Contract
Ayuntamiento xx Xxxxxx-Xxxxxxxx | PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS DEL 5 AL 24 DE NOVIEMBRE DE 2014 (AMBOS INCLUSIVE) | |||
Negociado REC.- RECURSOS HUMANOS 22.- MGF | ||||
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Asunto | Interesado |
CONVOCATORIA DE PROCESO PARA LA SELECCIÓN DE UN TÉCNICO MEDIO DE RECAUDACIÓN (BOLSA DE EMPLEO- FUNCIONARIO INTERINO) ORDEN DE ALCALDÍA Nº 17/2014, DE 00 XX XXXXXXX
XXXXXXXX
XXXXX XXXXXXXXXXXX 0 00000-XXXXXX-XXXXXXXX XXXXXXXXX
491X5K5C4A3N4P3M0JXD
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BASES
PRIMERA.-Objeto de Convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una Bolsa de Trabajo o Lista de Espera con destino al nombramiento de funcionarios/as interinos/as en los términos previstos en el artículo 10 de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, Subescala de Servicios Especiales, Clase Cometidos Especiales, denominación del puesto Técnico Medio de Recaudación, (puesto de la RPT del personal funcionario f-11) equiparable al Grupo B (A2). La presente Bolsa de Trabajo deja sin efecto cualquier otra existente hasta la fecha.
El establecimiento de las retribuciones o emolumentos lo será el que con arreglo a la legislación vigente corresponda a los funcionarios xx xxxxxxx pertenecientes a este grupo en el momento que se materialice la toma de posesión.
El procedimiento de selección de los/las aspirantes será el de OPOSICIÓN LIBRE.
Además de las funciones propias de la Subescala de Servicios Especiales de Administración Especial a la que se equipara, corresponderá la realización de las funciones que sean encomendadas dentro del nivel y categoría y con referencia a lo que estable la Relación de Puestos de Trabajo en la ficha descriptiva del puesto de Técnico Medio de Recaudación, que son las siguientes:
-las tareas recogidas en el Reglamento de Recaudación, gestión recaudatoria, organización del trabajo diario de recaudación, organización de la recaudación ejecutiva según el procedimiento del Reglamento General de Recaudación y la Ordenanza Municipal correspondiente, dictar las providencias de apremio y embargo expresamente atribuidas por el Reglamento General de Recaudación, pesentación de arqueos ante el órgano superior, emisión de informes a petición
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de la Tesorería, personarse en el Juzgado en relación a Junta de acreedores (expedientes de empresas en concurso) y todas las demás inherentes a las anteriores.
Formarán parte lista de espera o bolsa de empleo quienes superen la fase de oposición del proceso selectivo. La posición en dicha bolsa se determinará por orden de mayor a menor puntuación obtenida en el proceso. La Bolsa tendrá vigencia en tanto se celebre un nuevo proceso selectivo para plaza de similares características y prevea la creación de lista de espera o cuando por el tiempo transcurrido u otras circunstancias debidamente motivadas, contrarias a la finalidad de su creación la Corporación acuerde su extinción.
El llamamiento de los/las integrantes de la bolsa de empleo se realizará por estricto orden de prelación, notificándose la resolución de nombramiento en la que se otorgará un plazo para la toma de posesión, tanto para la cobertura de plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura mediante funcionario/x xx xxxxxxx, como para la sustitución transitoria del/la titular con reserva de plaza hasta su reincorporación, como para la ejecución de programas de carácter temporal y como para atender el exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de seis meses dentro de un período de doce meses, si bien, estos nombramientos sólo se producirán previa petición del Departamento interesado y presentación obligatoria de memoria acreditativa de la necesidad y urgencia, tal como establece el artículo 10 de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, de los requisitos exigidos para cada clase de nombramiento , y acreditativa de cuantos extremos exija la normativa vigente para el nombramiento de personal funcionario interino. El primer nombramiento lo será con destino a la plaza vacante que se corresponde con el puesto de trabajo f-11 001.
La jornada será la estipulada legalmente para el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx. En todo caso, la jornada semanal realizada no excederá de la prevista para los funcionarios xx xxxxxxx pertenecientes a la Subescala de Servicios Especiales, a tiempo completo o su equivalente a tiempo parcial, a realizar en los horarios y días según necesidades del servicio. A los/as funcionarios/as interinos/as nombrados/as les será aplicable, en cuanto sea adecuado a la naturaleza de su condición y lo permita la legislación vigente, el régimen general de los/as funcionarios/as xx xxxxxxx.
SEGUNDA.-Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
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a) Tener la nacionalidad española o la de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea, o de aquellos Estados que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, todo ello en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx.
b) Tener cumplidos, en la fecha de la convocatoria, los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) Estar en posesión , como mínimo, del título de Diplomatura Universitaria o equivalente con arreglo a la legislación vigente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la correspondiente homologación.
e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
Todos los requisitos anteriores deberán reunirlos los/as aspirantes en la fecha en que finalice el plazo para la presentación de instancias solicitando tomar parte en la Convocatoria.
TERCERA.-Igualdad de condiciones.
En las presentes pruebas serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que los demás aspirantes.
Los/as aspirantes con discapacidad deberán presentar certificación de organismo oficial competente que acredite la calificación de minusvalía, así como su capacidad para desempeñar las tareas correspondientes a las necesidades de personal objeto de la presente convocatoria.
El Tribunal establecerá, para las personas con discapacidad que así lo soliciten, las adaptaciones y ajustes razonables de tiempo y medios para la realización de las pruebas. A tal efecto los/as interesados/as deberán presentar la petición correspondiente en la solicitud de participación en la convocatoria.
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XXXXXX.-Xxxxxxxxxxxxxxxxxx del cargo.
Las comprendidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
QUINTA.-Instancias.
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso se dirigirán al Sr. Alcalde- Presidente de este Excelentísimo Ayuntamiento. Se presentarán en el Registro General en el plazo de 20 días naturales, contados en los términos señalados en la parte superior derecha del presente documento, según anuncio de la Convocatoria publicado en el Tablón de Edictos y pagina web municipales.
En la solicitud los/as aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos. A la instancia, en la que junto con los datos a que hace referencia el artículo 70 de la Ley 30/1992, se acompañará justificante acreditativo de encontrarse en situación de desempleo y no percibiendo prestación alguna por desempleo (sólo lo aportarán quiénes se encuentren en esta situación, y a los solos efectos de exención de pago, y en los términos de la Ordenanza reguladora de la Tasa por derechos de examen), así como, impreso de autoliquidación de tasa por derechos de examen debidamente cumplimentado (se marcará la casilla Grupo B A2 del impreso) que podrá recogerse en las oficinas del Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx, de lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas, o bien, descargarse en la pagina web oficial xxx.xxxxxx-xxxxxxxx.xxx.
Tendrán una reducción del 100% de la cuota las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100 y las personas que figuraren como demandantes de empleo y no perciban prestación alguna en los términos previstos en la Ordenanza municipal aplicable, lo que deberá ser acreditado en el momento de la presentación de la instancia.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo
38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 31 del Real Decreto 1829/1999.
SEXTA.-Admisión de los/as aspirantes.
Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación, o persona en quien haya delegado, aprobará la lista provisional de
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aspirantes admitidos/as y excluidos/as, con indicación de la causa de exclusión, y será expuesta en el Tablón de Edictos de la Corporación y en la página web del excelentísimo Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx, concediéndose un plazo xx xxxx días hábiles de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, para la subsanación de las instancias presentadas. Transcurrido este plazo, la Presidencia de la Corporación, o persona en quien haya delegado, aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, la composición nominal del Tribunal Calificador y la fecha de inicio del proceso selectivo, que será expuesta en el Tablón de Edictos de la Corporación y en la página web del excelentísimo Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx.
Se entenderán como causas de exclusión no subsanables:
1- Realización del pago de la tasa fuera del plazo de presentación de instancias o la falta de pago encontrándose obligado a ello.
2- Presentación de la instancia fuera de plazo.
Se entenderán como subsanables:
1- Falta de presentación del impreso de autoliquidación de la tasa cuando el mismo se haya realizado dentro del plazo de presentación de instancias, o de los documentos acreditativos de la exención de pago.
2- Cumplimentación incorrecta o incompleta de la instancia cuando el error u omisión afecte a alguno de los datos mínimos a que se refiere el artículo
70.1 de la Ley 30/1992.
A los efectos del cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos contenidos en la instancia serán objeto de tratamiento automatizado siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión al proceso.
SÉPTIMA.-Tribunal Calificador.
Presidente/a: Ejercerá la Presidencia un/a funcionario/x xx xxxxxxx del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx, nombrado por la Alcaldía-Presidencia, o persona en quien haya delegado esta atribución.
Secretaria: La de la Corporación o funcionario/a municipal xx xxxxxxx en quien delegue, con voz y voto.
Vocales:
- Un/a funcionario/x xx xxxxxxx del Gobierno de Cantabria.
- Un/a funcionario/x xx xxxxxxx de la Universidad de Cantabria.
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- Un/a funcionario/x xx xxxxxxx designado por la Alcaldía-Presidencia, o persona en quien haya delegado esta atribución.
Se nombrará igual número de suplentes debiendo reunir las características exigidas a los/as titulares. Todos/as los/as integrantes del Tribunal deberán tener el mismo nivel de titulación o superior al requerido en la presente Convocatoria lo que deberá comprobarse por el/la Secretario/a del Tribunal antes del inicio de las deliberaciones de la primera sesión. En caso de no reunir o no acreditar estos requisitos, deberá suspenderse la sesión y en su lugar actuarán funcionarios/as xx xxxxxxx de esta u otra Administración Pública que reúnan tales condiciones de titulación. El Tribunal no podrá estar formado mayoritariamente por funcionarios/as pertenecientes al mismo cuerpo de cuya selección se trate. Se tenderá a la paridad entre mujer y hombre.
Los/as componentes del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los/as aspirantes podrán recusarlos/as cuando concurrieran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, estando presentes Presidente/a y Secretario/a o, en su caso, quienes les sustituyan y está facultado para resolver las cuestiones y recursos que pudieran suscitarse en el desarrollo del proceso, y para adoptar los acuerdos necesarios para el debido orden del mismo, en todo lo no previsto en estas Bases, siempre que sus interpretaciones no supongan modificación de las mismas. Para ello adoptará sus decisiones por mayoría mediante votación y, en caso de empate, decidirá el/la Presidente/a con su voto.
El tribunal podrá disponer la incorporación de asesores/as especialistas, con voz y sin voto, los/as cuales se limitarán al ejercicio de su especialidad. Si el número de aspirantes presentado así lo requiriera, el Tribunal podrá nombrar personal de apoyo para la mejor y más rápida gestión de las diferentes fases del proceso.
A efectos del régimen de asistencias previsto en el Real Decreto 462/2002, de 24 xx xxxx, sobre indemnizaciones por razón del servicio, el Tribunal tendrá la categoría segunda. En los mismos términos que los/as vocales serán retribuidos asesores/as especialistas y personal de apoyo, en su caso.
OCTAVA.- Proceso selectivo
El proceso selectivo constara de una única fase de oposición, que consistirá en la superación de dos ejercicios, de carácter obligatorio y eliminatorio y serán
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calificados desde cero hasta diez puntos cada uno de ellos, quedando eliminados los/as aspirantes que no alcancen la puntuación mínima de cinco puntos en cada uno de los ejercicios.
Primer ejercicio: Consistirá en la resolución del supuesto o supuestos prácticos que el Tribunal determine, durante el plazo que al efecto se establezca por el mismo y que estará relacionado con las materias de la totalidad del programa que figura en la presente convocatoria. Dicho ejercicio podrá ser desarrollado, en su totalidad o en parte, a través de herramientas informáticas, si el Tribunal así lo acordare.
El ejercicio realizado será expuesto por los/as aspirantes sólo si así lo acordare el Tribunal. Se valorará la preparación y correcta aplicación de los conocimientos teóricos de los/as aspirantes a la resolución de los problemas prácticos planteados, así como, la correcta ejecución de las operaciones informáticas que en su caso se hubieran realizado. Los/as aspirantes podrán utilizar textos legales como material de consulta, siempre que se presenten en formato libro, sin comentarios, ni notas manuscritas. Se admitirán fotocopias que procedan del BOE, siempre que no contengan notas manuscritas. En cualquier momento el Tribunal podrá comprobar el estado de los materiales que porten los/as aspirantes, pudiendo acordar la expulsión de cualquier aspirante que no respete estas previsiones.
En el supuesto de lectura o exposición de este ejercicio por parte de los/as aspirantes, una vez finalizada la exposición del mismo, si el Tribunal hace uso de su facultad de dialogar con éstos/as sobre cuestiones relacionadas con los temas o supuesto/s desarrollados, el período máximo será de quince minutos.
Segundo ejercicio: Consistirá, a elección del Tribunal, valorando el número de aspirantes que hayan superado el primer ejercicio, en la realización de un ejercicio tipo test o en la exposición oral de un tema extraído al azar (excluida la Parte Primera y los bloques 2.1 y 2.2 de la Parte Segunda). El Tribunal hará pública la elección del tipo de ejercicio con la calificación del primer ejercicio.
a) Si el Tribunal optase por la realización de un ejercicio tipo test, este se regirá por las siguientes especificaciones; un test de 50 preguntas relativas a la totalidad del programa que figura como Anexo a las presentes Bases. A las anteriores se adicionarán 5 preguntas de reserva. Por cada pregunta se propondrán cuatro respuestas siendo solo una la correcta. El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 50 minutos.
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El ejercicio se valorará con un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener 5 puntos para superarlo. Cada respuesta correcta puntuará 0,20 puntos. Cada respuesta incorrecta restará en la puntuación que por el Tribunal se acuerde que, en todo caso, deberá comunicar a los/as aspirantes antes del inicio del ejercicio. Las respuestas en blanco no sumaran ni restarán puntuación.
El Tribunal podrá acordar la publicación de la plantilla de respuestas.
b) Si el Tribunal optase por la realización de un examen oral, el mismo consistirá en la exposición oral, en audiencia pública, de un tema extraído al azar de entre los que componen la totalidad del programa (excluida la Parte Primera y los bloques 2.1 y 2.2 de la Parte Segunda) disponiendo el/la aspirante de un máximo de cinco minutos para la elaboración de un esquema sobre el tema a desarrollar. El/la aspirante dispondrá de entre doce y quince minutos para la exposición del tema. La falta de desarrollo del tema supondrá la no superación del ejercicio.
El Tribunal podrá dialogar con los/as aspirantes acerca de las cuestiones expuestas, y valorará los conocimientos sobre el tema expuesto, la capacidad y formación general, la claridad de ideas, la precisión y rigor en la exposición y la calidad de expresión oral, el grado de ajuste de la exposición al tiempo otorgado, así como, el conocimiento de la jurisprudencia que hayan plasmado en su exposición.
El ejercicio se valorará con un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener 5 puntos para superarlo.
NOVENA.- Calificación.
El proceso selectivo será calificado con la suma de la puntuación obtenida en la fase de oposición, quedando eliminados los/as aspirantes que no alcancen la puntuación mínima de cinco puntos en cada uno de los ejercicios.
En caso de existir empate, se resolverá de la siguiente forma: en primer lugar, por aquel/lla aspirante que haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio, en segundo lugar por aquel/lla aspirante que haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio y, en tercer lugar, por sorteo.
Las calificaciones se harán públicas en el tablón de edictos y pagina web municipal, otorgándose un plazo para la presentación de reclamaciones al Tribunal.
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DÉCIMA.- Propuesta de aprobación de bolsa de trabajo o lista de espera y régimen de los nombramientos.
Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones y resueltas éstas, en su caso, el Tribunal publicará la calificación definitiva y elevará propuesta a la Alcaldía-Presidencia, de aprobación de la bolsa de trabajo o lista de espera, que será vinculante para la Alcaldía.
Los/as aspirantes que hayan superado el proceso serán ordenados/as de mayor a menor puntuación, y su inclusión en dicha bolsa no les irrogará más derecho que el de ser nombrado cuando concurran las premisas contenidas en la Base Primera. A excepción de lo dispuesto en la Base Primera para el primer nombramiento.
La persona que en virtud de lo anterior, resulte propuesta para un nombramiento interino, aportará ante el Ayuntamiento, en el Registro General, dentro del plazo que se otorgue en la resolución de nombramiento los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria y que son los siguientes:
1.º) Fotocopia compulsada del D.N.I. o Certificado de nacimiento, expedido por el Registro Civil correspondiente.
2.º) Título académico exigido o resguardo del pago de derechos del mismo. Acompañado de los preceptivos documentos en caso de homologación etc…
3.º) Los/as aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con discapacidad, deberán presentar certificación expedida por los órganos técnicos competentes de la Administración correspondiente, que acredite tales condiciones, así como certificación de compatibilidad para el desempeño de las funciones o tareas propias de la plaza o puesto de trabajo.
4.º) Declaración jurada de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario, de cualesquiera Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.
5.º) Declaración jurada de no encontrarse incurso/a en causa de incompatibilidad específica conforme a la normativa vigente.
6.º) Certificado Médico Oficial acreditativo de la capacidad funcional exigida en la Base Segunda letra e.
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Si no lo hiciera dentro del plazo que le fuera señalado, salvo causa de fuerza mayor, quedarán anuladas todas sus actuaciones conllevando la exclusión de la bolsa. El/la aspirante deberá tomar posesión, en el plazo que le fuera otorgado en la resolución de nombramiento. Si no lo hiciera en el plazo señalado sin causa justificada, quedará en la situación ya descrita en el presente párrafo.
El/la aspirante propuesto que tuviera la condición de funcionario/a público/a está exento/a de justificar las condiciones y requisitos acreditados ya en su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del organismo de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias exigidas que consten en su expediente personal.
DÉCIMO PRIMERA.- Cese.
Habida cuenta del carácter de interinidad de esta convocatoria los/as aspirantes que, en su caso sean nombrados, cesarán conforme al régimen jurídico aplicable al personal funcionario interino.
DÉCIMO SEGUNDA.-Ley reguladora del proceso selectivo.
El sólo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en este proceso constituye sometimiento expreso de los/as aspirantes a las Bases reguladoras de la misma, que tiene consideración xx Xxx Reguladora de esta Convocatoria.
La presente convocatoria y sus anexos se regirán por las disposiciones que le sean aplicables de las contenidas en los textos legales; Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, Ley 30/84, de 2 xx xxxxxx, modificada por la Ley 23/88, de 28 de julio, Ley 7/85, de 2 xx xxxxx y disposiciones del R.D.L. 781/86, de 18 xx xxxxx, R.D. 896/91, de 7 xx xxxxx, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, y con carácter supletorio el R.D. 364/1995, de 10 xx xxxxx, y demás legislación aplicable.
La presente convocatoria, bases y cuantos actos administrativos de ella se derivan y de la actuación del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados por los/as interesados/as en los casos, forma y plazo establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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ANEXO I PROGRAMA* PARTE PRIMERA
TEMA 1. La Constitución Española: estructura y contenido esencial. Los derechos y deberes fundamentales, las libertades públicas y los principios rectores de la política social y económica en la Constitución Española. La protección y suspensión de los derechos fundamentales. La protección jurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona. El recurso xx xxxxxx.
TEMA 2. El Estatuto de Autonomía de Cantabria: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad Autónoma de Cantabria: Potestad Legislativa, Potestad Reglamentaria y Función Ejecutiva.
TEMA 3. La Ley. Concepto y caracteres. Las leyes estatales. Leyes ordinarias y orgánicas. Normas del Gobierno con fuerza xx xxx. Los Tratados Internacionales como norma de derecho interno. Las relaciones entre el Ordenamiento estatal y los Ordenamientos autonómicos. Leyes estatales y autonómicas. Legislación básica, bases, legislación y ejecución.
TEMA 4. El Reglamento. La potestad reglamentaria: Formación y fundamento. Distinción de figuras afines. Las relaciones entre Ley y Reglamento.
TEMA 5. El Ordenamiento Comunitario. Formación y caracteres. Tratados y Derecho Privado. Directivas y Reglamentos comunitarios. Derecho comunitario y derecho de los países miembros. Derecho comunitario y Comunidades Autónomas.
TEMA 6. El Poder Legislativo. Las Cortes Generales. Composición, elección y disolución. Atribuciones. Regulación y funcionamiento de las Cámaras: los reglamentos parlamentarios. Órganos de control dependientes de las Cortes Generales: El Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas.
TEMA 7. El Poder Ejecutivo. El Gobierno en el sistema constitucional español. La Ley del Gobierno. La designación y la remoción del Presidente del Gobierno. Las funciones del Presidente del Gobierno. El Gobierno: composición y funciones.
TEMA 8. El Poder Judicial. Regulación constitucional de la justicia. La Ley Orgánica del Poder Judicial. La Ley de Demarcación y Planta Judicial. El Consejo general del Poder Judicial: designación, organización y funciones. La organización de la Administración de Justicia en España:
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Órdenes jurisdiccionales, clases de órganos jurisdiccionales y sus funciones.
TEMA 9. El Tribunal Constitucional en la Constitución y en su Ley Orgánica. Composición, designación, organización y funciones. El sistema español de control de la constitucionalidad de las leyes.
TEMA 10. La Administración Pública en la Constitución. La regulación de la Administración en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las relaciones interadministrativas y sus principios. Breve referencia x Xxx de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
TEMA 11. La Administración General del Estado. La Ley de Organización Y Funcionamiento de la Administración General del Estado y su normativa de desarrollo. La estructura departamental y los órganos superiores. La Administración periférica. Los órganos consultivos. Especial consideración del Consejo de Estado.
TEMA 12. La autonomía local en la Constitución: especial referencia a la doctrina de la garantía institucional. Contenido subjetivo, objetivo e institucional de la autonomía local en la constitución y en el Derecho básico estatal. Especial referencia al marco competencial de la Entidades Locales.
TEMA 13. La Administración Institucional en los ámbitos estatal, autonómico y local. Origen, tipología y régimen jurídico.
TEMA 14. La Unión Europea: origen y evolución. Instituciones comunitarias, organización y competencias tras el Tratado xx Xxxxxx, de 13 xx xxxxx de 2007. La Carta Europea de la Autonomía Local. Contenido. Especial referencia a los aspectos económicos y financieros de la Carta. Su posición y significación en el ordenamiento jurídico español.
TEMA 15. La gestión de recursos humanos. Grupos, liderazgo, motivación, cultura administrativa, comunicación y relación. La nueva gerencia pública. Planificación de recursos humanos: instrumentos. Selección, formación y evaluación de los recursos humanos.
PARTE SEGUNDA
2.1.- DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL.
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TEMA 1. Los conceptos de Administración Pública y Derecho Administrativo. El sometimiento de la Administración al Derecho. El principio de legalidad. Las potestades administrativas. Las fuentes del Derecho Administrativo. El reglamento: titularidad de la potestad reglamentaria. Ámbito material del reglamento. El procedimiento de elaboración de los reglamentos. Eficacia del Reglamento. Control de los reglamentos ilegales y efectos de su anulación.
TEMA 2. La relación jurídico-administrativa. Las personas jurídicas públicas: Clases. Capacidad de las personas públicas. El/la administrado/a: concepto y clases. La capacidad de los/as administrados/as y sus causas modificativas. Las situaciones jurídicas del/la administrado/a; derechos subjetivos e intereses legítimos.
TEMA 3. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: la motivación y forma. La inactividad de la Administración y la vía de hecho. La eficacia de los actos administrativos: el principio de autotutela declarativa. Condiciones. La notificación: contenido, plazo y práctica. La notificación defectuosa. La publicación. La aprobación por otra Administración. La demora y retroactividad de la eficacia.
TEMA 4. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de conservación del acto administrativo. La revisión de actos y disposiciones por la propia Administración: supuestos. La acción de nulidad, procedimiento, límites. La declaración de lesividad. La revocación de actos. La rectificación de errores.
TEMA 5. Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos y normas reguladoras de los distintos procedimientos. Clases de interesados/as en el procedimiento. Derechos de los/as administrados/as. La iniciación del procedimiento: clases, subsanación y mejora de solicitudes. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros administrativos. Términos y plazos: cómputo, ampliación y tramitación de urgencia, distinción del cómputo de plazo administrativo y de otra naturaleza. Ordenación. Instrucción: intervención de los interesados, prueba e informes.
TEMA 6. Terminación del procedimiento. La obligación de resolver. Contenido de la resolución expresa: principios de congruencia y de no agravación de la situación inicial. La terminación convencional. La falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad.
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TEMA 7. La coacción administrativa: el principio de autotutela ejecutiva. La ejecución forzosa de los actos administrativos: sus medios y principios de utilización. La coacción administrativa directa.
TEMA 8. Recursos administrativos: Principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación d los recursos administrativos. Clases de recursos. Las reclamaciones administrativas previas al ejercicio de acciones civiles y laborales. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: conciliación, mediación y arbitraje.
TEMA 9. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la Jurisdicción y sus competencias. Las partes: legitimación. El objeto del recurso contencioso administrativo. Especialidades aplicables a la Administración Pública como parte. El procedimiento en primera o única instancia. Medidas cautelares. La sentencia. Recursos contra sentencias. La ejecución de las sentencias. Procedimientos especiales.
TEMA 10. La potestad sancionadora: concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. El procedimiento sancionador y sus garantías. Medidas sancionadoras administrativas.
TEMA 11. La responsabilidad patrimonial de la administración Pública: caracteres. Los presupuestos de la responsabilidad. Daños resarcibles. La acción y el procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. La responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.
TEMA 12. La actividad administrativa de prestación de servicios. La iniciativa económica pública y los servicios públicos. El servicio público. Concepto. Evolución y crisis. Las formas de gestión de los servicios públicos. La gestión directa.
2.2.- DERECHO ADMINISTRATIVO LOCAL
TEMA 1. Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las Comunidades Autónomas en materia de régimen local. La incidencia de la legislación sectorial sobre el régimen local. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales: Reglamentos y Ordenanzas. Procedimiento de elaboración. El Reglamento Orgánico. Los Bandos.
TEMA 2. El municipio: concepto y elementos. El término municipal: el problema de la planta municipal. Alteraciones de términos municipales. La población
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municipal. El padrón de habitantes. El estatuto de los/as vecinos/as. Derechos de los/as extranjeros/as.
TEMA 3. La organización municipal. Órganos necesarios. El/la Alcalde/sa: competencias y estatuto personal. Delegación de atribuciones del/la Alcalde/sa. Los/as Tenientes xx Xxxxxxx. El Pleno del Ayuntamiento: composición y funciones. La Comisión de Gobierno. Órganos complementarios: comisiones informativas y otros órganos. Los grupos políticos. Los regímenes municipales especiales. La participación vecinal en la gestión municipal.
TEMA 4. Las competencias municipales: sistema de determinación. Competencias propias y delegadas. Los servicios mínimos. La reserva de servicios.
TEMA 5. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos de gobierno local. Actas, certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicación de los acuerdos. El registro de documentos.
TEMA 6. Singularidades del procedimiento administrativo de las Entidades Locales. Tramitación de expedientes. Los/as interesados/as. Abstenciones y recusaciones. La revisión y revocación de los actos y acuerdos de los Entes Locales. Impugnación por los/as administrados/as y miembros de las Corporaciones Locales.
TEMA 7. Las relaciones interadministrativas. Principios: colaboración, cooperación y coordinación. La sustitución y la disolución de Corporaciones Locales. Control e impugnación de los actos y acuerdos locales por las Administraciones Estatal y Autonómica. Ejercicio de acciones por las Entidades Locales.
TEMA 8. El personal al servicio de las Corporaciones Locales: clases y régimen jurídico. La función pública local: clases de funcionarios/as locales. Los instrumentos de organización de personal: plantillas y relaciones de puestos de trabajo. Los instrumentos reguladores de los recursos humanos: la oferta de empleo, los planes de empleo y otros sistemas de racionalización.
TEMA 9. El acceso a los empleos locales: principios reguladores. Requisitos. Sistemas selectivos. La extinción de la condición de empleado público. El régimen de provisión de puestos de trabajo: Sistemas de provisión. Las situaciones administrativas de los/as funcionarios/as locales.
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TEMA 10. La relación jurídica de los funcionarios/as. Los derechos de los/as funcionarios/as locales. Derechos individuales. Especial referencia a la carrera administrativa y a las retribuciones. El régimen de Seguridad Social. Derechos colectivos. Sindicación y representación. El derecho de huelga. La negociación colectiva. Los deberes de los/as funcionarios/as locales. El régimen disciplinario. La responsabilidad civil, penal y patrimonial. El régimen de incompatibilidades. Principios éticos. Principios de conducta.
TEMA 11. Los/as Funcionarios/as de Administración Local con Habilitación de Carácter Estatal: normativa reguladora. Subescalas y Categorías. Funciones. Sistema selectivo. Régimen de provisión de puestos de trabajo: Concursos ordinario y unitario. Otras formas de provisión. El registro de habilitados/as nacionales. Peculiaridades de los regímenes de situaciones administrativas y disciplinarias.
TEMA 12. El servicio público en las Entidades Locales. Las formas de gestión. Especial referencia a la concesión de servicios, organismos autónomos y a la empresa pública local. La iniciativa pública económica de las Entidades Locales. El consorcio.
TEMA 13. Los bienes de las entidades locales. Clases. Prerrogativas de las Entidades Locales respecto a sus bienes. Los bienes de dominio público. Afectación y desafectación. Régimen de utilización. Los bines comunales. Los bienes patrimoniales. Régimen de utilización, aprovechamiento y disfrute y enajenación. El inventario. Los xxxxxx vecinales.
2.3.- DERECHO FINANCIERO GENERAL
TEMA 1. El Derecho Financiero: concepto y contenido. El Derecho Financiero como ordenamiento de la Hacienda Pública. El Derecho Financiero en el ordenamiento jurídico y en la ciencia del Derecho. Relación del Derecho Financiero con otras disciplinas. Las fuentes del Derecho Financiero. Los principios de jerarquía y competencia. La constitución. Los Tratados Internacionales. La Ley. El Decreto-Ley. El decreto Legislativo. El Reglamento. Otras fuentes del Derecho Financiero.
TEMA 2. Los principios constitucionales del Derecho financiero. Principios relativos a los ingresos públicos: legalidad y reserva xx xxx, generalidad, capacidad económica, igualdad, progresividad y no confiscatoriedad. Principios relativos al gasto público: legalidad y equidad, eficacia, eficiencia y economía en la programación y ejecución del gasto público. Aplicación del Derecho Financiero.
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Eficacia de las normas financieras en el tiempo. Eficacia de las normas financieras en el espacio. La interpretación de las normas financieras.
TEMA 3.- El poder financiero: concepto y límites. La distribución territorial del poder financiero. La ordenación constitucional del poder financiero en España. El poder financiero del Estado. El poder financiero de las Comunidades Autónomas: régimen general y regímenes especiales. El poder financiero de los Entes Locales.
TEMA 4.- El presupuesto: Concepto y función. Los principios presupuestarios. La Ley de Presupuestos en el ordenamiento español: naturaleza jurídica. Efectos de la Ley de Presupuestos sobre el gasto y sobre los ingresos públicos. Integración de la perspectiva de género en el Presupuesto.
TEMA 5.- La base imponible. Métodos de determinación. La base liquidable. El tipo de gravamen: Concepto y clases. La cuota tributaria. La deuda tributaria: contenido.
TEMA 6.- La gestión tributaria: Delimitación y ámbito. El procedimiento de gestión tributaria. La liquidación de los tributos. La declaración tributaria. Los actos de liquidación: clases y régimen jurídico. La consulta tributaria. La prueba den los procedimientos de gestión tributaria. La Agencia Estatal de Administración Tributaria.
TEMA 7.- La extinción de la obligación tributaria. El pago: Requisitos, medios de pago y efectos del pago. La imputación de pagos. Consecuencias de la falta de pago y consignación. Otras forma de extinción: la prescripción y la compensación. Especial consideración de la compensación de créditos entre distintas Administraciones Públicas. Los problemas de la condonación de tributos. El procedimiento de declaración de fallidos a la Hacienda Local: Presupuestos, trámites efectos.
TEMA 8.- La recaudación de los tributos. Órganos de recaudación. El procedimiento de recaudación en período voluntario.
TEMA 9.- El procedimiento de recaudación en vía de apremio: iniciación, títulos para ejecución y providencia de apremio, recursos contra la providencia de apremio. Suspensiones del procedimiento de apremio, en vía de recurso/s; por aplazamiento y/o fraccionamiento. Necesidad de constituir garantía.
TEMA 10.- Desarrollo del procedimiento de apremio: embargo/compensación de créditos. Problemas del embargo de dinero en cuentas corrientes, y de los
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embargos de otras formas de inversión financiera (depósitos a plazo, fondos de inversión, contratos de opción). El embargo de sueldos y salarios.
TEMA 11.- El embargo de bienes. Enajenación. Aplicación e imputación de la suma obtenida. Adjudicación de bienes al Estado. Terminación del procedimiento. Impugnación del procedimiento: problemas de suspensión de la ejecución. Las garantías tributarias: concepto y clases. Las garantías reales. Derecho de prelación. Hipoteca legal tácita. Hipoteca especial. Afección de bienes. Derecho de retención. Las medidas cautelares.
TEMA 12.- Tercería de Dominio y Tercería de Mejor Derecho.
TEMA 13.- Concurrencia y preferencia de procedimientos de ejecución administrativos y judiciales. Clases de créditos. La defensa y protección de los derechos de la Hacienda Pública en situaciones concursales. Los posibles acuerdos o convenios.
TEMA 14.- La inspección de los tributos. Actuaciones inspectoras para la gestión de los tributos: comprobación e investigación, obtención de información, la comprobación de valores e informe y asesoramiento. Régimen jurídico de las funciones inspectoras. El procedimiento de inspección tributaria. Potestades de la Inspección de Tributos. Documentación de las actuaciones inspectoras. Las actas de inspección. La inspección de los recursos no tributarios.
TEMA 15.- Las infracciones tributarias: concepto y clases. Las sanciones tributarias: clases y criterios de graduación. Procedimiento sancionador. Extinción de la responsabilidad por infracciones.
TEMA 16.- La revisión en vía administrativa de los actos de gestión tributaria. Procedimientos especiales de revisión. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas.
2.4.- DERECHO FINANCIERO LOCAL
TEMA 1.- Las Haciendas Locales en España: principios constitucionales. El régimen jurídico de las Haciendas Locales. Incidencia estatal y autonómica en la autonomía financiera local. La coordinación de las Haciendas Estatal, Autonómica y Local.
TEMA 2.- Los recursos de las Haciendas Locales: enumeración. Recursos de los municipios. Recursos de las provincias. Recursos de otras Entidades Locales.
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Regímenes especiales. Los ingresos de derecho privados. Las subvenciones y otros ingresos de derecho público.
TEMA 3.- Los tributos locales: principios. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales en materia tributaria: contenido de las ordenanzas fiscales, tramitación y régimen de impugnación de los actos de imposición y ordenación de tributos. El establecimiento de recursos no tributarios.
TEMA 4.- La gestión, inspección y recaudación de los recursos locales. La revisión en vía administrativa de los actos de gestión tributaria dictados por las Entidades Locales. La gestión y recaudación de recursos por cuenta de otros entes públicos.
TEMA 5.- El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones y bonificaciones. Base imponible. Base liquidable. Cuota, devengo y período impositivo. Gestión catastral. Gestión tributaria. Inspección catastral. El Impuesto sobre Actividades Económicas. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Cuota: las tarifas. Devengo y período impositivo. Gestión censal. Gestión tributaria. Inspección censal.
TEMA 6.- El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Naturaleza y hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible, cuota y devengo. Gestión. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Naturaleza y hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible. Cuota y devengo. Gestión. El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Naturaleza y hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Base imponible. Cuota. Devengo. Gestión.
TEMA 7.- El régimen jurídico de las tasas y los precios públicos. Las tasas. Concepto. Hecho imponible. Sujetos pasivos. Devengo. Base imponible. Tipo de gravamen y deuda tributaria. Los precios públicos. Concepto. Obligados al pago. Cuantía. Devengo. Gestión. Las contribuciones especiales. Concepto. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Devengo. Bases imponible. Criterios de reparto. Cuota. Beneficios fiscales. Anticipo y aplazamiento de cuotas. Colaboración ciudadana. Las cuotas de urbanización.
TEMA 8.- La participación de municipios y provincias en los tributos del Estado y de las Comunidades Autónomas. Criterios de distribución y reglas de evolución. Regímenes especiales. La cooperación económica del Estado y de las Comunidades Autónomas a las inversiones de las Entidades Locales. Los Fondos de la Unión Europea para Entidades Locales.
TEMA 9.- Ingresos derivados del planeamiento y la gestión urbanística.
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2.2.- DERECHO CIVIL Y MERCANTIL.
TEMA 1.- La relación jurídica. Sujetos de la relación: personas y clases de personas. Capacidad jurídica y capacidad de obrar. El objeto de la relación. La interpretación de los negocios. La ineficacia del negocio jurídico. La influencia del tiempo sobre el negocio jurídico: caducidad y prescripción.
TEMA 2.- Los derechos reales. Concepto, naturaleza y clases. Constitución y adquisición de derechos reales. El derecho real de propiedad. Modos de adquirir la propiedad. La posesión. Derechos reales de goce y derechos reales de garantía.
TEMA 3.- La obligación. Fuentes de las obligaciones. Elementos y clases. El cumplimiento y las garantías. Modificación y extinción de la relación obligatoria.
TEMA 4.- El contrato. Concepto, elementos y requisitos. Vicios de los contratos. La convalidación y la rescisión. Clases de contratos. En especial, los contratos traslativos de dominio y los contratos de uso y disfrute.
TEMA 5.- La responsabilidad civil. Clases y requisitos. La acción de responsabilidad.
TEMA 6.- El Derecho mercantil. Concepto y contenido. Fuentes. Actos de comercio. La empresa mercantil. El comerciante individual. Las sociedades mercantiles en general. Concepto legal de sociedad mercantil. Clases. Disolución y liquidación de sociedades. El Registro Mercantil.
TEMA 7.- La sociedad comanditaria. La sociedad de responsabilidad limitada. Administración y representación. Junta de Socios.
TEMA 8.- La sociedad anónima y la sociedad limitada. Rasgos fundamentales que caracterizan su régimen jurídico. Escritura social y estatutos. Órganos sociales. Los socios. Patrimonio y capital social. Acciones y Participaciones. Aumento y reducción de capital. Emisión de obligaciones.
TEMA 9.- Las obligaciones mercantiles. Contratos mercantiles. Contrato de cuenta corriente. Compraventa mercantil. Contrato de comisión. El “leasing”.
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TEMA 10.- La Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, y sus reformas: la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización; el Real Decreto-Ley 4/2014, de 7 xx xxxxx, de medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial; y el Real Decreto Ley 11/2014, de 5 de septiembre, de medidas urgentes en materia concursal. El Concurso. Órganos del concurso. Sistema de retroacción. El convenio. Los débitos a la Hacienda Local en el procedimiento concursal.
Xxxxxx-Xxxxxxxx, a 3 de noviembre de 2014.
EL ALCALDE-PRESIDENTE,
Fdo.- Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx
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