Versión Pública, Art. 30. LAIP.
Versión Pública, Art. 30. LAIP.
, '* Se han suprimido datos personales.
NOSOTROS: Por una parte, XXXXX XXXXXXXX XXXXXX, del domicilio de la departamento de con Documento Único de Identidad Número con Número de identificación Tributarle
actuando en nombre y representación en mí calidad de Administrador Único Propietario y Representante Legal de la sociedad INMOBILIARIA MÉDICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse INMOMED, S.A. DE C.V.,
sociedad de nacionalidad : del domicilio de la ciudad y departamento con Número de Identificación Tributaria
sociedad que en el transcurso de este documento me denominaré “LA SOCIEDAD ARRENDANTE”; y, por otra parte, XXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX,
. del domicilio | departamento | con Documento Único de |
Identidad número de Identificación Tributaria | y Número |
actuando en nombre y representación del ESTADO Y GOBIERNO DE EL XXXXXXXX, EN EL RAMO DE OBRAS PÚBLICAS Y DE TRANSPORTE, en adelante ei ministerio o MOPT, en mi calidad de MINISTRO del referido ramo, con Número de Identificación Tributaria
que en el transcurso del presente documento me denominaré “EL ARRENDATARIO”; ambas partes en las calidades antes indicadas, convenimos en celebrar un CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL, en adelante “EL LOCAL", ei cual se regirá por las cláusulas y condiciones siguientes: I) DECLARACIONES PRELIMINARES: A) LA SOCIEDAD ARRENDANTE es dueña y actual poseedora de UN LOCAL COMERCIAL identificado como “L DOS - DOSCIENTOS SEIS” de un área total de CEINTO SESENTA Y TRES PUNTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, y el cual se
encuentra ubicado en el SEGUNDO NIVEL DE SOHO CASCADAS del Condominio Centro Comercial Las Cascadas, situado en la Intersección de la Calle El Pedregal, Avenida Xxxxxxxxx y Carretera Panamericana, jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad. B) Por su parte, EL ARRENDATARIO expresa su compromiso de tomar en arrendamiento el local antes descrito conforme a las especificaciones y características que más adelante se expresarán. II) OBJETO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO: En virtud del presente contrato, LA SOCIEDAD ARRENDANTE pondrá a disposición de EL ARRENDATARIO el local antes descrito, para el funcionamiento de una sucursal del VICEMINISTERIO DE TRANSPORTE cuya actividad es Exámenes teóricos y psicológicos para obtener la licencia de conducir; Adicionalmente, se instalará una mini agencia bancaria para uso exclusivo de los usuarios. EL ARRENDATARIO, local que LA SOCIEDAD ARRENDANTE entregará a EL ARRENDATARIO en óptimas condiciones de uso. Las mejoras y remodelacíones, así como adecuaciones eléctricas y/o telefónicas al local objeto de arrendamiento, serán por cuenta y a cargo de EL ARRENDATARIO. LA SOCIEDAD ARRENDANTE proporcionará a EL ARRENDATARIO dos tarjetas magnéticas para el acceso al área de estacionamiento. EL ARRENDATARIO de requerir tarjeta adicional, tendrán un costo fijo mensual, en base a las tarifas xxx xxxxxxx. Las partes reconocen y aceptan que la obra civil, eléctrica e hidráulica, así como ¡os muebles fijos, quedarán al final del plazo del contrato de arrendamiento a favor de LA SOCIEDAD ARRENDANTE, sin que ésta deba reconocer valor alguno, salvo aquéllas que puedan ser
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removidas sin causar daños a la infraestructura del inmueble y que hayan sido instalados por EL ARRENDATARIO. LA SOCIEDAD ARRENDANTE ha entregado a EL ARRENDATARIO el local en perfecto estado, y esta última lo recibirá a su entera satisfacción haciendo constar esta circunstancia en acta de entrega que firmarán ambas partes y que formará parte integrante de este contrato, y constituirá ANEXO del mismo. El local contará con: Piso de porcelanato; vitrina con xxxxxxx xx xxxxxx; un baño con paredes enchapadas a la altura de un metro veinte centímetros, equipado con un lavamano e inodoro y una poceta; adicionalmente cuenta con un Tablero Eléctrico con una capacidad de CIENTO VEINTICINCO AMPERIOS, monofásico CIENTO VEINTE/DOSCiENTOS OCHO VOLTIOS; Pintura en paredes y en techo de calidad y color proporcionado por EL ARRENDATARIO y aprobado por LA SOCIEDAD ARRENDANTE, adicionalmente. EL ARRENDATARIO deberá comprar su propio equipo de aire acondicionado, así como deberá realizar su propio diseño de distribución rejillas para el aire acondicionado de acuerdo a su necesidad. Así mismo EL ARRENDATARIO contará con acometida para agua potable y electricidad, a fin que EL ARRENDATARIO efectúe los trámites respectivos para la instalación de los servicios de energía eléctrica y agua potable, según corresponda. El servicio de conexión del servicio de internet y red telefónica correrá por cuenta de EL ARRENDATARIO. EL ARRENDATARIO autoriza expresamente por este medio, que en caso de terminación de este contrato por cualquier motivo o causa, pueda LA SOCIEDAD ARRENDANTE a su discreción, solicitar a su favor ante ¡as autoridades e instituciones respectivas, el traspaso de las cuentas respectivas por el suministro de agua potable y energía eléctrica del local objeto de arrendamiento y registradas a nombre de EL ARRENDATARIO. Queda en el entendido, que EL ARRENDATARIO asume por este medio, el saldo deudor pendiente de pago en concepto de consumo de tales servicios, hasta la fecha desocupación del local, a consecuencia de la finalización del presente contrato, por cualquier causa o motivo. III) DESTINO DEL INMUEBLE ARRENDADO: El local objeto de arrendamiento identificado como “ML DOS - DOSCIENTOS SEIS”, será utilizado exclusivamente por EL ARRENDATARIO para el funcionamiento de una sucursal del VICEMINISTERIO DE TRANSPORTE cuya actividad es Exámenes teóricos y psicológicos para obtener la iicencia de conducir. Adicionalmente, se instalará una mini agencia bancaria para uso exclusivo de los usuarios EL ARRENDATARIO. El nombre del establecimiento y las actividades detalladas no podrán ser modificados sin previo permiso por escrito de LA SOCIEDAD ARRENDANTE. IV) PLAZO DE ARRENDAMIENTO DEL LOCAL: El plazo de arrendamiento será de UN AÑO contado a partir de día UNO DE ENERO DE DOS MIL VEINTE el cual vencerá el día TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.
Dicho plazo se prorrogará automáticamente con el simple xxxxx xx xxxxxx que deberá remitir EL ARRENDATARIO a la SOCIEDAD ARRENDANTE con SESENTA DÍAS previo a! vencimiento del plazo, expresando su intención de continuar arrendando. Es acordado expresamente por las partes que, al finalizar el plazo del contrato o sus prórrogas y de haber renovación a! mismo, habrá un incremento al canon de arrendamiento del CUATRO POR CIENTO anual. Una vez finalizado el plazo del presente contrato, si EL ARRENDATARIO no desocupa el local arrendado dentro de los TREINTA días contados a partir de fecha de terminación normal del arrendamiento y no se formaliza el nuevo contrato, EL ARRENDATARIO pagará a LA SOCIEDAD ARRENDANTE un recargo de DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA más el Impuesto a la Transferencia de bienes muebles y a la prestación
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de servidos (IVA) por cada día que permanezca en el local objeto de arrendamiento sin contar con un contrato vigente. De iniciar el contrato en fecha diferente del primer día dei mes, se prorrateará el canon de arrendamiento para ese mes. Es entendido que cada mes comenzado se tendrá como mes vencido. La xxxx en el pago de los cánones de arrendamiento obligará a EL ARRENDATARIO al pago de intereses moratorios de! CINCO POR CIENTO mensual sobre la suma debida, sin perjuicio de los demás efectos de la xxxx. V) PRECIO DE ARRENDAMIENTO, MANTENIMIENTO Y SU FORMA DE PAGO. Ei
precio total del arrendamiento y mantenimiento del local será de CINCUENTA Y CINCO MIL VEINTE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, más el Impuesto o la Transferencia de B/enes Mueb/es y a la Prestación de Servidos (IVA)(USD$ 55,020.00 + IVA), pagadero mediante DOCE cuotas mensuales, fijas y sucesivas de CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA más el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA)(USD
$4,585.00 + IVA) cada una, a razón de VEINTIOCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA MÁS
IVA por metro cuadrado. El pago del canon de arrendamiento se realizará de forma mensual, dentro de los primeros QUINCE DÍAS de cada uno de los meses comprendidos dentro del plazo, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América más e! Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), por medio de cheque a nombre de la sociedad INMOMED, S.A DE C.V., o bien mediante depósito en cuenta bancaria que designará LA SOCIEDAD ARRENDANTE. Las cuotas de arrendamiento antes detalladas, incluyen las cuotas mensuales de administración y mantenimiento de las áreas comunes. La cuota de administración y mantenimiento comprenderá el servicio de seguridad, jardinería, iluminación, mantenimiento y limpieza de las áreas comunes. La cuota de mantenimiento del Condominio y cualquier otra cuota que determine la Administración del Centro Comercial será determinada por metro cuadrado por la Administración y será pagadera dentro de los primeros QUINCE DÍAS de cada uno de los meses comprendidos dentro del plazo del contrato. Las cuotas de mantenimiento se establecen por un período de tiempo de UN AÑO y pueden variar de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Administración vigente del Centro Comercial Hipermall Las Cascadas. Las variaciones en la cuota antes dicha deberán ser notificada por escrito a EL ARRENDATARIO, previo a ser efectuadas. El costo por la conexión a la planta de emergencia y su mantenimiento, no está incluido dentro de! canon de arrendamiento mensual, cuyo pago será en un cien por ciento a cargo de EL ARRENDATARIO. VI) PAGO DE PRIMER CANON DE ARRENDAMIENTO Y
PRIMERA CUOTA DE MANTENIMIENTO. EL ARRENDATARIO pagará dentro de los primeros quince días del mes de enero del año dos mil veinte a LA SOCIEDAD ARRENDANTE la cantidad de CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA más el Impuesto a ¡a
Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA (USD $ 4,585.00 más IVA)), en concepto de pago de la primera cuota de arrendamiento y primera cuota de mantenimiento de EL LOCAL objeto del presente contrato. Vil) XXXX. La xxxx en el pago por parte de EL ARRENDATARIO de DOS cuotas mensuales antes relacionadas, ocasionará el pago de intereses moratorios del CINCO POR CIENTO mensual, adicional a. la cuota de recargo, y a partir de una segunda cuota mensual será causal de caducidad del plazo y producirá la terminación total del contrato de arrendamiento, debiendo desalojar el área objeto de arrendamiento, con la solicitud de desocupación que haga LA
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SOCIEDAD ARRENDANTE, sin necesidad de trámite administrativo o judicial alguno. La totalidad de las cuotas pendientes de pago por todo e! plazo que faltara para concluir el contrato durante el plazo forzoso, serán exigibies inmediatamente en su totalidad, tal cual fuese de plazo vencido. Las cuotas en xxxx devengarán un CINCO por ciento mensual de interés moratorio, mientras dure la xxxx. VIII) OBLIGACIONES. EL ARRENDATARIO se obliga a: a) Mantener el local objeto de arrendamiento en buen estado, siendo responsable de todos los daños causados al objeto arrendado por descuido, negligencia e imprudencia, pero no será responsable del deterioro sufrido en éste por el transcurso del tiempo y por el uso normal y adecuado que de los mismos haga, b) No sub-arrendar el local objeto del Arrendamiento, ni a ceder los derechos derivados de este contrato sin previo consentimiento expreso de LA SOCIEDAD ARRENDANTE; c) No hacerle modificaciones ni adecuaciones de ninguna especie al local objeto de arrendamiento sin el previo permiso por escrito de LA SOCIEDAD ARRENDANTE, las mejoras realizadas quedarán a beneficio exclusivo del inmueble, siempre que no fuesen desmontables, sin que tenga que pagar cantidad alguna por tal concepto a LA SOCIEDAD ARRENDANTE. Se compromete EL ARRENDATARIO a dejar el local en buen estado de funcionamiento, con la excepción de los deterioros sufridos por el transcurso del tiempo y las mejoras previamente acordadas. Los permisos gubernamentales y municipales, tasas e impuestos por las modificaciones y adecuaciones a realizarse correrán por cuenta de EL ARRENDATARIO, d) Desalojar el local objeto de arrendamiento a! vencimiento del plazo o por terminación del contrato por xxxx, previa obtención de la solvencia emitida por LA SOCIEDAD ARRENDANTE en la cual se autorice el desalojo. En caso contrario, la administración de! Centro Comercial no permitirá el desalojo de los bienes muebles que se encuentren en el local arrendado, e) No almacenar en el loca! objeto de arrendamiento, materiales o productos corrosivos, explosivos, inflamables o pestilentes, que no sean aquellos destinados para venta al público, ni armas, ni drogas de ninguna especie; f) Realizar las reparaciones locativas del local objeto del arrendamiento y a mantenerlos en buen estado; g) Cancelar los servidos de agua, energía eléctrica, teléfono, servicios de datos e internet, aire acondicionado, entre otros que EL ARRENDATARIO contrate, prestados en el local objeto de arrendamiento, los que deberá verificar puntualmente en las fechas requeridas por las compañías suministrantes, así como a cancelar las tasas e impuestos que resulten de la realización de las actividades de EL ARRENDATARIO dentro del servicio que se preste, tales como recolección de basura, y rótulos, entre otras. Es entendido que cuando se dé por terminado el presente contrato, por cualquier causa que fuera, EL ARRENDATARIO dejará cancelados todos los pagos por servicios, tasas e impuestos que le corresponden de acuerdo a la actividad comercial o de servicio que preste; h) Colocar en el local objeto de arrendamiento un rótulo con el nombre del servicio que se preste en el mismo, el cual deberá ser aprobado por escrito por LA SOCIEDAD ARRENDANTE. Sin embargo, no podrá colocar ningún rótulo, propaganda o papeles fuera del local arrendado, sin previo permiso por escrito de LA SOCIEDAD ARRENDANTE; y conforme las disposiciones del reglamento de administración del condominio y la administración del mismo, i) EL ARRENDATARIO no podrá transferir la explotación del negocio establecido en el área objeto de arrendamiento a terceras personas, sin previa notificación y autorización por escrito de LA SOCIEDAD ARRENDANTE; j) EL ARRENDATARIO no podrá obstruir ni utilizar para sus actividades comerciales los pasillos, accesos, aceras, escaleras ni
estacionamiento del Centro Comercial sin previa autorización por escrito de ia administración del condominio; k) EL ARRENDATARIO no podrá, bajo ningún medio, afectar la reputación del Centro Comercial; I) Respetar el horario y forma establecida por la Administración del Centro Comercial para que EL ARRENDATARIO ingrese y desaloje en el loca! objeto de arrendamiento; mobiliario, equipo y cualquier otro artículo de su propiedad. Para ello, LA SOCIEDAD ARRENDANTE buscará los horarios o mecanismos que no afecten ios servicios que preste EL ARRENDATARIO, m) Dar el mantenimiento, reparaciones y cuidado necesario de vitrinas, ventanas, vidrios, puertas exteriores y equipos que forman parte de! inmueble arrendado; n) EL ARRENDATARIO proporcionará a la Administración del Condominio, el horario de atención al público y reportará cualquier cambio ai mismo, sea éste temporal o permanente, o) EL ARRENDATARIO se obliga a contratar una póliza de seguro de todo riesgo de equipo electrónico y una póliza de todo riesgo incendio condiciones particulares, todo riesgo de pérdida o daño físicos directos que sufra toda propiedad del asegurado o los bienes que encuentren bajo su custodia o consignación (aunque no se haya detallado específicamente) o por las que pueda ser considerado responsable mientras se encuentre en las diferentes ubicaciones del Ministerio de Obras Públicas, en cualquier parte del territorio de la República de El Xxxxxxxx y/o en los proyectos donde se encuentren trabajando, incluyendo los riesgos de terremoto, temblor o erupción volcánica; huracán, ciclón, vientos tempestuosos y granizo, huelgas, paros, motines, tumultos y alborotos populares, actos maliciosos o vandálicos. EL ARRENDATARIO deberá cumplir con las disposiciones del Régimen de Condominio y el Reglamento de Administración vigente en lo relativo al tema de los seguros. Es obligación de EL ARRENDATARIO mantener vigente el seguro antes indicado durante el plazo del contrato, para lo cual esta última se obliga a proporcionar una copia de la póliza de seguro respectiva a LA SOCIEDAD ARRENDANTE a más tardar dentro de los siete días siguientes a la contratación del seguro y/o cualquiera de sus renovaciones; p) EL ARRENDATARIO deberá contar con un SISTEMA CONTRA INCENDIOS en el área objeto de arrendamiento, de ser requerido por las autoridades o instituciones gubernamentales, siendo por cuenta y a cargo de ésta, los costos o gastos para la compra, instalación y mantenimiento de dicho sistema, según el decreto doscientos cincuenta y cuatro de seguridad y salud ocupacional; q) Cumplir con las todas las normas de seguridad ocupaciona! establecidas en la legislación Salvadoreña y cumplir con todas las disposiciones o manuales emitidos por el Cuerpo de Bomberos de El Xxxxxxxx, así como con cualquier otra ley, reglamento, decreto o disposición estatal o municipal vigente aplicable al centro de trabajo en el área objeto de arrendamiento. Para verificar ei cumplimiento de lo antes expuesto, LA SOCIEDAD ARRENDANTE podrá realizar visitas, inspecciones en el local objeto de arrendamiento, cuando ésta lo estime conveniente, con previo aviso a EL ARRENDATARIO de VEINTICUATRO HORAS; r) Fumigar el local objeto de arrendamiento de forma continua, s) EL ARRENDATARIO se obliga especialmente que, al momento de ia entrega del Local objeto del presente contrato, éste cerrara la puerta de acceso que divide el local objeto de este contrato con el local L DOS-DOSCIENTOS CINCO, utilizando los materiales y acabados a entera satisfacción de LA SOCIEDAD ARRENDANTE. IX) TERMINACIÓN DEL CONTRATO: Son causales de terminación del presente contrato, las siguientes: La xxxx en el pago de DOS de las cuotas de arrendamiento estipuladas, así como el incumplimiento de parte de EL ARRENDATARIO de las
obligaciones y/o trasgresión de las prohibiciones consignadas en este contrato, hará caducar el plazo del mismo y dará derecho a LA SOCIEDAD ARRENDANTE a darlo por terminado y a exigir ia inmediata desocupación del área objeto de arrendamiento, quedando obligada EL ARRENDATARIO a pagar a LA SOCIEDAD ARRENDANTE los cánones correspondientes a la fecha efectiva de desocupación del loca!. CLÁUSULAS ESPECIALES: En caso de terminación anticipada del contrato, EL ARRENDATARIO acepta que se constituirá una vez notificada la terminación contractual, en injusto e ilegítimo detentador del local objeto de arrendamiento, con las consecuencias legales y las siguientes: a) EL ARRENDATARIO quedará obligado a cerrar el área objeto de arrendamiento y a la desocupación de la misma, expirado el término de TREINTA DÍAS de haber sido notificada la terminación anticipada. En caso de incumplimiento, LA SOCIEDAD ARRENDANTE podrá hacer ejecutar estas obligaciones por la vía judicial:
b) EL ARRENDATARIO pagará a LA SOCIEDAD ARRENDANTE una penalización de DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA diarios contados a partir del vencimiento del plazo de los TREINTA DÍAS y hasta la efectiva desocupación del local objeto de arrendamiento: c) EL ARRENDATARIO además, se obliga al pago de los daños y perjuicios que su retardo en el cumplimiento de la desocupación del área objeto de arrendamiento, causaren a LA SOCIEDAD ARRENDANTE, incluyendo lucro cesante, daño emergente, pérdida de oportunidad de negocio, y los honorarios y costos en que incurriere en hacer valer sus derechos bajo la presente cláusula; d) EL ARRENDATARIO reconoce además que LA SOCIEDAD ARRENDANTE, al proceder conforme a esta cláusula, lo haría en ejercicio de un derecho legítimo originado contractualmente, y por lo tanto, salvo culpa o dolo en el ejercicio del mismo, LA SOCIEDAD ARRENDANTE no incurrirá en responsabilidad alguna frente a EL ARRENDATARIO; e) LA SOCIEDAD ARRENDANTE podrá dar por terminado el presente contrato durante el plazo original o sus prórrogas, notificando su deseo por escrito a EL ARRENDATARIO, por lo menos con SESENTA DIAS de anticipación en el local arrendado, por incumplimiento de cualquiera de las cláusulas establecidas en el presente contrato o por xxxx en DOS cuotas de arrendamiento y/o mantenimiento. Igualmente, EL ARRENDATARIO podrá dar por terminado el mismo por cualquier causa en cualquier momento, dando aviso a LA SOCIEDAD ARRENDANTE con SESENTA DÍAS de anticipación, su voluntad de darlo por terminado anticipadamente. En este caso EL ARRENDATARIO pagará, en concepto de penalidad por terminación anticipada, el equivalente a DOS cuotas de arrendamiento adicional a las canceladas hasta el momento de la terminación anticipada; y X) DAÑOS Y PÉRDIDAS. LA SOCIEDAD ARRENDANTE no tendrá ninguna responsabilidad por daños o pérdidas que por cualquier causa sufra EL ARRENDATARIO, sus usuarios, representantes, auxiliares o empleados, ni aún en casos como huelgas, cierres y otros disturbios laborales, conmoción civil, caso fortuito o fuerza mayor, robos, fechorías, interrupción de los servicios de energía eléctrica y cambios de voltaje de éstos, pérdidas o daños a la propiedad, inundaciones o cualquier otra clase de fenómeno natural, ni por roturas de cañerías o tuberías u otros que no pudieran preverse o evitarse. EL ARRENDATARIO estará obligada a obtener y mantener vigente seguro contra daños o líneas afines sobre ios bienes muebles y mejoras que existan en el local objeto de arrendamiento. XI) El término "EL ARRENDATARIO", usado en este contrato comprenderá a éste, sus representantes, auxiliares y empleados. Por lo tanto, todos los actos y hechos que realicen dichas personas dentro de los locales objeto del presente contrato, en contravención a
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las cláusulas estipuladas en este contrato, se considerarán realizadas por la propia Arrendataria. XII) SUSPENSIÓN DEL CONTRATO: Ambas partes convienen que en el eventual supuesto de que el local objeto de arrendamiento, así como este mismo, se incendiara o en cualquier otra forma fuese destruido totalmente o se perdieran por cualquier razón, o cuando el loca! objeto de arrendamiento necesiten reparaciones indispensables para mantener su estado de uso o de seguridad, el contrato de arrendamiento no se dará por terminado, sino que el local objeto arrendamiento, deberá ser reconstruidos con el producto de las indemnizaciones que para ese propósito paguen las correspondientes aseguradoras y con los alcances determinados en los seguros respectivos. Asimismo, ambas partes convienen que durante el tiempo en que el local objeto de arrendamiento esté desocupado por causa de la reconstrucción, EL ARRENDATARIO no pagará ninguno de las cánones de arrendamiento mensuales [salvo que la causa del siniestro haya sido originada o provocada de acciones u omisiones de esta última), quedando a ia vez suspendidas la obligaciones de LA SOCIEDAD ARRENDANTE, en el entendido que el plazo del contrato se suspenderá durante todo el tiempo que dure la reconstrucción, y ese lapso no será tomando en cuenta para efectos dei cómputo del plazo.
XIII) CONDICIONES MÍNIMAS DE LOS SERVICIOS: EL ARRENDATARIO se obliga, durante la vigencia de este contrato: a) A mantener abierto al público el local objeto de arrendamiento durante los días y horas normales para esa clase de servicios. En todo caso, los horarios de operación de los servicios instalados en el área objeto de arrendamiento, deberá estar de conformidad a ios establecidos por la administración del Condominio y de acuerdo a las disposiciones y Reglamento de Administración del Centro Comercial, el cual será de Lunes a Sábado de las ocho a.m„ a las dieciséis horas sin cerrar al mediodía; y b) En caso de circunstancias que obligaran el cierre parcial o temporal del Condominio, a reanudar los servicios instalados en el local objeto de arrendamiento en un plazo no mayor de cuarenta y ocho horas contados a partir de la notificación de LA SOCIEDAD ARRENDANTE de reapertura. XIV) PAGO DE TASAS Y SERVICIOS: Queda en el entendido por las partes, que será por cuenta de EL ARRENDATARIO, el pago de las tasas municipales tales como: disposición de los desechos, recolección de basura y alumbrado público, así como por rótulo, en este último caso, previo cumplimiento de los procedimientos establecidos en el Reglamento de Administración vigente, Manual de Llneamlentos Generales para la Imagen del Centro Comercial Las Cascadas, Manual de Señalización y Rotulación para Centro Comercial Las Cascadas, y demás normativas legales pertinentes para la instalación de rótulos. EL ARRENDATARIO se obliga al pago de los servicios con que cuente el área objeto de arrendamiento, tales como: energía eléctrica, agua y demás servicios que pueda contratar ésta a nombre propio para el desempeño normal de sus operaciones. XV) CUMPLIMIENTO DE LA TÉCNICAS DE VISUAL MERCHANDISING, Y DE LOS LINEAMIENTOS DE ROTULACIÓN DEL CONDOMINIO CENTRO COMERCIAL HIPERMALL LAS CASCADAS. EL ARRENDATARIO se obliga a informarse, cumplir y ejecutar estrictamente con todos los lineamientos, técnicas, estrategias, requisitos, procedimientos y programas establecidos y definidos por la Administración del Condominio en el “MANUAL DE VISUAL MERCHANDISING", para la exhibición o comercialización de los productos y/o servicios prestados en dicho Local. El MANUAL ADMINISTRATIVO, constituirá ANEXO y formará parte integrante del presente contrato. Asimismo, EL ARRENDATARIO deberá proceder a la señalización de sus
oficinas, así como para la exhibición de cualquier rótulo a instalar en el local objeto de arrendamiento, de acuerdo con los lineamientos de la Administración del Condominio y el MANUAL DE ROTULACIÓN, el cual constituirá ANEXO del presente contrato. En caso de contravención por parte de EL ARRENDATARIO a la presente cláusula, ésta estará sujeta a una penalidad de DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, por cada día que subsista el estado de incumplimiento, sin perjuicio de LA SOCIEDAD ARRENDANTE de dar por terminado de forma anticipada, inmediata y sin responsabilidad alguna, el presente contrato de arrendamiento. XVI) RÉGIMEN DE CONDOMINIO: EL ARRENDATARIO conoce y acepta que: a) El Sector en donde se ubica el área objeto de arrendamiento está sometida al régimen de la Ley de Propiedad Inmobiliaria por Pisos y Apartamentos de El Xxxxxxxx;
b) Las partes aceptan que la cuota de mantenimiento del Condominio y cualquier otra cuota definida en el Reglamento de Administración del condominio, pueden ser modificadas o estipuladas de acuerdo al procedimiento establecido en el mismo, c) La rotulación y decoración de la fachada del local objeto de arrendamiento será regulada por la Administración Condominio o por el órgano que ella designe. XVII) REGLAMENTO DE ADMINISTRACION DEL CENTRO COMERCIAL: Ambas partes contratantes en este acto, aceptan todas y cada una de las normas contenidas en el Reglamento de Administración del Centro Comercial el cual sea agrega como ANEXO al presente contrato debidamente firmado por las Partes; obligándose a cumplir con tales normas a cabalidad durante todo el plazo de este contrato o cualquiera de sus prorrogas. XVIII) APROBACIÓN DE PLANOS. A partir de la firma del presente contrato, EL ARRENDATARIO cuenta con quince días calendario para presentar planos y quince días calendario para aprobación de LA SOCIEDAD ARRENDANTE los siguientes juegos planos completos: arquitectónicos, hidráulicos, eléctricos, de seguridad y salud ocupacional, los cuales serán ANEXO del presente contrato. XIX) DOMICILIO ESPECIAL Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS CONTRACTUALES: Para todos los efectos de este contrato, las partes señalan como domicilio el de la ciudad y departamento de San Xxxxxxxx, República de El Xxxxxxxx. Asimismo, toda controversia que surja con motivo de la aplicación, interpretación o cumplimiento del presente contrato, ambas partes se someten a la competencia de los tribunales comunes del Municipio y Departamento de San Xxxxxxxx, República de El Xxxxxxxx. Además, serán por cuenta de EL ARRENDATARIO todas las costas procesales y demás gastos en que incurriere LA ARRENDANTE en caso de acción judicial o gestión que realice para la recuperación de lo que se le debe. XX) CESIÓN: Por medio de la presente cláusula las partes acuerdan que en cualquier momento durante la vigencia del presente contrato, LA SOCIEDAD ARRENDANTE podrá ceder a cualquier persona natural o jurídica que ella designe, los derechos y obligaciones que en la calidad de Arrendante se le confieren en virtud de éste instrumento, sin necesidad de autorización previa por parte de EL ARRENDATARIO, a quien solamente se le notificará de dicha cesión, para efectos de saber a quién deberá efectuar los pagos de los cánones de arrendamiento a partir del mes calendario siguiente a la notificación. En este caso, el presente contrato continuará vigente con el adquirente en los mismos términos pactados. XXI) SEPARABILIDAD DE CLÁUSULAS CONTRACTUALES: Si alguna de las cláusulas, estipulaciones o condiciones de este contrato es invalidada o dejase de tener vigencia, tal circunstancia no invalidará el resto del contrato, sino que se considerará como no incluida la cláusula o estipulación invalidada. XXII) CONFIDENCIALIDAD: Las
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partes otorgan la presente cláusula en el sentido que, este contrato estará sujeto a la aplicabilidad de la Ley de Acceso a la Información Pública, en cuanto a la información confidencial y Datos personales de las partes contratantes. XXIII) NOTIFICACIONES: Cualquier notificación que cada una de las partes deba hacer a la otra relacionada a este contrato deberá ser enviada por escrito, mediante entrega personal o por correo certificado con aviso de recepción, a las siguientes direcciones: PARA“LA SOCIEDAD ARRENDANTE”: < jurisdicción de , Departamento al correo electrónico siguiente: ¡ PARA “EL ARRENDATARIO" Oficinas administrativas del Viceminísterio de Transporte,
al correo electrónico siguiente:
departamento de Las partes tendrán el derecho
de cambiar de dirección para recibir notificaciones con a! menos CINCO DÍAS DE ANTICIPACIÓN a la
otra parte, pero siempre deberán señalar un lugar dentro de la República de El Xxxxxxxx. Las notificaciones se considerarán válidas cuando sean hechas conforme lo que se Indica en esta cláusula.
XXIV) ACUERDO TOTAL DE LAS PARTES: El texto del contrato es la expresión de voluntad de las partes. Las partes declaran expresamente que el texto del presente documento y anexos que integran el contrato es la única manifestación de la libre voluntad de ambas partes con relación a la materia aquí contenida, emitida sin ninguna clase de error, engaño o presión indebida. En señal de conformidad, ambas partes firmamos el presente contrato en dos ejemplares de igual tenor literal, en la ciudad Antiguo Cuscatlán, departamento de La libertad, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.
En la ciudad Antiguo Cuscatlán, departamento de La libertad, a las trece horas y treinta minutos del día diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve. Ante mí, XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX ,
Notario, del domicilio de
XXXXX XXXXXXXX XXXXXX, de
departamento comparece por una parte
, del domicilio de la ciudad
de : departamento persona a quien no conozco pero identifico por
medio de su Documento Único de Identidad Número Número de Identificación Tributaria
con
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actuando en nombre y representación en su calidad de Administrador Único Propietario y Representante Legal de ¡a sociedad INMOBILIARIA MÉDICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse INMOMED, S.A. DE C.V., sociedad de nacionalidad salvadoreña, del < de la ciudad y departamento , con Número de Identificación Tributaria
sociedad que en el transcurso de este documento se denominaré “LA SOCIEDAD ARRENDANTE”; personería que DOY FE de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista el Testimonio de Escritura Pública de constitución de la sociedad INMOBILIARIA MÉDICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, otorgada en la ciudad de San
Xxxxxxxx, a las diecisiete horas del día veintisiete xx xxxxx del año dos mil quince, ante los oficios notariales de Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, e inscrita en el Registro de Comercio bajo el número del Libro dei Registro de Sociedades, el día seis xx xxxx de dos mil quince, de la cual consta; Que su naturaleza, denominación y domicilio son los expresados; que el plazo de ia sociedad es por tiempo indeterminado a partir de la inscripción de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio; que dentro de su finalidad social está el de otorgar actos como el presente; que la representación legal, judicial y extrajudicial y el uso de la firma social será ejercido por un Administrador Xxxxx, quien durará en sus funciones siete años, pudiendo ser reelectos. Que tal y como consta en la cláusula VIGÉSIMO NOVENO dei instrumento antes relacionado, se acordó que la administración de la Sociedad será de SIETE AÑOS, y estará a cargo de un Administrador Único Propietario y su respectivo suplente, y que según consta se eligió al compareciente XXXXX XXXXXXXX XXXXXX como Administrador Único Propietario para dicho cargo por el periodo antes mencionado, por lo cual la compareciente se encuentra plenamente facultado para otorgar actos como el presente; y por otra parte, XXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, de
del domicilio de la ciudad y departamento persona a quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad número
Número de Identificación Tributaria
; actuando en nombre y representación del ESTADO Y GOBIERNO DE EL XXXXXXXX, EN ÉL RAMO DE OBRAS PÚBLICAS Y DE
TRANSPORTE, en mi calidad de MINISTRO del referido ramo, con Número de Identificación Tributaria
; que en el transcurso del presente documento me denominaré “EL ARRENDATARIO”; personería que DOY FE de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista la documentación siguiente: a) La certificación del ejemplar del Diario Oficial número CIENTO UNO, Tomo número CUATROCIENTOS VEINTITRÉS de fecha dos xx xxxxx de dos mil diecinueve, que contiene el Decreto Ejecutivo número UNO de fecha dos xx xxxxx de dos mii diecinueve, mediante el cual se decretaron REFORMAS AL REGLAMENTO INTERNO DEL ÓRGANO EJECUTIVO emitido mediante el Decreto número VEINTICUATRO de fecha dieciocho xx xxxxx de mil novecientos ochenta y nueve, publicado en el Diario Oficial número SETENTA, Tomo TRESCIENTOS TRES de esa misma fecha; en el que consta que el Consejo de Ministros, en uso de sus facultades constitucionales, decretó el REGLAMENTO INTERNO DEL ÓRGANO EJECUTIVO. El referido decreto de reformas establece que, según los artículos veintiocho numeral once y diecinueve de sus Disposiciones
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Finales, el ministerio que represento, se denomina MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y DE TRANSPORTE)!
lo que cuando en los decretos, leyes y reglamentos se haga referencia al Ministerio de Obras PúblicdsU Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, deberá entenderse que se refiere al MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y DE TRANSPORTE y que la vigencia de dichas reformas, es a partir de la fecha de su publicación, b) La certificación del ejemplar del Diario Oficia! número CIENTO UNO, Tomo número CUATROCIENTOS VEINTITRÉS de fecha dos xx xxxxx de dos mil diecinueve, que contiene el Acuerdo Ejecutivo número SIETE de fecha dos xx xxxxx de dos mil diecinueve, mediante el cual el señor Presidente de la República Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, en uso de sus facultades constitucionales establecidas en los artículos ciento cincuenta y nueve y ciento sesenta y dos de la Constitución de la República de El Xxxxxxxx y al artículo veintiocho del Reglamento Interno de! Órgano Ejecutivo, acordó a partir de esa fecha, mi nombramiento en el cargo de MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y DE TRANSPORTE; y cj La Certificación del Acta de Juramentación de Funcionarios Públicos que lleva la Presidencia de la República en el libro respectivo, extendida el día siete xx xxxxx de dos mil diecinueve, por el licenciado Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, en su calidad de Secretario Jurídico de la Presidencia de ia República; en la que consta que el día dos xx xxxxx de dos mil diecinueve, rindió la correspondiente protesta constitucional ante el señor Presidente de la República; y, en las calidades antes expresadas, ME DICEN: Que con el objeto de darle valor de instrumento público, me presentan en documento privado un CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL, que me manifiestan han suscrito en esta misma ciudad y fecha, el cual literalmente dice: ””NOSOTROS: Por una parte, XXXXX XXXXXXXX XXXXXX . del domicilio de la ciudad departamento
con Documento Único de Identidad Número
con Número de Identificación Tributaria <
actuando en nombre y representación en mi calidad de Administrador Único Propietario y Representante Lega! de la sociedad INMOBILIARIA MÉDICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse INMOMED, S.A. DE C.V., sociedad de nacionalidad del domicilio de la ciudad y departamentc con Número de Identificación Tributaria <
sociedad que en el transcurso de este documento me denominaré “LA SOCIEDAD ARRENDANTE"; y, por otra parte, XXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, , . , del domicilio de la ciudad y departamento con Documento Único de Identidad número L .
y Número de identificación Tributaria
. actuando en nombre y
representación del ESTADO Y GOBIERNO DE EL XXXXXXXX, EN EL RAMO DE OBRAS PÚBLICAS Y DE
TRANSPORTE, en adelante el ministerio o MOPT, en mi calidad de MINISTRO del referido ramo, con Número de Identificación Tributaria
que en el transcurso del presente documento me denominaré “EL ARRENDATARIO”; ambas partes
en las calidades antes indicadas, convenimos en celebrar un CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL, en adelante “EL LOCAL”, el cual se regirá por las cláusulas y condiciones siguientes: I) DECLARACIONES PRELIMINARES: A) LA SOCIEDAD ARRENDANTE es dueña y actual poseedora de UN
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LOCAL COMERCIAL identificado como “L DOS - DOSCIENTOS SEIS" de un área total de CEINTO SESENTA Y TRES PUNTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, y el cual se encuentra ubicado en el SEGUNDO NIVEL DE SOHO CASCADAS del Condominio Centro Comercial Las Cascadas, situado en la intersección de la Calle El Pedregal, Avenida Xxxxxxxxx y Carretera Panamericana, jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad. B) Por su parte, EL ARRENDATARIO expresa su compromiso de tomar en arrendamiento el local antes descrito conforme a las especificaciones y características que más adelante se expresarán. II) OBJETO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO: En virtud del presente contrato, LA SOCIEDAD ARRENDANTE pondrá a disposición de EL ARRENDATARIO el loca! antes descrito, para el funcionamiento de una sucursal del VICEM1NISTERIO DE TRANSPORTE cuya actividad es Exámenes teóricos y psicológicos para obtener la iicencia de conducir; Adicionalmente, se instalará una mini agencia bancaria para uso exclusivo de los usuarios. EL ARRENDATARIO, local que LA SOCIEDAD ARRENDANTE entregqrá a EL ARRENDATARIO en óptimas condiciones de uso. Las mejoras y remodelaciones, así como adecuaciones eléctricas y/o telefónicas al local objeto de arrendamiento, serán por cuenta y a cargo de EL ARRENDATARIO, LA SOCIEDAD ARRENDANTE proporcionará a EL ARRENDATARIO dos tarjetas magnéticas para el acceso al área de estacionamiento. EL ARRENDATARIO de requerir tarjeta adicional, tendrán un costo fijo mensual, en base a las tarifas xxx xxxxxxx. Las partes reconocen y aceptan que la obra civil, eléctrica e hidráulica, así como los muebles fijos, quedarán al final del plazo del contrato de arrendamiento a favor de LA SOCIEDAD ARRENDANTE, sin que ésta deba reconocer valor alguno, salvo aquéllas que puedan ser removidas sin causar daños a la infraestructura del inmueble y que hayan sido instalados por EL ARRENDATARIO. LA SOCIEDAD ARRENDANTE ha entregado a EL ARRENDATARIO el local en perfecto estado, y esta última lo recibirá a su entera satisfacción haciendo constar esta circunstancia en acta de entrega que firmarán ambas partes y que formará parte integrante de este contrato, y constituirá ANEXO del mismo. El local contará con: Piso de porcelanato; vitrina con xxxxxxx xx xxxxxx; un baño con paredes enchapadas a la altura de un metro veinte centímetros, equipado con un lavamano e inodoro y una poceta; adicionalmente cuenta con un Tablero Eléctrico con una capacidad de CIENTO VEINTICINCO AMPERIOS, monofásico CIENTO VEINTE/DOSCIENTOS OCHO VOLTIOS; Pintura en paredes y en fecho de calidad y color proporcionado por EL ARRENDATARIO y aprobado por LA SOCIEDAD ARRENDANTE, adicionalmente. EL ARRENDATARIO deberá comprar su propio equipo de aire acondicionado, así como deberá realizar su propio diseño de distribución rejillas para el aire acondicionado de acuerdo a su necesidad. Así mismo EL ARRENDATARIO contará con acometida para agua potable y electricidad, a fin que EL ARRENDATARIO efectúe los trámites respectivos para la instalación de los servicios de energía eléctrica y agua potable, según corresponda. El servicio de conexión de! servicio de internet y red telefónica correrá por cuenta de EL ARRENDATARIO. EL ARRENDATARIO autoriza expresamente por este medio, que en caso de terminación de este contrato por cualquier motivo o causa, pueda LA SOCIEDAD ARRENDANTE a su discreción, solicitar a su favor ante las autoridades e instituciones respectivas, el traspaso de las cuentas respectivas por el suministro de agua potable y energía eléctrica del local objeto de arrendamiento y registradas a nombre de EL ARRENDATARIO. Queda en el entendido, que EL ARRENDATARIO asume por este medio, el saldo deudor pendiente de pago en concepto de consumo
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de tales servidos, hasta la fecha desocupación del local, a consecuencia de la finalízaciór^dej presente contrato, por cualquier causa o motivo. III) DESTINO DEL INMUEBLE ARRENDADO: El local objeto^ de arrendamiento identificado como “"L DOS - DOSCIENTOS SEIS”, será utilizado exclusivamente por EL ARRENDATARIO para el funcionamiento de una sucursal del VICEMINISTERIO DE TRANSPORTE cuya actividad es Exámenes teóricos y psicológicos para obtener la licencia de conducir. Adicionalmente, se instalará una mini agencia bancaria para uso exclusivo de los usuarios. EL ARRENDATARIO. El nombre del establecimiento y las actividades detalladas no podrán ser modificados sin previo permiso por escrito de LA SOCIEDAD ARRENDANTE. IV) PLAZO DE ARRENDAMIENTO DEL LOCAL: El plazo de
arrendamiento será de UN AÑO contado a partir de día UNO DE ENERO DE DOS MIL VEINTE el cual vencerá el día TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE. Dicho plazo se prorrogará automáticamente con el simple xxxxx xx xxxxxx que deberá remitir EL ARRENDATARIO a la SOCIEDAD ARRENDANTE con SESENTA DÍAS previo al vencimiento del plazo, expresando su intención de continuar arrendando. Es acordado expresamente por las partes que, al finalizar el plazo del contrato o sus prórrogas y de haber renovación al mismo, habrá un incremento al canon de arrendamiento del CUATRO POR CIENTO anual. Una vez finalizado el plazo del presente contrato, si EL ARRENDATARIO no desocupa el local arrendado dentro de ios TREINTA días contados a partir de fecha de terminación normal del arrendamiento y no se formaliza el nuevo contrato, EL ARRENDATARIO pagará a LA SOCIEDAD ARRENDANTE un recargo de DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AME'RICA
más el Impuesto a la Transferencia de bienes muebles y a la prestación de servicios (IVA) por cada día que permanezca en el local objeto de arrendamiento sin contar con un contrato vigente. De iniciar e! contrato en fecha diferente del primer día del mes, se prorrateará el canon de arrendamiento para ese mes. Es entendido que cada mes comenzado se tendrá como mes vencido. La xxxx en el pago de los cánones de arrendamiento obligará a EL ARRENDATARIO al pago de intereses moratorios del CINCO POR CIENTO mensual sobre la suma debida, sin perjuicio de los demás efectos de la xxxx. V) PRECIO DE ARRENDAMIENTO, MANTENIMIENTO Y SU FORMA DE PAGO. El precio total del arrendamiento y mantenimiento del local será de CINCUENTA Y CINCO MIL VEINTE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, más el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA)(USD$ 55,020.00 + IVA), pagadero mediante DOCE cuotas mensuales, fijas y sucesivas de CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA más el Impuesto a la
Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA) (USD $4,585.00 + IVA) cada una, a razón de VEINTIOCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA MÁS IVA por metro cuadrado. El pago del canon de arrendamiento se realizará de forma mensual, dentro de los primeros QUINCE DÍAS de cada uno de los meses comprendidos dentro dei plazo, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América más el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), por medio de cheque a nombre de la sociedad INMOMED, S.A DE C.V., o bien mediante depósito en cuenta bancaria que designará LA SOCIEDAD ARRENDANTE. Las cuotas de arrendamiento antes detalladas, incluyen las cuotas mensuales de administración y mantenimiento de las áreas comunes. La cuota de administración y mantenimiento comprenderá el servicio de seguridad, jardinería, iluminación, mantenimiento y limpieza de ias áreas comunes. La cuota de mantenimiento del
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Condominio y cualquier otra cuota que determine la Administración del Centro Comercial será determinada por metro cuadrado por la Administración y será pagadera dentro de los primeros QUINCE DÍAS de cada uno de los meses comprendidos dentro del plazo del contrato. Las cuotas de mantenimiento se establecen por un período de tiempo de UN AÑO y pueden variar de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Administración vigente del Centro Comercial Hipermall Las Cascadas. Las variaciones en ia cuota antes dicha deberán ser notificada por escrito a EL ARRENDATARIO, previo a ser efectuadas. El costo por la conexión a ia planta de emergencia y su mantenimiento, no está incluido dentro del canon de arrendamiento mensual, cuyo pago será en un cien por ciento a cargo de EL ARRENDATARIO. VI) PAGO DE PRIMER CANON DE ARRENDAMIENTO Y
PRIMERA CUOTA DE MANTENIMIENTO. EL ARRENDATARIO pagará dentro de los primeros quince días del mes de enero dei año dos mil veinte a LA SOCIEDAD ARRENDANTE la cantidad de CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA más el Impuesto a la
Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA (USD $ 4,585.00 más IVA)J, en concepto de pago de la primera cuota de arrendamiento y primera cuota de mantenimiento de EL LOCAL objeto del presente contrato. VII) XXXX. La xxxx en el pago por parte de EL ARRENDATARIO de DOS cuotas mensuales antes relacionadas, ocasionará el pago de intereses moratorios dei CINCO POR CIENTO mensual, adicional a la cuota de recargo, y a partir de una segunda cuota mensual será causal de caducidad del plazo y producirá la terminación total del contrato de arrendamiento, debiendo desalojar el área objeto de arrendamiento, con la solicitud de desocupación que haga LA SOCIEDAD ARRENDANTE, sin necesidad de trámite administrativo o judicial alguno. La totalidad de las cuotas pendientes de pago por todo el plazo que faltara para concluir el contrato durante el plazo forzoso, serán exígibles inmediatamente en su totalidad, tal cual fuese de plazo vencido. Las cuotas en xxxx devengarán un CINCO por ciento mensual de interés moratorio, mientras dure la xxxx. VIII) OBLIGACIONES. EL ARRENDATARIO se obliga a: a) Mantener el local objeto de arrendamiento en buen estado, siendo responsable de todos los daños causados al objeto arrendado por descuido, negligencia e imprudencia, pero no será responsable del deterioro sufrido en éste por el transcurso del tiempo y por el uso normal y adecuado que de ios mismos haga, b) No sub-arrendar el local objeto del Arrendamiento, ni a ceder los derechos derivados de este contrato sin previo consentimiento expreso de LA SOCIEDAD ARRENDANTE; c) No hacerle modificaciones ni adecuaciones de ninguna especie al local objeto de arrendamiento sin el previo permiso por escrito de LA SOCIEDAD ARRENDANTE, las mejoras realizadas quedarán a beneficio exclusivo del inmueble, siempre que no fuesen desmontables, sin que tenga que pagar cantidad alguna por tal concepto a LA SOCIEDAD ARRENDANTE. Se compromete EL ARRENDATARIO a dejar el loca! en buen estado de funcionamiento, con la excepción de los deterioros sufridos por el transcurso del tiempo y las mejoras previamente acordadas. Los permisos gubernamentales y municipales, tasas e impuestos por las modificaciones y adecuaciones a realizarse correrán por cuenta de EL ARRENDATARIO, d) Desalojar el local objeto de arrendamiento al vencimiento del plazo o por terminación del contrato por xxxx, previa obtención de la solvencia emitida por LA SOCIEDAD ARRENDANTE en la cual se autorice el desalojo. En caso contrario, la administración del Centro Comercial no permitirá el desalojo de los bienes muebles que se encuentren
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en el local arrendado, e) No almacenar en el local objeto de arrendamiento, materiales o productos,
corrosivos, explosivos, inflamables o pestilentes, que no sean aquellos destinados para venta al públicó> ni armas, ni drogas de ninguna especie; f) Realizar las reparaciones locativas del local objeto del arrendamiento y a mantenerlos en buen estado; g) Cancelar los servicios de agua, energía eléctrica, teléfono, servicios de datos e internet, aire acondicionado, entre otros que EL ARRENDATARIO contrate, prestados en el local objeto de arrendamiento, los que deberá verificar puntualmente en las fechas requeridas por las compañías suministrantes, así como a cancelar las tasas e impuestos que resulten de la realización de las actividades de EL ARRENDATARIO dentro del servicio que se preste, tales como recolección de basura, y rótulos, entre otras. Es entendido que cuando se dé por terminado el presente contrato, por cualquier causa que fuera, EL ARRENDATARIO dejará cancelados todos los pagos por servicios, tasas e impuestos que le corresponden de acuerdo a la actividad comercial o de servicio que preste; h) Colocar en el local objeto de arrendamiento un rótulo con el nombre del servicio que se preste en el mismo, ei cual deberá ser aprobado por escrito por LA SOCIEDAD ARRENDANTE. Sin embargo, no podrá colocar ningún rótulo, propaganda o papeles fuera del local arrendado, sin previo permiso por escrito de LA SOCIEDAD ARRENDANTE; y conforme las disposiciones del reglamento de administración del condominio y la administración del mismo. I) EL ARRENDATARIO no podrá transferir la explotación del negocio establecido en el área objeto de arrendamiento a terceras personas, sin previa notificación y autorización por escrito de LA SOCIEDAD ARRENDANTE; j) EL ARRENDATARIO no podrá obstruir ni utilizar para sus actividades comerciales los pasillos, accesos, aceras, escaleras ni estacionamiento del Centro Comercial sin previa autorización por escrito de la administración del condominio; k) EL ARRENDATARIO no podrá, bajo ningún medio, afectar la reputación del Centro Comercial; I) Respetar el horario y forma establecida por la Administración del Centro Comercial para que EL ARRENDATARIO ingrese y desaloje en el local objeto de arrendamiento; mobiliario, equipo y cualquier otro artículo de su propiedad. Para ello, LA SOCIEDAD ARRENDANTE buscará los horarios o mecanismos que no afecten los servicios que preste EL ARRENDATARIO, m) Dar el mantenimiento, reparaciones y cuidado necesario de vitrinas, ventanas, vidrios, puertas exteriores y equipos que forman parte del inmueble arrendado; n) EL ARRENDATARIO proporcionará a la Administración del Condominio, el horario de atención al público y reportará cualquier cambio al mismo, sea éste temporal o permanente, o) EL ARRENDATARIO se obliga a contratar una póliza de seguro de todo riesgo de equipo electrónico y una póliza de todo riesgo incendio condiciones particulares, todo riesgo de pérdida o daño físicos directos que sufra toda propiedad del asegurado o los bienes que encuentren bajo su custodia o consignación (aunque no se haya detallado específicamente) o por las que pueda ser considerado responsable mientras se encuentre en las diferentes ubicaciones del Ministerio de Obras Públicas, en cualquier parte del territorio de la República de El Xxxxxxxx y/o en los proyectos donde se encuentren trabajando, incluyendo los riesgos de terremoto, temblor o erupción volcánica; huracán, ciclón, vientos tempestuosos y granizo, huelgas, paros, motines, tumultos y alborotos populares, actos maliciosos o vandálicos. EL ARRENDATARIO deberá cumplir con las disposiciones del Régimen de Condominio y el Reglamento de Administración vigente en lo relativo al tema de los seguros. Es obligación de EL ARRENDATARIO mantener vigente el seguro antes indicado durante el plazo del
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contrato, para lo cual esta última se obliga a proporcionar una copia de la póliza de seguro respectiva a LA SOCIEDAD ARRENDANTE a más tardar dentro de los siete días siguientes a la contratación del seguro y/o cualquiera de sus renovaciones; p) EL ARRENDATARIO deberá contar con un SISTEMA CONTRA INCENDIOS en el área objeto de arrendamiento, de ser requerido por las autoridades o instituciones gubernamentales, siendo por cuenta y a cargo de ésta, los costos o gastos para ¡a compra, instalación y mantenimiento de dicho sistema, según el decreto doscientos cincuenta y cuatro de seguridad y salud ocupadonal; q) Cumplir con las todas las normas de seguridad ocupaciona! establecidas en la legislación Salvadoreña y cumplir con todas ¡as disposiciones o manuales emitidos por el Cuerpo de Bomberos de El Xxxxxxxx, así como con cualquier otra ley, reglamento, decreto o disposición estatal o municipal vigente aplicable al centro de trabajo en el área objeto de arrendamiento. Para verificar el cumplimiento de lo antes expuesto, LA SOCIEDAD ARRENDANTE podrá realizar visitas, inspecciones en el local objeto de arrendamiento, cuando ésta lo estime conveniente, con previo aviso a EL ARRENDATARIO de VEINTICUATRO HORAS; r) Fumigar el local objeto de arrendamiento de forma continua, s) EL ARRENDATARIO se obliga especialmente que, al momento de la entrega del Local objeto del presente contrato, éste cerrara la puerta de acceso que divide el local objeto de este contrato con el local L DOS-DOSCIENTOS CINCO, utilizando los materiales y acabados a entera satisfacción de LA SOCIEDAD ARRENDANTE. IX) TERMINACIÓN DEL CONTRATO: Son causales de terminación del presente contrato, las siguientes; La xxxx en el pago de DOS de las cuotas de arrendamiento estipuladas, así como el incumplimiento de parte de EL ARRENDATARIO de las obligaciones y/o trasgresión de las prohibiciones consignadas en este contrato, hará caducar el plazo del mismo y dará derecho a LA SOCIEDAD ARRENDANTE a darlo por terminado y a exigir la inmediata desocupación del área objeto de arrendamiento, quedando obligada EL ARRENDATARIO a pagar a LA SOCIEDAD ARRENDANTE los cánones correspondientes a la fecha efectiva de desocupación del local. CLÁUSULAS ESPECIALES: En caso de terminación anticipada del contrato, EL ARRENDATARIO acepta que se constituirá una vez notificada la terminación contractual, en injusto e ¡legítimo detentador del local objeto de arrendamiento, con las consecuencias legales y las siguientes: a) EL ARRENDATARIO quedará obligado a cerrar el área objeto de arrendamiento y a la desocupación de la misma, expirado el término de TREINTA DÍAS de haber sido notificada la terminación anticipada. En caso de incumplimiento, LA SOCIEDAD ARRENDANTE podrá hacer ejecutar estas obligaciones por la vía judicial;
b) EL ARRENDATARIO pagará a LA SOCIEDAD ARRENDANTE una penalizacíón de DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA diarios contados a partir de! vencimiento del plazo de los TREINTA DÍAS y hasta la efectiva desocupación del loca! objeto de arrendamiento; c) EL ARRENDATARIO además, se obliga al pago de los daños y perjuicios que su retardo en el cumplimiento de la desocupación de! área objeto de arrendamiento, causaren a LA SOCIEDAD ARRENDANTE, incluyendo lucro cesante, daño emergente, pérdida de oportunidad de negocio, y los honorarios y costos en que incurriere en hacer valer sus derechos bajo la presente cláusula; d) EL ARRENDATARIO reconoce además que LA SOCIEDAD ARRENDANTE, al proceder conforme a esta cláusula, lo haría en ejercido de un derecho legítimo originado contractualmente, y por lo tanto, salvo culpa o dolo en el ejercicio del mismo, LA SOCIEDAD ARRENDANTE no incurrirá en responsabilidad alguna frente a EL ARRENDATARIO; e)
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LA SOCIEDAD ARRENDANTE podrá dar por terminado el presente contrato durante el plazo originar e prórrogas, notificando su deseo por escrito a EL ARRENDATARIO, por lo menos con SESENTA DIAS anticipación en el local arrendado, por incumplimiento de cualquiera de las cláusulas establecidas en el presente contrato o por xxxx en DOS cuotas de arrendamiento y/o mantenimiento. Igualmente, EL ARRENDATARIO podrá dar por terminado el mismo por cualquier causa en cualquier momento, dando aviso a LA SOCIEDAD ARRENDANTE con SESENTA DÍAS de anticipación, su voluntad de darlo por terminado anticipadamente. En este caso EL ARRENDATARIO pagará, en concepto de penalidad por terminación anticipada, el equivalente a DOS cuotas de arrendamiento adicional a las canceladas hasta el momento de la terminación anticipada; y X) DAÑOS Y PÉRDIDAS. LA SOCIEDAD ARRENDANTE no tendrá ninguna responsabilidad por daños o pérdidas que por cualquier causa sufra EL ARRENDATARIO, sus usuarios, representantes, auxiliares o empleados, ni aún en casos como huelgas, cierres y otros disturbios laborales, conmoción civil, caso fortuito o fuerza mayor, robos, fechorías, interrupción de los servicios de energía eléctrica y cambios de voitaje de éstos, pérdidas o daños a la propiedad, inundaciones o cualquier otra clase de fenómeno natural, ni por roturas de cañerías o tuberías u otros que no pudieran preverse o evitarse. EL ARRENDATARIO estará obligada a obtener y mantener vigente seguro contra daños o líneas afines sobre los bienes muebles y mejoras que existan en el local objeto de arrendamiento. XI) El término "EL ARRENDATARIO", usado en este contrato comprenderá a éste, sus representantes, auxiliares y empleados. Por lo tanto, todos los actos y hechos que realicen dichas personas dentro de ios locales objeto del presente contrato, en contravención a las cláusulas estipuladas en este contrato, se considerarán realizadas por la propia Arrendataria. XII) SUSPENSIÓN DEL CONTRATO; Ambas partes convienen que en el eventual supuesto de que el local objeto de arrendamiento, así como este mismo, se incendiara o en cualquier otra forma fuese destruido totalmente o se perdieran por cualquier razón, o cuando el local objeto de arrendamiento necesiten reparaciones indispensables para mantener su estado de uso o de seguridad, el contrato de arrendamiento no se dará por terminado, sino que el local objeto arrendamiento, deberá ser reconstruidos con el producto de las indemnizaciones que para ese propósito paguen las correspondientes aseguradoras y con los alcances determinados en los seguros respectivos. Asimismo, ambas partes convienen que durante el tiempo en que el local objeto de arrendamiento esté desocupado por causa de la reconstrucción, EL ARRENDATARIO no pagará ninguno de las cánones de arrendamiento mensuales (salvo que ia causa del siniestro haya sido originada o provocada de acciones u omisiones de esta últimaj, quedando a la vez suspendidas la obligaciones de LA SOCIEDAD ARRENDANTE, en el entendido que el plazo del contrato se suspenderá durante todo el tiempo que dure la reconstrucción, y ese lapso no será tomando en cuenta para efectos del cómputo del piazo.
XIII) CONDICIONES MÍNIMAS DE LOS SERVICIOS: EL ARRENDATARIO se obliga, durante la vigencia de este contrato: aj A mantener abierto al público el local objeto de arrendamiento durante los días y horas normales para esa clase de servicios. En todo caso, los horarios de operación de los servicios instalados en el área objeto de arrendamiento, deberá estar de conformidad a los establecidos por la administración del Condominio y de acuerdo a las disposiciones y Reglamento de Administración del Centro Comercial, el cual será de Lunes a Sábado de las ocho a.m., a las dieciséis horas sin cerrar al
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mediodía; y b) En caso de circunstancias que obligaran el cierre parcial o temporal del Condominio, a reanudar los servicios instalados en el local objeto de arrendamiento en un plazo no mayor de cuarenta y ocho horas contados a partir de la notificación de LA SOCIEDAD ARRENDANTE de reapertura. XIV) PAGO DE TASAS Y SERVICIOS; Queda en el entendido por las partes, que será por cuenta de EL ARRENDATARIO, el pago de las tasas municipales tales como; disposición de los desechos, recolección de basura y alumbrado público, así como por rótulo, en este último caso, previo cumplimiento de los procedimientos establecidos en el Reglamento de Administración vigente, Manual de Lineamientos Generales para la Imagen del Centro Comercial Las Cascadas, Manual de Señalización y Rotulación para Centro Comercial Las Cascadas, y demás normativas legales pertinentes para la instalación de rótulos. EL ARRENDATARIO se obliga al pago de los servicios con que cuente el área objeto de arrendamiento, tales como; energía eléctrica, agua y demás servicios que pueda contratar ésta a nombre propio para el desempeño normal de sus operaciones. XV) CUMPLIMIENTO DE LA TÉCNICAS DE VISUAL MERCHANDISING, Y DE LOS LINEAMIENTOS DE ROTULACIÓN DEL CONDOMINIO CENTRO COMERCIAL HIPERMALL LAS CASCADAS. EL ARRENDATARIO se obliga a
informarse, cumplir y ejecutar estrictamente con todos los lineamientos, técnicas, estrategias, requisitos, procedimientos y programas establecidos y definidos por la Administración del Condominio en el “MANUAL DE VISUAL MERCHANDISING", para la exhibición o comercialización de los productos y/o servicios prestados en dicho Local. El MANUAL ADMINISTRATIVO, constituirá ANEXO y formará parte integrante del presente contrato. Asimismo, EL ARRENDATARIO deberá proceder a la señalización de sus oficinas, así como para la exhibición de cualquier rótulo a instalar en el loca! objeto de arrendamiento, de acuerdo con los lineamientos de ia Administración del Condominio y el MANUAL DE ROTULACIÓN, ei cual constituirá ANEXO del presente contrato. En caso de contravención por parte de EL ARRENDATARIO a la presente cláusula, ésta estará sujeta a una penalidad de DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, por cada día que subsista el estado de incumplimiento, sin perjuicio de LA SOCIEDAD ARRENDANTE de dar por terminado de forma anticipada, inmediata y sin responsabilidad alguna, el presente contrato de arrendamiento, XVI) RÉGIMEN DE CONDOMINIO; EL ARRENDATARIO conoce y acepta que: a) El Sector en donde se ubica el área objeto de arrendamiento está sometida al régimen de la Ley de Propiedad Inmobiliaria por Pisos y Apartamentos de El Xxxxxxxx;
b) Las partes aceptan que la cuota de mantenimiento de! Condominio y cualquier otra cuota definida en el Reglamento de Administración del condominio, pueden ser modificadas o estipuladas de acuerdo al procedimiento establecido en el mismo, c) La rotulación y decoración de la fachada de! local objeto de arrendamiento será regulada por la Administración Condominio o por el órgano que ella designe. XVII) REGLAMENTO DE ADMINISTRACION DEL CENTRO COMERCIAL: Ambas partes contratantes en este acto, aceptan todas y cada una de las normas contenidas en el Reglamento de Administración del Centro Comercial el cual sea agrega como ANEXO al presente contrato debidamente firmado por las Partes; obligándose a cumplir con tales normas a cabalidad durante todo el plazo de este contrato o cualquiera de sus prorrogas. XVIII) APROBACIÓN DE PLANOS. A partir de la firma del presente contrato, EL ARRENDATARIO cuenta con quince días calendario para presentar planos y quince días calendario para aprobación de LA SOCIEDAD ARRENDANTE los siguientes juegos
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planos completos: arquitectónicos, hidráulicos, eléctricos, de seguridad y salud ocupacional, los cuales serán ANEXO dei presente contrato. XIX) DOMICILIO ESPECIAL Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS CONTRACTUALES: Para todos los efectos de este contrato, las partes señalan como domicilio el de la ciudad y departamento de San Xxxxxxxx, República de El Xxxxxxxx. Asimismo, toda controversia que surja con motivo de la aplicación, interpretación o cumplimiento del presente contrato, ambas partes se someten a la competencia de los tribunales comunes del Municipio y Departamento de San Xxxxxxxx, República de El Xxxxxxxx. Además, serán por cuenta d.e EL ARRENDATARIO todas las costas procesales y demás gastos en que incurriere LA ARRENDANTE en caso de acción judicial o gestión que realíce para la recuperación de io que se le debe. XX) CESIÓN: Por medio de la presente cláusula las partes acuerdan que en cualquier momento durante la vigencia del presente contrato, LA SOCIEDAD ARRENDANTE podrá ceder a cualquier persona natural o jurídica que ella designe, los derechos y obligaciones que en la calidad de Xxxxxxxxxx se le confieren en virtud de éste instrumento, sin necesidad de autorización previa por parte de EL ARRENDATARIO, a quien solamente se le notificará de dicha cesión, para efectos de saber a quién deberá efectuar los pagos de los cánones de arrendamiento a partir del mes calendario siguiente a la notificación. En este caso, el presente contrato continuará vigente con el adquirente en los mismos términos pactados. XXI) SEPARABILIDAD DE CLÁUSULAS CONTRACTUALES: Si alguna de las cláusulas, estipulaciones o condiciones de este contrato es invalidada o dejase de tener vigencia, tal circunstancia no invalidará el resto dei contrato, sino que se considerará como no incluida la cláusula o estipulación invalidada. XXII) CONFIDENCIALIDAD: Las partes otorgan la presente cláusula en el sentido que, este contrato estará sujeto a la aplicabiiidad de la Ley de Acceso a la Información Pública, en cuanto a la información confidencia! y Datos personales de las partes contratantes. XXIII) NOTIFICACIONES: Cualquier notificación que cada una de las partes deba hacer a la otra relacionada a este contrato deberá ser enviada por escrito, mediante entrega personal o por correo certificado con aviso de recepción, a las siguientes direcciones: PARA“LA SOCIEDAD ARRENDANTE”:
al correo electrónico siguiente: PARA “EL
ARRENDATARIO” Oficinas administrativas del Viceministerio de Transporte,
, departamento
correo electrónico siguiente: Las partes tendrán el derecho de cambiar de dirección para recibir notificaciones con al menos CINCO DÍAS DE ANTICIPACIÓN a la otra parte, pero siempre deberán señalar un lugar dentro de la República de El Xxxxxxxx. Las notificaciones se considerarán válidas cuando sean hechas conforme lo que se indica en esta cláusula.
XXIV) ACUERDO TOTAL DE LAS PARTES: El texto del contrato es la expresión de voluntad de las partes. Las partes declaran expresamente que el texto del presente documento y anexos que integran el contrato es la única manifestación de la libre voluntad de ambas partes con relación a la materia aquí contenida, emitida sin ninguna clase de error, engaño o presión indebida."””” Me expresan además los comparecientes, que reconocen como suyas las firmas puestas al pie del instrumento que antecede, por haberlas puesto de su puño y letra, y que reconocen y ratifican las obligaciones que han contraído por medio del expresado documento. Así se expresaron los comparecientes, a quienes expliqué los
efectos legales de la presente acta notarial, que consta de seis hojas y leído que les hube lo escrito íntegramente en un solo acto sin interrupción, manifiestan su conformidad, ratifican su contenido, y firmamos. DOY FE.-
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....... 1■ J J W L i " 1 J K J r
CREADO CON l A VERSION”FARA ESTUDIANTES DE7 TODESK
SQMQ
CAS C A DAS
shop live work stay
C A S C A D A S
FICHA TECNICA ENTREGA DE PLANOS | |||||
L O C A L : | |||||
X X X X XX TO : | |||||
I T E M | , DOCUMENTOS A ENTREGAR . . | - 1ERA REVISIÓN. | ■ 2DA ' REVISIÓN . | ' 3ERÁ . REVISIÓN.. | OBSERVACIONES í |
A | Planta Actual | ||||
A | Planta arquitectónica | ||||
A | Plano de cotas | ||||
A | Elevaciones (con los colores y texturas que se proponen) y Secciones longitudinal y sección transversal. | ||||
A | Plano Acabados. | ||||
A | Plano de cielo reflejado. | ||||
A | Plano de pisos. | ||||
A | Vistas exterior e interior del local en 3D (Renders) | ||||
D T | Descripción de acabados , planos de muebles y (características técnicas de equipos de restaurante si aplicasen.) | ||||
1H | Plano de instalaciones hidráulicas (incluyendo trampas de grasa en Restaurantes | ||||
IE | Plano eléctrico con Simbología, Cuadro de Cargas y Diagrama Unifilar. Tipo y fotos de luminarias a ser utilizadas y su intensidad en lúmenes. Sellado y firmado por Xxx. eléctrico. (Detallar el consumo Eléctrico) | ||||
IE | Plano distribución xx xxxxx | ||||
IE | Plano de luminarias (Ficha Técnica) | ||||
V D | Plano de instalaciones Telefónicas, sonido, alarmas y cámaras, si aplicara. | ||||
M | Plano y diseño de aire acondicionado, distribución rejillas de retorno y difusores, incluyendo equipo a utilizar con especificaciones, detalle eléctrico. | ||||
M | Diseño y memoria de cálculo del sistema de extracción de humo e inyección de aire. (Restaurantes) | ||||
IG | Planos para la instalación de gas. (Restaurantes) | ||||
P E | Plano ubicación equipo de seguridad (extintores, ruta evacuación, sensor de humo, lámparas de emergena'a, alarma). Es obligación tener 2 extintores dentro del local. (Seguridad y Salud Ocupadonal) | ||||
PE | Plan de emergenda. (documento). Según artículo 8 del Decreto 254 de Seguridad y Salud Ocupadonal | ||||
IR | Plano y especificaciones de rótulos, según Ficha Técnica . (Según Manual de Rotuladón.) | ||||
DP | Descripdón del proyecto detallando los trabajos de implementadón que se harán, materiales de acabados y colores finales. (Memoria Descriptiva) | ||||
P O | Programadón de obra (Cronograma) | ||||
P A | Para locales con terraza plano de Audiovisuales (televisión y sonido). | ||||
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: : - AUTORIZACION DE INGRESO ; , . . . : |
FECHA:
HORA DE INGRESO: NOMBRE Y FIRMA:
NOMBRE Y FIRMA SOLICITANTE:
CASCADAS
NOTA DE ENTREGA
REF. DICIEMBRE-2019
Fecha: Martes, 17 de Diciembre de 2019
Cliente: ESTADO Y GOBIERNO DE EL XXXXXXXX, EL RAMO DE OBRAS PÚBLICAS Y DE TRANSPORTE
Asunto: Entrega Manual Administrativo CASCADAS y Sub Manuales
Adjunto: 1 CP con Manuales Administrativos y requerimientos especiales.
Estimado Ministerio de Obras Públicas y de transporte:
Por este medio se ie hace entrega de un CD que contiene los siguientes documentos los cuales son anexos de contrato, dichos documentos amparan ser de iguales términos para ambos contratos de arrendamiento entre LAS CASCADAS MULTISERVISIOS, S.A. DE C,V. con ei Local L2-205 y con INMOMED, S.A, DE C.V. con el local L2-026:
® Manual Administrativo.
® Manual de Rotulación, y anexo de sus requerimientos,
® Manual de Visual Merchandising.
• Manual de Bienvenida,
• Manual de Operaciones.
• Manual de Uso de Logo, y redes sociales.
• Reglamento de Administración del Centro Comercial.
« Régimen de Condominio.
« Formulario de solicitud de ingreso a Condominios, anexo de requerimientos de seguridad Industrial.
• Ficha técnica de entrega de planos.
• Plano del loca! L2-205 y el L2-206
Esperamos sea de mucha utilidad, ya que deseamos que los presentes manuales, normen la convivencia en armonía y el estilo de integración de SOHO CASCADAS, a través del establecimiento de regulaciones, política y lineamientos que complementan al reglamento administrativo, por lo cual, se obliga al arrendatario a informarse, cumplir y ejecutar estrictamente con todos los lineamientos, técnicas, estrategias, requisitos, procedimientos y programas establecidos y definidos dentro de los Manuales antes mencionados.