CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO. ACUERDO MARCO 680,1,67D5E2R6EA C³TIVOS, MATERIAL FUNGIBLE Y PEQUEÑO EQUIPAMIENTO PARA LOS LABORATORIOS DE I+D+I Y DOCENCIA´EN EL ÁMBITO DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA
Rectorado
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO. ACUERDO MARCO 680,1,67D5E2R6EA C³TIVOS, MATERIAL FUNGIBLE Y PEQUEÑO EQUIPAMIENTO PARA LOS LABORATORIOS DE I+D+I Y DOCENCIA´EN EL ÁMBITO DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXXXX-LA MANCHA
REF: SUAM201800016
Contrato sujeto a regulación armonizada | X SI NO |
Tramitación expediente | X Ordinaria, Urgente, Emergencia, Anticipada |
Tipo | X Abierto Abierto simplificado (art. 159.1 LCSP) Abierto super -simplificado (art. 159.6 LCSP) |
A. PODER ADJUDICADOR
1. Poder adjudicador: Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha
2. Órgano de contratación: Gerente
3. Responsable del contrato: Xxxxxx Xxxxx Xxxx, Vicegerente del Campus de Albacete
5. Perfil del contratante: xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx
6. Centros o unidades peticionarias: Laboratorios, Centros e Instalaciones de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha.
B. OBJETO DEL CONTRATO
1. Descripción del objeto del acuerdo marco
Suministro de reactivos, material fungible y pequeño equipamiento para los Laboratorios, Centros e Instalaciones de I+D+I y docencia e n e l á m b i t o de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha
2. Necesidades a satisfacer
Disponer de reactivos, material fungible y pequeño equipamiento para los laboratorios, Centros e instalaciones de I+D+I y docencia de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha, con el fin de poder desarrollar las labores de investigación y docencia que se realizan en ellos.
3. Codificación
- Descripción CPV: PRODUCTOS QUÍMICOS INORGÁNICOS
- nº CPV: 24311000-7
- CPV complementarios: 24962000-5; 33696500-0; 38970000-5; 24311000-7;
- NACE: 205959 y 329959
- Categoría del contrato: No procede.
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4. Lotes
- División en lotes: SI
- Justificación de la no división en lotes: No procede
- Descripción e importe de lotes, teniendo en cuenta la posible prórroga:
LOTES | NOMBRE | IMPORTE SIN IVA |
LOTE 1 | Reactivos químicos- Ácidos y bases | 700.000.-Φ |
LOTE 2 | Reactivos químicos- Compuestos inorgánicos y sales | 700.000.-Φ |
LOTE 3 | Reactivos químicos- Compuestos orgánicos | 700.000.-Φ |
LOTE 4 | Reactivos químicos- Disolventes | 700.000.-Φ |
LOTE 5 | Reactivos químicos- Disolventes deuterados | 700.000.-Φ |
LOTE 6 | Reactivos de biología molecular y bioquímica | 700.000.-Φ |
LOTE 7 | Kits de laboratorio | 200.000.-Φ |
LOTE 8 | Reactivos de microbiología y cultivo celular | 700.000.-Φ |
LOTE 9 | Equipos y material de seguridad | 100.000.-Φ |
LOTE 10 | Reactivos y material de cromatografía | 700.000.-Φ |
LOTE 11 | Material metálico de laboratorio (instrumental y elementos de montaje | 100.000.-Φ |
LOTE 12 | Material plástico de laboratorio | 200.000.-Φ |
LOTE 13 | Material xx xxxxxx de laboratorio | 200.000.-Φ |
LOTE 14 | Material de filtración y papel | 100.000.-Φ |
LOTE 15 | Equipos de medida | 100.000.-Φ |
LOTE 16 | Equipos varios de laboratorio | 100.000.-Φ |
LOTE 17 | Material entomológico | 100.000.-Φ |
LOTE 18 | Instrumental forestal y del suelo | 100.000.-Φ |
LOTE 19 | Reactivos de material de microscopia | 100.000.-Φ |
LOTE 20 | Material de animalario | 100.000.-Φ |
LOTE 21 | Material de habilidades clínicas | 100.000.-Φ |
- Limitación a la participación/adjudicación: Ninguna
5. Admisibilidad de variantes
- Condiciones para admisión y elementos susceptibles de variación o alternativa:
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No se admiten variantes.
-
6. Naturaleza jurídica
X Administrativa Privada
C. VALOR MAXIMO ESTIMADO
1. Valor máximo estimado
El valor estimado del contrato es de 7.200.000,00.- ¼ 6LHWH PLOORQHV doscientos mil euros) IVA excluido. Valor estimado Lotes: Ver apartado 4.8 de
este cuadro
2. Sistema de determinación del precio.
a. Tanto alzado: Teniendo en cuenta el precio de los productos en el mercado y gasto realizado por la Universidad en ejercicios anteriores.
3. Anualidades (IVA incluido, salvo exención de IVA) y aplicación a partida presupuestaria.
Las anualidades presupuestarias del contrato y la aplicación presupuestaria del gasto del contrato, incluyendo la posibilidad de prórroga son:
Año
«««« -¼
«««« -¼
«««« -¼
Aplicaciones Presupuestarias: 01110 541A 22161; 22173; 22172; 22174;
22175 y 22176
4. Revisión de precios:
NO PROCEDE
5. Financiación con Fondos externos:
b. NO
c. Tipo de fondo: No procede
d. % de cofinanciación: No procede
e. Logotipo de entidad financiadora: No procede
6. Forma de pago:
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El pago de los suministros realizados, en cada contrato derivado, será realizado con cargo al crédito vinculado a cada peticionario.
Códigos obligatorios de facturación electrónica:
Oficina Contable (Fiscal) de la UCLM: U03400001 Órgano Gestor (Receptor) de la UCLM: U03400001 Unidad Tramitadora (Pagador) de la UCLM: U0340001 Órgano Proponente (Comprador): 01110 Descripción: Expediente número: SUAM201800016
7. Abonos a cuenta:
No procede en este caso.
D. DURACIÓN Y PLAZO DE EJECUCIÓN
1. Duración total del Acuerdo Marco
La duración será de un AÑO, contado desde la formalización de acuerdo marco
2. Plazos parciales:
NO
3. Prórroga:
SI, posibilidad de prórroga por UN año más.
4. Plazo de garantía:
La que sea ofrecida por los licitadores, para cada uno de los productos ofertados
5. Lugar de ejecución del contrato:
Laboratorios, Centros e instalaciones de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha, en cada uno de los Campus de la misma, situados en las siguientes localidades: Albacete, Almadén, Ciudad Real, Cuenca, Toledo y Xxxxxxxx de la Reina.
E. GARANTÍAS
1. Garantía definitiva general del Acuerdo Marco:
No procede en este caso
2. Garantía complementaria: No procede en este caso
3. Garantía definitiva contratos basados:
De acuerdo a lo previsto en el artículo 107.1 párrafo 2º, de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, no será exigida garantía definitiva, en el acuerdo
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marco ni tampoco en los contratos derivados del mismo, al considerar que, la mayor parte de los bienes objeto del AM son consumibles (siendo fungibles el resto), cuya entrega y recepción debe efectuarse antes del pago del precio
F. SOLVENCIA ECONÓMICA O FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL
1. Solvencia económica y financiera
La solvencia exigida será acreditada de acuerdo a lo previsto en la Cláusula
5.1.3 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
2. Solvencia técnica o profesional
La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por uno o varios de los siguientes medios:
1.- Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea una entidad privada, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. El importe anual a certificar deberá ser como mínimo, el importe del lote al que se presenta o a la suma de los importes de los lotes, si se presenta a más de uno.
2.- Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
3.- Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
4.-Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante.
5.- Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas
Solvencia técnica empresas de nueva creación: No procede al tratarse de un Acuerdo Marco, sujeto a regulación armonizada (XXXX)
A. HABILITACIÓN PROFESIONAL
B. Clasificación empresarial: No procede
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x Grupo, subgrupo y categoría exigibles.
G. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES.FORMA MANUAL
1. Sobre nº 1: DECLARACIÓN RESPONSABLE Y DEUC. Documentación Administrativa.
Se deberá presentar Declaración responsable, obligatoriamente, con el documento europeo único de contratación (DEUC). Cláusula 5.3. Aptdo. A.1. PCAP y Dirección electrónica donde realizar las notificaciones derivadas del procedimiento.
2. Sobre nº 2: CRITERIOS SOMETIDOS A JUICIO DE VALOR. Oferta Técnica
Deberá presentarse oferta técnica, de acuerdo con el modelo previsto en el apartado 6 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, detallando los productos ofertados y sus características. Deberá presentarse en papel y en archivo electrónico. No podrá hacerse ninguna referencia a los precios de los productos, si se da este caso, el licitador quedaría excluido del procedimiento. Cláusula 5.3. Aptdo. A.2. PCAP.
3. Sobre nº 3: CRITERIOS CUANTIFICABLES CON FÓRMULA. Oferta Económica
- Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo previsto en el apartado 6 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y al Anexo I del PCAP. Deberá presentarse en papel y en archivo electrónico. Cláusula 5.3. Aptdo. A 3. PCAP.
H. LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA DE LAS PROPOSICIONES
1. Plazo de presentación de las ofertas:
El plazo de presentación de ofertas será de 35 días naturales, contado desde el mismo día que se envíe el anuncio de licitación al Diario Oficial de la Unión Europea.
2. Lugar:
Los licitadores presentarán en el Registro General de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha, sito en xxxxx Xxxxxxxxxx xxxxxx 00 xx Xxxxxx Xxxx (C.P. 13003), dentro del plazo
señalado HQ HO DQXQFLR GHO SURFHGLPLHQWR TXH VH SX en el Diario Oficial de la Unión Europea", tres sobres cerrados (1, 2 y 3) con el
contenido que se detalla en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en este Cuadro de Características, indicando, en cada uno de ellos, el nombre y apellidos de quien firma la proposición, el carácter con que concurre, es decir, en nombre propio o en representación de otra persona o entidad y la denominación del procedimiento, indicando los lotes de bienes a los que licita, todo ello de forma legible.
El licitador también podrá enviar los sobres a que se refiere el párrafo anterior por correo, dentro del plazo de admisión expresado en el anuncio.
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En este caso, el licitador justificará la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciará a este Organismo la remisión de la oferta mediante fax (000000000), telegrama (Unidad de Información y Registro. Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha. Xxxxxxxxxx 50. 13071 Ciudad Real) o correo electrónico (Xxxxxxxx.Xxxxxxx@xxxx.xx) en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la fecha indicada, sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
Horario: de 9 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
3. Presentación Electrónica de las ofertas:
No procede de acuerdo con el informe emitido, de fecha 15/05/2018.
X. XXXX DE CONTRATACIÓN
Presidente (titular/suplente):
PRESIDENTE: D. Xxxxxx Xxxxx Xxxx, Vicegerente del Campus de Albacete.
Suplente: Dña. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Directora Ejecutiva de la Unidad de Gestión de la Investigación.
Vocales (titulares/suplente):
Titular: D. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, Director Ejecutivo de la Unidad de Control Interno.
Suplente 1º: D. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx. Auditor Interno de la Unidad de Control Interno.
Suplente 2º: D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Director de la Unidad de Control Interno. Titular: Dña. Xxxxx de los Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Letrada de la Asesoría Jurídica. Suplente: Dña. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Letrada de la Asesoría Jurídica.
Titular: D. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Director del Área Económica. Suplente: D. Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, Director Ejecutivo de Contabilidad. Titular: Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Profesor Contratado Doctor.
Suplente: Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxx, Profesora Contratada Doctora
Titular: X. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Catedrático de Universidad.
Suplente: D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Profesor Titular de Universidad
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Titular: Dña. Xxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Catedrática de Universidad
Suplente: Dña. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, Catedrática de Universidad
Secretaría(titular/suplente):
SECRETARIO: D. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Director Técnico de la Unidad de Contratación y Patrimonio.
Suplente: Dña. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Técnico Superior de la Unidad de Contratación y Patrimonio.
J. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
1. Criterios de adjudicación:
Serán homologadas todas las ofertas que presenten, al menos, el 70% de los productos, contenidos en el lote/s a los que concurran y reúnan los requisitos técnicos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
2. Criterios de desempate:
No procede para este caso
3. Criterios para la consideración de ofertas anormalmente bajas.
No procede para este caso
4. Umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar el proceso selectivo.
No se aplica
K. EJECUCIÓN DEL ACUERDO XXXXX. CONTRATOS BASADOS.
1. Acuerdos marco concluidos con una sola empresa:
NO
2. Acuerdo marco concluido con varias empresas:
1. SI
2. Número máximo de operadores seleccionados. No se ha limitado
3. Medios para cursar las invitaciones:
Las invitaciones se cursarán a la dirección electrónica facilitada por las empresas, en el momento de presentación de la documentación para participar en este acuerdo marco.
4. Limitación al número de empresas a invitar y criterios de selección:
4.1 Independiente del importe del contrato derivado, en el caso de que se haya homologado, un único producto, sin posibilidad de opción alguna, y haya una sola empresa homologada para el mismo, el contrato se adjudicará a la, única, empresa homologada en ese producto.
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4.2 Si el importe del contrato derivado fuera inferior a 5.000.-¼ LYD excluido, no será necesario convocar a las partes a una nueva licitación, pudiendo el peticionario hacer la solicitud del producto que
mejor satisfaga sus necesidades técnicas y económicas, debiendo dejar justificación de su elección en el expediente tramitado, teniendo en cuenta uno o varios de los siguientes criterios:
Criterios Precio ofertado Calidad y características físicas y químicas | Valoración 33,33% |
del producto | 33,33% |
Plazo de entrega | 33,33% |
4.3 Si el importe del contrato derivado es igual o superior a 5.000.-¼ LYD
excluido e inferior a 221.000.-¼ LYD H[FOXLGR HO 3HWLFLRQDU menos a tres, de las empresas, incluidas en el acuerdo marco, de acuerdo
con el siguiente procedimiento:
a) Se solicitará oferta a las empresas homologadas, en el producto que se va a adquirir, mediante solicitud enviada al correo electrónico facilitado por las empresas, en la documentación presentada para participar en el Acuerdo Marco.
b) Las empresas homologadas podrán mejorar las condiciones técnicas y económicas, homologadas inicialmente. En ningún caso se admitirán ofertas que no igualen las condiciones homologadas en el Acuerdo Marco.
c) La oferta deberá presentarse, en formato electrónico, en la Sede Electrónica de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha o dirección electrónica indicada en la invitación, en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al envío de la invitación, de acuerdo con las indicaciones dadas en la invitación remitida
d) Se garantizará la confidencialidad de las ofertas, hasta el momento de su apertura.
e) La valoración de las ofertas, será realizada por el peticionario, dejando constancia de la misma en el expediente.
f) El contrato se adjudicará al licitador que haya presentado la mejor oferta, valorada según los mismos criterios, técnicos y económicos, establecidos en el apartado 4.2 anterior, teniendo en cuenta lo siguiente:
1.- Que se otorgará la máxima puntuación de los criterios precio y plazo de entrega, a la mejor oferta y al resto de forma proporcional.
2.-El criterio calidad y características físicas y químicas del producto se valorará, de forma justificada, otorgando, como máximo un 33,33% de la puntuación total.
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4.4 Si el importe del contrato derivado es igual o superior a 221.000.-¼ LYD excluido, se convocará a todas las empresas, homologadas en el objeto del
mismo, a una nueva licitación, de acuerdo con el procedimiento que se indicará en la invitación a participar. Los criterios de adjudicación del contrato serán los mismos que los establecidos en los apartados anteriores.
5. Forma de adjudicación del contrato basado
Acuerdo marco establece todos los términos: SI
x sin nueva licitación: Apartados 4.1 y 4.2 anteriores.
x con nueva licitación: SI Apartados 4.3 y 4.4 anteriores
x criterios para la adjudicación de los contratos basados con nueva licitación entre las empresas seleccionadas:
Criterios específicos para adjudicar el contrato basado:
Criterios Precio ofertado Calidad y características físicas y químicas | Valoración 33,33% |
del producto | 33,33% |
Plazo de entrega | 33,33% |
3. Criterios para la consideración de ofertas anormalmente bajas.
No procede en este caso
L. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Enunciación:
Compromiso del contratista de cumplimiento de lo previsto en los artículos 215,216 y
217 LCSP.
La Administración podrá comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que el contratista adjudicatario de este contrato ha de hacer a todos los subcontratistas o suministradores que participen en el mismo.
El contratista adjudicatario remitirá al ente público contratante, cuando éste lo solicite, relación detallada de aquellos subcontratistas o suministradores que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden una relación directa con el plazo de pago. Asimismo, deberá aportar a solicitud del ente público contratante justificante de cumplimiento de los pagos a aquéllos una vez terminada la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos el art. 216 y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en lo que le sea de aplicación. Estas obligaciones se consideran condiciones esenciales de ejecución.
Importe penalidades. El incumplimiento de esta condición especial de ejecución dará lugar a la incoación de un expediente de imposición de penalidades que irá, atendiendo a su proporcionalidad, del 10% al 50% del precio del contrato e incluso, podrán llevar
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aparejada la resolución del contrato, de acuerdo con lo previsto en la cláusula 11.2 del PCAP
M. PENALIDADES ESPECÍFICAS
De acuerdo a lo previsto en la Cláusula 12.2 del PCAP.
N. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO
No procede en este caso.
Ñ. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
No se establece la posibilidad de modificación del contrato. Sin perjuicio de ello, los adjudicatarios del acuerdo marco podrán proponer al órgano de contratación la sustitución de los bienes adjudicados por otros que incorporen avances o innovaciones tecnológicas que mejoren las prestaciones o características de los adjudicados, siempre que su precio no incremente en más del 10% el inicial de adjudicación, salvo que el pliego de cláusulas administrativas particulares, hubiese establecido otro límite.
Además, El órgano de contratación, por propia iniciativa y con la conformidad del suministrador, o a instancia de este, podrá incluir nuevos bienes del tipo adjudicado o similares al mismo cuando concurran motivos de interés público o de nueva tecnología o configuración respecto de los adjudicados, cuya comercialización se haya iniciado con posterioridad a la fecha límite de presentación de ofertas, siempre que su precio no exceda del límite que se establece en el párrafo anterior.
O. POSIBILIDAD DE SUBCONTRATACIÓN
Obligación de aportación inicial. No procede en este caso.
Limitaciones subcontratación. No se establecen, pero en caso de realizarse, se deberá comunicar previamente a la Universidad, según lo establecido en el artículo 215.2 b) de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
P. SUBROGACIÓN
Q. RECURSO ESPECIAL: SI
R. FORMALIZACIÓN
SI X. Se procederá a la formalización del contrato de Acuerdo Marco, con cada una de las empresas que formen parte del mismo, de acuerdo con lo previsto en el artículo
153.3 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, para el caso de los contratos XXXX. No obstante, para los contratos derivados del mismo, será suficiente con la aceptación de la adjudicación o pedido en cada caso, por parte de la empresa adjudicataria. Art.
153.1 LCSP 9/2017.
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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CELEBRACIÓN DE ACUERDO MARCO DE SUMINISTROS DE REACTIVOS, MATERIAL FUNGIBLE Y PEQUEÑO EQUIPAMIENTO PARA LOS LABORATORIOS DE I+D+I Y DOCENCIA, EN EL ÁMBITO DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXXXA-LA MANCHA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO ORDINARIO. REF. SUAM201800016
1.3. PLAZO DE DURACIÓN DEL ACUERDO MARCO 14
1.4. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 15
2. NATURALEZA JURÍDICA Y RÉGIMEN JURÍDICO 15
3. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN, RESPONSABLE DEL CONTRATO Y PERFIL DEL CONTRATANTE 16
3.1. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN 16
3.2. RESPONSABLE DEL CONTRATO 16
3.3. PERFIL DEL CONTRATANTE 16
4.1. VALOR MÁXIMO ESTIMADO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO 17
5. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES Y DOCUMENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES 17
5.1. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES 17
5.2. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES 21
5.3. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES 22
B1) PRESENTACIÓN EN EL PROCEDIMENTO ABIERTO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA Y NO ARMONIZADA 24
B2) PRESENTACIÓN EN EL PROCEDIMENTO ABIERTO SIMPLIFICADO (ART. 159.1 LCSP) 25
B3) PRESENTACIÓN EN EL PROCEDIMENTO ABIERTO SÚPER SIMPLIFICADO (ART. 159.6 LCSP) 26
5.4. LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA 26
6. CRITERIOS DE VALORACIÓN 27
7. LA MESA DE CONTRATACIÓN 27
8. COMITÉ DE EXPERTOS 27
9. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN 27
9.1. APERTURA DE SOBRES 27
9.2. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN 28
9.3. REQUERIMIENTO AL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA MEJOR OFERTA 28
9.4 GARANTÍA DEFINITIVA 31
9.5 LA ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO MARCO 32
10. FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO MARCO 32
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10.1. FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO MARCO 33
10.2. PLAZO PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 33
11. EJECUCIÓN DEL ACUERDO XXXXX. ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS BASADOS Y MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 34
11.1. ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS. ADJUDICACIÓN 34
11.2. EJECUCIÓN DEL CONTRATO 35
11.3. MODIFICACIÓN 36
12. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 37
12.1. OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES, DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, PROTECCION DE DATOS Y PROPIEDAD INTELECTUAL 37
12.2. CUMPLIMIENTO DE PLAZOS 43
12.3. SECRETO PROFESIONAL 43
13. DERECHOS DEL CONTRATISTA: ABONO DE LOS TRABAJOS Y FACTURACIÓN 44
13.1. ABONO 44
13.2. FACTURACIÓN 45
14. PENALIDADES 45
14.1. APLICACIÓN DE PENALIDADES 45
14.2. FALTAS PENALIZABLES 45
14.3. CUANTÍA DE LAS PENALIDADES 47
15. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN 48
15.1. CESIÓN 48
15.2. SUBCONTRATACIÓN 49
16. EXTINCIÓN DEL CONTRATO 50
16.1 CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 50
16.2 PLAZO DE GARANTIA 51
16.3 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 51
17. PRERROGATIVAS Y JURISDICCIÓN 51
17.1 PRERROGATIVAS DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN 51
17.2 JURISDICCIÓN 52
ANEXO I. MODELO DE PROPOSICIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULA 53
ANEXO II: MODELO DE DECLARACIÓN DE EMPRESAS VINCULADAS 58
XXXXX XXX: MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE«««««««««««« ANEXO IV: INSTRUCCIONES CUMPLIMENTACIÓN DEUC««««««««««
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1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1. OBJETO Y LOTES
Es objeto de este Pliego el establecimiento de los pactos y condiciones definidores de los derechos y obligaciones que han de regir en sus aspectos jurídicos, administrativos y económicos en la celebración del presente acuerdo marco para la selección de suministradores, la fijación de precios y el establecimiento de aquellas bases que regirán los contratos derivados relativos al objeto previsto en el apartado B.1) del Cuadro de Características del Contrato ±en adelante, Cuadro de Características ±, conforme a lo establecido en los artículos 219 a 222 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP).
Las necesidades a satisfacer mediante el presente contrato son las que constan desarrolladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el apartado B.2) del Cuadro de Características.
Si el contrato está dividido en lotes, los licitadores podrán optar a un lote, a varios o a todos ellos y resultar adjudicatarios de uno, varios o todos ellos, salvo que se establezca un número máximo de lotes por licitador a efectos de participación y/o adjudicación, para lo que se estará a lo estipulado en el apartado B.4) del Cuadro de Características.
Respecto de las variantes, se estará a lo dispuesto en el apartado B.5) del Cuadro de Características.
1.2. CPV
El código CPV y NACE es el señalado en el apartado B.3) del Cuadro de Características adjunto al presente pliego.
1.3. PLAZO DE DURACIÓN DEL ACUERDO MARCO.
La duración del presente Acuerdo Xxxxx será la señalada en el apartado D.1) del Cuadro de Características.
El plazo de duración del contrato, así como los plazos parciales que, en su caso, pudieran establecerse, serán los fijados en el apartado D.2) del Cuadro de Características (o el que resulte de la adjudicación del contrato de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario), y comenzará a contar desde el día siguiente al de la formalización del contrato. Si bien el responsable del contrato podrá indicar la fecha exacta de inicio del mismo, debiendo quedar constancia de dicha circunstancia en el expediente.
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La duración de los contratos basados en un acuerdo marco será independiente de la duración del acuerdo marco, y se regirá por lo previsto en el artículo 29 de la LCSP, así como por los Cuadros de Características y pliegos reguladores del contrato en caso de nueva licitación. Solo podrán adjudicarse contratos basados en un acuerdo marco durante la vigencia del acuerdo marco, si bien su duración será independiente del Acuerdo Marco.
1.4. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se ejecutará en los Laboratorios e instalaciones de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha, en cada uno de los Campus de la misma, situados en las siguientes localidades:
Albacete, Almadén, Ciudad Real, Cuenca, Toledo y Xxxxxxxx de la Reina. A salvo de que se indique otro lugar en el apartado D.5) del Cuadro de Características.
2. NATURALEZA JURÍDICA Y RÉGIMEN JURÍDICO
Este contrato se regirá por el presente pliego, que constituye la ley del contrato, con fuerza vinculante para ambas partes, junto con el Pliego de Prescripciones Técnicas, y en lo no previsto en éstos será de aplicación la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP) y demás normativa aplicable.
El presente pliego, el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Cuadro de Características del contrato de que se trate, sus Anexos y demás documentos anexos revestirán carácter contractual.
Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la LCSP, por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (RD 817/2009); por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP), en todo lo que no se oponga o contradiga a la norma de carácter superior. La aplicación de estas normas se llevará a cabo en relación con todo lo que no haya resultado afectado por la disposición derogatoria de la LCSP.
Los Estatutos de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha, aprobados por el Claustro Universitario el 15 xx xxxxx de 2015 (DOCM de 24 de noviembre de 2015); la Resolución de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha de 4 xx xxxxx de 2016 (DOCM de 08.04.16), por la que se delegan competencias en diferentes materias y órganos de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha y demás disposiciones complementarias.
En todo caso, las normas legales y reglamentarias citadas anteriormente serán de aplicación en todo lo que no se oponga a la LCSP
En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de documentos contractuales, prevalecerá este pliego. Asimismo, tendrá carácter contractual la oferta técnica y económica que resulte adjudicataria del contrato y en su caso, el documento de formalización del contrato.
Rectorado
El desconocimiento de las cláusulas del contrato en cualquiera de sus términos, de los otros documentos contractuales que forman parte y de las instrucciones o de la normativa que resulten de aplicación en la ejecución de la cosa pactada, no exime al adjudicatario de la obligación de cumplirlas.
La contratación del suministro se adjudicará por el procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada y no armonizada (art.156 LCSP), por el procedimiento abierto simplificado (art.159 LCSP) o por el súper simplificado (art.159.6 LCSP), tal y como se indique en el Cuadro de Características.
3. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN, RESPONSABLE DEL CONTRATO Y PERFIL DEL CONTRATANTE
3.1. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El Órgano de Contratación de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha es el Gerente, de conformidad con lo dispuesto en la resolución de delegación de competencias del Rector de 4 xx xxxxx de 2016 (DOCM de 08.04.16)
Para la adjudicación del contrato, el órgano de contratación estará asistido por una Mesa de contratación, de acuerdo a lo establecido en el apartado 7 del presente Xxxxxx.
3.2. RESPONSABLE DEL CONTRATO
De conformidad con lo previsto en el artículo 62 LCSP, el Responsable del Contrato vendrá identificado en el apartado A.3) del Cuadro de Características. A éste le corresponderá ejercer de manera continuada y directa, la coordinación, supervisión, control y seguimiento del contrato y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada.
A estos efectos, durante la ejecución del contrato, el Responsable del Contrato podrá supervisar los suministros cuantas veces considere necesario y solicitar la información que estime oportuna para el correcto control del trabajo. Con dicha finalidad el Responsable del Contrato y sus colaboradores, tendrán libre acceso a los lugares donde se realice el contrato. El contratista, sin coste adicional alguno, facilitará a la Universidad asistencia profesional en las reuniones explicativas o de información, que ésta estime necesarias para el aprovechamiento de la prestación contratada.
El contratista aportará cuanta documentación y precisiones le sean requeridas por el Responsable del Contrato durante la ejecución del contrato. Cuando el contratista, o personas de él dependientes, incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, el Responsable del Contrato podrá exigir la adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado.
El contratista estará obligado a prestar su colaboración al responsable del contrato, para el normal cumplimiento de las obligaciones a éste encomendadas.
3.3. PERFIL DEL CONTRATANTE
Rectorado
El acceso al perfil de contratante del órgano de contratación se efectuará a través del enlace xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx/, el cual redireccionará a la Plataforma de Contratación del Sector Público, en él se publicará toda la información recogida en el artículo 63 LCSP.
3.4. PETICIONARIOS
En caso de que los peticionarios o beneficiarios de los contratos basados en el presente Acuerdo Marco no correspondan con el órgano de contratación vendrán identificados en el apartado A.6) del Cuadro de Características.
4. VALOR MÁXIMO ESTIMADO
4.1. VALOR MÁXIMO ESTIMADO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO
El valor máximo estimado, a los efectos del artículo 101 LCSP, es el que se señala en el apartado C.1) del Cuadro de Características.
El cálculo del valor estimado de un contrato está basado en el importe total, sin incluir el IVA. Para este cálculo se tendrá en cuenta el importe total estimado, incluida cualquier forma de opción eventual y las eventuales prórrogas del contrato, el importe de las modificaciones del contrato calculado sobre el importe del presupuesto de licitación y, en su caso, las primas o pagos a los candidatos o licitadores, así, como en su caso, el resto de aspectos señalados en dicho artículo.
Una vez suscrito el acuerdo marco, los órganos de contratación participantes, a fin de atender las obligaciones económicas que se deriven de los contratos derivados que se adjudiquen basados en aquél, deberán disponer de crédito adecuado y suficiente en las aplicaciones presupuestarias correspondientes, al momento de tramitar los mismos.
4.2. REVISIÓN DE PRECIOS
De preverlo así el apartado C.4) del Cuadro de Características existirá revisión de precios. En tal caso, se utilizará el índice o fórmula que figure en dicho apartado, todo ello de conformidad con los artículos 103 a 105 LCSP.
5. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES Y DOCUMENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
5.1. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES
1º) Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, individuales o agrupados en uniones temporales (art. 69 LCSP) que, tengan plena capacidad de obrar, y que no se encuentren en alguna de las prohibiciones de