C-VISR2017-001-EO ADENDA 04
TÉRMINOS DE REFERENCIA EJECUTOR DE OBRAS A TODO COSTO PARA VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL RURAL “VISR” Y MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN EL MARCO DE LOS CONTRATOS C-GV2018-013 SUSCRITOS ENTRE EL BANCO AGRARIO Y COMFENALCO SANTANDER
C-VISR2017-001-EO ADENDA 04
La presente adenda se establece con el fin de dar respuesta a algunas observaciones sobre los términos de referencia, las cuales se recibieron vía correo electrónico por diferentes empresas interesadas en participar en la convocatoria, y las cuales nos reservaremos la publicación de los nombres para preservar la igualdad entre los oferentes.
1. Referente al personal de la propuesta. Se exige 1 Director de Proyectos
3 Residentes de Obra
5 Supervisores de Obra
Este personal se entiende que se solicita si el proponente participa en los 6 grupos totales de la licitación.
Si solo participa en un solo grupo cual será la cantidad de personal solicitado en la propuesta.
RTA: En cada uno de los grupos en que desea participar el Oferente deberá acreditar un Director de Proyecto para el contrato, con dedicación del 30% quien será responsable de atender de manera directa los requerimientos técnicos, administrativos y financieros formulados por el BANCO AGRARIO, COMFENALCO SANTANDER y/o el INTERVENTOR. Adicional, deberá acreditar tres Residentes de Obra como mínimo, con dedicación del 100 % y quienes serán responsables de atender de manera directa los requerimientos técnicos formulados por COMFENALCO, los beneficiarios, el interventor y/o los entes de control. Por último, deberá acreditar cinco Supervisores de Obra como mínimo, con dedicación del 100 % y quienes serán responsables de atender de manera directa los requerimientos formulados por los beneficiarios, el interventor y los entes de control.
2. (1). En atención al proceso de la referencia y considerando los criterios de calificación relativos a la experiencia aportada, “ejecución de proyectos..” y considerando que una empresa puede ejecutar proyectos directamente o realizar la gerencia y ejecutarlos mediante contratos de obra con particulares, atentamente solicitamos que se aclare e incluya la experiencia de las gerencias integrales para la ejecución de proyectos de VISR en el país, especialmente si corresponde a contratos ejecutados para la misma entidad, EL BANCO AGRARIO
DE COLOMBIA; ya que son estas empresas las que responden totalmente por la exitosa y correcta ejecución y construcción de estas VISR.
(2). De la misma manera solicitamos se aclaren los literales 1.14.1.2 y 1.14.2.2, en el sentido que para el recibo técnico a satisfacción de las VISR corresponda al personal profesional de supervisión e interventoría y el recibo a satisfacción del beneficiario corresponda al recibo físico de la vivienda en el documento de protocolización y entrega de la vivienda, una vez se termine y sea recibida a satisfacción por los interventores y supervisores designados.
(3). También solicitamos se aclare el literal 1.17 y los relacionados, para que se exprese que el acta de inicio se perfeccionara y quedara en firme una vez se realice el primer desembolso.
(4). Con el fin de propiciar pluralidad de ofertas en iguales condiciones y teniendo en cuenta que la ejecución de XXXX tiene el mismo grado de dificultad en cualquier zona geográfica, pues en sus proyectos no hay factores que las diferencien y abarquen aspectos sociopolíticos, particulares en algunas regiones del país, no debería tenerse en cuenta este aspecto en su calificación, si no solo la acreditación exitosa de estos proyectos en cualquier región; por lo que solicitamos no sea sobre calificada esta experiencia en cada región sino que se pondere la experiencia exitosa de ejecución de VISR en cualquier región.
(5). De la misma atenta manera solicitamos se amplié el plazo de entrega de las propuestas hasta el 5 xx xxxxx del presente.
RTA: (1). En este caso se está calificando la experiencia que el oferente pueda llegar a demostrar en la ejecución de vivienda VISR, VIS y proyectos de ingeniería civil por lo que no se toma en cuenta en los criterios el manejo de recurso en cualquier otra modalidad como la de gerente integral.
CRITERIOS CALIFICABLES | ||
Criterio | Puntos | |
1 | Acreditación de experiencia en la Ejecución de proyectos de Vivienda de interés social rural en la misma zona geográfica.( incluye mejoramientos) | 300 |
2 | Acreditación de experiencia en Ejecución de proyectos de vivienda de interés social rural. ( incluye mejoramientos) | 400 |
3 | Acreditación de Experiencia en la Ejecución de Proyectos de Vivienda de interés social urbana unifamiliar. ( incluye mejoramientos) | 150 |
4 | Acreditación de Experiencia en desarrollo de proyectos de obras de ingeniería civil en la misma Zona Geográfica. | 150 |
Total | 1.000 |
(2). Se ratifica el cumplimiento de los condicionantes de pago en los numerales
1.14.1.2 a) Copia del acta del Comité de Validación según formato SV-FT-164, donde
se avale el informe de interventoría en sus aspectos técnicos, financieros, contables y administrativos, en la cual se reporte un avance físico del proyecto mínimo del cincuenta por ciento (50%) calculado sobre viviendas terminadas. b) Certificaciones de recibo a satisfacción debidamente firmadas por el jefe de hogar. c) Factura del cincuenta por ciento (50%) del valor de cada proyecto, en la cual se amortizará el cien por ciento (100%) del primer anticipo.
1.14.2.2 a) Copia del acta del Comité de Validación según formato SV-FT-164, donde se avale el informe de interventoría en sus aspectos técnicos, financieros, contables y administrativos, en la cual se reporte un avance físico del proyecto del cien por ciento (100%) calculado sobre viviendas terminadas. b) Certificaciones de recibo a satisfacción debidamente firmadas por el jefe de hogar. c) Acta de Entrega y Recibo de Obras según formato SV-FT-015, suscrita por el Interventor, Entidad Operadora y Ejecutor de Obra d) Factura del segundo cincuenta por ciento (50%) del valor de cada proyecto, en la cual se amortizará el cien por ciento (100%) del segundo anticipo.
(3). El plazo máximo del objeto contractual es de doce (12) meses, contados a partir de la firma del acta de inicio del contrato.
(4). Se ratifican los criterios calificables No. 1 y 2, el primero se califica la experiencia (logística, recursos, etc.) que se tenga en el departamento que conforma el grupo y el segundo criterio es más general, Las certificaciones aportadas en el calificable No. 1 podrán ser tenidas en cuenta en el calificable No. 2 “Acreditación de experiencia en Ejecución de proyectos de vivienda de interés social rural. (Incluye mejoramientos)” respetando las condiciones establecidas en el calificable en cuanto al número de certificaciones para acreditar este requisito.
(5). Se da plazo adicional hasta el 01 xx Xxxxx de 2019, consultar adenda No. 3.
3. Con respecto a numeral 3.1.3.1 Experiencia del equipo de trabajo “Director de Proyectos – Ingeniero civil o Arquitecto con especialización o superior en el área de la ingeniería civil”
Observación: Solicitamos que para el caso de Director de obra de profesión arquitecto se permitan especializaciones en áreas de Gerencia debido a que limitan solo la posibilidad para áreas de ingeniería civil, que poco son realizadas por los Arquitectos.
RTA: Se acepta la observación en este punto.
4. Numeral 2.2. CRITERIOS CALIFICABLES – Con respecto a los criterios de calificación no está definida la forma de calificar en caso de presentarse uniones temporales, es decir si la experiencia y los demás requisitos se van a verificar de manera individual, por % de participación o se van a sumar. Se solicita respetuosamente se realice la aclaración de la forma de calificación.
RTA: En el numeral 2.2.1 (Acreditación de Experiencia en la Ejecución de Proyectos de Vivienda de Interés Social Rural en la misma zona Geográfica – 300 PUNTOS) en la Nota 1.1. se puede apreciar la forma de calificar: “En el caso de haber ejecutado contratos como integrante de consorcios o Unión Temporal, adjuntar documento de constitución del mismo. La experiencia será considerada de acuerdo a la participación en el consorcio o Unión Temporal en el respectivo contrato”.
5. Numeral 1.6. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO: El plazo de adjudicación no está definido por lo tanto para la expedición de la garantía no está claro el plazo que debe contener la seriedad de la oferta.
RTA: La garantía de la seriedad de la oferta se tomara desde la fecha de cierre de la licitación (22 xx xxxxx) y 4 meses más.
6. Numeral 2.1.1.1. Programación de Obra: El oferente deberá presentar una programación detallada de actividades a ejecutar para el desarrollo de la obra por capítulos, a partir del formulario de actividades y cantidades de obra, correspondiente a cada grupo de proyectos, utilizando una aplicación Software tipo Project o similar en un diagrama xx xxxxxx, discriminando en semanas, con un plazo máximo de ejecución de acuerdo a lo estipulado en los presentes términos de referencia y el presupuesto oficial para cada grupo según anexo técnico.
La programación presentada deberá contener mínimo lo siguiente:
-La secuencia y duración de cada una de las actividades (capítulos).
Con relación a la programación de obra y teniendo en cuenta que no hay diseños establecidos, solo tipos de vivienda (mejoramiento o vivienda nueva), no sería posible presentar una programación con capítulos y o actividades, debido a que aun no están definidas. Se solicita respetuosamente se realice la aclaración o se permita realizar la programación acorde a las unidades de vivienda que se van a ejecutar y a las actividades que se realizar a nivel general para llevar a cabo la construcción de vivienda o un mejoramiento.
RTA: Efectivamente la programación se debe ajustar al número de viviendas o mejoramientos asignados a cada uno de los municipios que se encuentran en los grupo (módulos tipo A y B) como se solicita en los términos y se explica en el presupuesto. Si el proponente desea ampliar la programación por capítulos y ser más específico se recibirá su programación siempre y cuando cumpla con la condición de presentar la distribución de las soluciones por cada municipio en los grupos
7. El presupuesto del Departamento del Guaviare esta inconcluso pues los valores dados no dan los totales mostrados en el cuadro del presupuesto. Esto en los
cuatro municipios y en lo que tiene que ver con las victimas para ambos módulos, la diferencia es cercana a los 198 millones.
RTA: El valor denominado "Ejecutor de Obra Final", en el cuadro de presupuesto establecido en el Anexo Técnico 2, corresponde a la sumatoria de: Costo Directo, Administración, Imprevistos, Utilidad e IVA, y también contempla el valor del transporte para los proyectos que NO corresponden al programa de Distribución Departamental, razón por la cual esta diferencia evidenciada corresponde al rubro de transporte de tales proyectos.
8. En el ítem 2.1.1. requisitos habilitantes jurídicos, punto 1.9. “La persona jurídica que aporte la mayor experiencia no podrá tener una participación menor al 30% en la ejecución del contrato” tratándose que en el pliego se solicita acreditar cuatro tipos de experiencias diferentes, solicitamos se especifique cual experiencia aportada se tendría en cuenta para calificar el proponente como el que aporta mayor experiencia.
RTA: La persona jurídica que aporta la mayor experiencia en un factible consorcio ó unión temporal debe tener al menos el 30% de participación este es un requisito habilitante jurídico, a la hora de calificar como en el numeral 2.2.1 (Acreditación de Experiencia en la Ejecución de Proyectos de Vivienda de Interés Social Rural en la misma zona Geográfica – 300 PUNTOS) en la Nota 1.1. se puede apreciar la forma de calificar: “En el caso de haber ejecutado contratos como integrante de consorcios o Unión Temporal, adjuntar documento de constitución del mismo. La experiencia será considerada de acuerdo a la participación en el consorcio o Unión Temporal en el respectivo contrato”.
9. En el ítem 2.1.2. requisitos habilitantes financieros, solicitamos la evaluación de indicadores financieros en base a la información financiera vigente con corte 31/12/2017, todo vez que a la fecha aún no ha vencido el plazo legal para la presentación y aprobación al máximo órgano social de la entidad, de los estados financieros con corte a 31/12/2018, y la información aportada dentro del Rup no coincidirá con la de los estados financieros a diciembre de 2018.
RTA: De no tener los estados financieros actualizados, se deberá aportar el corte de los mismos al tercer trimestre de 2018 es decir, a septiembre de 2018, esto con el fin de calificar los requisitos financieros con los datos más recientes de la empresa.
10. Acreditación de experiencia en la Ejecución de proyectos de vivienda de interés social urbana unifamiliar (incluye mejoramientos). En este punto, solicitamos se pueda incluir la experiencia en vivienda de interés social urbana bifamiliares, la cual es consecuente con la solicitud, ya que construir vivienda bifamiliares tiene mayor grado de complejidad que la unifamiliar y por tanto da al proponente más capacidad de ejecución, con lo cual garantizaría a la entidad cumplimiento en el contrato.
RTA: Se acepta la observación, en la experiencia también se tendrá en cuenta la vivienda bifamiliar.
11. Nota 1.1: En el caso de haber ejecutado contrato como integrante de consorcios o unión temporal, adjuntar documento de constitución del mismo. La experiencia será considerada de acuerdo a la participación en el consorcio o Unión temporal en el respectivo contrato. En este punto solicitamos se nos explique cómo va a realizarse la calificación para la obtención del puntaje, ya que se puede presentar error al momento de evaluar la experiencia presentada por el consorcio o unión temporal, que esta sea afectada nuevamente por el porcentaje en que estoy en la nueva ut o consorcio con el cual estoy presentando oferta, y esto en vez de ayudar a sumar experiencia nos estaría disminuyendo, por lo tanto la finalidad del consorcio o ut no se estaría cumpliendo, pues es sumar esfuerzos para cumplir con los requerimientos exigidos por la entidad.
RTA: Se ratifica la Nota 1.1, se calificara según la experiencia aportada por el porcentaje de participación de la empresa en el consorcio o unión temporal ya sea en la experiencia calificable o en el porcentaje de participación en la presente invitación.
12. Por medio de la presente solicitamos muy respetuosamente la ampliación del cierre del proceso la cual estaba con fecha en los términos de referencia para el día 22 xx Xxxxx de 2019 a las 11 AM en las oficinas de la Sede Administrativa de COMFENALCO SANTANDER oficina de ARCHIVO Y CORRESPONDENCIA, ubicada en la Xxxxxxx Xxxxxxxx Xx. 00-00 Xxxxxxx Xxxx; solicitamos la ampliación de la fecha de cierre por el término de 10 días calendario a partir de la fecha de cierre del proceso, por motivos de la aprobación por parte de las aseguradoras para este tipo de proyectos (vivienda rural) requieren de un tiempo para el análisis del mismo y la expedición de la póliza de seriedad de la oferta.