TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA ANUNCIANTES – RETAIL MEDIA
TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA ANUNCIANTES – RETAIL MEDIA
Criteo SA y el Cliente acuerdan los presentes Términos y Condiciones y Anexo sobre Países (en adelante, “Términos”), que se aplicarán a la utilización del Servicio de Retail Media de Criteo. Criteo S.A. acuerda estos Términos en nombre de Criteo (según se define a continuación).
1-Definiciones e interpretación
Contrato | hace referencia a estos Términos y a la correspondiente Orden de Inserción cursada por el Cliente o en nombre del mismo. |
Cliente | significa el cliente indicado en la Orden de Inserción. |
Contenido del Cliente | significa las imágenes, gráficos, textos, datos, enlaces u otros elementos creativos suministrados por el Cliente (o cualquier persona en su nombre) a Criteo o a un editor de la Red de Commerce Display que esté incluido, o usualmente entregue, algún Anuncio de los Productos, junto con cualquier contenido o materiales en cualquier sitio interactivo vinculado a cualquier Anuncio de los Productos. |
Criteo | se refiere a la filial de Criteo responsable de prestar el Servicio, según se especifica en el Anexo sobre Países. |
Datos de Criteo | se refiere a los datos relacionados con la actividad de publicación de anuncios de Criteo (como el número de anuncios mostrados a los usuarios, las tasas de clics y otras métricas de rendimiento. |
Red de Criteo | significa la red de soportes en todos los dispositivos interactivos gestionada a la absoluta discreción de Criteo con el objetivo de mostrar Anuncios de productos. |
Servicio Criteo o Servicio | hace referencia a la creación, comercialización y exhibición de Anuncios de Productos en la Red de Criteo por parte de Criteo. |
Tecnología Criteo | significa la tecnología de publicidad de rendimiento de Criteo que le permite mostrar el anuncio adecuado al usuario adecuado en el momento adecuado. |
Orden de Inserción Anuncio de Producto | significa el pedido del Servicio por parte del Cliente que indica la duración del Servicio, el presupuesto, el precio y cualquier otra condición particular. significa cualquier publicidad que promueva los productos del Cliente, que se ofrecerán o personalizarán con la Tecnología de Criteo, lo que incluye las imágenes, gráficos, texto, datos, enlaces u otros elementos creativos de la publicidad. |
Público Objetivo | significa los usuarios de la Red de Criteo a los que se dirigirán los Anuncios de Productos de resultados pertinentes basados en la Tecnología Criteo. |
2-Filiales y políticas: Al crear una campaña publicitaria, el Cliente deberá seleccionar su Público Objetivo. El Público Objetivo que seleccionará el Cliente determinará en qué territorio(s) se exhibirán los Anuncios de los Productos. La filial de Criteo que será responsable y responderá frente al Cliente por la prestación del Servicio de Criteo con respecto a la(s) campaña(s) dependerá del lugar de constitución del Cliente, o si fuera una agencia que firma en nombre del Cliente, el lugar de constitución de la agencia (y dicha filial de Criteo será “Criteo”). La propia campaña podrá ser ejecutada por otra(s) entidad(es) de Criteo según el(los) territorio(s) en que se exhiban los Anuncios de los Productos. Para evitar dudas, Criteo S.A. no presta Servicios en territorio alguno y, en ningún caso, será responsable con respecto a Servicio alguno prestado por Criteo. Criteo SA garantiza que se le ha dado un mandato para celebrar el Contrato en nombre de cada filial de Criteo aplicable. El Cliente deberá cumplir en todo momento con las políticas de Criteo, incluidas las directrices en materia de publicidad, disponibles en: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxx-xxx-xxxxxxxxxx. El Cliente acepta que dichas políticas puedan ser actualizadas
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periódicamente para que reflejen las prácticas y los nuevos productos o servicios de Criteo. Cuando vaya a realizar alguna modificación sustancial en dichas políticas, Criteo deberá comunicar los cambios previamente. En el sitio web corporativo de Criteo se encuentra disponible su Código de Ética y Conducta Empresarial.
3-Presentación de los Anuncios de Productos: El Editor reconoce y acepta que los Anuncios de productos se publicarán en la Red de Criteo y que Criteo determinará a su absoluta discreción dónde (y con qué frecuencia) se mostrarán dichos Anuncios de productos y la forma en que se establecerá la prioridad entre los distintos clientes. Criteo realizará todo esfuerzo razonable para ofrecer los Anuncios de los Productos; sin embargo, Criteo no garantiza la entrega, y el momento de cumplimiento de sus obligaciones no será esencial para el Contrato. El Cliente reconoce que los Anuncios de los Productos podrán mostrarse junto a la publicidad de los productos de sus competidores directos o indirectos. Criteo se reserva el derecho a efectuar modificaciones en la Tecnología Criteo y/o suspender o no iniciar la presentación de los Anuncios de productos sin necesidad de efectuar notificación o abonar indemnización alguna al Cliente.
4-Mediciones e informe de rendimiento: Criteo mide, a través de sus servidores, el número de impresiones y/o “clics” y/u otros parámetros necesarios para calcular los importes debidos en virtud del Contrato. El Cliente acepta que las métricas de Criteo serán definitivas y que prevalecerán sobre cualquier otra medida efectuada, excepto en el caso de errores manifiestos. Criteo garantiza al Cliente el acceso a una interfaz online para que pueda consultar las estadísticas diariamente y controlar su cuenta. Las estadísticas se actualizarán en un plazo máximo de (cuarenta y ocho) 48 horas. Todas las modificaciones realizadas y aprobadas (ya sea por Criteo, el Cliente o un tercero autorizado por el Cliente), incluidos, entre otros, los ajustes presupuestarios o la interrupción de una campaña, serán responsabilidad exclusiva del Cliente, que responderá de los gastos ocasionados como consecuencia de dichas modificaciones. El Cliente autoriza a Criteo a efectuar modificaciones en su nombre de conformidad con las instrucciones específicas notificadas por escrito (que incluyen, entre otras, mínimos y máximos y principales resultados de la campaña). Además, el Cliente es responsable del uso y conservación de su contraseña e ID personales y confidenciales, y deberá notificar inmediatamente a Criteo por escrito cualquier pérdida o divulgación involuntaria de los mismos; el Cliente es responsable además de cualquier acceso que otorgue a un tercero por el Cliente o según lo solicitado por el Cliente (por ejemplo, una agencia externa).
5-Facturación y pago: Criteo se reserva el derecho, a su absoluta discreción, a solicitar el pago anticipado a un Cliente previsto en la Orden de Inserción. El Servicio Criteo se cobrará según lo establecido en la Orden de Inserción e incluirá el coste de dicho servicio. El Cliente recibirá facturas mensuales de Criteo (o cualquier otra filial de Criteo debidamente autorizada en tal fin). En caso de existir varias campañas publicitarias, Criteo facilitará múltiples facturas en diferentes monedas como se especifica en la(s) Orden(es) de Inserción aplicable(s). Criteo no garantiza que se alcance el presupuesto previsto en la Orden de Inserción. A menos que se especifique lo contrario en el Anexo País o en la Orden de Inserción, el Cliente deberá pagar todos los importes adeudados, sin compensación alguna, en un plazo de (treinta) 30 días desde la fecha de la factura. Cualesquiera pagos que procedan a favor de Criteo deberán ser efectuados en la moneda indicada en la factura y se calcularán excluyendo cualquier impuesto aplicable, que deberá satisfacerse en el momento y en la forma que exija la ley. En caso de retraso en el pago, Criteo podrá exigir intereses de demora y costes de cobro de las cantidades adeudadas con arreglo a lo dispuesto en la legislación aplicable o según lo establecido en la Orden de Inserción. Las reivindicaciones sobre la factura solo podrán ser formuladas en el primer mes desde su recepción. A menos que se indique lo contrario en la Orden de Inserción, todas las facturas deberán ser pagadas exclusivamente por el Cliente.
6-Propiedad intelectual e industrial: Cada parte continuará siendo el titular único de los derechos de propiedad intelectual e industrial de los que era propietario antes de la ejecución del Contrato. Criteo es el propietario único de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial asociados a la Tecnología Criteo y a los Datos de Criteo. El Cliente es el propietario único de todos los derechos de propiedad intelectual asociados con los Contenidos del Cliente. Durante la vigencia del Contrato, el Cliente otorga a Criteo (y a las filiales de Criteo) una licencia de ámbito mundial, gratuita e intransferible para usar, reproducir y representar el contenido y las marcas del Cliente y sus logotipos: (a) en la Red de Criteo; y (b) en toda la documentación que promueva el Servicio de Criteo. Criteo solicitará autorización al Cliente con carácter previo a cualquier comunicado de prensa que utilice el nombre, logotipos y/o marcas del Cliente. El Cliente no deberá modificar ni intentar modificar, crear productos derivados, descompilar o desmontar por ingeniería inversa el código fuente de la Tecnología Criteo u otro software o documentación de Criteo.
7-Garantías e indemnizaciones: Salvo lo dispuesto en la presente cláusula, Criteo no otorga manifestación o garantía alguna, ni expresa ni tácita, sobre aspecto alguno y, en particular y sin limitación alguna, expresamente excluye cualquier manifestación o garantía de no infracción, de calidad o idoneidad por cualquier motivo de la Tecnología Criteo, de la Red de Criteo o de cualquier Servicio prestado en virtud de este Contrato. El Cliente manifiesta y garantiza a favor de Criteo que: (i) que se encuentra debidamente facultado para suscribir el Contrato y cumplir las obligaciones derivadas del mismo; (ii) que dispone de todos los derechos y permisos necesarios para ofrecer, vender y/u otorgar bajo licencia los productos incluidos en el Contenido del Cliente a través de los Anuncios de los Productos, sin que ello suponga infracción alguna de los derechos xx xxxxxxx alguno, incluidos, sin limitación, derechos de propiedad intelectual; (iii) que tiene derecho a otorgar las licencias
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para usar el Contenido del Cliente que se incluyen en el Contrato y que el Contenido del Cliente cumple en todo momento con todas las leyes, legislación, reglamentos, contratos, normativas y códigos de práctica de marketing y publicidad vigentes en cualquiera de las jurisdicciones en donde se exhiban los Anuncios de los Productos; (iv) que el Contenido del Cliente no contiene material alguno que sea obsceno, difamatorio o contrario a las leyes y reglamentaciones aplicables; (v) que la información proporcionada en virtud del Contrato es verdadera, exacta, actual y completa; y (vi) que cumplirá con todas las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes, incluidas las directrices o políticas que proporcione Criteo. Si la parte que autoriza esta Orden de Inserción es una agencia en nombre del Cliente, por medio del presente, la agencia declara y garantiza a Criteo que tiene plena autoridad para vincular al Cliente con los Términos y que garantizará que el Cliente cumpla con dichos términos. El Cliente defenderá, indemnizará y mantendrá indemne a Criteo frente a cualesquiera daños y lucro cesante (en ambos casos, tanto directos como indirectos) incluidos, entre otros, demandas, procedimientos, alegaciones, costes, responsabilidades y gastos de terceros (incluyendo costas judiciales y honorarios de abogados) en los que se incurra como consecuencia de cualquier incumplimiento de esta cláusula 7 o de cualquier reclamación que, de ser fundada, supondría un incumplimiento de la presente cláusula.
8-Responsabilidad: En la máxima medida permitida por la legislación aplicable, ninguna de las partes será responsable (ya sea por contrato o extracontractualmente, (incluyendo negligencia o de otro modo) de cualesquiera daños especiales, indirectos, emergentes, consecuentes, punitivos o ejemplares en relación con el Contrato, incluso si dicha parte hubiera sido informada de la posibilidad de dichos daños. Ninguna de las partes tendrá responsabilidad alguna por incumplimiento o demora alguna atribuible a cualquier circunstancia ajena a su control razonable, incluidos, sin limitación, aquellos atribuibles a incendios, inundaciones, insurrecciones, actos xx xxxxxx, terrorismo, terremotos, corte del suministro eléctrico, disturbios, explosiones, embargos o huelgas (evento de fuerza mayor). El Cliente reconoce y acepta que el precio que paga tiene en cuenta los riesgos inherentes a esta transacción y que representa una justa asignación del riesgo. Para evitar dudas, ninguna disposición del presente Contrato excluye o limita la responsabilidad de ninguna de las partes por fraude, negligencia grave, muerte o lesiones personales o cualquier otra causa en la medida en que dicha exclusión o limitación sea ilegal. Salvo el derecho a indemnización contemplado en la precedente cláusula 7, en la mayor medida permitida por ley, la responsabilidad de cada parte en virtud del Contrato, por cualquier causa, tanto contractual como extracontractual (incluso por negligencia), o de otro tipo, se limitará a la compensación económica por daños y perjuicios generales/directos y, en total, no excederá la cantidad facturada al Cliente durante los últimos (seis) 6 meses. El Cliente será plenamente responsable de todos los productos o servicios ofrecidos, vendidos u otorgados bajo licencia a través de los Anuncios de los Productos.
El Cliente reconoce y acepta el riesgo de que terceros puedan generar impresiones, "clics" u otras acciones que afecten a los importes adeudados en virtud del Contrato con fines fraudulentos o indebidos. Criteo no tendrá responsabilidad u obligación alguna frente al Cliente en relación con cualquier fraude de clics de terceros o cualesquiera otras acciones impropias que puedan ocurrir. No obstante lo anterior, Criteo trabajará de buena fe con el Cliente para investigar y resolver las disputas en torno a alguna posible actividad fraudulenta y no cobrará al Cliente por impresiones, clics u otras acciones que sepa que sean fraudulentas.
9-Privacidad: Criteo recopilará y utilizará los Datos recopilados a través del Servicio de Criteo de conformidad con la legislación y reglamentos aplicables, incluida, entre otras, la legislación en materia de privacidad y protección de datos.
10-Vigencia y resolución: El Contrato entrará en vigor a partir de la fecha de la Orden de Inserción y vencerá: (i) en la fecha prevista en la Orden de Inserción; o (ii) en la fecha en la que se agote el presupuesto total elegido por el Cliente (y según lo establecido en la Orden de Inserción); o (iii) mediante notificación por escrito dirigida a la parte contraria con cinco (5) días de anticipación. Sin perjuicio de otros derechos y recursos, cualquiera de las partes podrá rescindir el Contrato con efecto inmediato mediante notificación escrita a la otra parte: a) si la otra parte incumpliera con carácter sustancial cualquiera de sus obligaciones previstas en el Contrato y, en caso de que dicho incumplimiento fuera susceptible de subsanación, no subsanara el mismo en un plazo de dos (2) días desde la fecha en que recibiera la notificación de la otra Parte especificando el incumplimiento en cuestión y exigiendo dicha subsanación; b) en caso de que cualquier Supuesto de Fuerza Mayor se extendiera por un plazo mínimo de dos (2) meses; o c) si cualquiera de las partes se declarara insolvente, entrara en liquidación, nombrara un administrador judicial o estuviera sujeta a procedimientos análogos en virtud de la legislación local aplicable. La expiración o resolución (por cualquier causa) del Contrato no afectará a los derechos u obligaciones ya devengados a dicha fecha que pudieran corresponder a cualquiera de las partes, ni afectará a ninguna cláusula que en sus propios términos o de forma implícita deba continuar en vigor tras dicha expiración o rescisión.
11-Confidencialidad: Las partes se comprometen en todo momento a no revelar a persona alguna que no se mencione explícitamente en el Contrato, salvo a sus representantes o asesores profesionales o conforme pudiera exigir la ley o cualquier autoridad legal o de carácter regulatorio, los términos y condiciones del Contrato o cualquier información confidencial relativa al negocio o actividad de la parte contraria (incluidas sus filiales) que le haya sido revelada por la otra parte. Cuando la ley o cualquier autoridad legal o de carácter regulatorio exija dicha revelación, la parte requerida por la autoridad notificará por escrito a la otra parte tal divulgación conforme a las disposiciones de las leyes aplicables tan pronto como sea posible antes
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de realizar la divulgación y, si se le solicita, ayudará a la otra parte a obtener una orden de protección u otra forma de resarcimiento.
12-No cesión: El Cliente no podrá, sin el previo consentimiento por escrito de Criteo, ceder conforme a la ley o en equidad, sublicenciar o de cualquier otra forma disponer del Contrato o de cualesquiera derechos derivados del mismo, ni subcontratar total o parcialmente sus obligaciones previstas en el Contrato, o pretender cualquiera de dichas acciones.
13-Otras disposiciones
(i) Criteo se reserva el derecho a modificar los Términos y Condiciones en cualquier momento. Los Términos serán efectivos tan pronto como se encuentren disponibles en línea en el siguiente enlace: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxx- and-conditions. Se aplicarán automáticamente a cada Orden de Inserción o prórroga de una Orden de Inserción acordada después de las modificaciones.
(ii) A menos que se especifique lo contrario en el Anexo sobre Países, el Contrato se regirá por la legislación francesa y las partes se someterán a la jurisdicción exclusiva de los tribunales de París respecto de cualquier controversia o asunto que surja de o se relacione con el Contrato.
(iii) Las partes reconocen y aceptan la validez del envío de correos electrónicos a las direcciones establecidas en la Orden de Inserción a efectos de proceder a la ejecución o envío de una Orden de Inserción, así como para realizar una modificación de los términos de una Orden de Inserción, incluida su renovación. Todas las notificaciones se remitirán a la información de contacto que figura en la Orden de Inserción ejecutada entre las partes.
(iv) Cualquier Orden de Inserción cursada por el Cliente supone la plena aceptación por el mismo de estos Términos y Condiciones, no obstante cualquier disposición en contrario que pueda estar contenida en cualquier documentación del Cliente, en particular en cualquier orden de compra. Los Términos y Condiciones, y la correspondiente Orden de Inserción, constituyen el Contrato. Si hubiera alguna contradicción entre los Términos y Condiciones y las Órdenes de Inserción, prevalecerán las Órdenes de Inserción en relación con el Servicio Criteo.
(v) Ce Contrato representa la totalidad del acuerdo entre las Partes, y sustituye a cualesquiera otros contratos, manifestaciones o acuerdos, de carácter verbal o escrito, existentes entre las Partes. Ce Contrato sustituye a todos los términos incorporados en cualquier orden de compra generada por el Cliente o herramienta de gestión de pagos a proveedores (por ejemplo, el portal de proveedores), que no tendrán ningún efecto legal.
(vi) En caso de que cualquier disposición del Contrato fuera declarada inválida o ineficaz por cualquier tribunal u órgano administrativo competente, dicha invalidez o ineficacia no perjudicará a las restantes disposiciones del Contrato, las cuales continuarán plenamente en vigor.
(vii) El presente Contrato estará disponible en versiones de diferentes idiomas. Sin embargo, en caso de controversia entre las diferentes versiones lingüísticas de estos Términos y Condiciones, prevalecerá la versión en inglés.
(viii) La omisión,, incumplimiento o demora (total o parcial) de cualquiera de las Partes en exigir, ejercitar o instar cualquier derecho, facultad, privilegio, reclamación o recurso derivado del Contrato o reconocido por ley a su favor, no supondrá ni podrá interpretarse en ningún caso como una renuncia a hacer valer dicho derecho o cualquier otro a efectos de impedir la ejecución o el ejercicio de dicho (o cualquier otro) derecho, facultad, privilegio, reclamación o recurso en cualquier otro momento posterior.
(ix) A menos que se especifique lo contrario en el Contrato, ningún tercero tendrá derecho u obligación alguna en virtud del Contrato.
(x) Todos los datos personales proporcionados por el Cliente en relación con empleados o representantes serán tratados por Criteo de acuerdo con su política de privacidad corporativa accesible en xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxx/xxxxxxxxx-xxxxxxx-xxxxxx/. Esto incluye el derecho de acceso, modificación y supresión de datos personales de las personas.
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Anexo sobre Países
Si existiera alguna contradicción entre los Términos y este Anexo sobre Países, prevalecerá el Anexo sobre Países.
La entidad de Criteo que presta el Servicio de Criteo conforme al Contrato dependerá del lugar de constitución del Cliente, o si una agencia firma en nombre del Cliente, el lugar de constitución de la agencia. Dicha entidad de Criteo (o cualquier otra filial de Criteo debidamente autorizada para tales fines) proporcionará facturas al Cliente conforme a la cláusula 5 y asumirá todos los riesgos y obligaciones relacionados. Dicha entidad de Criteo delegará la prestación del Servicio de Criteo a otras entidades de Criteo según los territorios en donde se desarrollen las campañas.
La legislación que es aplicable al Contrato y los tribunales que tienen jurisdicción exclusiva con relación a cualquier disputa o asunto que surja de o se relacione con el Contrato dependerán de la entidad de Criteo que preste el Servicio Criteo conforme al Contrato. En la siguiente tabla se ofrecen más detalles. Además, los términos adicionales sustituyen a los términos de las Condiciones principales o los complementan.
El lugar de constitución (de la agencia) del Cliente es: Alemania, Austria, Polonia, Albania, Argelia, Armenia, Azerbaiyán, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Chipre, República Xxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxx, Jordania, Kazajistán, Kirguistán, Liechtenstein, Macedonia, Malta, Moldavia, Montenegro, Rumania, Serbia, Eslovaquia, Eslovenia, Tayikistán, Ucrania, Uzbekistán
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo GmbH
La legislación que regirá el Contrato será: Legislación alemana Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Múnich Disposiciones adicionales o específicas que se aplicarán al Contrato:
8-Limitación de responsabilidad: Criteo es responsable sin limitación: i) por daños causados por conducta dolosa o negligencia grave de Criteo, sus representantes legales o personal ejecutivo y otros asistentes en el cumplimiento; ii) por daños personales, daños a la salud y muerte causados intencionadamente o como resultado de negligencia grave por parte de Criteo, sus representantes legales o asistentes en el cumplimiento, y iii) por daños causados por la ausencia de características garantizadas y daños relacionados con la responsabilidad por productos. Criteo es responsable por los daños que resulten del incumplimiento de las obligaciones contractuales principales por parte de Criteo, sus representantes legales u otros asistentes en el cumplimiento; las obligaciones contractuales principales son los deberes básicos que forman la esencia del Contrato y que fueron decisivos para la celebración del mismo y su cumplimiento. Si Criteo incumple sus obligaciones principales por negligencia simple, su responsabilidad subsiguiente se limitará a la cantidad que era previsible para Criteo en el momento en que se prestó el servicio respectivo. Criteo no será responsable por el incumplimiento de obligaciones no principales por negligencia simple.
El lugar de constitución (de la agencia) del Cliente es: Brasil
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo do Brasil
La legislación que regirá el Contrato será: Legislación brasileña
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Sao Paulo
Disposiciones adicionales o específicas que se aplicarán al Contrato:
Criteo enviará al Cliente una factura mensual (“Nota Fiscal”) que reflejará la cantidad adeudada por el Cliente a Criteo. La Nota Fiscal establece la cantidad adeudada por el servicio prestado durante un mes natural (“Periodo de facturación”). El Cliente pagará la cantidad establecida en la Nota Fiscal el último día hábil del mes natural posterior al final del periodo de facturación (final del mes natural).
Con respecto a las campañas que se realicen en Brasil, la Nota Fiscal se cotizará en Reales Brasileños y se emitirá en Reales Brasileños. Por lo tanto, el Cliente deberá remitir el pago en Reales Brasileños a
la cuenta de Criteo.
La cantidad adeudada por el Cliente se presupuestará sin incluir impuestos, que serán pagaderos en el momento y la forma que la ley disponga. Las reivindicaciones relativas a la Nota Fiscal solo podrán formularse en el transcurso del primer mes desde su recepción.
El lugar de constitución (de la agencia) del Cliente es: Australia, Nueva Zelanda
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo PTY
La legislación que regirá el Contrato será: Legislación australiana
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Australia
El lugar de constitución (de la agencia) del Cliente es: Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo B.V.
La legislación que regirá el Contrato será: Legislación neerlandesa
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Ámsterdam
El lugar de constitución (de la agencia) del Cliente es: Francia, Suiza, Irlanda, Andorra, Polinesia Francesa, Xxxxxx, Nueva Caledonia
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo France
La legislación que regirá el Contrato será: Legislación francesa
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de París
El lugar de constitución (de la agencia) del Cliente es: Italia, San Xxxxxx y Santa Sede
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo SRL
La legislación que regirá el Contrato será: Legislación italiana Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Milán Disposiciones adicionales o específicas que se aplicarán al Contrato:
Conforme al artículo 1341, apartado 2, del Código Civil italiano, el Cliente acepta específicamente las siguientes cláusulas de los Términos y Condiciones de Criteo: cláusula 5 (Facturación y pago); cláusula 7 (Garantías e indemnizaciones); cláusula 8 (Responsabilidad); cláusula 13(ii) (Jurisdicción).
El lugar de constitución (de la agencia) del Cliente es: España y Portugal
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo España, S.L
La legislación que regirá el Contrato será: Legislación española
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Madrid
El lugar de constitución (de la agencia) del Cliente es: Dinamarca, Finlandia, Noruega, Suecia, Estonia, Xxxxx Xxxxx, Groenlandia, Islandia, Letonia, Lituania, Svalbard y Xxx Xxxxx
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo Nordics A.B.
La legislación que regirá el Contrato será: Legislación francesa
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de París
El lugar de constitución (de la agencia) del Cliente es: Xxxxx Unido, Antártida, Gibraltar, Guernsey, Isla de Man, Jersey
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo Limited
La legislación que regirá el Contrato será: Legislación inglesa
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Londres
Disposiciones adicionales o específicas que se aplicarán al Contrato:
Se deberá eliminar el siguiente texto en la cláusula 7, “Si la parte que autoriza esta Orden de Inserción es una agencia en nombre del Cliente, por medio del presente, la agencia declara y garantiza a Criteo que tiene plena autoridad para vincular al Cliente con los Términos y que garantizará que el Cliente cumpla con dichos términos”, y deberá sustituirse por el siguiente:
Si la Orden de Inserción se celebra entre la agencia de medios indicada en la Orden de Inserción (y no el cliente indicado en la Orden de Inserción (el “Anunciante”) entonces, a efectos del Contrato, el término “Cliente” significa la agencia de medios indicada en la Orden de Inserción, y el Cliente (que contrata como mandante) declara y garantiza lo siguiente: (a) que procurará que el Anunciante cumpla con todos los términos aplicables del Contrato; y (b) que tiene plena autorización del Anunciante para (i) celebrar el Contrato, (ii) contratar a Criteo para prestar el Servicio con respecto a los productos del Anunciante, y (iii) otorgar los derechos sobre el Contenido del Cliente que se especifiquen en el Contrato.
El lugar de constitución (de la agencia) del Cliente es: Estados Unidos
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo Corp
La legislación que regirá el Contrato será: la legislación de Nueva York
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales del Condado de Nueva York
Disposiciones adicionales o específicas que se aplicarán al Contrato:
La cláusula 7 se modificará agregando lo siguiente:
Si la parte que autoriza para esta Orden de Inserción es una agencia en nombre del Cliente, Criteo acepta considerar a la agencia responsable por los pagos únicamente en la medida en que el Cliente haya puesto las ganancias a disposición de la agencia para los Anuncios de Productos colocados de acuerdo con la Orden de Inserción. Con respecto a los importes que no estén disponibles para la agencia, Criteo acepta responsabilizar únicamente al Cliente. Criteo comprende que el Cliente es el mandante informado por la agencia y la agencia, en calidad de representante, no tiene obligación alguna en relación con dichos pagos, ni en forma mancomunada ni solidaria, excepto tal como se especifique en esta sección.
La agencia acepta hacer todo lo razonablemente posible para cobrar y abonar el pago del Cliente de forma oportuna. Si las ganancias del Cliente no están disponibles para la OI, no se prohibirá a otros anunciantes de la agencia que publiquen anuncios con Criteo debido a dicha falta de disponibilidad si no se cuestiona el crédito de dichos anunciantes. Si así se solicita, la agencia pondrá a disposición de Criteo la confirmación por escrito de la relación entre la agencia y el Cliente. Esta confirmación debe incluir, por ejemplo, el reconocimiento del Cliente de que la agencia es su representante y está autorizada a actuar en su nombre en relación con la Orden de Inserción y estos Términos. Además, previa solicitud de Criteo, la agencia confirmará si el Cliente ha pagado a la agencia con fondos por adelantado suficientes para realizar pagos conforme a la Orden de Inserción. Si el crédito de la agencia se ve disminuido, Criteo podrá exigir pagos por adelantado.
La Agencia declara y garantiza que tiene autoridad como representante del Cliente para vincular al Cliente a estos Términos y a cada Orden de Inserción, y que toda acción de la agencia relacionada con estos Términos y cada Orden de Inserción estará dentro del alcance de dicha agencia. La agencia defenderá, mantendrá indemne y liberará a Criteo y a todas y cada una de sus filiales y representantes de toda responsabilidad que resulte de las pérdidas que surjan del incumplimiento por parte de la agencia con lo dispuesto en el enunciado anterior.
Campañas de publicidad llevadas a cabo en: Canadá
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo Canada Corp.
La legislación que regirá el Contrato será: la legislación de la provincia de Ontario y legislación de Canadá aplicables.
Disposiciones adicionales o específicas que se aplicarán al Contrato:
La cláusula 13(vii) se modificará para incluir lo siguiente:
“Las Partes reconocen que han solicitado que se redacte el Contrato en inglés. Les parties reconnaissent avoir exigé que ce contrat soit rédigé en langue anglaise."
El lugar de constitución (de la agencia) del Cliente es: Venezuela, Perú, Ecuador, República Dominicana, Xxxxx Rica, Uruguay, Panamá, Puerto Rico, Guatemala, Bolivia, Paraguay, El Xxxxxxxx, Jamaica, Honduras, Haití, Nicaragua, Trinidad y Tobago, Bahamas, México, Argentina, Colombia, Chile
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo Corp
La legislación que regirá el Contrato será: la legislación de California
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales del Condado de Santa Clara
El lugar de constitución (de la agencia) del Cliente es: Japón
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo K.K.
La legislación que regirá el Contrato será: El derecho japonés
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Japón
El lugar de constitución (de la agencia) del Cliente es: Singapur, Hong Kong, Malasia, Tailandia, Taiwán, Vietnam, Filipinas, Indonesia, República Democrática Popular Lao, Brunéi, Myanmar, Camboya, Bangladesh, Bután, Macao, Nepal, Pakistán, Sri Lanka
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo Singapore Pte. Ltd
La legislación que regirá el Contrato será: Derecho de Singapur
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Singapur
El lugar de constitución (de la agencia) del Cliente es: Corea
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo Korea
La legislación que regirá el Contrato será: Derecho coreano
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Corea
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo LLC
Disposiciones adicionales o específicas que se aplicarán al Contrato:
El Cliente reconoce que se firmará un Contrato independiente (Orden de inserción y Términos y Condiciones) directamente con Criteo LLC.
El lugar de constitución (de la agencia) del Cliente es: Turquía
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo Reklamcılık Hizmetleri ve Ticaret A.Ş.
La legislación que regirá el Contrato será: la legislación de Turquía Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Estambul Disposiciones adicionales o específicas que se aplicarán al Contrato:
La cláusula 5 se modificará para incluir lo siguiente:
En el caso de que el Cliente esté domiciliado en Turquía, se aplicarán los siguientes términos: (i) con respecto a una Orden de Inserción limitada, el timbrado fiscal será declarado y pagado por Criteo y se cobrará el cincuenta por ciento (50 %) del timbrado fiscal al Cliente en un plazo de 30 días desde la firma, (ii) con respecto a Ordenes de Inserción limitadas e ilimitadas, la duración máxima de dicha Orden de Inserción será de un mes que podrá ser prorrogado por el Cliente mediante notificación a Criteo (para evitar toda clase de duda, dicha notificación podrá enviarse vía correo electrónico con confirmación válida de envío/recepción).
El lugar de constitución (de la agencia) del Cliente es:
Emiratos Árabes Unidos, Afganistán, Angola, Bahréin, Botsuana, Congo, Xxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Egipto, Etiopía, Gabón, Ghana, Xxxx, Xxxxxxxx, Kuwait, Xxxxxx, Xxxxx, Marruecos, Madagascar, Xxxxxxxx, Mozambique, Namibia, Nigeria, Omán, Catar, Ruanda, Arabia Saudita, Senegal, Suiza, Túnez, Tanzania, Uganda, Yemen, Sudáfrica, Zambia, Zimbabue
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo MEA FZ LLC, una sociedad anónima (limited liability company) constituida en la Zona Franca de Tecnología, Comercio Electrónico y Medios de Dubái conforme a la Xxx Xxxxxx 0 xx 0000 xxx Xxxxxxx xx Xxxxx. Domicilio social: XXX Xxxxxxxx, 0xx Xxxxx Xx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxx X.X. Xxx 000000 Dubái, Emiratos Árabes Unidos.
La legislación que regirá el Contrato será: la legislación de los Emiratos Árabes Unidos, según sea aplicable en el Emirato de Dubái
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: los tribunales de los Emiratos Árabes Unidos del Emirato de Dubái
Disposiciones adicionales o específicas que se aplicarán al Contrato:
La cláusula 6 de los Términos y Condiciones se sustituirá de la siguiente manera: “6 – Propiedad intelectual: Cada Parte continuará siendo el titular único de los derechos de propiedad intelectual de los que era propietario antes de la ejecución del Contrato. Criteo es el propietario único de todos los derechos de propiedad intelectual asociados a la Tecnología Criteo y a los Datos de Criteo. Durante la vigencia del Contrato, el Cliente otorga a Criteo (y a las filiales de Criteo) una licencia de ámbito mundial, gratuita e intransferible para usar, reproducir y representar las marcas del Cliente y sus logotipos, y para mostrar, reproducir, representar el Contenido del Cliente de los Anuncios de los Productos: (a) en la Red de Criteo; y (b) en toda la documentación que promueva el Servicio de Criteo. Criteo solicitará autorización al Cliente con carácter previo a cualquier comunicado de prensa que utilice el nombre, logotipos y/o marcas del Cliente. El Cliente no deberá modificar ni intentar modificar, crear productos derivados, descompilar o desmontar por ingeniería inversa el código fuente de la Tecnología Criteo u otro software o documentación de Criteo.
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo India Private Limited. Domicilio social: Xxxxx 0&0, Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Xxx Xxxxx, 000000, Xxxxx
La legislación que regirá el Contrato será: la legislación india aplicable
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Nueva Delhi
Disposiciones adicionales o específicas que se aplicarán al Contrato:
La cláusula 5 se modificará agregando lo siguiente:
El timbrado fiscal de todos los contratos celebrados con Criteo y sus filiales para la campaña india, según proceda, será declarado y pagado por Criteo, y se cobrará el cincuenta por ciento (50 %) del timbrado fiscal al Cliente en un plazo de treinta (30) días desde la formalización de los contratos.
Conforme a las disposiciones de la Ley india de impuestos sobre la renta de 1961 (según se pueda enmendar periódicamente y las normas correspondientes relacionadas o cualquier otra ley que regule los impuestos sobre rentas que puedan estar en vigor) o una ley similar de otro país, si procede, cuando el Cliente deba deducir o retener cualquier cantidad, ya sea como impuesto o bajo otra denominación, el Cliente deducirá o retendrá la cantidad o tipo especificado de cualquier cantidad que se deba pagar a Criteo. Criteo SA -00 xxx xxxxxxx, 00000 Xxxxx, Xxxxxxx - Tel.
x00 (0)0 00 00 00 90 - Fax x00 (0)0 00 00 00 89 S.A. con capital social de 1 561 772 EUR - Número de registro: 484 786 249
El Cliente pagará o se hará cargo de cualquier cantidad deducida o retenida de tal forma de conformidad con las disposiciones de la legislación aplicable. Cuando el Cliente efectúe las deducciones o retenciones, el Cliente entregará a Criteo un Certificado de retención de impuestos (Formulario 16A o cualquier otro formulario/documentación que pueda corresponder) u otras pruebas con respecto a dicha deducción o retención en el plazo que sea aplicable. En el caso de que el Cliente haya retenido cualquier cantidad de conformidad con la legislación aplicable que establezca las deducciones pero no entregue dicho certificado o prueba de retención de impuestos y Criteo esté obligado a pagar dicho impuesto, el Cliente reembolsará a Criteo por el importe del impuesto que haya retenido.
Las facturas que se deban emitir cumplirán los requisitos de la legislación aplicable y se extenderán en la moneda que especifique Criteo.
Todos los impuestos indirectos actuales y futuros (incluidos entre otros, el impuesto sobre los servicios y swachh xxxxxx cess) según se aplique a las ofertas de Criteo serán cobrados por Criteo al Cliente además de cualquier importe adeudado por estas ofertas.
Se agregará al Contrato la siguiente disposición de resolución de litigios:
Todos los litigios o diferencias relacionados con cualquier asunto establecido en el Contrato serán sometidos a un único árbitro que será nombrado en conjunto por las partes. La sede del arbitraje será Nueva Delhi y se reunirá en Nueva Delhi.