PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE RECOGIDA DE RESIDUOS EN LA MANCOMUNIDAD DEL CARRAIXET
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE RECOGIDA DE RESIDUOS EN LA MANCOMUNIDAD DEL CARRAIXET
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE RECOGIDA DE RESIDUOS EN LA MANCOMUNIDAD DEL CARRAIXET
a).- INTRODUCCIÓN
La calidad de vida de una ciudad y las condiciones del entorno en el que se desenvuelve, viene fuertemente influenciada por los servicios de recogida de Residuos Sólidos Urbanos.
Por ello, finalizando ya el contrato actualmente en vigor y a la hora de planificar la nueva contratación la Mancomunidad ha procedido a revisar los criterios que inspiraban la prestación de estos servicios, incorporando a esta licitación los aspectos que permitan adaptar el próximo contrato a los nuevos comportamientos ciudadanos, tendencias medioambientales y de sostenibilidad.
Partiendo de unos servicios de alta calidad, se incorporan al nuevo contrato criterios de acomodación a las nuevas necesidades sociales, basadas fundamentalmente en la sostenibilidad en sus tres vertientes y a nuevas o distintas demandas de los vecinos y de las distintas zonas del municipio. Así se contemplan cuestiones como maquinaria más eficiente, horarios más adaptados a las necesidades derivadas de los distintos tiempos de uso y disfrute de los espacios públicos, criterios de potenciación de la revalorización de residuos, incremento del reciclaje involucrando también, además de a las personas, a las empresas en el aumento del mismo, accesibilidad universal de contenedores, así como su estética, reducción del nivel sonoro y de emisiones de los servicios, etc.
Dada la creciente y continua concienciación medioambiental y los compromisos que la sociedad actual debe adquirir para minimizar el impacto ambiental, la Mancomunidad del Carraixet consciente de esta realidad, se ha comprometido a hacer todos los esfuerzos posibles con el fin de garantizar la mejor calidad de vida con el menor impacto posible al medio ambiente así como a sus vecinos.
La Mancomunidad del Carraixet se ha propuesto dentro de sus objetivos prioritarios, la maximización del reciclaje y valorización de los residuos.
b). - OBJETIVOS Y PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN
La gestión de residuos deberá cumplir con los objetivos planteados desde la Estrategia Comunitaria de minimizar la producción de residuos, maximizar su valoración y minimizar su eliminación o vertido; con un servicio orientado a la sostenibilidad en sus tres vertientes.
En este sentido, y especialmente, las empresas licitadoras deben priorizar el compromiso por la mejora de la sostenibilidad ambiental a través de la aplicación de métodos que reduzcan los
impactos de emisiones en general (CO2, sonoros, consumos de agua, energéticos, etc.) mediante la incorporación de tecnologías nuevas.
En materia de residuos la prelación de actividades perseguirá la siguiente jerarquía: prevenir, posibilitar la reutilización y el reciclado, otro tipo de valorización y, por último, la eliminación. La Mancomunidad marca como objetivo alcanzar de forma paulatina durante la duración del contrato (ocho años más dos de prórroga) el porcentaje del 80% de recogida y/o separación selectiva para su posterior tratamiento para el conjunto de residuos producidos en el municipio y gestionados por la Mancomunidad. Para ello se deberán contemplar planes de comunicación que mantengan informada a la población de los servicios, su evolución y su mejora mediante su implicación, corresponsabilizando a la ciudadanía en el logro de la sostenibilidad, así como otras medidas.
Se deberá facilitar al ciudadano la recogida selectiva de residuos mediante la mejor ubicación de los distintos tipos de contenedores.
Todos los servicios deberán buscar la máxima eficacia y eficiencia entre el coste y el rendimiento de los servicios prestados.
Por todo ello se deberán proponer todas las posibilidades técnicas y organizativas que económicamente sean factibles en cada momento para conseguir los objetivos pretendidos. La flexibilidad del servicio es un valor importante. La adecuación de los medios a las necesidades actuales y futuras deberá permitir un equilibrio constante para resolver las necesidades diarias con el objetivo de obtener mejores resultados.
CAPÍTULO I.- OBJETO DEL CONTRATO
Art. 1º.- OBJETO
Es objeto de la presente contratación la GESTIÓN DE LA RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, definidos en este Pliego.
Recogida de los Residuos Sólidos Urbanos (FRACCIÓN RESTO) y transporte de los mismos a planta de transferencia o tratamiento. Suministro, colocación, mantenimiento y lavado de todos los contenedores para las diferentes fracciones.
Recogida selectiva y transporte de envases ligeros. Suministro, colocación, mantenimiento y lavado de todos los contenedores para los envases ligeros.
Recogida selectiva y transporte de papel-cartón. Suministro, colocación, mantenimiento y lavado de todos los contenedores para papel-cartón.
Recogida de muebles y enseres domésticos desechables.
El ámbito territorial para la prestación de los servicios objeto de contratación comprenderá la Mancomunidad del Carraixet, integrada por los siguientes municipios: Alfara del Patriarca, Bonrepòs
x Xxxxxxxxx, Vinalesa y Foios, incluyendo polígonos industriales, así como los pequeños núcleos de población de la Venda del Sombrerer y el Xxxxxx xx Xxxxxx.
El presente contrato no incluye la gestión y tratamiento de los residuos recogidos por el adjudicatario, que será por cuenta de la empresa destinataria final y/o vertedero autorizado.
CAPÍTULO II.- SERVICIOS A PRESTAR
La relación de los servicios que obligatoriamente debe prestar el contratista se realizará en los términos que se indican en los artículos sucesivos.
Los licitadores presentarán una oferta que incluirá todos los servicios básicos a prestar recogidos en el presente pliego y que constituirán lo que se denominará el Plan Básico General.
Art. 2º.-RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS DOMICILIARIOS (R.S.U.)
Se incluye en este apartado la recogida de residuos sólidos urbanos depositados en los contenedores o en el exterior de los contenedores, la carga en camiones compactadores y su transporte al centro de tratamiento de R.S.U. (fracción resto, envases ligeros de origen doméstico, papel-cartón y enseres y voluminosos)
Art. 3º.- ÁMBITO TERRITORIAL Y FUNCIONAL
El ámbito territorial para la prestación de los servicios objeto de contratación comprenderá la totalidad los términos municipales de las poblaciones que integran la Mancomunidad del Carraixet:
- Alfara del Patriarca
- Bonrepòs x Xxxxxxxxx
- Vinalesa
- Foios
Art. 4º.- NUEVAS VÍAS
La apertura de nuevas vías, recepción de nuevos núcleos poblacionales será objeto de todos los puntos que le apliquen en este pliego y serán objeto de revisión de precios cuando requiera un incremento de la dotación de medios técnicos y/o humanos adscritos al servicio.
Definidas las zonas motivo de la ampliación, se procederá conjuntamente con el contratista adjudicatario a asignar los medios técnicos y económicos necesarios para atender dicha ampliación, de acuerdo a los precios unitarios establecidos por el adjudicatario.
La ampliación deberá ser aprobada por la corporación, con informe previo del responsable técnico municipal.
CAPÍTULO III.- DEFINICIÓN DE LOS SERVICIOS
Art. 5º.-RECOGIDA Y TRANSPORTE DE BASURAS Y RESIDUOS DOMICILIARIOS R.S.U.
El ámbito de prestación de este servicio es el definido en el artículo 3º de este Pliego de Condiciones.
La recogida se realiza mediante el sistema de contenedores en superficie y la presencia puntual de contenedores soterrados (cuya recogida es mediante grúa e izado), en cuyo interior se alojan contenedores.
El servicio de recogida y transporte de RSU comprende las siguientes prestaciones:
• Recogida y transporte de la fracción resto (contenedor verde) procedentes de la normal actividad doméstica y comercial
• Recogida y transporte de la fracción orgánica (contenedor marrón) de origen domiciliario y procedente de la normal actividad doméstica y comercial.
• Recogida y transporte de envases ligeros (contenedor amarillo) domiciliarios procedentes de la normal actividad doméstica y comercial.
• Recogida y transporte del papel-cartón (contenedor azul) domiciliarios procedentes de la normal actividad doméstica y comercial.
• Suministro, reposición, mantenimiento, conservación y limpieza de los contenedores de superficie destinados a la recogida de RSU, envases ligeros y papel-xxxxx.
• SISTEMA AVANZADO DE CONTROL: Con el fin de garantizar el seguimiento y control de los trabajos que realiza la flota de vehículos, las empresas licitadoras podrán plantear en sus ofertas un sistema de seguimiento y control de los mismos en tiempo real. Además de la localización xx xxxxx de vehículos se identificarán los contenedores, permitiendo controlar de forma automatizada las rutas diarias realizadas por los vehículos de recogida de residuos, el horario empleado y los contenedores recogidos en cada ruta y por cada día. Los licitadores detallarán:
• tipo y número de vehículos con equipo de GPS
• grado de información generada diariamente por el sistema
• necesidades de mantenimiento y gestión
• frecuencia y tiempo de actualización de la información
• equipos de telecomunicación periféricos y colaterales
• certificación y garantía de cobertura dentro del ámbito municipal
• con objeto de avalar la solvencia técnica del modelo ofertado, las empresas deberán presentar una relación detallada de todas las implantaciones del sistema ofertado dentro de este sector.
• Definición de los equipos empleados, proveedor de sistemas adoptado, compromiso de contrato que garantice el mantenimiento y funcionamiento y/o sustitución del mismo al o largo de la vida del contrato. La empresa adjudicataria presentará el contrato de instalación y mantenimiento definitivo antes de formalizar el presente contrato de adjudicación
•
Se valorará la integración con los sistemas de información municipales existentes (Aplicación informática de Gestión de incidencias, GEX, etc.) así como el patrocinio del sistema de gestión de incidencias existente para el resto de los años del presente contrato.
Igualmente, se deberá aplicar un control de pesaje, de modo que cada municipio sepa los residuos que genera. Para ello, las empresas detallarán el procedimiento que seguirán para la consecución de este objetivo.
Los residuos retirados se trasladarán hasta un centro o planta de tratamiento autorizada de Residuos Sólidos Urbanos, siendo en este caso la planta del El Complejo de Tratamiento y Valorización de residuos urbanos de Los Hornillos, quedando prohibida la descarga de basuras en cualquier otro punto. Cualquier modificación del centro de tratamiento será comunicada por los Servicios Técnicos Municipales.
El adjudicatario definirá con todo detalle el proceso de organización para cada uno de los servicios contemplados con sujeción estricta a las condiciones establecidas en este capítulo. De tal forma, que se cumpla el objetivo fundamental de recoger los residuos adecuadamente y de mantener el nivel de limpieza oportuno de tal forma que el municipio presente un buen estado de limpieza.
Así, el adjudicatario deberá tener el máximo cuidado en la ejecución de los servicios al objeto de no ensuciar las aceras y calzadas, debiendo proceder inmediatamente a la limpieza de los productos que se vierten en la maniobra y quedando totalmente prohibido el rebusco, selección o cualquier otra manipulación de las basuras detritus, etc. Los restos de recogida de basuras que se viertan en la vía pública serán inmediatamente retirados por los empleados que forman el equipo de recogida o de otra forma alternativa que no implique a los servicios generales de limpieza. Para ello se dispondrán los medios materiales necesarios.
A tal efecto los licitadores explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados.
El servicio de recogida de basuras (fracción resto) se prestará con una frecuencia de siete (7) días por semana, todas las semanas del año en horario nocturno.
Para la ejecución de este servicio se utilizarán vehículos compactadores. Los licitadores presentarán un proyecto detallado en el que se recojan los siguientes aspectos:
• Sistemas de recogida propuestos.
• Composición de los equipos a utilizar, números, características, etc., que más adecuadamente se ajusten a las características de cada zona.
• Horarios de comienzo y terminación de los recorridos.
Durante todo el año, y especialmente cuando se celebren ferias, fiestas nacionales y locales o en general cualquier otro tipo de celebración que lleve implícita la generación de residuos, se efectuará la limpieza de la zona de contenedores y adyacentes a las mismas con la frecuencia y horario que determine la Mancomunidad, una vez finalizada o durante la jornada festiva, recogiendo los residuos depositados en los contenedores que previamente se hayan situado con carácter eventual. Caso de
resultar necesario y por indicación expresa de los Servicio Municipales, también realizará el movimiento de los contenedores que sea necesario para no obstaculizar las celebraciones o actos que se programen en los municipios, así como posteriormente la devolución a su ubicación original, sin que ninguna de las actuaciones mencionadas en ninguno de los casos anteriores supongan facturación adicional alguna.
El servicio de recogida y transporte de la fracción orgánica de origen domiciliario y procedente de la normal actividad doméstica y comercial se prestará con una frecuencia mínima de 1 día por semana, pudiendo incrementar dicha frecuencia en función del grado de colmatación de esta tipología de contenedores (marrones).
El servicio de recogida de envases ligeros se prestará con una frecuencia mínima de 1 día a la semana, todas las semanas del año. El adjudicatario presentará la propuesta de planificación del servicio, con los medios y recursos empleados, la distribución de las rutas con indicación de las frecuencias-, la composición de los equipos a utilizar, números, características, etc.
El servicio de recogida de papel-cartón se prestará con una frecuencia mínima de 1 día a la semana, todas las semanas del año. El adjudicatario presentará la propuesta de planificación del servicio, con los medios y recursos empleados, la distribución de las rutas ¬con indicación de las frecuencias-, la composición de los equipos a utilizar, números, características, etc.
Art. 6º.-SUMINISTRO, MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE RECIPIENTES NORMALIZADOS.
Con relación a la dotación de contenedores, los licitadores elaborarán un plan de contenerización en sus ofertas señalando explícitamente:
• Sistemas de recogida propuestos.
• Definición y justificación del número de contenedores.
• Definición y justificación del volumen de los contenedores.
• Definición y justificación del tipo de contenedores.
• Definición y justificación del número de puntos de ubicación.
Una vez examinada la definición del número de contenedores y puntos de ubicación, los técnicos conjuntamente con el adjudicatario determinarán la ubicación exacta y el número de unidades en cada punto. Se valorará positivamente la instalación en los contenedores de sistemas que mejoren la
accesibilidad para personas de movilidad reducida, embellecedores o sistemas de ocultamiento, así como elementos de sujeción.
Con relación a las labores de mantenimiento y conservación de los contenedores, este servicio deberá contemplar, para la totalidad de los contenedores utilizados para el conjunto de todos los servicios considerados en este pliego, las siguientes tareas:
Tareas de limpieza (interior y exterior) y desinfección:
Fracción resto: La frecuencia mínima de limpieza de cada contenedor será de una vez al mes los meses comprendidos entre octubre y abril (temporada de invierno) y una vez cada quince días los meses comprendidos entre mayo y septiembre (temporada xx xxxxxx).
Fracción de envases ligeros una vez cada 2 meses los meses comprendidos entre octubre y abril (temporada de invierno) y una vez al mes los meses comprendidos entre mayo y septiembre (temporada xx xxxxxx).
Fracción de papel y cartón: Se llevará a cabo de forma trimestral a lo largo de todo el año.
MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN Y LIMPIEZA DE LAS PLATAFORMAS DE CONTENEDORES
SOTERRADOS, que consistirá como mínimo en lo siguiente:
ANUALMENTE
Revisión y comprobación del sistema de apertura de las plataformas según modelo. Guías de contenedores.
Contenedores y sistemas de enganche
Revisión y adecuación de los sistemas de seguridad según modelo.
Todos los gastos derivados del suministro y reposición de piezas serán cubiertos por el adjudicatario.
En el caso de los contenedores soterrados, se incluirá la limpieza del interior de los vasos donde se alojan los contenedores, con una frecuencia que garantice las condiciones de higiene y salubridad.
• Tareas de mantenimiento, conservación y reposición. Los licitadores, en sus ofertas, señalarán:
• Medios humanos y materiales asignados, con la dedicación específica para las labores de limpieza y mantenimiento.
• Programa de mantenimiento y gestión del parque de contenedores (tanto en superficie como soterrados), con desglose anual.
Dentro del programa de mantenimiento y gestión de contenedores se incluirá la dotación anual de contenedores suficientes que garanticen la sustitución de los no reparables (accidentes, actos vandálicos, desgaste, robos, etc.)
Los contenedores correspondientes a la fracción de envases ligeros y papel-cartón se cambiaron por unidades completamente nuevas según la siguiente tabla:
Municipio | Envases 3.200 l | Papel 3.200 l |
Foios | 22 | 20 |
Vinalesa | 13 | 13 |
Alfara del Patriarca | 12 | 14 |
Xxxxxxxx i Miranbell | 12 + 9 soterrados | 12+8 soterrados |
El coste de la instalación de estos contenedores nuevos asciende a la cantidad de 80.537,60 € que amortizados a un periodo de 8 años y con un 6% de interés resulta una cuota anual de 11.473,10
€/año. Estos contenedores se instalaron en mayo de 2015, por lo que el valor residual a fecha diciembre de 2016 es de 62.371,86 €, que deberá hacerse cargo la empresa adjudicataria.
ART. 7º.-RECOGIDA DE MUEBLES, VOLUMINOSOS Y ENSERES DOMÉSTICOS DESECHABLES
Se refiere a la recogida y transportes hasta centro autorizado de los muebles y enseres domésticos procedentes de los vecinos.
Como tales, se considerarán: mobiliario, embalaje y otros útiles similares de desecho y electrodomésticos y otros enseres voluminosos.
Quedan excluidos los escombros y cualquier tipo de electrodomésticos de carácter industrial o comercial.
No será objeto de la presente recogida aquellos productos que contengan líquidos y que no fueran envasados o aquellos que siéndolo resulten de manipulación peligrosa.
Se habilitará, como mínimo, un día al mes para la recogida de muebles y enseres voluminosos domésticos. Con el objetivo de acercar este servicio al ciudadano, las empresas licitantes establecerán medios para la recepción de avisos mediante un teléfono de atención al ciudadano y plataforma electrónica y/o telefonía móvil, donde se recogerá las peticiones. El objetivo de estas medidas es que el ciudadano avise con antelación para la recogida de los muebles y enseres que depositen en la vía pública. Estos canales de comunicación serán totalmente gratuitos para la población. La adjudicataria recopilará los avisos para la programación de la ruta de recogida con el objetivo de optimizar los medios. No obstante, se recogerán también aquellos enseres que hayan sido abandonados y que no figuren en la lista de avisos hechos por los habitantes de los municipios. Los licitadores deberán hacer una propuesta con la organización de este servicio, horario y recursos empleados, para poder llevar a cabo un óptimo servicio.
Art. 8º.- CAMPAÑAS DE DIVULGACIÓN Y CONCIENCIACIÓN CIUDADANA
Al objeto de fomentar y favorecerlos objetivos y principios de actuación recogidos en el Capítulo 0 de este pliego, los licitadores propondrán un Plan de divulgación y concienciación ciudadana que abarque toda la duración del contrato, debiendo contemplar los siguientes aspectos:
• Propuesta de la programación anual de la campaña
• Metodología y forma de actuación, si bien no se desarrollará de una manera exhaustiva.
• Presupuesto anual.
• Establecer compromisos con respecto a la Imagen Corporativa municipal en relación a los profesionales, vehículos, medios materiales e instalaciones fijas.
• Deberán dar a conocer los distintos aspectos de los servicios desde el criterio de sostenibilidad en sus tres vertientes (ambiental, económico y social) informando de los resultados y su evolución.
La elaboración de planes, metodología, procedimiento, etc., de estas campañas se concretará en el momento que la Mancomunidad estime más adecuado.
En materia de concienciación ciudadana la empresa adjudicataria vendrá obligada a realizar, como mínimo y sin coste añadido para la Mancomunidad , una campaña anual de divulgación de los diferentes aspectos del servicio, extendida a todo el término municipal, al objeto de buscar una mayor concienciación, conocimiento del servicio y participación ciudadana, fomentando siempre, y entre otros aspectos, el aumento del reciclaje, la minimización de la generación de residuos, la reutilización y revalorización, etc.
En estas campañas se podrán incluir también cuestiones relacionadas con las actividades incluidas en otros grupos de Servicios objeto del contrato, como por ejemplo, el fomento de hábitos que contribuyan al mantenimiento de la limpieza de los espacios públicos.
CAPÍTULO IV.- ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO
Art. 9º-HORARIO DE LOS SERVICIOS
El licitador deberá tener en cuenta las ordenanzas municipales que le puedan afectar, principalmente las limitaciones en cuanto a ruido y el normal desarrollo de las actividades cotidianas de la ciudad, de forma que se moleste lo mínimo a los vecinos.
Se pretende ser especialmente cuidadoso con el entorno en el que se trabaja así como con los vecinos, por lo que se deberá reducir lo máximo posible la contaminación acústica en el municipio sin que las propias tareas del servicio incumplan la normativa municipal o no, vigente en esta materia
Art. 10º.- JEFATURA DEL SERVICIO
En los artículos anteriores se definen todos los trabajos que necesariamente deben ser autorizados por la Jefatura del Servicio, previamente a su realización. A dichos efectos se definen como componentes de dicha Jefatura los siguientes cargos municipales:
-Responsable del servicio designado por la Mancomunidad.
-Técnicos municipales.
Pudiendo actuar cualquiera de ellos de forma conjunta o aisladamente, en representación de la Mancomunidad, como interlocutores con la empresa adjudicataria.
En caso de emergencia o situaciones excepcionales, todo el personal y los equipos estarán a la entera disposición de la Jefatura del Servicio, aún en ausencia de sus mandos intermedios.
La negativa a obedecer las órdenes de la Jefatura del Servicio en situación de emergencia se considera falta grave.
Art. 11º.-PLAN BÁSICO DEL SERVICIO
Los licitadores incluirán en su oferta el plan básico que englobe en su totalidad la prestación de los servicios encomendados, desglosándose fundamentalmente en los siguientes puntos:
1. Recogida y transporte de residuos sólidos urbano (RSU)
2. Suministro, colocación, mantenimiento y lavado de todos los contenedores para los RSU. Programa de mantenimiento y gestión; Plan de contenerización.
3. Recogida de muebles y voluminosos.
4. Recogida selectiva y transporte de envases ligeros y papel-cartón
5. Suministro, colocación, mantenimiento y lavado de todos los contenedores para los envases ligeros y papel-cartón. Programa de mantenimiento y gestión; Plan de contenerización.
6. Campañas de divulgación y concienciación ciudadana.
Dicho plan básico incluirá la sectorización para la prestación de los servicios, las frecuencias de realización de cada uno de los trabajos designados, teniendo en cuenta las condiciones determinadas con anterioridad.
En cada trabajo se definirán tanto los equipos mecánicos como humanos asignados a su realización. Deberán definirse asimismo todas las instalaciones necesarias para el correcto desarrollo de los trabajos.
Art. 12º.- VALORACIÓN DEL SERVICIO
Los licitadores deberán presentar valoración detallada de cada una de las actividades recogidas. Los costes deben venir expresados en costes unitarios, para poder realizar la correcta valoración de los mismos.
Dichas valoraciones deberán incluir como mínimo:
-Coste de mano de obra por categoría y antigüedad, con detalle de costo horario y costo total mensual y anual.
-Coste de maquinaria y medios auxiliares, con detalle de los importes de amortización, explotación y mantenimiento.
Incluirán asimismo cuadro de precios de mano de obra, maquinaria y medios auxiliares necesarios para la realización de los gastos extraordinarios.
Los gastos ordinarios o canon del servicio incluyen todas las operaciones a realizar de forma periódica y continua, definidas en los artículos anteriores. Tendrán por tanto el carácter de fijos.
Los gastos extraordinarios incluyen todas las operaciones que, con carácter excepcional, debe realizar el adjudicatario, previo encargo por los servicios municipales.
Todos los gastos que se deriven del objeto del contrato se entenderán incluidos en la valoración económica, sin que sean objeto de facturación aparte.
La Mancomunidad mantiene el derecho de percibir las distintas aportaciones económicas derivadas de la aplicación del convenio de colaboración con Ecoembalajes España, S.A. (Ecoembes) relativo al funcionamiento del sistema integrado de gestión de envases y residuos de envases y papel-cartón, de acuerdo con la normativa vigente.
Art. 13º.- PERSONAL, MATERIAL E INSTALACIONES FIJAS
Como resultado de los planes anuales ofertados por las empresas licitadoras relativas a los servicios objeto del concurso se explicitará propuesta detallada de las previsiones de personal que consideren necesaria en cada una de las operaciones a realizar, en el siguiente desglose:
- Personal directo necesario para la realización de los trabajos.
o Peones
o Conductores.
-
-
-
- Necesidades de personal para asegurar la ejecución de los trabajos cuando se produzcan bajas por absentismo laboral, enfermedad, accidentes y otras causas debidamente justificadas.
- Personal necesario para ejercer labores de vigilancia y control que aseguren la correcta ejecución de los servicios.
- • Encargados. Asimismo deberán presentar relación detallada de todo el personal indirecto asignado a los servicios con el fin de garantizar el buen funcionamiento de los mismos, dentro del siguiente desglose:
o Dirección, personal técnico y vigilancia de los servicios.
o Administración.
o Talleres.
o Almacén.
o Otros servicios.
El adjudicatario vendrá obligado de acuerdo a la legislación vigente, a subrogarse, en derechos y obligaciones, al personal de la plantilla del contratista actual. Durante la vigencia del contrato el adjudicatario, siempre que se vaya a producir una variación en la plantilla con que se inicia el contrato, bien sea por jubilación, defunción, baja voluntaria, despido, invalidez permanente, etc., o siempre que se produzca una variación por necesidades del servicio, está obligado a comunicar Mancomunidad las variaciones que se puedan producir.
El contratista deberá respetar los derechos y obligaciones impuestos por la legislación vigente en materia laboral y de seguridad social. En particular, deberá atender a las previsiones del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores y demás normativa aplicable respecto de los trabajadores subrogados.
El adjudicatario deberá disponer, de una oficina debidamente instalada, con el personal técnico y administrativo necesario. Al frente de la misma como Delegado de la empresa y responsable directo del conjunto de los servicios contratados figurará una persona con la cualificación necesaria, el cual mantendrá contacto directo con la Jefatura de Servicios Municipales de la Mancomunidad del Carraixet.
Los licitadores deberán indicar en sus ofertas los criterios de actuación para la contratación del personal que suponga una ampliación sobre el conjunto de personal a absorber. Propondrán la política de personal a seguir y en particular todos los aspectos relacionados con la formación de personal, seguridad e higiene en el trabajo y servicios médicos necesarios.
El adjudicatario deberá tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo.
Todo el personal de los servicios deberá ir uniformado debiéndose de hacer entrega de los EPIs correspondientes. El tipo de uniforme será distinto en verano que en invierno y habrá de ser aprobado por la Mancomunidad.
La cantidad y calidad de vestuario para el personal se regirá en todo momento según lo acordado por los convenios colectivos, no siendo en ningún caso inferior a dos uniformes anuales, uno de invierno y otro xx xxxxxx.
Cada licitador deberá presentar una relación detallada de las prendas de vestuario, que va a emplear cada operario con expresión del costo anual de los mismos.
Cada licitador deberá presentar una relación detallada del equipamiento auxiliar, principalmente equipos de protección individual, que vaya a emplear cada operario para cada una de las labores a desarrollar con expresión del costo anual de los mismos.
El adjudicatario se responsabilizará de la falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestuario o de la descortesía o mal trato que el personal observe con respecto al vecindario, así como de producir ruidos excesivos durante la prestación de los servicios.
La Mancomunidad valorará la creación de una bolsa de trabajo para cubrir las vacantes producidas por vacaciones, enfermedades y contingencias comunes de las que puede nutrirse la empresa adjudicataria.
Art. 14º.- MAQUINARIA
Los licitadores en sus ofertas indicarán el diverso material móvil a utilizar en los diferentes servicios, expresando con claridad lo que se entiende por material necesario para la correcta prestación de los servicios y material de reserva, es decir, aquél que no estando ordinariamente en servicio se incluirá con el fin de suplir a los de servicio por causa de avería o refuerzo ocasional.
En el caso de que exista material subrogado, se autorizará la adscripción, como equipos suplentes, de aquellos equipos que a fecha de licitación tengan menos de 5 años de antigüedad, corriendo a cargo del adjudicatario los distintos costes derivados de los mismos (revisiones, inspecciones técnicas de vehículos, reparaciones, etc.)
Los licitadores asumirán el importe del valor residual de aquellos equipos que a fecha de finalización del contrato actual no hayan sido totalmente amortizados.
El licitador deberá disponer para el Servicio General de Recogida de Basuras vehículos de reserva que garantizan la prestación del servicio en caso de averías.
En todo momento el adjudicatario deberá disponer del material necesario para la correcta prestación de los servicios.
El material móvil a utilizar será el más adecuado a las características del servicio y a las necesidades de la ciudad.
Para su elección, se tendrá en cuenta lo siguiente:
1. Los equipos a utilizar en la recogida de basuras serán de características adecuadas a la orografía del municipio.
La caja de estos vehículos será hermética y el sistema de admisión de las basuras será por trituración, compactación o compresión, con el fin de lograr el mayor rendimiento en su capacidad de carga.
El diseño del material será tal que permita su fácil lavado, tanto interior como exteriormente. Esta operación xx xxxxxx deberá realizarse diariamente en el exterior del vehículo, incluida la caja de carga de basuras, y semanalmente en el interior de la cabina y demás partes del mismo.
Se optará preferentemente por la utilización del material que produzca menos ruido a igualdad de rendimiento, debiendo en todo caso cumplir la reglamentación vigente en este tema.
Para el transporte del personal en las diferentes operaciones se observarán estrictamente las normas laborales y de circulación.
Estos equipos deben llevar incorporado el sistema de localización xx xxxxx de vehículos requerido en el artículo 25 de este pliego.
2. Para la vigilancia de los trabajos el adjudicatario deberá disponer de vehículos ligeros, adecuados a las características de las operaciones a realizar.
Se valorará especialmente la dotación de vehículos, maquinaria y equipos que generen menores niveles de emisión de ruidos y vibraciones.
Todos los vehículos que trabajen en la vía pública serán perfectamente visibles y dispondrán de los sistemas de seguridad obligatorios para los operarios que trabajen en conexión con el conductor. Asimismo, deberán llevar incorporado junto a la imagen corporativa del adjudicatario, el logotipo de la Mancomunidad del Carraixet y cualquier otra inscripción que los servicios técnicos estimen oportuna.
Aquellos que realicen trabajos en la vía pública estarán equipados con los equipos de señalización precisa para su mejor detección y evitación de riesgos para los peatones y el tráfico rodado.
Los equipos que precisen del traslado del personal ajeno al conductor, y en número superior a dos, estarán provistos de cabina suficiente para garantizar la comodidad y seguridad de los empleados durante los traslados.
Todo el material ofertado deberá ser minuciosamente descrito por los licitadores, con aportación de planos, croquis, esquemas, fotografías, datos técnicos, datos medioambientales, y cuantos datos crean necesarios aportar, a fin de obtener el mejor conocimiento posible de los mismos.
El adjudicatario estará obligado a presentar un plan de mantenimiento preventivo de todo el material destinado a estos servicios, indicando las operaciones relativas a engrases, revisiones, operaciones periódicas, etc. Indicando los medios que dispondrá para las tareas de mantenimiento.
El plazo de amortización para el total del material será de ocho años, tanto para las nuevas adquisiciones como para el valor residual indicado por mensualidades o anualidades iguales.
A la finalización del contrato, por extinción de la duración del mismo, todo el material ofertado pasará a ser propiedad de la Mancomunidad. En caso de finalización del contrato antes de este
período, la Mancomunidad se reservará la opción de compra de este material a su valor residual (parte pendiente de amortizar).
Todos los vehículos automóviles, tanto ligeros como medios o pesados, que deban someterse a inspección periódica por la Dirección de Industria y Energía, lo harán según establece la normativa en vigor. De las partes que emita el citado Organismo se enviará una copia a la Jefatura del Servicio en el plazo máximo de un mes de realizada la inspección.
Todo el material incluido en el contrato del que es objeto el presente concurso será de uso exclusivo para los servicios que se contratan, no pudiendo utilizarse en servicios ajenos a la concesión, salvo orden o aprobación expresa de la Mancomunidad.
En garantía del cumplimiento por el contratista de la obligación de conservar la maquinaria objeto de reversión a la Mancomunidad, durante los últimos seis meses del contrato se someterán los vehículos a la intervención de la Inspección Técnica de Vehículos, realizando x xxxxx del adjudicatario las reparaciones que sean precisas.
Art. 15º.- INSTALACIONES FIJAS
Se considerarán instalaciones fijas los garajes, talleres, almacenes, oficinas, centros de concentración de personal, etc., que sirvan para la estancia y mantenimiento del material y para la concentración y distribución del personal, incluidas las instalaciones auxiliares (aseos, vestuarios, etc.), según lo dispuesto en la reglamentación vigente de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Para la concentración y distribución del personal que presta los diferentes servicios el licitador propondrá la utilización de locales estratégicamente situados en el ámbito del servicio, cuyo número será el que estime necesario.
El licitador deberá indicar en su propuesta el número, dimensión, dotación y ubicación de los locales.
Para la ubicación de las instalaciones fijas del Servicio el adjudicatario dispondrá de una nave taller o compromiso de alquiler. Dicha nave, deberá estar operativa en un plazo no superior a un mes desde la fecha de adjudicación. Esta nave deberá ser guardería de vehículos adscritos al servicio.
El licitador deberá indicar en su propuesta el número de instalaciones, dimensión equipamiento y ubicación de las mismas.
Art. 16º.- SERVICIOS GENERALES
Este capítulo comprende lo relativo a los servicios técnicos, administrativos, almacenes, control y vigilancia, talleres, atención al público, etc., que son comunes a la totalidad de los servicios. Los licitadores deberán ajustarse en sus ofertas a todas las condiciones establecidas en este capítulo relativas a estos servicios.
Al frente de los servicios y como máximo responsable de los mismos deberá figurar persona con capacidad y experiencia suficiente para el correcto desempeño de las funciones en el puesto, que será el interlocutor con la Jefatura del Servicio.
Asimismo los licitadores indicarán en sus propuestas toda la relación de los puestos de mando previsto y funciones a realizar, así como los medios mecánicos adscritos a estos servicios.
Los licitadores en sus ofertas definirán con el máximo detalle todo el equipo administrativo necesario para la realización correcta de las tareas propias de este servicio. Indicarán en sus ofertas todos los medios adscritos al servicio, tanto humanos como materiales, y costo anual de los mismos.
Art. 17º.- TALLERES
Será obligación del contratista la organización y ejecución de los trabajos de conservación, mantenimiento y reparaciones necesarias para que toda la flota de vehículos existente se encuentre siempre en condiciones óptimas de servicio.
Se procederá asimismo al lavado de la totalidad de los vehículos después de cada jornada de trabajo. Los licitadores en sus ofertas deberán indicar con el máximo detalle:
- Dotación de personal y funciones a realizar.
- Material móvil a emplear.
- Relación de maquinaria y herramienta específica a utilizar.
- Plan de mantenimiento preventivo de vehículos.
- Control diario de vehículos y maquinaria pesada.
Independientemente del control municipal, la vigilancia de las instalaciones fijas, municipales o no, será responsabilidad del contratista, durante las 24 horas del día, debiendo disponer de los elementos necesarios para una seguridad total de las instalaciones.
Todo el personal será sometido a las correspondientes revisiones médicas, sometiéndose la empresa concesionaria a las normas dictadas por las autoridades laborales competentes en esta materia.
Art. 18º.- ORGANIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS
Como consecuencia de los trabajos a realizar por los distintos equipos que se propongan, los licitadores indicarán con detalle en sus ofertas los aspectos de organización que consideren, concretando en particular:
- Composición detallada de los equipos
- Planos y/o croquis de las diferentes rutas, indicando tiempos, distancias, paradas y cuanta información relevante a las mismas
- Organigrama detallado de todos los elementos personales y materiales aportados.
- Sistemas de control que permitan proporcionar a la Mancomunidad todos los datos requeridos en orden a la justificación de los trabajos realizados.
- Relación de puestos de mando previsto a todos los niveles con sus funciones generales.
- Dispositivos organizativos y personales en relación con todos los servicios internos necesarios.
- Mantenimiento del parque móvil.
- Mantenimiento de las instalaciones fijas.
-
-
- Planificación operativa de los trabajos.
- Gestión de personal y seguros sociales.
Anualmente la empresa adjudicataria procederá a analizar las posibles variaciones que sea conveniente realizar, presentando a la Mancomunidad un nuevo plan que recoja estas variaciones, para su aprobación por este Organismo.
Art. 19º.- CONTROL DE LA CALIDAD Y GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL DE LOS SERVICIOS
Con la finalidad de conseguir un servicio de calidad en la prestación del servicio de recogida de residuos, el licitador deberá aportar un sistema de mejora continua que, a través de la obtención de información y el análisis permanente de los servicios prestados, posibilite la adaptación de los mismos a los objetivos perseguidos.
La mejora continua en la prestación de los servicios y en el cuidado del medio ambiente es una condición básica para la satisfacción y el bienestar de los ciudadanos del municipio. Por ello las empresas licitadoras deberán presentar sus compromisos en la Gestión de la Calidad y la Gestión Medioambiental en la prestación de los servicios objeto del presente concurso.
Las empresas licitadoras deberán presentar un Plan de Calidad bajo criterios de sostenibilidad en sus tres vertientes: medioambiental, económica y social.
Asimismo la empresa adjudicataria deberá, caso de no tenerlo y en el plazo de un año, acreditar la prestación del servicio teniendo en cuenta un sistema de gestión medioambiental que cumpla los requisitos de la norma UNE-EN ISO 14001 y que se encuentre certificado por una empresa acreditada por E.N.A.C.
También será objeto de valoración en las propuestas actuar bajo un sistema de gestión en seguridad y salud laboral que cumpla los requisitos de la norma OSHAS 18001 así como un sistema de gestión de la Calidad que cumpla los requisitos de la norma UNE-EN ISO 9001. Los sistemas de gestión deberán estar certificados por empresas acreditadas por E.N.A.C.
Art. 20º.- SISTEMAS DE CONTROL
Dentro de la organización propuesta los licitadores deberán prever unos dispositivos muy ágiles que permitan proporcionar a tiempo todos los datos requeridos por la Mancomunidad para llevar a cabo satisfactoriamente los controles que crea convenientes sobre el servicio propuesto.
La empresa deberá contar con un sistema de localización de vehículos y de identificación de contenedores, que permitan un control y seguimiento de la actividad de los mismos así como de los recorridos realizados, hora a la que se realiza la recogida de cada contenedor así como la identificación de cualquier incidencia.
Los servicios contratados estarán sometidos permanentemente a la inspección y vigilancia de la administración municipal, quién podrá realizar las revisiones de personal y material que estime oportunas y en cualquier momento y lugar. La jefatura del servicio tendrá acceso a los locales y dependencias del servicio y le serán facilitados cuantos datos precise respecto a la organización del mismo.
Mensualmente se realizará una reunión de seguimiento del servicio, donde se presentará la documentación justificativa de estar al corriente con las obligaciones de la seguridad social y tributarias, así como todas aquellas que se estimen oportunas (informes de cantidades, registro de incidencias…), y de aquellas que requiera la administración municipal, quedando obligado el contratista a exhibir cuantos documentos sean precisos para el cumplimiento de esta obligación, y en especial lo relativo a seguros sociales, accidentes de trabajo, pólizas de seguros e instalaciones y material, y, en general, permitir todas aquellas actuaciones que vayan encaminadas a evitar cualquier responsabilidad subsidiaria de la Mancomunidad.
El adjudicatario queda obligado también a preparar cuantos informes y estudios relacionados con los distintos servicios de esta contrata le sean ordenados por la Jefatura de Servicios Municipales.
El adjudicatario queda obligado a entregar semanalmente un informe con los partes del servicio, en los que se indique y especifique claramente lo que se ha realizado cada día de la semana, de la siguiente forma:
-Servicio de recogida de residuos: las rutas de recogida realizadas y los días empleados.
-Incidencias: deberá quedar consignada cualquier incidencia observada durante la realización de los trabajos, para conocimiento de los servicios municipales y posterior gestión si procede.
La Jefatura del Servicio comunicará a la empresa adjudicataria cualquier aviso o incidencia para que sea atendida. Dicha comunicación se hará obligatoriamente vía email, pudiendo también hacerse por vía telefónica para agilizar su recepción. A su vez, la empresa adjudicataria deberá comunicar vía email, mediante parte de resolución de incidencia, la realización o solución del aviso o incidencia. La Jefatura del Servicio podrá establecer un plazo máximo para la atención y solución de ciertas incidencias.
Art. 21º.-COMUNICACIONES
El contratista dotará de emisoras móviles, como mínimo al siguiente personal y equipos:
- Encargados.
- Equipos recolectores de basuras.
Los gastos de tramitación de la autorización de ampliación de equipos serán de cuenta del adjudicatario.
Art. 22º.- SERVICIO DE ACCIÓN INMEDIATA
El adjudicatario contará con un servicio xx xxxxxxx para atender aquellos trabajos de carácter urgente que surjan fuera del horario normal de trabajo.
Para ello, contará con un teléfono xx xxxxxxx al que la jefatura del servicio le comunicará las incidencias surgidas.
Los licitadores indicarán la planificación de este servicio y la operativa de funcionamiento así como el importe anual que prevé para este servicio.
CAPÍTULO V.- DE LOS TRABAJOS Y SU ADJUDICACIÓN
Art. 23º.- DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato se establece en ocho años, contados a partir de la fecha de la firma del mismo.
Se prevé expresamente la prórroga del contrato por un período máximo de dos años, en las condiciones establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público y demás disposiciones aplicables.
Art. 24º.-MODIFICACIONES DE CONTRATO
Una vez perfeccionado el contrato, sólo podrán introducirse modificaciones en el mismo en las condiciones y con los requisitos establecidos en los artículos 105, 106, 107, 108, 219 y 306 del TRLCSP.
Las posibles modificaciones que se produzcan darán lugar al reequilibro económico del contrato, en el caso de que este se viera afectado, de conformidad con lo previsto en el artículo 282 del TRLCSP. A efectos de valorar correctamente dicho equilibrio económico financiero, los licitadores deberán presentar junto con su oferta, un Proyecto Económico Financiero, en el que detallen, para cada tipo de servicio objeto de este contrato, todos los costes que se han tenido en cuenta para el cálculo del precio final ofertado (maquinaria, personal, inversiones, previsiones de consumos de combustibles y otras materias primas, costes financieros, impuestos, etc.). El Proyecto deberá contener un análisis financiero del proyecto, con indicación de inversiones y amortizaciones, flujos de caja e indicadores de rentabilidad.
De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 106 del TRLCSP, serán condiciones indispensables para que se pueda modificar el contrato:
✓ Que las modificaciones tengan origen en razones de interés público o en causas imprevistas o
✓ Que las modificaciones tengan origen en razones de mejora en la efectividad del servicio.
Las modificaciones no podrán superar nunca el 10 % del precio anual de adjudicación del contrato. Los supuestos que, de conformidad con lo previsto en el artículo 106 del TRLCSP, podrían dar lugar a la modificación del contrato son los siguientes:
A. Ampliación de las áreas de recogida de residuos municipales: podrá procederse a la modificación contractual en este supuesto por la concurrencia de alguna o varias de las circunstancias que a continuación se detallan:
✓ Incorporación de nuevas zonas de recogida de residuos municipales;
✓ Creación de nuevas urbanizaciones o ampliación de las existentes.
✓ Incremento o disminución de los medios técnicos y/o modificación de su ubicación.
B. Será obligatorio adecuar la prestación del servicio a la modificación requerida cambiando, en su caso, el recorrido o las frecuencias inicialmente pactadas para la prestación del servicio.
C. Incremento o reducción del número de fracciones a recoger separadamente. En este caso el concesionario deberá adaptar su sistema de recogida y/o de limpieza al incremento o
D. reducción de residuos y/o al aumento o disminución de las fracciones a recoger separadamente.
E. Incorporación de nuevos sistemas de recogida de residuos sólidos municipales, que implique la necesidad de incorporar nuevos medios o equipamientos al contrato. Esto implicaría adecuar los medios e infraestructuras de que está dotado el contrato a los nuevos sistemas novedosos.
F. Incorporación de nuevas tecnologías de información y gestión de datos: La entidad local podrá requerir la modificación contractual cuando a lo largo de la vida del contrato se plantee la incorporación de nuevos sistemas de información y gestión de datos que permita obtener un mayor grado de definición de los ratios inherentes al servicio, como por ejemplo los sistemas de pesaje unitario en los vehículos recolectores que permitan determinar el peso exacto de generación de residuos de cada entidad en la ciudad.
Las modificaciones se tramitarán en procedimiento contradictorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 211 del TRLCSP. El concesionario tendrá obligación de atender al requerimiento de modificación, así como, con carácter general, de asumir las ampliaciones de los servicios, o la reestructuración de los mismos.
La empresa adjudicataria procederá anualmente a analizar las posibles variaciones que sean convenientes realizar, presentando un nuevo plan que recoja dichas variaciones, para su aprobación por la entidad local.
Art. 25º.- PLAZOS
Los licitadores deberán aportar un cronograma de implantación del servicio en el que como mínimo deberán incluir:
✓ Contratación del personal
✓ Suministro e instalación de la maquinaria adscrita al servicio y aquellas mejoras que hayan sido ofertadas.
✓ Instalaciones fijas.
En cualquier caso, la prestación del servicio deberá dar comienzo en el plazo máximo de dos meses desde la firma del contrato. A partir de ese momento será exigible la prestación del servicio en toda su extensión de conformidad con la oferta comprometida y aceptada por la Mancomunidad.
Art. 26º.- FORMATO DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA.
Las empresas licitadoras vendrán obligados a presentar la documentación de la oferta técnica redactada en letra Arial con tamaño 12 e interlineado 1,5, en formato A-4 a doble cara sobre papel de gramaje no inferior a 80 gr./m2. El tamaño máximo del interior del contenedor para la documentación técnica a presentar no podrá exceder de las siguientes medidas: ancho 65 cm, alto 52 cm y fondo 46 cm, formato que tolera la inclusión en su interior de carpetas de clasificación en 4 anillas tamaño A-4. El contenedor irá provisto de asas laterales y el espesor de pared no superará 1 cm.
Los planos se presentarán en formato A-2 y/o A-3 presentándose estas carpetas en el interior del citado contenedor en sentido longitudinal.
Las empresas licitadoras presentarán en formato digital pdf copia de la oferta técnica presentada, por una parte en un fichero corrido que recoja la totalidad de documentación escrita y gráfica correctamente ordenada de manera secuencial y por otra parte 1 pdf corrido por cada tomo de documentación que figure en el contenedor. En la carpeta raíz del citado soporte informático (pendrive, cd o dvd) figurará un fichero pdf denominado índice de la oferta técnica.
CAPÍTULO VI.- ABONO DE LOS SERVICIOS
Art. 27º.- ABONO
El abono de la prestación del Servicio se realizará por factura mensual, a mes vencido, como consecuencia de los trabajos realizados en mes anterior, informadas por la persona Responsable del Contrato y aceptadas por la Mancomunidad.
Art. 28º.- REVISIÓN DE PRECIOS
El precio de este contrato podrá ser objeto siempre y cuando se cumplan los requisitos de la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española. En caso afirmativo, el coeficiente de revisión será consensuado mutuamente
Art. 29º.- SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
Para el momento de la firma del contrato la empresa adjudicataria deberá presentar póliza de Seguro de Responsabilidad Civil en vigor y con la cobertura adecuada y suficiente para hacer frente a las posibles reclamaciones por daños que se deriven de la ejecución del contrato.
Art. 30º.- INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES
El incorrecto cumplimiento por la contrata de sus obligaciones contractuales por causas relacionadas con la mala prestación del servicio, así como por no ejecutar las órdenes emanadas desde la Jefatura del Servicio, bien de forma oral o bien a través del libro de órdenes, dará lugar a la imposición de las penalizaciones previstas en este artículo.
Las penalizaciones se diferenciarán en función de las faltas, que podrán ser leves, graves y muy graves.
Se acompaña cuadro de clasificación de penalización.
Todas las penalizaciones se descontarán de las certificaciones mensuales.
Faltas leves
Se considerarán como tales la omisión, dejadez o deficiencia en los trabajos a realizar, que hayan sido previamente objeto de apercibimiento por parte del personal municipal dedicado a labores de control, ejecución y vigilancia.
También se definirán como tales el no cumplimiento de las órdenes dictadas por la Administración, su incorrecta ejecución o falseo.
La cuantía de la penalización para este tipo xx xxxxxx será de 300,00 a 1.000,00 euros.
Faltas graves
Se entienden como tales aquellas que resultan de la acumulación de tres faltas leves, así como de actuaciones que conllevan una intencionalidad tal que acaban por ocasionar daños y perjuicios no ya a los equipos, sino incluso a los bienes, personas y cosas.
También se entenderán como tales el incumplimiento reiterado de las órdenes recibidas, bien oralmente o por escrito, o bien por desaires o caso omiso a las órdenes del personal de vigilancia, inspección y control.
La cuantía de la penalización para este tipo xx xxxxxx será de 1.000,00 a 3.000,00 euros.
Si la falta grave se demostrara producida por negligencia voluntaria y afectase a terceros de forma importante se considerará falta muy grave.
Faltas muy graves
Se considerarán faltas muy graves las producidas por la acumulación de tres faltas graves, y su penalización ascenderá de 3.000,00 a 15.000,00 euros, además de la pérdida de fianza, rescisión del contrato e inhabilitación para ejercer actividad alguna ante la Administración, de acuerdo con la legislación vigente al respecto.
El contratista, por otra parte, será el único responsable en todas aquellas circunstancias que pudieran afectar a equipos, cosas, bienes o personas afectadas por omisión de medidas auxiliares complementarias para garantizar la seguridad de los usuarios, peatones o vehículos.
El incumplimiento de los plazos que previamente fueran fijados por la Administración será objeto de penalización, y su aplicación será inmediata en la certificación mensual correspondiente.
CAPÍTULO VII.- CONTENIDO DE LAS OFERTAS
Art. 31º.- PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS
Para ser admitidos, los ofertantes deberán aportar, como mínimo, la siguiente documentación: 1.- Estudio económico de la oferta, incluyendo como mínimo los siguientes apartados:
1.1.-Cuadros de precios unitarios de personal, según categoría, y clasificación de los trabajos. 1.2.- Cuadros de precios unitarios de Maquinaria.
1.3.- Cuadros de precios unitarios de Instalaciones. 1.4.- Cuadros de precios unitarios Consumibles.
1.5.- Precios unitarios por servicios de las distintas actividades 2.- Presupuesto general del Servicio (Proposición económica)
3.- Descripción de los medios asignados al Servicio, con el siguiente desglose:
3.1.- Puestos de trabajo, calificación profesional, turno u horario y % de adscripción a cada servicio.
3.2.- Descripción de la maquinaria, con adscripción a cada servicio, trabajo total realizado y rendimientos previstos. Plan de mantenimiento de la maquinaria.
3.3.-Instalaciones fijas. Descripción. Plan de explotación y mantenimiento.
4.- Mejoras sobre las prestaciones obligatorias.
El Licitador presentará un Proyecto de Prestación de los Servicios en el que se detallen, al menos, los siguientes aspectos:
⮚ Memoria descriptiva y justificativa de la solvencia técnica propuesta por el licitador para la ejecución de los servicios, con expresa referencia a la organización y medios que se proponen dedicar a los trabajos, y de forma específica el personal que se piensa adscribir al servicio.
⮚ Propuesta de actuación, incluyendo programación, cronograma semanal y metodología de los trabajos, con expresa referencia a los aspectos técnicos, funcionales, de calidades y cualesquiera otros que se consideren convenientes para la valoración de la propuesta. En las propuestas de actuaciones se incluirán los servicios ofertados distinguiendo aquellos que se incluyen dentro de la oferta económica realizada por el licitador como aquellos otros servicios especializados o complementarios, los cuales se acompañaran de su correspondiente propuesta de financiación (deberán valorarse económicamente)
⮚ Memorias explicativas de la forma en que se realizarán los distintos Servicios, debiendo consignar las condiciones generales que cada Licitador estime oportunas con el fin de llegar a un mejor conocimiento de la Oferta-Proposición.
⮚ Xxxxxxx de trabajo en cada servicio, personal y material a emplear.
⮚ Relación de la plantilla necesaria, con expresión de categoría y puesto de trabajo por Servicios, y cobertura por bajas, vacaciones, etc.
⮚ Relación de los vehículos y material necesarios. Detalle, para cada vehículo, de sus características de motor, potencia, consumo, capacidad, dimensiones, etc., así como un plan de mantenimiento de los mismos.
⮚ Descripción de las medidas a emplear por el licitador para asegurar la calidad de los servicios.
⮚ Croquis, planos dibujos o fotografías de cada vehículo y del resto de elementos con objeto de tener el más completo conocimiento de los mismos.
Art. 32º.- DESCOMPOSICIÓN DE PRECIOS
Los Licitadores presentarán en sus ofertas los presupuestos anuales parciales de cada uno de los servicios objeto del proceso de licitación, definidos en el objeto del presente Pliego de Condiciones. El cálculo de estos presupuestos anuales estará debidamente justificado, presentando los Licitadores una descomposición del precio total anual a abonar por la Mancomunidad, distribuido en las diversas partidas que lo integren, distinguiendo al menos los siguientes capítulos:
I. Gastos de personal, obtenido por aplicación de los precios unitarios establecidos en el convenio aplicado, detallado por servicios, número de empleados, categorías, días de servicio y dedicación.
II. Amortización-financiación de la inversión total, en instalaciones, vehículos, maquinaria y cualquier otro material inventariable.
III. Gastos de combustibles y lubricantes relativos a los vehículos y maquinaria adscritos a los Servicios.
IV. Otros gastos fijos anuales: mantenimiento y reparación de los vehículos y maquinaria adscritos a los Servicios, así como vestuario de personal, seguros, herramientas, etc.
La suma de estos capítulos constituye los costes de Ejecución Material sobre los que se aplicarán los porcentajes de Gastos Generales y Beneficio Industrial, y aplicando sobre el total el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (I.V.A.), se obtendrá el precio final de los servicios obligatorios objeto del contrato.
El conjunto de estos presupuestos anuales, da lugar al canon anual a satisfacer por Mancomunidad.
Art. 33º.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
La Mancomunidad adjudicará el presente procedimiento de contratación al licitador que en su conjunto haga la proposición más ventajosa, sin atender exclusivamente al precio de la misma. Las ofertas de los licitadores que hayan sido seleccionadas, serán valoradas sobre un total de 100 puntos de acuerdo a los criterios de adjudicación que se exponen a continuación según los siguientes conceptos:
A) CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE (51 PUNTOS)
- Oferta económica: 41 puntos
Se presentará en la proposición económica. Asimismo, se presentará la memoria económica justificativa de la oferta.
No se valorarán ofertas cuyo valor sea inferior al 10% de baja sobre el tipo de licitación.
No se valorarán ofertas que no apliquen el mismo porcentaje de baja a todos los rangos de la tabla. La fórmula será:
P= 41* MO/Mi Siendo:
P= Puntos de la oferta
MO= Oferta más favorable que no exceda del 10% de baja máxima para el rango 5501-6000 tn/año (IVA incluido)
Mi= Oferta a valorar para el rango 5501-6000 tn/año expresado en importe €/tonelada (IVA incluido)
Tn Rango inferior | Tn rango superior | Tipo licitación €/tTn, 10% IVA incluido, mejorable a la baja |
4501,00 | 5000,00 | 94.71 |
5001,00 | 5500,00 | 85.86 |
5501,00 | 6000,00 | 80.15 |
6001,00 | 6500,00 | 77.32 |
6501,00 | 7000,00 | 76.94 |
7001,00 | 7500,00 | 75.44 |
7501,00 | 8000,00 | 74.14 |
8001,00 | 8500,00 | 72.94 |
8501,00 | 9000,00 | 71.94 |
- Calidad y Medio Ambiente: 10 puntos
Se concederán hasta 10 puntos por estar en posesión de certificado emitido por entidad acreditada por ENAC, bajo los siguientes criterios:
- Certificado de Sistema de Gestión de Calidad, 5 puntos
- Certificado de Sistema de Gestión de Medio Ambiente, 10 puntos.
El alcance del sistema o sistemas de gestión debe incluir, al menos, la recogida y transporte de residuos sólidos urbanos.
Asimismo, el certificado aportado deberá estar en vigor.
B) CRITERIOS CUYA PONDERACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR (49 PUNTOS)
Organización del servicio (30 puntos)
Se valorará de 0 a 30 puntos la organización del servicio propuesto en el proyecto, atendiendo a criterios de coherencia, claridad y detalle de las actividades a desarrollar. Se valorarán los medios propuestos, frecuencias, rutas de trabajo debidamente justificadas, organización de los trabajos, estudios de tiempo de ejecución de los trabajos, optimización de servicios y horarios, planes de mantenimiento y conservación de contenedores, coherencia de los datos utilizados para el dimensionamiento de los servicios, toma de datos previos y estudio previo del municipio.
Mejoras (19 puntos)
Se valorarán hasta 19 puntos las mejoras propuestas por los licitadores. En este sentido se tendrá en cuenta la evaluación por parte de la mesa de contratación respecto a la idoneidad de las mejoras propuestas siempre que redunden en la mejor funcionalidad y calidad del servicio. Se deberán cuantificar los medios empleados en las mismas, no debiendo ser valorados económicamente, siendo causa automática de exclusión.
Art. 34 º.- ASIGNACIÓN DE PUNTUACIÓN NEGATIVA
En virtud de las características de la oferta, así como de lo especificado al respecto en el apartado 6 del Artículo 150 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en orden a la máxima transparencia, las inexactitudes, errores numéricos, matemáticos, conceptuales, contradicciones o cualquier otro aspecto que incida desfavorablemente en la correcta comprensión o aplicación efectiva de la citada oferta, se adjudicarán razonadamente y hasta un máximo de 50 puntos, los puntos negativos correspondientes de acuerdo a la importancia o gravedad de la deficiencia y/o contradicción detectada.
El análisis de la baremación de cada una de las ofertas seleccionadas se realizará de manera justificada, otorgando para cada uno de los criterios a la oferta mejor clasificada la máxima puntuación en función de las variables definidas. Al resto de las ofertas se le asignará una puntuación proporcional a la relación entre la propuesta de mayor puntuación y la propuesta a clasificar.
Otorgadas las puntuaciones positivas y negativas a cada oferta, se sumarán todas ellas para obtener la puntuación global correspondiente, y elegir así la propuesta más conveniente para los intereses municipales.
ANEXO I: Personal a subrogar
Trabajador | Categoría | Contrato | Salario |
XXXX | Xxxx | 189 | Según convenio |
BIB | Peón | 189 | Según convenio |
JFMS | Peón | 189 | Según convenio |
JASL | Conductor | 189 | Según convenio |
FSA | Peón | 189 | Según convenio |
JMM | Conductor | 189 | Según convenio |
Convenio colectivo de trabajo de la empresa Tecnicas y Tratamientos Medioambientales, S.A., contrata de recogida de residuos solidos urbanos y limpieza publica viaria para sus centros de trabajo de Naquera, Rocafort y Mancomunidad del Carraixet (Foyos, Vinalesa, Bonrepos x Xxxxxxxxx y Alfara del Patriarca) (Codigo: 46006981012007). (Boletín Oficial de Valencia núm. 115 de 16/05/2013)