PLIEGOS REGIMEN ESPECIAL COORDINACION ZONAL – ZONA 8 – INMOBILIAR CODIGO DE PROCESO Nro.
COORDINACION ZONAL – ZONA 8 – INMOBILIAR
PLIEGOS
REGIMEN ESPECIAL
COORDINACION ZONAL – ZONA 8 – INMOBILIAR
CODIGO DE PROCESO Nro.
RE-CZ8-002-2018
OBJETO DE CONTRATACION
SERVICIO DE TRANSPORTE DE DOCUMENTOS, CARGA Y ENTREGA DE CORRESPONDENCIA A NIVEL LOCAL, NACIONAL E INTERNACIONAL DE LA COORDINACIÓN ZONAL – ZONA 8 – INMOBILIAR
XXXXXXXXX, XXXXXXX 0000
ÍNDICE
I. CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS O SUBSIDIARIAS
SECCIÓN I
INVITACIÓN
SECCIÓN II
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y
TÉRMINOS DE REFERENCIA
2.1 Objeto de contratación
Presupuesto referencial
Especificaciones técnicas o Términos de referencia
SECCIÓN III
CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO
3.1 Cronograma del procedimiento
3.2 Vigencia de la oferta
3.3 Precio de la oferta
3.4 Plazo de ejecución
3.5 Forma de pago
3.5.1 Anticipo
3.6. Forma de presentar la oferta
SECCIÓN IV
EVALUACIÓN DE LA OFERTA
4.1 Integridad de la oferta
4.2 Evaluación de la oferta (cumple / no cumple)
4.2.1 Parámetros de calificación
4.2.2 Porcentaje de Valor Agregado Ecuatoriano Mínimo
SECCIÓN V
OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Obligaciones del adjudicatario en la aplicación de transferencia de tecnología
5.2 Obligaciones del Contratista
5.3 Obligaciones de la Contratante
5.3.1 Obligaciones del contratante en la aplicación de transferencia de tecnología
Nota: Edición del modelo xx xxxxxx: La entidad contratante señalará en las condiciones particulares las especificidades del procedimiento al que convoca y para el efecto detallará e individualizará las condiciones del mismo. En consecuencia, la entidad contratante asume la responsabilidad por los ajustes y/o modificaciones realizadas a las condiciones particulares del presente pliego, así como por la determinación y aplicabilidad de los formularios previstos para el presente procedimiento, y reemplazará todo texto que conste en paréntesis por el contenido pertinente.
I. CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS O SUBSIDIARIAS
SECCIÓN I
INVITACIÓN
Habiéndose la COORDINACION ZONAL – ZONA 8 – INMOBILIAR acogido al procedimiento de Régimen Especial para la suscripción de contratos con la Empresa Pública TAME EP Línea Aérea del Ecuador, conforme se desprende de la Resolución motivada, suscrita por la Ing. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Coordinadora Zonal 8, por razones de conveniencia y viabilidad técnica y económica, se invita a la EMPRESA PUBLICA TAME LINEA AREA DEL ECUADOR TAME E.P., que de manera obligatoria deberá estar habilitado en el Registro Único de Proveedores, legalmente capaz para contratar, a que presente su oferta técnica y económica para la contratación del SERVICIO DE EMISIÓN DE PASAJES AÉREOS EN RUTAS QUE OPERA TAME EP PARA LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES DE LA COORDINACIÓN ZONAL – ZONA 8 – INMOBILIAR.
El presupuesto referencial es de USD $ 19.368,96 (diecinueve mil trescientos sesenta y ocho con 96/100 Dólares de los Estados Unidos de América) más IVA, y el plazo estimado para la ejecución del contrato es de 365 días, contado a partir de la fecha de suscripción del contrato, o hasta el consumo del valor contratado.
Las condiciones generales de esta invitación son las siguientes:
El pliego está disponible, sin ningún costo, en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
Para poder participar en el presente procedimiento, al momento de la presentación de la propuesta, la entidad o empresa seleccionada deberán encontrarse habilitada en el Registro Único de Proveedores. En consecuencia, para participar, bastará “registrar” o “indicar” en su propuesta, el número o código de RUP.
Se convoca a la entidad o empresa seleccionada a una audiencia informativa para el día señalado en el cronograma publicado en el Portal de Compras Públicas, a fin de que la Coordinación Zonal – Zona 8 – Inmobiliar, explique en términos generales el objeto de la invitación, absuelva las consultas y realice las aclaraciones que fueren requeridas. De esta audiencia se dejará constancia en un acta que será publicada en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
La oferta se presentará de forma física en las oficinas de la COORDINACIÓN ZONAL – ZONA 8 – INMOBILIAR, ubicada en la XX. XXXXXXXXX XX XXXXXXXX X/X X XXX XXXXX XXX XXXXXX, XXXXXX XXX XXXXXXX, BLOQUES ADMINISTRATIVOS Nro. 7 UBICADO ENTRE LA CONCHA ACUSTICA Y EL ESTADIO XXXXXXXXX XXXXXXX; y, a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública; de acuerdo al cronograma publicado en el Portal de Compras Públicas. El precio de la misma siempre deberá subirse a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, hasta la fecha en que se cierre el plazo para la presentación de la oferta. La falta de ingreso del precio de la propuesta en el referido Portal, será causa de descalificación de la oferta.
En caso de que la oferta se presente a través del Portal Institucional del SERCOP, y contenga firma electrónica, no será necesaria la presentación de la oferta en forma física. La entidad contratante será responsable de la validación de dicha firma electrónica, de conformidad a la normativa aplicable.
La evaluación de la oferta se realizará aplicando los parámetros de calificación definidos por la entidad contratante.
Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos propios provenientes del presupuesto de la entidad contratante relacionados con la certificación presupuestaria Nro. 49 – PASAJES AL INTERIOR 01-00-000-001-530301-0901-001-0000-0000 por el monto de USD $ 19.368,96 (valor sin IVA); y Nro. 50 – PASAJES AL INTERIOR 01-00-000-001-530301-0901-001-0000-0000 por el monto de USD $ 2.324,28 (valor IVA). La partida presupuestaria se encuentra certificada por la totalidad de la contratación incluyéndose el IVA. La forma de pago se realizará mediante pagos mensuales, previa presentación de los respectivos documentos habilitantes descritos en los términos de referencia.
El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General, la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública y el presente pliego.
Guayaquil, febrero de 2018
ING. XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX
COORDINADORA ZONAL 8
COORDINACION ZONAL – ZONA 8 – INMOBILIAR
SERVICIO DE GESTION INMOBILIARIA DEL SECTOR PÚBLICO
SECCIÓN II
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y
TÉRMINOS DE REFERENCIA
2.1 Objeto de contratación: Este procedimiento precontractual tiene como propósito principal contratar el SERVICIO DE EMISIÓN DE PASAJES AÉREOS EN RUTAS QUE OPERA TAME EP PARA LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES DE LA COORDINACIÓN ZONAL – ZONA 8 – INMOBILIAR entre Entidades Públicas o Subsidiarias.
Se sujetarán al procedimiento establecido en esta sección las contrataciones que celebren:
El Estado con entidades del sector público, o éstas entre sí;
El Estado o las entidades del sector público con:
Las empresas públicas o las empresas cuyo capital suscrito pertenezca, por lo menos en cincuenta por ciento (50%) a entidades de derecho público;
Las empresas subsidiarias de aquellas señaladas en el numeral 2.1.o las subsidiarias de éstas; y,
Las personas jurídicas, las empresas o las subsidiarias de éstas, creadas o constituidas bajo cualquier forma jurídica, cuyo capital, rentas o recursos asignados pertenezcan al Estado en una proporción superior al cincuenta por ciento;
2.1.3 Entre sí, las empresas públicas, las subsidiarias de éstas, o las empresas creadas o constituidas bajo cualquier forma jurídica cuyo capital, rentas o recursos asignados pertenezcan al Estado en una proporción superior al cincuenta por ciento.
Presupuesto referencial: El presupuesto referencial es de USD $ 19.368,96 (diecinueve mil trescientos sesenta y ocho con 96/100 Dólares de los Estados Unidos de América) más IVA, de conformidad con el siguiente detalle:
a) En el caso de bienes o servicios:
Código CPC |
Descripción del bien o servicio |
Unidad |
Cantidad |
Precio Unitario |
Precio Global |
661100011 |
SERVICIOS DE TRANSPORTE AEREO DE PASAJEROS POR LINEAS AEREAS DE SERVICIO EN HORARIOS REGULAR, INCLUSO LOS HELICOPTEROS DE CUALQUIER TIPO |
1 |
1 |
19.368,96 |
19.368,96 |
TOTAL SIN IVA |
19.368,96 |
Especificaciones técnicas o Términos de referencia: Se incluirán las especificaciones técnicas o los términos de referencia del objeto a contratarse, considerando todos los rubros o condiciones necesarios para su adecuada ejecución o prestación.
ANTECEDENTES
Mediante Decreto Ejecutivo No. 50, de 00 xx xxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx, resuelve en la Disposición General del citado Decreto lo siguiente: “En el Decreto Ejecutivo No. 798, publicado en el Registro Oficial No. 485, de 6 de julio de 2011, donde diga “Secretaría de Gestión Inmobiliaria” o “Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público”, sustitúyase por “Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR”.
Mediante Acuerdo INMOBILIAR-ACUERDO-2014-019, de fecha 26 de septiembre de 2014, la Máxima Autoridad del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público – INMOBILIAR, resolvió crear la Coordinación Zonal – Zona 8 – INMOBILIAR, como Entidad Operativa Desconcentrada.
El artículo 000 xx xx Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx, sección Segunda indica que la administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.
La Coordinación Zonal – Zona 8 – Inmobiliar, con personalidad jurídica, es la encargada de direccionar, gestionar y coordinar la conservación, restauración, protección y aprovechamiento sustentable de los recursos, gestión e innovación institucional y herramientas necesarias para el mejoramiento de la eficiencia, eficacia y calidad de la misma.
Con la finalidad de proveer el mecanismo eficaz y eficientemente para el ejercicio de las labores de los funcionarios públicos en comisión de servicios institucionales dentro del país para el cumplimiento de las actividades institucionales, se debe garantizar el buen servicio de transporte aéreo nacional para el desplazamiento de los mismos, considerando que los traslados son indispensables para la realización de las actividades laborales, optimizando recursos y tiempo.
La conveniencia y viabilidad técnica y económica de la presente contratación se fundamenta en la necesidad de adquirir pasajes aéreos para los servidores de esta Cartera de Estado, toda vez que la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento de Aplicación determinan que el procedimiento a seguir para la contratación con entidades del sector público es el de Régimen Especial, así también lo establece el literal b) del artículo 1 de la Resolución INCOP N° 086-2013, facultando a las entidades públicas a adquirir los pasajes internos nacionales o internacionales directamente con instituciones públicas.
En este sentido, tomando en cuenta que TAME Línea Aérea del Ecuador es una empresa pública que ha brindado con anterioridad este servicio a esta Cartera de Estado, por lo que se considera oportuno contratar con la referida línea aérea. Con el fin de satisfacer y facilitar los requerimientos de los funcionarios que se desplazan en comisión de servicios en el País, requiere contratar los servicios logísticos y el suministro de pasajes aéreos que facilite el desplazamiento oportuno de sus servidores.
De conformidad a lo anteriormente expuesto, la contratación del SERVICIO DE EMISIÓN DE PASAJES AÉREOS EN RUTAS QUE OPERA TAME EP PARA LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES DE LA COORDINACIÓN ZONAL – ZONA 8 – INMOBILIAR, se encuentra debidamente respaldada para iniciar el proceso correspondiente.
BASE LEGAL
Mediante Oficio No. SGA-O-09-3399 del 3 xx Xxxxxx de 2009, el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Secretario General de la Administración Pública, comunica que por disposición del señor Presidente Constitucional de la República, los servicios de transporte aéreo para sus respectivos ministerios, organismos, dependencias, entidades e instituciones, deberán ser contratados con la empresa TAME Línea Aérea del Ecuador.
Por lo tanto, la Unidad Zonal Administrativa Financiera con la finalidad de satisfacer y facilitar los requerimientos de los funcionarios de la Coordinación Zonal 8 – Inmobiliar, que deban desplazarse dentro del país, y/o que se encuentren en comisión de servicios o por retornos a su lugar habitual de trabajo y de sus residencias, por el cumplimiento de sus actividades y objetivos inherentes a la misión y visión de la institución, requiere contratar el servicio de transportación y asistencia aérea nacional para los funcionarios públicos, de conformidad a lo determinado en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, Resolución INCOP No. RE-2013-0000086 del 4 xx Xxxxx del 2013 y demás normas legales aplicables.
De acuerdo a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
“…Art. 2.- Régimen Especial.- Se someterán a la normativa específica que para el efecto dicte el Presidente de la República en el Reglamento General a esta Ley, bajo criterios de selectividad, los procedimientos precontractuales de las siguientes contrataciones:
8. Los que celebren el Estado con entidades del sector público, éstas entre sí, o aquellas con empresas públicas o empresas cuyo capital suscrito pertenezca, por lo menos en el cincuenta (50%) por ciento a entidades de derecho público o sus subsidiarias; y las empresas entre sí…”
Y, el REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL CONTRATACIÓN PÚBLICA, SECCIÓN X.- CONTRATOS ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS O SUS SUBSIDIARIAS
“…Art.
98.- Procedencia.- Se sujetarán al procedimiento establecido en esta
sección las contrataciones que celebren:
1.
El Estado con entidades del sector público, o éstas entre sí;
2. El Estado o las entidades del sector público con:
2.1 Las empresas públicas o las empresas cuyo capital suscrito pertenezca, por lo menos en cincuenta por ciento (50%) a entidades de derecho público…”
Por lo expuesto, me permito recomendar salvo su mejor criterio realizar la invitación a la Empresa Pública TAME Línea Aérea del Ecuador “TAME E.P.”
OBJETO
El objeto de la presente contratación es contratar el SERVICIO DE EMISIÓN DE PASAJES AÉREOS EN RUTAS QUE OPERA TAME EP PARA LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES DE LA COORDINACIÓN ZONAL – ZONA 8 – INMOBILIAR.
OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
Adquisición de pasajes aéreos para el transporte eficiente, efectivo y oportuno de los funcionarios de la Coordinación Zonal 8 - Inmobiliar.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Atender con oportunidad los requerimientos de pasajes aéreos conforme a necesidades institucionales, cumpliendo con los estándares de calidad necesarios que permita brindar un servicio óptimo y eficiente de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Nro. RE-2013-000086, de 04 xx xxxxx del 2013.
ALCANCE
La provisión de pasajes aéreos de vuelos nacionales para los funcionarios y servidores de la Coordinación Zonal – Zona - Inmobiliar se comercializará a través del portal web xxx.xxxx.xxx.xx, o a través de los puntos de venta propios de TAME a nivel nacional.
El beneficiario del servicio son todos aquellos funcionarios y servidores que prestan servicios en la entidad contratante; cabe aclarar que la emisión de boletos aéreos se lo realizará exclusivamente para actividades inherente a las labores a ejecutar por parte de dichos empleados.
METODOLOGÍA DE TRABAJO Y ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO REQUERIDO
La Coordinación Zonal – Zona 8 – Inmobiliar dentro de la contratación del SERVICIO DE EMISIÓN DE PASAJES AÉREOS EN RUTAS QUE OPERA TAME EP PARA LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES DE LA COORDINACIÓN ZONAL 8 – INMOBILIAR, gestionará la adquisición de pasajes aéreos nacionales que sean solicitados por el Administrador del Contrato, previa solicitud de los funcionarios y servidores de la institución, con la aprobación de la Máxima Autoridad o su delegado, para cuyo efecto, se utilizará la siguiente metodología:
Este producto se comercializa a través del portal web xxx.xxxx.xxx.xx, o en los puntos de venta propios de Tame a nivel nacional.
OFERTA DE TARIFAS: “TAME EP” ofertará en sus rutas nacionales como base la tarifa post-pago, la cual se detalla en el siguiente cuadro:
TARIFA Y REGULACIONES
De conformidad al cuadro de tarifas y regulaciones, en esta tabla se registra la tarifa de TAME y los demás valores que corresponden a terceros que las aerolíneas están obligadas a recaudar.
En el caso de terminarse los espacios en la tarifa post-pago, “TAME EP” ofertará otras tarifas de acuerdo a la disponibilidad de espacios, La CZ8 podrá escoger las opciones presentadas en el sistema de ventas de “TAME EP”, y al ser aceptadas las condiciones y regulaciones de estas tarifas, estará en la obligación de pagar los valores de la emisión del ticket aéreo.
La CZ8 podrá adquirir boletos en las rutas internacionales que opera “TAME EP”, para lo cual se lo realizará de acuerdo a la tarifa que esté disponible en el momento de la emisión del ticket aéreo, con excepción de las rutas que requiere emisión directa en punto de TAME EP por ser destinos sujetas a verificación de documentos.
Si por disposición de autoridad administrativa, judicial o cualquiera competente relacionada con la actividad aerocomercial, se incrementaren los precios de combustible, handling, tasas aeroportuarias o de seguridad, impuestos, derechos u otros rubros relacionados directa e indirectamente con la tarifa del ticket aéreo, éstos se ajustarán automáticamente, sin necesidad de notificación a la CZ8; sin embargo en caso de que la CZ8 solicite la justificación del incremento, “TAME EP” entregará la respectiva información.
COMPRA EN EL PORTAL WEB
La CZ8 observará el siguiente mecanismo para la emisión de tickets aéreos en el portal web de “TAME EP”:
Acceder al portal web xxx.xxxx.xxx.xx.
La emisión de boletos a través de la aplicación web, lo podrá realizar la o las personas autorizada por la Coordinación Zonal 8 – Inmobiliar, a quienes se les asigna un usuario y contraseña.
En la página web de “TAME EP”, ingresar el usuario y la contraseña entregada por “TAME EP” a las personas autorizadas por Xxxxxxxxxxxx Xxxxx 0 – Inmobiliar, escoger fecha, ruta, hora de vuelo, ingresar la cédula de identidad y nombre de la persona que va a viajar, datos del contacto (notificación) y con la aceptación respectiva se genera automáticamente una reserva confirmada con boleto electrónico, de acuerdo a las opciones elegidas por el usuario.
Si la CZ8 no le fuera posible acceder al sistema WEB por problemas técnicos inherentes a la página de “TAME EP”, la CZ8 podrá solicitar la emisión de los boletos enviando la respectiva solicitud al mail xxxxxxx@xxxx.xxx.xxxxx los siguientes datos: RUC, Número de usuario, datos del o los pasajeros y el código de reserva.
COMPRA EN PUNTOS DE VENTAS
Para los puntos de Venta, Coordinación Zonal 8 – Inmobiliar deberá observar el siguiente procedimiento:
La Coordinación Zonal 8 – Inmobiliar podrá emitir boletos a través de los puntos de venta propios de “TAME EP” a nivel nacional en horarios de oficina, el cual deberá presentar una solicitud en hoja membretada de la Institución CONTRATANTE, debidamente legalizada con la firma del Administrador del Contrato o la Persona designada como responsable del Usuario.
En la solicitud que presenta la Coordinación Zonal 8 – Inmobiliar deben constar los siguientes datos: RUC, Número de usuario, datos del o los pasajeros y el código de reserva.
La emisión de los boletos en el punto de ventas directo en oficina o en el punto de venta virtual (xxxxxxx@xxxx.xxx.xx) de “TAME EP), tendrán un recargo llamado “fee de emisión.” Este rubro es valorado por “TAME EP” según la regulación vigente y será cargado en la respectiva factura
EMISION DE BOLETOS PASAJEROS TERCERA EDAD Y PERSONAS CON CAPACIDADES ESPECIALES.
En el caso de necesitar la emisión de boletos para pasajeros de la tercera edad o con capacidades especiales, se solicitarán las reservaciones de espacios al call center de “TAME EP” 1700500800, y con un mínimo de 24 horas se deberá efectuar el pedido de la emisión del boleto mediante un correo electrónico a xxxxxxx@xxxx.xxx.xx, con los siguientes datos: Nombre del pasajero, Número de cédula, Código de reserva, Número de Usuario, Nombre y RUC de la institución, Carné de discapacidad entregado por la autoridad Pública competente.
La emisión del boleto se efectuará en la base tarifaria en la cual ha sido tomada la reserva.
BOLETOS EMITIDOS
Todo boleto adquirido se regirá a la regulación tarifaria del ticket emitido sin excepción.
Una vez emitidos los boletos se pueden realizar cambios de hora o fecha a través del call center de TAME o en puntos de ventas, se procederá de acuerdo a la disponibilidad de espacios.
Se puede realizar cambios a los boletos emitidos previa presentación de una solicitud de la empresa contratante original y firmada, en los puntos de ventas de TAME con los datos completos de la modificación; se procederá de acuerdo a la regla del boleto emitido y disponibilidad de espacios. Los valores que se generen en dichos cambios deberán ser pagados en efectivo el momento del cambio.
Los cupones deben ser utilizados en el orden en que fueron emitidos; por lo cual si un cliente desea invertir el orden de su viaje (cupones de vuelo), se debe revisar el boleto, registrando los tramos en el orden en que van a ser utilizados y cancelar los gastos administrativos que eso genere.
La Coordinación Zonal 8 - Inmobiliar, será responsable de verificar las regulaciones de la tarifa antes de adquirir o emitir el boleto.
RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES
Para “EL CONTRATANTE”
Será responsable por la correcta administración en el manejo de toda información que obtenga por los boletos emitidos es decir: estado de cupón de vuelos y reporte de boletos emitidos.
Notificar inmediatamente por escrito o a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx en el caso de que el funcionario designado por la Xxxxxxxxxxxx Xxxxx 0 Inmobiliar deje de prestar servicios o se produzcan cambios de personal autorizado.
En caso de pérdida u olvido de la clave y usuario, la Coordinación Zonal 8 Inmobiliar será responsable de notificar inmediatamente por escrito o a través del correo electrónico xxxxxxx@xxxx.xxx.xx, dicha perdida.
Pagar sin lugar a reclamo el o los boletos emitidos a consecuencia de la utilización incorrecta de los usuarios y contraseñas asignadas a las personas autorizadas; dicho valor se contemplará en la respectiva Factura.
El/los usuarios y contraseñas asignados por “TAME EP” al personal autorizado por la Xxxxxxxxxxxx Xxxxx 0 Inmobiliar son de uso personal e intransferible.
La Coordinación Zonal 8 Inmobiliar, será el responsable de verificar las regulaciones que aplican a la tarifa antes de adquirir o emitir el boleto.
El control de la utilización de los boletos emitidos serán responsabilidad de la Coordinación Zonal 8 Inmobiliar.
El pago de tasas aeroportuarias o de seguridad, impuestos, derechos u otros rubros relacionados con los boletos aéreos, serán por cuenta de la Coordinación Zonal 8 Inmobiliar.
La Coordinación Zonal 8 Inmobiliar será responsable por el cuidado y custodia de los documentos generados por pagos de gastos administrativos o diferencias tarifarias, los cuales deberán adjuntar al boleto aéreo, como comprobante de pago al momento del chequeo.
Para “TAME EP”
Registrar la legalización del contrato en el sistema de “TAME EP”, para la entrega del servicio.
Entregar los usuarios y contraseñas a la o las personas autorizadas por parte de la Coordinación Zonal 8 Inmobiliar, quienes serán responsables por la utilización y manejo de las mismas.
Habilitar la activación del usuario en la página web de “TAME EP”.
Capacitar al personal autorizado por la Xxxxxxxxxxxx Xxxxx 0 Inmobiliar la utilización del producto FLYCARD POST-PAGO.
Habilitar la dirección de correo xxxxxxx@xxxx.xxx.xx para notificaciones, atención y soporte; en días y horarios de oficina.
“TAME EP” se deslinda cualquier responsabilidad por la mala utilización de los usuarios y contraseñas asignadas.
REEMBOLSOS
La Coordinación Zonal 8 Inmobiliar exclusivamente podrá enviar la solicitud de reembolso de manera mensual, por escrito con el detalle de número del boleto aéreo, nombre, cedula de identidad del pasajero y ruta no utilizada de boletos no utilizados, siempre y cuando se encuentren facturados y cancelados a “TAME EP”, el cual se remitirá al Departamento de Ingresos o mediante correo electrónico a la dirección: xxxxxxxxxx.xxxx@xxxx.xxx.xx.
Los reembolsos deben de ser pedidos dentro de la validez del ticket aéreo (ver regulación tarifaria).
En los reembolsos se descontaran los respectivos gastos administrativos y tasas aeroportuarias, observando las regulaciones tarifarias.
El reembolso de cada boleto se realizará con la emisión de una nota de crédito a la cuenta, por parte del Departamento de Ingresos de TAME EP, la cual será enviada a la Coordinación Zonal 8 Inmobiliar para su registro contable y compensación con valores por pagar a “TAME EP”
La solicitud de reembolsos es responsabilidad directa de la Coordinación Zonal 8 Inmobiliar.
PRODUCTOS Y SERVICIOS ESPERADOS
Facilidad de la emisión de pasajes aéreos en rutas nacionales operados por TAME EP por medio de la página web de acuerdo a la disponibilidad de espacios, tarifas y regulación de las mismas.
PORTAL WEB
Emisión por medio de página web las 24 horas del día.
TAME EP procederá habilitar la dirección de correo xxxxxxx@xxxx.xxx.xx para notificaciones, atención y soporte; en días y horarios de oficina; en los casos de presentarse falencias e inconvenientes en el momento de la emisión.
PUNTOS DE VENTA
La emisión en puntos de venta de TAME EP se atenderá con personal autorizado y calificado por TAME EP, en horarios de oficina.
La emisión de los boletos en el punto de venta oficina o en el punto de venta virtual (xxxxxxx@xxxx.xxx.xx) de “TAME EP), tendrán un recargo llamado “fee de emisión.” Este rubro es valorado por “TAME EP” según la regulación vigente y será cargado en la respectiva factura.
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA EN LA OFERTA
A la oferta técnica se adjuntarán obligatoriamente la siguiente documentación:
Todos los formularios establecidos en los Pliegos de la presente contratación.
Copia del nombramiento del representante legal debidamente Legalizado.
Copia del Registro Único de Contribuyentes (Completo).
Copia del Registro Único de Proveedores (RUP).
Copia de Cédula de Identidad y Certificado de Votación del Representante Legal.
Copia de Contratos y/o Actas de Entrega Recepción Definitiva de haber realizado el Servicio requerido (Objeto de la Contratación) en el Sector Público.
Adicionalmente cumplirá con las reglas de participación establecidas por el SERCOP mediante Resolución No. RE-2013-000082, de 15 de febrero del 2013.
PLAZO DE EJECUCIÓN
EI plazo de ejecución de la presente contratación será de 365 días contados a partir de la fecha de suscripción del contrato, o hasta el consumo del valor contratado.
PRESUPUESTO REFERENCIAL
El presupuesto referencial para la presente contratación es de USD $ 19.368,96 (diecinueve mil trescientos sesenta y ocho con 96/100 Dólares de los Estados Unidos de América) más IVA.
FORMA Y CONDICIONES DE PAGO
La forma de pago se realizará mediante pagos mensuales, previa presentación de los respectivos documentos como:
Detalle de Guías de pasajes emitidos y utilizados.
Facturas presentadas por el Contratista.
Informe del Administrador del Contrato para los pagos mensuales y al cumplimiento del monto máximo a pagarse o una vez culminado el plazo del contrato, se suscribirá adicionalmente el Acta de Entrega Recepción Definitiva.
Adicionalmente, se tomará en cuenta los siguientes puntos referentes a la forma de pago establecida:
La Coordinación Zonal 8 – Inmobiliar pagará a “TAME EP” contra presentación de la factura, los valores acumulados mensualmente, por concepto de emisión de boletos en un plazo no mayor a quince (15) días, luego de la recepción de la misma y de la verificación de los boletos emitidos.
La facturación será enviada por correo electrónico a la persona autorizada o designada por la Coordinación Zonal 8 – Inmobiliar. En caso de cambio de Administrador de Contrato la institución se obliga a notificar a “TAME EP” xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, el respectivo cambio.
En caso de existir boletos emitidos y que no han sido considerados dentro del período de facturación, “TAME EP” emitirá facturas adicionales con el detalle correspondiente a fin de que sean pagados dentro de los quince (15) días, luego de la recepción de la factura.
Los pagos se realizarán a la cuenta que “TAME EP” a través del Sistema de Administración Financiera (ESIGEF) o mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por “TAME EP”.
La Coordinación Zonal 8 – Inmobiliar notificará a TAME EP sobre la realización de las transferencias bancarias, a través del correo electrónico xxxxx@xxxx.xxx.xx adjuntando copia del CUR con fecha de confirmación por parte del Banco Central del Ecuador (para empresas o Instituciones que dependan del Presupuesto General del Estado), para la verificación y registro correspondiente.
“TAME EP” bloqueará el servicio inmediatamente en el caso de pagos pendientes, hasta la liquidación de los valores adeudados.
MULTAS
El administrador del contrato impondrá una multa equivalente al UNO POR MIL del valor total contratado por cada día de retraso en la ejecución de las obligaciones contractuales.
EL CONTRATANTE procederá a la aplicación de las multas correspondientes, previo informe del Administrador del Contrato y notificación a TAME EP, teniendo este último, el término de 5 días para presentar sus argumentos de descargo.
ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
El seguimiento y supervisión de la presente contratación estará a cargo del Administrador del Contrato, en apego a los artículos 70 y 80, de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, y 121 de su Reglamento General.
SECCIÓN III
CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO
3.1 Cronograma del procedimiento: El cronograma que regirá el procedimiento será el siguiente:
Concepto |
Día |
Hora |
Fecha de publicación |
De acuerdo al cronograma publicado en el Portal de Compras Públicas |
De acuerdo al cronograma publicado en el Portal de Compras Públicas |
Fecha límite para audiencia de preguntas, respuestas y aclaraciones |
||
Fecha límite de entrega de ofertas |
||
Fecha de apertura de oferta |
||
Fecha estimada de adjudicación |
En el caso de ser necesario, el término para la convalidación de errores será de acuerdo al siguiente cronograma:
Concepto |
Día |
Hora |
Fecha límite para solicitar convalidación de errores |
De acuerdo al cronograma publicado en el Portal de Compras Públicas |
De acuerdo al cronograma publicado en el Portal de Compras Públicas |
Fecha límite para convalidación de errores |
||
Fecha estimada de adjudicación |
3.2 Vigencia de la oferta: La oferta se entenderá vigente hasta 90 días. En caso de que no se señale una fecha estará vigente hasta la celebración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
3.3 Precio de la oferta: El presupuesto referencial para la presente contratación es de USD $ 19.368,96 (diecinueve mil trescientos sesenta y ocho con 96/100 Dólares de los Estados Unidos de América) más IVA. Se entenderá por precio de la propuesta al valor que el oferente haga constar en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública - información que se completará en línea.
El precio de la oferta deberá cubrir todas las actividades y costos necesarios para que el oferente preste los servicios objeto de la contratación en cumplimiento de los términos de referencia correspondientes y a plena satisfacción de la entidad contratante.
Los precios presentados por el oferente son de su exclusiva responsabilidad. Cualquier omisión se interpretará como voluntaria y tendiente a conseguir precios que le permitan presentar una oferta más ventajosa.
3.4 Plazo de ejecución: El plazo estimado para la ejecución del contrato es de 365 días contados a partir de la fecha de suscripción del contrato, o hasta el consumo del valor contratado.
3.5 Forma de pago: Los pagos se realizarán de la manera prevista en el pliego y en el contrato.
3.5.1 Anticipo: La presente contratación no establece anticipo.
3.6. Forma de presentar la oferta: La oferta se deberá presentar a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública; y, en forma física. Para este segundo caso, se presentará un sobre único el cual contendrá la siguiente ilustración:
RÉGIMEN ESPECIAL
CONTRATACIÓN DEL:
“SERVICIO DE EMISION DE PASAJES AEREOS EN RUTAS QUE OPERA TAME EP
PARA LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES DE LA COORDINACIÓN ZONAL – ZONA 8 – INMOBILIAR” ,
CON ENTIDAD PÚBLICA Y/O SUBSIDIARIA
CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO
RE-CZ8-002-2018
OFERTA
Ingeniera
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
COORDINADORA ZONAL 8
Presente.-
PRESENTADA POR: ____________________________________ RUC: ________________________
No se tomarán en cuenta la oferta entregada en otro lugar o después del día y hora fijados para su entrega-recepción.
SECCIÓN IV
EVALUACIÓN DE LA OFERTA
4.1 Integridad de la oferta: La integridad de la oferta se evaluará considerando la presentación de los Formularios y requisitos mínimos previstos en el pliego. Para la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos se estará a la metodología “CUMPLE O NO CUMPLE”.
4.2 Evaluación de la oferta (cumple / no cumple): Los parámetros de calificación propuestos a continuación, son las condiciones mínimas que deberá cumplir la oferta.
Parámetros de calificación:
PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO
No. |
FUNCIÓN |
NIVEL DE ESTUDIO |
TITULACIÓN ACADÉMICA |
CANTIDAD |
1 |
Agente de soporte WEB Flycard |
Bachiller |
Bachiller. Para su verificación deberá presentar copia simple legible del título xx xxxxxxxxx, acta de grado o certificado legalizado de graduación. Demostrar una experiencia mínima de 1 año en atención por medio de correo electrónico xxxxxxx@xxxx.xxx.xx, para lo cual deberá adjuntar máximo 1 certificado que avale la experiencia laboral. |
1 |
No. |
FUNCIÓN |
NIVEL DE ESTUDIO |
TITULACIÓN ACADÉMICA |
CANTIDAD |
1 |
Agente de ventas |
Bachiller |
Bachiller. Para su verificación deberá presentar copia simple legible del título xx xxxxxxxxx, acta de grado o certificado legalizado de graduación. Demostrar una experiencia mínima de 1 año en atención en puntos de ventas TAME a nivel nacional para lo cual deberá adjuntar máximo 1 certificado que avalen la experiencia laboral. |
1 |
No. |
FUNCIÓN |
NIVEL DE ESTUDIO |
TITULACIÓN ACADÉMICA |
CANTIDAD |
1 |
Agente de Call Center |
Bachiller |
Bachiller. Para su verificación deberá presentar copia simple legible del título xx xxxxxxxxx, acta de grado o certificado legalizado de graduación. Demostrar una experiencia mínima de 1 año en atención de call center para lo cual deberá adjuntar máximo 1 certificado que avalen la experiencia laboral. |
1 |
EXPERIENCIA ESPECÍFICA
No. |
Descripción |
Tipo |
Tempora lidad |
Número Proyectos |
Monto mínimo |
Contratos Permitidos |
Monto Mínimo por Contrato |
1 |
El oferente deberá demostrar una experiencia mínima de 5 años en emisión de pasajes aéreos similares al objeto de contrato. Para tal efecto, el oferente deberá presentar mínimo 1 proyectos que corresponde al 5% del presupuesto referencial, del cual podrá presentar copias de contrato, acta de entrega recepción o certificados debidamente autorizados. |
Experiencia específica |
5 |
1 |
$ 968,45 |
20 |
$ 48,42 |
4.2.2 Porcentaje de Valor Agregado Ecuatoriano Mínimo:
La entidad contratante deberá aplicar obligatoriamente la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública para la determinación de Valor Agregado Ecuatoriano en la adquisición de bienes, prestación de servicios o ejecución de obras, según corresponda, que será considerado como uno de los criterios de participación, evaluación y adjudicación.
Para que una oferta sea considerada ecuatoriana el Valor Agregado Ecuatoriano de la misma deberá ser igual o superior al umbral del Valor Agregado Ecuatoriano del procedimiento de contratación pública, publicado por la entidad contratante conforme lo establecido por el Sistema Oficial de Contratación del Estado -SOCE.
La entidad contratante deberá verificar si el oferente acredita Valor Agregado Ecuatoriano de los bienes y/o servicios propuestos, conforme la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública.
Únicamente en el caso de que la oferta presentada no acreditare Valor Agregado Ecuatoriano, la entidad contratante considerará y analizará la oferta de origen extranjero que se hubieren presentado.
CUADRO DE VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS MÍNIMOS DE LA OFERTA TÉCNICA.
PARÁMETRO |
CUMPLE |
NO CUMPLE |
OBSERVACIONES |
Cumplimiento de las Especificaciones Técnicas |
|
|
|
Personal Técnico Mínimo |
|
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|
Experiencia Específica |
|
|
|
Nota: Aquella oferta que cumpla integralmente con los parámetros mínimos, será adjudicada, caso contrario será descalificada.
SECCIÓN V
OBLIGACIONES DE LAS PARTES
5.1 Obligaciones del adjudicatario en la aplicación de transferencia de tecnología:
En relación con los bienes que se encuentran publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública y que constan en el Anexo 20 de la Codificación de Resoluciones del Servicio Nacional de Contratación Pública, es obligación del proveedor adjudicado, previo a la suscripción del respectivo contrato, entregar a la entidad contratante, en calidad de documento habilitante, y dentro del término que establece la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública para el efecto, los requerimientos que se indican a continuación, según el nivel de transferencia de tecnología:
Nivel de transferencia de tecnología TT 1:
Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 1 “bienes primarios, bienes de baja intensidad tecnológica, y bienes de media-baja intensidad tecnológica” que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
Requerimientos:
Manual de uso y manejo de producto, en formato digital y en físico (Para el repositorio del Servicio Nacional de Contratación Pública bastará en formato digital);
CD o información en línea donde se dé a conocer información del producto, procedencia de materias primas, fechas y registros de producción;
Certificados de calidad o normativa (escaneados) bajo los cual fuere desarrollado el producto (en caso que existiesen);
Certificados de calibración del producto, dependiendo del caso; o,
Cualquier otra información sobre estándares industriales de medidas, pruebas y control de calidad.
En caso que el proveedor adjudicado, dentro del término para suscribir el respectivo contrato no presente los requerimientos correspondientes a la Transferencia de Tecnología Nivel 1, será causal para que la entidad contratante lo declare adjudicatario fallido.
Así mismo, en caso de que el Servicio Nacional de Contratación Pública identifique el incumplimiento de la entrega de los requerimientos correspondientes a la Transferencia de Tecnología Nivel 1, aplicará el procedimiento establecido en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, por haberse configurado la infracción establecida en el literal d) del artículo 106 de la referida Ley, y notificará a la entidad contratante para que proceda con la declaratoria de adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda.
Nivel de transferencia de tecnología TT 2:
Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 2 “bienes de baja intensidad tecnológica, y bienes de media-baja intensidad tecnológica”, que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
Requerimientos:
Cronograma del taller o curso de capacitación para conocer el correcto uso o manejo del producto; o,
CD donde se exponga el curso o taller de capacitación que fue dado a personal ecuatoriano.
Adicionalmente, el proveedor adjudicado deberá presentar los requerimientos nivel TT1.
En caso que el proveedor adjudicado, dentro del término para suscribir el respectivo contrato, no presente los requerimientos correspondientes a la Transferencia de Tecnología Nivel 2, será causal para que la entidad contratante lo declare adjudicatario fallido.
Así mismo, en caso de que el Servicio Nacional de Contratación Pública identifique el incumplimiento de la entrega de los requerimientos correspondientes a la Transferencia de Tecnología Nivel 2, aplicará el procedimiento establecido en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, por haberse configurado la infracción establecida en el literal d) del artículo 106 de la referida Ley, y notificará a la entidad contratante para que proceda con la declaratoria de adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda.
Nivel de transferencia de tecnología TT 3:
Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 3 “bienes de media-alta intensidad tecnológica, y bienes de alta intensidad tecnológica”, que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, los mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
Requerimientos:
Compromisos para alcanzar mantenimiento preventivo en el país, sea a través: de alianzas estratégicas para contar con centros autorizados nacionales, capacitación a empresas locales, o capacitación a la entidad requirente;
Compromisos para alcanzar mantenimiento correctivo en el país, sea a través de: alianzas estratégicas para contar con centros autorizados nacionales, capacitación a empresas locales, o capacitación a la entidad requirente; o,
Cronograma para proveer de capacitación y entrenamiento especializado, en los talleres o centros autorizados conseguidos con el ítem anterior, para el personal universitario y de institutos técnicos. El objeto es involucrar tanto a la academia como a los técnicos institucionales con la tecnología adquirida, y así, difundir dicho conocimiento sin perjuicio de cumplir con los ítems anteriores.
Adicionalmente, el proveedor adjudicado deberá presentar los requerimientos nivel TT1 y TT2.
En el caso que, el proveedor adjudicado, dentro del término para suscribir el respectivo contrato no presente los requerimientos correspondientes a la Transferencia de Tecnología Nivel 3, será causal para que la entidad contratante lo declare adjudicatario fallido.
Así mismo, en el caso que, el Servicio Nacional de Contratación Pública identifique el incumplimiento de la entrega de los requerimientos correspondientes a la Transferencia de Tecnología Nivel 3, aplicará el procedimiento establecido en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, por haberse configurado la infracción establecida en el literal d) del artículo 106 de la referida Ley, y notificará a la entidad contratante para que proceda con la declaratoria de adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda.
5.2 Obligaciones del Contratista:
La contratista deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
Entregar usuario y contraseña al Administrador del Contrato, quien será responsable por la utilización y manejo de las mismas.
Habilitar la aplicación web para la emisión de boletos aéreos de acuerdo a los requerimientos de la Coordinación Zonal 8 - Inmobiliar.
Registrar la legalización del contrato a través de la activación en el sistema para la entrega del servicio en todos los puntos de venta de TAME EP.
Capacitar al personal autorizado destinado por parte de la Coordinación Zonal 8 – Inmobiliar, sobre la utilización del producto FLYCARD POST-PAGO.
Habilitar la dirección de correo xxxxxxx@xxxx.xxx.xx para notificaciones, atención y soporte; en días y horarios de oficina.
El usuario y contraseña otorgada al Administrador del Contrato podrá ser utilizada y activada durante las 24 horas del día incluido fines de semana y feriados (365 días al año), con la finalidad de proceder a la compra de los pasajes aéreos de acuerdo a la necesidad de la Institución.
“TAME EP” no será responsable por la mala utilización de los usuarios y contraseñas asignadas.
“TAME EP” se obliga a cumplir con las debidas normas de seguridad aeronáutica, industrial y de seguridad y salud en el trabajo (que apliquen), expedidas para el efecto por las autoridades de control aeronáutico y aeroportuario del Ecuador, relativas al giro de su negocio.
5.3 Obligaciones de la Contratante:
La Coordinación Zonal 8 – Inmobiliar será responsable de:
La correcta administración en el manejo de toda información que obtenga por los boletos emitidos es decir: reportes o estado de cupón de vuelos.
La adecuada utilización del o los usuarios y contraseñas asignados al Administrador del Contrato para la emisión de boletos a través de la aplicación web.
En caso de pérdida u olvido de la clave y usuario, el Administrador del Contrato deberá notificar inmediatamente por escrito o a través del correo electrónico xxxxxx@xxxx.xxx.xx dicha perdida. La Institución es responsable de los consumos que se hagan con cargo a su cuenta.
Notificar inmediatamente por escrito o a través del correo electrónico xxxxxx@xxxx.xxx.xx, en el caso de que el Administrador del Contrato deje de prestar servicios o se produzcan cambios de personal autorizado.
El/los usuarios y contraseñas asignados por “TAME EP” al Administrador del Contrato, son de uso personal e intransferible.
La Coordinación Zonal 8 - Inmobiliar, será el responsable de verificar las regulaciones que aplican a la tarifa antes de adquirir o emitir el boleto.
El control de la utilización de los boletos emitidos serán responsabilidad de la Coordinación Zonal 8 Inmobiliar.
El pago de tasas aeroportuarias o de seguridad, impuestos, derechos u otros rubros relacionados con los boletos aéreos, serán por cuenta de la Coordinación Zonal 8 - Inmobiliar.
La Coordinación Zonal 8 - Inmobiliar será responsable por el cuidado y custodia de los documentos generados por pagos de gastos administrativos o diferencias tarifarias, los cuales deberán adjuntar al boleto aéreo, como comprobante de pago al momento del chequeo.
Dar solución a las peticiones y problemas que se presentaren en la ejecución del contrato, en un plazo de 5 días contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
5.3.1 Obligaciones del contratante en la aplicación de transferencia de tecnología:
La entidad contratante, para los bienes que apliquen la transferencia de tecnología, mismos que se encuentran publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública y que constan en el Anexo 20 de la Codificación de Resoluciones del Servicio Nacional de Contratación Pública, exigirá previo a la firma del contrato, de manera obligatoria, la entrega de los requerimientos determinados para cada nivel de transferencia tecnológica, según corresponda.
Para los bienes correspondientes a los CPCs que corresponden a la entrega de transferencia de tecnología de niveles 1 y 2, la entidad contratante exigirá, de manera obligatoria al proveedor, en calidad de documentación habilitante para la suscripción del respectivo contrato y dentro del término que dispuesto por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, los requerimientos que se indican a continuación:
Nivel de transferencia de tecnología TT 1:
Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 1 “bienes primarios, bienes de baja intensidad tecnológica, y bienes de media-baja intensidad tecnológica”, que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
Requerimientos:
Manual de uso y manejo de producto, en formato digital y en físico (Para el repositorio del Servicio Nacional de Contratación Pública bastará en formato digital);
CD o información en línea donde se dé a conocer información del producto, procedencia de materias primas, fechas y registros de producción;
Certificados de calidad o normativa (escaneados) bajo los cual fuere desarrollado el producto (en caso que existiesen);
Certificados de calibración del producto, dependiendo del caso; o,
Cualquier otra información sobre estándares industriales de medidas, pruebas y control de calidad.
La entidad contratante, en los bienes relacionados a los CPCs que corresponden a la entrega de transferencia de tecnología de nivel 1:
Deberá, previo a la suscripción del contrato, exigir y verificar que el adjudicatario haya publicado en el Repositorio de Transferencia de Tecnología del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, los requerimientos correspondientes.
En el caso que, la entidad contratante verifique que el adjudicatario no cumpla con estas condiciones y requerimientos de transferencia tecnológica nivel 1 para la suscripción del respectivo contrato, esta declarará al proveedor como adjudicatario fallido.
Es importante señalar que, de evidenciarse el incumplimiento de estos requerimientos por parte de la entidad contratante a la suscripción del contrato, el Servicio Nacional de Contratación Pública, en base a sus atribuciones de control y supervisión, dispondrá la terminación unilateral y anticipada del contrato, además, notificará a la Contraloría General del Estado para que ejerza las respectivas acciones de control en el ámbito de sus competencias, y de ser el caso, determine las responsabilidades a los funcionarios de la entidad contratante que omitieron la exigencia y presentación de dichos requerimientos.
Nivel de transferencia de tecnología TT 2:
Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 2 “bienes de baja intensidad tecnológica, y bienes de media-baja intensidad tecnológica”, que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, los mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
Requerimientos:
Cronograma del taller o curso de capacitación para conocer el correcto uso o manejo del producto; o,
CD donde se exponga el curso o taller de capacitación que fue dado a personal ecuatoriano.
Adicionalmente, el proveedor adjudicado deberá presentar los requerimientos nivel TT1.
La entidad contratante, en los bienes relacionados a los CPCs que corresponden a la entrega de transferencia de tecnología de nivel 2:
Deberá, previo a la firma de contrato, exigir y verificar que el adjudicatario haya publicado en su totalidad los requerimientos correspondientes, en el Repositorio de Transferencia de Tecnología del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
En el caso que, la entidad contratante verifique que el adjudicatario no cumpliere con estas condiciones y requerimientos de transferencia tecnológica nivel 2 para la suscripción del respectivo contrato, esta declarará al proveedor como adjudicatario fallido.
Es importante señalar que, de evidenciarse el incumplimiento de la exigencia de estos requerimientos por parte de la entidad contratante a la firma del contrato, el Servicio Nacional de Contratación Pública, en base a sus atribuciones de control y supervisión dispondrá la terminación unilateral y anticipada del contrato, además, notificará a la Contraloría General del Estado para que ejerza las acciones de control en el ámbito de sus competencias, y de ser el caso, determine las responsabilidades respectivas a los funcionarios de la entidad contratante que omitieron la exigencia y presentación de dichos requerimientos.
Nivel de transferencia de tecnología TT 3:
Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 3 “bienes de media-alta intensidad tecnológica, y bienes de alta intensidad tecnológica”, que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
Requerimientos:
Compromisos para alcanzar mantenimiento preventivo en el país, sea a través de: alianzas estratégicas para contar con centros autorizados nacionales, capacitación a empresas locales, o capacitación a la entidad requirente;
Compromisos para alcanzar mantenimiento correctivo en el país, sea a través de: alianzas estratégicas para contar con centros autorizados nacionales, capacitación a empresas locales, o capacitación a la entidad requirente; o,
Cronograma para proveer de capacitación y entrenamiento especializado, en los talleres o centros autorizados conseguidos con el ítem anterior, para el personal universitario y de institutos técnicos. El objeto es involucrar tanto a la academia como a los técnicos institucionales con la tecnología adquirida, y así, difundir dicho conocimiento sin perjuicio de cumplir con los ítems anteriores.
Adicionalmente, el proveedor adjudicado deberá presentar los requerimientos nivel TT1 y TT2.
Para cumplir con estos compromisos, la entidad contratante exigirá la presentación obligatoria del documento que permita verificar la formalización del acuerdo o alianza estratégica al que el proveedor ha llegado con una universidad, centro de transferencia y desarrollo tecnológico, instituto tecnológico, empresa pública o privada u otra organización ecuatoriana, que permitan garantizar el cumplimiento del mantenimiento preventivo, correctivo; y, capacitación y entrenamiento especializados, que se realicen dentro del territorio ecuatoriano.
La ejecución de estos compromisos, capacitación y entrenamiento especializados, deberán cumplirse en un plazo no mayor a seis meses contados desde la suscripción del contrato con la entidad contratante.
Es importante señalar que, de evidenciarse el incumplimiento de la exigencia de estos requerimientos por parte de la entidad contratante a la firma del contrato o su ejecución, el Servicio Nacional de Contratación Pública, en base a sus atribuciones de control y supervisión dispondrá la terminación unilateral y anticipada del contrato, además, notificará a la Contraloría General del Estado para que ejerza las acciones de control en el ámbito de sus competencias, y de ser el caso, determine las responsabilidades respectivas a los funcionarios de la entidad contratante que omitieron la exigencia, presentación y cumplimiento de dichos requerimientos.
MODELO XX XXXXXX PARA CONTRATACIÓN POR RÉGIMEN ESPECIAL
Versión SERCOP 2.1 (09 xx xxxxx de 2017)
ÍNDICE
II. CONDICIONES GENERALES DE LOS PLIEGOS PARA CONTRATACIÓN POR RÉGIMEN ESPECIAL
SECCIÓN I
DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Ámbito de aplicación
Resolución de inicio
Comisión Técnica
Participante
Invitación al proveedor
Presentación y apertura de oferta
Inhabilidades
Obligaciones del oferente
Audiencia de preguntas, respuestas y aclaraciones
Cambios al cronograma
Convalidación de errores de forma
Causas de rechazo
Adjudicación y notificación
Garantías
Cancelación del procedimiento
Declaratoria de procedimiento desierto
Adjudicatario fallido
Publicación
Moneda de cotización y pago
Reclamos
Administración del contrato
Fiscalización (Para contratos de ejecución de obra)
Transferencia tecnológica
Oferta de origen ecuatoriano, metodología y VAE
Desagregación Tecnológica
Vigencia Tecnológica
Control Ambiental
Visitas al sitio de las obras o entrega/instalación de bienes
Subcontratación
Inconsistencia, simulación y/o inexactitud de la información
SECCIÓN II
METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LA OFERTA
2.1. Metodología de evaluación de la oferta
2.2. Formulario para la elaboración de la oferta
SECCIÓN III
FASE CONTRACTUAL
3.1 Ejecución del contrato:
3.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual
3.1.2 Cumplimiento de especificaciones o términos de referencia
3.1.3 Personal del contratista
3.1.4 Materiales
3.1.5 Obligaciones del Contratista
3.1.6 Obligaciones de la Contratante
3.1.7. Vigilancia y custodia
3.1.8. Trabajos defectuosos o no autorizados
3.1.9 Pagos
3.1.10 Administrador del contrato
3.1.11 Fiscalizador del contrato (Para contratos de ejecución de obra)
NOTAS: Edición del modelo xx xxxxxx: Las condiciones generales no son materia de ajuste y/o modificaciones por parte de las entidades contratantes. Las condiciones generales son principios básicos, estipulaciones o cláusulas establecidas, con el objeto de regular la relación con los partícipes en el presente procedimiento de contratación pública, en el marco de la legislación aplicable. La normativa y disposiciones administrativas expedidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública que se emitan durante el procedimiento, quedan incorporadas al Pliego de Condiciones Generales y se aplicarán de manera obligatoria. |
II. CONDICIONES GENERALES PARA RÉGIMEN ESPECIAL
Las condiciones generales contenidas en el presente documento son de aplicación general para los procedimientos de ejecución de obra, adquisición de bienes y/o prestación de servicios, mediante Régimen Especial, para la contratación de bienes, obras y servicios calificados para la seguridad interna y externa del Estado; productos y servicios comunicacionales a través de procesos de selección; asesoría y patrocinio jurídico; obra artística, literaria o científica; repuestos o accesorios; bienes y servicios únicos en el mercado, o proveedor único; transporte de correo interno y/o internacional; contratos entre entidades públicas y/o subsidiarias; las contrataciones del Banco Central del Ecuador previstas en el artículo 37 del Código Orgánico Monetario y Financiero salvo las excepciones que en lo pertinente se encuentran claramente especificadas.
SECCIÓN I
DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
1.1 Ámbito de aplicación: El procedimiento de Régimen Especial para las contrataciones previstas en el artículo 2 xx Xxx Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, inclusive en lo que respecta al giro específico de negocio, observarán lo dispuesto en la normativa prevista en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Tratándose de las entidades que presten servicios de salud y que se hallen comprendidas en el ámbito de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, deberán adquirir los fármacos conforme la normativa expedida por el ente rector de la Salud Pública y el Servicio Nacional de Contratación Pública para el efecto. Todos los fármacos que se adquieran deben cumplir con los requisitos sanitarios establecidos en la Ley Orgánica de Salud que permitan garantizar su calidad, seguridad y eficacia.
1.2 Resolución de inicio: La máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado emitirá una Resolución motivada, demostrando la existencia de la circunstancia material y/o necesidad concreta que le faculta acogerse al Régimen Especial para la contratación de bienes, obras o servicios, según sea el caso. Adicionalmente, en la mencionada Resolución, deberá aprobar el pliego, el cronograma del procedimiento y dispondrá el inicio del mismo. Esta Resolución se publicará en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
1.3 Comisión Técnica: El procedimiento presupone la conformación obligatoria de una Comisión Técnica, salvo que norma expresa lo señale como no necesaria, la que estará integrada de conformidad con el artículo 18 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, encargada del trámite del procedimiento en la fase precontractual. Esta Comisión analizará las ofertas de bienes y/o servicios de origen ecuatoriano, así como aquellas que cumplen con el porcentaje de participación ecuatoriana mínimo para el caso de obras, incluso en el caso de haberse presentado una sola, considerando los parámetros de calificación establecidos en este pliego, y recomendará a la máxima autoridad de la entidad contratante la adjudicación o la declaratoria de procedimiento desierto.
Cuando no hubiere oferta u ofertas consideradas de origen ecuatoriano, la entidad contratante continuará el procedimiento con las ofertas de bienes y/o servicios de origen extranjero; en el caso de las obras, el porcentaje de participación ecuatoriana mínimo es de cumplimiento obligatorio para el oferente.
1.4 Participante: La invitación estará dirigida a la persona natural o jurídica, nacional o extranjera, asociación de éstas o consorcio, que se encuentre habilitada en el Registro Único de Proveedores, que oferte obras, bienes y/o servicios de origen ecuatoriano y tenga interés en participar en este procedimiento.
Cuando exista un compromiso de asociación o consorcio, todos los miembros de la asociación deberán estar habilitados en el Registro Único de Proveedores al tiempo de presentar la oferta, y se designará un procurador común de entre ellos, que actuará a nombre de los comprometidos.
En caso de ser adjudicados, los comprometidos deberán constituirse en asociación o consorcio mediante escritura pública y lo inscribirán en el Registro Único de Proveedores, previa la firma del contrato, dentro del término previsto para la firma del mismo; en caso contrario, se declarará a los integrantes del compromiso de asociación o consorcio como adjudicatarios fallidos.
1.5 Invitación al proveedor: La entidad contratante invitará a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública al proveedor con el que va a realizar la contratación a fin de que presente su oferta. El proveedor seleccionado deberá estar habilitado en el Registro Único de Proveedores, en la(s) categoría(s) correspondiente(s).
La selección de las ofertas de provisión de fármacos se hará solo entre los proveedores habilitados en el Registro Único de Proveedores, para cuyo efecto, deberán haber obtenido previamente el certificado sanitario de provisión de medicamentos emitido por la Autoridad Sanitaria Nacional.
Tratándose de la contratación de productos comunicacionales y/o servicios comunicacionales, a través de procesos de selección, la entidad contratante deberá invitar directamente al menos 3 proveedores y máximo 5 proveedores inscritos en el Registro Único de Proveedores.
Tratándose de la contratación de empresas de correos rápidos o courier, para el transporte de correo interno y/o internacional, la entidad contratante deberá invitar directamente al menos 2 proveedores y máximo 5 proveedores inscritos en el Registro Único de Proveedores.
No se exigirá al oferente la entrega de documentos que previamente hayan sido entregados para efectos de habilitarse en el Registro Único de Proveedores.
1.6 Presentación y apertura de oferta: La oferta técnica y económica, se presentará en un sobre único en la dirección establecida por la entidad contratante, hasta la fecha y hora indicada en el cronograma del procedimiento, sin perjuicio de que ésta sea subida al Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
Una hora más tarde de fenecido el término para la presentación del sobre único, se procederá a la apertura de la(s) oferta(s) recibida(s).
1.7 Inhabilidades: No podrán participar en el presente procedimiento precontractual, por sí mismas o por interpuesta persona, quienes incurran en las inhabilidades generales y/o especiales, de acuerdo a los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, artículos 110 y 111 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; y en la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública.
De verificarse con posterioridad que un oferente incurso en una inhabilidad general o especial hubiere suscrito el contrato, dará lugar a la terminación unilateral del contrato conforme el numeral 5 del artículo 94 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
1.8 Obligaciones del oferente: El oferente deberá revisar cuidadosamente el pliego y cumplir con todos los requisitos solicitados en él. La omisión o descuido del oferente al revisar dicho documento no le relevará de sus obligaciones con relación a la presentación de su oferta.
1.9 Audiencia de preguntas, respuestas y aclaraciones: Cuando el procedimiento así lo disponga, en el día y hora señalados para el efecto, se celebrará la audiencia de preguntas, respuestas y aclaraciones en la cual la Comisión Técnica o a la máxima autoridad o su delegado, explicará en términos generales el objeto de la contratación, absolverá las consultas, realizará las aclaraciones que el oferente invitado efectúe respecto xxx xxxxxx y proporcionará la información correspondiente. Cuando fuere pertinente, el proveedor invitado suscribirá un convenio de estricta confidencialidad respecto de la información a la que ha tenido acceso con motivo de su participación en el procedimiento y la audiencia de preguntas, respuestas y aclaraciones. De dicha audiencia se levantará un acta que será publicada en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
Formulada la invitación, la audiencia no podrá exceder el término de tres (3) días contados desde su publicación.
1.10 Cambios al cronograma: La entidad contratante podrá modificar el cronograma con la motivación respectiva; el cambio será publicado en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública y podrá realizarse hasta la fecha límite fijada para la audiencia informativa.
1.11 Convalidación de errores de forma: Si se presentaren errores de forma, los oferentes, en el término previsto en el cronograma, contado a partir de la fecha de notificación, podrán convalidarlos previa petición de la entidad contratante, conforme a lo previsto en al artículo 23 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y en la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública para el efecto.
En ningún caso será posible convalidar lo siguiente:
La no presentación de cualquiera de los numerales establecidos en el formulario que integra el pliego al momento de presentar la oferta;
La oferta económica, salvo que se trate de errores de cálculo o de sumatoria;
Modificaciones a especificaciones, características o condiciones de la oferta técnica originalmente presentadas, salvo omisiones de certificación, errores tipográficos, de foliado o sumilla.
Al efecto, se estará a lo dispuesto en la normativa que el Servicio Nacional de Contratación Pública expida respecto de la materia.
1.12 Causas de rechazo: Luego de evaluada la oferta, la entidad contratante podrá rechazarla por las siguientes causas:
1.12.1 Si no cumpliera los requisitos exigidos en las Condiciones Generales y Condiciones Particulares que incluyen las especificaciones técnicas y los formularios de este pliego.
1.12.2 Si se hubiera entregado y/o presentado la oferta en lugar distinto al fijado o después de la hora establecida para ello, o no se hubiera subido el valor de la propuesta al Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
1.12.3 Cuando la oferta contenga errores sustanciales, y/o evidentes, que no puedan ser convalidados, de acuerdo a lo señalado en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública.
1.12.4 Si el contenido de cualquiera de los acápites de los formularios difiriere del previsto en el pliego, condicionándolo o modificándolo, de tal forma que se alteren las condiciones contempladas para la ejecución del contrato. De igual forma, si se condicionara la oferta con la presentación de cualquier documento o información.
1.12.5 Si el oferente no hubiere atendido la petición de convalidación, en el término fijado para el efecto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y en la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública.
1.12.6 Si al momento de la presentación de la propuesta, el oferente interesado no se encontrare habilitado en el Registro Único de Proveedores o no hubiere “registrado” o “indicado” en su propuesta, el número o código de RUP.
La oferta será descalificada por la entidad contratante en cualquier momento del procedimiento, si de la revisión de los documentos que fueren del caso, pudiere evidenciarse inconsistencia, simulación o inexactitud en la información presentada. La entidad contratante podrá solicitar al oferente la documentación que estime pertinente y que ha sido referida en cualquier documento de la oferta, no relacionada con el objeto mismo de la contratación, para validar la oferta presentada del procedimiento.
La adjudicación se circunscribirá a la oferta calificada. No se aceptarán ofertas alternativas.
1.13 Adjudicación y notificación: La máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, mediante Resolución motivada, con base en el resultado de la evaluación de la oferta reflejado en el informe elaborado por los integrantes de la Comisión Técnica, cuando fuere del caso, o el responsable de evaluar las propuestas, adjudicará el contrato al proveedor invitado si éste cumpliere con las especificaciones técnicas previstas en el pliego y se adecúa o mejora el presupuesto referencial previsto.
En la contratación de empresas de correos rápidos o courier, cuando se recibiere una sola oferta, de convenir a los intereses institucionales, la entidad contratante podrá adjudicar el procedimiento a dicho oferente.
Tratándose de la contratación de productos y/o servicios comunicacionales, a través de un proceso de selección, la adjudicación podrá efectuarse por la totalidad de los productos o servicios requeridos o parte de ellos, de así convenir a los intereses de la entidad contratante.
La notificación de la adjudicación se la realizará publicando la Resolución a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
1.14 Garantías: En forma previa a la suscripción de todo contrato derivado de los procedimientos establecidos en este pliego, a excepción de los contratos que deban suscribirse entre entidades públicas o sus subsidiarias, se deberán presentar las garantías previstas en los artículos 74, 75 y 76 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en cualquiera de las formas contempladas en el artículo 73 ibídem.
1.14.1 La garantía de fiel cumplimiento del contrato se rendirá por un valor igual al cinco por ciento (5%) del monto total del mismo, en una de las formas establecidas en el artículo 73 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. No se exigirá esta garantía en los contratos cuya cuantía sea menor a multiplicar el coeficiente 0.000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico. Esta garantía se presentará en una de las formas determinadas en los numerales 1, 2 o 5 del artículo 73 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
1.14.2 La garantía de buen uso del anticipo se rendirá por un valor igual al determinado y previsto en el presente pliego, que respalde el cien por ciento (100%) del monto a recibir por este concepto.
El valor que por concepto de anticipo otorgará la entidad contratante al contratista no podrá ser superior al setenta por ciento (70%) del monto adjudicado, para el caso de bienes o servicios, ni superior al cincuenta por ciento (50%) en el caso de obras. El valor será depositado en una cuenta que el contratista aperture en un banco estatal o privado, en el que el Estado tenga participación accionaria o de capital superior al cincuenta por ciento. El adjudicatario, en forma previa a la suscripción del contrato, deberá presentar, un certificado de la institución bancaria o financiera en la que tenga a su disposición una cuenta en la cual serán depositados los valores correspondientes al anticipo, de haber sido concedido.
El contratista deberá autorizar expresamente en el contrato el levantamiento del sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo recibido. El administrador del contrato o el fiscalizador designado por la entidad contratante verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al procedimiento de devengamiento del anticipo o ejecución contractual.
1.14.3 En la contratación de obras o actividades artísticas, literarias o científicas, se admitirán como garantías, pagarés o letras de cambio, endosados por valor en garantía o fianzas personales del contratista.
1.15 Cancelación del procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la invitación y hasta veinticuatro (24) horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento mediante Resolución motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
1.16 Declaratoria de procedimiento desierto: La máxima autoridad de la entidad contratante, podrá declarar desierto el procedimiento, si se produjere alguno de los casos previstos en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Dicha declaratoria se realizará mediante Resolución motivada de la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, fundamentada en razones técnicas, económicas y/o jurídicas. Una vez declarado desierto el procedimiento, la máxima autoridad o su delegado podrá disponer su archivo o su reapertura.
De declararse desierta la contratación de productos y/o servicios comunicacionales a través de un proceso de selección, la máxima autoridad o su delegado podrá iniciar un nuevo procedimiento bajo la figura de contratación directa de conformidad con las disposiciones del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
1.17 Adjudicatario fallido: En caso de que el adjudicatario no suscribiere el contrato dentro del término previsto, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado le declarará adjudicatario fallido conforme lo previsto en el artículo 35 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, y seguirá el procedimiento previsto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública para el efecto. Una vez que el Servicio Nacional de Contratación Pública haya sido notificado con tal Resolución, actualizará el Registro de Incumplimientos, suspendiendo del Registro Único de Proveedores al infractor y procederá de conformidad con lo prescrito en el artículo 98 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
1.18 Publicación: La máxima autoridad o su delegado tiene la obligación de publicar los procedimientos de contratación y la información relevante de los mismos en el Portal Institucional, , tomando en consideración la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública en relación a los documentos considerados como relevantes.
Se exceptúa la publicación de aquellos procedimientos considerados como confidenciales (seguridad interna o externa), en base a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General, y la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública para el efecto.
1.19 Moneda de cotización y pago: La oferta deberá presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. El pago se realizará en la misma moneda.
1.20 Reclamos: En el caso de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos relacionados con su oferta, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y el procedimiento correspondiente establecido en la normativa expedida para el efecto.
1.21 Administración del contrato: La entidad contratante designará de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del mismo. El administrador deberá canalizar y coordinar todas y cada una de las obligaciones contractuales convenidas, así como a los integrantes de la Comisión para la recepción provisional, parcial, total y definitiva del contrato, de conformidad a lo establecido en los artículos 121 y 124 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
El administrador del contrato, quedará autorizado para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga que pudiera formular el contratista.
El administrador será el encargado de la administración de las garantías durante todo el período de vigencia del contrato; adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar, así como también deberá atenerse a las Condiciones Generales y Específicas xxx xxxxxx que forma parte del contrato.
Respecto de su gestión, reportará a la autoridad institucional señalada en el contrato debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.
Tendrá bajo su responsabilidad la aprobación y validación de los productos e informes que emita y/o presente el contratista y suscribirá las actas que para tales efectos se elaboren.
1.22. Fiscalización: (Para contratos de ejecución de obra) Las actividades de fiscalización, las cuales podrán ser contratadas en el caso de no disponer de personal calificado para el efecto, propenderán a la verificación y supervisión del uso de una adecuada técnica y correcta ejecución de la obra, en aplicación de los términos y condiciones previstas en la oferta adjudicada a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseños definitivos, rubros contractuales, subcontratación, especificaciones técnicas, participación ecuatoriana mínima, cronogramas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores, transferencia tecnológica, cuando corresponda, y normas técnicas aplicables, con sujeción a lo previsto en el contrato.
La fiscalización será responsable de asegurar el debido y estricto cumplimiento de las especificaciones técnicas de diseño y materiales por parte del contratista, debiendo en todo momento observar las que hacen parte de los diseños definitivos y el contrato. La fiscalización no podrá cambiar las especificaciones generales o técnicas de diseño o de materiales sin la justificación técnica correspondiente.
En el caso de existir diferencias entre la fiscalización y el contratista, éste último podrá solicitar la intervención del administrador del contrato a fin de que dirima la situación o desavenencia que se hubiera presentado.
Únicamente en los procedimientos cuya cuantía se igual o superior al de Licitación, para asegurar y evidenciar el cumplimiento de los resultados del estudio de desagregación tecnológica, los funcionarios responsables de la administración y fiscalización del contrato constatarán, validarán y exigirán que en las planillas de ejecución de trabajos o avance de obra, se incluyan los resultados de verificación del origen de los componentes y elementos (mano de obra, materiales, equipos y servicios) utilizados para la ejecución de los trabajos a ser planillados, con base a la supervisión in situ de los trabajos, las facturas de provisión de materiales y servicios, y formularios de pago de aportes al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social - IESS de la mano de obra.
En las Actas de Entrega-Recepción de las obras contratadas, cuya cuantía sea igual o superior al previsto para Licitación, sean estas parciales, provisional o definitiva, se incluirá la declaración del contratista respecto de la aplicación e implementación de los resultados de los Estudios de Desagregación Tecnológica y cumplimiento del porcentaje de participación ecuatoriana mínimo a través de los componentes mano de obra, materiales, equipos y servicios.
1.23 Transferencia tecnológica: En todos los contratos de provisión de bienes se observará y aplicará, en lo que fuere pertinente, la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública respecto de la transferencia tecnológica, que permita a la entidad contratante asumir la operación y utilización de la infraestructura y los bienes que la integran, la transferencia de conocimientos técnicos que el contratista debe cumplir con el personal y la eventual realización de posteriores desarrollos o procesos de control y seguimiento, de así requerirse. En las Condiciones Específicas del contrato se agregará la cláusula pertinente, cuando corresponda.
1.24 Oferta de origen ecuatoriano, metodología y VAE: Es obligatoria, la aplicación del Valor Agregado Ecuatoriano como uno de los criterios de evaluación y adjudicación en todos los procedimientos de adquisición de bienes y/o prestación de servicios.
El porcentaje de Valor Agregado Ecuatoriano es el valor mínimo a cumplir para definir si un bien y/o servicio es de origen ecuatoriano.
La metodología a utilizar para la determinación del Valor Agregado Ecuatoriano de las ofertas en los procedimientos para la contratación de bienes y servicios, será la expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública.
Para que una oferta sea considerada como de origen ecuatoriano, el Valor xx Xxxxxxxx Ecuatoriano de ella, obtenido a partir de la aplicación de la metodología señalada en el párrafo precedente, deberá ser igual o superior al dispuesto en la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública para el efecto.
El Valor Agregado Ecuatoriano de una oferta se lo obtendrá a partir de la información que los proveedores suministrarán a través del formulario “Declaración de Valor Agregado Ecuatoriano” que forma parte integral xxx xxxxxx, de conformidad con la normativa expedida para el efecto.
Si en el procedimiento de contratación no hubiere oferta considerada de origen ecuatoriano, la entidad contratante considerará y analizará la oferta que no se considere ecuatoriana y que se hubiere presentado.
Se presentará un formulario por cada tipo de bienes y servicios que fueran parte del procedimiento de contratación, según su tipología, y se utilizará la metodología señalada.
Toda entidad contratante deberá, en forma obligatoria, incorporar en las Actas de Entrega-Recepción, sean parciales o definitivas, la declaración del contratista respecto del cumplimiento del Valor Agregado Ecuatoriano propuesto y aceptado para los bienes y/o servicios entregados o prestados; y, para el caso de que no sea productor de los bienes contratados, como parte del proceso de entrega recepción, deberá adjuntar obligatoriamente las facturas de su adquisición.
1.25 Desagregación Tecnológica: Las entidades contratantes que se acojan a los procedimientos mediante Régimen Especial, obligatoriamente y en forma previa a convocar un procedimiento de ejecución de obra pública, cuyo presupuesto referencial sea igual o superior al monto correspondiente a Licitación de obras, deberán contar con el estudio de desagregación tecnológica debidamente aprobado por el Servicio Nacional de Contratación Pública.
1.26 Vigencia Tecnológica: Para el caso de la adquisición, arrendamiento y/o prestación de servicios en los que se requiera de equipos informáticos, equipos de impresión, vehículos, equipos médicos y proyectores, se deberá aplicar el principio de vigencia tecnológica, conforme a la regulación emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública.
1.27 Control ambiental: En los casos que sea necesario, el contratista deberá realizar todas las actividades necesarias para evitar impactos ambientales negativos, durante el período de ejecución contractual, cumpliendo con la normativa ambiental vigente.
1.28 Visitas al sitio de las obras o de entrega/instalación de bienes: En el caso de que la entidad contratante considerare necesario el cumplimiento de una visita técnica al sitio donde se ejecutarán las obras o donde se deberán entregar y/o instalar los bienes, éstas se podrán realizar en cualquier momento y hasta la fecha límite de entrega de ofertas. En ningún caso este requisito será obligatorio ni las condiciones de la visita podrán ser discriminatorias.
1.29. Subcontratación: (Para contratación de obras exclusivamente) De conformidad con lo previsto en el artículo 79 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -, el contratista, bajo su riesgo y responsabilidad podrá subcontratar hasta el 30% del monto total de la obra adjudicada, con personas naturales o jurídicas registradas y habilitadas en el Registro Único de Proveedores, domiciliadas en la localidad o circunscripción geográfica en la que se ejecutará el proyecto, debiendo consignar la información detallada en el formulario correspondiente.
El oferente, para acceder al puntaje previsto en los parámetros de evaluación, deberá señalar en su propuesta los rubros o grupos de rubros que subcontratará directamente, identificando las EPS´s y/o MYPES locales con las cuales suscribirá los contratos correspondientes, sin que por tal subcontratación se exima de responsabilidad frente a la entidad contratante, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y en la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública para el efecto.
Por causas de fuerza mayor o caso fortuito, presentadas por el subcontratista al contratista, aceptadas por éste, y previa autorización escrita por parte de la entidad contratante, el contratista podrá reemplazar, sustituir o cambiar a un subcontratista.
Adicionalmente, el contratista en caso de incumplimiento del subcontratista o retraso en el cronograma de avance de ejecución del rubro o grupo de rubros subcontratados, podrá solicitar a la entidad contratante autorización escrita para, bajo exclusiva responsabilidad del contratista, reemplazar, sustituir o cambiar a los subcontratistas. Las autorizaciones referidas deberán ser conferidas por el administrador en coordinación con la fiscalización del contrato; en todo caso habrá que estar a lo previsto en la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública para el efecto.
1.30 Inconsistencia, simulación y/o inexactitud de la información: En el caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación o inexactitud en la información presentada por el oferente, adjudicatario o contratista, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, descalificará del procedimiento de contratación al proveedor, lo declarará adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda y, en último caso, previo al trámite de terminación unilateral, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
SECCIÓN II
METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LA OFERTA
2.1. Metodología de evaluación de la oferta: La evaluación de la oferta se encaminará a proporcionar una información imparcial sobre si una oferta debe ser rechazada. Para ello se establecen tres etapas: 1) Integridad de la oferta: Se verificará la presentación del Formulario único de la oferta debidamente elaborado y suscrito, así como los demás formularios adicionales propuestos por la entidad contratante. 2) Oferta técnica: Se verifica el cumplimiento de los requisitos mínimos que debe contener la oferta. 3) Se evalúa las condiciones cumplidas por el oferente en la etapa anterior, y la oferta económica. Deberá ponderarse las condiciones de mejora en los términos de referencia. La entidad contratante, bajo su responsabilidad, deberá asegurar que los parámetros de evaluación publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, cuando fuere requerido, hayan sido los realmente utilizados en el procedimiento.
a. Primera Etapa: Integridad de las ofertas.-
Se revisará que la oferta haya incorporado todos los formularios definidos en el presente pliego, conforme el siguiente detalle:
FORMULARIO DE LA OFERTA
FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO
FORMULARIO DE COMPROMISO DE SUBCONTRATACIÓN (Aplica únicamente para la contratación de obras)
Aquella oferta que contenga el FORMULARIO DE LA OFERTA debidamente elaborado y suscrito, pasará a la etapa de evaluación “cumple / no cumple”; caso contrario será rechazada.
b. Segunda Etapa: Evaluación de la oferta técnica (cumple / no cumple).- Los parámetros de calificación deberán estar definidos y dimensionados por la entidad contratante, no darán lugar a dudas, ni a interpretación o a la subjetividad del evaluador, se considerarán parámetros técnico-económicos con dimensionamiento de mínimos o máximos admisibles y de obligatorio cumplimiento.
Los parámetros deberán estar debidamente sustentados, relacionados con el objeto de la contratación y no contravenir la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General o la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública. Estos parámetros deberán estar completamente definidos, no serán restrictivos ni discriminatorios y deberán establecer su indicador y el medio de comprobación.
Al evaluar la oferta presentada por una asociación, consorcio o compromiso de asociación o consorcio, las entidades contratantes deberán considerar los aportes de cada participante, con base en la información que deberá desglosarse a través del Formulario, que es parte del presente pliego e integrará en consecuencia la oferta y en observancia de la normativa que el Servicio Nacional de Contratación Pública expedirá para el efecto.
Es obligatoria, la aplicación del Valor Agregado Ecuatoriano como uno de los criterios de evaluación y adjudicación en todos los procedimientos de contratación incluidos los del Régimen Especial de giro especifico de negocio cuando se trate de bienes o servicios y, el porcentaje de participación ecuatoriano mínimo para el caso de obras.
La metodología a utilizar para la determinación del Valor Agregado Ecuatoriano de las ofertas en los procedimientos para la contratación de bienes y servicios y, aquella para la ejecución de los estudios de desagregación tecnológica para obras, será la expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública.
Para que una oferta de bienes o servicios sea considerada como de origen ecuatoriano, el Valor Agregado Ecuatoriano de aquella, obtenido a partir de la aplicación de la metodología señalada en el párrafo precedente, deberá ser igual o superior al dispuesto en la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública y se lo obtendrá a partir de la información que los proveedores suministrarán a través del formulario “Declaración xx Xxxxxxxx Ecuatoriano”.
Se presentará un formulario por cada tipo de bien o servicio que fuera parte del procedimiento de contratación, según su tipología, y se utilizará la metodología señalada.
Para que una oferta para la ejecución de obras sea aceptada, el porcentaje de participación ecuatoriana mínimo resultante del estudio de desagregación tecnológica, obtenido a partir de la aplicación de la metodología señalada en el párrafo precedente, deberá ser igual o superior al calculado por la entidad contratante.
Si en el procedimiento de contratación no hubiere oferta considerada de origen ecuatoriano, la entidad contratante considerará y analizará la oferta que no se considere ecuatoriana y que se hubiere presentado.
2.2. Formulario para la elaboración de la oferta: El oferente incluirá en su oferta la información que se establece en el Formulario de la Oferta. Pueden utilizarse formatos elaborados en ordenador a condición que la información sea la que se solicita y que se respeten los campos existentes en el formulario que contiene el presente pliego.
SECCIÓN III
FASE CONTRACTUAL
3.1 Ejecución del contrato:
3.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual: El contratista iniciará los trabajos, prestará los servicios o entregará los bienes dentro del plazo establecido en el contrato. Iniciada la ejecución del contrato y durante toda la vigencia del mismo, el contratista analizará conjuntamente con el administrador del contrato el cumplimiento del mismo, de acuerdo con el cronograma entregado por él en su oferta para el cumplimiento del contrato derivado del procedimiento de contratación.
Tratándose de la contratación de obra, el contratista analizará conjuntamente con la fiscalización el avance de los trabajos, de acuerdo con el cronograma entregado por él en su oferta para la ejecución de la obra materia del procedimiento de contratación. Por razones no imputables al contratista, la administración del contrato podrá reprogramar y actualizar el cronograma de ejecución contractual, o cuando fuere del caso, el cronograma valorado de trabajos y el programa de uso de personal y equipos, por razones debidamente justificadas, de ser el caso.
Igual actualización se efectuará cada vez que, por una de las causas establecidas en el contrato, se aceptase modificaciones al plazo contractual. Estos documentos servirán para efectuar el control del cumplimiento de la ejecución del contrato, o de avance de obra, a efectos de definir el grado de cumplimiento del contratista.
3.1.2 Cumplimiento de especificaciones o términos de referencia: Todos los bienes a entregar, servicios a prestar u obras a ejecutar deberán cumplir en forma estricta con las especificaciones técnicas y/o los términos de referencia requeridos según sea el caso, en el pliego y constantes en el contrato. En el caso de que el contratista descubriere discrepancias entre los distintos documentos, deberá indicarlo inmediatamente al administrador del contrato, o al fiscalizador cuando se trate de la ejecución de obra, a fin de que establezca el documento que prevalecerá sobre los demás; y, su decisión será definitiva.
En caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos por la entidad contratante o, el contratista no pudiere obtenerla directamente, éstas se solicitarán al administrador del contrato. La administración proporcionará, cuando considere necesario, instrucciones adicionales, para realizar satisfactoriamente el proyecto.
3.1.3 Personal del contratista: El contratista empleará personal en número suficiente para el cumplimiento del contrato y con la debida experiencia. El personal técnico deberá ser el mismo que consta en el listado que se presentó en la oferta. Para su reemplazo se deberá solicitar previamente al administrador del contrato en caso de bienes o servicios, o al fiscalizador en el caso de obras, su conformidad, acompañando la hoja de vida del profesional propuesto, quien obligatoriamente acreditará una capacidad técnica y experiencia igual o superior a las del reemplazado.
El administrador del contrato o, el fiscalizador, según sea el caso, podrá requerir en forma justificada al contratista, el reemplazo de cualquier integrante de su personal que lo considere incompetente o negligente en su oficio, se negare a cumplir las estipulaciones del contrato y sus anexos, o presente una conducta incompatible con sus obligaciones.
3.1.4 Materiales: Todos los materiales, instalaciones, suministros y demás elementos que se utilicen para el cabal cumplimiento del contrato, cumplirán íntegramente las especificaciones técnicas de la oferta, y a su falta, las instrucciones que imparta la administración del contrato, o el fiscalizador tratándose de obras.
Los bienes, materiales a incorporarse definitivamente en la obra, suministrados por el contratista serán nuevos, sin uso y de la mejor calidad. La administración del contrato o la fiscalización podrán exigir, cuando así lo considere necesario, para aquellos que requieran de un tratamiento o manejo especial, que se coloquen sobre plataformas o superficies firmes o bajo cubierta, o que se almacenen en sitios o bodegas cubiertas, sin que ello implique un aumento en los precios y/o en los plazos contractuales.
Los materiales almacenados, aun cuando se haya aprobado antes de su uso, serán revisados al momento de su utilización, para verificar su conformidad con las especificaciones.
3.1.5 Obligaciones del contratista: El contratista debe contar con o disponer de todos los permisos y autorizaciones que le habiliten para la ejecución correcta y legal de la obra, para el ejercicio de su actividad, especialmente, pero sin limitarse a cumplimiento de legislación ambiental, seguridad industrial y salud ocupacional, legislación laboral, y aquellos términos o condiciones adicionales que se hayan establecidos en el contrato. Asimismo, y de ser necesario y lo disponga el administrador del contrato, deberá realizar y/o efectuar, colocar o dar todos los avisos y advertencias requeridos por el contrato o las leyes vigentes (señalética, letreros de peligro, precaución, etc.), para la debida protección del público, personal de la administración del contrato o fiscalización y personal del contratista mismo, especialmente si las actividades afectan la vía pública o las instalaciones de servicios públicos.
Los sueldos y salarios del contratista con los trabajadores se estipularán libremente, pero no serán inferiores a los mínimos legales vigentes en el país.
El contratista deberá pagar los sueldos, salarios y remuneraciones a su personal, sin otros descuentos que aquellos autorizados por la ley, y en total conformidad con las leyes vigentes. Los contratos de trabajo deberán ceñirse estrictamente a las leyes laborales del Ecuador. Las mismas disposiciones aplicarán los subcontratistas a su personal.
Serán también de cuenta del contratista y a su costo, todas las obligaciones a las que está sujeto según las leyes, normas y reglamentos relativos a la seguridad social.
En el caso de las obras, el contratista deberá también suscribir con las EPS’s o MYPES subcontratistas, los contratos que correspondan, en los porcentajes ofertados y evaluados, copia de los cuales deberá ser entregada a la entidad contratante para conocimiento y seguimiento por parte de fiscalización y administración del contrato. En el transcurso de la ejecución de la obra el contratista podrá solicitar a la entidad contratante la sustitución del o los subcontratistas, únicamente en el caso de incumplimiento o retraso en la ejecución de los rubros subcontratados que afecte el avance de obra programado y que conste en el cronograma vigente aprobado por el fiscalizador.
El contratista, además, deberá notificar a la entidad contratante cualquier situación que le justifique la sustitución, reemplazo o cambio de su(s) subcontratista(s), en los casos señalados en las Condiciones Generales. En forma previa a la presentación de las planillas correspondientes, deberá entregar a la fiscalización de la obra los documentos contentivos de la información relacionada con el cumplimiento del origen de los rubros y el detalle de su ejecución por parte del subcontratista, de acuerdo a los términos constantes en la oferta evaluada.
El contratista se comprometerá a no contratar a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades xxx xxxx determinaren o descubrieren tal práctica, se someterá y aceptará las sanciones que de aquella puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.
El contratista, en general, deberá cumplir con todas las obligaciones que naturalmente se desprendan o emanen del contrato suscrito.
3.1.6 Obligaciones de la contratante:
- Designar al administrador del contrato.
- En las contratos para la ejecución de obras, designar/contratar a la fiscalización del contrato.
- La contratante será responsable de obtener todos los permisos ambientales que requiere la obra para su ejecución (licencia ambiental), así como la vigilancia de la ejecución del plan de manejo ambiental, mitigaciones y/o compensaciones, en forma previa a suscribir el contrato.
- Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del mismo, en forma ágil y oportuna.
- Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma oportuna.
- Las demás, determinadas en el pliego.
3.1.7. Vigilancia y custodia: En los contratos de obra, el contratista tiene la obligación de cuidar las obras a él encomendadas hasta la recepción definitiva de las mismas, para lo cual deberá proporcionar el personal y las instalaciones adecuadas.
3.1.8. Trabajos defectuosos o no autorizados: Cuando la fiscalización determine que los trabajos realizados o en ejecución fueren defectuosos, por causas imputables al contratista, por el empleo de materiales de mala calidad o no aprobados, por no ceñirse a los planos, especificaciones correspondientes o a las instrucciones impartidas por la fiscalización, ésta ordenará las correcciones y/o modificaciones a que haya lugar. Podrá ordenar la demolición y reemplazo de tales obras, todo a cuenta y costo del contratista.
Es trabajo no autorizado, el realizado por el contratista antes de recibir los planos para dichos trabajos, o el que se ejecuta contrariando las órdenes de la fiscalización; por tal razón, correrán por cuenta del contratista las rectificaciones o reposiciones a que haya lugar, los costos y el tiempo que ello conlleve.
El contratista tendrá derecho a recibir pagos por los trabajos ejecutados de conformidad con los planos y especificaciones que sean aceptados por la fiscalización. No tendrá derecho a pagos por materiales, equipos, mano de obra y demás gastos que correspondan a la ejecución de los trabajos defectuosos o no autorizados. Tampoco tendrá derecho al pago por la remoción de los elementos sobrantes.
Todos los trabajos que el contratista deba realizar por concepto de reparación de defectos, hasta la recepción definitiva de las obras, serán efectuados por su cuenta y costo siempre que la fiscalización compruebe que los defectos se deben al uso de materiales de mala calidad, no observancia de las especificaciones, o negligencia del contratista en el cumplimiento de cualquier obligación expresa o implícita en el contrato.
3.1.9 Pagos: El trámite de pago seguirá lo estipulado en las cláusulas respectivas del contrato. En caso de retención indebida de los pagos al contratista se cumplirá lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
3.1.10 Administrador del Contrato.- El administrador del contrato será designado por la máxima autoridad de la entidad contratante, o su delegado, siendo responsable de la coordinación y seguimiento de la ejecución contractual; en obra, responsable de la coordinación y seguimiento de las actividades de construcción y de las acciones del fiscalizador.
Corresponde, en todos los casos, evaluar las acciones, decisiones y medidas tomadas por la fiscalización para la ejecución de la obra, con estricto cumplimiento de las obligaciones contractuales, conforme los programas, cronogramas, plazos y costos previstos; y, emitir la autorización o conformidad respectiva. Solo contando con la autorización del administrador del contrato, el contratista podrá ejecutar las obras adicionales por costo más porcentaje, aumento de cantidades de obras y contratos complementarios.
Tendrá a su cargo además, la administración de las garantías de modo tal que asegure que éstas se encuentren vigentes, durante todo el período de vigencia del contrato; ya sea hasta el devengamiento total del anticipo entregado (de ser el caso), como hasta la recepción definitiva del objeto del contrato respecto de la garantía de fiel cumplimiento.
El administrador del contrato tendrá la potestad de dirimir en el caso de existir diferencias de carácter técnico o económico entre el contratista y la fiscalización respecto de la ejecución del contrato.
Respecto de su gestión reportará a la máxima autoridad institucional o ante la autoridad prevista en el contrato (área requirente), debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.
3.1.11 Fiscalizador del Contrato (Para contratos de ejecución de obra).- El fiscalizador del contrato será la persona con quien la contratista, deberá canalizar y coordinar todas y cada una de las obligaciones contractuales convenidas, así como a los integrantes de la Comisión para la recepción provisional, parcial, total y definitiva del contrato, de conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
El fiscalizador del Contrato, está autorizado para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con el trámite de pedidos de prórroga que pudiera formular la contratista, cuya aprobación definitiva, de ser procedente, corresponderá a la máxima autoridad o su xxxxxxx.
El fiscalizador será el encargado de velar por el cabal y oportuno cumplimiento de las normas legales y de todas y cada una de las obligaciones y compromisos contractuales asumidos por parte de la contratista.
Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados y establecerá las multas y sanciones a que hubiere lugar, particular del que informará al administrador del contrato a fin de que, de aprobarse le sean aplicadas al contratista. El fiscalizador deberá atenerse a las condiciones generales y particulares xxx xxxxxx que forma parte del contrato y presentará los informes que le requiera el administrador del contrato y/o las autoridades respectivas.
III. FORMULARIO DE OFERTA DE RÉGIMEN ESPECIAL
Versión SERCOP 2.1 (09 xx xxxxx de 2017)
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
1.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO
El que suscribe, en atención a la invitación efectuada por (nombre de la entidad contratante) para la ejecución de (detalle de los bienes o servicios), luego de examinar el pliego del presente procedimiento, al presentar esta oferta por la Lic. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, en calidad de Delegada del Gerente General, declara que:
El oferente es proveedor elegible de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General, y demás normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública.
La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.
La oferta la hace en forma independiente y sin conexión abierta u oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento y, en todo aspecto, es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, xxxx y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable; asimismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones, acuerdos o prácticas concertadas o y, en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentación de ofertas y posturas o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación. En tal virtud, declara conocer que se presumirá la existencia de una práctica restrictiva, por disposición del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder xx Xxxxxxx, si se evidencia la existencia de actos u omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y en general cualquier conducta, independientemente de la forma que adopten, ya sea en la presentación de su ofertas, o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación.
Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio; y, que los equipos y materiales que se incorporarán, así como los que se utilizarán para su ejecución, en caso de adjudicación del contrato, serán de propiedad del oferente o arrendados y contarán con todos los permisos que se requieran para su utilización.
Suministrará la mano de obra, equipos y materiales requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones, de acuerdo con el pliego; suministrará todos los bienes ofertados, nuevos de fábrica, completos, listos para su uso inmediato, de conformidad con las características detalladas en esta oferta y las especificaciones técnicas solicitadas (bienes)/ prestará los servicios, de acuerdo con los pliegos, especificaciones técnicas, términos de referencia e instrucciones(servicios); en el plazo y por los precios indicados en el Formulario de Oferta; que al presentar esta oferta, ha considerado todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.
Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecerá, y no ha efectuado o efectuará ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley; entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún funcionario o trabajador de la entidad contratante que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratación en sus etapas de planificación, programación, selección, contratación o ejecución, incluyéndose preparación xxx xxxxxx, aprobación de documentos, calificación de ofertas, selección de contratistas, adjudicación o declaratoria de procedimiento desierto, recepción de productos o servicios, administración o supervisión de contratos o cualquier otra intervención o decisión en la fase precontractual o contractual.
Acepta que en el caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en el presente formulario, la Entidad Contratante le descalifique como oferente, o dé por terminado en forma inmediata el contrato, observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que tales violaciones hayan ocasionado.
Declara que se obliga a guardar absoluta reserva de la información confiada y a la que pueda tener acceso durante las visitas previas a la valoración de la oferta y en virtud del desarrollo y cumplimiento del contrato en caso de resultar adjudicatario, así como acepta que la inobservancia de lo manifestado dará lugar a que la entidad contratante ejerza las acciones legales según la legislación ecuatoriana vigente.
Conoce las condiciones de la contratación, ha estudiado las especificaciones técnicas, términos de referencia y demás información xxx xxxxxx, las aclaraciones y respuestas realizadas en el proceso, y en esa medida renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento por estas causas.
Entiende que las cantidades indicadas en el Formulario de Oferta para esta contratación son exactas y, por tanto no podrán variar por ningún concepto.
De resultar adjudicatario, manifiesta que suscribirá el contrato comprometiéndose a ejecutar el suministro o prestar el servicio sobre la base de las cantidades, especificaciones técnicas, términos de referencia y condiciones, las mismas que declara conocer; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad, como causal para solicitar ampliación del plazo.
Conoce y acepta que la entidad contratante se reserva el derecho de adjudicar el contrato, cancelar o declarar desierto el procedimiento, si conviniere a los intereses nacionales o institucionales, sin que dicha decisión cause ningún tipo de reparación o indemnización a su favor.
Se somete a las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, de su Reglamento General, de la normativa que expida el Servicio Nacional de Contratación Pública y demás normativa que le sea aplicable.
Garantiza la veracidad y exactitud de la información y documentación proporcionada; así como de las declaraciones realizadas para el presente procedimiento de contratación, inclusive aquellas respecto de la calidad de productor nacional; contenidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos. De igual forma garantiza la veracidad y exactitud de la información que como proveedor consta en el Registro Único de Proveedores, al tiempo que autoriza al Servicio Nacional de Contratación Pública y a la entidad contratante a efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas, económicas y legales del oferente. Acepta que, en caso de que la entidad contratante o el Servicio Nacional de Contratación Pública comprobaren administrativamente que el oferente o contratista hubiere alterado o faltado a la verdad sobre la documentación o información que conforma su oferta, dicha falsedad será causal para descalificarlo del procedimiento de contratación, declararlo adjudicatario fallido, contratista incumplido y/o en su defecto se apliquen las sanciones previstas en el artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, según corresponda; sin perjuicio de las acciones legales a que hubiera lugar.
No contratará a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades xxx xxxx determinaren o descubrieren tal práctica, se someterán y aceptarán las sanciones que de tal práctica puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.
Bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades generales y especiales para contratar establecidas en los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y de los artículos 110 y 111 de su Reglamento General y demás normativa aplicable.
Autoriza a la entidad contratante y/o al Servicio Nacional de Contratación Pública, el levantamiento del sigilo de las cuentas bancarias que se encuentran a nombre del oferente y a nombre de las personas naturales o jurídicas a las que representa, durante cualquier etapa del procedimiento precontractual, contractual y de ejecución del cual participa con su oferta y mientras sea proveedor del Estado.
Declaro que, en caso de ser una persona que ejerza una dignidad de elección popular o ejerza un cargo en calidad de servidor público, no utilizaré para el presente procedimiento de contratación pública de forma directa o indirecta fondos o recursos provenientes de bienes o capitales de cualquier naturaleza que se encuentren domiciliados en aquellos territorios considerados por la entidad competente como paraísos fiscales.
En caso de personas jurídicas o que la oferta se presente a través de un compromiso de asociación o consorcio o, de una asociación o consorcio constituido, declaro que si uno o más accionistas, partícipes mayoritarios o socios que conforman la misma, así como representantes legales o procuradores comunes, según corresponda, ejerzan una dignidad de elección popular o ejerzan un cargo de servidor público, no utilizarán para el presente procedimiento de contratación pública de forma directa o indirecta fondos o recursos provenientes de bienes o capitales de cualquier naturaleza que se encuentren domiciliados en aquellos territorios considerados por la entidad competente como paraísos fiscales.
Declaro libre y voluntariamente que la procedencia de los fondos y recursos utilizados para el presente procedimiento de contratación pública son de origen lícito, para lo cual, autorizo a la entidad contratante, al Servicio Nacional de Contratación Pública o, a los órganos de control correspondientes, el levantamiento del sigilo bancario de mis cuentas, ya sean éstas en el país o en el extranjero, así como de las cuentas de los representantes legales, socios, accionistas o participes mayoritarios en caso de ser persona jurídica, así también a los miembros y procurador común de los compromisos de asociación o consorcio, o las asociaciones y consorcios constituidos, según corresponda, ya sean éstas en el país o en el extranjero; y, que se realice cualquier otra acción de control que permita verificar el origen de los fondos y recursos utilizados en el presente procedimiento.
Para la presentación de la oferta registraré en el Registro Único de Proveedores RUP todos los subcontratistas o subproveedores que emplearé para la ejecución del contrato en caso de resultar adjudicado. Adicionalmente me comprometo a realizar todas las gestiones necesarias a fin que estos subcontratistas o subproveedores obtengan su inscripción en el Registro Único de Proveedores RUP administrado por el Servicio Nacional de Contratación Pública. En caso de no presentar documentación comprobable de las gestiones realizadas, autorizo a la entidad contratante para que descalifique mi oferta.
El oferente, de resultar adjudicado, declara que cumplirá con las obligaciones de pago que se deriven del cumplimiento del contrato a sus subcontratistas o subproveedores. En caso de que el Servicio Nacional de Contratación Pública identifique el incumplimiento de dichas obligaciones, aplicará el procedimiento de sanción establecido en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, por haber incurrido en lo establecido en el literal c) del artículo 106 de la referida Ley, al considerarse una declaración errónea por parte del proveedor.
En caso de que sea adjudicatario, conviene en:
Firmar el contrato dentro del término de quince (15) días desde la notificación con la resolución de adjudicación. Como requisito indispensable previo a la suscripción del contrato presentará las garantías correspondientes. (Para el caso de Consorcio se tendrá un término no mayor de treinta días).
Aceptar que, en caso de negarse a suscribir el respectivo contrato dentro del término señalado, se aplicará la sanción indicada en los artículos 35 y 69 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Garantizar todo el trabajo que efectuará de conformidad con los documentos del contrato.
Presentar, previo a la suscripción del contrato, los requerimientos correspondientes al nivel de transferencia de tecnología que corresponda, conforme al listado de CPCs publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, que constan en el Anexo 20 de la Codificación de las Resoluciones del SERCOP.
(Si el oferente fuere extranjero, se añadirá un literal que dirá: d) Previamente a la firma del contrato, el oferente se compromete a domiciliarse en el país conforme lo disponen el artículo 6 y la Sección XIII de la Ley de Compañías; y, a obtener el RUP).
1.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE.
NOMBRE DEL OFERENTE: TAME EP
DELEGADO DEL GERENTE GENERAL: XXX XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
Ciudad: QUITO
Calle (principal): AV. AMAZONAS
No.: N.24-260
Calle (intersección): AV. COLON
Teléfono(s): 0000000 EXT. 20174
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx
Cédula de Ciudadanía (Pasaporte): 0802300459
R.U.C: 1768161550001
1.3 NÓMINA DE SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIOS DE PERSONAS JURÍDICAS, Y DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA PERSONAS NATURALES, OFERENTES
(No aplica para contrataciones entre Entidades Públicas o sus subsidiarias)
DECLARACIÓN
En mi calidad de representante legal de …….. (razón social) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que:
1. Libre y voluntariamente presento la nómina de socios, accionistas o partícipes mayoritarios que detallo más adelante, para la verificación de que ninguno de ellos esté inhabilitado en el RUP para participar en los procedimientos de contratación pública;
2. Que la compañía a la que represento ……(el oferente deberá agregar la palabra SI, o la palabra, NO, según corresponda a la realidad) está registrada en la BOLSA DE VALORES.
(En caso de que la persona jurídica tenga registro en alguna bolsa de valores, deberá agregar un párrafo en el que conste la fecha de tal registro, y declarar que en tal virtud sus acciones se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores.)
3. Me comprometo a notificar a la entidad contratante la transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que la entidad contratante declare unilateralmente terminado el contrato respectivo.(Esta declaración del representante legal solo será obligatoria y generará efectos jurídicos si la compañía o persona jurídica NO cotiza en bolsa)
4. Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi representada se encuentre inhabilitado por alguna de las causales previstas en los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; y, 110 y 111 de su Reglamento General, la entidad contratante descalifique a mi representada.
5. Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la entidad contratante, al Servicio Nacional de Contratación Pública, o a los órganos de control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.
6. En caso de que los socios, accionistas o partícipes mayoritarios de la persona jurídica a la que represento o sus representantes legales, tengan de forma directa o indirecta bienes o capitales de cualquier naturaleza en aquellos territorios considerados por la entidad competente como paraísos fiscales deberán describir a continuación los mismos:
Bien, capital o cuenta financiera |
Descripción y/o detalle de: 1) bienes; 2) acciones, participaciones o capitales; 3) cuenta/s financiera/s (Número de cuenta, nombre de la entidad financiera); o, 4) otros a describir |
País del Paraíso Fiscal que se encuentra el bien, capital, acciones, participaciones o cuenta/s financiera/s. |
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7. En caso de que la persona jurídica tenga entre sus socios, accionistas, partícipes mayoritarios o sus representantes legales a alguien considerada como “Persona Expuesta Políticamente (PEP)” de conformidad a lo previsto en los artículos 42 y 45 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito xx Xxxxxx de Activos y del Financiamiento de Delitos deberá detallar a continuación los nombres, apellidos y números de identificación de los mismos.”
8. En caso de personas jurídicas o que la oferta se presente a través de un compromiso de asociación o consorcio o, de una asociación o consorcio constituido, declaro que uno o más accionistas, partícipes, socios que conforman la misma, así como representantes legales o procuradores comunes, según corresponda, ejercen una dignidad de elección popular o un cargo en calidad de servidor público. (El oferente deberá agregar la palabra SI, o la palabra, NO, según corresponda).
En caso de que la declaración sea afirmativa, el oferente deberá completar la siguiente información:
Nombres completos del servidor público/ dignatario |
Cédula o RUC |
Cargo o dignidad que ejerce |
Entidad o Institución que ejerce el cargo o dignidad |
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9. Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la entidad contratante:
. Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;
. Descalifique a mi representada como oferente; o,
. Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.
Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
NÓMINA DE SOCIOS, ACCIONISTAS O PARTÍCIPES:
TIPO DE PERSONA JURÍDICA: Compañía Anónima
Compañía de Responsabilidad Limitada
Compañía Mixta
Compañía en Nombre Colectivo
Compañía en Comandita Simple
Sociedad Civil
Corporación
Fundación
Asociación o consorcio
Otra
Nombres completos del socio(s), accionista(s), partícipe(s)
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Número de cédula de identidad, ruc o identificación similar emitida por país extranjero, de ser el caso |
Porcentaje de participación en la estructura de propiedad de la persona jurídica |
Xxxxxxxxx Xxxxxx |
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NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma, se deberá identificar los nombres completos de todos los socio (s), accionista (s) o partícipe (s) hasta persona natural, para lo que se usará el siguiente formato:
Nombres completos del socio(s), accionista(s), partícipe(s) |
Número de cédula de identidad, ruc o identificación similar emitida por país extranjero, de ser el caso |
Porcentaje de participación en la estructura de propiedad de la persona jurídica |
Xxxxxxxxx Xxxxxx |
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C. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA PERSONAS NATURALES.
1. En caso de contar de forma directa o indirecta con bienes o capitales de cualquier naturaleza en aquellos territorios considerados por la entidad competente como paraísos fiscales, describirá a continuación los mismos:
Bien, capital o cuenta financiera |
Descripción y/o detalle de: 1) bienes; 2) acciones, participaciones o capitales; 3) cuenta/s financiera/s (Número de cuenta, nombre de la entidad financiera); o, 4) otros a describir |
País del Paraíso Fiscal que se encuentra el bien, capital, acciones, participaciones o cuenta/s financiera/s. |
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2. Declaro ser una “Persona Expuesta Políticamente (PEP)” de conformidad a lo previsto en los artículos 42 y 45 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito xx Xxxxxx de Activos y del Financiamiento de Delitos: SÍ ( )
3. Declaro que ejerzo una dignidad de elección popular o un cargo en calidad de servidor público. (El oferente deberá agregar la palabra SI, o la palabra, NO, según corresponda).
En caso de que la declaración sea afirmativa, el oferente deberá completar la siguiente información:
Nombres completos |
Cédula o RUC |
Cargo o dignidad que ejerce |
Entidad o Institución que ejerce el cargo o dignidad |
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Notas:
La presente Sección del Formulario de la oferta será llenado por personas jurídicas y personas naturales. (Esta obligación será aplicable también a los partícipes de las asociaciones o consorcios que sean personas jurídicas o naturales, constituidos de conformidad con el artículo 26 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.)
La falta de presentación de esta Sección por parte de la persona jurídica o persona natural, será causal de descalificación de la oferta.
1.4 SITUACIÓN FINANCIERA
(No aplica para contrataciones entre Entidades Públicas o sus subsidiarias)
Hoja.... de .....
(Nota: Se deberá presentar la declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal inmediato anterior que fue entregada al Servicio xx Xxxxxx Internas SRI.)
1.5 TABLA DE CANTIDADES Y PRECIOS
Hoja...de....
Código CPC |
Descripción del bien o servicio |
Unidad |
Cantidad |
Precio Unitario |
Precio Global |
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TOTAL |
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(Nota: Estos precios no incluyen IVA)
PRECIO TOTAL DE LA OFERTA: (en letras y números), más IVA
1.6 COMPONENTES DE LOS (BIENES O SERVICIOS) OFERTADOS
METODOLOGIA DE TRABAJO: Este producto se comercializa a través del portal web xxx.xxxx.xxx.xx, o en los puntos de venta propios de Tame a nivel nacional.
OFERTA DE TARIFAS: “TAME EP” ofertará en sus rutas nacionales como base la tarifa post-pago, la cual se detalla en el siguiente cuadro:
Este producto se comercializa a través del portal web xxx.xxxx.xxx.xx, o en los puntos de venta propios de Tame a nivel nacional.
TARIFA Y REGULACIONES
De conformidad al cuadro de tarifas y regulaciones, en esta tabla se registra la tarifa de TAME y los demás valores que corresponden a terceros que las aerolíneas están obligadas a recaudar.
En el caso de terminarse los espacios en la tarifa post-pago, “TAME EP” ofertará otras tarifas de acuerdo a la disponibilidad de espacios, “EL CONTRATANTE” podrá escoger las opciones presentadas en el sistema de ventas de “TAME EP”, y al ser aceptadas las condiciones y regulaciones de estas tarifas, estará en la obligación de pagar los valores de la emisión del ticket aéreo.
“EL CONTRATANTE” podrá adquirir boletos en las rutas internacionales que opera “TAME EP”, para lo cual se lo realizará de acuerdo a la tarifa que esté disponible en el momento de la emisión del ticket aéreo, con excepción de las rutas que requiere emisión directa en punto de TAME EP por ser destinos sujetas a verificación de documentos.
Si por disposición de autoridad administrativa, judicial o cualquiera competente relacionada con la actividad aerocomercial, se incrementaren los precios de combustible, handling, tasas aeroportuarias o de seguridad, impuestos, derechos u otros rubros relacionados directa e indirectamente con la tarifa del ticket aéreo, éstos se ajustarán automáticamente, sin necesidad de notificación a “EL CONTRATANTE”; sin embargo en caso de que “EL CONTRATANTE” solicite la justificación del incremento, “TAME EP” entregará la respectiva información.
COMPRA EN EL PORTAL WEB
El CONTRATANTE observará el siguiente mecanismo para la emisión de tickets aéreos en el portal web de “TAME EP”:
Acceder al portal web xxx.xxxx.xxx.xx.
La emisión de boletos a través de la aplicación web, lo podrá realizar la o las personas autorizada por “EL CONTRATANTE”, a quienes se les asigna un usuario y contraseña.
En la página web de “TAME EP”, seleccionar opción flycard e ingresar el usuario y la contraseña entregada por “TAME EP” a las personas autorizadas por “EL CONTRATANTE”, escoger fecha, ruta, hora de vuelo, ingresar la cédula de identidad y nombre de la persona que va a viajar, datos del contacto (notificación) y con la aceptación respectiva se genera automáticamente una reserva confirmada con boleto electrónico, de acuerdo a las opciones elegidas por el usuario.
Si al CONTRATANTE no le fuera posible acceder al sistema WEB por problemas técnicos inherentes a la página de “TAME EP”, EL CONTRATANTE podrá solicitar la emisión de los boletos enviando la respectiva solicitud al mail xxxxxxx@xxxx.xxx.xxxxx los siguientes datos: RUC, Número de usuario, datos del o los pasajeros y el código de reserva.
COMPRA EN PUNTOS DE VENTAS
Para los puntos de Xxxxx, EL CONTRATANTE deberá observar el siguiente procedimiento:
EL CONTRATANTE podrá emitir boletos a través de los puntos de venta propios de “TAME EP” a nivel nacional en horarios de oficina, el cual deberá presentar una solicitud en hoja membretada de la Institución CONTRATANTE, debidamente legalizada con la firma del Administrador del Contrato o la Persona designada como responsable del Usuario.
En la solicitud que presenta “EL CONTRATANTE” deben constar los siguientes datos: RUC, Número de usuario, datos del o los pasajeros y el código de reserva.
La emisión de los boletos en el punto de ventas directo en oficina o en el punto de venta virtual (xxxxxxx@xxxx.xxx.xx) de “TAME EP), tendrán un recargo llamado “fee de emisión.” Este rubro es valorado por “TAME EP” según la regulación vigente y será cargado en la respectiva factura.
EMISION DE BOLETOS PASAJEROS TERCERA EDAD Y PERSONAS CON CAPACIDADES ESPECIALES.
En el caso de necesitar la emisión de boletos para pasajeros de la tercera edad o con capacidades especiales, se solicitarán las reservaciones de espacios al call center de “TAME EP” 1700500800 y con un mínimo de 24 horas se deberá efectuar el pedido de la emisión del boleto mediante un correo electrónico a xxxxxxx@xxxx.xxx.xx, con los siguientes datos: Nombre del pasajero, Número de cédula, Código de reserva, Número de Usuario, Nombre y RUC de la institución, Carné de discapacidad entregado por la autoridad Pública competente.
La emisión del boleto se efectuará en la base tarifaria en la cual ha sido tomada la reserva.
BOLETOS EMITIDOS
Todo boleto adquirido se regirá a la regulación tarifaria del ticket emitido sin excepción.
Una vez emitidos los boletos se pueden realizar cambios de hora o fecha a través del call center de TAME o en puntos de venta, se procederá de acuerdo a la disponibilidad de espacios.
Se puede realizar cambios a los boletos emitidos previa presentación de una carta de la empresa contratante original y firmada en los puntos de ventas de TAME con los datos completos de la modificación; se procederá de acuerdo a la regla del boleto emitido y disponibilidad de espacios. Los valores que se generen en dichos cambios deberán ser pagados en efectivo el momento del cambio.
Los cupones deben ser utilizados en el orden en que fueron emitidos; por lo cual si un cliente desea invertir el orden de su viaje (cupones de vuelo), se debe revisar el boleto, registrando los tramos en el orden en que van a ser utilizados y cancelar los gastos administrativos que eso genere.
“EL CONTRATANTE”, será responsable de verificar las regulaciones de la tarifa antes de adquirir o emitir el boleto.
RESPONSABILIDADES de “EL CONTRATANTE”
Será responsable por la correcta administración en el manejo de toda información que obtenga por los boletos emitidos es decir: estado de cupón de vuelos y reporte de boletos emitidos.
Notificar inmediatamente por escrito o a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx en el caso de que el funcionario designado por “EL CONTRATANTE” deje de prestar servicios o se produzcan cambios de personal autorizado.
En caso de pérdida u olvido de la clave y usuario, “EL CONTRATANTE “es responsable de notificar inmediatamente por escrito o a través del correo electrónico xxxxxxx@xxxx.xxx.xx, dicha perdida.
Pagar sin lugar a reclamo el o los boletos emitidos a consecuencia de la utilización incorrecta del los usuarios y contraseñas asignadas a las personas autorizadas; dicho valor se contemplará en la respectiva Factura.
El/los usuarios y contraseñas asignados por “TAME EP” al personal autorizado por “EL CONTRATANTE” son de uso personal e intransferible.
“EL CONTRATANTE”, será el responsable de verificar las regulaciones que aplican a la tarifa antes de adquirir o emitir el boleto.
El control de la utilización de los boletos emitidos serán responsabilidad de “EL CONTRATANTE”.
El pago de tasas aeroportuarias o de seguridad, impuestos, derechos u otros rubros relacionados con los boletos aéreos, serán por cuenta de “EL CONTRATANTE”.
EL CONTRATANTE será responsable por el cuidado y custodia de los documentos generados por pagos de gastos administrativos o diferencias tarifarias, los cuales deberán adjuntar al boleto aéreo, como comprobante de pago al momento del chequeo.
RESPONSABILIDADES DE TAME
Registrar la legalización del contrato en el sistema de TAME EP, para la entrega del servicio.
Entregar los usuarios y contraseñas a la o las personas autorizadas por parte de “EL CONTRATANTE”, quienes serán responsables por la utilización y manejo de las mismas.
Habilitar la activación del usuario en la página web de TAME EP.
Capacitar al personal autorizado por “EL CONTRATANTE” la utilización del producto FLYCARD POST-PAGO.
Habilitar la dirección de correo xxxxxxx@xxxx.xxx.xx para notificaciones, atención y soporte; en días y horarios de oficina.
“TAME EP” se deslinda cualquier responsabilidad por la mala utilización de los usuarios y contraseñas asignadas.
REEMBOLSOS
“EL CONTRATANTE” exclusivamente podrá enviar la solicitud de reembolso de manera mensual, por escrito con el detalle de número del boleto aéreo, nombre, cedula de identidad del pasajero y ruta no utilizada de boletos no utilizados, siempre y cuando se encuentren facturados y cancelados a “TAME EP”, el cual se remitirá al Departamento de Ingresos o mediante correo electrónico a la dirección: xxxxxxxxxx.xxxx@xxxx.xxx.xx.
Los reembolsos deben de ser pedidos dentro de la validez del ticket aéreo (ver regulación tarifaria).
En los reembolsos se descontaran los respectivos gastos administrativos y tasas aeroportuarias, observando las regulaciones tarifarias.
El reembolso de cada boleto se realizará con la emisión de una nota de crédito a la cuenta, por parte del Departamento de Ingresos de TAME EP, la cual será enviada a “EL CONTRATANTE” para su registro contable y compensación con valores por pagar a “TAME EP”
La solicitud de reembolsos es responsabilidad directa de “EL CONTRATANTE”.
PRODUCTOS Y SERVICIOS ESPERADOS
• Facilidad de la emisión de pasajes aéreos en rutas nacionales e internacionales operados por TAME EP por medio de la página web de acuerdo a la disponibilidad de espacios, tarifas y regulación de las mismas;
PORTAL WEB
Emisión por medio de página web las 24 horas del día.
TAME EP procederá habilitar la dirección de correo xxxxxxx@xxxx.xxx.xx para notificaciones, atención y soporte; en días y horarios de oficina; en los casos de presentarse falencias e inconvenientes en el momento de la emisión.
PUNTOS DE VENTA
La emisión en puntos de venta de TAME EP se atenderá con personal autorizado y calificado por TAME EP, en horarios de oficina.
La emisión de los boletos en el punto de venta oficina o en el punto de venta virtual (xxxxxxx@xxxx.xxx.xx) de “TAME EP), tendrán un recargo llamado “fee de emisión.” Este rubro es valorado por “TAME EP” según la regulación vigente y será cargado en la respectiva factura.
FORMA Y CONDICIONES DE PAGO
“EL CONTRATANTE” pagará a “TAME EP” previa presentación de la factura, los valores acumulados mensualmente, por concepto de emisión de boletos en un plazo no mayor a quince (15) días, luego de la recepción de la misma.
La facturación será enviada por correo electrónico a la persona autorizada o designada por “EL CONTRATANTE”. En caso de cambios de funcionarios “EL CONTRATANTE” se obliga a notificar a “TAME EP” xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, el respectivo cambio.
En caso de existir boletos emitidos y que no han sido considerados dentro del período de facturación, “TAME EP” emitirá facturas adicionales con el detalle correspondiente a fin de que sean pagados dentro de los quince (15) días, luego de la recepción de la factura.
“EL CONTRATANTE” pagará a “TAME EP” a través del Sistema de Administración Financiera (ESIGEF) ó mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por “TAME EP”.
EL CONTRATANTE notificará a TAME EP sobre la realización de las transferencias bancarias, a través del correo electrónico xxxxx@xxxx.xxx.xx adjuntando copia del CUR con fecha de confirmación por parte del Banco Central del Ecuador (para empresas o Instituciones que dependan del Presupuesto General del Estado), para la verificación y registro correspondiente.
“TAME EP” bloqueará el servicio inmediatamente en el caso de pagos pendientes, hasta la liquidación de los valores adeudados.
MULTAS
Por cada día de retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales por parte del Contratista, se aplicará la multa del 1 por 1000 del valor del contrato.
EL CONTRATANTE procederá a la aplicación de las multas correspondientes, previo informe del Administrador del Contrato y notificación a TAME EP, teniendo este último, el término de 5 días para presentar sus argumentos de descargo.
1.7 EXPERIENCIA DEL OFERENTE
(No aplica para contrataciones entre Entidades Públicas o sus subsidiarias)
Hoja.... de .....
Contratante |
Objeto del contrato (descripción de los bienes o servicios) |
Monto del Contrato |
Plazo contractual |
Fechas de Ejecución |
Observaciones |
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Inicio |
Terminación |
|||||
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1.8 PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO REQUERIDO
Hoja 1 de 1
ID |
Cargo / Función |
Experiencia en trabajos similares |
Observaciones |
1 |
AGENTES DE SOPORTE WEB FLYCARD |
SI |
ATENCION POR MEDIO DE CORREO ELECTRONICO xxxxxxx@xxxx.xxx.xx |
2 |
AGENTES DE VENTAS |
SI |
ATENCION EN PUNTOS DE VENTAS TAME A NIVEL NACIONAL |
3 |
AGENTE CALL CENTER |
SI |
ATENCION VIA TELEFONICA 1700500800
|
1.9 EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO
Hoja 1 de 1
Detalle del equipo |
Año de fabricación |
Ubicación actual |
Propietario actual |
Matrícula No. |
Observaciones
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ATR 00-000 |
0000 |
ECUADOR |
TAME EP |
HC-CLT |
OPERATIVO |
ATR 00-000 |
0000 |
ECUADOR |
TAME EP |
HC-CMB |
OPERATIVO |
ATR 00-000 |
0000 |
ECUADOR |
TAME EP |
HC-CMH |
OPERATIVO |
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1.10 DECLARACIÓN DE VALOR AGREGADO ECUATORIANO DE LA OFERTA
El que suscribe, Lic. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx en calidad de Delegada del Gerente General, declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad que:
Libre y voluntariamente presento la información que detallo más adelante, para fines única y exclusivamente relacionados con el presente procedimiento de contratación;
Garantizo la veracidad y exactitud de la presente información; y, autorizo a la Entidad Contratante, al Servicio Nacional de Contratación Pública, o los Órganos de Control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.
Autorizo a que esta información se transparente a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública; y, doy mi consentimiento para que se realicen las verificaciones que sean pertinentes en cualquier momento y sin previo aviso.
Como oferente me comprometo a tener, en el momento que el Servicio Nacional de Contratación Pública lo solicite, la documentación de respaldo necesaria para el cálculo del VAE, para la verificación correspondiente.
La falta de veracidad de la información presentada por el oferente será causa de descalificación de la oferta, declararlo adjudicatario fallido o de terminación unilateral del contrato, según corresponda; sin perjuicio de las acciones judiciales a las que hubiera lugar.
El proveedor, como parte de la entrega de la oferta, presentará los siguientes datos:
FORMULARIO DE DECLARACIÓN DE VALOR AGREGADO ECUATORIANO DE LA OFERTA |
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Si |
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No |
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¿Es intermediario (importador directo, distribuidor o comerciante) de todos los productos que conforman su oferta? |
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X |
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Valor en USD$. |
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(a) ¿Cuánto va a importar o importó, directamente, para cumplir con esta oferta?1 |
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(b) ¿Cuánto va a comprar o compró en el Ecuador, pero que es importado, para cumplir con esta oferta? |
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0,00 |
El oferente del Estado deberá tener siempre todos los documentos de respaldo de su formulario de Declaración de Valor Agregado Ecuatoriano, incluso aquellos fechados doce meses previos a la adjudicación del contrato con el Estado. Estos documentos serán usados en la verificación respectiva de su declaración de Valor Agregado Ecuatoriano.
Notas:
Como respaldo de la pregunta (a), el oferente del Estado deberá tener siempre como justificativo sus declaraciones aduaneras de importaciones y facturas de importación. El oferente podrá presentar también cotizaciones oficiales enviadas desde el exterior siempre y cuando éstas estén debidamente legalizadas. En este caso el valor que conste en la cotización deberá ser en valor FOB, el cual estará sujeto a posterior verificación en aduanas del Ecuador. El valor FOB (libre a bordo) corresponde al costo de la mercancía en el puerto de embarque sin incluir el seguro y el flete al puerto de destino convenido.
Como respaldo de la pregunta (b), el oferente del Estado deberá tener siempre como justificativo de la procedencia de los productos que ofrece e insumos que utiliza para la producción de los bienes y/o prestación de los servicios (materia prima, bienes, maquinaria y equipos adquiridos, servicios recibidos y en general otros insumos utilizados), los certificados que indiquen la procedencia de los mismos, emitidos por parte de sus respectivos proveedores de materia prima, insumos y bienes, detallando el país de producción de los mismos y/o, constar en las facturas correspondientes de sus proveedores la procedencia de los mismos, como ecuatorianos o extranjeros.
Dentro del valor declarado de las importaciones directas (en inciso a) o indirectas (en el inciso b), se deberá incluir los valores de los servicios que hayan sido recibidos desde el exterior y que impliquen un pago y/o transferencia enviada al exterior y que son parte integrante de la oferta o, que han sido usados para producir los bienes que son parte de su oferta.
En el caso de la maquinaria y equipos que hayan sido importados para la producción de bienes y/o la prestación de servicios que sean parte de su oferta, el valor que deberá imputar como importaciones, corresponderá solamente a la proporción en dólares de su depreciación atribuible al tiempo de uso para la producción de los bienes pertenecientes a la oferta.
El literal (c) se lo obtendrá directamente de la oferta económica final del proveedor.
Las entidades contratantes, al momento de revisar la declaración del Valor Agregado Ecuatoriano de la oferta, deberán también comprobar la respuesta entregada por el oferente a la pregunta inicial del formulario, bajo los siguientes criterios:
La pregunta inicial debe ser respondida de forma obligatoria por el proveedor, en caso de que no se responda, deberá solicitarse dicha información en la etapa de convalidación de errores.
La respuesta entregada por el proveedor solo pueden ser “Si” o “No”, nunca ambas al mismo tiempo.
Para constancia de lo ofertado, suscribo este formulario,
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FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O PROCURADOR COMÚN (según el caso)
(LUGAR Y FECHA)
1.11 FORMULARIO PARA LA DECLARACIÓN DE VALOR AGREGADO ECUATORIANO DE LA OFERTA DE DESARROLLO DE SOFTWARE Y, ADQUISICIÓN DE SOFTWARE.
(NO APLICA)
NOMBRE DEL OFERENTE: …………………………………..
Código del Procedimiento
Señor
(Máxima Autoridad
ENTIDAD CONTRATANTE)
Presente
De mi consideración:
El que suscribe, (por mis propios derechos o en calidad de representante legal de la compañía..., o del consorcio...) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que:
Libre y voluntariamente presento la información que detallo más adelante, para fines única y exclusivamente relacionados con el presente procedimiento de contratación;
Garantizo la veracidad y exactitud de la presente información; y, autorizo a la Entidad Contratante, al Servicio Nacional de Contratación Pública, o a los Órganos de Control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.
Autorizo a que esta información se transparente a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública; y, doy mi consentimiento para que se realicen las verificaciones que sean pertinentes en cualquier momento y sin previo aviso.
Como oferente me comprometo a tener, en el momento que el Servicio Nacional de Contratación Pública lo solicite, la documentación de respaldo necesaria para el cálculo del VAE, para la verificación correspondiente.
La falta de veracidad de la información presentada por el oferente será causa de descalificación de la oferta, declararlo adjudicatario fallido o de terminación unilateral del contrato, según corresponda; sin perjuicio de las acciones judiciales a las que hubiera lugar.
El proveedor, como parte de la entrega de la oferta, presentará la siguiente información:
Formulario de Declaración de Valor Agregado Ecuatoriano de la Oferta
Si |
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No |
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2.- Por favor llenar la siguiente tabla para los casos de consultorías para el desarrollo de software, o adquisición de software:
PROCESO |
PONDERACIÓN (a) |
ECUATORIANOS (b) |
EXTRANJEROS (c) |
% ECUATORIANO (a x b/(b+c)) |
Análisis |
20% |
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Diseño |
25% |
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Codificación |
45% |
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Prueba |
5% |
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Implementación |
5% |
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VAEP |
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VAEP = ____ %
a = Ponderación de cada proceso del desarrollo del software (fijo)
b = Número de personas ecuatorianas contratadas que participan en cada proceso del desarrollo del software
c = Número de personas extranjeras contratadas que participan en cada proceso del desarrollo del software
VAEP = Resultado de la fórmula
3.- Por favor llenar la siguiente tabla para otros servicios prestados en los que no se considere el desarrollo de software (excepto consultoría para el desarrollo de software y, adquisición de software):
SERVICIO |
PONDERACIÓN* (a) |
ECUATORIANOS (b) |
EXTRANJEROS (c) |
% ECUATORIANO (a x b/(b+c)) |
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VAES |
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* El número de servicios a calificar será variable y determinado por la entidad contratante conforme el alcance y objeto de contratación. Por tanto, la ponderación variará, de acuerdo a la fórmula 100/n.
VAEP = ____ %
VAES = ____ %
SERVICIO = Tipo de servicio de software que se está ofertando.
a = Ponderación de cada servicio de software (100/número de servicios).
b = Número de personas contratadas nacionales que participan en la prestación de cada servicio de software de su oferta.
c = Número de personas contratadas extranjeras que participan en la prestación de cada servicio de software de su oferta.
VAEP = Resultado de la fórmula, , según el numeral 2.
En caso que el software objeto del servicio es software de código abierto, el VAEP es 1, de lo contrario, el VAEP se calcula como en el numeral 2.
VAES = Resultado de la fórmula,
El oferente del Estado deberá tener siempre todos los documentos de respaldo de su formulario de Declaración de Valor Agregado Ecuatoriano. Estos documentos serán usados en la verificación respectiva de su declaración de Valor Agregado Ecuatoriano.
Las entidades contratantes, al momento de revisar la declaración del Valor Agregado Ecuatoriano de la oferta, deberán también comprobar la respuesta entregada por el oferente a la pregunta inicial del formulario, bajo los siguientes criterios:
La pregunta inicial debe ser respondida de forma obligatoria por el proveedor, en caso de que no se responda, deberá solicitarse dicha información en la etapa de convalidación de errores.
La respuesta entregada por el proveedor en la primera pregunta solo puede ser “Si” o “No”, nunca ambas al mismo tiempo.
Como documento de verificación del formulario de declaración del VAE, el oferente deberá presentar como anexo el registro de propiedad intelectual, conforme a la legislación del país de origen del software, donde conste la lista de programadores, desarrolladores o autores que intervinieron o que intervinieren en el desarrollo del software. En caso de no presentarse esta documentación, se asumirá que el software es 100% de origen extranjero y su VAE será igual a cero.
En la consultoría para el desarrollo de software, el Servicio Nacional de Contratación Pública verificará que el personal declarado hubiere sido efectivamente contratado para el objeto de la contratación, y que su autoría se reconozca expresamente en los créditos del software resultante. En la adquisición de software y en los otros servicios en los que no se considere el desarrollo de software, el oferente presentará la lista de programadores, desarrolladores o autores que estuvieren efectivamente incluidos en los créditos del software, tal como conste en el registro de propiedad intelectual, conforme a la legislación del país de origen del software, así como el listado del personal técnico involucrado en la prestación del servicio contratado. En todos los casos el oferente deberá indicar quiénes de las personas que constaren en la lista son efectivamente ecuatorianos.
Para constancia de lo ofertado, suscribo este formulario,
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FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O PROCURADOR COMÚN (según el caso)
(LUGAR Y FECHA)
Procedimiento de declaración electrónica transitorio
Hasta que el módulo facilitador de la contratación pública (herramienta informática USHAY) u otras herramientas informáticas del Sistema Oficial de Contratación del Estado, se encuentren desarrolladas y actualizadas conforme a esta metodología, en la presentación de ofertas, en el “Formulario de Declaración de Valor Agregado Ecuatoriano de la oferta” vigente, en los procesos de contratación de bienes y servicios de software por régimen común, los proveedores calificados deberán responder “NO” a la pregunta “¿Es intermediario (importador directo, distribuidor o comerciante) de todos los productos que conforman su oferta?”, adicionalmente, deberán dejar en blanco los casilleros a y b del formulario en mención. No obstante, deberán adjuntar como anexo electrónico en el módulo facilitador de contratación pública y en la presentación de su oferta, los formularios correspondientes conforme a la metodología detallada en esta subsección.
CONTRATO DE ADQUISICIONES DE PASAJES AEREOS PARA EMPRESAS E INSTITUCIONES DEL SECTOR PÚBLICO
EQ-TC-_____________
CONDICIONES PARTICULARES DE LOS CONTRATOS PARA LA CONTRATACION DE SERVICIOS DE TRANSPORTE AEREO |
Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte (…. Razón Social CONTRATANTE......) con RUC…………………….., representada por (………Nombres y Apellidos……..), en calidad de (…..Cargo del funcionario……..), a quien en adelante se le denominará CONTRATANTE; y, por otra a la Empresa Pública TAME EP Línea Aérea del Ecuador, en la figura de la Lic. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx en calidad de Delegada de Gerencia General, a través de la Resolución No. TAMEEP-GG-2017-000098, de fecha 26 xx Xxxxx del 2017, a quien en adelante se le denominará CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas.
Cláusula Primera.- ANTECEDENTES
1.1 De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-, y 25 y 26 de su Reglamento General -RGLOSNCP-, el Plan Anual de Contrataciones de la CONTRATANTE, contempla la contratación de transporte de correo interno y/o internacional.
1.2. Previo“TAME EP”, es una Empresa Pública, creada mediante Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xx. 000, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 442 del 6 xx xxxx del 2011, cuyo objeto, conforme así lo menciona el Art. 2 dicha disposición, comprende el transporte comercial aéreo, público, interno e internacional de pasajeros.
1.3 En cumplimiento a lo expuesto, “TAME EP” oferta el producto Flycard Post-Pago para Empresas Públicas, con el fin de facilitar la adquisición de pasajes aéreos en las rutas que opera “TAME EP”, para el transporte de autoridades, funcionarios, servidores públicos y demás colaboradores a solicitud de “EL CONTRATANTE”.
1.4 Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria (No…….), conforme consta en la certificación (No…….. ).
1.5 Se realizó la respectiva invitación, a través del Portal Institucional.
1.6 Luego del proceso correspondiente, la CONTRATANTE, adjudicó la oferta de TAME EP. y se procede a la legalización del contrato entre las partes.
Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO
2.1 Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:
El pliego (Condiciones Particulares xxx Xxxxxx CPP y Condiciones Generales xxx Xxxxxx CGP) incluyendo las especificaciones técnicas, o términos de referencia del objeto de la contratación.
Las Condiciones Generales de los Contratos publicados y vigentes a la fecha de la invitación en la página institucional del SERCOP.
La oferta presentada por el CONTRATISTA, con todos sus documentos que la conforman.
Formulario Anexo Datos de EL CONTRATANTE
La certificación presupuestaria, que acredita la existencia de fondos y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
Documentos habilitantes de la entidad Contratante y la Contratista (RUC, nombramiento y copia de cédula).
Cláusula Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO
3.01 Adquisición de pasajes aéreos en las rutas que opera “TAME EP” para autoridades, funcionarios, servidores públicos y demás colaboradores que “EL CONTRATANTE” designe.
Clausula Cuarta.- PROCEDIMIENTOS PARA LA UTILIZACION DEL SERVICIO, EN LOS DIFERENTES MEDIOS DISPONIBLES POR TAME EP
Este producto se comercializa a través del portal web xxx.xxxx.xxx.xx, o en los puntos de venta propios de “TAME EP” a nivel nacional.
OFERTA DE TARIFAS
“TAME EP” ofertará en sus rutas nacionales como base la tarifa post-pago, de acuerdo al cuadro de tarifas y regulaciones. En esta tabla se registra la tarifa de “TAME EP” y los demás valores que corresponden a terceros que las aerolíneas están obligadas a recaudar.
En el caso de terminarse los espacios en la tarifa post-pago, “TAME EP” ofertará otras tarifas de acuerdo a la disponibilidad de espacios, “EL CONTRATANTE” podrá escoger las opciones presentadas en el sistema de ventas de “TAME EP”, y, al ser aceptadas las condiciones y regulaciones de estas tarifas, estará en la obligación de pagar los valores de la emisión del ticket aéreo.
“EL CONTRATANTE” podrá adquirir boletos en las rutas internacionales que opera “TAME EP”,paralo cual se lo realizará de acuerdo a la tarifa que esté disponible en el momento de la emisión del ticket aéreo, con excepción de las rutas que requiere emisión directa en punto de TAME EP por ser destinos sujetas a verificación de documentos.
Si por disposición de autoridad administrativa, judicial o cualquiera competente relacionada con la actividad aerocomercial, se incrementaren los precios de combustible, handling, tasas aeroportuarias o de seguridad, impuestos, derechos u otros rubros relacionados directa e indirectamente con la tarifa del ticket aéreo, éstos se ajustarán automáticamente, sin necesidad de notificación a “EL CONTRATANTE”; sin embargo en caso de que “EL CONTRATANTE” solicite la justificación del incremento, “TAME EP” entregará la respectiva información.
COMPRA EN EL PORTAL WEB
El CONTRATANTE observará el siguiente mecanismo para la emisión de tickets aéreos en el portal web de “TAME EP”:
Acceder al portal web xxx.xxxx.xxx.xx.
La emisión de boletos a través de la aplicación web, lo podrá realizar la o las personas autorizada por “EL CONTRATANTE”, a quienes se les asigna un usuario y contraseña.
En la página web de “TAME EP”,ingresar el usuario y la contraseña entregada por “TAME EP” a las personas autorizadas por “EL CONTRATANTE”, escoger fecha, ruta, hora de vuelo, ingresar la cédula de identidad y nombre de la persona que va a viajar, datos del contacto (notificación) y con la aceptación respectiva se genera automáticamente una reserva confirmada con boleto electrónico, de acuerdo alas opciones elegidas por el usuario.
Si al CONTRATANTE no le fuera posible acceder al sistema WEB por problemas técnicos inherentes a la página de “TAME EP”, EL CONTRATANTE podrá solicitar la emisión de los boletos enviando la respectiva solicitud al mail xxxxxxx@xxxx.xxx.xxxxx los siguientes datos: RUC, Número de usuario, datos del olos pasajeros y el código de reserva.
COMPRA EN PUNTOS DE VENTAS
Para los puntos de Xxxxx, EL CONTRATANTE deberá observar el siguiente procedimiento:
EL CONTRATANTE podrá emitir boletos a través de los puntos de venta propios de “TAME EP” a nivel nacional en horarios de oficina, el cual deberá presentar una solicitud en hoja membretada de la Institución CONTRATANTE, debidamente legalizada con la firma del Administrador del Contrato o la Persona designada como responsable del Usuario.
En la solicitud que presenta “EL CONTRATANTE” deben constar los siguientes datos: RUC, Número de usuario, datos del o los pasajeros y el código de reserva.
La emisión de los boletos enel punto de ventasdirecto en oficina o en el punto de venta virtual (xxxxxxx@xxxx.xxx.xx) de “TAME EP), tendrán un recargo llamado “fee de emisión.” Este rubro es valorado por “TAME EP” según la regulación vigente y será cargado en la respectiva factura.
EMISION DE BOLETOS PASAJEROS TERCERA EDAD Y PERSONAS CON CAPACIDADES ESPECIALES
En el caso de necesitar la emisión de boletos para pasajeros de la tercera edad xxxx capacidades especiales, se solicitarán las reservaciones de espacios al call center de “TAME EP” 1700500800y con un mínimo de 24 horas se deberá efectuar el pedido de la emisión del boleto mediante un correo electrónico a xxxxxxx@xxxx.xxx.xx, con los siguientes datos: Nombre del pasajero, Número de cédula, Código de reserva, Número de Usuario, Nombre y RUC de la institución, Carné de discapacidad entregado por la autoridad Pública competente.
La emisión del boleto se efectuará en la base tarifaria en la cual ha sido tomada la reserva.
BOLETOS EMITIDOS
Todo boleto adquirido se regirá a la regulación tarifaria del ticket emitido sin excepción.
Una vez emitidos los boletos se pueden realizar cambios de hora o fecha a través del call center de TAME o en puntos de ventas, se procederá de acuerdo a la disponibilidad de espacios.
Se puede realizar cambios a los boletos emitidos previa presentación de una solicitud de la empresa contratante original y firmada, en los puntos de ventas de TAME con los datos completos de la modificación; se procederá de acuerdo a la regla del boleto emitido y disponibilidad de espacios. Los valores que se generen en dichos cambios deberán ser pagados en efectivo el momento del cambio.
Los cupones deben ser utilizados en el orden en que fueron emitidos; por lo cual si un cliente desea invertir el orden de su viaje (cupones de vuelo), se debe revisar el boleto, registrando los tramos en el orden en que van a ser utilizados y cancelar los gastos administrativos que eso genere.
“EL CONTRATANTE”, será responsable de verificar las regulaciones de la tarifa antes de adquirir o emitir el boleto.
CLAUSULA QUINTA.- RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES
5.1 Para “EL CONTRATANTE”
Será responsable por la correcta administración en el manejo de toda información que obtenga por los boletos emitidos es decir: estado de cupón de vuelos y reporte de boletos emitidos.
Notificar inmediatamente por escrito o a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xxxx el caso de que el funcionario designado por “EL CONTRATANTE” deje de prestar servicios o se produzcan cambios de personal autorizado.
En caso de pérdida u olvido de la clave y usuario, “EL CONTRATANTE”esresponsable de notificar inmediatamente por escrito o a través del correo electrónico xxxxxxx@xxxx.xxx.xx, dicha perdida.
Pagar sin lugar a reclamo el o los boletos emitidos a consecuencia de la utilización incorrecta del los usuarios y contraseñas asignadas a las personas autorizadas; dicho valor se contemplará en la respectiva Factura.
El/los usuarios y contraseñas asignados por “TAME EP” al personal autorizado por “EL CONTRATANTE” son de uso personal e intransferible.
“EL CONTRATANTE”, será el responsable de verificar las regulaciones que aplican a la tarifa antes de adquirir o emitir el boleto.
El control de la utilización de los boletos emitidos serán responsabilidad de “EL CONTRATANTE”.
El pago de tasas aeroportuarias o de seguridad, impuestos, derechos u otros rubros relacionados con los boletos aéreos, serán por cuenta de “EL CONTRATANTE”.
EL CONTRATANTE será responsable por el cuidado y custodia de los documentos generados por pagos de gastos administrativos o diferencias tarifarias, los cuales deberán adjuntar al boleto aéreo, como comprobante de pago al momento del chequeo.
Para “TAME EP”
Registrar la legalización del contrato en el sistema de “TAME EP”, para la entrega del servicio.
Entregar los usuarios y contraseñas a la o las personas autorizadas por parte de “EL CONTRATANTE”, quienes serán responsables por la utilización y manejo de las mismas.
Habilitar la activación del usuario en la página web de “TAME EP”.
Capacitar al personal autorizado por “EL CONTRATANTE” la utilización del producto FLYCARD POST-PAGO.
Habilitar la dirección de correo xxxxxxx@xxxx.xxx.xx para notificaciones, atención y soporte; en días y horarios de oficina.
“TAME EP” se deslinda cualquier responsabilidad por la mala utilización de los usuarios y contraseñas asignadas.
Cláusula Sexta.- PRECIO DEL CONTRATO
6.1 El valor del presente contrato, que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es el de (cantidad exacta en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, más IVA, de conformidad con la oferta presentada por el CONTRATISTA.
6.2 Los precios acordados en el contrato, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato conforme se menciona en el numeral 6.1, así como, valores a terceros, que la Aerolínea se encuentra obligada a recaudar
Cláusula Séptima.- FORMA Y CONDICIONES DE PAGO
“EL CONTRATANTE” pagará a “TAME EP” previa presentación de la factura, los valores acumulados mensualmente, por concepto de emisión de boletos en un plazo no mayor a quince (15) días, luego de la recepción de la misma.
La facturación será enviada por correo electrónico a la persona autorizada o designada por “EL CONTRATANTE” en el Anexo 1. En caso de cambios de funcionarios “EL CONTRATANTE” se obliga a notificar a “TAME EP” xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, el respectivo cambio.
En caso de existir boletos emitidos y que no han sido considerados dentro del período de facturación, “TAME EP” emitirá facturas adicionales con el detalle correspondiente a fin de que sean pagados dentro de los quince (15) días, luego de la recepción de la factura.
“EL CONTRATANTE” pagará a “TAME EP” a través del Sistema de Administración Financiera (ESIGEF) ó mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por “TAME EP”.
EL CONTRATANTE notificará a TAME EP sobrela realización de las transferencias bancarias, a través del correo electrónico xxxxx@xxxx.xxx.xxxxxxxxxxxx copia del CUR con fecha de confirmación por parte del Banco Central del Ecuador (para empresas o Instituciones que dependan del Presupuesto General del Estado), para la verificación y registro correspondiente.
“TAME EP” bloqueará el servicio inmediatamente en el caso de pagos pendientes, hasta la liquidación de los valores adeudados.
Clausula Octava.- REEMBOLSOS
“EL CONTRATANTE” exclusivamente podrá enviar la solicitud de reembolso de manera mensual, por escrito con el detalle de número del boleto aéreo, nombre, cedula de identidad del pasajero y ruta no utilizada de boletos no utilizados, siempre y cuando se encuentren facturados y cancelados a “TAME EP”, el cual se remitirá al Departamento de Ingresos o mediante correo electrónico a la dirección:xxxxxxxxxx.xxxx@xxxx.xxx.xx.
Los reembolsos deben de ser pedidos dentro de la validez del ticket aéreo (ver regulación tarifaria).
En los reembolsos se descontaran los respectivosgastos administrativos y tasas aeroportuarias, observando las regulaciones tarifarias.
El reembolso de cada boleto se realizará con la emisión de una nota de crédito a la cuenta, por parte del Departamento de Ingresos de TAME EP, la cual será enviada a “EL CONTRATANTE”para su registro contable y compensación con valores por pagar a “TAME EP”
La solicitud de reembolsos es responsabilidad directa de “EL CONTRATANTE”.
Cláusula Novena.- REAJUSTE DE PRECIOS
Por la naturaleza del presente proceso de contratación, al no observar el Sistema de Precios Unitarios, no aplica el Reajuste de Precios; salvo lo contemplado en el enunciado del ítem OFERTA DE TARIFAS.
Cláusula Décima.- PLAZO
9.1 El plazo para la prestación de los servicios contratados a entera satisfacción de la CONTRATANTE es de (número de meses o años), contados a partir de (fecha de suscripción del contrato).
Cláusula Décima Primera.- MULTAS
10.1 Por cada día de retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales por parte del Contratista, se aplicará la multa del 1 por 1000 del valor del contrato.
EL CONTRATANTE procederá a la aplicación de las multas correspondientes, previo informe del Administrador del Contrato y notificación a TAME EP, teniendo este último, el término de 5 días para presentar sus argumentos de descargo.
Cláusula Décima Segunda.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO:
11.1 LA CONTRATANTE designa ala ……………………….., en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del presente contrato.
11.2 LA CONTRATANTE podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.
Cláusula Décima Tercera.- TERMINACION DEL CONTRATO
12.1 Terminación del contrato.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.
12.2 Causales de Terminación unilateral del contrato.- Tratándose de incumplimiento del CONTRATISTA, procederá la declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales:
Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación;
Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA;
Si se verifica, por cualquier modo, que la participación ecuatoriana real en la provisión de bienes o prestación de servicios objeto del contrato es inferior a la declarada.
Si el CONTRATISTA incumple con las declaraciones que ha realizado en el numeral 3.1 del formulario de oferta - Presentación y compromiso;
(La Entidad Contratante podrá incorporar causales adicionales de terminación unilateral, conforme lo previsto en el numeral 6 del Art. 94 de la LOSNCP.)
12.3 Procedimiento de terminación unilateral.- El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.
Cláusula Décima Cuarta.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
13.1 Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente Contrato, cuando las partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, éstas optan de forma voluntaria someterse al método alternativo para la solución de controversias, Mediación, en el Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado.
Toda controversia o diferencia relativa a este Contrato, a su ejecución, liquidación e interpretación, será resuelta con la asistencia de un Mediador de la Procuraduría General del Estado.
13.2 Si respecto de divergencias suscitadas no existiere acuerdo, y las partes deciden someterlas al procedimiento establecido en el Código Orgánico General de Procesos, será competente para conocer la controversia una de las Salas Distritales de lo Contencioso Administrativo, que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Contratante.
Cláusula Décima Quinta: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
14.1 Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la administración y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos.
Cláusula Décima Sexta.- Legislación Aplicable.
15.1 La legislación aplicable en este caso es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato.
Cláusula Décima Séptima.- DOMICILIO
16.1. Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de Quito.
16.2. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
El CONTRATISTA
Xx. Xxxxxxxx X00-000 x Xx. Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxx, Teléfonos: 000 0000 xxx.00000.
Mail Soporte web: xxxxxxx@xxxx.xxx.xx
Mail Finanzas: xxxxx@xxxx.xxx.xx
La CONTRATANTE: :(dirección y teléfonos, correo electrónico).
Las comunicaciones también podrán efectuarse a través de medios electrónicos.
Cláusula Décima Octava.- ACEPTACION DE LAS PARTES
17.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.
17.2. Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
Dado en la ciudad de Guayaquil, a
……………………………………. …………………………………….
Lic. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx CONTRATANTE
DELEGADA DE GERENCIA GENERAL
TAME EP
1 El valor declarado en (a) debe ser el valor CIF “Costo, seguro y flete”; es decir, que incluye el coste de la mercancía, el del transporte, así como el seguro. Los costos pagados dentro del territorio nacional (como por ejemplo agentes de aduana) para la importación, desaduanización y otros servicios relacionados, no se deben tomar en cuenta.
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