Monex Europe Markets S.V., S.A.U. («Monex») TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES
Monex Europe Markets S.V., S.A.U. («Monex») TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES
Estos Términos y Condiciones, en su versión vigente en cada momento, se incorporan a todos los contratos entre Monex y el Cliente en relación con la prestación de Servicios relacionados con los Contratos (como se definen en este documento) y otros Servicios según se detallan en este documento o como Monex notifique al Cliente periódicamente. Cuando el Cliente haya acordado términos por separado con Monex para Servicios específicos, éstos se establecerán en un Anexo a estos Términos y Condiciones. En caso de conflicto entre las disposiciones de estos Términos y Condiciones y cualquier Anexo regulador de un Servicio específico, se estará a lo dispuesto en la cláusula de Miscelánea en cuanto a la prevalencia.
Monex, como se define en estos Términos y Condiciones, es una sociedad de valores autorizada y regulada por la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores (“CNMV”), con número de registro [321].
Estos Términos y Condiciones incluyen los consentimientos expresos otorgados por usted periódicamente, así como los documentos y Anexos a los que se hace referencia, y rigen su acceso y recepción de los Servicios proporcionados por Monex. Su acceso y recepción de los Servicios y su uso de los mismos constituyen una aceptación expresa de estos Términos y Condiciones. Los Servicios de Monex comprenden:
a) La compra y venta de divisas entregables y no entregables de acuerdo con las instrucciones del Cliente para suscribir Contratos Mismo Día, Contratos Día Siguiente, Contratos Spot, Contratos Forward, Contratos de Opciones, y demás Contratos previstos en estos Términos y Condiciones;
b) La aceptación de instrucciones para colocar Órdenes Límite, Stop Loss y otras previstas en estos Términos y Condiciones;
c) La aceptación de instrucciones accesorias a las anteriores; y
d) Los demás Servicios que en su momento Monex comunique al Cliente y que se regirán por los presentes Términos y Condiciones y el Anexo correspondiente (en su caso).
1. DEFINICIONES
1.1 “Acto de Insolvencia” significa todos y cada uno de los siguientes hechos que se produzcan en relación con el Cliente, según sea el caso:
a. Se presente una solicitud de liquidación (excepto cualquier solicitud de liquidación que sea frívola o vejatoria y que se deniegue, suspenda o desestime en un plazo de 20 (veinte) días a partir de su presentación) o se apruebe una resolución para su liquidación (salvo a efectos de una reorganización o reconstrucción de buena fe mientras sea solvente);
b. Suscriba cualquier convenio con sus acreedores en general, o sufra cualquier acción similar como consecuencia del incumplimiento por su parte de sus obligaciones con respecto a cualquier endeudamiento (salvo a efectos de una reorganización o reconstrucción de buena fe de dicha parte mientras sea solvente);
c. Se presente una solicitud de administración concursal con respecto a ella o sufra una notificación de nombramiento de un administrador concursal o una notificación de intención de nombrar a un administrador concursal que se presente ante el tribunal con respecto a ella;
d. Deje de pagar sus deudas o cese o amenace con cesar en el ejercicio de su actividad o de una parte sustancial de la misma;
e. Tiene asignado un administrador judicial, gestor, síndico administrativo u otro funcionario similar designado sobre la totalidad o cualquier parte (que, en relación con una parte, sea importante en el contexto del cumplimiento de las obligaciones de la parte afectada en virtud de estos Términos y Condiciones) de sus bienes, empresas o activos;
f. Sufra la toma de posesión por parte de un acreedor de la totalidad o de una parte de su empresa o de sus activos, o sufra una ejecución u otro proceso legal contra su empresa o cualquiera de sus activos sustanciales, y dicha ejecución o proceso legal no se levante en un plazo de 20 (veinte) días;
g. Se encuentre en la situación de insolvencia del artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 xx xxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, o bien
h. Un hecho o circunstancia análogo a cualquiera de los contemplados en las letras (a) a (g), ambas inclusive, en virtud de la legislación de cualquier jurisdicción competente.
1.2 “AEVM”: la Autoridad Europea de Valores y Mercados creada por el Reglamento (UE) nº 1095/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo.
1.3 “Apéndice de Divisas” significa el apéndice de divisas de Monex que se establece en la Nota Contractual y que Monex podrá actualizar ocasionalmente.
1.4 “Cliente” se refiere a la parte que recibe los Servicios de Monex de conformidad con estos Términos y Condiciones, según se especifica en la Nota Contractual o Confirmación de Orden correspondiente.
1.5 “CNMV” significa la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores, con domicilio en Xxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx.
1.6 “Confirmación de Orden” significa el documento escrito de Monex en el que se detallan la Orden Límite o Stop Loss que ha sido emitida por Monex al Cliente.
1.7 “Contrato Forward” significa un Contrato FX en el que la Fecha Valor es más de dos Días Hábiles después de la Fecha del Contrato, o, especificado bajo la práctica xx xxxxxxx generalmente aceptada para un par de divisas en particular o como se especifica de conformidad con la Normativa Aplicable pero excluyendo aquellos Contratos FX que son considerados como “medios de pago” de conformidad con la Normativa Aplicable, según lo determine Monex, los cuales serán celebrados por separado por el Cliente y Monex.
1.8 “Contrato de Derivados” tiene el significado que se le da a dicho término en el Anexo I de XxXXX XX, según lo determine Monex a su entera discreción.
1.9 “Contrato de Margen de Garantía o Acuerdos de Márgenes” se refiere al contrato de margen de garantía celebrado entre Monex y el Cliente, o entre el Cliente y Monex y cualquier otra Empresa del Grupo Monex, que se refiere a la provisión de Margen Inicial y Margen de Variación y que estará sujeto a los presentes Términos y Condiciones.
1.10 “Contrato de Opción” significa cualquier opción celebrada entre Monex y el Cliente de tiempo en tiempo, incluyendo, pero sin limitarse a, una Opción de Venta o una Opción de Compra, o cualquier combinación de opciones que formen un Contrato de Opción.
1.11 “Contrato Día Siguiente” significa un Contrato FX en el que la Fecha de Valor es el Día Hábil siguiente a la Fecha de Contrato.
1.12 “Contrato FX” significa un contrato de divisas celebrado entre Monex y el Cliente sujeto a estos Términos y Condiciones bajo el cual Monex se compromete a comprar la Divisa de Venta proporcionada por el Cliente, y el Cliente se compromete a comprar y a recibir la Divisa de Compra proporcionada por Monex en la Fecha de Entrega.
1.13 “Contrato Xxxxx de Información Reglamentaria” o “CMIR”: se entenderá el contrato marco de información reglamentaria u otro contrato de información delegada que rija la información obligatoria o delegada de las operaciones con derivados de conformidad con el EMIR u otra Normativa Aplicable (en su caso) celebrado entre el Cliente y Monex en cada momento.
1.14 “Contrato Mismo Día” significa un Contrato FX en el que la Fecha Valor es el mismo día que la Fecha de Contrato.
1.15 “Contrato Spot” significa un Contrato FX en el que la Fecha de Valor es dos Días Hábiles después de la Fecha de Contrato o de la práctica xx xxxxxxx generalmente aceptada para un par de divisas concreto.
1.16 “Contrato” significa un Contrato de Opción o un Contrato FX celebrado entre Monex y el Cliente.
1.17 “Cuenta Designada de recepción de fondos” es la cuenta bancaria designada por Monex en la Nota Contractual para la recepción de fondos del Cliente o designada por Monex periódicamente.
1.18 “Cuenta Designada del Beneficiario” se refiere a la cuenta bancaria del Cliente (tal y como se le notifique a Monex por el Cliente periódicamente) a la que Monex deberá efectuar cualquier pago en virtud de estos Términos y Condiciones al Cliente.
1.19 “Día Hábil” significa un día en el que los bancos comerciales y de compensación están abiertos para negocios generales (incluyendo operaciones con divisas y depósitos en divisas) en Madrid, España.
1.20 “Dinero del Cliente” se refiere a cualquier dinero en efectivo que Monex reciba del Cliente o que mantenga para o en nombre del Cliente, en el curso de, o en relación con, los Servicios prestados en virtud de estos Términos y Condiciones.
1.21 “Directiva sobre Garantías Financieras”: Directiva 2002/47/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 6 xx Xxxxx de 2002 sobre acuerdos de garantía financiera.
1.22 “Divisa Aceptada” significa una Divisa Principal, una Divisa Menor o una Divisa Exótica. Monex podrá cambiar la designación de una divisa de Divisa Principal a Divisa Menor, o de Divisa Menor a Divisa Exótica o viceversa sin previo aviso al Cliente a su entera y absoluta discreción.
1.23 “Divisa Base” significa la moneda acordada entre Monex y el Cliente como EUR y reflejada en los reportes más recientes de Monex sobre la posición del Cliente, proporcionados al Cliente. Monex podrá convertir montos denominados en cualquier otra divisa a EUR al tipo de cambio vigente al momento del cálculo utilizando un tipo de cambio que Monex seleccione razonablemente.
1.24 “Divisa Convertible” significa USD, GBP o CHF y cualquier otra moneda que Monex designe como tal periódicamente.
1.25 “Divisa de Compra” se refiere a la divisa comprada de conformidad con los términos de un Contrato FX.
1.26 “Divisa de Venta” significa la divisa vendida de conformidad con los términos de un Contrato FX.
1.27 “Divisa Exótica” significa cada divisa especificada como divisa “Exótica” en el Apéndice de Divisas.
1.28 “Divisa Menor” significa cada divisa especificada como divisa “Menor” en el Apéndice de Divisas.
1.29 “Divisa No Convertible” significa cualquier divisa que no sea una Divisa Convertible.
1.30 “Divisa Principal” significa cada una de las divisas especificadas como divisa “Principal” en el Apéndice de Divisas.
1.31 “EMIR”: Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones (en su versión modificada).
1.32 “Empresa del Grupo Monex” significa cualquier empresa que forme parte del grupo al que pertenezca Monex, tal y como este se configure en cada momento.
1.33 “Evento de Fuerza Mayor” significa cualquier evento que no hubieran podido preverse, o que, previstos, fueran inevitables.
1.34 “Fecha de Entrada en Vigor de la Modificación” significa el 10º Día Hábil siguiente a la entrega de la notificación escrita al Cliente.
1.35 “Fecha de Entrega” significa la fecha de liquidación de los derechos y obligaciones de pago en virtud de un Contrato de Opción tras el ejercicio de la opción, tal y como se especifica en la Nota Contractual correspondiente. Salvo disposición en contrario en la Nota Contractual correspondiente, la Fecha de Entrega será dos (2) Días Hábiles después de la Fecha de Vencimiento. Cuando el Cliente ejerza un Contrato FX, ésta será la fecha en que el banco de Monex reciba instrucciones de enviar la Divisa de Compra a la Cuenta.
1.36 “Fecha de Pago de la Prima” significa, con respecto a un Contrato de Opción, la fecha en la que la Prima vence y es pagadera por el comprador del Contrato de Opción, tal y como se especifica en la Nota de Contrato correspondiente.
1.37 “Fecha de Vencimiento” significa, en relación con un Contrato de Opción, la fecha en la que el Contrato de Opción puede ejercerse o abandonarse.
1.38 “Fecha del Contrato” es la fecha en que se celebra el Contrato entre Monex y el Cliente según se especifica en la Nota Contractual.
1.39 “Fecha Valor” significa, (a) con respecto a un Contrato de Opción, la Fecha de Pago de la Prima, y (b) con respecto a un Contrato FX, la fecha especificada en la Nota Contractual en la que la Divisa de Venta o el Saldo (en el caso de un Contrato Forward) deben ser transferidos por el Cliente a la Cuenta Designada de recepción de fondos.
1.40 “Formulario de solicitud” hace referencia al formulario de solicitud mediante el cual el Cliente acepta los presentes Términos y Xxxxxxxxxxx y realiza determinadas elecciones y declaraciones en relación con estos.
1.41 “Gestor de Inversiones” se refiere a un asesor, agente o gestor de inversiones identificado ante Monex con autoridad para dar Instrucciones de Operación y otras instrucciones en relación con los Servicios de Monex en nombre de terceros beneficiarios que reciben los Servicios de Divisas de Monex.
1.42 “Grupo” tiene el mismo significado que en el artículo 42 del Código de Comercio.
1.43 “Hora de Vencimiento” significa la hora límite a la que puede entregarse una Notificación de Ejercicio, que será las 10 de la mañana, hora de Madrid, de la Fecha de Vencimiento, salvo que se indique otra cosa en la Nota de Contrato aplicable.
1.44 “Hora Hábil” es una hora durante un Día Hábil, desde las 9 de la mañana hasta las 5 de la tarde inclusive.
1.45 “Importe Mínimo de Transferencia” es el umbral acordado entre Monex y el Cliente que mientras no sea rebasado no requiere el intercambio de Margen de Variación.
1.46 “Información Confidencial” significa información confidencial de la otra parte relativa al negocio, planes, clientes, tecnología, servicios y productos de la otra parte y otra información mantenida en secreto por la otra parte, incluyendo toda la información en forma tangible o intangible que esté marcada o designada como confidencial o que, dadas las circunstancias de su divulgación, debería considerarse confidencial. La información no se considerará Información Confidencial si dicha información (i) es conocida por la parte receptora antes de recibirla de la parte reveladora directa o indirectamente de una fuente que no tenga una obligación de confidencialidad con la parte reveladora; (ii) pasa a ser conocida (independientemente de la revelación por la parte reveladora) por la parte receptora directa o indirectamente de una fuente que no tenga una obligación de confidencialidad con la parte reveladora; (iii) pasa a ser de dominio público o deja de ser secreta o confidencial, salvo por incumplimiento de estos Términos y Condiciones por la parte receptora; o (iv) es desarrollada independientemente por la parte receptora.
1.47 “Instrucción de Operación” significa una instrucción recibida por Monex de parte del Cliente para cualquier propósito descrito en estos Términos y Condiciones, incluyendo, sin limitación, colocar una Orden, Orden Límite o Stop Loss, o una Notificación de Ejercicio, de conformidad con estos Términos y Condiciones.
1.48 “ISDA Monex” significa el Contrato Marco ISDA 2002, el Anexo correspondiente y el Anexo de Apoyo Crediticio celebrados entre el Cliente y Monex.
1.49 “MAR”: Reglamento (UE) nº 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 xx xxxxx de 2014, sobre abuso xx xxxxxxx.
1.50 “Margen de Variación” significa el monto de Divisa Aceptada que el Cliente debe pagar a Monex con respecto a un Contrato, además del Margen Inicial. Tanto el Margen Inicial como el Margen de Variación son calculados de conformidad con estos Términos y Condiciones y el Contrato de Margen de Garantía, o de conformidad con el ISDA Monex, según corresponda.
1.51 “Margen Inicial” significa el monto de Divisa Aceptada que el Cliente debe pagar a Monex con respecto a un Contrato calculado por referencia a la Tasa de Margen.
1.52 “MESL” significa Monex Europa, S.L., sociedad registrada en España con número de registro (NIF) B56461320, con domicilio social en Xxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx, 00000 Xxxxxx (Xxxxxx), autorizada y supervisada por el Banco de España con número de referencia 6936.
1.53 “MiFID II”: la Directiva 2014/65/eu del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 xx xxxx de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros y por la que se modifican las Directivas 2002/92/CE y 2011/61/UE.
1.54 “Moneda de terminación” significa EUR.
1.55 “Monex” significa Monex Europe Markets, S.V., S.A.U, sociedad registrada en España con número de registro (NIF) A16789208 y domicilio social en Xxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx 0, 00000, Xxxxxx (Xxxxxx), autorizada y supervisada por la CNMV con número de referencia 321.
1.56 “Monto de Liquidación” significa, en relación con un Contrato de Opción, el monto total que el Cliente adeuda a Monex conforme a dicho Contrato de Opción.
1.57 “Movimiento Adverso xxx Xxxxxxx” se refiere a un movimiento adverso en el mercado de divisas entre la Divisa de Compra y la Divisa de Venta que Monex determina que resultaría en una pérdida para Monex si el Cliente no cumpliera con un Contrato FX.
1.58 “Non-Deliverable Forward Contract” o “Contrato NDF” significa un contrato de derivados en virtud del cual el Cliente acuerda liquidar en efectivo en una Divisa Convertible en la Fecha de Liquidación pertinente la diferencia entre el tipo a plazo y el tipo vigente de una Divisa No Convertible sobre un importe nocional acordado.
1.59 “Normativa Aplicable”: se entenderán todas las normas, leyes y reglamentos vigentes en cada momento relacionados directa o indirectamente con la compra o venta de divisas y opciones sobre divisas relacionadas, incluidos, entre otros, el MAR y su regulación de desarrollo, EMIR, la Normativa de Blanqueo de Capitales, MiFID II, junto con cualquier ley o reglamento promulgado en España que establezca un régimen equivalente, o sustancialmente equivalente, al que se aplica en virtud de cualquiera de los anteriores o de todos ellos, y cada uno de los cuales podrá ser modificado o complementado en cada momento.
1.60 “Normativa de Blanqueo de Capitales”: la Ley 10/2010, de 28 xx xxxxx, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (“Ley 10/2010”), su Reglamento (Real Decreto 304/2014, de 5 xx xxxx, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 xx xxxxx, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo), y demás normativa sobre la materia.
1.61 “Nota Contractual” significa el documento escrito de Monex en el que se establecen los detalles del Contrato y que es enviado por Monex al Cliente tras la recepción de la Orden y su aceptación por parte de Monex.
1.62 “Notificación de Ejercicio” significa la notificación realizada por el Cliente de su intención de ejercer un Contrato de Opción si lo considera necesario. Dicha Notificación de Xxxxxxxxx deberá entregarse, como muy tarde, a la Hora de Vencimiento
1.63 “Obligación de Notificación” significa la obligación de comunicar a un registro de operaciones (TR) o a la CNMV los detalles de los Contratos de Derivados que se celebren, modifiquen o extingan, de conformidad con el artículo 9 de EMIR u otra Normativa Aplicable, según especifique Monex en cada momento.
1.64 “Opción de Compra” se refiere a una transacción de opciones sobre divisas celebrada entre Monex y el Cliente con sujeción a los presentes Términos y Condiciones, en virtud de la cual, la parte que actúa como comprador tiene el derecho, pero no la obligación, de comprar a un precio de ejercicio una cantidad determinada de divisas.
1.65 “Opción de Venta” se refiere a una transacción de opciones sobre divisas celebrada entre Monex y el Cliente con sujeción a los presentes Términos y Condiciones, en virtud de la cual, la parte que actúa como comprador tiene el derecho, pero no la obligación, de exigir a la otra parte que compre a un precio de ejercicio una cantidad determinada de divisas.
1.66 “Operación Relevante” significa cualquier Contrato de Derivados entre Monex y el Cliente, cada uno actuando como principal y no como agente de cualquier otra persona que esté sujeta a la Obligación de Notificación.
1.67 “Orden Límite” significa una instrucción del Cliente para celebrar un Contrato en el que la Tasa Monex de la Divisa de Venta en comparación con la Divisa de Compra se mueve a una tasa especificada (notificada a Monex por el Cliente antes de la orden).
1.68 “Orden” es una Instrucción de Operación del Cliente a Monex para celebrar un Contrato de Opción, Contrato Mismo Día, Contrato Día Siguiente, Contrato Spot o Contrato Forward.
1.69 “Pérdidas” significa todas las pérdidas, daños, multas, sanciones, costes, gastos u otras responsabilidades (incluidos los honorarios legales y otros honorarios profesionales).
1.70 “Persona Autorizada” significa una persona autorizada por el Cliente y por la Persona Supervisora Autorizada (que puede incluir a dicha persona) para dar Instrucciones de Operación en su nombre y cuya identidad ha sido notificada por escrito por el Cliente a Monex. La notificación de la condición de esta persona a Monex y el tipo de instrucciones que puede dar a Monex sólo podrá ser dada por la Persona Supervisora Autorizada.
1.71 “Persona Supervisora Autorizada” significa una persona que es director del Cliente o que tiene un estatus equivalente en el Cliente y que ha sido especialmente designada por el Cliente con poder para designar personas como Personas Autorizadas, tal y como se especifique por primera vez en el Formulario de Solicitud y en las sucesivas modificaciones notificadas por escrito a Monex.
1.72 “Política de privacidad” se refiere a la política de privacidad de Monex disponible en el sitio web y que puede actualizarse periódicamente.
1.73 “Prima” con respecto a un Contrato de Opción, significa el precio de compra de la opción que debe pagar el comprador del Contrato de Opción según se especifica en la Nota Contractual pertinente.
1.74 “Real Decreto 813/2023”: Real Decreto 813/2023, de 8 de noviembre, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión.
1.75 “Real Decreto Ley 5/2005” significa el Real Decreto Ley 5/2005, de 11 xx xxxxx, de reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva de Garantías Financieras.
1.76 “Reglamento de Servicios de Pago”: el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera y su Reglamento.
1.77 “Requerimiento de Margen” significa una solicitud de Monex al Cliente de Margen de Variación y/o Margen Inicial.
1.78 “Requisitos de información” tiene el significado que se le da a este término en la cláusula 11 siguiente.
1.79 “Saldo” es el saldo de la Divisa de Venta necesario para liquidar un Contrato FX.
1.80 “Servicios”: los servicios prestados por Monex al Cliente de conformidad con lo establecido en los presentes Términos y Condiciones.
1.81 “Sitio web” significa el sitio web de Monex en xxxxx://xxx. xxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxx.xxx
1.82 “Stop Loss” significa una instrucción del Cliente a Monex para que celebre un Contrato cuando la Tasa Monex de la Divisa Vendedora en comparación con la Divisa Compradora se mueva por debajo de un tipo de cambio objetivo mínimo predeterminado (notificado a Monex por el Cliente antes de una Orden).
1.83 “Tasa de Margen” significa, en relación con el Margen Inicial, el tipo en porcentaje del nocional del Contrato al que se calcula el Margen Inicial.
1.84 “Tasa Monex” es la tasa, determinada por Monex a su entera discreción y periódicamente, como la tasa a la que Monex está dispuesta a realizar operaciones sobre Órdenes Límite o Stop Loss.
1.85 “Términos y Condiciones” significa este documento en su última versión actualizada.
1.86 “TR”: registro de operaciones.
1.87 “Valuación Mark to Market” significa el proceso mediante el cual se determina que un Contrato está “in-the-money” o “out-of-the-money” o se designa como “onside” u “offside”, siendo la posición nocional o no realizada de ganancia o pérdida de ejecutar hipotéticamente una operación, igual y opuesta a las tasas xx xxxxxxx prevalecientes en ese momento, según lo calcule Monex a su entera discreción.
1.88 Salvo que el contexto exija lo contrario, las referencias al singular incluyen el plural.
1.89 Los encabezamientos contenidos en estos Términos y Condiciones se utilizan únicamente por comodidad y no afectan a su interpretación.
1.90 Las referencias en estos Términos y Condiciones a una disposición legal se entenderán hechas a dicha disposición en su versión modificada o promulgada de vez en cuando.
2. SERVICIOS DE PAGO
A partir de la fecha del presente documento, en caso de que el Cliente requiera servicios de pago (según se definen en el Reglamento de Servicios de Pago), dichos servicios serán prestados por MESL de conformidad con los términos y condiciones separados suscritos con MESL (los “Términos MESL”). Sólo respecto de las Empresas del Grupo Monex que presten actividades y estén reguladas en España por la CNMV o el Banco de España, el Cliente estará cubierto por las normas y reglamentos establecidos para la protección de los inversores en España. En la medida en que Monex actúe como agente de cualquier otra Empresa del Grupo Monex, Monex lo notificará al Cliente y, a solicitud de éste, Monex le proporcionará los detalles de la situación reglamentaria (en su caso) de dicha Empresa del Grupo Monex.
3. DECLARACIONES GENERALES DE LOS CLIENTES
3.1 En cada día de vigencia de estos Términos y Condiciones, el Cliente declara y se compromete con Monex a que:
(a) A menos que el Cliente sea un Gestor de Inversiones y se haya acordado por escrito entre Xxxxx y el Gestor de Inversiones que el Gestor de Inversiones está actuando como agente en nombre de terceros nombrados, el Cliente está actuando como mandante y no como agente de ningún mandante no revelado, o de otra manera, y tiene pleno poder legal, capacidad y autoridad para celebrar un Contrato con Monex. y el Cliente reconoce que Xxxxx también está actuando como mandante en relación con cada Contrato.
(b) Toda la información proporcionada a Monex por el Cliente es verdadera, precisa y no engañosa y el Cliente notificará cualquier información relevante que afecte a cualquier Contrato celebrado con Monex, incluyendo, pero no limitado a, información financiera, fiscal, estructura de la empresa o propiedad legal y titularidad real. El Cliente se compromete a notificar oportunamente a Monex cualquier cambio que se produzca, incluyendo, aunque no exclusivamente, el nombre, domicilio, empleados, banqueros y cualquier otra información importante relacionada con el Cliente y su solvencia que pudiera afectar (o que razonablemente pudiera esperarse que afectara) las decisiones de Monex relacionadas con el Cliente.
(c) El Cliente pondrá a disposición de Monex, previa solicitud, toda la información que Monex razonablemente solicite para permitirle cumplir con la Normativa Aplicable y/o tomar decisiones sobre la aceptación o no de un Contrato.
(d) Cada Contrato celebrado por el Cliente con Monex se celebra con fines legales y comerciales.
(e) El Cliente actúa por cuenta propia, y ha tomado sus propias decisiones independientes para celebrar el Contrato correspondiente y en cuanto a si dicho Contrato es apropiado o adecuado para él con base en su propio juicio y en la asesoría de los asesores que ha considerado necesarios. El Cliente no se basa en ningún comunicado (escrito u oral) de Monex para celebrar el Contrato, entendiéndose que la información y explicaciones relacionadas con los términos y condiciones de un Contrato no se considerarán asesoría de inversión o recomendación para celebrar dicho Contrato. Ninguna comunicación (escrita u oral) recibida de la otra parte se considerará como un aseguramiento o garantía en cuanto a los resultados esperados de ese Contrato.
(f) El Cliente es capaz de evaluar y comprender por sí mismo o a través de asesoramiento profesional independiente, y entiende y acepta, los términos, condiciones y riesgos del Contrato, y que cada Contrato se celebra sobre una base de no asesoramiento y sólo ejecución. También es capaz de asumir, y asume, los riesgos del Contrato.
(g) El Cliente desea celebrar uno o más Contratos con Monex para la compra o venta de una opción que da derecho al comprador a comprar o vender a un precio de ejercicio una cantidad específica de divisas, o para la compra o venta y entrega de divisas entregables o no entregables, conforme a estos Términos y Condiciones.
(h) El Cliente tiene la capacidad de realizar cualquier pago o entrega que deba realizar a Monex en los términos del Contrato correspondiente.
(i) El Cliente está plenamente satisfecho de la situación financiera y jurídica de Monex.
3.2 El Cliente acepta que Xxxxx ha categorizado al Cliente como cliente profesional o contraparte elegible para efectos de sus obligaciones conforme a la Normativa Aplicable y según se define en la Normativa Aplicable. A menos que el Cliente notifique a Monex lo contrario, Xxxxx realizará operaciones con el Cliente sobre esta base. El Cliente podrá ejercer su derecho conforme a la Normativa Aplicable de solicitar su recategorización como cliente que goza de un mayor grado de protección, sin embargo Monex no podrá prestar ningún Servicio conforme a los presentes Términos y Condiciones a clientes minoristas en el sentido de la Normativa Aplicable.
3.3 El Cliente acepta y reconoce que es responsable de mantener informado a Monex de cualquier cambio que pudiera afectar su categorización como cliente profesional o contraparte elegible.
3.4 A menos que Monex y el Gestor de Inversiones correspondiente acuerden lo contrario por escrito, cada Gestor de Inversiones estará obligado por estos Términos y Condiciones como si fuera el Cliente.
3.5 Al suscribir los presentes Términos y Condiciones, el Cliente acepta incondicionalmente todos y cada uno de los términos y condiciones contenidos en los mismos, en sus Anexos y en el Contrato, así como en todos los documentos que regulan la relación entre el Cliente y Monex.
3.6 El Cliente reconoce que Monex no proporciona asesoría financiera, legal, fiscal o de cualquier otro tipo en relación con los Servicios contemplados en estos Términos y Condiciones. Al aceptar estos Términos y Xxxxxxxxxxx, el Cliente confirma que lo hace confiando en su propio juicio y que Xxxxx no tendrá para con el Cliente obligación alguna de ejercer juicio alguno en nombre del Cliente respecto de su conveniencia en relación con cualquier operación, transacción o los Servicios proporcionados por Monex.
3.7 El Cliente declara que ha completado, ejecutado y devuelto a Monex el CMIR o ha declarado que no es aplicable conforme a la cláusula 11, y en la medida en que sea aplicable, el Cliente se hará cargo de sus propios reportes regulatorios según XXXX.
PARTE 1: CONDICIONES DE LOS CONTRATOS DE OPCIONES
4. SUSCRIPCIÓN DE CONTRATOS DE OPCIONES
4.1 El Cliente y Monex podrán celebrar un Contrato de Opción mediante el envío por parte del Cliente de una Instrucción de Operación a Monex de conformidad con la cláusula 8 (Requisitos Generales Relacionados con las Instrucciones de Operación).
4.2 La parte que actúe como comprador respecto de un determinado Contrato de Opción pagará la Prima correspondiente a dicho Contrato de Opción mediante la entrega de fondos compensados en la Cuenta Designada de recepción de fondos (cuando el Cliente sea comprador) o en la Cuenta (cuando Monex sea comprador) por el importe total de la Prima correspondiente a dicho Contrato de Opción a más tardar a las 12:00 horas, hora de Madrid, de la Fecha de Pago de la Prima.
4.3 Cualquier Prima pagada por el Cliente a Monex no es reembolsable. Si el Cliente no paga la Prima en su totalidad en la fecha debida, sin perjuicio de cualesquiera otros derechos y recursos de Monex, Monex no estará obligada a aceptar una Notificación de Ejercicio para ejercer una opción bajo un Contrato de Opción y podrá dar por terminado el Contrato de Opción y recuperar todos los costos y gastos en que incurra en relación con el Contrato de Opción.
4.4 La parte que actúe como compradora de un Contrato de Opción podrá en cualquier momento antes de la Fecha de Vencimiento notificar por escrito a la otra parte su intención de dar por terminado el Contrato de Opción sin ejercer la opción, siempre y cuando el vendedor haya recibido el monto total de la Prima. Monex determinará el monto de cualquier pago que deba hacerse entre las partes respecto de dicha terminación (si lo hubiere) y notificará al Cliente dicho monto. El pago correspondiente será efectuado sin demora por el Cliente o Monex, según corresponda.
5. EJERCICIO DE CONTRATOS DE OPCIÓN
5.1 En la Fecha de Vencimiento, un Contrato de Opción en dinero será ejercido automáticamente. Esto es a condición de que todos los fondos adeudados (por ejemplo, la Prima) con respecto al Contrato de Opción en cuestión hayan sido recibidos en fondos liquidados por Monex.
5.2 En la Fecha de Vencimiento, un Contrato de Opción fuera de dinero será abandonado automáticamente. El abandono del Contrato de Opción no cancelará ninguno de los fondos adeudados (por ejemplo, la Prima) con respecto al Contrato de Opción en cuestión que aún no hayan sido recibidos en fondos liquidados por Monex.
6. LIQUIDACIÓN DE CONTRATOS DE OPCIONES
6.1 Tras el ejercicio de un Contrato de Opción en virtud de los presentes Términos y Condiciones, cada una de las partes deberá pagar la divisa y el importe adeudado a la otra parte en la Fecha de Entrega. Tras dicho pago, el Contrato de Opción quedará extinguido y se extinguirán todos los derechos y obligaciones derivados del Contrato de Opción.
6.2 Una vez que Xxxxx haya recibido el Monto de Liquidación en relación con un Contrato de Opción, Monex entregará los fondos en relación con dicho Contrato de Opción en la Cuenta.
PARTE 2: CONDICIONES DE LOS CONTRATOS FX
7. SUSCRIPCIÓN DE CONTRATOS FX
7.1 El Cliente y Monex podrán celebrar un Contrato FX mediante la entrega por parte del Cliente, y la aceptación por parte de Monex, de una Instrucción de Operación para colocar una Orden, Orden Límite o Stop Loss a Monex de conformidad con la cláusula 8 (Requisitos Generales Relacionados con las Instrucciones de Operación).
7.2 Para Contratos Mismo Día, Contratos Día Siguiente, Contratos Spot, y Contratos Forward, el Cliente deberá entregar fondos liquidados en la Cuenta Designada de recepción de fondos por el monto total de la Divisa de Venta, menos cualquier Margen Inicial o Margen de Variación correspondiente a ese Contrato en particular que ya esté en poder de Monex, a más tardar a las 12:00 horas de Madrid de la Fecha Valor, según lo instruya Monex.
7.3 Cuando Monex acepte una Orden Límite o Stop Loss, surgirá un Contrato inmediatamente después de que la Orden Límite o Stop Loss sea ejecutada por Monex y dicha fecha será la Fecha del Contrato y la Confirmación de la Orden a la que se hace referencia en la cláusula 9 (Documentación Comercial) se considerará como la Nota Contractual en relación con el Contrato FX correspondiente. Monex cancelará una Orden Límite o Stop Loss si recibe instrucciones claras del Cliente para hacerlo con un periodo razonable de tiempo antes de que la Orden Límite o Stop Loss sea ejecutada por Monex.
7.4 Si Monex se ve obligado a cancelar un Contrato FX como resultado de la instrucción o acción/inacción o incumplimiento de sus obligaciones por parte del Cliente, el Cliente será responsable ante Monex por las Pérdidas y los costos que surjan como resultado de que Monex tenga que revertir el Contrato FX y comprar la Divisa de Venta y vender la Divisa de Compra para cancelar el Contrato FX, según lo calcule Monex a su entera discreción e incluyendo, para evitar dudas, cualquier diferencial aplicado por Monex al cancelar el Contrato FX, de conformidad con sus prácticas. Dichas Pérdidas y costos que se generen serán calculados por Monex a su entera discreción (actuando de buena fe y de manera comercialmente razonable) y notificados por Monex al Cliente, y deberán ser pagados por el Cliente a Monex dentro del Día Hábil siguiente a la fecha en que Monex cancele el Contrato FX.
7.5 Si Monex cancela un Contrato FX de conformidad con la cláusula 7.4 anterior, Monex tendrá derecho a retener cualquier ganancia, incluyendo cualquier diferencial aplicado de conformidad con la cláusula 7.4, que pudiera surgir como resultado de la cancelación del Contrato FX.
7.6 El Cliente y Monex podrán celebrar un Non-Deliverable Forward Contract o Contrato NDF mediante la entrega por parte del Cliente de una Instrucción de Operación a Monex de conformidad con la cláusula 8 siguiente.
7.7 A efectos de cada Contrato NDF:
(a) “Divisa de Referencia” significa la Divisa No Convertible;
(b) “Fecha de Valoración de NDF” significa la fecha de vencimiento específica en la que se convierte una cantidad acordada de Divisa de Referencia a un tipo a plazo definido;
(c) “Fecha de Liquidación” significa el día en que vence un Contrato NDF y la diferencia entre el tipo a plazo y el tipo de referencia de ese día se liquida en una Divisa Convertible; y
(d) “Divisa de Liquidación” significa el monto de Divisa Convertible pagadero por el Cliente a Monex en la Fecha de Liquidación.
7A COMPENSACIÓN DE PAGOS
7A.1 Si en cualquier fecha hubiera importes pagaderos en la misma moneda y con respecto a uno o más Contratos, entonces, en dicha fecha, la obligación de cada una de las partes de efectuar el pago de cualquiera de dichos importes quedará automáticamente satisfecha y liquidada si la parte que adeuda el importe total mayor efectúa un pago neto a la parte que adeuda el importe total menor.
7A.2 La cláusula 7A.1 no se aplicará a ningún pago efectuado de conformidad con el ISDA Monex.
PARTE 3: CONDICIONES RELATIVAS A LAS INSTRUCCIONES DE OPERACIÓN
8. REQUISITOS GENERALES RELATIVOS A LAS INSTRUCCIONES DE OPERACIÓN
8.1 Todas las Instrucciones de Operación del Cliente a Monex para prestar cualquier Servicio o ejecutar una acción están sujetas y deben realizarse de conformidad con estos Términos y Condiciones.
8.2 Monex no está obligado a aceptar una Orden, una Orden Límite o una Stop Loss y podrá negarse a hacerlo a su entera discreción y sin dar razón alguna. Monex no será responsable ante un Cliente o cualquier otra persona por cualquier Pérdida que resulte de que Monex no acepte una Orden, una Orden Límite o una Stop Loss.
8.3 Cada Orden, si es aceptada por Monex, dará lugar a la suscripción de un Contrato por el Cliente y cada Contrato constituirá un acuerdo independiente y separado.
8.4 Todos y cada uno de los Contratos que Monex determine a su entera discreción que constituyen “Derivados OTC” de conformidad con el artículo 2, apartado 7, del EMIR se celebrarán de conformidad con los términos del ISDA Monex y estarán sujetos a los mismos.
8.5 El Cliente será responsable del debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de cada Contrato.
8.6 Únicamente una Persona Autorizada podrá dar Instrucciones de Operación a Monex y podrá hacerlo por medio de comunicación telefónica, por Internet, o por otros medios, tal y como se establece en estos Términos y Condiciones.
8.7 Es responsabilidad del Cliente frente a Monex mantener debidamente actualizada la lista de Personas Autorizadas. En este sentido, Xxxxx no será responsable frente al Cliente o un tercero cuando haya aceptado una Instrucción de Operación de una persona que originalmente tenía autoridad para actuar en nombre del Cliente de conformidad con la lista de Personas Autorizadas, pero que el Cliente ya no considera como Persona Autorizada, si Monex no hubiese sido informado por el Cliente de dicho cambio.
8.8 Monex está facultado para actuar conforme a las Instrucciones de Operación que provengan o parezcan provenir del Cliente o de cualquier Persona Autorizada en representación del Cliente.
8.9 Una vez que el Cliente haya dado una Instrucción de Operación, el Cliente no podrá retirarla o modificarla sin el previo consentimiento por escrito de Xxxxx. Monex podrá, a su absoluta discreción, negarse a aceptar solicitudes de un Cliente para retirar o modificar una Instrucción de Operación.
8.10 En caso de que Xxxxx retire o modifique una Instrucción de Operación a petición del Cliente, el Cliente será responsable de reembolsar a Monex en su totalidad cualquier Pérdida incurrida por Monex como resultado de dicha retirada o modificación.
8.11 Monex se reserva el derecho de solicitar confirmación por escrito de cualquier Instrucción de Operación, por ejemplo, cuando la Instrucción de Operación parezca ambigua o poco clara.
8.12 Monex hará todo lo razonablemente posible para ejecutar las Instrucciones de Operación del Cliente con prontitud, pero al aceptar las Instrucciones de Operación del Cliente, Monex no declara ni garantiza que será posible ejecutar dichas Instrucciones de Operación, o que la ejecución será posible de acuerdo con los términos de las Instrucciones de Operación. Monex ejecutará las Instrucciones de Operación en nombre del Cliente únicamente cuando el mercado relevante esté abierto para operaciones, y Monex ejecutará cualquier Instrucción de Operación recibida del Cliente fuera de horario xx xxxxxxx tan pronto como sea posible una vez que el mercado relevante esté abierto para operaciones de conformidad con las reglas aplicables a ese mercado.
8.13 El Cliente confirma que ha leído y aceptado la Política de Ejecución de Órdenes de Monex. Monex notificará al Cliente cualquier cambio sustancial a la Política de Ejecución de Órdenes, pero es responsabilidad del Cliente comprobar cualquier tipo de cambio a la Política de Ejecución de Órdenes de Monex que se publique periódicamente en el Sitio Web. No obstante, Monex proporcionará información actualizada sobre la ejecución de órdenes y su Política de Ejecución de Órdenes cuando así se le solicite. Monex considerará que la recepción continuada de Instrucciones de Operación por parte del Cliente constituye el consentimiento continuo del Cliente a la Política de Ejecución de Órdenes de Monex vigente en cada momento.
8.14 Cuando el Cliente dé instrucciones específicas a Monex en cuanto a la ejecución de una Orden, Monex ejecutará la Orden de conformidad con esas instrucciones específicas y no de conformidad con su Política de Ejecución de Órdenes. Cuando las instrucciones del Cliente se refieran únicamente a una parte de la Orden, Monex continuará aplicando su Política de Ejecución de Órdenes y sus políticas de mejor ejecución, según sea el caso, a aquellos aspectos de la Orden no cubiertos por las instrucciones específicas del
Cliente. Monex se reserva el derecho de rechazar instrucciones específicas del Cliente respecto a la ejecución de su Orden, cuando a juicio de Monex dichas instrucciones no sean factibles o puedan ser contrarias a los mejores intereses del Cliente conforme a la regulación aplicable.
8.15 Monex podrá agregar la Orden del Cliente a órdenes propias de Monex y órdenes de otros clientes. Monex realizará dicha agregación cuando considere que, razonablemente, dicha agregación será en el mejor interés general de los clientes. Sin embargo, el resultado general de la agregación puede ser un resultado menos favorable para ciertos clientes en ciertos casos y puede resultar en que el Cliente obtenga un precio menos favorable en relación con una Orden en particular.
8.16 Cuando una Persona Autorizada da una Instrucción de Operación por teléfono, por Internet, o por otros medios, el Cliente acepta que Monex no puede verificar de manera absoluta que la misma haya sido colocada correctamente por el Cliente o que no contenga errores. Las Instrucciones de Operación se dan a riesgo del Cliente. El Cliente acuerda indemnizar a Monex por todas las Pérdidas en las que pueda incurrir como resultado de la aceptación por parte de Monex de cualquier Instrucción de Operación y reconoce que Monex no tiene la obligación de hacer ninguna investigación respecto a las Instrucciones de Operación enviadas por teléfono, comunicación por Internet u otros medios que Monex considere que son Instrucciones de Operación genuinas del Cliente.
8.17 El Cliente reconoce que Xxxxx puede grabar y almacenar todas las comunicaciones recibidas del Cliente. Las conversaciones telefónicas podrán ser grabadas con o sin tono de aviso automático. Monex se reserva el derecho de producir y almacenar copias de estas comunicaciones en un servidor central y utilizar estas copias para verificar los detalles de cualquier Instrucción de Operación o Contrato o para resolver cualquier disputa entre el Cliente y Monex.
8.18 Aunque Monex se esforzará por mantener la seguridad y privacidad de las comunicaciones por Internet, el Cliente reconoce que Internet y el correo electrónico pueden no ser un medio seguro para la comunicación de información confidencial. El Cliente acepta que la comunicación por correo electrónico o su uso del Sitio Web será por cuenta y riesgo del Cliente.
PARTE 4: CONDICIONES RELATIVAS A LA DOCUMENTACIÓN COMERCIAL Y A EMIR
9. DOCUMENTACIÓN COMERCIAL
9.1 El Cliente será el único responsable de garantizar que los datos que proporcione a Monex para que Monex pueda ejecutar una Instrucción de Operación, incluidos, entre otros, los datos de contacto del Cliente y todos los demás datos de una Instrucción de Operación, sean verdaderos y exactos, y no retendrá ni omitirá ninguna información que pueda hacer que dichos datos sean falsos, engañosos o inexactos. El Cliente se compromete a notificar de inmediato a Monex en caso de tener conocimiento de cualquier error, omisión o cambio en los datos que haya proporcionado a Monex.
9.2 Tras la recepción de una Orden, Orden Límite o Stop Loss, Monex enviará al Cliente por los medios dispuestos al efecto una Nota Contractual en el caso de una Orden, y una Confirmación de Orden en el caso de una Orden Límite o Stop Loss, antes del cierre de las operaciones en Madrid, España, en la fecha de recepción de la Orden, Orden Límite o Stop Loss correspondiente. El hecho de que Monex no emita una Nota Contractual o Confirmación de Orden al Cliente no perjudicará los derechos y obligaciones de cualquiera de las partes conforme a estos Términos y Condiciones.
9.3 Si Monex emite una Nota Contractual o Confirmación de Orden al Cliente, cualquier error u omisión en el contenido de dicha Nota Contractual o Confirmación de Orden deberá ser notificado a Monex dentro de la Hora Hábil siguiente a su envío al Cliente. Si la Nota Contractual o Confirmación de Orden se envía fuera de la Hora Hábil, cualquier error u omisión deberá notificarse dentro de la primera Hora Hábil del Día Hábil siguiente. A partir de ese momento, se considerará que el Cliente ha aceptado el contenido de la Nota Contractual o Confirmación de Orden y no tendrá derecho a impugnar el contenido de la Nota Contractual o Confirmación de Orden. Si el Cliente notifica cualquier error u omisión en una Nota Contractual o Confirmación de Orden a Monex dentro del plazo aplicable especificado anteriormente, Monex y el Cliente realizarán esfuerzos razonables, actuando de buena fe y de manera comercialmente razonable, para tratar de resolver la diferencia y acordar el contenido de la Nota Contractual o Confirmación de Orden a la mayor brevedad posible.
9.4 Las Notas Contractuales y las Confirmaciones de Orden se enviarán por correo electrónico. En circunstancias excepcionales, podrán enviarse por correo postal o por un medio alternativo acordado entre el Cliente y Monex. Se considerará que han sido recibidos por el Cliente en el mismo momento de su envío en el caso del correo electrónico, y a las 48 horas a partir de la fecha de envío si se envían por correo postal. Los documentos se enviarán a la última dirección de correo electrónico o postal que el Cliente hubiera notificado a Monex. Es obligación del Cliente asegurarse de que Monex tenga actualizada su información de contacto.
9.5 Monex se reserva el derecho de volver a emitir la Nota Contractual o Confirmación de Orden para corregir cualquier error, equivocación u omisión involuntaria y Monex se compromete a hacerlo tan pronto como sea razonablemente posible después de que Monex tenga conocimiento de dicho error, equivocación u omisión.
10. REPRESENTACIÓN EMIR
10.1 El Cliente deberá especificar en el Formulario de Solicitud si se aplica la Opción A, la Opción B o la Opción C:
(a) Opción A: el Cliente realiza las declaraciones de la cláusula 10.2 (a) y
10.2 (b);
(b) Opción B: el Cliente sólo hace la declaración de la cláusula 10.2 (a); o
(c) Opción C: el Cliente no realiza la declaración de la cláusula 10.2 (a) o 10.2(b).
10.2 El Cliente declara a Monex de forma continuada a partir de la fecha de entrada en vigor de estos Términos y Condiciones que:
(a) Sea (A) una contraparte no financiera (tal como se define este término en EMIR); o (B) una entidad establecida fuera de la Unión Europea que, según su xxxx saber y entender, tras haber considerado debidamente su situación, constituiría una contraparte no financiera (tal como se define este término en EMIR) si estuviera establecida en la Unión Europea; y
(b) No está sujeta a la obligación de compensación conforme a EMIR (o, respecto de una entidad conforme a la cláusula 10.2 (a) (B) anterior, no estaría sujeta a la obligación de compensación si estuviera establecida en la Unión Europea) respecto de los Contratos pendientes entre Monex y el Cliente. A los efectos de este apartado (b) de esta declaración, se asume que los Contratos son de un tipo que ha sido declarado sujeto a la obligación de compensación de conformidad con el Artículo 5 de EMIR y que están sujetos a la obligación de compensación de conformidad con el Artículo 4 de EMIR (sea o no de hecho este el caso), y que se ignoran cualesquiera disposiciones transitorias de EMIR.
10.3 En caso de que el estatus del Cliente conforme a EMIR cambie después de que estos Términos y Condiciones entren en vigor, de tal manera que se requiera que cambie su elección de la Opción A, Opción B u Opción C según se establece en el Formulario de Solicitud, el Cliente deberá notificar inmediatamente a Monex dicho cambio de estatus y su elección revisada y, con efecto a partir de dicha fecha, se considerará que el Cliente hace únicamente la(s) declaración(es), en su caso, requerida(s) conforme a dicha elección revisada. La falta de notificación de dicho cambio constituirá un incumplimiento sustancial de estos Términos y Condiciones.
11. OBLIGACIÓN DE NOTIFICACIÓN BAJO EMIR
11.1 El Cliente y/o Monex tienen una Obligación de Notificación de conformidad con EMIR y demás Normativa Aplicable. Cuando así se especifique en el Formulario de Solicitud, el Cliente y Monex habrán celebrado un Contrato Marco de Información Reglamentaria en relación con dicha Obligación de Notificación. Se considera que dicho Contrato Marco de Información Reglamentaria forma parte de los presentes Términos y Condiciones y las partes cumplirán sus respectivas obligaciones en virtud del mismo.
11.2 No obstante lo anterior y aun cuando el Cliente haya especificado en el Formulario de Solicitud que se hará cargo de sus propios reportes regulatorios o que no le aplica la Obligación de Notificación bajo EMIR, el Cliente se obliga a proporcionar o completar la documentación y realizar los actos que Monex le requiera en relación con la Obligación de Notificación de Monex o del Cliente.
11.3 El Cliente reconoce y acepta que Xxxxx no le está proporcionando ningún tipo de asesoramiento u opinión con respecto a la interpretación de EMIR o Normativa Aplicable, y que el Cliente es responsable de llevar a cabo su propia investigación, análisis y evaluación de la Obligación de Notificación y de cualquier información o comunicación de Monex en relación con cualquier requisito relacionado.
11.4 Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario contenida en los presentes Términos y Condiciones o en cualquier acuerdo de no divulgación, confidencialidad o de otro tipo suscrito entre las partes, por el presente documento, cada una de las partes consiente en la divulgación de información:
(a) En la medida en que lo exijan o permitan las disposiciones de cualquier xxx, xxxxx o reglamento aplicable y cualquier xxx, xxxxx o reglamento de apoyo aplicable que obligue a notificar y/o conservar información sobre transacciones e información similar, o en la medida en que lo exijan o permitan las disposiciones de cualquier orden o directiva relativa a la notificación y/o conservación de información sobre operaciones y similar emitida por cualquier autoridad u organismo o agencia de conformidad con la cual la otra parte esté obligada o acostumbrada a actuar (“Legislación Primaria y de Apoyo”), y también en la medida en que se requiera de conformidad con los términos de estos Términos y Condiciones según lo determine la parte notificante a su entera y absoluta discreción, incluyendo cuando Monex o cualquier Empresa del Grupo Monex no sea la contraparte de una Operación Relevante con el Cliente o Monex, la divulgación de información a la entidad que sea contraparte de dicha Operación Relevante incluyendo a través de terceros proveedores de servicios (“Requisitos de información”); o
(b) A y entre la sede central, sucursales o filiales de la otra parte, o cualesquiera personas o entidades que presten servicios a dicha otra parte o a su sede central, sucursales o filiales, en cada caso, en relación con dichos Requisitos de Información.
Cada una de las partes reconoce que, de conformidad con la Legislación Primaria y de Apoyo, los reguladores exigen la comunicación de datos de transacciones para aumentar la transparencia xxx xxxxxxx y permitir a los reguladores supervisar el riesgo sistémico para garantizar la aplicación de salvaguardias a nivel mundial.
Cada una de las partes reconoce además que las divulgaciones realizadas en virtud del presente documento pueden incluir, sin limitación, la divulgación de información comercial, incluida la identidad de una parte (nombre, dirección, afiliación corporativa, identificador u otro) a cualquier registro de operaciones o uno o más sistemas o servicios operados por cualquiera de dichos registros de operaciones (“TR”) y cualquier regulador pertinente en virtud de la Legislación Primaria y de Apoyo, y que dichas divulgaciones
podrían dar lugar a que determinados datos anónimos de transacciones y precios se pongan a disposición del público. Cada parte reconoce además que, a efectos de cumplir con los Requisitos de Información, una parte puede utilizar un proveedor de servicios externo para procesar o transferir información comercial a un TR, y que un TR puede contratar los servicios de un registro de operaciones globales regulado y supervisado por uno o más reguladores gubernamentales. Cada una de las partes también reconoce que las divulgaciones realizadas en virtud del presente documento pueden realizarse a destinatarios en una jurisdicción distinta a la de la parte notificante o en una jurisdicción que no necesariamente proporcione un nivel de protección de datos equivalente o adecuado al de la jurisdicción de origen de la contraparte. Para evitar cualquier duda, (1) en la medida en que la legislación aplicable en materia de no divulgación, confidencialidad, secreto bancario, privacidad de los datos u otra legislación imponga requisitos de no divulgación sobre la información relativa a las transacciones y similar que deba o pueda divulgarse según lo contemplado en el presente documento, pero permita a una de las partes renunciar a dichos requisitos mediante consentimiento, el consentimiento y los reconocimientos aquí previstos constituirán un consentimiento de cada una de las partes a efectos de dicha legislación; (2) cualquier acuerdo entre las partes para mantener la confidencialidad de la información contenida en este documento o en cualquier acuerdo de no divulgación, confidencialidad o de otro tipo seguirá siendo de aplicación en la medida en que dicho acuerdo no sea incompatible con la divulgación de información en relación con los Requisitos de Información establecidos en el presente documento; y (3) nada de lo aquí dispuesto pretende limitar el alcance de cualquier otro consentimiento de divulgación otorgado por separado por cada parte a la otra parte.
11.5 Monex podrá, mediante notificación por escrito al Cliente, modificar (total o parcialmente) cualquier disposición de los términos relativos a la presentación de información reglamentaria para adaptarse a cualquier cambio en la legislación, norma, reglamento, requisito operativo (de Monex o de cualquier TR pertinente) o cualquier orientación proporcionada por la Comisión Europea, la AEVM o cualquier autoridad nacional competente u otra autoridad reguladora, incluida la CNMV, con respecto a cualquier Obligación de Notificación, los Requisitos de Información u otra Normativa Aplicable relacionada.
11.6 Una modificación conforme a la cláusula 11.5 anterior entrará en vigor en la Fecha de Entrada en Vigor de la Modificación, a menos que el Cliente rechace dicha modificación por correo electrónico a EMIR@ monexeurope. com antes de la Fecha de Entrada en Vigor de la Modificación, en cuyo caso estos Términos y Condiciones terminarán en la Fecha de Entrada en Vigor de la Modificación.
11.7 Cualquier incumplimiento por parte del Cliente de cualquier aspecto de esta cláusula 11 constituirá un incumplimiento sustancial de estos Términos y Condiciones.
11.8 Cada una de las partes reconoce que la otra puede estar obligada, o se le puede solicitar, en virtud de EMIR o de otra Normativa Aplicable, que informe a su autoridad nacional competente de:
(a) Los Contratos cuyas Notas Contractuales estén pendientes durante más de cinco Días Hábiles tras la expiración del plazo de confirmación pertinente impuesto por EMIR; y
(b) Cualquier disputa relacionada con un Contrato, su valoración, o el intercambio de Margen Inicial o Margen de Variación por un importe o un valor superior a 15 millones de euros y pendiente durante al menos quince Días Hábiles, y, en consecuencia, consiente en dicha divulgación.
PARTE 5: MARGEN INICIAL Y DE VARIACIÓN
12. MARGEN INICIAL Y DE VARIACIÓN
Requisitos generales relativos a la provisión de margen por parte del Cliente:
12.1 El Cliente se compromete a proporcionar a Monex el Margen Inicial y/o Margen de Variación de conformidad con los presentes Términos y Condiciones. Todos los Requerimientos de Margen deberán ser satisfechos dentro de los plazos aquí especificados.
12.2 Sujeto a estos Términos y Condiciones, Monex se reserva el derecho de realizar un Requerimiento de Margen adicional en cualquier momento y en cualquier número de ocasiones en las que exista, a entera y absoluta discreción de Monex:
(a) Un deterioro de la situación financiera o de la solvencia del Cliente;
(b) Preocupación por la capacidad del Cliente para liquidar cualquiera de sus obligaciones en virtud de un Contrato;
(c) Una circunstancia que justifica dicha acción;
(d) Un Movimiento Adverso xxx Xxxxxxx; o
(e) Condiciones generales xxx xxxxxxx que lleven a Monex a pensar que puede haber un Movimiento Adverso xxx Xxxxxxx.
12.3 También se considera que existe un Movimiento Adverso xx Xxxxxxx cuando, a juicio exclusivo de Monex, el tipo de cambio xx xxxxxxx de la Divisa de Venta con respecto a la Divisa de Compra se ha movido de manera adversa en una Valuación Mark to Market.
12.4 El Cliente conviene en que todos los derechos, títulos e intereses sobre cualquier Margen Inicial o Margen de Variación que transfiera a Monex en virtud de los presentes Términos y Condiciones corresponderán a Monex libres de cualquier gravamen, reclamación, o carga o cualquier otro interés del Cliente o de cualquier tercero.
12.5 Nada de lo dispuesto en estos Términos y Condiciones tiene por objeto crear a favor de cualquiera de las partes, una hipoteca, carga, gravamen, prenda, u otro interés de seguridad en cualquier efectivo transferido por una parte a la otra parte en virtud de estos Términos y Condiciones.
12.6 Las partes pretenden que los acuerdos relativos al Margen Inicial y al Margen de Variación, que se describen en esta cláusula, constituyan un acuerdo de garantía financiera con cambio de titularidad en el sentido de la Directiva sobre Garantías Financieras y el Real Decreto Ley 5/2005, en su versión vigente en cada momento.
12.7 El Cliente reconoce y entiende que cuando el dinero del Cliente se mantiene bajo un acuerdo de garantía financiera con cambio de titularidad, Xxxxx puede manejar ese dinero como si fuera suyo y, en consecuencia, existen ciertos riesgos asociados a tales acuerdos. En caso de insolvencia de Monex, el Cliente solo tendrá un derecho no garantizado contra Monex para el reembolso de ese dinero, y dicho derecho estará sujeto al ejercicio por parte de Monex de cualquier derecho de compensación que pueda tener en virtud de cualquier acuerdo que Monex pueda celebrar con usted, o de otro modo en virtud de la legislación general y aplicable. Cuando el Cliente desee optar por no participar en el acuerdo de garantía financiera con cambio de titularidad con Monex, el Cliente conviene en notificar a Monex mediante la firma de la carta de opción de no participación y enviarla por correo electrónico a xxxx.xxxxx@xxxxxxxxxxx.xx
12.8 El Cliente acuerda que la totalidad o parte del Margen Inicial y de cualquier Margen de Variación transferido por el Cliente conforme a estos Términos y Condiciones podrá ser aplicado para satisfacer cualquier obligación que el Cliente tenga con Monex, incluyendo cualquier Monto de Terminación según se define en la Cláusula 15, y dicha obligación se reducirá por el monto del Margen Inicial o del Margen de Variación así aplicado.
12.9 El Margen Inicial y cualquier Margen de Variación podrán ser retenidos por Monex y ser utilizados como parte de la Divisa de Venta pagadera por el Cliente respecto del Contrato correspondiente, o ser destinados a un Contrato separado de conformidad con la cláusula 12.11.
12.10 Monex podrá, a su discreción, previa notificación al Cliente o a solicitud del Cliente, retener la Divisa de Compra en uno o más Contratos y utilizarla para la liquidación de cualquier Margen Inicial, Margen de Variación, cualquier Divisa de Venta, o Prima requerida en otro Contrato.
12.11 Monex podrá utilizar a su discreción el Margen Inicial y cualquier Margen de Variación en relación con un Contrato como Xxxxxx Inicial o Margen de Variación en otro Contrato con Monex.
12.12 Monex podrá a su entera discreción retrasar el requerimiento de Xxxxxx Inicial o Margen de Variación. Cualquier retraso u omisión por parte de Monex en el requerimiento de Margen Inicial o Margen de Variación no constituye ni deberá presumirse como una renuncia a dicho derecho y, además, el ejercicio único o parcial de ese derecho no constituye ni deberá presumirse como un impedimento para cualquier ejercicio subsecuente o posterior de ese derecho o, más aún, para el ejercicio de cualquier otro derecho, facultad o privilegio de Monex de conformidad con estos Términos y Condiciones.
12.13 Con respecto a las cláusulas 12.9 y 12.10, Monex cambiará divisas al tipo de cambio apropiado cuando sea necesario.
12.14 Monex se reserva el derecho de realizar un Requerimiento de Margen de conformidad con la cláusula 12.1 anterior. Cuando Xxxxx realice un Requerimiento de Margen, el Cliente deberá transferir a la Cuenta Designada de recepción de fondos el Margen de Variación dentro del Día Hábil siguiente a la primera comunicación de Monex al Cliente sobre el Requerimiento de Margen.
12.15 Según la cláusula 12.11, Monex transferirá al Cliente un monto igual y en la misma moneda que cualquier Margen Inicial y/o Margen de Variación transferido por el Cliente a Monex respecto de un Contrato en particular y que no haya sido contabilizado al Cliente, una vez que todos los pasivos (reales o contingentes) que estén vencidos o puedan vencer o incurrirse por el Cliente a favor de Monex de conformidad con el Contrato en cuestión se hayan liquidado totalmente.
12.16 Monex podrá considerar y celebrar acuerdos de Margen Inicial y Margen de Variación diferentes o adicionales con el Cliente y en caso de que no haya suficiente efectivo en la Cuenta Designada del Beneficiario para cubrir cualquier cantidad que se requiera transferir de conformidad con dichos requisitos de Margen Inicial y/o Margen de Variación o para satisfacer cualquier obligación del Cliente con respecto a cualquier Contrato celebrado de conformidad con estos Términos y Condiciones, Monex podrá celebrar con el Cliente acuerdos de margen separados y por escrito, ya sea en la forma de un Contrato de Margen de Garantía o de otra manera.
REQUISITOS DE MARGEN INICIAL
12.17 Monex se reserva el derecho de requerir al Cliente que proporcione Margen Inicial a Monex para cualquier Contrato cuando Monex lo considere necesario o prudente. Cualquier Margen Inicial que se proporcione de esta manera se otorgará automáticamente a Monex en la Fecha Valor o en cualquiera de las circunstancias establecidas en estos Términos y Condiciones.
12.18 Para todos los Contratos Forward, el Cliente deberá transferir a la Cuenta Designada de recepción de fondos el Margen Inicial (de acuerdo con las instrucciones de Monex) dentro del Día Hábil siguiente a la Fecha del Contrato y el Saldo a más tardar a las 12:00 horas de Madrid en la Fecha Valor. Para todos los demás Contratos y en relación con cualquier Margen Inicial adicional, el Cliente deberá transferir el Margen Inicial a la Cuenta Designada de recepción de fondos dentro del Día Hábil siguiente a la fecha en que Monex le comunique por primera vez la solicitud de Margen Inicial.
12.19 El Margen Inicial será el monto que Monex determine a su entera y absoluta discreción.
12.20 La Tasa de Xxxxxx que utilizará Monex para calcular el Margen Inicial se calcula en el momento pertinente (siendo la Fecha de Contrato con respecto al Margen Inicial) como:
(a) 5% en el caso de los Contratos de Divisas Principales;
(b) Entre el 5% y el 10% respecto de los Contratos de Divisas Menores determinados por Monex; o bien
(c) Entre el 10% y el 15% respecto a los Contratos de Divisas Exóticas que determine Monex.
12.21 Monex podrá modificar la Tasa de Xxxxxx sin previo aviso de acuerdo con las condiciones xxx xxxxxxx.
REQUISITOS DE MARGEN DE VARIACIÓN
12.22 Si el Cliente ha especificado en el Formulario de Solicitud que se aplica la Opción A y es una Contraparte No Financiera por debajo de todos los umbrales de compensación a los efectos de EMIR, o en cualquier momento posterior cambia su elección de conformidad con la cláusula 10.3 de estos Términos y Condiciones para que se aplique la Opción A, entonces, salvo que Monex y el Cliente acuerden otra cosa, se aplicarán las cláusulas 12.24 a 12.27 y se proporcionará Margen de Variación de conformidad con estos Términos y Condiciones y el Contrato de Margen de Garantía.
12.23 Para cualquier otro Cliente, el Margen de Variación se proporcionará de conformidad con el ISDA Monex o el Contrato de Margen de Garantía o según se acuerde por separado entre el Cliente y Monex periódicamente.
12.24 El Margen de Variación será un monto determinado a la sola y absoluta discreción de Monex. Conforme a lo establecido en la cláusula 12.1 anterior, Monex se reserva el derecho de realizar, en cualquier momento y en cualquier número de ocasiones, Requerimientos de Margen adicionales para obtener más Margen de Variación.
12.25 Los procedimientos para la liquidación de los Requerimientos de Margen de Variación son:
(a) Si se produce un Movimiento Adverso xxx Xxxxxxx y la Valuación Mark to Market está fuera de dinero, el Cliente proporcionará a Monex un Margen de Variación denominado en la Divisa Base, sujeto al Importe Mínimo de Transferencia acordado periódicamente entre Monex y el Cliente; y
(b) Si el Cliente lo solicita y es debido, Monex devolverá el Margen de Variación al Cliente si hay una corrección en el mercado que cancele por completo el Movimiento Adverso xxx Xxxxxxx pero la obligación de devolver el Margen de Variación está sujeta a la cláusula 12.11 y 12.27.
12.26 Cuando Monex realice un Requerimiento de Margen de Variación, el Cliente deberá transferir a la Cuenta Designada de recepción de fondos el Margen de Variación dentro del Día Hábil siguiente a la primera comunicación de Requerimiento de Monex al Cliente.
12.27 Monex podrá, a su entera discreción, convertir cualquier Margen de Variación que posea en Xxxxxx Inicial en relación con cualquier Contrato que pudiera tener con el Cliente.
PARTE 6: DINERO DEL CLIENTE Y COMISIONES
13. DINERO DEL CLIENTE
13.2 Para evitar cualquier duda, el Cliente reconoce que cualquier efectivo que Monex reciba de o mantenga para el Cliente no será Dinero del Cliente cuando se convierta o sea pagadero a Monex conforme a estos Términos y Condiciones (incluyendo cualquier Prima, Saldo o Divisa de Venta).
13.3 Cuando el Cliente liquide un Contrato en efectivo, cualquier liquidación que Monex reciba en nombre del Cliente no se convertirá en Dinero del Cliente hasta el cierre de operaciones en la Fecha de Entrega. Cuando el Cliente liquide físicamente un Contrato, la Divisa de Compra no se convertirá en Dinero del Cliente hasta el cierre de operaciones de la Fecha de Entrega.
13.4 Cuando Monex mantenga el Dinero del Cliente en beneficio del Cliente de conformidad con las reglas sobre dinero del cliente de la Normativa Aplicable, Monex no pagará al Cliente ningún interés devengado por el Dinero del Cliente.
13.5 El Dinero del Cliente será mantenido por Monex en una cuenta fiduciaria, protegida y segregada de los fondos propios de Monex en caso de insolvencia, de conformidad con las reglas sobre dinero del cliente de la Normativa Aplicable.
13.6 Monex depositará todos los fondos que reciba de o deba liquidar a sus Clientes en cuentas protegidas, tal y como exige el artículo 79 del Real Decreto 813/2023.
13.7 En caso de insolvencia de Monex, el dinero del cliente estará protegido conforme a la cláusula 25 de estos Términos y Condiciones respecto del Fondo de Garantía de Inversiones.
13.8 Monex actuará con habilidad, cuidado y diligencia razonables en la selección, designación y revisión periódica de las instituciones financieras con las que mantendrá el Dinero del Cliente, de conformidad con sus obligaciones regulatorias.
13.9 Cuando el Dinero del Cliente se deposita en un banco fuera de España, el régimen legal y reglamentario aplicable puede ser diferente al de España. En caso de quiebra xxx xxxxxxx, el Dinero del Cliente puede ser tratado de forma diferente a la posición que se aplicaría si el efectivo se mantuviera en España.
13.10 Monex no acepta responsabilidad alguna por los actos, omisiones o insolvencia de cualquier banco en el que deposite el Dinero del Cliente.
13.11 El Cliente conviene en que Monex podrá, a su entera discreción, decidir transferir a una institución de beneficencia registrada de su elección cualquier saldo del Dinero del Cliente, siempre y cuando no haya habido movimiento alguno en dichos saldos durante un periodo de seis
(6) años o cualquier otro periodo establecido por la Normativa Aplicable (descontando cualquier pago o cobro de cargos, intereses o conceptos similares) y Monex no haya podido contactar al Cliente después de haber tomado medidas razonables de conformidad con la Normativa Aplicable para localizar al Cliente y devolverle el Dinero del Cliente, en cuyo caso, Monex no estará obligado a tratar dicho efectivo como Dinero del Cliente. En tales circunstancias, Xxxxx cumplirá con cualquier requisito establecido en la Normativa Aplicable para comprometerse incondicionalmente a pagar al Cliente una suma igual a los saldos del Dinero del Cliente que se hayan pagado en caso de que el Cliente intente reclamar los saldos del Dinero del Cliente.
13.12 El Cliente conviene en que, como parte de cualquier transferencia de la totalidad o parte de las actividades de Monex a un tercero, Monex podrá transferir al tercero cualquier suma del Dinero del Cliente que mantenga en relación con dichas actividades, siempre y cuando (1) las sumas transferidas sean mantenidas por el tercero de conformidad con las normas sobre dinero de los clientes de la Normativa Aplicable; y (2) si no se mantiene de conformidad con las reglas de dinero del cliente de la Normativa Aplicable, Monex ejercerá toda la habilidad, cuidado y diligencia debidos para evaluar si el tercero aplicará las medidas adecuadas para proteger dichas sumas. Monex se asegurará de que, antes de cualquier transferencia de sumas a un tercero conforme a este apartado, se cerciore de que el efectivo del Cliente seguirá estando protegido de manera equivalente a si Monex hubiera seguido manteniendo el efectivo como Dinero del Cliente.
14. TASAS, TARIFAS Y CÁNONES
14.1 Monex podrá deducir de cualquier pago efectuado al Cliente las cantidades que, de conformidad con la regulación aplicable, Monex deba deducir.
14.2 El Cliente reconoce que Xxxxx no tiene obligación de revelar al Cliente cualquier ganancia que obtenga en un Contrato.
14.3 En caso de que el Cliente no cumpla con sus obligaciones derivadas de un Contrato, el Cliente pagará cualquier cargo por intereses en que incurra Monex como resultado del incumplimiento de las obligaciones del Cliente.
14.4 Debido a la naturaleza xxx xxxxxxx de divisas, Monex no ofrece tipos o diferenciales fijos preestablecidos con respecto a la Divisa de Venta, sino que cotiza los tipos transacción por transacción.
14.5 Monex podrá, a solicitud del Cliente, cotizar una tasa diferencial definida o fija alejada xxx xxxxxxx por par de divisas.
14.6 Si Monex se ve obligado a cancelar un Contrato como resultado de la instrucción o acción/inacción o incumplimiento de sus obligaciones por parte del Cliente, y sin perjuicio de lo dispuesto específicamente en estos Términos y Condiciones para los Contratos FX, el Cliente será responsable ante Monex por cualquier Pérdida que surja como resultado de que Monex tenga que revertir el Contrato y comprar la Divisa de Venta y vender la Divisa de Compra para cancelar el Contrato. Dichas pérdidas deberán ser pagadas por el Cliente a Monex dentro del Día Hábil siguiente a la fecha en que Monex cancele el Contrato.
14.7 En caso de que el Cliente no cumpla con sus obligaciones derivadas de un Contrato, el Cliente pagará cualquier cargo por intereses en que incurra Monex como resultado del incumplimiento de las obligaciones del Cliente.
14.8 Monex informará al Cliente sobre los costos en que incurrirá al operar con Monex de conformidad con la Normativa Aplicable. El Cliente reconoce y acepta que Monex tiene derecho a acordar con el Cliente, como cliente profesional o contraparte elegible, una aplicación limitada de los requisitos específicos previstos en la Normativa Aplicable con respecto a la divulgación de costos y cargos asociados, y el Cliente acepta que Monex podrá proporcionar información de forma menos detallada, diferente o más limitada en la medida máxima permitida por la Normativa Aplicable.
PARTE 7: INCUMPLIMIENTO Y RESPONSABILIDAD
15. INCUMPLIMIENTO Y RESCISIÓN
15.1 El Cliente acepta que la naturaleza de los mercados de divisas exige que cualquier transacción de divisas entre el Cliente y Monex sea crítica en términos de tiempo y, por lo tanto, el tiempo será esencial con respecto a cualquiera de las obligaciones del Cliente.
15.2 El Cliente acepta que Xxxxx realice las verificaciones y solicite la información que considere necesaria sobre la situación legal y financiera del Cliente.
15.3 El Cliente se obliga a proporcionar a Monex, a solicitud de ésta, toda la información y documentación necesaria para que Monex cumpla con la Normativa Aplicable y la legislación española.
15.4 Con respecto a los Contratos de Opción, el incumplimiento por parte del Cliente de la cláusula 4.2 anterior constituye un incumplimiento sustancial de estos Términos y Condiciones.
15.5 Con respecto a los Contratos Mismo Día, Contratos Día Siguiente, Contratos Spot y Contratos Forward, el incumplimiento por parte del Cliente de la cláusula 7.2 anterior constituye un incumplimiento sustancial de estos Términos y Condiciones.
15.6 Todos los fondos adeudados por el Cliente a Monex en virtud de estos Términos y Condiciones se transferirán en su totalidad sin gravamen, cargo, compensación, contrademanda o deducción alguna (incluidos, entre otros, los cargos bancarios o cualquier Prima o Divisa de Compra relacionada con cualquier otro Contrato) y de conformidad con estos Términos y Condiciones y cualquier instrucción adicional de Monex.
15.7 Monex no es una empresa de recepción de depósitos. Todos los fondos recibidos por Monex son para el propósito específico de la prestación de los Servicios descritos en estos Términos y Condiciones. Excepto cuando se acuerde por separado entre Monex y el Cliente, no se pagarán intereses al Cliente por los fondos (incluyendo Margen Inicial y Margen de Variación) que Monex reciba del Cliente durante la vigencia del Contrato.
15.8 El Cliente conviene en que Monex tiene el derecho de cerrar en cualquier momento cualquier Contrato o parte de cualquier Contrato vigente entre el Cliente y Monex cuando se hayan celebrado y de cancelar las Órdenes Límite o Stop Loss cuando se hayan celebrado, así como de tomar cualquier otra acción que Monex considere conveniente para mitigar las posibles pérdidas y costos ocasionados por cualquiera de las siguientes circunstancias:
(a) El Cliente no paga una Prima a Monex a su vencimiento de conformidad con estos Términos y Condiciones, o el Cliente no paga cualquier cantidad adeudada a Monex de conformidad con el ISDA Monex o de conformidad con el Contrato de Margen de Garantía;
(b) El Cliente no transfiere la Divisa de Venta, el Saldo, el Margen Inicial o el Margen de Variación a Monex o no paga cualquier otra cantidad a Monex a su vencimiento de conformidad con estos Términos y Condiciones;
(c) Se produce un Acto de Insolvencia y la regulación aplicable lo permite;
(d) El Cliente incumple sustancialmente estos Términos y Condiciones o ha incumplido sustancialmente los términos de cualquier otro contrato celebrado con Monex (incluyendo el ISDA Monex o el Contrato de Margen de Garantía) o con cualquier otra Empresa del Grupo Monex, según lo determine Monex a su entera discreción;
(e) Cualquier organismo regulador o gubernamental lo solicite a Monex;
(f) El Cliente notifica a Monex que no tiene la intención de proceder o cumplir con cualquiera de sus obligaciones en virtud de cualquier Contrato;
(g) Una filial del Cliente incumple cualquier acuerdo contractual por escrito que haya celebrado con Xxxxx;
(h) Monex lo considera necesario, a su absoluta discreción, para su propia protección, incluyendo, sin limitación, protegerse de cualquier consecuencia negativa económica, comercial y/o de reputación;
(i) El Cliente incumple alguna de las obligaciones establecidas en los presentes Términos y Condiciones y, en caso de que dicho incumplimiento sea subsanable, no se subsana en o antes del primer Día Hábil posterior a la notificación por escrito de Monex al Cliente;
(j) Cualquier declaración hecha por el Cliente de conformidad con estos Términos y Condiciones, el Formulario de Solicitud o cualquier otro acuerdo celebrado entre Monex y el Cliente resulte ser incorrecta o falsa en cualquier aspecto sustancial cuando se hizo o se repitió, o cuando se considere que se hizo o se repitió;
(k) En relación con el Cliente, o cualquiera de sus filiales, se produzca o declare un incumplimiento, evento de incumplimiento, evento de terminación o evento sustancialmente similar en virtud de cualquier otro acuerdo de cualquier naturaleza con Monex o cualquier Empresa del Grupo Monex (incluidos el ISDA Monex, el Contrato de Margen de Garantía, o cualquier otro acuerdo).
15.9 En caso de que el Cliente tenga conocimiento de cualquiera de las circunstancias a que se refiere la cláusula 15.8, deberá dar aviso inmediato a Monex.
15.10 Monex (actuando de buena fe y de manera comercialmente razonable) determinará la fecha en la que cualquier terminación de conformidad con esta cláusula será efectiva (la “Fecha de Terminación”) y notificará al Cliente por escrito la Fecha de Terminación y el Monto por Terminación pagadero con respecto a dicha terminación, calculado de conformidad con la cláusula 15.11 siguiente. Si el Monto por Terminación es positivo, el Cliente se compromete a
pagar a Monex dicho Monto por Terminación dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de Monex. Si el Monto por Terminación es una cantidad negativa, Monex acuerda pagar dicho Monto por Terminación al Cliente tan pronto como sea razonablemente posible.
15.11 Para efectos de la presente cláusula, el “Monto de Terminación” será un monto neto, en la Moneda de Terminación, calculado por Monex a su entera discreción a la Fecha de Terminación, como un monto igual a la suma de los montos adeudados a Monex por el Cliente, que incluirá todos y cada uno de los costos y gastos incurridos por Monex en relación con la terminación e incluyendo, para evitar dudas, cualquier diferencial aplicado por Monex de conformidad con sus prácticas, (expresado como un monto positivo) o por Monex al Cliente (expresado como un monto negativo) respecto de cada Contrato terminado y otros acuerdos como se contemplan en la cláusula
15.13 siguiente. Al determinar el Monto de Terminación, Monex convertirá los montos a la Moneda de Terminación a la tasa apropiada cuando sea necesario.
15.12 El Cliente conviene en que la única responsabilidad de Monex frente al Cliente en relación con dicha terminación y para efectos del cálculo del Monto de Terminación será la devolución de las cantidades que el Cliente efectivamente haya pagado y Monex haya recibido.
15.13 En caso de que se presente cualquiera de los supuestos establecidos en la cláusula 15.8 anterior, Monex podrá determinar que también se presente un supuesto de incumplimiento o falta de pago (como quiera que se describa) conforme al ISDA Monex u otro contrato celebrado entre el Cliente, Monex, y cualquier Empresa del Grupo Monex; y Monex o esa Empresa del Grupo Monex, según sea el caso, tendrá todos los derechos y recursos que le correspondan conforme al mismo (como si dicho supuesto de incumplimiento u otro supuesto similar (como quiera que se describa) se hubiera especificado en el mismo y se hubieran dado o vencido todos los avisos y periodos xx xxxxxx). Para evitar dudas, en relación con cualquier Contrato que esté documentado o sujeto al ISDA Monex o a cualquier otro acuerdo, cualquier terminación y cierre de dicho Contrato se efectuará de conformidad con dicho ISDA Monex u otro acuerdo, pero las cantidades pagaderas serán consideradas por Monex al calcular el Monto por Terminación pagadero conforme a lo dispuesto en la presente cláusula.
16. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
16.1 Monex deberá, en todo momento, cumplir con sus obligaciones y ejercer su discreción bajo estos Términos y Condiciones con razonable cuidado, siempre y cuando Monex no esté obligado a hacer o a hacer que se haga algo que sea contrario a cualquier xxx, xxxxx o reglamento o que Monex esté impedido de hacer por cualquier xxx, xxxxx o reglamento.
16.2 Monex responderá de los daños y perjuicios que se causen al Cliente como consecuencia del incumplimiento doloso, fraude, o negligencia grave en el cumplimiento de las obligaciones asumidas en los presentes Términos y Condiciones. No obstante, Monex no tendrá responsabilidad alguna frente al Cliente por el resultado económico final derivado de la prestación de los Servicios y, en particular, por las pérdidas sufridas por el Cliente derivadas del riesgo inherente a la inversión. Monex no asumirá responsabilidad alguna por daños derivados de cualesquiera actuaciones u omisiones que no le sean directamente imputables.
16.3 No obstante lo dispuesto anteriormente y en cualquier otra disposición de estos Términos y Condiciones, Monex y los directores, empleados, contratistas y agentes de Monex no tendrán ninguna responsabilidad ante el Cliente (o cualquier persona que reclame bajo o a través de él) ya sea por contrato, agravio (incluyendo negligencia), incumplimiento de deber legal o reglamentario o de otra manera por:
(a) Cualquier Pérdida que surja directamente de estos Términos y Condiciones o en relación con ellos (excepto en la medida en que dichas Pérdidas se deban a negligencia grave, dolo o fraude de Monex o de los directores, empleados, contratistas o agentes de Monex);
(b) La prestación por parte de Monex o el uso por parte del Cliente de los Servicios de agente de cálculo que Monex acuerda prestar en virtud de las presentes Términos y Condiciones;
(c) Cualesquiera actos, omisiones o fallos de terceros, incluido el fallo de cualquier plataforma, sistema, interfaz u otra tecnología de terceros que Monex utilice en el cumplimiento de sus obligaciones o en el ejercicio de sus derechos en virtud de los presentes Términos y Condiciones;
(d) El ejercicio por parte de Monex de sus derechos en virtud de los presentes Términos y Condiciones; o
(e) Cualquier pérdida o daño indirecto o consecuente, cualquier pérdida directa o indirecta de beneficios empresariales o interrupción de la actividad empresarial, pérdida de beneficios, ahorros previstos o fondo de comercio, pérdida de acuerdos o contratos, pérdida de uso o corrupción de datos o información, cualquier pérdida derivada de la rescisión legal de estos Términos y Condiciones.
16.4 Las partes acuerdan que esta cláusula representa una posición justa y equitativa. Nada de lo dispuesto en los presentes Términos y Condiciones excluirá o limitará ninguna obligación o responsabilidad que no pueda excluirse o limitarse en virtud de la legislación o normativa aplicable.
16.5 El Cliente indemnizará y mantendrá indemne a Monex con respecto a todas las Pérdidas (incluyendo costos legales razonables) sufridas por Monex y derivadas de cualquier acto u omisión del Cliente en el cumplimiento de sus obligaciones conforme a estos Términos y Condiciones.
16.6 El monto máximo de responsabilidad de Monex respecto de cada Contrato no excederá la Valuación Mark to Market de dicho Contrato a la fecha en que se generó la responsabilidad.
PARTE 8: GENERALIDADES
17. CONTROVERSIAS
17.1 Si en cualquier momento surge una controversia entre Monex y el Cliente con respecto a los Servicios prestados conforme a estos Términos y Condiciones, Monex podrá tomar las medidas razonables que considere necesarias y apropiadas con respecto al Contrato correspondiente, incluyendo la terminación del mismo conforme a lo dispuesto en los presentes Términos y Condiciones. En la medida de lo posible, Monex notificará al Cliente antes de tomar tal acción y se compromete de buena fe a consultar con el Cliente para tratar de resolver de buena fe y a la mayor brevedad posible cualquier controversia.
17.2 La resolución de una disputa puede involucrar referencia a grabaciones electrónicas, transcripciones de dichas grabaciones y cualquier otro material relevante que refleje cualquiera de las conversaciones y/o correspondencia entre el Cliente y Xxxxx. El Cliente acepta que las pruebas de dichas grabaciones puedan ser utilizadas por Monex para resolver cualquier controversia o diferencia entre el Cliente y Monex.
18. MODIFICACIONES
18.1 A menos que se especifique expresamente lo contrario con respecto a Servicios particulares proporcionados por Monex o, en el caso de que Monex determine que se requiere una modificación particular para cumplir con la Normativa Aplicable y que sea necesario un periodo más corto de preaviso (o ningún aviso) para que Monex cumpla con dicha Normativa Aplicable, Monex se reserva el derecho a su sola y absoluta discreción de modificar estos Términos y Condiciones notificando y detallando los cambios propuestos por escrito al Cliente a más tardar diez (10) Días Hábiles antes de que los cambios entren en vigor. El aviso por escrito podrá ser por carta, correo electrónico, o cualquier otro medio que permita que el Cliente tenga constancia de este.
18.2 Cuando el Cliente se oponga a cualquier modificación de estos Términos y Condiciones, Monex asumirá que el Cliente no desea realizar más operaciones con Monex y que todas las posiciones abiertas se liquidarán, ya sea en efectivo o físicamente, en la Fecha Valor correspondiente o cuando lleguen a su vencimiento. Cualquier notificación por escrito en relación con un Contrato o estos Términos y Condiciones, podrá ser entregada en mano o por correo prepagado de primera clase o por fax o correo electrónico a la parte receptora en la dirección establecida en estos Términos y Condiciones o según se notifique previamente a la otra parte por escrito.
18.3 Las revisiones y consiguientes actualizaciones de los Contratos o de los Términos y Condiciones se considerarán aceptadas por los Clientes por consentimiento tácito si ha transcurrido un plazo de 15 Días Hábiles desde su recepción por el Cliente sin que este haya manifestado su oposición a las mismas.
19. DURACIÓN Y TERMINACIÓN
19.1 Los presentes Términos y Condiciones permanecerán en vigor mientras no se resuelvan conforme a lo dispuesto en la presente cláusula y entrarán en vigor cuando, una vez firmados, sean recibidos por Xxxxx y se compruebe que la documentación aportada es suficiente.
19.2 Sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 19.3, cualquiera de las partes podrá dar por terminados estos Términos y Condiciones en cualquier momento mediante notificación por escrito a la otra parte con un mes de anticipación. Monex podrá dar por terminados estos Términos y Condiciones de inmediato mediante notificación por escrito al Cliente siempre que el Cliente incurra en un incumplimiento sustancial de estos y que, en el caso de incumplimiento susceptible de remediación, no haya sido remediado por el Cliente dentro de los 7 Días Hábiles siguientes a la notificación de Monex identificando el incumplimiento y requiriendo su remediación. La determinación de si cualquier incumplimiento de estos Términos y Condiciones por parte del Cliente constituye un “incumplimiento sustancial” será hecha por Monex a su entera y absoluta discreción.
19.3 Monex podrá dar por terminados estos Términos y Condiciones de manera inmediata, sin previa notificación al Cliente, cuando se presente la falta de pago de comisiones, riesgo crediticio del Cliente, o incumplimiento a la Normativa Aplicable en materia xx xxxxxx de dinero o abuso xx xxxxxxx.
19.4 El Cliente podrá dar por terminados estos Términos y Condiciones en caso de que ocurra un Acto de Insolvencia con respecto a Monex y siempre que la regulación aplicable lo permita.
20. ASIGNACIÓN
20.1 Las obligaciones derivadas de estos Términos y Condiciones vinculan a las partes y a sus respectivos sucesores y cesionarios autorizados, y los derechos serán exigibles por ellos.
20.2 Monex podrá, en cualquier momento, transferir todos o parte de sus derechos y obligaciones bajo estos Términos y Condiciones a cualquier Empresa del Grupo Monex mediante la entrega al Cliente de una notificación de transferencia por escrito (una “Notificación de Transferencia”) especificando la Empresa del Grupo Monex a la que se hará dicha transferencia y la fecha de entrada en vigor de la transferencia, y el Cliente acuerda tomar las acciones que Monex razonablemente requiera para efectuar dicha transferencia. A la fecha de entrada en vigor de dicha transferencia, Monex quedará liberado de los derechos y obligaciones transferidas en la medida en que se establezca en dicha Notificación de Transferencia, y el Cliente asumirá los referidos derechos y obligaciones en virtud de estos Términos y Condiciones (o cualquier otro término que se especifique en la Notificación de Transferencia) que anteriormente se debían a Monex, frente a la correspondiente Empresa del Grupo Monex a la que se haya realizado la transferencia.
20.3 El Cliente no podrá ceder o transferir ninguno de sus derechos, beneficios y/u obligaciones en virtud de estos Términos y Condiciones, cualquier Contrato o cualquier contrato celebrado en virtud de estos Términos y Condiciones,
o declarar un fideicomiso de cualquiera de tales derechos, sin el previo consentimiento por escrito de Xxxxx. Las obligaciones del Cliente no podrán, sin el previo consentimiento por escrito de Xxxxx, ser ejecutadas por nadie más. Cualquier pretendida cesión o transferencia, declaración de fideicomiso o cumplimiento de obligaciones sin dicho consentimiento de Monex será inválida.
21. ESTADOS MENSUALES Y NOTIFICACIONES
21.1 Salvo que la Normativa Aplicable exija lo contrario, previa solicitud, Monex proporcionará al Cliente un estado de cuenta mensual por correo electrónico. En circunstancias excepcionales, se enviarán por correo postal o por un medio alternativo acordado entre el Cliente y Monex. Se considerarán recibidos por el Cliente al momento de su envío si se envían por correo electrónico, y 48 horas a partir de la fecha de envío si se envían por correo postal. Los documentos se enviarán a la última dirección de correo electrónico o postal comunicada por el Cliente a Monex. Es obligación del Cliente asegurarse de que Monex tenga actualizada su información de contacto.
21.2 Todas las notificaciones se harán en el mismo idioma en el que estén redactados los Términos y Condiciones suscritos por el Cliente, a menos que Monex y el Cliente acuerden otra cosa. Si el Cliente lo requiere, los Términos y Condiciones y cualquier notificación podrán ser traducidos a otro idioma, pero únicamente x xxxxx del Cliente.
21.3 A los efectos de las notificaciones y comunicaciones que deban realizar las partes, éstas acuerdan que, sin perjuicio de los medios indicados en los presentes Términos y Condiciones, podrá utilizarse cualquier medio que permita dejar constancia de su recepción por la otra parte.
21.4 Las notificaciones y comunicaciones se realizarán a las personas y direcciones indicadas en el Anexo I actualizadas periódicamente. Cualquier cambio o modificación realizado en las direcciones u otra información a efectos de identificación y comunicación, deberá ser comunicado a la otra parte, y no surtirá efecto hasta que se acuse recibo de dicho cambio o modificación por la parte receptora.
21.5 Las notificaciones por escrito surtirán efectos cuando el Cliente reciba la notificación:
(a) Si se entrega personalmente, en el momento de la entrega en la dirección del destinatario;
(b) Si se envía por correo prepagado de primera clase, dos Días Hábiles después del envío; y
(c) Si se envía por fax o correo electrónico, en el momento de su envío.
En el caso de los apartados (a) y (c) anteriores, si la fecha de la entrega o intento de entrega o del envío, según corresponda, no sea un Día Hábil, o que dicha comunicación se entregue (o intente entregarse) o envíe, según corresponda, fuera de la Hora Hábil de un Día Hábil, dicha comunicación se considerará entregada o enviada el primer Día Hábil siguiente.
22. FUERZA MAYOR
22.1 Ni Monex ni el Cliente serán responsables ante la otra parte por el incumplimiento o retraso en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones en relación con un Contrato o estos Términos y Condiciones en la medida en que el cumplimiento de dichas obligaciones se vea impedido o dificultado por un Evento de Fuerza Mayor. Para evitar dudas, un Evento de Fuerza Mayor no incluye un Movimiento Adverso xxx Xxxxxxx o un evento que cause un Movimiento Adverso xxx Xxxxxxx, pero sí incluye la imposibilidad de Monex de ejercer (o de otra manera ejercer sus derechos en relación con) una opción de divisas sobre una base de principal igualado debido a cualquier circunstancia fuera de su control razonable o la imposibilidad de Monex de obtener o entregar Divisa de Compra.
22.2 Si Monex y/o el Cliente no pueden cumplir o se retrasan en el cumplimiento de sus obligaciones en relación con un Contrato o con estos Términos y Condiciones debido a un Evento de Fuerza Mayor, Monex y/o el Cliente, según corresponda, notificarán de inmediato a la otra parte la ocurrencia de un Evento de Fuerza Mayor y harán todo lo razonablemente posible para continuar cumpliendo con sus obligaciones en relación con el Contrato o con estos Términos y Condiciones. Si un Evento de Fuerza Mayor impide a una de las partes cumplir con sus obligaciones bajo el Contrato o bajo estos estos Términos y Condiciones por un periodo irrazonable, la otra parte podrá instar la terminación inmediatamente mediante notificación por escrito a dicha parte, pero sin perjuicio de los derechos respectivos de las partes.
23. SET-OFF
23.1 Sujeto a la Normativa Aplicable, Monex podrá en cualquier momento, sin previo aviso al Cliente, compensar cualquier suma pagadera por Monex
o cualquier Empresa del Grupo Monex al Cliente contra cualquier suma pagadera por el Cliente a Monex o a cualquier Empresa del Grupo Monex. En la medida en que se compensen las cantidades, éstas se liquidarán sin demora y en todos sus aspectos.
23.2 Monex notificará al Cliente de cualquier compensación efectuada conforme a esta cláusula.
23.3 Para los efectos de esta cláusula, Monex podrá convertir una cantidad a la moneda en que esté denominada la otra cantidad, al tipo de cambio que Monex elija a su razonable discreción.
23.4 Si una obligación no está determinada, Monex podrá de buena fe estimar dicha obligación y compensar respecto de la estimación, sujeto a rendir cuentas al Cliente cuando la obligación esté determinada.
23.5 Nada de lo dispuesto en esta cláusula será efectivo para crear una carga u otro interés de seguridad. Esta cláusula se entenderá sin perjuicio y además de cualquier derecho de compensación, combinación de cuentas, gravamen, derecho de retención o similar al que cualquiera de las partes tenga derecho o esté sujeto en cualquier momento, ya sea por ministerio de la ley, contrato o de otro modo.
24. CONFIDENCIALIDAD
24.1 El Cliente se compromete a no revelar en ningún momento a persona alguna la Información Confidencial que le haya sido revelada por Monex o en su nombre, salvo en los casos permitidos por los presentes Términos y Condiciones.
24.2 Tanto Monex como el Cliente podrán divulgar la Información Confidencial de la otra parte:
(a) A sus empleados, directivos, representantes o asesores que necesiten conocer dicha información a efectos del ejercicio de los derechos de la parte o del cumplimiento de sus obligaciones en virtud de los presentes Términos y Condiciones o en relación con las mismos. Cada una de las partes se asegurará de que sus empleados, directivos, representantes o asesores a los que revele Información Confidencial de la otra parte cumplan con esta cláusula; y
(b) Según lo exija la ley, un mercado regulado, un tribunal de jurisdicción competente o cualquier autoridad gubernamental o regulatoria. En estos casos, la parte requerida a comunicar la Información Confidencial en cumplimiento de lo anterior, notificará por escrito a la parte a la que se refiera la Información Confidencial, en la medida en que la regulación lo permita, dicha situación con antelación suficiente para permitir que la parte afectada impugne dicha comunicación.
24.3 El Cliente reconoce que Monex podrá revelar su Información Confidencial a:
(a) La persona u organización que introdujo o remitió al Cliente a Monex, únicamente en la medida necesaria y limitada al pago a dicha persona u organización de una comisión de introducción/remisión o comisión de afiliación; y
(b) Terceros proveedores que ayuden a Monex o a cualquier Empresa del Grupo Monex en la prevención del fraude y/o lavado de dinero y/o financiamiento al terrorismo, en virtud de que tienen una obligación no menos onerosa que la obligación de confidencialidad contenida en estos Términos y Condiciones.
25. MISCELÁNEA
25.1 Nada de lo dispuesto en los presentes Términos y Condiciones se considerará que crea una relación de asociación, empresa conjunta o agencia entre las partes, ni que confiere ningún derecho o beneficio a terceros. Ninguna persona que no sea parte de un Contrato o de estos Términos y Condiciones tendrá derecho alguno conforme al Código Civil para hacer cumplir o disfrutar del beneficio de cualquier término de estos. Monex no tiene ninguna obligación fiduciaria con usted en relación con estos Términos y Condiciones. Usted debe buscar su propia asesoría independiente antes de firmar estos Términos y Condiciones.
25.2 Estos Términos y Condiciones junto con el Formulario de Solicitud, la Nota Contractual correspondiente, la Confirmación de Orden, el ISDA Monex y el Contrato de Margen de Garantía (junto con cualquier otro acuerdo convenido entre el Cliente y Monex que así lo constituya), constituirán la totalidad del acuerdo entre las partes en relación con un Contrato y sustituirán cualquier entendimiento o acuerdo previo entre ellas en relación con un Contrato (a menos que se especifique lo contrario), excepto que nada de lo estipulado en estos Términos y Condiciones junto con la Nota Contractual correspondiente limitará o excluirá cualquier responsabilidad de Monex o del Cliente por fraude. El Cliente reconoce que, al suscribir estos Términos y Condiciones con Monex, no se basa en ninguna declaración, manifestación, seguridad o garantía de Monex o de cualquiera de sus empleados o agentes que no esté expresamente establecida en estos Términos y Condiciones, a menos que así lo acuerden por escrito dos directores de Monex.
25.3 El no ejercicio o el retraso en el ejercicio de cualquier derecho, facultad o privilegio con respecto a estos Términos y Condiciones no se considerará una renuncia, y no se considerará que el ejercicio único o parcial de cualquier derecho, facultad o privilegio impida cualquier ejercicio posterior o ulterior de dicho derecho, facultad o privilegio o el ejercicio de cualquier otro derecho, facultad o privilegio.
25.4 Si alguna de las previsiones de estos Términos y Condiciones se considerara inaplicable o ilegal, el resto de los Términos y Condiciones seguirán vigentes.
25.5 Monex podrá haber celebrado o celebrar en el futuro otros contratos o contratos marco (incluyendo el ISDA Monex) con usted, que regulen operaciones o tipos de operaciones específicas (incluyendo operaciones con derivados). En caso de conflicto entre estos Términos y Condiciones y cualquiera de dichos acuerdos específicos, prevalecerán las condiciones del acuerdo específico en relación con la operación o tipo de operación de que se trate.
25.6 Monex es miembro del Fondo de Garantía de Inversiones (el “FOGAIN”) en España. Los pagos en virtud del FOGAIN con respecto a las inversiones están sujetos a un pago máximo a cualquier inversor elegible de 100.000 EUR. El Cliente tendrá derecho a recibir una indemnización en caso de que Monex se encuentre en procedimiento concursal o si la CNMV ha decidido que Monex no está en condiciones de cumplir sus obligaciones con sus clientes, siempre y cuando el Cliente no sea una de las entidades
excluidas conforme a la normativa aplicable. Puede obtener más información sobre el FOGAIN previa solicitud o en la página web oficial del FOGAIN: xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx/
25.7 En circunstancias en las que, de conformidad con una transacción y/o el Contrato, el Cliente adeude sumas de dinero a Monex y el Cliente no realice el pago de estas a su vencimiento de conformidad con la transacción y/o Contrato, Monex se reserva el derecho de tomar las medidas adicionales apropiadas, que pueden incluir, en su caso, el inicio de procedimientos de insolvencia contra el Cliente por la totalidad de las sumas adeudadas, incluidos intereses y costos.
25.8 Por el presente, el Cliente declara que, en la medida que le sea aplicable, cumple con las disposiciones de la Foreign Account Tax Compliance Act (“FATCA”) y, por el presente, el Cliente se compromete a garantizar el cumplimiento de las disposiciones de la FATCA (en la medida que le sea aplicable) en todo momento. El Cliente se obliga a indemnizar a Monex por todas las pérdidas en que pudiera incurrir como consecuencia del incumplimiento por parte del Cliente de las obligaciones que le impone la FATCA. Monex se reserva el derecho de solicitar, y el Cliente tiene la obligación de proporcionar a Monex, pruebas documentales para validar la condición de estadounidense/no estadounidense del Cliente para efectos de la FATCA y para determinar la residencia fiscal del Cliente, a fin de garantizar el cumplimiento por parte de Monex de los requisitos legales y reglamentarios adoptados en las jurisdicciones aplicables, incluida, entre otras, la FATCA.
25.9 En los casos en que, de conformidad con el Contrato, el Cliente adeude sumas de dinero a Monex, el Cliente estará obligado a efectuar el pago de las mismas a su vencimiento de conformidad con el Contrato. El Cliente no tendrá derecho a evitar, retrasar o reducir su obligación de efectuar el pago a su vencimiento conforme al Contrato por referencia a, o en virtud de, cualquier reconvención o compensación real o supuesta. El Cliente no tendrá derecho a presentar una supuesta contrademanda o compensación en respuesta a cualquier demanda legal, petición de liquidación, petición de quiebra u otros procedimientos de insolvencia iniciados por Monex en relación con las sumas adeudadas en virtud del Contrato (incluso con el fin de impugnar que dichas sumas se adeudan a Monex).
25.10 El Cliente consiente que Xxxxx le proporcione la siguiente información por medio de un sitio web (que puede ser adicional o no a otros medios de comunicación):
(a) Información general sobre Monex y sus Servicios;
(b) Información sobre la Política de Ejecución de Monex y otras políticas de Monex; y
(c) Cuando lo permita la Normativa Aplicable, cualquier otra información que deba facilitársele en virtud de la Normativa Aplicable.
26. INFORMACIÓN PERSONAL
26.1 En esta cláusula:
(a) “LO 3/2018” significa la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. en su versión actualizada en cada momento; y
(b) los términos “Datos Personales”, y “Tratamiento” tendrán el significado que se les atribuye en la OL 3/2018.
26.2 El Cliente reconoce que Monex podrá procesar Datos Personales del personal del Cliente (incluyendo sus empleados, Personas Autorizadas, Persona Supervisora Autorizada, y beneficiarios finales) de conformidad con la Política de Privacidad de Monex que puede consultarse en xxxxx://xxx. xxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxx-xxxxxx/.
26.3 El Cliente garantiza, declara y se compromete a, de conformidad con la LO 3/2018, obtener los consentimientos correspondientes para comunicar a Monex y cualquier Empresa del Grupo Monex, en virtud de estos Términos y Condiciones, los Datos Personales de su personal, y para el procesamiento de esos Datos Personales por Monex y cualquier Empresa del Grupo Monex.
26.4 El Cliente se compromete a proporcionar una copia de la Política de Privacidad de Monex a todo su personal cuyos Datos Personales proporcione a Monex.
26.5 Por el presente, el Cliente consiente en que se divulgue y comparta información, incluidos, entre otros, los Datos Personales del personal del Cliente a y entre Monex y cualquier Empresa del Grupo Monex cuando sea necesario para cumplir con los fines establecidos en esta cláusula.
27. LEY APLICABLE, JURISDICCIÓN E IDIOMA
27.1 Los presentes Términos y Condiciones (incluidas las obligaciones extracontractuales que se deriven de las mismas o estén relacionadas con ellas) se regirán e interpretarán de conformidad con la legislación española, única de aplicación a los mismos.
27.2 En caso de discrepancia en la interpretación o ejecución de los presentes Términos y Condiciones, las partes intentarán resolverlo de forma amigable en un primer momento y, en el caso de que lo anterior no sea posible, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de Madrid (incluyendo cualquier obligación no contractual que surja de o en relación con estos Términos y Condiciones).
27.3 El Cliente reconoce que, si bien la totalidad o parte de estos Términos y Condiciones pueden ponerse a disposición del Cliente traducidos a otro idioma, la versión que vinculará al Cliente será la firmada por el Cliente en el idioma en el que se hayan suscrito.
28. QUEJAS
28.1 Monex, de conformidad con la Orden ECO/734/2004, de 11 xx xxxxx, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, dispone de un Servicio de Atención al Cliente para la resolución de las quejas y reclamaciones que el Cliente pueda presentar por la vulneración de sus legítimos intereses y derechos derivados de los presentes Términos y Condiciones.
28.2 Asimismo, Monex cuenta con un Reglamento para la Defensa del Cliente el cual se encuentra disponible en las oficinas de Monex y en la web: xxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxx
28.3 El Cliente deberá enviar cualquier queja o reclamación siguiendo el procedimiento descrito y a las personas indicadas en el Reglamento para la Defensa del Cliente.
28.4 En caso de que el Cliente no reciba una respuesta favorable por parte del Servicio de Atención al Cliente de Monex o no haya recibido respuesta en el plazo de dos (2) meses, el Cliente podrá presentar una reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la CNMV en la forma y por los medios establecidos por CNMV en cada momento. Para la presentación de las reclamaciones ante la CNMV, es obligatorio haber presentado previamente la reclamación o queja ante el Servicio de Atención al Cliente de Monex.