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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 042/2017-SBS – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO
BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS EN GENERAL1
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº
42-2017 – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO PRIMERA CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO MÓVIL POR SATÉLITE PARA LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES.
1 Estas bases no aplican para las Adjudicaciones Simplificadas que se convoquen en el marco de la Ley 30556 “Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios”.
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DEBER DE COLABORACIÓN
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de Contrataciones del Estado.
En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas, en todo momento según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y demás actores que participan en el proceso de contratación.
De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las demás normas de la materia.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas el acceso a la información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
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SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1. BASE LEGAL
- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N° 350-2015-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
- Directivas del OSCE.
- Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.
- Decreto Supremo N° 304-2012-EF, TUO de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE - Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial.
- Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Código Civil.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes bases.
1.2. CONVOCATORIA
Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo 33 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, debiendo adjuntar las bases y resumen ejecutivo.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta un día calendario antes de la fecha prevista para la presentación de ofertas, de forma ininterrumpida. En el caso de un consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes.
El registro de participantes es gratuito y electrónico a través del SEACE.
El proveedor que desee participar en el presente procedimiento de selección debe registrarse como participante, debiendo contar para ello con inscripción vigente en el RNP, conforme al objeto de la contratación.
Importante |
• En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren |
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inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado.
1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Todo participante puede formular consultas y observaciones a las bases, en el plazo señalado en el calendario del procedimiento de selección, que no puede ser menor a dos (2) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 del Reglamento.
Las observaciones a las bases, se realizan de manera fundamentada, por supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones u otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación.
El participante registrará las consultas y observaciones en forma electrónica a través del SEACE en el formato establecido y podrá adjuntar un documento de sustento si lo considera pertinente.
1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La absolución simultánea de las consultas y observaciones por parte del órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, se realiza mediante pliego absolutorio que se notifica a través del SEACE en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, en un plazo que no puede exceder de dos (2) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir consultas y observaciones.
La absolución se realiza de manera motivada a través del SEACE en el formato establecido. Cabe precisar que en el caso de las observaciones se debe indicar si estas se acogen, se acogen parcialmente o no se acogen.
Importante |
No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten en físico a la Entidad. |
1.6. INTEGRACIÓN DE LAS BASES
La integración de las bases se realiza al día hábil siguiente de vencido el plazo para la absolución de consultas y observaciones.
Las bases integradas constituyen las reglas definitivas del procedimiento de selección. Estas incorporan obligatoriamente, las modificaciones que se hayan producido como consecuencia de las consultas, observaciones, así como las modificaciones requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión, y se publican en el SEACE en la fecha establecida en el calendario del procedimiento.
Las bases integradas no pueden ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, salvo las acciones de supervisión a cargo del OSCE. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del procedimiento por deficiencias en las bases.
El órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, no puede continuar con la tramitación del procedimiento de selección si no ha publicado las bases integradas en el SEACE, bajo sanción de nulidad de todo lo actuado posteriormente,
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conforme lo establece el artículo 52 del Reglamento.
Importante |
• Los participantes pueden solicitar al OSCE en cualquier momento la emisión de Dictamen sobre Cuestionamientos, cuando consideren de manera sustentada que las bases integradas no recojan aquello que ha sido materia de aclaración y/o precisión en el pliego de absolución de consultas y observaciones, según lo previsto en el numeral 8.8 de la Directiva “Acciones de Supervisión a Pedido de Parte”, en el plazo previsto en la misma. • Constituye infracción pasible de sanción según lo previsto en el artículo 50 de la Ley, presentar cuestionamientos maliciosos o manifiestamente infundados al pliego de absolución de consultas y/u observaciones. |
1.7. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Los documentos que acompañan las ofertas, se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción simple con la indicación y suscripción de quien oficie de traductor debidamente identificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las ofertas se presentan a través del SEACE, debidamente foliadas.
Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la oferta deben estar debidamente firmados por el postor. Los demás documentos deben ser rubricados (visados) por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado.
El precio de la oferta debe incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales.
Importante |
• Los formularios electrónicos que se encuentran en el SEACE y que los proveedores deben llenar para presentar sus ofertas, tienen carácter de declaración jurada • En caso la información contenida en los documentos digitalizados que conforman la oferta no coincida con lo declarado a través del SEACE, prevalecerá la información declarada en el SEACE, salvo cuando se adviertan errores aritméticos en el documento digital que contenga los precios unitarios de la oferta, caso en el cual deberá procederse conforme al artículo 39 del Reglamento. • No se tomará en cuenta las ofertas que se presenten en físico a la Entidad. |
1.8. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
El participante presentará su oferta de manera electrónica a través del SEACE, desde las 00:01 horas hasta las 23:59 horas del día establecido para el efecto en el cronograma del procedimiento; adjuntando el archivo digitalizado que contenga los documentos que
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conforman la oferta de acuerdo a lo requerido en las bases.
El participante debe verificar antes de su envío, bajo su responsabilidad, que el archivo pueda ser descargado y su contenido sea legible.
Importante |
Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems. |
En la apertura electrónica de la oferta, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, verifica la presentación de los documentos requeridos en la sección específica de las bases de conformidad con el artículo 53 del Reglamento y determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos y condiciones de los Términos de Referencia, detallados en la sección específica de las bases. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
1.9. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La evaluación de las ofertas que cumplan con lo señalado en el numeral anterior tiene por objeto determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, según los factores y el procedimiento de evaluación enunciados en la sección específica de las bases.
El órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, puede rechazar una oferta cuando se encuentre por debajo del valor referencial, siempre que de la revisión del detalle de la composición de la oferta, acredite mediante razones objetivas un probable incumplimiento por parte del postor, de conformidad con lo previsto en el artículo 47 del Reglamento.
Para estos efectos, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, debe solicitar al postor la descripción a detalle de todos los elementos constitutivos de su oferta, otorgándole un plazo mínimo de dos (2) días hábiles de recibida dicha solicitud; así como contar con información adicional que resulte pertinente para determinar si rechaza la oferta, decisión que debe ser fundamentada.
En el supuesto de ofertas que superen el valor referencial de la convocatoria, para efectos que el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, considere válida la oferta económica debe contar con la certificación de crédito presupuestario correspondiente y la aprobación del Titular de la Entidad, que no puede exceder de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad, salvo que el postor acepte reducir su oferta económica.
En caso no se cuente con la certificación de crédito presupuestario se rechaza la oferta.
La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos, considerando la ponderación establecida en el numeral 2.3 del Capítulo II y en el Capítulo IV de la sección específica de las bases.
Para determinar la oferta con el mejor puntaje, se toma en cuenta lo siguiente:
a) Cuando la evaluación del precio sea el único factor, se le otorga el máximo puntaje a la oferta de precio más bajo y otorga a las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMP Oi
Donde:
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i | = | Oferta. |
Pi | = | Puntaje de la oferta a evaluar. |
Oi | = | Precio i. |
Om | = | Precio de la oferta más baja. |
PMP | = | Puntaje máximo del precio. |
b) Cuando existan otros factores de evaluación además del precio, aquella que resulte con el mejor puntaje, en función de los criterios y procedimientos de evaluación enunciados en la sección específica de las bases.
En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, la determinación del orden de prelación de las ofertas empatadas se efectúa siguiendo estrictamente el orden establecido en el numeral 1 del artículo 69 del Reglamento.
Para la aplicación del criterio de desempate a través de sorteo se requiere la citación oportuna a los postores que hayan empatado, pudiendo participar en calidad de veedor un representante del Sistema Nacional de Control, notario o xxxx xx xxx.
Importante |
En el caso de contratación de servicios en general a ser prestados fuera de la provincia de Lima y Callao, cuyo valor referencial no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), a solicitud del postor se asigna una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido por los postores con domicilio en la provincia donde prestará el servicio, o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio es el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP2. Lo mismo aplica en el caso de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando algún ítem no supera el monto señalado anteriormente. |
1.10. CALIFICACIÓN DE OFERTAS
Luego de culminada la evaluación, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, debe determinar si los postores que obtuvieron el primer y segundo lugar según el orden de prelación cumplen con los requisitos de calificación detallados en la sección específica de las bases. La oferta del postor que no cumpla con los requisitos de calificación debe ser descalificada. Si ninguno de los dos postores cumple con los requisitos de calificación, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, debe verificar los requisitos de calificación de los postores admitidos, según el orden de prelación obtenido en la evaluación.
1.11. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS
La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento. La solicitud de subsanación se realiza de manera electrónica a través del SEACE y será remitida al correo electrónico consignado por el postor al momento de realizar su inscripción en el RNP, siendo su responsabilidad el permanente seguimiento de las notificaciones a dicho correo. La notificación de la solicitud se entiende efectuada el día de su envío al correo electrónico.
Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado a través del SEACE.
2 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: xxx.xxx.xxx.xx
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1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Luego de la calificación de las ofertas, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de las bases mediante su publicación en el SEACE.
El otorgamiento de la buena pro se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación.
1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se produce a los cinco (5) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento en el SEACE, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil siguiente de producido.
Importante |
Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, la Entidad realiza la inmediata verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro. En caso de comprobar inexactitud o falsedad en las declaraciones, información o documentación presentada, la Entidad declara la nulidad del otorgamiento de la buena pro o del contrato, dependiendo de la oportunidad en que se hizo la comprobación, de conformidad con lo establecido en la Ley y en el Reglamento. Adicionalmente, la Entidad comunica al Tribunal de Contrataciones del Estado para que inicie el procedimiento administrativo sancionador y al Ministerio Público para que interponga la acción penal correspondiente. |
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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante la Entidad convocante, y es conocido y resuelto por su Titular, cuando el valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT. Cuando el valor referencial sea mayor a dicho monto, el recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
En los procedimientos de selección según relación de ítems, el valor referencial total del procedimiento determina ante quién se presenta el recurso de apelación.
Los actos que declaren la nulidad de oficio y otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad del procedimiento de selección, pueden impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la buena pro.
La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
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CAPÍTULO III DEL CONTRATO
3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro del plazo de ocho (8) días hábiles siguientes al registro en el SEACE del consentimiento de la buena pro o de que esta haya quedado administrativamente firme, el postor ganador de la buena pro debe presentar la totalidad de los requisitos para perfeccionar el contrato. En un plazo que no puede exceder de los tres (3) días hábiles siguientes de presentados los documentos la Entidad debe suscribir el contrato, u otorgar un plazo adicional para subsanar los requisitos, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato.
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene, salvo en los contratos cuyo monto del valor referencial no supere los cien mil Soles (S/ 100,000.00), en los que se puede perfeccionar con la recepción de la orden de servicios, conforme a lo previsto en la sección específica de las bases.
En el caso de procedimientos de selección por relación de ítems, se puede perfeccionar el contrato con la suscripción del documento o con la recepción de una orden de servicios, cuando el valor referencial del ítem corresponda al parámetro establecido en el párrafo anterior.
Importante |
El órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, debe consignar en la sección específica de las bases la forma en que se perfeccionará el contrato, sea con la suscripción del contrato o la recepción de la orden de servicios. En caso la Entidad perfeccione el contrato con la recepción de la orden de servicios no debe incluir la proforma del contrato establecida en el Capítulo V de la sección específica de las bases. |
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos señalados en el artículo 117 del Reglamento y los previstos en la sección específica de las bases.
3.2. PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 120 del Reglamento, el plazo de ejecución contractual se inicia el día siguiente del perfeccionamiento del contrato, desde la fecha que se establezca en el contrato o desde la fecha en que se cumplan las condiciones previstas en el contrato, según sea el caso.
3.3. GARANTÍAS
Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos.
3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
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Importante |
En los contratos periódicos de prestación de servicios en general que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el artículo 126 del Reglamento. |
3.3.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se debe otorgar una garantía adicional por este concepto, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
Importante |
En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias. Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto señalado anteriormente, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 128 del Reglamento. |
3.3.3. GARANTÍA POR XXXXXXXX
En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.
3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
Importante |
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. |
ADVERTENCIA |
LOS FUNCIONARIOS DE LAS ENTIDADES NO DEBEN ACEPTAR GARANTÍAS EMITIDAS BAJO CONDICIONES DISTINTAS A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE NUMERAL. |
3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
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La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados en el artículo 131 del Reglamento.
3.6. ADELANTOS
La Entidad puede entregar adelantos directos al contratista, los que en ningún caso exceden en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las bases.
3.7. PENALIDADES
3.7.1. PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.
3.7.2. OTRAS PENALIDADES
La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral precedente, siempre y cuando sean objetivas, razonables, congruentes y proporcionales con el objeto de la contratación. Para estos efectos, se deben incluir en la sección específica de las bases los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar.
Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
3.8. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 135 del Reglamento.
3.9. PAGOS
El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse pagos a cuenta, según la forma establecida en la sección específica de las bases o en el contrato.
La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello. La conformidad se emite en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días de producida la recepción.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
En caso de retraso en el pago por parte de la Entidad, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, el contratista tendrá derecho al reconocimiento de los intereses legales correspondientes conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley y en el artículo 149 del Reglamento.
3.10. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre | : | Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones |
RUC Nº | : | 20131370564 |
Domicilio legal | : | Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – San Xxxxxx – Lima |
Teléfono: | : | 000-0000 / 000-0000 |
Correo electrónico: | : |
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación del servicio público móvil por satélite para la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de
1.3. VALOR REFERENCIAL
El valor referencial asciende a S/ 111,942.60 (ciento once mil novecientos cuarenta y dos y 60/100 Soles), incluido los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de diciembre de 2017.
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Memorando N° 419-2017-SAAG el 29.12.2017.
1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos Propios
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente procedimiento se rige por el sistema de suma alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases.
1.8. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de:
El plazo de entrega del equipamiento será de sesenta (60) días calendario, contabilizados a partir del día siguiente de la comunicación de la Superintendencia. Dicha comunicación ocurrirá en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días calendario luego de suscrito el contrato.
El plazo para configurar y realizar pruebas es xx xxxx (10) calendario, contabilizados a partir del día siguiente de la recepción de los equipos y se realizarán en forma conjunta entre el personal de la Superintendencia y del contratista. Cualquier observación notificada al contratista durante
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la realización de las pruebas de aceptación, deberán ser subsanados por éste sin costo alguno para la Superintendencia, teniendo como plazo máximo cinco (05) días calendario, a partir de su notificación.
El plazo para efectuar la capacitación será de veinte (20) días calendario, contabilizados a partir del día siguiente de la recepción del Acta de Conformidad de configuración y pruebas y del Informe de resultados de la ejecución de las pruebas.
El plazo de vigencia del servicio público móvil por satélite será de 1095 días calendario a partir del día siguiente del Acta de inicio del servicio.
El plazo de vigencia del servicio de garantía, será de 1095 días calendario a partir del día siguiente del Acta de inicio del servicio.
1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES
Los participantes registrados tienen el derecho de recabar un ejemplar de las bases, para cuyo efecto deben cancelar S/ 4.32 (cuatro y 32/100 Soles) en la Caja de la Entidad y recabar ejemplar en el Departamento de Logística, ambos ubicados en Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – Xxx Xxxxxx.
Importante |
El costo de entrega de un ejemplar de las bases no puede exceder el costo de su reproducción. |
1.10. BASE LEGAL
- Resolución SBS N° 6716-2016. Medidas de austeridad, racionalidad, disciplina en el gasto y de ingresos de personal, para el ejercicio 2017 en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
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CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN3
Etapa | Fecha, hora y lugar | |
Convocatoria A través del SEACE | : | 29/12/2017 |
Registro de participantes4 A través del SEACE | : | Desde las: 00:01 horas del 03/01/2018 Hasta las: 23:59 horas del 11/01/2018 |
Formulación de consultas y observaciones a las bases A través del SEACE | : | Del: 03/01/2018 Al: 04/01/2018 |
Absolución de consultas y observaciones a las bases A través del SEACE | : | 08/01/2018 |
Integración de bases A través del SEACE | : | 09/01/2018 |
Presentación de ofertas A través del SEACE | : | 12/01/2018 desde las 00:01 horas hasta las 23:59 horas |
Evaluación y calificación de ofertas | : | 15/01/2018 al 22/01/2018 |
Otorgamiento de la buena pro | : | 22/01/2018 |
A través del SEACE |
Importante |
Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes electrónico” publicado en xxx.xxxxx.xxx.xx, pestaña 1. Inicio, opción Documentos y Publicaciones, página Manuales y Otros (Proveedores). |
2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La oferta contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:
2.2.1. Documentación de presentación obligatoria
2.2.1.1. Documentos para la admisión de la oferta
a) Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. (Anexo Nº 1)
b) Declaración jurada de acuerdo con el numeral 1 del artículo 31 del Reglamento.(Anexo Nº 2)
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
3 La información del calendario indicado en las bases no debe diferir de la información consignada en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, en caso de existir contradicción primará el calendario indicado en la ficha del procedimiento en el SEACE.
4 El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta un día calendario antes de la fecha prevista para la presentación de ofertas, en forma ininterrumpida.
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c) Declaración jurada de cumplimiento de los Términos de Referencia contenidos en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3).
d) Declaración jurada o documentación del fabricante, que indique que los equipos ofertados cumplirán el fin de su periodo de vida y/o de servicio (End of Life y/o End of Service) después de un periodo mínimo de treinta y seis (36) meses siguientes al inicio del servicio.
e) El postor debe incluir en su oferta la relación de los equipos ofertados, detallando marca, modelo y año de fabricación.
f) Carta del representante en el Perú o del fabricante, o una declaración jurada que garantice la disposición de los repuestos originales para asegurar que la garantía de los equipos suministrados para los casos de mantenimiento correctivo (numeral 8.1del Capítulo III Requerimiento)
g) Declaración jurada de plazo de prestación del servicio.(Anexo Nº 4)
h) El precio de la oferta en Soles. (Anexo Nº 5)
El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales.
Importante |
El comité de selección verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. |
2.2.1.2. Documentos para acreditar los requisitos de calificación
El postor debe incorporar en su oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de Calificación” que se detallan en el numeral 3.2 del Capítulo III de la presente sección de las bases.
A. Capacidad Legal:
A.1 Representación
A.2 Habilitación
B. Experiencia del Postor
B.1. Facturación
2.2.2. Documentación de presentación facultativa:
a) Certificado de inscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso56. En el caso de consorcios, todos los integrantes deben acreditar la condición de micro o pequeña empresa.
b) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por estas empresas, deben presentar la constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad7.
Importante
5 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 69 del Reglamento.
6 Dicho documento se tendrá en consideración, en caso el postor ganador de la buena pro solicite la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, según lo señalado en el artículo 126 del Reglamento.
7 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 69 del Reglamento.
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Cabe subsanación de las ofertas, en los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento, la cual se realiza íntegramente a través del SEACE. La legalización de las firmas en la promesa de consorcio y en la carta de compromiso del personal clave, son subsanables.
2.3. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL DE LAS OFERTAS
La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos.
Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se considera lo siguiente:
Precio = 100 puntos
Importante |
Luego de culminada la evaluación según los factores de evaluación señalados en el Capítulo IV de esta sección, el comité de selección debe determinar si los postores que obtuvieron el primer y segundo lugar según el orden de prelación cumplen con los requisitos de calificación especificados en el numeral 3.2 del capítulo III de la sección específica de las bases. La oferta del postor que no cumpla los requisitos de calificación debe ser descalificada. Si ninguno de los dos postores cumple con los requisitos de calificación, se debe verificar los requisitos de calificación de los postores admitidos, según el orden de prelación obtenido en la evaluación. |
2.4. REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar el contrato:
a) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Carta Fianza.
b) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de cada uno de los integrantes, de ser el caso.
c) Código de cuenta interbancaria (CCI). Anexo N° 8
d) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda.
e) Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso de persona jurídica.
f) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
g) Estructura de costos o detalle de los precios unitarios del precio ofertado. Anexo N° 5.1
h) Acreditación de la experiencia del personal –Ejecutivo de cuenta.
Importante |
• De conformidad con el artículo 234 del Reglamento, las Entidades son responsables de verificar la vigencia de la inscripción en el RNP del postor ganador de la buena pro en el perfeccionamiento del contrato, ingresando al portal web del OSCE xxx.xxxx.xxx.xx sección RNP. • Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. • La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato. |
2.5. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el numeral 3.1 de la sección
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general de las bases, debe presentar la documentación requerida en el Departamento de Logística, sito en Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 185 – San Xxxxxx.
2.6. FORMA DE PAGO
La Entidad realizará el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en pagos parciales, según:
El pago de los equipos será único contra la entrega, configuración, pruebas y capacitación.
El pago de la bolsa de 4,000 (cuatro mil) minutos de voz para llamadas salientes y la bolsa de 500 SMS para envío de mensajes de texto se efectuará de manera mensual, en cuotas fijas por el tiempo del servicio contratado, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente.
Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe contar con la siguiente documentación:
- Informe del funcionario responsable de Servicios Generales de Logística emitiendo la conformidad de la prestación efectuada.
- Comprobante de pago.
- Reporte mensual del servicio con el sustento de las comunicaciones realizadas.
2.7. PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.
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CAPÍTULO III REQUERIMIENTO
3.1. TERMINOS DE REFERENCIA
1. DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
Servicio público móvil por satélite para la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
2. FINALIDAD PÚBLICA
La contratación del servicio tiene por finalidad proporcionar a funcionarios designados un sistema de comunicación de emergencia ante la ocurrencia de eventos adversos que interrumpan los servicios de comunicación de la Superintendencia, reforzando su capacidad de gestión, coordinación y supervisión de las operaciones de respuesta contribuyendo en su pronta recuperación, y con ello coadyuvar al cumplimiento de sus objetivos y metas institucionales de proteger los intereses del público, cautelando la estabilidad, la solvencia y la transparencia de los sistemas supervisados, así como fomentar una mayor inclusión financiera y contribuir con el sistema de prevención y detección xxx xxxxxx de activos y del financiamiento del terrorismo.
3. OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN
Contar con un sistema de respaldo que permita la comunicación móvil de voz y SMS ante la ocurrencia de eventos adversos que interrumpan los servicios de comunicaciones de la Superintendencia.
4. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
La Superintendencia requiere contratar el servicio público móvil por satélite, que permita la comunicación integral entre todos los usuarios que cuentan con teléfonos de estas redes satelitales, así como con usuarios pertenecientes a otras redes públicas de telecomunicaciones fijas y/o móviles terrestres y/o otras redes satelitales. El servicio debe incluir todas las condiciones comerciales ordinarias tales como la venta de teléfonos satelitales, activación de equipos, activación de los servicios, cantidad de minutos asignados y la garantía de los equipos telefónicos.
Los equipos telefónicos deben ser suministrados en modalidad de venta.
4.1. CARACTERÍSTICAS DE LOS EQUIPOS Y DEL SERVICIO PÚBLICO MÓVIL POR SATÉLITE
El servicio público móvil por satélite debe cumplir con las siguientes características:
4.1.1 Equipo telefónico satelital
• El contratista deberá suministrar ocho (08) teléfonos móviles satelitales, nuevos, debiendo incluir como mínimo los siguientes accesorios para cada equipo:
- Una (01) batería recargable y una (01) batería adicional de repuesto.
- Tres (03) cargadores de batería: una (01) de pared según normas peruanas, una
(01) de auto y uno (01) para USB)
- Auricular manos libres con cable.
- Funda y xxxxxx de mano.
- Memoria USB de soporte.
- Cable micro USB.
- Guía de inicio rápido en español.
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• Los equipos telefónicos satelitales deben tener las siguientes características mínimas:
- Pantalla: Visualización a colores.
- Lenguaje: Inglés y Español.
- Interfaces: micro USB.
- Dimensiones y peso:
Longitud : máximo 200 mm.
Xxxxx : máximo 65 mm sin antena y 85 mm con antena Peso : máximo 325 gramos batería incluida
- Duración mínima de la batería en uso y en espera: Mínimo 8 horas y Mínimo 160 horas respectivamente.
- Energía (AC doméstica): 100-240V, 47-63Hz
- Resistencia y Hermeticidad: Estándar IK04 y Estándar IP65
- Rango de funcionamiento: -20°C a 55°C
- Cada equipo debe contar con un número que lo identifique para las comunicaciones de voz y mensajes SMS entrantes y salientes.
4.1.2 Del servicio
Cada línea contratada debe incluir y tener activado los servicios de:
- Identificación de llamadas (visualizar el número telefónico del cual están llamando) y de llamada en espera. El aviso para llamada en espera será mediante una señal sonora, si alguien llama mientras se mantiene una conversación.
- Casilla de voz, limitado sólo por la capacidad de memoria de los equipos.
- Registro de llamadas perdidas, llamadas entrantes y salientes, limitado sólo por la capacidad de memoria de los equipos.
- Botón SOS de emergencia para rastreo de los equipos satelitales.
- Capacidad de envío de mensajes de texto (servicio SMS), limitado sólo por la capacidad de memoria de los equipos.
• Órbita de la constelación satelital: GEO (Geo Earth Orbit – Órbita Geoestacionaria)
• Cobertura global y permanente en modalidad 24x7, las 24 horas del día durante los 365 días del año:
- Comunicación bidireccional de voz con cualquier teléfono fijo, móvil o celular, satelital, incluyendo otros operadores satelitales, a nivel Nacional e Internacional, independientemente de la ubicación geográfica del usuario, y del operador de destino (acceso a la Red Pública de telefonía fija y redes móviles).
- Comunicación bidireccional SMS con cualquier teléfono móvil o celular, incluyendo otros operadores satelitales, a nivel Nacional e Internacional, independientemente de la ubicación geográfica del usuario, y del operador de destino (acceso a la Red Pública de redes móviles).
- Calidad de voz entrante (Rx.) y saliente (Tx.) buena.
• En caso de requerirse y a solicitud de la Superintendencia, se procederá al cambio de número, activación y/o desactivación del servicio satelital, la entrega del nuevo SIMCARD se efectuará en el Almacén de la Superintendencia, sito en Xxxxx Xxxxxxxxx Xx 000, Xxx Xxxxxx, Xxxx. El contratista asumirá los costos que este servicio involucre.
• Localización GPS.
• Bloqueo del equipo, de manera remota en caso de pérdida o robo.
• Borrado y bloqueo de la información del equipo en forma remota en caso de pérdida o robo.
• El contratista deberá garantizar la continuidad del servicio, en caso xx xxxxx deberá proporcionar un sistema de respaldo de concesión de la misma característica a la red contratada.
• En caso xx xxxxx del sistema contratado, el contratista proporcione un sistema de respaldo diferente al contratado, deberá proporcionar los equipos y teléfonos en calidad xx xxxxxxxx sin costo para dicho sistema satelital de respaldo hasta que solucionen las fallas.
4.2 CANTIDAD DE MINUTOS A CONTRATAR Y CONTROL DE LLAMADAS
• Tráfico básico:
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- Tráfico de voz: Bolsa de 4,000 (cuatro mil) minutos de voz para llamadas salientes hacia teléfonos fijos, móviles o celular, satelital de todos los operadores a nivel local, nacional e internacional, incluyendo teléfonos de otras redes satelitales. La bolsa deberá estar vigente durante la vigencia del servicio (1095 días calendario).
- Tráfico SMS: Bolsa de 500 SMS para envío de mensajes de texto hacia teléfonos fijos y móviles de todos los operadores a nivel local, nacional e internacional, incluyendo teléfonos de otras redes satelitales. La bolsa deberá estar vigente durante la vigencia del servicio (1095 días calendario).
• El servicio no establece una asignación límite mensual para el consumo de la cantidad de minutos o SMS del paquete adquirido, debiendo ser consumido de acuerdo al requerimiento del usuario.
• La recepción de llamadas locales, nacionales e internacionales desde cualquier operador de telefonía terrestre y operadores satelitales, no irrogará costos adicionales ni compromisos por ningún concepto a la Superintendencia. Las tarifas consideran los costos a cargo del teléfono que realiza la llamada “el que llama paga”.
• El contratista debe entregar reportes mensuales a la Superintendencia por el servicio utilizado (Consumo de la bolsa de minutos por línea, detalle de llamadas por línea, estadísticas xx xxxxxx ocurridas y tiempos de respuesta del servicio técnico) en documento físico y electrónico durante la primera semana siguiente de culminado el mes y será enviado adjunto al comprobante de pago.
• El contratista debe brindar una herramienta web, cuyo acceso deberá requerir credenciales de autenticación, que permita visualizar el consumo de la bolsa de minutos, así como el detalle de llamadas por línea, tanto en tiempo real como por periodos cerrados (hasta tres, 03, meses anteriores), indicando por cada llamada el número de línea de origen y destino, fecha, duración y costo de cada llamada. Esta información no excluye el envío de los reportes mensuales y los informes y descargos por evento solicitados en bases.
5. VIGENCIA TECNOLÓGICA
Todos los equipos provistos por el contratista deberán ser de primer uso (nuevos) y de fabricación posterior al primer trimestre del año 2016. El contratista no podrá entregar equipos y accesorios que estén destinados a perder su vigencia tecnológica y que dejen de ser soportados durante los treinta y seis (36) meses siguientes al inicio del servicio.
En tal sentido, el postor deberá presentar una declaración jurada o documentación del fabricante, que indique que los equipos ofertados cumplirán el fin de su periodo de vida y/o de servicio (End of Life y/o End of Service) después de un periodo mínimo de treinta y seis
(36) meses siguientes al inicio del servicio.
El postor debe incluir en su oferta la relación de los equipos ofertados, detallando marca, modelo y año de fabricación.
Asimismo, el contratista debe mantener actualizado el software y firmware de todos los equipos durante el plazo de ejecución del contrato.
6. CONFIGURACIÓN Y PRUEBAS
La configuración y pruebas tienen por finalidad verificar que los servicios y/o equipos son brindados de acuerdo con los requerimientos establecidos. La configuración y pruebas de los servicios y/o equipos se efectuarán en un plazo no mayor a diez (10) días calendario contabilizados a partir del día siguiente de la recepción de los equipos y se realizarán en forma conjunta entre el personal de la Superintendencia y del contratista, el cual debe incluir pruebas de voz y SMS. El contratista deberá contemplar:
• Programa de pruebas, los cuales deben incluir como mínimo:
o Llamada de teléfono satelital a teléfono satelital del mismo operador, en ambos sentidos.
o Llamada de teléfono satelital a teléfono fijo y celular de cualquier operador (local y LDN) en ambos sentidos.
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o Envío y recepción de mensajes SMS entre los equipos satelitales y entre los equipos satelitales y líneas celulares de cualquier operador local, en ambos sentidos.
o Operatividad de accesorios (baterías, cargadores entre otros)
• Lugar: Las pruebas se realizarán en las instalaciones de la Superintendencia ubicadas en San Xxxxxx, Lima, Perú.
• Los costos que demanden las pruebas o la omisión de algún equipamiento al momento de las mismas, para verificar el cumplimiento de las especificaciones funcionales y/o técnicas ofrecidas, serán por cuenta del contratista y no implicarán en ningún caso reconocimiento de gastos por la Superintendencia (ver numeral – Otras obligaciones). La Superintendencia brindará estaciones de trabajo (notebooks y/o laptops) requeridos para las pruebas si fuera necesario.
• Elaboración y entrega de documentos como máximo en tres (03) días calendario posteriores a la fecha del acta de conformidad de configuración y pruebas requeridos en el numeral 11, y deberán ser remitidos a través de la Mesa de Partes de la Superintendencia. .
• Elaboración de documentos de validación e informe de resultados de las pruebas efectuadas.
• Una vez culminadas las actividades de configuración y pruebas, se suscribirá el acta de conformidad de configuración y pruebas por Servicios Generales y el contratista.
• Cualquier observación notificada al contratista durante la realización de las pruebas de aceptación, deberá ser subsanada por éste sin costo alguno para la Superintendencia, teniendo como plazo máximo cinco (05) días calendario, a partir de su notificación.
7. CAPACITACIÓN
El contratista deberá capacitar a los usuarios involucrados en la activación, uso y servicio de los equipos proporcionados. La capacitación se efectuará en un plazo no mayor a veinte (20) días calendario, contabilizados a partir del día siguiente de la recepción del Informe de resultados de la ejecución de las pruebas y del Acta de Conformidad de configuración y pruebas. El contratista deberá contemplar:
• Programa y cronograma de capacitación. Las actividades de capacitación deberán ser realizadas luego de la suscripción del acta de la conformidad de configuración y pruebas de los equipos. Debe considerar dos (02) niveles:
i. Entrenamiento en el uso y operación, para los usuarios finales que interactúan directamente con los equipos una vez por año.
ii. Capacitación al personal de soporte en el uso y operación de los equipos de telefonía satelital y adicionalmente en actividades de descarte de incidentes.
• Duración mínima: Dos (02) horas para cada nivel.
• Lugar: Instalaciones de la Superintendencia ubicadas en el distrito de San Xxxxxx, Lima.
• Modalidad: Presencial para los dos (02) niveles.
• Cantidad máxima de participantes para las charla presencial: Treinta (30).
• Cantidad mínima de instructores: Uno (01). Sin embargo, el contratista podrá proponer instructores adicionales.
• El contratista deberá proponer niveles y horas de capacitación adicionales a fin de cubrir la totalidad de los usuarios y personal de soporte involucrado e identificado durante la implementación del servicio, de acuerdo con el plan de trabajo propuesto.
• Para la capacitación el contratista utilizará los ocho (8) equipos entregados.
• El material didáctico para la capacitación será entregado con al menos cinco (05) días calendario previo al inicio de la capacitación en forma física en idioma castellano a cada participante de cada nivel.
• El contratista deberá remitir al menos diez (10) días calendario antes del inicio de la capacitación, los datos académicos y experiencia laboral no menor a tres (03) años del (los) instructor (es). La Superintendencia se reserva el derecho de solicitar cambio de instructor.
• Elaboración de registros de asistencia de las capacitaciones realizadas.
• Una vez culminadas las actividades de capacitación se suscribirá el acta de inicio del servicio por Servicios Generales y el contratista.
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8. GARANTIA Y MANTENIMIENTO
Todos los equipos y accesorios deberán contar con garantía durante los 1095 días calendario del contrato, libre de costo para la Superintendencia. Esta garantía estará referida tanto al servicio contratado, como al servicio de mantenimiento correctivo que requieran los equipos y accesorios suministrados. La garantía entrará en vigencia a partir del día siguiente de la firma del Acta de inicio del servicio.
El contratista deberá entregar para el inicio de la prestación su procedimiento o flujo de atención de incidentes, el cual debe incluir las condiciones descritas en los presentes términos de referencia, así como la información de los contactos respectivos (número de teléfono fijo, móvil, satelital y correo electrónico) y un cuadro de escalamiento comercial de post venta y atención de averías y/o asistencia técnica incluido para los casos de robo, pérdida o daño irreparable.
La entrega y recepción de equipos así como el servicio para atención post venta se efectuará en en la ciudad de Lima.
El contratista deberá contar con un centro de atención local, que opere en formato 24x7 los 365 días del año, incluyendo domingos y feriados durante todo el periodo de la prestación del servicio (1095 días calendario). Este centro de atención debe contar con personal especializado para la resolución de averías en los equipos y/o servicios ofrecidos. Para tal fin, se entenderá por avería una interrupción parcial, total y/o degradación del servicio y/o equipamiento bajo atención permanente y garantía.
8.1 Los servicios por garantía, deberán contemplar lo siguiente:
• El contratista deberá contar con al menos una (01) red de comunicación satelital de respaldo para equipos satelitales móviles, con al menos dos (02) estaciones terrenas ubicadas en distintas partes del mundo, para permitir la conexión de tráfico satelital (voz y SMS) con distintas estaciones terrestres en ambos sentidos de comunicación.
• En circunstancias donde el tiempo de solución de la avería sea mayor a veinticuatro (24) horas, el contratista deberá entregar e implementar, sin costo alguno para la Superintendencia, en un plazo máximo de ocho (08) horas posteriores al tiempo mencionado anteriormente para el reemplazo de todos equipos y accesorios averiados con similares o mejores características, para la continuidad del servicio, de manera que no se interrumpan las prestaciones hasta que concluya con la solución de la avería de manera definitiva.
• El contratista deberá asegurar que la garantía de los equipos suministrados se efectuará con repuestos originales, para los casos de mantenimiento correctivo, para lo cual presentará una carta del representante en el Perú o del fabricante, o una declaración jurada que garantice la disposición de los mismos.
• En casos de interrupción de trasmisión (Tx.) y/o recepción (Rx.) parcial, total y/o degradación (reducción de la calidad de la señal) del servicio, el contratista deberá atender la restitución del servicio en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas, o la activación de la red satelital de contingencia incluyendo sus equipos telefónicos, de manera que no se interrumpa el servicio hasta que concluya con la solución de la interrupción de manera definitiva.
8.2 El mantenimiento correctivo deberá contemplar lo siguiente:
• La Superintendencia podrá reportar un incidente o una avería telefónicamente (telefonía fija, móvil o satelital) o por correo electrónico, en idioma castellano, considerándose todas estas formas igualmente válidas. Finalizado el reporte de la avería, el centro de atención deberá proporcionar un código de avería, para el posterior seguimiento de la misma. El contratista deberá proporcionar información del estado del incidente o avería reportado cada vez que la Superintendencia lo solicite.
• El tiempo de atención de una avería del servicio de comunicación, no deberá ser mayor de treinta (30) minutos, es decir, el tiempo transcurrido desde que se reporta la avería, hasta que el contratista del servicio (centro de atención) responde o toma contacto para iniciar el
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diagnóstico. El tiempo máximo para la resolución de una avería del servicio de comunicación no deberá ser mayor a veinticuatro (24) horas.
• Para la resolución de xxxxxxx o incidentes reportados, el personal técnico deberá apersonarse a las instalaciones de la Superintendencia, salvo que previamente y por mutuo acuerdo entre el personal técnico de ambas partes, se convenga que dicha atención sea remota.
• Los servicios de soporte deberán estar disponibles las veinticuatro (24) horas, sin límite de horas por intervención, ni cantidad de intervenciones mensuales, dándose por solucionado un problema cuando es resuelto en su totalidad y con conformidad de la Superintendencia.
• Solucionada la avería y con conformidad de la Superintendencia, el contratista deberá entregar un informe detallado, en documento físico y/o electrónico (Virtual), indicando las causas de la avería, diagnóstico, solución, y tiempos empleados. El informe se entregará en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles, contados a partir de finalizada la solución de la avería.
• El contratista deberá realizar una (01) revisión de los equipos al año, durante el período de vigencia del servicio, con el objetivo de verificar su correcto funcionamiento, previa comunicación de la Superintendencia.
9. REQUISITOS DEL POSTOR
El postor debe ser una empresa operadora de servicio público móvil por satélite, debidamente inscrita y con autorización vigente otorgada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para proporcionar los servicios requeridos.
10. PERSONAL
El contratista deberá asignar el siguiente personal para la atención de los requerimientos de la Superintendencia:
Ejecutivo de cuenta: Uno (01). Responsable de la implementación del servicio y asistencia de gestión de reposiciones, revisiones técnicas, ampliaciones, facturación, emisión de reportes, etc.
El Ejecutivo de cuenta deberá informar el estado del avance de la implementación y del estado del servicio cada vez que la Superintendencia lo requiera, en un plazo máximo de ocho (08) horas de recibida la comunicación de la Superintendencia.
El Ejecutivo de cuenta deberá contar como mínimo dos (02) años de experiencia en trabajos iguales a los que efectuará en la atención del servicio y coordinará con el responsable de la Superintendencia que supervisará las consultas, reclamos operación de equipos y otros servicios.
La experiencia solicitada podrá ser sustentada con documentos que demuestren trabajos en el cargo de Ejecutivo de Cuenta o Ingeniero Preventa o Service Manager
La experiencia del personal se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto. Esta documentación será presentada a la firma del contrato.
El contratista podrá realizar el cambio del personal propuesto durante la ejecución del servicio por causas debidamente justificadas y previa autorización de la Superintendencia, luego de la evaluación de los documentos que acrediten la experiencia del personal propuesto. El (la) reemplazante debe reunir como mínimo la experiencia del personal ofertado. Los datos respectivos del personal deberán ser actualizados cuando se produzcan cambios.
Una vez iniciado el servicio, la Superintendencia se reserva el derecho de solicitar el cambio del personal asignado al servicio, si dicho personal no cumple con las labores asignadas para la función encomendada.
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11. OTRAS OBLIGACIONES
El contratista, bajo su responsabilidad y autonomía, y en cumplimiento del objeto descrito, cumplirá con las siguientes obligaciones:
• Llevar a cabo la provisión del servicio a satisfacción de la Superintendencia.
• Entregar como máximo en tres (03) días calendario posteriores a la fecha del acta de conformidad de configuración y pruebas lo siguiente: el detalle de líneas, marca, modelos y números de serie de los equipos provistos a la Superintendencia, tanto en formato físico como electrónico (virtual).
• Proveer la seguridad lógica del servicio prestado en todo momento. El término utilizado de “seguridad lógica” se refiere a la seguridad que brinda el contratista en toda su infraestructura para garantizar confiabilidad, privacidad e integridad de la información del cliente respecto a otros elementos ajenos a la red del mismo.
• Garantizar que el costo del servicio incluya todos y cada uno de los elementos, materiales y personal que sean necesarios para brindar el servicio y los respectivos entregables, incluyendo costos derivados de transporte y seguros del personal para realizar las actividades propias del servicio. La omisión de alguna actividad o producto, incluyendo software, equipo o complemento de ellos, que a juicio de la Superintendencia resulte necesario para la provisión de los servicios, o para el cumplimiento de las especificaciones ofrecidas, obligará al contratista a proporcionarlo de inmediato y sin costo alguno.
• Absolver, responder y atender las consultas y observaciones de la Superintendencia en los plazos establecidos para dicho fin, referidas al servicio durante todo el periodo del servicio contratado.
• Aceptar cualquier procedimiento de supervisión que la Superintendencia efectúe en cualquier momento, coordinado o sin previo aviso, durante la implementación y la provisión del servicio, para lo cual brindará las facilidades del caso. Esta labor de supervisión no interferirá en la provisión de los servicios encomendados.
• Asignar el recurso humano idóneo y suficiente requerido para la provisión de los servicios.
• Entregar los manuales y toda bibliografía en idioma castellano en formato impreso y digital (editable) en un CD/DVD necesaria para utilizar y mantener los equipos u otras herramientas que se utilizarán, de acuerdo con lo dispuesto en los presentes términos de referencia. Toda la documentación debe incluir un índice detallado de su contenido.
12. CONFIDENCIALIDAD
En caso que el contratista reciba por parte de la Superintendencia información de carácter confidencial, ésta deberá ser utilizada sólo para los fines de ejecución de la prestación. Por ello, será obligación del contratista mantener total reserva y confidencialidad respecto de los datos e información de cualquier clase, que la Superintendencia le proporcione, o bien, a la que tenga acceso, con motivo de la prestación.
Adicionalmente, el contratista estará obligado a instruir a sus funcionarios o personal que será parte conformante del recurso humano que ejecutará la prestación, respecto de la obligación de mantener total reserva y confidencialidad.
13. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de entrega del equipamiento será de sesenta (60) días calendario, contabilizados a partir del día siguiente de la comunicación de la Superintendencia. Dicha comunicación ocurrirá en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días calendario luego de suscrito el contrato.
El plazo para configurar y realizar pruebas es xx xxxx (10) calendario, contabilizados a partir del día siguiente de la recepción de los equipos y se realizarán en forma conjunta entre el personal de la Superintendencia y del contratista. Cualquier observación notificada al contratista durante la realización de las pruebas de aceptación, deberán ser subsanados por éste sin costo alguno para la Superintendencia, teniendo como plazo máximo cinco (05) días calendario, a partir de su notificación.
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El plazo para efectuar la capacitación será de veinte (20) días calendario, contabilizados a partir del día siguiente de la recepción del Acta de Conformidad de configuración y pruebas y del Informe de resultados de la ejecución de las pruebas.
La siguiente tabla muestra las actividades, los principales entregables y los plazos de ejecución máximos para el cumplimiento de las obligaciones del contratista:
TABLA DE ENTREGABLES
Actividad | Entregable | Días calendario |
I. Entrega de Equipos | - Guía de Recepción. | 60 |
II. Configuración y Pruebas de Equipos | - Registro(s) de asistencia. - Informe de resultados de pruebas realizadas. - Acta de Conformidad de configuración y pruebas de los equipos y sistema. | 10 |
III. Capacitación | - Programa y cronograma de capacitación. - Material didáctico de capacitación. - Registro(s) de asistencia. - Acta de inicio del servicio. | 20 |
El plazo de vigencia del servicio público móvil por satélite será de 1095 días calendario a partir del día siguiente del Acta de inicio del servicio.
El plazo de vigencia del servicio de garantía, será de 1095 días calendario a partir del día siguiente del Acta de inicio del servicio.
Los entregables detallados deberán ser presentados en la Mesa de Partes del Departamento de Logística de la Superintendencia, sito en Xx. Xxxxxxxx 000, Xxx Xxxxxx.
14. LUGAR DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
La entrega de los bienes se realizará en el Almacén de la Superintendencia, sito en Xxxxx Xxxxxxxxx Xx 000, Xxx Xxxxxx.
La prestación del servicio se realizará en las oficinas de la Superintendencia ubicadas en San Xxxxxx, Lima, Perú.
15. FORMA DE PAGO
• El pago de los equipos será único contra la entrega, configuración, pruebas y capacitación.
• El pago de la bolsa de 4,000 (cuatro mil) minutos de voz para llamadas salientes y la bolsa de 500 SMS para envío de mensajes de texto se efectuará de manera mensual, en cuotas fijas por el tiempo del servicio contratado, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente. El exceso de consumo, será facturado de acuerdo a la estructura de costos del anexo 5.1.
• La Superintendencia se obliga a pagar en moneda nacional, previa conformidad del área usuaria y verificación de las condiciones establecidas en el contrato.
• La recepción y conformidad del servicio estará a cargo de Servicios Generales del Departamento de Logística de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
• El contratista deberá emitir el comprobante de pago y adjuntar de manera obligatoria el reporte mensual que es el sustento de las comunicaciones realizadas, las cuales serán alcanzadas de manera conjunta, en el mismo acto. De no cumplir con esas condiciones no se dará por aceptado la recepción del comprobante de pago, dado que con el detalle del consumo se verifica la validez de las comunicaciones realizadas.
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• De ser físico su envío, deberá entregarla a la siguiente dirección Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – Xxx Xxxxxx.
• De ser por medio electrónico, la dirección electrónica se comunicará luego de suscrito el Contrato.
• En el caso el contratista no cumpla con entregar la documentación solicitada adjunta al comprobante de pago, o no haya demostrado que ha cumplido con remitir el comprobante de pago, y su documentación en la dirección indicada para su recepción (Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 185 – San Xxxxxx o correo electrónico) no podrá cortar el servicio ni cobrar cargos por xxxx a partir del vencimiento de la facturación. Así mismo, la omisión de información detallada en la facturación y los datos detallados solicitados dará origen a que no se podrá tramitar la facturación respectiva o realizar su recepción. El contratista no podrá cortar el servicio si por alguna causa imputable a la Entidad o hecho fortuito o fuerza mayor no se pague el servicio en la fecha señalada en el recibo. En tal sentido, el Contratista no podrá cortar el servicio respectivo, ni cobrar cargos por xxxx a partir de la fecha de vencimiento señalada en la facturación.
16. OTRAS PENALIDADES :
En forma independiente a la penalidad por xxxx en la ejecución de la prestación, se establece la siguiente penalidad por incumplimiento en la prestación del servicio:
PENALIDAD N° 1:
INCUMPLIMIENTO | PENALIDAD |
Por no cumplir el contratista en entregar e implementar, sin costo alguno para la Superintendencia, en el plazo máximo de 8 horas señalado en el numeral 8.1 el reemplazo de todos equipos y accesorios averiados con iguales o mejores características, para la continuidad del servicio, de manera que no se interrumpan las prestaciones hasta que concluya con la solución de la avería de manera definitiva. | S/ 200.00 por cada incumplimiento |
PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA PENALIDAD N° 1:
Dentro de sus responsabilidades en la ejecución contractual, el personal de Servicios Generales del Departamento de Logística, al detectar uno o más incumplimientos, detallados en el cuadro precedente, deberá comunicar el o los incumplimientos, a la instancia correspondiente de la Superintendencia, para la aplicación de la o las penalidades que correspondan, adjuntando la evidencia que considere necesaria para tal fin.
17. RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
El contratista es el responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los bienes y servicios ofertados conforme a lo indicado en la Ley de Contrataciones del Estado, por un plazo de un (01) año, contado a partir de la conformidad otorgada por la Superintendencia.
Importante |
Para determinar que los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el contrato, las cuales deben ser acreditadas documentalmente, la Entidad incorpora los requisitos de calificación que se extraen de los términos de referencia, no pudiendo incluirse requisitos adicionales a los previstos en los mismos, los cuales son los siguientes: |
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3.2. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN
A | CAPACIDAD LEGAL |
A.1 | REPRESENTACIÓN |
Requisitos: • Documento que acredite fehacientemente la representación de quien suscribe la oferta. En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda. • Promesa de consorcio con firmas legalizadas 8 , en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 6) La promesa de consorcio debe ser suscrita por cada uno de sus integrantes. El representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades. Acreditación: • Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. • En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. • Promesa de consorcio con firmas legalizadas. | |
A.2 | HABILITACIÓN |
Requisitos: • El postor debe ser una empresa operadora de servicio público móvil por satélite, debidamente inscrita y con autorización vigente otorgada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para proporcionar los servicios requeridos. • La concesión del postor no debe estar incursa en alguna de las causales resolutorias contenidas en el artículo 137 del D.S. 020-2007-MTC - T.U.O. del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Acreditación: • Para acreditar la autorización otorgada por el MTC deberá presentarse copia simple de cualquiera de los siguientes documentos: − Concesión otorgada por Resolución Ministerial del MTC para el Servicio Público Móvil por Satélite. − Resolución Directoral que aprueba la explotación adicional del Servicio Público Móvil por Satélite. − Certificado de Inscripción en el registro de comercializadores para Comercializar el servicio público por satélite y copia del contrato comercial suscrito previamente con una persona que cuente con la habilitación para brindar el servicio público móvil por satélite. • Declaración jurada en la que se señale que la concesión del postor no se encuentra incursa en alguna de las causales resolutorias contenidas en el artículo 137 del D.S. 020-2007-MTC - T.U.O. del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones hasta la fecha de presentación de su oferta, con vigencia ininterrumpida durante los últimos dos (2) años. |
8 En caso de presentarse en consorcio.
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Importante | |||
En el caso de consorcios, cada integrante del consorcio que se hubiera comprometido a ejecutar las obligaciones vinculadas directamente al objeto de la convocatoria debe acreditar este requisito. |
B | EXPERIENCIA DEL POSTOR |
B.1 | FACTURACIÓN |
Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/ 200,000.00 (doscientos mil y 00/100 Soles), por la contratación de servicios similares al objeto de la convocatoria durante un periodo de cinco (05) años a la fecha de la presentación de ofertas. Se consideran servicios similares a los siguientes: servicio público móvil por satélite o servicio móvil de telefonía satelital (el cual podrá incluir la venta o alquiler de equipos móviles satelitales, no se aceptará como experiencia solo la venta o alquiler de equipos móviles satelitales). Acreditación: Copia simple de contratos u órdenes de servicios, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, reporte de estado de cuenta o cancelación en el documento, correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor. En el caso de servicios de ejecución periódica, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor. Importante En el caso de consorcios, solo se considera la experiencia de aquellos integrantes que ejecutan conjuntamente el objeto materia de la convocatoria, conforme a la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. |
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Importante |
• Las consultas y observaciones no deben emplearse para formular pretensiones que desnaturalicen la decisión de compra adoptada por la Entidad. Si como resultado de una consulta u observación debe modificarse el requerimiento, debe solicitarse la autorización del área usuaria y remitir dicha autorización a la dependencia que aprobó el expediente de contratación para su aprobación, de conformidad con el artículo 51 del Reglamento. • Los requisitos de calificación determinan si los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el contrato, lo que debe ser acreditado documentalmente. Para ello, las Entidades deben establecer de manera clara y precisa los requisitos que deben cumplir los postores a fin de acreditar su calificación en el numeral 3.2 de esta sección de las bases. • El cumplimiento de los Términos de Referencia se realiza mediante la presentación de una declaración jurada. De ser el caso, adicionalmente la Entidad puede solicitar documentación que acredite el cumplimiento del algún componente de estos. Para dicho efecto consignará de manera detallada los documentos que debe presentar el postor en el literal d) del numeral 2.2.1.1 de esta sección de las bases. |
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CAPÍTULO IV FACTORES DE EVALUACIÓN
Puntaje Total: 100 Puntos
FACTOR DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN | |
A. | PRECIO | |
Evaluación: Se evaluará considerando el precio ofertado por el postor. Acreditación: Se acreditará mediante el documento que contiene el precio de la oferta (Anexo Nº 5) | La evaluación consistirá en otorgar el máximo a la oferta de precio más bajo y otorgar a las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMP Oi i= Oferta Pi= Puntaje de la oferta a evaluar Oi=Precio i Om= Precio de la oferta más baja PMP=Puntaje máximo del precio 100 puntos |
Importante |
Los factores de evaluación elaborados por el órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, deben ser objetivos y deben guardar vinculación, razonabilidad y proporcionalidad con el objeto de la contratación. Asimismo, estos no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los Términos de Referencia ni los requisitos de calificación. |
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CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
Conste por el presente documento, la contratación del servicio público móvil por satélite para la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, que celebra de una parte que celebra de una parte Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante LA SUPERINTENDENCIA, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [… ], identificado con
DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con
domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [… ] Asiento
N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [ ], debidamente
representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [… ], a quien en adelante se le denominará
EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [ ], el comité de selección, según corresponda, adjudicó la buena pro de
la ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº042/2017-SBS – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO para
la contratación del servicio público móvil por satélite para la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto la contratación del Servicio público móvil por satélite para la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], que incluye todos los impuestos xx Xxx.
Este monto comprende el costo del servicio, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución del servicio materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO
LA SUPERINTENDENCIA se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Soles, en pagos parciales, según:
El pago de los equipos será único contra la entrega, configuración, pruebas y capacitación.
El pago de la bolsa de 4,000 (cuatro mil) minutos de voz para llamadas salientes y la bolsa de 500 SMS para envío de mensajes de texto se efectuará de manera mensual, en cuotas fijas por el tiempo del servicio contratado, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente según lo establecido en el artículo 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de producida la recepción.
LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.
En caso de retraso en el pago por parte de LA SUPERINTENDENCIA, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y en el artículo 149 de su Reglamento, los que se computan desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
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CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato será de acuerdo al siguiente detalle:
El plazo de entrega del equipamiento será de sesenta (60) días calendario, contabilizados a partir del día siguiente de la comunicación de la Superintendencia. Dicha comunicación ocurrirá en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días calendario luego de suscrito el contrato.
El plazo para configurar y realizar pruebas es xx xxxx (10) calendario, contabilizados a partir del día siguiente de la recepción de los equipos y se realizarán en forma conjunta entre el personal de la Superintendencia y del contratista. Cualquier observación notificada al contratista durante la realización de las pruebas de aceptación, deberán ser subsanados por éste sin costo alguno para la Superintendencia, teniendo como plazo máximo cinco (05) días calendario, a partir de su notificación.
El plazo para efectuar la capacitación será de veinte (20) días calendario, contabilizados a partir del día siguiente de la recepción del Acta de Conformidad de configuración y pruebas y del Informe de resultados de la ejecución de las pruebas.
El plazo de vigencia del servicio público móvil por satélite será de 1095 días calendario a partir del día siguiente del Acta de inicio del servicio.
El plazo de vigencia del servicio de garantía, será de 1095 días calendario a partir del día siguiente del Acta de inicio del servicio.
Los entregables detallados deberán ser presentados en la Mesa de Partes del Departamento de Logística de la Superintendencia, sito en Xx. Xxxxxxxx 000, Xxx Xxxxxx.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora, así como los documentos derivados del procedimiento de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó al perfeccionamiento del contrato la respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y de realización automática en el país al solo requerimiento, a favor de LA SUPERINTENDENCIA, por los conceptos, montos y vigencias siguientes:
• De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la CARTA FIANZA N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
Importante |
De conformidad con el artículo 128 del Reglamento, no se constituirá garantía de fiel cumplimiento del contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00). Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto señalado anteriormente. |
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA SUPERINTENDENCIA puede solicitar la ejecución de las garantías cuando EL CONTRATISTA no las hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto por el artículo 131 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por Servicios Generales de Logística.
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De existir observaciones, LA SUPERINTENDENCIA debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA SUPERINTENDENCIA puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar.
Este procedimiento no resulta aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA SUPERINTENDENCIA no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
La conformidad del servicio por parte de LA SUPERINTENDENCIA no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y 146 de su Reglamento.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de un (01) año contado a partir de la conformidad otorgada por LA SUPERINTENDENCIA.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA SUPERINTENDENCIA le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = | 0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato vigente o ítem que debió ejecutarse o en caso que estos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
Se considera justificado el retraso, cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. Esta calificación del retraso como justificado no da lugar al pago de gastos generales de ningún tipo, conforme el artículo 133 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
OTRAS PENALIDADES
INCUMPLIMIENTO | PENALIDAD |
Por no cumplir el contratista en entregar e implementar, sin costo alguno para la Superintendencia, en el plazo máximo de 8 horas señalado en el numeral 8.1 el reemplazo de todos equipos y accesorios averiados con iguales o mejores características, para la continuidad del servicio, de manera que no se interrumpan las prestaciones hasta que concluya con la solución de la avería de manera definitiva. | S/ 200.00 por cada incumplimiento |
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Estas penalidades se deducen de los pagos a cuenta o del pago final, según corresponda; o si fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
Estos dos tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por xxxx o el monto máximo para otras penalidades, de ser el caso, LA SUPERINTENDENCIA puede resolver el contrato por incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con el literal d) del inciso 32.3 del artículo 32 y artículo 36 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el artículo 135 de su Reglamento. De darse el caso, LA SUPERINTENDENCIA procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 136 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: ANTICORRUPCIÓN
EL CONTRATISTA declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo 248-A, ofrecido, negociado o efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato.
Asimismo, el CONTRATISTA se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas a las que se refiere el artículo 248-A.
Además, EL CONTRATISTA se compromete a comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento; y adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato se resuelven mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes.
Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 122, 137, 140, 143, 146, 147 y 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el inciso 45.2 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
El arbitraje será institucional y resuelto por Árbitro Único. LA SUPERINTENDENCIA propone las siguientes instituciones arbitrales: la Cámara de Comercio de Lima, y los Órganos del Sistema
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Nacional de Arbitraje del OSCE.
Importante |
Al momento de la presentación de su oferta, el postor elegirá a una de las instituciones arbitrales propuestas por LA SUPERINTENDENCIA, señalando un orden de prelación con relación a las demás, de ser el caso. Si el postor no cumple con realizar la elección, se procederá de conformidad con el inciso 185.3 del artículo 185 del Reglamento. Asimismo, el postor puede consentir o no la propuesta de LA SUPERINTENDENCIA sobre el número de árbitros que resuelven las controversias. Si el postor no está de acuerdo con la propuesta o no se pronuncia al respecto en su oferta o si LA SUPERINTENDENCIA no formula ninguna propuesta, se procederá de conformidad con el inciso 189.1 del artículo 189 del Reglamento. |
Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 183 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de su notificación, según lo previsto en el inciso 45.8 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA VIGÉSIMA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA SUPERINTENDENCIA: [ ]
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].
“LA SUPERINTENDENCIA” | “EL CONTRATISTA” |
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ANEXO N° 1 DEL CONTRATO
CLÁUSULAS CONTRACTUALES REFERIDAS AL COMPROMISO Y CUMPLIMIENTO DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO
1. POLÍTICA DE SEGURIDAD
Es política de LA SUPERINTENDENCIA, garantizar la seguridad y la salud en el trabajo de sus trabajadores, contratistas y de terceras personas que se encuentren dentro de los locales de la institución.
LA SUPERINTENDENCIA fomenta una cultura de prevención y mitigación de riesgos, a través de un adecuado sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, en concordancia con la normatividad pertinente, compromiso que debe asumir EL CONTRATISTA, como responsable de la prevención de accidentes y enfermedades profesionales en cada una de las áreas donde ejecuten sus prestaciones.
2. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Por medio del presente, EL CONTRATISTA se obliga a lo siguiente:
2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años.
2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa.
2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades.
2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar.
2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato.
2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIA.
2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes:
- Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783.
- Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante.
- Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores.
- Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048.
- Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante.
- Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial.
- Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1.
- Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.
- Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo.
- Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental.
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- Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones.
- Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc.
- Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad.
- Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas
- NTP 400.034, Andamios. Requisitos.
- Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.
La relación de normas nacionales descritas anteriormente, es solo referencial y no exime al contratista del cumplimiento de toda la normatividad que le sea aplicable en materia de seguridad y salud, así como todas aquellas normas y lineamientos internos que LA SUPERINTENDENCIA ponga en su conocimiento.
2.8. Conocer y difundir a su personal, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de LA SUPERINTENDENCIA, así como todas las medidas para el cuidado de la seguridad y salud en el trabajo dispuestas por esta.
2.9. Contar con los implementos de seguridad adecuados para el tipo de trabajo que se va a realizar.
2.10. Proporcionar a su personal, los equipos de protección y la ropa de trabajo que sea la adecuada para resguardarlo de los potenciales daños por efectos mecánicos, contaminantes, químicos y biológicos, ambientales y/o meteorológicos. De igual forma, deberá controlar el correcto uso de estos elementos así como su calidad.
2.11. Suministrar todos los equipos y herramientas que su personal requiera para el desarrollo y ejecución adecuada de los trabajos o actividades contratados, los que deberán ser de óptima calidad, de características adecuadas para su uso y encontrarse en buen estado. Cualquier situación que afecte el funcionamiento y la calidad de estos, deberá ser reemplazado y debe ser puesto en conocimiento inmediato del personal de la SUPERINTENDENCIA.
3. FACULTADES DE LA SUPERINTENDENCIA
LA SUPERINTENDENCIA se reserva el derecho de supervisar en cualquier momento los equipos, elementos, sitios de trabajo, personal y documentos que sean necesarios para evaluar el cumplimiento y aplicación de las normas de Seguridad y Salud en el trabajo.
LA SUPERINTENDENCIA se reserva el derecho de impedir las labores o actividades del personal de EL CONTRATISTA que incumpla los citados procedimientos y normas. En caso esta situación se torne persistente y/o generalizada, LA SUPERINTENDENCIA queda facultada a paralizar los trabajos y resolver el contrato sin lugar a reclamo por parte del contratista.
LA SUPERINTENDENCIA se reserva el derecho de comunicar a la Autoridad de Trabajo cualquier incumplimiento por parte del contratista relacionado con las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo materia del presente contrato.
EL CONTRATISTA tiene el deber de dar estricto cumplimiento de las normas y disposiciones sobre seguridad y salud en el trabajo.
El incumplimiento de estas obligaciones es causal de resolución de contrato. LA SUPERINTENDENCIA se reserva el derecho de solicitar la acreditación sobre el cumplimiento de dichas obligaciones durante la ejecución contractual.
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ANEXOS
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ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 042/2017-SBS – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO
Presente.-
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD]
N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA
JURÍDICA],DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre, Denominación o Razón Social : | |||
Domicilio Legal : | |||
RUC : | Teléfono(s) : | ||
Correo electrónico : |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. |
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ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 31 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 042/2017-SBS – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las bases, condiciones y reglas del procedimiento de selección. 3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el presente
procedimiento de selección.
4.- No haber incurrido y me obligo a no incurrir en actos de corrupción, así como respetar el principio de integridad.
5.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el procedimiento de selección y a perfeccionar el contrato, en caso de resultar favorecido con la buena pro.
6.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como las disposiciones aplicables en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio. |
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ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 042/2017-SBS – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las condiciones existentes, el postor que suscribe ofrece el servicio público móvil por satélite para la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, de conformidad con los Términos de Referencia que se indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y los documentos del procedimiento.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 4
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 042/2017-SBS – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO
Presente.-
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del procedimiento de la referencia, me comprometo a prestar el servicio objeto del presente procedimiento de selección en el siguiente plazo:
El plazo de entrega del equipamiento será de sesenta (60) días calendario, contabilizados a partir del día siguiente de la comunicación de la Superintendencia. Dicha comunicación ocurrirá en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días calendario luego de suscrito el contrato.
El plazo para configurar y realizar pruebas es xx xxxx (10) calendario, contabilizados a partir del día siguiente de la recepción de los equipos y se realizarán en forma conjunta entre el personal de la Superintendencia y del contratista. Cualquier observación notificada al contratista durante la realización de las pruebas de aceptación, deberán ser subsanados por éste sin costo alguno para la Superintendencia, teniendo como plazo máximo cinco (05) días calendario, a partir de su notificación.
El plazo para efectuar la capacitación será de veinte (20) días calendario, contabilizados a partir del día siguiente de la recepción del Acta de Conformidad de configuración y pruebas y del Informe de resultados de la ejecución de las pruebas.
El plazo de vigencia del servicio público móvil por satélite será de 1095 días calendario a partir del día siguiente del Acta de inicio del servicio.
El plazo de vigencia del servicio de garantía, será de 1095 días calendario a partir del día siguiente del Acta de inicio del servicio.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 5
PRECIO DE LA OFERTA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 042/2017-SBS – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es la siguiente:
CONCEPTO | PRECIO TOTAL S/ |
Servicio público móvil por satélite para la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. | |
TOTAL |
El precio de la oferta incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
El postor debe consignar el precio total de la oferta, sin perjuicio, que de resultar favorecido con la buena pro, presente la estructura de costos o detalle de precios unitarios para el perfeccionamiento del contrato, según lo previsto en el numeral 2.4 de la sección específica de las bases.
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ANEXO Nº 5.1
DESAGREGADO DEL MONTO TOTAL ADJUDICADO
Concepto | Cantidad | P. Unit S/ | P. Total S/ |
Teléfonos móviles satelitales (incluye accesorios, configuración, pruebas y capacitación) | 8 | ||
Precio mensual por el servicio público móvil por satélite | 36 | ||
TOTAL S/ |
INFORMACION DE COSTOS UNITARIOS
Concepto | Cantidad | P. Unit S/ | P. Total S/ |
Cargador de batería para equipo telefónico ofertado (pared) | 1 | ||
Cargador de batería para equipo telefónico ofertado (auto) | 1 | ||
Cargador de batería para equipo telefónico ofertado (USB) | 1 | ||
Batería para equipo telefónico ofertado | 1 | ||
Servicio de telefonía móvil satelital (1095 días calendario) | 4000 minutos | ||
Servicio de mensajes de texto (1095 días calendario) | 500 SMS |
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ANEXO Nº 6
PROMESA DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 042/2017-SBS – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO
Presente.-
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta a la ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 042/2017-SBS – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO.
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 118 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, bajo las siguientes condiciones:
a) Integrantes del consorcio
1. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1].
2. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2].
b) Designamos a [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE COMÚN], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato correspondiente con [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD].
Asimismo, declaramos que el representante común del consorcio no se encuentra impedido, inhabilitado ni suspendido para contratar con el Estado.
c) Fijamos nuestro domicilio legal común en [. ].
d) Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las siguientes:
1. | OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1] | [ % ] 9 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 1]
2. | OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2] | [ % ] 10 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 2]
TOTAL OBLIGACIONES | 100%11 |
9 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
10 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
11 Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del consorcio.
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[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..…………………………………………. Consorciado 1 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad | ..………………………………………….. Consorciado 2 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad |
Importante |
De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio deben ser legalizadas. |
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ANEXO Nº 7
EXPERIENCIA DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 042/2017-SBS – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO | FECHA12 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA13 | MONTO FACTURADO ACUMULADO14 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
6 | ||||||||
7 | ||||||||
8 | ||||||||
9 |
12 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
13 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
14 Consignar en la moneda establecida en las bases.
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Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO | FECHA12 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA13 | MONTO FACTURADO ACUMULADO14 |
10 | ||||||||
… | ||||||||
20 | ||||||||
TOTAL |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 8 CARTA DE AUTORIZACIÓN
Lima,
Señores.
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Presente
Asunto: Autorización para el pago con abonos en cuenta
Por medio de la presente, comunico a usted los datos para el pago con abono en nuestra cuenta de la empresa que represento:
Cuenta Corriente y/o Ahorros
Número de Cuenta:………………………………………………………………
Código de Cuenta Interbancario (CCI):…………………………………………
Tipo de Cuenta:……………………………………………..……………………..
Nombre del Banco…………………………………………………………………
Razón social: ………………………………………………………………………
RUC: …………………………………………………………………………………..
Cuenta de Detracciones
Número de Cuenta:………………………………………………………………
Nombre del Banco: BANCO DE LA NACION
Agradeceré se sirva disponer lo conveniente para que los pagos a nombre de mi representada sean abonados a la cuenta indicada.
Asimismo, dejo constancia que el Comprobante de Pago emitido por mi Representada, una vez cumplida o atendida la correspondiente Orden de Compra y/o de Servicio o las prestaciones en bienes y/o servicios materia del contrato, quedará cancelada para todos sus efectos mediante la sola acreditación del importe de la referida factura a favor de la cuenta en la Entidad bancaria a que se refiere el primer párrafo de la presente.
Para cualquier comunicación al respecto sírvase coordinar con:
Nombre y Apellidos de la Persona:………………………………………..
Mail: …………………………………………………………………………….
Teléfono fijo / celular:………………………………………………………….
Atentamente,
(Firma del proveedor o su representante legal)
Nombre y apellidos / Razón Social de la Empresa
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