CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NÚMERO
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NÚMERO
DATOS CONTRATISTA
CONTRATISTA: | |
IDENTIFICACIÓN: | C.C. DE |
DATOS CONTRATANTE
CONTRATANTE: | |
NIT: | |
REPRESENTANTE LEGAL | |
IDENTIFICACIÓN | |
DIRECCIÓN: | |
TELÉFONO: |
Las partes hemos acordado celebrar el presente contrato, el cual se regirá por las estipulaciones contenidas en el Manual de contratación del Canal, adoptado mediante el Acuerdo No. 008 de 2017, en especial lo contenido en el literal E numeral 3 del artículo 37 y, las demás normas legales y reglamentarias concordantes de derecho privado; al tenor de las siguientes cláusulas:
PRIMERA. - OBJETO: (Es susceptible a cambios conforme a la necesidad de TEVEANDINA LTDA.) Prestar sus servicios de manera autónoma e independiente como _. Todo de conformidad con la naturaleza del servicio y la propuesta presentada por el contratista la cual hace parte integral del presente contrato.
SEGUNDA. - OBLIGACIONES GENERALES: (Es susceptible a cambios conforme a la necesidad de TEVEANDINA LTDA.)
1. EL CONTRATISTA prestará sus servicios de manera autónoma e independiente.
2. EL CONTRATISTA debe garantizar la disponibilidad inmediata para dar cumplimiento a los requerimientos del presente contrato y de los proyectos que se le asignen.
3. Contar con los elementos técnicos y/o tecnológicos necesarios para el cumplimiento efectivo del objeto contractual y las obligaciones del presente contrato, de acuerdo con las necesidades planteadas por TEVEANDINA LTDA y de conformidad con lo establecido en la circular No. 022 de 2020. En los casos en que por seguridad de la información o donde las actividades requieren equipos robustos para procesamiento multimedia, audiovisual, entre otros, la entidad evaluará la asignación de dichos equipos a los colaboradores.
4. Garantizar que los equipos técnicos y/o tecnológicos utilizados para el cumplimiento del objeto contractual estén en perfectas condiciones de funcionamiento para cada una de las actividades a desarrollar, así como remplazar los que presenten daños o averías, en caso de que se requiera, sin que esto genere un costo adicional para TEVEANDINA LTDA.
5. Entregar a la Dirección Jurídica y Administrativa de TEVEANDINA LTDA., cuando así lo requiera, las garantías que le sean solicitadas a más tardar dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato para su revisión y aprobación.
6. Conocer y dar cumplimiento a las políticas, directrices y documentos de TEVEANDINA LTDA. (actos administrativos, manuales, procedimientos, circulares, formatos, entre otros), que conforman el Sistema de Gestión de Calidad, Control Interno y demás que resulten aplicables.
7. Cuando aplique, el CONTRATISTA realizará los desplazamientos, a nivel Nacional e internacional que la gerencia de la entidad le encomiende. El contratista dentro de los términos estipulados por la entidad a la finalización del viaje o desplazamiento deberá legalizar los gastos de desplazamiento conforme con los tiempos y procedimientos establecidos en las Resoluciones y/o Circulares y demás normas que las adicionen, modifiquen o aclaren.
8. Dar cumplimento de acuerdo con la Ley 2013 de 2019 a lo referente con la publicación y divulgación de la declaración de bienes y rentas, del registro de conflictos de interés y la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, en los términos establecidos por la Ley para tal fin según aplique.
9. Realizar y entregar en la primera cuenta de cobro, el soporte de haber realizado la capitación virtual sobre el código de integridad del servidor público, con el fin de fortalecer y promover la integridad, la transparencia y la lucha contra la corrupción, de acuerdo con lo establecido por la Ley 2016 de 2020.
10. El contratista dará cumplimiento a los parámetros de TEVEANDINA LTDA., respecto de la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1072 de 2015, Resolución 0312 de 2019 y demás normas que adicionen, modifiquen, aclaren y apliquen sobre la materia, en atención a la siguiente descripción:
NIVEL OPERATIVO:
• Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud.
• Reportar inmediatamente a la Dirección Jurídica y Administrativa, al profesional del SGSST y a su supervisor designado los accidentes de trabajo que se presenten, incidentes y enfermedades diagnosticadas como laborales.
• Asistir a las capacitaciones que desarrolle la entidad en temas de seguridad y salud en el trabajo, definidas en el Plan Institucional de la entidad, así como las demás capacitaciones que sean programadas internamente y que se encuentren relacionadas con el mejoramiento continuo de sus competencias para el cumplimiento del objeto contratado.
• Xxxxxxxx, participar y contribuir con el cumplimiento de la política y los objetivos del SG-SST de la entidad.
• Velar por el mantenimiento del orden y aseo del lugar asignado por la entidad para el desarrollo de sus obligaciones contractuales.
• Contar con los elementos de protección personal necesarios en atención a lo estipulado en la circular interna N°012 de 2018, dentro de lo cual, cuando las actividades propias para el cumplimiento de sus obligaciones así lo requieran, el uso y porte adecuado de dichos implementos será obligatorio.
• Contar con la certificación o curso en alturas cuando las actividades propias para el cumplimiento de sus obligaciones así lo requieran, en virtud de lo reglamentado en la Resolución N°1409 de 2012.
LIDERES Y RESPONSABLES DE ÁREA Y/O PROCESO:
• Xxxxxxxx, participar, velar y contribuir en la ejecución permanente del SG-SST de la entidad en el marco de la normatividad vigente aplicable.
• Reportar inmediatamente a la Dirección Jurídica y Administrativa, al profesional del SGSST los accidentes de trabajo que se presenten, incidentes y enfermedades diagnosticadas como laborales de los contratistas a su cargo.
• Participar en las investigaciones de accidentes, incidentes y enfermedades como supervisor, en caso de presentarse con algún contratista a su cargo.
• Promover y garantizar la asistencia de los contratistas a su cargo a las capacitaciones que sean programadas internamente en desarrollo del Plan Institucional de Capacitación de la entidad, así como asistir a las que le sean convocadas.
• Velar por el mantenimiento del orden y aseo del lugar asignado por la entidad para el desarrollo de sus obligaciones contractuales.
• Verificar que los contratistas a su cargo, cuando así lo requieran, porten para el desarrollo de sus actividades los elementos de protección personal necesarios en atención a lo estipulado en la circular interna N°012 de 2018, así como la certificación o curso en alturas, en virtud de lo reglamentado en la Resolución N°1409 de 2012.
11. Presentar la factura o cuenta de cobro, según corresponda, con la periodicidad acordada en la respectiva cláusula de Forma de Pago, de acuerdo con los procedimientos establecidos. En el evento de no hacerlo, EL CONTRATISTA acepta asumir el valor por la eventual sanción de corrección, retenciones o intereses que tal omisión genere en contra de TEVEANDINA LTDA., y de EL CONTRATISTA, en la proporción que corresponda, de acuerdo con las
disposiciones contables y tributarias aplicables.
12. De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 1150 del 2007 y la Ley 1562 de 2012 EL CONTRATISTA debe: a) Estar afiliado a un fondo de pensiones; b) Estar afiliado a una entidad promotora de salud - EPS; c) Estar afiliado a una administradora de riesgos laborales y, d) Realizar los aportes a salud, pensión y riesgos laborales con un ingreso base de cotización (IBC) igual al establecido por la normatividad legal. De igual forma asumir bajo su cuenta y riesgos cualquier responsabilidad por el no cumplimiento oportuno de sus afiliaciones, ante las autoridades correspondientes.
13. Es responsabilidad del CONTRATISTA informar y mantener actualizada la información contenida en el certificado de clasificación tributaria para personas naturales, y los soportes respectivos para hacerse acreedor al beneficio de que trata la Ley 1607 de 2012 para la aplicación de la retención en xx xxxxxx.
00. Responder por la ineficiente e inadecuada o irregular prestación del servicio del presente contrato que haya atendido en DEFENSA DE TEVEANDINA LTDA., en el evento que cualquier usuario accione civil, administrativa, disciplinaria, penal, o demás responsabilidades a que haya lugar por ocasión de la prestación de servicio contratado; así como por los daños que ocasione a los equipos, inmobiliario, instrumentos y demás elementos puestos a su disposición para su uso y ejercicio. En caso de daño inherente a su responsabilidad que no obedezca a circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, restituirlos por otros de iguales o superior calidad.
15. Obrar con lealtad y buena fe evitando dilaciones y en trabamientos que puedan presentarse durante la ejecución del contrato.
16. Tratar con respeto, imparcialidad y rectitud al personal de TEVEANDINA LTDA., como a las demás personas con que tenga relación con ocasión a la prestación del servicio; observando la moral y las buenas costumbres.
17. Presentar los informes o entregables solicitados, con la periodicidad pactada o cuando sean requeridos por la supervisión designada, que contenga el detalle consolidado del cumplimiento o desarrollo del objeto contractual.
18. Para efectos del último pago pactado, EL CONTRATISTA a la presentación del informe final deberá tramitar y entregar el acta de finalización y cierre (si aplica), junto con el paz y salvo correspondiente, así como la información (Backup SharePoint), usuarios y claves de acceso, documentos e informes generados durante la ejecución del contrato y demás que le sean solicitados por la supervisión designada.
19. EL CONTRATISTA deberá devolver una vez finalizado su contrato, el carné que lo acredita como contratista de la Entidad, tarjeta de ingreso y demás elementos que le hayan sido entregados por el Canal para facilitar la ejecución del contrato.
20. Las demás inherentes a la naturaleza del contrato y cumplimiento del objeto
TERCERA. - OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE EL CONTRATISTA: El CONTRATISTA se obliga con
TEVEANDINA LTDA., a dar cumplimiento de las siguientes obligaciones y actividades:
1. _
2. _
3. _
4. _
CUARTA. - OBLIGACIONES DE TEVEANDINA LTDA.: EL CONTRATANTE deberá cumplir con las
obligaciones descritas a continuación:
1. Pagar el valor del contrato de la forma establecida en la cláusula de forma de pago.
2. Realizar las observaciones pertinentes a EL CONTRATISTA con ocasión del desarrollo del contrato.
3. Formular las sugerencias por escrito sobre los asuntos que estime convenientes en el desarrollo del contrato para la buena ejecución del objeto y obligaciones pactadas
QUINTA. - VALOR DEL CONTRATO: El valor del contrato por concepto de honorarios será de xxxxx
PESOS M/CTE ($ ), incluidos todos los costos e impuestos a que haya lugar.
Este valor incluye los costos y gastos asociados al cumplimiento del objetivo contractual.
No. DE CDP: 201_000
CÓDIGO PRESUPUESTAL
SEXTA. - FORMA DE PAGO: TEVEANDINA LTDA., pagará a EL CONTRATISTA el valor del contrato de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, de la siguiente manera: (Es susceptible a cambios conforme a la necesidad de TEVEANDINA LTDA.)
• Un (1) primer pago por los días efectivamente ejecutados desde la fecha de suscripción del acta de inicio del contrato hasta el _, por el valor de hasta _ PESOS M/CTE ($ _), incluidos todos los impuestos a que haya lugar.
• Seis (6) pagos mes vencido, cada uno por valor de M/CTE ($ ), incluidos todos los impuestos a que haya lugar.
• Un (1) último pago por los días efectivamente ejecutados hasta el , por el valor de hasta
M/CTE ($ ), incluidos todos los impuestos a que haya lugar.
PARÁGRAFO PRIMERO: Para efectos de determinar la proporción del mes correspondiente, se deberá calcular dividiendo el valor del mes en 30 días y multiplicándolo por el número de días efectivamente ejecutados.
Todos los pagos se efectuarán a partir de los ocho (08) días hábiles siguientes a la radicación de la factura o documento equivalente acompañado de la certificación de cumplimiento a satisfacción expedida por el supervisor designado por la entidad y los demás soportes, en la Coordinación de Contabilidad. TEVEANDINA LTDA., hará las retenciones tributarias a que haya lugar, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. obstante, lo anterior TODOS LOS PAGOS SIN EXCEPCIÓN, se encuentran sujetos a los desembolsos efectuados dentro del Convenio suscrito con _.
SÉPTIMA. - PLAZO DE EJECUCIÓN: Hasta el _, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y registro presupuestal y aprobación de pólizas (si aplica).
OCTAVA. - SUPERVISOR: La supervisión será efectuada por (CARGO SUPERVISOR DE XXXXXX) o quien (es) la GERENCIA designe para tal fin.
NOVENA.- FUNCIONES DEL SUPERVISOR: En cumplimiento de los parámetros legales así como el Manual de Supervisión adoptado por la Entidad el supervisor del Contrato deberá realizar el seguimiento técnico, administrativo, financiero y jurídico, por consiguiente, tendrá como obligaciones principales las siguientes: 1) Vigilar, controlar y coordinar el cabal cumplimiento de las actividades a efecto de lograr el correcto desarrollo del contrato; 2) Aprobar la solicitud de pago que EL CONTRATISTA le presente, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el contrato; 3) Impartir instrucciones o recomendaciones y formular observaciones que estime convenientes sobre el desarrollo del contrato, pero siempre enmarcadas dentro de los términos del mismo; 4) Solicitar las adiciones, prórrogas o modificaciones al contrato, cuando sea procedente, las cuales deben de estar debidamente justificadas y motivadas, con la presentación de los soportes a que dé lugar; 5) Revisar los informes que presente EL CONTRATISTA; 6) Informar oportunamente a TEVEANDINA LTDA. Sobre el desarrollo del contrato o bien sobre sus incumplimientos; 7) Las demás que fueren necesarias para vigilar el cabal cumplimiento del objeto contractual.
PARÁGRAFO: En caso de presentarse un presunto incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA o la existencia de obligaciones pendientes derivadas del objeto contractual, el supervisor deberá informar al ordenador del gasto y dejará constancia de tales circunstancias de manera clara, expresa y exigible.
DÉCIMA. - GARANTÍAS: (Es susceptible a cambios conforme a la necesidad de TEVEANDINA LTDA.)
EL CONTRATISTA deberá constituir a favor de TEVEANDINA LTDA., póliza de cumplimiento ante entidades públicas con régimen privado de contratación o garantía bancaria, expedida por una entidad debidamente constituida y autorizada para funcionar en Colombia, que cubra los siguientes amparos:
• CUMPLIMIENTO: Por cuantía equivalente al diez (10) % del valor total del contrato con una vigencia igual al plazo de ejecución y seis (6) meses más contados a partir de la fecha de expedición de la póliza de manera correcta.
• CALIDAD DEL SERVICIO: Por cuantía equivalente al diez (10) % del valor total del contrato con una vigencia igual al plazo de ejecución y seis (6) meses más contados a partir de la fecha de expedición de la póliza de manera correcta.
PARÁGRAFO: En el evento de presentarse adiciones, prórrogas y/o modificaciones del contrato, EL CONTRATISTA deberá modificar la garantía en los términos que cada uno de estos documentos establezca. EL CONTRATISTA deberá allegar el recibo de pago de las pólizas expedido por la Aseguradora donde conste el pago xx xxxxxx por parte suya.
DÉCIMA PRIMERA. - SUSPENSIÓN: De común acuerdo entre las partes, se podrá suspender la ejecución del contrato, mediante la suscripción del documento correspondiente. La(s) suspensión(es) no modificará(n) el plazo de ejecución del contrato, ni la forma de pago.
DÉCIMA SEGUNDA. - CESIÓN: El contrato se celebra en consideración a la calidad de EL CONTRATISTA y no podrá cederlo total ni parcialmente, sin el consentimiento expreso, previo y escrito de TEVEANDINA LTDA., previa solicitud por escrito con cinco (5) días hábiles de anticipación, de conformidad con la Circular 003 de 2017.
DÉCIMA TERCERA. – MODIFICACIÓN, TERMINACIÓN ANTICIPADA O PRÓRROGA: De común
acuerdo entre las partes, se podrá dar por terminado el contrato antes de su vencimiento o prorrogarse su vigencia, previa solicitud por escrito con cinco (5) días hábiles de anticipación, de conformidad con la Circular 003 de 2017. En caso de terminación anticipada, habrá lugar al pago de servicios efectivamente prestados, liquidados en forma proporcional al tiempo de servicio.
DÉCIMA CUARTA. - CLAUSULA PENAL PECUNIARIA Y MULTAS: En caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones del presente Contrato, EL CONTRATISTA debe pagar a TEVEANDINA LTDA., a título de indemnización, una suma equivalente a el veinte por ciento (20%) del valor total del contrato. El valor pactado de la presente cláusula penal es el de la estimación anticipada de perjuicios, no obstante, la presente cláusula no impide el cobro de todos los perjuicios adicionales que se causen sobre el citado valor. Este valor puede ser compensado con los montos que TEVEANDINA LTDA. adeude al Contratista con ocasión de la ejecución del presente contrato, de conformidad con las reglas del Código Civil. TEVEANDINA LTDA. podrá hacer efectivo el valor de la cláusula penal descontándola del saldo a su favor del contratista en desarrollo del contrato. Así mismo podrá cobrar MULTAS en el evento en que EL CONTRATISTA incurra en xxxx o en incumplimiento parcial a cualquier obligación contraída en el presente contrato, equivalente al
cinco (5%) del valor total del contrato, sin perjuicio a que TEVEANDINA LTDA., haga efectiva la cláusula penal. En todo caso, TEVEANDINA LTDA. podrá acudir ante las autoridades competentes para reclamar por el mayor perjuicio ocasionado por el incumplimiento.
DÉCIMA QUINTA. - INDEPENDENCIA Y AUTONOMÍA DE EL CONTRATISTA: De acuerdo a la
naturaleza del Contrato, EL CONTRATISTA prestará los servicios objeto del mismo, de forma independiente, sin subordinación o vinculación laboral de ninguna naturaleza con TEVEANDINA LTDA. EL CONTRATISTA actuará con plena autonomía, asumirá sus propios riesgos y utilizará sus medios y recursos y no será agente, ni mandatario o representante de TEVEANDINA LTDA., ni lo obligará con terceros, salvo en aquellos casos donde se medie poder especial para adelantar determinadas actuaciones.
DÉCIMA SEXTA.- LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO: EL CONTRATISTA
manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la suscripción del contrato, que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de éste contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas. Para efectos de lo anterior EL CONTRATISTA autoriza expresamente a TEVEANDINA LTDA.., para consultar los listados, sistemas de información y base de datos a los que haya lugar y, de encontrar algún reporte, TEVEANDINA LTDA., procederá a adelantar las acciones contractuales y/o legales que corresponda.
DÉCIMA SÉPTIMA. - SUBCONTRATOS: El (la) contratista no podrá subcontratar el presente contrato a persona natural o jurídica, nacional o extranjera alguna. En todos los casos el (la) contratista es el único responsable.
DÉCIMA OCTAVA. - EXCLUSIÓN LABORAL: Dada su naturaleza jurídica el presente contrato no constituye ni produce relación laboral alguna, por lo cual EL CONTRATISTA no adquiere vínculo laboral alguno con TEVEANDINA LTDA. y es el único responsable de la prestación del servicio. En consecuencia, no tendrá derecho a reconocimiento de ningún otro emolumento distinto al pago del valor determinado del presente contrato.
DÉCIMA NOVENA. - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA declara bajo la
gravedad de juramento, que no se encuentra incurso en causal alguna de incompatibilidad, inhabilidad o prohibición, de las establecidas por la Constitución Política y los artículos 8 de la Ley 80 de 1993; 60 de la Ley 610 de 2000; 50 de la Ley 789 de 2002, 38 de la Ley 1474 de 2011 o en otras disposiciones de orden legal. En el evento de sobrevenir cualquier causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición, EL CONTRATISTA deberá dar aviso inmediato a TEVEANDINA LTDA.
VIGÉSIMA. - DERECHOS DE AUTOR: El CONTRATISTA cede a TEVEANDINA LTDA., mediante el presente contrato los derechos patrimoniales sobre las creaciones intelectuales protegidas por la propiedad intelectual, tales como, obras, interpretaciones, fonogramas, marcas, diseños, entre otras, desarrolladas dentro de la ejecución del contrato. La presente cesión se realiza de manera gratuita por el plazo máximo que otorga la ley colombiana y en una extensión territorial de todos los países del mundo. En tal sentido, TEVEANDINA LTDA., como único titular de los derechos, podrá reproducir, comunicar al público, poner a disposición, transformar, distribuir, modificar, adaptar, editar, re-editar, traducir, explotar comercialmente, transmitir, retransmitir, otorgar licencias, transferir derechos, y demás formas de explotación conocidas o por conocer mediante cualquier formato y/o canal analógico, digital, radiodifundido o de cualquier naturaleza. TEVEANDINA LTDA., tendrá derecho a decidir a su discreción, la forma y el momento en que ejercerá los derechos patrimoniales que recaen sobre las creaciones intelectuales cedidas, incluyendo la
manera y el momento en que iniciará, suspenderá o reiniciará su uso. TEVEANDINA LTDA., en su discrecionalidad podrá realizar los trámites de registro correspondientes a que haya lugar tanto en Colombia como en el mundo.
VIGÉSIMA PRIMERA. - USO DE CONTENIDOS: EL CONTRATISTA se obliga a solicitar todas las autorizaciones correspondientes para el uso de obras, interpretaciones, fonogramas, emisiones, marcas, locaciones, imagen, y demás derechos de terceras personas, a los titulares respectivos, sus representantes o a las sociedades de gestión colectiva a que haya lugar, y que serán utilizadas y/o incluidas en producciones audiovisuales, fotografías, diseños, documentos y demás formatos existentes tanto analógicos como digitales. En los casos que aplique, EL CONTRATISTA se obliga a usar exclusivamente música original o de la biblioteca musical de la cual dispone el Canal a la fecha, en cumplimiento de la Circular 009 de 2016 expedida por la Gerencia, para tal efecto y con ello se prohíbe el uso de música incidental que no cuente con la autorización de los supervisores del Contrato. De no dar cumplimiento, será responsable por el pago de derechos de autor, conexos, propiedad industrial o imagen, sobre lo utilizado en la producción audiovisual, fotográfica, documental, de diseño, o de cualquier naturaleza que se contrata mediante el presente instrumento. En consecuencia, le corresponde disponer en el presupuesto de cada proyecto, de los recursos necesarios para sufragar los gastos en que incurra frente a los titulares o las sociedades de gestión colectiva correspondiente. El CONTRATISTA garantiza la indemnidad del Canal en los términos pactados en el presente contrato y, en caso de cualquier reclamación de titulares de derechos o de autoridades judiciales o administrativas, por la emisión y/o utilización por cualquier medio de transmisión por el Canal o por la señal de cualquier otro Canal de televisión, se hará responsable del pago de derechos e indemnizaciones que surjan como consecuencia del uso no autorizado.
VIGÉSIMA SEGUNDA. - INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA mantendrá indemne y defenderá a su propio costo a TEVEANDINA LTDA. de cualquier pleito, queja o demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo costo y gastos provenientes de actos y omisiones de EL CONTRATISTA en el desarrollo de este contrato. EL CONTRATISTA se obliga a evitar que sus acreedores, sus proveedores y/o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra de TEVEANDINA LTDA., con ocasión o por razón de acciones u omisiones suyas, relacionadas con la ejecución del contrato.
VIGÉSIMA TERCERA.- CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN: EL CONTRATISTA adquiere las
obligaciones de: a) Guardar confidencialidad sobre la información que obtenga de TEVEANDINA LTDA. en desarrollo del objeto contractual; b) Abstenerse en cualquier tiempo de divulgar, parcial o totalmente la información confidencial y/o privilegiada a cualquier persona natural o jurídica, entidades gubernamentales o privadas, excepto en los casos en que TEVEANDINA LTDA. se lo llegaré a solicitar o que sea requerido legalmente por autoridades judiciales, gubernamentales o regulatorias, siempre y cuando la información confidencial y/o privilegiada se entregue a la mencionada autoridad cumpliendo con los mecanismos de cuidado, protección y manejo responsable de la información estipulados en esta Cláusula, previa notificación a TEVEANDINA LTDA. con el fin de que pueda tomar las acciones administrativas y judiciales pertinentes.
PARÁGRAFO: Para todos los efectos del presente contrato se entiende por “Información Confidencial” toda aquella información relativa a fórmulas, procesos, herramientas, diseños, aplicaciones, desarrollos, invenciones, productos, subproductos, componentes, materiales y todos los demás activos tangibles e intangibles con valor comercial, que directa o indirectamente sea suministrado en virtud o con ocasión al desarrollo de su objeto y ejecución contractual. Así mismo toda la propiedad industrial, intelectual, artística y/o científica, incluyendo, pero sin limitarse a derechos, marcas, patentes, derechos de autor, invenciones y/o secretos industriales, que sean entregados por TEVEANDINA LTDA..; y c) EL CONTRATISTA se obliga solo a utilizar la información confidencial únicamente para efectos de realizar las operaciones que se acuerden.
VIGÉSIMA CUARTA. - BUEN MANEJO DE LOS ELEMENTOS: El presente contrato constituye para el CONTRATISTA, título de tenencia de uso de TEVEANDINA LTDA. que en desarrollo del mismo deba operar o manejar. Sin embargo, tal tenencia se restringe y limita a los momentos o periodos de ejecución del servicio contratado. Cuando por causa debidamente comprobada imputable a EL CONTRATISTA, se cause daño o pérdida total o parcial de los bienes que en cumplimiento del presente contrato EL CONTRATISTA deba manipular, operar o manejar, este responderá ante la compañía aseguradora por dichos bienes, la cual podrá repetir por tal hecho contra EL CONTRATISTA: o bien, EL CONTRATISTA podrá reintegrar o reparar a TEVEANDINA LTDA. el bien afectado.
PARAGRAFO: La entrega de los bienes se deberá efectuar una vez finalizado el plazo del contrato a través del supervisor(a) del mismo. La relación de los bienes que le fueron entregados al contratista y que son objeto de devolución debe constar, bien sea, en la correspondiente acta de liquidación del contrato o en certificación emitida por el responsable de inventarios de la entidad o quien haga sus veces.
VIGÉSIMA QUINTA. - DOCUMENTO DE CIERRE: El presente contrato será susceptible de Acta de Finalización y Cierre.
VIGÉSIMA SEXTA. - CAUSALES DE TERMINACIÓN: el presente contrato se puede dar por terminado en los siguientes casos: a) Por mutuo acuerdo entre las partes; b) Por incumplimiento de las obligaciones contraídas por las partes; c) Por vencimiento del plazo pactado o cumplimiento del objeto contractual.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Las controversias o diferencias que surjan entre EL CONTRATISTA y TEVEANDINA LTDA., con ocasión del contrato, serán sometidas a la revisión de las partes para buscar un arreglo directo, en un término no mayor a cinco (5) días hábiles a partir de la fecha en que cualquiera de las partes comunique por escrito a la otra la existencia de una diferencia debidamente sustentada.
Las controversias que no puedan ser resueltas de forma directa entre las partes, se resolverá a través de los mecanismos alternativos de solución de conflictos contemplados en la Ley.
VIGÉSIMA OCTAVA. - DOCUMENTOS: Hacen parte integral del presente contrato, todos los documentos que dieron origen al mismo y los que se suscriban en virtud de su ejecución.
VIGÉSIMA NOVENA. - REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN: El presente
contrato se perfecciona con el acuerdo de voluntades de las partes, la firma de las partes, la suscripción del mismo y para su ejecución la expedición del registro presupuestal, aprobación de póliza y la suscripción del acta de inicio por el supervisor del Contrato y EL CONTRATISTA, cuando el contrato así lo requiera.
PARAGRAFO: Los documentos para la legalización del contrato a cargo del CONTRATISTA y del SUPERVISOR deberán ser allegados dentro de los tres días siguientes a la suscripción de este.
Cuando sea requisito de ejecución del contrato la suscripción del acta de inicio deberá ser allegada dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la aprobación de la garantía.
TRIGÉSIMA. - AUTORIZACIÓN Y USO DE DATOS PERSONALES: En virtud de lo estipulado en la Ley 1581 de 2012, EL CONTRATISTA autoriza al CONTRATANTE para el tratamiento de
sus datos personales, según la política de protección de datos personales de TEVEANDINA LTDA., del mismo modo, el CONTRATANTE manifiesta que ha sido informado por EL CONTRATISTA de lo siguiente:
· Que EL CONTRATANTE actuará como responsable del tratamiento de los datos personales que suministro y de los cuales soy titular.
· De la misma manera EL CONTRATANTE podrá recolectar, usar y tratar los datos personales de EL CON- TRATISTA conforme a la Política de tratamiento.
· EL CONTRATANTE le informa al CONTRATISTA la (s) finalidad (es) de la recolección de los datos perso- nales.
· Es de carácter facultativo o voluntario responder preguntas que versen sobre Datos Sensibles o sobre menores de edad.
· EL CONTRATANTE garantizará la confidencialidad, libertad, seguridad, veracidad, transparencia, acceso y circulación restringida de mis datos y se reservará el derecho de modificar su Política de Tratamiento de Da- tos Personales en cualquier momento. Cualquier cambio será informado.
TRIGÉSIMA PRIMERA. - DOMICILIO: Las partes acuerdan que el domicilio contractual es la ciudad de Bogotá D.C.
Para constancia se firma a los
POR EL CANAL POR EL CONTRATISTA
(nombre) GERENTE | (nombre) C.C. DE | |
Elaboró: – Contrato PS Revisó: – Contrato PS Aprobó: – Contrato PS | de 2019 de 2019 de 2019 |
“Quienes proyectamos, revisamos y aprobamos, declaramos dentro de nuestra responsabilidad y competencia, que el presente documento lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y por lo tanto bajo nuestra responsabilidad lo recomendamos para la firma del representante legal”.