de manera independiente del stock de contenedores.
5.1. Recogida Selectiva de papel-cartón
5.1.1. Residuos objeto de recogida
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El Servicio de recogida selectiva de papel-cartón mediante contenedores consistirá en la recogida selectiva, específica y separada del resto de residuos urbanos, del papel-cartón seleccionado y depositado por los propios generadores en contenedores monomateriales de color azul que para tal fin se instalen en la vía pública y su posterior transporte a las instalaciones de almacenaje o de clasificación de papel-cartón que designe el Consorcio.
El Servicio estará destinado al conjunto de generadores de residuos de papel-cartón del ámbito del Consorcio y comprende fundamentalmente a los generadores domésticos, así como a comercios, centros escolares, instituciones, centros administrativos, oficinas, empresas y en general, cualquier actividad del sector comercial y de servicios que genere papel-cartón y desee voluntariamente participar en la recuperación y reciclaje del mismo.
A nivel indicativo, con la finalidad de establecer el ratio que servirá de base para el estudio de costes e ingresos y por lo tanto para la oferta se acompaña el listado de históricos es el recogido en la siguiente tabla:
PAPEL/CARTON NORTE | PAPEL/CARTON CENTRO-SUR | ENVASES NORTE | ENVASES CENTRO-SUR | ENSERES NORTE | ENSERES CENTRO-SUR | |
AÑO | ||||||
Año-07 | 497 | 902 | 161 | 427 | 386 | 88 |
Año-08 | 592 | 1.747 | 252 | 913 | 377 | 199 |
Año-09 | 640 | 1.750 | 315 | 1.080 | 561 | 326 |
Año-10 | 619 | 1.696 | 347 | 1.068 | 532 | 309 |
Año-11 | 623 | 1.643 | 364 | 1.102 | 544 | 376 |
Estos datos no podrán servir de excusa para alegar desequilibrio económico alguno por la recogida de menor cantidad de papel-cartón, debiendo ser asumido por el contratista bajo su propio riesgo y xxxxxxx, lo aquí establecido es perfectamente aplicable para el caso de que se recoja más papel-cartón del esperado.
5.1.2. Lugar de depósito
Los residuos de papel-cartón se depositarán de forma voluntaria y sin ninguna limitación de horarios, en contenedores “monomateriales” normalizados de color azul, de aproximadamente 2.500 litros de capacidad, ubicados en la vía pública.
Los contenedores a emplear son de CARGA SUPERIOR, tipo iglú o trapeziodales de 2.500 litros de capacidad.
Los contenedores azules irán instalados, siempre que sea factible, junto a los contenedores destinados a envases “ligeros”.
El número mínimo de contenedores de recogida selectiva de papel-cartón instalados en el ámbito de actuación es el recogido en el anexo de este pliego
5.1.3. Modalidad de recogida
La recogida y transporte de los residuos de papel-cartón se efectuará mediante vehículos autocompactadores apropiados con sistema de carga superior.
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5.1.4. Horario de recogida
El horario de recogida será propuesto y justificado en sus ofertas por los licitadores, sin perjuicio de la potestad de los Servicios Técnicos del Consorcio de introducir modificaciones y la obligatoriedad del concesionario de aceptar tales modificaciones. No obstante, el horario de recogida será preferentemente diurno.
Los licitadores propondrán en sus ofertas los días y horarios de recogida que mejor se adapten a las peculiaridades propias de los municipios que integran cada sector y a los sistemas de recogida propuestos, sin perjuicio de la potestad de los Servicios Técnicos del Consorcio de modificarlos y la obligatoriedad del concesionario de aceptar tales modificaciones. Para ello deberán tener en cuenta el tamaño del municipio y de los barrios y núcleos que lo integran, la cantidad de residuos generados y que el servicio en cuestión no provoque distorsión alguna ni se vea impedido como consecuencia de la celebración de mercados semanales, intensidad de tráfico rodado, actividad ciudadana, movimiento de personas y vehículos en las horas de entrada y salida a colegios y empresas etc.
5.1.5. Frecuencia de recogida
La frecuencia de vaciado de los contenedores de papel-cartón será aquella que asegure que, en todo momento, el material depositado en cada contenedor en cuestión, no supere el 75% de su capacidad de llenado. Cada contenedor tendrá asignado por tanto, su propia frecuencia de vaciado. A título orientativo se considera un mínimo de una vez cada quince días, a excepción de los pueblos grandes que será de 1 vez cada semana. En la epoca estival (meses xx xxxxx, xxxxx, agosto y septiembre) la frecuencia mínima será 1 vez cada semana, a excepción de los pueblos grandes que será 2 veces semana. Esta frecuencia podrá ser cambiada por los propios servicios técnicos del Consorcio, debiendo ser asumida por el contratista bajo su riesgo y xxxxxxx y tenida en cuenta a la elaborar la oferta económica y el estudio técnico de explotación.
En aquellos casos en los que los Servicios Técnicos del Consorcio comprueben que la frecuencia de vaciado es insuficiente para garantizar una disponibilidad mínima del 25% del volumen de llenado de los contenedores, a requerimiento del Consorcio, el concesionario deberá incrementar la frecuencia de vaciado, hasta garantizar la disponibilidad exigida.
Con independencia de la frecuencia mínima de vaciado asignada inicialmente a cada uno de los contenedores, el concesionario vendrá obligado a acomodar la frecuencia de vaciado de los contenedores a la velocidad de llenado de los mismos, aumentando dicha frecuencia si fuera preciso, para así mantener permanentemente disponible la capacidad de depósito de papel-cartón en los contenedores, sin que ello suponga incremento alguno del precio de adjudicación.
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
El eventual incremento de las cantidades de papel-cartón a recoger selectivamente durante el periodo de vigencia del Contrato, derivado de un aumento del número de generadores o de la progresiva concienciación social y el consiguiente incremento de la participación ciudadana en el sistema de Recogida Selectiva propuesto, deberá ser previsto por los licitadores.
El concesionario deberá prever los refuerzos necesarios para los periodos punta de producción de papel-cartón en los que los medios ordinarios de recogida puedan resultar insuficientes, muy en particular los periodos estivales, semana santa, y fiestas.
5.1.6. Calendario de recogida
Los licitadores propondrán en sus ofertas el calendario de recogida que mejor se adapte a las frecuencias mínimas de vaciado adoptadas y a las peculiaridades propias de los municipios y Mancomunidades que integran el Consorcio y a los sistemas de recogida propuestos.
Como regla general el servicio se prestará de lunes a viernes, salvo en los casos que aquellos contenedores que experimenten una mayor velocidad de llenado durante el fin de semana, ferias, fiestas, o eventos de cualquier otra índole y precisen su inmediata recogida, aún cuando fuese xxxxxx, xxxxxxx o festivo.
Los licitadores deberán coordinar el calendario y horario de recogida de papel-cartón con el calendario y horario de otros servicios de recogida, para así alcanzar una mayor eficacia en el servicio.
5.1.7. Ejecución de los trabajos de recogida
El equipo de recogida vaciará los contenedores de papel-cartón de acuerdo con el calendario de recogida establecido, con independencia del nivel de llenado que cada contenedor en cuestión pudiera tener en el momento de acceder al punto de basura.
Será obligación del concesionario la recogida de cualquier residuo de papel- cartón que por el motivo que fuere se encuentre fuera de los contenedores, ya sea en el suelo o encima de los mismos. Esta labor podrá ser realizada por el equipo de recogida selectiva de suerte que no implique a los servicios municipales de limpieza viaria.
El concesionario deberá tener el máximo cuidado en la ejecución del Servicio al objeto de no ensuciar las aceras y calzadas. Los residuos que se viertan en la vía pública durante las operaciones de manipulación de los contenedores, serán inmediatamente retirados por los operarios que forman el equipo de recogida, o de otra forma alternativa que no implique a los servicios municipales de limpieza viaria.
Los contenedores, cada vez que se vacíen, deberán colocarse nuevamente en su emplazamiento original y siempre de forma que la boca de carga resulte accesible a los usuarios desde la acera, en una posición cómoda, sin ningún estorbo que se interfiera entre el contenedor y el usuario (mobiliario urbano, farolas, papeleras,...) y en la que se encuentren protegidos ante cualquier situación de peligro (atropello, caída...).
El resultado final de todas estas actuaciones será, en cualquiera de los casos el siguiente: los contenedores de papel-cartón que corresponda recoger perfectamente vacíos, correctamente instalados, con la tapa cerrada e inmovilizados y los puntos de basura en los que se ubiquen dichos contenedores, exentos de cualquier resto o desperdicio, sea
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cual sea su origen. Igualmente se vaciarán aquelos contenedores de papel-cartón que se encuentren soterrados (casos muy escepcionales y muy pocos).
El concesionario además, adoptará las precauciones oportunas para evitar cualquier vertido de papel-cartón durante los trayectos que median entre un contenedor y el siguiente, así como durante el transporte a la Planta de almacenaje o de clasificación de papel-cartón, para lo cual la tolva de carga del camión de recogida irá provista de un panel deslizante o cualquier otro dispositivo que impida eficazmente cualquier vertido.
5.2.- Transporte a una Planta de almacenaje o clasificación de papel-cartón
El papel-cartón recogido será transportado y entregado en las instalaciones de almacenaje o de clasificación de papel-cartón que designe el Consorcio. Dichas instalaciones, en la actualidad son propiedad de DESPANORSA en Villalbilla xx Xxxxxx, Carretera xx Xxxxxxxxxx, Km 6. El Consorcio, como consecuencia de los acuerdos que pudiera alcanzar con empresas del sector de recuperación del papel y cartón, podrá, a lo largo del periodo de vigencia del Contrato, exigir del concesionario la descarga del material en cualquier Planta de Almacenaje o de Clasificación que se encuentre en las cercanías del arriba mencionado. Si la Planta se encontrase fuera de dicho límite, se estará a lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares sobre modificaciones del Contrato.
Los operarios encargados de descargar el material recogido, atenderán en todo momento las instrucciones del personal responsable de las instalaciones receptoras de dicho material, en cuanto a punto de descarga, maniobras a efectuar y cualesquiera otras órdenes que les puedan ser dadas, así como las normas e instrucciones relativas a la prevención de riesgos en esta instalación.
5.3. Organización del servicio
Corresponde a las empresas licitadoras proponer el sistema más eficaz para llevar a cabo el servicio arriba indicado con los medios propuestos.
Los licitadores definirán con todo tipo de detalle el proyecto de organización, medios y personal, desarrollando como mínimo los siguientes puntos:
a) Descripción del equipo de recogida en cuanto a vehículo y personal, y ruta asignada.
b) Rutas de recogida debidamente justificadas, especificando en cada una de ellas:
- Itinerario a seguir
- Previsión de kilómetros a recorrer
- Nº de contenedores asignados para su vaciado, tipo de contenedores y ubicación precisa de los mismos por municipios
- Hora de comienzo y hora prevista de finalización
- Desglose del tiempo medio invertido en: vaciado de contenedores, desplazamientos y descarga en la Planta de Almacenaje de papel-cartón
- Previsión de la cantidad de residuos a recoger
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- Nº xx xxxxxx previstos a la Planta de Almacenaje de papel-cartón por jornada
c) Calendario y horario de recogida, en el que se detalle:
- Para cada municipio y dentro del mismo, para cada contenedor en cuestión, los días y horarios de recogida previstos y
- Para cada día del calendario, los municipios atendidos, especificando en cada uno de ellos los contenedores a vaciar
d) Cuantos datos sean necesarios para la mejor descripción del servicio
6. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO RECOGIDA Y TRANSPORTE DE ENVASES LIGEROS
Este servicio comprende:
a) La Recogida Selectiva de envases ligeros a través de contenedores monomateriales de color amarillo ubicados en el ámbito territorial de los municipios contemplados.
b) El Transporte a la Planta de Separación de Envases Ligeros ubicada en Abajas.
c) La retirada y/o instalación de contenedores de 2.500 litros, en aquellos pueblos o mancomunidades que decidan abandonar el servicio, o incorporarse.
d) El mantenimiento, limpieza y reposición de los contenedores. En la reposición esta será de manera independiente del stock de contenedores.
6.1. Recogida Selectiva de envases ligeros
6.1.1. Residuos objeto de recogida
El Servicio de recogida selectiva de envases “ligeros” mediante contenedores consistirá en la recogida selectiva, específica y separada del resto de residuos urbanos, de los envases “ligeros” seleccionados y depositados por los propios generadores en contenedores monomateriales de color amarillo que para tal fin se instalen en la vía pública y su posterior transporte a la Planta de Separación de Envases Ligeros.
El Servicio estará destinado al conjunto de generadores de envases y residuos de envases “ligeros” (de plástico, de metal y complejos briks) del ámbito del Consorcio que deseen voluntariamente participar en la recuperación de estos materiales.
El ratio que servirá de base para el estudio de costes e ingresos y por lo tanto para la oferta será, a nivel orientativo, el deducido de los datos de la tabla del apartado 5.1.1 de este Pliego. Estos datos no seirvirán de excusa para alegar desequilibrio económico alguno por la recogida de menor cantidad de envases, debiendo ser asumido por el contratista bajo su propio riesgo y xxxxxxx, lo aquí establecido es perfectamente aplicable para el caso de que se recojan más envases de los esperados.
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
6.1.2. Lugar de depósito
Los envases y residuos de envases se depositarán de forma voluntaria y sin ninguna limitación de horarios, en contenedores “monomateriales” normalizados de color amarillo, de aproximadamente 2.500 litros de capacidad, ubicados en la vía pública.
Los contenedores a emplear son de CARGA SUPERIOR, tipo iglú o trapezoidal de 2.500 litros de capacidad.
Los contenedores amarillos irán instalados, siempre que sea factible, junto a los contenedores destinados a los envases de papel-cartón, configurando lo que se conoce como “áreas de aportación”.
El número mínimo de contenedores de recogida selectiva de envases “ligeros” a implantar en el ámbito del Consorcio será el recogido en el anexo de este pliego.
6.1.3. Modalidad de recogida
La recogida y transporte de envases ligeros se efectuará mediante vehículos autocompactadores apropiados con sistema de carga superior.
6.1.4. Horario de recogida
El horario de recogida será propuesto y justificado en sus ofertas por los licitadores, sin perjuicio de la potestad de los Servicios Técnicos del Consorcio de introducir modificaciones y la obligatoriedad del concesionario de aceptar tales modificaciones. No obstante, el horario de recogida será preferentemente diurno.
Los licitadores propondrán en sus ofertas los días y horarios de recogida que mejor se adapten a las peculiaridades propias de los municipios que integran el Consorcio y a los sistemas de recogida propuestos, sin perjuicio de la potestad de los Servicios Técnicos del mismo de modificarlos y la obligatoriedad del Adjudicatario de aceptar tales modificaciones. Para ello deberán tener en cuenta el tamaño del municipio y de los barrios y núcleos que lo integran, la cantidad de residuos generados y que el servicio en cuestión no provoque distorsión alguna ni se vea impedido como consecuencia de la celebración de mercados semanales, intensidad de tráfico rodado, actividad ciudadana, movimiento de personas y vehículos en las horas de entrada y salida a colegios y empresas etc.
6.1.5. Frecuencia de recogida
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
La frecuencia de vaciado de los contenedores de envases será aquella que asegure que, en todo momento, el material depositado en cada contenedor en cuestión, no supere el 75% de su capacidad de llenado. Cada contenedor tendrá asignado por tanto, su propia frecuencia de vaciado. A título orientativo se considera un mínimo de una vez cada quince días, a excepción de los pueblos grandes que será de 1 vez cada semana. En la epoca estival (meses xx xxxxx, xxxxx, agosto y septiembre) la frecuencia mínima será 1 vez cada semana, a excepción de los pueblos grandes que será 2 veces semana. Esta frecuencia podrá ser cambiada por los propios servicios técnicos del Consorcio, debiendo ser asumida por el contratista bajo su riesgo y xxxxxxx y tenida en cuenta a la elaborar la oferta económica y el estudio técnico de explotación.
En aquellos casos en los que los Servicios Técnicos del Consorcio comprueben que la frecuencia de vaciado es insuficiente para garantizar una disponibilidad mínima del 25% del volumen de llenado de los contenedores, a requerimiento del Consorcio, el concesionario deberá incrementar la frecuencia de vaciado, hasta garantizar la disponibilidad exigida.
Con independencia de la frecuencia mínima de vaciado asignada inicialmente a cada uno de los contenedores el concesionario vendrá obligado a acomodar la frecuencia de vaciado de los contenedores a la velocidad de llenado de los mismos, aumentando dicha frecuencia si fuera preciso, para así mantener permanentemente disponible la capacidad de depósito de envases en los contenedores, sin que ello suponga incremento alguno del precio de adjudicación.
El eventual incremento de las cantidades de envases a recoger selectivamente durante el periodo de vigencia del Contrato, derivado de un aumento del número de generadores o de la progresiva concienciación social y el consiguiente incremento de la participación ciudadana en el sistema de Recogida Selectiva propuesto, deberá ser previsto por los licitadores.
El concesionario deberá prever los refuerzos necesarios para los periodos punta de producción de envases en los que los medios ordinarios de recogida puedan resultar insuficientes, muy en particular los periodos estivales, semana santa y fiestas.
6.1.6. Calendario de recogida
Los licitadores propondrán en sus ofertas el calendario de recogida que mejor se adapte a las frecuencias mínimas de vaciado adoptadas y a las peculiaridades propias de los municipios y mancomunidades que integran el Consorcio y a los sistemas de recogida propuestos.
Como regla general el servicio se prestará de lunes a viernes, salvo en los casos que aquellos contenedores que experimenten una mayor velocidad de llenado durante el fin de semana, ferias, fiestas, o eventos de cualquier otra índole y precisen su inmediata recogida, aún cuando fuese xxxxxx, xxxxxxx o festivo. Igualmente se vaciarán aquelos contenedores de EELL que se encuentren soterrados (casos muy escepcionales y muy pocos).
Los licitadores deberán coordinar el calendario y horario de recogida de envases ligeros con el calendario y horario de otros servicios de recogida, para así alcanzar una mayor eficacia en el servicio.
6.2.- Transporte a una Planta de Separación de Envases Ligeros del Consorcio
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
Los envases recogidos serán transportados y entregados en la Planta de Separación de Envases Ligeros del Consorcio ubicada en Abajas durante cualquier día del año, incluso los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos. Los operarios encargados de descargar el material recogido, atenderán en todo momento las instrucciones del personal responsable de dicha Planta, en cuanto a punto de descarga, maniobras a efectuar y cualesquiera otras
órdenes que les puedan ser dadas, así como las normas e instrucciones relativas a la prevención de riesgos en esta instalación. El contratista adaptará su plan de prevención de RLL a los de la planta de EELL
6.3. Organización del servicio
Corresponde a las empresas licitadoras proponer el sistema más eficaz para llevar a cabo el servicio arriba indicado con los medios propuestos.
Los licitadores definirán con todo tipo de detalle el proyecto de organización, medios y personal, desarrollando como mínimo los siguientes puntos:
a) Descripción del equipo de recogida en cuanto a vehículo y personal, y ruta asignada.
b) Rutas de recogida debidamente justificadas, especificando en cada una de ellas:
- Itinerario a seguir
- Previsión de kilómetros a recorrer
- Nº de contenedores asignados para su vaciado, tipo de contenedores y ubicación precisa e los mismos por municipios
- Hora de comienzo y hora prevista de finalización
- Desglose del tiempo medio invertido en: vaciado de contenedores, desplazamientos y descarga en Planta de Separación
- Previsión de la cantidad de residuos a recoger
- Nº xx xxxxxx previstos a la Planta de Separación de envases por jornada
c) Calendario y horario de recogida, en el que se detalle:
- Para cada municipio y dentro del mismo, para cada contenedor en cuestión, los días y horarios de recogida previstos y
- Para cada día del calendario, los municipios atendidos, especificando en cada uno de ellos los contenedores a vaciar
e) Cuantos datos sean necesarios para la mejor descripción del servicio
7. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO RECOGIDA DE MUEBLES Y ENSERES
La finalidad de este servicio es la prestación de un servicio adicional de Lunes a Viernes, donde el contratista facilitará un número de teléfono gratuito al que podrán llamar todos los Ayuntamientos solicitando fecha y hora para depositar los muebles y enseres.
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
La frecuencia de recogida de muebles y enseres será mensual, y con independencia de que los Ayuntamientos y pedanías llamen o no, los vehículos cajas abiertas adscritos se personarán en cada pueblo. El horario de recogida será propuesto y justificado en sus ofertas por los licitadores, así como el número de jornadas destinadas al servicio, sin perjuicio de la potestad de los Servicios Técnicos del Consorcio de introducir modificaciones y la obligatoriedad del concesionario de aceptar tales modificaciones. No obstante, el horario de recogida será preferentemente diurno. Será pues imprescindible, en la oferta a presentar por el contratista, que el licitador indique una ruta para la prestación de este servicio, para cada uno de los sectores, con
un calendario anual donde indique los días que pasará por los Ayuntamientos a realizar esta prestación. Este calendario, que podrá sufrir transformaciones a criterio de los servicios técnicos del Consorcio, será enviado a todos los Ayuntamientos. En el caso de que con los medios asignados la prestación del servicio no fuese suficiente el contratista se obliga a alquilar un camión caja abierta.
Así pues, los licitadores propondrán en sus ofertas los días y horarios de recogida que mejor se adapten a las peculiaridades propias de los municipios que integran cada sector y a los sistemas de recogida propuestos, sin perjuicio de la potestad de los Servicios Técnicos del Consorcio de modificarlos y la obligatoriedad del concesionario de aceptar tales modificaciones. Para ello deberán tener en cuenta los tamaños de los municipios, pueblos, pedanías y juntas vecinales, así como de las mancomunidades, la cantidad de residuos generados y que el servicio en cuestión no provoque distorsión alguna ni se vea impedido como consecuencia de la celebración de mercados semanales, intensidad de tráfico rodado, actividad ciudadana, movimiento de personas y vehículos en las horas de entrada y salida a colegios y empresas etc.
El destino final de estos enseres será la red de puntos limpios del Consorcio, lugar en el que el contratista deberá depositar debidamente separados los materiales recogidos.
8. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y REPOSICIÓN DE CONTENEDORES.
El servicio comprenderá:
1. La instalación de contenedores
2. La limpieza de contenedores
3. El mantenimiento de contenedores
4. La reposición de contenedores
5. El traslado y reubicación de contenedores y otros trabajos afines
8.1. INSTALACIÓN DE CONTENEDORES
8.1.1. Reglamento de accesibilidad
En cumplimiento del "Decreto 68/2000, de 11 xx xxxxx, por el que se aprueban las normas técnicas sobre condiciones de accesibilidad de entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación" que desarrolla la "Ley 20/1997 de 4 de diciembre, para la promoción de la accesibilidad", los licitadores deberán tener en cuenta a la hora de elegir e instalar los contenedores las normas de diseño e instalación de mobiliario urbano a fin de que no interfieran la accesibilidad a disminuidos físicos únicamente en aquellas "áreas de aportación" de las que puedan hacer uso.
8.1.2. Contenedores y recipientes especiales a instalar
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
Será obligación del concesionario la reposición de contenedores viejos o rotos por actos vandálicos, para ello dispondrá de un stock suficiente de los contenedores y recipientes especiales que se enumeran a continuación:
Para el servicio de recogida selectiva y transporte de papel-cartón:
• Mínimo 50 Contenedores monomateriales para papel de carga superior de 2.500 litros. (25 contenedores/año)
Para el servicio de recogida selectiva y transporte de envases ligeros:
• Mínimo 50 Contenedores monomateriales para envases ligeros de carga superior de
2.500 litros. (25 contenedores/año)
8.1.3. Nivel de containerización
La containerización abarca todo el ámbito del Consorcio, en particular los pueblos, municipios, juntas vecinales y pedanías y mancomunidades del punto 2 (ver anexo), siendo por tanto la totalidad de la recogida mecanizada, salvo en aquellas zonas que por sus especiales características (cascos históricos, zonas peatonales etc.) no sea factible o aconsejable la misma. Incluye incluso la pretación del servicios en contenedores soterrados.
8.1.4. Características y número de contenedores a instalar
La dotación del stock de contenedores será de 50 contenedores de papel-cartón y de 50 contenedores de EELL tipo igloo de 2.500 litros, tal que garantice en todo momento que con la frecuencia de vaciado asignada el nivel de llenado no supere el 75% de la capacidad instalada.
a) Servicio de recogida selectiva y transporte de papel-cartón:
Será obligación del concesionario la reposición por rotura o actos vandálicos en la vía pública de contenedores normalizados monomateriales similares a los existentes para el depósito de papel, que reúnan las características siguientes:
Contenedores del tipo iglú, de 2.500 litros de capacidad, de poliéster-fibra de papel- cartón. En cualquier caso serán todos ellos de las mismas características y capacidad en todo el ámbito del Consorcio, y llevarán inscrito el logotipo del Consorcio, indicando además en letras “Consorcio Provincial de Tratamiento de Residuos de la Provincia xx Xxxxxx”.
b) Servicio de recogida selectiva y transporte de envases ligeros:
Será obligación del concesionario la reposición por rotura o actos vandálicos en la vía pública de contenedores normalizados monomateriales similares a los existentes para el depósito de EELL, que reúnan las características siguientes:
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
Contenedores del tipo iglú, de 2.500 litros de capacidad, de poliéster-fibra de envases ligeros. En cualquier caso serán todos ellos de las mismas características y capacidad en todo el ámbito del Consorcio, y llevarán inscrito el logotipo del Consorcio, indicando
además en letras “Consorcio Provincial de Tratamiento de Residuos de la Provincia xx Xxxxxx”.
8.1.5. Distribución de contenedores
Corresponde al concesionario la reposición e instalación, incluso montaje de los nuevos contenedores en la vía pública.
La distribución de los nuevos contenedores se efectuará de forma escalonada, siguiendo itinerarios o rutas de recogida y tratando de provocar la menor distorsión posible en la ciudadanía.
De igual manera corresponderá al contratista el mantenimiento de todos los contenedores, así como la reposición de los existentes por rotura o vandalismo.
8.1.6. Eventos especiales
Con ocasión de la celebración de eventos especiales o en general ante cualquier situación que conlleve un acúmulo de residuos fuera de lo habitual, tales como:
- Conciertos musicales,
- Celebración de fiestas patronales de los diferentes municipios que integran el Consorcio, incluidas las de sus diferentes barrios,
- Romerías,
- Ferias de ganado,
- Comidas de jubilados,
- Concentraciones políticas,
- Eventos deportivos,
- Eventos culturales,
- Etc.,
el concesionario está obligado a instalar con antelación suficiente los contenedores de refuerzo que sean precisos y a prestar servicios especiales de recogida en coordinación con los servicios de limpieza que se prevean en cada caso.
A tal efecto, el concesionario deberá disponer permanentemente de un stock suficiente de contenedores de reserva para poder atender de forma inmediata cualquier situación de refuerzo ocasional que se presente, sin perjuicio de la reserva que también deberá disponer para atender las nuevas peticiones de instalación de contenedores y las necesidades de reposición de los mismos. Dichos contenedores estarán siempre limpios y en situación de ser puestos en servicio.
Finalizado el acontecimiento o la situación que ha provocado la mayor generación de residuos y una vez restablecida la normalidad, los contenedores instalados serán nuevamente retirados por el concesionario y tras ser sometidos a su limpieza serán almacenados.
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
A diferencia del stock inicial de mínimo 25 contenedores/año de P/C y 25 contenedores/año de EELL, para reposición que finalizado el contrato pasarán a ser propiedad del Consorcio, el stock de reservas serán finalizado el contrato propiedad del contratista.
8.1.7. Variaciones estacionales
En aquellas áreas donde se produzcan variaciones estacionales en la generación de residuos (áreas recreativas, establecimientos hosteleros, centros escolares, áreas turísticas, áreas xx xxxx etc.), el concesionario deberá adecuar tanto la dotación de contenedores como la frecuencia de recogida a las necesidades de servicio y previa autorización de los Servicios Técnicos del Consorcio.
8.1.8. Zona de almacenaje de contenedores y vehículos
El Consorcio pondrá a disposición del concesionario un área de reserva, con carácter excepcional y únicamente para la recepción provisional y montaje de los contenedores destinados exclusivamente al Consorcio, correspondiendo al contratista el almacenaje del stock, en sus naves.
De igual manera el contratista se obliga a poner a disposición del servicio al menos 4 naves, para la zona CENTRO y una nave para la zona NORTE, en los lugares que los Servicio Técnicos del Consorcio establezcan para dar la cobertura suficiente de actuación y para guardar todos los vehículos adscritos al contrato. Será por cuenta del contratista, la eliminación correcta de aquellos contenedores obsoletos o averiados, que no sean susceptibles de aprovechamiento y, que en cualquier caso, entorpezcan o afeen esa zona de almacenaje. De igual manera será a cargo del contratista la reposición de ellos. De esta manera el contratista se obliga a un correcto mantenimiento de todo el parque de contenedores.
No se podrán adscribir al servicio naves destinada a otros contratos diferentes a éste. A nivel orientativo las naves serán las siguientes: Zona NORTE (Villarcayo o Xxxxxx xx Xxxxx) y Zona CENTRO-SUR (Xxxxxxxx xx Xxxxx, Xxxxxxxx de la Sierra, Xxxxxx, Belorado).
Además, cada una de las dos zonas contará con un teléfono de llamada gratuita tipo 900, cuyo coste será asumido por el contratista.
8.1.9. Identificación de las áreas de aportación
Con independencia del número correlativo identificativo que debe llevar cada contenedor, será obligación del concesionario identificar el punto de basura en el que se ubiquen los contenedores mediante un número que irá impreso en uno de los contenedores instalados en la forma y tamaño que dicten los Servicios Técnicos del Consorcio, a efectos de utilización, en un futuro, de una aplicación Informática para el control de la gestión del servicio contratado.
Dicho número irá colocado en uno de los contenedores que integran el área de aportación y será visible desde la cabina de camión de recogida.
8.2. LIMPIEZA DE CONTENEDORES
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
8.2.1. Objeto
Para garantizar el perfecto estado higiénico-sanitario y el buen aspecto estético de todos los contenedores, será obligación del concesionario realizar una limpieza y desinfección exhaustiva de la totalidad de los contenedores instalados en el ámbito territorial de los municipios que integran el Consorcio.
8.2.2. Lugar de limpieza
Las operaciones ordinarias de limpieza de contenedores podrán efectuarse, mediante alguna de las siguientes modalidades o mediante la adecuada combinación de las mismas:
a) “In situ”, es decir, en el propio punto donde estén ubicados los contenedores
b) En instalaciones fijas del concesionario
En el caso de efectuar la limpieza “in situ”, el concesionario adoptará las medidas adecuadas para evitar cualquier molestia a bienes o personas derivada de las operaciones de limpieza, inclusive del estacionamiento del vehículo de limpieza en las inmediaciones del contenedor.
Cuando debido a las características del emplazamiento sea previsible que estas medidas resulten insuficientes, las operaciones de limpieza se desarrollarán obligatoriamente en las instalaciones fijas del concesionario o en un área próxima previamente autorizada por los servicios técnicos del Consorcio, debiendo en tal caso garantizar a los usuarios de los contenedores afectados la permanente disponibilidad de depósito de los residuos de que se trate, para lo cual el concesionario deberá trasladar y colocar provisionalmente un contenedor de similares características al retirado.
8.2.3. Frecuencia de limpieza
Los contenedores se someterán a las siguientes operaciones de limpieza con la frecuencia mínima indicada a continuación:
a) Contenedores monomateriales para papel-cartón (tipo iglú):
- Limpieza externa manual: cada 12 semanas
b) Contenedores monomateriales para envases ligeros (tipo iglú):
- Limpieza externa manual: cada 12 semanas
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
Con independencia de dicha frecuencia mínima, a requerimiento de los Servicios Técnicos del Consorcio, el concesionario vendrá obligado a efectuar la limpieza de aquellos contenedores que en el período comprendido entre limpiezas presenten signos evidentes de suciedad, sin que ello suponga incremento alguno del precio de adjudicación, en particular en los meses xx xxxxx, xxxxx, agosto y septiembre la frecuencia de limpieza será mensual, y espues de ferias, fiestas, actos o eventos de cualquier otra índole.
8.2.4. Descripción de las operaciones de limpieza externa de contenedores
La limpieza externa manual de los contenedores se realizará mediante el siguiente procedimiento general:
a) En primer lugar se procederá a la retirada manual de cualquier elemento extraño que se encuentre adherido al contenedor (carteles, cintas adhesivas, pegatinas etc.).
b) A continuación, se efectuará un pulverizado manual o mecánico de la superficie externa del contenedor proyectando un producto detergente eficaz. Dicho detergente se dosificará a la concentración recomendada por el fabricante, será biodegradable como mínimo en un 90 %, estará compuesto por tensioactivos de elevado poder humectante y emulsionantes de la materia grasa así como por secuestrantes de la dureza del agua y generará una cantidad reducida de espuma.
c) Finalmente, se enjuagará el contenedor con agua fría o caliente, con ayuda de una lanza de alta presión.
Si fuera preciso, aquellas zonas que se resistan a la limpieza mediante la lanza a presión se limpiarán de forma manual.
Finalizada la operación xx xxxxxx, el estado final del contenedor será tal que su superficie exterior no ofrezca resto alguno de suciedad.
Las operaciones de limpieza incluirán también la limpieza de la calzada ocupada por los contenedores, prestando especial atención a la parte situada justo debajo de los contenedores y su entorno, procediendo a su completo barrido o baldeo.
Cada vez que se efectúe una limpieza externa manual de contenedores, ésta alcanzará también a la parte interior de la tapa del contenedor.
Las operaciones xx xxxxxx deberán realizarse mediante procedimientos y detergentes químicos previamente autorizados por los Servicios Técnicos del Consorcio.
Para la limpieza externa manual de los contenedores se destinará un furgón hidrolimpiador, de agua fría o caliente, equipado con todos los elementos necesarios para efectuar la limpieza externa mediante el procedimiento descrito. Dicho furgón podrá ser alquilado por el propio contratista, sin necesidad de que figure en la relación de inmovilizado del propio Xxxxxxxxx.
8.2.5. Horario de limpieza
Las operaciones de limpieza externa manual de aquellos contenedores que se ubiquen en áreas urbanas (para papel o envases ligeros), se realizará preferentemente en horario diurno, para evitar así molestias a los ciudadanos.
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
8.3. CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTENEDORES
El Servicio consistirá en la conservación y mantenimiento INTEGRAL de la totalidad de los contenedores instalados, para que en todo momento se encuentren en perfectas condiciones de uso, tanto por parte de los usuarios como por parte de los diferentes servicios de recogida o lavado. Todos los contenedores llevarán impreso o en pegatina el logotipo del Consorcio.
Será obligación del concesionario la organización y ejecución de los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo de la totalidad de los contenedores.
El concesionario deberá establecer para el mantenimiento general periódico de los contenedores un Programa, en el que queden detalladas todas las operaciones de mantenimiento preventivo.
Los trabajos de mantenimiento, incluirán como mínimo:
• La revisión periódica del estado funcional y de conservación de los contenedores.
• La sustitución o reparación de cualquier componente deteriorado o defectuoso.
• El engrase de determinados componentes.
• La reposición de elementos reflectantes y otros adhesivos deteriorados.
• La reposición del número de identificación del contenedor y en su caso, del punto de basura, en los casos en los que no se visualicen correctamente.
• La eliminación de restos de óxido.
• La eliminación completa de pintadas y grafittis mediante productos de probada eficacia que a su vez no dañen el contenedor.
• La corrección de aquellas partes del contenedor que sufran golpes o impactos que den lugar abolladuras, deformaciones o desajustes.
• La corrección de aquellas partes del contenedor que sufran rozaduras que den lugar a rayas o zonas con desprendimiento de pintura o material.
• La reparación completa de aquellos contenedores que resulten calcinados de forma fortuita o intencionada o que sean objeto de actos de vandalismo.
• Otros trabajos incluidos en los manuales de conservación y mantenimiento de los fabricantes.
Si el deterioro del contenedor por cualquier causa (pintadas, grafittis, abolladuras, deformaciones, desajustes, rayas, zonas de desprendimiento de pintura o material, quema accidental o intencionada etc.) fuese de tal alcance que, a juicio de los Servicio Técnicos del Consorcio, el trabajo de corrección no fuese estéticamente aceptable, el concesionario deberá proceder, a requerimiento de los citados Servicio Técnicos, o bien a su reparación en un taller de carrocería especializado y si fuera preciso, al pintado completo del contenedor en una cabina xx xxxxxxx al horno o bien a la sustitución del contenedor por otro nuevo.
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
En los casos de trabajos de mantenimiento no programados, como consecuencia de necesidades sobrevenidas, el concesionario deberá solucionar la anomalía detectada, en un plazo máximo de 24 horas. Si ello no fuera posible, el concesionario deberá sustituir temporalmente el contenedor por otro similar.
Los trabajos de mantenimiento podrán efectuarse, mediante alguna de las siguientes modalidades o mediante la adecuada combinación de las mismas:
a) “In situ”, es decir, en el propio punto donde están ubicados los contenedores
b) En instalaciones fijas del concesionario
c) En un área próxima previamente autorizada por el Consorcio
Sólo podrán realizarse trabajos de mantenimiento “in situ” cuando éstos sean de escasa entidad, no afecten a su utilización por parte de los usuarios o a su manipulación por parte de los servicios de Recogida Selectiva y no originen ningún trastorno en la vía pública.
En caso contrario, los trabajos de mantenimiento se desarrollarán obligatoriamente en instalaciones fijas del concesionario o en un área próxima previamente autorizada por el Consorcio, debiendo en tal caso garantizar a los usuarios de los contenedores afectados la permanente disponibilidad de depósito de residuos, para lo cual el concesionario deberá trasladar y colocar provisionalmente un contenedor de similares características al retirado.
El concesionario dispondrá obligatoriamente de un stock suficiente de piezas de repuesto de los diferentes modelos de contenedores instalados (tapas, sistemas de elevación etc.), inclusive unidades completas. El concesionario asumirá las responsabilidades derivadas de la eventual demora que pudiera producirse en el mantenimiento ordinario o en la reparación de contenedores como consecuencia de la falta de repuestos necesarios.
Los repuestos utilizados para la sustitución o reparación de cualquier componente deteriorado o defectuoso serán siempre originales, es decir, suministrados por la casa fabricante de los contenedores.
El concesionario destinará al servicio de mantenimiento y conservación de contenedores un furgón de mantenimiento asistido por un operario cualificado y dotado de los elementos de utillaje, herramientas y repuestos necesarios para realizar "in situ" cualquier operación de mantenimiento preventivo o correctivo.
8.4. REPOSICIÓN DE CONTENEDORES
El concesionario, durante el periodo de vigencia de la concesión, estará obligado a reponer los contenedores que por cualquier causa desaparezcan de su emplazamiento o resulten seriamente deteriorados, cualquiera que fuese la causa, inclusive la quema o destrozo por actos de vandalismo, robo, uso incorrecto, impactos de cualquier tipo por parte de vehículos, caída de árboles y ramas etc..
Para ello, el concesionario dispondrá obligatoriamente de un stock suficiente de contenedores de los diferentes modelos empleados para garantizar la reposición inmediata de aquellos contenedores que sea preciso reponer. Dicho stock será como minimo de 50 contenedores de papel-cartón y 50 contenedores de envases.
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
8.5. INSTALACIÓN, TRASLADO Y REUBICACIÓN DE CONTENEDORES Y OTROS TRABAJOS AFINES.
Será obligación del concesionario, la realización de los siguientes trabajos:
a) La recepción, montaje, carga, transporte y colocación de contenedores en nuevas ubicaciones o en sustitución de los ya existentes.
b) La reubicación de los contenedores instalados por cualquier causa justificada (necesidades del servicio, obras, cambios en el tráfico rodado, falta de visibilidad para vehículos o peatones, acontecimientos sociales, culturales o deportivos etc.).
c) La retirada y posterior colocación de contenedores en aquellas áreas donde puedan preverse actos vandálicos o violentos, de acuerdo con los requerimientos que al efecto traslade el Consorcio.
d) Otros trabajos similares ordenados por los Servicios Técnicos del Consorcio.
8.6. ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y REPOSICIÓN DE CONTENEDORES.
Corresponde a las empresas licitadoras proponer el sistema más eficaz para llevar a cabo el servicio arriba indicado con los medios propuestos.
Los licitadores definirán con todo tipo de detalle el proyecto de organización, medios y personal, desarrollando como mínimo los siguientes puntos:
a) Limpieza de contenedores:
- Plan de limpieza de los contenedores destinados a los diferentes servicios.
- Descripción detallada de las operaciones de limpieza externa e interna de los contenedores.
- Descripción de los equipos xx xxxxxx en cuanto a vehículos y personal, y xxxx xx xxxxxx asignada.
- Rutas xx xxxxxx debidamente justificadas, especificando en cada una de ellas:
• Itinerario a seguir
• Previsión de kilómetros a recorrer
• Nº de contenedores asignados para su lavado, tipo de contenedores y ubicación de los mismos por municipios
• Hora de comienzo y hora prevista de finalización
• Desglose del tiempo medio invertido en: lavado de contenedores y desplazamientos
- Planos de detalle a escala adecuada en los que se especifiquen los itinerarios xx xxxxxx y los contenedores objeto de limpieza.
- Calendario y horario xx xxxxxx, en el que se detalle:
• Para cada municipio y dentro del mismo, para el núcleo principal, barrio, núcleo habitado o similar, los días y horarios xx xxxxxx previstos y
• Para cada día del calendario, los municipios atendidos, especificando en cada uno de ellos los núcleos, barrios o áreas a atender
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
- Plan de Actuación previsto en caso de avería de cualquiera de los vehículos xx xxxxxx
- Nivel de coordinación con los diferentes servicios de recogida.
b) Mantenimiento de contenedores:
- Plan de Conservación y Mantenimiento preventivo y correctivo de los contenedores y recipientes instalados
- Descripción detallada de las operaciones de mantenimiento a efectuar y forma de realización de las mismas
- Descripción del equipo de mantenimiento en cuanto a vehículo y personal
- Descripción del stock de piezas de repuesto de los diferentes modelos de contenedores instalados
c) Reposición de contenedores:
- Sistema de reposición de contenedores y estimación del número de reposiciones previstas al año.
d) Xxxxxxxx y reubicación de contenedores y otros trabajos afines:
- Vehículos y personal destinados al servicio especial de instalación, traslado y reubicación de contenedores y otros trabajos afines y disponibilidad de los mismos.
e) Cuantos datos sean necesarios para la mejor descripción del servicio
9. ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA.
En la actualidad el Consorcio no presta el servicio de recogida domiciliaria de RSU. No obstante, y ante la posibilidad de que durante la ejecución del contrato alguna mancomunidad lo solicitase, este Xxxxxx prevee esta casuística con la finalidad de evitar, en la medida de lo posible, la figura de los modificados durante la ejecución del mismo.
El servicio de recogida domiciliaria se realizará con la frecuencia de recogida que establezcan los servicios técnicos, sirviendo a modo de referencia las actuales frecuencias de recogida que vienen prestando las mancomunidades. En cualquier caso, las frecuencias de recogida domiciliaria a realizar nunca serán inferiores a las que venían prestando las mancomunidades.
El contratista no realizará inversión alguna en maquinaria limitándose a prestar el servició con los camiones, que a tal fin, le asigne el Consorcio. El contratista correrá con todos los cargos de mantenimiento, seguros, combustible, reparación de averías, etc de los vehículos a sí como el mantenimiento y reposición de los contenedores cuando procediese.
En la certificación mensual, los servicios técnicos procederán a multiplicar las toneladas depositadas por cada mancomunidad en la planta de transferencia o CTR asignada por el canon ofertado en €/T.
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
En la tabla adjunta se adjuntan las toneladas de RSU recogidas en el año 2.011
MANCOMUNIDADES | Toneladas-11 RSU |
Xxxxx xx Xxxx (Planta transferencia xx Xxxxx) | 2.191 |
Xxxx Xxxxxx xx Xxxxxxx (Planat de transferencia xx Xxxxx) | 1.325 |
Odra-Pisuerga (Planta de transferencia de Melgar de Fernamental) | 1.570 |
Peña Xxxxx (Planta de transferencia de Melgar de Fernamental) | 1.622 |
Ebro-Xxxx (Planta de transferencia de Xxxxxx xx Xxxxx) | 1.868 |
Noroeste xx Xxxxxx (Planta de transferencia de Xxxxxx xx Xxxxx) | 1.370 |
Norte-Xxxxxx-Jerea (Planta de transferencia de Xxxxxx xx Xxxxx) | 5.160 |
Páramos y Xxxxxx (CTR Abajas) | 601 |
Oña-Bureba-Caderechas (Planta de transferencia de Briviesca) | 1.223 |
Xxxxxx xxx Xxxxxxx y del Monte (planta transferencia Lerma) | 2.072 |
Xxxxxx xx Xxxxxxxx (planta transferencia Lerma) | 1.506 |
Bajo Arlanza (planta transferencia Lerma) | 1.371 |
Comarca del Arlanzón (planta transferencia Lerma) | 1.164 |
Desfiladero-Bureba (planta transferencia Miranda de Ebro) | 905 |
Oca-Tirón (planta transferencia Belorado) | 1.664 |
Sierra de la Demanda (planta transferencia Belorado) | 705 |
Río Arandilla (CTR Xxxxxx xx Xxxxx) | 1.218 |
La Yecla (CTR Xxxxxx xx Xxxxx) | 851 |
Xxxxxx xx Xxxxx-Comarca xx Xxx (CTR Xxxxxx xx Xxxxx) | 3.747 |
Xxxxx del Río Riaza (CTR Xxxxxx xx Xxxxx) | 1.255 |
33.388 | |
ALFOZ: | |
Xxxxxx del Río Xxxxx-Zona San Xxxxx Xxxxxxx | 4.479 |
Pueblos de la Vecindad xx Xxxxxx | 1.982 |
Tierras xxx Xxx | 2.474 |
8.935 |
10.- PERSONAL
El adjudicatario se subrrogará del personal descrito en el anexo 5, respetando sueldos y condiciones salariales. En ningún caso, el Consorcio mantendrá relación laboral alguna con el personal de objeto del contrato; ni antes, ni durante ni a la finalización del mismo. El concesionario dispondrá en todo momento del personal necesario para explotar eficazmente la gestión del servicio público, de acuerdo con las directrices y especificaciones descritas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas.
Como resultado de los estudios de organización realizados por las empresas licitadoras, relativos a los servicios objeto del contrato, los licitadores explicitarán una propuesta detallada de la previsión de plantilla que consideren necesaria, y las tareas encomendadas, que como mínima (excluido el servicio de recogida domiciliaria) será la siguiente:
XXXXXX XXXXX:
- 0 Xxxxxxxxxxx (xx 0-xxxxx xx 00-xxxx y de 1-octubre al 31-diciembre)
- 10 Conductores (de 1 xx xxxxx al 30-septiembre)
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
- 1 Jefe de Servicio
SECTOR CENTRO:
- 9 Conductores (de 0-xxxxx xx 00-xxxx x xx 0-xxxxxxx xx 00-xxxxxxxxx). Caso de incorporarse el Alfoz serán 11 conductores
- 13 Conductores (de 1-junio al 30-septiembre). Caso de incorporarse el Alfoz serían 16 conductores.
- 2 Peones especializados (de 1-enero al 31-diciembre). Caso de incorporarse el Alfoz serían 3 peones.
- 1 Jefe de Servicio
El número de jornadas laborales por trabajador será de 225 días/año (52 sábados, 52 domingos, 14 festivos y 22 días laborales de vacaciones). Además, en el estudio de costes, al objeto de homogeneizar las ofertas, se supondrá un absentismo del 3%.
En consecuencia, para garantizar la distribución de los trabajadores anteriormente escrita supondrá que el número real de trabajadores será la plantilla mínima por 1,13.
ZONA NORTE:
-5,6 Conductores (de 1-enero al 31-mayo y de 1-octubre al 31-diciembre)
-10,2 Conductores (de 1 xx xxxxx al 30-septiembre)
- 1 Jefe de Servicio
ZONA CENTRO-SUR:
- 10,17 Conductores (de 0-xxxxx xx 00-xxxx x xx 0-xxxxxxx xx 00-xxxxxxxxx). Caso de incorporarse el Alfoz serían 12,43 conductores.
- 14,69 Conductores (1-junio al 30-septiembre). Caso de incorporarse el Alfoz serían 18,08 conductores.
- 2,26 Peones especializados (de 1-enero al 31-diciembre). Caso de incorporarse el Alfoz serían 3,4 peones.
- 1 Jefe de servicio
El personal señalado anteriormente, será el mínimo que el concesionario deberá disponer para la ejecución de los trabajos objeto del Contrato. El concesionario deberá aumentar dicho personal, si ello es necesario, para garantizar la correcta prestación del servicio público, en todos y cada uno de los aspectos del Contrato, sin que ello suponga un aumento del precio de adjudicación. El adjudicatario dotará al personal a su cargo xxx xxxxxxx y vestuario adecuado a las condiciones de su trabajo. El personal, en su ropa de trabajo, llevará adjunto la marca del Consorcio, quedando expresamente prohíbido cualquier otro logotipo o marca más allá que los propios del Consorcio.
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
El concesionario deberá disponer para el servicio los medios humanos, tanto directos como indirectos, necesarios para asegurar en todo momento la eficaz ejecución del servicio objeto del Contrato y cubrir eventualidades tales como bajas por enfermedad o accidente, permisos, labores sindicales, vacaciones y otras causas debidamente justificadas, así como todo tipo de bajas imprevistas y absentismo. Dichas ausencias o bajas del personal deberán ser cubiertas de forma inmediata por parte del concesionario.
La cobertura se realizará a través de personal con la cualificación y experiencia acordes al puesto. La sustitución del personal del concesionario por motivo de vacaciones, permisos etc. se efectuará preferentemente a través de personas en situación de paro residentes en cualquiera de los municipios que integran el Consorcio.
El contratista designará para cada sector a un Jefe de Servicio, dedicado al 100% al servicio, con titulación universitaria superior, y con capacidad para la toma de decisiones en todos los aspectos de la contrata, quien se responsabilizará de la correcta organización y ejecución del servicio contratado y que ejercerá la función de interlocutor válido ante los Servicios Técnicos del Consorcio, recibiendo y haciendo efectivas las órdenes e instrucciones relativas al servicio.
El Jefe de Servicio dispondrá de un vehículo que le facilite las tareas de control y la vigilancia de los trabajos y cuantos medios auxiliares sean precisos (teléfono móvil, ordenador personal etc.).
El Jefe de Servicio dispondrá de una oficina o despacho debidamente equipado en las instalaciones fijas de la concesión.
Dada la importancia de la figura del Jefe de Servicio, el Consorcio se reserva el derecho de aceptar o rechazar la persona que el concesionario designe para el desempeño de este puesto, pudiendo requerir su sustitución inmediata, si considerase que la cualificación, experiencia o labor realizada no fuesen acordes a la responsabilidad y objetivos del puesto a desempeñar. En este último supuesto, la empresa concesionaria queda obligada a hacerla efectiva en el plazo máximo de un mes a contar desde su notificación y sin que ello suponga modificación alguna del precio de adjudicación.
El Consorcio no tendrá relación jurídica, laboral o de cualquier otra índole con el personal del concesionario, durante la vigencia del Contrato ni al término del mismo, siendo por cuenta del concesionario todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que surgieran con ocasión de éste Contrato.
El concesionario deberá cumplir todas las obligaciones laborales relativas a Seguridad Social, accidentes de trabajo e I.R.P.F.
En caso de huelga o conflicto de empresa, ésta deberá acatar y llevar a cabo los servicios mínimos que el Consorcio u otros organismos competentes establezcan. Si el incumplimiento de dichos servicios mínimos o la prolongación del conflicto diera lugar a una situación insostenible desde el punto de vista higiénico-sanitario, la empresa concesionaria, a requerimiento del Consorcio, deberá ceder los vehículos y demás medios al Consorcio, para que éste, pueda realizar los servicios que estime convenientes hasta el restablecimiento de la normalidad laboral. La totalidad de los costes derivados de tal cesión, correrán a cargo del concesionario, sin perjuicio de las sanciones a que hubiera lugar.
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Siempre que durante la vigencia del contrato vaya a producirse una variación en la plantilla inicial por cualquier motivo (jubilación, defunción, baja voluntaria, despido, invalidez...), inclusive por necesidades del servicio, el concesionario deberá informar previamente al Consorcio y solicitar su autorización por escrito para materializar dicha
variación y efectuar la cobertura de las vacantes o nuevos puestos que se pudieran producir.
Los licitadores, en sus ofertas, explicitarán la organización y gestión de personal prevista en la concesión, en aspectos tales como:
a) El personal necesario para la realización de los trabajos objeto de este Contrato, como resultado de los estudios realizados, con indicación de:
- Cualificación
- Trabajo asignado
- Nivel retributivo, debiendo presentar desglosados todos los conceptos (salario base, complementos, seguros sociales etc.)
- Tipo de contratación y duración de la misma
- Coste unitario (anual, por jornada de trabajo, por hora efectiva de trabajo)
b) Procedimiento organizativo de todo tipo de vacantes del personal, incluso las imprevistas, que aseguren no sólo su inmediata cobertura sino también un óptimo conocimiento por parte del personal suplente de los trabajos a realizar (ruta de recogida, pesaje, descarga etc.).
c) Convenio Laboral de la empresa licitadora.
d) Otros aspectos de la gestión del personal relativos a seguridad e higiene en el trabajo, formación de personal, estabilidad en el empleo etc.
La prestación adicional del servicio de recogida domiciliaria llevará aparejada la contratación adicional del personal necesario, a mayores de la contemplada en el párrafo segundo y siguientes de esta cláusula.
11. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
El concesionario deberá cumplir con todas las obligaciones previstas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (B.O.E. nº 269, de 00 xx xxxxxxxxx xx 0000), xx Xxxx Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (B.O.E. nº 27, de 31 de enero de 1997) y demás legislación relacionada con la Seguridad y Salud en el Trabajo, así como toda la legislación posterior en estas materias.
En consecuencia, será obligación del concesionario:
• Garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.
• Realizar la prevención de los riesgos laborales mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias.
• Evaluar los riesgos laborales.
• Planificar la acción preventiva a partir de los resultados de la evaluación de los riesgos.
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• Asegurarse de que los medios de trabajo garanticen la seguridad de los trabajadores.
• Proporcionar a los trabajadores los medios de protección personal adecuados al trabajo a realizar, cuando los riesgos no se puedan evitar o limitar suficientemente.
• Informar adecuadamente a los trabajadores acerca de los riesgos existentes, las medidas y actividades de protección aplicables y las medidas de emergencia adoptadas.
• Consultar a los trabajadores y permitir su participación en todas las cuestiones que afecten a la seguridad y la salud laborales.
• Garantizar que cada trabajador reciba una formación adecuada en materia preventiva.
• Informar y adoptar medidas, cuando los trabajadores pueden estar expuestos a un riesgo grave e inminente.
• Garantizar la vigilancia médica periódica de la salud de los trabajadores.
• Designar a uno o varios trabajadores para ocuparse de la prevención de riesgos profesionales, constituir un servicio de prevención o concertar dicho servicio con una entidad especializada.
El Consorcio adoptará las medidas de vigilancia oportunas para verificar el cumplimiento por parte del concesionario de las obligaciones de prevención que le son exigibles. Además, en aquellos lugares donde por las tareas a desarrolar coincidan varias empresas, en un mismo centro de trabajo. La no principal se adherirá al cumplimiento de las normas de la principal.
12.- VEHÍCULOS, MAQUINARIA E INSTALACIONES FIJAS
Los vehículos asignados a la prestación del servicio son los reseñados en el anexo de este Pliego. Como resultado de los estudios de necesidades en medios materiales realizados por las empresas licitadoras, relativos a los servicios objeto del contrato, los licitadores explicitarán una propuesta detallada de la previsión de vehículos y medios auxiliares que consideren necesarios como material de reserva para el contrato. Se entiende por material necesario para la eficaz prestación de los servicios el que el Consorcio aporta (ver anexo-2: 8 camiones compactadores, 2 camiones cajas abiertas y 2 furgones con equipo hidrolimpiador) y material de reserva a aquél que, no estando adscrito al servicio, se incluirá al mismo con el fin de suplir a los primeros por causa de avería, trabajos de mantenimiento o refuerzo en periodos punta, o simplemente para dedicarse a full-time para la prestación de este contrato, y que por lo tanto, no es ni será propiedad del Consorcio. El material de reserva será teniendo en cuenta como mejora en la valoración del Plan de explotación y en las mejoras, pero siempre y cuando ese vehículo quede adscrito al contrato durante la ejecución de éste y al 100% del servicio, Además, sólo podrá considerarse como material de reserva a aquel que tenga una antigüedad inferior a los 3 años desde su matriculación a la fecha de inicio del contrato. Se adjuntará la fecha de matriculación. Para ello, el material de reserva a presentar en el sobre B (tomo B.2) deberá incluir una fotocopia de la ficha técnica del vehículo o vehículos a presentar como “material de reserva”.
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El material señalado anteriormente (material necesario), será el mínimo que el concesionario deberá disponer para la ejecución de los trabajos objeto del Contrato. El concesionario deberá aumentar dichos medios materiales, si ello es necesario, para
garantizar la correcta prestación del servicio público, en todos y cada uno de los aspectos del Contrato, sin que ello suponga un aumento del precio de adjudicación.
Todos lo vehículos adscritos al servicio irán pintados de color RAL 1028 y con el logotipo del Consorcio, sobre fondo blanco.
Los licitadores harán sus ofertas en base a la aportación de material nuevo.
El concesionario deberá disponer para el servicio de una dotación de vehículos de reserva tal que quede garantizado en todo momento la realización puntual, de acuerdo al calendario y horario habitual, de cada uno de los trabajos contratados.
Los medios materiales ordinarios y de reserva destinados a la ejecución de los servicios, asegurarán en todo momento la prestación de los mismos con margen suficiente para llevar a término puntualmente el plan de trabajo y solventar cualquier imprevisto que pudiera producirse.
Todos los vehículos que trabajen en la vía pública serán perfectamente visibles y dispondrán de los sistemas de seguridad obligatorios y aquellos otros que no siendo obligatorios resulten recomendables a efectos de prevención de riesgos de cualquier tipo.
Además, todos los vehículos estarán dotados de los sistemas de señalización (luces destellantes, sistemas reflectantes etc.) precisos para su mejor detección por parte de terceros y evitación de posibles riesgos.
La pintura de los vehículos y su rotulación serán únicamente aquellas que a propuesta del concesionario aprueben los Servicios Técnicos del Consorcio.
Al objeto de obtener la máxima coordinación entre los diferentes equipos de trabajo y entre éstos y el Jefe de Servicio, el concesionario dispondrá en todos sus equipos de sistemas de comunicación apropiados. Además el Concesionario habilitará un teléfono de llamada gratuito para recibir mensajes línea 900. En el caso de que el contratista no sea el actual, se mantendrá el mismo número de teléfono gratuito.
Será obligación del concesionario la organización y ejecución de los trabajos de mantenimiento preventivo periódico así como los trabajos de reparación de los vehículos y demás medios materiales, para que todos los vehículos, inclusive los que forman parte de la dotación de reserva, se encuentren siempre en óptimas condiciones de operatividad y seguridad, aplicado los manuales de mantenimiento de los fabricantes.
Los licitadores estarán obligados a presentar un Plan de Mantenimiento Preventivo de los vehículos destinados al servicio, indicando las operaciones relativas a engrases, cambios de aceite, revisiones y otras operaciones periódicas, incluidas las de los manuales de mantenimiento de los fabricantes, que permitan disponer de los vehículos en óptimas condiciones operativas.
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El concesionario deberá además utilizar los vehículos de acuerdo con los manuales de operación suministrados por el fabricante y siempre de acuerdo con las normas técnicas y de seguridad oficiales, y de buena práctica en su caso.
El contratista asumirá todos los costes derivados de seguros, multas, impuestos, etc. de los vehículos adscritos al contrato. Caso de que las posibles multas o impuestos los pagase el Consorcio, automáticamente serán descontados de la certificación correspondiente.
El concesionario queda obligado a que los vehículos estén en buen estado de limpieza y conservación. Los vehículos quedarán al final de la jornada en perfecto estado de limpieza, con el fin de evitar la suciedad y el consiguiente deterioro. Para ello, el concesionario procederá a lavar los vehículos con agentes químicos y agua a presión de la totalidad de los vehículos a la finalización de cada jornada de trabajo.
Para evitar la corrosión de las partes metálicas, éstas deberán repintarse cada vez que sea necesario con la pintura adecuada.
El estado de conservación y funcionamiento de los vehículos será inspeccionado periódicamente por personal del Consorcio, sus colaboradores y otros profesionales a los que se les deleguen esas funciones, para comprobar la efectividad de las operaciones de mantenimiento, debiendo el concesionario facilitar estas labores de inspección, permitir el acceso a los vehículos, proporcionar los datos requeridos y realizar las pruebas de control que se les demanden. Si de la inspección realizada se concluyera que las operaciones de mantenimiento no se realizan o se realizan deficientemente, podrá ordenar su ejecución o corrección a cargo del concesionario.
Los licitadores en sus ofertas definirán con todo tipo de detalle los vehículos y demás medios materiales propuestos.
El licitador se responsabilizará que, en todo momento, el jefe de servicio esté comunicado con los conductores de los vehículos, y viceversa, en previsión de posibles incidencias. Para ello comno mínimo todos los conducctores llevarán teléfono móviles.
De igual manera el contratista se obliga a poner a disposición del servicio al menos 4 naves, para la zona CENTRO y una nave para la zona NORTE, en los lugares que los Servicio Técnicos del Consorcio establezcan para dar la cobertura suficiente de actuación y para guardar todos los vehículos adscritos al contrato. Será por cuenta del contratista, la eliminación correcta de aquellos contenedores obsoletos o averiados, que no sean susceptibles de aprovechamiento y, que en cualquier caso, entorpezcan o afeen esa zona de almacenaje. De igual manera será a cargo del contratista la reposición de ellos. De esta manera el contratista se obliga a un correcto mantenimiento de todo el parque de contenedores.
No se podrán adscribir al servicio naves destinada a otros contratos diferentes a éste. A nivel orientativo las naves serán las siguientes: Zona NORTE (Villarcayo o Xxxxxx xx Xxxxx) y Zona CENTRO (Xxxxxxxx xx Xxxxx, Xxxxxxxx de la Sierra, Xxxxxx, Belorado).
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Además, cada una de las dos zonas contará con un teléfono de llamada gratuita tipo 900, cuyo coste será asumido por el contratista.
Será obligación del concesionario el mantener en buen estado la totalidad de los medios aportados.
El concesionario se encargará además del mantenimiento de las condiciones sanitarias, de seguridad y medioambientales exigidas por la Administración, para lo cual habrá de ejecutar las medidas correctoras impuestas a lo largo del período de utilización de las instalaciones fijas.
El concesionario queda obligado a que las instalaciones fijas estén en buen estado de limpieza y conservación. El lavadero, zona de aparcamiento, taller, etc. quedarán al final de la jornada en perfecto estado de limpieza, con el fin de evitar la suciedad y el consiguiente deterioro. Además deberá realizar una limpieza diaria general del suelo, escaleras, vestuarios, aseos etc.
El contratista deberá además concertar una póliza de Riesgos Industriales, que cubra el riesgo de daños por incendios, aguas, robo, daños eléctricos etc, en las instalaciones fijas. La cobertura de los daños deberá garantizar el valor a nuevo tanto del continente como del contenido.
El adjudicatario asumirá todos los costes de mantenimiento de las 5 naves a que se obliga.
13. SISTEMAS DE CONTROL
Dentro de la organización propuesta, los licitadores deberán prever unos dispositivos ágiles que permitan proporcionar a tiempo todos los datos requeridos por el Consorcio, en orden a la justificación de los trabajos realizados y para llevar a cabo satisfactoriamente los controles que crea conveniente sobre el servicio público contratado.
Ello se realizará mediante la correspondiente emisión de partes de trabajo, lo que permitirá efectuar un control exhaustivo del servicio, facilitarando una gestión eficaz del mismo y por otra parte, permitirá comprobar la ejecución de los trabajos contratados y efectuar los controles que estime convenientes.
El concesionario deberá disponer además de los medios necesarios para asegurar en todo momento un sistema de comunicación ágil y eficaz entre el Jefe de Servicio y los Servicios Técnicos del Consorcio (teléfono fijo, teléfono móvil, fax, correo electrónico etc.), así como flexibilidad en las reuniones.
14. DE LA TITULARIDAD DE LAS INVERSIONES EN MEDIOS MATERIALES
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La totalidad de los medios materiales adscritos a la Concesión (salvo el material de reserva) son propiedad del Consorcio, incluido los contenedores, desde el inicio mismo del contrato, debiendose hacer cargo el contratista de todo tipo de cargas, gravamenes e impuestos derivados de los mismos.
Por lo que respecta a los vehículos de apoyo, (material de reserva), éste es propiedad del contratista y lo seguirá siendo una vez finalizado el contrato, no teniendo por lo tanto que ser valorada su amortización ni tenida en cuanta en el cálculo de costes (salvo en el apartado de mejoras). Caso de ofertarse como mejoras los vehículos de apoyo, estas tendrán el valor económico que el licitador asigne en su oferta, y tenidas en consideración siempre y cuando se ajuste a precios xx xxxxxxx. Se estudiará el efecto de las mismas en el Plan de explotación. El Consorcio podría canjearlas por otras de igual valor que considerase más interesantes para los intereses del Consorcio.
El contrato no contempla el cálculo de amortizaciones, al ser las inversiones a realizar una parte muy pequeña. Así, al objeto de homogeneizar las ofertas, el licitador no contemplará en el estudio de costes del tomo C.3 las amortizaciones de las inversiones efectuadas y llevará directamente a coste las inversiones de MÍNIMO DE 25 CONTENEDORES/año DE P/C Y 25 CONTENEDORES/año DE EELL al tratarse de un contrato de DOS años de duración.
15. DAÑOS A TERCEROS
El concesionario será responsable de cualquier daño o perjuicio que cause a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, a cuyo fin deberá concertar una póliza de seguros que cubra el riesgo de Responsabilidad Civil derivada de la ejecución del contrato, con una cobertura mínima de 1 millón de euros. Esta cobertura será extensible a todos los miembros del consejo de Administración, incluido el Gerente, el Secretario y el Interventor.
Muy especialmente, los daños o perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia del desplazamiento accidental o intencionado y la consiguiente colisión o impacto de los contenedores, jaulas y recipientes desplazados afectos a la concesión por cualquier causa o combinación de causas (acción del viento, fallos en los dispositivos de frenado, ausencia de sistemas de sujeción y protección de contenedores, pendientes pronunciadas, vandalismo etc.) serán de total y exclusiva responsabilidad del concesionario, y no implicará responsabilidad alguna por parte del Consorcio.
El concesionario se hará cargo de todas las reclamaciones que surjan por daños causados a terceros por los contenedores en las maniobras de manipulación (descarga, lavado, mantenimiento etc.) o por colisión debido a la acción del viento o por cualquier otra causa, resolviéndolas a su criterio.
16. FORMA DE PAGO DEL SERVICIO
El servicio se financiará con el canon ofertado por el contratista y con los ingresos obtenidos por la las entidades colaboradoras que, a tal fín, indicará el Consorcio y que serán entidades acogidas a los sistemas integrados de gestión, así como de la venta efectuada a los recuperadores que indiquen los servicios técnicos del Consorcio en colaboración con las citadas entidades.
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Establecidos en el estudio económico los costes anuales, el licitador calculará los ingresos estimados, partiendo de los datos de población recogidos en este pliego y de los ratios establecidos en Kg/habitante en el presente Pliego. Es pues muy importante que el
contratista, en la oferta a presentar, estudie adecuadamente las rutas al objeto de recoger la mayor cantidad posible de fracción envases y fracción papel-cartón. Obtenidos los ingresos anuales estimados, los licitadores los descontarán de los costes anuales, siendo la diferencia el importe total anual a abonar por el Consorcio al Contratista. De esta manera se obtendrá el coste del servicio para los 365 días del año. (Ver anexo para seguir la estructura del estudio económico).
Al objeto de homogeneizar las ofertas, el coste anual calculado se dividirá entre los 365 días y tendremos el coste diarío del servicio. El citado abono se efectuará en certificaciones mensuales. Cada certificación será el producto de los días del mes (28, 30 o 31 días) por el canon ofertado en €/año dividido por 365 días. Para el caso de que se preste el servicio de recogida domiciliaria, la certificación incluirá el producto del canon ofertado (€/T) por el número de toneladas recogidas.
La contratación de personal por debajo xx Xxxxxx inmediatamente llevará aparejada, con independencia de la sanción a que hubiese lugar, el descuento que correspondiese en la certificación correpondiente.
Cualquier diferencia, tanto a su favor como en su contra, de la evolución de los costes de mano de obra, carburantes, energía, e ingresos por la venta a los recuperadores o de los SIG será asumida por el contratista bajo su propio riesgo y xxxxxxx, no pudiendo alegar por tanto desequilibrio económico-financiero alguno por variaciones sobrevenidas en los costes ofertados ni por variaciones sobrevenidas en los ingresos estimados y que han servido de base para la elaboración de la oferta. De las citadas certificaciones se descontará el importe de las partidas de mejoras ofertadas al comprobar los servicios técnicos del Consorcio la incorrecta o nula ejecución de las mismas, o la ejecución de éstas sin el visto bueno correspondiente. Para ello, se calculará el importe total de las mejoras para la duración total del contrato y se dividirá por el número de días del mismo, obteniendo el valor en euros/día de las mejoras ofertadas, o aquellas otras de igual valor que estimen los servicios técnicos del Consorcio. Lo aquí explicado será de aplicación a la no contratación de la mano de obra ofertada.
Con carácter previo al inicio de la ejecución de las mejoras, éstas deberán ir acompañadas del visto bueno de los técnicos del Consorcio y, en ningún caso se podrán iniciar sin su consentimiento. A este respecto, indicar que los servicios técnicos del Consorcio, podrán cambiar las mejoras ofertadas por el contratista por otras de igual importe y que, a criterio del Consorcio, redunden en su beneficio.
17. MEJORAS OFERTADAS. ESTRUCTURA DE LA OFERTA. SOBRE B: PROPUESTA ECONOMICA Y DOCUMENTACION TECNICA
La estructura de la oferta, que servirá para valorar la memoria de explotación, mejoras propuestas e infraestructura del licitador en la zona de influencia, de acuerdo a La cláusula sexta xxx Xxxxxx de clausulas administrativas será la siguiente:
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
SOBRE «B» MEMORIA DESCRIPTIVA DEL SERVICIO: PLAN DE EXPLOTACION. PLAN DE MEJORAS.
En lo referente al contenido y estructura de este sobre, estará formado por dos tomos:
B.1 y B.2. Además, el Tomo B.1 contendrá 3 subtomos (B.1.1, B.1.2 y B.1.3). La titulación de los tomos será:
Tomo B.1: Plan de Explotación
B.1.1.- Descripción de servicio de recogida fracción papel-cartón. B.1.2.- Descripción de servicio de recogida fracción EELL.
B.1.3.- Descripción de servicio de recogida de muebles y enseres. Plan de recogida y lugares de depósito
Tomo B.2: Plan de Mejoras
SOBRE «C» PROPOSICION ECONOMICA Y DOCUMENTACION CUANTIFICABLE DE FORMA AUTOMATICA
Tomo C.1: Oferta económica (lacrado)
Tomo C.2: Importe destinado a Mejoras (lacrado)
Tomo C.3: Estudio de costes e ingresos (lacrado)
Respecto al tomo C.3 éste mantendrá la estructura del anexo-3.
En cualquier caso, previo a la apertura, no podrá haber ningún lugar a dudas sobre la nomenclatura de los tomos. Caso de que no estuviesen debidamente “titulados” , esto es, la oferta será valorada con cero puntos.
El formato de las ofertas irá escrito en Word (fuente verdana 12) y el párrafo interlineado espaciado 1,5 líneas. Las páginas irán numeradas.
La extensión de las ofertas no podrá exceder lo siguiente en los sobres B y C: Tomo B.1: Plan de Explotación (sin lacrar) [75 hojas]
B.1.1.-Descripción de servicio de recogida fracción papel-cartón. [25 hojas]
B.1.2.-Descripción de servicio de recogida fracción EELL. [25 hojas] B.1.3.-Descripción de servicio de recogida de muebles y enseres. Plan de recogida y lugares de depósito. [25 hojas]
Tomo B.2: Plan de Mejoras (sin lacrar) [10 hojas]
Tomo C.1: Oferta económica (lacrado) [1 hojas]
Tomo C.2: Importe destinado a Mejoras (lacrado) [2 hojas]
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
Tomo C.3: Estudio de costes e ingresos (lacrado) [15 hojas]
En lo referente al Plan de Explotación el licitador describirá, separadamente cada uno de los servicios, la maquinaria asignada, el personal, las rutas, frecuencias de recogida y calendario propuesto. Para ello tendrá presente lo expuesto en este Pliego.
En lo referente al Plan de Mejoras, el licitador describirá éstas sin aludir al importe económica de las mismas. Lo hará de la forma más descriptiva posible.
La relación valorada de mejoras ofertadas para cada sector,servirá de base para valorar las mismas. El importe que el contratista asigne a cada mejora será a precio xx xxxxxxx. Y esto es importante, en tanto en cuanto que una vez que el contrato se ejecute, los Servicios Técnicos del Consorcio podrán sustituir éstas por otras de igual valor, pudiendo ser descontadas de las correspondientes certificaciones mensuales si los servicios técnicos comprobasen la incorrecta ejecución de las mismas. Es por ello que el contratista en la elaboración de las ofertas habrá de ser consciente de que las citadas mejoras podrán ser cambiadas por otras de igual valor y que, a tal efecto, designen los Servicios Técnicos del Consorcio. En la ejecución del contrato, el incumplimiento del contratista en la ejecución de esas mejoras ofertadas, u otras de igual valor que estimen los servicios técnicos del Consorcio, permitirá que sean descontadas de la certificación mensual.
El estudio de costes será lo más explícito posible y se ajustará al modelo del anexo del presente pliego. Lo mismo es válido para el de ingresos. La proposición económica seguirá el modelo del anexo xxx xxxxxx de clausulas administrativas.
18.-DEDUCCIONES Y SANCIONES
Cuando el contratista haya incumplido la adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales suficientes para ello, se impondrán penalidades en los términos reseñados en la cláusula vigésimo cuarta xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas.
Para ello se clasificarán en penalizaciones leves, grave y muy graves.[Deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía nos podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato].
Hechos que determinen la aplicación de penalizaciones leves: Se penalizarán con cantidades de entre 150 euros y 300 euros por cada día que se produzcan.
Hechos que determinen la aplicación de penalizaciones graves: Se penalizarán con cantidades de entre 301 euros y 1.200 euros por cada día que se produzcan.
Hechos que determinen la aplicación de penalizaciones muy graves: Se penalizaran con cantidades de entre 1.201 euros y 3.000 euros por cada día en que se produzcan.
Tendrán la consideración de penalizaciones leves las siguientes:
-Faltas de respeto del personal adscrito a visitantes o miembros del Consorcio.
-Falta de aseo en el personal operario.
-Falta de limpieza en las instalaciones.
-El incumplimiento de los horarios establecidos.
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
-Retraso o negligencia en la reparación de equipos fijos y móviles. En especial de los camiones adscritos al servicio. Así como el mal uso de los mismos.
-Negativa a la recogida de los contenedores conforme establece el PPT, o de da la retirada de muebles y enseres.
Tendrán la consideración de penalizaciones graves las siguientes:
-La reiteración de las faltas leves.
-Incumplimiento del contratista en lo pactado en la oferta.
-Ocultación a la propiedad y a los servicios técnicos del Consorcio de información relevante para el servicio.
Tendrán la consideración de penalizaciones muy graves las siguientes:
-No mantener al día los seguros de los vehículos.
-La reiteración de las faltas graves.
-Incumplimiento de lo establecido en materia de prevención de riesgos laborales.
-La negativa a la no ejecución de las mejoras ofertadas o de cualquiera otras que, por igual importe, establezcan los servicios técnicos del Consorcio.
Si el incumplimiento es considerado como muy grave y atendiendo a su condición de deber esencial tal y como se establece en la cláusula relativa a las obligaciones y derechos, podrá dar lugar a la resolución del contrato.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
En Burgos a 31 xx xxxxxx de 2.012
El Gerente VºBº El Presidente
Código de verificación: PC-2012-00000042 xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx
Fdo.: Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxx.: Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx