Contract
CONTRATO: | N° 98 de 2020 |
CONTRATANTE: | UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA-UPTC. |
NIT: | 000000000-1 |
RESPONSABLE: | XXXXX XXXXXX XXXXXXX |
CARGO: | RECTOR |
CONTRATISTA: | COMERCIALIZADORA CONSTRUBOY SAS |
NIT. | 900933865-2 |
DIRECCION: | XXXXXXX 00 0 00 XXX XXXXXX XXX XXXXXX |
XXXXXX: | SUMINISTRO DE TUBERIAS, ACCESORIOS Y EQUIPOS PARA LA CONSTRUCCION DE LAS REDES HIDRAULICAS Y SANITARIAS CON DESTINO AL CENTRO REGIONAL UNIVERSITARIO CRU FACULTAD SEDE DUITAMA. |
VALOR: | DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS DOSMIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS MONEDA LEGAL ($289.702.645).) |
PLAZO DE EJECUCIÓN: CUATROCIENTOS CINCUENTA (450) DÍAS CALENDARIO CONTADOS DESDE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO, PREVIA APROBACIÓN DE LAS GARANTIAS REQUERIDAS POR LA UNIVERSIDAD | |
RUBRO: | Sección 010101 Unidad Administrativa - Gestión 3.3.99 30 ADM Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx |
XXXXXXXX Xx. 0: | XXXXXXX X XXXX (00) XXXX XXXXXXXXXX |
XXXXXXXX Xx. 0: | SETENTA (70) DÍAS CALENDARIO |
MODIFICATORIO. 1: | INCLUSIÓN DE ITEMS NO PREVISTOS |
XXXXX XXXXXX XXXXXXX, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No. 7.214.337 expedida en Duitama, en su calidad de Rector y Representante Legal de la UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA-UPTC, con NIT. 000000000-1; debidamente facultado por la Ley 30 de 1992, el Xxxxxxx 000 xx 0000 x xxx Xxxxxxxx 066 de 2005, 074 de 2010 modificado por el Acuerdo 064 de 2019 y el Acuerdo 025 de 2020, quien en adelante se denominará LA UNIVERSIDAD, por una parte; y por la otra; y COMERCIALIZADORA CONSTRUBOY SAS con NIT: 900933865-2, , como persona jurídica constituida por documento privado del 25 de enero de 2016 de la asamblea constitutiva, registrado en esta cámara de comercio bajo el número 26024 del libro IX del registro mercantil el 29 de enero de 2016, representada legalmente por XXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX identificada de cédula de ciudadanía No 33,367,970 y quien en el texto del presente contrato se llamará EL CONTRATISTA, por otra parte, hemos convenido celebrar la presente prorroga No. 2 y modificación No 1 , previas las siguientes consideraciones: 1) La Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia-UPTC, suscribió el Contrato N° 98 de 2020 con la empresa COMERCIALIZADORA CONSTRUBOY SAS, cuyo objeto es “SUMINISTRO DE TUBERIAS, ACCESORIOS Y EQUIPOS PARA LA CONSTRUCCION DE LAS REDES HIDRAULICAS Y SANITARIAS CON DESTINO AL CENTRO REGIONAL UNIVERSITARIO CRU FACULTAD SEDE DUITAMA”, por la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS DOSMIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS
MONEDA LEGAL ($289.702.645), con un plazo de ejecución de cuatrocientos cincuenta (450) días calendario con acta de inicio de fecha veintidós (22) de julio de 2020. 2) Que el día veintidós (22) de octubre de 2021 se celebró prorroga No 1 al contrato 98 de 2020, por un plazo de noventa y ocho (98) días calendario, a la fecha el contrato se encuentra vigente conforme al acta de reinicio de la suspensión No 11 efectuada al contrato en mención. 3) Que mediante oficio de fecha 07 xx xxxxx de 2022 suscrito por el supervisor del contrato Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx y dirigido a la contratista
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XXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX (COMERCIALIZADORA CONSTRUBPY SAS) indica lo siguiente: “(…)Por medio del presente, pido muy amablemente su colaboración para que se presenten cotizaciones de los ítems relacionados a continuación, los cuales, son requeridos en el proyecto de construcción y se desean incluir en el alcance del contrato de referencia, no obstante, previo a ello debe acordarse el valor unitario para cada uno de ellos , para lo cual y de acuerdo con el procedimiento establecido por la institución debe presentarse por parte del contratista cotizaciones de cada uno de ellos, las cuales, serán verificadas y junto con la Supervisión se pactará el valor unitario para los elementos.(…)” 4) Que en escrito de fecha 7 xx xxxxx de 2022 la contratista XXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX (COMERCIALIZADORA CONSTRUBPY SAS),allega cotización N°1203. 5) Que mediante oficio de fecha 13 de julio de 2022 suscrito por XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX - Supervisor contrato y dirigido a la contratista manifiesta lo siguiente: “(…) Con base en el estudio xx xxxxxxx realizado para la definición de los valores unitarios para los ítems de los elementos no previstos que se requiere incorporar en el contrato de referencia, por medio del presente, el listado de ítems a incorporar mediante modificación incluyendo su respectiva unidad de medida y valor unitario, aclarando que las cantidades requeridas para estos ítems no generan en este momento la necesidad de incorporar un valor adicional para el contrato, las mismas se encuentran definidas en el balance de mayores y menores cantidades adjunto al presente, documento que también requiere su aprobación. Nota: 1. Sobre los valores unitarios relacionados en la tabla se aplicará el IVA del 19 % según las condiciones del contrato. 2. Las cantidades plasmadas en el balance adjunto para los ítems relacionados en la tabla N° 1 pueden estar sujetas a variaciones durante la ejecución de las actividades, en ese caso se formalizará el cambio en acuerdo con el contratista mediante otro balance de mayores y menores cantidades. Por lo anterior y con el fin de adelantar las respectivas gestiones administrativas, pido muy amablemente su colaboración, para que se emita oficio de aceptación para: 1. La inclusión de los 80 ítems no previstos que se requieren incorporar al alcance del contrato en las unidades de medidas y valores unitarios relacionados en la tabla 1 de la presente comunicación. 2. Aprobación del balance de mayores y menores cantidades adjunto al presente. Por último, pido muy amablemente verificar el plazo de ejecución del contrato y evaluar si es el requerido para poder garantizar el suministro de los materiales contratados y los que se requiere incorporar en el alcance. (…)” 6) Que la contratista XXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX (COMERCIALIZADORA CONSTRUBPY SAS) en escrito de fecha 14 de julio de 2022 manifiesta lo siguiente: “(…)La presente con el fin de solicitar ampliación de tiempo para entrega material del contrato de la referencia cuyo Objeto es SUMINISTRO DE TUBERIAS, ACCESORIOS Y EQUIPOS PARA LA CONSTRUCCION DE LAS REDES HIDRAULICAS Y SANITARIAS CON DESTINO AL CENTRO REGIONAL UNIVERSITARIO CRU
FACULTAD SEDE DUITAMA por un periodo de setenta días (70) días más, teniendo en cuenta que las fábricas debido a los diferentes factores como son las importaciones de las diferentes materias primas para poder producir y tener disponibilidad de inventarios arroja que las entregas sean demoradas y la alta demanda presentada en pedidos, ha generado un atraso importante por cada uno de nuestros diferentes proveedores. Esta situación nos afecta los tiempos de entrega de los elementos contratados y los ítems no previstos conciliados dentro del contrato. De igual manera nos permitimos aceptar la inclusión 80 ítems no previstos en el contrato con los precios sugeridos por parte de la dirección del proyecto CRU – UPTC. más IVA 19% (oficio DP-1143 del 13 de julio de 2022). Con el fin de dar trámite al proceso de adición. Nos permitimos aprobar balance de mayores y menores cantidades. (adjunto en el oficio DP-1143 del 13 de julio de 2022)(…)”7) Mediante oficio de fecha 18 de julio de 2022 suscrito por Xxxx Xxxx Xxxxxxxx Director de la Interventoría indica lo siguiente: “(…) La interventoría en cumplimiento de las obligaciones contractuales y conforme a lo establecido en el contrato de la referencia, específicamente en lo concerniente a las funciones técnicas y administrativas referente a atender las solicitudes que realice la UPTC y revisión, emisión de conceptos técnicos y económicos con su respectivo aval en caso de requerirse, en atención a su solicitud elevada en el comunicado DP-1153
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del contrato”. 3.El plazo solicitado esta dentro de los tiempos de ejecución del proyecto de acuerdo a la reprogramación del proyecto aprobada el pasado 13 xx xxxx de 2022.(…)” 8) El supervisor del contrato Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx mediante oficio DP-1180 de 18 de julio de 2022 la manifiesta a la contratista lo siguiente: “(…)Mediante el presente, me permito informar que se emitió por parte de la interventoría del proyecto, el concepto de viabilidad técnica para la prórroga solicitada y para la inclusión de los ítems de materiales y/o elementos no previstos concertados entre las partes, no obstante, se solicitó la exclusión del ítem NP-78 Soldadura Gerfor PVC ¼ Gal dado que este ítem se encuentra dentro del listado de ítems del Contrato No. 082 de 2020. Por lo anterior, me permito comunicar que se continuará con el proceso de solicitud de prórroga y de modificación para el contrato, excluyendo el ítem “Soldadura Gerfor PVC ¼ “Gal”, por lo que remito para su aprobación el balance de mayores y menores cantidades ajustado de conformidad con lo señalado. (…)” Por lo
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fechada del 14 de julio de 2022 para conceptuar sobre la necesidad de inclusión de Ítems No previstos y ampliación en el plazo contractual, por medio de la presente me dirijo a usted con el fin de dar a conocer la revisión y el análisis llevado a cabo por esta interventoría a su solicitud, de la siguiente manera:➢ ITEMS NO PREVISTOS En atención a su solicitud de inclusión de Ítems “No previstos” para la inclusión de materiales que se requieren y que no están incluidos en el contrato inicial, se realizó la revisión y el análisis conforme a las siguientes consideraciones: 1. Conocido el oficio del pasado 07 xx xxxxx de 2022 emitido por la Supervisión del contrato por medio del cual comunica al contratista para que se presenten cotizaciones de los ítems relacionados, los cuales son requeridos en el proyecto de construcción y se desean incluir en el alcance del contrato de la referencia (Contrato No. 098 de 2020).2. Dada la necesidad del proyecto de realizar la construcción de las redes hidráulicas y sanitarias del centro regional universitario – seccional Duitama.3. Es necesario la inclusión de que materiales complementarios para el cumplimiento de los diseños y actividades definidas que no fueron tenidos en cuenta inicialmente pero que se requieren y que no están incluidos en el contrato inicial. 4. Tal como se ha establecido en el comité de seguimiento semanal No 85, parte del objeto contractual de la interventoría se refiere al seguimiento financiero de los contratos celebrados para el desarrollo del proyecto, sin embargo la supervisión del contrato ha definido “que de acuerdo a lo establecido en los contratos de suministros la competencia de la definición de precios de ítems no previstos es potestad de la Universidad a través de la Supervisión del contrato, por tal razón se ha toma la decisión de que la interventoría no intervenga en la definición de precios durante los procesos de modificación para inclusión de ítems no previstos en los contratos de suministro de material eléctrico y suministro de material hidrosanitario.” Por tal razón el alcance que tiene la interventoría dentro del presente proceso modificatorio para inclusión de ítems no previstos en el contrato de suministro de hidrosanitario será únicamente en conceptuar sobre la necesidad y pertinencia técnica de la inclusión de ítems no previstos. Con lo anterior la interventoría desde el punto de vista técnico recomienda la inclusión de ítems adicionales al contrato de la referencia para la construcción de las diferentes actividades relacionadas con el componente eléctrico. Sin embargo, solicita la exclusión del ítem NP-78 Soldadura Gerfor PVC ¼ Gal dado que este ítem se encuentra dentro del listado de ítems del Contrato No. 082 de 2020. ➢ AMPLIACION DEL PLAZO CONTRACTUAL En cuanto a la necesidad de ampliación del plazo, desde esta interventoría se establece que: 1. Teniendo en cuenta el tiempo restante para la terminación del contrato, al cual le restan seis (6) días para la culminación del plazo de terminación. 2.Dada la necesidad expuesta por el contratista de prorrogar el plazo de ejecución por un periodo de setenta (70) días basados en “teniendo en cuenta que las fábricas debido a los diferentes factores como son las importaciones de las diferentes materias primas para poder producir y tener disponibilidad de inventarios arroja que las entregas sean demoradas y la alta demanda presentada en pedidos, ha generado un atraso importante por cada uno de nuestros diferentes proveedores. Esta situación nos afecta los tiempos de entrega de los elementos contratados y los ítems no previstos conciliados dentro
anterior dado el proceso constructivo general de la ejecución, la interventoría desde el punto de vista técnico considera que, recomienda solicitar realizar la prórroga N° 2 al contrato N° 098 de 2020 por un periodo de setenta (70) días calendario, teniendo en cuenta que el contrato se encuentra vigente y el término prorrogado no superara el 100 % del plazo inicialmente contratado cumpliendo con lo establecido en el artículo 17 del acuerdo 074 de 2010, modificado Acuerdo 064 de 2019. (…)” 9) De conformidad con reunión realizada entre Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx supervisor del contrato, Xxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Director General de obra CRU y la contratista XXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX (Comercializadora CONSTRUBOY SAS), solicitan prorroga No 2 y modificación al contrato 98 de 2020, mediante formato SIG- A-DSC-P01-F15, de 18 de julio de 2022, dan viabilidad a la solicitud de prórroga No 2 por un periodo de setenta (70) días calendario y la inclusión de unos ítems no previstos. 10) El supervisor del Contrato Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx solicitó la prorroga No 2 y la modificación al contrato 98 de 2020 mediante formato de solicitud Código: A-GC-P01-F13 de fecha diecinueve (19) de julio de 2022, teniendo en cuenta lo siguiente: (…) 5.Basados en las necesidades específicas del proyecto y en concordancia con el cronograma de actividades en ese entonces vigente, se adelantaron los trámites pertinentes para la contratación del suministro de los elementos de construcción para el edificio de aulas del centro regional universitario – Seccional Duitama, en concordancia con ello y mediante invitación privada n° 033 de 2020, se adjudicó a la comercializadora CONSTRUBOY S.A.S, el contrato n° 98 de 2020 cuyo objeto es “suministro de tuberías, accesorios y equipos para la construcción de las redes hidráulicas y sanitarias con destino al centro regional universitario cru facultad sede Duitama”, del 15 de julio de 2020, por un valor de doscientos ochenta y nueve millones setecientos dos mil seiscientos cuarenta y cinco pesos ($ 289.702.645,00) m/legal y un plazo inicial de cuatrocientos cincuenta (450) días calendario Contados a partir de la suscripción del acta de inicio. El día 22 de julio de 2020 se suscribió el acta de inicio y la supervisión del contrato es ejercida por el arquitecto Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Designado para tal fin por el rector de la universidad. 6. La interventoría del proyecto de construcción del centro regional universitario - cru, facultad seccional Duitama, es ejercida por el consorcio inter UNIVERSITY, MEDIANTE EL CONTRATO N°
38 DE 2020 suscrito con la universidad y cuyo objeto es “contratar la interventoría técnica, administrativa, financiera y ambiental para la construcción del centro regional universitario, uptc, facultad seccional Duitama. 7. El 22 de julio de 2020 se procedió a la suscripción del acta de inicio del contrato, luego de verificar el cumplimiento previo de los requisitos establecidos para ello. 8. En la estructuración de los documentos previos del proceso mediante el cual se suscribió el contrato n° 98 de 2020, se contempló la necesidad de incluir bajo el objeto de “suministro de tuberías, accesorios y equipos para la construcción de las redes hidráulicas y sanitarias con destino al centro Regional universitario cru facultad sede Duitama”, noventa y dos (92) ítems correspondientes a elementos y/o materiales identificados y necesarios para la construcción de las redes hidrosanitarias del proyecto, considerando los plasmados en los análisis de precios unitarios generados como producto de la consultoría del proyecto. 9. Durante la ejecución de las actividades de construcción de las redes hidráulicas y sanitarias del proyecto se han presentado situaciones que han Generado la necesidad de requerir elementos y/o materiales que no se encontraban considerados en el alcance inicial, lo anterior, se genera por las siguientes razones: a) en la definición del presupuesto de un proyecto de construcción, actividad que se desarrolla en la etapa de consultoría, normalmente hay elementos que no se cuantifican de forma individual puesto que hacen parte de una actividad general (descritos y discriminados normalmente en el análisis de precios unitarios), en este caso, en el que la universidad ejecuta la construcción DEL PROYECTO, NO DESARROLLA ESTE TIPO DE ACTIVIDADES DE FORMA GENERAL, SINO QUE SE LE HACE NECESARIO CONTRATAR EL SUMINISTRO DE CADA ELEMENTO POR MÍNIMO Y PEQUEÑO QUE ESTE SEA. b) se han identificado ítems del capítulo hidrosanitario que no fueron no previstos en la etapa de consultoría para los cuales, también se requiere contar con elementos y/ o
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materiales adicionales. c) en la ejecución de los proyectos de construcción es de normal ocurrencia, que se presenten hechos imprevisibles, en donde se requiere de manera urgente tener a disposición algunos elementos para de esta forma dar una solución a estos contratiempos de forma oportuna. En los contratos de obra pública estas situaciones normalmente se pueden atribuir al valor de imprevistos contemplado en los costos indirectos, teniendo este la función de cubrir situaciones inesperadas, costo con el que en este caso no se cuenta, por lo que es indispensable incluir en el alcance del contrato los materiales que no se encuentran considerados y que son requeridos para continuar con el desarrollo del proyecto y llevarlo su finalización. 10. En concordancia con lo anterior, se identificaron las necesidades de elementos y/o materiales requeridos para la construcción de las redes hidrosanitarias del proyecto, no previstos actualmente en el contrato n° 98 de 2020 y que son complementarios para el cumplimiento de las actividades consideradas contractualmente en la programación y en el presupuesto de la obra, se definió un listado de 80 ítems (ver anexo 01. Listado ítems materiales y/o elementos no previstos). 11. Mediante oficio de la supervisión de fecha 07 xx xxxxx de 2022 se comunicó al contratista la necesidad de incorporar los ítems no previstos, pidiendo la presentación de las respectivas cotizaciones para poder acordar el valor unitario para cada xxx xx xxx xxxxx (xxx xxxxx
00. oficio supervisión de fecha 07 xx xxxxx de 2022). 12. En respuesta a la solicitud relacionada en el numeral anterior se recibió cotización del contratista de fecha 07 xx xxxxx de 2022, con los valores unitarios definidos para cada uno de los ítems no previstos (ver anexo 03. Cotización contratista de fecha 07 xx xxxxx de 2022), valores que fueron cotejados con los establecidos en dos (02) cotizaciones adicionales requeridas en el proceso de validación de valores unitarios, de conformidad con los lineamientos establecidos para aprobación de precios en la “guía para la aprobación de ítems no previstos” código a-dsc- p01-g02, de lo cual se elaboró el respectivo cuadro resumen, partir de ello se definió el valor unitario para cada uno de los ítems no previstos (ver anexo 04. Carpeta estudio xx xxxxxxx ítems no previstos). 13. Los valores unitarios ofertados por el contratista se encuentran por debajo de los valores unitarios definidos a partir de las cotizaciones adicionales cotejadas, por lo que se considera pertinente incluir los ítems no previstos en los valores unitarios ofertados por el contratista, puesto que se encuentran enmarcados en el objeto del contrato y en atención con lo señalado en el artículo 4 del acuerdo 074 de 2010 “por el cual se expide el estatuto de contratación de la universidad pedagógica y tecnológica de colombia, en el que se establecen los “principios de la contratación”, señalando que en relación a ello, se aplicaran los principios de la función administrativa de que trata el artículo 209 de la constitución política, el cual establece a su vez que “la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía”, y en las condiciones acordadas se cumple el principio de economía. Cabe resaltar que, la inclusión de estos ítems no previstos no genera la necesidad de requerir recursos adicionales para el contrato, puesto que se Lleva a cabo balance de mayores y menores cantidades, en el cual, se logra cubrir la necesidad de incorporación de los ítems no previstos adicionales, con el valor inicial del contrato. 14. La supervisión mediante oficio dp-1143 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000 xxxxx xx contratista dar su aceptación sobre: a) la descripción, unidad de medida y valores unitarios definidos para los 80 ítems no previstos y b) el balance de mayores y menores cantidades soporte de dicho trámite (ver anexo 05. Oficio dp-1143 de fecha 13 de julio de 2022). 15. Mediante oficio de fecha 14 de julio de 2022 el contratista dio aceptación a las condiciones plasmadas por la supervisión en el oficio dp-1143 y solicitó prorrogar el plazo del contrato por un periodo de setenta (70) días calendario, considerando que debido a los procesos de importación de las materias primas requeridas para la producción y disponibilidad de inventarios y la alta demanda, se han generado incrementos en los tiempos de entrega por parte de los proveedores, condición que debe ser tenida en cuenta para los tiempos de entrega de los ítems de elementos no previstos que se van a incorporar, por lo que, el contratista requiere contar con un plazo adicional para poder realizar el suministro de los elementos
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conforme a las solicitudes de la dirección del proyecto y a los tiempos definidos en la Programación de obra vigente (ver anexo 06. Oficio contratista de fecha 14 de julio de 2022). 16. Mediante oficio dp-1153 del 14 de julio de 2022 la supervisión del contrato pidió a la interventoría del proyecto de construcción, emitir concepto técnico sobre los siguientes xxxxxxxx (xxx xxxxx 00. Oficio dp- 1153 del 14 de julio de 2022): a) La necesidad y pertinencia técnica de la inclusión de los 80 ítems no previstos. b) la necesidad de ampliación del plazo actual de ejecución del contrato por un periodo de setenta (70) días calendario, conforme a la solicitud realizada por el contratista. 17. Mediante oficio ciu-182-2020 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000 xx xxxxxxxxxxxxx del proyecto de construcción conceptúa de manera favorable a lo xxxxxxxxxx (xxx xxxxx 00. Oficio ciu-182-2020), concluyendo en cada caso lo siguiente: a) ítems no previstos: con lo anterior la interventoría desde el punto de vista técnico recomienda la inclusión de ítems adicionales al contrato de la referencia para la construcción de las diferentes actividades relacionadas con el componente eléctrico. Sin embargo, solicita la exclusión del ítem np- 78 soldadura gerfor pvc 1⁄4 gal dado que este ítem se encuentra dentro del listado de ítems del contrato no. 082 de 2020. B)Ampliación del plazo contractual: la interventoría desde el punto de vista técnico considera que, recomienda solicitar realizar la prórroga n° 2 al contrato n° 098 de 2020 por un periodo de setenta (70) días calendario, teniendo en cuenta que el contrato se encuentra vigente y el término prorrogado no superara el 100 % del plazo inicialmente contratado cumpliendo con lo establecido en el artículo 17 del acuerdo 074 de 2010, modificado acuerdo 064 de 2019. 18. En concordancia con lo anterior, mediante oficio dp-1180 del 18 de julio de 2022 se comunicó a la empresa contratista la exclusión del ítem soldadura gerfor pvc 1⁄4 gal que había sido incluido en el listado de los no previstos pero que de conformidad con lo conceptuado por la interventoría del proyecto debe ser descartado (ver anexo 09. Oficio dp-1180 del 18 de julio de 2022). Se remitió junto con el oficio el balance de mayores y menores cantidades ajustado (retirando el ítem excluido) para aprobación de la empresa contratista, su aceptación fue dada con la suscripción del documento que es soporte del presente tramite (ver anexo 10. Balance de mayores y menores cantidades modificación).19. La ejecución financiera que se ha reconocido a la fecha en el contrato es de ciento un millones doscientos ochenta mil ciento noventa y seis pesos con setenta y un centavos ($ 101.280.196,71) m/cte, correspondiente al
34.96 % del valor contratado y con corte al acta de recibo parcial n° 3 de fecha 22 de Noviembre de 2021. 20. Por lo anterior, la supervisión del contrato considera oportuno, viable y necesario realizar la modificación y prórroga para el contrato, para de esta forma y con base en los argumentos expuestos en los numerales anteriores, garantizar la continuidad en la ejecución de las actividades constructivas de las redes hidrosanitarias y las derivadas de ellas, las cuales, se encuentran enmarcadas en la programación de obra, por lo que Se solicita muy amablemente realizar: a)Modificación al contrato para la inclusión de los 79 ítems no previstos según descripción, unidad de medida y valor unitario concertado entre las partes y plasmado en el balance de mayores y menores cantidades, considerando que para la definición del valor unitario se siguió el procedimiento establecido por la institución para ello, en la guía para la aprobación de ítems no previstos. B) Realizar prórroga al contrato n° 98 de 2020 por un periodo de setenta (70) días calendario, teniendo en cuenta que, el contrato se encuentra vigente, el termino prorrogado no superara el 100 % del plazo inicialmente contratado cumpliendo con lo establecido en el artículo 17 del acuerdo 074 de 2010, modificado acuerdo 064 de 2019. (...)11) Que, de conformidad con la justificación de factores de selección emitida por el Departamento de Contratación, es procedente dar trámite a la presente prorroga. 12) Que el artículo 17 del Acuerdo 074 de 2010 modificado por el artículo 5 del Acuerdo 064 de 2019, autoriza la prórroga y modificación del contrato, 12) Que el objeto del contrato principal de suministro de tuberías, accesorios y equipos para la construcción de las redes hidráulicas y sanitarias con destino al centro regional universitario cru facultad sede Duitama, no se ha agotado por lo que existe y es viable su ejecución mediante la prórroga y la modificación, y que la viabilidad de la prórroga No 2 y
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modificación No 1 se encuentran sustentadas técnicamente por el supervisor del contrato; además se tiene el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; hemos acordado prorrogar el presente contrato con base en las siguientes cláusulas : CLAUSULA PRIMERA: PLAZO. La presente prorroga tendrá una duración de SETENTA (70) DÍAS CALENDARIO, contados a partir del vencimiento del término inicialmente acordado en el contrato. PARAGRAFO. El término prorrogado no supera el 100% del plazo inicialmente acordado (Articulo 17 Acuerdo 74 de 2010 modificado por el artículo 5 del Acuerdo 064 de 2019). SEGUNDA: Adiciónese a la CLAUSULA SEGUNDA: Alcance: los bienes relacionados a continuación, los cuales el CONTRATISTA se obliga a entregar según las siguientes especificaciones:
ITEM NP | UN | DESCRIPCIÓN | Valor Unitario minimo (sin IVA) |
NP-1 | UN | ADAPTADOR MACHO PVC 1 1/2" | $ 4.235,00 |
NP-2 | UN | ADAPTADOR MACHO PVC 1" | $ 1.650,00 |
NP-3 | UN | REGISTRO DE BOLA D = 1/2" TIPO LIVIANO | $ 17.500,00 |
NP-4 | UN | REGISTRO DE BOLA D = 3/4" TIPO LIVIANO | $ 23.500,00 |
NP-5 | UN | REGISTRO COMPUERTA DE PASO DIRECTO 1" 150 PSI | $ 123.100,00 |
NP-6 | UN | REGISTRO SOLDADO PVC 1/2" | $ 17.200,00 |
NP-7 | UN | CHEQUE CORTINA RANURADO ½" | $ 47.700,00 |
NP-8 | UN | TEE PRESIÓN GALVANIZADO 1/2" | $ 5.000,00 |
NP-9 | UN | UNION CPVC 3/4" | $ 1.700,00 |
NP-10 | UN | BUJE CPVC 3/4" x 1/2" | $ 1.500,00 |
NP-11 | UN | BUJE 3/4" x 1/2" PVC | $ 600,00 |
NP-12 | UN | BUJE 1" x 3/4" PVC | $ 1.250,00 |
NP-13 | UN | BUJE 1" x 1/2" PVC | $ 1.250,00 |
NP-14 | UN | BUJE 2" x 1-1/4" PVC | $ 5.750,00 |
NP-15 | UN | BUJE 2" x 1" PVC | $ 5.750,00 |
NP-16 | UN | BUJE 2-1/2" x 2" PVC | $ 13.600,00 |
NP-17 | UN | BUJE 3" x 2" PVC | $ 20.750,00 |
NP-18 | UN | BUJE 3" x 2-1/2" PVC | $ 20.750,00 |
NP-19 | UN | BUJE 4"x3" PVC | $ 32.750,00 |
NP-20 | UN | CODO PVC-P 1-1/2" | $ 7.350,00 |
NP-21 | UN | CODO PVC-P 3" | $ 45.300,00 |
NP-22 | UN | CODO 45º PVC-P 1/2" | $ 1.050,00 |
NP-23 | UN | CODO 45º PVC-P 2" | $ 13.200,00 |
NP-24 | UN | CODO 45º PVC-P 3" | $ 42.750,00 |
NP-25 | UN | TEE REDUCIDA PVC 3/4" x 1/2" | $ 2.150,00 |
NP-26 | UN | TEE PVC-P 1-1/2" | $ 9.750,00 |
NP-27 | UN | TEE PVC-P 2" | $ 15.450,00 |
NP-28 | UN | TEE PVC-P 2-1/2" | $ 36.800,00 |
NP-29 | UN | TEE PVC-P 3" | $ 58.400,00 |
NP-30 | UN | ADAPTADOR HEMBRA PVC PRESIÓN 1/2" | $ 500,00 |
NP-31 | UN | ADAPTADOR MACHO PVC PRESIÓN 4" | $ 44.200,00 |
NP-32 | UN | UNION PVC-P 1-1/4" | $ 2.700,00 |
NP-33 | UN | UNION PVC-P 3" | $ 21.800,00 |
NP-34 | UN | UNION DE REPARACIÓN PVC 1-1/2" | $ 55.200,00 |
NP-35 | UN | UNION DE REPARACIÓN PVC 2" | $ 32.750,00 |
NP-36 | UN | UNION DE REPARACIÓN PVC 3" | $ 51.850,00 |
NP-37 | UN | UNION DE REPARACIÓN PVC 4" | $ 79.800,00 |
NP-38 | UN | CODO SAN CxC 45º - 1/8 - 2" | $ 4.000,00 |
NP-39 | UN | CODO SAN CxC 45º - 1/8 - 3" | $ 8.650,00 |
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NP-40 | UN | CODO SAN CxC 45º - 1/8 - 4" | $ 15.000,00 |
NP-41 | UN | CODO SAN CxE 90º - 1/4 - 2" | $ 4.150,00 |
NP-42 | UN | CODO SAN CxE 90º - 1/4 - 4" | $ 16.750,00 |
NP-43 | UN | CODO SAN CxE 45º - 1/8 - 4" | $ 15.000,00 |
NP-44 | UN | CODO REVENTILADO 90º 1/4 - 4" x 2" | $ 32.000,00 |
NP-45 | UN | BUJE SAN 3" x 2" | $ 5.700,00 |
NP-46 | UN | BUJE SAN 4" x 3" | $ 10.150,00 |
NP-47 | UN | XXX SAN 2" | $ 7.750,00 |
NP-48 | UN | XXX SAN 3" | $ 15.900,00 |
NP-49 | UN | XXX SAN 4" | $ 27.650,00 |
NP-50 | UN | XXX XXX XXXXXXXX 0" x 2" | $ 15.000,00 |
NP-51 | UN | XXX XXX XXXXXXXX 0" x 2" | $ 23.800,00 |
NP-52 | UN | XXX XXX XXXXXXXX 0" x 3" | $ 23.750,00 |
NP-53 | UN | XXX XXXXX SAN 4" | $ 48.900,00 |
NP-54 | UN | TEE SAN 2" | $ 6.850,00 |
NP-55 | UN | TEE SAN 3" | $ 8.650,00 |
NP-56 | UN | TEE SAN REDUCCION 3" x 2" | $ 16.650,00 |
NP-57 | UN | TEE DOBLE SAN 4" | $ 46.700,00 |
NP-58 | UN | JUNTA EXPANSIVA 3" | $ 34.800,00 |
NP-59 | UN | JUNTA EXPANSIVA 4" | $ 39.850,00 |
NP-60 | UN | UNION PVC SAN 2" | $ 2.700,00 |
NP-61 | UN | UNION PVC SAN 3" | $ 3.850,00 |
NP-62 | UN | TAPÓN DE PRUEBA 2" | $ 1.250,00 |
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NP-63 | UN | TAPÓN CPVC SOLDADO 1/2" | $ 100.791,00 |
NP-64 | UN | TAPÓN PVC SOLDADO 1/2" | $ 550,00 |
NP-65 | UN | TAPÓN PVC SOLDADO 3/4" | $ 1.500,00 |
NP-66 | UN | TAPÓN PVC SOLDADO 1-1/4" | $ 4.150,00 |
NP-67 | UN | TAPÓN LIMPIEZA SAN 3" | $ 15.250,00 |
NP-68 | UN | TAPÓN LIMPIEZA SAN 4" | $ 22.500,00 |
NP-69 | UN | TAPÓN PVC PRUEBA SAN 4" | $ 3.150,00 |
NP-70 | UN | UNIVERSAL 1/2" | $ 3.650,00 |
NP-71 | UN | UNIVERSAL 3/4" | $ 6.500,00 |
NP-72 | UN | UNIVERSAL 1" | $ 9.800,00 |
NP-73 | UN | UNIVERSAL 1-1/2" | $ 30.500,00 |
NP-74 | UN | UNIVERSAL 3" | $ 181.500,00 |
NP-75 | UN | TAPÓN PVC SOLDADO 2" | $ 6.250,00 |
NP-76 | UN | TAPÓN PVC SOLDADO 1-1/2" | $ 3.900,00 |
NP-77 | UN | ADAPTADOR HEMBRA PVC PRESIÓN 1" | $ 2.000,00 |
NP-78 | UN | SOLDADURA GERFOR CPVC 1/4" GAL | $ 111.750,00 |
NP-79 | UN | LIMPIADOR GERFOR PVC-CPVC 1/4 GAL" | $ 50.250,00 |
TERCERA: El contratista se obliga a ampliar las garantías requeridas en el contrato inicial a favor de entidades estatales, actualizándola proporcionalmente, respecto de los riesgos amparados inicialmente y de las garantías exigidas en el contrato principal. CUARTA: VIGENCIA DE LAS ESTIPULACIONES: Todas las cláusulas y estipulaciones contractuales del contrato principal, y sus ediciones anteriores no estarán modificadas por el presente acuerdo, permanecen vigentes y su exigibilidad permanece, exceptuando el plazo. QUINTA: PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN. La presente prórroga del contrato
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se entenderá perfeccionada con la firma de las partes, y el cumplimiento de las siguientes obligaciones por parte del CONTRATISTA: 1. Presentar a la Universidad las garantías, y seguros de que trata este documento. 2. Publicación en Página web y SECOP. Para constancia se firma a los veintiun (21) días del mes de julio de dos mil veintidós (2022)
LA UNIVERSIDAD,
EL CONTRATISTA,
XXXXX XXXXXX XXXXXXX
Representante legal- Rector UPTC NIT. 891800330-1
COMERCIALIZADORA CONSTRUBOY SAS
R/L: XXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX con X.X.Xx 33,367,970
Reviso: Xx. Xxxxxxx Xxxxxx /Director Jurídico
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Reviso: Xx. Xxxxxx Xxxxxxx/Asesor Dirección Xxxxxxxx Xxxxxxx: Xxxxxx X/ Abogada Dirección Jurídica