CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS NO PERSONALES
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS NO PERSONALES
Nº 023 -2008-INADE-PEPP/6211.02
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº 001-2008-INADE/PEPP.
“CONTRATACION DE SERVICIO PROFESIONAL DE ING. CIVIL”
ESTUDIOS DE PREINVERSION
Conste por el presente documento el Contrato de Locación de Servicios No Personales, que celebran de una parte como entidad contratante el Proyecto Especial Pichis Palcazú con RUC Nº 20204060623, debidamente representado por su Director Ejecutivo MSc. ING. PLACENTINO XXXXX XXXXXX TURIN DNI Nº 00000000 y designado con Resolución Ministerial Nº 01360-2006-AG, con domicilio institucional en Xx. Xxxx X/x xxxxxx Xxxxx xxx Xxxxxx – La Merced Chanchamayo a quien en adelante se le denominará EL PROYECTO y de la otra parte el Xx. XXXXXXXX XXXXXXXX TEMBLADERA, domiciliado en la Xx. Xxxxxxxxxxx Xx 000 Xxxxxxxx: Xx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx –departamento de Junín, identificado con DNI. Nº 00000000, RUC Nº 10283002280 a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR en los términos y condiciones siguientes.
CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
El Proyecto Especial Pichis Palcazú es un órgano desconcentrado del Instituto Nacional de Desarrollo, que tiene por finalidad impulsar el desarrollo de la Selva Central, abarca los xxxxxx xx Xxxxxx Palcazú, Pachitea, Oxapampa, Satipo y Chanchamayo, mediante la ejecución de programas de desarrollo multisectorial, conforme a los recursos asignados para la ejecución del Plan Operativo 2008 aprobado por el INADE.
Con fecha 16 de enero del 2008 el Comité Especial otorgó la buena pro a la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 001–2008-INADE/PEPP al postor Xxxxxxxx Xxxxxxxx Tembladera por el monto total de S/10,500.00 (Diez Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles) incluido los impuestos xx Xxx.
CLAUSULA SEGUNDA: BASE LEGAL
D. S. Nº 083–2004–PCM
D.S. Nº 084–2004–PCM
Ley 29142–Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2008
Presupuesto Institucional 2008
Ley Nº 27444–Ley de Procedimiento Administrativo
Arts. Nº 1764º, 1766º, 1767º, 1768º, 1769 del Código Civil vigente.
CLAUSULA TERCERA: OBJETO DEL CONTRATO
Por el presente contrato EL LOCADOR se compromete a prestar eventualmente sus servicios y desarrollar las actividades de acuerdo a los términos de referencia establecidos en las bases del proceso de selección AMC Nº 001-2008-INADE/PEPP y en la propuesta técnica y económica que forma parte integrante del presente contrato en todos sus términos en la Dirección de Estudios xxx XXXX. Las actividades a realizar son los siguientes:
Formulación de Perfil Camino Rural Pichanaki
Formulación de Perfil –camino Rural Perené.
Formulación de Perfil Camino Rural San Xxxx.
Formulación de Perfil Camino Rural San Xxxxx
Levantamientos de Observaciones xx Xxxxxxx Chuchurras
Elaboración de Bases y Términos de regencia de Expedientes Técnicos a formular por Consultoría
CLAUSULA CUARTA: RELACION CONTRACTUAL
El presente Contrato entrara en vigencia desde la fecha que se fije en la clausula sexta del presente contrato, el mismo que no implica relación laboral alguna, por lo que, El LOCADOR no se encuentra bajo dependencia o subordinación xxx XXXX. Por tanto EL LOCADOR no podrá invocar ningún beneficio previsto en la legislación laboral, por estar a lo establecido en la ley y su reglamento y supleritoriamente a lo previsto en el Art. 1764º y demás pertinentes del Código Civil.
El LOCADOR se compromete a no ceder ni transferir total o parcialmente las obligaciones del presente Contrato.
CLAUSULA QUINTA: HONORARIOS Y CONDICIONES DE PAGO
Las Partes acuerdan que el monto total de la retribución que pagará el PEPP asciende a la suma de S/21, 000.00 (Veinte y Un Mil con 00/100 Nuevos Soles) incluido los impuestos xx xxx, mediante la emisión de un cheque a nombre de EL LOCADOR o abonos en Cuenta Bancaria, previo reporte de actividades y visación de conformidad por el responsable del área usuaria, en la forma siguiente:
Mes de Enero S/. 3,500.00
Mes de Febrero S/. 3,500.00
Mes xx Xxxxx S/. 3,500.00
Mes xx Xxxxx S/. 3,500.00
Mes xx Xxxx S/. 3,500.00
Mes xx Xxxxx S/. 3,500.00
El egreso que ocasiona el contrato, será cargado a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, en la meta Estudios de Pre-Inversión.
CLÁUSULA SEXTA: PLAZO DEL CONTRATO
El LOCADOR se obliga a prestar los servicios y realizar las actividades descritas a partir del 29/01/2008 al 31/07/2008.
CLAUSULA SEPTIMA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES
EL LOCADOR se compromete a brindar el servicio objeto del presente Contrato con absoluta seriedad, eficiencia y eficacia.
La información obtenida por EL LOCADOR dentro del cumplimiento de sus obligaciones, así como sus reportes y toda clase de documentos que elabore relacionada con la ejecución de sus actividades será confidencial, no pudiendo ser divulgadas por EL LOCADOR.
Asimismo, El PROYECTO a EL LOCADOR le asignará de ser conveniente el lugar para el desarrollo de sus actividades, le proporcionará los elementos de trabajos necesarios y atenderá los gastos que la prestación del servicio demande.
CLÁUSULA OCTAVA: DE LA SUPERVISIÓN
El servicio a prestarse estará bajo la Supervisión del Director de Estudios, quien tendrá la obligación de exigir al locador el fiel cumplimiento del servicio contratado, en representación del locatario.
CLAUSULA NOVENA: RESCISION DE CONTRATO
El Contrato se rescindirá cuando se determine que el curriculum vitae presenta información falsa, sin perjuicio de realizar la denuncia penal por el delito contra la fe pública.
CLAUSULA DÉCIMA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato podrá resolverse en cualquier momento por:
a) Mutuo acuerdo.
b) Por restricción Presupuestal de EL PROYECTO
c) Por incumplimiento de las prestaciones de servicios por EL LOCADOR, sustentado por el informe de supervisión.
d) Por la apropiación de bienes que se le haya otorgado ó sustracción de bienes del Proyecto.
e) Por presentar un servicio deficiente, que no logre el resultado del objeto del contrato.
f) Cuando el Registro Nacional de Proveedor (RNP) no tenga vigencia.
CLAUSULA UNDÉCIMA: DISPOSICIONES FINALES
EL LOCADOR pacta sus servicios en forma independiente, por lo que no genera ningún vínculo laboral con EL PROYECTO.
Las partes contratantes, se someten a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales de la Ciudad de La Merced – Provincia de Chanchamayo, renunciando al fuero de sus propios domicilios.
En señal de aceptación del contenido de las once (11) cláusulas del presente Contrato de Locación de Servicios no personales firman las partes intervinientes en la ciudad de La Merced, a los 28 días del mes de Enero del Dos Mil Ocho.
XXx.Xxx. PLACENTINO XXXXX XXXXXX TURÍN Xx. XXXXXXXX XXXXXXXX TEMBLADERA
Director Ejecutivo DNI. 00000000
PEPP LOCADOR