MODELO-TIPO DE CARÁTULA UNIFICADA PARA LOS CONTRATOS DE OBRAS, SERVICIOS Y SUMINISTROS
MODELO-TIPO DE CARÁTULA UNIFICADA PARA LOS CONTRATOS DE OBRAS, SERVICIOS Y SUMINISTROS
Expediente nº: CO-24-17
CARÁTULA xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares
Tipo de contrato: CONTRATO DE OBRA Procedimiento: ABIERTO
I.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN.
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
1.1.- Definición: Eliminación xx xxxxxxxx arquitectónicas y ampliación en el CEIP Xxxxxx Xxxxxx de Barakaldo (Bizkaia)
1.2.- Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: Eliminación xx xxxxxxxx arquitectónicas y ampliación en el CEIP Xxxxxx Xxxxxx de Barakaldo (Bizkaia
1.3.- División por lotes: No
1.4.- Código CPV (Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV
Nomenclatura principal
Objeto principal 45214200-2 Trabajos de construcción de edificios escolares
2.- DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL.
Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y, en su caso, los siguientes: todos los documentos que comprende el proyecto de obras, relacionados en el art. 123.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
3.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN (las ofertas no pueden superar los importes totales señalados).
El presupuesto de licitación asciende a 809.352,61 euros + 169.964,04 euros de IVA, resultando un importe total de 979.316,65 euros.
Distribuidos, en su caso, en las siguientes anualidades:
- Año 2018: 484.000 euros IVA incluido
-.Año 2019: 495.316,65 euros IVA incluido
4.- PRECIO Y PAGOS.
4.1.- Sistema de determinación del precio:
- Sistema: precios unitarios
- Condiciones:
- Porcentaje de gastos generales: 13 %
- Los precios unitarios que regirán durante la ejecución de las obras, serán los que resulten de la aprobación de la proposición seleccionada: sí
4.2.- Modalidad de pago del precio:
- Pago único: no
- Certificaciones periódicas: sí, de carácter mensual mediante las correspondientes certificaciones y de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 36 del PCAP.
4.3.- Abonos a cuenta por operaciones preparatorias: no hay
4.4.- Revisión de precios: no
4.5.- Cláusula de variación del precio en función del cumplimiento de determinados objetivos de plazos o de rendimiento: no
5.- VIGENCIA DEL CONTRATO: PLAZO DE EJECUCIÓN O DURACIÓN DEL CONTRATO.
5.1.- Plazo total o fecha límite:8 meses
5.2.- Fecha de inicio: desde la fecha de la firma del acta de Comprobación del Replanteo de la obra.
5.3.- Plazos parciales: no
5.4.- Prórroga del contrato: no
6.- GASTOS DE PUBLICIDAD. Importe máximo de los gastos de publicidad que debe satisfacer la adjudicataria conforme al artículo 67.2 del RGLCAP: será por cuenta de la persona adjudicataria el gasto correspondiente al anuncio de licitación en el Boletín Oficial del Estado.
7.- GARANTÍAS.
7.1.- Garantía provisional: no
7.2.- Garantía definitiva: sí, del 5 % del importe de adjudicación, IVA excluido.
7.3.- Garantía complementaria: no
7.4.- Está permitido acreditar la constitución de la garantía mediante medios electrónicos, informáticos o telemáticos: no
7.5.- Está permitido constituir las garantías mediante retención del precio: no
7.6.- En el supuesto de recepción parcial, la contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía: no
Las garantías se constituirán a favor de: EUSKO JAURLARITZA / GOBIERNO XXXXX NIF: S4833001C
8.- SEGUROS. La empresa deberá tener los seguros obligatorios. Se le exige, además, a la adjudicataria que acredite que ha contratado algún seguro específico:
Sí, los recogidos en la cláusula 32.6.1 del PCAP que deberán cumplir, además, los requisitos siguientes:
- Condiciones específicas:
- Seguro a todo riesgo de construcción: la suma asegurada debe alcanzar el importe de adjudicación del contrato.
Seguro de responsabilidad civil: la suma asegurada en ningún caso será inferior a los 1.000.000,00 €.
9.- INFORMACIÓN SOBRE SUBROGACIÓN: No procede
10.- LUGAR DE EJECUCIÓN CEIP Xxxxxx Xxxxxx de Barakaldo (Bizkaia)
11.- CONDICIONES LINGÚÍSTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla.
Salvo que xxx xxxxxx de prescripciones técnicas se derive que las características intrínsecas de la prestación objeto del contrato exigen su realización necesaria y exclusivamente en otra u otras lenguas, el uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.
En la ejecución de contrato, han de observarse las concretas condiciones lingüísticas de ejecución establecidas en la correspondiente cláusula xxx xxxxxx.
12.- OTRAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
12.1.- De tipo social: la empresa contratista debe cumplir durante la ejecución del contrato las concretas condiciones especiales de ejecución previstas en la cláusula 33 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
12.2.- De tipo medioambiental: no
12.3.- Otras: la adscripción a la ejecución del contrato de los medios indicados, en su caso, de conformidad con las cláusulas 29.7 de esta carátula y así como todas las relativas a la subcontratación.
13.- CALIFICACIÓN ESPECIAL DE DETERMINADAS INFRACCIONES: No
14.- PENALIDADES.
14.1.- Se establecen penalidades adicionales a las previstas en la cláusula 37 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares: NO
14.2.- Se establecen importes de penalidad diferentes de los dispuestos en el artículo
212.4 y 212.5 TRLCSP por demora en el cumplimiento de plazos: NO
15.- SUBCONTRATACIÓN.
15.1.- Se admite la subcontratación: sí.
Partes de la prestación que son susceptibles de subcontratación: sin limitación
15.2.- Se establece la obligación de subcontratar con empresas especializadas: no. 15.3.- Obligación de las licitadoras de indicar la parte que prevén subcontratar: sí. La licitadora debe facilitar estos datos de conformidad con lo dispuesto en la letra a)
de la cláusula 13.4.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
15.4.- Obligación de las licitadoras de facilitar el DEUC de cada una de las subcontratistas que prevén subcontratar (con las secciones A y B de la parte II y la parte III debidamente cumplimentadas): no.
16.- PLAZOS DE RECEPCIÓN Y DE GARANTÍA DE LAS PRESTACIONES.
16.1.- Plazos para la recepción (véanse las cláusulas correspondientes de este pliego).
- Total: 1 mes
- Parciales (de aquellas partes susceptibles de ser utilizadas de forma separada o independiente): no hay
16.2.- Plazo de Garantía, (sí/no, en caso afirmativo indicar el plazo): Sí, un año de garantía general, a contar desde la recepción de la obra, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 43 del PCAP.
17.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
17.1.- A efectos de resolución contractual, quedan calificadas como obligación contractual esencial, las siguientes:
- El cumplimiento del compromiso de adscripción de medios humanos y materiales.
- Las condiciones especiales de ejecución recogidas en la cláusula 33.1.1 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
- Las obligaciones recogidas en el artículo 228 bis del TRLCSP.
- Las condiciones especiales de ejecución recogidas en la cláusula 33.6 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 3/2016, de 7 xx xxxxx, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública.
17.2.- Se establecen, así mismo, las siguientes causas de resolución adicionales a las contempladas en la normativa y pliego:
- El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de seguridad y salud laboral.
- El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de subcontratación.
18.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS A LA PRESTACIÓN OBJETO DEL CONTRATO: NO
19.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN PROPIAS DEL CONTRATO DE OBRA.
APROBACIÓN DEL PROYECTO DE OBRA: Resolución de 12 xx xxxxxx de 2016 de la Directora de Gestión Económica
PLAZO PARA LA COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO (no superior a un mes desde la formalización del contrato, salvo excepción justificada): 1 mes
PROGRAMA DE TRABAJO: La contratista debe presentar un programa de trabajo previsto en el artículo 144 del RGLCAP: sí. Deberá presentarse tres copias en papel en formato DIN- A2 y en soporte digital en formato pdf
DEDICACIÓN EXIGIDA AL DELEGADO DE OBRA DE LA CONTRATISTA.
- Exclusiva, sin posibilidad de adscripción a ninguna otra obra: NO
- Plena, sin posibilidad de adscripción simultánea a un número de obras superior al señalado: NO
II.- CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO CONTRACTUAL, PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN DE EMPRESAS Y OFERTAS.
20.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN Y PLIEGOS.
20.1.- Entidad adjudicadora: Eusko Jaurlaritza / Gobierno Xxxxx. Departamento de Educación.
20.2.- Identificación de órganos:
20.2.1.- Órgano de contratación: Director de Xxxxxxx Xxxxxxxx y Servicios
20.2.2.- Órgano destinatario del contrato y gestor de las certificaciones y facturas: Servicio de Construcciones de la Dirección de Recursos Materiales e Infraestructuras.
o Código del órgano gestor: A16007453
o Código de la oficina contable A16007243 (Denominación: OFICINA DE CONTROL ECONOMICO)
20.2.4.- Órgano administrativo competente en materia de contabilidad pública: La Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía.
20.3.- Dependencia que tramita el expediente: Mesa de Contratación, Dirección de Régimen Jurídico y Servicios, Departamento de Educación
Domicilio: Donostia-San Xxxxxxxxx, 1, Lakua 1,2ª planta, zona I
Localidad y código postal: 00000 Xxxxxxx-Xxxxxxx (Xxxxx)
20.4.- Número de expediente: CO/24/17
20.5.- Central de Contratación. El órgano que adjudica el contrato actúa para otra entidad: no
20.6.- Contacto personal:
Consultas técnicas:
Persona de contacto: Xxxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxx Correo electrónico: x-xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
Teléfono: 000000000
Consultas jurídico-administrativas:
Persona de contacto: Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Correo electrónico: x-xxxxx@xxxxxxx.xxx Teléfono: 000000000
20.8.- Acceso al perfil de contratante, pliegos y documentación complementaria en Internet: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx
Puede accederse a la documentación integrante del proyecto desde el siguiente enlace (Copiar y pegar la siguiente URL en su navegador):
xxxxx://xxxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxx_xxxxxx_xxxxxxxxxxxx/xxxxxxx_xxxxxx0/xx_xxx/xxxxxxxx/xxxxxx ntacion_tecnica_CO-24-17.zip
20.9.- Lugar donde se puede obtener información sobre las obligaciones relativas a fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, que serán aplicables durante la ejecución del contrato: Véase la cláusula 4 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas del que forma parte esta carátula.
20.10.-Fecha límite de obtención información adicional sobre los pliegos y documentación complementaria: 11 de diciembre 2017
21.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO A EFECTOS DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO (artículo 88 del TRLCSP): 809.352,61 €
22.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: NO
23.- CONTRATO CUBIERTO POR EL ACUERDO SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (ACP):NO
24.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA: 18 0 1 07 1301 3 622 82 42210 002 H
24.1.- El gasto está cofinanciado: NO
24.2.- Tramitación anticipada: SI
25.- TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
25.1.- Tramitación:
- Ordinaria: SI
25.2.- Procedimiento:
- Abierto: SI
25.3.- Forma:
- El precio es el único criterio de valoración de las ofertas: SI
- Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas: NO
26.- SISTEMA DE LICITACIÓN Y CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA: se autoriza su
utilización. NO
27.- CONTRATO RESERVADO: NO
28.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS O SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN.
28.1.- Fecha y hora límite de presentación: 18 DE DICIEMBRE 2017 A LAS 13:00 H
28.2.- Documentación a presentar con anterioridad a la fecha límite: Sobre A y sobre B, con el contenido que señala el pliego de cláusulas administrativas particulares y los correspondientes puntos de esta carátula.
28.3.- Lugar de presentación:
Entidad (indicar la mesa de contratación): Área de Contratación, Dirección de Régimen Jurídico y Servicios del Departamento de Educación (Registro General)
- Domicilio: c/ Donostia-San Xxxxxxxxx, 1. Edificio Lakua II (piso 3º)
- Localidad y código postal: Vitoria-Gasteiz 01010
28.4.- En el caso de que la empresa licitadora o candidata opte por presentar su oferta o solicitud electrónicamente lo deberá hacer a través de la página Web: ver cláusula 26
28.5.- Medios para anunciar, en su caso, el envío de la oferta por correo postal:
- Correo electrónico: x-xxxxx@xxxxxxx.xxx
28.6.- Plazo durante el cual la licitadora está obligada a mantener su oferta 15 DÍAS NATURALES, a contar desde la apertura de la oferta económica, ampliado en quince días hábiles más cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP (valores anormales o desproporcionados).
28.7.- Admisión de variantes: NO
28.8.- Lugar de apertura de sobre B: sala 1 Lakua II planta baja
Fecha: 12 de enero de 2018
Hora: 12:30
- Entidad: Mesa de Contratación del Departamento de Educación.
- Domicilio: Donostia-San Xxxxxxxxx, 1. Lakua II, planta baja
- Localidad: 00000 Xxxxxxx-Xxxxxxx
Cualquier modificación en la fecha y hora indicadas será publicada en el perfil del contratante.
29.- SOBRE A- REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA (Véase la cláusula 13 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el anexo III xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares)
29.1.- Forma de acreditación. La única forma de acreditar los requisitos de capacidad y solvencia son los que aparecen a continuación marcados con una X:
Simplificada, en este sobre denominado SOBRE A «DECLARACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS» debe presentarse el Formulario Documento Europeo Único de Contratación (DEUC)
En la parte IV de dicho formulario las empresas (deberán cumplimentar la parte IV de conformidad con la opción marcada con una X):
Pueden limitarse a cumplimentar la sección de la parte IV omitiendo cualquier otra sección de la parte IV.
El formulario DEUC será el único documento que la empresa licitadora o candidata debe aportar en relación con los requisitos previos de capacidad y solvencia. Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 13.4.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares, no se admitirá documento distinto a dicho formulario en esta fase del procedimiento.
El documento europeo único de contratación DEUC está disponible a través del servicio en línea DEUC electrónico que facilita la Comisión Europea desde el siguiente URL: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx. Para poder rellenar el documento DEUC, una vez acceda a la dirección indicada deberá identificarse como operador económico e importar el archivo XML que se pondrá a disposición de las licitadoras a través del perfil del contratante.
Asimismo, el formulario normalizado del documento europeo único de contratación (DEUC) puede obtenerse en papel desde el siguiente URL: xxxx://xxx.xxx.xx/xxxx/0000/000/X00000-00000.xxx. Además,
A fin de facilitar la labor de los operadores al cumplimentar el DEUC, se adoptan las orientaciones contenidas en el epígrafe 2.3 (“Orientaciones para la cumplimentación del formulario normalizado DEUC) de la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado a los órganos de contratación en relación con la utilización del documento europeo único de contratación previsto en la nueva directiva de contratación pública. Puede accederse al referido documento desde el siguiente URL: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxx/X.X.%00XXXXXXXXXX/Xxxxx%00Xxxxxxxxxx/xxxxx mes/Informes%202016/Recomendacion%20de%20la%20JCCA%20sobre%20el%20DEUC%20aproba da%20el%206%20abril%20de%202016%20_3_.pdf
Asimismo, deberán presentarse en el sobre A, junto con el formulario DEUC, los siguientes anexos xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, debidamente cumplimentados:
En su caso, compromiso de constituirse en Unión Temporal de empresarios, aportando el
Anexo XI xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
Declaración sobre pertenencia a grupo de empresas, conforme al Anexo XVI xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
Declaración sobre los compromisos que la empresa asume respecto de las personas trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato, conforme al Anexo XX xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
La licitadora acreditará que cumple con los requisitos de capacidad y solvencia con carácter previo a la adjudicación del contrato de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 24.1.b) xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
El órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que las empresas licitadoras aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatarias del contrato.
29.2.- Requisitos:
29.2.1.- Obligación de acreditar solvencia: sí, conforme a lo indicado en el punto 29.2.3 carátula.
29.2.2.- Clasificación obligatoria: SI
El licitador acreditará la clasificación bien mediante la clasificación indicada en la letra a) o bien mediante la indicada en la letra b):
a) Clasificación otorgada de acuerdo con Real Decreto 773/2015:
Grupo: C Subgrupo: 2 Categoría: 3
b) Clasificación otorgada de acuerdo con la regulación anterior al Real Decreto 773/2015: Grupo: C Subgrupo: 4 Categoría: d
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula 13.2.7.1 a la certificación expedida por el Registro competente acompañará una declaración responsable de la empresa en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación (véase apartado 5 del Anexo VII)
29.2.3.- En el caso de que no haya clasificación obligatoria, las empresas (españolas, empresas extranjeras de Estados miembros de la Unión Europea y empresas extranjeras de Estados que no son miembros de la Unión Europea) deberán acreditar la siguiente solvencia, salvo que opten por sustituirla por la clasificación indicada en la cláusula 29.2.2 en el caso de que dicha cláusula recoja la clasificación como opcional:
Solvencia económica y financiera:
Requisitos: Volumen anual de negocios de la persona licitadora en el ámbito al que se refiera el contrato por importe igual o superior a 809.352,61 euros. Dicho importe deberá alcanzarse en el año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos.
Medios de acreditación: Documentos y/o certificados: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
En este expediente el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, se acreditará mediante declaración responsable.
Solvencia técnica o profesional:
Requisito/s: Entre la relación de obras que hayan sido ejecutadas en el curso de los diez últimos años, deberá haberse ejecutado correctamente al menos una obra del mismo tipo o naturaleza, al que corresponde el objeto del contrato cuyo importe mínimo alcance la suma de 809.352,61 euros (IVA excluido). A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros, y en los demás casos a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV.
Medios de acreditación: Documentos y/o certificados: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los diez últimos años, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquélla
en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquél en el capital social de ésta.
(*) Respecto al certificado de buena ejecución deberá respetarse el modelo que como Anexo XIX se acompaña al PCAP. En aquellos supuestos en que el destinatario de la obra haya sido una entidad del sector público, el certificado podrá ser comunicado directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de las obras. A tal efecto, en el momento de acreditar su solvencia, la persona licitadora que no haya aportado el certificado emitido por la entidad contratante del sector público, deberá aportar la solicitud efectuada ante dicha entidad, ya sea para su obtención, ya sea para su remisión directa al órgano de contratación.
29.3.- En el caso de que, como medio de acreditar la solvencia, se exija una declaración indicando la maquinaria y equipos técnicos de que se dispondrá para la ejecución del trabajo, se adjuntará a la declaración la documentación acreditativa de la adecuación de dichos medios a la normativa de seguridad que les sea de aplicación. Entre otros, el Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas y el Real Decreto 1215/1997 sobre utilización de equipos de trabajo.
29.4.- Habilitación empresarial o profesional exigible en el momento de presentar oferta: no
29.5.- Registros oficiales de licitadores o empresas contratistas:
- Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Administración del Estado.
- Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Otros: certificado comunitario de clasificación o documento similar que acredite la inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecida por un Estado miembro de la Unión Europea siempre que sea accesible de modo gratuito para la Mesa de contratación.
29.6.- Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación: no
29.7.- La empresa licitadora o candidata se debe comprometer a adscribir a la ejecución del contrato los siguientes medios materiales y humanos: no procede
30.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
30.1.- El precio es el único criterio de valoración de las ofertas: Sí
30.2.- Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas: No
a) Criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas:
ÚNICO CRITERIO: OFERTA ECONÓMICA
Ponderación: 100 puntos.
Formula: 100 x (L-Oferta a evaluar)/(L-Oferta más económica) Las ofertas económicas se valorarán de la siguiente forma:
Se valorará con 100 puntos la menor de las ofertas admitidas
Se valorará con 0 puntos el presupuesto base de licitación
El resto se valorará proporcionalmente a éstas.
P: puntuación obtenida por el licitador L: presupuesto base de licitación
31.- OTROS SOBRES- DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR LA LICITADORA AL OBJETO DE EVALUAR LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS (Véanse
las cláusulas correspondientes xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares).
31.1.- Los sobres que deben presentarse para la aplicación de los criterios de valoración de las ofertas son:
- SOBRE B «OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS».
En este sobre deben presentarse los siguientes documentos:
Oferta económica con arreglo al modelo que figura en el Anexo XVII xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y los siguientes documentos de conformidad con lo indicado en la cláusula 14.2.2 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares:
a) Relación de precios unitarios de ejecución material y cada una de las unidades de obra que componen el proyecto incluyendo los capítulos de gestión de residuos y seguridad y salud (aunque éstas últimas no sean objeto de baja).
b) Relación de todos los precios descompuestos asociados a los precios unitarios de ejecución material que componen el proyecto.
c) Presupuesto de ejecución material.
d) Presupuesto de ejecución por contrata.
La oferta económica, incluyendo la totalidad de los documentos anteriormente mencionados, se presentará además de en soporte papel o en el correspondiente formato electrónico, en soporte informático en formato “pdf” y “bc3”. La presentación de la oferta económica en formato .bc3 se exige a los únicos fines de facilitar las labores de comprobación y verificación por el servicio promotor de la contratación. La oferta económica en formato .bc3 no tendrá naturaleza contractual.
El modelo de oferta económica viene determinado por el presupuesto contenido en el proyecto. El desglose en precios unitarios y descompuestos conforme al presupuesto del proyecto es un elemento esencial de la proposición económica. Por ello, a la hora de presentar los precios unitarios y descompuestos, en formato electrónico y papel, se deberá respetar la literalidad del modelo del presupuesto. Así los precios ofertados no podrán modificar la definición, especificaciones o cuantía de materiales definidas en proyecto para las distintas unidades de obra ni la definición de los costes directos, indirectos y medios auxiliares que pueden componer el precio de cada una de ellas. Es decir, únicamente se podrán modificar los rendimientos de mano de obra y los precios simples de materiales y de mano de obra. Además, se deberá garantizar el cumplimiento del convenio laboral vigente en los precios simples de mano de obra aplicados, es decir, la mano de obra en ningún caso será inferior al convenio laboral vigente. El apartamiento de los elementos esenciales indicados se considerará variación sustancial del modelo de oferta, y determinará el rechazo de la proposición en que concurra tal circunstancia.
Respecto al documento referido a los precios descompuestos asociados a cada uno de los precios unitarios que componen su oferta desglosada por partidas, si bien debe presentarse por la totalidad de las licitadoras desde un primer momento, únicamente será objeto de análisis el referido a la oferta económicamente más ventajosa. De tal modo que si dicha oferta debe ser rechazada, y la licitadora excluida, por no respetar los requisitos dispuestos en este apartado, se atenderá al orden de clasificación de las ofertas al objeto de analizar y comprobar la validez de dicha documentación.
De conformidad con lo prevenido en el artículo 153 del RGLCAP, todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios en el presupuesto del proyecto. Igualmente, todos los gastos que por su concepto sean asimilables a cualquiera de los que, bajo el título genérico de costes indirectos se mencionan en el artículo 130.3 del RGLCAP, se considerarán siempre incluidos en los precios de las unidades de obra del proyecto cuando no figuren en el presupuesto valorados en unidades de obra o en partidas alzadas.
LOS LICITADORES PRESENTARÁN EL CONTENIDO ECONÓMICO EN UN ARCHIVO DIGITAL EN FORMATO “.pdf” y “.bc3”
32.- ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR: NO
33.- VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADSO.
En cuanto al precio: sí, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 152 del TRLCSP y en los artículos 85 y 86 del RGLCAP en todo lo que no se opongan al TRLCSP.
34.- SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos (sí/no): no
35.- PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En la adjudicación se aplicarán las preferencias de adjudicación contempladas en el pliego.
36.- PLAZO PARA ACORDAR LA ADJUDICACIÓN. Se establece un plazo distinto al general indicado en el pliego: no
37. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LA LICITADORA CUYA OFERTA HA RESULTADO LA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA. (Véanse las cláusulas 24 y 25 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el Anexo III xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares)
38.- RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO
POR LA ADMINISTRACIÓN. Se rige por lo previsto en el artículo 155 del TRLCSP, y, en caso de estar fijadas, por las siguientes condiciones de compensación por los gastos: no se fijan las condiciones de compensación.
39.- Cláusulas adicionales relativas AL PROCEDIMIENTO: no
37.1.- Habilitación empresarial o profesional exigible a la empresa adjudicataria para ejecutar el contrato, distinta a la habilitación empresarial o profesional exigible, en su caso, en el momento de presentar oferta (si/no): no
37.2.- Las solicitudes de aclaraciones, los requerimientos para subsanar defectos u omisiones, los requerimientos de presentación de documentos previstos en el pliego de cláusulas administrativas o su carátula y otros actos de trámite no incluidos en el art. 40.2 b) TRLCSP o en el primer párrafo del art. 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se comunicaran a los interesados a través de correo electrónico.
III.- OTRAS ESPECIFICACIONES.
41.- OTRAS ESPECIFICACIONES ADICIONALES A LAS INDICADAS EN ESTA CARÁTULA Y EN EL PLIEGO: (sí/no)
42.- CUADRO DE SEGUIMIENTO DE LA INCORPORACIÓN DE ASPECTOS SOCIALES Y MEDIOMABIENTALES EN EL PROCEDIMIENTO Y EN EL CONTRATO.
En dicho cuadro se señalará con un SI la casilla correspondiente a la incorporación de los aspectos referidos.
Criterios | Inserción laboral | Igualdad de mujeres y hombres | Prevención de riesgos laborales | Condiciones laborales | Ambientales |
Objeto del contrato | |||||
Criterios de solvencia técnica y profesional | |||||
Especificaciones técnicas |
Criterios de valoración de las ofertas | |||||
Condiciones especiales de ejecución | SI | SI | SI | SI |
*Nota: Los campos de esta carátula, o la parte de ellos que no se encuentren rellenados no son aplicables al contrato, salvo que de las cláusulas xxx xxxxxx o de la normativa aplicable se deduzca lo contrario.