Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIOES TECNICAS QUE HAN DE REGIR LA AUTORIZACIÓN DEMANIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL, CONSISTENTE EN EL USO COMÚN ESPECIAL DEL BAR-CAFETERÍA DEL EDIFICIO DEL HOGAR DEL JUBILADO, PARA SU EXPLOTACIÓN.
I. OBJETO
El objeto del presente pliego es regular las condiciones técnicas de la autorización demanial del dominio público municipal, consistente en el uso común especial del bar-cafetería del edificio del Hogar del Jubilado, para su explotación, mediante la prestación del servicio al que está afecto dicho inmueble que comprenderá:
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- Los servicios propios de la actividad restauración (bar-cafetería).
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- Como los servicios de limpieza de las instalaciones que en la planta baja del edificio se destinan a la prestación de este servicio, entendiendo por tales la cocina, la barra, las mesas y sillas y el espacio en el que esta se ubican; asimismo es objeto de este contrato el mantenimiento de los aseos de esta planta del edificio en correcto estado de uso y limpieza durante todo el horario en que el servicio permanece abierto a sus usuarios, debiendo realizar tantas limpiezas de mantenimiento de los mismos como fueren necesarias.
II. HORARIO DEL SERVICIO
1. Horario de invierno (del 1 de octubre a 31 xx xxxx):
- De 8'00 a 20'30 horas.
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2. Horario xx xxxxxx (del 1 xx xxxxx al 30 de septiembre)
- De 8'00 a 21'30 horas.
3. Mes xx xxxxxx:
- de 8’00 a 22’00 horas.
4. El horario de las comidas (en el caso de que los usuarios requieran de este servicio):
- De 13'00 a 15'00 horas.
5. Días de descanso: los martes durante todo el año.
En caso de que el adjudicatario ofrezca cenas, el horario será hasta la 01’00 de la madrugada.
El horario podrá prorrogarse previa autorización emitida mediante resolución, que requerirá solicitud del adjudicatario.
Salvo acuerdo en contrario adoptado por el Ayuntamiento, la cafetería podrá permanecer cerrada durante los días o períodos siguientes:
- 1 de enero
- 6 de enero
- 19 de xxxxx
- Xxxxxxx Xxxxx y lunes xx Xxxxxx
- 24 de diciembre
- 25 de diciembre
- 31 de diciembre
DILIGENCIA: El presente pliego de prescripciones técdnicas fue aprobado por Resolución de la Alcaldía nº 4957/2019, de 11 de noviembre.
Identificador 0M/x WWpm tqeA mNtK nbNm gHek k0c=
Documento firmado electrónicamente. Validar en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/XxxxxxXxxxxxxxx
- Los días de fiestas locales de acuerdo con el calendario laboral vigente.
- Durante 15 días naturales y consecutivos en periodo estival, de julio a septiembre. Se deberá comunicar al Ayuntamiento con 15 días de antelación el periodo en el que se disfrutarán las vacaciones.
El incumplimiento por parte del contratista de estos horarios supondrá la comisión de una falta a los efectos previstos en el Pliego de Cláusulas administrativas particulares.
El adjudicatario no podrá introducir variaciones en el horario y en el calendario fijados sin el previo conocimiento y aprobación del Ayuntamiento, quien para ello deberá oír previamente a la Junta de Jubilados.
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III. CONDICIONES DE EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO
Las actividades de restauración que se desarrollen en el bar y sus instalaciones anexas, deberán prestarse siempre con las debidas condiciones de higiene, debiendo observar la persona o personas que se encuentren atendiendo este servicio las debidas condiciones de vestimenta, aseo y peinado, debiendo, adoptar cuantas medidas sean necesarias para lograr esta finalidad.
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En el caso de que se optara por colocar un aparato de música en esta instalación, la música que se escuche a través del mismo, deberá ser del agrado de todos los usuarios, y deberá mantenerse a un volumen prudente.
De los juegos xx xxxx será depositario el adjudicatario del arrendamiento, quien deberá velar por su correcta utilización, y ponerlos a disposición de los jubilados cuando estos se lo soliciten
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Las consumiciones y demás servicios que se presten en el bar no podrán ser inferiores a las que se establecen como mínimo a continuación.
Por otra parte, los precios de estas consumiciones mínimas se fijarán por los licitadores en sus ofertas económicas, sin que puedan superar los precios máximos siguientes:
CONSUMICION | PRECIO |
Café solo / Café descafeinado | 1,10 € |
Café con leche | 1,20 € |
Café con leche descafeinado exprés | 1,20 € |
Café con leche descafeinado de sobre | 1,20 € |
Cortado | 1,20 € |
Bombón | 1,20 € |
Carajillo | 1,25 € |
Infusiones | 1,10 € |
Vaso de leche | 1,10 € |
Agua (botella 50cl) | 0,90 € |
Agua (botella 1L) | 1,20 € |
Refrescos | 1,20 € |
Vino (1 copa) | 1,20 € |
Cerveza con alcohol (1/5) | 1,50 € |
Cerveza sin alcohol (1/5) | 1,50 € |
Cerveza con alcohol (1/3) | 1,80 € |
Cerveza sin alcohol (1/3) | 1,80 € |
Tostadas | 1,20 € |
Bocadillos | 3,50 € |
Pinchos | 2,50 € |
Menú de comida o de cena (compuesto por un | 8 € |
DILIGENCIA: El presente pliego de prescripciones técdnicas fue aprobado por Resolución de la Alcaldía nº 4957/2019, de 11 de noviembre.
primer plato, segundo plato, bebida y postre o café) |
Las consumiciones establecidas en el presente Pliego se fijan como mínimas e indispensables, sin perjuicio de que el adjudicatario quiera ampliarlas, en los términos previstos en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Está obligado a instalar en el local un cartel con indicación del horario de apertura, así como una lista de precios de los productos en servicio.
El adjudicatario gestionará el servicio a su riesgo y xxxxxxx, no teniendo derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados por el servicio, debiendo indemnizar a terceros de los daños derivados del funcionamiento del servicio.
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IV. SERVICIO DE LIMPIEZA A.- LIMPIEZA DEL BAR
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El bar deberá mantenerse por el adjudicatario en perfectas condiciones de higiene y limpieza, para ello, el arrendatario efectuará cuantas actuaciones tiendan a conseguir tal efecto, procediendo igualmente a la limpieza de la vajilla y demás enseres empleados en el ejercicio de su actividad.
En la cocina xxx xxxxxxx deberán observarse las más estrictas medidas de higiene, tanto respecto al personal que se ocupe del manipulado de los alimentos, como en los utensilios que para su preparación se empleen.
B - LIMPIEZA DE LA PLANTA BAJA DEL HOGAR DEL JUBILADO
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La limpieza de la parte de la planta baja del hogar del Jubilado que se destine a la prestación del 3 servicio de bar, se efectuará teniendo en consideración que las instalaciones se encuentren siempre en perfecto estado de limpieza y decoro público.
Serán de cuenta del adjudicatario la adquisición de todos los productos de limpieza, así como de los rollos de papel higiénico, gel de manos y demás material necesario.
C.- MANTENIMIENTO DE LOS ELECTRODOMESTICOS
El arrendatario, y las personas que este ocupe en el ejercicio de su actividad, deberán utilizar los electrodomésticos que se encuentran en las instalaciones con la debida diligencia, tanto los empleados en sus actividades de restauración, como en los aparatos de televisor, aire acondicionado, etc.
En caso de avería de cualquiera de ellos, corresponde al arrendatario la puesta en contacto con el servicio de asistencia técnica para su reparación, sin que entre la detección de la avería y el aviso al servicio técnico puedan transcurrir más de dos días.
La factura de las reparaciones será abonada por el contratista a la empresa de reparación en el acto, no obstante, este deberá presentarla en el Ayuntamiento para su reintegro, siempre que de esta factura se desprenda que la avería se no se hubiere producido por una negligencia del adjudicatario en la utilización del electrodoméstico o electrodomésticos en cuestión, ya que en este caso, los gastos de reparación correrán de su cuenta.
Lo dispuesto en este apartado se hace extensible al resto del mobiliario ubicado en la planta baja del Hogar del Jubilado.
DILIGENCIA: El presente pliego de prescripciones técdnicas fue aprobado por Resolución de la Alcaldía nº 4957/2019, de 11 de noviembre.
V. EQUIPAMIENTO Y MOBILIARIO
Serán de cuenta del adjudicatario:
Todo el material de hostelería preciso para llevar a cabo la explotación del bar-cafetería: menaje de cocina, vajilla, cubertería, cristalería, servilletería y complementos, así como la reposición de los mismos.
El mantenimiento y las revisiones de toda la maquinaria y aparatos utilizados en el bar.
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La reparación de los electrodomésticos y de cualquier otro componente del equipamiento del bar; no obstante, si el elemento u objeto averiado es propiedad del Ayuntamiento, el adjudicatario tendrá derecho al reintegro de la reparación, en los términos previstos en el apartado anterior.
El Ayuntamiento pondrá a disposición del adjudicatario las dependencias auxiliares, mobiliario, equipamiento, instalaciones y enseres que se relacionan en el anexo de este pliego, y que constituyen el inventario de bienes cuyo uso se cede para la explotación del servicio.
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Adjudicado el contrato, se procederá a formalizar la correspondiente acta de entrega y recepción del inventario, que deberá ser suscrita por el Ayuntamiento y el adjudicatario en prueba de conformidad.
El adjudicatario se encargará de la conservación y, en su caso, reposición del equipamiento y de los elementos del mobiliario del bar propiedad del Ayuntamiento. Dicha reposición se realizará con elementos de las mismas o similares características, reservándose el Ayuntamiento la potestad de aceptar o, por el contrario, exigir su cambio si no reúne las condiciones adecuadas.
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Una vez concluido el contrato, el adjudicatario tiene derecho a retirar del mismo todo el mobiliario y equipamiento que haya aportado por su cuenta, teniendo la obligación de entregar en perfectas condiciones de conservación el mobiliario y demás material aportado por el Ayuntamiento, conforme 4 al inventario de bienes previamente firmado por ambos.
VI. DEL PERSONAL
El adjudicatario deberá contratar por su cuenta, el personal preciso para atender la cocina, limpieza y el servicio normal del local. Estará obligado a dar de alta a todo su personal en la Seguridad Social, tener cubierto el riesgo de Accidentes de Trabajo, atenerse a lo dispuesto en los convenios Provinciales de Hostelería, y velar por el cumplimiento de la legislación vigente sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo.
El adjudicatario también será responsable del aseo, presencia y comportamiento del personal a su servicio, que deberá guardar siempre la máxima pulcritud.
El personal que preste servicios en el bar deberá disponer de carnet de manipulador de alimentos, que deberá ser renovado periódicamente de acuerdo con la normativa vigente.
VII. OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO
Los gastos originados por los consumos de gas, calefacción, climatización, y energía eléctrica, en las instalaciones cedidas, serán por cuenta del contratista.
Por otra parte, serán por cuenta del Ayuntamiento los gastos de desinsectación, desinfección y desratización de las instalaciones.
DILIGENCIA: El presente pliego de prescripciones técdnicas fue aprobado por Resolución de la Alcaldía nº 4957/2019, de 11 de noviembre.
El Ayuntamiento realizará todas las obras de reforma que sean necesarias para el funcionamiento y/o mejora de la instalación del bar.
VIII. PROHIBICIONES
En relación con el local y recinto destinado a bar, se establecen las siguientes prohibiciones:
- No podrán instalarse máquinas recreativas ni de apuesta y premio.
- No podrán instalarse máquinas expendedoras de bebidas y/o sólidos, ni de tabaco.
- No podrá suministrase bebidas alcohólicas ni tabaco a menores de 16 años.
- No podrá realizarse ningún tipo de reforma en las instalaciones, sin perjuicio de lo previsto en el PCAP.
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- No podrá introducirse variación alguna en el horario y calendario fijados en el presente pliego, sin la previa autorización del Ayuntamiento.
Está prohibida la celebración de banquetes con motivo de fiestas o celebraciones particulares, salvo que expresamente se autorice por el Ayuntamiento, quien para ello deberá oír previamente a la Junta de Jubilados.
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La celebración de cenas y comidas organizados por la Junta de Jubilados no requerirá la previa autorización del Ayuntamiento pues su celebración es intrínseca con el carácter social del uso del inmueble.
Se prohíbe la ejecución de actividades no incluidas en el contrato sin conocimiento previo y autorización del Ayuntamiento.
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En La Pobla de Vallbona, en la fecha de la firma electrónica.
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ANEXO
RELACIÓN DE APARATOS, MOBILIARIO Y MAQUINARIA
Unidades | Denominación |
Zona cúpula | |
50 | Sillas |
8 | Mesas |
3 | Taburetes xx xxxxx |
Zona bar | |
52 | Sillas |
15 | Mesas |
2 | Taburetes xx xxxxx |
1 | Muebles de separación zona bar-zona estar |
1 | Papelera grande |
1 | Mueble fregadero debajo xx xxxxx |
1 | Mueble estantería y armario detrás de la barra |
24 | Tazas de café |
31 | Platos de café |
1 | Estantería metálica |
1 | Televisión sin mando a distancia |
1 | Botiquín |
1 | Congelador |
DILIGENCIA: El presente pliego de prescripciones técdnicas fue aprobado por Resolución de la Alcaldía nº 4957/2019, de 11 de noviembre.
2 | Molinillos de café |
1 | Maquina de café |
Zona cocina | |
1 | Bancada xx xxxxxx |
1 | Armarios altos de cocina xx xxxxxx |
1 | Mueble Fagor de aluminio encimera |
1 | Bancada de aluminio |
1 | Campana extractora |
1 | Nevera frigorífico de aluminio |
1 | Lavaplatos |
1 | Bancada xx xxxxxx + fregadero |
1 | Microondas |
1 | Freidora |
2 | Botellas de gas |
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Fecha firma: 12/11/2019 11:22:32 CET
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