ACUERDO MINISTERIAL NRO. MINEDUC –ME2016-00062-A
ACUERDO MINISTERIAL NRO. MINEDUC –ME2016-00062-A
Artículo 12.- Obligaciones de las madres, padres y/o representantes legales. -
Las madres, padres y/o representantes legales de los estudiantes que acepten la contratación del servicio de transporte escolar con recursos propios, deberán cumplir con el pago del servicio establecido en el contrato.
Ante cualquier queja sobre la presentación del servicio deberán dirigirse a la institución educativa, con copia a la Operadora, por escrito a través de cualquier medio.
Artículo 13.- Obligaciones de los estudiantes. -
A más de las medidas preventivas y normas de seguridad que los organismos competentes puedan expedir sobre utilización del servicio de transporte escolar, los estudiantes deberán cumplir las siguientes obligaciones:
1. Llegar con tiempo suficiente a sus paradas o esperar de manera adecuada en la puerta de sus domicilios;
2. Dar prioridad a los niños más pequeños para subir y bajar del transporte, estudiantes con movilidad reducida, discapacidad o condición discapacitante;
3. Permanecer en sus asientos con los cinturones de seguridad abrochados;
4. Esperar que el vehículo se detenga completamente en la parada correspondiente para que los estudiantes puedan subir y bajar con seguridad;
5. Mantener un comportamiento apropiado dentro del vehículo de manera que no altere o distraiga la atención del conductor;
6. Cuidar del aseo del vehículo y no arrojar objetos o desperdicios por las ventanas;
7. No deteriorar ni hacer uso indebido de los accesorios del vehículo;
8. Cumplir con las disposiciones impartidas y normativa establecida por la institución educativa referente a la utilización del transporte escolar; y,
9. Respetar los asientos que les hayan sido asignado por el adulto responsable de acompañar el recorrido.
En caso de incumplimiento el estudiante será sancionado conforme lo prescrito en los artículos 330 y 331 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural y de acuerdo a lo establecido en el Código de Convivencia de la institución educativa.