Tipo de expediente: Contratación administrativa. Contrato: Contrato de suministro, por procedimiento abierto
Tipo de expediente: Contratación administrativa. Contrato: Contrato de suministro, por procedimiento abierto
SUMINISTRO MEDIANTE RENTING
HOJA DE RESUMEN DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO
ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
A) OBJETO DEL CONTRATO:
Es objeto del presente contrato El suministro de una máquina barredora aspiradora marca y modelo ROS ROCA CITY CAT 2020XL, a través del sistema de FINANCIACIÓN-ARRENTAMIENTO o RENTING. La matriculación,
mantenimiento, seguros y requisitos necesarios para su utilización serán también parte del contrato, por cuenta del contratista. El mantenimiento, cambio de neumáticos y reparaciones de la misma deberán realizarse imprescindiblemente en un taller ubicado dentro del término municipal xx Xxxxxx, con el único objeto de reducir al máximo las suspensiones del servicio municipal de limpieza.
B) PLAZOS DEL CONTRATO; PRÓRROGAS; ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
Plazo del contrato: Cuarentaiocho (48) meses.
Prórrogas del contrato: no cabe prórroga alguna del contrato.
Órgano de contratación. Pleno Municipal del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
C) PRECIO DEL CONTRATO
El precio del contrato será de 172.413,80 €, IVA no incluido. La cuantía correspondiente al IVA será de 27.586,21 €.
En este precio se incluyen la matriculación, seguro, portes y demás impuestos, tasas o gastos de aplicación.
Los referidos precios podrán ser mejorados por los licitadores. Deberán presentar el precio desglosado, el precio total por un lado (IVA no incluido) y la cantidad que corresponde al IVA por otro.
D) FORMA DE PAGO
Los pagos serán mensuales, y las cuotas mensuales se domiciliarán y cargarán en la cuenta corriente determinada por la Tesorería del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
E) REVISIÓN DE PRECIOS
Este contrato no prevé la revisión de precios, al amparo de lo dispuesto en el artículo 77.2 de la Ley 30/2007, tampoco el IPC anual.
F) GARANTÍAS
- Garantia provisional: 1% del presupuesto de contrato.
- Garantía definitiva: 5 % del precio de adjudicación, IVA no incluido.
G) CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. PLANTILLAS CON MINUSVÁLIDOS.
PRECIO: 100 % de la puntuación.
A la hora de la valoración de las ofertas, se tendrán en cuenta las cuotas, comisión y demás gastos a abonar por el Ayuntamiento a cargo de esta contratación.
Precio: La puntuación de cada oferta se consigue multiplicando el coeficiente resultante de la división de la oferta más baja por la oferta valorada con la puntuación que se pueda dar en el criterio. Es decir:
[Ob/Ol] x 70
Ob: oferta más baja Ol: oferta valorada
70: puntuación máxima que se puede otorgar por el precio.
Para la adjudicación de este contrato, tal y como dispone el apartado 10 de este pliego de condiciones y la disposición adicional sexta de la Ley 30/2007, se establece una prioridad a favor de licitantes con una plantilla con NO menos del 2% del personal con minusvalía, cuando así lo demuestren en la acreditación de la capacidad técnica, siempre y cuando, las propuestas presentadas por los mismos igualen los términos de la mejor propuesta, en comparación con el punto de vista objetivo de los criterios objeto de esta adjudicación.
El órgano de contratación NO tomará este criterio como criterio de adjudicación del contrato.
H) PLAZO DE GARANTÍA.
El plazo de garantía será el de la duración del contrato.
I) SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
Además de lo dispuesto en el apartado 14 de los Pliegos de Xxxxxxxxxxx, y en virtud del artículo 196 de la Ley 30/2007, las sanciones se aplicarán proporcionalmente, junto con la gravedad del motivo del incumplimiento del contrato.
Se establece el requisito imprescindible de realizar el mantenimiento y las reparaciones de la máquina barredora en un taller ubicado dentro del término municipal xx Xxxxxx. El incumplimiento de dicho requisito dentro del periodo de duración del contrato acarreará la ejecución del contrato, en virtud de lo dispuesto por el artículo 88.
J) REQUISITOS ESPECIALES DEL CONTRATISTA. CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL, Y SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA.
Los licitantes deberán acreditar haber realizado contratos de igual precio al de la licitación de este contrato, mínimo cuatro (4) contratos durante los últimos tres años.
El informe acreditativo del cumplimiento de este requisito se presentará en el sobre A, junto con la solicitud de participación.
K) LUGAR, PLAZOS Y HORARIOS PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
LUGAR: En el REGISTRO GENERAL (oficina BERH@Z, Ertzilla kalea 8, 48370 BERMEO – BIZKAIA) de esta Administración.
HORARIO: Mañanas de 8:30 a 14:30, tardes de 16:30 a 19:00 los martes y jueves, y sábados de 10:00 a 13:00.
PLAZO: Regulación armonizada (Sí/No): NO.
No armonizadas: 15 días como mínimo (en el XXX).
Comenzando a contar, en todos los casos, a partir del siguiente día de la publicación del anuncio.
L) ADJUDICACIÓN PROVISIONAL.
En un plazo máximo de un mes, contado a partir de la finalización del plazo de entrega de propuestas. Las modificaciones serán notificadas a los licitantes.
M) DOKUMENTACIÓN, LUGAR DE RECOGIDA, PLAZOS Y HORARIO.
LUGAR: En el REGISTRO GENERAL (oficina BERH@Z, Ertzilla kalea 8, 48370 BERMEO – BIZKAIA) de esta Administración.
HORARIO: Mañanas de 8:30 a 14:30, tardes de 16:30 a 19:00 los martes y jueves, y sábados de 10:00 a 13:00.
PLAZO: hasta la finalización del plazo de presentación de propuestas. PÁGINA WEB PARA RECIBIR INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN:
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxx_xxxxxxxxxx.xxxx?&Xx0 (en euskera) xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxx_xxxxxxxxxx.xxxx?&Xx0 (en castellano)
N) GASTOS DE PUBLICACIÓN
Se exigirá de acuerdo al apartado 21 xxx xxxxxx de condiciones administrativas particulares.
Al contratista se le liquidarán los gastos de publicidad de este contrato, con un coste máximo de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
O) ACEPTACIÓN DE VARIANTES.
No se admitirá ninguna variante.
P) ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA.
Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto del año en curso. Asimismo, el órgano competente en materia presupuestaria se compromete a reservar los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.
2008.- 12.500,00€
Para los demás años, para hacer frente a las obligaciones derivadas de este contrato, se creará una partida presupuestaria con suficiente consignación.
Q) TRAMITACIÓN
Ordinaria.
R) LUGAR Y PLAZO DE CUMPLIMIENTO/ENTREGA.
Los vehículos se entregarán al Ayuntamiento en el número 2 de la calle Xxxxxxxxx o en otra dependencia determinada para tal efecto por el Ayuntamiento, a cargo y cuenta del adjudicatario, sin costes adicionales. El plazo de entrega será de un mes (30 días naturales). El plazo comenzará a contarse al siguiente día laborable de la notificación concreta de la solicitud correspondiente.
S) OBSERVACIONES
Para la comprobación del cumplimiento de lo detallado en el pliego de condiciones técnicas, se deberán presentar los siguientes documentos en el SOBRE B:
a) Informe de características técnicas del vehículo, con descripción y fotografías.
b) Características del seguro propuesto.
c) Oferta económica.
d) Datos del taller en el que se realizarán el mantenimiento y las reparaciones, dentro del término municipal xx Xxxxxx.
En caso de no presentar los documentos solicitados no se tomará en cuenta la oferta y será rechazada.
La no presentación de documentos sobre personal con minusvalía, se entenderá que no existe base para su valoración.
T) CRITERIOS LINGÜISTICOS
Si la sede del contratista está situada en la Comunidad Autonómica del País Xxxxx, empleará el euskera en todas las relaciones, informes y explicaciones, orales y escritas, tanto con el Ayuntamiento como con la ciudadanía. Del mismo modo, el Ayuntamiento
utilizará solamente el euskera en todas las relaciones, tanto escritas como orales, y no habrá lugar a su traducción.
U) DEPARTAMENTO PROMOTOR
Departamento de Servicios
En Bermeo, a 29 de septiembre de 2008. Órgano de contratación.
Tipo de expediente: Contratación administrativa. Contrato: Contrato de suministro, por procedimiento abierto
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DE CONTRATO DE SUMINISTRO POR RENTING ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
I.- CONTENIDO DEL CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato se recoge en el apartado A) de la hoja de resumen.
El contrato se basa en este pliego de condiciones y se desarrollará de conformidad con la documentación técnica que figura en el expediente. Este pliego de condiciones tendrá carácter contractual.
2. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo para la ejecución del suministro es el que consta en el
APARTADO B) de la hoja de resumen.
El adjudicatario se entenderá incurso en xxxx por el transcurso del plazo citado sin que se haya cumplido el suministro, no siendo necesaria intimación previa por parte de la Administración.
La prórroga o prórrogas del contrato de suministro (la nueva ley no establece límites en lo referente a las prórrogas) será/n resuelta/s por el órgano de contratación y será obligatoria para el adjudicatario, siempre y cuando el contrato no establezca lo contrario.
*Para cuando la duración del contrato (prórrogas incluidas) sea superior a 4 años, el órgano de contratación será el Pleno del Ayuntamiento.
3. PRECIO DEL CONTRATO
El precio del presente contrato es el que se recoge en el APARTADO C) de la hoja de resumen.
*Si el precio del contrato (incluido el precio de las prórrogas) es superior al 10% de los recursos ordinarios del presupuesto del Ayuntamiento, el órgano de contratación será el Pleno del Ayuntamiento.
4. FINANCIACIÓN
Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto del año en curso,
constando en el expediente el orden de su abono y la plena disponibilidad de las aportaciones.
5. FORMA DE PAGO
La forma de pago será la detallada en el APARTADO D) de la hoja de resumen.
6. REVISIÓN DE PRECIOS
La revisión de precios será la detallada en el APARTADO E) de la hoja de resumen.
En caso de que se revisen los precios, se realizará de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 78-82 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público. Deberá fijarse la formula de revisión a aplicar.
7. GARANTÍAS
Cuando se establezcan garantías, serán las establecidas en el APARTADO F) de la hoja de resumen.
En los casos en los que se establezca garantías se tendrá en cuenta:
El adjudicatario provisional, en un plazo de 15 días, contados a partir de la notificación de la adjudicación, deberá depositar en la Tesorería Municipal la garantía definitiva, es decir el 5 % del precio de adjudicación más IVA.
La devolución de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará una vez vencido el plazo del contrato y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
Si se solicita una garantía provisional será del 3% del precio de licitación
(IVA no incluido) Dicha garantía se devolverá de oficio a los licitantes una vez efectuada la adjudicación definitiva.
8. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se realizará por cargo y cuenta del adjudicatario.
El suministro se efectuará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente.
Cuando por actos u omisiones imputables al adjudicatario o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.
9. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA
El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo. La administración quedará libre de toda responsabilidad en el supuesto de incumplimiento de dichas disposiciones.
La empresa que realice los suministros, la adjudicataria, empleará el euskera en todas las relaciones, orales y escritas, tanto con el Ayuntamiento como con la ciudadanía. El Ayuntamiento sólo empleará el euskera en sus relaciones, escritas y orales, y no ofrecerá traducción alguna.
10. - CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
En cumplimiento del artículo 134 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, se establecen los siguientes criterios de adjudicación, así como el inicio de la decisión adoptada.
Los criterios de adjudicación serán los recogidos en el APARTADO G) de la hoja de resumen.
Para la adjudicación de este contrato, tal y como dispone la disposición adicional sexta de la Ley 30/2007, se establece una prioridad a favor de licitantes con una plantilla con NO menos del 2% del personal con minusvalía, cuando así lo demuestren en la acreditación de la capacidad técnica, siempre y
cuanto, las propuestas presentadas por los mismos igualen los términos de la mejor propuesta, en comparación con el punto de vista objetivo de los criterios objeto de esta adjudicación.
Por otra parte, el órgano de contratación puede considerar dicho criterio como criterio de adjudicación del contrato (“condición especial de ejecución del contrato”), y por lo tanto, puede que sea obligatorio. Se regula en el artículo
102. Esta opción será la recogida en el APARTADO G) de la hoja de resumen.
El último día del plazo de presentación de ofertas, se tendrá en cuenta el número de minusválidos de su plantilla, para la aplicación de esta prioridad, y se acreditará mediante la declaración del Anexo VII. Si el licitante no presenta la declaración mencionada o todos los datos requeridos, no se le aplicará esta prioridad, puesto que se entenderá a todos los efectos que NO llega al 2% de trabajadores minusválidos, y no podrá subsanar dicho defecto de ninguna de las maneras.
En uniones temporales de empresas o cuando más de un licitante participen al mismo tiempo, se aplicará esta prioridad, cuando se entienda que el número de trabajadores minusválidos supera el índice señalado, en la proporción de participación de cada licitante en el contrato.
11. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 198 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.
12. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
La Administración podrá modificar el contrato, por razones de interés público, debido a necesidades nuevas o causas imprevistas, no teniendo derecho el adjudicatario a indemnización alguna, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 272 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
13. PLAZO DE GARANTÍA
En caso de que se previera un plazo de garantía se recogería en el APARTADO
H) de la hoja de resumen, y en caso de que hubiera defectos en dicho plazo, se aplicaría lo dispuesto en el artículo 274 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
14. PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO
A) DE LOS PLAZOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Si el adjudicatario, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, tanto del plazo total como, en su caso, de los plazos parciales, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del mismo, con pérdida de la garantía, o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato (artículo 196).
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el Órgano de Contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
B) DE LA EJECUCION PARCIAL DE LAS PRESTACIONES
Cuando el adjudicatario, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades establecidas en el APARTADO I) de la hoja de resumen (Art. 196.7).
15. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Las causas de resolución del contrato serán las establecidas en los artículos 206 y 275 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
Las consecuencias de la resolución del contrato serán las previstas en el artículo 276.
16. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
Corresponden a la Administración a) interpretar el contrato, b) resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, c) modificarlo por razones de interés público, d) acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los
límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
II.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
17. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
La forma de adjudicación del contrato será por concurso abierto, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 141 y 134 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
18. CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR
Los requisitos solicitados para este apartado serán los recogidos en el
APARTADO J) de la hoja de resumen.
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público. Las medios para la comprobación y evaluación de la solvencia serán los establecidos en los artículos 64 y 66 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
Las personas físicas o jurídicas podrán realizar la contratación por sí o representadas por persona autorizada. Cuando la contratación se realice mediante representante deberá realizarse mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante también le afectan las causas de incapacidad para contratar arriba citadas.
Además los licitadores deberán tener como finalidad realizar actividades que tengan relación directa con el objeto del presente contrato y disponer de una organización dotada de recursos humanos y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
19. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en el lugar, horario y plazo señalados en el APARTADO K) de la hoja de resumen.
De los plazos de presentación, en los contratos anexos a regulación armonizada, en general, como mínimo un plazo de cincuenta y dos (52) días, contados a partir del siguiente día al de la publicación del anuncio en el DOCE (Art. 143.1).Este plazo puede ser reducido a cuarentaisiete (47) días, cuando la información y los pliegos pueden recibirse por web.
En los contratos NO anexos a regulación armonizada, un plazo mínimo de quince (15) días, contados a partir del siguiente día al de la publicación del anuncio (Art. 143.2).
Las propuestas se presentarán en el lugar y horario señalados, dentro de dos sobres cerrados. En el sobre “A” deberá figurar la inscripción:
“SOBRE A: CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA PARTICIPAR EN LA
C ONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE ”. En el mismo se
incluirán los siguientes documentos:
*De acuerdo al artículo 72 y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley, si está registrado en un Registro Oficial de Contratistas del Estado o del Gobierno Xxxxx, en lugar de la documentación abajo señalada, se deberá presentar ésta:
- Certificado vigente de estar dado de alta en el Registro de Contratistas del Estado o del Gobierno Xxxxx.
- Declaración jurada de que los datos recogidos en el documento acreditativo son válidos y están vigentes (Anexo IV).
*Si NO está inscrito en el Registro Oficial de Contratistas del Estado o del Gobierno Xxxxx se deberá presentar la siguiente documentación:
La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma. En caso de presentación de copia, previo a la adjudicación definitiva, deberá ser debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario.
a) Fotocopia del documento de identidad del licitador o de su representante y, además, en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial.
b) Cuando el licitador sea una persona jurídica:
- Escritura o documento de constitución, estatutos o fecha de
fundación debidamente registrado en el registro público correspondiente.
- Escritura o certificado que demuestre la capacidad para contratar con la administración, a favor de quien firma la propuesta.
- DNI del responsable.
- Declaración de no hallarse en prohibición para contratar (Anexo II).
- Certificados acreditativos de estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
- Acreditación de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del IAE, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.
c) Solvencia técnica o profesional debidamente acreditada por medio de los documentos y medios solicitados (Anexo VI). * Si la empresa tiene obligación de clasificación, el certificado de clasificación sustituirá la solvencia.
La clasificación es obligatoria en los siguientes casos: Precio del contrato de obra ≥ 350.000 €
En contratos de servicios ≥ 120.000 €
d) Solvencia económica y financiera debidamente acreditada por medio de los documentos y medios solicitados (Anexo V). * Si la empresa tiene obligación de clasificación, el certificado de clasificación sustituirá la solvencia. La clasificación es obligatoria en los siguientes casos:
Precio del contrato de obra ≥ 350.000 € En contratos de servicios ≥ 120.000 €
e) Si se solicita, certificado de clasificación de empresa vigente.
f) Justificantes de haber depositado la garantía provisional en la Tesorería Municipal.
g) Cualquier otro documento, tal y como se recoge en la hoja de resumen xxx xxxxxx de condiciones.
En el sobre “B” se escribirá lo siguiente: “SOBRE B: PROPOSICIÓN
E CONÓMICA”. En el mismo se incluirán los siguientes documentos:
Una única propuesta, firmada por el solicitante o por la persona que la presenta, redactada de acuerdo al modelo recogido como Anexo I en el Pliego de cláusulas administrativas particulares.
No se admitirán las siguientes propuestas:
- Aquellas que tuvieran contradicciones, omisiones, defectos o tachones que impidiesen ver claramente los aspectos que la Administración considerase fundamentales para considerar la oferta.
- Aquellas que no coincidieran con la documentación analizada y admitida.
- Aquellas que superen el presupuesto o la tasa máxima de la oferta.
- Aquellas que tuvieran defectos evidentes en la cuantía de la propuesta.
- Aquellas que modificaran sustancialmente el modelo de propuesta establecido como Anexo X xxx Xxxxxx.
- Los defectos que hicieran inviable o carecieran de fundamento para el ofertante.
a) Si la oferta referida en letras y la referida en números no coincidieran se impondrá la referida en letras; salvo que, una vez analizada la documentación, y con criterios razonables, la mesa de contratación adopte otra postura.
b) Cada oferta solo podrá presentar una única propuesta. Solo si en el pliego se permite, se podrán presentar soluciones variables; por lo que, las ofertas económicas también podrán ser diferentes.
c) Documentación técnica: Los licitantes deberán presentar un dossier con las páginas numeradas, con su respectivo título. Así, se deberá recoger uno a uno cada aspecto sobre los criterios que se valorarán para la adjudicación del concurso.
d) En este sobre se presentarán todas los demás documentos recogidos en la hoja de resumen de este pliego de condiciones.
20. CALIFICACION DE DOCUMENTOS, SELECCIÓN DE EMPRESAS Y APERTURA DE PROPOSICIONES
Vencido el plazo de presentación de proposiciones, en un plazo máximo de un mes (Art. 144.1), la Mesa de Contratación calificará la documentación recibida en tiempo y forma (sobre "A") y, en caso de detectarse defectos
materiales, se concederá un plazo de tres días hábiles para que el licitante subsane dichos defectos.
Las ofertas presentadas (sobre "B") serán abiertas en acto público el día que establezca la Mesa de Contratación, y, después de subsanar los defectos que haya podido haber en el sobre “A”. Se notificará de ello a los licitantes por fax o por teléfono con la suficiente antelación.
Posteriormente y previos los informes técnicos oportunos, la Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación del contrato al Órgano de Contratación que haya de efectuar la misma.
21. ADJUDICACIÓN, FORMALIZACIÓN Y GASTOS
La adjudicación provisional se realizará en el plazo que consta en el APARTADO L) de la hoja de resumen, en un plazo máximo de un mes, contados a partir de la finalización del plazo de presentación de propuestas. La resolución provisional será notificada a los licitadores. Asimismo, se publicará en la página web y, en su caso, en el XXX o en los boletines oficiales exigidos por ley.
En un plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de la resolución de la adjudicación provisional, el licitador propuesto para la adjudicación provisional deberá realizar lo siguiente:
a) Constituir la garantía definitiva y, en su caso, la garantía complementaria.
b) Pagar los gastos de publicidad oficial, si los hubiere, en un solo Boletín y por una sola vez.
c) Comparecer en la Administración para comprobar el replanteo del proyecto y firmar el correspondiente acta.
d) Comparecer, finalmente, en esta Administración para formalizar el contrato en documento administrativo. El contrato se formalizará en un plazo de
10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación de la adjudicación provisional.
Transcurrido el plazo referido, se hará la adjudicación definitiva, que será publicada en la página web. En caso de que el precio del contrato fuera superior a 100.000 euros, la adjudicación definitiva deberá ser publicada también en el XXX.
Cuando no proceda la realización de la adjudicación definitiva a favor del adjudicatario provisional, por no haber cumplido las condiciones necesarias para ello, previo a la realización de otro concurso, la administración, podrá realizar otra adjudicación provisional a favor del siguiente o siguientes licitadores, de acuerdo al orden en la que se hayan clasificado las ofertas, siempre y cuando sea posible y el nuevo adjudicatario haya mostrado su aprobación. En dicho caso, a este adjudicatario se le concederá un plazo xx xxxx días hábiles para el cumplimiento de lo recogido en el segundo párrafo del apartado anterior.
Dicho procedimiento podrá ser utilizado también en contratos no vinculados a la regulación armonizada, si se trata de la continuación de un contrato ya iniciado y si dicho contrato ha sido declarado como resuelto.
El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación realizada por el Órgano de Contratación.
En el caso de falta de formalización del contrato por causas imputables al contratista, la Administración puede acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, con indemnización de daños y perjuicios.
Los gastos e impuestos devengados por la formalización del contrato serán a cargo del adjudicatario.
En contratos con una licitación superior a 60.000,00 euros los adjudicatarios, previo a la formalización del contrato y junto con la garantía definitiva, deberán presentar el documento acreditativo de haber pagado los gastos de publicidad, de acuerdo a la liquidación que se les presente.
Al contratista se le liquidarán los gastos de publicidad de este contrato, con un coste máximo de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado. (RD1098/2001 art.67.2.g)
22. RENUNCIA POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Si, tras la realización de la convocatoria, el Ayuntamiento xx Xxxxxx renuncia a la formalización de un contrato, o si resuelve iniciar de nuevo el procedimiento para la adjudicación, se comunicará a los candidatos o licitadores, y también será comunicado a la Comisión Europea si dicho contrato ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad Europea.
La renuncia a la formalización del contrato o la anulación del procedimiento es competencia exclusiva del órgano de contratación, previo a la adjudicación provisional. En ambos casos se compensará a los candidatos o licitadores los gastos ocasionados, tal y como se recoge en el pliego de condiciones, o de acuerdo a los principios generales por las que se regula la responsabilidad de la Administración.
Solo se podrá renunciar a la formalización de un contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. En dicho caso, y mientras persistan las razones que hayan sido el fundamento para la renuncia, no se podrá promocionar otro concurso con el mismo objeto.
La base para la renuncia del procedimiento deberá ser una infracción irreparable de las normas para la preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, y deberá justificarse en el expediente que existe dicho motivo. La renuncia no impedirá el inicio inmediato de otro procedimiento de concurso”.
III. NATURALEZA, RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
23. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato que en base a este pliego se realice tendrá carácter administrativo y, en todo lo no previsto en él, se estará a lo dispuesto, específicamente, en las normas de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público. Asimismo, se estará también a lo dispuesto en la Normativa General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y en las demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.
24. RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN
Las decisiones a que se refiere el apartado 2 del artículo 37 de la Ley 30
/2007 que se adopten en los procedimientos de adjudicación de contratos sujetos a regulación armonizada, incluidos los contratos subvencionados, contratos de servicios comprendidos en las categorías 17 a 27 del Anexo II de cuantía igual o superior a 206.000 euros, o contratos de gestión de servicios
públicos en los que el presupuesto de gastos de primer establecimiento sea superior a 500.000 euros y el plazo de duración superior a cinco años, deberán ser objeto del recurso especial en materia de contratación que se regula en este artículo con anterioridad a la interposición del recurso contencioso administrativo, sin que proceda la interposición de recursos administrativos ordinarios contra los mismos. No se dará este recurso en relación con los actos dictados en procedimientos de adjudicación que se sigan por el trámite de emergencia regulado en el artículo 97.
Serán susceptibles de recurso especial los acuerdos de adjudicación provisional, los pliegos reguladores de la licitación y los que establezcan las características de la prestación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento antecedente, siempre que éstos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos
Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efectos de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación provisional.
El recurso podrá interponerse por las personas físicas y jurídicas cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de recurso y, en todo caso, por los licitadores.
Sin perjuicio de lo que, para el ámbito de las Comunidades Autónomas, establezcan sus normas respectivas que, en todo caso, deberán atribuir esta competencia a un órgano cuyas resoluciones agoten la vía administrativa, serán competentes para resolver el recurso especial el órgano de contratación, cuando se trate de contratos de una Administración Pública, o el titular del departamento, órgano, ente u organismo al que esté adscrita la entidad contratante o al que corresponda su tutela, si ésta no tiene el carácter de Administración Pública. En este último caso, cuando la entidad contratante esté vinculada con más de una Administración, será competente el órgano correspondiente de la que ostente el control o participación mayoritaria.
En el supuesto de contratos subvencionados, la competencia corresponderá al titular del departamento, órgano, ente u organismo que hubiese otorgado la subvención, o al que esté adscrita la entidad que la hubiese concedido, cuando ésta no tenga el carácter de Administración
Pública. En el supuesto de concurrencia de subvenciones por parte de distintos sujetos del sector público, la competencia se determinará atendiendo a la subvención de mayor cuantía y, a igualdad de importe, atendiendo a la primeramente concedida.
Salvo determinación expresa en contrario, la competencia para resolver el recurso especial en materia de contratación se entenderá delegada conjuntamente con la competencia para contratar. No obstante, la facultad de acordar una indemnización por perjuicios no será susceptible de delegación, debiendo resolver sobre la misma, en todo caso, el órgano delegante; a estos efectos, si se estimase pertinente reconocer una indemnización, se elevará el expediente al órgano delegante, el cual, sin necesidad de avocación previa y expresa, resolverá el correspondiente recurso.
El plazo para interponer el recurso especial en materia de contratación será xx xxxx días hábiles, contados a partir del siguiente a aquél en que se notifique o publique el acto impugnado. En el caso de que el acto recurrido sea el de adjudicación provisional del contrato, el plazo se contará desde el día siguiente a aquél en que se publique el mismo en un diario oficial o en el perfil de contratante del órgano de contratación, conforme a lo señalado en el artículo 135.4.
La presentación del escrito de interposición deberá hacerse en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso. La subsanación de los defectos de este escrito deberá efectuarse, en su caso, en el plazo de tres días hábiles.
En el caso de que el procedimiento de adjudicación del contrato se tramite por la vía de urgencia prevista en el artículo 96, el plazo para la interposición del recurso será de siete días hábiles y el de subsanación, de dos días hábiles.
Si el acto recurrido es el de adjudicación provisional, quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación hasta que se resuelva expresamente el recurso, sin que pueda, por tanto, procederse a la adjudicación definitiva y formalización del contrato. No obstante, si el recurso se hubiese interpuesto contra el acto de adjudicación provisional de un acuerdo marco del que puedan ser parte un número no limitado de empresarios, el órgano competente para resolverlo podrá levantar la suspensión una vez transcurridos cinco días hábiles desde su interposición.
Interpuesto el recurso, se dará traslado del mismo a los restantes interesados, concediéndoles un plazo de cinco días hábiles para formular alegaciones, y se reclamará el expediente, en su caso, a la entidad, órgano o
servicio que lo hubiese tramitado, que deberá remitirlo dentro de los dos días hábiles siguientes acompañado del correspondiente informe. Los licitadores tendrán, en todo caso, la condición de interesados en el procedimiento de recurso.
Una vez recibidas las alegaciones de los interesados, o transcurrido el plazo señalado para su formulación, el órgano competente deberá resolver el recurso dentro de los cinco días hábiles siguientes, notificándose la resolución a todos los interesados. En todo caso, transcurridos veinte días hábiles contados desde el siguiente a la interposición del recurso sin que se haya notificado su resolución, el interesado podrá considerarlo desestimado a los efectos de interponer recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio de la subsistencia de la obligación de resolver expresamente y del mantenimiento, hasta que ello se produzca, de la suspensión establecida en el apartado 7, en su caso.
La resolución del recurso estimará en todo o en parte o desestimará las pretensiones formuladas o declarará su inadmisión, decidiendo motivadamente cuantas cuestiones se hubiesen planteado. En todo caso, la resolución será congruente con la petición y, de ser procedente, se pronunciará sobre la anulación de las decisiones ilegales adoptadas durante el procedimiento de adjudicación, incluyendo la supresión de las características técnicas, económicas o financieras discriminatorias contenidas en el anuncio de licitación, anuncio indicativo, pliegos, condiciones reguladoras del contrato o cualquier otro documento relacionado con la licitación o adjudicación, sobre la retroacción de actuaciones, o sobre la concesión de una indemnización a las personas perjudicadas por una infracción procedimental.
Si la resolución del recurso acordase la adjudicación del contrato a otro licitador, se concederá a este un plazo xx xxxx días hábiles para que cumplimente lo previsto en el artículo 135.4, segundo párrafo.
Contra la resolución del recurso solo procederá la interposición de recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
25. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, no obstante lo cual, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
En Bermeo, a 24 de septiembre de 2008.
Modelo de proposición económica
Don/doña ………………………………………., con dirección en
………………………………………. y DNI nº , en mi nombre o en
representación de la empresa ………………………………………. con dirección en ……………………. y NIF… ,
DECLARO:
I.- Que he tenido conocimiento del anuncio de licitación del contrato
……………………………………………………………………………………….
II.- Que conozco los pliegos de condiciones administrativas y técnicas por las que se regula la contratación, aceptando las mismas.
III.- Que la empresa a la que represento cumple con todas las condiciones y criterios establecidos por la normativa vigente.
IV.-Que propongo la ejecución del contrato mencionado por la cantidad de
………………..(en números/en letras) euros, IVA no incluido. Que la cantidad correspondiente al IVA será de € (en números/en letras).
V.- Que el mantenimiento y las reparaciones se realizarán en el siguiente taller ubicado en el término municipal xx Xxxxxx:
NOMBRE:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO:
En Bermeo, a …. de de 2008.
Firmado: DNI:
Modelo de declaración jurada
Don/doña…………………, con número de DNI , con
dirección en ………………………. y en representación de la empresa
………………………., con NIF… ,
DECLARO ANTE EL PRESIDENTE DE LA MESA DE CONTRATACIÓN
Que no estoy incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas por el artículo 49 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, firmo esta declaración.
En Bermeo, a …. de de 2008.
Firmado: DNI:
Impreso a cumplimentar por el licitante
DATOS DE LA EMPRESA
1. Empresa individual
Nombre:
DNI:
Dirección:
Fax:
Tfno.:
CP:
Nombre mercantil registrado:
Inscrito en el Registro Mercantil , con
fecha …………………….
2. Empresa social:
Nombre:
NIF:
Fecha de constitución:
Inscrito en el Registro Mercantil , con
fecha …………………….
Dirección:
Fax:
Tfno.:
Las siguientes escrituras sociales:
NOMBRE FECHA
1. Modificación ……/………/…….
2. Ampliación ……/………/……..
3. Otros ……/………/…….
3. Apoderado:
Nombre:
Escritura de apoderamiento:
- Fecha :
- Inscrito en el Registro Mercantil ……………………………………
En Bermeo, a …. de de 2008.
Firmado: DNI:
Modelo de declaración jurada de validez de los datos del Registro de Contratistas del Gobierno Xxxxx y/o del Registro de Licitadores de la Diputación Xxxxx de Bizkaia
Don/doña…………………, con número de DNI , con
dirección en ………………………., y en representación de la empresa
………………………., con NIF… ,
DECLARO ANTE EL PRESIDENTE DE LA MESA DE CONTRATACIÓN
La validez y vigencia de los datos recogidos en el certificado expedido por el Registro Oficial de Contratistas del Gobierno Xxxxx y/o del Registro de Licitadores de la Diputación Xxxxx de Bizkaia, en especial, los correspondientes al artículo 49 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.
Firmado: DNI:
ANEXO V SOLVENCIA ECÓNOMICA
Don/doña…………………………………, con DNI nº ………………, y dirección en ………………………………………., en representación de la empresa …………………., con NIF nº ……………………, en lo referente a la solvencia económica que se solicita para el contrato con objeto de
………………………….,
sido:
DECLARO CON RESPONSABILIDAD:
Que el volumen de negocio de la empresa en los últimos tres años ha
Año 2005
OBJETO | CLIENTE | FECHA | PRECIO | CERTIFICADO |
Año 2006
OBJETO | CLIENTE | FECHA | PRECIO | CERTIFICADO |
Año 2007
OBJETO | CLIENTE | FECHA | PRECIO | CERTIFICADO |
Y para que la solvencia económica para participar en la licitación mencionada quede probada, firmo esta declaración.
En Bermeo, a …. de de 2008.
Firmado: DNI:
ANEXO VI SOLVENCIA TÉCNICA
Don/doña…………………………………, con DNI nº ………………, y dirección en ………………………………………., en representación de la empresa …………………., con NIF nº ……………………, en lo referente a la solvencia económica que se solicita para el contrato con objeto de
………………………….,
DECLARO CON RESPONSABILIDAD:
1. Que los trabajos realizados por esta empresa en los últimos tres años han sido los siguientes:
- Año 2005
- Año 2006
- Año 2007
2. Que las unidades técnicas que disponemos para la ejecución del contrato son las siguientes:
3. Que las medidas de gestión medioambientales son las siguientes:
4. Que los recursos personales de la empresa son las siguientes:
Y para que la solvencia técnica para participar en la licitación mencionada, firmo la siguiente declaración.
En Bermeo, a …. de de 2008.
Firmado: DNI:
ANEXO VII:
DECLARACIÓN SOBRE PERSONAL CON MINUSVALÍA
Don/doña…………………………………….., con DNI nº……………………….., y en representación y en nombre de la empresa …………….………, con NIF nº
…………….….,
Declara, bajo su responsabilidad:
1.- Que a fecha de presentación de este documento, la empresa arriba mencionada dispone del siguiente número y tipo de trabajadores:
- Trabajadores con MINUSVALÍA, en total:.............................
- Número de trabajadores de la plantilla de la empresa y por cuenta xxxxx, sin contar autónomos y trabajadores por cuenta propia, en total:
......................................................
- Porcentaje que suponen del total de la plantilla de trabajadores de la empresa los trabajadores con MINUSVALÍA, sin contar autónomos y trabajadores por cuenta propia, en total: ....................................................
Con el objeto de acreditar esta declaración, se compromete a entregar todos los documentos que solicita la Administración a esta empresa licitadora.
En Bermeo, a .......... de ......................... de 200...
Firmado: DNI: