PLIEGO DE BASES QUE REGIRAN LA ADJUDICACIÓN Y POSTERIOR ENAJENACIÓN MEDIANTE CONCURSO PUBLICO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE DIEZ (10) VIVIENDAS DE PROTECCION PUBLICA CON SUS RESPECTIVAS PLAZAS DE APARCAMIENTO.
PLIEGO DE BASES QUE REGIRAN LA ADJUDICACIÓN Y POSTERIOR ENAJENACIÓN MEDIANTE CONCURSO PUBLICO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO XX XXXX (10) VIVIENDAS DE PROTECCION PUBLICA CON SUS RESPECTIVAS PLAZAS DE APARCAMIENTO.
1ª.- OBJETO
Constituirá el objeto del contrato la adjudicación y posterior enajenación a través de escritura pública xx xxxx (10) viviendas de promoción pública con sus respectivas plazas de aparcamiento.
Las viviendas y sus respectivos aparcamientos se hallan ubicadas en las siguientes promociones municipales de vivienda protegida:
(a) Dos ( 2 ) viviendas usadas con plaza de aparcamiento aneja en sótano, situadas en la promoción municipal de 2 edificios con un total de 102 Viviendas de Protección Oficial en las calles Xxxxx, Xxxxx, Xxxxx xxx Xxxxxxx y Girfalc de Son Ferrer, en el término municipal de Calvià. Expediente Calificación definitiva Viviendas Protegidas 07-1-0020/98. Fecha calificación definitiva 13.01.2001.
(b) Una ( 1 ) vivienda usada adaptada para discapacitados, con plaza de aparcamiento aneja en el exterior, situada en la promoción municipal de 5 edificios con un total de 104 Viviendas de Protección Oficial en la calle Avenida Xxxx xx Xxxxxxxx, 8 en la Urbanización de Galatzó, en el término municipal de Calvià. Expediente Calificación definitiva Viviendas Protegidas 07-1-0025/00. Fecha calificación definitiva 12.02.2004.
(c) Tres ( 3 ) viviendas nuevas adaptadas para discapacitados, con plaza de aparcamiento aneja en el exterior, situadas en la promoción municipal de 4 edificios con un total de 62 Viviendas de Protección Oficial en la calle Xxxxxxxx, 71 en Peguera, término municipal de Calvià. Expediente Calificación definitiva Viviendas Protegidas 07-1-014/2006. Fecha calificación definitiva 15.10.2010.
(d) Una ( 1 ) vivienda nueva para familia numerosa con plaza de aparcamiento aneja en el exterior, situada en la promoción municipal de 5 edificios con un total de 104 Viviendas de Protección Oficial en la calle Avenida Xxxx xx Xxxxxxxx, 8 en la Urbanización de Galatzo, en el término municipal de Calvià. Expediente Calificación definitiva Viviendas Protegidas 07-1-0025/00. Fecha calificación definitiva 12.02.2004.
(e) Tres ( 3 ) viviendas nuevas para familias numerosas, con plaza de aparcamiento aneja en el exterior, situada en la promoción municipal de 4 edificios con un total de 62 Viviendas de Protección Oficial en la calle Xxxxxxxx, 71 en Peguera, término municipal de Calvià. Expediente Calificación definitiva Viviendas Protegidas 07-1-014/2006. Fecha calificación definitiva 15.10.2010.
En el ANEXO I adjunto a estas bases, se relacionan todos los lotes compuestos por la vivienda y el aparcamiento objeto del presente concurso, con el siguiente detalle:
LOTES TIPO A - VIVIENDAS ESTANDARD. Dos viviendas usadas con plaza de aparcamiento aneja en el sótano.
LOTES TIPO B - VIVIENDAS FAMILIA NUMEROSA. Cuatro viviendas nuevas para familias numerosas, con plaza de aparcamiento aneja en el exterior. Los Lotes Tipo B se reservarán en exclusiva para aquellos solicitantes que acrediten la condición de familia numerosa. En caso de no existir solicitudes o bien estas ser insuficientes para cubrir los lotes ofertados, el resto de solicitantes podrán acceder a los Lotes B disponibles, en las condiciones que se establecen en las presentes bases.
LOTES TIPO C - VIVIENDAS ADAPTADAS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD
REDUCIDA. Cuatro viviendas adaptadas para discapacitados (tres viviendas nuevas y una vivienda usada), con plaza de aparcamiento aneja en el exterior. Los Lotes Tipo C se reservarán en exclusiva para aquellos solicitantes que acrediten la discapacidad. En caso de no existir solicitudes o bien estas ser insuficientes para cubrir los lotes
ofertados, el resto de solicitantes podrán acceder a los Lotes C disponibles, en las condiciones que se establecen en las presentes bases.
La venta de las viviendas se realiza en concepto de cuerpo cierto, por lo que no cabrá reclamación alguna en razón de diferencias de superficie o volumen edificable, y dicha diferencia no podrá en ningún caso ser causa de impugnación o resolución de contrato, ni podrá dar lugar a reclamación económica alguna.
La adquisición de las viviendas lleva aneja la de los aparcamientos interiores o exteriores asignados a cada una de ellas, de acuerdo con el detalle que, asimismo, se señala en el mencionado Anexo I, por los precios que también se indican.
Las características técnicas, constructivas, instalaciones y calidades de las viviendas son las contenidas en los Proyectos aprobados , según el siguiente detalle:
% Proyecto de 2 edificios con un total de 102 Viviendas de Protección Oficial en
las calles Xxxxx, Xxxxx, Xxxxx xxx Xxxxxxx y Girfalc de Son Ferrer, en el término municipal de Calvià aprobado por Pleno de fecha 31.07.1997
% Proyecto de 5 edificios con un total de 104 Viviendas de Protección Oficial en la
calle Avenida Xxxx xx Xxxxxxxx, 8 en la Urbanización de Galatzó, en el término municipal de Calvià aprobado por Pleno de fecha 04.04.2001.
% Proyecto de 4 edificios con un total de 62 Viviendas de Protección Oficial en la
calle Xxxxxxxx, 71 en Peguera, término municipal de Calvià aprobado por Decreto de Alcaldía de fecha 11.08.2006.
sin perjuicio de las posteriores modificaciones que hubieran surgido durante el transcurso de ejecución de las obras, y que serán debidamente aprobadas por órgano competente.
2ª.- VIVIENDAS USADAS
Las viviendas usadas incluidas en el Xxxx X (X-0, X-0) x xx xx Xxxx X (X-0) presentan deficiencias ocasionadas por el uso y falta de mantenimiento. Dichas viviendas se enajenan en su estado actual de conservación y mantenimiento.
Para cada una de ellas, los servicios técnicos municipales han cuantificado el presupuesto para la reparación de todas las deficiencias detectadas (incluye: presupuesto de ejecución material, mas 13% de gastos generales y 6% de beneficio industrial, mas IVA al 10%).
La contratación y ejecución de las obras de reparación de las deficiencias detectadas y la tramitación de los boletines de instalación (electricidad, agua, ...) y cédula de habitabilidad correspondientes, correrán íntegramente a cargo del adjudicatario.
El coste del presupuesto de las obras de reforma, así como una estimación del coste de la tramitación de los boletines de instalación correspondientes, se han detraído del precio de venta resultando el precio neto de venta, sin impuestos, que aparece en el Anexo I adjunto a los presentes pliegos.
3ª.- LICITADORES
Podrán participar del presente concurso todas las personas físicas que cumplan con los requisitos especificados en el presente Pliego de Bases y que gocen de plena capacidad de acuerdo con lo previsto en el Código Civil, en las que no concurra ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del RDLeg 3/2011, de 14 de noviembre, del TRLCSP y que no hayan sido declaradas en concurso, ni insolventes por cualquier procedimiento, y que no están sujetas a intervención judicial, ni hayan sido inhabilitadas conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
En función de lo acreditado por los solicitantes (familia numerosa, personas con movilidad reducida, ...), se podrá optar a los diferentes Lotes (A, B ó C) previstos en estas Bases.
4ª.- PROCEDIMIENTO
Para la adjudicación de los lotes descritos se seguirá el procedimiento establecido en la legislación patrimonial de las administraciones públicas a que se refiere el artículo
9.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.
A estos efectos, se procederá a la enajenación de los lotes previstos en el Anexo I adjunto mediante un CONCURSO PÚBLICO por procedimiento ABIERTO y a precio
fijo, de acuerdo a lo dispuesto en el artº 92.2 del RD 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, del Reglamento General de la Ley 33/2003, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Dada la naturaleza de protección pública de las viviendas, se aplicarán las presentes Bases, derivadas y adaptadas a los procedimientos establecidos para la adjudicación y financiación de viviendas de promoción pública por la Comunidad Autónoma de les Xxxxx Balears y, supletoriamente, la regulación estatal sobre esta misma materia. Una vez realizadas las escrituras, los compradores deberán depositar una copia de ésta, debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad, en la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la CAIB, de acuerdo con lo que establece la normativa aplicable.
La selección de adjudicatarios se instrumentará con arreglo a las presentes Bases, respetando los principios de igualdad, publicidad y libre concurrencia de todas las personas interesadas.
La apreciación de las condiciones referidas en el Baremo de Puntuación se realizará con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Únicamente serán valoradas las circunstancias manifestadas por los interesados durante el plazo de presentación de solicitudes.
5ª.- PRECIO
La enajenación de los lotes se realiza por un precio fijo al estar el valor de los mismos determinado o limitado por la normativa aplicable en materia de vivienda.
Los Lotes, compuestos de vivienda y plaza de aparcamiento, serán enajenadas por el precio que consta en el ANEXO I, mas los impuestos correspondientes.
Los precios de licitación son inferiores a los precios máximos establecidos por la DGAH según certificaciones emitidas en fecha 10.10.2011 y 28.11.2011, y en la Resolución de Calificación Definitiva de las 62 VPP de Peguera.
6ª.- INICIO DEL PROCESO
Aprobados estos pliegos por el órgano competente, se iniciará el procedimiento para la adjudicación de viviendas.
A tal efecto, se establece un plazo de DOS MESES para la presentación de ofertas, a contar desde el dia siguiente de la publicación del anuncio del concurso en el BOIB.
En caso que no hubiera ofertas suficientes para cubrir la totalidad de los lotes objeto de concurso, o que habiéndolas se hubieran desestimado total o parcialmente, podrá mantenerse abierto el plazo de presentación de ofertas hasta el momento de agotar y adjudicar la totalidad de los lotes. En tal caso, se convocarán periodicamente (cada tres meses) sesiones de la Mesa de Licitación en las que se valorarán todas las ofertas que se hubieran recibido desde su última convocatoria.
7ª.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
Podrán concurrir al proceso de selección y adjudicación de las viviendas todas aquellas personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:
1. Ser mayor de edad, o mayor de 16 años emancipado, que no se encuentre incapacitada para obligarse contractualmente de acuerdo con lo establecido en la legislación civil común.
2. Acreditar unos ingresos familiares brutos, en cómputo anual, iguales o inferiores a 41.003,27 euros, equivalente a 5,5 veces el IPREM [IPREM para el ejercicio 2013, según la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: 7.455,14 €].
3. No ser titulares, ni el solicitante/s ni ningún miembro de la unidad familiar, del pleno dominio (propiedad) o del derecho real de uso y disfrute (usufructo) de una vivienda de protección pública, salvo el caso de familias numerosas que por razón del número de miembros la vivienda propia no cumpla las condiciones de habitabilidad según Decreto 145/97.
4. No ser titulares, ni el solicitante/s ni ningún miembro de la unidad familiar, del pleno dominio (propiedad) o del derecho real de uso y disfrute (usufructo) de una vivienda libre en territorio español, salvo cuando el valor de dicha vivienda libre, determinado de acuerdo con la normativa del Impuesto de transmisiones patrimoniales, exceda del 40% del precio máximo total de venta de la vivienda que se pretenda adquirir, o del 60% en el caso de familias numerosas.
No obstante lo dispuesto en los apartados 3 y 4 anteriores, podrán concurrir al proceso de adjudicación los titulares de una vivienda que hayan perdido su uso por causas no imputables a los interesados (sentencia firme de separación, divorcio o nulidad, sujetos a expediente de expropiación o sean cotitulares de una vivienda en la que no figuren empadronados y no tengan, por causa debidamente justificada, el uso de la misma).
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos anteriores será CAUSA DE EXCLUSIÓN del proceso de adjudicación.
8ª.- CONVOCATORIA
Se procederá a la convocatoria del concurso mediante la inserción del anuncio en el BOIB. Además se expondrá en el tablón de anuncios del edificio consistorial y en el perfil de contratante en la pagina web municipal (xxx.xxxxxx.xxx).
9ª.- SOLICITUDES
Los interesados que reúnan los requisitos establecidos en estas bases, dentro del plazo que se establezca en la convocatoria, podrán presentar sus ofertas para el procedimiento de adjudicación.
Las solicitudes podrán realizarse para todos lotes de la presente convocatoria, bajo las siguientes condiciones:
(a) aquellos solicitantes que acrediten la condición de familia numerosa tendrán que optar, en primer lugar, a todas las viviendas contenidas en el Lote B, debiendo especificar el orden de prioridad en la petición de los lotes. Asimismo, podrán optar al resto de Lotes (A y C) que quedaran libres una vez realizada la
adjudicación a los licitadores de dichos lotes, debiendo especificar el orden de prioridad en su petición.
(b) aquellos solicitantes que acrediten la condición de personas con movilidad reducida tendrán que optar, en primer lugar, a todas las viviendas contenidas en el Lote C, debiendo especificar el orden de prioridad en la petición de los lotes. Asimismo, podrán optar al resto de lotes (A y B) que quedaran libres una vez realizada la adjudicación a los licitadores de dichos lotes, debiendo especificar el orden de prioridad en su petición.
(c) aquellos solicitantes que no acrediten la condición de personas con movilidad reducida ni la condición de familia numerosa tendrán que optar, en primer lugar, a todas las viviendas contenidas en el Lote A, debiendo especificar el orden de prioridad en la petición de los lotes. Asimismo, podrán optar al resto de lotes (B y C) que quedaran libres una vez realizada la adjudicación a los licitadores de dichos lotes, debiendo especificar el orden de prioridad en su petición.
Los Lotes B y C se asignarán, por orden de prelación, a aquellos solicitantes que acrediten su condición de familia numerosa o su condición de persona con movilidad reducida, respectivamente.
Ninguna persona podrá aparecer en más de una solicitud, ni como solicitante, ni como miembro de la unidad familiar. Si así fuere, únicamente tendrá validez la última solicitud presentada, quedando excluidas las anteriores.
Las solicitudes se formalizarán según los modelos A-1 y B-1, adjuntos. No se admitirán solicitudes cumplimentadas a lápiz.
Tanto la ocultación de información como la falsedad de los datos aportados supondrá automáticamente la EXCLUSIÓN de los solicitantes en el procedimiento de adjudicación.
10ª.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes, junto con toda la documentación requerida, se presentarán en el Registro de la Sección de Contratación del Ajuntament de Calvià, sito en la X/ Xxxxx Xxxxxx Sans, batle, 1, Calvià, de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas, en el plazo previsto en la cláusula sexta anterior, así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.
11ª.- DOCUMENTACIÓN
La solicitud de participación se cumplimentará según el Modelo A-1, adjunto, y se acompañará de la siguiente documentación original o debidamente autenticada por los servicios municipales, previa exhibición de los originales para la comprobación de los datos declarados.
La documentación solicitada deberá presentarse en DOS SOBRES NUMERADOS CERRADOS (SOBRE Nº 1 y SOBRE Nº 2). En cada sobre deberá indicarse los datos personales del/los solicitante/s (nombre y apellidos, DNI/NIF, dirección, teléfono fijo y móvil y correo electrónico de contacto).
CONTENIDO DEL SOBRE Nº 1:
1.- Modelo de solicitud de participación debidamente cumplimentado según el
Modelo A-1 SOLICITUD PARTICIPACION que se adjunta.
2.- Modelo de información general y cumplimiento de requisitos debidamente cumplimentado según el Modelo A-2 INFORMACION GENERAL SOLICITANTES que se adjunta.
3.- Fotocopia del DNI o NIF, en el caso que su DNI no tenga incorporado el NIF, de los solicitantes y de las personas mayores de 18 años pertenecientes a la unidad familiar. En el supuesto de que algún miembro de la unidad familiar sea extranjero o comunitario, NIE, permiso de residencia vigente y/o permiso de trabajo.
4.- Declaración responsable de los solicitantes de no hallarse judicialmente incapacitados para adquirir bienes inmuebles debidamente cumplimentada según Modelo A-3 DECLARACIÓN RESPONSABLE que se adjunta.
5.- En caso que proceda, solicitud de inspección de la vivienda existente al objeto de acreditar el incumplimiento de las condiciones de habitabilidad, de seguridad o de uso.
6.- En caso que proceda, solicitud de informe de los Servicios Sociales municipales si se alegan dificultades socio-familiares o económico-laborales.
CONTENIDO SOBRE Nº 2:
1.- Certificado de empadronamiento dónde conste la antigüedad como residente/s del/los solicitante/s en el municipio de Calvià.
2.- Informe de vida laboral, certificados de empresa y documento acreditativo de la actividad empresarial o laboral del/los solicitante/s desarrollada en el municipio de Calvià y el tiempo durante el cual se ha venido ejerciendo.
3.- En el caso de Familia Numerosa, libro de familia numerosa y Tarjeta Municipal de Familia Numerosa.
4.- En caso que proceda, copia del Certificado acreditativo de la discapacidad del solicitante y/o de algún miembro de la unidad familiar.
5.- Copia de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2012. Todos aquellos solicitantes y componentes de la unidad familiar mayores de 18 años que no tuviesen ingresos o, aún teniéndolos, no estuvieran obligados por Ley a tributar en el ejercicio fiscal correspondiente, aportarán un Certificado de Imputaciones de IRPF correspondiente al ejercicio 2012.
6.- Todas aquellas personas que perciban cualquier tipo de pensión, deberán aportar certificado acreditativo de este extremo con la cuantía de la/s misma/s,
expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social u otro organismo pertinente.
7.- Certificado del Registro de la Propiedad en el que conste la titularidad y/o el usufructo o no de bienes inmuebles en territorio nacional, de los solicitantes y componentes de la unidad familiar mayores de 18 años.
8.- En caso de separación matrimonial o divorcio; copia del testimonio judicial de sentencia firme, interposición de demanda, medidas provisionalísimas y provisionales. En el caso de separaciones de hecho; copia del convenio regulador o documento privado entre las partes elevado a público ante Notario y régimen xx xxxxxxx y custodia de los hijos, si los hubiere.
9.- En caso que proceda, copia de demanda judicial o requerimiento notarial si se está sujeto a expediente de expropiación, desahucio judicial o administrativo por causas no imputables al interesado.
10.- En caso que proceda, copia del contrato de alquiler en vigor al momento de presentación de la solicitud y copia de los tres últimos recibos pagados.
11.- En caso que proceda, certificado municipal de convivencia, en el que conste el uso compartido de una vivienda con otra unidad familiar durante un plazo mínimo de 1 año anterior a la presentación de la solicitud.
12.- Modelo de solicitud y prioridad de los lotes debidamente cumplimentado según el Modelo B-1 PRIORIDAD LOTES que se adjunta.
12ª.- MESA DE CONTRATACION
Dentro de los treinta (30) dias hábiles siguientes a la conclusión del plazo fijado para la presentación de las proposiciones, se constituirá la Mesa General de Contratación, con la composición que se establece en su decreto regulador, para proceder a la fase de calificación de los licitadores.
Para el cómputo de mayorías se estará a lo señalado en las normas sobre formación de la voluntad de los Órganos Colegiados, según lo dispuesto en la Ley 30/92 de RJ- PAC, disponiendo, en todo caso, el Presidente de voto de calidad.
APERTURA DEL SOBRE Nº 1:
La Mesa procederá a examinar la documentación contenida en el SOBRE Nº 1. En caso de observar errores que la Mesa considere subsanables lo notificará a los interesados para que en el plazo máximo de cinco dias procedan subsanarlos.
Transcurrido dicho plazo, la Mesa determinará los licitadores que se ajustan a los requisitos exigidos en las presentes Bases.
APERTURA SOBRE Nº 2:
En acto público a celebrar en el lugar y fecha que se indique, se procederá a la lectura de la lista de admitidos y a la apertura del SOBRE Nº 2. La Mesa revisará la documentación aportada y solicitará cuantos informes técnicos considere precisos a los efectos de proceder a la valoración de las propuestas.
En caso de observar deficiencias en la documentación aportada, se requerirá al interesado para que en un plazo improrrogable de 10 dias aporte la documentación requerida. De no aportarla, se le considerará desistido de su solicitud, archivándose el expediente sin más trámite, con los efectos previstos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992.
13ª.- VALORACION
En el plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha de apertura del Sobre nº 2, la Mesa procederá, en aplicación de lo dispuesto en el Anexo II Baremo de Puntuación, a la valoración de las proposiciones admitidas y a la elaboración de los listados de licitadores en orden decreciente a la puntuación obtenida. Para cada licitador se determinará/n el/los lote/s elegido/s a partir de la prioridad manifestada en su proposición.
En todo caso, y en aplicación de lo dispuesto en la Base 9ª anterior, se confeccionarán los siguientes listados:
1. Listado de solicitantes de viviendas estandar (LOTE A)
2. Listado de solicitantes de viviendas para familia numerosa (LOTE B), siempre y cuando el/los solicitante/s hayan acreditado la condición de familia numerosa
3. Listado de solicitantes de viviendas adaptadas para personas con movilidad reducida (LOTE C), siempre y cuando se haya acreditado la discapacidad del solicitante y/o de algún miembro de la unidad familiar mediante la aportación del oportuno Certificado.
La Mesa se reserva el derecho de solicitar cualquier documento que estime necesario para la comprobación de los datos alegados o conocidos por la Administración, a cuyo efecto se le requerirá para su presentación en un plazo no superior a 10 días.
Cuando la solicitud venga suscrita por dos peticionarios y uno de ellos desista de su petición en cualquier momento del proceso, se entenderán decaídos ambos en su derecho.
El fallecimiento o nacimiento acaecidos con posterioridad a la finalización del periodo de presentación de solicitudes, en ningún caso modificará la puntuación obtenida.
Los listados se publicarán en el perfil del contratante en la página web municipal (xxx.xxxxxx.xxx) y en el tablón de anuncios municipal a los efectos de lo previsto en la ley en cuanto a la presentación de alegaciones y reclamaciones a los mismos.
14ª.- ELECCION DE VIVIENDA
Siguiendo escrupulosamente el orden establecido en cada uno de los Listados Xxxx X, Xxxx X x Xxxx X definitivos, empezando por el licitador de mayor puntuación, se procederá a la convocatoria del mismo para la elección y asignación de los lotes.
En primer lugar se realizará el proceso para la asignación de los lotes B y C, de acuerdo con la puntuación obtenida y las prioridades manifestadas en las solicitudes recibidas. En caso de no concurrir licitadores para los lotes B y C, o que de concurrir resulten ser insuficientes para la adjudicación de todas las viviendas previstas en dichos lotes, estas viviendas quedarán en reserva y podrán ser asignadas al resto de
candidatos aceptados en el Concurso, siguiendo escrupulosamente el orden en base a la puntuación obtenida.
Se aplicará idéntico procedimiento con los licitadores del listado Lote A, hasta la asignación de la totalidad de las viviendas disponibles en cada momento. En caso de no concurrir licitadores para el lote A, o que de concurrir resulten ser insuficientes para la adjudicación de todas las viviendas previstas en dicho lote, dichas viviendas quedarán en reserva y podrán ser asignadas al resto de candidatos aceptados en el Concurso, siguiendo escrupulosamente el orden en base a la puntuación obtenida.
15ª.- RESOLUCIÓN
Corresponderá a la Alcaldía-Presidencia la ejecución de todos los actos de trámite, incluyendo las posibles renuncias y nuevas adjudicaciones, hasta la firma de la escritura pública de compraventa.
La Alcaldía-Presidencia procederá a la adjudicación provisional de la vivienda, mediante la suscripción del correspondiente documento administrativo de elección. La resolución de adjudicación provisional contendrá los siguientes extremos:
a) Nombre y D.N.I. del/los adjudicatario/s
b) LOTE adjudicado, con expresión de las características del lote, precio y forma de pago.
En el supuesto de que algún adjudicatario renunciase formalmente a la vivienda asignada, la Alcaldía-Presidencia aceptará dicha renuncia y procederá a la adjudicación provisional al licitador disponible inmediato siguiente. De igual manera se actuará con respecto de renuncias presuntas que concluyan con el archivo de su expediente.
16ª.- FORMA DE PAGO
El pago del precio se realizará en dos veces:
1. en el plazo xx xxxx dias a contar desde la fecha de notificación de adjudicación; un pago en efectivo por importe del 5% del precio de adjudicación, mas, en su caso, el IVA correspondiente,
2. en el momento de la firma de la escritura pública:
a) un pago en efectivo por importe del 95% del precio adjudicación, mas, en su caso, el IVA correspondiente, o bien
b) la subrogación en el préstamo hipotecario existente y el pago en efectivo de la diferencia, incluyendo, en su caso, la totalidad del IVA correspondiente, hasta la total cancelación del importe de la venta.
17ª.- SUSCRIPCION DEL CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA
En el plazo de quince (15) dias hábiles a contar desde la notificación de la resolución de adjudicación provisional, y una vez se haya acreditado la realización del pago previsto en la base anterior, se procederá a la suscripción del contrato privado de compraventa.
Dicho contrato privado deberá obtener el correspondiente visado por parte de la Direcció General d'Arquitectura i Habitatge de la Conselleria d'Agricultura, Medi Ambient i Territori del Govern de las Xxxxx Balears y las ayudas correspondientes sí proceden.
18ª.- OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DE LA ESCRITURA
Una vez adjudicada la vivienda y el aparcamiento, no podrá procederse a su cambio.
19ª.- ESCRITURA PÚBLICA
Tras la obtención del visado indicado, se elevará a público el Contrato privado. Una copia de la escritura, debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad, deberá ser depositada por los adquirentes en la Direcció General d'Arquitectura i Habitatge de la Conselleria d'Agricultura, Medi Ambient i Territori.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no pudiera formalizarse la escritura de compraventa, la Alcaldía-Presidencia acordará la resolución de la compraventa, previa audiencia del interesado por un plazo xx xxxx (10) días naturales.
20ª.- GASTOS DE FORMALIZACION DE LA COMPRAVENTA
Además de lo indicado en la cláusula 2ª anterior, serán de cargo de los adjudicatarios de las viviendas los gastos necesarios para la formalización en escritura pública e
inscripción en el Registro de la Propiedad (notariales y registrales), y el pago de toda clase de tributos sean del Estado, de la Comunidad Autónoma o de las Entidades Locales que, por Ley, les correspondan. En todo caso, el IVA que pudiera recaer en la transmisión será de cargo del adquirente y habrá de abonarse por éste al Ayuntamiento antes de la firma de la escritura o en el acto de su otorgamiento, haciéndose constar en ella.
El resto de gastos no especificados, anuncios, etc., serán a cargo del Ajuntament de Calvià.
21ª.- CONDICIONES
La ocupación efectiva de las viviendas por los adjudicatarios tendrá lugar en el plazo máximo de tres meses a contar desde la firma de la escritura y entrega de llaves o, si este fuera mayor, a la finalización de las obras de reparación de las deficiencias observadas. A dichos efectos deberá presentarse certificado de empadronamiento y de convivencia de los adjudicatarios y todos los miembros de la unidad familiar.
La eficacia de la compraventa quedará expresamente sometida a la condición suspensiva de ocupar el mismo adjudicatario la vivienda adjudicada en el plazo establecido en el párrafo anterior. Durante este plazo y, en cualquier caso, hasta que no se produzca la efectiva ocupación de la vivienda, el Ajuntament de Calvià conservará la posesión civil de las mismas y podrá hacer uso, además de las medidas que se prevén en la legislación de viviendas de protección oficial, de las prerrogativas que para la recuperación de bienes patrimoniales le reconocen los artículos 82.a) de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y 70 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
En caso de incumplimiento de la condición suspensiva, como trámite previo a la nueva adjudicación de la vivienda, se dará audiencia al interesado para que en el plazo no superior a diez días naturales alegue lo que estime oportuno en defensa de sus legítimos intereses.
Se entenderán automáticamente decaídos en el derecho de adjudicación de la vivienda aquellos adjudicatarios que no la ocupen directamente y la cedan, a título
oneroso o gratuito, a otra persona o familiar, teniendo estos últimos a todos los efectos la consideración de ocupantes sin título legal al objeto de proceder a su lanzamiento.
Será causa de resolución del contrato de compraventa, o en su caso se resolverá el ya formalizado, cuando la vivienda no constituya domicilio habitual y permanente de los adjudicatarios y su unidad familiar, pasados 3 meses desde la entrega de llaves.
El comprador de la vivienda queda obligado, en su caso, a subrogarse en el préstamo hipotecario que hubiera concertado el Ajuntament de Calvià en las condiciones que estuvieran estipuladas en la normativa reguladora de los Planes Estatales de Vivienda, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda, posibles financiaciones que le sean de aplicación y demás normativa aplicable al efecto.
22ª.- DERECHO DE TANTEO Y RETRACTO
Las viviendas nuevas (lotes B-1, B-2, B-3, B-4, C-2, C-3 y C-4) objeto de las presentes Bases sólo podrán transmitirse “intervivos”, en segunda o sucesivas transmisiones por los propietarios cuando hayan transcurrido diez años (art. 1508 CC), desde la fecha del contrato de compraventa, y siempre que se haya hecho efectiva la totalidad de las cantidades aplazadas.
El derecho de tanteo podrá ejercitarse en el plazo de 60 días naturales a contar desde el siguiente a aquél en que se notifique de forma fehaciente por el vendedor al Ajuntament de Calvià la decisión de vender la vivienda, el precio ofrecido, condiciones de la transmisión y el nombre, domicilio y circunstancia del adquirente.
Cuando no se hubiera practicado la notificación mencionada en el apartado anterior, el Ajuntament de Calvià podrá ejercitar el derecho de retracto con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1.507 y siguientes del Código Civil.
Se hará constar expresamente el ejercicio de dichos derechos en los contratos de compraventa que se suscriba con los beneficiarios y, posteriormente, en las escrituras públicas.
23ª.- INTERPRETACIÓN DE LAS BASES
El órgano competente se reserva el derecho de interpretar estas bases y resolver las dudas que se susciten con ocasión de su aplicación y cumplimiento.
24ª.- LEGISLACIÓN SUPLETORIA
En todo lo no dispuesto en estas Bases se estará a la regulación estatal y autonómica de las Viviendas de Protección Pública que resulte de aplicación
25ª.- NOTIFICACIONES
Durante el desarrollo de todo el proceso, la publicación de los listados mediante la inserción en los tablones de anuncios habilitados al efecto y en el perfil del contratante de la página web municipal (xxx.xxxxxx.xxx), bastará para el cumplimiento del requisito de notificación fehaciente y de publicidad.
26ª.- ERRORES MATERIALES
En cualquier momento del proceso y en aquellos casos en los que como consecuencia de un error material deba requerirse documentación a un solicitante, el plazo para presentarla no podrá exceder de 5 días hábiles desde la recepción del requerimiento.
27ª.- CLÁUSULA INFORMATIVA
De conformidad con lo Dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, se informa a los licitadores que:
1. Sus datos se incorporarán a un fichero de datos personales, denominado Promociones municipales de vivienda protegida, del que es responsable el Ajuntament de Calvià, cuya finalidad es la gestión del procedimiento de adjudicación y venta de viviendas de protección pública y aparcamientos promovida por el Ayuntamiento de Calvià, así como la gestión de la lista de espera para casos de renuncia o de pérdida de la condición de adjudicatario por los inicialmente seleccionados.
2. Cesiones de los datos previstas: aquellas publicaciones e instituciones previstas en las bases de la convocatoria.
3. El licitador da su consentimiento expreso para el tratamiento por parte del Ayuntamiento, en este procedimiento, de aquellos datos especialmente
protegidos del artº. 7.1 LOPD que puedan figurar en el informe social que aporta o interesa.
4. El órgano administrativo ante el que puede ejercitar, en su caso, los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y aquellos otros reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, es el Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Calvià, calle Xxxxx Xxxxxx Sans, Xxxxxx, 1 (Calvià).
Calvià, septiembre de 2013 Vivenda
Ajuntament de Calvià