Contract
Apreciado cliente, le rogamos lea con atención estas condiciones comerciales para la entrega en régimen de alquiler de una autocaravana. Las siguientes condiciones de alquiler pasarán a formar parte del contrato que tenga lugar entre las partes contratantes (en adelante, arrendatario) y el Centro de alquiler xx Xxxxx Campers (en adelante, arrendador).
1. Ámbito de aplicación, contenido del contrato, derecho aplicable
1.1. El objeto del contrato es únicamente la entrega en régimen de alquiler de la autocaravana. Queda expresamente prohibido el subarrendamiento.
1.2. En caso de reserva, entre el arrendatario y el arrendador se formalizará un contrato de alquiler por escrito regido exclusivamente por el derecho español. El arrendatario organizará el mismo su viaje y utilizará el vehículo bajo su propia responsabilidad. El contrato de alquiler estará limitado a la duración acordada en el mismo.
2. Edad mínima, conductores autorizados
2.1. El arrendatario y cada uno de los conductores deberán tener como mínimo 25 años y estar en posesión de un permiso de conducción clase B en vigor con más de dos años de antigüedad o el permiso nacional correspondiente. En caso de no ser residente de la UE deberá estar en posesión del permiso de conducir internacional.
2.2. La autocaravana no podrá ser retirada por otra persona que no sea el contratante. Tan solo podrán conducir el vehículo el arrendatario y los conductores adicionales que se hayan registrado en el centro de alquiler xx Xxxxx Campers.
2.3. Si en el momento de la entrega del vehículo no se dispone del permiso de conducir correspondiente, se considerará que no se ha recogido la autocaravana, por lo que se aplicarán las condiciones de anulación pertinentes (véase apdo.4.2).
3. Precios de alquiler, duración del alquiler
3.1. Los precios del alquiler y de los accesorios opcionales se derivan de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de formalizar el contrato.
3.2. El alquiler mínimo es de cuatro noches excepto entre el 15 xx Xxxxx y 15 de Septiembre que será de 7 noches (salvo acuerdo previo con el arrendador).
3.3. El kilometraje máximo será de 300 km/noche para alquileres de 4 a 6 noches. Sobrepasando estos límites, se cobrará a razón de 0,35 €/km. Para alquileres de más de 7 noches, el kilometraje será ilimitado.
3.4. Los correspondientes precios de alquiler incluyen: IVA, kilometraje según indicado en el apartado 3.3, seguro a todo riesgo según la correspondiente cobertura del seguro (véase más abajo apdo. 10), asistencia en carretera 24 horas (válida en todos los países de la UE incluidos en el apartado 7.2), así como todos los extras detallados en el momento de realizar la reserva.
3.5. El periodo de alquiler empieza con la recogida de la autocaravana por parte del arrendatario en el establecimiento del Centro de Alquiler xx Xxxxx Campers, sito en la población xx
Xxxxxxx (Asturias) Polígono xx Xxxxxx Xxxx, Calle A – Nave 17 y finaliza con la entrega o devolución del vehículo en el mismo lugar siendo recogido por parte de los empleados de Centro de alquiler, en los días y horas estipulados en el contrato.
3.6. Si se devuelve la autocaravana una vez transcurrido el tiempo acordado por escrito, el arrendador computará 30,00 € por hora de retraso en las primeras 8 horas. Los retrasos no autorizados que superen las 8 horas, serán penalizados con una tarifa diaria del triple de la cantidad aplicada en contrato. Además, el arrendatario asumirá los gastos derivados del hecho que otro arrendatario haga valer sus derechos frente al arrendador, debido a un retraso en la entrega del vehículo, imputable al arrendatario. Cualquier causa justificada de fuerza mayor que impida la devolución en el día acordado, deberá ser comunicada inmediatamente al arrendador para que este la acepte; en caso contrario se considerará retraso no autorizado.
3.7. Para devolver el vehículo en un Centro o lugar distinto al de recogida, se requerirá un acuerdo especial con el arrendador y el pago del importe correspondiente a este servicio que se pactará y abonará antes de la recogida de la autocaravana.
3.8. Por norma general (salvo acuerdo previo con el arrendador) las entregas de los vehículos se efectuarán de lunes a viernes, de 16 a 18 horas y las devoluciones de lunes a viernes, de 10 a 12 de la mañana. Los horarios que aparezcan en el contrato se considerarán los acordados. Los sábados y domingos sólo se podrán realizar entregas y devoluciones si se ha alcanzado un acuerdo previo. El día de la entrega y la devolución sumarán juntos un día, siempre que en total no se superen las 24 horas o sólo si las superan por causas imputables al arrendador.
3.9. En caso de que el arrendatario, por propia decisión unilateral, inicie con retraso o termine anticipadamente el alquiler, no tendrá derecho a reembolso alguno, pagando el precio integro de alquiler acordado inicialmente.
3.10. Si el arrendatario desease prolongar el arrendamiento del vehículo sobre las fechas establecidas, deberá comunicarlo al Centro de Alquiler con una antelación de al menos 3 días a la finalización del contrato. La eventual confirmación de prórroga estará sujeto a las disponibilidades que en este momento tenga el arrendador, no asumiendo por tanto éste último compromiso previo alguno.
4. Reserva y condiciones de cancelación
4.1. Una vez que el arrendador haya entregado la confirmación de la reserva por escrito, se deberá pagar un depósito del 30% del importe total del alquiler en un plazo máximo de 3 días. A partir de este momento la reserva será vinculante para ambas partes. En caso de que el arrendatario no cumpla este plazo, la reserva dejará de ser vinculante para el arrendador.
4.2. En caso de que el cliente cancele la reserva vinculante, éste último deberá pagar las siguientes tasas de anulación calculadas a partir de la primera reserva confirmada:
a. Hasta 50 días antes del inicio del alquiler, 30% del precio total del alquiler.
b. Entre 49 y 15 días antes del inicio del alquiler, 50% del precio del alquiler.
c. Menos de 15 días antes del inicio del alquiler o en caso de no recoger el vehículo, 100% del precio del alquiler.
4.3. Cualquier alteración de las fechas de alquiler, deberá ser previamente autorizada por el arrendador. El incumplimiento de esta condición faculta al arrendador para hacerse cargo del vehículo o requerirlo judicialmente.
5. Condiciones de pago, fianza
5.1. El precio del alquiler previsto en función de las fechas de reserva se deberá ingresar en la cuenta que el arrendador facilitará al arrendatario, como máximo 15 días antes del inicio del alquiler.
5.2. A más tardar, en el momento de la recogida del vehículo, el arrendatario deberá abonar la cantidad de 650 €, mediante tarjeta de crédito VISA, en concepto de fianza como garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones de este contrato.
5.3. La fianza será devuelta después de ser examinado el vehículo por un responsable del Centro de Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx (máximo 24 horas después de la devolución), el cual en caso de desperfectos por mal uso dictaminará el importe que el cliente deberá abonar. Este importe será deducido de la fianza depositada, aceptando el arrendatario el pago de la diferencia si el coste de los desperfectos supera el valor de la fianza depositada. En caso de no ser posible la valoración de los daños de forma inmediata, el arrendador dispondrá de 7 días para efectuar la liquidación y devolver la fianza si procede o reclamar la diferencia entre esta y el coste de los desperfectos. En caso de un siniestro, también se deducirá de la fianza el importe de la franquicia del seguro a todo riesgo.
5.4. El arrendatario se compromete expresamente a pagar al arrendador:
a. En el momento de la devolución del vehículo, el importe del kilometraje para alquileres de cuatro a seis noches, calculado según la tarifa en vigor o los cargos adicionales surgidos de la aplicación de estas Condiciones de Alquiler.
b. Si el vehículo es dejado en algún otro sitio o ciudad sin la autorización del arrendador, o si el vehículo fuera retenido o embargado por culpa del arrendatario, todos los gastos correrán a cargo del arrendatario, incluida la repatriación y el lucro cesante de la Empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.
c. El importe de toda clase de multas, gastos judiciales y extrajudiciales derivados de cualquier infracción de tráfico o de cualquier otra clase que sean dirigidas contra la autocaravana arrendada durante el tiempo de vigencia de este contrato de alquiler.
d. Gastos incurridos por el arrendador (incluidos honorarios de Xxxxxxxx y Procuradores) en la reclamación de las cantidades adecuadas por el arrendatario en virtud del presente contrato.
e. El vehículo dispone de un seguro a todo riesgo con franquicia (no incluye los efectos personales del arrendatario y acompañantes). En caso de accidente o robo, el arrendatario se hará cargo del importe de 650
€ por siniestro.
6. Entrega y devolución del vehículo
6.1. Antes de iniciar el viaje, el arrendatario está obligado a seguir las instrucciones que le dé el personal técnico xx Xxxxx Xxxxxxx en el punto de entrega. Asimismo, se elaborará un acta de entrega (Check Out) en el que se describirá el estado del vehículo y que deberán firmar ambas partes. El arrendador se podrá negar a entregar el vehículo hasta que no se haya realizado la instrucción y firma del mismo.
6.2. En dicha acta, el cliente declara haber revisado el vehículo y sus instalaciones antes de recepcionarlo y reconoce recibirlos en perfectas condiciones mecánicas, provisto de la documentación necesaria y con las herramientas, neumáticos y accesorios adecuados y se compromete a conservarlo en buen estado. Por lo tanto, la avería del vehículo o el mal funcionamiento del equipo durante el alquiler no darán derecho a ninguna indemnización, devolución o descuento.
6.3. Al devolver el vehículo, el arrendatario está obligado a realizar una revisión final de la autocaravana junto con los empleados del Centro de Alquiler. Se elaborará un acta de devolución (Check In), que deberán firmar el arrendador y el arrendatario. Los desperfectos que no consten en el acta de entrega, pero que se detecten en el momento de devolver el vehículo, correrán a cargo del arrendatario.
6.4. En la devolución del vehículo por finalización del alquiler, en la que el arrendatario no esté presente en la inspección del mismo por causas imputables a él, y se aprecien daños en el vehículo, el arrendatario acepta la valoración de los daños resultantes de la inspección realizada por el personal técnico xx Xxxxx Xxxxxxx.
6.5. El vehículo se devolverá limpio interiormente y con los depósitos de aguas residuales y del WC vacíos. En caso contrario se cobrará un suplemento de 100 €, en concepto de limpieza.
6.6. El hecho de llenar el depósito de agua potable con diésel u otro combustible, o el depósito de diésel con agua u otro combustible, implicará una penalización de 650 € a descontar de la fianza.
6.7. La autocaravana se entrega con el depósito de combustible y Adblue lleno y así debe devolverse. En caso contrario, el arrendador cobrará 2,50 € brutos por litro de combustible diésel. El arrendatario correrá con los gastos de carburante y funcionamiento durante el periodo de alquiler.
7. Usos prohibidos, obligaciones de mantenimiento y protección
7.1. El arrendatario se compromete a respetar en todo momento las obligaciones y limitaciones descritas en el vigente Código de Circulación y se obliga a:
a. No permitir que lo conduzcan otras personas más que él mismo o las que expresamente estén autorizadas.
b. No llevar más pasajeros que los especificados en la documentación del vehículo.
c. No realquilar o transportar personas con fines comerciales o cualquier otro uso que no esté incluido en el contrato.
d. No transportar cualquier tipo de mercancía, drogas, productos tóxicos o inflamables.
e. No ceder su uso a terceros a título gratuito o lucrativo y no auxiliar a delincuentes.
f. No cometer delitos, aunque estos solo sean castigados según la legislación vigente en el lugar de los hechos.
g. No conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas motivadas por el consumo de alcohol, drogas, fatiga o enfermedad.
h. No transitar fuera de la red viaria o en cualquier terreno no adecuado, ni participar con el vehículo en pruebas deportivas, de resistencia, carreras u otras que puedan dañarlo.
i. No utilizarlo para empujar o remolcar otros vehículos o remolques.
j. Tener la autocaravana adecuadamente estacionada y custodiada cuando no la utilice y protegerla del deterioro de las heladas, pedrisco o cualquier otro fenómeno atmosférico susceptible de producir daños de importancia.
k. No desprecintar o manipular el cuentakilómetros, debiendo comunicar inmediatamente al arrendador cualquier avería del mismo.
l. No tapar o quitar anagramas de la sociedad o variar cualquier característica técnica del vehículo, las llaves, cerraduras, equipamiento, herramientas y/o accesorios del vehículo, así como efectuar cualquier modificación de su aspecto exterior y/o interior, salvo la expresa autorización escrita por parte del arrendador. En caso de infracción, el arrendatario correrá con todos los gastos de reacondicionamiento del vehículo a su estado original, debiendo abonar así mismo una indemnización por la inmovilización del vehículo hasta su total reparación.
7.2. El arrendatario solo está autorizado a circular con el vehículo arrendado en los siguientes países, salvo autorización expresa y por escrito del arrendador:
Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, República Checa, Chipre, Croacia, Dinamarca, República Eslovaca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Xxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Suecia y Suiza.
Queda expresamente prohibido viajar a cualquier país que se encuentre en guerra o conflictos bélicos.
7.3. La autocaravana se debe cuidar y tratar adecuadamente, así como cerrar debidamente. Se deberán tener en cuenta las normas técnicas, así como las disposiciones determinantes para el uso. Se deberá controlar el estado del vehículo, sobretodo el nivel de agua y aceite, así como la presión de los neumáticos. El arrendatario se compromete a comprobar regularmente si la autocaravana de alquiler está en perfectas condiciones para circular con seguridad.
7.4. Está prohibido fumar en los vehículos. Así mismo, el arrendatario deberá asumir los gastos derivados de la ventilación o la eliminación del olor a tabaco, incluyendo las pérdidas generadas por la imposibilidad de alquilar el vehículo durante algún tiempo debido a este motivo.
7.5. Se podrán llevar animales de compañía siempre que el arrendador haya dado su autorización expresa. Los gastos de
limpieza, derivados de cualquier incumplimiento, correrán a cargo del arrendatario.
7.6. En caso de comprobar que se han infringido las disposiciones de los anteriores apartados 7.1., 7.2., 7.3., 7.4. y 7.5. el arrendador podrá rescindir de inmediato el contrato de alquiler.
8. Comportamiento a seguir en caso de accidente
8.1. En caso de accidente, robo o hurto del vehículo, incendio o daños causados por animales xx xxxx, el arrendatario deberá informar inmediatamente a la policía o autoridad competente y al arrendador llamando al número de teléfono xx Xxxxx Xxxxxxx (0000) 000 000 000 y remitiendo copia de la denuncia al arrendador, en un plazo máximo den 12 horas desde el momento en que se produzca el accidente, quedando sin efecto en caso contrario los seguros y coberturas contratadas.
8.2. Nunca se reconocerá o prejuzgará la responsabilidad del hecho salvo la “Declaración Amistosa de Accidentes”. El arrendatario deberá obtener todos los datos de la parte contraria (nombre, dirección, datos carné de conducir, compañía aseguradora y el número de póliza, datos de eventuales testigos, así como las matrículas de los vehículos afectados junto con los detalles del accidente) y los remitirá en el plazo indicado al arrendador. Notificar de inmediato a las autoridades el accidente si existe culpabilidad de la parte contraria. El parte de accidente se deberá entregar debidamente cumplimentado y firmado como muy tarde en el momento de devolver el vehículo al arrendador.
8.3. Incluso en accidentes o daños sin contrario, independientemente de su gravedad, el arrendatario deberá comunicarlo al Centro de Alquiler en un plazo máximo de 12 horas a cuando hubiese ocurrido, redactando para el arrendador un detallado informe por escrito junto con un boceto. Si el arrendatario no elabora el informe e impide de este modo que la compañía de seguros pague los daños, el arrendatario estará obligado a abonar el importe correspondiente en su totalidad.
8.4. No abandonar nunca el vehículo sin tomar las adecuadas medidas para protegerlo y salvaguardarlo. Contactar si fuera necesario con la Compañía de Asistencia en Carretera contratada con la Aseguradora.
8.5. En caso de incumplimiento por el arrendatario de alguna de estas medidas, si son de aplicación, el arrendador podrá reclamar al arrendatario daños y perjuicios ocasionados por negligencia de éste, incluido el lucro cesante de la Empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.
9. Reparaciones durante el viaje
9.1. El desgaste mecánico normal del vehículo lo asume el arrendador. Cuando la duración del recorrido o el estado de las carreteras lo aconsejen, se realizarán las operaciones de mantenimiento necesarias en un servicio oficial de la marca del chasis-motor.
9.2. Detener el vehículo lo antes posible cuando se ilumine cualquier testigo que indique anomalía en el funcionamiento del vehículo, debiendo contactar con el arrendador o con la Compañía de Asistencia concertada por el arrendador y solo con esta, debiendo dirigirse exclusivamente a un servicio oficial de la marca del chasis-motor, salvo autorización expresa del arrendador.
9.3. El arrendatario podrá encargar aquellas reparaciones que sean necesarias para garantizar la seguridad durante el funcionamiento y la circulación del vehículo en el periodo de alquiler y que no superen los 150 €. Para ello, tan sólo será necesario contar con la aprobación del arrendador. Éste último asumirá los gastos de la reparación si se le hace entrega de las facturas originales y de las piezas cambiadas, siempre que el arrendatario no responda del daño según el apdo. 10. Quedan excluidos de esta norma los daños que afecten a los neumáticos.
9.4. En caso de que una reparación de estas características sea necesaria por un daño imputable al arrendador y el arrendatario no se encargue de solucionarlo, éste último deberá indicar sin demora al arrendador el desperfecto en cuestión y conceder un plazo razonable para su reparación. El arrendador no se responsabilizará de las condiciones específicas de cada país (ej. infraestructura), que conlleven una demora a la hora de realizar la reparación.
9.5. En el caso de cualquier avería de los elementos del habitáculo, el arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente al arrendador de quien recibirá las instrucciones oportunas para su reparación.
10. Responsabilidad del arrendatario, seguro a todo riesgo
10.1. Según los principios del seguro a todo riesgo, en caso de daños integrales, el arrendador eximirá al arrendatario de la responsabilidad de los daños materiales, con una franquicia de 650,00 €, que deberá asumir el arrendatario.
10.2. La exención de responsabilidad no tendrá efecto si el arrendatario omite alguna de las normas indicadas en todos los puntos del apartado 7 y 8 o en caso de que el arrendatario haya causado un daño de forma premeditada o negligente.
10.3. El arrendatario, bajo ningún concepto, quedará eximido de responsabilidades, civiles, administrativas, penales o de cualquier índole que sean consecuencia de un siniestro o comportamiento doloso y que no estén contempladas en la póliza de seguros adjunta que se entrega, la cual el arrendatario declara conocer y aceptar.
10.4. Asimismo, el arrendatario deberá responder en caso de comportamiento doloso en los siguientes casos:
a. Si el arrendatario, no respeta las normas y el código de circulación vigente, del país donde esté circulando.
b. Si el arrendatario o el conductor, a quien el arrendatario le ha dejado el vehículo, huye en caso de accidente.
c. Si los daños se deben a un uso prohibido en el apdo. 7.1. o a una infracción de la obligación establecida en el apdo. 7.2.
d. Si el arrendatario, en contra de la obligación establecida en el apdo. 8, no avisa a la policía en caso de accidente o infringe las obligaciones descritas en dicho apartado.
e. Si los daños se han provocado por no tener en cuenta las dimensiones del vehículo (altura, ancho, largo).
f. Si los daños se deben a un incumplimiento de las disposiciones relativas a la carga adicional.
g. Si los daños los ha causado un conductor no autorizado, a quien el arrendatario haya dejado la autocaravana.
10.5. El arrendatario responderá de todos los gastos, tasas, multas y sanciones relacionadas con el uso del vehículo, que se le reclamen al arrendador, excepto si se debe a causas imputables a este último.
10.6. El arrendatario alcanzará la misma responsabilidad si por su culpa fuese el vehículo retenido o embargado, corriendo además con los gastos y el lucro cesante del arrendador durante el tiempo que dure la indisponibilidad del vehículo, aplicándose por cada día que fuere retenido o embargado el importe por día, según el modelo y tarifas en vigor del precio de alquiler del vehículo.
11. Responsabilidad del arrendador, prescripción
11.1. El arrendador entrega el vehículo en perfecto estado, habiendo realizado todas las verificaciones y el mantenimiento necesario para su buen funcionamiento. No será responsable de fallos mecánicos o averías debido al deterioro normal del mismo, ni es responsable de gastos, retrasos o perjuicios de alguna manera producidos, directa o indirectamente como consecuencia de tales fallos o averías.
11.2. Si por causa de fuerza mayor, motivos fortuitos o ajenos al arrendador, no se pudiera entregar el vehículo en la fecha convenida, esto no dará derecho a ninguna indemnización, salvo la devolución al arrendatario de la cantidad pagada en concepto de reserva.
11.3. El arrendador responderá ilimitada en caso de dolo y negligencia grave. Si se trata de una negligencia leve, el arrendador solo responderá de forma limitada a los daños previsibles establecidos en el contrato, en la medida que se infrinja una obligación cuyo cumplimiento sea de especial importancia para alcanzar el objeto del contrato (obligación cardenal). Esta medida de responsabilidad también será válida en los casos en que surjan obstáculos para la prestación de servicios al formalizar el contrato.
11.4. El arrendador asume la responsabilidad de robo e incendio ante el arrendatario, sobre el automóvil del arrendatario que se encuentre, en calidad de aparcamiento gratuito, en las dependencias del arrendador Ohana Campers, S.L. durante el periodo de alquiler de la autocaravana.
11.5. Serán válidas las Condiciones Comerciales Generales expuestas en el Centro de alquiler en el momento de iniciarse el período de alquiler.
12. Jurisdicción
12.1. En caso de litigios derivados o relacionados con el contrato de alquiler de la autocaravana, se acuerda que la jurisdicción sea la del Centro de alquiler Ohana Campers, S.L..
Fdo. El Arrendador Fdo. El Arrendatario