PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CANTINA DE LA INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPAL DE LA APARECIDA, MEDIANTE EL ARRENDAMIENTO DE LAS INSTALACIONES.
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CANTINA DE LA INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPAL DE LA APARECIDA, MEDIANTE EL ARRENDAMIENTO DE LAS INSTALACIONES.
1ª.- Objeto del Contrato
El objeto del contrato es la prestación por concurso, del Servicio de Cantina de la instalación deportiva municipal de La Aparecida, mediante el arrendamiento de las instalaciones y bienes que lo integran, que este Ayuntamiento adscribe al servicio, conservando su titularidad.
2ª.- Precio o Canon.
Los proponentes deberán ofertar un precio mensual mínimo de 100 €, mejorables al alza a favor del Ayuntamiento.
El precio deberá ingresarse en Tesorería por mensualidades anticipadas y la demora llevará aneja la obligación de abonar intereses a razón del interés legal del dinero, sin perjuicio del derecho del Ayuntamiento a declarar la caducidad de la concesión e incluso incautarse del mobiliario y género por valor de lo adeudado.
3ª.- Plazo del Arrendamiento.
El arrendamiento tendrá una duración de dos años, contados a partir de la fecha en que el licitador seleccionado reciba la notificación de la adjudicación del contrato, con posibilidad de prórroga anual, si no se denuncia por cualquiera de las partes con dos meses de antelación a su vencimiento, hasta un máximo de cinco años.
Se considera siempre implícita en el arrendamiento, la facultad de resolverlo antes de su vencimiento, si lo justifican circunstancias sobrevenidas de interés público.
4ª.- Criterios que han de servir de Base para la Adjudicación del Arrendamiento.
El solicitante deberá disponer del Certificado de Manipulación de Alimentos expedido por el órgano oficial para concurrir a la concesión de este servicio.
1.- Oferta Económica. Hasta 51 puntos.
Al proponente con el precio más alto se le concederán 51 puntos y al resto se les puntuará de forma proporcional, establecido con arreglo a la siguiente formula:
Oferta considerada (€) Puntuación = 51 x
Mejor oferta (€)
2.- Calidad en la prestación del servicio: hasta 49 puntos.
Para valorar dicho criterio licitadores deberán presentar una Memoria o Proyecto de Trabajo en el que se especifiquen cuantas actividades, actuaciones y recursos vaya a realizar el licitador en la prestación del servicio en caso de que sea designado adjudicatario, incluyendo:
- la organización del servicio que va a prestar
- y las mejoras de interés social y comunitario que ofrece, tanto en la prestación del servicio como en el espacio público donde está ubicado el local:
La Memoria o Proyecto deberá tener la amplitud necesaria para que el Ayuntamiento pueda valorar en su integridad el servicio que posteriormente vaya a prestar el adjudicatario.
La Memoria o Proyecto de trabajo deberá ser firmada por el licitador, y el incumplimiento de los compromisos adoptados en la misma será causa suficiente para la resolución del contrato. La Memoria se considerará parte integrante del contrato y deberá ser cumplida en su integridad.
5ª.- Derechos y Obligaciones de las Partes.
5.1. Derechos del Ayuntamiento:
El Ayuntamiento es titular del servicio que presta de forma indirecta, mediante el arrendamiento de las instalaciones, ostentando este servicio, en todo momento, la calificación del servicio público del Ayuntamiento, cuya competencia tiene atribuida, lo que justifica el control de su gestión y la inspección del servicio en todo momento, conservando los poderes de policía necesarios para asegurar la buena marcha del servicio de que se trate, que puede ser modificado y suprimido.
El ayuntamiento ostentará, sin prejuicio de las que procedan, las potestades siguientes:
1º.- Modificar por razones de interés público, las características del servicio contratado y las tarifas que han de ser abonadas por los usuarios y, entre otras:
a) La variación de calidad, cantidad, tiempo o lugar de las prestaciones en que el servicio consista, y
b) La alteración de las tarifas a cargo del público y en la forma de retribución del arrendatario.
2º.- Fiscalizar a través del Concejal de Deportes y/o de los Técnicos Municipales del Área, la gestión del arrendatario, a cuyo efecto podrá inspeccionar el servicio, sus obras, instalaciones y locales y la documentación relacionada con el objeto del arriendo, y dictar las órdenes para mantener o restablecer la debida prestación.
3º.- Asumir temporalmente la ejecución directa del servicio en los casos en que no lo prestare o no lo pudiere prestar el arrendatario, por circunstancias imputables o no al mismo.
4º.- Imponer al arrendatario las correcciones pertinentes por razón de las infracciones que cometiere.
5º.- Rescatar el arriendo.
6º.- Suprimir el servicio.
5.2 Obligaciones del Ayuntamiento:
1º.- Poner a disposición del arrendatario los bienes e instalaciones convenidas.
2º.- Otorgar al arrendatario la protección adecuada para que pueda prestar el servicio debidamente.
3º.- Mantener el equilibrio de los supuestos económicos que fueron considerados como básicos en la adjudicación del contrato, para lo cual:
a) Compensará económicamente al arrendatario por razón de las modificaciones que le ordenare introducción en el servicio y que incrementaren los costos o disminuyeren la retribución, y
b) Revisará las tarifas y subvenciones cuando, aún sin mediar modificaciones en el servicio, circunstancias sobrevenidas e imprevisibles determinaren, en cualquier sentido, la ruptura de la economía del arriendo.
4º.- Indemnizar al arrendatario por los daños y prejuicios que le ocasionare la xxxxxxxx directa de la gestión del servicio, si ésta se produjere por motivos de interés público independientes que culpa del arrendamiento.
5º.- Indemnizar al arrendatario por el rescate del arriendo o en caso de supresión del servicio.
6º.- Responder ante terceros, con carácter subsidiario, de los daños derivados del funcionamiento del servicio, en caso de insolvencia del contratista.
7º.- Autorizar los precios que deban servirse del público por los servicios y consumiciones que se sirvan.
5.3. Derechos del Arrendatario.
- Los derechos que se derivan del contrato, adquiriendo la simple tendencia de las obras e instalaciones.
- Percibir las tarifas del servicio, sujetas a revisión.
5.4. Obligaciones del Arrendatario:
I. Prestar el servicio con la continuidad convenida garantizando a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas.
II. El servicio prestará por el arrendatario durante el plazo de duración del arriendo, siendo de su cargo los gastos que se originen, incluidos los suministros de agua y energía eléctrica, recogida de basuras y alcantarillado, con la contraprestación de percibir durante el citado plazo de las tarifas de los usuarios.
III. Cuidar del buen orden del servicio, así como el mantenimiento y perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene del edificio, tanto interior como exterior y/o terraza, hasta que entregue el servicio al Ayuntamiento con todas las instalaciones que sean inherentes al mismo y necesarias para su prestación.
IV. Admitir al goce del servicio a toda persona que cumpla los requisitos dispuestos reglamentariamente respetando el principio de no discriminación por razón de sexo, raza, religión y nacionalidad, respecto de las empresas de estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos.
V. Indemnizar a terceros de los daños que les ocasionare el funcionamiento del servicio, salvo si se hubiesen producido por causas imputables al Ayuntamiento.
VI. No enajenar bienes afectos al arrendamiento que hubieren de revertir al Ayuntamiento concedente, ni gravarlos, salvo autorización expresa de la Corporación, comprometiéndose a dejarlos libres y vacuos a disposición del Ayuntamiento, dentro del plazo establecido y de reconocer la potestad de éste para enajenar y ejecutar por sí el lanzamiento, en su caso.
VII. Ejercer por sí la prestación del servicio y no cederlo o traspasarlo a terceros sin el consentimiento de la entidad local, que sólo podrá
autorizarla en las circunstancias que señala la legislación aplicable en materia de contratación administrativa.
VIII. Conservar las instalaciones en perfecto estado, destinándolas de modo exclusivo al uso pactado, reparándolas por su cuenta y cuando finalice el contrato, devolverlas en las mismas condiciones de uso en que las recibió.
IX. Las mejoras en las instalaciones que precise hacer el arrendatario, exigirá la previa autorización de la Corporación, la cual regulará al otorgarla el alcance de las modificaciones.
X. La apertura al público se establece como diaria de lunes x xxxxxxx y en el horario establecido por la Concejalía de Deportes para la instalación deportiva. La apertura de la cantina fuera del horario de apertura del polideportivo deberá ser autorizada por la Concejalía de Deportes.
XI. La cantina solo podrá permanecer cerrada aquellos días en que, previa petición del concesionario, el ayuntamiento haya autorizado. Dicha petición deberá ser remitida al ayuntamiento xx Xxxxxxxx (Concejalía de Deportes) con la suficiente antelación. El concesionario tiene la obligación de comunicarlo a los clientes y usuarios con una semana de antelación.
XII. Disponer en lugar visible los carteles anunciadores de los precios a percibir por el cliente por cada servicio, artículo o consumición, sellados por los organismos competentes.
XIII. Abonar mensualmente en la cuenta bancaria designada y autorizada por el Ayuntamiento el canon establecido para la concesión de este servicio.
XIV. Cuidar y velar por el buen uso del bar por parte de los usuarios, no permitiendo actuaciones ni conductas que puedan dañar o perjudicar la imagen del servicio y del propio ayuntamiento.
XV. Si el ayuntamiento determinase la realización de obras en el edificio del bar-cantina, el concesionario no tendrá derecho a percibir indemnización alguna por los perjuicios que dicha obra pudiere causarle, tolerando además la ejecución de las mismas. El ayuntamiento comunicará al arrendatario la intención de ejecutar las obras con la suficiente antelación. Durante la ejecución de las mismas el concesionario quedará exento del abono del precio mensual.
XVI. Si procediese será responsable de la apertura y cierre xxx xxxxxxx deportivo, del encendido y apagado de las luces, de la limpieza
superficial de las instalaciones, así como xxx xxxxx de las zonas que corresponda.
XVII. Xxxxxx y acatar las órdenes que reciba de las autoridades municipales.
XVIII. Contratar el correspondiente seguro de R. C. y siniestros para las dependencias del bar-cantina.
XIX. Las cantinas de los polideportivos se rigen también por el Reglamento de Utilización de Instalaciones Deportivas xx Xxxxxxxx que expresa las prohibiciones expresas de:
♦ En las instalaciones deportivas municipales no está permitido fumar.
♦ La venta y consumo de bebidas alcohólicas está terminantemente prohibida en las instalaciones deportivas municipales.
♦ No está permitida la publicidad de bebidas alcohólicas y tabaco en ningún caso.
♦ No está permitido dispensar utensilios xx xxxxxx susceptibles de ser introducidos en la piscina municipal.
6ª.- Extinción del Arriendo.
Son causas de extinción del contrato de arrendamiento las siguientes:
1. Resolución por incurrir el arrendamiento en infracción muy grave de sus obligaciones esenciales, previo procedimiento con advertencia fehaciente de las concretas deficiencias, previa concesión de un plazo providencial, de acuerdo con la naturaleza de tales deficiencias, para poder subsanarlas, cuando transcurrido dicho plazo no se hubieren subsanado.
2. Reversión del servicio al Ayuntamiento por cumplimiento del plazo establecido en el contrato.
3. Rescate del servicio por el Ayuntamiento, previo procedimiento en el que se justifique la necesidad.
4. Declaración de quiebra o suspensión de pagos o muerte del empresario individual.
7ª.- Garantía Definitiva.
1. La garantía provisional será devuelta a los interesados inmediatamente después del acuerdo de adjudicación.
2. El adjudicado está obligado a constituir una garantía definitiva por el importe del 5% del precio de adjudicación, a disposición del Ayuntamiento. Además, dadas las características del contrato, constituirá
un 5% adicional en concepto de garantía complementaria, a disposición del Ayuntamiento.
8ª.- Proposiciones y Documentación Complementaria.
1. Los licitadores solamente podrán presentar una proposición en la Secretaría del Ayuntamiento, en horas de oficina, durante el plazo de 10 días naturales, a contar desde la fecha de publicación en el perfil de contratante.
2. La proposición se presentará en un sobre cerrado en el que figurará la inscripción PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN CONVOCADA POR EL AYUNTAMIENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CANTINA DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DE LA APARECIDA, MEDIANTE EL ARRENDAMIENTO DE LAS INSTALACIONES.
Dentro de este sobre mayor se contendrán tres sobres A, B y C cerrados.
El sobre A se subtitulará DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA PERSONALIDAD Y CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATISTA, que
contendrá los siguientes documentos:
a) Documento Nacional de Identidad o fotocopia compulsada.
b) Escritura de poder, bastanteada y legalizada, si se actúa en representación de otra persona.
c) Escritura de constitución de la sociedad mercantil, inscrita en el Registro Mercantil y NIF o CIF, cuando concurra una Sociedad de esta naturaleza.
d) Certificado de Manipulación de Alimentos o fotocopia compulsada.
e) declaración responsable de no estar incursa/o en prohibición de contratar y de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Administración Estatal y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
El sobre B se subtitulará OFERTA TÉCNICA, y contendrá un proyecto o memoria de trabajo
El sobre C se subtitulará OFERTA ECONÓMICA, y contendrá la proposición con arreglo al siguiente modelo:
D./Dña………………………………………………………...................................., con domicilio............................................. municipio de y
DNI nº .......................... o CIF..............................., en nombre propio (o
en representación de ),
enterado del expediente de contratación ordinaria y de la convocatoria para la adjudicación por procedimiento negociado con publicidad, del servicio de cantina de las instalaciones deportivas de La Aparecida, mediante el arrendamiento de las instalaciones de, solicito tomar parte en la misma
comprometiéndome a prestar el servicio en la forma establecida en el pliego de Condiciones Económico-Administrativas aprobado, abonando el canon o arriendo anual de ...........(€) Euros, declarando no estar incurso en los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público.
9ª.- Constitución de la Mesa y Apertura de Plicas.
Tendrá lugar en la Sala de Juntas del Ayuntamiento. A efectos de finalización del plazo citado, el sábado es señalado día inhábil, considerándose último para presentar proposiciones el siguiente día hábil
10ª.- Régimen Jurídico.
1. En lo no previsto en las presentes cláusulas regirán las normas de la Ley 7/1985, de 2 xx Xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, disposiciones complementarias que las desarrollen, la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, y sus Reglamentos de desarrollo.
2. El orden jurisdiccional ordinario será el competente para resolver controversias que puedan surgir entre las partes durante la vigencia del contrato, correspondiendo al Órgano de Contratación las prerrogativas para interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar sus efectos.
En Orihuela a 9 de febrero de 2010 EL TÉCNICO DE DEPORTES