Contract
PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS GENERALES QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL ARRENDAMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE LA HERRIKO TABERNA EN LA LOCALIDAD XX XXXXX, PROPIEDAD DEL XXXXXXX XX XXXXX.
I.- OBJETO
Es objeto del presente Pliego regular las condiciones bajo las que se adjudicará, mediante el procedimiento abierto el arrendamiento y explotación la Herriko Taberna situada en la localidad xx Xxxxx y propiedad de su Concejo.
El local objeto de arrendamiento, se describe la siguiente manera:
Edificio de planta prácticamente rectangular de 13,20m x 10,50m, a excepción de la esquina noroeste del edificio que tiene un recorte de 2.40m x 1.90m. El edificio consta de dos plantas y bajocubierta, comparte la medianera Oeste con el Centro Social. El tipo de construcción es tradicional con cubierta a tres aguas de estructura xx xxxxxx y cobertura xx xxxx cerámica. Los muros son de mampostería de 65cm de espesor.
El acceso al edificio se da a través de la fachada sur, ahora mismo existe un pequeño resalte de 12cm. En cuanto al programa interior, consta de bar-restaurante que se ubica en la planta baja y se distribuye en los usos de cocina, zona de bar y restaurante, aseos y un distribuidor que nos lleva a través de una escalera adosada a la medianera oeste a la planta primera, que consta de un aseo, un comedor y tres estancias dedicadas a almacén.
Asimismo, y como documento anejo al contrato de arrendamiento que se suscriba se acompañara un Inventario de los muebles, enseres e instalaciones que se entregan al arrendatario que deberá ser suscrito por este, con el compromiso expreso de devolverlos en el mismo estado en que se entregan a la finalización del contrato. En el supuesto de que se encuentren deteriorados o inservibles se efectuará su reparación o sustitución por cuenta del arrendatario con cargo a la fianza existente, y caso de no alcanzar con cargo al arrendatario.
La presentación de proposiciones, presume por parte de quien vaya a licitar la aceptación incondicional de la cláusulas de este pliego, y del resto de los documentos contractuales, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de la prestación.
II.- DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del arrendamiento será de UN AÑO (1), prorrogable hasta 5 años, siendo un total xx XXXX (10) años contados a partir de la entrega del local por del Concejo al adjudicatario.
La prórroga será automática, salvo que, con una antelación de DOS (2) meses al vencimiento del contrato o prorroga, alguna de las partes denuncie expresamente el vencimiento.
III.- RENTA BASE. TIPO DE LICITACIÓN
La renta base o tipo de licitación se fija en 500,00 euros mensuales, cantidad a la que se añadirá el IVA correspondiente.
En el supuesto de que el contrato de arrendamiento se prorrogue, se modificará la renta, en cada una de las prórrogas, en función de la variación del Índice de Precios al Consumo de los últimos 12 meses.
El pago se realizará por mensualidades, vencido el mes, dentro de los cinco primeros días del mes siguiente, contados a partir de la fecha de entrega, en el lugar o cuenta que designe el Concejo.
La renta resultante de la adjudicación será actualizada anualmente conforme al incremento experimentado por el Índice de Precios al Consumo (IPC) a nivel nacional durante el año anterior, aplicado asimismo sobre la renta resultante del año anterior, excepto la correspondiente al año en que se realice la adjudicación.
El cierre del local o la falta de explotación por cualquier causa durante el periodo de vigencia del contrato no eximirá al adjudicatario de la obligación contractual del pago de la renta.
Las mejoras sobre el tipo de licitación se harán al alza.
IV.- GARANTIA PROVISIONAL
No se exige garantía provisional a los licitadores para concurrir en el presente procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante Ley 9/2107, de Contratos del Sector Público).
V.- GARANTIA DEFINITIVA
La garantía definitiva ascenderá al 5% del importe de la adjudicación (excluido el IVA) (entendiéndose por tal la cantidad a la que ascienda la renta que ofrezca el adjudicatario, durante la totalidad del plazo contractual y las posibles prórrogas) y podrá constituirse de cualquiera de las formas previstas en el artículo 108 de la Ley 9/2107, de Contratos del Sector Público.
El licitador seleccionado por la Mesa de Contratación deberá acreditar en el plazo de 10 días a contar desde la notificación, la constitución de la garantía. De no cumplir este requisito por causas imputables a él, la Administración declarará decaída la adjudicación provisional a su favor, siendo de aplicación lo dispuesto en los artículos 109 y 150.2 de la Ley 9/2107, de Contratos del Sector Público, adjudicando provisionalmente al licitador o licitadores siguientes a aquel, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas.
La misma medida recaerá sobre la fianza definitiva, si una vez constituida el interesado no suscribiere el documento de formalización del contrato.
VI.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
A) Serán obligaciones básicas del contratista-arrendatario las siguientes:
a) Explotar el bar-restaurante de propiedad del Xxxxxxx xx Xxxxx, poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones objeto de arrendamiento, dentro de los quince días siguientes a la firma del contrato.
El bar deberá estar abierto al público en el horario mínimo que se establece en el pliego de cláusulas técnicas o, en su caso, en el horario que ofrezca como mejora en su licitación.
b) Abonar al Concejo mensualmente el arrendamiento pactado en la manera estipulada, y hacerse cargo de todos los gastos que origine en general el funcionamiento del bar, así como el pago de los impuestos de toda clase que graven la explotación del negocio.
Será por cuenta del arrendatario el abono de los suministros de agua, gas, electricidad y teléfono o cualquier otro que corresponda al local que será abonado en la cuenta que se señale junto con la mensualidad xx xxxxx que corresponda abonar.
El arrendatario gestiona el bar a su riesgo y xxxxxxx, y no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías u otros perjuicios.
c) Admitir al uso del servicio a toda persona sin discriminación por ninguna causa.
d) Conservar el inmueble, instalaciones y equipamiento, y mantenerlos en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión del arrendamiento, deban entregarse con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación. Y realizar por su cuenta y cargo las reparaciones necesarias para la conservación y reposición del local e instalaciones, en el momento de finalización del contrato, al mismo estado en que fueron puestos a su disposición.
No podrá realizarse ninguna obra en el local arrendado, salvo previa autorización expresa del Concejo. En cualquier caso, las obras o mejoras de cualquier clase que fuesen realizadas por el arrendatario, quedarán integradas en el inmueble y pasarán a propiedad del Concejo al extinguirse el contrato de arrendamiento, sin que tenga que abonar indemnización alguna.
e) Responder frente a terceros de los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del bar. Y mantener durante todo el periodo de vigencia del contrato, una póliza de responsabilidad civil y/o multirriesgo que cubra de forma suficiente frente al arrendador y frente a terceros, los riesgos derivados de la actividad que va a ejercer, así como los derivados del inmueble donde se desarrolla la actividad y sus instalaciones. Estas pólizas, junto con los justificantes de pago de las primas, deberán presentarse a la Junta Administrativa, cuando se le requiera para ello. El incumplimiento de estas condiciones será causa de resolución.
El arrendatario suscribirá a favor del Xxxxxxx xx Xxxxx una póliza de seguro a todo riesgo, que garantice el debido mantenimiento del inmueble e instalaciones entregadas por el Concejo con un mínimo de 30.000 euros por el contenido y
30.000 euros por el continente, así como un seguro de responsabilidad civil frente a terceros por un importe mínimo de
300.000 euros.
f) No enajenar, ni gravar, bienes o instalaciones objeto del contrato
g) Permitir el control del cumplimiento de las cláusulas del presente pliego por parte del Concejo y la inspección del funcionamiento del bar, en todo momento.
h) Ejercer por si la explotación del bar respetando la propuesta presentada, y la adjudicación, con dedicación plena y presencia física en el local y no cederla o traspasarla a terceros, sin la autorización expresa del Concejo.
i) El arrendatario figurará y actuará como titular de la explotación del negocio, viviendo obligado a destacar tal carácter, de manera que en ningún caso el Concejo quedará obligado por actos de aquel. Ni el arrendatario, ni las personas que en su caso él contrate, para la explotación del bar, tienen ninguna relación laboral con el Concejo, por lo que el arrendatario se obliga a cumplir con las normas vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de seguridad e higiene en el trabajo, así como la normativa sanitaria para la instalación de bar que corresponda, quedando el Concejo exonerado de responsabilidad por este incumplimiento. En el caso de accidente o perjuicio de cualquier género ocurrido a los/las operarios/as con ocasión del ejercicio de los trabajos, cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes bajo su responsabilidad sin que ésta alcance en modo alguno a la Administración.
Al término del arrendamiento, todo el personal al servicio del adjudicatario-arrendatario, habrá de abandonar, con él, las instalaciones del Concejo.
j) El arrendatario deberá colocar en un lugar visible información sobre el horario máximo de apertura y cierre, en soporte rígido, con unas medidas mínimas de 25 cm por 14 cm y según el modelo que se incluye en la normativa vigente de Gobierno Xxxxx en materia de actividades hosteleras.
k) Asimismo se deberá hacer constar en lugar visible del local, el aforo del mismo, que no podrá ser superior al fijado legalmente.
B) Son derechos del arrendatario:
a) Utilizar el local destinado a bar y las instalaciones anexas, así como el mobiliario y demás enseres de propiedad del Concejo, destinados a la explotación del mismo, que se inventariarán el día de la entrega de las instalaciones del concejo objeto de arrendamiento.
b) El cierre del local durante el plazo máximo de un mes, divido en dos periodos de quince días, y en ningún caso en el mes xx xxxxxx.
VII.- OBLIGACION DE INSTALACIÓN DE MOBILIARIO Y ENSERES.
Los licitadores conocen la situación del local en cuanto a la existencia de mobiliario y enseres para la prestación de la actividad de bar-restaurante, por lo que será de su cuenta exclusiva el dotar al local de aquellos de los que no disponga o no se encuentren en situación de ser utilizados, correspondiéndole la solicitud y consecución de las licencias y autorizaciones que sea necesario para ello de los organismos oficiales.
A la finalización del contrato el adjudicatario podrá retirar del local el mobiliario y enseres instalado a su cuenta siempre que no sufra menoscabo el local o sea necesario la realización de obras para ello.
VIII.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR. SOLVENCIA
Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y
acrediten la correspondiente clasificación y no estén afectados por ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 71 de la Ley 9/2107, de Contratos del Sector Público.
Los empresarios deberán contar asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
La Administración podrá contratar con uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el artículo 69 de la Ley 9/2107, de Contratos del Sector Público (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escrituras Públicas hasta que se haya efectuado la adjudicación), las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrarán un representante u apoderado único, siendo necesaria la clasificación de cada una como empresa de obra. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnicas o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad, que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración, y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, tampoco suscribir ninguna propuesta de agrupación temporal con otras, si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la desestimación de todas las proposiciones por él presentadas.
La presentación de la proposición presume la aceptación incondicionada de las cláusulas de este pliego, xxx xxxxxx de clausulas técnicas y del resto de documentos contractuales, en su totalidad y sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de
que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de las prestaciones objeto de la contratación.
IX.- CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN
Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación, serán los siguientes:
1.- Mejor proyecto de explotación del inmueble arrendado (personal y medios puestos al servicio del establecimiento y régimen (periodos y horarios) de apertura del local).
2.- Mayor renta ofrecida.
3.- Conocimiento de Euskera (hablado).
4.- Experiencia en la explotación negocios de hostelería (bar- restaurante) que se deberá acreditar documentalmente.
Las ofertas se valorarán aplicando a los criterios precedentes las siguientes puntuaciones máximas de hasta un total de 100 puntos:
1.- Mejor proyecto de explotación: hasta un máximo de 30 puntos.
Se tendrá en cuenta, el número de personal que atenderá la explotación, su cualificación, así como las mejoras en la explotación de la actividad hostelera, entre otras, en el horario de apertura y cierre del establecimiento, (siempre respetando la normativa de horarios de establecimientos públicos y los mínimos recogidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas).
2.- Mayor renta ofrecida: hasta un máximo de 20 puntos.
Se puntuará más cuanto mayor sea el porcentaje de subida ofertada respecto a la renta base o tipo de licitación, de forma tal que se calculará el porcentaje de subida correspondiente a
la renta mensual más alta ofertada y a dicho porcentaje se le otorgará la máxima puntuación fijado en este apartado, valorándose el resto de ofertas con puntuaciones proporcionales a los respectivos porcentajes de subida ofertados por el resto de licitadores. Las puntuaciones se otorgarán con un redondeo de dos decimales.
3.- Conocimiento de Euskera: hasta un máximo de 10 puntos.
Se puntuara el conocimiento hablado de euskera del adjudicatario y del personal que adscriba al servicio en el proyecto de explotación, a razón de 2,5 puntos por cada persona que acredite dicho conocimiento.
4.- Experiencia en la explotación negocios de hostelería (bar- restaurante): hasta un máximo de 40 puntos.
Se puntuara á razón de 10 puntos por año acreditado de experiencia en la explotación de bar-restaurante, 7 puntos por año acreditado de experiencia en la explotación de restaurante y 3 puntos por año acreditado de experiencia en la explotación de bar.
X.- GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO
Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:
a. Los de anuncio que genere el concurso y los preparatorios y de formalización del contrato.
b. Asumir el pago del IVA, así como cualquier otro tipo de impuesto o tributo que derive del contrato
c. En su caso, los de formalización pública del contrato de adjudicación.
d. El abono de pólizas de los seguros de daños y de responsabilidad civil, con entidad autorizada, que cubra los
riesgos que se puedan producir en el inmueble arrendado (daños a bienes de titularidad municipal, o a terceras personas, como consecuencia directa o indirecta del funcionamiento de la industria hostelera), con efectos, durante todo el tiempo que dure el arrendamiento, que en su caso, se extenderá a las prorrogas, y que exima al Concejo de responsabilidad.
XI.- ENTREGA DEL INMUEBLE ARRENDADO E INSTALACIONES AL ADJUDICATARIO
Dentro de los 10 días siguientes a la notificación de la adjudicación, se formalizará el contrato de arrendamiento, momento en el que se comprobará y firmará por duplicado el Inventario general del mobiliario, maquinaria y enseres existentes en el local arrendado propiedad del Xxxxxxx xx Xxxxx.
La entrega del inmueble, con indicación de todas las dependencias que comprenda, se formalizará en dicho documento suscrito por la persona que a tal efecto designe el Concejo, y el adjudicatario-arrendatario, consignándose las circunstancias, condiciones y estado en que se cede la finca y sus instalaciones.
Todos los demás enseres para el buen servicio del bar-restauran, vendrá obligado a adquirirlos por su cuenta el adjudicatario- arrendatario.
XII.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
EL contrato podrá extinguirse por alguna de las siguientes causas:
- Por haber expirado el término del plazo convenido en el presente pliego, o las prorrogas correspondientes.
- Por fallecimiento del adjudicatario, en cuyo caso el Xxxxxxx xx Xxxxx se reserva el derecho de autorizar a los herederos la
continuación del arrendamiento hasta la terminación del contrato o la prorroga oportuna.
- Por mutuo acuerdo entre el Concejo y el adjudicatario.
- La falta de prestación por el adjudicatario de la garantía definitiva en el plazo previsto, la no formalización en plazo del contrato, la demora en el cumplimiento del plazo de inicio de la actividad.
- Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el presente pliego.
En estos dos últimos supuestos la resolución conllevará la perdida de la fianza depositada, y en su caso, la indemnización de daños y perjuicios. Todo ello con independencia de la exigencia de cuantos importes pueda deber en aquel momento el adjudicatario.
XIII.- FIN DEL CONTRATO
Al finalizar el contrato por cualquier motivo se extenderá el acta, donde se harán constar las circunstancias y condiciones en que el adjudicatario-arrendatario devuelve al Xxxxxxx xx Xxxxx el inmueble, instalaciones, mobiliario, enseres, etc., y se fijarán las diferencias con el inventario, a efecto del pago por aquél de las indemnizaciones que procedan.
En dicho acta que será suscrita por el Sr. Fiel de Fechos del Concejo y el adjudicatario-arrendatario se expresarán las causas de la rescisión, y el importe de cuanto haya que reponerse, quedando sujeto al pago y si no lo cumplimentase en el plazo de QUINCE (15) días siguientes a su firma será retenida la fianza y subsidiariamente todos los bienes del deudor hasta cubrir la deuda.
Si el adjudicatario no compareciese el día señalado por el Concejo para extender el acta final, el documento redactado por el Fiel de Fechos Concejo será válido y exigible.
En caso de resolución por cualquiera de las causas reflejadas en el presente pliego, automáticamente cesará en el servicio de bar- restaurante todo el personal que tuviera, cuyo vínculo jurídico queda reducido a la esfera del adjudicatario-arrendatario y su negocio, y no puede afectar al establecimiento.
El acuerdo de resolución se adoptará por el órgano competente del Concejo y el adjudicatario-arrendatario devolverá el bar- restaurante y su contenido en la forma en que lo recibió dentro de los TREINTA (30) días siguientes a la fecha de notificación, retirando todo lo que sea de su propiedad.
XIV. PRESENTACION DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION. FORMALIDADES Y DOCUMENTOS.
14.1. Lugar y plazo de presentación.- Las proposiciones se presentarán en el Ayuntamiento de Aramaio (Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xx 0, Teléfono 000-000000) , en mano, de las 9 a las 15 horas, durante los 22 días naturales siguientes a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Territorio Histórico xx Xxxxx. Si ese día fuera inhábil, el plazo finalizaría el día hábil inmediato posterior.
Las proposiciones podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39//2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuando las ofertas se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del candidato.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Fiel de Fechos del Concejo. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la oferta si es recibida por el órgano de contratación
con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimosexta del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
14.2. Formalidades.- Las proposiciones se presentarán en tres sobres cerrados identificados, en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurren y firmados por el licitador o persona que lo represente, e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
A) Sobre A, denominado de documentos, expresará la inscripción de:
"Documentos generales para la adjudicación del contrato de arrendamiento explotación de la Herriko Xxxxxxx xx Xxxxx” y contendrá la siguiente documentación:
*El licitador presentará la declaración indicada en el Anexo I del presente Pliego (artículo 141 de la Ley 9/2107, de Contratos del Sector Público).
*Agrupación Temporal de Empresas. Cuando varios licitadores se presenten en una agrupación temporal de empresas, en el escrito de proposición deberán indicarse los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos, y la designación de la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración.
B) Sobre B, que contendrá la documentación relativa a criterios evaluables de forma automática.
Tendrá la siguiente inscripción "Documentación relativa a criterios evaluables de forma automática, para la adjudicación del contrato de arrendamiento y explotación de la Herriko Xxxxxxx xx Xxxxx” y contendrá exclusivamente una sola proposición, firmada por el licitador o persona que lo represente, redactada conforme al modelo que figura como Xxxxx XX.
El sobre incluirá la documentación acreditativa de los méritos que presenta el licitador para valorar las condiciones de las ofertas según los criterios establecidos en este pliego:
1.- Se concretará la renta anual inicial ofrecida por el licitador, mejorando al alza el tipo de licitación establecido en el pliego y señalando como partida independiente, cualquier tipo de impuesto que deba ser repercutido.
2.- El sobre incluirá además la documentación acreditativa (si so posee) del conocimiento hablado de euskera del licitador y de las personas que conforme la Proyecto de Explotación adscribirá a la prestación del servicio: En otro caso será suficiente con la declaración jurada contenida en el ANEXO II.
Los licitadores podrán adjuntar cuanta documentación adicional, estimen oportuna para acreditar los méritos que sirvan para valorar las ofertas, a tenor de los criterios establecidos en el pliego.
C) Sobre C, que contendrá la oferta que realiza cada licitador, relativa a criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor.
Se ajustará al modelo contenido en el modelo que figura como Xxxxx XXX. Y deberá tener la siguiente inscripción: "Oferta cuya cuantificación depende de un juicio de valor para la adjudicación
del contrato de arrendamiento y explotación de la Herriko Xxxxxxx xx Xxxxx.”
El sobre incluirá la documentación acreditativa de los méritos que presenta el licitador para valorar las condiciones de las ofertas según los criterios establecidos en el presente pliego:
1. Memoria de explotación del bar.
2. Calendario y régimen de horarios de apertura del bar.
Los licitadores podrán adjuntar cuanta documentación adicional estimen oportuna para acreditar los méritos que serán para valorar las ofertas, a tenor de los criterios establecidos en el pliego.
No se aceptarán aquellas proposiciones que:
- Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la. Administración estime fundamental para considerar la oferta.
- Que no lleguen al tipo de licitación.
- Comporten error manifiesto en el importe de la proposición.
- Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido en los anexos de este pliego.
La Administración podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación y en el curso del contrato, la veracidad del contenido de los documentos incluidos en los sobres, así como de los que, en su caso, se consigne en la caratula como criterios de adjudicación, entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados por los licitadores puede ser causa de nulidad del contrato, en su caso, por incumplimiento imputable al contratista, con pérdida de la garantía definitiva constituida, o en su caso, indemnización por valor de aquella si no se ha constituido, debiendo indemnizar además a la Administración por los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan de la garantía incautada.
Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si la ha hecho individualmente o figuran en más de una unión temporal.
XV. MESA DE CONTRATACION
La Mesa de Contratación estará integrada o constituida del modo siguiente:
- Presidente, que lo será el del Concejo o miembro en quien delegue.
- 2 vocales, el Primer y Segundo Vocales de la Junta Administrativa y un técnico designado por el Regidor- Presidente.
- Secretario, el Fiel de Fechos del Concejo.
XVI.- CALIFICACION DE LA DOCUMENTACION GENERAL. SOBRE A.
La Mesa de Contratación procederá el día hábil siguiente a aquél en el que concluya el plazo de presentación de proposiciones, con carácter previo y en acto interno y privado, a abrir los Sobres A y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos.
*A los licitadores que no presenten la declaración a incluir en el Sobre A, se les concederá un plazo de tres días naturales para su subsanación, que de no llevarse a efecto en todos los extremos, daría lugar a que su solicitud de participación quedase definitivamente rechazada.
*Se podrá conceder tres días naturales para la subsanación de defectos que se deban a errores materiales o de hecho, observados en la documentación presentada, conforme a las aclaraciones del apartado de apertura de proposiciones.
De todo ello, se dejará constancia en el acta que se extienda.
XVII.- .APERTURA DE PROPOSICIONES.
XVII.1.- Apertura de sobres B y C
1.- La Mesa de Contratación, en acto público, celebrado el quinto día natural siguiente, a aquél en el que finalice el plazo de presentación de proposiciones (si dicho día fuera sábado o festivo se trasladará al día hábil siguiente), a las 19 horas en la Casa de Xxxxxxx xx Xxxxx, y una vez subsanada la documentación, en su caso, a presentar por los licitadores, dará cuenta del resultado de la apertura de los sobres A, y procederá a la apertura de los Sobres C o documentación relativa a criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor.
Se procederá a la lectura pública, de las propuestas, debiendo ser informadas las mismas por los servicios técnicos que asesorarán al Concejo para la valoración de las ofertas.
Emitido el correspondiente informe, el resultado del mismo se dará a conocer en sesión pública de la Mesa de Contratación, que tendrá lugar el tercer día natural a contar desde la apertura del sobre anterior, (si dicho día fuese sábado o festivo se trasladará al día hábil siguiente) a las 19 horas, en el mismo lugar, llevándose a cabo la lectura del Sobre B, o documentación relativa a criterios evaluables de forma automática, en la misma sesión.
Las propuestas contenidas en dicho sobre B, habrán de ser nuevamente informadas por los servicios técnicos, elevándose la propuesta de adjudicación de la Mesa, al órgano de contratación, a favor del mejor postor teniendo en cuenta la totalidad de los criterios de adjudicación (propuesta económicamente más ventajosa). En todo caso, podrán solicitarse cuantos informes técnicos se consideren precisos.
XVII.2.- Determinación del adjudicatario en caso de empate.
Si la aplicación de los criterios de adjudicación da lugar a un empate en la puntuación obtenida por varios licitadores, el contrato se adjudicará por sorteo celebrado por la Mesa en acto público.
XVIII. CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La Mesa de contratación clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente, atendiendo a los criterios de valoración señalados en el presente pliego. Podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes y elevará la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. No obstante, en los términos previstos en el artículo 152 de la Ley 9/2107, de Contratos del Sector Público, el órgano de contratación, antes de proceder a la adjudicación, podrá renunciar a celebrar el contrato por razones de interés público, o desistir del procedimiento tramitado, cuando éste adolezca de defectos no subsanables, debiendo indemnizar a los licitadores, en ambos casos, de los gastos que su participación en la licitación les hubiese efectivamente ocasionado.
XIX. DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO PROVISIONAL.
Una vez aceptada la propuesta de la Mesa por el órgano de contratación, se requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que en un plazo de 10 días presente la siguiente documentación:
A) Primer bloque de documentación: Capacidad para contratar:
a) Licitadores que se encuentren inscritos en el Registro de contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Deberán presentar:
1.- Certificado de inscripción en el mencionado registro expedido por Xxxxxxx responsable del mismo o copia autenticada del mismo
2.- Declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. Esta manifestación deberá reiterarse, en el caso de resultar adjudicatario, en el documento en que se formalice el contrato.
3.- Agrupación Temporal de Empresarios: cuando varios licitadores se presenten en una agrupación temporal de empresas, deberán presentar documento de clasificación de cada empresa.
Todos los documentos que se aporten, deberán presentarse en original o en copia o fotocopia debidamente legalizadas y cotejadas bien por la Administración, o bien por Notario.
b) Licitadores con certificado de clasificación en el Registro Central del Estado. Deberán presentar
1.-Certificado de clasificación del contratista o de su copia autenticada expedido por el Registro Oficial de contratistas del Estado, juntamente con una declaración jurada sobre su vigencia y las circunstancias que sirvieran de base a la clasificación.
2.- Declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. Esta manifestación deberá reiterarse, en el caso de resultar adjudicatario, en el documento en que se formalice el contrato.
3.- Agrupación Temporal de Empresarios: Cuando varios licitadores se presenten en una agrupación temporal de empresas, deberán presentar documento de clasificación de cada empresa
4.-Declaración firmada por la representación de la empresa acreditativa de no estar incurso en prohibición de contratar.
5.- Certificación acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes. Para ello, se aportarán certificaciones administrativas expedidas por la hacienda Estatal o Hacienda Xxxxx, según el volumen total de operaciones que figure en el impuesto sobre sociedades, y por la Tesorería General de la Seguridad Social, con el alcance y forma que previene el artículo 14 del RD 1098/2001 de 12 de octubre Reglamento General de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas. Su validez y plazo será de 6 meses desde su expedición, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 del RD indicado. En cuanto al Impuesto sobre Actividades Económicas, habrá de presentarse alta, y en su caso, el último recibo que corresponda.
6.- Certificación acreditativa de estar al corriente de tributos y cualquier requerimiento de pago con el Ayuntamiento de Aramaio, mediante certificación expedida por la Secretaria Municipal.
Todos los documentos que se aporten, deberán presentarse en original o en copia o fotocopia debidamente legalizadas y cotejadas bien por la Administración o bien por Notario.
c) Licitadores que no se encuentren en las circunstancias anteriores. Deberán presentar:
1.- Documento Nacional de Identidad, si se trata de personas físicas. Se aportará fotocopia legitimada o cotejada de la persona que firme la proposición económica.
2.- Escritura de constitución de la empresa y de modificación en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando el licitador sea una persona jurídica, y ese requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil aplicable. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.
En el caso de empresarios extranjeros pertenecientes a los Estados de la Comunidad Europea, aportarán sus documentos constitutivos, traducidos de forma oficial al castellano o al euskera, y se acreditará su inscripción en un registro profesional o comercial, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo.
Por último, cuando se trate de empresarios extranjeros de Estados no pertenecientes a la Comunidad Europea, estos deberán tener abierta sucursal en España y aportará escritura de constitución inscrita en el Registro Mercantil (original, copia autenticada o cotejada) e informe de la respectiva representación diplomática española en el Estado de procedencia, de que el mismo admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración (excepto cuando la licitación se anuncie en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas y se trate de empresas de Estados signatorios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio).
3.- Escritura de apoderamiento, bastanteada por Letrado en ejercicio, Notario o el Secretario del Ayuntamiento, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil, a favor de la persona que suscriba la oferta económica, con facultades para contratar con la Administración. Se presentará en los casos en que se trate de una persona jurídica, o siendo empresa individual, no firme la proposición económica el titular registral de la empresa.
4.- Declaración de no estar incurso en prohibiciones de contratar. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta con la siguiente documentación:
a) Se justificará mediante certificaciones administrativas expedidas por la Hacienda Estatal o Hacienda Xxxxx, según el volumen total de operaciones que figure en el
impuesto sobre sociedades, y por la Tesorería General de la Seguridad Social, con el alcance y forma que previene el artículo 14 del Real Decreto 1.98/2001, del 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. En cuanto al Impuesto sobre Actividades Económicas habrá de presentarse el alta y, en su caso, el último recibo que corresponda.
b) Estar al corriente del pago de tributos con el Ayuntamiento de Aramaio.
5.- Solvencia económica y técnica:
*Solvencia económica por uno o varios de los siguientes medios:
- Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificantes de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
Si por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le podrá autorizar a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación.
- Declaraciones de las cifras de negocios globales y de los servicios y trabajos realizados en los tres últimos ejercicios.
*Solvencia técnica o profesional, se apreciará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que podrá acreditarse con la descripción de las medidas que utilizará para garantizar la calidad del servicio.
B) Segundo bloque de documentación:
- Número de Identificación Fiscal, y alta en el IAE. En el caso de que la empresa adjudicataria no figure dada
de alta en el Impuesto de Actividades Económicas del Ayuntamiento de Aramaio, deberá formalizar su alta, o acreditar estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas de ámbito estatal o provincial, en el plazo de 15 días contados desde la fecha en que se notifique la adjudicación.
- La consignación de la garantía definitiva, en los términos señalados en este pliego.
- Justificación de la suscripción y abono de póliza de seguro de responsabilidad civil, y a todo riesgo que son de preceptivo abono por el adjudicatario a tenor del presente pliego.
A los licitadores que no presenten la documentación requerida, se les concederá un plazo de tres días naturales para su subsanación, que de no llevarse a efecto en todos sus extremos, daría lugar a que su solicitud de participación quedase definitivamente rechazada.
Se podrán conceder tres días naturales para la subsanación de defectos que se deban a errores materiales o de hecho, observados en la documentación presentada.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado calificadas las ofertas.
XX. ADJUDICACION.
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, el órgano de contratación, recibida la
documentación de la Mesa de Contratación, dictará resolución de adjudicación del contrato que se publicará en el perfil del contratante en el plazo de 15 días.
Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario provisional por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria, la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación al licitador o licitadores siguientes a aquel, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo xx xxxx días hábiles para cumplimentar lo señalado en el segundo párrafo del artículo 150.2 de la Ley 9/2107, de Contratos del Sector Público.
La adjudicación definitiva, una vez acordada, será notificada a los participantes en la licitación.
XXI. FORMALIZACION DEL CONTRATO.
El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo xx xxxx días hábiles desde la fecha de la notificación de la adjudicación, el documento de formalización del contrato, al que se unirá formando parte del contrato, la oferta del adjudicatario y un ejemplar xxx xxxxxx de condiciones económico administrativas, debidamente compulsados, así como copia del Inventario de instalaciones, maquinaria y muebles, puestos a su disposición
Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración procederá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 153.4 de la Ley 9/2107, de Contratos del Sector Público.
XXII. REGIMEN JURIDICO.
La naturaleza de la relación que vinculará al adjudicatario con el Xxxxxxx xx Xxxxx, será la propia de un contrato civil de
arrendamiento de industria, dado que se arrienda un local comercial con todas las instalaciones, teniendo como destino primordial, el ejercicio en el mismo de una actividad hostelera.
En consecuencia, el contrato privado se regirá a tenor del artículo
26.2 de la Ley 9/2107, de Contratos del Sector Público, en cuanto a su preparación y adjudicación, por la citada Ley y sus disposiciones de desarrollo, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo, y en cuanto a sus efectos y extinción, se regirán por el derecho privado.
XXIII. JURISDICCIÓN COMPETENTE.
El orden jurisdiccional contencioso administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación y adjudicación de este contrato privado. Y el orden jurisdiccional civil, será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes, en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
ANEXO I
PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS PREVIOS.
(SOBRE A)
D. ..................................................................................., mayor de edad,
vecino de ..............................., con domicilio a efectos de
notificación en ……..............................., titular del DNI n.º
.................................., expedido con fecha .........................., en
nombre propio (o en nombre y representación de
..................................................... vecino de .................................., con
domicilio en ........................................................, conforme acredito con Poder Bastanteado), con número de teléfono ,
y fax ,
DECLARA
Primero.- Que ha quedado enterado del anuncio de licitación para la adjudicación del contrato que tiene por objeto el arrendamiento y explotación de la Herriko Xxxxxxx xx Xxxxx.
Segundo.- Que ha examinado y conoce el Pliego de clausulas administrativas particulares y la documentación técnica.
Tercero.- Que igualmente conoce los textos legales y reglamentarios de aplicación a la presente contratación.
Cuarto.- Que, en cumplimiento del artículo 141 de la Ley 9/2107, de Contratos del Sector Público, reconoce expresamente que reúne
todas las condiciones de capacidad y solvencia establecidas legalmente y en los Pliegos de condiciones administrativas y documentación técnica, aplicables a la presente contratación para resultar adjudicatario del presente contrato comprometiéndose a su aportación en el momento en que sea requerido por la Administración.
Que dichos requisitos relativos a las condiciones de capacidad y solvencia se reúnen con anterioridad a la finalización del plazo establecido en los Pliegos para la presentación de proposiciones.
En ….………….., a …….. de de 2020.
Firma.
ANEXO II
MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA Y OFERTA EVALUABLE DE FORMA AUTOMATICA (SOBRE B)
D. ...................................................................., mayor de edad, vecino
de , con domicilio a efectos de notificación en
……......................................, titular del DNI n.º ,
expedido con fecha .........................., en nombre propio (o en nombre y representación de ...............................................................
vecino de .................................., con domicilio en
......................................................, conforme acredito con Poder
Bastanteado), con número de teléfono ……………….., y fax
……………….…….,
DECLARA
Primero.- Que ha quedado enterado del anuncio de licitación para la adjudicación del contrato que tiene por objeto el arrendamiento y explotación de la Herriko Xxxxxxx xx Xxxxx.
Segundo.- Que ha examinado y conoce el Pliego de clausulas administrativas particulares y la documentación técnica.
Tercero.- Que igualmente conoce los textos legales y reglamentarios de aplicación a la presente contratación.
Cuarto.- Que me comprometo al arrendamiento del local objeto de la presente oferta, y propongo una renta anual inicial de
……………..euros, (debe expresarse en letra y número), a la que deberá añadirse el IVA correspondiente 21%, y que será abonada en plazos mensuales.
En estos precios se incluyen todos los demás conceptos, impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal.
Quinto.- Me comprometo a la explotación del bar, y a estar de manera permanente al servicio del mismo, y declaro que quién suscribe y el personal que se adscribirá al servicio del bar- restaurante poseen los conocimientos hablados de euskera requeridos por el pliego.
En …. a ….. de ….. de 2020.
Firma.
ANEXO III
MODELO DE OFERTA RELATIVA A CRITERIOS CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR
(SOBRE C)
D. ..........................................................................., mayor de edad,
vecino de ..............................., con domicilio a efectos de
notificación en ……....................., titular del DNI n.º
.................................., expedido con fecha ..........................., en
nombre propio (o en nombre y representación de
...................................................................., vecino de
................................, con domicilio en ,
conforme acredito con Poder Bastanteado), con número de teléfono ……………….., y fax …………..….
DECLARA
Primero.- Que ha quedado enterado del anuncio de licitación para la adjudicación del contrato que tiene por objeto el arrendamiento y explotación de la Herriko Xxxxxxx xx Xxxxx.
Segundo.- Que ha examinado y conoce el Pliego de clausulas administrativas particulares y la documentación técnica.
Tercero.- Que igualmente conoce los textos legales y reglamentarios de aplicación a la presente contratación.
Cuarto.- Que se compromete al arrendamiento del local y a la explotación del bar, en las condiciones establecidas en los Pliegos, de acuerdo con los siguientes criterios de adjudicación a incluir en el presente Sobre C:
Se incluye Memoria de explotación del bar, en la que se indican las mejoras propuestas (personal adscrito, régimen de horarios de apertura del local, respetando siempre los mínimos exigidos en el pliego y otras mejoras en la prestación del servicio).
En …………..., a ..….. de de 2020.