CLAUSULAS:
PLIEGO
DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE REGIRAN LA
ADJUDICACION POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DE SERVICIO DE LUDOTEKA EN EL AYUNTAMIENTO DE ARRIGORRIAGA
(BIZKAIA).
CLAUSULAS:
1.- Objeto.
El objeto del presente contrato es la realización del “servicio de Ludoteka del Centro Socio-cultural de Abusu en el Ayuntamiento de Arrigorriaga”.
Los trabajos a realizar deberán sujetarse a lo dispuesto en el presente Pliego de Cláusulas administrativas particulares, el pliego de prescripciones técnicas particulares y a cuantas instrucciones en aplicación del presente pliego dicte la administración contratante.
2.- Normas reguladoras.
La naturaleza del presente contrato es la de un contrato administrativo típico según dispone el artículo 19.1 a) de la Ley 30/07
El presente contrato como contrato administrativo típico, se regirá en cuanto su preparación, adjudicación, efectos y extinción según dispone el artículo 21.1 de la Ley 30/07 por:
-Las cláusulas contenidas en el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.
-Por la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.
-La Ley 15/2010 y Ley 34/2010 de 5 xx xxxxxx de modificación de la Ley 30/2007.
-Ley 2/2011 de modificación de la Ley 30/2007.
-Por el RD 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
-Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público.
-Supletoriamente por las restantes normas de Derecho Administrativo que regulan la contratación y que resulten de aplicación, y en su defecto por las de Derecho Privado.
3.- Tipo del contrato.
El límite presupuestario para la ejecución de este contrato por los dos años de duración asciende a la cantidad 40.400 euros (IVA incluido).
El valor estimado del contrato según el articulo 76 de la Ley 30/07, el cual viene determinado por el importe total de los dos años de duración del contrato, sin inclusión del impuesto sobre el valor añadido, más la eventual prórroga de dos años de duración, asciende a la cantidad de 74.814,81 euros.
Las ofertas de las empresas licitadoras se realizarán en todo caso mejorando el tipo de licitación a la baja, consignando una cantidad concreta y determinada, según el modelo de proposición recogido en el Anexo I, entendiendo siempre incluidos en la misma a todos los efectos, no sólo los precios de la contrata, sino también las cuotas correspondientes a los tributos de toda índole que graven los diversos conceptos y en especial el Impuesto sobre el Valor Añadido, conforme al artículo 25 del Reglamento del mismo, aprobado por
R.D. 1624/92, de 29 de diciembre.
incluido) | |
20.200 € | |
20.200 € |
4.- Constancia expresa de la existencia de crédito.
Existe crédito con cargo a la partida siguiente:
Orgánica | Funcional | Económica |
10 | 4522 | 22606 |
Al tratarse de un gasto a realizar en el ejercicio inmediatamente posterior al actual, la certificación de la reserva de crédito y posterior ejecución del gasto estará supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente.
A este respecto, el artículo 94.2 de la Ley 30/2007 establece que los expedientes de contratación podrán ultimarse incluso con la adjudicación y formalización del correspondiente contrato, aun cuando su ejecución, ya se realice en una o en varias anualidades, deba iniciarse en el ejercicio siguiente. A estos efectos podrán comprometerse créditos con las limitaciones que se determinan en la Xxxxx Xxxxx 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia.
5. Procedimiento y forma de adjudicación.
La adjudicación del presente contrato se llevará a cabo por procedimiento abierto a tenor de lo establecido en el artículo 141 de la Ley 30/07, donde todo empresario interesado en el contrato podrá presentar una proposición.
La forma de adjudicación establecida será a favor de la oferta más ventajosa, atendiendo a los criterios establecidos en el pliego, según lo estipulado en el artículo 134 de la Ley de Contratos del Sector Público.
La adjudicación recaerá en el licitador que en su conjunto realice la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios que se hayan establecido en el pliego, sin atender exclusivamente al precio de la misma y sin perjuicio del derecho de la Administración a declararlo desierto.
En el presente pliego de cláusulas administrativas se establecen los criterios que han de servir de base para la adjudicación del presente procedimiento. Los mismos se indicarán por orden decreciente en función de la importancia y el grado de ponderación otorgada en el pliego.
La tramitación del expediente de contratación será ordinaria.
Los plazos se computan por días naturales.
6.- Plazo de ejecución.
La duración del contrato será de dos años, contados a partir de la formalización del mismo en documento administrativo.
Será susceptible de una prórroga por el mutuo acuerdo de las partes por un periodo de dos años (2+2).
En ningún caso se admitirá la prórroga tácita.
Al respecto el adjudicatario deberá solicitar la prórroga mediante solicitud presentada en el registro del Ayuntamiento con una anterioridad mínima de 3 meses a la fecha de finalización del contrato.
El servicio deberá ser prestado por el adjudicatario según los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas elaborados por los servicios técnicos del Ayuntamiento de Arrigorriaga y con sujeción a las instrucciones emanadas por la Administración.
En el presente contrato procederá la Revisión de precios, estipulada en los artículos 77 y 78 de la Ley 30/07 de Contratos del Sector Público según el IPC de los doce meses inmediatamente anteriores. En todo caso la revisión será del 85% de la variación experimentada por el citado índice, según el artículo 78.3 de la Ley de Contratos del sector publico.
7.- Penalidades por demora.
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo fijado para la realización del mismo.
La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de esta Administración.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo, este Ayuntamiento podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
8.- Plazo de garantía.
Dada la naturaleza de los trabajos que se pretende adjudicar NO se establece plazo de garantía en la presente contratación.
9.- Presentación de ofertas.
Los licitadores habrán de presentar su oferta en las dependencias del Servicio de Atención Ciudadana SAC del Ayuntamiento de Arrigorriaga, sito en la planta baja de la Casa Consistorial (Paseo xx Xxxxxxx 57 48480 Arrigorriaga).
Las mismas se presentarán en horario de 8 a 14 horas, en el plazo de quince días naturales a contar desde el día siguiente en aparezca en el Boletín Oficial de Bizkaia el anuncio de la convocatoria respectiva.
Si el ultimo día del plazo fijado para presentar proposición fuera inhábil o sábado, el plazo finalizará automáticamente el primer día hábil siguiente.
Todo ello teniendo en cuenta el artículo 127 de la Ley 30/07 que manifiesta que los órganos de contratación fijaran los plazos de las ofertas y solicitudes de participación teniendo en cuenta el tiempo que razonablemente pueda ser necesario para preparar aquellas, atendida a la complejidad del contrato.
La oferta constará de los siguientes elementos:
SOBRE A: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
La oferta constará de los siguientes elementos:
Los licitadores habrán de presentar tres sobres cerrados.
En el exterior de ellos figurará el título "Oferta para tomar parte en el procedimiento abierto para la adjudicación del servicio de Ludoteka en el Ayuntamiento de Arrigorriaga”; el nombre y el número de D.N.I. o C.I.F. del licitador; el tipo de sobre en cuestión A, B o C y en el interior irán necesariamente los siguientes documentos:
Sobre A: Documentación administrativa.
1.- Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario. Si la empresa fuese persona jurídica, la personalidad se acreditará mediante la presentación de la escritura de constitución o modificación, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil. Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación de la fotocopia legitimada del Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
2.- Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto, y fotocopia legitimada de su Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, excepto si se trata de un poder para acto concreto.
3.- Solvencia económica y técnica del contratista:
Los medios de acreditación de la solvencia serán los señalados en los artículos 64 y 67 de la Ley 30/2007, en concreto por alguno de los medios siguientes:
Con respecto a la solvencia económica:
-Declaraciones de entidades financieras.
-Cuentas anuales presentadas en el registro mercantil.
-Declaración sobre el volumen total global de negocios en el ámbito del objeto del contrato.
-Cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación.
Con respecto a la solvencia técnica o profesional:
-Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años.
-Indicación del personal del que se dispondrá para la ejecución del contrato.
-Declaración sobre la planilla media anual de la empresa durante los últimos tres años acompañada de documentación justificativa correspondiente.
Por ello las personas jurídicas deberán tener comprendida esta prestación en su objeto de actividad por constituir una asociación así definida. Ello se acreditará mediante Escrituras o Estatutos inscritos en el registro público que corresponda, según disponen los artículos 46 y 61 de la Ley 30/07.
4.- Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, conforme al artículo 49 de la Ley 30/2007. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
5.- Domicilio: Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia habrá de ser complementada indicando una dirección de correo electrónico y un número de teléfono y de fax.
6. El contratista estará exento de constituir la garantía provisional.
Las circunstancias señaladas en los anteriores números 1, 2 y 3 podrán acreditarse mediante una certificación expedida por el Registro de contratistas de la Comunidad
Autónoma del País Xxxxx o de la Diputación Xxxxx de Bizkaia, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el articulo 73 de la LCSP. En este caso, deberá acompañarse a la referida certificación una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
En relación a las circunstancias no recogidas en el certificado que se presente del Registro correspondiente, se acompañará la acreditación documental exigida.
Todos los documentos habrán de ser originales, no admitiéndose fotocopias a no ser que las mismas hayan sido debidamente cotejadas con sus originales por funcionario competente que así lo haga constar.
Sobre B: Documentación relativa a aspectos objeto de valoración subjetiva.
Se deberá aportar toda la documentación susceptible de valoración no incluida en la propuesta sobre datos objetivos.
En general todos aquellos documentos susceptibles de valoración (Memoria), según la cláusula 11 A) de los presentes Pliegos así como aquellos documentos que el contratista considere oportunos para dar a conocer su prestación o sean requeridos por la Administración y/o por los Pliegos de Prescripciones Técnicas, y la que en general se considere necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos. Al respecto el Ayuntamiento de Arrigorriaga podrá solicitar a las empresas participantes en la licitación la defensa u aclaración de las propuestas presentadas.
Sobre C: Propuesta económica y demás datos de valoración objetiva. Propuesta: según el modelo de proposición que figura en el Anexo I.
El licitador deberá indicar en documento redactado al efecto y firmado por él, según modelo que figura en el Anexo I, que se compromete a realizar el objeto del contrato por la cantidad señalada respetando en todo caso el tipo de licitación.
10.-. Apertura de plicas.
La Mesa de Contratación, legalmente constituida al efecto, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos 8:45 del cuarto día hábil siguiente (en caso de ser inhábil o sábado se prorrogará hasta el día hábil siguiente) al de la finalización del plazo para la presentación de proposiciones, previa calificación de los documentos presentados en el sobre A en tiempo y forma en atención al artículo 27 del RD 817/2009, procederá en acto público a la apertura de las proposiciones presentadas por los licitadores.
En este acto sólo se abrirá el sobre correspondiente a los criterios no cuantificables automáticamente o subjetivos (SOBRE B) entregándose al órgano encargado de la valoración la documentación contenida en el mismo, dejándose constancia documental de lo actuado en el expediente. Asimismo, se fijará fecha para la celebración del acto de apertura del resto de la proposición (sobres C), notificándose a los licitadores en las direcciones electrónicas aportadas en los sobres A y publicándose en el perfil de contratante.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada en el sobre A, la Mesa de contratación lo comunicará a los interesados mediante fax o correo electrónico, concediéndole un plazo no superior a 3 días hábiles contados desde la fecha de la comunicación, para la subsanación de las deficiencias detectadas.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables se rechazará la proposición.
Concluidos estos trabajos, la Mesa de contratación realizará un pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
La valoración asignada a los elementos de la oferta que deban ponderarse en función de juicios de valor (sobres B) se dará a conocer al inicio del segundo acto público de apertura (de los sobres C, apertura comprensiva de la oferta sobre criterios objetivos) abriéndose, posteriormente estos sobres C y dando a conocer el contenido de los mismos.
A la vista de todas las actuaciones, la Mesa de contratación elevará la propuesta de adjudicación del contrato al órgano de contratación que haya de efectuar la misma.
11.- Criterios de adjudicación: Criterios que han de servir de base para la adjudicación. Puntuación total máxima alcanzable 100 puntos.
A) Criterios No cuantificables de forma automática o dependientes de un juicio de valor (Subjetivos). Total 45 puntos SOBRE B.
1. Estructura gestora, coordinación y organigrama del personal: total 15 puntos.
Dividido en los siguientes apartados:
1.1 Valoración de la estructura empresarial. Planes de gestión hasta 10 puntos.
1.2 Descripción del cuadro técnico y formativo del personal del equipo concreto adscrito al contrato hasta 5 puntos.
2. Descripción del desarrollo del plan de trabajo y mejoras: total 30 puntos.
Procesos que proponga el licitador sobre los matices relacionados con el servicio que se contrata.
Según cuadro de Plan de Ejecución: que incluya la memoria explicativa detallada a incluir en Sobre B, destacándose obligatoriamente en la misma los siguientes aspectos:
1. Objetivos del Plan.
2. Metodología de intervención, destacando los aspectos siguientes: 1.- uso del euskara.
2.- motivación a la participación infantil y adolescente. 3.- trabajo en valores.
4.- potenciar el sentimiento de identidad hacia nuestro pueblo y cultura. 5.- fomento del desarrollo integral como personas.
3. Propuestas de trabajo, contenidos.
4. Evaluación de la gestión.
En este apartado se valorará especialmente la incorporación en el equipo de trabajo de personas discapacitadas o en riesgo de exclusión social.
B) Criterios cuantificables automáticamente no dependientes de un juicio de valor (objetivos): Total 55 puntos SOBRE C.
1. Oferta económica: hasta 35 puntos, según este desglose:
-Del 0 al 5% de reducción sobre el precio de licitación............................hasta 10 puntos.
-De más del 5 al 10% de reducción sobre el precio de licitación............ hasta 20 puntos.
-De más del 10% al 20% de reducción sobre el precio de licitación….......hasta 35 puntos.
Las bajas entre los intervalos descritos serán puntuadas proporcionalmente.
2. Política de retribución del Personal: hasta 15 puntos, según este desglose:
Se describirá en la propuesta los salarios brutos que cobrará el personal ASÍ COMO CONVENIO EN VIGOR SOBRE EL QUE SE APLICARÁ.
-1ª mejor retribución del personal 15 puntos.
-2ª mejor retribución del personal 10 puntos.
-3ª mejor retribución del personal 5 puntos.
3. Flexibilidad de personal: Por el hecho de que se comprometan a adaptarse a la flexibilidad del calendario anual en vigor y a cubrir todas las bajas producidas por el personal 5 puntos.
(En la proposición relativa a datos de valoración objetiva a incluir en Sobre C se indicará expresamente el compromiso de adaptarse o no a la flexibilidad del calendario).
NOTA: en el sobre de la oferta económica y demás criterios objetivos, al margen de la proposición sobre la oferta económica y demás datos objetivos, se incluirá documentación (memoria) que justifique y explique con detalle lo relativo a la política de retribución del personal.
12. Valoración de las ofertas.
Dado que en la presente licitación, de conformidad con el Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx, los criterios de aplicación automática (objetivos) tienen una ponderación superior a los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (criterios subjetivos), en el presente procedimiento la valoración de dichos criterios que dependen de un juicio de valor, no se realizará por un comité de expertos o por un organismo técnico especializado.
La valoración se realizará en atención al artículo 25 del RD 817/2009 por la mesa de contratación, la cual podrá solicitar los informes técnicos que considere pertinentes.
13.- Documentación a presentar.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación abajo indicada.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Documentación a presentar:
a) Deberá constituir la garantía definitiva por importe del 5% del importe de adjudicación del contrato (excluido IVA), en cualquiera de las formas que el artículo 84 de la Ley 30/07 de Contratos del Sector Público establece, para responder de los conceptos que se describen el artículo 88 de la misma. En el supuesto de que sea constituida mediante aval bancario el mismo se redactará de conformidad con el modelo del Anexo II.
Aprobada la liquidación del contrato, se dictará acuerdo de devolución de aquella o cancelación de aval.
b) Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
14. Adjudicación del contrato.
El contrato será adjudicado dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada en el punto anterior, según dispone el artículo 135.3 de la Ley 30/2007.
La adjudicación será motivada y se notificará a los licitadores y simultáneamente se publicará en el perfil del contratista. La notificación contendrá los extremos del artículo
135.4 de la Ley 30/2007 y se realizará por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario.
15.- Formalización del contrato.
En el plazo máximo de quince días hábiles desde la notificación de la adjudicación a los licitadores, el adjudicatario deberá comparecer en el Ayuntamiento de Arrigorriaga para la formalización del correspondiente contrato en documento administrativo según el artículo 140.3 (en su último párrafo) de la Ley 30/07.
16.- Reajustes de la garantía definitiva.
Cuando a consecuencia de la modificación del contrato el valor del mismo experimente variación, en el plazo de 10 días contados desde la fecha en que se modifique el mismo se reajustará la garantía constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre dicha garantía y el presupuesto del servicio vigente en cada momento.
17.- Forma de pago.
Se efectuará mediante la presentación de las correspondientes facturas mensuales con fecha de día último de cada mes a través del Registro General de Entradas de este Ayuntamiento, facturas correspondientes a los servicios ya realizados, las cuales serán abonadas según el artículo 200.4 de la Ley 30/07 de Contratos del Sector Público modificado por la Ley 15/2010 de 5 de julio de modificación de la Ley 3/2004 de 29 de diciembre, la cual establece en su artículo 200.4 y en su disposición transitoria 8ª los plazos máximos a abonar las mismas, según el siguiente esquema:
-entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2011. 50 días.
-entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2012. 40 días.
-a partir del 1 de enero de 2013 (caso de prorrogarse el contrato) 30 días.
Dichas facturas reunirán los requisitos exigidos en el R.D. 1496/2003, de 28 de Noviembre y Decreto Xxxxx 57/2004, de 6 xx xxxxx, e inexcusablemente el número de factura, nombre y apellidos o razón social, C.I.F., domicilio, tipo tributario de aplicación y cuota del I.V.A., así como el número de cuenta bancaria a la que efectuar la transferencia para el oportuno pago cuando éste se apruebe.
A los efectos de esta cláusula, el adjudicatario deberá presentar, junto con la documentación exigida en la cláusula 13, el anexo III de este Pliego “REGISTRO DE TERCEROS DESIGNACIÓN DE CUENTA BANCARIA”, debidamente
cumplimentado.
18. Modificación del contrato.
La presente contratación se podrá modificar por razones de interés público, para atender a causas imprevistas, justificando su necesidad en el expediente, sin alterar por ello las condiciones esenciales del contrato.
Todo ello pudiendo integrarse la modificación contractual en el proyecto inicial mediante su corrección, no siendo en ningún caso la prestación susceptible de utilización o aprovechamiento independiente o dirigida a satisfacer finalidades nuevas no contempladas en la documentación preparatoria del contrato que merezcan la contratación de forma separada. Sin que por otra parte se puedan suponer adicionar prestaciones complementarias a las inicialmente contratadas.
A tal fin y cumpliendo los limites generales anteriores el contrato no podrá modificarse incrementando en más del un 10% el precio primitivo del contrato. Así mismo podrá modificarse cuando se justifique la inadecuación de la prestación contratada para satisfacer las necesidades a cubrir con el contrato debido a errores u omisiones en las especificaciones técnicas reflejadas inicialmente.
La modificación exigirá propuesta técnica motivada, audiencia del contratista por plazo no inferior a 3 días, certificado de existencia de crédito y acuerdo del órgano de contratación.
19. Medios Humanos.
La entidad adjudicataria dispondrá de los medios humanos necesarios para una correcta prestación del servicio, asumiendo todos los costes derivados de la relación de dependencia de dicho personal que, en ningún caso tendrá la vinculación de naturaleza administrativa o laboral con el Ayuntamiento de Arrigorriaga, quedando este último exonerado de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de las relaciones entre la empresa y el referido personal.
Con respecto a los medios humanos necesarios para la prestación del servicio, la adjudicataria se subrogará necesaria y obligatoriamente en la titularidad de las relaciones laborales de los/as trabajadores que estén prestando servicios por la anterior empresa adjudicataria.
La entidad adjudicataria asume, a título exclusivo, el carácter de empresario respecto del personal que emplee para la prestación del servicio adjudicado, viniendo obligada a utilizar la resolución automática de aquellos contratos al extinguirse el que se suscribe con el Ayuntamiento por cualquiera de las causas previstas en el pliego o en la ley de contratos.
La subrogación supondrá la sustitución del anterior titular de las relaciones laborales por el nuevo adjudicatario, manteniéndose los contratos de trabajo en toda su extensión y vigencia en los términos en que fueron concertados con el primitivo empresario, pero no alcanzará a las deudas de naturaleza salarial y de seguridad social que este último pudiera haber generado durante la ejecución de su contrato.
El adjudicatario deberá tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo en la Seguridad Social, así como cumplir con las disposiciones vigentes en materia de laboral, de seguridad e higiene en el trabajo.
20.- Prerrogativas y jurisdicción.
Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la presente Ley, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. En el correspondiente expediente se dará audiencia al contratista.
Los licitadores se someten para todas las cuestiones derivadas de la interpretación de estas condiciones o en su caso del contrato administrativo subsiguiente, a la jurisdicción Contencioso-Administrativa del domicilio de la Corporación, con expresa renuncia de cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, todo ello sobre la base de lo establecido en el artículo 21 de la Ley 30/07 de Contratos del Sector Público.
21. Expurgo de documentación.
Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los licitadores no adjudicatarios, tal y como dispone el artículo 87.4 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde la firmeza de la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por quienes hubieran licitado cuando éstos no hayan procedido a su retirada.
22. Confidencialidad de los datos.
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Trigésimo Primera de la LCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.
23. Seguros de responsabilidad civil.
El adjudicatario deberá indemnizar a terceros de los daños que les ocasione el funcionamiento normal o anormal del servicio. A tal efecto el adjudicatario deberá suscribir las pólizas pertinentes debiendo presentar ante el Ayuntamiento de Arrigorriaga los correspondientes documentos de suscripción y posteriores recibos de pago con pólizas que no podrán ser inferiores a los 100.000 euros de responsabilidad civil.
Arrigorriaga, a 19 de Octubre de 2011.
ANEXO I
Modelo de proposición.
D/Xx ............................................................................., con D.N.I. número
......................., con y domicilio a efectos de notificaciones en
..............................................., calle ........................................., teléfono ,
y fax ..............................., en nombre propio (o en representación de ;
con C.I.F número ), manifiesta lo siguiente:
1.- Que está enterado de la apertura por parte del Ayuntamiento de Arrigorriaga del procedimiento abierto para la adjudicación del “contrato del servicio de Ludoteka en el Ayuntamiento de Arrigorriaga”.
2.- Que ha examinado y conoce los Pliegos de condiciones y demás documentos que constan en el expediente, así como los textos legales de aplicación.
3.- Que declara bajo su responsabilidad que tiene capacidad jurídica y medios suficientes para realizar el contenido del contrato, y reúne los requisitos específicos exigidos para el mismo, y caso de resultar adjudicatario, llevará a cabo la prestación citada con sujeción, en todo caso, a los requisitos y condiciones de los Pliegos aprobados.
4.- Que se compromete, conforme a todo lo dicho, a realizar el contrato referenciado por los dos años de duración del mismo en el precio de
...............................euros (póngase en letra y en número) euros, más euros,
correspondientes al ... % de I.V.A, lo que hace un precio total
de.........................................euros.2
5.- Que en cuanto a la política de retribución del Personal, los salarios brutos que cobrará el personal adscrito al contrato (DOS MONITORES) son los siguientes, (póngase en letra y en número):
1º Monitor 1 de Lunes a Viernes, retribución total bruta anual euros
2º Monitor 2 de dos días a la semana, retribución total bruta anual euros
Total suma de retribuciones por los dos monitores………….………… euros (Nota: Se Adjunta convenio en vigor sobre el que se aplicará).
6. Compromiso de adaptarse a la flexibilidad del calendario anual en vigor y a cubrir todas las bajas producidas por el personal SI/NO (marcar con claridad
la opción elegida).
2 En caso de discrepancia entre la cantidad reflejada de forma numérica y la reflejada con letras se dará prioridad a las letras.
ANEXO II
Modelo de aval para constitución de la garantía definitiva
............. (1), con domicilio en ........... calle ......... y NIF ........., y en su nombre y representación ............ (2) con poderes suficientes para obligarles en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento.
AVALA
a ............. (3), con NIF............ , ante el Ayuntamiento de Arrigorriaga por un importe de (4) euros para garantizar las responsabilidades derivadas de la ejecución
del contrato relativo al servicio de Ludoteka en el Ayuntamiento de Arrigorriaga.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y división, y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Tesorería del Ayuntamiento de Arrigorriaga, con sujeción a los términos previstos en la ley 30/2007 de Contratos del Sector Publico y en sus normas de desarrollo.
El plazo de garantía subsistirá hasta el día en que la Administración autorice su cancelación.
.................................................. (lugar y
fecha)
............................... (razón social de la
entidad)
................................. (firma de los
Apoderados)
(1) razón social completa del avalista.
(2) nombre y apellidos del Apoderado o Apoderados.
(3) nombre y apellidos o razón social del avalado.
(4) en número y letras.
ANEXO III
HIRUGARRENEN ERREGISTROA BANKU-KONTUAREN IZENDAPENA
REGISTRO DE TERCERAS PERSONAS DESIGNACIÓN DE CUENTA BANCARIA
Kontuaren titularra Titular de la cuenta | |||||||||||
IFZ edo IFK / NIF o CIF | Izen- abizenak edo sozietate-izena / Nombre y apellidos o razón social | ||||||||||
Helbidea: kalea / Domicilio: calle | Zk. / Nº | Udalerria / Municipio | |||||||||
Lurraldea / Provincia | Posta- kodea / Código postal | ||||||||||
Correo electrónico |
Bankuko datuak / Datos bancarios | |||||||||||||||||||||
Código de la entidad | Código de la sucursal | KZ D.C. | Kontu zenbakia Número de cuenta | ||||||||||||||||||
BANKUAREN EDO KUTXAREN SINADURA ETA ZIGILUA kontua badela egiaztatzeko. FIRMA Y SELLO DEL BANCO O CAJA certificando la existencia de la cuenta. Sin. / Fdo.: ………………………………….. | Data / Fecha: ................................................. TITULARRAREN SINADURA FIRMA DE LA O EL TITULAR Sin. / Fdo.: ………………………………….. | |
- Arrigorriagako Udalarekin lehenengo aldiz harremanetan jartzen diren pertsona edo erakundeen aldeko ordainketak agintzeko, nahitaez bete beharreko eskakizuna da Udal Diruzaintzan aitorpen hau aurkeztea, bai eta dauden datuak aldatzeko ere, beste erakunde baten bidez kobratu nahi izanez gero. - Ordainketa ez atzeratzeko, bidali fitxa hau postaz edo Diruzaintzan zuzenean aurkeztuz, nahiz eta datuak faxez aurreratu. | - La presentación de esta declaración ante la Tesorería Municipal, es requisito imprescindible para ordenar pagos a favor de las personas o entidades que se relacionan por primera vez con el Ayuntamiento de Arrigorriaga, y también si desean modificar los datos existentes para cobrar a través de otra entidad. - Para no demorar el pago, remita la ficha a vuelta de correo o preséntela personalmente en Tesorería, aunque nos adelante los datos por fax. |