CONTRATO DE ARRENDAMIENTO LOCAL : AGENCIA CHOSICA
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
LOCAL : AGENCIA CHOSICA
Conste por el presente documento privado, que se extiende por duplicado, el Contrato de Arrendamiento que celebran de una parte, el Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX, identificado con DNI N° 000000000, con RUC N° 1010168989 y con domicilio legal en la Xx. Xxxx Xxx Xx 000 - 0xx. xxxx, Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx-Xxxxxxx, Xxxxxxxxx y Departamento de Lima, a quien en adelante se le denominará “EL ARRENDADOR” y de la otra parte el BANCO DE LA NACION, con RUC Nº 20100030595, con domicilio en la Av. Canaval y Xxxxxxx Nº 150 - 6to. Piso, Distrito de San Xxxxxx, Provincia y Departamento de Lima, representado por el Gerente del Departamento de Logística Xx. XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX, identificado con DNI. Nº 00000000 y el Sub-Gerente de la División Administración de Bienes Muebles e Inmuebles Ing. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, identificado con DNI Nº 00000000, a quienes en adelante se les denominará “EL ARRENDATARIO” en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
"EL ARRENDADOR" es propietario del inmueble ubicado en la Xx. Xxxx Xxx Xx 000 - 0xx. xxxx, Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx-Xxxxxxx, Xxxxxxxxx y Departamento de Lima, con un área de 166.00 m².
CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO
Los contratantes convienen en suscribir el presente contrato, para el arrendamiento de un local destinado para el funcionamiento de una Agencia Bancaria en la zona.
CLAUSULA TERCERA: PLAZO DEL CONTRATO
Las partes convienen en fijar un plazo de duración determinada para el presente contrato, el cual será de tres (03) años, que se computará a partir del 01 de Julio del año 2004 hasta el 30 xx Xxxxx del 2007.
CLAUSULA CUARTA: RENTA
La renta mensual pactada será de US$ 1,500.00 (Un Mil Quinientos y 00/100 Dólares Americanos) mensuales incluido I.G.V., que se pagarán en la forma y condiciones establecidas en el Acta de Negociación de fecha 2004-06-15, la misma que forma parte integrante de este instrumento.
CLAUSULA QUINTA: OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR Y EL ARRENDATARIO
Son obligaciones de “EL ARRENDADOR” lo dispuesto en los artículos 1678° y siguientes del Código Civil; de igual manera son obligaciones de “EL ARRENDATARIO”, las señaladas en los artículos 1681° y siguientes del mencionado Código.
CLAUSULA SEXTA: RESOLUCIÓN Y DEVOLUCIÓN DEL BIEN
“EL ARRENDATARIO” se reserva el derecho de solicitar la resolución del presente contrato antes del plazo fijado, cursando una Carta simple a “EL ARRENDADOR”, con una anticipación de treinta (30) días, y sin mas obligaciones que las de abonar los alquileres devengados hasta la fecha de desocupación del inmueble; por su parte “EL ARRENDADOR” se obliga a devolver el importe de los alquileres no ocupados por el Banco. Salvo con el incumplimiento del articulo 1681 y siguientes del Código Civil.
CLAUSULA SETIMA: CONSERVACION DEL BIEN
"EL ARRENDATARIO" recibe el inmueble en buen estado de conservación, y los devolverá en situación similar, salvo el deterioro causado por el uso normal de los mismos.
CLAUSULA OCTAVA: DE LAS MODIFICACIONES
“LA ARRENDADORA” autoriza expresamente a “EL ARRENDATARIO”, para ejecutar en el inmueble las modificaciones que requiera, a fin de acondicionarlo para el funcionamiento de una Agencia Bancaria.
De igual manera, autoriza la colocación en la parte que resulte más conveniente, del letrero que permita la identificación de la Agencia.
CLAUSULA NOVENA: GARANTIA
“EL ARRENDATARIO” abonará a “EL ARRENDADOR” un Depósito de Garantía por un monto de dos meses xx xxxxx, que asciende a un importe de US$ 3,000.00 (Tres Mil y 00/100 Dólares Americanos) a cancelarse a la suscripción del presente Contrato, el cual no devengará intereses ni podrá ser aplicado al pago de alquileres, y será devuelto al finalizar el plazo de vigencia del Contrato.
CLAUSULA DECIMA: PAGO DE SERVICIOS Y ARBITRIOS
“EL ARRENDADATARIO” se compromete a pagar los servicios comunes (Agua, Electricidad, Arbitrios Municipales) que en su calidad de inquilino le corresponde, con excepción del impuesto al patrimonio predial.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA: DOMICILIO Y COMPETENCIA JURISDICCIONAL
Las partes se someten al fuero domiciliario de la Capital de la República, para cualquier acto o acción de carácter Judicial ó Administrativo, fijando como su domicilio legal los consignados en la introducción del presente contrato.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY
Para todo lo no previsto en el presente contrato regirá lo establecido por el TUO de la Ley 26850 y su Reglamento, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. 012 y 013-2001-PCM, y supletoriamente por lo señalado en el Código Civil vigente.
En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de Lima a los 15 días del mes xx Xxxxx del año 2004.
“EL ARRENDADOR” “EL ARRENDATARIO”
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XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX
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XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX
ACTA DE NEGOCIACION
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
LOCAL : AGENCIA CHOSICA
En la Ciudad de Lima, a los 15 días del mes xx Xxxxx del 2004, se reunieron de una parte, el Sub-Gerente de la División Administración de Bienes Muebles e Inmuebles Ing. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, identificado con DNI Nº 00000000, y por el Área de Inmuebles el Ing. XXXXXXX XXXXX XXXXXXX, con DNI N° 00000000, en representación del BANCO DE LA NACION, y de la otra el Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX, identificado con DNI N° 00000000, por el inmueble ubicado en la Xx. Xxxx Xxx Xx 000 – 0xx. xxxx, Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx-Xxxxxxx, Xxxxxxxxx y Departamento de Lima, para la negociación del Contrato de Arrendamiento, cuya renta mensual será de US$ 1,500.00 (UN MIL QUINIENTOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS).
Ambas partes acordaron suscribir el contrato de arrendamiento en los términos y condiciones siguientes:
Renta mensual : US$ 1,500.00 (UN MIL QUINIENTOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) mensuales, incluido I.G.V.
Plazo Contractual : Tres (03) años
Vigencia Contrato : Del 01-07-2004 al 30-06-2007
Forma de Pago : Mensual adelantado, en moneda nacional al tipo de cambio del día.
Garantía : Dos (02) mensualidades, de US$ 3,000.00 (Tres Mil y 00/100 Dólares Americanos)
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Ing. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX Ing.. XXXXXXX XXXXX XXXXXXX
Jefe, División Administración de Bienes Área de Inmuebles
Muebles e Inmuebles
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Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX
Propietario