SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
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ESTUDIO PREVIO Y DE NECESIDAD PARA DETERMINAR LA CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA CONTRATACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en Ley 80 de 1993 Numerales 7 del Artículo 25, artículo 94 de la ley 1474 de 2011 reglamentado por el Decreto 1082 de 2015 capítulo 1 Sección 2 Subsección 1 Articulo 2.2.1.1.2.1.1, y en observancia de lo dispuesto en el capítulo 2 Sección 1 Subsección 2 Articulo 2.2.1.2.1.2.7, procedencia del acuerdo marco de precios, y demás normativa concordante, el Xxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx xxx XXXX, Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, presenta a continuación el presente documento el cual constituye el Estudio Previo de Conveniencia y Oportunidad para adelantar un proceso de contratación por la modalidad de Selección Abreviada por Acuerdo Marco de precios suscrito para la adquisición de Elementos para Emergencias, con el fin de Contratar la compra y prestación del servicio de mantenimiento correctivo, preventivo y predictivo de los extintores del centro de gestión industrial y sus sedes para controlar las posibles emergencias de incendio.
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER:
El Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, es un establecimiento público del orden nacional, con personería jurídica, patrimonio propio e independiente, y autonomía administrativa; Adscrito al Ministerio del Trabajo de Colombia. , regulado por la Ley 119 de 1994 y el Decreto 249 de 2004 el cual se encarga de cumplir la función que le corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los colombianos, ofreciendo y ejecutando la Formación Profesional Integral gratuita, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país.
La Entidad desarrolla a nivel Nacional programas encaminados al cumplimiento de su misión Institucional, a través de la formulación, ejecución y planeación de las políticas institucionales en cada Regional y Centro de Formación, con el fin de alinear estratégicamente a la Entidad para que la gestión institucional se lleve a cabo de manera coherente y unificada, en beneficio de la población a la que va dirigida la prestación del servicio.
A. Es deber del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA:
✓ Responder con eficiencia y de acuerdo a las exigencias de la demanda de formación profesional integral.
✓ Impulsar la promoción social del trabajador, a través de su formación profesional integral, para hacer de él, un ciudadano útil y responsable, poseedor de valores xxxxxxx éticos, culturales y ecológicos.
✓ Organizar, desarrollar, administrar y ejecutar programas de formación profesional integral, en coordinación y en función de las necesidades sociales y del sector productivo.
B. Por su parte, el Decreto Nacional 249 de 2004 por medio del cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA- en el Art. 25 define a los Centros de Formación Profesional como las dependencias responsables de la prestación de los servicios de formación profesional integral, los servicios tecnológicos, la promoción y el desarrollo del empresarismo, la normalización y evaluación de competencias laborales, en interacción con entes públicos y privados y en articulación con las cadenas productivas y los sectores económicos.
Los Centros de Formación del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, como unidades operativas, ejecutan las acciones de formación de acuerdo con la oferta definida en su Plan de Acción como respuesta a los requerimientos del entorno productivo y social; por consiguiente, y dado que las metas de formación año a
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año se incrementan, es necesario garantizar actividades que permiten la operación adecuada de los procedimientos que hacen parte de sus procesos misionales definidos en el Sistema Integrado de Gestión.
El Centro de Gestión Industrial – Regional Distrito Capital, además de sus objetivos misionales como la formación en las diferentes áreas del conocimiento, gestiona el desarrollo xxx xxxxxxx humano y el fortalecimiento empresarial en certificación dentro de los ámbitos social, económico y educativo. Como lo es la prestación de servicios tecnológicos y científicos requeridos por el sector productivo en general a fin de cumplir con su misión requiere disponer de materiales, insumos, equipos con tecnología de punta y hacer parte en la vanguardia de los desarrollos científicos y tecnológicos de excelente calidad, en el marco del Subsistema Nacional de Calidad reglado por el Decreto 1471 de 2014.
En este sentido, tener en el Centro de Gestión Industrial, instalaciones adecuadamente dotados representa una herramienta adicional como complemento a la formación profesional puesto que fomenta un aprendizaje y desarrollo de competencias de calidad y una permanente actualización de aprendices e instructores ya que desde allí se orientan procesos de desarrollo tecnológico y apoyo a proyectos estratégicos en las empresas y junto con ellas se experimentan proyectos pedagógicos de investigación e innovación que realizan los aprendices e instructores.
Es así como el Centro de Gestión Industrial - SENA, Regional Distrito Capital, consciente de los grandes retos que debe asumir las industrias del sector que cobija el Centro para seguir siendo un jugador relevante en el contexto económico nacional e internacional, asume el compromiso de fortalecer, fomentar, innovar y modernizar sus instalaciones como una estrategia de mejora continua con el propósito de brindar un mayor apoyo a los procesos de mejoramiento de las industrias que permitan el control preventivo de la calidad de las materias primas estableciendo a tiempo las características y el comportamiento que van a tener las mismas durante el proceso al que son sometidas y las pruebas necesarias para el control de los vertimientos de agua, colaborando a prevenir los impactos ambientales.
De allí, que para que dichas instalaciones e infraestructura estén en condiciones apropiadas y seguras se requiere la realización de acciones de mantenimiento e intervención continua y periódica que permitan mejorar los procesos, alargar la vida útil de los ambientes y equipos, minimizar las fallas, disminuir los tiempos de reparación, brindar condiciones de trabajo adecuadas a sus funcionarios y aprendices, aumentar la seguridad y operación de las distintas áreas, ambientes y equipos de formación.
Ahora bien, teniendo en cuenta que los extintores cumplen una función de vital importancia en el plan de protección contra incendios de un centro de trabajo o de educación puesto que, cuando se inicia un incendio, son los primeros elementos que se usan para intentar controlarlo. En aquellos momentos, las características del extintor, su fácil localización y el uso que se haga de él son factores determinantes para que se consiga evitar, o no, la propagación del fuego. El mantenimiento y recarga de estos artefactos es capital importancia, por lo que deben ser revisados periódicamente (chequear su carga una vez que fueron utilizados) y se debe asegurar que siempre se encuentren en óptimas condiciones y funcionalidad. El Centro de Gestión Industrial tiene ubicados extintores en sus diferentes áreas y subsedes, a los cuales se les deben realizar recargas y mantenimientos para estar preparados en caso de presentarse alguna eventualidad o contingencia.
Así mismo, la misión del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST SENA, propende por crear una cultura del autocuidado, prevención, crecimiento, aprendizaje, creatividad y mejoramiento permanente, fundamentados en la protección de la vida, la salud y la integridad de los servidores públicos, colaboradores y aprendices. Esta política del SG-SST SENA, debe ser desarrollada por cada uno de los Centros de Formación y las diferentes dependencias xxx XXXX a nivel nacional, por lo que realizar el mantenimiento y recarga de los extintores no solo da cumplimiento a este propósito institucional, sino que es
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una herramienta para la totalidad de la comunidad educativa que habita las instalaciones del Xxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx - XXXX, Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx para atender las posibles contingencias que se puedan presentar en materia de conflagraciones leves o graves.
Igualmente, cabe mencionar, que la Norma Técnica Colombiana, NTC-2885 de 2019, establece que anualmente, se debe realizar el mantenimiento, así: “Los extintores deben ser sometidos a mantenimiento por lo menos 1 vez al año, en el momento del ensayo hidrostático, o cuando específicamente se indicado como consecuencia de una inspección”.
Con el contrato de compra y mantenimiento que se pretende adelantar, el Centro de Formación está en la capacidad de brindar mayores condiciones de seguridad y salud en el trabajo adecuada para todos sus funcionarios y aprendices. Teniendo en cuenta que el Centro de Gestión Industrial xxx XXXX Regional Distrito Capital, no cuenta con el personal idóneo, capacitado, ni con los elementos e insumos necesarios para la realización de dichas actividades, se hace necesario contratar una persona natural o jurídica que esté en la capacidad de prestar este servicio.
Cabe señalar que la presente necesidad se encuentra contemplada en el Plan de Adquisiciones del Centro de Gestión Industrial, y cuenta con soporte presupuestal mediante el CDP 5320 de 03 julio de 2020. Por otra parte, se realizó con base en el Decreto Nacional Único Reglamentario 1082 de 2015, artículo No. 2.2.1.2.1.2.9 y la Circular No. 01-3-2020-000033 del 24 de 02 de 2020, expedida por la Dirección Jurídica xx XXXX, la verificación en la plataforma de Colombia Compra ubicada en el sitio web: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx-xxx-xxxxxx-xxxxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxx/xxxxxxxx-xxxxx, encontrando que existe un Acuerdo Marco de precios vigente para la adquisición de elementos para emergencias LP-AMP-142-2017( Vigente de Octubre 2, 2017 hasta Octubre 2, 2020), xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx-xxx- estado-colombiano/servicios-generales/elementos- para-emergencias.
En torno a este tema el ordenamiento jurídico establece la obligación de las Entidades Estatales de proteger su patrimonio, evitando los riesgos a los cuales se encuentran expuestos. Sobre estos aspectos de la ley colombiana señala:
Ley 734 de 2002 - Articulo 34. Deberes. (..) Son deberes de todo servidor público. Xxxxxxx y salvaguardar los bienes y valores que le han sido encomendados y cuidar que sean utilizados debida y racionalmente, de conformidad con los fines a que han sido destinados. (…)
En este contexto, la Agencia Nacional para las Compras Públicas- Colombia Compra Eficiente ha dispuesto para el uso de las entidades las guías generales para los acuerdos marco de precios- Versión G-GAM-01, así como la de adquisición cuando se trata de mínima cuantía por la tienda virtual del Estado Colombiano- TVEC.
Aunado a lo anterior, la Dirección Jurídica del Servicio Nacional de Aprendizaje-SENA, emitió el pasado 24 de febrero de 2020 la Circular No 01-3-2020-000033, por la cual se establece la obligatoriedad de aplicación de los acuerdos marco de precios en la Entidad, a través del uso de la tienda virtual Estado Colombiano- TVEC.
Por lo tanto, el Centro de Gestión Industrial con base en lo señalado pretende adelantar un proceso de selección de mínima cuantía y de esta manera atender la necesidad frente a Contratar la compra y prestación del servicio de mantenimiento correctivo, preventivo y predictivo de los extintores del centro de gestión industrial y sus sedes para controlar las posibles emergencias de incendio.
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Con base en lo anterior, se presenta a continuación el estudio previo de conformidad con la documentación y parámetros requeridos.
2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO A CELEBRAR
2.1 OBJETO
Contratar la compra y prestación del servicio de mantenimiento correctivo, preventivo y predictivo de los extintores del centro de gestión industrial y sus sedes para controlar las posibles emergencias de incendio.
El Oferente que resulte adjudicatario del presente proceso, se obliga a cumplir todas las obligaciones previstas en el presente documento, invitación publica y anexos relacionados con la naturaleza del objeto a prestar, para lo cual empleará todos sus recursos técnicos, económicos, físicos y logísticos necesarios para el normal desarrollo del objeto contractual.
2.2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
En la ejecución del objeto contractual el contratista se obliga a prestar todo tipo de actuación a fin de que los bienes y servicios entregados al Centro de Gestión Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx- XXXX, Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, ubicado en la Xxxxx 00 Xx. 00-00 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx DC, sean de primera calidad so pena de ser rechazados por no cumplir con los estándares mínimos enmarcados en la ESPECIFICACIONES TECNICAS ESENCIALES descritas en el presente documento.
El contratista se obliga a cumplir de manera inequívoca el plazo y lugar establecido para la entrega de los Materiales y Elementos requeridos de acuerdo con las Especificaciones Técnicas, relacionados por la Entidad y descritos a continuación:
ITE M | CODIGO CÁTALOGO | DESCRIPCIÓN DEL ELEMENTO DE EMERGENCIA | UNIDAD DE MEDIDA | CANTID AD SOLICIT ADA |
1 | C1_EMER_Z1_14 | Extintor de CO2 de 10 libras | unidad | 14 |
2 | C1_EMER_Z1_28 | Recarga de Extintor polvo químico seco clase ABC portátil de 5 libras | unidad | 2 |
3 | C1_EMER_Z1_29 | Recarga de Extintor polvo químico seco clase ABC portátil de 10 libras | unidad | 21 |
4 | C1_EMER_Z1_30 | Recarga de Extintor polvo químico seco clase ABC portátil de 20 libras | unidad | 2 |
5 | C1_EMER_Z1_33 | Recarga de Extintor polvo químico seco clase ABC rodante de 150 libras | unidad | 1 |
6 | C1_EMER_Z1_34 | Recarga de Extintor de agua de 2 ½ galones | unidad | 5 |
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ITE M | CODIGO CÁTALOGO | DESCRIPCIÓN DEL ELEMENTO DE EMERGENCIA | UNIDAD DE MEDIDA | CANTID AD SOLICIT ADA |
7 | C1_EMER_Z1_41 | Recarga de Extintor de CO2 de 10 libras | unidad | 4 |
8 | C1_EMER_Z1_42 | Recarga de Extintor de CO2 de 15 libras | unidad | 6 |
9 | C1_EMER_Z1_88 | manguera en pvc p/extintor de 4 kgs c/acoples | unidad | 2 |
10 | C1_EMER_Z1_89 | manguera termoplastica agua 2.1/2 xx 000 | xxxxxx | 0 |
00 | X0_XXXX_X0_00 | xxxxxxxx xxxxxx lona ext 10/20 lbs 200 acople 14mm | unidad | 4 |
12 | C1_EMER_Z1_96 | manometro 150 psi caja metalica | unidad | 2 |
2.2.1 CLASIFICACION UNSPCS
El objeto contractual se enmarca dentro de los siguientes códigos del Clasificador de Bienes y Servicios:
CÓDIGOS UNSPSC | ||||
SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | PRODUCTO | NOMBRE |
46000000 | 46190000 | 46191600 | 46191601 | Extintores |
72000000 | 72100000 | 72101500 | 72101509 | Servicio de mantenimiento o reparación de equipos y sistemas de protección contra incendios |
72000000 | 72100000 | 72101500 | 72101516 | Servicio de inspección, mantenimiento o reparación de extinguidores de fuego |
Aunado a lo anterior, el proponente y/o contratista deberá tener en cuenta lo siguiente:
2.3 ESPECIFICACIONES ADICIONALES
Para el Servicio de Revisión, Mantenimiento y Recarga de Extintores del Centro de Gestión Industrial del Servicio Nacional de Aprendizaje- SENA de la Regional Distrito Capital de la Ciudad de Bogotá DC, los proponentes deberán cumplir con lo establecido en la norma técnica NFPA 10 y NTC 3808 y tener en cuenta que:
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• Deberán contar con los equipos, herramientas, espacios y distribuciones necesarias para el mantenimiento, recarga y pruebas de los extintores.
• El servicio de mantenimiento y recarga debe realizarse por personas entrenadas y certificadas que tengan disponible el manual o manuales de servicio correspondientes, los tipos adecuados de herramientas, materiales de recarga, lubricantes y partes de repuesto recomendados por el fabricante de los extintores.
• El Contratista adjudicatario del contrato de acuerdo al mantenimiento a realizar en cada dependencia deberá disponer de extintores para suplir los que se encuentren en mantenimiento garantizando que dejará en calidad xx xxxxxxxx como mínimo el 70% de extintores en los sitios en los cuales los retira.
• El mantenimiento se adelantará de conformidad con las fechas de vencimiento establecidas por cada dependencia del Centro de Gestión Industrial del Servicio Nacional de Aprendizaje- SENA de la Regional Distrito Capital, las cuales serán suministradas por el supervisor del contrato.
• Se deberá desarrollar el objeto contractual conforme a las características técnicas señaladas, respecto del mantenimiento y recarga.
• Se deberá garantizar la calidad de los productos entregados y el correcto mantenimiento de los diferentes extintores de la entidad.
• Se deberá realizar la reubicación de los extintores que así lo requieran, dejando soporte en informe final de entrega de extintores
• Se deberá instalar en cada extintor recargado, una etiqueta en la que figure su número de autorización, nombre, dirección y fecha en la que se ha realizado la operación, entregando además un certificado en el que conste el agente extintor, el gas, el proponente y las observaciones que este estime oportunas; dicha etiqueta no cubrirá ni total ni en forma parcial, la etiqueta original del extintor.
• Se deberá realizar pruebas de escape sensitivas para asegurar que los extintores permanezcan en estado operables.
• El contratista suministrara los repuestos que sean necesarios para el mantenimiento de los extintores, los cuales deberán ser originales cuando se trate de marcas de extintores reconocidas, o en su defecto se utilicen repuestos genéricos de buena calidad (boquillas, manómetros, mangueras, válvulas y otros.)
• Se deberá realizar la instalación de los extintores adquiridos y el suministro de soportes que sean necesarios.
• Teniendo en cuenta que la prestación del servicio de recarga y mantenimiento de los extintores portátiles, son realizadas en las instalaciones del contratista, este deberá presentar un informe con el manejo de residuos generados conforme a lo establecido en el artículo 2.2.6.1.3.7. del decreto 1076 del 2015.
2.3.1 MANTENIMIENTO Y RECARGA DE EXTINTORES
El proceso de recarga y mantenimiento, está destinado a proporcionar la máxima seguridad de que el extintor funcionará de manera efectiva y segura. Se Incluye un examen completo y cualquier reparación o repuesto
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que necesite el extintor. Normalmente revela si se requiere una prueba hidrostática o mantenimiento interno, según la estipulación técnica establecida en la NORMA NTC 3808.
En los extintores que presenten fallas, fisuras, o signos de fuga, oxidación, o que en concepto del supervisor del contrato necesita realizarse las pruebas de presión hidrostática de los extintores, se deben realizar de acuerdo con la estipulación técnica establecida en la NORMA NTC 2885.
Ahora bien, los extintores que requieren mantenimiento y recarga, deben ser trasladados a las instalaciones del oferente. Por ello, se debe tener en cuenta que deben ser reemplazados mientras se efectúa dicho servicio, esto con el fin de prevenir eventualidades, y poderlas atender en caso de emergencia durante el periodo de la recarga.
Todo extintor se debe entregar debidamente Rotulado.
Después de la recarga se debe realizar las pruebas de hermeticidad, según con la estipulación técnica establecida en la NORMA NTC 652.
Por tanto, en el momento de calcular su oferta el proponente debe tener en cuenta los siguientes parámetros:
• Recarga y mantenimiento de extintores: Es la revisión minuciosa de los 3 componentes básicos del extintor:
1. Estructura física
2. Clase de agente extintor
3. Medios expelentes.
Aunado a lo anterior, se debe realizar:
✓ Examen de todos sus componentes.
✓ Limpieza y sustitución de cualquier pieza defectuosa.
✓ Recarga con la cantidad de agente Xxxxxxx indicada.
✓ Realización de pruebas hidrostáticas a los Extintores que los requieran.
✓ Colocación de sellos nuevos y etiquetas de recarga con la fecha de realización del mantenimiento.
2.3.1.2 PROCEDIMIENTOS:
Los procedimientos de mantenimiento deben incluir un cuidadoso examen del extintor por tanto se debe prever que deben incluir:
• Revisión de sellos o indicadores de manipulación. En el momento del mantenimiento, el sello de manipulación de los extintores recargables debe ser retirado halando el pasador o aparato de cierre. Después de que se complete el mantenimiento, debe instalarse un nuevo sello.
• Se debe colocar el anillo para verificación que el servicio se realizó y que identifica el año del mantenimiento de acuerdo con el color y la forma.
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• Todos los extintores deberán ser reubicados nuevamente en el lugar que la Entidad los tenga ubicados, garantizando la correcta fijación que evite la caída del mismo.
2.3.1.3 ROTULADO:
El proveedor debe colocar una etiqueta o tarjeta inamovible en cada extintor que indique mes y año en que le fue practicado el mantenimiento y que identifique la empresa que prestó el servicio, debe contener como mínimo la siguiente información:
✓ Fecha del mantenimiento realizado.
✓ Fecha del próximo mantenimiento.
✓ Número de consecutivo de la etiqueta.
✓ Identificación de la empresa.
✓ Nombre de la empresa.
✓ Ciudad.
✓ Dirección.
✓ Teléfono.
2.4 PERSONAL
Como se indica en precedentes líneas el personal destinado para realizar el Servicio de Revisión, Mantenimiento y Recarga de Extintores del Centro de Gestión Industrial del Servicio Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx- XXXX xx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx ubicado en la Xxxxx 00 Xx. 00-00 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx DC, debe ser especializado, contar con la experiencia y experticia necesaria para realizar el contrato bajo condiciones de Calidad exigidas en el mismo, que respondan con los estándares del sector; y deberá estar dotado de los elementos que les permita efectuar las labores en forma eficiente y con la observancia de las normas de Seguridad Industrial.
Las condiciones técnicas y operativas de la Adquisición en Gran Almacén cuando se trata de Procesos de Selección de Mínima Cuantía por la Tienda Virtual del estado colombiano, se encuentran previamente establecidas en la “… Guía para la Adquisición en Gran Almacén cuando se trata de Mínima Cuantía por la Tienda Virtual del Estado Colombiano- TVEC y en los Términos y Condiciones de Uso de la Tienda Virtual del Estado Colombiano.
Igualmente hacen parte integral del presente documento las guías visibles en la página web xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx-xxx-xxxxxx-xxxxxxxxxx
3. ASPECTOS AMBIENTALES Y SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG-SST)
El contratista seleccionado deberá presentar al momento de la ejecución de la orden de compra generada, el Certificado de la ARL de implementación del SG-SST y/o certificación firmada por el Representante Legal del resultado y nivel de implementación del SG-SST, manual y/o informe del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, incluir matriz de identificación de peligros, de acuerdo a la aplicación de estándares
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mínimos aplicables de conformidad a lo establecido en el Decreto 1072/2015 numeral (2.2.4.6.1) y la Resolución 0312-2019 del Ministerio de Trabajo, así mismo, se debe adjuntar copia simple de la Licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo y certificación del curso de capacitación virtual de 50 horas en el SG SST del responsable del diseño del SG SST. (Anexar Informe al momento de la ejecución de la orden de compra generada, el cual debe estar firmado por el representante legal y el responsable de la implementación del sistema), dando cumplimiento con la Guía de Direccionamiento Estratégico Subsistema de Gestión Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo, Requisitos Ambientales y de Seguridad y Salud en el Trabajo para la Compra de Productos y Servicios del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA, así del Manual de contratación SENA.
Nota: Según el Capítulo 1, Capítulo 11 y Capítulo 111, de la Resolución 0312 de 2019, toda empresa menor de 10 trabajadores, entiéndase como "De uno (1) a diez (10) trabajadores", entre once (11) y cincuenta (50) trabajadores, entre cincuenta y un (51) y más trabajadores, deben cumplir con el diseño del sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo.
En marzo, tras el anuncio de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre el Covid-19 como pandemia por parte del Gobierno Nacional de Colombia expide normatividad legal vigente orientada a adoptar medidas urgentes para proteger a los empleadores, trabajadores y sus familias de los riesgos para la salud generadas por el coronavirus COVID-19 en el lugar de trabajo, con el propósito respetar los derechos laborales, mitigar los impactos negativos, lograr una recuperación rápida y sostenida tras la emergencia sanitaria. El contratista deberá dar estricto cumplimiento a la Resolución 666 de 2020 y a su vez a las demás normas aplicables al sector productivo al cual pertenezca referentes a la adopción de protocolos de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19.
El contratista dará estricto cumplimiento al Decreto 1076 del 2015, deberá adoptar la Política ambiental y demás lineamientos ambientales xxx XXXX, así como también todos los requisitos legales vigentes y las Leyes ambientales aplicables, siendo responsables ante las autoridades de la protección ambiental y sobre el cumplimiento de éstas. De igual forma, el proponente y contratista vigilará que sus dependientes den estricto cumplimiento durante la ejecución del objeto contractual, a todas las medidas ambientales establecidas. Es obligación del contratista ejecutar sus actividades o servicios sin crear riesgo para la salud, la seguridad o el medio ambiente, ya que todos los costos que se generen con ocasión a la contaminación se trasladarán a los directos causantes, incluyendo multas y gastos que se generen con ocasión de requerimientos o actuación de las autoridades.
Teniendo en cuenta que la prestación del servicio de recarga y de mantenimiento de los extintores portátiles, son realizadas en las instalaciones del contratista, este deberá presentar informe con las acciones pertinentes para la disposición final de los residuos ordinarios y peligrosos generados en esta actividad acorde con los protocolos de seguridad pertinentes para la disposición de los mismos. (Artículo 2.2.6.1.3.7 - Norma Técnica NFPA 10 -NTC 3808)
El Contratista debe adoptar los lineamientos ambientales del Centro de Gestión Industrial del Servicio Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx- XXXX xx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, dejando evidencia de la correcta separación en la fuente y disposición de los residuos que puedan generarse durante la ejecución del contrato.
El Contratista suministrará los soportes de certificaciones de gestión ambiental y/o reconocimientos que ostente frente a la protección del ambiente y la prevención de la contaminación.
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En cumplimiento del ANEXO DE VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES AMBIENTALES, DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y DE ENERGÍA GCCON-AN-
001_V01_Anexo_de_Verificacion_Criterios_de_Contratacion, el Contratista debe garantizar lo siguiente:
El Contratista deberá presentar y entregar al Centro de Gestión Industrial del Servicio Nacional de Aprendizaje- SENA de la Regional Distrito Capital la ficha técnica de los extintores a suministrar y a reparar. (Ley 29 de 1992 Arts. 2 y 4- Resolución 1652 de 2007 - Arts. 2 y 3 -Resolución 171 de 2013 - Art. 3) (Anexar Fichas Técnicas de los Extintores al momento de la ejecución de la orden de compra generada)
Nota: Se aclara que mediante la Resolución 2329 de 2012 del Ministerio de Ambiente, se busca regular el consumo de HCFC 123, más conocido como Solkaflam por tanto el SENA deberá emprender acciones para reducir su consumo gradualmente, por lo tanto no se aceptará por ningún motivo en el presente proceso la utilización de dichas sustancias.
A continuación se relacionan los requisitos ambientales, de seguridad y salud en el trabajo y técnicos para la contratación de bienes y servicios establecidos en el Manual de Contratación Administrativa del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA con el respaldo de la normatividad vigente:
✓ Generación de residuos
CRITERIO AMBIENTAL, SST/TÉCNICO | REQUISITO LEGAL ASOCIADO | SOPORTE/ EVIDENCIA | ETAPA |
Exigir a todos los proponentes que en el proceso contractual cumplan con: El proveedor deberá acreditar que no tiene sanciones ni medidas preventivas abiertas o proceso de ejecución ante las autoridades ambientales. (Anexar Documento al momento de la ejecución de la orden de compra generada) | Ley 1333 de 2009 Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental -artículo 5 Decreto 780 de 2017 | Declaración juramentada del proveedor | Contractual |
COMPRA, RECARGA Y MANTENIMIENTO DE EXTINTORES
✓ Consumo de insumos
✓ Potencial de lesiones o afectaciones de salud
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CRITERIO AMBIENTAL, SST/TÉCNICO | REQUISITO LEGAL ASOCIADO | SOPORTE/ EVIDENCIA | ETAPA |
Exigir a todos los proponentes que en el proceso Contractual cumplan con: - Entrega de Autoevaluación de estándares mínimos que le corresponda de acuerdo con el número de trabajadores y nivel de riesgo. Aquellas que tengan un puntaje igual o inferior a 85% deberán entregar el respectivo plan de mejoramiento.(Anexar Documento al momento de la ejecución de la orden de compra generada ) Entregar certificación firmada por el representante legal y el responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo o certificación de ARL, en donde conste la implementación y mantenimiento del SG-SST de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1072 de 2015; cuando se trate de una persona natural este requisito no es obligatorio.( Anexar Documento al momento de la ejecución de la orden de compra generada) Licencia de SST para supervisar y controlar los peligros durante la ejecución de la actividad (Anexar Documento al momento de la ejecución de la orden de compra generada) | Resolución 0312 de 2019 Ministerio del Trabajo, por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo. Título IV. Capítulo VI. Artículo 2.2.4.1.3. Artículo 2.2.4.6.1. Artículo 2.2.4.6.4 Artículo 2.2.4.6.8 Resolución 0312 de 2019 | Autoevaluación de estándares mínimos. Certificación firmada por el representante legal y el responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo o certificación de ARL. Certificación y copia simple de la Licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo “cuando aplique conforme a la | Contractual Contractual Contractual |
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Curso virtual de 50 horas SG-SST aprobado por el responsable de SST (Anexar Documento al momento de la ejecución de la orden de compra generada) | Decreto 1072 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo. Título IV. Capítulo VI Artículo 2.2.4.6.35 Resolución 4927 de 2016 | resolución 0312 de 2019” Certificación del curso de capacitación virtual 50 horas en el SG-SST del responsable del SG-SST | Contractual |
Dentro del proceso contractual queda señalado que el futuro contratista tiene que cumplir con: Teniendo en cuenta que la prestación del servicio de recarga y de mantenimiento de los extintores portátiles, son realizadas en las instalaciones del contratista, éste debe presentar informe con las acciones pertinentes para la disposición final de los residuos ordinarios y peligrosos generados en esta actividad acorde con los protocolos de seguridad pertinentes para la disposición de los mismos. (Entregar Informe Final con el manejo de los residuos generados) | Decreto 1076 de 2015. Decreto Único Reglamentario Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible. Título 6 Capítulo 1. Sección 3 Artículo 2.2.6.1.3.7 Norma Técnica NFPA 10 | Informe con el manejo de los residuos generados | Contractual |
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Exigir que el futuro proveedor cumpla con: Los extintores no podrán contener sustancias agotadoras de la capa de ozono HCFC-123. (Anexar Fichas Técnicas de los Extintores al momento de la ejecución de la orden de compra generada) | Ley 29 de 1992. Por medio de la cual se aprueba el "Protocolo de Montreal relativo a las sustancias agotadoras de la capa de ozono" artículos 2 y 4 Resolución 1652 de 2007. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. artículos 2 y 3 Resolución 171 de 2013, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Artículo 3 | Ficha técnica de los extintores | Contractual |
Notas:
- El proveedor tiene que disponer de extintores para suplir los que se encuentren en mantenimiento mientras este dure y sean colocados nuevamente en sus sitios.
- Se aclara que de acuerdo con la Resolución 2329 de 2012 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, por la cual se busca regular el consumo de HCFC 123, más conocido como Solkaflam; no se aceptará este tipo de agente extintor por parte de los proveedores.
- El proveedor tiene que adjuntar los pagos de seguridad social, donde se evidencie la cotización al nivel de riesgo acorde a la actividad desarrollada.
- El proveedor debe cumplir con la Normatividad Relacionada al Objeto en mención:
• Ley 29 de 1992 - Protocolo de Montreal relativo a las sustancias agotadoras de la capa de ozono
• Resolución 1652 de 2007 - Prohíbe la fabricación e importación de equipos y productos que contengan o requieran sustancias agotadoras de la capa de ozono
• Norma Técnica NFPA10 - Extintores portátiles contra incendios
• Resolución 2329 de 2012 - Regular el consumo de HCFC 123
• Decreto 1072 de 2015 Artículo 2.2.4.6.1 - Sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo.
• Resolución 0312 de 2019 - Estándares mínimos de seguridad y salud en el trabajo.
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4. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Además de las condiciones inherentes a la naturaleza de la Orden de Compra (Contrato) y a las derivadas de las disposiciones legales vigentes sobre la materia, y de conformidad con la “… Guía para la Adquisición en Gran Almacén cuando se trata de Mínima Cuantía por la Tienda Virtual del Estado Colombiano- TVEC y en los Términos y Condiciones de Uso de la Tienda Virtual del Estado Colombiano…” las obligaciones de la Entidad Compradora es la siguiente:
4.1 El SENA se obliga a:
1. Prestar la mayor colaboración al contratista, para la correcta ejecución del objeto contractual.
2. Ejercer el control sobre el cumplimiento del contrato a través del supervisor (a) designado por El Centro de Gestión Industrial para el efecto, exigiéndole la ejecución idónea y oportuna del objeto a contratar.
3. Recibir a satisfacción los bienes y/o servicios que sean entregados por el contratista, cuando estos cumplan con las condiciones establecidas y en especial las especificaciones u obligaciones técnicas contenidas en el presente documento.
4. Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y garantías a que hubiere lugar, para lo cual el supervisor (a) dará aviso oportuno de la ocurrencia de hechos constitutivos xx xxxx o incumplimiento.
5. Pagar al contratista en la forma pactada y con sujeción a las disponibilidades presupuestales y de PAC previstas para el efecto.
6. Tramitar oportunamente las apropiaciones presupuestales que requiera para solventar las prestaciones patrimoniales que hayan surgido a su cargo como consecuencia de la suscripción del contrato.
7. Solicitar y recibir información técnica respecto del bien y/o servicio y demás del contratista en desarrollo del objeto contractual.
8. Rechazar los bienes y/o servicios cuando no cumpla con los requerimientos técnicos exigidos.
Además de las condiciones inherentes a la naturaleza de la Orden de Compra (Contrato) de conformidad con los Términos y Condiciones de Uso de la Tienda Virtual del Estado Colombiano. Visible en la página web xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx-xxx-xxxxxx-xxxxxxxxxx y a las derivadas de las disposiciones legales vigentes sobre la materia, las Obligaciones Generales y Especiales del Contratista entre otras son las siguientes:
4.2 Obligaciones Generales del Contratista:
Además de las condiciones inherentes a la naturaleza del Contrato y a las derivadas de las disposiciones legales vigentes sobre la materia, las Obligaciones Generales del Contratista entre otras son las siguientes:
1. Pagar todos los gastos, derechos, impuestos, tasas, contribuciones y similares que se causen por razón del perfeccionamiento del contrato, y aquellos que se deriven de su ejecución, de conformidad con la Ley Colombiana. El proponente debe haber estudiado los costos y riesgos tributarios durante la etapa previa de la propuesta y que en consecuencia están incorporados en el precio ofrecido
2. Estar al día con el pago de las obligaciones con el Sistema Integral de Seguridad Social (ARP, EPS, Pensiones y CREE, Cajas de Compensación Familiar y SENA).
3. Asumir bajo su absoluta responsabilidad laboral la totalidad de la Carga Salarial y Prestacional de acuerdo con las normas legales vigentes, del personal que se requiera para la prestación de este servicio de mantenimiento.
4. Cancelar cumplidamente los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales xx xxx, al
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personal que ocupe dentro de la ejecución del Contrato.
5. Asumir todos los gastos e impuestos, tasas y contribuciones derivados de la celebración, ejecución y liquidación del Contrato, así como el valor de la prima de la Garantía Única y sus modificaciones.
4.3 Obligaciones Especiales del Contratista:
1. Realizar la entrega de los materiales y elementos en las condiciones enunciadas en el contrato, dentro de los plazos y lugares determinados en el mismo.
2. Disponer de extintores para suplir los que se encuentren en mantenimiento garantizando que dejará en calidad xx xxxxxxxx como mínimo el 70% de extintores en los sitios en los cuales los retira.
3. El Contratista deberá presentar y entregar al Centro de Gestión Industrial del Servicio Nacional de Aprendizaje- SENA de la Regional Distrito Capital la ficha técnica de los extintores a suministrar y a reparar. (Ley 29 de 1992 Arts. 2 y 4- Resolución 1652 de 2007 - Arts. 2 y 3 -Resolución 171 de 2013 - Art. 3)
4. Teniendo en cuenta que la prestación del servicio de recarga y de mantenimiento de los extintores portátiles, son realizadas en las instalaciones del contratista, éste debe presentar informe con las acciones pertinentes para la disposición final de los residuos ordinarios y peligrosos generados en esta actividad acorde con los protocolos de seguridad pertinentes para la disposición de los mismos. Decreto 1076 de 2015. Decreto Único Reglamentario Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible. Título 6 Capítulo
1. Sección 3 Artículo 2.2.6.1.3.7 Norma Técnica NFPA 10 NTC 3808 (Entregar Informe con el manejo de los residuos generados)
5. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato imparta el Supervisor del contrato designado por el Subdirector.
6. Dar cumplimiento a las obligaciones del sistema de seguridad social (salud, pensión y riesgos laborales), así como al SG-SST y demás normas aplicables, y presentar los documentos respectivos que acrediten todos los anteriores.
7. Presentar los Pagos de seguridad social, donde se evidencie la cotización al nivel de riesgo acorde a la actividad desarrollada.
8. Para el cumplimiento normativo en seguridad y salud en el trabajo y gestión ambiental, el oferente deberá garantizar los estándares de calidad de los productos y/o servicios a prestar.
9. En cumplimiento de la normatividad de seguridad y salud en el trabajo el contratista en desarrollo de sus obligaciones debe adelantar las actividades con el uso mínimo xx Xxxxx de Seguridad, Monogafas, Protección Respiratoria, Guantes de Seguridad, Ropa Industrial de trabajo y Botas de Seguridad. Lo anterior sin perjuicio de aquellos elementos de protección que se requieran y considere el contratista importante para cumplir cabalmente la obligación.
10. El contratista deberá garantizar la gestión ambientalmente adecuada de sustancias refrigerantes, sus envases y residuos teniendo en cuenta la normatividad nacional vigente sobre almacenamiento, transporte, manejo y disposición final de sustancias químicas peligrosas y residuos peligrosos, demostrando en todo momento que el gas será gestionado por un centro de acopio y/o centro de regeneración según corresponda, de conformidad con el Decreto 1076 de 2015. (Adjuntar Certificado emitido por Centro de Acopio o Centro de Regeneración con licencia ambiental vigente).
11. El contratista se compromete a cumplir a cabalidad las normas, reglamentos y la política de seguridad y salud en el trabajo establecidas por la entidad, al igual que suministrar información clara, veraz y completa sobre el estado de salud e informar oportunamente al SENA acerca de los peligros y riesgos latentes en la ejecución contractual (Decreto 1443 de 2014, artículo 5 y 10).
12. MANEJO AMBIENTAL. El contratista dará estricto cumplimiento al Decreto 1076 del 2015, Ley 197 del 2001, la Política ambiental xxx XXXX y todos los requisitos legales vigentes y las Leyes ambientales, siendo responsables ante las autoridades de la protección ambiental y sobre el cumplimiento de éstas.
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De igual forma, vigilará que sus dependientes den estricto cumplimiento durante la ejecución del objeto contractual, a todas las medidas ambientales establecidas. Es obligación especial de EL CONTRATISTA ejecutar sus actividades o servicios sin crear riesgo para la salud, la seguridad o el medio ambiente, ya que todos los costos que se generen con ocasión a la contaminación se trasladarán a los directos causantes, incluyendo multas y gastos que se generen con ocasión de requerimientos o actuación de las autoridades. En sí, EL CONTRATISTA tomará todas las medidas conducentes para evitar la contaminación ambiental durante sus operaciones, cumplirá con todas las leyes ambientales aplicables, y se sujetará a las normas relativas al control de la misma, no dejando sustancias o materiales nocivos para la flora, fauna, salud humana o animal, ni verterá contaminantes en la atmósfera ni a los cuerpos de agua.
13. Presentar un informe con el manejo de residuos generados conforme a lo establecido en el artículo 2.2.6.1.3.7. del decreto 1076 del 2015.
14. El contratista deberá cumplir con lo indicado en la resolución 666 del 24/04/2020, donde se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus Covid-19.
15. Pagar todos los gastos, derechos, impuestos, tasas, contribuciones y similares que se causen por razón del perfeccionamiento del contrato, y aquellos que se deriven de su ejecución de conformidad con la ley colombiana. El proponente debe haber estudiado los costos y riesgos tributarios durante la etapa previa de la propuesta y que en consecuencia están incorporados en el precio ofrecido.
16. Ejecutar el objeto del contrato, bajo las condiciones técnicas y financieras estipuladas en las clausulas correspondientes y de acuerdo con su propuesta los cuales hacen parte vinculante del contrato.
17. El transporte, cargue, descargue y entrega de los elementos objeto del presente contrato requeridos por el SENA, serán asumidos por el contratista. El riesgo y propiedad de los bienes será asumido por parte del proveedor hasta que realice la entrega total a satisfacción en el lugar indicado.
18. Cumplir con idoneidad y eficacia el objeto del contrato y su alcance.
19. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y trabas.
20. Sostener los precios de los elementos ofertados dentro de la ejecución del contrato
21. Cambiar los elementos defectuosos o de mala calidad
22. Durante la Ejecución el contratista Persona Natural, Jurídica y su Representante Legal no debe encontrarse en curso en alguna inhabilidad consagrada artículo 183 de la Ley 1801 del 29 de Julio de 2016.
23. El contratista que requiera realizar actividades presenciales en el centro para dar cumplimiento a las obligaciones de su contrato deberá remitir documento de protocolo de bioseguridad de su empresa, y debe tener en cuenta los lineamientos para contratistas del Protocolo de Bioseguridad del Centro de Gestión Industrial.
24. El contratista que requiera realizar actividades presenciales en el centro para dar cumplimiento a las obligaciones de su contrato deberá remitir soporte de certificado para operar expedido por la alcaldía municipal si se encuentra dentro de los sectores autorizados para realizar la circulación en los casos establecidos por el Gobierno Nacional.
25. El contratista durante el periodo de la emergencia sanitaria deberá seguir los lineamientos reglamentarios emitidos por el Gobierno Nacional.
26. El contratista debe cumplir los lineamientos establecidos en el protocolo de bioseguridad xxx XXXX y específicos del centro de formación donde prestaran los servicios, esto aplicara para la ejecución de actividades presenciales.
27. Reportar de manera inmediata cualquier novedad o anomalía al supervisor del contrato.
28. Presentar un informe técnico final de entrega de los extintores.
29. Las demás inherentes al objeto del contrato.
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4.4 El OFERENTE está obligado a:
Presentar la propuesta técnica con la totalidad de los ítems correspondientes, so pena de rechazo por falta de uno o más de los ítems.
NOTA: El incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del Oferente, dará lugar al inicio de procesos sancionatorios de conformidad con lo definido en la cláusula 19 del acuerdo marco de precios CCE- 579-AMP-2017.
5. LUGAR DE EJECUCIÓN
La entrega de los bienes y servicios se realizará en las instalaciones de la sede principal del Centro de Gestión Industrial Complejo Xxxxxxxxxx xxx XXXX, Xxxxx 00 Xx. 00-00 y Xxx. 00 Xx. 00-00, xx xx xxxxxx xx Xxxxxx X.X., de acuerdo con lo indicado por el supervisor.
6. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución de la orden de compra será de Setenta y Cinco (75) días calendario, sin exceder el 01 de Diciembre de 2020, contados a partir de la generación de la orden de compra en la Tienda Virtual del Estado Colombiano, previo registro presupuestal.
7. CONDICIONES DE CELEBRACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
7.1 CONTRATO A CELEBRAR:
Contrato de Compraventa.
7.2 MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA, JUSTIFICACIÓN Y FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN SU ELECCIÒN.
El proceso de selección y el contrato que se llegare a suscribir como resultado del mismo, estará sometido a la legislación colombiana y se rigen por las normas de la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, decretos reglamentarios de las mismas y demás disposiciones legales que la complementen y/o modifiquen. Para aquellos pactos no regulados en las normas anteriores se aplicarán las normas civiles y comerciales pertinentes, así como las reglas previstas en el Pliego de Condiciones o en las adendas que se expidan en desarrollo del proceso de contratación.
En atención al contrato que se va a celebrar, cuyas condiciones están establecidas en el Artículo 2.2.1.2.1.2.7. Procedencia del Acuerdo Marco de Precios. Las Entidades Estatales de la Rama Ejecutiva del Poder Público del orden nacional, obligadas a aplicar la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, o las normas que las modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan, están obligadas a adquirir Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes a través de los Acuerdos Marco de Precios vigentes, la propuesta más favorable corresponde a aquella que ofrezca el menor precio siempre y cuando cumpla con la totalidad de las especificaciones y cantidades requeridas y los requisitos habilitantes establecidos.
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La verificación de los requisitos habilitantes se hará exclusivamente en relación con el proponente con el precio más bajo, para lo cual, se tendrán en cuenta las reglas de subsanabilidad. En caso de que éste no cumpla con los mismos, procederá la verificación del proponente ubicado en segundo lugar y así sucesivamente. De no lograrse la habilitación se declarará desierto el proceso.
La ley 1150 de 2007 establece para las Entidades Estatales la obligación de utilizar el proceso de selección abreviada para adquirir Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes a través de la compra por Catálogo derivado de la celebración de Acuerdos Marco de Precios, los cuales son realizados por Colombia Compra Eficiente con Proveedores seleccionados en el marco de licitaciones públicas por medio de las cuales Colombia Compra Eficiente celebra contratos para provisionar a las Entidades Estatales de Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes, en la forma, plazo y condiciones establecidas en éstos.
Las Entidades Compradoras se vuelven parte del Acuerdo Marco de Precios a partir de la fecha en la cual colocan una Orden de Compra al amparo del Acuerdo Marco seleccionado, acorde a las necesidades de la entidad.
Así mismo, dado que las Entidades Estatales de la Rama Ejecutiva del Poder Público del orden nacional se encuentran obligadas a aplicar la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.2.7 y s.s. del Decreto 1082 de 2015, están por ello obligadas a adquirir los Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes a través de los Acuerdos Marco de Precios creados por Colombia Compra Eficiente; en el presente caso se observa que, de acuerdo a la necesidad de la Entidad existe el Acuerdo Marco de precios LP-AMP- 142-2017( Vigente de Octubre 2, 2017 hasta Octubre 2, 2020), por lo que se realizará la adquisición de bienes a través de él, de acuerdo con los términos y condiciones establecidos para el Acuerdo.
También tendrán aplicación las normas legales que se dicten sobre la materia durante el desarrollo de éste proceso y que deben empezar a regir durante la vigencia de la misma, con las excepciones que al respecto se determinen y las que se desprendan de las normas generales sobre vigencia de normas.
7.3. FORMA DE PAGO.
El valor de la Orden de Compra (Contrato) se pagará Según lo estipulado en la Guía para comprar en la Tienda Virtual del Estado Colombiano a través del Acuerdo Marco para la Adquisición de Elementos para Emergencias, en su Capitulo VI. Facturación y pago, visible en la página web xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx-xxx-xxxxxx-xxxxxxxxxx/xxxxxxxxx-xxxxxxxxx/xxxxxxxxx-
para-emergencias , donde se indica:
“Las Entidades Compradoras deben pagar las facturas dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha de presentación de la factura. Si la factura no cumple con las normas aplicables o la Entidad Compradora solicita correcciones a la misma, el término de treinta (30) días empezará a contar a partir de la presentación de la nueva factura. Igualmente es obligación del Proveedor remitir a la Entidad Compradora los soportes de pago de seguridad social del personal que prestó el servicio durante el mes a facturar.
El usuario comprador de la Entidad Compradora puede consultar las facturas enviadas por el Proveedor a través de la Tienda Virtual del Estado Colombiano ingresando a “Facturas” en el menú superior, o consultando las solicitudes de aprobación de facturas en “Tareas Pendientes”. La
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recepción de las facturas también es notificada por correo electrónico.”
Por lo tanto:
El Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA; Xxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx conforme a lo definido en la cláusula 10 y 11 del acuerdo marco de precios CCE-579-AMP-2017, realizará un único pago dentro de los Treinta (30) días calendario siguientes a la radicación de la factura por parte del Contratista a la entidad a través del supervisor del contrato, a la cual se deberá anexar los documentos que se describe a continuación, sin los cuales no se dará trámite al pago; conforme a las directrices del Instructivo Documentos Requeridos para Registro de Obligaciones y Trámite de Pagos GRF-I-002, sin los cuales no se dará trámite al pago:
a) Comunicación radicada, remitida por el ordenador del gasto en la que se indique la información requerida en el numeral 10 documentos soporte para el trámite del registro de la obligación
b) Factura de Venta o documento equivalente en original y copia cuando tenga IVA, cumpliendo con todos los requisitos xx Xxx.
c) Certificado xx xxx y salvo suscrito por el revisor fiscal (cuando se disponga de este servicio) y/o el representante legal, donde acredite el cumplimiento de aportes al sistema de seguridad social, (Planilla Integrada - EPS, Pensiones y ARL).
d) Soporte de pago al sistema de Seguridad Social cuando sea Persona Natural se remite del mes inmediatamente anterior del periodo objeto de cobro.
e) Certificación de recibo a satisfacción, firmada por el supervisor del contrato en la que se indique el valor y la relación de facturas o documentos equivalentes a pagar.
Para el Primer o Único Pago, además de los documentos antes descritos, deberá aportar los siguientes:
a) Copia del Registro Presupuestal del Compromiso
b) Copia del Documento Contractual y cuando se realicen adiciones o modificaciones contractuales
c) RUT con fecha de impresión o generación no mayor a 180 días
d) Certificación cuenta bancaria del beneficiario del pago no mayor a 30 días, y cuando se presenten solicitudes de cambio de cuenta por parte del contratista con el Otro Si respectivo.
En todo caso, los pagos antes previstos se sujetarán a los montos aprobados en el programa anual mensualizado de caja (PAC), de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 73 y 74 del Decreto 111 de 1996 y a la verificación de lo dispuesto en el Art. 50 de la Ley de Reforma Laboral (Ley 789 de 2002).
NOTA 1: Si la factura no ha sido correctamente elaborada o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, el término para este sólo efecto, empezará a contarse desde la fecha en que se haya aportado el último de los documentos. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán responsabilidad del contratista y no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación alguna.
SERVICIO XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX
0. XXXXXXXX XXX XXXXXX X XXXXXXX XX XXXXXXX QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:
En cumplimiento de lo establecido en la Parte 2- Titulo 1- Capitulo 1- Sección 1-Subseccion 6- Artículo 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 de 2015, y de conformidad con la Circular No. 162 de 2013, la cual trata sobre los lineamientos para la elaboración de Estudios Previos xxx XXXX, se elaborará un presupuesto de acuerdo con los precios y condiciones xxx xxxxxxx y las incidencias propias del objeto del contrato.
a) Estudio Técnico: Es procedente efectuar la contratación toda vez que las condiciones técnicas enunciadas en el presente estudio, permitirán satisfacer las necesidades del Xxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx- Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx.
b) Estudio Económico: Se determinará el valor del contrato a ejecutar en la estimación de precios teniendo en cuenta los diferentes parámetros presentados y descritos a continuación:
8.1 ASPECTOS GENERALES - ANÁLISIS ECONÓMICO DEL SECTOR
Es pertinente hacer un resumen del comportamiento económico de Colombia, para contextualizar la realidad económica del país dentro de un entorno regional y global:
Perspectiva Mundial Inicios 2020:
Se esperaba que el crecimiento mundial se recuperara en 2020 hasta ubicarse en un 2,5 %, un valor ligeramente superior al 2,4 % registrado el año pasado, el más bajo desde la crisis, en un contexto de merma del comercio y la inversión. Sin embargo, predominaban los riesgos a la baja, entre ellos, la posibilidad de que volviera a agravarse las tensiones comerciales y se produjeran fuertes caídas en las principales economías y alteraciones financieras. Los mercados emergentes y economías en desarrollo deberían reconstruir el espacio de las políticas macroeconómicas a fin de incrementar su resiliencia ante crisis adversas y llevar adelante reformas decisivas que permitan impulsar el crecimiento a largo plazo.
Cuadro 1. Proyección Inicial crecimiento económico.
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Nueva Perspectiva Mundial 2020:
La COVID-19 (coronavirus) ha provocado la recesión mundial más profunda que se ha experimentado en décadas. Si bien el resultado final aún es incierto, debido a la pandemia la gran mayoría de los mercados emergentes y de las economías en desarrollo se contraerá, con un daño perdurable en la productividad laboral y el producto potencial. Las prioridades inmediatas de las políticas son reducir los costos humanos y mitigar las pérdidas económicas a corto plazo. Una vez que la crisis amaine, se deberá reafirmar un compromiso creíble con políticas sostenibles y llevar a cabo las reformas que se necesiten para apoyar las perspectivas a largo plazo. La coordinación y la cooperación mundiales serán fundamentales.
La COVID-19 ha tenido un enorme impacto a nivel mundial y ha causado pronunciadas recesiones en muchos países. Las proyecciones de referencia pronostican una contracción del 5,2 % en el producto interno bruto mundial en 2020, lo que constituye la recesión mundial más profunda que se ha experimentado en décadas. Los ingresos per cápita en la mayoría de las economías emergentes y en desarrollo se retraerán este año. La pandemia pone de manifiesto la urgente necesidad de adoptar medidas de política para amortiguar sus consecuencias, proteger a las poblaciones vulnerables y mejorar la capacidad de los países para enfrentar eventos similares en el futuro. También es fundamental abordar los desafíos que plantean la informalidad y las redes de seguridad limitadas, y llevar adelante reformas que permitan un crecimiento fuerte y sostenible.
El rápido aumento de los casos de COVID-19, junto con la amplia gama de medidas adoptadas para detener la velocidad de propagación del virus, han ralentizado la actividad económica de manera abrupta en muchos mercados emergentes y economías en desarrollo. Las proyecciones de crecimiento para todas las regiones se han reducido seriamente. Muchos países han evitado resultados más negativos proporcionando un considerable apoyo mediante políticas fiscales y monetarias. A pesar de estas medidas, se prevé que en 2020 los ingresos per cápita en todas las regiones de mercados emergentes y economías en desarrollo se contraerán, con lo que probablemente muchos volverán a caer en la pobreza.
Asia oriental y el Pacífico: Se prevé que la región crecerá apenas un 0,5 % en 2020, el índice más bajo desde 1967 y un reflejo de los trastornos originados por la pandemia.
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Europa y Asia central: Se estima que la economía de la región se contraerá un 4,7 % y que prácticamente todos los países entrarán en recesión.
América Latina y el Caribe: Las perturbaciones originadas por la pandemia harán que la actividad económica se desplome un 7,2 % en 2020.
Oriente Medio y Norte de África: Se prevé que la actividad económica en Oriente Medio y Norte de África se contraerá un 4,2 % a raíz de la pandemia y sus efectos sobre el mercado del petróleo.
Asia meridional: Se estima que en 2020 la actividad económica en la región se contraerá un 2,7 % a raíz de los efectos negativos de las medidas de mitigación de la pandemia sobre el consumo y la actividad de servicios y de la incertidumbre sobre el curso de la enfermedad, que desalentará la inversión privada.
África al sur del Sahara: La actividad económica en la región está camino a contraerse un 2,8 % en 2020, la desaceleración más profunda de la que hay registro.
Cuadro 2. Proyección Ajustada crecimiento económico.
2017 | 2018 | 2019 e | 2020f | 2021f | 2020f | 2021f | ||
Mundo | 3,3 | 3,0 | 2,4 | -5,2 | 4,2 | -7,7 | 1,6 | |
Economías avanzadas | 2,5 | 2,1 | 1,6 | -7,0 | 3,9 | -8,4 | 2,4 | |
Estados Unidos | 2,4 | 2,9 | 2,3 | -6,1 | 4,0 | -7,9 | 2,3 | |
Zona Euro | 2,5 | 1,9 | 1,2 | -9,1 | 4,5 | -10,1 | 3,2 | |
Japón | 2,2 | 0,3 | 0,7 | -6,1 | 2,5 | -6,8 | 1,9 | |
Economías emergentes y en desarrollo (EMDEs) | 4,5 | 4,3 | 3,5 | -2,5 | 4,6 | -6,6 | 0,3 | |
EMDEs exportadores de materias primas | 2,2 | 2,1 | 1,5 | -4,8 | 3,1 | -7,4 | 0,2 | |
Otros EMDEs | 6,1 | 5,7 | 4,8 | -1,1 | 5,5 | -6,2 | 0,3 | |
Otros EMDEs excluyendo China | 5,4 | 4,8 | 3,2 | -3,6 | 3,6 | -7,6 | -0,8 | |
Asia oriental y el Pacífico | 6,5 | 6,3 | 5,9 | 0,5 | 6,6 | -5,2 | 1,0 | |
China | 6,8 | 6,6 | 6,1 | 1,0 | 6,9 | -4,9 | 1,1 | |
Indonesia | 5,1 | 5,2 | 5,0 | 0,0 | 4,8 | -5,1 | -0,4 | |
Tailandia | 4,1 | 4,2 | 2,4 | -5,0 | 4,1 | -7,7 | 1,3 | |
Europa y Asia central | 4,1 | 3,3 | 2,2 | -4,7 | 3,6 | -7,3 | 0,7 | |
Rusia, Federación de | 1,8 | 2,5 | 1,3 | -6,0 | 2,7 | -7,6 | 0,9 | |
Turquía | 7,5 | 2,8 | 0,9 | -3,8 | 5,0 | -6,8 | 1,0 | |
Polonia | 4,9 | 5,3 | 4,1 | -4,2 | 2,8 | -7,8 | -0,5 | |
América Latina y el Caribe | 1,9 | 1,7 | 0,8 | -7,2 | 2,8 | -9,0 | 0,4 | |
Brasil | 1,3 | 1,3 | 1,1 | -8,0 | 2,2 | -10,0 | -0,3 | |
México | 2,1 | 2,2 | -0,3 | -7,5 | 3,0 | -8,7 | 1,2 |
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Argentina | 2,7 | -2,5 | -2,2 | -7,3 | 2,1 | -6,0 | 0,7 | |
Oriente Medio y Norte de África | 1,1 | 0,9 | -0,2 | -4,2 | 2,3 | -6,6 | -0,4 | |
Arabia Saudita | -0,7 | 2,4 | 0,3 | -3,8 | 2,5 | -5,7 | 0,3 | |
Irán | 3,8 | -4,7 | -8,2 | -5,3 | 2,1 | -5,3 | 1,1 | |
Egipto | 4,2 | 5,3 | 5,6 | 3,0 | 2,1 | -2,8 | -3,9 | |
Asia meridional | 6,5 | 6,5 | 4,7 | -2,7 | 2,8 | -8,2 | -3,1 | |
India | 7,0 | 6,1 | 4,2 | -3,2 | 3,1 | -9,0 | -3,0 | |
Pakistán | 5,2 | 5,5 | 1,9 | -2,6 | -0,2 | -5,0 | -3,2 | |
Bangladesh | 7,3 | 7,9 | 8,2 | 1,6 | 1,0 | -5,6 | -6,3 | |
África al sur del Sahara | 2,6 | 2,6 | 2,2 | -2,8 | 3,1 | -5,8 | 0,0 | |
Nigeria | 0,8 | 1,9 | 2,2 | -3,2 | 1,7 | -5,3 | -0,4 | |
Sudáfrica | 1,4 | 0,8 | 0,2 | -7,1 | 2,9 | -8,0 | 1,6 | |
Angola | -0,1 | -2,0 | -0,9 | -4,0 | 3,1 | -5,5 | 0,7 | |
Otros indicadores: | ||||||||
PIB réel1 | ||||||||
Paises de altos ingresos | 2,4 | 2,2 | 1,7 | -6,8 | 3,8 | -8,3 | 2,3 | |
Países en desarrollo | 4,8 | 4,4 | 3,7 | -2,4 | 4,7 | -6,7 | 0,2 | |
Países de bajos ingresos | 5,4 | 5,8 | 5,0 | 1,0 | 4,6 | -4,4 | -0,9 | |
BRICS | 5,3 | 5,3 | 4,7 | -1,7 | 5,3 | -6,6 | 0,4 | |
Mundo (ponderaciones PPP 2010) | 3,9 | 3,6 | 2,9 | -4,1 | 4,3 | -7,3 | 1,0 | |
Volumen de comercio mundial | 5,9 | 4,0 | 0,8 | -13,4 | 5,3 | -15,3 | 2,8 | |
Precios de materias primas | ||||||||
Precio del petróleo | 23,3 | 29,4 | -10,2 | -47,9 | 18,8 | -42,5 | 16,9 | |
Índice de precios de los productos básicos no energéticos | 5,5 | 1,8 | -4,2 | -5,9 | 3,0 | -6,0 | 1,3 | |
Fuente: Banco Mundial. * e = estimación; f = pronóstico. Las previsiones del Banco Mundial se actualizan frecuentemente con base en nueva información y en circunstancias mundiales cambiantes. En consecuencia, las proyecciones aquí presentadas pueden diferir de las contenidas en otros documentos del Banco, aunque las evaluaciones básicas de las perspectivas de los países no difieran significativamente en un momento dado. | ||||||||
1. Las tasas de crecimiento agregadas se calculan utilizando ponderaciones del PIB en dólares estadounidenses constantes de 2010. |
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AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE:
Debido a las diversas perturbaciones internas y externas derivadas de la pandemia, en 2020 la actividad económica regional sufrirá una contracción de un 7,2 %, lo que constituirá una recesión mucho más profunda que las causadas por la crisis financiera mundial de 2008-09 y la crisis de la deuda latinoamericana de la
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década de 1980. Se prevé que la actividad económica caerá a su punto más bajo durante el segundo trimestre del año, cuando las medidas de mitigación se encuentren en sus niveles más altos.
En este contexto, la normalización de las condiciones internas y mundiales permitiría que el crecimiento regional se recupere al 2,8 % en 2021. Se proyecta que la economía de Brasil se retraerá este año un 8 % debido al confinamiento, y a la caída de las inversiones y de los precios mundiales de los productos básicos agropecuarios. La economía de México, golpeada por condiciones financieras más difíciles, el derrumbe en los precios del petróleo, la paralización del turismo y las restricciones en la circulación, se encuentra en vías de contraerse un 7,5 %. La actividad económica en la Argentina se prevé que caerá un 7,3 % en 2020, como consecuencia de las estrictas medidas de mitigación de la pandemia aplicadas, de una menor demanda externa y del efecto de la incertidumbre con respecto a las negociaciones de la deuda en curso. Se proyecta que la economía de América Central se contraerá este año un 3,6 %, debido a las restricciones en la circulación, la merma de las remesas y del turismo, y la caída de los precios agrícolas. Con respecto al Caribe, se prevé que se contraerá un 1,8 % en 2020, y un 3,1 % si se excluye a Guyana, donde la industria petrolera xx xxxxxxx está experimentando un rápido desarrollo. La subregión se verá perjudicada por la caída del turismo y del ingreso de remesas.
Riesgos: Los riesgos que enfrentan las perspectivas para la región son claramente desfavorables. Un agravamiento del brote generaría presión sobre los sistemas de salud y sería devastador para los países cuya capacidad de atención médica es limitada. Los brotes del virus en las grandes economías de la región podrían tener un efecto derrame, y una segunda ola de la pandemia en las economías avanzadas tendría repercusiones negativas en la región. La informalidad generalizada limitará el alcance de los esfuerzos de asistencia social destinados a morigerar el impacto económico de la pandemia.
Los recientes avances de la región en cuanto al alivio de la pobreza y de la desigualdad podrían estar en riesgo. Los efectos negativos sobre el ingreso podrían reactivar la ola de malestar social del año pasado. El mayor nivel de endeudamiento de los Gobiernos en 2020 aumentará la vulnerabilidad a la presión del sector financiero y podría causar problemas en el servicio de la deuda debido al alza de las tasas de interés durante una recuperación, al tiempo que la escasez de flujo de efectivo podría someter a los balances de las empresas a una presión considerable. Es posible que se tarde en recuperar la demanda de los clientes de servicios de turismo, personales y de entretenimiento incluso después de que la pandemia haya desaparecido.
Fuente: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxx-xxxxxxxx-xxxxxxxxx
ENFOQUE COLOMBIA
Colombia tiene un historial de gestión macroeconómica y fiscal prudente, y a pesar de las desaceleraciones económicas ha mantenido su calificación de grado de inversión desde 2013. Después de desacelerarse a 1.4% en 2017, el crecimiento económico se aceleró a 3.3% en 2019, impulsado por un sólido consumo privado y mayor inversión. El crecimiento estaba encaminado a acelerarse aún más en 2020, pero con la pandemia de COVID-19 se espera que se afecte significativamente el consumo privado y la inversión.
En respuesta a la crisis del COVID-19, el Gobierno implementó medidas de respuesta de emergencia temprana: declaró el estado de emergencia, cerró las fronteras del país e impuso una cuarentena obligatoria.
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El Gobierno también anunció un paquete considerable de estímulo fiscal (COP 14.8 billones o 1.4% del PIB, con potencial para aumentar hasta 48 billones) que proporcionaría recursos adicionales para el sistema de salud, líneas especiales de crédito para empresas en ciertos sectores, y mayores transferencias para grupos vulnerables. Otras medidas incluyen aplazamientos en la recaudación tributaria en sectores seleccionados y aranceles más bajos para las importaciones estratégicas de salud.
En marzo de 2020, el Banco Central redujo su tasa de intervención en 50 puntos básicos e introdujo una amplia gama de medidas para aumentar la liquidez. Se espera que el paquete de ayudas, hasta la fecha, sea financiado ampliamente con recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización (FAE) y del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet).
Con el aumento del gasto público se espera mitigar, en parte, el impacto de la crisis en 2020, incluyendo las consecuencias para las empresas y los trabajadores. Se prevé que las presiones de la deuda externa en el corto plazo sean limitadas, considerando que los recursos para el paquete de estímulos provendrán de los fondos de ahorro existentes. Las expectativas también apuntan a que el gobierno continúe cumpliendo con la regla fiscal, la cual permite una mayor flexibilidad dado el precio del petróleo y la desaceleración del ciclo económico.
Un fuerte repunte en el crecimiento se prevé para 2021-2022, siempre que la pandemia sea de corta duración. Se espera que el entorno de bajas tasas de interés, facilitadas por el Banco Central, impulse el crecimiento del consumo privado. Esto, una vez que se hayan aliviado las medidas de contención doméstica y se facilite un repunte gradual de la inversión, a medida que los proyectos de infraestructura importantes como las carreteras 4G y los proyectos del metro de Bogotá se reanuden por completo.
Se espera que la inflación permanezca dentro del rango objetivo del Banco Central, debido a que la debilidad de la demanda atenuará las presiones del efecto traspaso (pass-through) del tipo de cambio. Sin embargo, se espera que los bajos precios del petróleo y las reducciones en la demanda global causen un deterioro en el déficit de cuenta corriente hasta 5.3% del PIB en 2020, antes de recuperarse a 4.7% en 2021-2022.
Colombia continúa manteniendo un sólido marco macroeconómico. Los componentes principales de este marco incluyen la adopción de un régimen de metas de inflación, un tipo de cambio flexible, una Regla Fiscal (2011) para el gobierno central y un marco fiscal xx xxxxxxx plazo. El sólido marco macroeconómico también ha permitido fortalecer la resiliencia frente a las conmociones externas, facilitando el ajuste económico interno y externo ante a los posibles choques.
En el futuro, las perspectivas dependen de la duración y la gravedad de la crisis y la capacidad del país para recuperarse rápidamente, mientras se abordan los cuellos de botella estructurales existentes.
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VARIABLES Y COMPORTAMIENTOS MACROECONOMICOS A TENER EN CUENTA:
El gobierno nacional planea duplicar la inversión en las actividades de ciencia, tecnología e innovación reunidas bajo el acrónimo de ACTI, de 0,5% hoy a 1% del PIB en 2.018. Estos recursos ascenderán a $8.8 billones. De acuerdo con el Banco Mundial, Estados Unidos invierte 2.79% de su PIB en investigación más Desarrollo (I+D). En Colombia se llegó a 0.19% en 2.014, según el observatorio Colombiano de Ciencia y Tecnología e Innovación (OC y T) y el DANE. Por su parteen Actividades de Ciencia y Tecnología (ACTI), los gastos ascendieron a 0.46% (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxx-xxxxxxx/xxxxx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxx-xxxxxxx-
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tecnologia-innovacion- colombia/212458)
En el proyecto xx xxx aprobado por el Congreso de la República el 2 xx Xxxx de 2019, se honran los compromisos del actual gobierno con el sector de la CTeI, y con la aprobación del Plan Nacional de Desarrollo 2018 - 2022, Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad, se reitera el compromiso del gobierno de impulsar a Colombia por la senda de las sociedades basadas en el conocimiento, creando nuevos instrumentos tributarios y financieros para que los actores, públicos y privados del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación -CTeI-, dupliquen la inversión actual en actividades de CTeI, hasta alcanzar la meta del 1,5% del PIB. En el período 2018 – 2022, con las estrategias contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo se construirá una senda de incentivos que jalonará la meta de duplicar la inversión pública y privada en actividades de ciencia, tecnología e innovación y se avanza en la consolidación del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación. (xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx_xx_xxxxxx/xx-xxxxxxx-xx- tecnologia-y-la-innovacion-en-el-plan-nacional-desarrollo-2018-2022)
Se creará el Sistema Nacional de Competitividad e Innovación – SNCI con el objetivo de fortalecer la competitividad , en el marco de este sistema y a través de la Comisión Nacional de Competitividad e Innovación, se articularán sistemas como el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación – SNCTI; el Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria – SNIA; entre otros sistemas, órganos e instancias relacionadas con competitividad , productividad e innovación, y coordinar la elaboración, implementación y seguimiento de la agenda Nacional de Competitividad e Innovación.
Este plan consagra los instrumentos y estrategias que permitirán la articulación entre el gobierno nacional y los gobiernos locales, junto a las universidades, empresas y en general entre los actores de todos los sectores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, para cumplir con la meta del plan propuesta de conseguir al final del 2022, una inversión de 1.5% del PIB en ACTI, logrando con ello una Colombia con Equidad. (xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx_xx_xxxxxx/xx-xxxxxxx-xx-xxxxxxxxxx-x-xx-xxxxxxxxxx- en-el-plan-nacional-desarrollo-2018-2022)
Comportamiento del principal actor: El artículo 125 de la Ley 1955 de 2019 fusionó el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación - Colciencias, en el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación - Minciencias, creado mediante la Ley 1951 de 2019 y el decreto 2226 de 2019, con un presupuesto en 2019 de $356 mil millones y en 2020 será de $392 mil millones. No obstante, el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 contempla inversiones por $21,2 billones para fortalecer el sector de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
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Comportamiento del Producto Interno Bruto (PIB)
Las estadísticas oficiales más recientes presentadas por el DANE se pueden estudiar en el Boletín Técnico Producto Interno Bruto (PIB) I Trimestre de 2020.
El informe del boletín técnico Producto Interno Bruto (PIB) del I trimestre de 2020 del “DANE” presenta el siguiente comportamiento: xxxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx-xxx-xxxx/xxxxxxx- nacionales/cuentas-nacionales-trimestrales
En el primer trimestre de 2020pr, el Producto Interno Bruto, en su serie original, crece 1,1% respecto al mismo periodo de 2019pr. (Ver gráfico 1):
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xxxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxx/xxx/xxx_XXX_Xxxxx00_xxxxxxxxx_x_xxxxx.xxx Las actividades económicas que más contribuyen a esta dinámica son (ver tabla 2):
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Las actividades económicas que más contribuyen a la dinámica del valor agregado son:
Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca crece 6,8% (contribuye 0,5 puntos porcentuales a la variación anual).
Administración pública y defensa; planes de seguridad social de afiliación obligatoria; Educación; Actividades de atención de la salud humana y de servicios sociales crece 3,4% (contribuye 0,5 puntos porcentuales a la variación anual).
Actividades inmobiliarias crece 2,6 % (contribuye 0,3 puntos porcentuales a la variación anual).
Respecto al trimestre inmediatamente anterior, el Producto Interno Bruto en su serie corregida de efecto estacional y calendario decrece 2,4%. Esta variación se explica principalmente por la siguiente dinámica:
Construcción decrece 11,4%.
Industrias manufactureras decrece 4,5%.
Actividades artísticas, de entretenimiento y recreación y otras actividades de servicios; Actividades de los hogares individuales en calidad de empleadores decrece 3,9%.
Comportamiento Industrias manufactureras:
Relacionamos el marco del comportamiento del sector industrial, por ser este donde enfocamos el resultado de las actividades de formación en nuestros Centros del Complejo Paloquemao:
En el primer trimestre de 2020pr, el valor agregado de las industrias manufactureras decrece 0,6% en su serie original, respecto al mismo periodo de 2019pr. Esta dinámica se explica por los siguientes comportamientos (ver tabla 4):
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• Elaboración de productos alimenticios; elaboración de bebidas; elaboración de productos de tabaco crece 6,0%.
• Fabricación de productos textiles; confección de prendas de vestir; curtido y recurtido de cueros; fabricación xx xxxxxxx; fabricación de artículos de viaje, maletas, bolsos de mano y artículos similares, y fabricación de artículos de talabartería y guarnicionería; adobo y teñido de pieles decrece 9,5%.
• Transformación de la madera y fabricación de productos xx xxxxxx y xx xxxxxx, excepto muebles; fabricación de artículos de cestería y espartería; fabricación de papel, cartón y productos de papel y de cartón; actividades de impresión; producción de copias a partir de grabaciones originales crece 1,8%. • Coquización, fabricación de productos de la refinación del petróleo y actividad de mezcla de combustibles; fabricación de sustancias y productos químicos; fabricación de productos farmacéuticos, sustancias químicas medicinales y
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productos botánicos de uso farmacéutico; fabricación de productos de caucho y de plástico; fabricación de otros productos minerales no metálicos decrece 1,6%.
• Fabricación de productos metalúrgicos básicos; fabricación de productos elaborados de metal, excepto maquinaria y equipo; fabricación de aparatos y equipo eléctrico; fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos; fabricación de maquinaria y equipo n.c.p.; fabricación de vehículos automotores, remolques y semirremolques; fabricación de otros tipos de equipo de transporte; instalación, mantenimiento y reparación especializado de maquinaria y equipo decrece 5,9%.
• Fabricación de muebles, colchones y somieres; otras industrias manufactureras decrecen 3,9%.
Respecto al trimestre inmediatamente anterior en su serie corregida de efecto estacional y calendario, el valor agregado de explotación de las industrias manufactureras decrece en 4,5%, explicado por:
• Elaboración de productos alimenticios; elaboración de bebidas; elaboración de productos de tabaco crece 1,7%.
• Fabricación de productos textiles; confección de prendas de vestir; curtido y recurtido de cueros; fabricación xx xxxxxxx; fabricación de artículos de viaje, maletas, bolsos de mano y artículos similares, y fabricación de artículos de talabartería y guarnicionería; adobo y teñido de pieles decrece 11,8%.
• Transformación de la madera y fabricación de productos xx xxxxxx y xx xxxxxx, excepto muebles; fabricación de artículos de cestería y espartería; fabricación de papel, cartón y productos de papel y de cartón; actividades de impresión; producción de copias a partir de grabaciones originales crece 1,9%.
• Coquización, fabricación de productos de la refinación del petróleo y actividad de mezcla de combustibles; fabricación de sustancias y productos químicos; fabricación de productos farmacéuticos, sustancias químicas medicinales y productos botánicos de uso farmacéutico; fabricación de productos de caucho y de plástico; fabricación de otros productos minerales no metálicos decrece 3,9%.
• Fabricación de productos metalúrgicos básicos; fabricación de productos elaborados de metal, excepto maquinaria y equipo; fabricación de aparatos y equipo eléctrico; fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos; fabricación de maquinaria y equipo n.c.p.; fabricación de vehículos automotores, remolques y semirremolques; fabricación de otros tipos de equipo de transporte; instalación, mantenimiento y reparación especializado de maquinaria y equipo decrece 3,7%.
• Fabricación de muebles, colchones y somieres; otras industrias manufactureras decrecen 4,5%.
Comportamiento Sector del Comercio al por mayor y al por menor:
En el primer trimestre de 2020pr, el valor agregado de comercio al por mayor y al por menor, reparación de vehículos automotores y motocicletas; transporte y almacenamiento; alojamiento y servicios de comida crece 0,9% en su serie original, respecto al mismo periodo de 2019pr. Esta dinámica se explica por los siguientes comportamientos (ver tabla 7):
• Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas crece 4,7%.
• Transporte y almacenamiento crece 0,6%.
• Alojamiento y servicios de comida decrece 7,5%.
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Respecto al trimestre inmediatamente anterior en su serie corregida de efecto estacional y calendario, el valor agregado de comercio al por mayor y al por menor, reparación de vehículos automotores y motocicletas; transporte y almacenamiento; alojamiento y servicios de comida decrece en 3,2%, explicado por:
• Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas crece 0,9%.
• Transporte y almacenamiento decrece 3,2%.
• Alojamiento y servicios de comida decrece 9,5%.
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VARIABLES ECONOMICAS COLOMBIA JUNIO DE 2020
CUADRO 1. Indicadores Económicos:
FUENTE: xxxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx-xxxxxxxxxx
Las Variables macroeconómicas afectan directamente la adquisición de los elementos y componentes de la renovación y demás componentes; y que se tienen en cuenta son:
- IPC Índice de Precios al Consumidor:
El IPC es una investigación estadística que permite medir la variación porcentual promedio de los precios al por menor de un conjunto de bienes y servicios de consumo final que es representativa del gasto de los hogares del país
El indicador es utilizado para la toma de decisiones, tanto del gobierno como de los entes privados, al tiempo que permite analizar situaciones de carácter económico.
En el mes xx xxxx de 2020, el IPC registró una variación de -0,32% en comparación con abril de 2020, nueve divisiones se ubicaron por encima del promedio nacional (-0,32%): Salud (0,43%), Bebidas alcohólicas y tabaco (0,28%), Educación (0,04%), Alimentos y bebidas no alcohólicas (0,04%), Recreación y cultura (0,04%), Restaurantes y hoteles (-0,03%), Bienes y servicios diversos (-0,11%), Alojamiento, agua, electricidad, gas y otros combustibles (-0,20%) y por último, Prendas de vestir y calzado (-0,28%). Por debajo se ubicaron: Transporte (- 0,47%), Muebles, artículos para el hogar y para la conservación ordinaria del hogar (-1,69%) y por último, Información y comunicación (-3,12%).
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Cuadro 2. IPC Variación y contribución anual Según divisiones de gasto Mayo 2019 -2020.
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- Tasa de desempleo:
Las tasas de empleo y desempleo, calculadas por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) son indicadores de la evolución en el tiempo de, respectivamente, la proporción de personas que, estando en edad de trabajar, se encuentran ocupadas y de la proporción de personas que, teniendo la intención de trabajar, se puedan emplear.
Para el mes xx xxxxx de 2020, la tasa de desempleo del total nacional fue 19,8%, lo que significó un aumento de 9,5 puntos porcentuales frente al mismo mes del año pasado (10,3%). La tasa global de participación se ubicó en 51,8%, lo que representó una reducción de 10,4 puntos porcentuales frente x xxxxx del 2019 (62,2%). Finalmente, la tasa de ocupación fue 41,6%, presentando una disminución de 14,2 puntos porcentuales respecto al mismo mes del 2019 (55,8%).
En abril de 2020, la tasa de desempleo en el total de las 13 ciudades y áreas metropolitanas fue 23,5%, lo que representó un aumento de 12,4 puntos porcentuales frente al mismo mes del año pasado (11,1%). La tasa global de participación se ubicó en 53,8%, lo que significó una reducción de 11,4 puntos porcentuales frente x xxxxx del 2019 (65,2%). Entre tanto, la tasa de ocupación fue 41,2%, lo que representó una disminución de 16,7 puntos porcentuales respecto al mismo mes del 2019 (57,9%).
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Gráfico 1. Tasa global de participación, ocupación y desempleo Total nacional - Abril (2019 – 2020)
xxxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx-xxx-xxxx/xxxxxxx-xxxxxxx/xxxxxx-x-xxxxxxxxx
- Tasa de interés:
La tasa para depósitos a término fijo (DTF) es un tipo de interés que se calcula a partir del promedio ponderado semanal por monto de las tasas promedios de captación diarias de los Certificados de Depósitos a Término a 90 – 180 – 360 días.
Tabla 3. Valor DTF 90, CDT 180, CDT 360 días y TCC (para la vigencia desde el 15/06/2020 hasta el 21/06/2020)
xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx-xxxxxxxxx-x-xxxxxxxxx
Las anteriores variables, son conocidas previamente por las personas naturales o jurídicas dedicadas a la prestación de los servicios a contratar; Así que estos posibles incrementos en este punto, la entidad entiende que deben ser tomados en cuenta por lo posibles oferentes y en ningún momento el incremento de alguno o todos, puede ser trasladado a la entidad, como un sobre costo adicional, ya que ya que el incremento de
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estos precios son absolutamente predecibles y cuantificables, de acuerdo con el comportamiento xxx xxxxxxx y las políticas nacionales.
CLASIFICACIÓN ACTIVIDAD ECONOMICA Y DATOS ESTADISTICOS DE LA ACTIVIDAD.
Después de analizar la realidad y pronósticos de la economía colombiana tanto en un ámbito regional, global y tomando estadísticas internas oficiales, es indispensable estudiar el sector o segmento económico donde se desarrollará nuestra objeto contractual y para eso es indispensable conocer la principal actividad económica del objeto contractual. Con el propósito de clasificar las actividades económicas de los empresarios del país de la manera más precisa, las cámaras de comercio del país, a partir del año 2000, se rigen por la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) de todas las actividades económicas. El Código CIIU fue elaborado por la Organización de Naciones Unidas y la revisión 4 es una adaptación para Colombia hecha y revisada por el DANE., y según la CLASIFICACIÓN INDUSTRIAL INTERNACIONAL UNIFORME DE TODAS
LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS Revisión 4 adaptada para Colombia CIIU Rev. 4 A.C., las empresas que prestan estos servicios por lo general se miden estadística en el sector manufacturero y unas de las actividades de este sector es el segmento de Instalación, mantenimiento y reparación especializado de maquinaria y equipos del sector en la SECCIÓN C Industrias manufactureras, en las siguientes actividades comerciales de las clases:
• 2029 Fabricación de otros productos químicos n.c.p
• 2819 Fabricación de otros tipos de maquinaria y equipo de uso general n.c.p
• 4759 Comercio al por menor de otros artículos domésticos en establecimientos especializados.
Sector Industria en el Distrito Capital
Las cifras industriales según la encuesta mensual manufacturera con enfoque territorial (XXXXX) del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) en la región (Bogotá y Cundinamarca), señalaban un primer trimestre del año más dinámico con los resultados obtenidos en enero y febrero. Situación que se reversó en el mes xx xxxxx con la pandemia del Covid-19 y la declaración de las medidas de aislamiento preventivo obligatorio para mitigar sus efectos sobre la salud pública. Los resultados trimestrales arrojaron una fuerte caída en Bogotá y estancamiento en Cundinamarca (Cuadro 1). En el caso de la ciudad capital, el deterioro fue generalizado en las agrupaciones, mientras que en el departamento las actividades con resultados positivos obedecieron a solicitudes previas compensando la contracción en las demás
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En marzo, tras el anuncio de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre el Covid-19 como pandemia, el GN declaró la Emergencia Sanitaria y días después la Emergencia Económica, Social y Ecológica. Primeramente, se anunciaron restricciones a las aglomeraciones en eventos públicos y privados, al torneo de futbol colombiano, hoteles, espacios culturales y la suspensión de cruceros. Luego se adoptaron medidas sobre la suspensión de clases presenciales en instituciones educativas públicas y privadas. Por otro lado, se prohibió el consumo de bebidas alcohólicas en espacios abiertos y establecimientos de comercio. Entre otras medidas, se cerró el paso fronterizo con los países vecinos y se restringieron los vuelos domésticos e internacionales salvo por concepto humanitario y el transporte de carga con el fin de garantizar el abastecimiento de insumos. El GN declaró el aislamiento preventivo obligatorio inicialmente del 24 xx xxxxx hasta el 13 xx xxxxx, con el cual se limitó la libre circulación de personas y de vehículos en todo el país. La ciudad capital y los municipios aledaños anticiparon 4 días el aislamiento obligatorio, comenzando desde el último fin de semana y lunes festivo xx xxxxx. En ese contexto, se restringieron el transporte municipal e intermunicipal y las actividades comerciales y restaurantes, exceptuando las ventas en establecimientos de alimentos, bebidas, productos para la salud, de aseo y limpieza, y se promovió el uso de plataformas de comercio electrónico para la entrega de pedidos a domicilio. En el nuevo escenario de incertidumbre con la propagación del virus y las medidas de aislamiento social, los planes industriales se interrumpieron de forma súbita ocasionando los primeros efectos sobre el sector real. En Bogotá y Cundinamarca se registraron cierres de plantas de producción en algunas actividades excepto en alimentos y bebidas y sustancias y productos químicos, farmacéuticos, de caucho y plástico. Algunas industrias además implementaron el trabajo remoto para empleos administrativos y otras anticiparon las vacaciones de sus trabajadores.
En el trimestre, los buenos resultados de los dos primeros meses del año se reversaron en marzo, para el caso de Bogotá en las industrias de textiles y confecciones, papel e imprenta y minerales no metálicos. Adicional, a comienzo de año las cifras de industria para la ciudad capital reportaron el traslado de operaciones de un establecimiento importante en producción de bebidas alcohólicas hacia un municipio aledaño y de la elaboración de líneas de detergentes a Antioquia, afectando las agrupaciones de bebidas y de
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sustancias y productos químicos respectivamente. En contraste, la actividad de alimentos presentó aumento en la elaboración de café molido instantáneo, productos de la molinería, carnes frías y procesadas, pastas y cereales, alcanzando ventas industriales positivas en el primer trimestre del año (Cuadro 2).
En Cundinamarca, las actividades con resultados positivos en producción y ventas fueron textiles y confecciones y curtido de cuero y calzado. Las primeras explicadas en contratos vigentes de compra de uniformes para los agentes de la policía y las fuerzas armadas. Alimentos y bebidas registraron aumento en producción, sin embargo, las ventas del departamento en bebidas alcohólicas y gaseosas reportaron deterioro dada la baja demanda y acumulación de inventarios. En relación con las sustancias y los productos químicos se registró menor producción de cosméticos, fragancias, pegantes y envases plásticos. Por otro lado, el repunte que se había observado en los minerales no metálicos asociado al mejor comportamiento en la construcción durante el primer bimestre del año se deterioró en marzo con la parálisis de las obras y el cierre de operaciones comerciales e industriales. El nuevo panorama y la incertidumbre de los efectos de la pandemia sobre la salud pública y la economía deterioraron el Índice de confianza industrial (ICI) para Bogotá elaborado por Fedesarrollo (Gráfico 3). La evolución del ICI se explicó principalmente en el deterioro de las expectativas de producción para el próximo trimestre y el volumen inferior en pedidos, comportamiento alineado con los resultados del primer trimestre del año en producción real según las estadísticas oficiales.
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xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxx/00.000.00000/0000/XXX_Xxxxxx_X_XXXX_0000.xxx?xxxxx nce=1&isAllowed=y
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo tiene como objetivo primordial dentro del marco de su competencia formular, adoptar, dirigir y coordinar las políticas generales en materia de desarrollo económico y social del país, relacionadas con la competitividad, integración y desarrollo de los sectores productivos de la industria, la micro, pequeña y mediana empresa, el comercio exterior de bienes, servicios y tecnología, la promoción de la inversión extranjera, el comercio interno y el turismo; y ejecutar las políticas, planes generales, programas y proyectos de comercio exterior.
Por su parte la Superintendencia de Industria y Comercio como organismo de orden nacional, adscrito al Ministerio de Comercio Industria y Turismo, es quien ejerce el control, inspección y vigilancia sobre el sector del comercio, industria y turismo y por tanto de los servicios de Mantenimiento y comercialización de productos, bienes y servicios.
De acuerdo a la encuesta mensual de servicios (EMS); la Variación anual de los ingresos nominales y contribución por tipo de ingresos, según subsector de servicios (agosto 2019 / agosto 2018) En agosto de 2019, trece de los quince subsectores de servicios presentaron variación positiva en los ingresos totales, en comparación con agosto de 2018.
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En agosto de 2019, los servicios de Actividades profesionales científicas y técnicas registraron una disminución de 7,8% en los ingresos nominales. Por su parte, el personal ocupado total presentó un crecimiento de 0,1%, en comparación con agosto de 2018.
A nivel nacional, se han realizado esfuerzos conjuntos entre el Ministerio de Comercio Industria y Turismo y la Superintendencia de Industria y Comercio, para fortalecer el sector de Mantenimiento de Maquinaria y mejorar la prestación de servicios del sector.
El sector del montaje y mantenimiento industrial y locativo, está integrado por empresas alguna de las cuáles cuenta con más de 50 años de historia, forma parte activa del proceso de industrialización de la economía. Este bagaje, les ha permitido acumular la experiencia suficiente para intervenir, como protagonistas, en los nuevos proyectos de industrialización, que se están ejecutando y que se van a ejecutar tanto dentro de Colombia como en el Mercado Exterior.
El sector comenzó a gestarse hace ya unos 60 años apoyado en algunos proyectos de montaje de avanzadas plantas industriales. Si bien es cierto que, entonces, estos proyectos no contaban con los sofisticados métodos de ingeniería, montaje y ajuste con los que hoy se cuenta, por lo que asumir un proyecto de esta envergadura constituía un reto de increíbles proporciones.
A finales de los 80, la fase de recuperación que venía registrando la Economía Colombiana, se vio acompañada del rebrote del desequilibrio exterior y de las tendencias inflacionistas. El objetivo económico del Gobierno era el de alcanzar una mayor convergencia con externa, existiendo el riesgo de que la expansión de
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la demanda interna pudiera profundizar estos desequilibrios y dar al traste con el proceso de crecimiento económico. Esta situación llevó a las autoridades a la adopción de un conjunto de medidas de enfriamiento de la Economía, cuyo objetivo era reducir el gasto nominal y mantener el proceso de recuperación, lo que condujo a una desaceleración importante del proceso de crecimiento.
Esta situación motivó que el inició de los 90 se caracterizase por ser el del fin de la fase de crecimiento de la producción industrial y del empleo, y por el inicio de una etapa de estancamiento, que se vio ahondada por la atonía de la Economía Internacional desde el inicio de la crisis del Golfo. Esta crisis deterioró las expectativas empresariales y en el clima de confianza en que se venía desenvolviendo la Economía Colombiana e Internacional, posponiéndose el comienzo esperado de la recuperación de la Economía Mundial.
En consecuencia, junto con la considerable desaceleración registrada en la demanda interior industrial y el elevado peso xxx xxxxxxx interior en las carteras de las empresas del sector del montaje y mantenimiento industrial y locativo, el ritmo del crecimiento de la producción industrial experimentó también una brusca desaceleración.
Este sector es un sector tremendamente dinámico que se ha tenido que adaptar de manera constante a las innovaciones en diseño industrial, a los avances en tecnología de materiales, y que se está enfrentando a la globalización que afecta a su mercado, tanto a las variables de oferta como de demanda. Igualmente es un sector muy intensivo en recursos humanos que necesita una capacidad de ejecución que debe combinar la experiencia contrastada con la especialización de su conocimiento, la productividad de su trabajo y la competitividad de su coste. Es un sector que, en virtud de la relación tan estrecha con la industria, debe atender no sólo a sus nuevos proyectos de inversión interior, sino a sus inversiones en el mercado exterior, cada vez mayores a medida que la globalización afecta a sus respectivos mercados.
En síntesis, el Sector de Montajes y Mantenimientos Industriales y locativos es un sector que ha crecido y seguirá creciendo, con empresas tan rentables como hábiles sean en la diversificación de sus actividades, servicios, mercados, así como en la gestión de la capacidad de ejecución que demande de los Clientes.
En la actualidad, toda empresa para alcanzar las metas y objetivos planteados debe contar con una plataforma de mantenimiento industrial de excelente calidad que responda de manera eficaz a todos los daños, modificaciones y mejoras que alteren el flujo normal del proceso, buscando de esta manera garantizar la existencia de un servicio dentro de la eficacia esperada, proporcionando la estabilidad de los sistemas, subsistemas, equipos, máquinas, etc. para que éstos proporcionen el servicio al óptimo de su capacidad, según Xxxxxxx, (1998), para que la gestión dentro de un proceso de mantenimiento sea efectiva, se debe abarcar todo el proceso administrativo de mantenimiento.
En Colombia, solo el 4,1% de los hidroclorofluorocarbonos (HCFC) y los hidrofluorocarbonos (HFC) que se importan se destina al sector de extinción de incendios. Esto equivale a un consumo de 145 toneladas de HCFC y 15 toneladas de HFC, para el año 2015. En el 2017, se identificaron 219 empresas que efectúan procesos de carga, recarga y mantenimiento de extintores portátiles en Colombia, ubicadas en mayor proporción en las ciudades principales. Asimismo, se encontró que este sector está compuesto principalmente por micro y pequeñas empresas, con más de cinco años en el mercado.
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GENERALIDADES ACERCA DEL MANTENIMIENTO:
El mantenimiento se define como aquellas acciones que tienen como objetivo preservar un artículo o restaurarlo a un estado en el cual pueda llevar a cabo alguna función requerida. Estas acciones incluyen la combinación de las acciones técnicas y administrativas correspondientes.
El mantenimiento es un conjunto de actividades que deben realizarse a instalaciones y equipos, fue diseñado con el fin de corregir o prevenir fallas, buscando que éstos continúen prestando el servicio.
Como es evidente, debido a la incapacidad para que los equipos e instalaciones se mantengan en buen funcionamiento por sí mismos, debe organizarse un grupo de personas para que se encargue de esto y se constituya así, una organización de mantenimiento.
Desde el punto de vista de quien administra el mantenimiento, el objetivo principal es la conservación del SERVICIO. Esto es, la máquina debe recibir un mantenimiento no por ella misma, sino para su conservación y para garantizar que la función que ella realiza dentro del proceso productivo se cumpla a cabalidad y se mantenga la capacidad productiva en el nivel deseado.
Lo anterior se debe basar siempre en el equilibrio de los siguientes factores:
1. Minimizar los costos xx xxxxxx del equipo por daños y reparaciones.
2. Maximizar la utilización del capital invertido en instalaciones y equipos,aumentando así su vida útil.
3. Minimizar los costos de operación y mantenimiento, Para aumentar los beneficios de la actividad industrial.
Es también una función del mantenimiento garantizar la seguridad industrial. En la práctica, el alcance del mantenimiento depende del tipo de industria o instalación, así como de la magnitud y desarrollo industrial de la misma.
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Cada industria en particular y cada departamento de mantenimiento, dependiendo de su formación académica y técnica y de las características de los equipos y sistemas que deben mantenerse, desarrollará sus propias técnicas y estilos administrativos.
Para el logro de los objetivos del mantenimiento, el usuario corporativo tiene básicamente 2 fuentes de servicio; el primer es el personal directamente vinculado a la organización y; el segundo, es contratar personas naturales o jurídicas externas a la compañía, que presten el servicio requerido. Para el caso de los mantenimientos de extintores, son varias las empresas que ofrecen dentro de su portafolio la presentación de este tipo de servicios. Incluso, actualmente se ha reportado un crecimiento en este subsector de los servicios, por cuanto la cultura de la prevención y mitigación de los riesgos asociados laborales en general, ha venido tomando más importancia en las empresas colombianas. Por otra parte, es un mercado de tipo necesario, es decir, las empresas están en la obligación de garantizar unos parámetros mínimos de seguridad y salud en el trabajo, lo que hace que deban adquirir equipos de extinción de impuestos, y consecuentemente cada cierto periodo, deban hacer el mantenimiento a estos equipos y garantizar su recarga y funcionalidad. Dentro de gama de servicios se encuentra que éstos tienen las siguientes características y especificidades:
✓ Mantenimiento y mejoramiento de infraestructura
El mantenimiento y mejoramiento de la infraestructura de edificaciones se enmarca dentro del contexto de las reparaciones locativas que hacen referencia a las obras que se llevan a cabo para reemplazar, recuperar o mejorar la estructura y resistencia de los elementos principales de una edificación (Cimientos, columnas, vigas, losas, cerchas, etc.) y se presentan cuando: han presentado falla, afectan el funcionamiento del edificio o ponen en peligro la salud o la vida de sus ocupantes.
El mantenimiento de bienes inmuebles requiere la realización de un mantenimiento periódico, el cual se refiere a diversas acciones de mantenimiento periódicas de tipo preventivo o correctivo necesarias para garantizar el buen estado y uso permanente de una edificación durante toda su vida útil.
✓ Mantenimiento Preventivo
El Mantenimiento Preventivo es un procedimiento periódico para minimizar el riesgo de fallo y asegurar la continua operación de los equipos, logrando de esta manera extender su vida útil. Entre los beneficios alcanzados al desarrollar un programa de mantenimiento preventivo se cuentan:
•Prevención xx xxxxxx en los equipos o instalaciones,con lo que se evita paros y gastos imprevistos.
•Reducción de Ia cantidad de repuestos de reserva.
•Reducción del reemplazo de equipos durante su vida útil.
•El buen estado de los equipos e instalaciones durante su vida útil.
Debido a Ia importancia del mantenimiento preventivo en Ia prolongación de Ia vida útil de los equipos. Se han determinado algunos pasos generales que debe poseer una rutina de mantenimiento. Su aplicabilidad es determinada por las características específicas de cada equipo. Estos pasos son:
1. Inspección de condiciones ambientales.
2. Limpieza integral externa.
3. Inspección externa del equipo.
4. Limpieza integral interna.
5. Inspección interna.
6. Lubricación.
7. Reemplazo de partes defectuosas.
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8. Revisión de seguridad eléctrica.
9. Pruebas funcionales completas.
10. Ajuste y calibración.
✓ Mantenimiento Correctivo
El mantenimiento correctivo es aquel que corrige los defectos observados en los equipamientos o instalaciones, es Ia forma más básica de mantenimiento y consiste en localizar averías o defectos y corregirlos o repararlos. Históricamente es el primer concepto de mantenimiento y el único hasta Ia primera guerra mundial, dada Ia simplicidad de las máquinas, equipamientos e instalaciones de Ia época. El mantenimiento era sinónimo de reparar aquello que estaba averiado. Este mantenimiento que se realiza luego que ocurra una falla o avería en el equipo que por su naturaleza no pueden planificarse en el tiempo, presenta costos por reparación y repuestos no presupuestadas, pues implica el cambio de algunas piezas del equipo.
8.2 ANÁLISIS DE LA OFERTA
Se verifica que las normas aplicables al sector corresponden a la legislación comercial Decreto 410 de 1971, Código Civil Ley 57 de 1887, Estatuto del Consumidor Ley 1480 de 2011 y el Estatuto Tributario y la Ley 1607 de 2012. Teniendo en cuenta los lineamientos estipulados por Colombia Compra Eficiente, se identificaron oferentes para cumplir con la necesidad del objeto de la presente contratación.
Se identificaron algunos oferentes para los materiales y elementos requeridos:
• COLTECH S.A.S
• PRODESEG S.A.
• EXTINTORES MG
• EXTINTORES AMERICA
• EQUIMISEG
A continuación, y dentro del marco conceptual a plantear se describe la oferta nacional, revisando los siguientes aspectos en materia de contratación:
El objeto de este proceso de contratación hace referencia al mantenimiento de bienes inmuebles por accesión del Xxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx - XXXX, Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, por lo que dicho proceso se clasifica dentro del sector secundario, también considerado como de servicios y para el caso en concreto sector secundario, productos terminados o semielaborados.
En primer lugar, el sector secundario, corresponde al sector económico del presente objeto a contratar, el cual involucra a todas las actividades económicas que producen bienes materiales para satisfacer las necesidades que demande la entidad para dar cumplimiento con los requerimientos que se generen en el desarrollo de la misión institucional.
El sector industrial hace parte del sector secundario de la economía, el objeto a contratar se ubica en el siguiente sector económico:
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SECTOR ECONÓMICO |
SECTOR SECUNDARIO, PRODUCTOS TERMINADOS O SEMIELABORADOS |
PROCESOS INDUSTRIALES O MANUFACTUREROS |
En segundo lugar, el Centro de Gestión Industrial del Servicio Nacional de Aprendizaje-SENA- Regional Distrito Capital, revisa los procesos publicados por otras entidades públicas, para el objeto a contratar se encuentra entre los posibles proveedores los siguientes:
• CONTROL SERVICES ENGINEERING SAS
• EXTPROSECOL SAS
• INDISEG
• FABRICA DE EXTINTORES NACIONAL
• COMSERVICOL SAS
• PROCOLDEX LTDA
De lo que se tiene que existe un número plural de posibles oferentes para estos elementos.
Adicional a lo evidenciado, se realizó revisión de los acuerdos xxxxxx vigentes en el cual se encontró que se encuentra vigente el Acuerdo Marco para la adquisición de elementos para emergencias LP-AMP-142-2017( Vigente de Octubre 2, 2017 hasta Octubre 2, 2020), xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx-xxx- estado-colombiano/servicios-generales/elementos-para-emergencias. Por lo cual se procede a solicitar las cotizaciones en la Tienda Virtual del Estado Colombiano con el evento número 90345. Una vez finalizado el evento de cotización con fecha 14 xx xxxxxx del 2020, se recibió respuesta de los siguientes proveedores: según lo definido en la guía para comprar en la Tienda Virtual del Estado Colombiano de los servicios requeridos con el siguiente resultado:
Proveedor: COLTECH S.A.S. Proveedor: PRODESEG S.A.
Según lo estipulado en la Guía para comprar en la Tienda Virtual del Estado Colombiano a través del Acuerdo Marco para la Adquisición de Elementos para Emergencias, en su Capítulo III. Numeral H Selección del Proveedor, indica: “La Entidad Compradora debe seleccionar al Proveedor teniendo en cuenta el criterio de menor precio.”
8.3 ANÁLISIS DE LA DEMANDA
Para determinar el Análisis de la Demanda, bajo los derroteros indicados en precedentes líneas y para la contratación de este proceso, el Centro de Gestión Industrial del Servicio Nacional de Aprendizaje-SENA tomó como base para su determinación los siguientes aspectos del objeto de la contratación:
En primer lugar, los históricos celebrados de otras entidades públicas que una vez consultada en la página Web de Agencia Nacional para las Compras Públicas- Colombia Compra Eficiente xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, se encuentran las siguientes entidades que han celebrado contratos con objetos similares:
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Procesos de Contratación adelantados por otras Entidades Públicas
ENTIDAD CONTRATANTE | PROCESO | OBJETO | PLAZO DE EJECUCION | VALOR CONTRATO |
MUNICIPIO DE MEDELLIN | 000901381 0 | SUMINISTRO, RECARGA Y MANTENIMIENTO DE EXTINTORES | 120 días | $50.000.000 |
DISTRITO ESPECIAL INDUSTRIAL Y PORTUARIO DE BARRANQUILLA | IMC-020- 2020 | SUMINISTRO DE EXTINTORES PARA LAS DEPENDENCIAS Y/O ENTES ADSCRITOS QUE ASI LO REQUIERAN, AL IGUAL QUE LAS RECARGAS Y MANTENIMIENTO DE LOS EXTINTORES PROPIOS QUE SE ENCUENTRAN EN LAS DIFERENTES OFICINA EFECTOS DEL COVID – 19 | 210 días | $87.780.300 |
ALCALDÍA LOCAL XX XXXXXXX UNIDOS | FDLBU-MC- 123-2020 | MANTENIMIENTO Y RECARGA DE EXTINTORES | 30 días | $2.435.028 |
GOBERNACIÓN XX XXXXXXXXX | GR-MC-20- 03 | SERVICIO DE REVISION, MANTENIMIENTO Y RECARGA DE EXTINTORES | 30 días | $24.151.454 |
SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA | SDH- SMINC-61- 2019 | PRESTAR SERVICIOS DE REVISIÓN MANTENIMIENTO Y RECARGA DE EXTINTORES Y GABINETES CONTRA INCENDIO CON SUMINISTRO DE REPUESTOS Y OTROS ELEMENTOS DE SEGURIDAD PARA LA SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA | 120 días | $31.884.140 |
Análisis Procesos de Contratación adelantados por el Servicio Nacional de aprendizaje SENA, Verificada la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, se encontraron los siguientes contratos con objeto similar al del presente estudio de conveniencia y oportunidad:
Procesos de Contratación adelantados por el SENA
ENTIDAD CONTRATANTE | PROCESO | OBJETO | PLAZO DE EJECUCION | VALOR CONTRATO |
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE (SENA) | 9853877- 2019 | CONTRATAR LA COMPRA, MANTENIMIENTO Y RECARGA DE EXTINTORES DEL CENTRO DE FORMACIÓN XX XXXXXXX HUMANO EN SALUD DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE- SENA REGIONAL DISTRITO CAPITAL. | 90 días | $3.902.448 |
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8.4 ESTUDIO XX XXXXXXX
Frente a este tema conviene señalar que en cumplimiento de la circular Nº 0-0000-000000, emitida por la Dirección Administrativa y Financiera xxx XXXX, relacionada con la publicación de la solicitud de pre-cotización en la página WEB de la Entidad, el Xxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx xxx XXXX, Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, como opción para determinar el presupuesto oficial estimado del presente proceso, no surtió dicho trámite, en razón a que se realizó con base en el Decreto Nacional Único Reglamentario 1082 de 2015, artículo No. 2.2.1.2.1.2.9 y la Circular No. 01-3-2020-000033 del 24 de 02 de 2020, expedida por la Dirección Jurídica xx XXXX, la verificación en la plataforma de Colombia Compra ubicada en el sitio web: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx-xxx-xxxxxx-xxxxxxxxxx/xxxxxxxx- marco/acuerdos-marco, encontrando que existe un Acuerdo Marco de precios vigente para la adquisición de elementos para emergencias LP-AMP-142-2017( Vigente de Octubre 2, 2017 hasta Octubre 2, 2020), xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx-xxx- estado-colombiano/servicios-generales/elementos- para-emergencias.
En este contexto, la Agencia Nacional para las Compras Públicas- Colombia Compra Eficiente ha dispuesto para el uso de las entidades las guías generales para los acuerdos marco de precios- Versión G-GAM-01, así como la de adquisición cuando se trata de mínima cuantía por la tienda virtual del Estado Colombiano- TVEC.
Aunado a lo anterior, la Dirección Jurídica del Servicio Nacional de Aprendizaje-SENA, emitió el pasado 24 de febrero de 2020 la Circular No 01-3-2020-000033, por la cual se establece la obligatoriedad de aplicación de los acuerdos marco de precios en la Entidad, a través del uso de la tienda virtual Estado Colombiano- TVEC.
La entidad determinó el presupuesto oficial estimado del presente proceso, con el resultado del Simulador para estructurar la compra dispuesto para este fin en la Guía para comprar en la Tienda Virtual del Estado Colombiano a través del Acuerdo Marco para la Adquisición de Elementos para Emergencias, visible en la página web xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx-xxx-xxxxxx- colombiano/servicios-generales/elementos-para-emergencias
It e m | Códi go Catál ogo | Descripción del Elemento de Emergencia | Uni dad | ca nti da d | Precio Unitario | Precio Unitario + Gravamen | Subtotal | IVA | Precio Total |
1 | C1_E MER _Z1_ 14 | Extintor de CO2 de 10 libras | unid ad | 14 | $ 299.621,03 | $ 299.621,03 | $ 4.194.694,42 | $ 796.991,94 | $ 4.991.686,36 |
2 | C1_E MER _Z1_ 28 | Recarga de Extintor polvo químico seco clase ABC portátil de 5 libras | unid ad | 2 | $ 24.055,11 | $ 24.055,11 | $ 48.110,22 | $ 9.140,94 | $ 57.251,16 |
3 | C1_E MER _Z1_ 29 | Recarga de Extintor polvo químico seco clase ABC portátil de 10 libras | unid ad | 21 | $ 42.367,99 | $ 42.367,99 | $ 889.727,79 | $ 169.048,28 | $ 1.058.776,07 |
4 | C1_E MER _Z1_ 30 | Recarga de Extintor polvo químico seco clase ABC portátil de 20 libras | unid ad | 2 | $ 69.400,30 | $ 69.400,30 | $ 138.800,60 | $ 26.372,11 | $ 165.172,71 |
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It e m | Códi go Catál ogo | Descripción del Elemento de Emergencia | Uni dad | ca nti da d | Precio Unitario | Precio Unitario + Gravamen | Subtotal | IVA | Precio Total |
5 | C1_E MER _Z1_ 33 | Recarga de Extintor polvo químico seco clase ABC rodante de 150 libras | unid ad | 1 | $ 703.659,76 | $ 703.659,76 | $ 703.659,76 | $ 133.695,35 | $ 837.355,11 |
6 | C1_E MER _Z1_ 34 | Recarga de Extintor de agua de 2 ½ galones | unid ad | 5 | $ 66.688,05 | $ 66.688,05 | $ 333.440,25 | $ 63.353,65 | $ 396.793,90 |
7 | C1_E MER _Z1_ 41 | Recarga de Extintor de CO2 de 10 libras | unid ad | 4 | $ 179.781,50 | $ 179.781,50 | $ 719.126,00 | $ 136.633,94 | $ 855.759,94 |
8 | C1_E MER _Z1_ 42 | Recarga de Extintor de CO2 de 15 libras | unid ad | 6 | $ 191.241,46 | $ 191.241,46 | $ 1.147.448,76 | $ 218.015,26 | $ 1.365.464,02 |
9 | C1_E MER _Z1_ 88 | manguera en pvc p/extintor de 4 kgs c/acoples | unid ad | 2 | $ 1.049,04 | $ 1.049,04 | $ 2.098,08 | $ 398,64 | $ 2.496,72 |
1 0 | C1_E MER _Z1_ 89 | manguera termoplastica agua 2.1/2 gl 250 | unid ad | 2 | $ 2.074,67 | $ 2.074,67 | $ 4.149,34 | $ 788,37 | $ 4.937,71 |
1 1 | C1_E MER _Z1_ 91 | manguera caucho lona ext 10/20 lbs 200 acople 14mm | unid ad | 4 | $ 4.967,61 | $ 4.967,61 | $ 19.870,44 | $ 3.775,38 | $ 23.645,82 |
1 2 | C1_E MER _Z1_ 96 | manometro 150 psi caja metalica | unid ad | 2 | $ 1.869,54 | $ 1.869,54 | $ 3.739,08 | $ 710,43 | $ 4.449,51 |
Valor Total | $ 9.763.789,03 |
Se establece el precio teniendo en cuenta el resumen del simulador para estructurar la compra en el instrumento definido en la guía para comprar en la Tienda Virtual del Estado Colombiano.
8.5 VALOR ESTIMADO DE LA CONTRATACIÓN
De acuerdo a lo anterior, se estableció que el valor sujeto a la contratación y el presupuesto oficial disponible por la entidad es de NUEVE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON TRES CENTAVOS M/CTE. ($9.763.789,03) Este valor incluye IVA, así como todos los gastos y costos en que incurra el contratista para la legalización y cumplimiento del contrato, pago de los impuestos y descuentos xx xxx a que haya lugar. Es importante resaltar que Los Acuerdos Marco de Precios son de uso obligatorios para las entidades de la rama ejecutiva del poder público, en el Orden Nacional, que están sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Sin perjuicio de que los Organismos Autónomos y de las Ramas Legislativa y Judicial, así
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como las Entidades Territoriales, puedan adherir a los Acuerdos Marco de Precios. De acuerdo al estudio xx xxxxxxx, de acuerdo al Simulador de la Tienda Virtual de Colombia Compra Eficiente (Versión 49.amp- elementosemergenciav18-17-06-2020), para este acuerdo Xxxxx de Precios. Para sufragar los gastos de la presente contratación se cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° 5320 del 03 de julio de 2020, Unidad ejecutora No. 36-02-00-011-921110-CENTRO DE GESTION INDUSTRIAL -BTA D C,
con los siguientes códigos de rubro:
DEPENDENCIA | POSICIÓN CATÁLOGO DE GASTO | NUMERO DE PROYECTO |
921124 CENTRO DE GESTION INDUSTRIAL BTA DC- CONSTRUCCIONES Y ADECUACIONES | C-3699-1300-14-0-3699016-02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS - SEDES MANTENIDAS - FORTALECIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA Y LA CAPACIDAD INSTITUCIONAL XXX XXXX A NIVEL NACIONAL | RECURSOS DE LA REGULAR |
9. EXPERIENCIA MINIMA REQUERIDA
Este proceso se realizará teniendo en cuenta lo contemplado en Artículo 2.2.1.2.1.2.9. del decreto 1082 del 2015 en relación con la utilización del Acuerdo Marco de Precios. Específicamente podrán participar los proveedores que suscribieron el acuerdo marco de precios elementos para emergencias con número de Proceso: CCE-579-AMP-2017 publicado en: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx-xxx-xxxxxx- colombiano/servicios-generales/elementos-para-emergencias para lo cual se atenderá lo definido en la guía para comprar en la Tienda Virtual del Estado Colombiano elementos de emergencia.
Artículo 2.2.1.2.1.2.9. Utilización del Acuerdo Marco de Precios. Colombia Compra Eficiente debe publicar el Catálogo para Acuerdos Marco de Precios, y la Entidad Estatal en la etapa de planeación del Proceso de Contratación está obligada a verificar si existe un Acuerdo Marco de Precios vigente con el cual la Entidad Estatal pueda satisfacer la necesidad identificada.
Si el Catálogo para Acuerdos Marco de Precios contiene el bien o servicio requerido, la Entidad Estatal de que trata el inciso 1 del artículo 2.2.1.2.1.2.7 del presente decreto está obligada a suscribir el Acuerdo Marco de Precios, en la forma que Colombia Compra Eficiente disponga, y luego puede colocar la orden de compra correspondiente en los términos establecidos en el Acuerdo Marco de Precios. Las Entidades Estatales no deben exigir las garantías de que trata la Sección 3 del presente capítulo, que comprende los artículos 2.2.1.2.3.1.1 al 2.2.1.2.3.5.1 del presente decreto, en las órdenes de compra derivadas de los Acuerdos Marco de Precios, a menos que el Acuerdo Marco de Precios respectivo disponga lo contrario.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.2.7 del decreto 1082 del 2015, los proveedores serán los que presenten cotización y se encuentran en el acuerdo marco de precios elementos para emergencias publicado en: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx-xxx-xxxxxx- colombiano/servicios- generales/elementos-para-emergencias para lo cual se atenderá lo definido en la guía para comprar en la Tienda Virtual del Estado Colombiano elementos de emergencia.
Conforme a la guía mencionada se aplicará lo relacionado con los criterios de selección: “La Entidad Compradora debe generar una Orden de Compra sobre la Cotización del Proveedor que haya cotizado el menor precio total. Tenga en cuenta que el precio que el Proveedor cotiza en la Operación Secundaria incluye y remunera integralmente todas las condiciones solicitadas en la Orden de Compra, incluyendo todos los
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requisitos para la adquisición y distribución de los Elementos para Emergencias”
10. CONSTITUCION Y VIGENCIA:
Este proceso se realizará teniendo en cuenta lo contemplado en Artículo 2.2.1.2.1.2.9. del decreto 1082 del 2015 en relación con la utilización del Acuerdo Marco de Precios. Específicamente podrán participar los proveedores que suscribieron el acuerdo marco de precios elementos para emergencias con número de Proceso: CCE-579-AMP-2017 publicado en: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx-xxx-xxxxxx- colombiano/servicios-generales/elementos-para-emergencias para lo cual se atenderá lo definido en la guía para comprar en la Tienda Virtual del Estado Colombiano elementos de emergencia.
Conforme a la guía mencionada se aplicará lo relacionado con los criterios de selección: “La Entidad Compradora debe generar una Orden de Compra sobre la Cotización del Proveedor que haya cotizado el menor precio total. Tenga en cuenta que el precio que el Proveedor cotiza en la Operación Secundaria incluye y remunera integralmente todas las condiciones solicitadas en la Orden de Compra, incluyendo todos los requisitos para la adquisición y distribución de los Elementos para Emergencias”
11. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITE SELECCIONAR LA OFERTA MAS FAVORABLE
De conformidad con lo estipulado en la Parte 2- Titulo 1 - el Capítulo 2- Sección 1 - Subsección 2 - del Artículo 2.2.1.2.1.2.7 del Decreto 1082 de 2015, Procedencia del Acuerdo Marco de Precios, y en atención al contrato que se va a celebrar, cuyas condiciones están establecidas en dicho artículo, las Entidades Estatales de la Rama Ejecutiva del Poder Público del orden nacional, obligadas a aplicar la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, o las normas que las modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan, están obligadas a adquirir Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes a través de los Acuerdos Marco de Precios vigentes, la propuesta más favorable corresponde a aquella que ofrezca el menor precio siempre y cuando cumpla con la totalidad de las especificaciones y cantidades requeridas y los requisitos habilitantes establecidos.
La verificación de los requisitos habilitantes se hará exclusivamente en relación con el proponente con el precio más bajo, para lo cual, se tendrán en cuenta las reglas de subsanabilidad. En caso de que éste no cumpla con los mismos, procederá la verificación del proponente ubicado en segundo lugar y así sucesivamente. De no lograrse la habilitación se declarará desierto el proceso.
Teniendo en cuenta la descripción de la necesidad que se pretende satisfacer, y el análisis técnico y económico que soporta el valor estimado del contrato del presente estudio previo, y el numeral IX. Procesos de Contratación a través de Acuerdos Marco de Precios y Contratos de Agregación de Demanda en la TVEC, contenido en los Términos y Condiciones de Uso de la Tienda Virtual del Estado Colombiano, ubicado en la dirección electrónica xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx-xxx-xxxxxx-xxxxxxxxxx/xxxxxxxx-x- condiciones, el Centro de Gestión Industrial seleccionará a la empresa con los precios de menor valor.
12. PRECIO ARTIFICALMENTE BAJO
En el evento en el que el precio de una oferta no parezca suficiente para garantizar una correcta ejecución del contrato, de acuerdo con la información recogida durante la etapa de planeación y particularmente durante el Estudio del Sector, la Entidad deberá aplicar el procedimiento descrito en el artículo 2.2.1.1.2.2.4. del Decreto
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1082 de 2015 y los parámetros definidos en la Guía para el manejo de ofertas artificialmente bajas en Procesos de Contratación de Colombia Compra Eficiente.
13. ANÁLISIS DE RIESGO Y FORMA DE MITIGARLO
El riesgo al suscribir el contrato radica en que durante su ejecución ocurran daños no relacionados o que aparezcan de manera imprevista en la ejecución del contrato y afecten la ejecución. Para evitar que los anteriores eventos influyan en el desarrollo normal del contrato, se prevé que en la oferta, el proponente deberá prever la inclusión de gastos, costos, impuestos y demás valores en que deba incurrir para la correcta ejecución del objeto contractual, así como potenciales incrementos en el valor de los bienes y servicios que debe suministrar, por lo que no se considerarán posibles solicitudes de revisión del equilibrio económico del contrato.
De conformidad con lo estipulado en el artículo 2.2.1.1.1.6.3. del Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, que cita “Evaluación del Riesgo. La Entidad Estatal debe evaluar el Riesgo que el Proceso de Contratación representa para el cumplimiento de sus metas y objetos, de acuerdo con los manuales y guías que para el efecto expida Colombia Compra Eficiente” y según lo establecido en el Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo en los Procesos de Contratación (M-ICR-01) expedido por Colombia Compra Eficiente, donde se establecen los parámetros y los elementos a tener en cuenta a la hora de hacer el análisis del Riesgo, La Entidad ha realizado el análisis de riesgo respectivo en la forma señalada por Colombia Compra Eficiente, con el fin de identificar los riesgos en el proceso de contratación desde la planeación hasta el vencimiento de las garantías de calidad.
En el entendido que riesgo es “un evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la ejecución de un contrato” y con base en las orientaciones impartidas, los riesgos asociados a la ejecución del contrato se presentan en la “Matriz de Riesgos”.
TABLA No 1 MATRIZ DE RIESGOS
IMPACTO DESPUÉS DEL TRATAMIENTO | MONITOREO Y REVISIÓN |
N O . | CL AS E | FU EN TE | ET AP A | TI P O | DESCRIPCIÓN (QUÉ PUEDE PASAR Y, COMO PUEDE OCURRIR) | CONSECUENC IA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO | PR O BA BI LI DA D | IM PA CT O | VA LO R A CI Ó N DE L RI ES | CA TE G O RÍ A | ¿A Q UI ÉN SE LE AS IG NA ? | TRATAMIENT O /CONTROLES A SER IMPLEMENTA DOS | PR O B A BI LI D A D | IM PA CT O | VA LO RA CI Ó N DE L RI ES G O | CA TE G O RÍ A | ¿A FE CT A LA EJ EC UC IÓ N DE L | PERSON A RESPON SABLE POR IMPLEM ENTAR EL TRATAM IENTO | FE CH A ES TI M AD A EN Q UE SE | FE CH A ES TI M AD A EN Q UE SE | ¿CÓMO SE REALIZA EL MONITO REO? | P E RI O DI CI D A D ¿ X X |
0 | XXXXXXX | XXXXXXX | XXXXXXXXXX | RIESGO OPERACIONAL | QUE LA ESTIMACIÓN DEL PRESUPUESTO NO HAYA SIDO LA ADECUADA, ESTIMACION INADECUADA DE LOS COSTOS | DESINTERÉS EN LA PARTICIPACIÓN DE CONTRATISTAS Y RIESGO DE DECLARAR DESIERTO EL PROCESO DE CONTRATACIÓN | 2 | 4 | 7 | ALTO | ENTIDAD ESTATAL | PARTICIPACIÓN DE LOS PROPONENTES EN CADA UNA DE LAS ETAPAS DEL PROCESO INCLUIDA LA EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA | 1 | 2 | 4 | BAJO | N O | FUNCION ARIOS DE CONTRAT ACIÓN / GRUPO DE APOYO ADMINIST RATIVO MIXTO | 01/08/2020 | 11/09/2020 | MONITOR EO DE LAS ETAPAS PRECONT RACTUAL ES | CRONOGRAMA DEL PROCESO |
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N O . | CL AS E | FU EN TE | ET AP A | TI P O | DESCRIPCIÓN (QUÉ PUEDE PASAR Y, COMO PUEDE OCURRIR) | CONSECUENC IA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO | PR O BA BI LI DA D | IM PA CT O | VA LO R A CI Ó N DE L RI ES | CA TE G O RÍ A | ¿A Q UI ÉN SE LE AS IG NA ? | TRATAMIENT O /CONTROLES A SER IMPLEMENTA DOS | PR O B A BI LI D A D | IM PA CT O | VA LO RA CI Ó N DE L RI ES G O | CA TE G O RÍ A | ¿A FE CT A LA EJ EC UC IÓ N DE L | PERSON A RESPON SABLE POR IMPLEM ENTAR EL TRATAM IENTO | FE CH A ES TI M AD A EN Q UE SE | FE CH A ES TI M AD A EN Q UE SE | ¿CÓMO SE REALIZA EL MONITO REO? | P E RI O DI CI D A D ¿ C U |
2 | ESPECÍFICO | INTERNO | PLANEACION | RIESGO FINANCIERO | QUE LA ESTIMACIÓN DEL PRESUPUESTO NO HAYA SIDO LA ADECUADA, ESTIMACION INADECUADA DE LOS COSTOS | INEXACTITUD EN EL PRESUPUESTO | 3 | 4 | 7 | ALTO | ENTIDAD ESTATAL | PARTICIPACIÓN DE LOS PROPONENTES EN CADA UNA DE LAS ETAPAS DEL PROCESO INCLUIDA LA EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA | 1 | 2 | 3 | BAJO | N O | FUNCION ARIOS DE CONTRAT ACIÓN / GRUPO DE APOYO ADMINIST RATIVO MIXTO | 01/08/2020 | 11/09/2020 | MONITOR EO DE LAS ETAPAS PRECONT RACTUAL ES | CRONOGRAMA DEL PROCESO |
3 | GENERAL | INTERNO | PLANEACION | RIESGO ECONÓMICO | AUMENTO INTEMPESTIVO DE LOS PRECIOS XXX XXXXXXX - VALOR DEL CONTRATO NO CORRESPONDE A LOS PRECIOS XX XXXXXXX | DESEQUILIBRIO CONTRACTUAL | 1 | 3 | 4 | BAJO | ENTIDAD ESTATAL | SEGUIMIENTO Y CONTROL DE PRECIOS MINIMOS ESTABLECIDOS EN EL MERCADO PERIODICAMENT E | 3 | 3 | 2 | BAJO | SÍ | SUPERVIS OR DEL CONTRAT O / CONTRATI STA | 01/08/2020 | 11/09/2020 | EL SUPERVIS OR DEL CONTRAT O DEBERA REALIZAR EL SEGUIMIE NTO Y CONTROL DE PRECIOS MINIMOS ESTABLE CIDOS EN | CRONOGRAMA DEL PROCESO |
4 | ESPECÍFICO | EXTERNO | PLANEACION | RIESGO REGULATORIO | CAMBIOS REGULATORIOS O NORMATIVOS LOS CUALES AFECTEN EL EQUILIBRIO CONTRACTUAL | VARIACIÓN EN LA ESTIMACIÓN DEL PRESUPUESTO | 3 | 5 | 5 | MEDIO | CONTRATISTA / ENTIDAD ESTATAL | GESTIONAR LOS RECURSOS ADICIONALES | 3 | 3 | 3 | BAJO | N O | ÁREA FINANCIE RA (ENTIDAD Y CONTRATI STA) | 01/08/2020 | 11/09/2020 | REVISIÓN NORMATI VIDAD | SEMESTRAL |
5 | ESPECÍFICO | EXTERNO | PLANEACION | RIESGO REGULATORIO | INCREMENTO DE PRECIOS REGULADO POR EL GOBIERNO | VARIACIÓN EN LA ESTIMACIÓN DEL PRESUPUESTO | 3 | 5 | 5 | MEDIO | CONTRATISTA / ENTIDAD ESTATAL | SEGUIMIENTO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO | 3 | 3 | 3 | BAJO | N O | ÁREA FINANCIE RA (ENTIDAD Y CONTRATI STA) | 01/08/2020 | 11/09/2020 | VERIFICA CIÓN SUSCRIPC IÓN | CRONOGRAMA DEL PROCESO |
6 | GENERAL | INTERNO | SELECCION | RIESGO ECONÓMICO | RIESGO DE OFERTAS ARTIFICIALMENTE BAJAS | DESEQUILIBRIO CONTRACTUAL | 2 | 3 | 5 | MEDIO | ENTIDAD ESTATAL | ESTUDIOS DEL SECTOR Y ESTUDIOS PREVIOS ELABORADOS Y REVISADOS EN FORMA CLARA Y PRECISA | 1 | 2 | 4 | BAJO | SÍ | FUNCION ARIOS DE CONTRAT ACIÓN / GRUPO DE APOYO ADMINIST RATIVO MIXTO | 11/09/2020 | 15/09/2020 | LOS FUNCION ARIOS RESPONS ABLES DE LA ELABORA CION DE LOS ESTUDIOS DEL SECTOR Y ESTUDIOS PREVIOS, DEBEN | CRONOGRAMA DEL PROCESO |
7 | ESPECÍFICO | INTERNO | SELECCION | RIESGO OPERACIONAL | QUE EL EXPEDIENTE NO SE CONFORME CORRECTAMENTE | FALTA DE INFORMACIÓN COMPLETA DENTRO DEL PROCESO | 2 | 1 | 3 | BAJO | CONTRATISTA / ENTIDAD ESTATAL | CAPACITACIÓN DEL PERSONAL | 1 | 1 | 2 | BAJO | N O | FUNCION ARIOS DE CONTRAT ACIÓN / GRUPO DE APOYO ADMINIST RATIVO MIXTO | 11/09/2020 | 15/09/2020 | SEGUIMIE NTO EN LA CONFORM ACIÓN DEL EXPEDIEN TE | CRONOGRAMA DEL PROCESO |
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N O . | CL AS E | FU EN TE | ET AP A | TI P O | DESCRIPCIÓN (QUÉ PUEDE PASAR Y, COMO PUEDE OCURRIR) | CONSECUENC IA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO | PR O BA BI LI DA D | IM PA CT O | VA LO R A CI Ó N DE L RI ES | CA TE G O RÍ A | ¿A Q UI ÉN SE LE AS IG NA ? | TRATAMIENT O /CONTROLES A SER IMPLEMENTA DOS | PR O B A BI LI D A D | IM PA CT O | VA LO RA CI Ó N DE L RI ES G O | CA TE G O RÍ A | ¿A FE CT A LA EJ EC UC IÓ N DE L | PERSON A RESPON SABLE POR IMPLEM ENTAR EL TRATAM IENTO | FE CH A ES TI M AD A EN Q UE SE | FE CH A ES TI M AD A EN Q UE SE | ¿CÓMO SE REALIZA EL MONITO REO? | P E RI O DI CI D A D ¿ C U |
8 | GENERAL | INTERNO | CONTRATACION | RIESGO OPERACIONAL | RIESGO ASOCIADO CON EL INCUMPLIMIENTO DEL REGISTRO PRESUPUESTAL DEL CONTRATO | QUE LOS RECURSOS DESTINADOS A LA FINANCIACIÓN DEL COMPROMISO SE DESVÍEN A OTRO FIN | 1 | 3 | 4 | BAJO | ENTIDAD ESTATAL | SEGUIMIENTO EN EL REQUISITO DE EJECUCIÓN | 1 | 2 | 3 | BAJO | SÍ | FUNCION ARIOS DE CONTRAT ACIÓN / GRUPO DE APOYO ADMINIST RATIVO MIXTO | 16/09/2020 | 18/09/2020 | VIGILANCI A ESTRICTA DEL RECURSO PRESUPU ESTAL | EL MISMO DIA |
9 | ESPECÍFICO | EXTERNO | CONTRATACION | RIESGO OPERACIONAL | LOS EFECTOS POR DAÑOS, PERJUICIOS O PÉRDIDAS DE LOS BIENES DEL CONTRATISTA CAUSADOS POR TERCEROS | PERJUICIOS ASUMIDOS POR LA ENTIDAD | 3 | 4 | 6 | ALTO | CONTRATISTA | SEGUIMIENTO PARA QUE SE APORTEN LA GARANTÍAS REQUERIDAS | 1 | 3 | 4 | BAJO | SÍ | FUNCION ARIOS DE CONTRAT ACIÓN / GRUPO DE APOYO ADMINIST RATIVO MIXTO | 16/09/2020 | 18/09/2020 | VERIFICA CIÓN QUE SE APORTEN LAS GARANTÍA S | DIARIAMENTE |
1 0 | GENERAL | EXTERNO | CONTRATACION | RIESGO OPERACIONAL | FALLAS O DEFICIENCIAS EN LOS SUMINISTROS, ENTREGA DE BIENES, PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y/O PERSONAL SIN IDONEIDAD, BIENES DEFECTUOSOS O DE MALA CALIDAD. | INCUMPLIMIENT O DEL CONTRATO | 3 | 4 | 6 | ALTO | CONTRATISTA | SEGUIMIENTO EN EL REQUISITO DE EJECUCIÓN | 1 | 2 | 3 | BAJO | SÍ | SUPERVIS OR DEL CONTRAT O / CONTRATI STA | 16/09/2020 | 18/09/2020 | SEGUIMIE NTO EN LAS ETAPAS CONTRAC TUALES | DIARIAMENTE |
1 1 | ESPECÍFICO | EXTERNO | EJECUCION | RIESGO OPERACIONAL | INCONSISTENCIAS EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO | INCUMPLIMIENT O EN EL PLAZO DE EJECUCIÓN | 4 | 3 | 7 | ALTO | CONTRATISTA | SUPERVISIÓN CONTRATO / CUMPLIMIENTO POR PARTE DEL CONTRATISTA EN LO ESTIPULADO EN EL CONTRATO | 3 | 2 | 5 | MEDIO | SÍ | SUPERVIS OR DEL CONTRAT O / CONTRATI STA | 21/09/2020 | 15/12/2020 | SEGUIMIE NTO EN EL INFORME DE SUPERVIS IÓN | SEMESTRAL |
1 2 | ESPECÍFICO | EXTERNO | EJECUCION | RIESGO REGULATORIO | EFECTOS DERIVADOS DE LA EXISTENCIA DEL DAÑO EMERGENTE DEL CONTRATISTA, POR LA OCURRENCIA DE HECHOS DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO EN LOS TERMINOS DEL CONTRATO Y DE LA LEGISLACIÓN EXISTENTE | TERMINACIÓN DEL CONTRATO | 2 | 3 | 5 | MEDIO | CONTRATISTA | TERMINACIÓN INMEDIATA DEL CONTRATO DE CONFORMIDAD CON LA NORMATIVIDAD VIGENTE Y APLICACIÓN DE LAS GARANTÍAS | 1 | 2 | 3 | BAJO | SÍ | SUPERVIS OR DEL CONTRAT O / CONTRATI STA | 21/09/2020 | 15/12/2020 | TENIENDO EN CUENTA LOS FORMATO S DEL SIGA Y CON EL APOYO DEL ÁREA JURÍDICA, SE REALIZA EL PROCEDI | DIARIAMENTE |
1 3 | ESPECÍFICO | INTERNO | EJECUCION | RIESGO OPERACIONAL | MALA CALIDAD EN LOS BIENES Y SERVICIOS SUMINISTRADOS, MALA CALIDAD EN LOS REPUESTOS SUMINISTRADOS Y AFECTACION EN EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS EQUIPOS | PROCESO DE CUBRIMIENTO DE LA GARANTÍA E INCUMPLIMIENT O EN EL MARCO DEL CONTRATO | 4 | 4 | 7 | ALTO | CONTRATISTA | REQUERIMIENTO DE LAS EXIGENCIAS TÉCNICAS DEL BIEN Y/O SERVICIO CONTRATADO, Y APLICACIÓN DE LAS GARANTÍAS EN CASO DE SER NECESARIO | 3 | 3 | 5 | MEDIO | N O | SUPERVIS OR DEL CONTRAT O / CONTRATI STA | 21/09/2020 | 15/12/2020 | CON EL PROCEDI MIENTO DEL SIGA Y CON EL APOYO DE LA OFICINA JURÍDICA DE LA ENTIDAD ESTATAL SE REQUIER E AL | DIARIAMENTE |
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N O . | CL AS E | FU EN TE | ET AP A | TI P O | DESCRIPCIÓN (QUÉ PUEDE PASAR Y, COMO PUEDE OCURRIR) | CONSECUENC IA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO | PR O BA BI LI DA D | IM PA CT O | VA LO R A CI Ó N DE L RI ES | CA TE G O RÍ A | ¿A Q UI ÉN SE LE AS IG NA ? | TRATAMIENT O /CONTROLES A SER IMPLEMENTA DOS | PR O B A BI LI D A D | IM PA CT O | VA LO RA CI Ó N DE L RI ES G O | CA TE G O RÍ A | ¿A FE CT A LA EJ EC UC IÓ N DE L | PERSON A RESPON SABLE POR IMPLEM ENTAR EL TRATAM IENTO | FE CH A ES TI M AD A EN Q UE SE | FE CH A ES TI M AD A EN Q UE SE | ¿CÓMO SE REALIZA EL MONITO REO? | P E RI O DI CI D A D ¿ X X |
0 0 | XXXXXXXXXX | INTERNO | EJECUCION | RIESGO OPERACIONAL | FALTA DE DISPONIBILIDAD DE LOS BIENES Y SERVICIOS A ENTREGAR NECESARIOS PARA LLEVAR A CABO EL OBJETO DEL CONTRATO | SUSPENSIÓN EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO | 3 | 3 | 6 | ALTO | CONTRATISTA | EN EL MARCO DE LOS PROCEDIMIENTO S CONSIGNADOS EN EL SIGA SE REQUIERE AL CONTRATISTA PARA QUE DE FORMA INMEDIATA PROCEDA A LA CONSECUCIÓN XXX XXXXXXX HUMANO Y MATERIALES | 2 | 2 | 4 | BAJO | N O | ENTIDAD ESTATAL | 21/09/2020 | 15/12/2020 | EN EL MARCO DE LOS PROCEDI MIENTOS CONSIGN ADOS EN EL SIGA SE REQUIER E AL CONTRATI STA PARA QUE DE FORMA | DIARIAMENTE |
1 5 | ESPECÍFICO | INTERNO | EJECUCION | RIESGO OPERACIONAL | INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES Y APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL DEL PERSONAL A CARGO. | SUSPENSIÓN EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO | 4 | 1 | 5 | MEDIO | CONTRATISTA | EXIGENCIA AL CONTRATISTA EN EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES LABORALES | 3 | 1 | 4 | BAJO | N O | SUPERVIS OR DEL CONTRAT O / CONTRATI STA | 21/09/2020 | 15/12/2020 | TENIENDO EN CUENTA LOS FORMATO S DEL SIGA Y CON EL APOYO DEL ÁREA JURÍDICA DE LA ENTIDAD ESTATAL SE | DIARIAMENTE |
1 6 | ESPECÍFICO | INTERNO | EJECUCION | RIESGO OPERACIONAL | DAÑOS O PERDIDAS DE LOS BIENES DE PROPIEDAD DEL CONTRATISTA, CAUSADOS EN LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO | SUSPENSIÓN EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO | 4 | 2 | 6 | ALTO | CONTRATISTA / ENTIDAD ESTATAL | SE PROCEDE CON EL PROTOCOLO DE SEGURIDAD ESTIPULADO POR LA ENTIDAD EN CASO DE ESTE TIPO DE SINIESTROS. ASÍ MISMO, SE INICIAN LOS PROCESOS JURÍDICOS EN CONTRA DE LOS ACTORES QUE | 3 | 1 | 4 | BAJO | N O | SUPERVIS OR DEL CONTRAT O / CONTRATI STA | 21/09/2020 | 15/12/2020 | SE PROCEDE CON EL PROTOCO LO DE SEGURID AD ESTIPULA DO POR LA ENTIDAD EN CASO DE ESTE TIPO DE SINIESTR | DIARIAMENTE |
1 7 | GENERAL | EXTERNO | EJECUCION | RIESGO AMBIENTAL | IMPOSIBILIDAD DE LA ENTREGA DE LOS BIENES SEGÚN REQUERIMIENTOS E INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS AMBIENTALES Y DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO | IMPOSIBILIDAD DE LA ENTREGA DE LOS BIENES SEGÚN REQUERIMIENTO S E INCUMPLIMIENT O DE LAS NORMAS AMBIENTALES Y DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO | 3 | 3 | 6 | ALTO | CONTRATISTA / ENTIDAD ESTATAL | REVISIÓN DE LA NORMATIVIDAD VIGENTE NACIONAL Y DISTRITAL APLICABLE A LOS REQUERIMIENTO S SOLICITADOS EN EL CONTRATO | 2 | 2 | 4 | BAJO | N O | SUPERVIS OR DEL CONTRAT O / CONTRATI STA | 21/09/2020 | 15/12/2020 | SUPERVIS IÓN CONSTAN TE A LA EJECUCIÓ N DEL CONTRAT O | DIARIAMENTE |
1 8 | GENERAL | EXTERNO | EJECUCION | RIESGO OPERACIONAL | AL EFECTUAR EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO O CORRECTIVO DE LOS EXTINTORES SEAN AMPLIFICADO O INCREMENTADO LOS DAÑOS DE LOS EXTINGUIDORES. | AFECTA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO | 3 | 3 | 5 | MEDIO | CONTRATISTA / ENTIDAD ESTATAL | SEGUIMIENTO EN EL REQUISITO DE EJECUCIÓN | 2 | 2 | 4 | BAJO | SÍ | CONTRATI STA / ENTIDAD ESTATAL | 21/09/2020 | 15/12/2020 | REPORTE DE POSIBLES INCUMPLI MIENTOS EN LAS ÓRDENES DE COMPRA, PARA REPORTA R POSIBLES INCUMPLI MIENTOS | DIARIAMENTE |
1 9 | GENERAL | EXTERNO | EJECUCION | RIESGO OPERACIONAL | PRESTACIÓN DEL SERVICIO CON REPUESTOS DEFECTUOSOS. | ACCIDENTES POR MANIPULACIÓN | 1 | 5 | 6 | ALTO | CONTRATISTA / ENTIDAD ESTATAL | INCLUIR PÓLIZA DE CUMPLIMIENT O | 1 | 2 | 3 | BAJO | SÍ | CONTRATI STA / ENTIDAD ESTATAL | 21/09/2020 | 15/12/2020 | REVISIÓN DE ACUERDO S MARCO DE PRECIOS | DIARIAMENTE |
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N O . | CL AS E | FU EN TE | ET AP A | TI P O | DESCRIPCIÓN (QUÉ PUEDE PASAR Y, COMO PUEDE OCURRIR) | CONSECUENC IA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO | PR O BA BI LI DA D | IM PA CT O | VA LO R A CI Ó N DE L RI ES | CA TE G O RÍ A | ¿A Q UI ÉN SE LE AS IG NA ? | TRATAMIENT O /CONTROLES A SER IMPLEMENTA DOS | PR O B A BI LI D A D | IM PA CT O | VA LO RA CI Ó N DE L RI ES G O | CA TE G O RÍ A | ¿A FE CT A LA EJ EC UC IÓ N DE L | PERSON A RESPON SABLE POR IMPLEM ENTAR EL TRATAM IENTO | FE CH A ES TI M AD A EN Q UE SE | FE CH A ES TI M AD A EN Q UE SE | ¿CÓMO SE REALIZA EL MONITO REO? | P E RI O DI CI D A D ¿ X X |
0 0 | XXXXXXX | XXXXXXX | XXXXXXXXX | RIESGO OPERACIONAL | FALTA DE CALIDAD EN EL SERVICIO PRESTADO. | ACCIDENTES POR MANIPULACIÓN | 2 | 5 | 7 | ALTO | CONTRATISTA / ENTIDAD ESTATAL | INCLUIR PÓLIZA DE CUMPLIMIENT O | 1 | 2 | 3 | BAJO | SÍ | CONTRATI STA / ENTIDAD ESTATAL | 21/09/2020 | 15/12/2020 | REVISIÓN DE ACUERDO S MARCO DE PRECIOS | DIARIAMENTE |
2 1 | GENERAL | EXTERNO | EJECUCION | RIESGO OPERACIONAL | FALTA DE DISPONIBILIDA D DE LOS BIENES NECESARIOS PARA LLEVAR A CABO EL OBJETO DEL CONTRATO. | ELEMENTOS SIN MANTENIMIENTO | 1 | 3 | 4 | BAJO | CONTRATISTA / ENTIDAD ESTATAL | INCLUIR PÓLIZA DE CUMPLIMIENT O | 1 | 2 | 3 | BAJO | SÍ | CONTRATI STA / ENTIDAD ESTATAL | 21/09/2020 | 15/12/2020 | REVISIÓN DE ACUERDO S MARCO DE PRECIOS | DIARIAMENTE |
2 2 | GENERAL | EXTERNO | EJECUCION | RIESGO SOCIAL O POLÍTICO | EMERGENCIA SANITARIA, ECONOMICA, SOCIAL Y ECOLOGICA | AFECTA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO | 4 | 4 | 8 | EXTREMO | CONTRATISTA / ENTIDAD ESTATAL | SEGUIMIENTO EN EL REQUISITO DE EJECUCIÓN | 2 | 2 | 4 | BAJO | SÍ | CONTRATI STA / ENTIDAD ESTATAL | 21/09/2020 | 15/12/2020 | SEGUIMIE NTO EN EL INFORME DE SUPERVIS IÓN | DIARIAMENTE |
TABLA No 2 PROBABILIDAD DEL RIESGO | ||
CATEGORIA | VALORACION | |
PROBABILIDAD | RARO (PUEDE OCURRIR EXCEPCIONALMENTE) | 1 |
IMPROBABLE (PUEDE OCURRIR OCASIONALMENTE) | 2 | |
POSIBLE (PUEDE OCURRIR EN CUALQUIER MOMENTO FUTURO) | 3 | |
PROBABLE (PROBABLEMENTE VA A OCURRIR) | 4 | |
CASI CIERTO (OCURRE EN LA MAYORÍA DE LAS CIRCUNSTANCIAS) | 5 |
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TABLA No 3 IMPACTO DEL RIESGO
CATEGORIA | VALORACION | |
IMPACTO DE RIESGO | INSIGNIFICANTE | 1 |
MENOR | 2 | |
MODERADO | 3 | |
MAYOR | 4 | |
CATASTRÓFICO | 5 |
TABLA No 4 VALORACIÓN DEL RIESGO
Impacto | |||||||
Categoría | Valo raci | Insignifi cante | Menor | Moderad o | Mayor | Catastró fico | |
ón | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | ||
Probabilidad | Raro (puede ocurrir excepcionalmente) | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 |
Improbable (puede ocurrir ocasionalmente) | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | |
Posible (puede ocurrir en cualquier momento futuro) | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | |
Probable (probablemente va a ocurrir) | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | |
Casi cierto (ocurre en la mayoría de circunstancias) | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 |
TABLA No 5 CATEGORIA DEL RIESGO
CATEGORIA | VALORACION | |
CATEGORIA DEL RIESGO | RIESGO EXTREMO | 8, 9 Y 10 |
RIESGO ALTO | 6 Y 7 | |
RIESGO MEDIO | 5 | |
RIESGO BAJO | 2, 3 Y 4 |
La Entidad ha elaborado los estudios previos de la contratación determinando con claridad los aspectos económicos y técnicos del contrato, adoptando todas las medidas para garantizar que se contrate con la
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mejor calidad, la mejor oferta, al mejor precio. Así aminora los riesgos derivados de la contratación. Para garantizar la ejecución satisfactoria del contrato, el Centro de Gestión Industrial designará un funcionario idóneo y calificado como supervisor, que llevará a cabo su seguimiento y control, y orientará al contratista en aquellos aspectos que éste requiera en el marco de lo pactado, verificando que durante la ejecución del contrato se mantenga el equilibrio económico del contrato.
No obstante lo anterior, hasta la fecha límite prevista en el cronograma del proceso, para la solicitud de aclaraciones, los posibles oferentes o interesados en participar en el proceso deberán manifestar a la entidad, teniendo en cuenta el conocimiento que tienen como expertos en su actividad ordinaria, la existencia de posibles riesgos asociados a la ejecución del contrato que puedan afectar el equilibrio económico, de conformidad con lo expresado por el artículo 863 del Código de Comercio, según el cual, las partes deberán proceder de buena fe exenta de culpa en el periodo precontractual, so pena de indemnizar los perjuicios que se causen.
En consecuencia, la entidad no aceptará reclamaciones relacionadas con circunstancias previsibles por el contratista que afecten dicho equilibrio económico y que no hayan sido manifestadas por el mismo en tal plazo.
14. MECANISMOS DE COBERTURA QUE GARANTIZAN LAS OBLIGACIONES SURGIDAS CON OCASIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y DEL CONTRATO A CELEBRAR
Este proceso se realizará teniendo en cuenta lo contemplado en Artículo 2.2.1.2.1.2.9. del decreto 1082 del 2015 en relación con la utilización del Acuerdo Marco de Precios. Específicamente podrán participar los proveedores que suscribieron el acuerdo marco de precios elementos para emergencias con número de Proceso: CCE-579-AMP-2017 publicado en: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx-xxx-xxxxxx- colombiano/servicios- generales/elementos-para-emergencias para lo cual se atenderá lo definido en la guía para comprar en la Tienda Virtual del Estado Colombiano elementos de emergencia.
Artículo 2.2.1.2.1.2.9. Utilización del Acuerdo Marco de Precios. Colombia Compra Eficiente debe publicar el Catálogo para Acuerdos Marco de Precios, y la Entidad Estatal en la etapa de planeación del Proceso de Contratación está obligada a verificar si existe un Acuerdo Marco de Precios vigente con el cual la Entidad Estatal pueda satisfacer la necesidad identificada.
Si el Catálogo para Acuerdos Marco de Precios contiene el bien o servicio requerido, la Entidad Estatal de que trata el inciso 1 del artículo 2.2.1.2.1.2.7 del presente decreto está obligada a suscribir el Acuerdo Marco de Precios, en la forma que Colombia Compra Eficiente disponga, y luego puede colocar la orden de compra correspondiente en los términos establecidos en el Acuerdo Marco de Precios. Las Entidades Estatales no deben exigir las garantías de que trata la Sección 3 del presente capítulo, que comprende los artículos 2.2.1.2.3.1.1 al 2.2.1.2.3.5.1 del decreto 1082 del 2015, en las órdenes de compra derivadas de los Acuerdos Marco de Precios, a menos que el Acuerdo Marco de Precios respectivo disponga lo contrario.
Teniendo en cuenta lo anterior y una vez revisada las garantías el acuerdo no dispone de solicitar garantías adicionales en los procesos a realizar.
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15. RÉGIMEN DE INHABILIDADES
Los proponentes no deben estar incursos en las inhabilidades o incompatibilidades para contratar con el SENA, de conformidad con lo estipulado en el Artículo 8 de la Ley 80 de 1993 de las inhabilidades e incompatibilidades para contratar del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, y la Ley 1474 de 2011 Estatuto Anticorrupción y normas especiales. El SENA verificará la información que obra en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República, la relativa a los antecedentes disciplinarios que obra en la Procuraduría General de la Nación y además se verificará la información que aporta el Registro Único de proponentes sobre multas y sanciones de los cinco (5) últimos años a efecto de determinar, la existencia de inhabilidad por incumplimiento reiterado.
La inhabilidad por incumplimiento reiterado se extenderá a los socios de sociedades de personas a las cuales se haya declarado esta inhabilidad, así como las sociedades de personas de las que aquéllos formen parte con posterioridad a dicha declaratoria.
El proponente, y cada uno de sus miembros, cuando sea el caso, no deben tener deuda alguna con el Estado colombiano. Con la presentación de la propuesta el proponente manifiesta bajo la gravedad de juramento:
a). Que él y cada uno de sus integrantes, cuando sea el caso, no es deudor moroso del Estado Colombiano con ocasión de obligaciones contraídas con éste, o que siendo deudor moroso del Estado Colombiano en los términos de la Ley, tiene un acuerdo de pago vigente al momento del cierre del Proceso de Selección.
b). Que él y cada uno de sus integrantes, cuando sea el caso, no ha sido declarado responsable fiscal mediante fallo ejecutoriado. En el evento de haber sido declarado responsable fiscal, debe acreditarse que se ha dado cumplimiento a la obligación contenida en el fallo correspondiente.
Adicionalmente en atención al artículo 183 de la Ley 1801 del 29 de Julio de 2016 “Por la cual se expide el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.”, los proponentes que pasados seis (6) meses desde la fecha de imposición de la multa y ésta no ha sido pagada con sus intereses, hasta tanto la persona no se ponga al día, se darán las siguientes consecuencias:
1. No podrá obtener o renovar permiso de tenencia o porte xx xxxxx.
2. No podrá ser nombrado o ascendido en cargo público.
3. No podrá ingresar a las escuelas de formación de la Fuerza Pública.
4. No podrá contratar o renovar contrato con cualquier entidad del estado.
5. No podrá obtener o renovar el registro mercantil en las cámaras de Comercio.
Por lo tanto, el servidor Público investido del poder de nominación o los ordenadores del gasto, deberán previamente revisar el registro Nacional de Medidas Correctivas con el fin de verificar que la persona natural a ser nombrada o ascendida en un cargo público o que el futuro contratista de la entidad NO se encuentre en xxxx en el pago de una multa impuesta por una infracción al Código Nacional de Policía y Convivencia”.
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16. INDICACIÓN DE SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADO POR UN ACUERDO COMERCIAL
El presente proceso de contratación se encuentra sujeto a Acuerdos Comerciales, Trato Nacional y/o Acuerdo Marco de Precios, de acuerdo con lo establecido en los artículos 2.2.1.2.1.2.7., 2.2.1.2.4.1.1. y siguientes del decreto 1082 de 2015 y de conformidad con lo establecido en el Artículo 2.2.1.2.1.2.7 del decreto 1082 del 2015, los servicios requeridos se encuentran en el acuerdo marco de precios elementos para emergencias publicado en la página: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx-xxx-xxxxxx-xxxxxxxxxx/xxxxxxxxx- generales/elementos-para- emergencias para lo cual se atenderá lo definido en la guía para comprar en la Tienda Virtual del Estado Colombiano elementos de emergencia.
17. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
Aunque la información que se solicita para la presentación de propuesta puede no ser constitutiva xx xxxxxx bajo reserva o secreto protegido por la Ley, los proponentes serán responsables de advertir lo contrario; en el caso en que las propuestas tuvieren información confidencial privada o que configure secreto industrial de acuerdo con la Ley colombiana, el proponente debe indicar tal calidad y expresar las normas legales que le sirven de fundamento.
18. INDEMNIDAD XXX XXXX
El contratista mantendrá indemne al SENA contra todo reclamo, demanda, acción legal y costos que puedan causarse o surgir por daños o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes, durante la ejecución del objeto y obligaciones del contrato. En caso que se formule reclamo, demanda o acción legal contra el SENA por asuntos que según el contrato sean de responsabilidad del contratista se le comunicará lo más pronto posible de ello para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne al SENA y adelante los trámites para llegar a un arreglo del conflicto. El SENA, a solicitud del CONTRATISTA, podrá prestar su colaboración para atender los reclamos legales y el contratista su vez reconocerá los costos qué estos le ocasionen al SENA, sin que la responsabilidad del contratista se atenúe por este reconocimiento ni por el hecho que el SENA en un momento dado haya prestado su colaboración para atender a la defensa de sus intereses contractuales reclamos demandas o acciones legales Si en cualquiera de los eventos previstos en este numeral el contratista no asume debida y oportunamente la defensa xxx XXXX éste podrá hacerlo directamente, previa comunicación escrita al contratista quién pagará todos los gastos en que la entidad incurra por tal motivo. En caso de que así no lo hiciera el contratista, el SENA tendrá derecho a descontar el valor de tales erogaciones de cualquier suma que adeude al contratista por razón de los servicios motivo del contrato o a utilizar cualquier otro medio legal.
19. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La Supervisión del contrato será ejercido por el Funcionario Grado 5 que será designado por el Subdirector del Centro de Gestión Industrial, en calidad de ordenador de gasto, teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 4 de la Ley 80 de 1993, y el decreto 1082 de 2015 Art 2.2.1.1.1.2.1 N° 5 Quién debe cumplir con las funciones señaladas en la Resolución No 0202 del 10 de Febrero de 2014. “por la cual se adopta el Manual de Supervisión e interventoría del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA y se deroga el adoptado mediante Resolución 965 de 2012”.
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
De igual forma atendiendo el Lit E. “…Guía General de los Acuerdos Xxxxx de Precios- Versión G-GAM-01 visible en la página web xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx-xxx-xxxxxx-xxxxxxxxxx , el Supervisor de la Orden de Compra (Contrato) será el funcionario XXXXXX XXXXX XXXXXX, INSTRUCTOR GRADO 5, E-MAIL: xxxxxx@xxxxxx.xxx.xx.
Dado en Bogotá, D.C. a los ocho (08) días del mes de septiembre de 2020.
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX
Subdirector Centro de Gestión industrial Regional Distrito Capital
Proyectó y Revisó: Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx – Instructor SG-SST CGI Xxxxxxx Xxxxxx- Profesional Contratación CGI
Revisó: Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx – Líder SG-SST CGI Xxxxxxx Xxxxxx X. – Líder Ambiental CGI – CENIGRAF
Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx – Abogada Contratación CGI