ÉSTE DOCUMENTO CONFIGURA UN CONTRATO DE ADHESIÓN A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE INTERNET QUE SE REGIRÁ POR LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS:
ÉSTE DOCUMENTO CONFIGURA UN CONTRATO DE ADHESIÓN A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE INTERNET QUE SE REGIRÁ POR LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS:
ART. 1 - Términos Generales: En el presente instrumento se establecen las Condiciones Generales de Contratación del servicio de Internet, en adelante “el Servicio”, que forma parte integrante e inseparable de la Solicitud y Contrato del Servicio entre el CLIENTE y Xxxxxx Xxxxx ( CUIT 20396932637) en adelante FIBRATEL LA PRESTADORA..
El CLIENTE al llenar la solicitud del servicio en nuestra web xxxxxxxx.xxx.xx declara conocer y aceptar los contratos y reglamentaciones en vigencia.
ART. 2.- Definiciones: Los términos que se definen a continuación, tendrán el significado que para cada uno de ellos se describe seguidamente: 2.1. Servicio: Internet, 2.2.
Formulario de Instalación: documento en el que se deja constancia que el Servicio de Internet, contratado fue instalado y habilitado en el domicilio y/o dirección indicada por parte del CLIENTE, como así también del equipo entregado en comodato. El Suscriptor completará el formulario de solicitud para la prestación del servicio. 2.3. CLIENTE y/o Usuario: Persona física o jurídica que contrata uno o más SERVICIOS de Telecomunicaciones a la PRESTADORA. 2.4. Facturas y/o Liquidación de Servicios Públicos: Corresponde al documento emitido mensualmente por la PRESTADORA, en el que consta el precio del suministro de los Servicios de Telecomunicaciones contratados por el CLIENTE. La factura de los servicios puede materializarse en formato de Factura y/o Liquidación de Servicios Públicos según el o los Servicios contratados. 2.5. Descuentos u ofertas especiales: Comprende los descuentos otorgados por la PRESTADORA, de acuerdo a las condiciones y términos establecidos por ésta. Por lo anterior, los descuentos se aplicarán y permanecerán vigentes por el período de tiempo establecido por la PRESTADORA. 2.6. Días: Se entenderán días hábiles, salvo que se exprese lo contrario.
2.7. Equipos: Corresponde a los equipos entregados por la PRESTADORA al CLIENTE, necesarios para el suministro de los Servicios contratados. El CLIENTE mantendrá los equipos en calidad de comodatario, es decir, los recibe en préstamo sólo para su uso EXCLUSIVO E INTRANSFERIBLE obligándose restituir una vez terminado el Contrato, en perfectas condiciones, considerando el desgaste normal de los mismos durante la permanencia del Contrato. NO SE CONSIDERA USO NORMAL: golpes, roturas intencionales, daños ocasionados por el mal uso. Salvo que por disposición expresa de la PRESTADORA los equipos queden en propiedad del CLIENTE. 2.8. Factibilidad: Corresponde a la posibilidad o imposibilidad técnica o cualquier otra que impida proveer alguno/s y/o todos los Servicios solicitados por el CLIENTE a la PRESTADORA. 2.9. Reglamento del Servicio: El marco legal del suministro de los Servicios solicitados por el CLIENTE será regulado por las Leyes, Decretos y Reglamentos pertenecientes a los Entes Reguladores de los mismos, como así también bajo el amparo de la Ley 24.240 de Defensa al Consumidor. 2.10. Precio de los Servicios Contratados: Corresponden a las tarifas, rentas mensuales y condiciones generales del Plan Comercial de los Servicios contratados y Servicios adicionales que el CLIENTE contrate con la PRESTADORA. El atraso por 10 días hábiles y consecutivos faculta a la PRESTADORA a interrumpir el servicio e iniciar acciones legales o administrativas a fines de su cobro, como así también a dar de baja el servicio de manera provisoria o definitiva, según ésta lo considere necesario. 2.11. Cargos Mensuales: Corresponde al precio mensual de los Servicios contratados por el CLIENTE a la PRESTADORA. 2.12. Cargos de Instalación y/o Activación: Corresponde al precio que el CLIENTE deberá abonar por única vez, con ocasión de la instalación y/o activación de los
Servicios de Telecomunicaciones contratados por el CLIENTE a la PRESTADORA. 2.13. Partes: Término que comprende al CLIENTE y a la PRESTADORA. 2.14. Plan Comercial: Corresponde al Plan contratado por el CLIENTE a la PRESTADORA, estableciéndose en éste, los términos, condiciones del/ los productos contratados y el precio del suministro de los mismos.
ART 3: De la contratación de los Servicios de Telecomunicaciones. 3.1. El o los Servicios contratados por el CLIENTE a la PRESTADORA se encuentran individualizados en el documento de confirmación de Contrato de Servicios (Bienvenida). 3.2. La PRESTADORA podrá informar al CLIENTE a través de su página web, por WhatsApp, e-mail u otra modalidad, nuevas ofertas, promociones, y modificaciones tarifarias de los productos y/o servicios.
ART. 4: Factibilidad, Instalación y Habilitación de los Servicios 4.1. Requeridos los Servicios de Telecomunicaciones y verificado por parte del personal técnico de la PRESTADORA la existencia de factibilidad en el lugar de su conexión y habilitación, éste procederá a la instalación de los mismos en el lugar que el CLIENTE indique, siempre que ello sea técnicamente factible con el objeto de permitir un buen funcionamiento del/los servicios. En la eventualidad que técnicamente el o los Servicios y equipos no pudieren ser instalados y habilitados en el lugar indicado por el CLIENTE, serán instalados en otro lugar señalado por éste, de ser posible esa situación. El domicilio de instalación del servicio será exactamente aquel que conste en la solicitud, no siendo permitido instalar el mismo en un punto de conexión ubicado en un domicilio distinto, bajo apercibimiento de sanciones legales, administrativas y/o multas. 4.2. La instalación y habilitación del/los servicios y equipos se efectuará por personal técnico de la PRESTADORA o por personal contratista de ésta, bajo la vigilancia del CLIENTE o de la persona que éste designe al efecto o por persona mayor de edad que se encuentre en el domicilio del CLIENTE. En la eventualidad que sea necesario efectuar perforaciones, orificios en murallas o piso del inmueble y/o fijar el cable de la red mediante remaches en murallas, el personal técnico previamente informará al CLIENTE, con el objeto que dichos trabajos sean autorizados por éste. 4.3. Una vez instalados, habilitados y configurados el o los Servicios, el CLIENTE deberá suscribir el respectivo Formulario de Atención en Domicilio, en el que se individualizarán los Servicios conectados y el normal funcionamiento de los mismos, conforme lo señalado en el numeral (2.1.) de la Cláusula 2 precedente. 4.4. El CLIENTE podrá solicitar mediante trámite administrativo en las oficinas de atención al público de la PRESTADORA, el cambio de la dirección de la instalación y habilitación de los Servicios contratados, si fuere menester y tendrá la obligación de informar cualquier cambio de domicilio a fin de saber si continuará con el servicio o no. La PRESTADORA en un plazo de 5 días hábiles verificará e informará al CLIENTE, si en la nueva dirección existe factibilidad técnica, el plazo para la instalación y habilitación del/los Servicios y el costo. La PRESTADORA no resultará obligada ni tendrá responsabilidad alguna frente a la imposibilidad de proveerlos en la nueva dirección. 4.5. El CLIENTE se encuentra impedido de autorizar, permitir y/o tolerar la conexión, uso o utilización de la red y de los equipos instalados y habilitados por la PRESTADORA, con el fin de facilitar y obtener la provisión gratuita de los Servicios a terceros, bajo penalidad de DECLARAR NULO DE NULIDAD ABSOLUTA EL PRESENTE CONTRATO Y ASUMIR SANCIONES CIVILES, ADMINISTRATIVAS Y/O PENALES QUE PUDIEREN
CORRESPONDER. En razón de ello, en la eventualidad que el CLIENTE tome o tenga conocimiento de alguna conexión ilegal, se obliga a dar aviso inmediato a la PRESTADORA
de tal hecho. Asimismo, le estará expresamente prohibido al CLIENTE, conectar y/o extender los servicios a aparatos o equipos adicionales no instalados por la PRESTADORA o fuera de su domicilio. 4.6. El incumplimiento de las obligaciones señaladas, facultará a la PRESTADORA para poner fin inmediato al contrato, sin necesidad de gestión ni declaración alguna. 4.7. Para hacer efectiva la instalación de los Servicios, el CLIENTE deberá controlar que: 4.7.1. La superficie de instalación debe ser firme, sin vibraciones, no presentar inclinaciones, tener el suficiente espacio para que el equipo tenga buenas condiciones de ventilación y sea accesible para las tareas de operación y mantenimiento (permitiendo libre apertura de tapas y/o puertas), libre de suciedad. 4.7.2. Las condiciones ambientales deberán ser: Temperatura 0o a 25o C, Humedad inferior al 90%, no condensada. 4.7.3. La ubicación de los equipos deberá ser tal que haya una distancia de 3m, como mínimo, de las fuentes de aire, radiación, electromagnética (motores eléctricos, fotocopiadoras, equipos de fax, ascensores, equipos de aire acondicionado). 4.7.4. Se recomienda evitar la instalación en espacios cerrados que impidan la circulación de aire. Lugares donde los equipos pueden estar expuestos a golpes, enganches de cables, etc., como así también a agentes externos (sol, agua, polvo) ya que los mismos afectarían la disponibilidad del Servicio y la vida útil de los equipos y accesorios. 4.7.5. Se recomienda además que todo recorrido de cables de energía o datos, que atraviesen zonas de tránsito, esté protegido en forma adecuada (se recomienda xxxx metálico flexible o de hierro galvanizado). 4.7.6. El CLIENTE deberá proveer la conexión de alimentación y tierra hasta e punto de instalación de los equipos (máximo en un radio de 1,5m). La red de alimentación – deberá entregar 220V (+6%, -10%), 50 Hz. Es imprescindible que la toma de alimentación provea el contacto de tierra de protección, (norma IRAM 2073 (ficha macho de 3 pata plana).
ART 5.- Equipamiento de telecomunicaciones entregado al CLIENTE. 5.1. Para la provisión del/los Servicios contratados, si fuese necesario, la PRESTADORA entregará en comodato al CLIENTE los equipos necesarios, los que serán debidamente individualizados en el Formulario de Instalación, conforme lo señalado en el numeral (2.1.) de la cláusula 2 de este documento. 5.2. El CLIENTE declara reconocer expresamente la propiedad de la PRESTADORA sobre los equipos recibidos en comodato (PRÉSTAMO). 5.3. Los equipos serán entregados en perfectas condiciones, los que serán destinados única y exclusivamente por el CLIENTE al uso para el que fueron instalados y conectados por la PRESTADORA. El uso de los mismos, según corresponda, deberá realizarse de acuerdo a las instrucciones impartidas por la PRESTADORA. 5.4. Queda expresamente prohibido que el CLIENTE entregue a terceros, a cualquier título, los equipos que hubiese recibido de la PRESTADORA, como así también alterar su configuración, modificarlos, romper sellos e intervenirlos o romper o cambiar cualquiera de sus piezas o elementos que sean parte integrantes de los mismos. Los daños que se ocasionen como consecuencia de la manipulación inadecuada y/o intervención que el CLIENTE efectúe en los equipos o como resultado del mal estado de conservación que éste dé a los mismos, serán de responsabilidad del CLIENTE y sujeto a las penas previstas en el art. 4.5. El mismo no tendrá responsabilidad por el desgaste normal del equipamiento, ocasionado por el uso legítimo y adecuado que éste dé a los equipos, en virtud del presente contrato NO SE CONSIDERA USO O DESGASTE NORMAL, EL DAÑO PROPINADO INTENCIONALMENTE, ROTURA POR DAÑOS OCASIONADOS DEBIDO A USO NO CONFORME A LAS CONDICIONES NORMALES. 5.5. La PRESTADORA podrá en
cualquier momento, por sí o por medio del personal especialmente autorizado, inspeccionar el equipamiento entregado en comodato, en un horario adecuado. El personal técnico, en forma previa a tener acceso al lugar de instalación del equipo, deberá acreditar y exhibir al
CLIENTE la credencial que lo identifique como técnico de la PRESTADORA, conjuntamente con su Documento Nacional de Identidad. Si el personal técnico no exhibe la respectiva documentación el CLIENTE no deberá autorizar ni permitir el acceso de dicho personal. 5.6. Cualquier desperfecto o mal funcionamiento del equipamiento deberá ser informado a la PRESTADORA con el objeto de disponer la debida inspección técnica. Las inspecciones técnicas no conllevan cargo alguno para el CLIENTE, no así la reparación o reposición de equipos, los cuales serán facturados a costo y cargo del mismo. 5.7. El CLIENTE se obliga a entregar al término del Contrato, el o los equipos dados en comodato (PRÉSTAMO), en las oficinas comerciales de atención al público de la PRESTADORA. En la eventualidad, que el o los equipos no sean restituidos y/o se restituyeran en malas condiciones, con componentes o accesorios faltantes y/o hayan sufrido daños y/o se hubieren extraviado o hubiesen sido hurtados o robados, el costo del mismo será el estipulado al momento de su devolución a cargo del CLIENTE, SIN EXCEPCIÓN ALGUNA. 5.8. En la eventualidad que el CLIENTE no restituya los equipos en las condiciones establecidas al término del Contrato, en un plazo no superior a los 05 días hábiles, para todos los efectos legales, se tendrá por adeudado el precio del o de los equipos, conforme lo señalado en el numeral (5.7.) precedente de esta cláusula. Configurándose así mismo el delito de DEFRAUDACIÓN POR RETENCIÓN INDEBIDA en base a los Arts. 45 y 163 Inc. 2 en función del Art.172 del Código Penal, habilitando a la PRESTADORA o a quien ella autorice a efectuar la denuncia policial y/o judicial correspondiente, independientemente de las sanciones CIVILES Y/O ADMINISTRATIVAS que pudieran corresponder.
- Domicilio y jurisdicción
Todas las notificaciones se realizarán en los domicilios fijados por el CLIENTE en la Solicitud.. El presente Contrato se regirá e interpretará conforme a la legislación de la República Argentina y las partes se someten a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad xx Xxxxxxx, Provincia xx Xxxxxxx, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder, y fijan sus domicilios en los lugares indicados en la Solicitud.. El CLIENTE acepta el presente contrato con sus términos y condiciones y demás documentos anexos, suscribiéndose en prueba de conformidad con la puesta en funcionamiento del servicio queda por constituido y reconocido por el Cliente ÉSTE CONTRATO.
FIRMA POR EL CLIENTE
ACLARACIÓN