CONTRATO DE SERVICIOS EDUCATIVOS
CONTRATO DE SERVICIOS EDUCATIVOS
En la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los
días del mes de
de , suscriben libre y voluntariamente el presente contrato de Servicios Educativos, por una parte, el/la señor/a:
con cédula de ciudadanía Nº y domicilio en , con número de teléfono en calidad de representante legal de la estudiante del
año/curso: quien, en adelante será denominado
como REPRESENTANTE; y, por otra parte, la Unidad Educativa Particular Suyana, representada por Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx con CC 1707400279 en su calidad de Representante Legal de la Institución Educativa con domicilio en esta ciudad de Quito D. M, parroquia Tumbaco-; correo electrónico: 00x00000@xxxxx.xxx; parte que en adelante y para los efectos de este instrumento, será denominada como INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
1. ANTECEDENTES.-
1.1. La Unidad Educativa Particular Suyana es una entidad educativa creada el 15 xx xxxxxx de 1997 con acuerdo ministerial Nº 3866.
1.2. El REPRESENTANTE ha sido ampliamente informado sobre la propuesta pedagógica y educativa con inspiración católica en la Institución Educativa.
2. SERVICIOS EDUCATIVOS Y PAGOS.-
2.1 Con estos antecedentes, las partes acuerdan que la estudiante identificada en la cláusula de comparecientes, reciba los servicios educativos en la INSTITUCIÓN EDUCATIVA durante todo el año lectivo 2022-2023, en el año de Educación conforme al REGISTRO DE MATRÍCULA.
2.3. EL REPRESENTANTE será permanentemente informado sobre el desempeño académico, disciplinario y de convivencia de la estudiante. Se le hará conocer los horarios de atención administrativa y diálogo con las docentes de cada área.
2.2. EL REPRESENTANTE, se compromete a cancelar puntualmente el valor autorizado por concepto de matrícula en el mes xx xxxxxx por una sola vez al año y el valor por concepto de pensión mensual durante los 10 meses, según los valores autorizados por la Junta Distrital de Costos del Ministerio de Educación para el período escolar vigente y cuyos valores estarán publicados en la cartelera de la Unidad Educativa un vez que sea emitida por el ente regulador.
EL REPRESENTANTE se compromete a cancelar las obligaciones económicas hasta máximo los cinco primeros días de cada mes mediante transferencia bancaria o depósito a la siguiente cuenta:
Banco Pichincha:
Cuenta de ahorros 2208205783 RED IMPACTO MUJER ECUADOR RUC: 1793194590001
Es obligación del REPRESENTANTE enviar el comprobante de pago vía correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx
2.3 La Institución Educativa se reserva el otorgar asistencias financieras, descuentos u otros beneficios económicos a las estudiantes que así lo considere una vez analizada la situación económica de la familia en el presente año lectivo.
3. OBLIGACIONES DEL PRESTADOR.-
La Institución Educativa se obliga para con El REPRESENTANTE, a lo siguiente:
3.1. Educar a la estudiante de acuerdo con el régimen vigente de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA, en cumplimiento a lo dispuesto en la legislación ecuatoriana.
3.2. Proveer a la alumna de los equipos e instalaciones necesarias destinadas a la enseñanza, el cuerpo docente y administrativo, al igual que el material pedagógico para uso de las estudiantes, necesario para el adecuado desarrollo de las actividades escolares, según el nivel académico.
3.3. Realizar la correspondiente planificación de las actividades escolares, al igual que la orientación pedagógica y técnica concerniente a los servicios educativos; determinando el número de horas, horarios, fechas de clases y pruebas para evaluar el progreso de la estudiante; designando las profesoras, las aulas de clase y adoptando las medidas necesarias que exigen las actividades escolares.
4. OBLIGACIONES Y AUTORIZACIONES DEL REPRESENTANTE SEGÚN EL ART. 13 DE LA LEY ORGÁNICA REFORMATORIA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL. El representante del alumno se obliga a:
Art. 13.- Obligaciones y Responsabilidades. - Las madres, padres y/o los representantes de las y los estudiantes tienen las siguientes obligaciones y responsabilidades:
a. Cumplir con la Constitución de la República, la Ley y la reglamentación en materia educativa;
b. Garantizar que sus representados asistan regularmente a los centros educativos, durante el periodo de educación obligatoria, de conformidad con la modalidad educativa;
c. Involucrarse activamente y desde la corresponsabilidad en los procesos educativos de sus representados y atender los llamados y requerimientos de las y los profesores y autoridades de los planteles;
d. Participar en la evaluación de las y los docentes y de la gestión de los establecimientos educativos;
e. Respetar leyes, reglamentos y normas de convivencia en su relación con los establecimientos educativos;
f. Propiciar un ambiente de aprendizaje adecuado en su hogar, organizando espacios dedicados a las obligaciones y responsabilidades escolares y a la recreación y esparcimiento, en el marco del uso adecuado del tiempo;
g. Participar en las actividades extracurriculares que complementen el desarrollo emocional, físico y psicosocial de sus representados y representadas;
h. Reconocer el mérito y la excelencia académica de las y los profesores y de sus representados y representadas, sin que ello implique erogación económica;
i. Apoyar y motivar a sus representados y representadas, especialmente cuando existan dificultades en el proceso de aprendizaje, de manera constructiva y creativa;
j. Participar con el cuidado y buen uso de las instalaciones físicas de los establecimientos educativos;
k. Contribuir y participar activamente en la aplicación permanente de los derechos y garantías constitucionales;
l. Rendir cuentas de su gestión como miembros de los comités de padres y madres de familia y demás entes de participación de la comunidad educativa en los que sean elegidos;
m. Impulsar la participación de la comunidad educativa, de manera organizada, en los espacios que generen los establecimientos educativos de conformidad con la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable; y,
n. Para el caso de las madres, padres o representantes que han optado por la educación particular o fiscomisional, pagar puntualmente los valores autorizados por concepto de pensiones y matrículas, de conformidad con el contrato de servicios educativos suscrito previo a la matrícula.
4.1 El REPRESENTANTE LEGAL AUTORIZA A LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA a:
a) Publicar trabajos, fotos y videos de sus representadas en las carteleras, redes sociales institucionales, página web y otros medios de información
Institucional.
b) Autorizan a la Institución a tomar fotos y hacer videos para evidenciar el proceso enseñanza aprendizaje en proyectos y programas institucionales.
5. PLAZO Y RENOVACIÓN.
El plazo de duración del presente contrato es de un año lectivo (10 meses) es decir de septiembre/22 a junio/23 y no se renovará automática o tácitamente, en caso alguno.
A fin de proceder a la renovación de este contrato, El REPRESENTANTE deberá solicitarlo con treinta días de anticipación a la fecha de finalización del plazo señalado anteriormente, en forma expresa a través de un nuevo FORMULARIO DE LEGALIZACIÓN DE MATRÍCULA para el siguiente año lectivo, renovación que será aceptada por la INSTITUCIÓN EDUCATIVA, siempre y cuando se haya cumplido a cabalidad las condiciones establecidas en el presente contrato durante su vigencia, así como los Reglamentos Internos , Código de Convivencia y de Pagos de derechos de escolaridad de la Institución Educativa. Únicamente después de que la Institución Educativa haya aceptado expresamente la respectiva HOJA DE LEGALIZACIÓN DE MATRÍCULA para el correspondiente año lectivo, se entenderá que el presente contrato se renovará para el respectivo año lectivo.
Con la negativa de aceptación de la respectiva HOJA DE LEGALIZACIÓN DE MATRÍCULA, la INSTITUCIÓN EDUCATIVA procederá a entregar los documentos personales y académicos necesarios a fin de que el REPRESENTANTE busque y matricule oportunamente al alumno en otra institución educativa.
6. TERMINACIÓN DEL CONTRATO.-
El presente contrato concluirá:
6.1. Por vencimiento del plazo, caso en el cual, culminará de pleno derecho en la forma prevista en la cláusula quinta.
6.2. Por voluntad del REPRESENTANTE. En esta eventualidad, el representante deberá presentar con 15 días de antelación, una solicitud escrita a la INSTITUCIÓN EDUCATIVA debiendo estar al día con las obligaciones económicas.
6.3. Por incumplimiento, durante su vigencia, de cualquiera de las cláusulas de este contrato por parte del REPRESENTANTE, o de los Reglamentos o disposiciones de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA. Una vez producido el incumplimiento, la INSTITUCIÓN EDUCATIVA notificará por escrito la terminación del contrato al representante otorgándole 15 días para que, de considerarlo pertinente, justifique el incumplimiento para evitar la terminación del contrato. En este caso, la INSTITUCIÓN EDUCATIVA conocerá y resolverá lo pertinente en el plazo de 15 días improrrogables. Si se ratifica la terminación del contrato, esta causa de terminación surtirá todos los efectos legales, sin requerimiento o trámite judicial alguno, proporcionando el servicio educativo a la alumna hasta la finalización del período mensual siguiente.
6.4 Por acuerdo de las partes
6.5. Por las demás causas previstas en la ley y los reglamentos, código de convivencia de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA
7. CONTROVERSIA.-
En caso de controversia, las partes buscarán solucionar los desacuerdos a través del diálogo directo o la mediación, como métodos alternativos de solución de conflictos. En caso de imposibilidad de acuerdo, las partes se someterán a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Educación Intercultural y las autoridades competentes.
8. RATIFICACIÓN.-
Las partes se afirman y ratifican en el total contenido del presente contrato, en forma libre y voluntaria y por así convenir a sus intereses, para constancia de lo cual lo suscriben en la ciudad de Quito, D.M., a
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Xxxxxxx Xxxxxx X. REPRESENTANTE LEGAL DIRECTORA GENERAL