CONTRATO DE MATRICULA AÑO 2022
CONTRATO DE MATRICULA AÑO 2022
CIUDAD: Girardot – Cundinamarca FECHA: Día:
Mes:
Año:
Entre los suscritos a saber XXXXXXX XXXXX XXXXXX, mayor de edad, domiciliado en esta ciudad, identificado con
C.C. No. 14.211.101 de Ibagué (Tol), quien se desempeña como Rector de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA COLEGIO SANTA XXXXX xx Xxxxxxxx - Cundinamarca, entidad educativa privada según Resolución No 001648 del 25 de noviembre de 1998 emitida por la Secretaría de Educación de Cundinamarca, identificada con el NIT. No. 14.211.101-2, quien para efectos de este contrato se denominará EL CONTRATISTA (COLEGIO SANTA XXXXX), por una parte y, por la otra parte el (los) señor(es) ,
_ actuando en su propio nombre y en condición de padres o acudientes del EDUCANDO _, quienes también se obligan con su firma para efectos eminentemente educativos, identificados como aparecen al pie de su(s) firma(s) y quien en lo sucesivo se denominará él o los CONTRATANTES (padres o acudientes), hemos celebrado el presente contrato que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA. DEFINICIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato formaliza la vinculación del EDUCANDO al servicio educativo que ofrece la INSTITUCION, en los términos del artículo 95 y 201 de la ley 115 de 1994 y, compromete a las partes y al EDUCANDO en las obligaciones legales y esenciales para la consecución del objeto y de los fines comunes ya que el derecho a la educación se considera un derecho-deber. SEGUNDA. OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del presente contrato es procurar la formación integral del EDUCANDO mediante la recíproca complementación de esfuerzo del mismo, y de los PADRES y de la INSTITUCIÓN en la búsqueda del pleno desarrollo de la personalidad del EDUCANDO y de un rendimiento académico satisfactorio en el ejercicio del
programa curricular correspondiente al grado DE EDUCACIÓN __
mediante el Proyecto Educativo Institucional del COLEGIO SANTA XXXXX. TERCERA. OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO. Son obligaciones de la esencia del presente contrato para cumplir con el fin común de la educación del EDUCANDO, las siguientes: a) Por parte del educando asistir a la INSTITUCION puntualmente y cumplir las pautas definidas y establecidas en el Proyecto Educativo Institucional, y en el reglamento o manual de convivencia. b) Por parte de los padre(s) o acudiente(s) pagar oportunamente el costo del servicio educativo e integrarse cumplida y solidariamente a la INSTITUCIÓN coadyuvando a la formación del EDUCANDO; c) Por parte de la INSTITUCION, impartir la enseñanza y propiciar la formación dentro del marco de la calidad y la excelencia, garantizando la continuidad del servicio. CUARTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES. En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto del presente contrato, los PADRES tienen los siguientes derechos: a) Exigir la prestación del servicio educativo; b) Exigir el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional; c) Participar en el proceso educativo del EDUCANDO d) Buscar y recibir orientación sobre la educación de su(s) hijos o acudidos. Así mismo los PADRES se obligan a: a) Si el colegio autoriza el cupo, a renovar la matricula del EDUCANDO (ALUMNO), para cada periodo académico, en los días y horas señaladas por el COLEGIO para ello.; b) Pagar estricta y cumplidamente el costo del servicio educativo dentro de los primeros diez días de cada mes. El retraso en el pago dará lugar x xxxx y mal hábito de pago correspondiente, pudiendo llegar a la pérdida de cupo en el curso escolar y a las acciones administrativas y
judiciales que correspondan, siendo el coste de todo ello por cuenta de los padres o acudientes. c) Proporcionar al EDUCANDO los útiles necesarios y el ambiente adecuado para su desarrollo integral; d) Velar por el progreso del EDUCANDO en todos los campos; e) Cumplir estrictamente las citas y las llamadas que haga el Equipo Directivo y/o el profesorado de la Institución; f) Cumplir el Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento o Manual de Normas de Convivencia de la INSTITUCION, a las cuales se adhiere(n) y expresamente a través de este documento declaran conocer, cumplir y hacer cumplir por parte de su(s) hijo(s) o acudido(s). g) Acudir con el debido respeto a las directivas, profesores y personal asistencial del plantel educativo para cualquier efecto, h) Darle un trato a su(s) hijo(s) o acudido(s) dentro del marco establecido por la Constitución Nacional y las Leyes, toda vez que como menores de edad conservan derechos prevalentes. i) Informar por escrito y de manera inmediata al Colegio cualquier cambio en su dirección o teléfono de residencia o de la empresa donde laboran. j) Informar de manera inmediata y por escrito a la Administración de la INSTITUCIÓN sobre el hecho sobreviniente que les haya impedido el cumplimiento de las obligaciones económicas contraídas con el COLEGIO a través de este contrato de Matrícula, dicho escrito deberá estar acompañado de los soportes que prueben su informe. k) Permitir y exigir del alumno la participación activa en todas las actividades prescritas por el Colegio para llevar a cabo el Proyecto Educativo Institucional. QUINTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL EDUCANDO. En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto del presente contrato, el EDUCANDO tiene los siguientes derechos: a) A recibir una educación integral acorde con los principios que inspiran el Proyecto Educativo Institucional; b) A ser valorado y respetado como persona menor de edad, dentro del marco de la Constitución Nacional y de las Leyes vigentes; c) A participar en el desarrollo del servicio educativo a través de los proyectos y programas establecidos por la INSTITUCION; d) A recibir de Directivos y Profesores buen ejemplo, acompañamiento, estímulo y atención y a ser escuchados oportunamente; e) A participar en las instancias establecidas en el Reglamento o Manual de Convivencia, estando facultado a elegir a ser elegido y a ser disciplinado de conformidad con los derechos y facultades que el manual le confiere. Y f) A ser evaluado objetivamente. Así mismo, el EDUCANDO se obliga a: a) Cumplir, respetar y acatar el Reglamento o Manual de Convivencia de la INSTITUCION y los principios que orientan el Proyecto Educativo Institucional, al cual se adhiere(n) y declaran expresamente conocer. b) Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades del Colegio. c) Respetar y valorar a todas las personas que constituyen la comunidad educativa; d) Participar y cumplir con las recomendaciones, investigaciones, tareas y demás actividades académicas que se le encomienden o señalen para su realización dentro o fuera del Colegio; e) Enaltecer dentro y fuera de la institución con sus actitudes y expresiones el buen nombre de la INSTITUCION; f) Asistir puntual, respetuosa y decorosamente a las clases y actividades curriculares y extracurriculares que programe la INSTITUCION; g) Mantener dentro y fuera de la INSTITUCION un comportamiento acorde con los principios y valores éticos que orientan la institución, dentro del marco de la moral, las buenas costumbres; h) Acudir e informar a las directivas y/o profesores de la INSTITUCION cualquier tipo de manifestación de drogadicción o cualquiera otra forma de fármaco dependencia, violencia intrafamiliar que sufra cualquiera de sus compañeros, a fin de proporcionar la ayuda profesional que se requiera. i) Asistir a la Institución con una buena presentación personal. Portando el uniforme de acuerdo a lo establecido en el manual de convivencia, sin detrimento del desarrollo de la libre personalidad. Y j) Obtener un rendimiento académico de acuerdo a sus posibilidades y en concordancia con el grado de excelencia que caracteriza a la INSTITUCIÓN COLEGIO SANTA XXXXX. SEXTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA INSTITUCION. En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en
concordancia con el objeto del presente contrato, la INSTITUCION tiene los siguientes derechos: a) Exigir por parte del EDUCANDO y de los PADRES DE FAMILIA el cumplimiento del Reglamento o Manual de Normas de Convivencia vigente expedido por el establecimiento y de los deberes académicos que se derivan de la prestación del servicio educativo; b) Exigir de los Padres de Familia o acudientes el cumplimiento de sus obligaciones contractuales asumidas a través de este instrumento como representantes legales y responsables del EDUCANDO; c) Recuperar los costos incurridos en el servicio y a exigir y lograr el pago de los derechos correspondientes a matrícula, pensión y otros cobros, por todos los medios lícitos a su alcance c) A reservarse el derecho de no renovación del contrato de matrícula, acorde con las estipulaciones del Reglamento Interno o Manual de Normas de Convivencia y por razones de comportamiento, rendimiento académico, disciplinario o capacidades que requieran tratamiento especial o cambio de ambiente escolar, y por el incumplimiento del presente contrato. Así mismo la INSTITUCION se obliga a: a) Ofrecer una educación integral dentro del marco, acorde con los fines de la educación Colombiana, los lineamientos y estándares del Ministerio de Educación Nacional; b) Desarrollar los planes y programas establecidos mediante el Proyecto Educativo Institucional; c) Cumplir y exigir el cumplimiento del Manual de Normas de Convivencia vigente dentro del establecimiento, d) Prestar en forma regular el servicio educativo contratado dentro de las prescripciones legales, y e) Protección de los derechos fundamentales de los educandos. PARÁGRAFO.- Los Padres de Familia y/o acudientes son los responsables por daños, lesiones personales o accidentes provocados por el ESTUDIANTE a sus compañeros, al personal del Colegio o a los bienes del Colegio o de terceros durante la prestación del servicio, para lo cual asumen el pago de los mismos, como el pago de las indemnizaciones y reclamos a que haya lugar, ya que los Padres o Acudientes deben contribuir en la formación de su hijo haciéndole conocer el Reglamento interno o Manual de Convivencia del COLEGIO, sus derechos, deberes, responsabilidades como individuo que forma parte de una comunidad educativa. SÉPTIMA. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL Y MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO SANTA XXXXX: El Proyecto Educativo
Institucional y el MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO se consideran parte integrante del presente contrato. PARAGRAFO 1.- Como padres y / o acudientes y ESTUDIANTE, manifestamos que conocemos y aceptamos el proyecto educativo institucional (PEI) y el Reglamento o MANUAL DE CONVIVENCIA MARIANISTA DEL COLEGIO que rige para el período 2022. PARAGRAFO 2.- Como Padres de Familia y/ o Acudientes y ESTUDIANTE, aceptamos los cambios al PEI y/o al Manual de Convivencia Marianista que se les haga durante el transcurso del año lectivo, que sean aprobados por el Consejo Directivo. SEPTIMA SEGUNDA.- El COLEGIO podrá abstenerse de entregar los informes correspondientes a aquellos estudiantes que en la fecha de entrega de los mismos no se encuentren x XXX y SALVO, salvo aquellos casos en que el Padre de Familia y /o Acudiente, haya informado y probado a la administración del COLEGIO el hecho sobreviniente que les impidió el cumplimiento de las obligaciones de tipo económico a su cargo. OCTAVA. COSTO DEL CONTRATO. El presente contrato tiene un Costo Anual de _ pesos moneda corriente ($ MCTE), que será pagado por los padres o acudientes así: Por concepto de Matrícula _ pesos moneda corriente ($ _ MCTE), que se abonará en el momento de la firma del contrato o, previamente en el banco, y por concepto de pensión mensual la suma de
_ pesos moneda corriente ($_ __MCTE), pagadera en 10 mensualidades (de Febrero a Noviembre) en los primeros diez (10) días de cada mes, más los cobros periódicos adicionales autorizados y aprobados en el Consejo Directivo y registrados y aprobados por la Secretaría de Educación. El retraso en el pago dará lugar al cobro de la xxxx correspondiente, pudiendo llegar a la pérdida de
cupo en el curso escolar, y a las acciones administrativas y judiciales que correspondan, siendo el coste de todo ello por cuenta de los padres o acudientes. El costo anual se ajustará cada año de acuerdo con las disposiciones legales que rigen esta materia. En el costo anual del presente contrato antes convenido, no se incluye el valor de otros componentes del mismo distintos a los que expresamente allí se han señalado. PARRAGRAFO.- El colegio ofrecerá actividades extracurriculares y realizará otras actividades que complementen el desarrollo del proyecto educativo, las cuales tendrán un costo específico y su cobro se hará en las fechas que el COLEGIO previamente programe, estos costos son adicionales a los valores de matrícula, pensión y otros cobros registrados en este artículo. NOVENA. DURACIÓN: La duración del presente contrato educativo es improrrogable y corresponde al término de duración del año lectivo 2022 Calendario A. A su terminación no operará su prórroga automática; toda vez que para la continuación del proceso educativo del alumno en el año siguiente, será necesario el consentimiento expreso de los contratantes respecto de las nuevas prestaciones y obligaciones que se pacten, integradas por un nuevo contrato. DECIMA. CLÁUSULA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato terminará además por las razones contempladas en el Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento o Manual de Normas de Convivencia por cualquiera de la siguientes causas: a) Por las causales determinadas en el Reglamento o Manual de Normas de Convivencia vigente al interior del establecimiento educativo, bajo la observancia del debido proceso; b) Por incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del presente contrato, c) Por insuficiencia marcada en el comportamiento social, bajo rendimiento académico y disciplinario del EDUCANDO; d) Por no estar x XXX Y SALVO por todo concepto correspondiente al año académico inmediatamente anterior e) Por mutuo consentimiento de las partes, f) Retraso en el pago de pensiones. g) Por incumplimiento por parte de los padres o acudientes del ESTUDIANTE del presente contrato. El presente contrato tiene vigencia de un año lectivo o año escolar contado a partir del día 01 del mes de Febrero del año 2022, hasta el día en el que se efectué la clausura de año lectivo 2022; podrá renovarse para el siguiente año siempre y cuando el EDUCANDO y los PADRES hayan cumplido estrictamente las condiciones estipuladas en el presente contrato y en el Reglamento o Manual de Normas de Convivencia de la INSTITUCION. PARÁGRAFO 1. La cancelación del presente contrato, por parte de alguno de los Padres del Estudiante o por parte de su Acudiente, antes de la finalización del año lectivo, deberá efectuarse con la presencia de quien(es) firman el presente documento y causará obligaciones pecuniarias, a favor del COLEGIO, hasta la fecha en la cual se ejecute la cancelación en las condiciones aludidas. DECIMA PRIMERA.- Para todos los efectos legales, el presente contrato presta mérito ejecutivo sin necesidad de requerimientos previos pues a ellos expresamente renuncian las partes y, por consiguiente, para el cobro de cualquiera de las obligaciones y penas que asumen las partes bastará presentar este contrato con la manifestación del incumplimiento presentado. DECIMA SEGUNDA. La xxxx o el no pago de los pagos mensuales pactados por concepto de la prestación del servicio educativo (matrícula, pensión y cualquier otro servicio educativo convenido), facultará al COLEGIO, para exigir extrajudicial o judicialmente a través de la vía ejecutiva las sumas adeudadas dentro de este contrato de tracto sucesivo, acorde con lo contemplado en el artículo 488 del Código de Procedimiento Civil para el efecto los contratantes manifiestan expresamente que renuncian a los requerimientos legales para la constitución en xxxx al deudor contemplado en el artículo 2035 del Código de Comercio o a cualquier otro requerimiento que la ley exija. DECIMA TERCERA. LOS PADRES (padre, madre o ambos y/o acudientes), otorgarán en favor del COLEGIO SANTA XXXXX, un pagaré firmado en blanco con la respectiva carta de instrucciones de conformidad con el artículo 622 del Código de Comercio, con el fin de asegurar el pago de matrículas, pensiones y cualquier tipo de obligaciones derivados del presente contrato,
pudiendo iniciar la acción cambiaria correspondiente y/o a su elección iniciar el proceso ejecutivo presentando como prueba el presente contrato de conformidad con lo prescrito en el 488 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 882 del Código de Comercio. DECIMO CUARTA: Para dar cumplimiento a la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, le manifestamos que sus datos personales y los del EDUCANDO se encuentran incluidos en nuestras bases de datos y que su uso corresponde a lo determinado en la política de tratamiento de datos establecida por el COLEGIO, y en consecuencia los PADRES y/o representantes del EDUCANDO expresamente autorizan al COLEGIO para su TRATAMIENTO dentro de la POLITICA establecida.
Para constancia se firma a los _ días, del mes del año .
_ _ Firma responsable económico padre, madre y/o acudiente Firma responsable económico padre, madre y/o acudiente
C.C No C.C No _ _
Dirección __ Dirección_ _
Tel. Casa Tel. Oficina
Tel. Casa _ Tel. Oficina _ _
Tel. Celular _ Tel Celular __ _ Correo Electrónico _ Correo electrónico
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Firma del Educando Firma del Rector
T.I ó CC. No. ___ C.C. No. Dirección
Tel. Casa Tel. Celular Correo Electrónico
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