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PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HABRÁ DE REGIR LA LICITACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA DEL PALACIO DE CONGRESOS KURSAAL
1. OBJETO DEL CONTRATO .- 3 -
2. ENTIDAD CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN .....................................- 3 -
3. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.................................................................- 3 -
4. VARIANTES .................................................................................................- 4 -
5. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL ...................................................................- 4 -
6. PLAZO DE DURACIÓN ....................................................................................- 4 -
7. PRESUPUESTO MÁXIMO ANUAL, PRECIOS UNITARIOS MÁXIMOS Y VALOR
ESTIMADO DEL CONTRATO .............................................................................- 4 -
8. ABONO DEL PRECIO.......................................................................................- 8 -
9. REVISIÓN DEL PRECIO ...................................................................................- 8 -
10. PUBLICIDAD ................................................................................................- 8 -
11. GARANTÍA DEFINITIVA ..................................................................................- 9 -
12. CONDICIONES DE APTITUD ........................................................................... - 10 -
13. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN .................................... - 11 - 14. CRITERIOS DE VALORACIÓN ......................................................................... - 16 - 15. COMITÉ DE EVALUACIÓN ............................................................................. - 17 - 16. APERTURA DE PROPOSICIONES ...................................................................... - 17 - 17. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO..................................................................... - 18 - 18. PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO .............................................. - 19 - 19. RESPONSABLE DEL CONTRATO...................................................................... - 19 - 20. EJECUCIÓN DEL CONTRATO .......................................................................... - 20 - 21. OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES................................................. - 21 - 22. CONFIDENCIALIDAD.................................................................................... - 23 - 23. SEGUROS .................................................................................................. - 23 - 24. PENALIDADES POR EJECUCIÓN DEFECTUOSA ................................................... - 24 - 25. CESIÓN DEL CONTRATO ............................................................................... - 25 - 26. SUBCONTRATACIÓN .................................................................................... - 25 - 27. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO..................................................................... - 26 - 28. RESPONSABILIDAD ..................................................................................... - 26 - 29. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO ........................................................................ - 26 -
30. RESOLUCIÓN . - 26 -
31. RÉGIMEN JURÍDICO ..................................................................................... - 27 -
32. JURISDICCIÓN ............................................................................................ - 28 -
ANEXO I. ESPACIOS ............................................................................................... - 00 - XXXXX XX. DESIGNACIÓN DE MEDIO PREFERENTE DE RECEPCIÓN DE NOTIFICACIONES........ - 32 - ANEXO III. MODELO DE AVAL.................................................................................. - 33 - ANEXO IV. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA...................................................... - 34 - ANEXO V. TABLA DE PRECIOS ................................................................................. - 35 - ANEXO VI. CERTIFICADO DE LA ENTIDAD ASEGURADORA ............................................ - 38 -
ANEXO VII. MODELO DE ACTA NOTARIAL DE MANIFESTACIONES PARA EL SUPUESTO DE QUE EL LICITADOR, PARA ACREDITAR LA/S CLASIFIACIÓN/ES EXIGIDA/S,
PRETENDA BASARSE EN LA/S CLASIFICACIÓN/ES DE OTRAS ENTIDADES ................ - 39 -
PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HABRÁ DE REGIR LA LICITACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA DEL PALACIO DE CONGRESOS KURSAAL
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato lo constituyen los servicios de limpieza del Palacio de Congresos Kursaal, y concretamente de los espacios indicados en el documento que se acompaña como Anexo I al presente Pliego, según lo previsto en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
La empresa quedará obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, entre ellas a la obligación de subrogación (señalada en la Cláusula 13ª, sobre nº2 “propuesta técnica”, apartado c) “Recursos Humanos”, del presente Pliego), de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por el contratista no implicará responsabilidad alguna para CENTRO KURSAAL-KURSAAL ELKARGUNEA, S.A.
Junto con la realización del servicio de limpieza de este contrato y como parte del objeto del mismo, CENTRO KURSAAL-KURSAAL ELKARGUNEA, S.A. persigue la promoción de la estabilidad laboral y la seguridad en el trabajo.
Serán asimismo objeto de contrato, en su caso y en los términos recogidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, los servicios de limpieza por encargo de terceros.
2. ENTIDAD CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
La entidad contratante es CENTRO KURSAAL-KURSAAL ELKARGUNEA, S.A. (en adelante, KURSAAL).
El Órgano de Contratación es el Director Gerente, concurriendo conjuntamente con el Presidente o Vicepresidente del Consejo de Administración, quienes, en su caso y conforme a las normas de derecho privado de aplicación, podrán facultar expresamente a las personas que estimen oportunas para la ejecución de concretas actuaciones en relación con el contrato.
3. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto, al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el presente Pliego.
4. VARIANTES
No se admiten variantes.
5. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL
Tienen carácter contractual, además del correspondiente contrato que se formalice con ocasión de la adjudicación realizada, el presente Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas, el Pliego de Prescripciones Técnicas y la oferta que presente la empresa adjudicataria.
Dichos documentos habrán de ser firmados por la empresa adjudicataria en prueba de conformidad con los mismos, en el acto mismo de formalización del contrato.
6. PLAZO DE DURACIÓN
El plazo de duración del contrato será de cuatro años a partir de la fecha de la formalización del contrato. Quedando obligado el contratista al cumplimiento del contrato y de los Pliegos que rigen el mismo durante su vigencia.
7. PRESUPUESTO MÁXIMO ANUAL, PRECIOS UNITARIOS MÁXIMOS Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
Los licitadores deberán indicar en su proposición económica los siguientes precios con arreglo a los cuales prestarán los servicios objeto del contrato.
A tales efectos, los precios máximos de licitación, XXX excluido, son los indicados en el siguiente cuadro:
SERVICIO 1 | Presupuesto anual LICITACIÓN |
Limpieza de espacios por mantenimiento del edificio | 135.177,74 €/año |
TOTAL 1 | 135.177,74 €/año |
SERVICIO 2 | PR. LICITACIÓN | ||
Limpieza de espacios por eventos estándar | |||
ESPACIOS | USO* ESTIMADO | PR. MAX. UNITARIO | PRECIO MAX. ANUAL LICITACION |
Auditorio completo, que incluye: | 80 | 371,23 | 29.698,32 |
Patio de butacas | |||
Aseos | |||
Escenario | |||
chacena | |||
Foso | |||
Camerinos | |||
Salas de ensayo | |||
Salas VIP | |||
Cuarto de catering | |||
Auditorio A+B, que incluye: | 30 | 320,03 | 9.600,75 |
Patio de butacas zonas A y B | |||
Aseos | |||
Escenario | |||
chacena | |||
Foso | |||
Camerinos | |||
Salas de ensayo | |||
Salas VIP | |||
Cuarto de catering | |||
Foyer Auditorio (planta baja, 1ª y 2ª) | 129 | 179,21 | 23.118,61 |
Mostrador acreditaciones, que incluye: | 115 | 25,60 | 2.944,23 |
Xxxx xx xxxx acreditaciones | |||
Mostrador acreditaciones | |||
Xxxx xx Xxxxxx, que incluye: | 39 | 102,41 | 3.993,91 |
Patio de butacas | |||
Sala VIP | |||
Aseos | |||
Escenario | |||
Foso | |||
Camerinos | |||
Foyer Xxxx xx Xxxxxx y pasillos | 41 | 25,60 | 1.049,68 |
Xxxx Xxxxx Polivalentes | 107 | 25,60 | 2.739,41 |
Xxxx Salas Polivalentes y salas del 1 al 9 | 1 | 102,41 | 102,41 |
Xxxx Salas Poliv., salas 1-9 y Sala banquetes | 1 | 153,61 | 153,61 |
Aseos Polivalentes | 127 | 38,40 | 4.877,18 |
Sala 1, 2 ó 3 (incluye sala y cabina) | 22 | 12,80 | 281,62 |
Sala 1+2 ó 2+3 (incluye salas y cabinas) | 23 | 25,60 | 588,85 |
Sala 1+2+3 (incluye salas y cabinas) | 38 | 38,40 | 1.459,31 |
Sala 4, 5, 6, 7, 8 ó 9 | 36 | 6,40 | 230,42 |
Sala 4+5, 6+7 ó 8+9 | 98 | 12,80 | 1.254,50 |
Sala 10 | 13 | 25,60 | 332,83 |
Sala 10 A | 8 | 12,80 | 102,41 |
Sala 10 B o 10 C | 2 | 12,80 | 25,60 |
Sala 10 B+C | 6 | 25,60 | 153,61 |
Sala VIP Xxxx xx Xxxxxx | 5 | 12,80 | 64,01 |
Sala VIP 1 Auditorio | 1 | 12,80 | 12,80 |
Sala VIP 2 Auditorio | 1 | 12,80 | 12,80 |
Sala de Prensa | 1 | 12,80 | 12,80 |
Taquilla | 1 | 12,80 | 12,80 |
Almacenes | 1 | 51,20 | 51,20 |
Sala de Banquetes | 63 | 51,20 | 3.225,85 |
Sala Ensayo 1 | 32 | 12,80 | 409,63 |
Sala Ensayo 2 | 20 | 12,80 | 256,02 |
Sala danza | 20 | 12,80 | 256,02 |
Alquiler cocina para músicos | 1 | 12,80 | 12,80 |
ALQUILER GLOBAL | |||
Alquiler Global | 17 | 870,47 | 14.797,96 |
Sin Xxxx xx Xxxxxx | 1 | 768,06 | 768,06 |
Sin Auditorio | 1 | 716,86 | 716,86 |
TOTAL | 103.316,87 |
SERVICIO 3 | USO* ESTIMADO | PR. MAX. UNITARIO | PRECIO MAX. ANUAL LICITACION |
Limpieza de espacios para eventos especiales por precio hora | 1.555,72h | 20,95 €/h | 32.593,58 €/año |
TOTAL 3 | 32.593,58 €/año |
271.088,19 €/año
TOTAL 1+2+3
(*): Las referidas cantidades (uso estimado y horas) se incluyen a efectos meramente indicativos, y según datos de uso de las instalaciones durante el año 2014, sin que en modo alguno vinculen a KURSAAL; los datos de noviembre y diciembre son proyección de la actividad a final de año.
Por otro lado, a modo informativo, sin que en modo alguno vincule a KURSAAL, la carga de trabajo durante el año 2014 se ha distribuido de la siguiente manera:
AÑO 2014 | |
MES | % CARGA DE TRABAJO |
ENERO | 5,98 |
FEBRERO | 5,31 |
MARZO | 9,36 |
ABRIL | 6,29 |
MAYO | 5,90 |
JUNIO | 6,19 |
JULIO | 5,10 |
AGOSTO | 7,03 |
SEPTIEMBRE | 14,84 |
OCTUBRE | 15,59 |
NOVIEMBRE | 8,96 |
DICIEMBRE | 9,94 |
TOTAL | 100,00% |
Dichos precios podrán ser objeto de reducción en la proposición económica que presenten los licitadores, sin que en ningún caso puedan ofertarse precios superiores.
Se entenderán comprendidos en el precio máximo anual y en los precios unitarios ofertados por el licitador cualesquiera conceptos inherentes a la prestación de los servicios y todos los gastos relativos al personal (a saber, salarios y Seguridad Social, vacaciones y pagas extraordinarias, sustituciones por baja o enfermedad, seguros de accidentes individuales, etc.), así como todos los tributos (IVA excluido) que ocasionen los mismos, restantes seguros, licencias, autorizaciones y cualesquiera otros gastos generales.
Estarán asimismo incluidos en el precio máximo anual y en los precios unitarios ofertados por el licitador cualesquiera medios, vehículos, equipos, maquinaria, instrumentos, aparatos, útiles y productos de limpieza requiera emplear la empresa en la prestación de los servicios, así como el suministro, colocación y renovación de productos higiénicos en los aseos (por ejemplo, gel o jabón, papel higiénico, toallitas, dosificador automático de ambientador, seca manos, portarrollos de papel, escobillas, papeleras, etc.).
Los gastos de consumo de agua y electricidad serán de cuenta de KURSAAL.
Los licitadores deberán indicar como partida independiente el IVA que deba soportar KURSAAL.
El valor estimado total del contrato, a los efectos de lo previsto en el artículo 88 del TRLCSP, es de UN MILLON OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON SETENTA Y SIETE CENTIMOS DE EURO (1.084.352,77 €), IVA excluido.
Dicho valor estimado ha sido calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 88.5.a) del TRLCSP, esto es, atendiendo al valor real de los contratos similares adjudicados durante los doce meses previos, y computado por todo el tiempo de posible duración del contrato, es decir, cuatro años.
8. ABONO DEL PRECIO
El precio se abonará mensualmente, previa presentación de la correspondiente factura por la empresa adjudicataria.
El precio que KURSAAL deberá abonar a la empresa adjudicataria por los servicios prestados será el que resulte de la suma de los siguientes conceptos:
i) De la cantidad que resulte de dividir el importe de adjudicación anual de la limpieza de mantenimiento (Servicio 1 de la tabla) en doce mensualidades.
ii) Del número efectivo de servicios prestados a los precios unitarios ofertados para cada servicio de limpieza de espacios para eventos estándar (Servicio 2 de la tabla) durante el mes objeto de facturación.
iii) De multiplicar el número de horas efectivamente prestadas al precio unitario ofertado para cada servicio de limpieza de espacios para eventos especiales (Servicio 3 de la tabla) durante el mes objeto de facturación.
La empresa adjudicataria deberá emitir la factura mensual detallada en los siete primeros días naturales del mes siguiente al que se trate.
El precio por los servicios prestados se abonará por KURSAAL a los 60 días desde la finalización del mes a que correspondan los servicios siempre que se haya emitido la factura en el plazo señalado en el párrafo anterior y cuente con el visto bueno de KURSAAL.
9. REVISIÓN DEL PRECIO
No procede.
10. PUBLICIDAD
La licitación será objeto de anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y en el perfil de contratante de KURSAAL.
La adjudicación del contrato se publicará en el perfil de contratante de KURSAAL.
La formalización del contrato se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y en el perfil de contratante de KURSAAL.
El acceso a dicho perfil se realizará a través de la página Web siguiente: xxx.xxxxxxx.xxx. El importe de los anuncios será a cuenta de la empresa adjudicataria.
11. GARANTÍA DEFINITIVA
La empresa adjudicataria, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligada a constituir una garantía definitiva por importe del 5% del precio de adjudicación anual correspondiente a 2 años , excluido IVA.
El licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir la citada garantía en el plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por KURSAAL a tal efecto.
Podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP.
Si la garantía se constituye en metálico, se ingresará el importe en la cuenta corriente nº C/C: 2101 0381 03 0010813616.
La acreditación de la garantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos.
En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Xxxxx XXX.
La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por la empresa adjudicataria todas sus obligaciones contractuales.
En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles a la empresa adjudicataria, ésta deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
En lo no previsto en la presente Cláusula, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSP.
12. CONDICIONES DE APTITUD
Podrán contratar con KURSAAL las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y se hallen debidamente clasificadas.
Las empresas licitadoras deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto del contrato, sin que sea admisible la habilitación profesional de las empresas de trabajo temporal.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Tendrán capacidad para contratar con KURSAAL, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP.
Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
Se prescindirá del informe de reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
Podrán contratar con KURSAAL las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP.
Los licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente clasificación:
- Grupo U, Subgrupo 01, Categoría B
Asimismo, los licitadores deberán acreditar estar en posesión de las siguientes certificaciones:
- ISO 9001, ISO 14.001 y OSHAS 18.001 o similar.
No será exigible la clasificación a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, ya concurran al contrato aisladamente o integrados en una unión, sin perjuicio de su obligación de acreditar una solvencia económica y financiera y técnica o profesional equivalente a la necesaria para obtener la clasificación exigida en el presente Xxxxxx.
Para acreditar la clasificación necesaria para celebrar el contrato, los licitadores que pretendan basarse en la clasificación de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, deberán aportar (según modelo contenido en el Anexo VII) escrito otorgado ante Notario, en el que la empresa implicada manifieste: que conoce en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador; que ostenta la referida clasificación, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Cláusula 13ª); y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por KURSAAL, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario
13. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN
La presentación de proposiciones presupone la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del presente Xxxxxx y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, sin salvedad alguna.
El presente Pliego y el Pliego de Prescripciones Técnicas podrán ser examinados en las oficinas de KURSAAL (sitas en Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxx, xx 0 xx Xxxxxxxx/Xxx Xxxxxxxxx), en los días hábiles de 9.00 horas a 13.00 horas, a partir del día siguiente al de la publicación del primero de los anuncios de licitación y durante todo el plazo de presentación de proposiciones.
Los Pliegos estarán asimismo accesibles desde la referida fecha y en el mismo plazo en el perfil de contratante de KURSAAL (xxx.xxxxxxx.xxx).
Para participar en la licitación, los licitadores deberán presentar, en las citadas oficinas de KURSAAL y hasta las 13:00 horas del día 7 de enero de 2015, tres sobres cerrados, con la documentación que luego se indicará, indicando en los mismos la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico. Todo ello de forma legible.
En el reverso de cada sobre figurará asimismo la inscripción: “Proposición para tomar parte en la licitación, mediante procedimiento abierto, para la contratación de los servicios de
limpieza del Palacio de Congresos KURSAAL.”, así como la enumeración correspondiente (sobre nº 1, sobre nº 2 o sobre nº 3, según proceda).
En el caso de que la parte licitadora envíe su proposición por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar a KURSAAL la remisión de la oferta mediante télex, fax (al número siguiente: 943003001) o telegrama en el mismo día. También podrá anunciarse por correo electrónico (a la dirección siguiente: xxxxxxx@xxxxxxx.xxx). El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones, y se identifique fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
El contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en su interior en hoja independiente, deberá constar de los documentos que se indican a continuación:
Sobre nº 1.- "APTITUD PARA CONTRATAR"
a) Documentos acreditativos de la capacidad de obrar del licitador y, en su caso, de su representación:
- La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los Estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
- La capacidad de obrar de los restantes empresarios extranjeros se acreditará mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
- La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas físicas se acreditará mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad, o equivalente de su Estado respectivo.
- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia del Documento Nacional de Identidad, así como poder bastante al efecto. Si la empresa fuere persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando así se exija conforme a lo previsto en el artículo 94 del Reglamento del Registro Mercantil.
- Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyen y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios. Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
- Toda esta documentación se presentará en original, o copia debidamente compulsada o autenticada.
b) Testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, de no estar incurso el licitador en ninguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60.1 del TRLCSP. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
Dicho testimonio o declaración incluirá asimismo la declaración expresa responsable de hallarse al corriente el licitador en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, debiendo el licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa presentar, en el plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento al efecto realizado por KURSAAL, la justificación acreditativa de dicho requisito.
c) Documentos acreditativos de la siguiente clasificación vigente:
Se acreditará mediante la presentación del certificado acreditativo de ostentar las siguientes clasificaciones de empresa contratista de servicios:
- Grupo U, Subgrupo 01, Categoría B
Se deberá presentar certificación expedida por órgano competente, acompañada de una declaración responsable de la empresa de su vigencia y de que las
circunstancias reflejadas en la correspondiente certificación no han experimentado variación. Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicataria, en el documento en que se formalice el contrato.
La certificación deberá acreditar que la empresa está clasificada en el grupo y subgrupo especificados, en categoría igual o superior a la mencionada.
Dicha certificación podrá asimismo acreditar las circunstancias mencionadas en el apartado a) de esta Cláusula, esto es, la capacidad de obrar de la empresa y, en su caso, su representación.
No será exigible la clasificación a las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar una solvencia económica y financiera y técnica o profesional equivalente a la necesaria para obtener la clasificación de contratista de servicios exigida en el presente Pliego.
- Acreditación de disponer de los siguientes certificados: ISO 9001, ISO 14.001 y OSHAS 18.001.o similar
d) En su caso, Acta notarial de manifestaciones para el supuesto de que el licitador, para acreditar la clasificación exigida pretenda basarse en laclasificación de otras entidades, según modelo contenido en el Anexo VII.
e) Documento de designación de medio preferente de recepción de las notificaciones que se efectúen desde KURSAAL, según el modelo incorporado como Anexo II al presente Pliego.
f) Las empresas extranjeras deberán presentar declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida de forma oficial al euskera o, en su caso, al español.
Aquellos licitadores que se encuentren inscritos en el Registro Oficial de Contratistas regulado por el Decreto 12/1998, de 3 de febrero, por el que se regula el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, podrán presentar copia compulsada del certificado expedido por el letrado responsable del Registro en sustitución de la documentación requerida en los apartados a) y c). En el supuesto de que la clasificación a que hace referencia el apartado
c) de esta Cláusula no se halle comprendido en dicho certificado, el licitador deberá aportar asimismo el correspondiente certificado vigente de clasificación.
KURSAAL se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
Sobre nº 2.- “PROPUESTA TÉCNICA”
Contendrá los documentos siguientes:
a) Memoria técnica comprensiva de los extremos siguientes:
- Descripción detallada de los servicios que se van a prestar, plan de trabajo y rendimientos previstos, que contendrá como mínimo los siguientes aspectos:
- la descripción de la supervisión, organización y gestión de los servicios que se van a prestar adaptados a las necesidades del Kursaal
- el correcto dimensionamiento de las cargas horarias del personal
- idoneidad del calendario propuesto de días y horarios de trabajo
- plan específico de prevención de riesgos laborales
- Aspectos específicos de seguridad a incluir en el Plan de Seguridad e Higiene.
b) Recursos Humanos:
En relación a los recursos humanos, el contratista deberá subrogarse en el personal que actualmente viene prestando el servicio, dando cumplimiento a dichos efectos, a la legislación y al Convenio Colectivo de aplicación vigente en el momento de la licitación.
KURSAAL facilitará la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores actuales que resulte necesaria para permitir la evaluación de los costes laborales que implique la subrogación.
Asimismo, se indicará la siguiente información por parte del licitador:
- Para el caso de ser necesaria la sustitución o reemplazo del personal subrogado, señálese el compromiso y propuestas, en su caso, en relación con la promoción de la estabilidad laboral (con concreción del carácter temporal o indefinido del contrato) y la seguridad en el trabajo.
- En relación a las personas que actúen como interlocutoras con KURSAAL y/o tengan relación con ella el grado de conocimiento de euskara de las mismas.
c) Relación y descripción de los medios, instrumentos, aparatos, parque móvil, equipos y maquinaria de que se adscribirán a la prestación del servicio de limpieza, con carácter habitual, con especial referencia:
- al número y características técnicas de equipos para la limpieza de suelos (barredoras, fregadoras…)
d) Mejoras:
Se indicarán cualesquiera mejoras oferte el licitador, que habrán/ podrán versar sobre los siguientes aspectos:
- Uso de productos de limpieza ecológicos y biodegradables.
Sobre nº 3.- "PROPOSICIÓN ECONÓMICA"
La proposición económica se ajustará al modelo que se adjunta al presente Xxxxxx como Xxxxx XX.
14. CRITERIOS DE VALORACIÓN
Los criterios de valoración, indicados con su ponderación correspondiente, serán los siguientes:
1. Propuesta técnica: Hasta un máximo de 60 puntos.
- Memoria técnica: Hasta un máximo de 35 puntos.
Se valorará:
- la descripción de la supervisión, organización y gestión de los servicios que se van a prestar adaptados a las necesidades del Kursaal
- el correcto dimensionamiento de las cargas horarias del personal
- idoneidad del calendario propuesto de días y horarios de trabajo
- plan específico de prevención de riesgos laborales
- Recursos Humanos: Hasta un máximo de 10 puntos.
Se valorará: el compromiso y propuesta, en su caso, en relación con la promoción de la estabilidad laboral y la seguridad de los medios humanos a adscribir a la ejecución del contrato en caso de sustituciones o reemplazos y el conocimiento del euskara de los interlocutores con KURSAAL.
- Maquinaria: Hasta un máximo de 10 puntos.
Se valorará: la relación y descripción de los medios, instrumentos, aparatos, parque móvil, equipos y maquinaria que se adscribirán a la prestación del servicio de limpieza con carácter habitual.
- Mejoras: Hasta un máximo de 5 puntos.
Se valorará: el uso de productos ecológicos y biodegradables.
2. Proposición económica: Hasta un máximo de 40 puntos.
Se valorará con arreglo a la fórmula siguiente: P = 40 * oferta mínima / oferta a valorar
Donde:
P: Puntuación obtenida por el licitador cuya oferta se valora. Oferta mínima: Importe de la menor oferta
Oferta N: Importe de la oferta que se valora
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al/los licitador/es que la haya/n presentado para que justifique/n la valoración de la oferta y precise/n las condiciones de la misma.
A dichos efectos, podrá ser considerada desproporcionada o anormal aquella oferta que sea inferior en 20 unidades porcentuales o más a la media aritmética de la totalidad de las proposiciones.
15. COMITÉ DE EVALUACIÓN
El Comité de Evaluación para la valoración de las proposiciones estará integrado por los siguientes miembros:
- Presidente: Director Técnico de KURSAAL.
- Vocales: Jefe de Mantenimiento de KURSAAL.
Jefa de Operaciones de KURSAAL
Un abogado designado por BSK Legal & Fiscal, S.L.
16. APERTURA DE PROPOSICIONES
El Comité de Evaluación calificará previamente la documentación contenida en el sobre nº 1 (“Aptitud para contratar”), presentada en tiempo y forma. Si observare defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, podrá conceder un plazo de tres días hábiles para que el licitador subsane aquéllos.
Seguidamente, se procederá a la apertura del sobre nº 2, comprensivo de la propuesta técnica, en orden a efectuar su estudio y valoración.
La apertura de las proposiciones económicas contenidas en el sobre nº 3 se verificará públicamente en las oficinas de KURSAAL sitas en Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxx, xx 0, xx Xxxxxxxx- Xxx Xxxxxxxxx. Se publicará en el perfil de contratante la fecha, hora y lugar en que tendrá lugar el acto público de apertura de dichas proposiciones.
Al iniciarse el acto público de apertura de proposiciones económicas, se facilitará a los licitadores asistentes el resultado de la valoración de sus propuestas técnicas.
Leídas las propuestas por el Presidente del Comité de Evaluación, desechará las que se encuentren incursas en alguna de las causas previstas en el artículo 84 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP).
Terminado el acto público de apertura de proposiciones económicas, se iniciará el estudio y valoración de las mismas.
El Comité de Evaluación elevará al Órgano de Contratación la relación de proposiciones presentadas, que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, clasificada por orden decreciente, atendiendo a los criterios de valoración establecidos en la Cláusula 14ª e identificará la oferta económicamente más ventajosa.
Podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos.
La identificación por parte del Comité de Evaluación de la proposición económicamente más ventajosa no genera derecho alguno a favor del licitador frente a KURSAAL.
17. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Para la elección del licitador seleccionado para la adjudicación, el Órgano de Contratación, como regla general, deberá ajustarse a la propuesta realizada por el Comité de Evaluación. En caso contrario, el Órgano de Contratación deberá motivar su decisión de separarse de la propuesta, procediendo a realizar, en su caso, la clasificación definitiva de las proposiciones.
KURSAAL requerirá al licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa para que aporte, en el plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba dicho requerimiento, la siguiente documentación:
- Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Justificante acreditativo de haber constituido la garantía definitiva prevista en la Cláusula 11ª del presente Xxxxxx.
- Documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios humanos y materiales comprometidos en su oferta.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El Órgano de Contratación acordará la adjudicación del contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la referida documentación, y en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día de la apertura de las proposiciones.
La adjudicación se acordará por el Órgano de Contratación en resolución motivada, será notificada a los licitadores, mediante el medio indicado conforme al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo II, y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
18. PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfeccionará mediante su formalización.
Previamente a la formalización del contrato, el adjudicatario del contrato deberá presentar la siguiente documentación:
- Justificante acreditativo de haber abonado los gastos de los anuncios de licitación.
- En su caso, acreditación de su constitución legal como unión temporal de empresas, debiendo designar un representante o apoderado único de la unión temporal, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo.
- Copia de la póliza de seguros, en los términos previstos en la Cláusula 23ª del presente Pliego.
A efectos de la formalización del contrato, una vez transcurrido el plazo de quince días hábiles desde la remisión de la notificación de la adjudicación a los licitadores, KURSAAL remitirá al adjudicatario requerimiento a fin de que se proceda a dicha formalización, que habrá de tener lugar en documento privado en el plazo de cinco días naturales a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiera recibido tal requerimiento.
El adjudicatario podrá solicitar, no obstante, la elevación del contrato a escritura pública. En este caso, los gastos de formalización serán de su cuenta.
La formalización del contrato se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y en el perfil de contratante de KURSAAL. Ello en un plazo no superior a cuarenta y ocho días naturales a contar desde la fecha de la misma.
Los gastos de los anuncios de formalización del contrato serán a cargo del adjudicatario.
19. RESPONSABLE DEL CONTRATO
El responsable del contrato será el Director Técnico de KURSAAL, al que corresponderá supervisar la ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin
de asegurar la correcta realización de las prestaciones pactadas, dentro del ámbito de facultades que aquél le atribuya.
Las instrucciones que imparta el responsable del contrato serán de obligado cumplimiento para la empresa adjudicataria.
A estos efectos, será el encargado de levantar acta de incidencias, denunciando cuantos incumplimientos advirtiera en la ejecución del contrato, e imponiendo las penalidades que correspondan por ejecución defectuosa, con arreglo a la Cláusula 24ª del presente Xxxxxx.
KURSAAL podrá designar en cualquier momento nuevo responsable del contrato, previa comunicación a la empresa adjudicataria.
20. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará con arreglo a las siguientes condiciones:
- El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario.
- El contrato se ejecutará según sus términos y condiciones, según el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas, el Pliego de Prescripciones Técnicas y la oferta presentada por el adjudicatario y conforme a las instrucciones que imparta KURSAAL o, en su caso, el responsable del contrato.
- KURSAAL podrá controlar, verificar y supervisar, en cualquier momento y por cualesquiera medios, el correcto cumplimiento de las obligaciones contractuales y la adecuada ejecución de las prestaciones contractuales.
A tal fin, KURSAAL podrá recabar las asistencias externas que considere oportunas para la verificación o auditoría del correcto cumplimiento de las obligaciones contractuales, así como del adecuado nivel de calidad en el desarrollo del trabajo.
La empresa adjudicataria facilitará cuantos datos relacionados con los servicios le requiera KURSAAL, prestando, sin coste adicional alguno, cuanta asistencia sea necesaria, y facilitando, incluso, el acceso a la documentación laboral, administrativa o de otro tipo, relacionada con los servicios contratados.
El adjudicatario no podrá obstaculizar las labores de inspección y control ejercidas desde KURSAAL.
- La empresa adjudicataria deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia fiscal y en materia laboral y de Seguridad Social y Prevención de Riesgos Laborales en relación con el personal que emplee en la ejecución de la prestación. A tal fin, deberá impartir al personal los cursos de formación que fuesen necesarios en dicho ámbito. El contratista aplicará a los trabajadores el convenio correspondiente de Gipuzkoa salvo que el
convenio de empresa, si existiese, o el que resultase de aplicación a la empresa fuera más favorable para los trabajadores.
La empresa adjudicataria será asimismo responsable de que el personal cumpla la normativa en vigor en materia de seguridad, higiene y salud laboral, y la normativa de funcionamiento general que pudiera emanar del responsable del contrato.
La totalidad del personal dependerá exclusivamente de la empresa adjudicataria, ostentando la misma los derechos y deberes inherentes a su condición de empresaria, sin que pueda realizarse reclamación alguna a KURSAAL derivada de tales relaciones laborales o restantes obligaciones.
La empresa adjudicataria será la única responsable ante cualquier siniestro o reclamación (judicial o extrajudicial) relacionada con el personal que trabaje en la ejecución de la prestación, propio o de las eventuales subcontrataciones, no asumiendo KURSAAL ningún tipo de responsabilidad laboral (incluida la referente a la seguridad, higiene y salud laboral), de Seguridad Social o fiscal que la empresa adjudicataria contraiga directa o indirectamente. Igualmente, la empresa adjudicataria asumirá exclusivamente las responsabilidades que pudieran derivarse de siniestros originados por la ejecución de la prestación.
- La prestación de servicios objeto del contrato no comprenderá ni conllevará, en ningún caso, tratamiento alguno de datos de carácter personal por cuenta de KURSAAL.
Siendo así, cualquier tratamiento de datos de carácter personal que, durante la vigencia del contrato, la empresa adjudicataria lleve a cabo en el marco de sus actividades, deberá entenderse realizado por su propia cuenta y decisión, como Responsable de dicho tratamiento, asumiendo en todo caso el cumplimiento de las obligaciones que se deriven para ella de lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo, como consecuencia de dicho tratamiento.
21. OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES
Serán obligaciones del adjudicatario las siguientes:
- El cumplimiento del contrato con estricta sujeción a lo establecido en su clausulado, en el presente Xxxxxx y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como a las instrucciones que diere al contratista el responsable del contrato.
- La subrogación en los contratos de los trabajadores que actualmente prestan servicios de limpieza en el lugar de trabajo, con independencia de la duración de su jornada laboral, de la naturaleza de su contrato de trabajo o de su situación laboral.
- El cumplimiento del compromiso y propuesta del grado de estabilidad laboral del personal a adscribir en caso de sustituciones o reemplazos y del conocimiento del euskara del mismo.
- La adscripción al contrato de los medios materiales comprometidos en su oferta.
- La identificación de un responsable o delegado de la empresa que, con capacidad de decisión suficiente para la resolución de los problemas que pudieran suscitarse con ocasión de la prestación del servicio.
- Cumplir las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud laboral, así como las obligaciones laborales derivadas de este contrato, quedando KURSAAL exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
- La obtención, a su cargo, de cuantas licencias y permisos fuesen necesarios para el ejercicio de su actividad.
- La prestación del servicio con sujeción a lo dispuesto en la normativa sectorial vigente de aplicación en cada momento.
- La no obstaculización en la celebración de eventos, actos o espectáculos, debiendo acatar cualesquiera instrucciones que, aun de última hora, pudiera impartir KURSAAL por dicha causa, así como acomodar la prestación del servicio, especialmente los turnos y horarios del personal, a la programación e indicaciones que reciba de KURSAAL bien en las reuniones semanales que a estos efectos se celebren, bien con carácter de urgencia en cualquier momento a lo largo de la vigencia del contrato.
- La constitución de la garantía definitiva, con arreglo a la Cláusula 11ª del presente Xxxxxx.
- La suscripción y mantenimiento durante toda la vigencia de contrato, posibles prórrogas incluidas, de la póliza de seguro indicada en la Cláusula 23ª del presente Xxxxxx.
- El cumplimiento de los servicios en el supuesto de huelga. Si no se garantizasen tales servicios, KURSAAL estaría facultada para promover los contratos precisos para cubrir los servicios, deduciéndose de su facturación el importe de los referidos contratos.
Durante el período de huelga, se abonará únicamente el precio correspondiente a los servicios efectivamente prestados.
- La sustitución del personal en el supuesto de que no cumpliera su función con la debida diligencia y eficiencia, no estuviese capacitado, fuese poco cuidadoso en el desempeño de los servicios o cometiese actos perniciosos para la buena marcha del contrato. Ello en el plazo máximo de veinticuatro horas desde el requerimiento que efectúe KURSAAL a tal fin. Las sustituciones de personal no implicarán responsabilidad alguna para KURSAAL respecto de las relaciones de la empresa adjudicataria con el personal afectado.
Dicho personal deberá acreditar, previamente al inicio de su actuación que cuenta con la correspondiente autorización.
- El reemplazo de personal para cubrir las ausencias de trabajo ocasionadas por bajas por enfermedad, vacaciones, permisos, licencias, accidentes, etc., garantizando la prestación efectiva de los servicios contratados. Ello en el plazo máximo de veinticuatro horas.
Las obligaciones previstas en la presente Xxxxxxxx tendrán el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de las mismas causa de resolución del contrato, a voluntad de KURSAAL.
22. CONFIDENCIALIDAD
KURSAAL no podrá divulgar la información facilitada por la empresa adjudicataria que ésta haya designado o designe como confidencial.
La empresa adjudicataria deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le haya dado el referido carácter en los Pliegos o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de quince años desde el conocimiento de dicha información.
23. SEGUROS
1. La empresa adjudicataria se responsabilizará de todos los daños y perjuicios que se ocasionen a causa de la ejecución del contrato, cualesquiera que sea su naturaleza y volumen.
Con independencia de los términos establecidos en el contrato, la empresa adjudicataria contratará para todo el período que dure el contrato, para hechos ocurridos durante la vigencia del mismo, por su propia cuenta, y a su exclusivo cargo, la siguiente póliza:
a) Seguro de responsabilidad civil que ampare la responsabilidad derivada de los daños y perjuicios causados a terceras personas y sus bienes a consecuencia de la celebración del contrato.
b) Este seguro contara como mínimo con las garantías de explotación o general, patronal y defensa y fianzas.
c) El límite de indemnización para las garantías de este seguro no deberá ser inferior a
1.000.000 euros, por siniestro. El sublímite por víctima en la responsabilidad civil patronal, tampoco será inferior a los 300.000 euros.
d) En el caso de que la empresa adjudicataria causase daños a KURSAAL, sus bienes o personal, éstos tendrán la consideración de terceros indemnizables por la póliza. Si los daños se causasen a cualquier otro tercero, KURSAAL, sus bienes o personal tendrán la consideración de asegurados dentro de la póliza de responsabilidad civil.
En todo caso, será por cuenta de la empresa adjudicataria el importe de las franquicias de los distintos seguros, así como el importe de los siniestros en la cuantía que supere los
límites que se establezcan en la póliza de seguro. Igualmente, serán por su cuenta las indemnizaciones a terceros y daños no cubiertos por la póliza.
La empresa adjudicataria, con anterioridad a la firma del contrato, aportará certificado de la aseguradora de responsabilidad civil, según el modelo recogido en el Anexo V denominado “Certificado de la entidad aseguradora”.
2. La empresa adjudicataria deberá mantener a su xxxxx y como mínimo durante la ejecución del contrato y para los trabajos y/o servicios que deba acometer, las coberturas siguientes:
- La empresa adjudicataria y los subcontratistas, si los hubiere, deberán tener dados de alta en la Seguridad Social, con arreglo a la normativa vigente, a todas las personas que intervengan en la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, así como cumplir con las exigencias de seguros de vida y accidentes que determinen los convenios sectoriales a los que pertenezcan.
- Serán a cargo de la empresa adjudicataria los daños a las instalaciones, maquinaria, equipos, y bienes de cualquiera de los participantes, incluidos efectos personales.
- Seguro de responsabilidad de suscripción obligatoria y responsabilidad civil voluntaria, nunca inferior a 50.000.000 euros, tanto para vehículos propios como para otros que pudiera usar la empresa adjudicataria.
3. La contratación de los seguros mencionados no limitará las obligaciones y la responsabilidad asumidas por la empresa adjudicataria en virtud del resto de las estipulaciones contractuales. Tampoco la responsabilidad primaria y directa del contratante podrá reducirse, atemperarse o subrogarse al condicionado o actuación de los aseguradores.
4. Durante la vigencia del contrato, KURSAAL podrá pedir a la adjudicataria que le exhiba la documentación correspondiente a los seguros referidos anteriormente, o que se le entregue copia de las pólizas, así como que se le acredite estar al corriente en el pago de las primas, con la obligación, por parte de ésta de cumplimentar dicho requerimiento.
5. El incumplimiento de los requisitos de contratación de seguros propios, según lo exigido anteriormente y a plena satisfacción de KURSAAL se considerará falta contractual grave, reservándose KURSAAL el derecho de contratar por cuenta y a cargo de la adjudicataria los seguros requeridos que no estuvieran contratados a plena satisfacción de KURSAAL en los plazos por ésta requeridos.
6. Las obligaciones que se establecen para la adjudicataria, se sobreentienden extensivas a los subcontratistas por ella contratados y, en general, a todos los participantes en la ejecución del contrato, debiendo en consecuencia trasladar y controlar estas obligaciones.
24. PENALIDADES POR EJECUCIÓN DEFECTUOSA
Cuando la empresa adjudicataria, por causas imputables a la misma, hubiere incurrido en ejecución defectuosa de las prestaciones contratadas o incumplido cualesquiera otras condiciones contractuales (especialmente las que persiguen la estabilidad laboral y seguridad en el trabajo) , KURSAAL podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato, en los términos previstos en la Cláusula 30ª del presente Pliego, o continuar en su ejecución, devengándose en este último caso a favor de KURSAAL, adicionalmente a cualesquiera indemnizaciones de daños y perjuicios que procedan, con carácter cumulativo, una cantidad equivalente al 10 % del valor estimado del contrato.
Incluso en el supuesto de opción por la continuación en la ejecución del contrato, mientras dure el incumplimiento por ejecución defectuosa, en cualquier momento KURSAAL podrá optar por la resolución con los efectos antes referidos.
Las penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse a la empresa adjudicataria, o sobre la garantía definitiva, cuando no puedan deducirse de aquéllas, siendo objeto de la correspondiente reclamación, en la cuantía que excedan de la garantía definitiva.
En todo caso, tanto de opción por la resolución como por la continuación del contrato, KURSAAL podrá decidir unilateralmente la continuación del servicio durante el tiempo que estime preciso, por medios propios o de terceros, repercutiendo en ambos casos el coste de dicha continuación en la empresa adjudicataria, sin perjuicio de las indemnizaciones de daños y perjuicios y demás efectos previstos en la presente Cláusula.
25. CESIÓN DEL CONTRATO
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato sólo podrán cederse a un tercero mediando previa autorización, expresa y por escrito de KURSAAL y siempre que el cesionario cumpla los requisitos legales y los exigidos en este Pliego para contratar con KURSAAL, no esté incurso en prohibición de contratar, acredite su clasificación y cumpla con el compromiso de adscripción de medios ofertado por el adjudicatario. Todo ello en cuanto se refiera y/o corresponda a los derechos u obligaciones objeto de cesión.
26. SUBCONTRATACIÓN
Sólo se podrán subcontratar las prestaciones del contrato mediando previa autorización, expresa y por escrito de KURSAAL y siempre que el subcontratista cumpla los requisitos legales y los exigidos en este Pliego para contratar con KURSAAL y no esté incurso en prohibición de contratar. Todo ello en cuanto se refiera y/o corresponda a la prestación o prestaciones a subcontratar.
Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante la empresa adjudicataria que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución de la prestación frente a KURSAAL, con
arreglo estricto al Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas, al Pliego de Prescripciones Técnicas y a los términos del contrato que se firme.
27. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Una vez perfeccionado el contrato, el Órgano de Contratación sólo podrá modificar el contrato en los supuestos previstos en el artículo 107 del TRLCSP.
28. RESPONSABILIDAD
Será obligación del adjudicatario indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para KURSAAL o para terceros de las omisiones, errores o métodos inadecuados en la ejecución del contrato.
29. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
Si KURSAAL acordase la suspensión del contrato o ésta tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 216, apartado 5, del TRLCSP (que a estos efectos se establece expresamente como de aplicación), se levantará un Acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.
Acordada la suspensión, KURSAAL abonará a la empresa adjudicataria los daños y perjuicios efectivamente sufridos por ésta.
30. RESOLUCIÓN
Serán causa de resolución del contrato las previstas en el artículo 223 del TRLCSP, letras a)
–sin perjuicio de los dispuesto en el artículo 85-, b), d), f), g) y h) y, en general, cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales, de acuerdo con lo previsto en el artículo
1.124 del Código Civil.
En cualquiera de los casos de resolución previstos en esta Cláusula, la misma operará automáticamente, sin más requisito que la notificación fehaciente que KURSAAL realice a la empresa adjudicataria de su decisión a tal efecto.
Recibida dicha notificación, la empresa adjudicataria vendrá obligada de inmediato a entregar y poner a disposición de KURSAAL, si ésta así lo requiere, la totalidad de los documentos elaborados o generados por la misma hasta la fecha en el desarrollo de las prestaciones contratadas, junto con los documentos que le hubiesen sido entregados por KURSAAL.
KURSAAL redactará un acta de estado de ejecución, de forma que queden determinados los servicios que aquélla acepta como recibidos, y los que se tienen por no recibidos, así como las razones de tal no recepción. De esta manera, KURSAAL podrá continuar con la ejecución del contrato, por sí o por tercero.
La empresa adjudicataria procederá a facilitar la transición con el siguiente adjudicatario de los servicios con la mayor de las diligencias.
Todo ello, sin perjuicio de la posterior liquidación económica del contrato que proceda, según lo dispuesto a continuación.
Las responsabilidades económicas que pudieran derivarse de la resolución del contrato por las causas previstas en esta Cláusula, así como por cualesquiera otras que pudieran resultar legalmente procedentes, se liquidarán una vez resuelto efectivamente el contrato y entregada la documentación correspondiente, no siendo óbice para que KURSAAL pueda continuar con su ejecución.
En todo caso de resolución, la empresa adjudicataria tendrá en principio derecho a percibir el precio de la totalidad de los servicios que efectivamente hubiese realizado.
Cuando la resolución del contrato se produzca por cualquier causa imputable a la empresa adjudicataria, se devengará a favor de KURSAAL, adicionalmente a cualesquiera indemnizaciones de daños y perjuicios que procedan, con carácter cumulativo, una cantidad equivalente al 20% del valor estimado.
Ambas cantidades se deducirán de la garantía definitiva y del precio pendiente de abonar a la empresa adjudicataria y, en su caso, el exceso, será objeto de la correspondiente reclamación.
31. RÉGIMEN JURÍDICO
En cuanto a su preparación y adjudicación, el contrato se regirá por el presente Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas, por el Pliego de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en los mismos, por las normas establecidas al efecto en el TRLCSP y en su caso, en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP (en adelante, RD 817/2009), y, en cuanto no se oponga a lo previsto en dicha normas por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, RGLCAP).
En cuanto a sus efectos y extinción, el contrato se regirá por el presente Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas, por el Pliego de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en los mismos, por las normas de derecho privado, salvo en lo relativo a la modificación del contrato, en que en todo caso será de aplicación lo dispuesto en el Título V del Libro I del TRLCSP.
Adicionalmente, el TRLCSP, el RD 817/2009 y el RGLCAP serán de aplicación en todo en cuanto este Xxxxxx se remita expresamente a dichos textos normativos.
32. JURISDICCIÓN
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas al desarrollo de la presente licitación y, en general, a la fase de preparación y adjudicación del contrato.
En su caso, se interpondrá recurso especial en materia de contratación de conformidad con lo previsto en los artículos 40 y siguientes del TRLCSP.
El referido recurso especial se interpondrá ante el órgano competente elegido por el recurrente de entre los que resulten competentes para la resolución del mismo de conformidad con lo previsto en las instrucciones internas de contratación de KURSAAL y en el apartado 5 del artículo 41 del TRLCSP.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
ANEXO I. ESPACIOS
PLANTA | SUPERFICIE ÚTIL | MATERIAL |
SÓTANO -3: | ||
Accesos | 168 m2 | (Piedra+terrazo) |
Almacenes y salas de máquinas | 2.993 m2 | (Hormigón pulido) |
SÓTANO -2: | ||
Accesos | 303 m2 | (Piedra+terrazo) |
Almacenes y salas de máquinas | 3.407 m2 | (Hormigón pulido) |
Camerinos músicos | 141 m2 | (Madera+gresite) |
SÓTANO -1: | ||
Accesos | 294 m2 | (Suesco+terrazo) |
Centro transferencia | 65 m2 | (Hormigón pulido) |
Muelle carga y acceso | 970 m2 | (Suesco) |
Sala banquetes | 1.166 m2 | (Piedra) |
Almacén helicoidal | 249 m2 | (Suesco) |
Sala polivalente | 605 m2 | (Madera roble) |
Sala reuniones | 454 m2 | (Madera roble) |
Foyer polivalente | 1.186 m2 | (Madera roble) |
Aseos polivalentes y banquetes | 58 m2 | (Gresite) |
Camerinos cámara | 190 m2 | (Gresite) |
Xxxxxxxxx xxxxxx | 000 x0 | (Xxxxxx) |
Escenario auditorio | 441 m2 | (Madera roble) |
Camerinos | 662 m2 | (Gresite) |
Aseos y vestuarios | 77 m2 | (Gresite) |
Almacenes y talleres | 1.595 m2 | (Suesco) |
Salas ensayo y músicos | 216 m2 | (Xxxxxx xxxxx) |
Sala ensayo danza | 120 m2 | (Madera roble) |
Cafetería músicos | 109 m2 | (Roble+suesco) |
PLANTA | SUPERFICIE ÚTIL | MATERIAL |
PLANTA BAJA: | ||
Auditorio | 1.350 m2 | (Madera roble) |
Sala reuniones y prensa | 698 m2 | (Madera roble) |
Xxxxxxxxx | 000 x0 | (Xxxxxx) |
Accesos y foyers | 2.376 m2 | (Piedra) |
Aseos auditorio | 97 m2 | (Piedra) |
Xxxxx xx xxxxxxxx | 00 x0 | (Xxxxxxxx) |
Xxxx xx xxxxxx | 000 x0 | (Xxxxxx roble) |
Escenario cámara | 110 m2 | (Madera roble) |
Xxxxxx xxxxxxxx | 00 x0 | (Xxxxxx) |
Accesos | 174 m2 | (Piedra+terrazo) |
PLANTA 1ª: | ||
Foyers | 1.562 m2 | (Roble+piedra) |
Aseos | 253 m2 | (Gresite) |
Xxxxx xx xxxxxxxx | 00 x0 | (Xxxxxxxx) |
Oficinas | 720 m2 | (Linóleo) |
PLANTA 2ª: | ||
Foyers | 480 m2 | (Madera roble) |
PLANTA CABINAS: | ||
Cabinas y accesos | 190 m2 | (Madera roble) |
PLANTA GALERIAS: | ||
Total | 1.863 m2 | (Hormigón) |
PLANTA | SUPERFICIE ÚTIL | MATERIAL |
PLANTA TÉCNICA: | ||
Total | 3.673 m2 | (Hormigón) |
CUBIERTAS: | ||
Auditorio | 3.500 m2 | (Panel xxxxxxxxx) |
Xxxx xx xxxxxx | 1.408 m2 | (Panel xxxxxxxxx) |
ANEXO II. DESIGNACIÓN DE MEDIO PREFERENTE DE RECEPCIÓN DE NOTIFICACIONES
D./Xx ……………………………, con domicilio en …………………… y D.N.I. nº
……………….. en nombre propio, o en representación de con domicilio en
………………….. y D.N.I. o C.I.F. nº , en plena posesión de su
capacidad jurídica y de obrar, enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas que han de regir la licitación, mediante procedimiento abierto, para la contratación de los servicios de limpieza del Palacio de Congresos Kursaal, mediante la presente, designa como medio preferente para la recepción de cualquier notificación que CENTRO KURSAAL-KURSAAL ELKARGUNEA, S.A. deba realizar con motivo de la licitación el siguiente (*):
□ Fax.
□ Correo electrónico.
□ Correo certificado.
(*) Indíquese el medio designado.
En todo caso, a efectos de notificaciones, se indican los siguientes datos:
- Nº de Fax: ………………………………..
- Dirección de correo electrónico: ……………………….
- Dirección postal: ………………………………………..
- Teléfonos/s de contacto: ………………………………..
[Nota: Al efecto de dar mayor agilidad a las notificaciones, se recomienda designar el fax del licitador como medio preferente, medio que será plenamente válido a efectos de notificaciones por ser el medio señalado por el propio licitador. No obstante, se admite la designación de otro medio como preferente. De no efectuarse dicha designación, se procederá a la notificación por correo postal certificado en el domicilio indicado.]
ANEXO III. MODELO DE AVAL
La entidad […] (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca),
C.I.F. […], con domicilio en […] (a efectos de notificaciones y requerimientos) y, en su nombre, […] (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA a: […] (nombre y apellidos o razón social del avalado), C.I.F. […], ante la sociedad pública CENTRO KURSAAL-KURSAAL ELKARGUNEA, S.A., por importe del 5% del precio de adjudicación anual correspondiente a de 2 años (IVA excluido), para responder de las obligaciones derivadas del contrato de los servicios de limpieza del Palacio de Congresos Kursaal.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y división y con compromiso de pago al primer requerimiento de la sociedad pública CENTRO KURSAAL-KURSAAL ELKARGUNEA, S.A.
El presente aval estará en vigor hasta que la sociedad pública CENTRO KURSAAL- KURSAAL ELKARGUNEA, S.A. autorice su cancelación o devolución.
Lugar y fecha […].
Razón social de la entidad […]. Firma de los apoderados […].
ANEXO IV. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Xx ……………………………, con domicilio en …………………… y D.N.I. nº
……………….., en nombre propio, o en representación de , con domicilio en
………………….. y D.N.I. o C.I.F. nº , en plena posesión de su
capacidad jurídica y de obrar, enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas que han de regir la licitación, por procedimiento abierto, para la contratación de los servicios de limpieza del Palacio de Congresos Kursaal.
DECLARA:
1. Que se compromete a la prestación de los servicios de limpieza del Palacio de Congresos Kursaal, por un plazo de cuatro años.
2. Que durante dicho plazo se compromete a la prestación del servicio de limpieza por los precios indicados en el cuadro que acompaña, ajustado al modelo adjunto como Anexo V al Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas.
3. Que conoce el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas, que expresamente asume y acata en su totalidad.
4. Que cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para la realización del presente contrato.
5. Que, asimismo, se obliga al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, prevención y tributaria.
En ……………….., a ……….. de ……………… de 2015. [Firma]
ANEXO V. TABLA DE PRECIOS
SERVICIO 1 | PR. TOTAL |
Limpieza de espacios por mantenimiento del edificio | €/año |
TOTAL 1 | €/año |
SERVICIO 2 | PR. TOTAL | ||
Limpieza de espacios por eventos estándar | |||
ESPACIOS | USO * ESTIMADO | PR. UNIT | PR. TOTAL |
Auditorio completo, que incluye: | 80 | € | €/año |
Patio de butacas | |||
Aseos | |||
Escenario | |||
chácena | |||
Foso | |||
Camerinos | |||
Salas de ensayo | |||
Salas VIP | |||
Cuarto de catering | |||
Auditorio A+B, que incluye: | 30 | € | €/año |
Patio de butacas zonas A y B | |||
Aseos | |||
Escenario | |||
chácena | |||
Foso | |||
Camerinos | |||
Salas de ensayo | |||
Salas VIP | |||
Cuarto de catering | |||
Foyer Auditorio (planta baja, 1ª y 2ª) | 129 | € | €/año |
ESPACIOS | USO * ESTIMADO | PR. UNIT | PR. TOTAL |
Mostrador acreditaciones, que incluye: | 115 | € | €/año |
Xxxx xx xxxx acreditaciones | |||
Mostrador acreditaciones | |||
Xxxx xx Xxxxxx, que incluye: | 39 | € | €/año |
Patio de butacas | |||
Sala VIP | |||
Aseos | |||
Escenario | |||
Foso | |||
Camerinos | |||
Foyer Xxxx xx Xxxxxx y pasillos | 41 | € | €/año |
Xxxx Salas Polivalentes | 107 | € | €/año |
Xxxx Salas Polivalentes y salas del 1 al 9 | 1 | € | €/año |
Xxxx Salas Poliv., salas 1-9 y Sala banquetes | 1 | € | €/año |
Aseos Polivalentes | 127 | € | €/año |
Sala 1, 2 ó 3 (incluye sala y cabina) | 22 | € | €/año |
Sala 1+2 ó 2+3 (incluye salas y cabinas) | 23 | € | €/año |
Sala 1+2+3 (incluye salas y cabinas) | 38 | € | €/año |
Sala 4, 5, 6, 7, 8 ó 9 | 36 | € | €/año |
Sala 4+5, 6+7 ó 8+9 | 98 | € | €/año |
Sala 10 | 13 | € | €/año |
Sala 10 A | 8 | € | €/año |
Sala 10 B o 10 C | 2 | € | €/año |
Sala 10 B+C | 6 | € | €/año |
Sala VIP Xxxx xx Xxxxxx | 5 | € | €/año |
Sala VIP 1 Auditorio | 1 | € | €/año |
Sala VIP 2 Auditorio | 1 | € | €/año |
Sala de Prensa | 1 | € | €/año |
Taquilla | 1 | € | €/año |
Almacenes | 1 | € | €/año |
Sala de Banquetes | 63 | € | €/año |
Sala Ensayo 1 | 32 | € | €/año |
Sala Ensayo 2 | 20 | € | €/año |
Sala danza | 20 | € | €/año |
Cocina para músicos | 1 | € | €/año |
ESPACIOS | USO ESTIMADO | PR. UNIT | PR. TOTAL |
LIMPIEZA GLOBAL | |||
Limpieza Global | 17 | € | €/año |
Limpieza Global sin Xxxx xx Xxxxxx | 1 | € | €/año |
Limpieza Global sin Auditorio | 1 | € | €/año |
TOTAL 2 | €/año |
SERVICIO 3 | HORAS * | PR. UNIT | PR. TOTAL |
Limpieza de espacios para eventos especiales por precio hora | 1.555,72h | €/h | €/año |
TOTAL 3 | €/año |
€/año
TOTAL 1+2+3
En ……………….., a ……….. de ……………… de 2015. [Firma]
ANEXO VI. CERTIFICADO DE LA ENTIDAD ASEGURADORA
D .................................................................., actuando en nombre y representación de la
entidad aseguradora , según consta en la
escritura de apoderamiento nº .................................., de fecha , autorizada por
el Notario, Sr. D. ....................................................., de la localidad de ....................................
CERTIFICA, que:
El contenido de la/s póliza/s de seguro, que se adjuntan y más abajo se relacionan, se ajusta/n, en cuanto a capital, riesgo/s, garantía/s y límite/s asegurado/s, al contenido que, con carácter de mínimos, se establece en el contrato a suscribir entre CENTRO KURSAAL- KURSAAL ELKARGUNEA, S.A. y ............................................................, para
……………………. (descripción de la actividad objeto del contrato).
La entidad aseguradora se compromete a no modificar en ningún sentido la/s póliza/s contratada/s, sin comunicarlo previamente y de forma fehaciente al departamento de Gerencia del CENTRO KURSAAL-KURSAAL ELKARGUNEA, S.A.
A los efectos oportunos, se expide el presente certificado, debidamente autentificado al dorso ante Notario, en el lugar y fecha abajo indicados.
Tipo seguro | Nº de póliza | Aseguradora | Fecha efecto | Fecha vencimiento |
En …………………………, a ........... de de 2015.
Firmado: (Nombre, sello y firma)
ANEXO VII. MODELO DE ACTA NOTARIAL DE MANIFESTACIONES PARA EL SUPUESTO DE QUE EL LICITADOR, PARA ACREDITAR LA CLASIFIACIÓN EXIGIDA, PRETENDA BASARSE EN LA CLASIFICACIÓN DE OTRAS ENTIDADES
D./Xx ……………….………….…, con D.N.I , como representante legal de la
empresa ……………………….……….., con C.I.F. …………………, manifiesta que conoce en todo su alcance las condiciones de la licitación para la contratación de
…………………..… a la que concurre el licitador (nombre de la
empresa licitadora), que ostenta la clasificación exigida y manifiesta su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato, con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por KURSAAL su sustitución o modificación.
La presentación de este escrito ante KURSAAL tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario.
En ……………….., a ……….. de ……………… de 2015. [Firma]