PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE EXPLOTACIÓN DE LA TIENDA-KIOSCO DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LA PRINCESA DE MADRID
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE EXPLOTACIÓN DE LA TIENDA-KIOSCO DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LA PRINCESA DE MADRID
C.P.A. 42/2007 HUP
1ª.- OBJETO DEL CONTRATO
Tiene por objeto la contratación del servicio de explotación de la Tienda-Kiosco (de prensa y librería), del Hospital Universitario de la Princesa de Madrid, incluyendo la distribución del material por las plantas.
2ª.- ARTÍCULOS DE CONSUMO
2.1. Serán los que a continuación se detallan: Prensa, revistas y libros.
2.2. Queda totalmente prohibida la venta de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, Artículos alimenticios y tabaco.
2.3. Cualquier otro artículo que quiera venderse deberá contar con el Vº Bº de la Dirección del Centro.
3ª.- HORARIO DE SERVICIO
El adjudicatario queda obligado a mantener el servicio de la Tienda-Kiosco permanentemente abierto de 7,00 a 20 horas, excepto el mes xx xxxxxx que estará de 7,00 a 17,00 horas, efectuando simultáneamente el reparto por las diferentes Unidades Hospitalarias de 9,00 a 11,00 horas sin estar dispensado por este motivo de desatender el servicio en la Tienda-Kiosco.
Los domingos y festivos el horario será de 7,30 a 14 horas.
4ª.- USUARIOS
- El personal del propio hospital.
- Los enfermos ingresados que cuenten con autorización facultativa.
- Los familiares y visitantes de los pacientes ingresados.
- Cuantas personas estén autorizadas a entrar o permanecer en el Hospital.
5ª.- CANON DE EXPLOTACIÓN
El oferente propondrá un canon en metálico que abonará al Hospital y que no podrá ser inferior al establecido en la cláusula 3.2. xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
El Servicio Económico Financiero recibirá el abono del canon establecido, en los cinco primeros días hábiles de cada mes.
En caso de prórroga del contrato, el CANON DE EXPLOTACIÓN se revisará de acuerdo con la variación experimentada en los doce meses anteriores por el índice de precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que lo sustituya. Esta revisión se aplicará a los cánones acumulados.
6ª.- ADAPTACIÓN DEL LOCAL
Las empresas concursantes deberán presentar con la oferta un detalle o proyecto de la adaptación que pretenda realizar en el local destinado al Kiosco-Tienda, así como el número y características del mobiliario a instalar.
El proyecto habrá de guardar armonía con el resto de las construcciones, distinguiéndose por la higiene, modernidad y buena decoración, coordinándose su construcción con la Dirección del Centro.
Se valorará el carácter social.
7ª.- UBICACIÓN DEL SERVICIO
El servicio se prestará en un local habilitado para ello proporcionado por el Hospital U. de la Princesa. Serán de cuenta del adjudicatario las obras de adaptación del local, así como el mobiliario (estanterías, mostrador, etc.) y la puerta de acceso de la parte exterior del Kiosco-Tienda.
El acondicionamiento de sus instalaciones tendrá en cuenta la zona donde se ubique este Kiosco-Tienda, debiendo respetar el espacio marcado por el Hospital para la realización del servicio, no poniendo ningún obstáculo e impedimento al tránsito de los usuarios.
El local dispondrá aproximadamente de 10 m2 y estará situado en el xxxx principal del Hospital (C/Xxxxx xx Xxxx, 62)
El proyecto a realizar será visado por la Dirección.
8ª.- LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN
La limpieza interior del local será a cargo del adjudicatario, así como los gastos ordinarios de conservación y MANTENIMIENTO DE LOS LOCALES.
9ª.- PERSONAL
Si el adjudicatario precisase la colaboración de otra/s persona/s para atender el Kiosco- Tienda, serán contratadas por cuenta y riesgo de aquel.
El propio adjudicatario y sus empleados no tendrán derecho ni vinculación alguna con el Servicio Madrileño de Salud ni con el Hospital.
Los empleados dependerán única y exclusivamente del adjudicatario con arreglo a la legislación laboral y social vigente en cada momento, sin que en ningún caso resulte responsable el SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD ni el Hospital de las obligaciones nacidas entre el adjudicatario y su personal, aunque los despidos y demás medidas que adopten sean como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del contrato de explotación del Kiosco- Tienda que se establezca entre el SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD Y EL ADJUDICATARIO.
10ª.- RESPONSABILIDAD
Ni el SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD, ni el Hospital serán responsables de las pérdidas, robos o deterioros de las instalaciones de propiedad del adjudicatario, ni de los artículos existentes en el Kiosco-Tienda, cualquiera que fuere su causa (incendios, inundaciones, etc.)
El adjudicatario se compromete a no utilizar el nombre del Servicio Madrileño de Salud, ni el del Hospital, en sus relaciones con terceras personas a efectos de facturaciones o de cualquier otra obligación que pudiera tener, haciéndose directamente responsable de las obligaciones que contraiga.
CONCURSO PROCEDIMIENTO ABIERTO 42 / 2007 HUP.
Una vez elaborado el pliego de prescripciones técnicas correspondientes al Concurso mediante Procedimiento Abierto 42/2007 HUP, y para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 51.1 del R. D. Legislativo 2/2000 de 16 xx xxxxx por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (B.O.E. 148 de 21 xx xxxxx de 2000), el Director Gerente del Hospital Universitario de la Princesa, en uso de las atribuciones que le confiere la Resolución de 11 de enero de 2007, de la Directora General del Servicio Madrileño de Salud, de delegación de competencias en materia de contratación y gestión presupuestaria en los Gerentes de Atención Especializada, Atención Primaria, Servicio de Urgencias Médicas de Madrid y Centro de Transfusión, apartado segundo (B.O.C.M. núm. 15, de 18 de enero de 2007).
RESUELVE:
Aprobar dicho pliego para el mencionado Concurso procedimiento abierto.
Madrid, a 14 de noviembre de 2007 EL DIRECTOR GERENTE
Fdº: Xxxxx XXXXX XXXXXX