Rec 1921 MODELO DE CONTRATO DE SOCIEDADES DE LA SECCION IV LGS (ART 21 A 26 LGS) DENOMINADAS “SOCIEDADES SIMPLES” POR LA DOCTRINA.
Rec 1921
MODELO DE CONTRATO DE SOCIEDADES DE LA SECCION IV LGS (ART 21 A 26 LGS) DENOMINADAS “SOCIEDADES SIMPLES” POR LA DOCTRINA.
Entre el señor …………………, domiciliado en la calle …………………, Nº ……, de la Ciudad de …………………, de estado civil …………………, de …… años de edad, quien acredita identidad con ……, Nº …………………, el señor …………………, domiciliado en la calle …………………, Nº ……, de la localidad de …………………, de estado civil …………………, en nupcias con …………………, de …… años de edad, de profesión …………………, quien se identifica con ……, Nº …………………, y el señor …………………, domiciliado en …………………, de estado civil …………………, de …… años de edad, de ocupación …………………, que acredita identidad con ……, Nº …………………, convienen en celebrar de común acuerdo una SOCIEDAD DE LA SECCION IV LGS (ART 21 A 26 LGS) DENOMINADA “SOCIEDAD SIMPLE” POR LA DOCTRINA, que se regirá conforme con el presente contrato, y cuyas cláusulas y condiciones son las siguientes:
1. La sociedad girará comercialmente con la denominación………………… SOCIEDAD DE LA SECCION IV LGS (ART 21 A 26 LGS) DENOMINADA “SOCIEDAD SIMPLE” POR LA DOCTRINA, teniendo domicilio social y legal en la calle …………………, Nº ……, de la Ciudad de …………………, pudiendo establecer sucursales, filiales y representaciones en el interior o exterior del país.
2. El objeto social de la sociedad será realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros las siguientes actividades: fabricación y elaboración de todo tipo de productos de panificación por horneo, tales como pan de todos los tipos, tradicionalmente conocidos, o que surgieran en el futuro, como pan francés en todas sus variedades, rondín, flauta, flautita, “mignón”, felipón y pan xx xxxxx. Podrá asimismo elaborar y fabricar todo tipo de masa para galletitas con o sin sal, abizcochada, malteada y marinera, pan de viena, xx xxxxxx y de hamburguesa, fugazza, criollo, criollito, roseta, casero, alemán, negro, xx xxxxxxx, de soja, para “sandwich” o de tipo inglés, factura de grasa, de manteca, ya sea salada o dulce, pan dulce, prepizza, pan lácteo de molde entero o en rodajas, tostadas, grisines, palitos, bizcochos dulces y salados, roscas, y especialidades de confitería y pastelería, así como también la confección, fabricación y elaboración de tortas, masas, pasteles, pastas frescas o secas y discos de empanadas. Podrá asimismo dedicarse a la elaboración de postres, confituras, dulces, masas, especialidades de confitería y pastelería, y servicios de lunch para fiestas incluyendo los productos elaborados por cuenta propia y de terceros, bebida con o sin alcohol y cualquier otro artículo de carácter gastronómico.
3. La sociedad tendrá una duración de 30 años, pudiendo subsanarse la misma en términos del art 25 LGS en cualquier tiempo durante el plazo de duración previsto en el contrato a iniciativa de la sociedad o de los socios.
4. El capital social se fija en la suma de ………………… pesos ($ ……), integrado de la siguiente manera: el señor ………………… integró en este acto la suma de ………………… pesos ($ ……) en dinero en efectivo; el señor ………………… integró en este acto la suma de ………………… pesos ($ ……) en dinero en efectivo y el señor ………………… integró en este acto la suma de ………………… pesos ($ ……) en dinero en efectivo.
5. La administración de la sociedad y el uso de la firma social están a cargo indistintamente de todos los socios, debiendo el socio que realice alguna operación en nombre de la sociedad rendir cuentas de su gestión a los demás. A fin de lograr el objeto social, los administradores pueden realizar válidamente todas las operaciones que no estén expresamente prohibidas por este contrato, como ser la venta de la parte indivisa de los bienes inmuebles.
6. El ejercicio financiero concluye todos los 31 del mes de DICIEMBRE de cada año, debiendo en dicha fecha confeccionarse un balance general, que deberá ser firmado por todos los socios, previa aprobación por la reunión de los mismos, dejándose constancia en el libro de actas, que se deberá llevar al efecto de las reuniones de los socios. Aprobado el balance, se procederá, dentro del término de …… días, a distribuir las utilidades conforme con los porcentuales de los capitales integrados por cada socio, previa deducción del ………………… por ciento (……%) de las mismas en concepto de reserva legal y/o eventuales reservas especiales. En igual proporción serán soportadas las pérdidas. Mensualmente los socios podrán realizar retiros a cuenta de las futuras utilidades en la proporción del ………………… por ciento (……%) de su participación. Al efecto, se realizarán balances parciales mensuales con las formalidades estipuladas en el parágrafo anterior, las que se descontarán de la distribución final.
7. Finalizadas las operaciones pendientes para el caso de que uno de los socios solicitare su retiro ante la orden judicial de subsanación de la sociedad, peticionada por los restantes socios en términos del art 25 LGS, se realizará un balance general que deberá ser firmado por todos los socios en la reunión de los mismos previa aprobación, dejándose constancia de ello en el libro de actas mencionado en la cláusula anterior. Fijado el valor de la cuota de capital aportado y de las ganancias pertenecientes al socio renunciante, las mismas les serán reintegradas en …… cuotas mensuales y consecutivas, pagaderas del 1 al 10 de cada mes en el domicilio social, después de …… días de aprobado el balance.
El saldo que quedare en posesión de la sociedad (art 220/221 LGS) por las cuotas aún impagas generará un interés igual al aplicado por el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento de documentos.
8.- En caso de fallecimiento o incapacidad de alguno de los socios, la sociedad continuará si así lo resolviese la mayoría de los socios, al que asistirán y serán escuchados los herederos o representantes del socio desparecido o incapacitado. La sociedad podrá optar por incorporar a los herederos sí estos deseasen hacerlo o proceder al pago de la parte social conforme la cláusula anterior.
9.- Los socios responden frente a los terceros como obligados simplemente mancomunados y por partes iguales.
10.- La sociedad podrá adquirir bienes registrables debiendo acreditar ante el registro su existencia y las facultades de su representante por un acto de reconocimiento de todos quienes afirman ser sus socios. Ese acto debe ser instrumentado en escritura pública o instrumento privado con firma certificada por escribano. El bien se inscribirá a nombre de la sociedad debiéndose indicar la proporción en que participan los socios en la sociedad.
11. La sociedad entrará en liquidación si así lo solicita más de la mitad de sus socios, o si en un ejercicio financiero produjera una pérdida igual o mayor al ………………… por ciento (……%) del capital social. A tal fin, se nombrará un liquidador, que procederá a realizar el activo, a abonar las deudas contraídas y a concluir las operaciones pendientes, finiquitado lo cual se confeccionará el balance general, que deberá ser aprobado conforme con el procedimiento mencionado en la cláusula 6 y se distribuirá el remanente conforme con los porcentuales del capital aportado. El socio, señor…………………, deberá conservar la documentación y los libros de la sociedad por un plazo xx xxxx años desde el último asiento (Art 328 CCC).
12. Para toda notificación, o intimación judicial o extrajudicial, los socios constituyen domicilio especial en sus respectivos domicilios reales denunciados en el acápite, en los que serán válidas todas las que allí se hagan. Asimismo, para cualquier divergencia de alguna cuestión relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan someterse a la competencia de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a toda jurisdicción o fuero que podría corresponderle.
En la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, a los …… días del mes de ………………… de ……, se firman …… ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, quedando el impuesto de sellos a pagar en forma igual por cada uno de los socios.