CONTRATACION DIRECTA Nº 3/2019
CONTRATACION DIRECTA Nº 3/2019
CONTRATACIÓN DE UN ARQUITECTO/A ASESOR/A TÉCNICO/A, AUDITOR/A, INSPECTOR/A Y CONTROLADOR/A DE OBRA
APERTURA DE SOBRES: 30 de Septiembre de 2019 a las 15:00 hs.
VALOR XXX XXXXXX: SIN COSTO
CONTRATACION DIRECTA Nº 3/2019
APERTURA:
30 de Septiembre de 2019 a las 15:00 hs.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
INAMU - Instituto Nacional de la Música
Nombre del Organismo Contratante
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Tipo: CONTRATACION DIRECTA | Nº 3 | Ejercicio: 2019 |
Clase: SIN CLASE | ||
Modalidad: SIN MODALIDAD |
Expediente Nº: 252/2019
Rubro Comercial: CONTRATACIÓN DE UN/A ARQUITECTO/A ASESOR/A TÉCNICO/A, AUDITOR/A, INSPECTOR/A Y CONTROLADOR/A DE OBRA
Objeto de la contratación: SERVICIOS PROFESIONALES
Retiro y Costo xxx Xxxxxx: LIBRE Y SIN COSTO EN EL SITIO WEB DEL INSTITUTO
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Lugar/Dirección | Plazo y Xxxxxxx |
Xxxxxxxx Xxxxxxxx 0000 xxxx 0x , xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Las ofertas deben presentarse personalmente o por correo en un sobre cerrado, desde la fecha de publicación de 11.00 a 17.00 horas y hasta las 11:00 horas del día 30 de septiembre de 2019. Identificar el sobre con los datos del procedimiento de selección, fecha y hora de apertura y el nombre del oferente. |
ACTO DE APERTURA
Lugar/Dirección | Plazo y Horario |
Xxxxxxxx Xxxxxxxx 1628 piso 1° , de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires | El acto de apertura de ofertas se llevará a cabo a las 15:00 horas del día 30 de septiembre de 2019. |
CLÁUSULAS PARTICULARES CONTRATACION DIRECTA N° 3/2019
1.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.
La presente tiene por objeto la contratación de un profesional ARQUITECTO/A AUDITOR/A, ASESOR/A TÉCNICO/A, INSPECTOR/A Y CONTROLADOR/A DE OBRA, a los fines de
controlar a la empresa o individuo que resulte adjudicatario del correspondiente procedimiento licitatorio para realizar la readecuación total de las oficinas con sede en la xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 0000, 1° C.A.B.A., de acuerdo a lo previsto con las especificaciones técnicas del presente, y la ley entre las partes será exclusivamente el Instructivo de Compras y Contrataciones aprobado por Resolución Nro. 126 del 02 xx xxxx de 2019 en tanto que el INAMU es un Ente Público no estatal.
RENGLON | CANTIDAD | DESCRIPCIÓN |
1 | 1 | - Contratación un/a profesional ARQUITECTO/A ASESOR/A TÉCNICO/A, AUDITOR/A, INSPECTOR/A Y CONTROLADOR/A DE OBRA a los fines de asesorar al Instituto contratante emitiendo los informes técnicos que le pudiera solicitar, y auditar, controlar e inspeccionar a la empresa o individuo que resulte adjudicatario del correspondiente procedimiento licitatorio, en la ejecución de la readecuación total de las oficinas con sede en la xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 0000, 1° C.A.B.A , y emitir las correspondientes certificaciones de avance de obra. - Los trabajos de readecuación a auditar, controlar y/o inspeccionar implican la intervención por un contratista que se seleccionará por licitación, de aproximadamente una superficie estimativa de 300 metros cuadrados, en tabiquerías (nuevas y re emplazadas), techos, enlucidos en general, electricidad, muebles, aislamientos acústicos, y pisos vinílicos; todo de acuerdo a planos y especificaciones técnicas que oportunamente se proveerán. - Dicha obra preverá un plazo máximo de ejecución de obra de 90 días corridos, |
laborando como mínimo de lunes x xxxxxxx en jornada completa, y aún en jornada nocturna a elección del adjudicatario que se seleccione, por lo que el contratado deberá estar disponible en todos esos días y xxxxxxxx y hasta la total finalización de la obra, con una posible prórroga de plazo de hasta 60 días sin cargo al INAMU para el caso en que el contratista demorare el final de obra. - El oferente deberá desempeñarse desde el inicio y hasta la finalización de la obra, en hhorario full time, con presencia en obra al menos tres veces al día de 7,00 a 20,00 Hs., de Lunes x Xxxxxxx e inclusive en días feriados, o inclusive en horario nocturno, según necesidad y metodología de trabajo del contratista a quien se adjudique la obra. - El /la profesional deberá asistir al control y ejecución de obra todos los días que este en ejecución, en un tiempo no menor a 3 hs de permanencia efectiva. - El oferente deberá prestar asistencia en todo momento que se lo requiera, y como máximo dentro de las 2 horas de requerido/a ante una necesidad, requerimiento que se realzará tanto al teléfono personal del contratado como a su e- mail, los que el contratado se compromete a controlar mínimamente cada 1 hora. - Asimismo, deberá ofrecer disponibilidad exclusiva durante el periodo de ejecución de la Obra, y hasta su efectiva y total culminación. - El profesional contratado deberá emitir los informes técnicos que se le soliciten, y emitir los certificados de avance de obra que correspondan según el pliego de bases y condiciones particulares de contratación de la contratista. - El profesional oferente deberá cumplir con los requisitos de admisibilidad y elegibilidad establecidos infra, a fin de considerarse su propuesta como admisible y/o elegible. |
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD Y ELEGIBILIDAD:
− COMO REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD Y/O ELEGIBILIDAD SEGÚN EL CASO, LOS/LAS OFERENTES DEBERAN DEMOSTRAR EN SU PRESENTACIÓN Y DE MODO AUTÓNOMO Y SIN EXCEPCIÓN NI PRÓRROGAS, LOS SIGUIENTES EXTREMOS O DOCUMENTACIONES QUE ACREDITEN LO SIGUENTE:
1) Arquitecto/a recibido en la Universidad Nacional Pública y Gratuita.
2) Disponibilidad exclusiva durante el periodo de ejecución de la Obra y hasta la finalización de la misma, sobre lo cual deberá presentar declaración jurada.
3) No podrá durante la misma, y hasta su total finalización, desempeñar funciones o trabajos en otros organismos privados o públicos sobre lo cual deberá presentar declaración jurada.
4) Experiencia no menor a 2 años en áreas gubernamentales o privadas de la especialidad.
5) Experiencia comprobada de dirección de obra de más de 1000 mt2 en obras de similar envergadura y complejidad.
6) El /la profesional deberá declarar un domicilio de permanencia dentro de un radio de 30 cuadras del domicilio de ejecución de obra, de lo que deberá presentar documentación al respecto.
2.- FORMA DE COTIZACIÓN REQUERIDA.
Deberá cotizarse por escrito utilizando la Planilla de Presentación de Propuestas que se adjunta como Anexo “I” a la presente. Los precios cotizados se consignarán en Cotización exclusivamente en pesos, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) como precios finales. No debe encontrarse discriminado el IVA, atento que el INAMU reviste carácter ante el Impuesto de Valor Agregado “IVA EXENTO” siendo su Clave Única de Identificación Tributaria la Nº 30-71445630-6. PRESENTAR FACTURA “B”.
La sola presentación de la oferta implica la aceptación de las condiciones establecidas en el presente pliego.
3.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
Las propuestas se presentarán en sobre cerrado y pegado hasta la fecha y hora previstas en el presente pliego, y deberán incluir:
- Propuesta económica y documentación que avale el cumplimiento los requisitos de admisibilidad.
- Manifestación de interés completa con firma y aclaración y sello del proponente, y declaraciones juradas requeridas.
- Denuncia de cuenta bancaria
- En caso de presentación por correo, el oferente deberá acreditar la recepción en tiempo hábil por parte del Organismo.
4.- FORMA DE PRESENTACION Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS.
Se entregará en un sobre UNICO liso o envoltorio perfectamente cerrado, y llevará en su cubierta la siguiente información:
INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA
CONTRATACIÓN DIRECTA No. 3/2019
Expediente Nº 252/2019 “SOBRE ÚNICO”
FECHA Y HORA DE APERTURA
Nombre del oferente, Nº de C.U.I.T., domicilio especial y código postal, teléfono, y dirección de correo electrónico.
Documentación que deberá contener el sobre:
A) Cotización en pesos argentinos exclusivamente, consignando precio unitario y precio total del renglón, firmado.
B) Nota constituyendo domicilio y datos relativos: domicilio, teléfono, fax, dirección de correo electrónico y todo otro dato indubitable, que permita una rápida localización.
C) Denuncia de cuenta bancaria
D) Compromiso unilateral e irrevocable de mantener la oferta por un plazo mínimo de 60 (sesenta) días corridos desde su presentación, bajo apercibimiento de responder por los daños y perjuicios que causare.
E) Declaración jurada de habilidad para contratar.
5.- DEFECTOS DE PRESENTACIÓN.
Toda raspadura y/o enmienda deberá ser salvada indefectiblemente por el proponente en su propuesta, ratificando con su firma la misma. Para el caso de errores u omisiones que, a exclusivo criterio del INAMU, resulten meramente formales y que resulten subsanables, se brindará un plazo de 24 horas al presentante para su adecuación a las formalidades requeridas.
6.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Deberá contener declaración del oferente obligándose a mantener su oferta por el término de sesenta
(60) días corridos, contados a partir de la fecha del Acto de Apertura; renovables por idéntico período. Si no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima xx XXXX (10) días al vencimiento del plazo, aquélla se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial. El mantenimiento de oferta deberá efectuarse mediante la suscripción del “Formulario Mantenimiento de Oferta Anexo II”, que se adjunta al presente.
7.- PARÁMETROS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
A los efectos de la comparación de las presentaciones, se tomará en consideración los siguientes aspectos en una ponderación máxima de 100 puntos:
a) CINCUENTA (50) puntos se asignarán a las ofertas económicas.
b) VEINTICINCO (25) puntos se asignarán a la mejor adecuación del postulante a la disponibilidad profesional, física y horaria del/la postulante/a .
c) TREINTA (30) puntos se asignarán a las mejores facilidades, simplicidad y efectividad para la utilización de los equipos por sus usuarios, y menor mantenimiento de los equipos.
8.- FACULTAD DEL INAMU.
El INAMU podrá dejar sin efecto esta contratación en cualquier momento anterior a la efectiva entrega y facturación de los equipos, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados.
9.- MONEDA DE COTIZACIÓN Y DE PAGO
La moneda de cotización será en pesos exclusivamente.
10.- CONSULTAS
Todas las consultas se podrán hacer hasta cuarenta y ocho (48) horas antes del cierre de presentación de propuestas; siendo las mismas contestadas hasta veinticuatro (24) horas de la apertura.
Se informa que se deberán realizar las consultas a la siguiente dirección: xxxxxxx@xxxxx.xxx.xx.
Los interesados deberán informar, junto con su propuesta, la dirección de correo electrónico a la que podrán realizarse todas las comunicaciones que resulten pertinentes.
11.- COMISIÓN EVALUADORA AD HOC
La comisión evaluadora que se expedirá en el presente expediente se conforma por las siguientes personas: Dra. Xxxxx Xxxxxxxxxx, Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx. En caso de ausencia de cualquiera de ellos suplirá el Xx. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx.
12.- ADJUDICACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO
La adjudicación será notificada en forma fehaciente a quien resulte ganador, dentro de los tres (3) días del dictado del acto de adjudicación suscripto por la máxima autoridad del Instituto Nacional de la Música.
Dentro de los cinco (5) días de notificado, el adjudicatario deberá proceder a la entrega de los equipos en el lugar que el INAMU designe.
13.- FACTURACIÓN Y PAGOS
La facturación de del monto total ofertado se realizará en 6 (seis) tramos o cuotas iguales y consecutivas. La primera cuota se abonará al momento de la aprobación xxx xxxxxx de licitación para la contratación de la obra principal.
Luego las restantes cinco cuotas, se abonarán al momento de la emisión de cada uno de los 5 certificados de avance de obra que el pliego de bases y condiciones de la obra, preverá.
Las facturas deberán ser presentadas por ante el Área de Administración, y el importe de las facturas será liquidado en un plazo de 15 días; por medio de transferencia bancaria en la cuenta denunciada por el adjudicatario
14.- CASO DE DEMORA EN EL PAGO Y LIQUIDACIÓN DE INTERESES
A partir del día siguiente del vencimiento del plazo establecido para el pago, el proveedor podrá reclamarlo por nota por ante la Dirección de Área de Administración del INAMU sito en la xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx 0000 xxxx 0x “0” CABA, como también, y sin otro requisito, la liquidación de intereses que pudieren corresponderle. Si la demora en el pago no obedeciera a causas imputables al acreedor dichos intereses se calcularán conforme a la tasa de interés de la tasa pasiva para operaciones en pesos que publica el Banco de la Nación Argentina siempre que no supere el 5% anual, los que correrán desde la fecha del vencimiento del plazo para el pago no efectuado en término hasta el momento en que se remita comunicación fehaciente al acreedor de que los fondos se encuentran a su disposición, o en su defecto, cuando este hiciera efectivo el importe de su crédito. La nota de débito por intereses podrá ser presentada por el acreedor hasta 30 (treinta) días corridos después de haber hecho efectivo el cobro de su crédito. Vencido dicho plazo, perderá todo derecho a su reclamo. El término fijado para el pago se interrumpirá si existieren observaciones sobre la documentación pertinente u otros trámites a cumplir imputables al acreedor.
15.- NORMATIVA APLICABLE
La presente contratación se regirá exclusivamente por el Instructivo de Compras y Contrataciones aprobado por Resolución Nro. 126 del 02 xx xxxx de 2019, y por las cláusulas xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares.
16.- JURISDICCIÓN
Para cualquier acción legal a que la presente licitación pudiera dar lugar, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando el adjudicatario voluntariamente a cualquier otro fuero que pudiere corresponderle.
ANEXO I: PLANILLA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
EXPEDIENTE INAMU Nº 252/2019
RENGLO N | CANTIDA D | DESCRIPCIÓN | IMPORTE UNITARIO por cada una de las 6 cuotas | IMPORTE TOTAL |
1 | 1 | - Contratación un/a profesional ARQUITECTO/A ASESOR/A TÉCNICO/A, AUDITOR/A, INSPECTOR/A Y CONTROLADOR/A DE OBRA a los fines de asesorar al Instituto contratante emitiendo los informes técnicos que le pudiera solicitar, y auditar, controlar e inspeccionar a la empresa o individuo que resulte adjudicatario del correspondiente procedimiento licitatorio, en la ejecución de la readecuación total de las oficinas con sede en la xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 0000, 1° C.A.B.A , y emitir las correspondientes certificaciones de avance de obra. - Los trabajos de readecuación a auditar, controlar y/o inspeccionar implican la intervención por un contratista que se seleccionará por licitación, de aproximadamente una superficie estimativa de 300 metros cuadrados, en tabiquerías (nuevas y re emplazadas), techos, enlucidos en general, electricidad, muebles, aislamientos acústicos, y pisos vinílicos; todo de acuerdo a planos y especificaciones técnicas que oportunamente se proveerán. - Dicha obra preverá un plazo máximo de ejecución de obra de 90 días corridos, laborando como mínimo de lunes x xxxxxxx en jornada completa, y aún en jornada nocturna a elección del adjudicatario que se seleccione, por lo que el contratado deberá estar disponible en todos esos días y xxxxxxxx y hasta la |
total finalización de la obra, con una posible prórroga de plazo de hasta 60 días sin cargo al INAMU para el caso en que el contratista demorare el final de obra. - El oferente deberá desempeñarse desde el inicio y hasta la finalización de la obra, en hhorario full time, con presencia en obra al menos tres veces al día de 7,00 a 20,00 Hs., de Lunes x Xxxxxxx e inclusive en días feriados, o inclusive en horario nocturno, según necesidad y metodología de trabajo del contratista a quien se adjudique la obra. - El /la profesional deberá asistir al control y ejecución de obra todos los días que este en ejecución, en un tiempo no menor a 3 hs de permanencia efectiva. - El oferente deberá prestar asistencia en todo momento que se lo requiera, y como máximo dentro de las 2 horas de requerido/a ante una necesidad, requerimiento que se realzará tanto al teléfono personal del contratado como a su e-mail, los que el contratado se compromete a controlar mínimamente cada 1 hora. - Asimismo, deberá ofrecer disponibilidad exclusiva durante el periodo de ejecución de la Obra, y hasta su efectiva y total culminación. - El profesional contratado deberá emitir los informes técnicos que se le soliciten, y emitir los certificados de avance de obra que correspondan según el pliego de bases y condiciones particulares de contratación de la contratista. - El profesional oferente deberá cumplir con los requisitos de admisibilidad y elegibilidad establecidos infra, a fin de considerarse su propuesta como admisible y/o elegible. |
Los precios cotizados se consignarán en Pesos, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (I.- V.A.) como precios finales o consumidor final. Recibo C o Factura B. No debe encontrarse discri- minado el IVA, atento que el INAMU reviste carácter ante el Impuesto de Valor Agregado “IVA EXENTO” siendo su Clave Única de Identificación Tributaria la Nº 30-71445630-6. PRESENTAR FACTURA “B”.
TOTAL PRESUPUESTADO POR EL PROPONENTE:
(Pesos:
………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………….)
ANEXO II
AUTORIZACIÓN DE ACREDITACIÓN DE PAGOS
Localidad,
SEÑOR
DIRECTOR DEL AREA DE ADMINISTRACION
DEL INAMU (los) que suscribe (n) en mi (nuestro) carácter
de …………………………, de …………………………………, C.U.I.T. Nº , autoriza (mos) a que todo
pago que deba realizar el INAMU, en cancelación de deudas a mi (nuestro) favor por cualquier concepto de, sea efectuado en la cuenta bancaria que a continuación se detalla
DATOS DE LA CUENTA BANCARIA | USO S.H. |
CUENTA CORRIENTE/ DE AHORRO: CODIGO y Nº | |
CBU DE LA CUENTA | |
C.U.I.T. CUENTA CORRIENTE/ DE AHORRO | |
TITULARIDAD | |
DENOMINACIÓN | |
BANCO | |
SUCURSAL /Nº | |
DOMICILIO |
DE LAS CONDICIONES DE LA CONTRATACION
RÉGIMEN DE LA CONTRATACIÓN.
El presente es un procedimiento de llamado a Contratación Directa que se efectúa para la Contratación del Servicio a ser prestado en los establecimientos que a tal efecto designe el INAMU, en los términos del artículo 35 del Instructivo de Compras y Contrataciones del INAMU aprobado por Resolución N° 126/19.
RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD.
El adjudicatario de la contratación al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerá de relación alguna con el INAMU. Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los aportes profesionales y contractuales, previsionales y cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberado el INAMU por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. Queda debidamente aclarado y entendido que el INAMU no asumirá responsabilidad alguna y quedará desligado respecto de todo conflicto o litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el Instituto.
DAÑOS A TERCEROS.
El adjudicatario implementará en la realización de las actividades que comprendan el objeto de la Contratación, todas las medidas de seguridad que sean necesarias para dar cumplimiento a la legislación vigente en la materia, para evitar daños a personas o cosas y si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios. Las comunicaciones que se refieran a medidas de seguridad, deberán ser cumplidas inexcusablemente de acuerdo con las indicaciones impartidas por el INAMU y dentro del plazo que ésta indique.
IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES.
No podrán concurrir como oferentes a la presente contratación: a) Las personas jurídicas y/o sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos. c) Las personas físicas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación. d) Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. e) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente.
FALSEAMIENTO DE DATOS
El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del contratista y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.
VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA.
Será excluida toda oferta que adolezca de uno o más de los siguientes vicios: a) Que se presente después de la hora límite fijada para la Apertura de Ofertas. b) Que no se cumpla con la Garantía de Oferta en cualquiera de las formas establecidas en estos pliegos. c) Que se presente firmada por persona(s), sin capacidad suficiente para obligar al oferente. d) Si contuviere cláusulas en contraposición con las normas que rigen la Contratación. El INAMU se reserva el derecho de rechazar cualquier oferta que no se ajuste sustancialmente a las condiciones de la presente Contratación.
CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES
La sola presentación de la OFERTA implicará para el OFERENTE la aceptación y el pleno conocimiento de las condiciones y cláusulas integrantes de la presente contratación, y de las características contractuales objeto de la presente, por lo que no podrá invocar en su favor, para justificar los errores en que hubiere incurrido, dudas o desconocimiento de las disposiciones legales aplicables, del contenido de los Pliegos que rigen la contratación, como así también de las especificaciones técnicas y fácticas de la misma.
SUBCONTRATACIÓN
El contrato, ni los derechos que de él emerjan podrán ser cedidos o transferidos por el/la adjudicatario/a a terceros sin autorización previa y fundada de la autoridad competente, caso contrario, operará la rescisión del contrato.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Será obligación del Adjudicatario: Respetar en la forma estipulada en el Pliego de Condiciones Particulares, las solicitudes de prestación del servicio objeto de la presente contratación. El adjudicatario será responsable por las demoras tanto en la recepción y procesamiento de las Órdenes de Provisión del Servicio como en la efectiva prestación del servicio, ocasionadas por dolo, culpa, siendo pasible de las penalidades establecidas en el capítulo “RÉGIMEN DE PENALIDADES”. a) Observar en la prestación de servicios las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y Seguridad en el trabajo. b) Mantener la continuidad y regularidad de los servicios según los Pliegos. c) Responder en forma total y exclusiva, por cualquier daño que pudiera ocasionarse, directa o indirectamente, con motivo de la prestación o en ocasión de la prestación del servicio objeto de la presente contratación, o ante la falencia en la prestación de los mismos.
RÉGIMEN DE PENALIDADES. INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO
El incumplimiento en término de las obligaciones contractuales coloca a la adjudicataria en estado xx xxxx automática sin necesidad de interpelación, y por lo tanto, sujeta a la aplicación de las penalidades que se establecen en este capítulo. Para determinar el monto de las mismas, se tomará como base los valores mensuales de facturación que correspondan al adjudicatario.
PENALIDADES CONTRACTUALES El adjudicatario puede ser pasible de las siguientes penalidades:
A.- Multa por incumplimiento de las obligaciones contractuales la que se graduará mediante la retención de un importe proporcional a la cuota en curso durante el tiempo en que hubiera sido cometida la falta o desvío y, B.- Rescisión del contrato por culpa del adjudicatario. La aplicación de las penalidades es facultad de la autoridad de aplicación.
MULTAS Ante el incumplimiento por parte del adjudicatario, y dado el carácter esencial del servicio contratado, pueden generarse la aplicación de multas. La graduación de esta penalidad será regulada por el INAMU, teniendo en cuenta la naturaleza, gravedad y reincidencia de la falta cometida, como así también en los antecedentes del adjudicatario. Las multas se graduarán en porcentajes sobre la facturación que perciba en el mes en que se configure la infracción. Serán consideradas faltas graves, y como consecuencia se aplicará a cada una de ellas la multa que a continuación se describe: 1. La demora en la prestación del servicio de más de 4 horas por cualquier causa, hará pasible al adjudicatario de una multa equivalente al 1% (UNO por ciento) sobre el total de la facturación que el adjudicatario perciba durante el mes en que se haya perfeccionado la misma, por cada módulo de tiempo de retardo. 2 El incumplimiento en proporcionar la auditoría, verificación y dar las indicaciones de la inspección en lo que se refiere a medidas de seguridad, normas del arte y oficio, y calidad de los trabajos en ejecución, de acuerdo a lo establecido en el artículo 16º, dará lugar a una multa equivalente al 3% (TRES por ciento) sobre la facturación que el adjudicatario perciba durante el mes en la cual hubiere acaecido la infracción. 3. En todos aquellos casos no enumerados precedentemente en que la adjudicataria incurra en actos u omisiones culpables o negligentes que se traduzcan en la privación de uso del servicio contratado por el INAMU, se generará una multa equivalente al 2% (DOS por ciento) del monto de facturación mensual del adjudicatario correspondiente al mes de infracción y/o en la que se detectare la misma.
RESCISIÓN POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Vencido el plazo de cumplimiento del contrato, de su prórroga o del plazo para el cumplimiento de obligaciones esenciales del contrato, sin que los servicios contratados hayan sido puestos efectivamente a disposición del INAMU, se rescindirá el mismo de pleno derecho con pérdida de las garantías correspondientes sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, debiendo luego el organismo licitante proceder al dictado de la declaración formal de rescisión.
RESCISIÓN POR FRAUDE O NEGLIGENCIA
Cuando el adjudicatario incurra en negligencia en la ejecución del contrato o incumpla las obligaciones a su cargo, la autoridad de aplicación podrá rescindir unilateralmente el contrato, quedando a cargo de la adjudicataria incumplidora la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. Asimismo es causal de rescisión del contrato por culpa del adjudicatario y con las consecuencias precedentemente indicadas, cuando se hubiere configurado cualquier tipo de fraude que fuera determinante de la adjudicación de la oferta en cuestión.
RESCISIÓN TOTAL O PARCIAL
La rescisión del contrato pueden ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquél. En caso de efectuarse una rescisión parcial, el adjudicatario debe cumplir con la parte no rescindida, aún en el caso que se le imponga una sanción de suspensión o inhabilitación.
RESCISIÓN POR REITERACIÓN DE INFRACCIONES
El INAMU podrá rescindir el contrato de pleno derecho cuando las multas aplicadas en concepto de infracciones cometidas alcanzaren en su monto el 10% (DIEZ por ciento) del importe total del contrato original. La rescisión implicará en todos los casos la pérdida de la garantía de adjudicación en proporción a la parte no cumplida.
OTRAS CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Serán causales de extinción del contrato las siguientes: a) Expiración del plazo término del contrato, según lo estipulado en el presente pliego; b) Mutuo acuerdo; c) Rescisión por incumplimiento del contratista, d) Modificaciones en las prestaciones o términos de las mismas, sin previa conformidad del INAMU; e) Presentación en concurso del contratista, impidiendo dicha circunstancia el efectivo y total cumplimiento de las obligaciones emergentes xxx xxxxxx; f) Cuando el adjudicatario no se encuentre en condiciones de continuar proveyendo las opciones más convenientes xxx xxxxxxx en los productos objeto de la contratación. En todos los casos en que se declare la extinción y/o rescisión del contrato por causa imputable al adjudicatario, éste perderá de pleno derecho todas las garantías constituidas, sin perjuicio de las acciones legales que correspondieren al INAMU.