PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
HOSPITAL INTERMUTUAL DE LEVANTE
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
QUE HA DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PUBLICIDAD
DEL
SERVICIO DE
RESTAURACIÓN
Exp. HIL/2016/02/0003
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Í N D I C E
1. Objeto del contrato 4
2. Duración del contrato 6
3. Presupuesto 6
4. Condiciones generales 11
4.1. Servicio de alimentación a pacientes 11
4.2. Dietas especiales 13
4.3. Servicio de alimentación a personal a personal del C.R.R.L 13
4.4. Alimentos 13
4.5. Alimentos Extra 14
4.6. Menaje y mobiliario del comedor de cocina 14
4.7. Instalaciones y equipamiento 15
5. Servicio permanente de limpieza 16
6. Consumos 16
7. Personal 16
8. Uniformidad 18
9. Competencia y capacitación. Experiencia y formación 19
10. Residuos 19
11. Penalidades administrativas 20
11.1. Faltas graves 20
11.2. Faltas muy graves 20
12. Causas de rescisión del contrato 21
13. Baremos y criterios de adjudicación 22
13.1. Oferta económica 22
13.2. Proposición Técnica 23
13.3. Prestaciones adicionales 23
ANEXOS
ANEXO I. Relación de materias primas 28
ANEXO II. Servicio de deinsectación y desratización 35
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Pliego de Prescripciones Técnicas que ha de regir la Contratación del Servicio de Restauración en el Hospital Intermutual de Levante, Hospital Mancomunado de Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social, en San Xxxxxxx de Benagéber (Valencia)
0 Preámbulo
La Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por el Real decreto Legislativo 1/1994, de 20 xx xxxxx, configura a las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social como entidades colaboradoras en la gestión de ésta, bajo la dirección y tutela del Ministerio de Trabajo e Inmigración.
El Reglamento sobre colaboración de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, somete a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, así como a las entidades y centros mancomunados que constituyan, a la dirección y tutela del Ministerio de Trabajo e Inmigración. De igual modo, dicho reglamento declara que las entidades y centros mancomunados, dadas las funciones que pueden asumir, tiene la naturaleza de mutuas, estando sujetas a la normativa reguladora de éstas.
Por otro lado, la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en su artículo 3.1.g) y 3.3.b) establece la integración en el sector público, a efectos del ámbito de su aplicación, a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social en su condición de poder adjudicador, siguiendo la línea marcada por el artículo 2.1.d) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
En tal sentido, la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, en su escrito de 14 xx xxxxx de 2.008, se dirigió a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social con el objeto de que, con carácter general, adoptasen las medidas oportunas para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
El artículo 20.1. de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, establece que tendrán la consideración de contratos privados los celebrados por los entes, organismo y entidades del sector público que no reúnan la condición de administraciones públicas. Por otra parte, el artículo 13.1. de la misma Ley prevé que son sujetos a una regulación armonizada, los contratos de servicios comprendidos en las categorías 1 a 16 del anexo II, cuyo valor estimado sea igual o superior a las cuantías indicadas en el artículo 16.1.b) siempre que la entidad contratante tenga el carácter de poder adjudicador.
La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, integra a las mutuas de accidente de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social en el sector público administrativo, siendo de aplicación a las mismas lo dispuesto en su artículo 69, es decir, eficacia en la consecución de los objetivos fijados, eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos y objetividad y transparencia en la actividad administrativa.
La integración en el ordenamiento jurídico de las normas citadas hace preciso establecer criterios de actuación que permitan conjugar la capacidad de contratación que la Ley de 30/2007, de 30 de octubre, otorga a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, en su condición de poder adjudicador y la facultad de dirección y tutela encomendada al Ministerio de Trabajo e Inmigración sobre ellas, a la vista de su naturaleza de entidades colaboradoras en la gestión del sistema de la Seguridad Social.
Xxxxx Xxx entró en vigor el 1 xx xxxx de 2008, por lo que a partir de dicho momento el HOSPITAL INTERMUTUAL DE LEVANTE, Centro Mancomunado de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 292 ha venido plenamente sujeto a ella en los
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términos expuestos en la misma. No obstante lo anterior, la sucesión xx xxxxx que han modificado por diversos motivos la Ley 30/2007 unido a la existencia de otras normas en materia de financiación privada para la ejecución de contratos públicos incluidas en otros textos legislativos, han dado lugar a la elaboración del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), aprobado mediante Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, texto único en el que se han incluido debidamente aclaradas y armonizadas todas las disposiciones aplicables a la contratación del sector público. Este texto normativo ha entrado en vigor el 16 de diciembre de 2011, quedando derogada expresamente la anterior Ley de Contratos del Sector Público, Ley 30/2007.
1 Objeto de contrato
Se establecen como objeto del contrato los siguientes apartados:
a) Gestión Integral del Servicio de Restauración, tanto para pacientes como para el propio personal del Hospital.
El contrato tiene por objeto la prestación del servicio de alimentación en el Hospital Intermutual de Levante, ofertando a los pacientes un menú general de desayuno, comida, merienda, cena y/o menú especial adecuándose a las dietas que por prescripción facultativa se considere convenientes en cada caso, así como el servicio de comedor para el personal propio y autorizado del Hospital.
b) La totalidad del servicio correrá a cargo de la empresa adjudicataria que deberá articular e instalar los sistemas informáticos pertinentes que permitan:
• la identificación por paciente mediante medios electrónicos del menú a elaborar diariamente, tanto en el caso de que estos se encuentren especificados en el Diario Clínico del paciente como de aquellos pacientes a los que se les da la opción de elegir menú por consideraciones especiales o en el caso de que a un paciente se le haya instaurado una dieta especial por parte del Especialista en Nutrición (previa solicitud por el Facultativo responsable). El alcance de dicha integración incluye tanto aplicaciones informáticas como equipos que puedan generar y recibir información.
• la inscripción directa en Cocina por parte del personal que requiera servicios de alimentación. Se requiere, pues, que la empresa adjudicataria habilite en su aplicativo un formulario “electrónico” para que los trabajadores del Hospital puedan apuntarse, seleccionando de entre las diferentes opciones que permita el menú de cada día. La empresa adjudicataria deberá habilitar además en su aplicativo, de igual forma:
] un mecanismo de control que permita, por parte de cada uno de los responsables directos de cada trabajador, la autorización “electrónica” diaria de los servicios realizados que deban correr a cargo del Hospital.
] un mecanismo de informe “electrónico” mensual, tanto a Contabilidad como a Recursos Humanos, a efectos de comprobación de facturas, así como de imputación fiscal de retribución en especie en renta a todos aquellos trabajadores que hayan hecho uso del servicio cada uno de los meses del año.
Por todo ello, el adjudicatario proveerá al Hospital de un programa informático que lleve a cabo la gestión integral del servicio a prestar, desde la gestión de stocks, solicitud de menús, elaboración, control y distribución y cualquier otro aspecto que suponga un aumento en la calidad del servicio.
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No se admitirá, pues, facturación al Hospital por servicios que no hayan sido autorizados por los diferentes responsables del mismo.
Los adjudicatarios propondrán en sus respectivas ofertas el desarrollo “gráfico” de las diferentes opciones del menú del aplicativo requerido e indicarán plazo máximo de implementación a partir de la fecha de inicio del contrato.
No obstante lo anterior, una vez adjudicado el contrato, se formará una Comisión de Trabajo para validar y/o adaptar la propuesta realizada por el adjudicatario a las necesidades reales del Hospital.
En cuanto al personal del Hospital, dicha Comisión de Trabajo estará compuesta, al menos, por el Director de Sistemas de Información, el Responsable de Contabilidad y Facturación, así como el Responsable de Recursos Humanos.
En cuanto al personal del adjudicatario, al menos, Responsable Informático del Aplicativo, Responsable de la Cocina o, en su defecto, Nutricionista.
Una vez queden determinadas las necesidades del Hospital, el adjudicatario levantará acta de todo ello, incluyendo las adaptaciones a realizar en su propuesta inicial y la misma será firmada por todos los componentes de la Comisión de Trabajo.
La Comisión de Trabajo se reunirá tantas veces haga falta y levantará acta en el plazo máximo de un mes desde la fecha de la primera reunión.
El plazo máximo de implementación y puesta en marcha del nuevo aplicativo será de 3 meses a partir de la fecha de firma del acta de la Comisión de Trabajo.
La Comisión de Trabajo validará el aplicativo en un plazo máximo de 1 mes a partir de su puesta en marcha y caso de no ser conforme con la misma deberá levantarse nueva acta a firmar por ambas partes con incidencias y plazo propuesto para su resolución, no pudiendo ser éste superior a 1 mes.
El suministro, instalación y puesta en funcionamiento de dicho programa, así como todas las adaptaciones que éste precise, tendrá que ser compatible con los sistemas existentes en el Hospital en cada momento (tanto de hardware como de software), y, hasta el momento en que sea validado por el Hospital, su coste correrá a cargo del adjudicatario.
c) La adquisición y compra de alimentos, materias primas y material tanto de menaje de cocina como material de limpieza de calidad para la prestación del servicio contratado.
d) La limpieza de las instalaciones y el equipamiento correspondiente incluida la recogida y transporte de todos los residuos generados hasta el lugar de distribución habilitado al efecto.
Asimismo, la Dirección del Hospital podrá solicitar al contratista, con la antelación suficiente, servicios especiales propios de la actividad de restauración (Congresos, reuniones, servicios de café, cocktails, vinos de honor, etc) indicando el lugar de celebración y el aforo requerido en cada petición. A dicha solicitud, la empresa adjudicataria responderá con al menos tres presupuestos de las prestaciones que puedan ofrecer, de las cuales, la Dirección de HIL escogerá la que más se adecue a sus necesidades en ese momento. Estos servicios se facturarán con independencia del valor principal del contrato.
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2 Duración del contrato
El plazo de ejecución del contrato es desde el 15 de Enero de 2017 hasta el 14 de Enero de 2021.
Se contempla la posibilidad de ampliación del periodo contractual con dos prórrogas anuales. Éstas se acordarán individualmente por el Órgano de Contratación del Hospital siendo obligatorias para el adjudicatario sin que pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes.
En el caso de que al vencimiento del contrato (con o sin ejecución de las prórrogas previstas) no se haya producido todavía la adjudicación de una nueva licitación, el adjudicatario de la actual continuará la prestación del servicio, en las mismas condiciones, hasta el momento en el que ésta se produzca. La obligatoriedad anteriormente especificada sólo estará referida al plazo mínimo de tiempo que sea necesario para la adjudicación de la nueva licitación, no pudiendo superar éste en ningún caso los seis meses, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada por parte del Hospital.
3 Presupuesto
El presupuesto MAXIMO del que se dispone para el total del período contractual asciende a 2.611.904,00 euros, IVA no incluido, siendo la partida correspondiente al IVA de 261.190,40 euros, resultando un PRESUPUESTO MAXIMO TOTAL DE LICITACIÓN de 2.873.094,40 euros IVA incluido (dos millones ochocientos setenta y tres mil noventa y cuatro euros con cuarenta céntimos de euro).
Y el valor estimado del contrato, incluidas las posibles prórrogas, asciende a 3.917.856,00 euros, IVA no incluido, siendo la partida correspondiente al IVA de 391.785,60 euros, resultando un VALOR ESTIMADO MAXIMO TOTAL DE LICITACIÓN de 4.309.641,60 euros IVA incluido (cuatro
millones trecientos nueve mil seiscientos cuarenta y uno euros con sesenta céntimos de euro), si bien y a pesar del importe, el procedimiento a utilizar será el previsto para los contratos NO sujetos a regulación armonizada, de acuerdo a lo establecido en las Instrucciones Internas de Contratación del Hospital y al tratarse de un contrato de servicios tipificado como categoría 17 del Anexo II del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
ANUALIDADES | BASE IMPONIBLE MAXIMA DE LICITACIÓN IVA NO INCLUIDO | IVA SOPORTADO (10%) | PRESUPUESTO MAXIMO TOTAL DE LICITACIÓN IVA INCLUIDO |
Periodo contractual inicial | |||
15.01.17 al 14.01.18 | 652.976,00 | 65.297,60 | 718.273,60 |
15.01.18 al 14.01.19 | 652.976,00 | 65.297,60 | 718.273,60 |
15.01.19 al 14.01.20 | 652.976,00 | 65.297,60 | 718.273,60 |
15.01.20 al 14.01.21 | 652.976,00 | 65.297,60 | 718.273,60 |
Subtotal= | 2.611.904,00 | 261.190,40 | 2.873.094,40 |
Prórrogas estipuladas (posibles) | |||
15.01.21 al 14.01.22 | 652.976,00 | 65.297,60 | 718.273,60 |
15.01.22 al 14.12.23 | 652.976,00 | 65.297,60 | 718.273,60 |
Subtotal= | 1.305.952,00 | 130.595,20 | 1.436.547,20 |
TOTAL= | 3.917.856,00 | 391.785,60 | 4.309.641,60 |
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La Oferta Económica se realizará conforme al modelo que se adjunta al Pliego de Cláusulas Administrativas de la presente licitación (ANEXO IV) y contendrá el importe total, IVA INCLUIDO. Para la elaboración del presupuesto, los licitadores deberán realizar su Oferta en CÓMPUTO ANUAL, de acuerdo con el modelo de la proposición económica señalado, con el fin de que el Centro pueda prever el coste total anual del servicio.
El importe total de los gastos que se deriven de la prestación del estos servicios dependerá de las necesidades del Hospital durante el periodo de su vigencia, razón por la que se presenta a continuación un presupuesto estimado en función de los promedios previstos.
Promedio diario de pensiones estimadas
Total Pensiones Anuales Estimadas
Xxxxxx Xxxxxx de Licitación (B.
Imponible)
IVA
Soportado 10%
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx (IVA incluido)
Total Presupuesto Estimado (B.
Imponible)
IVA
Soportado 10%
Total Presupuesto Estimado (IVA incluido)
Desayunos 60 21.900,00 4,09 0,41 4,50 89.571,00 8.957,10 98.528,10
Comidas 60 21.900,00 10,77 1,08 11,85 235.863,00 23.586,30 259.449,30
Comidas PERSONAL 14 5.110,00 6,06 0,61 6,67 30.966,60 3.096,66 34.063,26
Meriendas 60 21.900,00 2,09 0,21 2,30 45.771,00 4.577,10 50.348,10
Cenas 60 21.900,00 10,77 1,08 11,85 235.863,00 23.586,30 259.449,30
Cenas PERSONAL 1 365,00 6,06 0,61 6,67 2.211,90 221,19 2.433,09
SERVICIO ALIMENTACION | 640.246,50 | 64.024,65 | 704.271,15 |
EXTRAS PERSONAL | 12.729,50 | 1.272,95 | 14.002,45 |
TOTALES= | 652.976,00 | 65.297,60 | 718.273,60 |
El servicio de alimentación incluye tanto las PENSIONES A PACIENTES como AL PERSONAL DEL CENTRO, y, dado que no es posible cuantificar el número de pensiones diarias incompletas, se establecen a efectos de facturación, los precios máximos de licitación (con y sin IVA) para cada uno de los servicios que componen una dieta completa de PACIENTES: Desayuno, Comida, Merienda y Cena, en los que ya se ha tenido en cuenta la repercusión del coste de los EXTRAS A PACIENTES (no facturables), así como los precios máximos de licitación (con y sin IVA) para cada uno de los servicios que componen la dieta del PERSONAL: En principio en algunos casos Comida y en otros Cena, si bien se establecen también los precios del desayuno y la merienda por si se diera ocasión.
Los precios unitarios para las pensiones estimadas ya han sido definidos en el presupuesto anual anterior, no obstante lo cual, es necesario señalar lo siguiente:
1.- Respecto a los servicios prestados al PERSONAL:
a) Para las pensiones, se establecen los precios unitarios MÁXIMOS a facturar desde la primera unidad, sin tramos de descuento:
DESDE LA PRIMERA PENSION | PRECIO MÁXIMO DE LICITACIÓN | IVA SOPORTADO | PRECIO MÁXIMO DE LICITACIÓN | |
(B.Imponible) | 10% | (IVA INCLUIDO) | ||
Desayunos PERSONAL | 1,85 | 0,19 | 2,04 | |
Comidas PERSONAL | 6,06 | 0,61 | 6,67 | |
Meriendas PERSONAL | 0,97 | 0,10 | 1,07 | SIN TRAMOS DE DESCUENTO |
Cenas PERSONAL | 6,06 | 0,61 | 6,67 | |
Total pensión | 14,94 | 1,51 | 16,45 |
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b) Para los Extras, se establecen los precios unitarios MÁXIMOS a facturar, también sin tramos de descuento:
Los extras de personal corresponden a la previsión del coste de los alimentos extras servidos al personal en aquellos servicios autorizados por la Dirección del Centro con el siguiente detalle:
EXTRAS | Total Unidades Anuales ESTIMADAS | Precios MAXIMOS de Licitación | IMPORTE BASE IMPONIBLE | IVA Soportado 10% | TOTAL PRESUPUESTO ESTIMADO |
Leche 1 Litro | 2.000 | 0,77 | 1.540,00 | 154,00 | 1.694,00 |
Zumo 1 Litro | 750 | 0,66 | 495,00 | 49,50 | 544,50 |
Zumo natural | 1.000 | 0,66 | 660,00 | 66,00 | 726,00 |
Yoghourt | 1.250 | 0,39 | 487,50 | 48,75 | 536,25 |
Café 1 Litro | 2.500 | 0,95 | 2.375,00 | 237,50 | 2.612,50 |
Galletas | 3.000 | 0,05 | 150,00 | 15,00 | 165,00 |
Bollería | 7.200 | 0,15 | 1.080,00 | 108,00 | 1.188,00 |
Fruta | 3.100 | 0,56 | 1.736,00 | 173,60 | 1.909,60 |
Cacao | 1.600 | 0,15 | 240,00 | 24,00 | 264,00 |
Agua Garrafa 19 Litros | 500 | 5,60 | 2.800,00 | 280,00 | 3.080,00 |
Aceite/vinagre | 6.200 | 0,08 | 496,00 | 49,60 | 545,60 |
Azúcar | 15.000 | 0,03 | 450,00 | 45,00 | 495,00 |
Sacarina | 6.000 | 0,03 | 180,00 | 18,00 | 198,00 |
Mermelada | 200 | 0,20 | 40,00 | 4,00 | 44,00 |
TOTALES= | 12.729,50 | 1.272,95 | 14.002,45 |
2.- Respecto a los servicios prestados a los PACIENTES:
En función del promedio diario mensual real de las pensiones a pacientes, se aplica A TODAS LAS UNIDADES un porcentaje de descuento sobre los precios de licitación máximos, con los siguientes tramos de facturación:
HASTA UN PROMEDIO DE 50,00 SERVICIOS DÍA
(B.Imp.) | (IVA INCL.) | ||
Desayuno | 4,09 | 0,41 | 4,50 |
Comida | 10,77 | 1,08 | 11,85 |
Merienda | 2,09 | 0,21 | 2,30 |
Cena | 10,77 | 1,08 | 11,85 |
Total pensión | 27,72 | 2,77 | 30,49 |
Comidas Personal | 6,06 | 0,61 | 6,67 |
Cenas Personal Extras | 6,06 | 0,61 | 6,67 |
(Promedio Mensual)
PRECIO MÁXIMO LICITACIÓN
IVA 10%
PRECIO MÁXIMO LICITACIÓN
SIN DESCUENTO
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HASTA UN PROMEDIO ENTRE 50,01 Y 55,00 SERVICIOS DÍA
(Promedio Mensual)
PRECIO MÁXIMO LICITACIÓN (B.Imp.)
IVA 10%
PRECIO MÁXIMO LICITACIÓN (IVA INCL.)
Desayuno 4,03 0,40 4,43
Comida | 10,61 | 1,06 | 11,67 | |
Merienda | 2,06 | 0,21 | 2,26 | DESCUENTO |
Cena | 10,61 | 1,06 | 11,67 | 1,50% |
Total pensión | 27,30 | 2,73 | 30,03 | |
Comidas Personal | 6,06 | 0,61 | 6,67 | |
Cenas Personal | 6,06 | 0,61 | 6,67 | |
Extras |
HASTA UN PROMEDIO ENTRE 55,01 Y 60,00 SERVICIOS DÍA
(B.Imp.) | (IVA INCL.) | |||
Desayuno | 3,89 | 0,39 | 4,27 | |
Comida | 10,23 | 1,02 | 11,25 | |
Merienda | 1,99 | 0,20 | 2,18 | DESCUENTO |
Cena | 10,23 | 1,02 | 11,25 | 5,00% |
Total pensión | 26,33 | 2,63 | 28,97 | |
Comidas Personal | 6,06 | 0,61 | 6,67 | |
Cenas Personal | 6,06 | 0,61 | 6,67 | |
Extras |
(Promedio Mensual)
PRECIO MÁXIMO LICITACIÓN
IVA 10%
PRECIO MÁXIMO LICITACIÓN
HASTA UN PROMEDIO ENTRE 60,01 Y 65,00 SERVICIOS DÍA | PRECIO MÁXIMO LICITACIÓN | IVA 10% | PRECIO MÁXIMO LICITACIÓN (IVA | |
(Promedio Mensual) | (B.Imp.) | INCL.) | ||
Desayuno | 3,76 | 0,38 | 4,14 | |
Comida | 9,91 | 0,99 | 10,90 | |
Merienda | 1,92 | 0,19 | 2,12 | DESCUENTO |
Cena | 9,91 | 0,99 | 10,90 | 8,00% |
Total pensión | 25,50 | 2,55 | 28,05 | |
Comidas Personal | 6,06 | 0,61 | 6,67 | |
Cenas Personal | 6,06 | 0,61 | 6,67 | |
Extras |
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El presupuesto anual se ha confeccionado teniendo en cuenta el máximo promedio del último tramo y los precios máximos del primer tramo, que es para el que tendrán que ofertar todos los licitadores y sobre el que se aplicarán los descuentos que proceda en función del tramo de facturación.
Se han revisado al alza el promedio diario de las pensiones estimadas de cara a prever el aumento en la demanda del servicio por parte de todas las Mutuas Partícipes del Hospital.
Actualmente, el promedio “real” de pensiones del ejercicio 2016 es de 52.
Serán excluidas las proposiciones económicas presentadas que no liciten a la totalidad de los baremos.
NINGUN precio unitario ofertado por los licitadores podrá superar los precios unitarios MAXIMOS DE LICITACION, caso contrario, la proposición será desestimada.
Las ofertas en cómputo anual que presenten los licitadores NO podrán superar el presupuesto de licitación de dicha anualidad, caso contrario, serán desestimadas.
Será causa de exclusión de la Oferta la presentación de documentación que sirva para realizar cualquier valoración económica en un sobre diferente al correspondiente a la documentación económica, Sobre C.
Las cantidades propuestas para la adjudicación son estimadas quedando supeditadas en todo caso a las necesidades del Hospital. La variación a la baja de dicho crédito, no modificará en ningún término las condiciones establecidas en su Oferta, por lo que HOSPITAL INTERMUTUAL DE LEVANTE declina cualquier responsabilidad en relación a la remuneración de los servicios no prestados en caso que el número de servicios efectivamente realizados sea menor que la estimación de servicios ya detallada anteriormente.
A tener en cuenta respecto a los servicios prestados a los PACIENTES:
1.- Los precios se aplicarán según el tramo que proceda para el promedio mensual del servicio en cuestión, es decir, que se aplicará un tramo para los desayunos, otro para las comidas, otro para las meriendas, y otro para las cenas, en función del promedio mensual de cada uno de ellos.
2.- Dentro de los precios de los desayunos, comidas, meriendas y cenas ya está incluida la repercusión del coste de los extras que obligatoriamente se habrán de servir a aquellos pacientes que lo soliciten, por tanto este coste no es facturable por separado de ninguna forma.
3.- En caso de mantenerse una situación prolongada y continuada en el tiempo (superior a seis meses) en la cual el promedio mensual de pensiones tuviera un descenso superior al 20% de las pensiones máximas del primer tramo de facturación, en al menos dos de los cuatro servicios a prestar (desayuno, comida, merienda y cena), y siempre que uno de ellos sea comida o cena, los precios de los servicios aplicados en el primero de los tramos especificados en la tabla anterior, podrán ser sujetos a una revisión al alza. El adjudicatario podrá solicitar a la Dirección del Hospital dicha revisión por escrito, asumiendo en última instancia el porcentaje a aplicar determinado por el Hospital.
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4 Condiciones generales
La gestión del aprovisionamiento de la materia prima correrá, en su totalidad, a cargo de la empresa adjudicataria (selección de Proveedor, selección de materias primas, recepción, almacenamiento y conservación de las materias primas seleccionadas, caducidades, inventario anual, etc…). Las materias primas vienen relacionadas en el Anexo I.
El aprovisionamiento tanto del material de menaje de cocina como del material de limpieza necesario correrá a cargo del adjudicatario.
La empresa adjudicataria se encargará en todo caso del emplatado centralizado de comidas en bandejas individuales para cada paciente perfectamente identificadas con el debido cuidado en la presentación del mismo. Se exigirá además al adjudicatario que dicha entrega se realice en condiciones óptimas de temperatura. Todas las características a determinar en cuanto a este ítem deberán ser consensuadas con la Dirección de Enfermería del Hospital.
El adjudicatario pondrá a disposición del HIL, un sistema de selección de menús por medios electrónicos de modo que dicha selección se realice de forma individualizada a pie de cama del paciente mediante dicho dispositivo el cual deberá volcar sus datos tanto en la red informática del Hospital como de la propia cocina. Por otro lado, el adjudicatario tendrá obligación de proveer al HIL de la red adecuada que permita la conexión entre el sistema informático actual del hospital y la red de cocina.
Será obligación del adjudicatario el traslado de los alimentos y servicios tanto normalizados como extras desde las instalaciones de la cocina hasta el control de los diferentes Servicios, Departamentos y Plantas.
El contratista garantizará el servicio para peticiones de servicios o productos extra desde las unidades de hospitalización para cubrir cualquier necesidad que se origine en un horario de 08.00 h a 21.00 h y su distribución según las características citadas anteriormente.
El adjudicatario pondrá a disposición del HIL, además del dietista en presencia, todo el soporte de su Departamento especializado de Nutrición y Dietética, que incluye la supervisión y elaboración, junto al dietista, del plan nutricional tanto para pacientes (dietas basales y específicas) como para los empleados del HIL.
Será imprescindible, y causa de exclusión de la correspondiente oferta, la no inclusión en el Sobre B de los curriculum vitae del/los nutricionista/s responsables de la prestación de este servicio.
Se cubrirá el servicio de reposición de menaje y útiles que se solicite tanto por las Unidades de hospitalización como por aquellos Departamentos y/o Servicios autorizados. La empresa adjudicataria presentará a requerimiento de la Dirección del Hospital la relación de los mismos, en todo caso, al menos una vez al año al cierre de cada ejercicio.
El adjudicatario se responsabilizará de la limpieza general y del mantenimiento en perfectas condiciones de uso de maquinaria, instalaciones y utensilios de la cocina.
4.1. Servicio de alimentación a pacientes
La empresa adjudicataria será la encargada de la confección y planificación del menú general para los pacientes así como de menús específicos, siempre bajo prescripción médica.
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Será imprescindible la elaboración de un calendario semestral en el que se especifique la programación de los menús basales. En la relación de menús de las distintas dietas se adjuntarán siempre las correspondientes fichas técnicas de los productos en las que se especificarán perfectamente los gramajes de la materia prima incluida. Cantidad, ingredientes, etc…junto con las marcas asociadas a cada producto y material prima y el Proveedor al que se solicitan.
La relación de menús deberá tener una rotación semanal y estacional.
Se realizarán servicios de desayuno (08.00h), comida (13:30h), merienda (17.00h) y cena (19.30h) cuya descripción se detalla a continuación:
Desayuno
* Leche con café o cacao o infusiones o zumo.
* Panecillo o biscottes y cereales o bollería fresca (ensaimada, croissant o xxxxxxxxx).
* Mantequilla y mermelada o fiambre.
* Azúcar o sacarina.
* Agua embotellada (50 ml)
Merienda
* Galletas (paquete de 5 uds)
* Una pasta
* Leche con café o cacao
* Zumo
* Agua embotellada (50 ml)
Comida/Cena:
* Primer Plato (a escoger entre): Elaborado a base de cremas, sopas, pastas, arroces, verduras, legumbres…
* Segundo Xxxxx (a escoger entre): Elaborado a partir xx xxxxxx, pescados, aves, huevos y derivados con distinta variedad de guarnición.
* Postre: Fruta fresca y producto lácteo.
* Pan (a escoger ente): Normal, Integral o biscottes.
* Bebida: Agua mineral embotellada ( 50 ml).
La solicitud de cambio de horario para las Unidades de Hospitalización por causa de altas, intervenciones o cualquier otra circunstancia que lo haga necesario así como las anulaciones de los mismos se realizarán antes de las 12.30h y de las 18.30h en el caso de la comida y la cena respectivamente.
Las dietas blandas solicitadas por prescripción facultativa incluirán o podrán incluir purés industrializados (hiper-hipo/proteicos, hiper-hipo/lipídicos) o bien purés elaborados en la cocina del Hospital (en cualquiera de los dos casos siempre bajo autorización de Dirección de Enfermería del HIL). En el primer caso, la ficha técnica deberá ser revisada por el Servicio de Farmacia del HIL.
El adjudicatario consensuará con la Dirección de Enfermería los diferentes menús especiales a establecer (diabéticos, hiperproteicos, celiacos, de diferentes aporte calórico, dieta pobre en sal, rica en fibra, dieta triturada, dieta blanda, dieta semiblanda, etc…). Éstos deberán figurar en el calendario semestral de menús junto con los menús basales presentados.
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4.2. Dietas Especiales
Servicio de dieta especial individualizada a determinados pacientes con características especiales (estancias muy prolongadas, personal del HIL, lesionados medulares, etc…) a los cuales, el adjudicatario ofrecerá la posibilidad de elegir el menú diario entre tres opciones diferentes. Para casos de intolerancias especiales el adjudicatario vendrá obligado a salir del hospital, si es necesario, y a proveer a su cargo aquellos productos que se requieran y de los que no se disponga.
4.3. Servicio de alimentación a personal del HIL
El personal del HIL tendrá derecho al servicio de comida, siempre previa autorización de la Dirección del Centro o quién en ésta delegue.
El menú de comidas de los empleados del HIL incorporará además de lo relacionado para los pacientes un aperitivo compuesto por frutos secos, papas, enlatados, charcutería o similar, así como autoservicio de bebidas: agua y refrescos de lata, incluyendo cerveza sin alcohol y vino (productos de primeras marcas). Por tanto, el adjudicatario deberá proceder a la instalación de una nevera con puerta de cristal en el comedor del personal.
En caso de ser necesaria la confección de dietas especiales para el personal del HIL se avisará a la empresa adjudicataria con la suficiente antelación (se realizará según margen de existencias y posibilidad diaria).
El horario del comedor para el personal autorizado del HIL es de 14.00h-15.30h a excepción de casos concretos debidamente justificados en cuyo caso el servicio podrá ser recibido con anterioridad o posterioridad al horario establecido.
4.4. Alimentos
Todos los productos servidos tendrán que cumplir con la normativa legal vigente y en particular con el código alimentario “Codex alimentarius” atendiendo a las directrices contenidas en este Pliego y a las marcadas por la Dirección de Enfermería que deberá dar conformidad en todo caso. Por su parte, los productos enlatados deberán cumplir además la normativa vigente en cuestión de etiquetado, envasado y registro sanitario.
Los Proveedores escogidos por la empresa adjudicataria deberán estar acreditados y sujetos a las instrucciones y normativas vigentes, siendo el responsable en todo momento, y bajo cualquier circunstancia, la empresa adjudicataria y no el Proveedor, de las alteraciones presentadas en los productos suministrados.
Siempre se adjuntarán las fichas técnicas de productos y materias primas utilizadas.
En el Anexo I del presente Xxxxxx se especifican las materias primas y la calidad mínima exigida de cada una de ellas que se consideran obligatorias para el perfecto desarrollo del servicio dentro de los parámetros exigidos en el presente contrato. El incumplimiento en este punto será causa de rescisión de contrato sin necesidad de reiteración de la incidencia.
El pan y la bollería que presenten formando parte del menú se encontrarán siempre envasados de forma individual.
Los líquidos calientes se servirán desde el carro de distribución ubicado ya en cada Planta y/o Servicio directamente desde un termo tal que conserve la temperatura adecuada hasta su recepción por parte del paciente.
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La fruta servida será de temporada, variable, de calibre adecuado y en el punto de maduración idónea.
Cualquier otra situación relativa al presente punto que no se encuentre contemplada en el presente Xxxxxx y que por necesidades deban ser incorporadas, se negociará puntualmente y de mutuo acuerdo entre el adjudicatario y la Dirección del Hospital y/o Dirección de Enfermería en el momento correspondiente tanto en aspectos cualitativos como cuantitativos y/o económicos.
En todo momento, el Hospital se guarda el derecho a comprobar si la calidad y cantidad de los alimentos servidos es la solicitada en el Pliego reservándose la potestad a exigir la retirada de los productos que no reúnan las debidas condiciones. En cualquier momento, el HIL podrá realizar inspecciones, determinaciones analíticas o controles para detectar cualquier tipo de alteración.
4.5. Alimentos Extra
Los alimentos solicitados que no se encuentren recogidos en la pensión diaria de los pacientes serán considerados como alimentos extra y quedarán incluidos en el precio de adjudicación que quede establecido para dicha pensión diaria. Sólo se facturarán de forma independiente los productos extra solicitados por determinados Servicios (entre ellos Quirófanos y Urgencias), siempre que éstos hayan sido solicitados por el personal autorizado a tal efecto por la Dirección del Hospital.
La inclusión de nuevos productos y su precio deberá ser acordada por el adjudicatario con la Dirección del HIL.
El adjudicatario no podrá preparar ni cocinar alimentos con finalidad distinta del objeto de este contrato.
Cualquier otra situación relativa al presente punto que no se encuentre contemplada en el presente Xxxxxx y que por necesidades deban ser incorporadas, se negociará puntualmente y de mutuo acuerdo entre el adjudicatario y la Dirección del Hospital y/o Dirección de Enfermería en el momento correspondiente tanto en aspectos cualitativos como cuantitativos y/o económicos.
En el punto 3 del presente Xxxxxx (Presupuesto del contrato) se especifican los productos solicitados como extras de personal y la estimación anual de sus consumos junto a los precios máximos de licitación para cada uno de ellos. El HIL no se hace responsable de la variación de dichos consumos ni al alza ni a la baja considerándose en todo momento como estimativos.
4.6. Menaje y mobiliario del comedor de cocina
4.6.1. Menaje de cocina (cubertería, mantelería, cristalería, consumibles…)
El HIL dispone en la actualidad de un stock de material de menaje de cocina que será inventariado en el momento de la incorporación de la nueva empresa adjudicataria así como al término de cada ejercicio hasta el fin de existencias cuya relación será debidamente firmada tanto por el adjudicatario como por la Dirección del Hospital.
Este material quedará a disposición del adjudicatario para ser utilizado durante el periodo de vigencia del contrato.
El material de menaje de cocina necesario para desarrollar la actividad diaria que no se encuentre formando parte del stock del HIL por su ausencia, desgaste o rotura o que cuya adquisición surja como consecuencia de una nueva necesidad, será aportado en su totalidad por la empresa adjudicataria siendo imprescindible la correspondiente conformidad por parte de la Dirección de Enfermería del Hospital.
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Se exigirá por parte del Hospital en todo momento que las existencias sean suficientes y adecuadas para buen funcionamiento del servicio siendo causa de rescisión del contrato el desarrollo de un servicio deficiente a causa de escasez de material y menaje de cocina.
Al finalizar el contrato, la empresa adjudicataria deberá realizar un nuevo inventario del menaje de cocina disponible en el que como mínimo se mantendrá cubierta la relación presentada al inicio del contrato tanto en tipo de materiales como en la cantidad de los mismos.
4.6.2. Mobiliario comedores
El HIL dispone en la actualidad de un comedor con dos salas para los empleados cuyo mobiliario se pondrá a disposición del adjudicatario.
Descripción de mobiliario:
18 mesas (80x80 cms) 54 sillas
4.7. Instalaciones y equipamiento
El HIL cuenta con todo el equipamiento necesario para realizar la actividad del presente servicio actualmente.
Durante el periodo establecido para la presentación de las Ofertas por parte de los licitadores se concretará un día de visita a dichas instalaciones de modo que el licitador se pueda ajustar a la realidad del Hospital. Dicho día de visita quedará publicado en el Perfil del Contratante.
El adjudicatario se compromete a mantener en perfectas condiciones los locales y el equipamiento del Hospital corriendo a su cargo los gastos ocasionados por el deterioro de los mismos que no sea consecuencia del uso normal al que se destinan. En ese sentido, los gastos que se generen por cualquier daño producido al Hospital tanto por la empresa adjudicataria como por cualquiera de las empresas suministradoras de dicha empresa adjudicataria, deberán ser asumidos por ésta última, reservándose el Hospital el ejercicio de todas aquellas actuaciones que legalmente le correspondan.
La empresa adjudicataria también vendrá obligada a asumir, sin coste para el Hospital, el mantenimiento preventivo de los equipos del servicio de restauración, debiendo informar, al menos con una periodicidad anual, de todas las actuaciones llevadas a cabo respecto a cada uno de ellos.
La empresa adjudicataria no podrá reformar ni añadir elementos a la estructura inicial sin autorización expresa de la Dirección del Hospital. En ningún caso, adquirirá derecho sobre los locales o instalaciones existentes a excepción de los derivados de la utilización de la misma durante el periodo de vigencia del contrato.
Señalar en este apartado que existe una reserva a favor de EUREST en relación al contrato suscrito con dicha comercial, actualmente en vigor, que establecía la inversión en equipamiento por importe de 66.379,30 €, iva no incluido, a amortizar en 72 mensualidades. En base a la estipulación tercera de dicho contrato, párrafo tercero, si por cualquier causa EUREST cesa en el servicio antes de que haya sido amortizado totalmente dicho equipamiento, el nuevo prestador del servicio, es decir, el adjudicatario del actual concurso, deberá abonar a EUREST, en el momento en que se produzca la firma de su oportuno contrato, la cuantía pendiente de amortizar, QUE AL 15 DE ENERO DE 2017, FECHA PREVISTA DE INICIO DEL CONTRATO, SERA DE 44.596,57 €.
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En el caso de que el contrato no pueda iniciarse en la fecha prevista, el Hospital notificará al adjudicatario el nuevo importe del que deberá hacerse cargo, que, lógicamente, será inferior al informado en el párrafo anterior, en la medida en que el Hospital amortizará más cuotas en la facturación que al respecto tenga que seguir repercutiéndose por parte de EUREST.
5 Servicio permanente de limpieza
La empresa adjudicataria se encargará de la limpieza de las zonas utilizadas y de las instalaciones y el equipamiento de las mismas. Será requisito indispensable por parte del adjudicatario el presentar un programa de limpieza que cumpla con la normativa vigente en esta materia en el que se contemplarán como mínimos los siguientes baremos: zonas, equipamientos e instalaciones incluidos en el programa, forma de actuación, periodicidad de la limpieza, productos a utilizar, protocolos de trabajo y cualquier otro ítem que se considere de interés para el completo conocimiento por parte del HIL del plan de limpieza presentado. Este programa de limpieza deberá ser aprobado por la Encargada del Hospital consensuándolo con lo utilizado en el resto del Hospital en los aspectos en que ésta lo considere necesario.
La limpieza de los pasillos de acceso a las zonas utilizadas será realizada por la empresa adjudicataria que mantendrá el nivel de higiene exigible para cualquier establecimiento de Hostelería ajustándose en todo momento a las indicaciones del Hospital.
Todos los productos de limpieza y desinfección utilizados tanto en las instalaciones de uso como de los accesos a la misma correrán a cargo de la empresa adjudicataria, incluyendo asimismo a su cargo el servicio de desinfección, desinsectación y desratización en los términos y con, al menos, la frecuencia, tipo y periodicidad que se describen en el Anexo II. Por otro lado, el adjudicatario será a su vez responsable de mantener en perfectas condiciones de limpieza y desinfección todo el material y equipamiento tanto el contenido en las instalaciones de cocina como en que se utiliza para el transporte de alimentos así como aquél que le llega al paciente. La no presentación del Plan de Limpieza en la Oferta de un licitador supondrá directamente la desestimación de la misma.
6 Consumos
El Hospital facilitará a la empresa adjudicataria agua, teléfono, energía eléctrica y gas en la cuantía necesaria para el desarrollo satisfactorio del servicio contratado asumiendo su cargo en todo momento. Por otra parte, el HIL se guarda la protestad de facturación a la empresa de dichos consumos si existiera un abuso o mal uso de los mismos.
7 Personal
El personal de cocina responsable de la manipulación de alimentos seguirá en todo momento las directrices marcadas al respecto por la normativa sanitaria y poseerá, en todo caso, la acreditación profesional correspondiente.
Con el objetivo de facilitar el cálculo del precio de licitación a todas y cada una de las empresas licitadoras, se presenta a continuación detalle y coste previsto del personal para el 2017 (*):
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Trabajador | Contrato | F.antig. | Den.Puesto | T.Jornada | % HorTbjo |
1 | 00540 Temporal | 01/04/1979 | AUX COLECTIVIDADES | Parcial | 15.00 |
2 | 00540 Temporal | 02/06/1984 | COCINERO | Parcial | 15.00 |
3 | 00540 Temporal | 15/01/1975 | CAMARERO | Parcial | 15.00 |
4 | 00189 Fijo | 13/09/1983 | ENCARGADO/A | Completa | 100.00 |
5 | 00100 Fijo | 04/01/2001 | COCINERO | Completa | 100.00 |
6 | 00100 Fijo | 05/04/2005 | AUX COLECTIVIDADES | Parcial | 50.00 |
7 | 00189 Fijo | 06/02/2006 | AUX COLECTIVIDADES | Completa | 100.00 |
8 | 00189 Fijo | 05/02/2007 | AUX COLECTIVIDADES | Completa | 100.00 |
9 | 00189 Fijo | 23/02/2007 | AUX COLECTIVIDADES | Completa | 100.00 |
10 | 00100 Fijo | 01/12/2013 | COCINERO | Completa | 100.00 |
11 | 00100 Fijo | 03/03/2008 | COCINERO | Completa | 100.00 |
12 | 00100 Fijo | 06/04/2009 | DIETISTA CENTRO | Completa | 100.00 |
13 | 00100 Fijo | 04/10/2013 | CAMARERO | Completa | 100.00 |
14 | 00100 Fijo | 16/06/2014 | COCINERO | Completa | 100.00 |
15 | 00510 Temporal | 15/02/2016 | LIMPIADOR/A | Parcial | 67.50 |
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TOTAL COSTE ESTIMADO 2017 = 322.000,00 €
(*) Tabla y coste estimado según los datos proporcionados por el actual adjudicatario.
El adjudicatario procederá a la subrogación del personal adscrito al HIL, el cual no podrá incrementarse disminuirse ni variarse sin la conformidad de la Dirección del Hospital. El incumplimiento de esta cláusula podrá conllevar la rescisión unilateral del contrato por parte del HIL.
Las tarifas de las pensiones han sido calculadas teniendo en cuenta los costes actuales de personal por lo que los adjudicatarios deberán presentar sus ofertas económicas en base a ellos.
Una vez iniciada la ejecución del contrato se podrán proponer ajustes de personal cuando se produzcan las siguientes circunstancias:
• Que exista inadecuación de dotación de plantilla (número) respecto a la actividad real que se produzca y se proponga el traslado de alguno de los trabajadores con contrato de relevo a otro centro de trabajo del adjudicatario.
• Que el adjudicatario proponga ajustes de personal por motivos de baja productividad o incumplimiento en el desempeño de funciones, u otros ajustes, siempre que éstos sean adecuadamente justificados y autorizados por la Dirección del Centro, o que ésta proponga ajustes respecto a trabajadores a cargo del adjudicatario que no actúen con la debida corrección dentro de sus instalaciones o que incumplan alguna de las normas internas del Hospital.
• Que durante la ejecución del contrato, se planteen jubilaciones totales o parciales respecto al personal a cargo del adjudicatario.
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Por tanto, una vez iniciada la ejecución del contrato se podrán plantear por parte del adjudicatario o del propio HIL nuevas propuestas que permitan una mayor eficiencia en la asignación de los recursos adscritos. Dichas propuestas deben ser suficientemente justificadas e incluirán, en su caso, el ajuste a la baja a realizar en el importe de adjudicación, siempre y cuando dichas propuestas conlleven una amortización de puestos de trabajo, de tal manera que la reducción de costes no sólo redunde en beneficio del adjudicatario, sino también del propio Centro, y todo ello según lo indicado en las Cláusulas Administrativas de la presente licitación. El HIL podrá decidir sustituir la revisión de precios por un aumento tanto cualitativo (nuevas técnicas de limpieza, tecnologías o similar) como cuantitativo (frecuencias) en la prestación de los servicios licitados, incorporando otros adicionales que compensen de igual forma el ahorro de costes del adjudicatario.
En todo caso, respecto a las propuestas realizadas por el adjudicatario, se requerirá para su ejecución la aceptación formal por parte de la Dirección del HIL.
El personal necesario para la prestación del Servicio de Restauración será controlado por la empresa adjudicataria corriendo de su cuenta el pago de todas las obligaciones derivadas de estos contratos y siendo éste responsabilidad suya exclusivamente.
La empresa adjudicataria deberá cumplir con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo referidas al personal a su cargo sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relaciones con el HIL ni exigir a éste responsabilidades de ninguna clase como consecuencia de las obligaciones exigentes entre adjudicatario y empleados.
El adjudicatario cubrirá a su cargo todas las ausencias que se originen por motivos de períodos vacacionales, festivos, baja laboral o absentismo y deberá presentar con la periodicidad que se establezca un listado del personal a su cargo en el que quede reflejado la situación y antigüedad de cada empleado (MINIMO ANUAL), así como adjuntar copia del documento de cumplimiento con las tributaciones a la Seguridad Social (MINIMO MENSUAL). La Dirección del Hospital, podrá corroborar en cualquier momento que las personas que se encuentren desarrollando el servicio especificado correspondan con las que figuran en dicho cumplimiento.
El contratista se responsabiliza del correcto comportamiento de su personal en cuanto a atención al usuario evitando faltas o demoras en el servicio así como de los daños provocados por éstos, sean materiales o personales, producidos por un mal uso o abuso de los mismos o cualquier otra causa que no sea el comportamiento adecuado y uso correcto de las instalaciones o bienes del HIL pudiendo exigir la Dirección del Hospital que el contratista prescinda del trabajador en cuestión para los servicios objeto del presente contrato. A su vez, será responsabilidad del contratista, las sustracciones de cualquier material, valor y efecto que quede probado hayan sido efectuadas por su personal.
El HIL podrá exigir al contratista los documentos justificantes de los reconocimientos médicos de los trabajadores que presten el servicio del presente contrato, a que como empresa, le obliga la legislación vigente.
8 Uniformidad
La uniformidad escogida para el personal que desarrolle el Servicio de Restauración deberá contar con la conformidad de la Dirección del Hospital. El HIL se reserva la potestad de solicitar a la empresa adjudicataria algún cambio en el tipo y/o en las características de la misma si así lo considera oportuno.
El gasto correspondiente a la uniformidad correrá en su totalidad a cargo de la empresa adjudicataria. El adjudicatario velará por la correcta higiene de la uniformidad del personal, especialmente de aquéllos encargados de la distribución del emplatado.
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9 Competencia y capacitación. Experiencia y formación.
La empresa adjudicataria deberá presentar en todo caso:
- Plan anual de formación.
El adjudicatario deberá presentar un plan anual de formación indicando a qué colectivo va dirigido así como el lugar dónde se celebra y su duración.
- Plan de calidad y medio ambiente.
La empresa adjudicataria deberá presentar un plan de calidad del servicio a prestar en el que se detallarán los planes de acción relativos a los siguientes parámetros:
• Plan de limpieza de los locales e instalaciones correspondientes (así como de los accesos a los mismos).
• Plan de APPCC (Análisis de los Peligros y Puntos de Control Críticos) para identificar, evaluar y mantener bajo control mediante procedimiento predeterminados los peligros que puedan afectar a las diferentes fases de la cadena alimentaria: recepción de materias primas (transporte, envasado y etiquetado), almacenamiento, descongelación, alimentos preparados, alimentos elaborados, manipulación, emplatado y distribución.
• Estudio mensual de determinaciones microbiológicas a través de un Centro externo homologado referido tanto a los componentes del menú como a los utensilios así como al estudio de placas de contaminación superficial. Este estudio, por otra parte, podrá ser realizado en cualquier momento por el HIL. Guía de Buenas Prácticas.
• Certificaciones ISO. La empresa adjudicataria deberá contar con todos los recursos necesarios para el cumplimiento de todos los procedimientos y requerimientos que se exigen para el mantenimiento de dichas certificaciones. En la actualidad, el HIL está certificado con la ISO 9001.
• Programa de gestión de residuos.
• Evaluación de riesgos laborales.
• Recursos necesarios para el cumplimiento de todos los procesos y requerimientos derivados de las certificaciones de las que dispone el Hospital.
10 Residuos
La gestión de los residuos derivados del desarrollo del Servicio de Restauración se realizará en base a los que establece el Sistema de Gestión Medioambiental del Hospital.
La mayor parte de los residuos generados de la actividad normal diaria pueden clasificarse como residuos del Grupo I, residuos sin riesgo, y no requerirán tratamiento externo específico. El transporte de éstos hasta el lugar de distribución que el HIL designe, correrá a cuenta del adjudicatario.
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En el caso de residuos que sí requieren tratamiento externo específico, como es el caso de los aceites, la retirada y el tratamiento se realizarán por un empresa externa especializada para esta actividad siendo su coste asumido por la empresa adjudicataria en su totalidad.
Todos los materiales necesarios para la clasificación y retirada de cualquier tipo de residuo (contenedores, bolsas, etc…) correrán a cargo de la empresa adjudicataria.
11 Penalidades Administrativas
11.1. Faltas graves
- Retraso injustificado en los horarios de servir comidas.
- Cambio injustificado de menú preestablecido.
- Falta de higiene y limpieza según los criterios establecidos.
- Mala conservación de los alimentos.
- Incumplimiento de cantidades y calidades estipuladas.
- Trato desconsiderado del personal contratista hacia los usuarios.
- Incorporación de nuevos protocolos sin previa autorización por parte del Hospital.
- Almacenamiento en cámaras para la reutilización de productos elaborados que por los procesos de calentamiento y enfriamiento al que han sido sometidos, no aconsejen su uso.
- No acreditar con periodicidad mensual encontrarse al corriente en el pago de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con los trabajadores así como la no presentación de toda la documentación requerida en los Pliegos de Especificaciones Técnicas o Cláusulas Administrativas Particulares de la presente licitación.
11.2. Faltas muy graves
- Acumulación de dos faltas graves en menos de un mes.
- Acumulación de cuatro faltas graves a lo largo de la duración del contrato.
- No dar comienzo a la prestación del servicio dentro del plazo previsto para ello o finalización del mismo con anterioridad al plazo estipulado.
- Incumplimiento de las obligaciones especificadas tanto en el presente Pliego como en las Cláusulas Administrativas de la presente licitación.
- Quejas justificadas por escrito de pacientes, usuarios o trabajadores del Hospital al servicio que se presta por parte del adjudicatario.
- La falsedad comprobada de la información facilitada por la empresa adjudicataria en sus datos.
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- El deterioro grave de las instalaciones ocasionadas por negligencia grave, abandono o mal uso por parte del personal del contratista.
- La intoxicación de usuarios debido al uso y/o no cumplimiento de las buenas prácticas de manipulación de los alimentos.
- La ausencia total o parcial de personal que suponga el cumplimiento no adecuado del servicio contratado.
- Las alteraciones de los precios vigentes o el cobro indebido de los mismos.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, haya incurrido en alguna de las faltas especificadas se le aplicará la siguiente sanción:
TIPO DE FALTA | DESCUENTO DE FACTURACIÓN MENSUAL (%) |
GRAVE | 5 |
MUY GRAVE | 10 |
La consecución de dos incidencias (independientemente de su clasificación) en un periodo anual podrá ser causa de rescisión del contrato con el adjudicatario según criterio de la Dirección del HIL, sin necesidad de notificación previa.
Las penalizaciones se impondrán de forma inmediata a la factura siguiente de la incidencia formalizada haciéndose efectiva mediante la deducción de las cantidades que en concepto de pago total o parcial deban abonarse al contratista.
El contratista asumirá el coste inherente a la subsanación de los desperfectos ocasionados así como las responsabilidades que se derivan de cada acción realizada u omisión de la misma por su parte o la de sus empleados.
12 Causas de rescisión del contrato
La Dirección del HIL se reserva el derecho a realizar cuantas auditorías, inspecciones o supervisiones estime oportunas, a fin de conocer el grado de cumplimiento del servicio y si este se presta en las condiciones contratadas.
El incumplimiento por parte de la empresa adjudicataria de cualquiera de las tareas principales y complementarias designadas será penalizado no abonándose las facturas pendientes de pago.
Serán causa de rescisión del contrato:
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• Incumplimiento de la ejecución del servicio detallado.
• El incumplimiento de lo establecido sobre la sustitución del personal.
• La falta de rigor técnico, el inadecuado trato al paciente o cualquier otro aspecto que suponga una disminución de la calidad del servicio, tanto técnica como en la atención al usuario, será penalizada según la Dirección del Hospital considere en cada caso.
• La reiterada aplicación, sucesiva o no, de penalizaciones, cualquiera que sea la naturaleza de las mismas.
• El incumplimiento de cualquiera de los requerimientos exigidos tanto en el presente Xxxxxx como en el Pliego de Cláusulas Administrativas y/o en el contrato formalizado con el adjudicatario.
Para ejecutar la rescisión del contrato, la Dirección del HIL no tendrá obligación de devolver al adjudicatario cantidad ni indemnización alguna ni de notificar dicho hecho con antelación alguna.
13 Baremos y criterios de adjudicación
13.1. Oferta económica (puntuable hasta un máximo de 70 puntos).
Con carácter previo a la determinación de la puntuación económica se aplicará el umbral fijado en las cláusulas administrativas, por debajo del cual se considera que las proposiciones no pueden ser cumplidas como consecuencia de ser desproporcionadas o temerarias.
La mayor puntuación (70 puntos) se asignará a la oferta económica más baja entre las admitidas (teniendo en cuenta que el importe más bajo que se admitirá, a efectos de cómputo y cálculo de esta puntuación, será el de la baja temeraria), distribuyendo la puntuación a las restantes ofertas (IVA excluido) de modo decreciente y de acuerdo con la siguiente fórmula:
Pi = Bi + Pmáx - Bmáx
Siendo:
Pi = Puntuación que se obtendrá con una oferta económica determinada.
Bi = Porcentaje de baja de dicha oferta económica respecto al presupuesto base de licitación (IVA excluido).
Pmáx = Puntuación máxima con la que se valorará la oferta económica (en este caso 63 puntos). Bmáx = Porcentaje de baja de la oferta más económica respecto al precio de licitación (IVA excluido).
En el caso de que la puntuación fuera igual o inferior a “0”, se tomará como valor de puntuación “0”.
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13.2. Proposición técnica (puntuable hasta un máximo de 15 puntos).
Se puntuarán con especial atención los siguientes ítems:
• Plan nutricional del servicio de alimentación. Rotación de menús (4 puntos).
• Materia prima (3 puntos).
] Relación de proveedores de principales materias: pan, carne, pescado, arroz, bebidas.
] % de proveedores de proximidad regional, entendiendo por ésta una distancia inferior a 50 Km del Hospital.
• Equipo humano: (5 puntos).
] Descripción de la política de recursos humanos (0,50 puntos)
] Diseño de la plantilla adscrita al HIL (0,50 puntos)
] Especialista en nutrición. Curriculum vitae (1,50 puntos)
] Xxxxxxxx y cargas de trabajo de la plantilla destinada al HIL (1 punto)
] Curriculum Vitae del Delegado/Encargado del HIL (1,50 puntos)
• Plan anual de formación (1 punto).
• Plan de calidad y medio ambiente (1 punto).
• Plan de mantenimiento preventivo de los equipos (1 punto).
El licitador presentará:
- La descripción detallada de la organización de los medios personales y materiales de los que dispone para la consecución del objeto contractual cumpliendo siempre con los criterios mínimos exigidos en el presente Pliego.
- Así como cualquier información que prevea de interés para la evaluación de su Oferta.
La Proposición Técnica no podrá superar las 10 páginas y responderá en el mismo orden a cada uno de los ítems a valorar, si bien en anexo se podrá acompañar toda la documentación que se precise para la justificación del cumplimiento de los requisitos mínimos xxx xxxxxx y/o de la oferta presentada.
13.3. Valoración de prestaciones adicionales al pliego (puntuable hasta un máximo de 15 puntos).
Todas las mejoras, SIN CARGO PARA EL HOSPITAL, serán presentadas en un Plan de mejoras INCLUIDO EN LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA (Sobre B) donde, cada una de ellas se describirán de manera inequívoca y SE VALORARÁN ECONÓMICAMENTE, siempre que sea posible, ofertando un PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN que se determinará desde la fecha de la firma del contrato y que no podrá ser superior a los 2 meses, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas.
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El no cumplimiento de todas y cada una de estas premisas en las mejoras ofertadas supondrá la no valoración de las mismas por imposibilidad de comparación con el resto de mejoras presentadas.
Se puntuarán positivamente:
• Plan de limpieza xx xxxxxxx extractora: campana, filtros, conducto y motor (1 punto)
• Plan de mantenimiento correctivo de equipos: se consideran equipos prioritarios el túnel xx xxxxxx, el horno, las cámaras frigoríficas y la instalación de gas (2 puntos).
• Mejoras en menú de empleados (1 punto)
] café y autoservicio mediante cafetera mono-dosis de dispensación automatizada
] otros
• Mejoras en menú de pacientes (1 punto)
] zumo de naranja en desayunos
] otros
• Renovación de equipos, mobiliario e instalaciones (10 puntos)
] Equipos: 5 puntos
1 CARRO CALIENTE DISPENSADOR DE PLATOS CPC 4-28 3.500,00€
Construido en Acero inoxidable, fabricado con doble paredes y asilamiento interior. Sistema de regulación para varias medidas de platos. Potencia 1920W. Número de columnas: 4
4 TAPA DISPENSADOR PALTOS TDP-28 | 350,00€ |
Tapa plástica 280mm 1 DESCALCIFICADOR AUTOMÁTICO PARA TREN XX XXXXXX | 1.800,00€ |
1 CARRO CALIENTE CCB-20 | 3.900,00€ |
Nº puertas: 1, capacidad guías GN 2/1 (separación 60 mm): 20. Tensión (V) 230. Potencia (W) 1900. Dimensiones: 715x852x1679 mm
1 FREIDORA A GAS FG9-10 6.300,00€
Construcción en acero inoxidable. Capacidad: 2 xxxxx de 20 litros de aceite cada una. Dotación por cuba: 1 cestillo e 315x330 mm ó 2 cestillos de 315x160mm. Regulación termostática de la temperatura de 60ºc a 195ºc. Encendido automático de los quemadores mediante válvula electromagnética con piloto y termopar. Termostato de seguridad. Grifo de vaciado. Conexión eléctrica: 220 V – 1+N.Potencia: 44,42kW gas. Dimensiones: 850x900x850mm
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1 SARTEN A GAS SBG9-10 6.900,00€
En acero inoxidable. Capacidad aproximada de la cuba 80l. Superficie 52dm2. 8462 cm. Cuba xx xxxxx inoxidable con fondo difusor de 10 mm de espesor. Mecanismo de elevación de manivela. Tapa abatible y compensada. Quemador tubular xx xxxxx inoxidable controlado por válvula eléctrica con control termostático de la temperatura 50º - 315 º C. Grifo de llenado de agua. Conexión eléctrica: 220 V – 1+N. Potencia: 16.000 kcal/h (18,6kW). Dimensiones: 850x900x850 mm
1 XXX TOP A GAS 3.100,00€
Construcción en acero inoxidable. Superficie: 52dm2. 84x62c. . Placa de asado xxxx. Potencia 2 x 9,34k” = 10,68kW. Dimensiones: 850x900x290mm.
] Mobiliario: 3 puntos | |
1 MUEBLE BAJO MB 9-10 Construcción en acero inoxidable. Dimensiones: 850x900x560mm | 590,00€ |
10 ESTANTERIAS ALMACEN Dimensiones: 1500x1750x435mm | 6.200,00€ |
] Instalaciones: 2 puntos | |
REHABILITAR CUARTO MÁQUINAS EN PLANTA COCINA | 3.000,00€ |
PINTURA EN TECHO DE COCINA | 1.000,00 € |
VENTANA CLIMALIT OSCILIBATIENTE CON PERSIANA | 500,00 € |
De color aluminio color blanco con apertura oscilobatiente derecha y cristal climalit 4/10/4. medidas
EQUIPO AIRE ACONDICIONADO COMEDOR 1 1.500,00 €
Los licitadores presentarán el presupuesto valorado del equipamiento que se proponga como mejora así como el cuadro de amortización del mismo, detallado por mensualidades, que deberá contemplarse a un plazo de 6 años, es decir incluyendo las 2 posibles prórrogas. En el caso de que alguna de ellas o ambas no se ejecutaran finalmente, HOSPITAL INTERMUTUAL DE LEVANTE o, en su defecto, el nuevo prestador del servicio, deberá abonar al adjudicatario, en el momento en que éste firme su oportuno contrato, las cuantías pendientes de amortizar de acuerdo al cuadro de amortización presentado.
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No obstante lo anterior, la valoración de este ítem se realizará en base a los importes presupuestados por el Hospital, de manera que será sobre ellos sobre los que se calculen homogéneamente las puntuaciones de todos los licitadores en función de los equipos, mobiliarios e instalaciones que aporten como mejora cada uno de ellos.
En el caso de igualdad entre dos o más ofertas, será preferida la oferta económica de menor importe. Y en el caso de seguir manteniéndose dicha igualdad, será preferida la oferta que obtenga una mayor puntuación en el apartado de mejoras. Caso de seguir persistiendo ésta, prevalecerá la oferta de aquel licitador que haya acreditado o acredite a requerimiento del Hospital el mayor porcentaje de plantilla de trabajadores con discapacidad.
Toda la documentación de los sobres se presentará asimismo en formato electrónico (PDF), introduciendo, por tanto, EN CADA UNO DE ELLOS, un diskette, CD, pendrive o similar con un archivo escaneado perfectamente nombrado e identificado para cada uno de los documentos en ellos introducidos, y adjuntando una certificación escrita y firmada por persona apoderada que indique que los ficheros informáticos son fiel copia de los presentados en papel (se recomienda además que se incluya en dicho certificado el código MD5 de los ficheros que se adjunten para garantizar que estos no pueden ser modificados). En caso de discrepancia entre el contenido de ambos soportes presentados, se tendrá como válido el contenido en soporte papel.
Esta obligatoriedad vendrá referida, de igual forma, a toda la documentación que se requiera con posterioridad a la apertura de los sobres.
Los licitadores que así lo deseen podrán solicitar la devolución del dispositivo presentado una vez recaiga y se publique la correspondiente adjudicación.
15 Aclaración de dudas.
Las personas de contacto son:
Información documental, referida al procedimiento de licitación:
D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Administrador
Tlf. 000 000 000
Información referida a aspectos técnicos de la misma:
D. Xxxx Xxxx Agún Xxxxxxxx
Director de Servicios Generales y Responsable de Servicio de Prevención Propio Tlf. 000 000 000
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Información referida a Prevención de Riesgos Laborales:
X. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx
Técnico de Prevención de Riesgos Laborales Tlf. 000 000 000
E-mail: xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx
Xxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx, 00 xx Xxxxxx de 2016
EL ADMINISTRADOR
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Anexo I
Relación de materias primas y su calidad correspondiente
GRUPO XX XXXXXX Y HUEVOS | |
Chuletas de cerdo | Primera |
Filetes de cerdo | Primera (50% delantero, 50% trasero) |
Filetes de ternera | Primera |
Filetes de Añojo | Primera. Tapa y Babilla. |
Cinta de Lomo Adobada | Extra |
Carne Picada | Primera (no se mezclan sangre, vísceras etc..) |
Xxxxxxxx y Falda | Primera |
Chuletas de Lechal | Primera |
Costillas de Cerdo | Primera |
Codillos de Jamón | Primera |
Carne de Ragout | Primero (máximo 3% de contenido graso) |
Tocino Salado | Primera |
Panceta Fresca | Primera |
Bacon | Primera |
Piezas xx Xxxxx | Primera. Piernas y contra. |
Mazas de Cerdo | Primera |
Salchichas | Primera (máximo 20% de contenido graso) |
Otros productos de cerdo | Se necesitará propuesta previa |
Huevos Frescos | Primera (65-70 gr./unidad) |
GRUPO XX XXXXXX Y HUEVOS (FIAMBRES Y EMBUTIDOS) | |
Magro de cerdo | Primera |
Poulardas | 1.5 kgr. Piezas evisceradas. |
Morcillas | Primera |
Chorizo de guisar | Primera |
Orejas y rabos | Primera (máximo 25% contenido graso) |
Chorizo | Primera (máximo 25% contenido graso) |
Salchichón | Primera (máximo 25% contenido graso) |
Jamón de York dulce | Primera (30% humedad máxima) |
Xxxxx xx Xxxx salado | Pal-Extra (20% humedad máxima) |
Jamón tipo París | Pal-Extra (20% humedad máxima) |
Gallina | A-tipo 1 |
Pollo | A-tipo 1 |
Filetes de Pollo | A-tipo 1 |
Traseros de Pollo | A-tipo 1 |
Xxxxx xxxxxxx | Primera (20% humedad máxima) |
Pavo trufado | Primera (30% humedad máxima) |
Sevillana | Primera (30% humedad máxima) |
Chopped | Primera (30% humedad máxima) |
Bolonia | Primera (30% humedad máxima) |
Galantina de Pollo | Primera (30% humedad máxima) |
Cabeza de Cerdo | Primera (30% humedad máxima) |
Foie Gras | 20% contenido graso |
Pavo deshauesado Roti | 20% contenido graso |
Cordero recental | Primera |
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Magro de Cerdo | Primera | |
GRUPO DE PESCADOS | ||
Calamares | Primera | |
Sardinas | Primera | |
Bonito fresco | Primera | |
Boquerones | Primera | |
Lenguado | Primera | |
Chirlas | Primera | |
Gallos | Primera | |
Mejillones | Primera | |
Pescadilla ración | Primera | |
Pescadilla gorda | Primera | |
Trucha | Primera | |
Rodaballo | Primera | |
Salmón | Primera | |
Pez espada | Primera | |
Rape | Primera |
GRUPO DE PESCADOS CONGELADOS | |
Platja | Primera |
Merluza Filetes | Extra |
Merluza Lomos | Extra |
Merluza rodajas | Extra |
Lenguado | Extra |
Langostinos | Primera |
Gamba pelada | Primera |
Anillas de calamar | Primera |
Bacalao congelado | Extra |
Rosada | Extra |
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NOTA: El glaseado no será superior al 15% y se indicará la procedencia
GRUPO DE LÍQUIDOS |
Aceite xx xxxxx 1ª |
Aceite de Girasol |
Aceite de Maíz |
Vinagre |
Aguas minerales |
Cerveza |
Coca |
Vino común xx xxxx |
Xxxx xx xxxxx |
Zumo de naranja |
Xxxx xx xxxxxxxx |
Xxxx xx xxxxxxxxx |
Xxxx xx xxxx |
Zumo de tomate |
Xxxxx |
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GRUPO DE VARIOS | |
Garbanzo | Extra, 56-58 |
Lenteja | Primera |
Judías Blancas | Primera nacional |
Judías Pintas | Primera |
Macarrones | Primera (xxxxxx xx xxxxx) |
Arroz | Extra |
Crema de arroz | Primera (L/250 gr) |
Especias de cocina | Pimienta negra, xxxxxxxx xxxxxx, comino molido (bote 800 gr), orçegano (bote de 140 gr)etc.. |
Azafrán | |
Laurel | En hojas. Bote de 80 gr, fresco. |
Bicarbonato | |
Caramelo líquido | |
Crema de mariscos | |
Mostaza | |
Colorante alimentario | Amarillo, envasado en bote de 900 gr |
Pimentón dulce | Envasado en bote de 900 gr |
Canela | Rama (envasada en bote de 000 xx), xxxxxx (xxxxxxxx en bote de 800 gr) |
Crema de espárragos | |
Fideos | |
Harina de maíz tipo maizena | |
Harina xx xxxxx | |
Puré de patatas | Primera |
Sémola | Primera |
Sopa de ave con arroz | Primera |
Sopa de estrellas | Primera |
Sopa de lluvia | Primera |
Sopa sin sal | Primera |
Tapioca | Primera |
Bacalao | |
Caldo concentrado de carne | |
Galletas Xxxxx | |
Caldo concentrado de ave | |
Café descafeinado | |
Café natural | 100% natural |
Chocolate en polvo | 75% cacao |
Manzanilla | |
Tila | |
Té | |
Galletas | |
Pan tostado sin sal | |
Ajos | |
Pan barrita 60 gr | Unidad |
Pan pistola 250 gr | Unidad |
Pan sin sal 60 gr | Unidad |
Suizos | 60 gr (sin grasas de cerdo) |
Bovril |
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Chocolate con leche | 75% cacao |
Petit sabores | unidad |
Potitos | 130 gr |
Azúcar | Blanca. Primera. |
Azúcar en sobres | 8-10 gr |
Sal | Marina. Kg. |
Sal sobres | 1.5 grs. |
Mayonesa sobres | 12 grs. |
Pan rallado | Primera. NO reciclado. |
Xxxxxx xx Xxxxx | Individuales |
GRUPO DE LÁCTEOS | |
Yogures sabores | Primera (envases 125 gr) |
Arroz con leche | Primera (envases 125 gr) |
Leche esterilizada | Fresca |
Leche desnatada | Litro |
Leche en polvo | Primera |
Leche molico | Bote 250 gr |
Queso tipo Xxxxxx | Primera (envases 125 gr, piezas 1 kg) |
Quesos manchegos | Primera (semicurado) |
Queso en porciones | Caja 8 unidades |
Helado | Primera (unidad 125 gr) |
Mantequilla bloque | |
Margarina bloque | |
Margarina porción | 15 gr |
Flan vainilla | Primera (envases 125 gr) |
Natillas | Primera (envases 125 gr) |
Bombón helado | Unidad |
Tarta helada | Unidad |
Queso rallado | Primera |
Queso barra | 80% leche |
Cuajada | Primera (envase 125 gr) |
Yogurt desnatado | Primera (envase 125 gr) |
GRUPO DE VERDURAS Y HORTALIZAS | |
Acelgas | Primera categoría |
Alcachofas | Primera categoría |
Apios | Primera categoría |
Berenjenas | Primera categoría |
Calabacines | Primera categoría |
Cebollas | Primera categoría |
Coliflor | Primera categoría |
Champiñón natural | Primera categoría |
Escarolas | Primera categoría |
Espinacas | Primera categoría |
Judías verdes | Primera categoría |
Lechuga | Primera categoría |
Limones | Primera categoría |
Patatas | Primera categoría |
Pimientos | Primera categoría |
Puerros | Primera categoría |
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Repollo | Primera categoría | ||
Tomates | Primera categoría | ||
Zanahorias | Primera categoría | ||
Pepinos | Primera categoría | ||
Tomate de freir | Natural 60% pulpa | ||
GRUPO DE VERDURAS CONGELADAS | |||
Alcachofas | Troceadas con una altura máxima de 3.5 cms (tomando como eje desde la unión de las bracetas hasta las puntas) | ||
Espinacas | Hojas en color de textura uniforme y típica. Ausencia de hojas secas, troncos o filamentos. El contenido de arena será como máximo de 0.1%. | ||
Judías verdes | Variedad redondas. Cortadas en trozos de una longitud mínima de 2.6 ms y máxima de 6.5 cms. El calibre será de 8.5 a 10 mm. Exentas de pedúnculos, rabillos y materias extrañas, hilos correosos y otras unidades fibrosas. | ||
Menestra | Composición (proporción mínima): guisantes (20-40%), alcachofas, espárragos (10-20%), judías verdes (10-20%), habas (10-25%) y zanahoria (12-25%). | ||
Guisantes | Calidad grande. Consistencia excelente. Deberá reunir los siguientes requisitos: • El nº de guisantes que se hunde en 10” en una salmuera del 11% será como máximo del 20% de las unidades. • El nº de guisantes que se hunde en 10” en una salmuera del 13.5% será como máximo del 2% de las unidades. • El nº de guisantes que se hunde en 10” en una salmuera del 16% será como máximo del 0% de las unidades. • Serán uniformes, de color verde enteros, limpios y exentos de materiales extrañas y daños causados por insectos y enfermedades. | ||
GRUPO DE CONSERVAS | |||
Confitura | Calidad extra en porciones individuales de un peso mínimo de 30 gr con un contenido de azúcares aproximado del 63% y de fruta del 50%. | ||
Xxxxx xx xxxxxxxxx | Categoría primera en envases individuales de 170 gr. de 8 porciones. Contenido en fruta mínimo del 45%. | ||
Melocotón en almíbar | Categoría Extra. Almíbar de 17-20% Brix un peso medio de la mitad del fruto de 60 gr. Variedad Xxxxxxxx Limonera. | ||
Alcachofas | Natural | ||
Espárragos enteros | Categoría 16-22 uds/kg | ||
Tallos de espárragos | Categoría comercial 2ª | ||
Tomate natural | 65% de pulpa | ||
Tomate frito | 65% de pulpa |
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Guisantes | Al natural, primera, calibre fino |
Pimiento morrón | Pimientos rojos, 65% del producto |
Judías verdes | Cortadas en trozos, en variedad plana y calibre fino. |
Champiñón | Calidad comercial primera. Al natural. Calibre fino. Entero. |
Champiñón | Calidad comercial. En rodajas. |
Espinacas | Categoría primera. |
Pepinillos | Categoría Extra. Ácidos en envase de cristal. Calibre medio de 20/30. |
Bonito | Atún blanco, en aceite xx xxxxx y sal. Tronco y rueda grande. Peso escurrido de 1.600 kgr. Aproximado. En envase de R.O.: pandereta de 1800 a 2140. |
Sardinas | En aceite vegetal. Talla 3. |
Xxxx | Xxxx xx xxxxxx. En envases individuales de 30 gr. |
ACEITES, PASTAS, CONSERVAS, ARROCES, LEGUMBRES, PAN Aquellos alimentos en conserva que contengan agua, salmuera o aceite en el envase, se estimarán según su peso neto escurrido. Las latas no presentarán deformaciones, hundimientos o manchas de óxido. | |
Aceite xx xxxxx | Aceite de xxxxx xxxxxx EXTRA. En garrafa transparente de 5 L y tapón con precinto de cierre. |
Aceite xx xxxxx | Aceite de xxxxx xxxxxx extra en bolsa de 10 y 20 ml. |
Agua mineral | Botella de agua de 1.5 L, mineralización débil y botella de ½ litro. |
Arroz vaporizado | Arroz tipo grano largo, categoría 1ª, paquete de 1 kgr. |
Azúcar Kgr | Azúcar blanquilla, granulado fino, paquete de 1 kgr. |
Azúcar estuchada | Azúcar blanquilla, granulado fino, paquete de 8-10 gramos. |
Edulcorante artificial | Su composición en sustancias edulcorantes será de sacarina y ciclamato sódico exclusivamente. La unidad de medida y de presentación será el sobre de 1 g. y en formato líquido. |
Cacao | Preparado alimenticio al cacao, ingredientes: azúcar, cacao desengrasado en polvo, fécula de maíz y aroma. En sobres de 20 gr. |
Champiñones laminados | Champiñones laminados, categoría 1ª, lata de 3 kgr. |
Xxxxxx | Xxxxxx xx xxxxx para freir, envase de 25 kg. |
Puré de patatas | Puré de patatas en escamas, sin leche. En paquete de 25 kgr. |
Judías blancas | Tipo riñón, categoría extra, envase de 25 kg. |
Macarrones | Xxxxxx xx xxxxx duro 100%, calidad superior, tipo pluma nº 4, envase de 5 kg. |
Manzanilla infusión | Bolsa de 2 gr envasada en sobre o carterilla individual (caja de 100 unidades aprox) |
Pan 30 gr con sal | Pan de flama o miga blanda, con sal, pieza de 30 gr, envasado individual con color diferenciando el pan con sal del sin sal. |
Pan 30 gr sin sal | Pan de flama o miga blanda, sin sal, pieza de 30 gr, envasado individual con color diferenciando el pan con sal del sin sal. |
Pan 60 gr con sal | Pan de flama o miga blanda, con sal, pieza de 60 gr, envasado individual con color diferenciando el pan con sal del sin sal. |
Pan 60 gr sin sal | Pan de flama o miga blanda, sin sal, pieza de 60 gr, envasado individual con color diferenciando el pan con sal del sin sal. |
Pan integral 30 gr | |
Pan integral 60 gr | |
Pan sin gluten 60 gr |
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Bizcotes de pan tostado con sal | Rebanadas tostadas con sal en envase unidosis con dos unidades de 15 gr. |
Bizcotes de pan tostado sin sal | Rebanadas tostadas sin sal en envase unidosis con dos unidades de 15 gr. |
Pasta lluvia | Xxxxxx xx xxxxx duro 100%, calidad superior, pasta tipo lluvia, bolsa de 5 kg |
Pasteles con azúcar y sin azúcar | Pasteles tipo artesano, envasado individual, 100 gr de peso. Con más de un mes de margen de caducidad desde la entrega en el Hospital. |
Pimientos morrones | Pimientos morrones enteros en lata de 3 kg |
Sal gruesa | Sal marina sin adictivos, granulado tipo para cocinar, bolsa de 1 kg |
Sal fina | Sal marina sin adictivos, molida, tipo mesa, bolsa de 1 kg y en envase monodosis. |
Té infusión | Bolsa de 2 gr envasada en sobre o carterilla individual. |
Atún en conserva | Tronco de atún en aceite. Diferentes tamaños. |
Remolacha | Cocida al natural, sin cloruro sódico añadido ni conservantes, latas de 2 kg, categoría primera. |
Melocotón en almíbar | Mitades xx xxxxxxxxx de 30/40, almíbar ligero, diferentes tamaños, categoría extra. |
Peras en almíbar | Media fruta, almíbar ligero, diferentes tamaños, categoría extra. |
Piñas al natural rodajas | Latas de 1 kg, sin azúcar. |
Crema de champiñones | Preparado alimenticio deshidratado, diferentes pesos. |
Descafeinado | Café descafeinado soluble, instantáneo, en sobre de 2 gr, contenido máximo de cafeína de 0.12% sobre el total de materia seca. |
Fideo fino | Xxxxxx xx xxxxx duro 100%, calidad superior, tipo cabellín, bolsa de 5 kg. |
Fideos gruesos | Xxxxxx xx xxxxx duro 100%, calidad superior, tipo grueso o nº 4 cabellín, bolsa de 5 kg. |
Galletas | Galletas en paquetes de 25 g de peso con 5 galletas. |
Garbanzos Extra | Garbanzos tipo lechoso, categoría extra, encase de 25 kg. |
Tila infusión | Bolsa de 2 gr envasada en sobre o carterilla individual. |
Menta xxxxx infusión | Bolsa de 2 gr envasada en sobre o carterilla individual. |
Tomate frito | Calidad Extra, sin aditivo, lata de 3 kg. |
Tomate natura triturado | Calidad Extra, sin aditivo, lata de 3 y 5 kg. |
Vinagre | Vinagre de vino, botella de 1-2 L. |
Vino blanco | Vino de xxxx xxxxxx, xxxx de 1 L con cierre |
Zumo | Zumo bril de 1 L con cierre |
Zumo naranja 100% | Zumo naranja 100%, sin azúcar. |
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Anexo II
Servicio de desinsectación y desinfección
Frecuencia: Los tratamientos se realizarán en una campaña anual que constará de un mínimo de doce visitas a realizar cada mes.
Medidas preventivas
Las medidas preventivas se clasifican en cuatro categorías en función de los aspectos analizables a lo largo de cada inspección:
• MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES AMBIENTALES
a) Modificación de la humedad.
b) Modificación de la temperatura.
• MODIFICACIONES ESTRUCTURALES PARA EVITAR LA PLAGA
a) Pantallas, rejillas y telas mosquiteras.
b) Aplicar sellador y aislantes en puertas y ventanas.
c) Cubrir y tapar agujeros y grietas.
d) Mantenimiento y reparación de conducciones.
e) Aspectos arquitectónicos y decorativos.
• MEJORA DE LA LIMPIEZA Y SANEAMIENTO
a) Retirar escombros y basuras.
b) Limpieza de restos orgánicos y líquidos.
• ESTRATEGIAS EDUCATIVAS
a) Mantener puertas y ventanas cerradas.
b) Controlar las entradas de objetos y mercancías nuevas a las instalaciones (control de proveedores).
c) Almacenar adecuadamente los productos susceptibles.
d) Concienciación social.
El tratamiento del control de plagas se realizará combinando el uso de monitorizaciones a base de feromonas, métodos físicos (trampas no tóxicas, insectocutores de captura basados en la atracción de la luz ultravioleta, etc,…), métodos mecánicos (trampas de captura múltiple, trampas adhesivas, etc, ..), biocidas bioracionales (insecticidas reguladores del crecimiento, geles insecticidas, etc, …) y biocidas convencionales (insecticidas, rodenticidas, desinfectantes). Todos ellos se encuentran debidamente registrados por la P, tanto en Sanidad Ambiental como en Higiene Alimentaria de acuerdo con su ámbito de actuación.
Se deberá realizar una completa inspección de los locales antes de decidir la aplicación más adecuada para así identificar correctamente las plagas a combatir, evaluar el estado de sus poblaciones, localizar los puntos de riesgo, vías de entrada, focos, etc..y con ello, conseguir reducir el uso de insecticidas convencionales.
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1. Desinsectación
Se efectuarán según la periodicidad descrita anteriormente. En caso de reinfestaciones, se efectuarán tantos tratamientos como fuesen necesarios para lograr un control efectivo de plagas.
Los productos utilizados, formulaciones (soluciones acuosas, polvos mojables, lacas, geles, micro encapsulados, etc…) y metodología a aplicar (pulverización, cebos, nebulización, etc,,,) estarán en función de la plaga a tratar (voladores, reptantes, etc…), de las condiciones de las instalaciones y de las características de los materiales de cada una de las zonas a tratar.
Una vez controladas las infestaciones se utilizarán detectores no tóxicos en base a feromonas que nos permitan conocer en todo momento el grado de infestación existente, y por consiguiente la aplicación de la menor cantidad de insecticida posible. Estos detectores deberán ir debidamente identificados y comunicar su localización al personal.
Se utilizarán insecticidas cuyas materias activas actúen a concentraciones más bajas así como su forma de aplicación sea la menos agresiva y molesta para las instalaciones y actividad de la zona (productos de bajo olor, geles, reguladores del crecimiento, trampas, etc…).
2. Desratización
Se efectuarán según la periodicidad descrita anteriormente. En caso de reinfestaciones, se efectuarán tantos tratamientos como fuesen necesarios para lograr un control efectivo de plagas.
Los cebos se colocarán en portacebos de plástico cerrados. Con el fin de evitar posibles contaminaciones no deseadas todos los cebos utilizados serán en bloque parafinado, gel y/o bolsitas cerradas.
Los puntos de control serán comunicados al personal.
En cada visita se entregará a la encargada del servicio de Restauración un certificado de la inspección realizada indicando:
• Inscripción en el ROESB.
• Nombre comercial/sustancia activa.
• Número de registro oficial de cada producto.
• Número de lote.
• Dosis.
• Plazo de seguridad.
• Técnica de aplicación.
• Recomendaciones a los usuarios del local.
• Nombres y números de carné de los aplicadores.
• Firma del responsable del tratamiento a realizar.
• Conforme del responsable del local (Firma).
Los certificados serán entregados en la Unidad de Contrataciones al final de cada ejercicio.
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