Contract
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES ECONOMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HABRA DE REGIR EL CONTRATO MENOR DE SERVICIOS DE INSTALACION Y GESTION DE LA BARRA DE BAR DURANTE LAS FIESTAS DE LA LOCALIDAD EN LA TEMPORADA 2.011.
1º.-OBJETO DEL CONTRATO.- La adjudicación, que por contrato menor se acuerde en virtud de lo establecido en el art. 122, 3 y 277 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, tendrá por objeto INSTALACION Y GESTION DE LA BARRA DE BAR DURANTE LAS FIESTAS DE LA
LOCALIDAD DE 2.011, en los días y horario que a continuación se especifica.
FECHA | |
1 de Enero de 2.011 | A partir de las 00 horas |
Fiestas de San Xxxxx | |
Carnaval | |
Fiestas xx Xxxxxx | |
Castañada |
2º.-TIPO DE LICITACION.- El tipo de licitación inicial del servicio objeto de la presente contratación se establece en SEIS MIL EUROS al alza.
3º.-FORMA DE PAGO.- Las liquidaciones que se deriven para cualquiera de las partes se efectuarán de la siguiente forma:
El 50% del precio ofertado, durante la semana posterior a la finalización de las Fiestas Mayores de Enero.
El 50% restante, durante la semana posterior a la finalización de las Fiestas Mayores xx Xxxxxx.
4º.-FIANZA.- En concepto de responsabilidad al cumplimiento de las obligaciones derivadas al suscribir el contrato, el adjudicatario depositará una fianza por importe de 300 euros.
5º.- PRESENTACION DE PROPUESTAS.- El plazo de presentación de propuestas se establece en diez días naturales a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el Tablón de Edictos y en el Perfil del Contratante de la página web del Ayuntamiento y deberán contener la siguiente documentación:
SOBRE A:
-D.N.I. del firmante de la proposición.
- Declaración jurada de no hallarse en incompatibilidad para contratar.
- Poder notarial en caso de que actúe en nombre de otra persona o entidad.
- Si concurre una sociedad mercantil, deberá acompañar copia de la escritura social de constitución o de modificación inscrita en el Registro.
- Certificado de estar al corriente de pago en las obligaciones con Hacienda y Seguridad Social.
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas que le autorice a ejercer la actividad objeto de la adjudicación, o bien declaración jurada de obtenerla, en caso de resultar adjudicatario, antes de firmar el contrato.
- Memoria comprensiva de las formas y características de la prestación del servicio (programa de trabajo, medios personales y materiales, experiencia, etc.).
- Propuesta económica.
Las proposiciones se presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, en horario de atención al público (de 9 a 14 horas).
6.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.-
- El concesionario se obliga a conservar las instalaciones completas utilizadas por el bar y su terraza en perfecto estado de mantenimiento, desinfección, limpieza e higiene.
- Será obligación y responsabilidad del concesionario la custodia en todo momento de las mercancías y materiales utilizados para la explotación del bar. En ningún caso esta responsabilidad podrá ser imputada o exigida al Ayuntamiento.
- El uso directo y personal de las instalaciones por el concesionario y, como mucho, de sus empleados.
- Mantener abierto al público el servicio de bar durante el horario de las actuaciones, teniendo derecho los usuarios a utilizar este último servicio mediante el abono del precio comprendido en las tarifas.
- Responder de los daños causados a terceros como consecuencia de la prestación del servicio.
- No enajenar bienes afectos al servicio y puestos a su disposición por el Ayuntamiento.
- Ejercer por sí la concesión y no cederla o traspasarla a terceros sin consentimiento expreso del Ayuntamiento.
- Abandonar y dejar libre a disposición del Ayuntamiento, acabado el plazo de la concesión, las instalaciones, y reconocer expresamente la potestad municipal para acordar y ejecutar por sí misma el lanzamiento.
- Responder de los daños y perjuicios que pueda causar a los intereses municipales, que será exigida con cargo a la garantía definitiva si ésta fuese suficiente, o por el procedimiento administrativo en otros supuestos.
- La concesión solamente tendrá efectos entre la Corporación Municipal y el titular de aquélla, pero no alterará las situaciones jurídicas privadas entre el concesionario y terceros, ni podrá ser invocada para la ejecución o disminución de la responsabilidad en que hayan incurrido los titulares de la concesión.
- El concesionario habrá de prestar el servicio ininterrumpidamente durante el plazo de duración de la concesión.
- El concesionario no tendrá derecho a ninguna clase de subvención.
- El concesionario quedará obligado a prestar el servicio con diligencia, incluso la correcta atención a los usuarios.
- El concesionario habrá de encontrarse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- La Alcaldía podrá imponer sanciones por el incumplimiento de la concesión, dentro de los límites legales establecidos en la normativa de aplicación.
7.- ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACION DEL CONTRATO.-
La adjudicación del presente contrato menor se realizará con máximo respeto a los principios de libertad de concurrencia y publicidad, pudiendo adjudicarse el contrato al licitador que presente la oferta más ventajosa en todo su contenido, valorándose tanto la cuantía económica como las mejoras que se comprometan a hacer.
El Ayuntamiento podrá declarar desierta la licitación si considera inadecuadas las ofertas presentadas.
La resolución de la adjudicación de la licitación será comunicada directamente por el Ayuntamiento al adjudicatario, y publicada en el tablón de edictos y perfil del contratante de la página web, a efectos de conocimiento de los restantes licitadores, no procediendo por tanto la notificación personal más que a aquel que resulte adjudicatario.
El Ayuntamiento tendrá en cuenta a la hora de determinar la elección:
- la mejora en la oferta económica.
- las características de la prestación, de acuerdo al programa presentado por los concursantes.
- La disponibilidad de medios, tanto humanos como materiales, para poner a disposición de esta prestación del servicio.
- Los costes para los usuarios.
- El mantenimiento de las instalaciones.
- Las características estéticas y funcionales.
Previo a la iniciación del servicio se formalizará el correspondiente contrato, para lo cual el adjudicatario deberá aportar la siguiente documentación:
- Declaración jurada de no hallarse comprendido en causas de incapacidad e incompatibilidad para contratar.
- Poder notarial en caso de que actúe en nombre de otra persona o entidad.
- Si concurre una sociedad mercantil, deberá acompañar copia del documento público de constitución o de modificación inscrita en el Registro.
- Certificado de estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas que le autorice a ejercer la actividad objeto de la adjudicación.
8.- MESA DE CONTRATACIÓN
Tratándose de un contrato menor no es precisa su constitución, en otro caso, procederá a la apertura de las proposiciones presentadas, proponiendo la adjudicación a la oferta más ventajosa.
En caso de que no existiese ninguna oferta aceptable, el Ayuntamiento podrá discrecionalmente declarar desierta la contratación.
9.- IMPUESTOS Y GASTOS
Serán por cuenta del adjudicatario todos los impuestos, tasas y gastos de toda índole referentes al contrato, incluido el impuesto de valor añadido.
10.- OBLIGACIONES MUNICIPALES Y DEL ADJUDICATARIO
Poner las instalaciones a disposición del adjudicatario en las debidas condiciones para su uso y explotación. Este por su parte se compromete a dejar todo en perfecto estado inmediatamente a la finalización de los eventos que se celebren.
11.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El concesionario se obliga a la prestación del servicio en las siguientes fechas con las siguientes condiciones y mejoras que en su caso presente:
FECHA | |
1 de Enero de 2.011 | A partir de las 00 horas |
Fiestas de San Xxxxx | |
Carnaval | |
Fiestas xx Xxxxxx | |
Castañada |
12. RESOLUCION DEL CONTRATO
Dará lugar a la resolución del contrato con incautación de la fianza e indemnización de daños y perjuicios ocasionados, el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se derivan del mismo, así como si se apreciara negligencia en la prestación del servicio, el mantenimiento de las instalaciones, o cualquier otra causa anómala de funcionamiento.
13.- REGIMEN JURIDICO APLICABLE
La presente contratación se regirá por lo dispuesto en el Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, legislación local, estatal y autonómica y cualquier otra legislación aplicable.
En ZAIDIN, a 13 de Diciembre de 2.010 LA ALCALDESA
X.x XXXXXX XXXX ESTRUGA
DILIGENCIA.- Para hacer constar que el presente pliego fue aprobado por Resolución de Alcaldía de 13 de diciembre de 2.010, y que el plazo para la presentación de propuestas se inicia el día 17 de diciembre de 2.010, finalizando el día 27 de Diciembre de 2.010 a las 14 horas.